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MANUAL DE LINEAMIENTOS
Y PROCEDIMIENTOS PARA EL EJERCICIO,
CONTROL Y EVALUACIÓN DEL
PRESUPUESTO DE EGRESOS
2015
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INDICE
Introducción 9
Disposiciones Legales Aplicables al Ejercicio del Gasto Público 12
CAPÍTULO I DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO CON ENFOQUE DE RESULTADOS
I.1. Disposiciones Generales. 15
I.2. De las Obligaciones de las Dependencias y Entidades en el Ejercicio del Gasto Público
25
I.3. De las Responsabilidades de los/as Titulares y los/as Delegados/as Administrativos/as o sus Equivalentes.
27
I.4. Principios y Valores en el Ejercicio del Gasto Público. 28
Compromiso Social. 28
Igualdad 28
Respeto. 29
Integridad. 29
Participación Social. 29
Sustentabilidad. 29
Rendición de cuentas. 29
Legalidad. 29
CAPÍTULO II DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO
II. Proceso del Ejercicio y Control del Gasto Público. 30
II.1. Techo financiero y suficiencia presupuestal. 30
II.2. Calendarización del Gasto. 31
II.3. Validación Presupuestal. 31
II.4. Requisitos Fiscales de la Documentación. 33
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II.5. Liberación de Recursos. 36
II.6. Contra-recibos. 37
II.7. Adecuaciones Presupuestarias. 37
II.7.1. Ampliación. 38
II.7.2. Ampliación Automática. 38
II.7.3. Ampliación Ordinaria. 39
II.7.4. Transferencia Presupuestal. 39
II.7.5. Transferencias Internas. 39
II.7.6. Transferencias Externas. 39
II.7.7. Reducción presupuestal. 40
II.7.8. Reducción Automática. 40
II.8. Reorientación de las Economías. 41
II.9. Suspensión de la Ministración de Recursos. 42
II.10. Gastos no Reportados al Cierre del Ejercicio Fiscal. 43
II.11. Reintegro de Recursos no Devengados y Economías. 43
II.12. Celebración de Convenios. 43
II.13. Adecuaciones a los Calendarios de Gasto. 44
II.14. Control de Recursos Financieros. 45
II.15. Pagos Electrónicos. 45
II.16. Expedición de Cheques. 45
II.17. Fondo Revolvente. 46
II.17.1. Creación. 46
II.17.2. Monto 47
II.17.3. Operación del Fondo. 47
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II.17.4. Reposición 49
II.17.5. Informe 49
II.17.6 Comprobación o Reintegro. 49
II.18. Viáticos para Viajes Oficiales. 50
II.18.1. Disposiciones Generales. 50
II.18.2. Disposiciones Específicas. 52
II.18.3. Improcedencia del Pago de Viáticos para Viajes Oficiales. 53
II.18.4. Viáticos Oficiales Internacionales. 53
II.18.5. Tarifas de Viáticos Oficiales. 54
CAPÍTULO III LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL POR CAPÍTULO DE GASTO
III. Lineamientos y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestal Por Capítulo de Gasto
55
III.1. Capítulo 1000 Servicios Personales. 55
III.1.1. Normas Generales. 56
III.2. Capítulo 2000 Materiales y Suministros. 60
III.2.1. Normas Generales. 60
III.2.2. Disposiciones Específicas. 61
III.2.3. Procedimiento para la Solicitud de Materiales y Suministros 61
III.2.4. Productos Alimenticios. 65
III.2.5. Productos Farmacéuticos. 65
III.2.6. Refacciones y Mantenimiento de Vehículos Oficiales. 66
III.2.7. Consumibles para Bienes Informáticos. 67
III.2.8. Combustibles, Lubricantes y Aditivos. 67
III.2.9. Suministro de Combustible. 69
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III.3. Capítulo 3000 Servicios Generales. 71
III.3.1. Disposiciones Generales. 71
III.3.2. Procedimiento para la Solicitud de Contratación de Servicios. 72
III.3.3. Disposiciones Específicas. 73
III.3.4. Servicios Básicos 73
III.3.5. Servicio de Telefonía Celular. 76
III.3.6. Telefonía Convencional. 77
III.3.7. Asignación, Uso y Control de Vehículos Oficiales. 79
III.3.8. Del Trámite Administrativo para en caso Siniestros del Parque Vehicular.
81
III.3.9. Servicios de Capacitación. 82
III.3.10. Gastos de Comunicación. 82
III.3.11. Servicios Oficiales. 83
III.3.12. Gastos Menores. 83
III.3.13. Gastos de Representación en Juntas. 84
III.3.14. Gastos de Representación en General. 84
III.3.15. Gastos de Representación. 84
III.3.16. De los Contratos de Arrendamiento. 84
III.3.17. De los Contratos de Prestación de Servicios. 85
III.3.18. Mantenimiento a Bienes Inmuebles. 87
III.3.19. Gastos para Trabajos en Áreas Rurales. 88
III.3.20. Aseguramiento de Bienes Muebles e Inmuebles. 89
III.4. Capítulo 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
90
III.4.1. Objetivo. 90
III.5. Capítulo 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 91
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III.5.1. Normas Generales. 91
III.5.2. Disposiciones Específicas con Respecto a las Adquisiciones. 93
III.5.3. Procedimiento para la Solicitud de Adquisición de Bienes Muebles.
94
III.5.4 Modalidades de Adjudicación para los Procedimientos de Adquisición de Bienes Muebles y/o Contratación de Servicios
95
III.5.5. Tablas de Montos Aplicables a las Adquisiciones y Contratación de Servicios.
96
III.5.6. Activos fijos. 96
III.5.7. Bienes Muebles. 97
III.5.8. Disposición final y baja de activos. 99
III.6. Inversión pública (Capítulo 6000). 99
III.6.1. Normas Generales 99
III.6.2. Tablas de Montos Aplicables. 100
III.6.3. Planeación y Programación de las Obras 101
III.6.4. Lineamientos para la Ejecución de Obras 102
III.6.5. Ejercicio del Gasto 1.3
III.6.5.1. Normatividad 103
III.7. Capítulo 7000 Inversión Financiera y Otras Provisiones 105
III.7.1. Concepto. 105
III.7.2. Provisiones para Contingencias y otras Erogaciones Especiales 105
III.8. Capítulo 8000 Participaciones y Aportaciones 105
III.8.1. Participaciones y Fondos de Aportaciones. 106
III.8.2. Convenios para el Desarrollo Social Estado - Municipios. 107
III.8.2.1. Acuerdos de Coordinación. 107
III.8.2.2. Formalización y Registro. 108
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III.8.2.3. Ejercicio. 108
III.8.2.4. Cierre 109
III.9. Armonización de la Deuda y Disminución de Pasivos (Capítulo 9000)
109
III.9.1. Servicios de la Deuda. 110
CAPÍTULO IV
CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS DE EGRESOS ARMONIZADOS
111
IV.1. Componentes de la Clasificación Administrativa 112
IV.2. Componentes de la Clasificación Funcional y Programática 112
IV.3. Componentes de la Clasificación Económica 112
IV.4. Estructura de los Componentes de los Diversos Clasificadores Presupuestarios.
113
CAPÍTULO V
De la Información, Control y Evaluación del Gasto Público
114
V.1. Modificaciones Matriz de Indicadores, POA y Fichas Técnicas de Indicadores.
114
V.2. Informes Trimestrales, Semestrales y Anuales. 115
V.3. Control de Gestión. 116
V.4. Sistema de Seguimiento de Evaluación del Desempeño 117
V.5. Evaluación Financiera. 119
VI. ANEXOS:
VI.1. Catálogos. 120
VI.1.1. Clasificador por Objeto del Gasto 121
VI.1.2. Clasificador Funcional del Gasto 299
VI.1.3. Clasificador por Tipo de Gasto 330
VI.1.4. Catálogo de Partidas Globalizadoras. 332
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VI.1.5. Catálogo de Dependencias y Entidades. 335
VI.1.6. Catálogo de Ejes Rectores- Líneas de Acción y Acciones 344
VI.1.7. Catálogo de Comunidades 370
VI.1.8. Catálogo de Programa / Fin 436
VI.1.9. Calendario de Recepción de Documentos para el Ejercicio 442
VI.1.10. Catálogo de Unidad Programática Presupuestal, Unidad Responsable, Programa/Fin, Propósito, Componente/Subprograma y Actividad
447
VI.2. Formatos 559
VI.2.1. Documento Múltiple de Viáticos y Liquidación e Instructivo de Llenado.
560
VI.2.2. Informe Analítico de la Obra 571
VII. Formato de Conciliación 573
VIII. Informe de Fondo Revolvente. 574
Directorio 578
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INTRODUCCIÓN
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1° y 55, fracción V, de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; 1º, 50 y 66, Ley de
Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental
del Estado de Michoacán de Ocampo y en ejercicio de sus atribuciones, la
Tesorería Municipal ha elaborado el presente Manual con el propósito de regular los
procedimientos y trámites propios del ejercicio y control del Presupuesto de Egresos
del Gobierno Municipal de Morelia, Michoacán.
De igual manera, los morelianos demandan un gobierno eficaz que dé resultados a
la población a través de políticas, programas y acciones que atiendan sus
necesidades, así como un uso responsable y transparente de los recursos públicos.
El gobierno debe administrar los recursos que obtiene de los contribuyentes y de las
demás fuentes de ingresos públicos, de manera eficiente, eficaz y transparente y
debe rendir cuentas puntualmente a la ciudadanía sobre la aplicación de dichos
recursos y los resultados obtenidos.
Es la firme decisión de la presente Administración reorientar los recursos públicos
hacía los programas que fomenten el desarrollo económico y la atención integral de
los problemas que más aquejan a nuestro municipio.
Es indispensable que la Administración Municipal sea la primera en realizar un
esfuerzo para racionalizar el uso de los recursos públicos, reduciendo los gastos
operativos de las dependencias y reorientando los ahorros obteniendo a los
programas y actividades sustantivos de la Administración.
Al mismo tiempo, es importante modernizar el funcionamiento de la Administración
Municipal, haciendo más eficiente su operación, mejorando la prestación de
servicios a la ciudadanía, así como eliminando duplicidad en su estructura orgánica
y en los programas municipales, lo cual generará ahorros adicionales que podrán
reorientarse a los programas prioritarios para la población.
Para lograr lo anterior, es necesario realizar ajustes inmediatos al gasto corriente de
operación en las dependencias. Estas acciones y los resultados obtenidos con las
mismas serán puntualmente informados al Cabildo en los Informes de Avance
Trimestral y a la Ciudadanía, en cumplimiento al deber del gobierno municipal de
rendir cuentas sobre el uso de los recursos que pertenecen a todos los morelianos.
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La presente Administración tiene el firme propósito de dar resultados en el corto
plazo con estas medidas y sentar las bases para la mejora continua de su
funcionamiento, a través de acciones coordinadas, programadas adecuadamente y
que sean periódicamente evaluadas.
Asimismo, el 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que tiene como objeto
establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la
emisión de la información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su
adecuada armonización.
La Ley General de Contabilidad Gubernamental es de observancia obligatoria para
los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los Estados y el
Distrito Federal; los Ayuntamientos de los Municipios; los Órganos Político-
Administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las Entidades
de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales
y los Órganos Autónomos federales y estatales.
Derivado de lo anterior, el modelo presupuestal del Ayuntamiento de Morelia ha
pasado por un proceso constante de evolución, a partir de la Reforma al Artículo
134 Constitucional.
En este sentido, concluimos la homologación del sistema de presupuesto con base
en lo que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; por lo que algunas de las partidas
presupuestales, capítulos, conceptos y/o descripción alineados con el Clasificador
por Objeto del Gasto autorizado por el Consejo Estatal de Armonización Contable
del Estado de Michoacán de Ocampo en el Diario Oficial de la Federación, el
pasado 10 de junio de 2010, así mismo se han agregado los clasificadores
presupuestarios de egresos que hace referencia el artículo Tercero transitorio
fracción tercera de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, lo que permitirá
al H. Ayuntamiento de Morelia la armonización contable con los entes públicos
federales y estatales.
Para implementar esta nueva visión, y lograr tales fines se requirieron
modificaciones profundas al funcionamiento del sector Municipal continuando en el
presente Ejercicio Fiscal 2015 el modelo de Presupuesto Basado en Resultados
(PBR) y el Sistema de Seguimiento de Evaluación del Desempeño (SSED), como
herramientas de planeación, análisis y evaluación, conforme a lo estipulado por la
normatividad.
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De tal forma, el PbR se constituye como el instrumento metodológico cuyo objetivo
es que los recursos públicos se asignen prioritariamente a los programas que
generan más beneficios a la población y que se corrija el diseño de aquéllos que no
están funcionando correctamente.
Este cambio en materia presupuestal, radica principalmente en procurar la
adecuada forma de asignar los recursos limitados, para que estos permitan obtener
mayores beneficios en la ejecución y un óptimo impacto en la población.
El PbR utiliza la Metodología de Marco Lógico (MML) para el diseño de los
programas presupuestarios y la alineación de los mismos a los ejes estratégicos del
Plan Municipal de Desarrollo 2012-2015, así como la elaboración de la Matriz de
Indicadores para cada uno de ellos.
En resumen, la MML traduce los objetivos estratégicos del Plan Municipal de
Desarrollo a programas a los cuales se les asigna un presupuesto, que se han
desarrollado a través de una metodología que permitirá mediante indicadores,
monitorear, identificar y evaluar el aporte realizado de cada uno es decir, el
beneficio dado a la población y de esta manera, contar con información valiosa para
la toma de decisiones futuras.
Con lo anterior el Presupuesto de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Ejercicio
Fiscal 2015, da cumplimiento a las obligaciones emanadas de la Carta Magna y
sienta las bases que permitirán a las futuras administraciones, evaluar el gasto
público, con el fin de que los recursos económicos se asignen con base en los
principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
Y con la suma de voluntades de los servidores públicos municipales se logró
formular con apego a la Estructura Orgánica Municipal establecida en la pasada Ley
de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad
Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo con su reforma como la
actual Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad
Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo y al Plan Municipal de
Desarrollo 2012-2015, programas, Propósitos, componentes y sus respectivas
actividades, a efecto de lograr el equilibrio en el Ayuntamiento.
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Los lineamientos y procedimientos que se establecen en el presente Manual para el
Ejercicio, Control y Evaluación del Presupuesto de Egresos 2015, en congruencia
con el marco jurídico que regula al gasto público municipal, establece los
lineamientos para coadyuvar en la aplicación de los recursos públicos de forma
ordenada y responsable, cumpliendo estrictamente con su función específica de
llevar a cabo el control interno del gasto público.
Para el Ejercicio Fiscal del año 2015, el Gobierno Municipal de Morelia, Michoacán,
se propone mantener un equilibrio fiscal sustentado en la operación eficiente y
eficaz de los programas públicos, así como en la aplicación de políticas de control
presupuestario, basadas en criterios de disciplina, austeridad y racionalidad.
El objetivo de este Manual, es establecer de una manera clara y precisa los
lineamientos, así como las disposiciones específicas que deberán cumplirse para
lograr mejores índices de eficiencia y eficacia en las acciones que realiza la
Administración Pública Municipal de Morelia, Michoacán. Asimismo, ofrece a los/as
servidores/as públicos/as responsables del ejercicio presupuestal en las
Dependencias y Entidades todos los elementos necesarios para resolver
satisfactoriamente todo tipo de controversias e inquietudes respecto a la
clasificación presupuestal por programas/fin, proyectos y por objeto del gasto, así
como a los procedimientos específicos para la ejecución y aplicación de
programa/fin, propósito, componente, actividad, proyectos, unidades responsables,
capítulos, conceptos y partidas de gasto.
Finalmente, se busca que en este Manual, queden establecidos los procedimientos,
requisitos y plazos que brinden a los/as ejecutores/as del gasto, seguridad jurídica y
claridad en las operaciones presupuestarias y evitar, por parte de los/as mismos/as,
el uso discrecional de los recursos humanos, materiales y financieros.
DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES AL EJERCICIO
DEL GASTO PÚBLICO
El ejercicio, control, evaluación, fiscalización, transparencia y rendición de cuentas
del gasto público para el Ejercicio Fiscal del año 2015, se realizará conforme a lo
establecido en los ordenamientos jurídicos que, de manera enunciativa más no
limitativa, se mencionan a continuación:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Ley General de Contabilidad Gubernamental
Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo
Reglamento de Organización de la Administración Pública Municipal de Morelia, Michoacán.
Acuerdo de Aprobación de la Estimación del Presupuesto de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2015.
Ley de Ingresos del Municipio de Morelia, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2015.
Acuerdo de Optimización del Gasto de la Administración Municipal de Morelia.
Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Tipo de Gasto
Acuerdo por el que se Expide la Guía del Clasificador por Objeto del Gasto y su Documentación Comprobatoria, emitido por la Auditoria Superior de Michoacán.
Acuerdo por el que se emite la Clasificación Funcional del Gasto
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán de Ocampo y su Reglamento.
Ley de Obras Públicas del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios, así como su Reglamento.
Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios.
Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
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Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo.
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Michoacán.
Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo.
Ley de Coordinación Fiscal.
Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo.
Ley de Fiscalización Superior del Estado de Michoacán.
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Ley del Seguro Social.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán.
Con fundamento en los artículos 32, inciso c), fracción IV, 55, fracciones III y V, y 56 fracciones II y III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; 1º, 55 y 66 de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo, se emite el presente Manual de Lineamientos y Procedimientos para el Ejercicio, Control y Evaluación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2015.
Las disposiciones contenidas en el presente Manual son de observancia obligatoria
para todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal de
Morelia, Michoacán, quienes se sujetarán a las mismas en lo que no se contraponga a
los ordenamientos legales que las rigen, realizando sus actividades con sujeción a los
objetivos y metas de los programas aprobados en el Acuerdo de Estimación del
Presupuesto de Egresos del Municipio de Morelia para el Ejercicio Fiscal 2015 y
conforme a los objetivos, estrategias y prioridades establecidas en el Plan Municipal de
Desarrollo 2012 – 2015; su inobservancia por parte de los/as servidores/as públicos/as,
será objeto de sanción en los términos que disponga la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado de Michoacán, y demás ordenamientos aplicables.
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CAPÍTULO I
DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO CON ENFOQUE DE RESULTADOS
I.1. Disposiciones Generales.
La línea estratégica de todas las políticas del gasto público municipal, es la estricta
observancia de los criterios de: legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía,
racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas en el
ejercicio del gasto público. De manera tal que, todas las Dependencias y Entidades
de la Administración Pública se caractericen por su cercanía con la gente.
Es importante resaltar que el destino de los recursos públicos aprobados por el
Ayuntamiento de Morelia, Michoacán, se encuentran establecidos en el
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2015 y vinculados de
manera directa con el cumplimiento de los objetivos del Plan Municipal de
Desarrollo, por lo cual queda limitada la discrecionalidad de los/as funcionarios/as
de las Dependencias y Entidades en su aplicación y ejercicio.
En la ejecución del gasto, los/as Titulares de las Dependencias y Entidades
deberán sujetarse a las disposiciones de este Manual y realizar sus actividades con
sujeción a los objetivos y metas de los programas y proyectos aprobados en el
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2015 y conforme a los
objetivos, estrategias y prioridades establecidas en el Plan Municipal de Desarrollo.
El presente Manual tiene por objeto establecer los lineamientos de aplicación
general y obligatoria que las unidades responsables y ejecutoras del gasto deberán
observar en el ejercicio, registro, control y evaluación del gasto público.
Para la correcta interpretación del presente Manual se observará el glosario de
términos del Manual, así como las siguientes definiciones:
ACTA: Documento en el que se hace constar, por la o las personas facultadas para extenderla, la relatoría de lo acontecido durante la celebración de una asamblea, congreso, sesión, administrativa o reunión de cualquier naturaleza, así como de los acuerdos y decisiones tomados, para mejor constancia.
ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS): Conjunto de obligaciones contraídas, devengadas, contabilizadas y autorizadas dentro de las asignaciones presupuestarias que no fueron liquidadas al término del cierre del ejercicio fiscal correspondiente.
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ADJUDICACIÓN: Es el acto administrativo en virtud del cual se asigna un contrato a un contratista, proveedor o prestador de servicios, por haber cumplido con todos los requisitos establecidos en las bases de un procedimiento de licitación, así como, por haber presentado la mejor propuesta en cuanto a precio y calidad de un bien o servicio que requiere la Administración Pública Municipal.
ADMINISTRACIÓN DEL GASTO PÚBLICO: Conjunto de requerimientos que como exigencia se deben cumplir para un ordenado y transparente manejo de los recursos públicos, con el fin de garantizar una adecuada economía, eficacia, imparcialidad, eficiencia y honradez, que aseguren a favor del Municipio las mejores condiciones en el ejercicio del gasto público. ADQUISICIÓN: Es el acto o hecho en virtud del cual una persona adquiere el dominio o propiedad de una cosa mueble o inmueble o algún derecho real sobre ella. AYUNTAMIENTO: Es el órgano colegiado y deliberante que le compete la definición de las políticas generales del gobierno municipal, en los términos de las leyes aplicables, que se integra por un Presidente, Síndico y Regidores. CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL: Técnica destinada a captar, clasificar, registrar, resumir, comunicar e interpretar las operaciones financieras realizadas por los órganos públicos dentro de las actividades relacionadas con la estructuración y ejercicio del gasto público, con el fin de generar la información necesaria que permita darle a dicho gasto la claridad, transparencia, uniformidad, disciplina, armonía y congruencia que requiere la más elemental técnica presupuestaria. CLASIFICADOR: Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública
Municipal;
COMBUSTIBLE: El gasto de gasolina que se realice durante el desempeño de una
comisión, cuando se utilice vehículo oficial y/o particular.
CONTRATO: Instrumento jurídico mediante el cual, la Administración Pública Municipal conviene en la adquisición de una cosa, en la construcción de una obra o en recibir la prestación de un servicio, con el objeto de atender el cumplimiento de algunas de las finalidades públicas que tiene encomendadas. CONTRATO DE TRABAJO: Convenio individual o colectivo celebrado entre trabajadores y patrones, con el objeto de establecer las condiciones para la prestación de trabajo en forma subordinada y remunerada, cualquiera que sea su
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forma o denominación, una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. CONTRALORÍA: La Contraloría Municipal. COPLADEMUN: El Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal.
DEPENDENCIA: Aquella institución pública subordinada en forma directa al Poder Ejecutivo Estatal o del Ayuntamiento, en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo que tiene encomendados. DÍAS: Se entenderá como días hábiles.
DESARROLLO SOCIAL: Proceso de cambio en el perfil de una economía, orientado a canalizar en montos suficientes, los beneficios del crecimiento y del ingreso nacional a los sectores sociales. Proceso permanente de mejoría en los niveles de bienestar social, alcanzado a partir de una equitativa distribución del ingreso y la erradicación de la pobreza, observándose índices crecientes de mejoría en la alimentación, educación, salud, vivienda, medio ambiente y procuración de justicia en la población. DEUDA PÚBLICA: Deuda contraída por el municipio, para la atención de necesidades de naturaleza excepcional, que no son susceptibles de ser cubiertas con los ingresos ordinarios previstos en su presupuesto. DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA: Son los documentos originales que generan y amparan los registros contables de la dependencia o entidad con motivo de las erogaciones realizadas con cargo al presupuesto. EGRESO: Aplicación de los recursos económicos públicos del Municipio, para el pago de sus compromisos financieros. EJERCICIO FISCAL: Periodo que comprende del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año. ENTIDADES FEDERATIVAS: Los Estados de la República Mexicana y el Distrito
Federal.
EQUIPAMIENTO: Suministro que se hace a las Dependencias y Entidades, de los equipos, accesorios y muebles necesarios para la prestación de los servicios públicos. FONDOS DE APORTACIONES DE LA FEDERACIÓN: Recursos federales a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, transferidos a las
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Entidades Federativas y, en su caso, por conducto de éstas, a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.
FUNCIÓN: Medio o medios de que el Municipio se vale para ejercitar sus
atribuciones encaminadas al logro de sus fines.
GASTO PÚBLICO MUNICIPAL: Conjunto de las erogaciones por concepto de
gasto corriente, inversión física, inversión financiera, así como pago de pasivos o
deuda pública que realice el Ayuntamiento. Además de las erogaciones con fondos
de aportaciones federales y de responsabilidad patrimonial.
GASTO CORRIENTE: Erogaciones realizadas con cargo a los capítulos del gasto 1000, 2000, 3000, es decir, Servicios Personales, Materiales, Suministros y Servicios Generales, respectivamente del Presupuesto de Egresos Municipal; GASTO DE INVERSIÓN: Erogación en bienes y servicios destinada a incrementar la capacidad productiva y se refleja en el incremento de los activos fijos patrimoniales mediante la construcción de inversión pública. GASTO DE OPERACIÓN: Son las asignaciones destinadas a los capítulos de Servicios Personales, Materiales, Suministros y Servicios Generales del Presupuesto de Egresos Municipal, indispensables para la operación y mantenimiento del servicio que se presta. GASTO PÚBLICO: Es el conjunto de erogaciones que por concepto de gasto corriente, inversión física y financiera, así como pagos de pasivo o deuda pública y transferencias, la Administración Pública Municipal realiza en ejercicio de sus atribuciones, para satisfacer las necesidades sociales . GASTO SOCIAL: Son erogaciones públicas destinadas para atender y satisfacer las necesidades básicas de la población, tales como: salud, educación, alimentación, vivienda, empleo, funerales y protección social. GASTOS DE TRASLADO: Los gastos que efectúe el personal por transporte en vía
terrestre o aérea al lugar en que se desempeñará la comisión.
HACIENDA PÚBLICA: Conjunto de órganos de la Administración Pública Municipal, encargados de hacer llegar los recursos económicos a las arcas del mismo, así como a los instrumentos con que dichas Entidades gestionan y recaudan los tributos.
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HONORARIOS: Modalidad de pago o remuneración que recibe un profesional o trabajador independiente que es contratado temporalmente, lo cual no implica pago de cuotas de tipo sindical, ni prestaciones por parte del derecho de antigüedad. CONTRIBUCIONES: Son las cantidades que en dinero deben enterar las personas físicas y morales al Municipio, para cubrir el gasto público, las que se clasifican en: Impuestos, Derechos y Contribuciones Especiales.
INFORMACIÓN PROGRAMÁTICA: Es aquella que facilita el seguimiento del cumplimiento de los programas y metas proyectadas en el Presupuesto de Egresos.
INMUEBLES: Son bienes raíces que no pueden ser trasladados de un lugar a otro, sin alterar en algún modo, su forma o sustancia.
INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA: Cargo financiero generado por la
contratación de empréstitos.
INVERSIÓN: Aplicación de recursos financieros destinados a incrementar los activos fijos o financieros de una entidad. Ejemplo: maquinaria, equipo, obras públicas, bonos, títulos, valores, etc.
INDICADOR: La expresión cuantitativa o, en su caso, cualitativa, que representa un
medio sencillo y fiable para medir los resultados y los cambios vinculados con las
acciones del programa respectivo, así como para dar seguimiento a los avances
alcanzados y evaluar los resultados obtenidos.
LEY DE ADQUISICIONES: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble del Estado de
Michoacán de Ocampo.
LEY DE INGRESOS: La Ley de Ingresos del Municipio de Morelia, Michoacán, para
el Ejercicio Fiscal del Año 2015.
LEY DE OBRAS PÚBLICAS: La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas para el Estado de Michoacán de Ocampo.
LEY ORGÁNICA: La Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
LEY DE RESPONSABILIDADES: La Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Michoacán de Ocampo.
MANUAL: Al Manual de Procedimientos para el Ejercicio, Control y Evaluación del
Presupuesto de Egresos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 20
LUBRICANTES: El gasto en aceite para lubricación de motores que se requiera en
el desempeño de una comisión cuando se utilice un vehículo oficial y/o particular
para ello.
MARCO LEGAL: Conjunto de leyes, reglamentos, acuerdos y disposiciones administrativas a los que debe apegarse una dependencia o entidad en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas. NÓMINA: Listado general de los trabajadores de una institución, en el cual se asientan las percepciones brutas, deducciones y alcance neto de las mismas; la nómina es utilizada para efectuar los pagos periódicos (semanales, quincenales o mensuales) a los trabajadores por concepto de sueldos y salarios. NORMA: Regla, disposición o criterio que establece una autoridad para regular acciones de los distintos agentes económicos. INVERSIÓN PÚBLICA: Es todo trabajo que tiene por objeto la construcción, conservación, instalación, remodelación, reparación, mantenimiento, demolición o modificación de bienes inmuebles que por su naturaleza o disposición de la ley estén destinados a un servicio público o al uso común. OFICIO DE COMISIÓN: Es el documento oficial en el que se consigna la instrucción a un servidor público municipal, para atender una encomienda, precisando el objetivo, funciones, temporalidad y lugar de la comisión o actividad a realizar. ORGANISMO DESCENTRALIZADO: Es un ente creado bajo la forma jurídico-administrativa en que la administración centralizada delega en un Organismo o Institución, facultades jurídicas y administrativas con patrimonio y personalidad jurídica propias, para el desarrollo de sus funciones y prestación de servicios. OBJETIVO ESTRATÉGICO: Se define como el fin que se pretende alcanzar con la
realización de los programas y responde a la pregunta ¿para qué? se van a llevar a
cabo, éstos deben ser congruentes con los objetivos fundamentales, políticas y
estrategias del Plan de Desarrollo Municipal, asimismo los programas que de éste
se deriven.
PARTICIPACIONES DE INGRESOS FEDERALES: Son los ingresos que al municipio corresponden en la Recaudación Federal Participable, prevista en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 21
PARTIDA PRESUPUESTARIA: Es el elemento presupuestario en que se
subdividen los conceptos y que clasifica a las erogaciones de acuerdo con el objeto
específico del gasto.
PRESUPUESTO: Es el cálculo legal de los ingresos y egresos públicos
municipales, autorizados para ser realizados en el Acuerdo relativo a la Estimación
de Ingresos y el Presupuesto de Egresos Para el Ejercicio Fiscal Municipal de que
se trate.
PASAJES OFICIALES: Los recursos que se asignan a los/as servidores/as
públicos/as en el desempeño de una comisión oficial en lugares distintos al de su
adscripción y cubrirá el pago de transportación, hospedaje y alimentación.
PEAJE: Derecho que se cubre por vehículos en la utilización de caminos de cuota,
ya sean federales, concesionados o estatales.
PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO: Representa el importe de las
asignaciones presupuestarias que se autorizan mediante EL Presupuesto de
Egresos.
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR EJERCER: Representa el Presupuesto de
Egresos Autorizado para gastar con las adecuaciones realizadas menos el
presupuesto comprometido. Su saldo representa el Presupuesto de Egresos por
Comprobar.
MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO: Representa
el importe de los incrementos y decrementos al Presupuesto de Egresos Aprobado,
derivado de las ampliaciones y reducciones autorizadas.
PRESUPUESTO DE EGRESOS COMPROMETIDO: Representa el monto de las
aprobaciones por autoridad competente de actos administrativos, u otros
instrumentos jurídicos que formalizan una relación jurídica con terceros para la
adquisición de bienes y servicios o ejecución de obra. En el caso de las obras a
ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, su saldo
representa el Presupuesto de Egresos Comprometido pendiente de devengar.
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEVENGADO: Representa el monto de los
reconocimientos de las obligaciones de pago a favor de terceros por la recepción de
conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de
las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 22
definitivas. Su saldo representa el Presupuesto de Egresos Devengado pendiente
de ejercer.
PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCIDO: Representa el monto de la emisión de
las cuentas por liquidar certificadas o documentos equivalentes debidamente
aprobados por la autoridad competente. Su saldo representa el Presupuesto de
Egresos Ejercido pendiente de pagar.
PRESUPUESTO DE EGRESOS PAGADO: Representa la cancelación total o
parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de
efectivo o por cualquier otro medio de pago.
PROCESO: Es una serie de tareas definibles, repetibles, predecibles y medibles
que llevan a un resultado o producto útil para el usuario.
PROCESO SUSTANTIVO: Es aquél directamente relacionado con el cumplimiento
de los objetivos de la dependencia o entidad de la Administración Pública.
PROCESO ADJETIVO: Es el conjunto de actividades que proveen el soporte
necesario para llevar a cabo el proceso sustantivo.
PROGRAMA: Conjunto de acciones afines y coherentes a través de los cuales se
pretende alcanzar los objetivos y metas previamente determinadas por la
planeación, para lo cual se requiere combinar recursos humanos, naturales y
financieros; especifica tiempo y espacio en el que se va a desarrollar el programa y
atribuye responsabilidad a una o varias unidades ejecutoras debidamente
coordinadas.
PROGRAMA OPERATIVO ANUAL: Instrumento que permite traducir los
lineamientos generales de la planeación del desarrollo económico y social del
Estado, en objetivos y metas concretas a desarrollar en el corto plazo, definiendo
responsables, temporalidad y espacialidad de las acciones para lo cual se asignan
recursos en función de las disponibilidades y necesidades contenidas en los
balances de recursos humanos, materiales y financieros.
PROYECTO: Conjunto de actividades afines y complementarias que se derivan de
un programa cuyas características son: un responsable, un período de ejecución,
costo estimado y resultado esperado. Resuelven un problema o aprovechan una
oportunidad.
PROYECTO DE INVERSIÓN: Conjunto de obras y acciones que implican la
inversión orientada a la construcción, rehabilitación, ampliación, conservación y
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 23
equipamiento, para el fortalecimiento de la infraestructura social, productiva y de
gasto social del Municipio. También comprende aquellas actividades que permiten
incrementar o mantener en óptimo estado los activos de la sociedad y del Gobierno
Municipal.
PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES: Conjunto de requerimientos de
materiales y suministros, contratación de servicios y adquisición de bienes muebles,
que se encuentran calendarizados por las Dependencias.
PROPOSITO:
OBJETIVO: Expresión cualitativa de los resultados que se pretenden alcanzar en
un tiempo y espacio determinado a través de acciones concretas.
REGLAMENTO: Ordenamiento que expide el Municipio con el fin de organizar y
normar las funciones y actividades de los sectores administrativos; su objeto es
aclarar, desarrollar o explicar los principios generales de control interno
administrativo.
REGLAS DE OPERACIÓN: Son las disposiciones a las cuales se sujetan
determinados programas y fondos federales, con el objeto de otorgar transparencia
y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos
públicos asignados a los mismos.
REMUNERACIÓN: Percepción de un trabajador o retribución monetaria que se da
en pago por su servicio o actividad desarrollada, que sirven de base para la
retención y pago de impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social.
RETENCIÓN DEL 5 AL MILLAR: Porcentaje que se aplica a la ministración de
recursos para cubrir el costo de cada obra pública contratada y prestación de
servicios relacionados con la misma, que una vez cuantificada, se retiene al
contratista por concepto de gastos de inspección, vigilancia y control necesarios.
SECTOR: Parte en que convencionalmente se divide un todo integrado y
organizado, país, grupo social, región, actividad nacional, entre otros, de tal forma
que pueda ser considerado como unidad tanto como pueda serlo la parte, sin que
por ello se pierdan los rasgos esenciales y fines que los sinteticen. Así por ejemplo
el país para diferentes efectos, es dividido por sectores económicos, geográficos,
de actividades gubernamentales, poblacionales y otros sectores convencionales
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 24
para sistematizar su estudio, composición, comportamiento y conducción dinámica
hacia la consecución de propósitos nacionales unitarios.
ACTIVIDADES: Son las partes principales en que se divide un programa a fin de
separar convencionalmente las actividades y los recursos, con el propósito de
facilitar su ejecución y control en áreas concretas de operación.
SECRETARÍA: Secretaría de Administración.
SERVIDORES/AS PÚBLICOS/AS RESPONSABLES: Los/as Titulares y los/as
Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes de las Dependencias y
Entidades.
SISAM: Sistema Informático de la Administración Municipal.
TESORERÍA: La Tesorería Municipal. TABULADOR DE VIÁTICOS: Tablas que consignan la zonificación y tarifa de los viáticos autorizados. TARIFA DE VIÁTICOS: Tabla que consigna los montos máximos diarios por nivel y zona, que se otorgan por concepto de viáticos. UNIDAD PROGRAMÁTICA PRESUPUESTARIA: Es el órgano administrativo a
través del cual se ejecutan los objetivos y planes institucionales en un tiempo
determinado, normalmente un año; en el que se habrán de realizar las metas
establecidas en el cumplimiento de sus funciones; esta unidad administrativa será la
encargada de programar y presupuestar, mediante un análisis de necesidades los
recursos financieros, materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de las
atribuciones que le otorga la Ley Orgánica Municipal.
UNIDAD RESPONSABLE: Es el área orgánica que dentro de la estructura de una
Institución, se le encomienda la ejecución de un programa, subprograma o
proyecto; y,
VIÁTICOS: Recursos económicos que se ministran a un Servidor Público Municipal, para ser destinados a cubrir los gastos por alimentación y hospedaje que ocasione el desempeño de comisiones, en base al tabulador autorizado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 25
I.2. De las Obligaciones de las Dependencias y Entidades en el Ejercicio
del Gasto Público.
Los/as Titulares de las Dependencias y Entidades, tienen la obligación de participar y colaborar en las actividades en materia de planeación, programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto público. Para el cumplimiento oportuno del ejercicio presupuestal y manejo de los recursos, las Dependencias y Entidades deberán observar lo siguiente:
1. La Tesorería en el ejercicio del presupuesto, verificará que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, no adquieran compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en contravención a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos, y el Manual de Lineamientos del Ejercicio del Gasto 2015;
2. Las Dependencias y Entidades no podrán contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales, excepto cuando se trate de celebración de contratos multianuales de inversión pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios; para lo cual se requerirá la autorización de la Tesorería, quien la otorgará siempre y cuando se demuestre que dichos contratos representan mejores términos y condiciones respecto de aquellos que se pudieran celebrar con vigencia en un solo ejercicio fiscal;
3. Respetar las claves programáticas presupuestarias, en los formatos de control emitidos por la Tesorería, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto de inversión;
4. Atender y cumplir oportunamente con los requerimientos de información en materia de gasto público, contable, financiera y programática establecidos en las disposiciones aplicables vigentes y aquellas que la Tesorería, la Contraloría, la Secretaría y el COPLADEMUN, le soliciten por escrito;
5. Cumplir en tiempo y forma con la calendarización presupuestal de los procesos y proyectos autorizados, conforme a las disposiciones previstas en el presente Manual;
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 26
6. Abstenerse de contraer obligaciones de pago derivadas de la contratación de adquisición de bienes, arrendamientos y servicios, así como para la ejecución de obras públicas, sin el cumplimiento del marco jurídico normativo aplicable;
7. Las Dependencias y Entidades deberán utilizar el SISAM, con el propósito de garantizar la programación, presupuestación, ejecución, control e información del gasto, de conformidad con los criterios establecidos por la Tesorería;
8. Es responsabilidad de las Dependencias y Entidades, presentar sus requisiciones mensuales en los tiempos que establezca la Secretaría, de acuerdo al calendario que ésta emita, a efecto de realizar la afectación presupuestal en el mes que corresponda. Posterior a esta fecha, de manera automática el sistema SISAM cerrará el módulo para realizar la solicitud;
9. Es responsabilidad de las Dependencias y Entidades, enviar las solicitudes de servicio para eventos especiales y apoyo logístico, y deberán presentarse por escrito dirigido al Titular de la Secretaría, con tres días de anticipación para su atención;
10. Las Dependencias y Entidades que requieran servicios de la Dirección de Servicios Generales y en su caso, de la Secretaría de Turismo, deberán absorber con cargo a su presupuesto todos los gastos que se generen en el cumplimiento de su solicitud, tales como tiempo extraordinario, combustible, materiales, alimentos o viáticos en su caso;
11. Los pagos con cargo al Presupuesto de Egresos, se realizarán por la Tesorería Municipal, previa revisión legal y administrativa del documento generador del gasto y sus anexos;
12. La Dirección de Egresos tendrá bajo su responsabilidad la revisión de la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, conforme a la normatividad aplicable (Manual de Lineamientos y Procedimientos para el Ejercicio, Control y Evaluación del Presupuesto de Egresos 2015, Manual de Procedimientos para la Aprobación y Liberación de Recursos Municipales de Inversión 2015, Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo, Leyes Fiscales Estatales y Municipales, etc.)
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 27
13. La Dirección de Contabilidad será la responsable de afectar la glosa de los egresos, cuidado que toda erogación esté debidamente comprobada conforme a la normatividad aplicable (Manual de Lineamientos y Procedimientos para el Ejercicio, Control y Evaluación del Presupuesto de Egresos 2015, Manual de Procedimientos para la Aprobación y Liberación de Recursos Municipales de Inversión 2015, Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo, Leyes Fiscales Estatales y Municipales, etc.)
I.3. De las Responsabilidades de los/as Titulares y los Delegados/as Administrativos/as o sus Equivalentes.
Los/as Titulares y los Delegados/as Administrativos/as y/o su equivalente, serán
responsables de ejercer los recursos públicos, así como los encargados directos del
correcto ejercicio presupuestal, de la ejecución oportuna y eficiente de las acciones
previstas en sus programas y subprogramas, y de alcanzar los objetivos previstos
en el Plan Municipal de Desarrollo.
El incumplimiento por parte de los/as servidores/as públicos/as responsables de las
obligaciones que les impone el presente Manual, será sancionado en los términos
de la Ley de Responsabilidades y demás disposiciones aplicables.
Para el cumplimiento oportuno del ejercicio presupuestal y manejo de los recursos,
los/as servidores públicos/as responsables deberán observar lo siguiente:
1. Cumplir las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes aplicables para
el ejercicio del presupuesto.
2. Sujetarse a los montos y calendarios de ministración establecidos y autorizados en el Presupuesto.
3. Realizar las erogaciones conforme a los principios de: legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, ética, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público, establecidas en el Presupuesto de Egresos correspondiente, en las leyes y demás disposiciones aplicables que en su caso emitan la Tesorería, la Contraloría, la Secretaría de Administración y el COPLADEMUN, en el ámbito de sus respectivas competencias.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 28
4. No deberán contraer compromisos que impliquen obligaciones que no cuenten con la validación presupuestal correspondiente, debiendo dar el seguimiento oportuno los delegados administrativos a las afectaciones realizadas mediante el sistema SISAM.
5. Deberán promover medidas administrativas para un adecuado manejo del presupuesto, de forma tal que contribuya a optimizar el uso de los recursos públicos, debiendo establecer los mecanismos de control necesarios para la custodia y cuidado de la documentación e información del ejercicio de los recursos públicos a su cargo, impidiendo o evitando el uso, la sustracción, la destrucción, el ocultamiento o la inutilización indebida de los mismos.
6. Deberán respetar el calendario de recepción de documentos para el ejercicio del gasto, emitido por la Dirección de Programación y Presupuesto, así como los horarios establecidos, para los procesos de trámites de afectación presupuestaria y pago, entrega de Informes de Fondo Revolvente. Posterior a esta fecha, de manera automática el sistema SISAM cerrará el módulo para realizar cualquier documento de gasto.
7. Los/as Titulares y/o los/as Delegados/as Administrativos/as, serán el único
conducto administrativo por el que la Tesorería atienda las solicitudes en materia de presupuesto.
I.4. Principios y Valores en el Ejercicio del Gasto Público.
Para servir mejor a la sociedad, el Ayuntamiento y su Administración se sujetarán a
los siguientes principios y valores:
Compromiso Social
Realizar sus actividades con eficiencia y calidad para el beneficio de la población,
especialmente de aquellos que menos tienen, evitando esfuerzos improductivos y
duplicidad de funciones, aplicando el mejor esfuerzo y capacidad de los integrantes
del Ayuntamiento y la Administración.
Igualdad
Ejecución, de acciones y proyectos de calidad en colonias y tenencias del
Municipio, sin aplicar criterios de distinciones ni discriminación alguna.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 29
Respeto
Respetar los derechos humanos, ideología, religión, forma de organización, y la
diversidad en general, como norma invariable del Gobierno Municipal.
Integridad
Articular y complementar los programas institucionales, en el marco del Plan de
Desarrollo Municipal 2012-2015, con el objeto de obtener mayores beneficios y
aprovechar mejor los recursos disponibles.
Participación Social
Fomentar y respetar el derecho de las personas y organizaciones a intervenir e
integrarse, individual o colectivamente en la formulación, ejecución y evaluación de
políticas, programas y acciones municipales.
Sustentabilidad
La preservación, mejoramiento del ambiente y el aprovechamiento de los recursos
naturales, sin arriesgar la satisfacción de las necesidades de las generaciones
futuras, será una prioridad de la Administración.
Rendición de cuentas.
Garantizar la honradez en el manejo de los recursos públicos, actuando con
transparencia, bajo principios de austeridad y rindiendo cuentas en la forma y
plazos que la ley establece.
Legalidad.
Todo acto de autoridad deberá privilegiar el interés general sobre el interés
particular, dentro del marco legal, como norma fundamental de actuación de la
Administración Pública Municipal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 30
CAPÍTULO II
DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO
II. Proceso del Ejercicio y Control del Gasto Público.
II.1. Techo financiero y Suficiencia Presupuestal.
La Tesorería, por conducto de la Dirección de Programación y Presupuesto, una
vez autorizado el Presupuesto de Egresos por el Ayuntamiento, enviará a las
Dependencias y Entidades los presupuestos asignados a nivel de Unidad
Programática Presupuestal, Unidad Responsable, Fin/Programa, Propósito,
Componente/Subprograma y Actividad, Capítulo de Gasto y Partida Presupuestal,
para el inicio de su gestión administrativa.
Las Dependencias y Entidades, realizarán el ejercicio del gasto público de
conformidad con las disposiciones aplicables, solicitando las ministraciones o los
pagos según corresponda, cumpliendo con los procedimientos establecidos por la
misma y los lineamientos de carácter específico por concepto de gasto, conforme
se señala en el Capítulo III del presente Manual.
Las Dependencias y Entidades, sólo podrán efectuar operaciones y contraer
compromisos cuando tengan suficiencia presupuestal, por lo que, la Tesorería no
reconocerá reclamaciones de adeudos ni de pago de cantidades cuya operación
que implique la erogación, haya sido realizada en contravención a ésta disposición.
Todo comprobante de pago, deberá estar debidamente requisitado y firmado por quien recibe el recurso o beneficio, además de estar autorizado por el titular de la Unidad Responsable, acompañado de los documentos o antecedentes que generaron el gasto.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 31
II.2. Calendarización del Gasto.
Las Dependencias y Entidades, deberán adecuar su respectivo calendario de
ministración mensual de recursos conforme al presupuesto autorizado para el
Ejercicio Fiscal 2015.
Las Dependencias y Entidades para atender los fin/programas, propósito,
componente/subprograma, actividad, proyectos, procesos y partidas
presupuestales, solo podrán comprometer su presupuesto hasta por la cantidad de
recursos establecidos, conforme al presupuesto que le fue asignado y conforme al
calendario de ministración autorizado.
II.3. Validación Presupuestal.
El 31 de Diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley
General de Contabilidad Gubernamental (Ley de Contabilidad), que tiene como
objetivo establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad
Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el
fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro
y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a
medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso público.
El 9 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación se publicó el Plan de
Cuentas, Constituye una herramienta básica para el registro de las operaciones,
que otorga consistencia a la presentación de los resultados del ejercicio y facilita su
interpretación, proporcionando las bases para consolidar bajo criterios armonizados
la información contable, también comprende la enumeración de cuentas ordenadas
sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de
otras, para los fines del registro contable de las transacciones.
Para el registro de las operaciones presupuestarias los entes deberán ajustarse a
sus respectivos clasificadores Tipo de Gasto y Objeto del Gasto al Plan de Cuentas,
mismos que estarán armonizados
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 32
La validación presupuestal, es un código de 51 dígitos que se conforma de la
siguiente manera;
La validación presupuestal es un código único por cada trámite y se genera
automáticamente a través del sistema SISAM al capturar la Clave Presupuestal
correspondiente, es indispensable para la liberación de los recursos, como
mecanismo de garantía de que el gasto que se pretende realizar, cuente con
suficiencia presupuestal, en la partida y en el mes correspondiente.
Una vez que en el sistema se generen los números de validación presupuestal el
sistema SISAM tiene que registrar los movimientos presupuestales y para lograr la
afectación se realiza en varias etapas, empezando por que se tenga un
Presupuesto de Egresos Aprobado para la Clave Presupuestal a la que se
requiere hacer la afectación correspondiente.
La etapa del Presupuesto de Egresos por Ejercer es el Presupuesto de Egresos
Autorizado para gastar en el ejercicio fiscal del que se trate.
Cuando no se cuenta con la suficiencia Presupuestal pasaremos a la etapa donde
se tendrá que elaborar una Solicitud de Modificación al Presupuesto de Egresos
Aprobado, esto nos representa el importe de los incrementos y decrementos al
F
O
L
I
O
M
O
D
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O C
O
M
T
G
O
F
F
T
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F
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FIN
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00101
1
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1-1-1
F01
P01
C01
C
O
M
P
PART IDA
A
C
T
A01
61207
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presupuesto de egresos aprobado, derivado de las ampliaciones y reducciones
autorizadas.
Una vez validada la suficiencia presupuestal entraríamos en la etapa del
Presupuesto de Egresos Comprometido en la cual el recurso queda reservado
exclusivamente para cubrir el gasto tramitado, realizadas las aprobaciones por la
autoridad competente pasaríamos a la etapa del Presupuesto de Egresos
Devengado representa el monto de los reconocimientos de las obligaciones de
pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes y servicios,
realizada la autorización por la autoridad competente entraríamos a la etapa del
Presupuesto de Egresos Ejercido representa el monto de la emisión de las
cuentas por liquidar certificadas o documentas equivalentes debidamente
aprobadas por la autoridad competente.
En la última etapa que es el Presupuesto de egresos Pagado se hace la
cancelación total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el
desembolso de efectivo o por cualquier otro medio de pago.
NOTA: La Tesorería Municipal no efectuara pagos que no cumplan con el
procedimiento de la validación de suficiencia presupuestal así como de las
etapas mencionadas anteriormente.
II.4. Requisitos Fiscales de la Documentación.
Las Dependencias y Entidades, deberán presentar ante la Tesorería, los trámites
para la liberación de recursos en los formatos autorizados en este Manual y anexar
la documentación comprobatoria respectiva, a efecto de que se revise el
cumplimiento de los requisitos fiscales correspondientes. En caso de que algún
documento no reúna dichos requisitos, se devolverá el trámite a la dependencia o
entidad mediante la emisión de un Formato de Devolución, para que solvente la
deficiencia detectada en un plazo no mayor a cinco días hábiles.
Cada erogación deberá ser clasificada de acuerdo a su naturaleza en la partida
correspondiente del Clasificador por Objeto del Gasto.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 34
Una vez fiscalizada y aprobada la documentación por el área de revisión de la
Dirección de Egresos, se enviará a la Dirección de Presupuesto para su codificación
y, en su caso, la liberación de recursos por la Dirección de Egresos.
Las adquisiciones y servicios se deberán de realizar en establecimientos que
expidan comprobantes fiscales digitales, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, con excepción de la partida
38506 Asignaciones para labores en campo y de supervisión, así como las
disposiciones fiscales aplicables, debiendo ser personas físicas o morales que
cuenten con registro en el Padrón de Proveedores del Ayuntamiento.
Los requisitos fiscales digitales deberán de contener lo siguiente:
I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expira y el
régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley de Impuesto Sobre la
Renta. Tratándose de Contribuyentes que tenga más de un local o
establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento
en el que se expidan los comprobantes fiscales.
II. El número de folio y el sello digital del Servicio de Administración
Tributaria, referidos en la fracción IV, incisos b) y c) del artículo 29 de ese
Código, así como el sello digital del Contribuyente que lo expide.
III. El lugar y fecha de expedición.
IV. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de
quien se expida.
V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o
descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
c) los que se expidan por la obtención de ingresos por arrendamientos y en
general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, deberán
contener el número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en
su caso, los datos de identificación de participación inmobiliaria no
amortizable.
VI. El valor unitario consignado en número.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 35
VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente:
a) Cuando contraprestación se pague en una sola exhibición, en el
momento en que se expida el comprobante fiscal digital por internet
correspondiente a la operación de que se trate, se señalará
expresamente dicha situación, además se indicará el importe total de la
operación y, cuando así proceda, el monto de los impuestos trasladados
desglosados con cada una de las tasas de impuesto correspondiente y,
en caso, el monto de los impuestos retenidos.
c) Señalar la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo,
transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de
débito, de crédito, de servicios o las denominadas monederos
electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria.
IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a
conocer el servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de
carácter general.
Las adquisiciones o contrataciones de servicios que se realicen con mezcla de
recursos federal y estatal, para los efectos de trámite de pago se deberán presentar
factura individual que ampare el importe autorizado según corresponda al origen de
cada recurso.
Las Dependencias que por el ámbito de sus funciones cuenten con recursos de
origen distinto al municipal, en su caso, deberán facturar conforme a los requisitos
establecidos en la Cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, de
acuerdo a las reglas de operación o a la normatividad aplicable en razón del origen
del recurso.
En ningún caso la factura o el comprobante deberá venir a nombre del servidor/a
público/a o de terceras personas.
La fecha de los comprobantes, deberá corresponder al mes en curso o máximo al
mes anterior a la fecha de trámite, así mismo deben corresponder al ejercicio fiscal
de que se trate, salvo en los casos especiales autorizados por la Tesorería.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 36
II.5. Liberación de Recursos.
Para la liberación de recursos, las Dependencias y Entidades, deberán utilizar el
SISAM a efecto de generar el formato de trámite. La Tesorería no dará seguimiento
a ningún pago que no se presente en este formato.
El formato para la liberación de recursos, es un documento que permite controlar
financiera y presupuestalmente el ejercicio del gasto, el cual formulan las
Dependencias y Entidades para el trámite de recursos o la comprobación de los
mismos y podrá ser utilizado para los siguientes trámites:
a) Apertura de Fondo Revolvente.
b) Recuperación de Fondo Revolvente.
c) Solicitud de Gastos a Comprobar.
d) Solicitud de Viáticos a Comprobar.
e) Recuperación de Viáticos.
f) Pago a Proveedores (Materiales, servicios, contratistas, honorarios y
arrendamientos).
g) Otros (Ministraciones a Entidades del Municipio, liquidaciones, nóminas,
listas de raya, becas, apoyos, etc.).
La Tesorería, previa revisión del formato de pago, aprobará el pago del importe del
documento, liberando los recursos cuando corresponda, de acuerdo a los
programas/fin, propósito, componente, actividad y proyectos autorizados, y dentro
de los treinta días siguientes a la fecha de su recepción.
La liberación de los recursos será invariablemente vía transferencia electrónica para
los contratistas y proveedores, teniendo como requisito registrar el número de
cuenta bancaria del/la beneficiario/a en la Dirección de Egresos, y solo en casos
excepcionales se generará cheque a proveedores.
Las Dependencias y Entidades, en la recepción y procesamiento del documento de
liberación de recursos, deberán presentar original y copia, tramitando su
documentación conforme al número consecutivo que el SISAM asigne a los
formatos de afectación presupuestaria.
Queda prohibido fraccionar facturas con el objeto de realizar el trámite en distintos
formatos de liberación.
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Los documentos de afectación presupuestaria correspondientes a un mes
determinado, deberán presentarse para su trámite de acuerdo al Calendario de
Recepción de Documentos integrado al Manual.
El formato para la liberación de recursos invariablemente deberá estar firmado por
el/la Titular de la dependencia o entidad y el/la Director/a Responsable del
Programa y, en ningún caso se aceptará para trámite, el formato que únicamente
sea signado por el Titular.
II.6. Contra-recibos.
El objeto del contra-recibo, es otorgar certidumbre al tercero de que, ha entregado
correctamente la documentación solicitada, para el trámite de liberación de
recursos. Dicho contra-recibo deberá presentarse para su pago, una vez liberado el
recurso por la Tesorería, en un plazo máximo de 10 días naturales.
El SISAM, al momento de emitir un contra-recibo, asignará automáticamente el
número consecutivo.
El contra-recibo original, será solicitado en el Departamento de Pagaduría de la
Dirección de Egresos, como documento indispensable para proceder a la liberación
del cheque correspondiente. Tratándose de pagos vía electrónica, el comprobante
de pago será la transferencia electrónica.
II.7. Adecuaciones Presupuestarias.
Las adecuaciones presupuestarias, son movimientos que permiten modificar los
montos aprobados en el Presupuesto y los calendarios de gasto de cada una de las
Dependencias y Entidades, con el objeto de alcanzar el logro de las metas
establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal, Programa Operativo Anual y el
Programa de Inversión.
El Tesorero Municipal en los términos establecidos por los artículos 51, 53, 55 y 56
de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad
Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo, autorizará, en su caso, las
adecuaciones presupuestarias de las Dependencias y Entidades.
Las Dependencias y Entidades, serán responsables de que las adecuaciones a sus
respectivos presupuestos, se realicen siempre y cuando permitan un mejor
cumplimiento del objetivo de los programas autorizados a su cargo, previa
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 38
justificación y en su caso, previa autorización de las dependencias responsables de
las partidas globalizadoras.
Todas las solicitudes deberán ser formuladas por el/la Titular de la Dependencia o
Entidad en el formato establecido para tal efecto.
Las adecuaciones presupuestarias son:
II.7.1. Ampliación
Consiste en la modificación en aumento a la asignación presupuestal de una
estructura presupuestal ya existente, o bien cuando la asignación inicial que
se le da a una nueva estructura presupuestal, implica un aumento en el
monto total del Presupuesto.
II.7.2. Ampliación Automática
Según el origen de los recursos, se considerará ampliación presupuestal
automática, en los casos siguientes:
1. Cuando provengan de recursos reasignados del Gobierno Federal (aportaciones federales no regularizables), de aportaciones Estatales o de terceros, como consecuencia de la firma de un convenio que prevea obligaciones, compromisos y programas específicos de la Dependencia o Entidad a la que se le asignen los recursos y ejecute las acciones motivo del convenio.
2. Cuando provengan de recursos estatales y federales adicionales a los estimados en la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de que se trate, y tengan un destino específico tales como: donativos, ramos generales 28 (Participaciones a entidades Federativas y Municipios); 33 (Aportaciones para Entidades Federales y Municipios), o conceptos de naturaleza similar.
3. Cuando provengan de rendimientos financieros generados por los recursos señalados en las fracciones anteriores.
Las ampliaciones presupuestales automáticas serán formalmente notificadas al
Ayuntamiento de acuerdo al artículo 55 de la Ley de Planeación Hacendaria,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 39
Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de
Michoacán de Ocampo.
II.7.3. Ampliación Ordinaria.
Es aquella derivada de la obtención de recursos adicionales a los previstos
en la estimación contenida en la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de
que se trate y que sean distintos a los de la ampliación automática señalada
en el apartado II.7.2 del presente Manual, de conformidad con lo establecido
en la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y
Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo. Su
asignación se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos en la
Administración Municipal, previa adecuación programática aprobada por el
Ayuntamiento previa propuesta del COPLADEMUN.
II.7.4. Transferencia Presupuestal
Es la modificación que consiste en trasladar el importe total o parcial de la
asignación de una estructura presupuestal a otra, sin provocar aumento o
disminución en el monto total del Presupuesto de Egresos.
Las transferencias presupuestales son las siguientes:
II.7.5. Transferencias Internas
Son aquellas en las que se transfieren recursos presupuestales de una
partida a otra dentro del mismo capítulo de gasto y dentro de la misma.
II.7.6. Transferencias Externas
Son aquellas en las que se transfieren recursos presupuestales de una
partida a otra, de capítulo distinto o hacia una estructura presupuestal
diferente.
Las Dependencias y Entidades, invariablemente deberán presentar la tarjeta
informativa que justifique la petición.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 40
En el caso de que la transferencia solicitada afecte aumentando o
disminuyendo las metas programáticas, será previo al movimiento de
modificación, así como una tarjeta informativa justificando los movimientos en
las metas.
II.7.7. Reducción presupuestal
Se define como la disminución del monto asignado a una estructura
presupuestal ya existente que implica, por consecuencia, una disminución
en el monto total del Presupuesto de Egresos aprobado.
II.7.8. Reducción Automática
Según el origen de los recursos, se considerará reducción presupuestal
automática, en los casos siguientes:
1. Cuando se trate de montos menores a los estimados y cuyo origen sean transferencias federales, de aportaciones estatales o de terceros;
2. Cuando se trate de recursos estatales y federales menores a los estimados en Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de que se trate, cuyo destino esté etiquetado o con destino específico, tales como: ramos generales 28 (Participaciones a Municipios); 33 (Aportaciones Federales), o conceptos de naturaleza similar.
Para la operación de las adecuaciones presupuestarias, los responsables deberán
observar lo siguiente:
1. Las adecuaciones presupuestarias serán solicitadas a la Tesorería, por conducto de la Dirección de Programación y Presupuesto, mediante el documento de Solicitud de Modificación Presupuestaria, al que deberá anexarse dos tarjetas informativas donde se consignarán las justificaciones pertinentes, una para la modificación presupuestaria y la otra para las metas.
2. No se autorizarán transferencias de recursos del capítulo 1000 Servicios Personales y del 6000 Inversión Públicas, a ningún otro capítulo del gasto, solamente aquellas que tengan la autorización del C. Presidente Municipal.
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3. Únicamente en casos excepcionales y debidamente justificados, la Tesorería podrá autorizar modificaciones al Calendario de Pago autorizado, de acuerdo a la disponibilidad financiera, solamente aquellas que sean autorizadas por la dependencia responsable de las partidas antes mencionadas.
4. No se autorizará a ninguna Dependencia o Entidad, efectuar transferencias para gasto corriente, mediante la reducción en las partidas de servicios básicos, consideradas como “irreductibles”.
5. La Tesorería Municipal autorizará a la Secretaría de Administración, así como a las Direcciones de Informática, Alumbrado Público y Comunicación Social, a realizar transferencias internas, cuando el supuesto sea cubrir gastos adicionales al presupuestado, para el pago de servicios básicos indispensables para el cumplimiento de funciones de la Administración Pública Municipal, previa justificación del área dónde se origina el exceso de gasto.
II.8. Reorientación de las Economías
Se denomina economía al gasto autorizado no ejercido, o bien el remanente de
recursos no devengados durante el período de vigencia del Presupuesto de
Egresos del Ejercicio Fiscal de que se trate, sin que haya variado el cumplimiento
de las metas establecidas.
Los recursos no ejercidos en el período de ejecución del presupuesto, se
considerarán economías presupuestales y la Tesorería podrá disponer de ellos para
otras acciones, siempre y cuando no se hayan registrado compromisos
contractuales.
La Tesorería con base en las asignaciones del Presupuesto de Egresos del
Ejercicio Fiscal de que se trate, a los calendarios de ministración que remitan las
Dependencias y Entidades así como en los registros presupuestales y contables del
propio SISAM, determinará las economías y realizará las notificaciones
correspondientes con el propósito de que las Dependencias y Entidades realicen
las aclaraciones correspondientes, en tal caso, se deberán realizar las
adecuaciones presupuestarias en sus fin/programas, propósitos,
componente/subprograma, actividades y proyectos y en los calendarios de
ministración.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 42
En caso de que a juicio de la Tesorería resulte improcedente la justificación
presentada por la Dependencia o Entidad, la Tesorería realizará las adecuaciones
presupuestarias correspondientes, transfiriendo los recursos al Capítulo 7000
Inversiones Financieras y Otras Provisiones, con la finalidad de dar
cumplimiento al Acuerdo de Aprobación del Presupuesto de Egresos, sobre el
fortalecimiento del Gasto de Inversión.
II.9. Suspensión de la Ministración de Recursos
La Tesorería podrá suspender a las Dependencias y Entidades, la ministración de
recursos y el pago de obligaciones contraídas por éstas cuando se den los
siguientes supuestos:
1. No envíen la información que les sea requerida en relación con el ejercicio de
sus programas, proyectos y presupuestos;
2. No cumplan con las metas de los fin/programas, propósito, componente/subprograma, actividad y proyectos aprobados o bien se detecten desviaciones en la ejecución o en la aplicación de los recursos correspondientes;
3. No remitan el resultado de los indicadores al cierre del periodo a más tardar dentro de los ocho días hábiles del mes siguiente al del ejercicio de dichos recursos, lo que motivará la inmediata suspensión de las subsecuentes ministraciones que por el mismo concepto se hubieren autorizado;
4. En el manejo de sus disponibilidades financieras, no cumplan con las disposiciones aplicables;
5. En general, cuando no ejerzan sus recursos de conformidad con lo previsto en el Presupuesto de Egresos y en las demás disposiciones emitidas para el ejercicio del gasto público y aquellas que se expidan en el ejercicio fiscal de que se trate, por la Tesorería, la Secretaría, COPLADEMUN y la Contraloría, en el ámbito de sus respectivas competencias.
La Tesorería deberá notificar los motivos de la suspensión de las ministraciones por
medio de oficio dirigido a el/la Titular de la Dependencia o Entidad correspondiente,
conminándolo a aclarar o solventar la o las causas que motivan la suspensión,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 43
girando copia a él Presidente Municipal, la Contraloría, el COPLADEMUN y la
Secretaría.
El/la Titular de la Dependencia o Entidad deberá presentar la información necesaria
ante la Tesorería para realizar las aclaraciones correspondientes al caso, una vez
aceptada la aclaración por parte de la Tesorería, ésta deberá emitir el oficio de
reanudación de las ministraciones, sin menoscabo de las responsabilidades en que
haya incurrido el/la Titular de la Dependencia o Entidad y las repercusiones que se
originen producto de la suspensión de ministraciones o pagos.
II.10. Gastos no Reportados al Cierre del Ejercicio Fiscal.
Después del cierre presupuestal al 31 de diciembre, los comprobantes de
afectaciones al gasto público que no hubieran sido reportados para su registro y
devengo correspondiente, no serán pagados por la Tesorería, debiendo responder
por dichos adeudos omitidos, los servidores/as públicos/as responsables.
II.11. Reintegro de Recursos no Devengados y Economías.
Las ministraciones de recursos no devengados por las Dependencias y Entidades al
31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, deberán reintegrarse a la
Tesorería a más tardar dentro de los primeros cinco días hábiles del ejercicio fiscal
siguiente.
Previa autorización del Presidente Municipal, la Tesorería, determinará el destino de
los recursos reintegrados y será facultad de ésta, asignar estos recursos y las
economías obtenidas a los programas prioritarios autorizados.
II.12. Celebración de Convenios.
Los Convenios que a través de las Dependencias y Entidades se celebren con la
Federación, el Estado, la iniciativa privada y ciudadanos, que impliquen
compromisos presupuestales municipales, invariablemente deberán ser del
conocimiento del Presidente Municipal y contar con su visto bueno, así como el
dictamen de suficiencia presupuestaria emitida por la Tesorería.
El/la Titular de la o las Dependencias o Entidades, que estén implicadas en el
convenio de que se trate, deberán observar las disposiciones siguientes:
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1. Las Dependencias y Entidades previamente a la suscripción de los convenios, estarán obligadas a informar de manera oportuna y hacer partícipe a la Tesorería de los términos y condiciones en que se comprometa el ejercicio de recursos presupuestales;
Invariablemente los convenios referidos en el párrafo que antecede, deberán
ser sometidos a la consideración y firma del Presidente Municipal;
2. La Tesorería, podrá hacer los ajustes presupuestales a los diversos procesos y proyectos, una vez que sean autorizados por el COPLADEMUN o la Secretaría, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, que sean convenidos para garantizar la estabilidad de las finanzas públicas;
3. La responsabilidad de recibir y transferir los recursos estará a cargo de la Tesorería;
4. La responsabilidad de administrar los recursos convenidos estará a cargo de las Dependencias y Entidades;
5. La Tesorería queda facultada para decidir el destino de los rendimientos generados por los recursos aportados con motivo de los convenios, excepto cuando en el mismo se establezca sus condiciones de aplicación;
6. Los recursos se deberán ejercer con base a fin/programas, propósitos, componentes/subprogramas, actividades, objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución; y
7. Los convenios deberán ser informados en la Cuenta Pública del Ejercicio correspondiente.
II.13. Adecuaciones a los Calendarios de Gasto.
La Tesorería, tomando en consideración las circunstancias contingentes o
extraordinarias que incidan en el financiamiento o en el desarrollo de los programas
y proyectos, determinará la procedencia de las adecuaciones presupuestarias
necesarias a los calendarios de gasto en función de los compromisos reales de
pago, los requerimientos, las disponibilidades presupuestarias y las alternativas de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 45
financiamiento que se presenten, procurando no afectar las metas de los programas
y proyectos sociales.
II.14. Control de Recursos Financieros
Cuando se requieran cuentas bancarias para programas o proyectos específicos,
las Dependencias y Entidades, deberán solicitar por escrito y de manera oportuna a
la Tesorería, por conducto de la Dirección de Egresos, la apertura de la cuenta
bancaria requerida, anexando el convenio que dé origen al programa o proyecto
correspondiente. Una vez analizada la solicitud, y efectuados los trámites bancarios
correspondientes, la Tesorería informará a la dependencia o entidad, los datos de la
cuenta bancaria en la que se manejarán los recursos del programa o proyecto de
referencia.
II.15. Pagos Electrónicos
La Tesorería podrá realizar pagos a terceros a través de cheques o mediante
transferencias electrónicas a las cuentas que se tengan registradas de los/as
proveedores/as y prestadores/as de servicios del Gobierno Municipal.
Para que un tercero pueda recibir sus pagos vía electrónica es necesario que, de
manera oficial, dé a conocer sus datos a la Tesorería, por conducto de la Dirección
de Egresos.
II.16. Expedición de Cheques
Las Dependencias y Entidades, al momento de efectuar pagos de bienes o
servicios, con recursos del Fondo Revolvente, deberán cumplir con lo siguiente:
Todos los pagos que se realicen con un importe superior a: $2,000.00 (Dos Mil
pesos 00/100 M.N.), deberán invariablemente efectuarse con cheque, el cual
deberá ser nominativo y se le agregará la leyenda “Para Abono en Cuenta del
Beneficiario”, con excepción de los cheques emitidos por concepto de apoyos
económicos a personas de escasos recursos.
Por cada cheque emitido, se deberá elaborar una póliza de cheque o egresos, en la
cual se recabará la firma de recibido por el/la beneficiario/a, el nombre y la fecha.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 46
Cuando se otorguen cheques para gastos a comprobar, el/la Delegado/a
Administrativo/a o su equivalente deberá asegurarse de que la comprobación
correspondiente y el reintegro que en su caso proceda, queden efectuados a más
tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrega del recurso, con
excepción de la Presidencia Municipal.
II.17. Fondo Revolvente
A efecto de que las Dependencias y Entidades puedan realizar pagos menores con
una mayor fluidez, podrán hacer uso de efectivo que se manejará como Fondo
Revolvente, el que será cancelado a más tardar el 15 de diciembre del ejercicio
fiscal correspondiente.
II.17.1. Creación
Se tramitará la apertura de un solo Fondo Revolvente por Dependencia o Entidad y
ésta a su vez lo podrá distribuir, en caso necesario, al interior de sus áreas
operativas informando a la Tesorería, mediante oficio, de los montos asignados a
cada una de ellas, con excepción de la Sindicatura, Dirección de Comunicación
social y de las áreas operativas de prestación de servicios, que se asignará por
cada Unidad Responsable.
La apertura del Fondo Revolvente será solicitada a la Tesorería por el/la Titular de
cada Dependencia o Entidad, adjuntando a su solicitud, el registro de firmas
autorizadas.
La apertura del Fondo Revolvente quedará documentada con la suscripción de un
título de crédito de los denominados “pagaré” por el/la Titular de la Dependencia o
Entidad así como por el/la Delegado/a Administrativo/a o su equivalente,
debiéndose registrar en la contabilidad del Ayuntamiento en la cuenta de Fondos
Fijos de Caja.
Una vez entregados los recursos del Fondo Revolvente autorizado, serán entregados a los/as Titulares de las Dependencias y Entidades, quien se constituirán en deudores responsables ante la Tesorería.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 47
II.17.2. Monto
El monto y período de reposición del Fondo Revolvente lo establecerá la Tesorería
con base en la solicitud y los elementos de justificación que por escrito señale la
Dependencia o Entidad, en función de las necesidades que tenga dada la
naturaleza de las actividades que desarrolla, así como su comportamiento histórico
y disponibilidad presupuestal.
II.17.3. Operación del Fondo.
1. El Fondo se deberá destinar únicamente a la adquisición de bienes de consumo inmediato y que por las características del momento, tengan carácter de urgente y cuyo importe individual no exceda la cantidad de $ 1,000.00 (Un Mil Pesos 00/100 M.N.), por proveedor y por Fondo. Podrá utilizarse para la operación normal o de gasto corriente de las Dependencias y Entidades, en su caso, para enfrentar imprevistos menores relacionados con la obra pública.
2. Las erogaciones a que se refiere el punto anterior, serán exclusivamente las referentes a los gastos menores de las partidas de los Capítulos 2000 Materiales y Suministros, y 3000 Servicios Generales, con excepción de las erogaciones por concepto de combustible.
3. Sólo se autorizará el pago a través del Fondo Revolvente tratándose de mantenimiento y refacciones de vehículos, un monto máximo por factura de $ 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), en caso de que se exceda el monto invariablemente se requerirá la validación de la Secretaría.
4. Queda prohibido fraccionar facturas de montos superiores al establecido, con el objeto de realizar el trámite de comprobación en diferentes relaciones de recuperación de Fondo Revolvente, no deberán realizarse anotaciones de ningún tipo o contener firmas que no son solicitadas u otros datos que obstruyan la revisión de los comprobantes.
5. Por ningún motivo serán tramitados dentro del Fondo Revolvente los pagos de recibos de honorarios o arrendamientos; este tipo de pagos deberán ser tramitados invariablemente por conducto de la Secretaría, para el correcto tratamiento de las retenciones del Impuesto Sobre la Renta que sobre estos conceptos se tiene obligación de efectuar.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 48
6. No se pueden incluir con cargo al Fondo Revolvente, gastos relacionados con el capítulo 1000 servicios personales, las partidas de viáticos nacionales solo en casos excepcionales, y pasajes mayores a $500.00 pesos, mayor a esta cantidad se deberá generar el pago a nombre del funcionario público, salvo lo previsto en disposiciones específicas por partida de gasto, y del capítulo 5000 bienes muebles, inmuebles e intangibles, ni notas de combustible de la zona conurbada, ni de distancias menores a 60 km., y aquellos conceptos y partidas que se consideran como irreductibles.
7. Por excepción y por ser áreas globalizadoras donde se atienden situaciones imprevistas, se autoriza a las Direcciones de Recursos Materiales y Servicios Generales, para los efectos de que, en casos de contingencia y emergencia y/o para no interrumpir la operatividad de los diferentes programas y actividades de todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, se tramiten con cargo al Fondo Revolvente, gastos mayores a $ 1,000.00 pesos ya señalados, siempre y cuando estos no excedan de $10,000.00 pesos. En este sentido, deberá estar plenamente justificada la emergencia y contar con el Visto Bueno del Secretario de Administración.
8. Con base a su ámbito de competencia, el Despacho del Presidente Municipal, Sindicatura Municipal, la Secretaría de Desarrollo Social y el DIF Municipal, podrán utilizar el Fondo Revolvente para hacer erogaciones hasta $ 1,000.00 pesos, del Capítulo 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas. Cuando la autorización sea mayor, invariablemente deberá aplicarse el procedimiento correspondiente establecido en este Manual. En situaciones de contingencia, podrán tramitarse reposiciones de $1,001.00 pesos, hasta $5,000.00 pesos, previa autorización del C. Presidente Municipal.
Será responsabilidad de el/la Titular de la dependencia o entidad y de el/la
Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, verificar que las erogaciones
realizadas con cargo al Fondo Revolvente se ajusten al presupuesto autorizado y a
la disponibilidad de recursos en las partidas y conceptos de gasto autorizado, a
efecto de que en ningún momento la aplicación de los recursos implique adiciones
al presupuesto aprobado.
El incumplimiento o contravención de esta norma será motivo para promover en su
caso las responsabilidades que correspondan por conducto de la Contraloría.
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II.17.4. Reposición
Los gastos realizados con cargo al Fondo Revolvente se repondrán, a través de su
presentación en los formatos autorizados, anexando la documentación
comprobatoria correspondiente, la cual deberá estar firmada por el/la Titular de la
dependencia o entidad y por el/la responsable del programa, asimismo llevará el
sello de: “FONDO REVOLVENTE” de la dependencia o entidad, en cada uno de los
documentos para recuperación de Fondo.
La documentación que se presente para reposición deberá cumplir con todos los
requisitos fiscales, recibo simple, de autorización, clasificación, presentación y
validación de suficiencia presupuestal establecidos. Asimismo, es necesario que su
presentación sea en relación analítica, es decir deberá clasificarse de acuerdo a la
clave programática en orden numérico, ascendente, por proveedor/a.
En caso de que la solicitud de reposición carezca de alguno de los requisitos
establecidos en el párrafo que antecede, será rechazada por la Tesorería por
conducto de su Dirección de Egresos y entregada a la Dependencia o Entidad
solicitante para su corrección y trámite correspondiente mediante la emisión de un
formato de devolución, para que solvente la deficiencia detectada en un plazo no
mayor a cinco días.
II.17.5. Informe
Para garantizar la transparencia en la aplicación de los recursos financieros del
Fondo Revolvente, las Dependencias y Entidades, deberán rendir un Informe
Mensual del estado que guarda el Fondo Revolvente autorizado, mismo que se
remitirá a la Dirección de Egresos de la Tesorería, en los formatos que se incluyen
en el presente Manual, remitiéndose copia del mismo a la Contraloría Municipal.
II.17.6. Comprobación o reintegro
El Fondo Revolvente deberá ser comprobado o reintegrado de acuerdo al oficio
emitido por la Tesorería donde se establecen las fechas de cierre del ejercicio.
Para la comprobación deberá tramitarse ante la Tesorería la documentación
correspondiente y en su caso reintegrar el saldo no ejercido.
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Al final del ejercicio la cuenta de Fondos Fijos de Caja, deberá reflejarse sin saldo
alguno, una vez comprobado el Fondo Revolvente se le entregará a el/la Titular de
la dependencia o entidad, el original del título de crédito denominado PAGARÉ que
suscribió para garantizar dicho Fondo.
En caso de cambio de el/la Titular de la Dependencia o Entidad y/o de el/la
Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, el/la servidor/a público/a responsable
saliente deberá cancelar y reintegrar el total del Fondo Revolvente en los términos
señalados anteriormente, para que el/la servidor/a público/a entrante esté en
condiciones de tramitar la apertura del nuevo Fondo Revolvente a su cargo.
El reintegro del saldo no ejercido del Fondo Revolvente, se deberá efectuar
invariablemente con la emisión de un cheque a nombre de la Tesorería Municipal
y/o en efectivo, debiéndose recabar al momento de su entero en la Dirección de
Ingresos de la Tesorería, el recibo oficial correspondiente.
II.18. Viáticos para Viajes Oficiales
Las Dependencias y Entidades, gestionaran de manera oportuna los elementos y
recursos necesarios para el otorgamiento y pago de viáticos oficiales de los/as
servidores/as públicos/as que por funciones propias de su puesto requieran
trasladarse a un lugar distinto al de su adscripción.
II.18.1. Disposiciones Generales
La autorización para realizar un viaje por parte de los Regidores y los Servidores
Públicos, deberá solicitarse al Jefe inmediato superior, mediante oficio que deberá
contener la siguiente información:
a) Evento que motiva la realización del viaje y los beneficios que derivarán para el Municipio.
b) Lugar en donde habrá de llevarse a cabo el evento y en su caso, itinerario del recorrido.
c) Medio de transporte a utilizar.
d) Tiempo de estadía y agenda oficial.
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e) Estimación del gasto total del viaje y desglose de presupuesto de gastos.
f) En caso de comitivas de viaje, señalar las personas que la integran y el motivo por el cual cada una justifica su asistencia, debiendo ser sólo los necesarios para desahogar el propósito de la salida.
g) La justificación del viaje por motivo de trabajo, debe darse con base en contactos y trabajos previos, que se efectúen por cualquier medio, y que permitan consolidar un proyecto con beneficios claros para el Municipio.
h) Cuando se trate de un viaje que se realice por motivo de capacitación, éste deberá justificarse con la necesidad de capacitar al personal, y acreditando que la formación profesional o técnica es útil y necesaria para el gobierno y la administración pública municipal.
i) En caso de utilizarse un vehículo que no sea propiedad del Municipio, el Municipio no se hará responsable por daños de cualquier naturaleza que llegara a ocasionar el vehículo a bienes o personas, ni tampoco por reparaciones propias del automóvil.
j) Cuando se realice un viaje oficial con motivo de la asistencia a un evento programado en una sede específica, en cuyo costo incluya el hospedaje y/o alimentación, los recursos asignados para cubrir tales conceptos, además del costo del mismo, serán autorizados en función de dicha cotización.
k) Cuando se requiera ejercer un presupuesto que sobrepasa los montos previstos, el Tesorero Municipal a través de la Dirección de Programación y Presupuesto, podrá autorizar los excedentes del presupuesto, siempre y cuando se justifique el incremento.
l) Queda prohibido utilizar una extensión para coordinar el viaje con las vacaciones, pero en un viaje oficial podrá diferirse el regreso cuando al finalizar las actividades oficiales coincida con día festivo nacional en México o fin de semana, regresando en ese plazo.
m) El Municipio no pagará los gastos de hospedaje y alimentos que se generen en los días de diferimiento del viaje en los términos del párrafo anterior.
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n) Los servidores públicos que utilicen recursos públicos para financiar una parte o la totalidad de un viaje oficial o de capacitación deberán de rendir un informe de las actividades realizadas, los logros y los objetivos conseguidos respecto de los propuestos en su solicitud de autorización del viaje, el cual deberá ser entregado en la Secretaría Particular.
o) Cuando el desempeño de la comisión no requiera pernoctar en una localidad
y el/la servidor/a público/a comisionado regrese el mismo día a su lugar de trabajo, se aplicará la tarifa de viáticos nacionales por un tiempo menor de 24 horas por alimentos.
II.18.2. Disposiciones Específicas.
Se pagarán viáticos oficiales completos cuando con motivo de la comisión, el/la
servidor/a público/a, pernocte fuera de su residencia oficial. En caso contrario, solo
se cubrirán con cargo a este concepto los gastos de alimentación.
La tarifa máxima autorizada por zonas para viáticos oficiales nacionales, se
determinará en el tabulador que para esos efectos se autorice.
Los viáticos “viajes oficiales” se ministran por anticipado, utilizando el proceso del
sistema SISAM a través del rubro “Gastos a Comprobar y Comprobación de
Gastos, llenando el documento “Formato Universal” a nombre de el/la servidor/a
público/a debiendo tramitarse con base a las tarifas autorizadas.
Una vez finalizada la comisión, deberá formularse la liquidación de viáticos y “viajes
oficiales” durante los primeros cinco días hábiles posteriores al regreso de la
comisión.
En caso de que la liquidación arroje diferencia a cargo del/a servidor/a público/a,
por haber durado menos días de los previstos inicialmente, o por haberse realizado
gastos por un monto inferior al estimado, el/a servidor/a reintegrará a la Tesorería
Municipal la cantidad correspondiente no devengada.
En caso de que la liquidación arroje diferencia a favor del/a servidor/a público/a, por
haber durado la comisión más días de lo previsto originalmente, o por haber
incurrido en gastos imprevistos, dicha diferencia le será cubierta a través del contra
recibo de comprobación de gastos y excedente.
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II.18.3. Improcedencia del pago de Viáticos para Viajes Oficiales.
Bajo ninguna circunstancia procederá el pago de viáticos por viajes oficiales,
cuando se den los siguientes supuestos:
a. Si de la Justificación del viaje que se haga en la solicitud de autorización, se desprende que la información es falsa;
b. Presentar documentación falsa respecto a la justificación de los gastos de viaje;
c. No asistir a las actividades de la agenda oficial del evento que motiva el viaje o suspender por decisión propia el desempeño de la comisión;
d. No justificar en tiempo y forma los gastos del viaje mediante la entrega de los comprobantes fiscales correspondientes;
e. No rendir el informe de actividades realizadas, logros y los objetivos conseguidos, como consecuencia de la comisión;
f. Realizar erogaciones diferentes a las autorizadas en cuanto a su concepto, o exorbitantes respecto a los montos autorizados para cada concepto; y,
g. Cuando los/as servidores/as públicos/as que adeuden o tengan pendiente la comprobación de un pago o anticipo correspondiente a una comisión o viaje anterior.
II.18.4. Viáticos Oficiales Internacionales
El otorgamiento de Pasajes Internacionales se sujetará a los siguientes
lineamientos:
a) Deberá estar debidamente justificada la necesidad y conveniencia de la comisión, en función del cumplimiento de compromisos contraídos por el Gobierno Municipal en otros países.
b) Para estos casos, de otorgamiento de pasajes internacionales, invariablemente se deberá contar con la autorización del Presidente Municipal, para su comprobación.
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II.18.5. Tarifas de Viáticos Oficiales:
Los pasajes para viajes nacionales, con motivo de las comisiones que se confieran
a el/la servidor/a público/a, se sujetarán al siguiente tabulador:
El/la Delegado/a Administrativo/a o su equivalente y los/as servidores/as
públicos/as en general, al identificar anomalías, faltas o hechos ilícitos que se
detecten en la obtención y comprobación de viáticos para el cumplimiento de
comisiones, lo deberán hacer del conocimiento de la Contraloría, quien en el ámbito
de sus atribuciones, vigilará la debida aplicación de las tarifas y la normatividad
establecida y en su caso, determinará las sanciones que procedan.
HOSP. ALIM HOSP. ALIM HOSP. ALIM.
PRESIDENTE, SINDICO Y
REGIDORES 1,700 1,300 1050 700 700 600
SECRETARIOS,
COORDINADORES,
DIRECTORES Y
SUBDIRECTORES
1,350 1,050 850 600 600 520
RESTO DEL PERSONAL 950 600 600 450 500 410
ASIGNACIONES MAXIMAS POR ZONAS
Zona 1 : México, D.F. y otros Estados de la Republica
Zona 2 : Uruapan, Patzcuaro, Sahuayo, Jiquilpan, Zamora, Jacona, La Piedad, Apatzingán,
Zona 3 : Resto del Estado.
PUESTOASIGNACIONES MAXIMAS DIARIAS
ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3
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CAPÍTULO III
LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL EJERCICIO
PRESUPUESTAL POR CAPÍTULO DE GASTO
III. Lineamientos y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestal por Capitulo
de Gasto.
El presente Manual comprende las reglas administrativas fundamentales aplicables
en materia de racionalidad, austeridad y honestidad en el ejercicio del gasto
público, y a las que deberán sujetarse sin excepción los/as Titulares de las
Dependencias y Entidades y en general, todo servidor/a público/a, en el desempeño
de sus funciones, con el objeto de racionalizar el gasto destinado a las actividades
sustantivas y de apoyo, así como promover al máximo el uso eficiente y eficaz de
los recursos públicos.
Las disposiciones contenidas en este Manual, en materia de racionalidad,
austeridad y honestidad en el ejercicio del gasto público, constituyen un programa
permanente de transparencia de la Administración Pública Municipal.
El incumplimiento por parte de los/as servidores/as públicos/as a las obligaciones
que les impone el presente Manual, será sancionado en los términos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y demás disposiciones
aplicables, incluyendo aquéllas en materia de indemnizaciones por daños y
perjuicios al Erario Público.
Para el ejercicio de los recursos públicos conforme a los diferentes capítulos de
gasto, las Dependencias y Entidades observarán los siguientes lineamientos:
III.1. Capítulo 1000 Servicios Personales
Son las remuneraciones ordinarias, extraordinarias, eventuales y las de carácter
socioeconómico, así como las obligaciones fiscales y las aportaciones de seguridad
social de acuerdo a los convenios que se tienen signados con las representaciones
sindicales de los trabajadores al servicio del Municipio.
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III.1.1. Normas Generales Las Dependencias y Entidades no podrán crear nuevas plazas, debiendo promover
en su caso el traspaso interno de éstas, o su reconversión, si para ello disponen de
recursos presupuestarios, sin perjuicio de los derechos laborales de los
trabajadores.
En el caso de terminación laboral, las Dependencias y Entidades no podrán
negociar ningún tipo de indemnización, sin autorización de la Secretaría.
La Secretaría deberá llevar el registro y el control analítico de plazas, mediante la
actualización y depuración permanente de la plantilla de personal de la
Administración Pública Municipal.
También será responsable de que la plantilla actualizada se encuentre debidamente
soportada presupuestalmente por la Tesorería.
Las Dependencias y Entidades deberán ajustarse a las disposiciones que
establezca la Secretaría, en la determinación de las remuneraciones adicionales por
jornadas u horas extraordinarias, los estímulos por eficiencia en la actuación y otras
prestaciones.
Tratándose de remuneraciones adicionales por jornadas u horas extraordinarias y otras prestaciones del personal que labora en las Dependencias y Entidades, que se rijan por convenios de trabajo, los pagos se efectuarán conforme a las estipulaciones de los mismos. Las Dependencias y Entidades que tienen autorizado el pago de horas extras, no
deberán exceder al límite previsto en la Ley Federal del Trabajo, procurando que el
tiempo excedente sea el mínimo necesario.
El tiempo extra, sólo se aplicará al personal operativo que por la naturaleza de las
actividades que tienen encomendadas implica la necesidad de prolongar de la
jornada laboral. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se pagará tiempo
excedente al personal administrativo.
Las Dependencias y Entidades no podrán ocupar las plazas que queden vacantes
por jubilación, excepto para el caso del personal operativo de las Secretarías de
Servicios Públicos y la de Obras Públicas.
La Comisión de Modernización por conducto de la Secretaría, podrá autorizar a las
Dependencias y Entidades el pago de estímulos o recompensas por productividad,
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eficiencia y calidad en el desempeño de los/as servidores/as públicos/as, siempre y
cuando se cuente con los recursos presupuestales autorizados por la Tesorería,
caso contrario deberá solicitar la adecuación presupuestaria correspondiente.
La Secretaría deberá presentar la nómina de manera desglosada a nivel de
programa/fin, propósito, componente y actividad, para su validación y afectación
presupuestaria en el SISAM a la Tesorería, una vez concluido el cierre mensual.
Las Dependencias y Entidades deberán presentar los formatos para movimientos
de personal debidamente requisitados y adjuntando la totalidad de la
documentación requerida para dichos efectos, debiéndose observar además, los
siguientes lineamientos:
Las Dependencias y Entidades no podrán establecer relación laboral alguna, hasta
en tanto la Secretaría autorice que se cubra la plaza con el personal que ésta
determine, previa autorización de la Secretaria de Administración.
I. Los/as Titulares de las Dependencias y Entidades o las personas a quienes se les delegue la responsabilidad de la nómina, tienen la obligación de tramitar ante la Secretaría, las incidencias que se hayan presentado en su plantilla de personal autorizada.
II. Respetar el calendario establecido para la entrega de incidencias para su aplicación en la nómina.
III. La fecha de ingreso no deberá rebasar quince días anteriores, a la fecha de recepción por la Secretaría, de los formatos para movimiento de personal, en caso contrario no se pagará retroactivo.
IV. Es responsabilidad de el/la Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, remitir a la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría, las incapacidades de los/as servidores/as públicos/as, en un plazo no mayor a cinco días después de haber sido expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
V. Para el cobro de sueldos, de no poder asistir personalmente el empleado, podrá hacerlo a través de un tercero con carta poder firmada ante dos testigos.
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VI. En caso de descuentos por concepto de FONACOT, Seguros de Vida, aportaciones de fondos, cajas de ahorro, entre otros, el trabajador deberá manifestar previamente su conformidad por escrito.
El pago de este servicio queda sujeto a la retención y pago de impuestos previstos en las leyes fiscales vigentes.
Las Dependencias y Entidades al realizar los pagos por concepto de
remuneraciones, prestaciones laborales y demás erogaciones relacionadas con
servicios personales, deberán observar los siguientes lineamientos:
I. Apegarse estrictamente a los criterios de la política de servicios personales que establezca el Presidente Municipal por conducto de la Secretaría;
II. Cubrir los pagos en los términos autorizados por la Tesorería y la Secretaría;
III. Abstenerse de contraer obligaciones en materia de servicios personales que impliquen compromisos en subsecuentes ejercicios fiscales, sin la autorización de la Tesorería y de la Secretaría;
IV. Sujetarse al tabulador de sueldos que apruebe la Comisión de Modernización, así como a los incrementos en las percepciones y demás asignaciones autorizadas en el Presupuesto de Egresos;
V. Las Dependencias y Entidades que ejerzan recursos y programas de índole federal, y que por tal motivo requieran contratar personal de forma eventual, deberán remitir a la Secretaría, la propuesta de estructura y la documentación correspondiente, para los efectos de elaboración de la nómina previa validación presupuestal por parte de la Tesorería;
VI. Las Dependencias y Entidades deberán abstenerse de contratar personal eventual que no se encuentre previsto para la ejecución de algún programa/fin, propósito, componente, actividad o proyecto autorizado en el Presupuesto de Egresos;
VII. Queda estrictamente prohibido realizar transferencias del Capítulo 1000 a otros capítulos, y viceversa, salvo que se cuente con la autorización previa de la Tesorería;
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VIII. La Secretaría al realizar la oferta de plazas de trabajo en las diversas modalidades que le permite la ley de la materia, tomará en consideración la propuesta del Plan de Desarrollo Municipal para la Integración Social de las Personas con Discapacidad, así como las solicitudes que se hayan presentado directamente en la Audiencia Pública;
IX. Es responsabilidad de la Secretaría, autorizar las incidencias de personal, altas, cambios de adscripción y categoría, así como licencias, bajas y liquidaciones y recibir las renuncias de los/as servidores/as públicos/as y los consecuentes movimientos en las instituciones de seguridad social;
X. Con el fin de evitar que al personal que haya terminado la relación laboral, se le paguen remuneraciones no devengadas, el/la Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, deberá notificar oportunamente la baja mediante un documento provisional debidamente firmado y soportando el motivo de la baja, en el entendido de que el movimiento de nómina debidamente autorizado por el/la Titular de la Dependencia o Entidad, sea entregado a más tardar en quince días, de lo contrario se notificará a la Contraloría para el ejercicio de sus facultades;
XI. Las licencias sin goce de sueldo del personal de base, deberán ser tramitadas con cinco días naturales de anticipación a la fecha de inicio de la misma. Por ningún motivo se recibirán solicitudes de licencia fuera del término anteriormente establecido, por lo que será responsabilidad de la dependencia o entidad la devolución del importe del recurso ministrado por este concepto;
XII. Los cambios de adscripción podrán realizarse siempre y cuando la dependencia o entidad que requiera de el/la servidor/a público/a, cuente con la plaza vacante y presupuesto disponible, de lo contrario, se deberá realizar la transferencia de recursos presupuestales de la plaza que ocupa el/la servidor/a público/a, contando con el visto bueno del/la Titular de la Dependencia o Entidad de donde proviene la plaza, la autorización de la Secretaría y de la Tesorería, en el ámbito de sus respectivas competencias;
XIII. Los/as trabajadores/as por obra y tiempo determinado que realizan funciones ligadas a una obra específica o proyecto específico, que por su naturaleza la ejecución de estos no es permanente, se sujetarán a las estipulaciones contenidas en el contrato respectivo.
El establecimiento de compromisos para el ejercicio del gasto por concepto de
servicios personales, se sustentará en:
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a) La expedición y autorización del formato para movimientos de personal;
b) La Lista de raya;
c) Los contratos colectivos e individuales de trabajo y los documentos que tengan este carácter; y
d) Los pagos de remuneraciones ordinarias, complementarias, adicionales, especiales, eventuales, extraordinarias y de seguridad social.
III.2. Capítulo 2000 Materiales y Suministros.
Se encuentran comprendidas dentro de este Capítulo, las asignaciones destinadas
a la adquisición de toda clase de insumos requeridos para el desempeño de las
actividades de la Administración Pública en sus proyectos de operación. Incluye
materiales de administración, productos para alimentación, materias primas y
materiales para la construcción, refacciones, combustibles y en general todo tipo de
suministros y consumibles para la realización de los programas/fin, propósitos,
componentes, actividades y proyectos públicos y a la gestión operativa ordinaria de
la administración pública.
III.2.1. Normas Generales.
Para el ejercicio de los recursos públicos por concepto de materiales y suministros,
las Dependencias y Entidades deberán observar las siguientes normas generales:
A. Promover el uso racional de material de oficina, materiales y útiles de impresión y fotocopiado, para lo cual deberá privilegiarse la transmisión electrónica de datos y desarrollar sistemas de información, de manera tal que se generen reportes e informes electrónicos de consulta entre Dependencias y Entidades.
B. Las adquisiciones de artículos y materiales deberán sustentarse en niveles máximos y mínimos de inventario, con el propósito de racionalizar su uso, debiéndose observar con puntual disciplina el marco jurídico para consolidar las compras y realizar los procedimientos de adquisición establecidos por la Secretaría, celebrando contratos de suministro programado, con el objeto de abatir los costos por mermas, desperdicios y existencias excesivas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 61
C. En el caso del combustible, las Dependencias y Entidades se sujetarán a la ministración de recursos aprobada en el Presupuesto de Egresos.
D. En la medida que no se contravengan las disposiciones legales, en la aplicación de recursos referentes a adquisiciones, procurarán preferentemente a los/as productores/as, prestadores/as de servicios y comerciantes con domicilio fiscal en el Municipio de Morelia.
III.2.2. Disposiciones Específicas
Para el ejercicio de recursos públicos por concepto de materiales y suministros, las
Dependencias y Entidades deberán observar las siguientes normas específicas:
1. Es obligación de los/as servidores/as públicos/as responsables, presentar en tiempo y forma los respectivos Programas Anuales de Adquisiciones de las Dependencias y Entidades, en la fecha que establezca la Secretaría para este fin.
2. La Secretaría, programará y realizará las compras vía SISAM, en base a lo
establecido en los respectivos Programas Anuales de Adquisiciones, y cualquier caso de excepción a lo previsto en dichos Programas, deberá estar previamente autorizado por la Secretaría y validado presupuestalmente por la Tesorería.
3. El material que en su caso requieran las Direcciones de Servicios Generales y la Secretaría de Turismo para el caso de eventos especiales y logística de ceremonias cívicas, entre otros, con el fin de atender las solicitudes de requerimientos por la Secretaría, deberán solicitarlo a través del SISAM en el formato de Requisiciones establecido, con cargo a sus respectivos presupuestos.
III.2.3. Procedimiento para la Solicitud de Materiales y Suministros.
Las Dependencias y Entidades deberán solicitar vía SISAM los requerimientos de materiales y suministros, de conformidad con lo siguiente:
a) Con base en el Calendario de Ministración de Recursos autorizado en el Presupuesto de Egresos, las Dependencias y Entidades deberán solicitar los requerimientos de materiales y suministros, en el Formato de Requisición de Compra, que deberá contener los siguientes datos:
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 62
• Datos Generales de la Dependencia;
• Registro Federal de Contribuyentes (RFC);
• Clave Única del Registro de Población (CURP);
• Fecha;
• Descripción;
• Existencia;
• Número de Artículos;
• Unidad;
• Descripción;
• Precio;
• Importe;
• Firma de quien Autoriza;
• Firma del Solicitante;
• Firma de Recibido; y,
• Justificación de la Adquisición del Bien o del Servicio.
b) Las Unidades Programáticas Presupuestarias, deberán generar su requisición mensual, la cual deberá contar con suficiencia presupuestal, ya que de lo contrario el sistema SISAM rechazará la solicitud de requisición.
c) La Dirección de Recursos Materiales cotiza y elabora el cuadro de cotizaciones comparativo, anexando las tres cotizaciones con base a los lineamientos emitidos por el Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en el Formato de Cotización que deberá contener los siguientes datos:
• Datos Generales de la Dependencia;
• Datos Generales del Prestador de Servicios;
• Registro Federal de Contribuyentes (RFC);
• Clave Única del Registro de Población (CURP);
• Número de Cotización;
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 63
• Fecha;
• Cantidad del Producto o Servicio;
• Descripción del Producto o Servicio;
• Precio Unitario;
• Importe;
• Subtotal;
• IVA; y,
• Total, con cantidad en número y letra.
d) La Secretaría procederá a realizar la compra o su abastecimiento del almacén, según el caso, por Orden de Compra o por Almacén.
e) Cuando los bienes se surtan de las existencias del almacén, la Dirección de Recursos Materiales, a través del Almacén General, expedirá el vale de salida de almacén en tres tantos, uno para entregar al área solicitante conjuntamente con el material surtido, otro para enviar a la Tesorería y el tercero para la citada Dirección. La afectación presupuestaria quedará registrada al momento de la expedición del vale ya citado.
f) Cuando los bienes se surtan por Orden de Compra, el formato deberá contener los siguientes datos:
• Datos Generales de la Dependencia; Nombre, Dirección, Teléfono;
• Registro Federal de Contribuyentes (RFC);
• Clave Única del Registro de Población (CURP);
• Fecha de Orden de Compra;
• Condiciones de Pago;
• Código del Artículo;
• Descripción del Artículo;
• Unidades;
• Precio Unitario;
• Subtotal;
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• IVA;
• Total;
• Cantidad Total en número y letra;
• Firma; y,
• Sello.
La orden de compra deberá expedirse por la Secretaría, por conducto de la Dirección de Recursos Materiales, la base para su elaboración será la requisición de compra, misma que deberá estar autorizada por el encargado de compras y requisitarse en fecha previa a la de la compra, así como, contener la cantidad requerida y la descripción del material solicitado e importe.
g) El/la Delegado/a Administrativo/a, realizará el registro presupuestario de los
bienes adquiridos, para efectos de control de su correspondiente presupuesto.
h) Una vez que los bienes y la factura que ampare su adquisición, sean entregados por el proveedor a la Unidad Responsable, el/la Delegado Administrativo/a y/o su equivalente, será el responsable de tramitar el pago correspondiente con base en la documentación que le envíe la Secretaría; A través del sistema SISAM emitirá en dos tantos el recibo de material y el Contra-recibo, entregando un tanto al proveedor para su pago y el otro será ingresado a la Tesorería con su respectiva documentación comprobatoria para su revisión, afectación y elaboración del cheque para pago al proveedor.
i) Las Dependencias y Entidades, deberán cancelar las adquisiciones que correspondan a obras, acciones y servicios públicos que se encuentren en suspensión temporal, quedando bajo su estricta responsabilidad la guarda y custodia de los bienes ya adquiridos, informando de ello a la Tesorería para su registro.
j) Los bienes de capital adquiridos que no se hayan incorporado a las obras que se encuentren en suspensión definitiva, podrán traspasarse a otros programas/fin, propósito, componente, actividad o proyectos prioritarios, previa autorización de la Tesorería, de la Secretaría de Obras Públicas y del COPLADEMUN.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 65
k) Para el trámite de pago de las adquisiciones, se requerirá como documentación comprobatoria, la Requisición de Compra, Orden de Compra, recibo de materiales y la factura.
II.2.4. Productos alimenticios
Las partidas 22102, 22103, 22104, 22105 y 22106 del clasificador por objeto del
gasto corresponden a los productos alimenticios. En el caso de bebidas, no se
autorizan bebidas alcohólicas de ningún grado ni tipo. Las partidas anteriormente
señaladas serán autorizadas siempre y cuando se tenga suficiencia presupuestal
programada.
III.2.5. Productos Farmacéuticos
La adquisición de medicinas y productos farmacéuticos deberá realizarse
invariablemente por conducto de la Secretaría de Administración.
Los/as servidores/as públicos/as responsables, deberán asegurarse que en las Dependencias y Entidades se cuente con el botiquín básico; la adquisición de estos productos farmacéuticos se podrá realizar con recursos del Fondo Revolvente. Botiquín básico.
Antibióticos y analgésicos:
Paracetamol Naproxeno
Eritromicina Dipirona en tabletas
Diclofenaco Disprina Solución efervescente
Material de curación:
Algodón Gasa
Vendas Alcohol
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 66
Cinta microporo Curitas
Jabón antiséptico Solución Espuma
Tela adhesiva Isodine desinfectante
Inyectables:
Antihistamínicos 108 metamisol sódico Remicina
Ventusil compuesto 800,000 U. Inyecciones Ampicilina
III.2.6. Refacciones y Mantenimiento de Vehículos Oficiales
Las Dependencias y Entidades podrán realizar adquisiciones de refacciones
menores con cargo al Fondo Revolvente de hasta $ 500.00 (quinientos pesos); en
caso de que el costo exceda de dicho monto, la adquisición invariablemente se
deberá realizar por conducto de la Secretaría.
En el caso de vehículos de reciente adquisición o que cuenten con garantía vigente,
el servicio de mantenimiento deberá realizarse previa supervisión de la Secretaría,
en la agencia autorizada por la misma a efecto de que no se pierda la garantía.
En el caso de vehículos que ya no cuentan con garantía de agencia, se deberán
remitir a la Secretaría, para la verificación y diagnóstico de los servicios requeridos
y ésta determinará en orden de servicio el taller asignado.
Queda estrictamente prohibido que las Dependencias y Entidades asignen
directamente talleres externos o proveedores/as de servicios para la reparación de
los vehículos propiedad del Gobierno Municipal, sin previa autorización de la
Secretaría.
Una vez concluida la reparación por parte de los talleres externos, cuando así sea
el caso, los vehículos deberán retornar al Área de Diagnóstico y Verificación de la
Secretaría, para su valoración correspondiente, y si cumple con los requerimientos
por los que fue enviado se dará el visto bueno para el pago correspondiente, y la
unidad le será entregada a la Dependencia.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 67
En caso de emergencias fuera de la zona conurbada del Municipio de Morelia o en
un radio mayor a 60 kilómetros, del centro de trabajo, la Dependencia o Entidad
tendrá la obligación de reportar la descompostura y la Secretaría a través de su
Dirección de Servicios Generales, podrá autorizar la reparación en talleres de la
localidad en donde se encuentra la unidad, o en su caso, el traslado a esta ciudad,
respetando los tabuladores de servicios que emita la propia Secretaría.
Los documentos para trámite de pago deberán contener los siguientes datos:
• Número económico.
• Número de placas.
• Marca.
• Modelo.
• Descripción de la reparación realizada.
III.2.7. Consumibles para Bienes Informáticos
Las adquisiciones de consumibles para bienes informáticos deberán realizarse por
conducto de la Secretaría, y en caso de requerimientos urgentes se restringe su uso
a través del Fondo Revolvente limitándose su monto a $1,000.00 (un mil pesos) por
mes.
III.2.8. Combustibles, Lubricantes y Aditivos.
El concepto 2600 queda restringido exclusivamente para consumo y uso en
vehículos oficiales. Como una medida de austeridad y racionalidad quedan
canceladas las asignaciones de combustible a vehículos particulares, del personal
que desempeña funciones administrativas.
El Concepto Combustibles, Lubricantes y Aditivos serán suministrados siempre y
cuando el vehículo cuente con engomado oficial, número económico y placas
oficiales, y se deberán observar las siguientes disposiciones:
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1. Las Dependencias y Entidades deben enviar a la Secretaría, la programación del consumo mensual para cada vehículo, según la disponibilidad presupuestal autorizada, con base al Calendario de Pagos del Presupuesto de Egresos 2015.
2. La dotación será suministrada a través de personal de la Secretaría, para hacerse efectiva en las Estaciones de Servicio autorizadas por el Comité de Adquisiciones, en los horarios que establezca la propia Secretaría, para este fin.
3. La ampliación de las dotaciones se solicitará a la Secretaría, quién validará de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y autorizará si es el caso, previa justificación que por escrito presente la Dependencia.
4. El Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, deberá notificar por escrito a la Secretaría y a la Contraloría, en caso de detectar alguna irregularidad sea por el uso indebido del combustible o por irregularidades de la Estación de Servicio de que se trate.
5. El monto máximo autorizado por mes para el suministro de gasolina es de:
6. En todos los casos, las Dependencias deberán llevar bitácoras de control de consumo de combustible por cada vehículo oficial y en coordinación con la Secretaría, deberán realizar un informe al cierre de cada mes, detallando el rendimiento promedio de kilómetro por litro de cada vehículo, asimismo, deberán anexar copia del Vale de Consumo de combustible para respaldar los cargos correspondientes.
FUNCIONARIOS MONTO MAXIMO
Titulares 5,000.00
Directores Operativos y Administrativos 3,000.00
Personal Operativo 1,500.00
TABULADOR DE COMBUSTIBLE A VEHICULOS
PARTICULARES
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7. Cuando dentro de las funciones de la Dependencia o Entidad se encuentren las de brindar apoyo extra–institucional deberá cargarse al fin/programa, propósito, componente/subprograma, actividad o proyecto sustantivo, previo dictamen de suficiencia presupuestal por la Tesorería.
III.2.9. Suministro de Combustible.
El Suministro se regirá por las siguientes normas:
1. De las obligaciones de los/as servidores/as públicos/as:
a) Queda estrictamente prohibido el otorgamiento de combustible a los/las servidores/as públicos/as que dentro de su ámbito de competencia realicen funciones administrativas.
b) El/la servidor/a público/a es responsable por todas las operaciones que se realicen en la estación punto de venta, al cargar combustibles incluida la exactitud de los datos que se digiten en la misma estación en los comprobantes.
c) En caso de que por error se digite algún dato diferente al real, deberá informar inmediatamente a el/la Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, quien a su vez le notificará en forma inmediata al área responsable del suministro, para su debida corrección en el sistema.
d) Cualquier cambio en la asignación mensual de combustible, deberá informarse a la Secretaría, por conducto del Área de Suministro de Combustible, con cinco días de anticipación, de no hacerlo se le asignará la misma dotación del mes anterior.
e) En caso de así requerirlo, previa justificación a la Secretaría y dictamen de suficiencia presupuestal de la Tesorería, se podrá autorizar combustible adicional a las Dependencias y Entidades.
f) Los/as Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes, recibirán vía correo electrónico a más tardar el décimo día del mes siguiente, el “Reporte Mensual de Cargas de Combustible” que les enviará la Secretaría, por conducto del Área responsable del Suministro de Combustible, para efectos de conciliación.
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La Dependencia o Entidad deberá notificar las observaciones al “Reporte Mensual de Cargas de Combustible” antes del día veinticinco de cada mes, en el entendido, que si no hay respuesta por parte de las Dependencias y Entidades, la Secretaría, tomará como definitivos los importes del suministro de combustible, y procederá a realizar el trámite de pago correspondiente.
Es responsabilidad de los/as Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes, conservar el archivo electrónico que contiene el “Reporte Mensual de Cargas de Combustible”, para todos los efectos administrativos a que haya lugar.
g) Los Delegado/as Administrativos/as o sus equivalentes, deberán realizar
periódicamente inspecciones físicas a las unidades para verificar que el kilometraje en el odómetro corresponda al kilometraje del reporte que emite el sistema.
h) Es responsabilidad de los Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes, verificar que los vehículos de las Dependencias y Entidades, cuenten con el odómetro, y en su caso realizar las reparaciones para su óptimo uso.
i) Los Delegado/as Administrativos/as o sus equivalentes, deberán enviar mensualmente vía correo electrónico en formato de hoja electrónica el reporte de rendimientos de los kilometrajes marcados en los vehículos, a la Secretaría de Administración y a la Contraloría, para los efectos conducentes.
2. Serán sujetos a sanción los servidores/as públicos/as a los que se les
detecte las siguientes anomalías:
Carga y uso de combustible en vehículos particulares.
Kilometraje alterado, en documentos o instrumentos del vehículo.
Incremento o decremento en rendimiento por alteración en instrumentos o
equipo.
Extracción del combustible de vehículos oficiales.
III.3. Capítulo 3000 Servicios Generales
El Capítulo 3000, está referido a las asignaciones destinadas a cubrir el costo de
todo tipo de servicios indispensables para el funcionamiento operativo ordinario de
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las Dependencias y Entidades, que se contraten con personas físicas o morales del
sector privado o con instituciones del propio sector público. Incluye servicios tales
como: postal, telegráfico, telefónico, energía eléctrica, agua, conducción de señales,
arrendamiento, asesorías, capacitación, estudios e investigaciones, servicios
comercial y bancario, mantenimiento, conservación e instalación, difusión,
información e impresión, así como otros servicios oficiales y especiales necesarios
para el desempeño de actividades propias de la función pública.
III.3.1. Disposiciones generales.
Para el ejercicio de recursos públicos por concepto de servicios generales, las
Dependencias y Entidades deberán observar las siguientes normas generales:
1. Optimizar al máximo los recursos disponibles en las partidas de mantenimiento y reparación de equipo en general, alquiler de equipo y muebles para la administración, alquiler de vehículos, pasajes, viáticos, gastos de recepción y atención a visitantes, gastos de orden social, publicación de libros, folletos, revelado fotográfico y encuadernación, trabajos de impresión. Sujetarse estrictamente a las disposiciones y presupuesto autorizado para el ejercicio de los gastos de pasajes oficiales y erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones oficiales.
2. Es obligación de los/as servidores/as públicos/as responsables, presentar en tiempo y forma los respectivos Programas Anuales de Servicios de las Dependencias y Entidades, en la fecha que establezca la Secretaría para este fin.
3. La Secretaría, programará y realizará la contratación de servicios vía SISAM, en base a lo establecido en los respectivos Fin/Programas, Propósitos, Componentes/subprogramas, Actividades Anuales, y cualquier caso de excepción a lo previsto en dichos Fin/Programas, deberá estar previamente autorizado por la propia Secretaría y validado presupuestalmente por la Tesorería.
4. Las Dependencias y Entidades deberán optimizar al máximo los recursos
disponibles en las partidas de mantenimiento y reparación de equipo en general, alquiler de equipo y muebles para la administración, alquiler de vehículos, pasajes, viáticos, gastos de recepción y atención a visitantes, gastos de orden social, publicación de libros, folletos, revelado fotográfico, encuadernación y trabajos de impresión.
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5. Dar continuidad y fortalecer el Programa “TU PONES EL EJEMPLO” a través de la reducción de gastos en los servicios básicos, tales como limpieza, luz, agua, seguridad, materiales de impresión, fotocopiado, inventarios, ocupación de espacios físicos, teléfono convencional y telefonía celular y hacer más eficiente la utilización de estos servicios.
6. Previo a la celebración de contratos para efectuar estudios y proyectos, con
cargo a las partidas presupuestales de asesoría, y la de estudios e investigaciones, deberá verificarse que no existan estudios o trabajos con resultados similares, contratados con anterioridad, de manera que se justifique plenamente que estas contrataciones son indispensables y congruentes con los objetivos y metas de los programas y proyectos.
7. La Administración Pública Municipal tendrá la obligación de cubrir las contribuciones federales y estatales correspondientes, con cargo a su presupuesto, y de conformidad con la legislación aplicable.
8. En el caso de los servicios de arrendamiento y honorarios se deberán desglosar las retenciones de contribuciones de acuerdo con la ley de la materia, y anexar la constancia de retención correspondiente, la cual se puede omitir en casos excepcionales autorizados por la Tesorería.
III.3.2. Procedimiento para la solicitud de contratación de servicios
Las Dependencias y Entidades deberán solicitar vía SISAM los requerimientos de
contratación de servicios, de conformidad con lo siguiente:
a) Presentarán a la Secretaría, su Programa Anual de Servicios, en las fechas establecidas para ese fin, por la propia Secretaría.
b) En base al Programa Anual de Adquisiciones, deberán generar su solicitud de servicios, la cual deberá contar con suficiencia presupuestal, de lo contrario el sistema SISAM rechazará la solicitud.
c) La Secretaría, realizará la contratación del servicio, siempre y cuando la dependencia o entidad cuente con suficiencia presupuestal.
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d) Salvo en los contratos cuya firma haya sido delegada por el C. Presidente Municipal a favor de la Secretaría de Administración a través de la Dirección de Recursos Humanos y aquellos cuya autorización corresponda al Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, que impliquen compromisos presupuestales municipales, aun cuando su formalización se lleve a cabo a través de la Secretaría, invariablemente previa su celebración, deberán ser del conocimiento del Presidente, contar con su firma, así como la del Tesorero Municipal, además de la que corresponda a el/la Titular de la o las Dependencias o Entidades, que estén implicadas en el contrato de que se trate.
III.3.3. Disposiciones Específicas.
Para el ejercicio de recursos públicos por concepto de servicios generales, las
Dependencias y Entidades deberán observar las siguientes normas específicas:
A. Los gastos de servicios básicos serán tramitados invariablemente por conducto de la Secretaría.
III.3.4. Servicios Básicos.
Se denomina servicios básicos, al concepto que agrupa a las asignaciones
destinadas a la adquisición de servicios necesarios para el funcionamiento de las
Dependencias y Entidades.
I. Los servicios básicos que requieran las Dependencias y Entidades se considerarán como programados e irreductibles y la Secretaría realizará los trámites correspondientes.
II. En el caso de que sea necesaria la contratación de un nuevo servicio se requerirá además contar con la validación de suficiencia presupuestal por parte de la Tesorería.
III. Los servicios básicos que se consideran como programados e irreductibles, son los siguientes:
26101 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos
Terrestres, Aéreos, Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a
la Ejecución de Programas de Seguridad Pública
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26102 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos
Terrestres, Aéreos, Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a
Servicios Públicos y la operación de Programas Públicos
26103 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos
Terrestres, Aéreos, Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a
Servicios Administrativos
26104 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos
Terrestres, Aéreos, Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a
Servidores Públicos
26105 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Maquinaria,
Equipo de Producción y Servicios Administrativos
29401 Refacciones y Accesorios para Equipo de Computo
31101 Servicio de Energía Eléctrica.
31301 Servicio de Agua
31401 Servicio de Telefonía Convencional.
31501 Servicio de Telefonía Celular.
31701 Servicios de Conducción de Señales Análogas y Digitales.
32101 Arrendamiento de Terrenos
32201 Arrendamiento de edificios y Locales.
33101 Asesorías Asociadas a Convenios, Tratados o Acuerdos.
33401 Servicios para Capacitación a Servidores Públicos.
33602 Otros Servicios Comerciales
33801 Servicios de Vigilancia
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34401 Seguro de Responsabilidad Patrimonial del Estado y
Municipios.
35101 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles para la
Prestación de Servicios Administrativos
35301 Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos
35501 Mantenimiento y Conservación de Vehículos Terrestres,
Aéreos, Marítimos, Lacustres y Fluviales
35701 Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo
35901 Servicios de Jardinería y Fumigación.
36101 Difusión de Mensajes sobre Programas y Actividades
Gubernamentales
36201 Difusión de Mensajes Comerciales para promover la Venta
de Productos o Servicios
36301 Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de
Publicidad, excepto Internet
36401 Servicio de Revelado de Fotografías
36501 Servicios de la Industria Fílmica, del Sonido y del Video
36601 Servicio de Creación y Difusión de Contenido
Exclusivamente a través de Internet
36901 Servicios relacionados con Monitoreo de Información en
Medios Masivos
36902 Impresiones y Publicaciones Oficiales
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36903 Inserciones y Publicaciones Oficiales para Licitaciones y
Trámites Administrativos
36904 Otros Servicios Informativos
I. Previa solicitud debidamente justificada ante la Tesorería y aprobada por la Secretaría de Administración, se autorizará el uso de tarjetas de teléfono prepagadas a aquellas Dependencias y Entidades que realicen operativos especiales y hasta el límite de su presupuesto en la partida correspondiente, por conducto de la Dirección de Servicios Generales.
II. En el caso de los servicios de arrendamiento y honorarios se deberán desglosar las retenciones de Ley y anexar la constancia de retención correspondiente, la cual se puede omitir en casos excepcionales, autorizados por la Tesorería.
III.3.5. Servicio de Telefonía Celular
Sólo se pagarán las cuentas telefónicas de los celulares autorizados expresamente
por el C. Presidente Municipal, por conducto de la Secretaría.
La contratación de la telefonía celular, se encuentra limitada exclusivamente para
los niveles superiores y personal operativo que por el ámbito de sus funciones lo
justifiquen.
El monto máximo autorizado por mes es de:
Regidores $ 1,000.00
Secretarios $ 841.00
Directores $ 602.00
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Para el caso de mandos medios y superiores, una vez que se consuma el monto
máximo autorizado el servicio se suspenderá automáticamente.
Los servidores/as públicos/as que cuenten con el servicio de telefonía celular serán
responsables de cubrir totalmente sus adeudos, aún en el caso de que dejen de
ocupar su cargo en la Administración Pública, y deberán entregar el equipo
correspondiente o cubrir su importe.
En caso de pérdida por extravío, el servidor público pagará el costo de reposición.
En caso de robo, el servidor público deberá presentar la denuncia ante el Ministerio
Público, y enviar copia de la misma a la Secretaría, conjuntamente con el efectivo
correspondiente al importe del costo del celular para su debida reposición.
III.3.6. Telefonía Convencional
Las Dependencias y Entidades a efecto de reducir el gasto por servicio telefónico,
deberán adoptar las medidas necesarias tales como: cancelar líneas en áreas que
no son indispensables, modernizar los sistemas de comunicación y control de
llamadas, a efecto de eliminar las llamadas personales y de larga distancia. Sólo
podrán tener acceso a servicios de larga distancia nacional e internacional para
llamadas oficiales, los/as servidores/as públicos/as de nivel superior, o quienes por
sus funciones y previa justificación así lo requieran; el importe de las llamadas no
justificadas deberá ser reintegrado por el/la responsable a quien esté asignada la
línea telefónica.
Las Dependencias y Entidades se sujetarán a las asignaciones mensuales
autorizadas en el Calendario de Pagos aprobado en el Presupuesto de Egresos
Municipal para el Ejercicio Fiscal 2015.
Personal operativo $ 197.00
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Las Dependencias y Entidades que dispongan del Plan de Marcación a 4 dígitos
del Gobierno Municipal, deberán utilizarlo invariablemente, con el objeto de reducir
al máximo el gasto por éste servicio.
Se mantendrán controles para obtener datos estadísticos de las llamadas
telefónicas, información que mensualmente se hará del conocimiento de las
Dependencias y Entidades, con el propósito de reducir costos principalmente en
llamadas a teléfonos celulares, servicio medido y larga distancia. Las llamadas no
oficiales, serán por cuenta del servidor público que tenga asignada la línea
telefónica.
Las líneas del conmutador se asignarán de acuerdo a las necesidades
institucionales.
Quedan exceptuadas de ésta disposición las líneas asignadas a Presidencia,
Sindicatura, Regidores, Tránsito Municipal, Protección Civil y Bomberos.
Los casos de excepción requerirán la justificación del Titular y el Visto Bueno del
Tesorero a través de la Dirección de Informática.
Los/as Delegados/as Administrativos/as y sus equivalentes, serán los responsable
de llevar un efectivo control del registro de llamadas a teléfonos celulares y de larga
distancia.
La Tesorería por conducto de la Dirección de Informática, enviará a las
Dependencias y Entidades para su análisis y en su caso validación o bien para las
observaciones pertinentes, el Reporte Mensual de Llamadas Telefónicas, en el
entendido que el importe de llamadas no justificadas deberá ser reintegrado a la
Tesorería, por el servidor/a público/a a quien esté asignada la línea telefónica.
Una vez sancionado el reporte, deberá remitirse a la Dirección de Informática,
debidamente firmado por los/as Titulares de la Dependencias y Entidades y el
Delegado/a Administrativo/a, para los efectos procedentes.
Previo dictamen de suficiencia presupuestal emitido por la Tesorería, la Secretaría,
autorizará la compra de tarjetas de teléfono prepagadas, a las Dependencias que
por el ámbito de sus funciones lo justifiquen.
III.3.7. Asignación, Uso y Control de Vehículos Oficiales.
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Los servidores/as públicos/as, a cuyo servicio se asigne un vehículo propiedad del
Gobierno del Municipio, serán directamente responsables sobre el uso de la unidad,
el resguardo de herramientas, equipo adicional con que cuente el vehículo, y en su
caso de los desperfectos, siniestros, daños y faltantes que se ocasione por
negligencia, mala fe, imprudencia o abuso imputable al servidor público.
De presentarse éste último supuesto, independientemente de las responsabilidades
en que incurra, el servidor público debe solventar los gastos que requiera la
rehabilitación y reparación de la unidad, por lo que deberá usarlo en forma prudente
y razonable, y sólo será para el servicio oficial que en forma concreta y especifica
tenga asignado.
Los servidores/as públicos/as que manejen vehículos oficiales deben contar con
licencia de manejo vigente de automovilista o chofer, según sea el caso, para que
en el supuesto necesario proceda la póliza del seguro automotriz de la unidad.
Los vehículos oficiales al servicio del Ayuntamiento Municipal, deberán portar el
logotipo de identidad (en lugar visible), y por ningún motivo podrán ser utilizados
para el servicio particular o de terceros.
Los Delegado/as Administrativos/as o sus equivalentes y los/as servidores/as
públicos/as autorizados deberán vigilar el uso de los vehículos oficiales a efecto de
prevenir las situaciones previstas anteriormente, asimismo cuando tengan
conocimiento del mal uso de los vehículos deberán notificarlo a la Dependencia,
Entidad o a la Contraloría, para los efectos conducentes.
Los Delegados/a Administrativos/as o sus equivalentes, serán responsables de
mantener actualizado el inventario considerando el estado del parque vehicular
asignado a sus áreas, así como racionalizar y optimizar el gasto en mantenimiento,
reparación, consumo de combustible y lubricantes, para lo cual deben observar las
siguientes medidas:
1. Las Dependencias evaluarán su parque vehicular con el fin de que las unidades obsoletas, inservibles y de modelos anteriores, cuyo mantenimiento sea incosteable, se solicite su baja ante la Secretaría de Administración.
2. Los Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes, serán los responsables de verificar que se lleven al corriente las bitácoras de control por vehículo para el uso del combustible incluyendo gas butano, aceites, lubricantes y la bitácora de servicios de mantenimiento.
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3. La asignación de vehículos oficiales, será responsabilidad de los/as Titulares de las Dependencias en congruencia con las funciones sustantivas de las áreas y los programas y proyectos específicos.
4. En ningún caso los vehículos oficiales deberán ser operados por personas ajenas al Gobierno Municipal.
El parque vehicular que tengan asignado las Dependencias y Entidades, estará en
forma permanente a disposición de la Secretaría, estando facultada para disponer
del mismo en cualquier momento en función de los requerimientos que se
presenten.
Los vehículos oficiales utilizados para procedimientos administrativos y la operación
de las Dependencias y Entidades, deberán concentrarse en sus oficinas o en los
lugares autorizados por la Secretaría, cuando no estén en servicio, en días festivos,
días y horarios no laborables y los fines de semana.
Para su uso en fines de semana, días inhábiles, días festivos y días y horarios no
laborables, se requerirá oficio de comisión que lo justifique, expedido únicamente
por los/as Titulares de la Dependencia o Entidad, el cual será turnado a la
Secretaría y a la Contraloría.
Quedan exceptuadas de ésta disposición las unidades destinadas a Tránsito
Municipal, Protección Civil y Bomberos.
La Contraloría en el ámbito de sus facultades realizará operativos a efecto de vigilar
el debido cumplimiento de las disposiciones anteriores, asimismo implementará
supervisiones con el propósito de constatar que el parque vehicular se encuentre
resguardado en los lugares designados para tal efecto, en caso contrario se
sancionará a los servidores/as públicos/as responsables conforme a la Ley de la
materia.
El oficio de comisión deberá contener la siguiente información:
a) Nombre de la dependencia.
b) Número de oficio de comisión.
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c) Nombre del servidor/a público/a.
d) Área de adscripción del servidor/a público/a.
e) Fecha de la comisión, día, hora y duración.
f) Lugar de la comisión.
g) Actividad específica a desarrollar.
h) Datos del vehículo con número económico y número de placas.
Asimismo el servidor/a público/a deberá portar la identificación oficial emitida por la Secretaría. III.3.8. Del Trámite Administrativo para en caso de Siniestros del Parque
Vehicular.
En caso de siniestro, se deberá notificar al ajustador de la compañía de seguros
que corresponda así como a la Secretaría, y con base en el parte de la autoridad
competente en materia de vialidad, se deslindarán responsabilidades para los
efectos de daños al vehículo, a terceros o a las vías generales de comunicación.
En el caso de siniestros imputables al servidor/a público/a éste deberá cubrir el
deducible correspondiente, una vez que la compañía de seguros dictamine
procedente el siniestro.
En el caso de siniestros imputables al servidor/a público/a, y que no sean
reconocidos por la compañía de seguros, el servidor/a público/a deberá pagar ante
la Tesorería, el costo del daño que implique la reparación del vehículo, daños a
terceros y demás que hayan sido ocasionados, lo cual será determinado en base al
dictamen de autoridad competente, o en su caso el que determine la propia
Tesorería.
Para dar trámite de pago de los deducibles, la dependencia o entidad deberá anexar a la factura la fotografía de la unidad siniestrada y una constancia de siniestralidad expedida por la aseguradora en donde se especifiquen los datos del vehículo como lo marca este Manual. La Secretaría enterará a la Tesorería los recursos provenientes de la recuperación de seguros, por pérdida total de los bienes muebles registrados en el activo municipal, a efecto de que las Dependencias y Entidades al solicitar los recursos recuperados para una nueva adquisición, éstos sean liberados, siempre y cuando dichos recursos se destinen a restituir el bien de que se trate dentro del ejercicio fiscal en que fueron recuperados.
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III.3.9. Servicios de Capacitación.
Con el propósito de incrementar la productividad, eficacia y aprovechamiento
derivado de los servicios de capacitación en materia de modernización e innovación
gubernamental, previo a la celebración de los contratos respectivos las
Dependencias y Entidades deberán presentar sus planes y programas de
capacitación debidamente justificados ante la Secretaría.
La Secretaría a través de la Dirección de Recursos Humanos, coordinará con las
Dependencias y Entidades, la formulación del Programa Anual de Capacitación, y
será la única facultada para realizar la contratación de la prestación de los servicios
requeridos, y tramitar el pago de los/as instructores/as o capacitadores/as ante la
Tesorería.
En caso de que las dependencias y Entidades contraten capacitación fuera del
programa a que hace mención el párrafo anterior, no afectará el presupuesto que
para tales fines administra la Secretaría.
III.3.10. Gastos de Comunicación
Los servicios de impresión, publicación, difusión e información del Gobierno
Municipal se ajustarán a los siguientes criterios:
1. Las Dependencias y Entidades, en la ejecución de sus Presupuestos para el Ejercicio Fiscal de 2015, no podrán efectuar directamente gastos en materia de publicidad, debiendo cumplir con las normas que para este efecto establezca la Dirección de Comunicación Social, previa autorización del C. Presidente Municipal.
2. Todos los gastos y servicios relacionados con la información difundida a través de los medios masivos de comunicación social, tales como prensa, radio, televisión y medios electrónicos, entre otros, deberán ser solicitados a la Dirección de Comunicación Social, para su autorización y trámite correspondiente.
3. Los servicios relacionados con la publicidad e imagen del Gobierno Municipal, tales como impresos, lonas y espectaculares, entre otros, deberán ser autorizados por la Dirección de Comunicación Social, por ser dependencia globalizadora del gasto.
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4. La suscripción y suministro de diarios y revistas, así como la síntesis periodística, se limitará al mínimo indispensable, para apoyar el trabajo de los/as Titulares de las Dependencias.
Para efectos de trámite de pago, se requerirá el Visto Bueno del C. Presidente
Municipal, a través de la Dirección de Comunicación Social en las partidas del gasto
36101, 36201, 36301, 36401, 36501, 36601, 36901, 36902, 36903 y 36904 y las
correspondientes al capítulo 6000.
III.3.11. Servicios Oficiales
Los servicios oficiales, gastos de ceremonial y orden social, convenciones,
exposiciones, deberán reducirse al mínimo indispensable y se sujetarán a los
criterios de racionalidad y austeridad, se efectuarán siempre y cuando se tenga
suficiencia presupuestal en la partida expresa, aprobada en el Presupuesto de
Egresos.
III.3.12. Gastos Menores
Se constituyen por las erogaciones que se realicen con cargo a las asignaciones
destinadas a cubrir gastos de poca cuantía generados en el funcionamiento de las
Dependencias y Entidades que integran esta partida, pueden pagarse por Fondo
Revolvente, con estricto apego a las disposiciones de racionalidad, austeridad y
disciplina presupuestal.
III.3.13. Gastos de Representación en Juntas
Se constituyen por las erogaciones que se realicen con cargo a las asignaciones
destinadas a cubrir los gastos que originen los representantes oficiales en juntas o
comisiones mixtas o interiores, por lo que, para su pago, deberá adjuntarse la
documentación comprobatoria y señalar en el documento a tramitar el nombre y tipo
de la reunión, la fecha, asistentes y el lugar.
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III.3.14. Gastos de Representación en General
Se constituyen por las erogaciones que se realicen con cargo a las asignaciones
destinadas a cubrir los gastos que realicen los/as servidores/as públicos/as con
motivo de atenciones a terceros originados por el desempeño de funciones oficiales
encomendadas, quedando incluidas en este rubro, la compra de artículos
regionales para obsequio y promoción, los gastos de promoción turística o
patrocinio de eventos, debiendo contar con la suficiencia presupuestal en partida
expresa.
III.3.15. Gastos de Representación Las erogaciones que se originan en cumplimiento de la función pública, con motivo
de atención a terceros, ajenos al Gobierno Municipal, debiendo contar con la
suficiencia presupuestal.
Tratándose de consumo de alimentos incluidos en las partidas de “Gastos de
Representación” y de “Gastos de Ceremonial y Orden Social”, el importe podrá
exceder de un mil pesos, pero en ningún caso deberá ser mayor a $ 3,000.00 pesos
a excepción de los C.C. Presidente y Síndico Municipal En este sentido, se
tramitará a través del proceso del Sistema SISAM, establecido para ello y se cubrirá
con cheque nominativo a favor del proveedor o prestador del servicio.
III.3.16. De los Contratos de Arrendamiento
Para la suscripción de los contratos de arrendamiento por parte de la Secretaría, las
Dependencias y Entidades deberán apegarse a los siguientes lineamientos:
a) Su vigencia será preferentemente de un año, debiendo ajustarse al ejercicio fiscal y sólo podrá ser menor cuando se trate de arrendamientos para satisfacer necesidades temporales plenamente justificadas;
b) El monto de la renta mensual será fijo y no podrá incrementarse durante la vigencia del contrato;
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c) El pago del importe de la renta se hará por mensualidades, previa entrega del recibo correspondiente por parte del arrendador/a, cumpliendo con los requisitos fiscales que establecen las leyes de la materia;
d) La autorización de los contratos estará sujeta a la suficiencia presupuestal de la dependencia y solamente en casos debidamente justificados procederá la ampliación presupuestal con la autorización de la Tesorería;
e) En los casos de nuevos contratos de arrendamiento, deberán solicitar a los arrendadores la escritura de propiedad del bien inmueble, o bien el documento jurídico con el que acrediten la posesión legal del mismo;
f) En el caso de inmuebles arrendados, se procurará sólo realizar las adecuaciones y modificaciones estrictamente necesarias e indispensables y convenir con el arrendador que sea tomado a cuenta de renta, parcialmente o en su totalidad ya que éstas adecuaciones al término del contrato podrán permanecer o no en el inmueble;
g) Para la contratación de los arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, el Gobierno Municipal, será representado por la Secretaría, conjuntamente con el Titular de la dependencia contratante;
h) En el supuesto de los inmuebles que se encuentren arrendados y se haga necesaria la suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento, se deberá privilegiar que en el nuevo contrato se mantenga el mismo monto de la renta pactado en el contrato anterior.
III.3.17. De los Contratos de Prestación de Servicios
La contratación de personas físicas bajo el régimen de honorarios asimilables al salario a que se refiere el Artículo 110, fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, requerirá autorización del Presidente Municipal, conforme a la normatividad establecida, previa certificación de la suficiencia presupuestal por parte de la Tesorería. La vigencia de los contratos por honorarios asimilable al salario, tendrá validez a
partir de la fecha que se señale en las autorizaciones correspondientes, dicha
vigencia no podrá rebasar el ejercicio fiscal.
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Las personas contratadas mediante la modalidad de honorarios asimilables a
salarios, no se considerarán servidores/as públicos/as. Para contratarse en esta
modalidad debe cumplir, entre otros requisitos, con los siguientes:
a) Presentar su alta en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el régimen de honorarios emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
b) Otorgar autorización por escrito para que la Secretaría efectúe en su nombre las retenciones de impuestos correspondientes;
Los servicios de asesoría no implicarán el establecimiento de una relación laboral
entre la administración municipal y los terceros contratados.
Se deberá especificar en el Contrato la Prestación de Servicios Profesionales que
se contraten, debiendo contener los siguientes datos.
• Fecha y lugar de la celebración de dicho contrato;
• Actividad a desempeñar;
• Vigencia del contrato;
• Tiempo de la duración del trabajo;
• Fecha compromiso del término de la actividad;
• Condiciones para la prestación del trabajo terminado;
• Fecha definitiva;
• Condiciones y fechas para presentar los avances físicos de la elaboración del trabajo;
• Cantidad total por la elaboración del trabajo;
• De ser necesario, establecer pagos parciales, de acuerdo a los avances físicos de la elaboración de la actividad;
• El Monto de los Impuestos que en los términos de las disposiciones
fiscales deban trasladarse, desglosando por tasa de impuesto, así como las retenciones a efectuarse cuando se trate de una persona física;
• Especificar que informes va a presentar, en que plazos, y el avance
del trabajo a realizar;
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• Número y nombre de personas que van a realizar el trabajo; • Establecer bajo que cláusulas se va a desarrollar el trabajo o la
actividad; y, • Nombre y firmas de las personas que intervienen en el contrato.
El pago del importe de la prestación del servicio, se hará previa entrega del Avance,
Informe de actividades y/o evidencia documental del estudio o proyecto objeto de la
contratación, por parte del prestador del servicio, documento que deberán anexar
los/as Delegados/as Administrativos/as al formato y/o contra-recibo de trámite de
pago, en el entendido, que previamente dichos avances y/o informes fueron
sancionados por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría, o de lo
contrario no procederá para su trámite de pago ante la Tesorería.
Los instrumentos contractuales del personal que se contrate bajo este régimen,
serán registrados, validados y controlados por la Secretaría.
III.3.18. Mantenimiento a Bienes Inmuebles
Para efecto de que los bienes inmuebles propiedad del Gobierno Municipal se
encuentren en óptimas condiciones de servicio, las Dependencias y Entidades,
deberán solicitar invariablemente los servicios de mantenimiento y adecuaciones a
la Secretaría, a efecto de que realice el servicio o bien que determine el prestador
que brindará el servicio.
La Secretaría verificará que los trabajos se realicen en tiempo y forma, de la mejor
calidad y al menor costo posible, otorgando el visto bueno para el trámite de pago
correspondiente.
Todos los requerimientos de mantenimiento y adecuaciones a bienes inmuebles se
realizarán con cargo al presupuesto de las Dependencias y Entidades solicitantes.
III.3.19. Gastos para Trabajos en Áreas Rurales
Se podrán otorgar alimentos y pasajes a los/as servidores/as públicos/as cuya
jornada de trabajo rebase el horario de labores, independientemente de tratarse de
días hábiles o inhábiles, sustentado en que los trabajos encomendados son en área
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suburbana y rural, y no sea posible cumplir con los requisitos de comprobación
fiscal.
Los/as Titulares y Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes, de las
Dependencias y Entidades, son responsables de que este tipo de erogaciones se
realicen con plena justificación; por su parte la Contraloría y la Tesorería, en el
ámbito de sus respectivas competencias, podrán solicitar la información que
estimen pertinente, y en caso de detectarse alguna irregularidad, la Contraloría
procederá conforme a lo establecido en la Ley de Responsabilidades.
Las áreas operativas de las Dependencias y Entidades, deberán solicitar a el/la
Delegado/a Administrativo/a o su equivalente, los recursos necesarios indicando
mediante oficio el lugar, fecha y horario (hora del evento y horas estimadas en que
se llevará a cabo la comisión; hora de salida y posible hora de retorno) de las
comisiones asignadas en la capital o zona conurbada y rural, anexando la relación
del personal comisionado, quedando sujeto a las siguientes tarifas:
Tarifa de alimentos.
$ 45.00 (cuarenta y cinco pesos) diarios.
Niveles de aplicación Desayuno, Comida o Cena.
Las Dependencias y Entidades deberán elaborar y conservar un reporte mensual de
las erogaciones realizadas por éste concepto, señalando:
a) Fecha, lugar y duración del desempeño de la comisión.
b) Tipo de evento y actividades específicas realizadas.
c) Bitácora de actividades, la que deberá ser firmada por el responsable de la
actividad.
d) Relación de personal participante (nombre, categoría y puesto) en éstas
jornadas extraordinarias, con firma de los/as Titulares y Responsables del
Programa/fin.
e) Especificación del gasto realizado (desayuno, comida, cena).
III.3.20. Aseguramiento de Bienes Muebles e Inmuebles
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Los recursos destinados al pago de primas, por concepto de aseguramiento de
bienes muebles e inmuebles registrados en los activos del Gobierno Municipal,
serán responsabilidad de la Secretaría, quien emitirá los lineamientos específicos
necesarios.
Los pagos por este concepto, deberá realizarlos la Secretaría a favor de la
compañía de seguros contratada, cuidando se realicen dentro del ejercicio fiscal
que corresponda.
Una vez concluido el ejercicio fiscal de que se trate, los recursos no ejercidos
durante el mismo, se considerarán invariablemente como economías del
presupuesto.
Las Dependencias y Entidades deberán hacer del conocimiento de la Secretaría las
bajas que sufran los bienes muebles e inmuebles asegurados para que realice las
modificaciones necesarias ante la compañía aseguradora contratada, a efecto de
que se ajuste el pago del aseguramiento de los bienes. La Secretaría notificará
dichas circunstancias a la Dirección de Patrimonio y a las áreas correspondientes
de la Administración Pública Municipal.
En caso de que se incurra en costos adicionales a lo presupuestado y establecido en las pólizas de seguros, las diferencias que resulten deberán cubrirse con cargo a economías del presupuesto autorizado para las partidas irreductibles.
Solamente se autorizarán ampliaciones presupuestarias para el pago de
compromisos derivados por el aseguramiento de bienes, previo dictamen de
suficiencia emitido por la Tesorería.
III.4. Capítulo 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
III.4.1. Objetivo
Los recursos municipales que se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a través de programas para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés general o a particulares para la satisfacción de necesidades sociales, podrán realizarse cuidando que la aplicación de los mismos, satisfaga los siguientes requisitos:
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1. Las ayudas o aportaciones deberán orientarse hacia actividades que tengan alto impacto entre los grupos sociales de menores ingresos y que generen un mayor beneficio social. Su otorgamiento se hará con base en criterios de selectividad, temporalidad y transparencia en su asignación, considerando su contribución a la oferta de bienes y servicios públicos;
2. Las ayudas para los sectores de escasos recursos, instituciones de asistencia privada y los que se dirijan a actividades productivas y de beneficio social de los sectores privado y social, serán congruentes con los fines de la estrategia económica vigente;
3. La asignación de subsidios, aportaciones y transferencias, tiene el propósito de cubrir necesidades específicas, por lo que para su otorgamiento será necesario precisar claramente los objetivos, actividades, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de las mismas;
4. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros de operación, se ajustarán en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos.
Para la aplicación de recursos, las Dependencias y Entidades, con excepción de la Sindicatura Municipal, deberán contar con el oficio de autorización emitido por el C. Presidente Municipal, de acuerdo a los siguientes rangos: hasta 1 un mil pesos, por el/la Titular de la Dependencia; de 1 un mil 001 pesos en adelante, por el C. Presidente Municipal o por quien él designe. En todos los casos se procurará que los subsidios se entreguen en especie de acuerdo al tipo de subsidios de que se trate.
Dentro del presente capítulo y de acuerdo a las disposiciones legales aplicables a la
materia, la Unidad Programática Presupuestaria 100 Presidencia Municipal, tendrá
la facultad de realizar los movimientos de afectación presupuestal a las Unidades
Programáticas Presupuestales para el logro de los objetivos establecidos en el Plan
Municipal de Desarrollo 2012-2015. Así como de otorgar los apoyos y/o subsidios
necesarios a las personas de escasos recursos dentro del Municipio y el Estado,
para tal caso deberá presentarse escrito de solicitud de apoyo dirigida al Presidente
Municipal, obteniendo el Visto Bueno de él o de quien expresamente autorice por
escrito en el comprobante del gasto con firma autógrafa, así como anexar fotocopia
de la Identificación del beneficiario y/o acta de nacimiento y recibo de beneficiario.
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III.5. Capítulo 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles.
III.5.1. Normas Generales
Las donaciones en especie a favor del Municipio, deberán reconocerse
presupuestal y contablemente a través del informe que presenta la Dirección de
Patrimonio Municipal (en cuanto a edificios, terrenos y áreas verdes), o la solicitud
de las diferentes áreas en donde se hayan recibido éstas, presentadas a la
Tesorería Municipal, sin necesidad de realizar los documentos de afectación
presupuestaria.
Conforme a las Reglas Específicas del registro y Valoración del Patrimonio emitidos
por el Consejo de Armonización Contable (CONAC), se señala que:
Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea menor a 35
días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal podrán registrarse
contablemente como un gasto y serán sujetos a los controles correspondientes. Los
bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior
a 35 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal se registrarán
contablemente como un aumento en el activo no circulante y se deberán identificar
en el control administrativo para efectos de conciliación contable. Excepto en el
caso de intangible, cuya licencia tenga vigencia menor a un año, caso en el cual se
le dará el tratamiento de gasto del período.
Para las afectaciones relacionadas con la adquisición de bienes y servicios, se
atenderá a las disposiciones normativas vigentes en materia de patrimonio
señaladas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los Lineamientos
emitidos por el CONAC y del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles, así como los lineamientos que expida el Comité de Obra
Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios, así mismo, se deberán observar los siguientes:
1. Toda adquisición de bienes muebles e inmuebles, independientemente del origen de los recursos para cubrir su costo, invariablemente se realizará por conducto de la Secretaría, teniendo como documentación comprobatoria copia certificada de la escritura pública, copia certificada del contrato de compra venta, donación o de la cesión de derechos, copia certificada de la Inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y copia certificada del Avalúo ante el perito autorizado.
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2. Será responsabilidad de la Secretaría, realizar los procedimientos de adquisición de bienes muebles bajo las diversas modalidades del Reglamento de Adquisiciones establece y conforme a los lineamientos y montos que apruebe el Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles;
3. Para la adquisición de vehículos, las Dependencias y Entidades deberán contar con el oficio de autorización del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Morelia y para la adquisición de equipo de cómputo, con el dictamen técnico de la Tesorería, emitido por conducto de la Dirección de Informática;
4. En el caso de solicitar la adquisición de equipo de cómputo, su costo deberá considerar el importe del licenciamiento de software (sistema operativo, programas y aplicaciones) necesario para su correcta operación y utilización;
5. Para el caso de las adquisiciones de tecnologías de la información (equipos
de cómputo, software, sistemas de comunicaciones, entre otros), se deberá solicitar previamente el visto bueno técnico de la Dirección de Informática de la Tesorería;
6. En el caso de vehículos siniestrados y declarados como pérdida total, el
importe del seguro se considera ingreso ordinario para el Gobierno Municipal, por lo que en caso de que las Dependencias y Entidades soliciten la reposición del vehículo deberán darle suficiencia al capítulo 5000;
7. Cuando el Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Morelia a través de la Secretaría, autorice la adquisición para renovar vehículos operativos, las Dependencias y Entidades, deberán poner a disposición de la Secretaría, los vehículos que se sustituirán, contra entrega de las nuevas unidades;
8. En la medida que no se contravengan las disposiciones legales aplicables, se procurarán preferentemente a los/as proveedores/as y prestadores/as de servicios con domicilio fiscal en el Municipio de Morelia;
9. En el momento en que la Secretaría o las Dependencias y Entidades autorizadas turnen, a la Tesorería, la documentación comprobatoria para el
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trámite de pago, deberán adjuntar a dicha documentación el Acta de Acreditación del Procedimiento de Licitación de Obra, Adquisición o Contratación de la Prestación de Servicios, Requisición, Orden de Compra o Servicio, Dictamen de suficiencia presupuestal emitido por la Tesorería Municipal, Factura y recibo de Materiales, debidamente requisitado, en caso de trámite de facturas parciales con cargo a un solo número de Acta, se deberá indicar en el mismo formato el importe parcial y el saldo disponible;
10. Para el trámite de pago de facturas parciales cuya adquisición fue autorizada mediante una sola Acta por el Comité de Adquisiciones, se deberá verificar el saldo disponible a efecto de no realizar pagos que excedan el monto total autorizado;
III.5.2. Disposiciones Específicas con Respecto a las Adquisiciones
a) Las Dependencias y Entidades deberán presentar el formato de requisición ante la Secretaría, debidamente requisitado indicando el monto total de la compra y detallando las características y especificaciones técnicas de los bienes requeridos.
b) Asimismo, las solicitudes deberán contener por lo menos las consideraciones técnicas especiales como lo es el tiempo de entrega de los bienes, proveedores/as especializados/as del ramo, disponibilidad de recursos, si son de origen municipal, estatal o federal, programas especiales, convenidos, propios o captados directamente por la dependencia o entidad, anexando en su caso, la documentación que soporte la suficiencia presupuestal emitida por la Tesorería, por conducto de la Dirección de Programación y Presupuesto.
c) La Secretaría tomando en cuenta la suficiencia presupuestal, autorizará la compra de los bienes en las cantidades e importe aprobados para los mismos, y serán tramitados por una sola vez.
d) Autorizada la adquisición, si la Dependencia o Entidad requiere realizar algún cambio con respecto a la cantidad y/o características de los bienes, deberá justificarlo por escrito, para efectos de que se analice la viabilidad de la solicitud y se determine lo conducente, siempre y cuando no se rebase el monto total originalmente aprobado y no exista cambio sustancial en el tipo de bienes. En caso de ser procedente, se le dará el trámite correspondiente.
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e) Realizada la adquisición de los bienes, si el monto de la adjudicación es inferior al autorizado por la Tesorería, el importe restante se tomará como economías del capítulo 5000 y no se podrá optar por adquirir bienes complementarios; excepto tratándose de recursos estatales o federales.
f) Para el caso de solicitudes de autorización para la adquisición de bienes muebles con recursos presupuestarios provenientes de transferencias, las Dependencias y Entidades podrán solicitar y justificar ante la Tesorería, la autorización de las adecuaciones presupuestales de sus capítulos 2000 y 3000 al 5000, para darle suficiencia presupuestal a su requerimiento de bienes muebles.
En estos, deberán contarse con la previa autorización de la Tesorería, por
conducto de la Dirección de Programación y Presupuesto, sobre la
procedencia de la transferencia y la constancia de suficiencia presupuestaria.
g) Autorizada la transferencia por la Tesorería, las Dependencias y Entidades, podrán realizar la solicitud de adquisición de bienes ante la Secretaría, debiendo anexar la autorización correspondiente y la constancia de suficiencia presupuestaria correspondiente.
III.5.3. Procedimiento para la Solicitud de Adquisición de Bienes Muebles.
Las Dependencias y Entidades deberán solicitar vía SISAM la adquisición de bienes
muebles de conformidad con lo siguiente:
a) Las Dependencias y Entidades, deberán generar su solicitud en el sistema SISAM.
b) La Secretaría, realizará la adquisición de los bienes muebles, siempre y cuando la dependencia o entidad cuente con la constancia de suficiencia presupuestal, además de cumplir los requerimientos que pide el sistema SISAM, de lo contrario automáticamente se rechazará la solicitud.
III.5.4. Modalidades de Adjudicación para los Procedimientos de Adquisición
de Bienes Muebles y/o Contratación de Servicios
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Es obligación de los/as Delegados/as Administrativos/as o sus equivalentes,
solicitar de manera oportuna las compras de bienes muebles, considerando que los
procedimientos se realizan atendiendo a los siguientes tiempos mínimos, a partir de
que la Secretaría recibe la requisición o solicitud correspondiente:
a) Por adjudicación directa, cinco días hábiles.
b) Por invitación restringida a cuando menos tres proveedores, quince días hábiles.
c) Por licitación pública, veinte días hábiles.
En los plazos anteriormente establecidos, no se encuentra contemplado el tiempo
que requieren los/as proveedores/as para la entrega de los bienes.
En el caso de que se requiera realizar una licitación pública, las Dependencias y Entidades previamente deberán acreditar que cuentan con suficiencia presupuestal emitida por la Tesorería.
III.5.5. Tablas de Montos Aplicables a las Adquisiciones y Contratación de servicios
Las Dependencias y Entidades, se ajustarán a los siguientes lineamientos:
a) Monto por adjudicación directa de $1.00 (un peso) hasta $ 400,000.00 (cuatrocientos mil pesos).
b) Monto por invitación restringida a cuando menos tres proveedores de $ 400,001.00 (cuatrocientos un mil pesos) hasta $1’000,000.00, (Un millón de pesos) y
c) De más de $1’000,001.00 (un millón un peso) mediante licitación pública.
Los montos establecidos deberán de considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
III.5.6. Activos fijos
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Conforme al postulado básico de Contabilidad Gubernamental de Valuación, todos
los eventos que afecten económicamente al ente público deben ser cuantificados
en términos monetarios y se registrarán al costo histórico o al valor económico más
objetivo registrándose en moneda nacional.
El costo histórico de las operaciones correspondientes al monto erogado para su
adquisición conforme a la documentación contable original justificada y
comprobatoria, o bien a su valor estimado o de avalúo en caso de ser producto de
una donación, expropiación, adjudicación o donación en pago.
Se consideran activos fijos los bienes muebles e inmuebles, cuyo periodo de vida
sea superior a 2 años.
Los activos fijos deberán formar parte del inventario de las Dependencias y
Entidades que los afecten presupuestalmente.
La Dirección de Patrimonio Municipal deberá conservar la documentación soporte
de los bienes que se consideren activos fijos, durante el tiempo de vida útil de los
mismos, las Dependencias y Entidades, deberán contar con un expediente que
incluya copia de la documentación soporte de los activos fijos bajo su resguardo.
Con el objeto de identificar, registrar y controlar los bienes considerados como
activos fijos, las Dependencias y Entidades, se sujetarán a las siguientes
disposiciones:
III.5.7. Bienes Muebles
Para el control de los bienes muebles adquiridos, las Dependencias y Entidades
deberán instrumentar los procedimientos para salvaguardarlos, y se sujetarán al
control de la Dirección de Patrimonio Municipal, que comprenderá como mínimo lo
siguiente:
a) Recepción;
b) Alta en los registros contables;
c) Alta en el sistema de inventarios;
d) Asignación y resguardo;
e) Mantenimiento y conservación;
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f) Baja y destino del bien;
Llevar un control de los bienes muebles adquiridos considerados activos fijos, a los
cuales se les asignará un número de inventario por parte de la Dirección de
Patrimonio Municipal, se registrará el valor de adquisición y el resguardo del bien a
partir de la fecha de adquisición, firmada por el/la usuario/a responsable.
Las Dependencias y Entidades deberán realizar periódicamente el inventario de los
activos fijos, revisar la existencia física y el estado que éstos guardan, así como la
actualización de los resguardos personales.
Las Dependencias y Entidades, que por cualquier concepto, usen, posean,
administren o tengan bajo su responsabilidad activos fijos del Gobierno Municipal,
estarán obligados a proporcionar la información que le solicite la Contraloría,
además de darles las facilidades para su verificación, debiendo notificar a la
Dirección de Patrimonio Municipal cualquier variación de éstos.
La Dirección de Patrimonio Municipal, realizará visitas periódicas a las
Dependencias y Entidades, con el fin de revisar y verificar la actualización de los
inventarios, así como el cumplimiento de las disposiciones jurídico normativas en la
materia, siendo obligación de los/as Delegados/as Administrativos/as o sus
equivalentes, facilitar la información y los recursos humanos, materiales y
financieros que se requieran.
En caso de detectar algún incumplimiento de las disposiciones jurídico normativas
en la materia o mal uso de los activos fijos asignados a las Dependencias y
Entidades, la Dirección de Patrimonio Municipal levantará el acta correspondiente y
notificará a la Contraloría para que, en su caso, se inicie el procedimiento de
responsabilidades que corresponda.
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Se deberá mantener el registro del costo de los activos a su valor de adquisición, y
en caso de no conocerlo, se tomarán valores de avalúo realizados por peritos
competentes designados por la Dirección de Patrimonio Municipal.
La Dirección de Patrimonio Municipal deberá coordinar la formulación del inventario
de los bienes inmuebles propiedad del Gobierno Municipal que tengan bajo su
administración las Dependencias y Entidades, así como la documentación técnica,
jurídica y administrativa que ampare dichos bienes, con el fin de integrarlos al
registro de bienes patrimoniales del Municipio.
Las Dependencias y Entidades, entregarán a la Dirección de Patrimonio Municipal,
un informe tanto de los inmuebles propiedad del Ayuntamiento, como de los
contratados en arrendamiento o comodato; en dicho informe se deberá precisar el
uso que se les da a los inmuebles señalados, su ubicación, condiciones en que se
encuentran y los bienes muebles con que cuentan. Asimismo, se le proporcionara
copia de la documentación legal que acredite la propiedad de éstos, o bien los
contratos vigentes que permiten su uso.
III.5.8. Disposición final y baja de activos
Las Dependencias y Entidades que requieran aplicar el procedimiento de
disposición final y baja de los activos deberán solicitar la autorización de la
Dirección de Patrimonio Municipal y sujetarse a las disposiciones jurídico
normativas vigentes en la materia.
III.6. Inversión pública (Capítulo 6000).
III.6.1. Normas Generales.
Se considera erogaciones por concepto de Inversión Pública, las destinadas a
cubrir el costo de los servicios que las Dependencias y Entidades contraten con
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personas físicas o morales, necesarios para construir, instalar, ampliar, adecuar,
remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles,
así como el costo derivado de la realización de inversión pública por administración
directa.
Incluye todo tipo de adquisiciones de bienes y servicios relacionados con la
Inversión pública, necesarios para su construcción, instalación, ampliación,
rehabilitación, conservación, equipamiento, entre otros, así como las asignaciones
para realizar estudios y proyectos de preinversión.
Con fundamento en lo señalado por los Artículos 73 de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Michoacán de Ocampo y 52
del Acuerdo relativo a la Estimación de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, los
montos máximos por asignación directa y por concurso que podrán realizar las
Dependencias y Entidades durante el año 2013 para la ejecución de obra pública y
de los servicios relacionados con la misma, se sujetarán a los lineamientos
siguientes:
III.6.2. Tablas de Montos Aplicables.
Para inversión pública:
a) Hasta $ 600,000.00 (seiscientos mil pesos), por adjudicación directa.
b) De más de $ 600,001.00 (seiscientos un peso) hasta $ 2´000,000.00 (dos millones), a través de invitación restringida a por lo menos tres contratistas. Y
c) De más de $ 2´000,001.00 (dos millones un peso) mediante convocatoria o licitación pública.
Para servicios relacionados con las inversións públicas:
a) Hasta $ 300,000.00 (trescientos mil pesos), por adjudicación directa;
b) De más de $ 300,001.00 (trescientos mil un peso) hasta $ 1’000,000.00 (un millón) a través de invitación restringida a por lo menos tres contratistas, y
c) De más de $ 1’000,001.00 (un millón un peso), mediante convocatoria o licitación pública.
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Para Adquisiciones relacionados con la Inversión Pública:
a) Hasta $ 300,000.00 (trescientos mil pesos) por adjudicación directa;
b) De más de $ 300,001.00 (trescientos mil un peso) hasta $ 1’000,000.00 (un millón), a través de invitación restringida a por lo menos tres cotizaciones, y
c) De más de $ 1’000,001.00 (un millón un peso), mediante convocatoria o licitación pública.
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al
Valor Agregado.
Las adquisiciones de bienes relacionados con la inversión pública, necesarios para
su construcción, instalación, ampliación, rehabilitación y, equipamiento se realizarán
invariablemente por conducto de la Secretaría de conformidad con lo establecido en
los Artículos 3° de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán
de Ocampo y, 118 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas del Estado de
Michoacán de Ocampo y de sus Municipios.
Para los trámites de pago por concepto del capítulo 6000 que realicen las
Dependencias y Entidades ante la Tesorería, a la documentación comprobatoria,
deberá invariablemente adjuntarse el formato de acreditación del procedimiento de
licitación de obra, adquisición o prestación de servicios, debidamente requisitado.
III.6.3. Planeación y Programación de las Obras
El Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Morelia (COPLADEMUN), será el responsable de coordinar el proceso de planeación y programación de las obras.
1. En la programación de obras del ejercicio fiscal, deberá observarse el siguiente
orden:
Obras en proceso, incluidos los adeudos del ejercicio fiscal anterior.
Equipamiento que permita la operación, funcionamiento y uso de las obras.
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Obra nueva prioritaria.
2. Cada UPP deberá presentar al COPLADEMUN su propuesta de inversión de acuerdo con el orden de prioridad establecido en el punto anterior, a efecto de garantizar el mejor uso de los recursos disponibles. Las propuestas deberán formularse evitando en lo posible agrupar las obras, y señalando expresamente las localidades en que se realizará cada una de ellas. Para establecer el carácter prioritario, deberá considerarse además, el impacto social de cada obra o acción.
3. Las propuestas deberán formularse sujetándose a la apertura programática formulada por el COPLADEMUN y la Tesorería, en la que se establecen los programas, subprogramas y las metas que deberán utilizarse. En los casos en que se comprometa la participación de los beneficiarios, deberá incluirse el monto de su aportación en el costo total de la obra, en el apartado destinado para este dato del formato ET -1 Cédula Básica.
4. El COPLADEMUN emitirá el Oficio de Aprobación de las obras, siempre y
cuando estén debidamente requisitadas con el Expediente Técnico respectivo debidamente avalado por los titulares de las dependencias y entidades ejecutoras. En el mencionado oficio se asignará el número de Folio que le corresponda para efectos de control presupuestario.
5. Las dependencias y entidades no podrán contraer obligaciones que comprometan recursos financieros adicionales a los montos asignados en el Presupuesto de Egresos del año que corresponda y que se dan a conocer mediante el oficio específico correspondiente.
6. No deberá iniciarse la ejecución de ninguna obra si para ésta no se dispone del
Oficio de Aprobación expedido por el COPLADEMUN. Invariablemente deberá marcarse copia de dicho oficio a la Tesorería Municipal para los efectos presupuestarios a que haya lugar.
7. En toda obra pública que se ejecute, invariablemente deberá contemplarse la
participación de la comunidad beneficiaria, cuya aportación podrá ser en efectivo, con materiales de la región o con mano de obra. Este compromiso deberá documentarse por medio de acuerdos de concertación, convenios o actas.(que deberá formar parte del Expediente Técnico )
8. La Secretaría De Desarrollo Social, en coordinación (si así lo considera) con las dependencias ejecutoras, será la responsables de conformar los Comités de Obras, con los beneficiarios, para que participen en el proceso de construcción,
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operación y mantenimiento de las obras, debiendo formalizar los acuerdos o convenios correspondientes.
9. Las dependencias y entidades ejecutoras deberán informar al COPLADEMUN y
a la Tesorería, la fecha de inicio y de terminación de las obras
10. Las dependencias y entidades ejecutoras deberán informar al COPLADEMUN los primero 5 días de cada mes el avance físico financiero de cada una de las obra, de no hacerlo se solicitará a la Tesorería Municipal suspender el recurso de la obra hasta la actualización de datos.
11. Las obras comprendidas en el Programa de Inversión que sean financiadas con
recursos propios que, sin causa justificada, no sean iniciadas dentro de los 30 días siguientes de la fecha de aprobación, serán canceladas, y los recursos comprometidos, serán reasignados a otras obras prioritarias, salvo aquellas que por los procedimientos de licitación, requieran de más tiempo.
III.6.4. Lineamientos para la Ejecución de Obras. Con el fin de dar transparencia y claridad a las obras que el Gobierno Municipal emprende en materia de Gasto de Inversión, a partir de la elaboración del Programa Anual de Inversión 2015, el conjunto de Dependencias y Entidades que conforman la estructura Orgánica Municipal, participan activamente en la elaboración de sus propuestas del gasto de capital con cargo a los denominados ramos generales que tradicionalmente conformaban su integración durante el transcurso del Ejercicio.
III.6.5. Ejercicio Del Gasto.
III.6.5.1. Normatividad.
El ejercicio presupuestal de las inversiones autorizadas estará a cargo de las Dependencias y Entidades, las cuales se sujetarán a las bases, normas, procedimientos y requisitos que establecen las Leyes de; Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental; de Obras Públicas; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como del Acuerdo de Dictamen de Aprobación del Programa de Obras, y demás disposiciones que sobre la materia expida la Tesorería.
De conformidad con la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos, serán
responsables como depositarios de fondos del Municipio los titulares de las Dependencias y Entidades para ejercer los recursos autorizados.
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Corresponderá a la Tesorería, de conformidad con sus atribuciones, vigilar el
cumplimiento de las normas para el ejercicio del Gasto de Inversión establecidas en el presente Manual y demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en la materia.
El ejercicio del Gasto de Inversión se divide en los siguientes conceptos: pago de
obra pública, registro presupuestal y registro contable del ejercicio. En el caso de obra pública ejecutada parcial o totalmente con recursos transferidos por el Gobierno Federal y/o Estatal, de conformidad con los convenios y acuerdos suscritos, se deberá aplicar la normatividad federal, observando lo establecido en el Acuerdo de Optimización del Gasto para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Municipio de Morelia, Michoacán.
De conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental El 31 de Diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Contabilidad Gubernamental (Ley de Contabilidad), que tiene como objetivo establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso público. El 9 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación se publicó el Plan de Cuentas, Constituye una herramienta básica para el registro de las operaciones, que otorga consistencia a la presentación de los resultados del ejercicio y facilita su interpretación, proporcionando las bases para consolidar bajo criterios armonizados la información contable, también comprende la enumeración de cuentas ordenadas sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras, para los fines del registro contable de las transacciones. Para el registro de las operaciones presupuestarias los entes deberán ajustarse a sus respectivos clasificadores Tipo de Gasto y Objeto del Gasto al Plan de Cuentas, mismos que estarán armonizados.
La validación presupuestal es un código único por cada trámite y se genera automáticamente a través del Sistema de Administración Municipal (SISAM), al capturar la Clave Presupuestal correspondiente, es indispensable para la liberación de los recursos, como mecanismo de garantía de que el gasto que se pretende realizar, cuente con suficiencia presupuestal, en la partida y en el mes correspondiente.
Una vez que en el sistema se generen los números de validación presupuestal el SISAM tiene que registrar los movimientos presupuestales y para lograr la
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afectación se realiza en varias etapas, empezando por que se tenga un Presupuesto de Egresos Aprobado para la Clave Presupuestal a la que se requiere hacer la afectación correspondiente. La etapa del Presupuesto de Egresos por Ejercer representa el Presupuesto de Egresos Autorizado para gastar en el ejercicio fiscal del que se trate.
Cuando no se cuenta con la suficiencia Presupuestal pasaremos a la etapa donde se tendrá que elaborar una Solicitud de Modificación al Presupuesto de Egresos Aprobado, esto nos representa el importe de los incrementos y decrementos al presupuesto de egresos aprobado, derivado de las ampliaciones y reducciones autorizadas.
Una vez validada la suficiencia presupuestal entraríamos en la etapa del Presupuesto de Egresos Comprometido en la cual el recurso queda reservado exclusivamente para cubrir el gasto tramitado, realizadas las aprobaciones por la autoridad competente pasaríamos a la etapa del Presupuesto de Egresos Devengado representa el monto de los reconocimientos de las obligaciones de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes y servicios, realizada la autorización por la autoridad competente entraríamos a la etapa del Presupuesto de Egresos Ejercido representa el monto de la emisión de las cuentas por liquidar certificadas o documentas equivalentes debidamente aprobadas por la autoridad competente.
En la última etapa que es el Presupuesto de egresos Pagado se hace la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o por cualquier otro medio de pago.
NOTA: La Tesorería Municipal no efectuara pagos que no cumplan con el procedimiento de la validación de suficiencia presupuestal así como de las etapas mencionadas anteriormente.
III.7. Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones.
III.7.1. Concepto.
Erogaciones que realiza la administración pública en la adquisición de acciones,
bonos y otros títulos y valores; así como en préstamos otorgados a diversos
agentes económicos. Se incluyen las aportaciones de capital a las entidades
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públicas; así como las erogaciones contingentes e imprevistas para el cumplimiento
de obligaciones del Gobierno.
III.7.2. Provisiones Para Contingencias Y Otras Erogaciones Especiales
Provisiones presupuestarias para hacer frente a las erogaciones que se deriven de
contingencias o fenómenos climáticos, meteorológicos o económicos, con el fin de
prevenir o resarcir daños a la población o a la infraestructura pública; así como las
derivadas de las responsabilidades de las dependencias de la Administración
Pública.
III.8. Capítulo 8000 Participaciones y Aportaciones
Asignaciones destinadas a cubrir las participaciones y aportaciones para las
entidades federativas y los municipios. Incluye las asignaciones destinadas a la
ejecución de programas federales a través de las entidades federativas, mediante la
reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en los términos de
los convenios que celebre el Gobierno Federal con éstas.
III.8.1. Participaciones y Fondos de Aportaciones
Los Municipios recibirán de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno
del Estado, las transferencias del Fondo Único de Participaciones, así como los
Fondos de Aportaciones del Ramo General 33 del Presupuesto de Egresos de la
Federación, denominados: Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social
Municipal y Fondo IV de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en los términos del Decreto del
Presupuesto de Egresos y de la legislación aplicable, conforme al siguiente
procedimiento:
a) Los Municipios deberán realizar la apertura de una cuenta de cheques bancaria para el Fondo Único de Participaciones y para cada uno de los fondos del ramo general 33.
b) Los Municipios deberán emitir el recibo correspondiente a cada ministración con anterioridad a la fecha de la transferencia electrónica, registrar los
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fondos en sus ingresos y realizar las erogaciones, conforme lo dispuesto en la normatividad aplicable de acuerdo a la naturaleza de los recursos y, en su caso, a las disposiciones establecidas en los convenios respectivos.
c) El Estado de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal, publicará la distribución, y el calendario de cada uno de los fondos en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
d) La distribución de las Participaciones entre los Municipios la realizará la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno del Estado, conforme lo establece la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo, y será publicada en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.
e) La Auditoria Superior del Estado será la responsable de la fiscalización del ejercicio de los recursos transferidos a los Municipios, en los términos de las disposiciones aplicables.
f) El Municipio podrá convenir con los Gobiernos Federal y Estatal la ejecución de obras, programas y acciones mediante la incorporación de los mismos al Fondo Social para el Desarrollo.
Las obras programas y acciones que se propongan realizar con estos recursos
deberán cumplir con las disposiciones siguientes:
I. Ser congruentes con lo dispuesto en el Plan Municipal de Desarrollo 2012-2015.
II. La ministración de los recursos se realizará previa firma de los Convenios de Desarrollo Social;
III. Establecer de manera clara las responsabilidades, unidades encargadas de su ejecución y procedimientos de seguimiento y evaluación;
IV. Cada obra, programa, proyecto o acción contará preferentemente con aportaciones de los gobiernos federal, estatal y de la comunidad beneficiaria, conforme a los Convenios signados.
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III.8.2. Convenios para el Desarrollo Social Estado - Municipios
III.8.2.1. Acuerdos de Coordinación
Los acuerdos de coordinación son instrumentos para la ejecución de proyectos en
los que participan una o más Dependencias y Entidades ejecutoras, con los
Municipios, para que de manera coordinada realicen tareas y logren los objetivos
del Plan de Desarrollo Municipal 2012-2015.
Estos convenios constituyen en su conjunto, la única vía entre las instancias de
Gobierno para con el Municipio para efectos de coordinación de acciones, por lo
que, en todo caso los programas que se realicen en éste ámbito deberán
formalizarse con la Coordinación de Planeación para el Desarrollo Estatal.
Los acuerdos de coordinación deberán incluir cuando menos los siguientes
aspectos:
a) Objeto del acuerdo, antecedentes, declaraciones, sustento jurídico,
cláusulas, participantes y sus responsabilidades, montos y origen de los recursos, normatividad presupuestal aplicable, fecha de suscripción y vigencia del acuerdo, así como especificar los proyectos de inversión que se ejecutarán.
b) El anexo técnico deberá ser invariablemente parte integrante del acuerdo de
coordinación, contener montos, metas, unidades de medida, indicadores de desempeño y resultados, acciones, programas de trabajo, especificaciones técnicas de la obra o acción, período de ejecución, calendario de ministración de recursos, a los cuales se podrá agregar aportaciones de los sectores social y privado, y mecánica de operación.
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c) Una vez que las partes hayan alineado los términos del acuerdo con la política de desarrollo del Estado, se procederá a su firma.
d) El COPLADEMUN deberá integrar un expediente con la autorización de la parte interesada y la confirmación por escrito de las partes involucradas.
III.8.2.2. Formalización y Registro
I. La formalización se realizará a través de la firma de los participantes y responsables en la hoja ceremonial que para tal efecto se integre al documento.
II. Los acuerdos de coordinación suscritos están sujetos a la normatividad establecida para efectos presupuestales, de evaluación y control.
III. Una vez firmado el documento deberá ser presentado para su registro a la Tesorería, a su vez se deberá turnar copia del documento a la Contraloría.
III.8.2.3. Ejercicio
En la realización de los programas de ejecución de los proyectos establecidos en el
acuerdo de coordinación, se estará en todo momento bajo la normatividad y
disposiciones legales aplicables.
a) La modificación de metas, orientación de los compromisos y toda aquella modificación a los programas establecidos en los acuerdos de coordinación, deberán contar previamente a su realización, con la aprobación de la Secretaría debiendo elaborar un adendum cuando exista una modificación al documento suscrito, tomando en cuenta los puntos establecidos en este Manual.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 109
b) La documentación soporte del egreso, deberá cumplir los siguientes requisitos: presentación en forma individual de cada uno de los proyectos que integran el acuerdo de coordinación, firma de el/la Titular del área ejecutora, tramitar ante la dependencia o entidad con la cual se celebró el acuerdo de coordinación, conforme a los procedimientos de control presupuestal establecidos, elaboración de los documentos para trámite, por la dependencia o entidad que corresponda, quien las tramitará de acuerdo a los procedimientos de control presupuestal definidos.
c) Cuando la Dependencia o Entidad ejecutora solicite recursos a la Tesorería, deberá enviar el formato de liberación de recursos indicando el número del registro del acuerdo de coordinación.
d) La documentación comprobatoria que se genere de las acciones establecidas en el acuerdo de coordinación deberá de quedar en resguardo del Municipio.
e) De las acciones establecidas en los acuerdos de coordinación, la Contraloría solicitará informes y comprobaciones acerca del ejercicio de estos recursos, practicando auditorias y evaluaciones cuando así lo considere conveniente.
III.8.2.4. Cierre
Cumplido el objeto del acuerdo de coordinación, la Dependencia o Entidad deberá
elaborar el acta administrativa donde se señale el cumplimiento de los términos del
Acuerdo citado, en la cual participarán el COPLADEMUN, la Tesorería y la
Contraloría.
III.9. Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos
Comprende la amortización de la Deuda adquirida y disminución de Pasivos con el
sector privado y externo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 110
III.9.1. Servicio de la Deuda
Se entenderá por Servicio de la deuda, a los recursos destinados a la amortización
de capital y pago de intereses, comisiones y demás accesorios legales y
contractuales derivados de las operaciones de financiamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 111
CAPÍTULO IV
CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS DE EGRESOS ARMONIZADOS
En cumplimiento con el artículo 48 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental (LGCG), los Ayuntamientos de los Municipios y los Órganos Político
Administrativo de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán
producir, adoptar e implementar como mínimo y con carácter de obligatorio la
información presupuestaria con la desagregación siguiente:
Los Clasificadores Presupuestarios de Egresos que la Ley de Contabilidad
Gubernamental requiere Armonizar para producir las respectivas clasificaciones
son:
Administrativa
Económico
Funcional y Programático
Adicionalmente a los anteriores Clasificadores de Egresos que establece la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, los entes públicos deberán utilizar en
forma armonizada los siguientes:
Clasificador Geográfico, con el fin de facilitar la relación del Presupuesto de Egreso
y su ejercicio con los objetivos y prioridades regionales de la planeación del
desarrollo.
Clasificador por Fuente de Financiamiento, con el fin de identificar el origen de los
recursos que financian cada gasto así como para realizar el seguimiento y análisis
de la aplicación de estos.
Consecuentemente con lo anterior se presentan los clasificadores, la descripción y
los criterios aplicables a los Clasificadores correspondientes a la información
Presupuestaria requerida:
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 112
IV.1. Componentes de la Clasificación Administrativa.
La Clasificación Administrativa identifica el Ramo y las Unidades Responsables que
realizan el Gasto Público Municipal con cargo al Presupuesto de Egresos del
Municipio.
IV.2. Componente de la Clasificación Funcional y Programática
La Clasificación Funcional y Programática establece la esencia del quehacer de
cada una de las dependencias, esta dimensión se compone de la siguiente manera;
Grupo Funcional. Identifica las Actividades que se realizan para cumplir con sus
fines de conformidad a sus leyes reglamentarias.
Función. Permite identificar las acciones que realizan las Unidades Responsables
para cumplir con el cometido que les imponen los ordenamientos legales.
Subfunción. Desglose de la Función que identifica en forma más precisa las
actividades que realizan las Dependencias.
El grupo Funcional, Funciones y Subfunciones. Son las que se encuentran
previstas en el acuerdo por el que se emite la Clasificación Funcional del Gasto,
emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable y publicado en el Diario
Oficial de la Federación. (Anexo 1)
Actividad Institucional. Comprende el conjunto de Acciones sustantivas o de
apoyo que realizan las dependencias por conducto de las Unidades Responsables
con el fin de dar cumplimiento a los Objetivos y Metas contenidos en los Programas,
de conformidad con las atribuciones que señalan su respectiva Ley Orgánica.
Programa Presupuestario. Categoría programática que permite organizar en
forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos de los Programas
y del Gasto a cargo de los ejecutores para el cumplimiento de sus objetivos y
metas.
IV.3. Componentes de la Clasificación Económica.
Las Clasificación Económica que agrupan las Previsiones de Gasto en Función de
su Naturaleza económica y objeto, incluyen los componentes siguientes:
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 113
Objeto del Gasto. Identifica los Capítulos, conceptos y partidas del Clasificador por
Objeto del Gasto, de conformidad con los niveles de desagregación que se
determinen con base en la Ley y su Reglamento.
El Clasificador por Objeto del Gasto fue publicado el 19 de Noviembre de 2010 en el
Diario Oficial de la Federación.
Tipo de Gasto. Identifica las asignaciones con forme a su naturaleza, en
erogaciones corrientes o de capital y participaciones.
Fuente de Financiamiento. Identifica las asignaciones conforme al origen de su
financiamiento.
IV.4. Estructura de los componentes de los diversos Clasificadores
Presupuestarios.
EJERCICIO 2015
Año del ejercicio
Clasificación Administrativa Clasificación Funcional - Programática Clasificación Económica UPP UR F FU SF PG A O.G. T.G. F.F.
Unidad Programática Presupuestal
Unidad Responsable
Finalidad Función Subfunción Fin/Program
a Actividad
Objeto del Gasto
Tipo de Gasto
Fuente de Financiamie
nto
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 114
CAPÍTULO V
DE LA INFORMACION, CONTROL Y EVALUACION DEL GASTO PUBLICO
La evaluación tiene como objetivo cuantificar mediante indicadores en forma
permanente, el avance y resultados en eficiencia y eficacia del ejercicio del gasto
público, a fin de apreciar sus efectos antes, durante y después de efectuarse los
actos administrativos para prevenir desviaciones y aplicar correctivos cuando sea
necesario, sin interrumpir la continuidad de los procesos presupuestarios,
coadyuvando a la retroalimentación de acciones que permitan la conclusión de
proyectos, metas y programas establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo
2012-2015.
V.1. Modificaciones a Matriz de Indicadores, POA y Fichas Técnicas de
Indicadores.
Acorde con la metodología del Presupuesto Basado en Resultados, es necesario
reconocer que conforme al paso del ejercicio, las diversas dependencias y
entidades requieren ajustes a la información generada desde un inicio, con el
objetivo de elevar la eficiencia para la toma de decisiones.
Por lo cual para poder llevar a cabo dicha modificación a la Matriz de Indicadores, al
Programa Operativo Anual y a la Ficha Técnica de Indicadores, el procedimiento se
llevará a cabo a través de una solicitud emitida por la Dependencia dirigido a la
Tesorería Municipal, posterior a su captura en el Sistema de Administración
Municipal (SISAM 2014), para su revisión y en su caso autorización o declinación.
EL presente procedimiento de modificación deberá observar los siguientes
lineamientos:
Las solicitudes de modificación solamente se aceptarán los cuatro días
posteriores a la autorización del último reporte de seguimiento.
Todo indicador puede tener algún ajuste siempre y cuando no se haya
reportado avance de seguimiento en periodos anteriores.
No se permiten modificaciones en términos de descripción a nivel Fin,
Propósito y Componente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 115
En caso de modificación de la descripción de las actividades, se llevará a
cabo a través de oficio separado a alguna otra solicitud (sin captura en el
Sistema).
Los ajustes en términos de “Periodo de Verificación” únicamente se permiten
de manera descendente, los demás serán declinados, exceptuando los
casos que por su naturaleza no permitan obtener una fuente de información
adecuada, ejemplo; Modificación anual a mensual (Autorizado), Modificación
de trimestral a semestral (Declinado) este último cuando la justificación no
sea acorde con la naturaleza del indicador.
Toda modificación deberá seguir la metodología del Presupuesto Basado en
Resultados.
V.2. Informes Trimestrales, Semestrales y Anuales
Los/as servidores/as públicos/as responsables están obligados a presentar informes
trimestrales, semestrales y anuales del reporte de avance físico financiero de los
proyectos autorizados en el Programa de Inversión, así como la información
complementaria en los términos del Artículo 56, fracción V de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
Los/as Titulares de las Entidades, así como los de sus órganos encargados del
manejo y ejercicio de sus recursos, serán directamente responsables de la
información presupuestal, financiera, programática y contable proporcionada a la
Tesorería, al COPLADEMUN y a la Contraloría.
La Dirección de Programación y Presupuesto remitirá de manera mensual a las
Dependencias y Entidades, un corte de la situación de su respectivo presupuesto,
con el objeto de que se efectúen las conciliaciones pertinentes.
La conciliación deberá llevarse a cabo dentro de los cuatro días siguientes a la
recepción de la información, en la inteligencia de que si transcurrido dicho plazo, no
se informa a la Tesorería de alguna diferencia derivada de la conciliación, citada en
el párrafo precedente, la Tesorería considerará, como validada y firme la
información que obre en sus registros. De cada conciliación que se realice deberá
levantarse una minuta de trabajo, que será firmada por el Titular y Delegado/a
Administrativo/a de la Dependencia o Entidad correspondiente y de la cual se
remitirá copia a la Contraloría Municipal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 116
El reporte deberá ser enviado a la Tesorería a través de la Dirección de
Programación y Presupuesto mediante oficio especificando sus diferencias, en los
primeros días del mes posterior siguiente (según calendario autorizado),
disponiendo está última de un plazo no mayor a 4 días hábiles para autorizar o
declinar la información.
V.3. Control de Gestión
La Contraloría, en ejercicio de sus atribuciones, examinará y verificará el cumplimiento por parte de las Dependencias y Entidades en el ejercicio del gasto público, el cumplimiento de los programas y subprogramas y su congruencia con el presupuesto; para ello, se le confieren amplias facultades para vigilar que toda erogación con cargo al presupuesto esté debidamente justificada y preverá lo necesario para que se finquen las responsabilidades correspondientes cuando resulte que las erogaciones realizadas sean consideradas lesivas a los intereses del Gobierno Municipal. La Contraloría emitirá una recomendación a la Tesorería en caso de detección de incumplimiento a la normatividad establecida, relativa al ejercicio del gasto público por parte de las Dependencias y Entidades, con la finalidad de aplicar la suspensión en la ministración de recurso.
Las auditorias que practique la Contraloría en materia de gasto público, se
orientarán a la revisión de las operaciones que realicen las Dependencias y
Entidades con cargo a su presupuesto autorizado, a los recursos convenidos y
reasignados, y cualquier otro tipo de ingreso obtenido por la prestación de un
servicio, enajenación de bienes y cualquier otro tipo de ingreso o recurso captado,
con el objeto de examinar que los estados financieros presenten razonablemente la
situación financiera y emitir una opinión técnica, y que los recursos se hayan
ejercido para alcanzar los objetivos y metas programadas, conforme a las
disposiciones legales vigentes.
Los servidores/as públicos/as responsables en las Dependencias y Entidades
deberán proporcionar a la Contraloría la información y documentos relacionados
con el presupuesto y su ejercicio, así como aquellos vinculados con las finanzas
públicas del Municipio que ésta les requiera de manera oficial, debiendo permitir la
práctica de visitas en los domicilios, oficinas, locales, bodegas, almacenes y
recintos oficiales que integran estas unidades, permitiéndoles sin ningún tipo de
restricción.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 117
La Contraloría dispondrá lo conducente a fin de que se lleven a cabo las
inspecciones y auditorias que se requieran, así como para que se finquen las
responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan con motivo del
incumplimiento de las mencionadas obligaciones y de las disposiciones que se
expidan en relación con el mismo.
V.4 Sistema de Seguimiento de Evaluación del Desempeño.
El Sistema de Seguimiento de Evaluación del Desempeño, (SSED) realizará el
seguimiento sistemático de los programas de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Municipal, con el objetivo de contribuir a la consecución de
lo establecido en el Plan Municipal de Desarrollo 2012 – 2015. El SSED brindará la
información necesaria para valorar de la forma de mejorar de manera continua el
desempeño de las políticas públicas, de los programas presupuestarios y de las
instituciones, así como, para determinar el impacto que los recursos públicos tienen
en el bienestar de la población.
A fin de conocer la eficacia y la eficiencia en el cumplimiento de las metas
programadas bajo la metodología del Presupuesto basado en resultados, se
requiere medir el avance en el logro de los resultados, así como monitorear de
manera permanente la operación de las actividades del sector público, por esa
razón, el Seguimiento del Desempeño articula de manera integral con la planeación,
además de ser instrumento de trasparencia y rendición de cuentas.
Para lograr dar puesta en marcha la operación del SSED, se requiere de una amplia
base de datos e información, así como, una administración a través de una
plataforma informática que facilite esta tarea a los servidores públicos que por
cuyas atribuciones le pertenezca esta actividad, para lo cual se utilizará la
herramienta denominada “Sistema de Administración Municipal (SISAM 2014)” en el
módulo “POA-SSED”, este sistema deberá convertirse en un instrumento para
recolectar, gestionar y difundir la generación de resultados de los indicadores para
su divulgación conforme a la normatividad vigente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 118
El SED tendrá como proceso conforme las etapas mostradas en el siguiente
diagrama de flujo.
El proceso anterior tendrá como base los siguientes lineamientos.
El responsable del proceso e información de SSED será el Secretario
Técnico de cada una de las Dependencias y Entidades que conforman la
Administración Pública Municipal, salvo en los casos que por situaciones
específicas se deberá entregar un oficio en la Tesorería Municipal para
determinar el responsable.
Se deberá presentar el resultado de los indicadores al cierre del periodo
establecido en la Matriz de Indicadores para el Ejercicio Fiscal 2015, en un
plazo no mayor a los 8 días hábiles de cada mes.
La información proporcionada deberá ser de manera acumulativa al periodo
correspondiente.
En caso de que el semáforo presente un resultado en color rojo o amarillo, se
deberá demostrar una justificación especifica del motivo del incumplimiento a
los resultados esperados en la planeación.
Los reportes presentados en la Tesorería Municipal deberán estar firmados por el
responsable de la captura de información, los Directores de cada unidad
responsable involucrados así como del Secretario de la Dependencia, entregados a
más tardar cuatro días hábiles posteriores a la conclusión del mes.
Captura de información por parte del Secretario Técnico de cada Dependencia y Entidad
Registro de Procesado por parte de los Secretarios de las 27 Dependencias Municipales
Revision, Autorizacion o Declinacion de informacion por parte de la Tesoreria Municipal (Dirección de Programación y Presupuesto)
Una vez Autorizado, impresion por parte del área ejecutora del Reporte del SED, para envío a la Tesoreria Municipal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 119
V.5. Evaluación Financiera
La Tesorería, en cumplimiento de las facultades que le confieren la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo y la Ley de Planeación Hacendaria,
Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de
Michoacán de Ocampo, operará un Sistema Integral de Información Financiera
(SISAM), para llevar a cabo el registro y seguimiento del ejercicio del Gasto Público
y del Presupuesto de Egresos.
La Tesorería establecerá las normas, criterios y lineamientos relativos a la
organización, funcionamiento y requerimientos de dicho Sistema.
Las Dependencias y Entidades tendrán la obligación de cumplir con los
requerimientos de información que demande el Sistema.
La Tesorería tendrá disponible los reportes mensuales y trimestrales para cada
dependencia y entidad que lo soliciten, para que puedan conocer y conciliar los
montos de su presupuesto original, las adecuaciones, las transferencias, el
presupuesto modificado, el presupuesto devengado, el presupuesto ejercido y el
saldo o presupuesto por ejercer.
Este reporte lo podrá recoger el personal autorizado por el/la Titular de cada
Dependencia o Entidad dentro de los primeros cinco días siguientes al mes de que
se trate y tendrán cinco días más para hacer llegar a la Tesorería de manera oficial
sus observaciones y comentarios; en caso de no recibir ninguno se considerarán las
cifras como definitivas y no se aceptarán observaciones fuera del plazo señalado.
La Tesorería es la encargada de mantener la estricta observancia de la
normatividad contenida en el Presupuesto de Egresos, efectuando el seguimiento y
evaluación del gasto público, sin perjuicio de las facultades que las leyes le
confieren expresamente a la Contraloría.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 120
VI. ANEXOS.
VI.1. CATÁLOGOS.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 121
VI.1.1. Clasificador por Objeto del Gasto
El Clasificador por Objeto del Gasto que considera partidas genéricas y
específicas para la Administración Pública de Entes que manejen Recursos
Públicos incluidos los Organismos Autónomos en el Estado de Michoacán de
Ocampo, es de observancia obligatoria.
El presente Clasificador por Objeto del Gasto es el instrumento de guía
presupuestaria que, atendiendo a un carácter genérico y conservando la
estructura básica (capítulo, concepto y partida genérica), permite registrar de
manera ordenada, sistemática y homogénea los servicios personales; materiales y
suministros; servicios generales; transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas; bienes muebles, inmuebles e intangibles; inversión pública; inversiones
financieras y otras provisiones; participaciones y aportaciones; deuda pública,
entre otros.
Los capítulos, conceptos y partidas del presente Clasificador deberán utilizarse de
manera obligatoria por los Entes Públicos que Manejen recursos de origen
Públicos incluidos los Organismos autónomos, a efecto de llevar a cabo la
integración de sus proyectos de presupuesto de egresos o los registros de las
afectaciones de los presupuestos autorizados.
Para efectos del presente Clasificador por Objeto del Gasto, se entenderá por:
I. Clasificador. El Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración
Pública de Entes que manejen Recursos Públicos incluidos los
Organismos Autónomos.
II. Dependencias. Toda unidad que opere presupuestos de origen Público.
III. Entidades. A los organismos descentralizados y autónomos, que
manejen Recurso Públicos.
IV. Partida Genérica. Corresponde al tercer nivel, determinada por el
Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) y es obligatoria
para toda Entidad que deba armonizar sus registros contables.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 122
V. Partida específica. Corresponde al cuarto nivel de desagregación, con esta
se busca una clasificación más específico, en ella se respeta la estructura de
(capítulo, concepto y partida genérica). Se conforma de cinco dígitos y describe
los bienes o servicios de un mismo género, se propone por el Secretario Técnico
al Consejo Estatal de Armonización Contable del Estado de Michoacán de
Ocampo (COEAC) con la idea de que se puedan agrupar en ellas todas las
necesidades presupuestales y con el fin de mantener la armonización contable
como lo establece la propia Ley.
El ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Administración Pública deberá de
registrarse a nivel de partida específica. Por lo que no se podrán realizar
registros presupuestarios a nivel de capítulo, concepto o partida genérica.
Las erogaciones para obra pública por administración directa se asignarán
conforme al capítulo, concepto o partida que corresponda y en ellas se
contabilizaran como gasto cuando estas no sean capitalizables.
La Secretaria de Finanzas y administración, a través de su Secretario Técnico
del Consejo Estatal de Armonización Contable, llevará a cabo las acciones
necesarias para crear, modificar o actualizar las partidas específicas con base en
las necesidades de los registros de las erogaciones del Presupuesto de Egresos
de Cualquier Ente que maneje Recursos Públicos en el Estado de Michoacán de
Ocampo, o bien, conforme a las disposiciones que emita el Consejo Nacional de
Armonización Contable, con el fin de mantener la armonización con el plan de
cuentas.
Cuando cualquier Ente Público Requiera de la apertura de una nueva partida
presupuestal específica, deberá solicitarla al Secretario Técnico del Consejo
Estatal de Armonización Contable del Estado de Michoacán de Ocampo, con la
debida justificación de su necesidad de creación a fin de analizar su procedencia
e incorporación al clasificador y que esta pueda ser utilizada de manera general
por cualquier otro Ente que la pueda utilizar, así como con la finalidad de
mantener la armonización en el propio clasificador de las partidas específicas.
La Secretaria de Finanzas y administración a través su Secretario Técnico del
Consejo Estatal de Armonización Contable del Estado de Michoacán de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 123
Ocampo, será el encargado de poner a consideración del Consejo la
interpretación y disposiciones del presente Clasificador.
El Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública de Entes que
manejen Recursos Públicos incluidos los Organismos Autónomos en el Estado
de Michoacán de Ocampo, se integra como sigue:
Manual de Descripción de las Partidas Presupuestales, Genéricas y
Específicas del Clasificador por Objeto del Gasto a utilizar por las
Entidades que manejan Recursos Públicos en el Estado de Michoacán de
Ocampo
RELACION DE CAPITULOS, CONCEPTOS, PARTIDAS GENERICAS Y
PARTIDAS ESPECÍFICAS
1000 SERVICIO PERSONALES
Agrupa las remuneraciones del personal al servicio de los entes públicos, tales
como: sueldos, salarios, dietas, honorarios asimilables al salario, prestaciones y
gastos de seguridad social, obligaciones laborales y otras prestaciones derivadas
de una relación laboral; pudiendo ser de carácter permanente o transitorio.
1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE.
Asignaciones destinadas a cubrir las percepciones correspondientes al personal
de carácter permanente.
111 DIETAS.
Asignaciones destinadas para remuneraciones a los Diputados, Senadores,
Asambleístas, Regidores y Síndicos.
11101 DIETAS.
Asignaciones para el pago de remuneraciones al H. Congreso del Estado y
miembros de los Cabildos Municipales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 124
112 HABERES.
Asignaciones para remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en
el ejército, fuerza aérea y armada nacionales
11201 HABERES.
Asignaciones para remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en
el ejército, fuerza aérea y armada nacionales.
113 SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE.
Asignaciones para remuneraciones al personal civil, de base o de confianza, de
carácter permanente que preste sus servicios en los entes públicos. Los montos
que importen estas remuneraciones serán fijados de acuerdo con los catálogos
institucionales de puestos de los entes públicos.
11301 SUELDOS BASE.
Remuneraciones al personal, de carácter permanente de base o de confianza
que presta sus servicios en las Dependencias y Entidades de la administración
pública del Estado y Municipio.
11302 SOBRESUELDOS.
Remuneraciones al personal que presta sus servicios en forma permanente en la
administración pública del Estado y Municipio, en atención a las zonas
geográficas consideradas de vida cara.
114 REMUNERACIONES POR ADSCRIPCIÓN LABORAL EN ELEXTRANJERO.
Asignaciones destinadas a cubrir las remuneraciones del personal al Servicio
Exterior Mexicano y de Servicios Especiales en el Extranjero, así como
representaciones estatales y municipales en el extranjero. Incluye las variaciones
del factor de ajuste: importancia relativa de la oficina de adscripción; costo de la
vida en el lugar de adscripción y condiciones de dificultad de la vida en cada
adscripción. Dichas remuneraciones son cubiertas exclusivamente al personal
que labore en esas representaciones en el exterior.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 125
11401 Retribuciones por adscripción en el extranjero.
Asignaciones destinadas a cubrir en moneda extranjera gastos del personal al
Servicio Exterior Mexicano, con base en los siguientes factores: importancia
relativa de la oficina de adscripción; costo de la vida en el lugar de adscripción y
condiciones de dificultad de la vida en cada adscripción. Dichos gastos serán
cubiertos exclusivamente al personal que labore en las representaciones
mexicanas en el exterior.
1200 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios
contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y
peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que
correspondan a su especialidad. El pago de honorarios deberá sujetarse a las
disposiciones aplicables. Esta partida excluye los servicios profesionales
contratados con personas físicas o morales previstos en el Capítulo 3000
Servicios Generales.
121 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios
contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y
peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que
correspondan a su especialidad. El pago de honorarios deberá sujetarse a las
disposiciones aplicables. Esta partida excluye los servicios profesionales
contratados con personas físicas o morales previstos en el Capítulo 3000
Servicios Generales.
12101 HONORARIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios
contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y
peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que
correspondan a su especialidad. El pago de honorarios deberá sujetarse a las
disposiciones aplicables que determine la Comisión de Austeridad y Disciplina
Presupuestaria o la propia Secretaría de Finanzas y Administración. Esta partida
excluye los servicios profesionales contratados con personas físicas o morales
previstos en el concepto 3300 Servicios profesionales, científicos, técnicos y
otros servicios.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 126
122 SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las remuneraciones para el pago al personal de
carácter transitorio que preste sus servicios en los entes públicos.
12201 SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL.
Remuneraciones al personal obrero, técnico, administrativo, especialista y
profesional, que desempeñe labores eventuales por tiempo determinado el pago
de estos servicios deberá sujetarse a las disposiciones administrativas que para
tal efecto se emitan por la Comisión de Austeridad y Disciplina Presupuestaria o
la propia Secretaría de Finanzas y Administración según los requerimientos y
formas de contratación..
12202 COMPENSACIÓN A SUSTITUTOS DE PROFESORES BECADOS.
Asignaciones destinadas a cubrir remuneraciones al personal que sustituye a los
trabajadores docentes que se encuentran en disfrute de licencia por estudios. 12203 SUSTITUTO A PERSONAL CON LICENCIA POR GRAVIDEZ.
Asignaciones destinadas a cubrir las remuneraciones al personal que
desempeña labores temporales en calidad de sustituto del personal con licencia
de gravidez.
12204 SUSTITUTO A MAESTROS EN LICENCIA PREJUBILATORIA.
Asignaciones destinadas a cubrir remuneraciones al personal docente que
sustituye a personas que gozan de licencia prejubilatoria.
123 RETRIBUCIONES POR SERVICIOS DE CARACTER SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las remuneraciones a profesionistas de las
diversas carreras o especialidades técnicas que presten su servicio social en los
entes públicos.
12301RETRIBUCIONES POR SERVICIOS DE CARÁCTER SOCIAL.
Remuneraciones a profesionistas de las diversas carreras o especialidades
técnicas que presten su servicio social en las dependencias y entidades de la
administración pública Estatal y Municipal. Esta partida comprende las
retribuciones a médicos residentes en período de formación académica que
presten su servicio social en las dependencias y entidades.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 127
124 RETRIBUCIÓN A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Y
DE LOS PATRONES EN LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
Asignaciones destinadas a cubrir las retribuciones de los representantes de los
trabajadores y de los patrones en la Junta de Conciliación y Arbitraje, durante el
tiempo por el cual fueron elegidos por la convención correspondiente, conforme a
lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo. Esta partida no estará sujeta al pago
de las cuotas y aportaciones por concepto de seguridad social.
12401 RETRIBUCIÓN A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
Y DE LOS PATRONES EN LA JUNTA ESTATAL DE CONCILIACIÓN Y
ARBITRAJE.
Asignaciones destinadas a cubrir las retribuciones de los representantes de los
trabajadores y de los patrones en la Junta Estatal de Conciliación y Arbitraje,
durante el tiempo por el cual fueron elegidos por la convención correspondiente,
conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo. Esta partida no estará
sujeta al pago de las cuotas y aportaciones por concepto de seguridad social.
1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir percepciones adicionales y especiales, así
como las gratificaciones que se otorgan tanto al personal de carácter permanente
como transitorio.
131 PRIMAS POR AÑOS DE SERVICIOS EFECTIVOS PRESTADOS.
Asignaciones adicionales como complemento al sueldo del personal al servicio
de los entes públicos, por años de servicios efectivos prestados, de acuerdo con
la legislación aplicable.
13101 PRIMA QUINQUENAL POR AÑOS DE SERVICIO EFECTIVOS
PRESTADOS.
Asignación adicional como complemento al sueldo del personal al servicio de las
dependencias y entidades de la administración pública Estatal y Municipal, una
vez transcurridos los primeros cinco años de servicios efectivos prestados,
Incluye la prima adicional que se concede como complemento al sueldo base del
personal en las entidades, cuyas condiciones generales de trabajo así lo
establezcan por años de servicio cumplidos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 128
13102 ACREDITACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO EN LA DOCENCIA Y AL
PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN
SUPERIOR.
Asignaciones para el pago de estímulos al personal docente y de investigación
de las instituciones educativas, así como al administrativo de las de educación
superior, por los años de servicios prestados.
13103 ESTÍMULO POR AÑOS DE SERVICIO.
Asignaciones destinadas al pago de estímulos al personal docente y
administrativo por los años de servicio efectivo prestado al Gobierno del Estado y
Municipios.
13104 ANTIGÜEDAD.
Primas pagadas a los trabajadores o, en caso de fallecimiento de éstos, a sus
beneficiarios, derivados del tiempo prestado de servicio, por concepto de
separación voluntaria, causa justificada o que sean separados de su empleo.
132 PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y GRATIFICACION DE FIN DE
AÑO.
Asignaciones al personal que tenga derecho a vacaciones o preste sus servicios
en domingo; aguinaldo o gratificación de fin de año al personal civil o militar al
servicio de los entes públicos.
13201 PRIMAS DE VACACIONES Y DOMINICAL.
Asignaciones al personal que tenga derecho a vacaciones o preste sus servicios
en domingo. La prima vacacional corresponderá al 55% de 20 días de sueldo
base, como prima adicional al personal que sea acreedor a este derecho, de
acuerdo con lo dispuesto en la ley respectiva. Se cubrirá el 50% del importe en el
mes de julio y 50% restante en el mes de diciembre. En tanto la prima dominical
será otorgada de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Generales de
Trabajo vigentes. Para el magisterio estatal y los Municipios se realizarán los
cálculos y período de pago conforme a lo establecido en sus ordenamientos.
13202 AGUINALDO O GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO.
Asignación por concepto de aguinaldo o gratificación de fin de año al personal
que sea acreedor a este derecho, otorgándose de conformidad con lo dispuesto
en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 129
133 HORAS EXTRAORDINARIAS.
Asignaciones por remuneraciones a que tenga derecho el personal de los entes
públicos por servicios prestados en horas que se realizan excediendo la duración
máxima de la jornada de trabajo, guardias o turnos opcionales.
13301 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS.
Asignaciones por remuneraciones a que tenga derecho el personal de las
dependencias y entidades por servicios prestados en horas extraordinarias,
guardias o turnos opcionales. El otorgamiento de estas asignaciones por parte
del Gobierno del Estado es discrecional en cuanto a su monto y duración, en
atención a responsabilidades o trabajos extraordinarios relacionados con su
cargo o por servicios especiales, con base en las disposiciones administrativas
que para tal efecto se emitan por la Comisión de Austeridad y Disciplina
Presupuestaria o la propia Secretaría de Finanzas y Administración.
134 COMPENSACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir las percepciones que se otorgan a los
servidores públicos bajo el esquema de compensaciones que determinen las
disposiciones aplicables.
13401 ACREDITACIÓN POR TITULACIÓN, LICENCIATURA, MAESTRÍA Y
DOCTORADO EN LA DOCENCIA.
Remuneraciones al personal docente por concepto de titulación, licenciatura,
maestría y doctorado. Su previsión se incorpora como parte del otorgamiento de
los beneficios que las disposiciones aplicables establecen sobre los sueldos.
13402 ACREDITACIÓN POR FORTALECIMIENTO CURRICULAR.
Asignaciones destinadas a cubrir al personal docente de la Secretaría de
Educación compensaciones adicionales a su sueldo tabular en atención al nivel
profesional comprobado en curriculum.
13403 COMPENSACIONES POR SERVICIOS ESPECIALES.
Asignaciones adicionales a las remuneraciones de los CC. Diputados del H.
Congreso del Estado, así como a las percepciones del personal administrativo
del Poder Legislativo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 130
13404 COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES.
Asignaciones por servicios eventuales, suplencias, sustituciones, pagos a
empleados salientes por el tiempo que utilicen en la entrega del cargo o bien en
el relevo del servicio cuando se encuentre justificada esta espera o por la
liquidación de diferencias de sueldo, con base en las disposiciones
administrativas que para tal efecto se emitan por la Comisión de Austeridad y
Disciplina Presupuestaria o la propia Secretaría de Finanzas y Administración.
13405 COMPENSACIONES DE RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir compensaciones a favor del personal del
Servicio Exterior del Estado, en los términos de la ley de la materia.
13406 COMPENSACIONES DE SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios transitorios que presten los Diputados
del Congreso del Estado y su personal administrativo, diferentes a los señalados
en la partida 13403 Compensaciones por servicios especiales.
13407 COMPENSACIONES ADICIONALES POR SERVICIOS ESPECIALES.
Compensaciones adicionales que se otorgan a los servidores públicos de las
dependencias y entidades que desempeñen puestos con funciones específicas y
por concepto de peligrosidad e insalubridad, cuota de riesgo de trabajo y otras
similares. Incluye las compensaciones especiales al personal docente, tales
como: inspectores, jefes de enseñanza, directores de doble turno, así como al
personal de enseñanza media superior. Las compensaciones de esta partida se
otorgarán siempre que el servidor público beneficiario de la compensación
cumpla con las funciones específicas o se encuentre bajo los riesgos que califica
el propio desempeño de la función.
13408 ASIGNACIONES DOCENTES, PEDAGÓGICAS GENÉRICAS Y
ESPECÍFICAS.
Asignaciones adicionales a las percepciones normales del personal docente y
directivo de preescolar, primaria, secundaria y grupos afines.
13409 COMPENSACIÓN POR ADQUISICIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO.
Asignaciones destinadas a compensar a profesores e investigadores al servicio
de las dependencias y entidades por los gastos que efectúen en lo personal,
referente a la adquisición de material didáctico con motivo de sus labores
docentes, de acuerdo con las cuotas establecidas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 131
13410 COMPENSACIÓN POR ACTUALIZACIÓN Y FORMACIÓN
ACADÉMICA.
Asignaciones destinadas a cubrir compensaciones al personal de las ramas
médica y paramédica, por concepto de gastos de actualización y formación
académica.
13411 COMPENSACIONES A MÉDICOS RESIDENTES.
Asignaciones destinadas a cubrir a los médicos residentes el complemento de
beca con la que cubren los gastos derivados de su formación académica
especializada.
13412 GASTOS CONTINGENTES PARA EL PERSONAL RADICADO EN EL
EXTRANJERO.
Asignaciones destinadas a cubrir gastos contingentes del personal del Servicio
Exterior del Estado y asimilado a éste, por concepto de variaciones en la paridad
cambiaria del dólar norteamericano con respecto a las monedas del lugar de
adscripción.
13413 ASIGNACIONES INHERENTES A LA CONCLUSIÓN DE SERVICIOS EN
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a restituir los recursos correspondientes a erogaciones
pagadas a los servidores públicos que concluyan sus servicios en la
Administración Pública Estatal, en los términos y plazos establecidos en las
disposiciones legales aplicables.
13414 DESPENSA.
Asignación mensual que se entregará al personal de base cuyo monto será de
conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo
vigentes.
13415 PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE.
Ayuda económica que se otorga de manera quincenal al personal docente del
modelo de educación básica y al de apoyo y asistencia a la educación del
Catálogo Institucional, con base en el convenio de Coordinación entre el
Gobierno Federal y el Gobierno del Estado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 132
13416 COMPENSACIÓN PARA RECUPERACIÓN DE VIÁTICOS Y MATERIAL
DIDÁCTICO.
Asignaciones destinadas a cubrir a los supervisores de la Secretaría de
Educación compensaciones adicionales por concepto de viáticos y material de
oficina, requeridos en el desempeño de sus funciones.
13417 BONO SINDICAL.
Asignaciones destinadas a cubrir al personal Sindicalizado una cantidad
mensual, cuyo monto se determina en la Condiciones Generales de Trabajo
vigentes.
135 SOBREHABERES.
Remuneraciones adicionales que se cubre al personal militar en activo en
atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde
preste sus servicios.
13501 SOBREHABERES.
Remuneraciones adicionales que se cubre al personal militar en activo en
atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde
preste sus servicios.
136 ASIGNACIONES DE TÉCNICO DE MANDO, POR COMISIÓN DE VUELO Y
DE TÉCNICO ESPECIAL.
Remuneraciones a los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Nacionales, titulados en profesiones de los distintos servicios militares, por el
desempeño de comisiones dentro del Ramo y que pertenezcan a la milicia
permanente; remuneraciones a generales, jefes y oficiales investidos conforme a
las leyes y ordenanzas del mando militar, de una corporación del ejército o de
una unidad de la armada. Su cuota no podrá variar durante el ejercicio fiscal
respectivo, Remuneraciones a los miembros del ejército y la armada por el
desempeño de una comisión que no sea la propia de su cargo, como en los
Estados Mayores de los Secretarios y Subsecretarios, Ayudantía del Oficial
Mayor y Jefes de Sección de los diversos Departamentos de la Secretaría de la
Defensa Nacional y ayudantía de los funcionarios superiores de la Secretaría de
Marina; remuneraciones a los miembros del ejército y la armada, que
habitualmente desempeñan servicios en unidades aéreas de la fuerzas Armadas
mexicanas remuneraciones complementarias a los haberes de los generales del
ejército y fuerza aérea, así como de los almirantes de la armada que sean
autorizados por el titular del Ramo y las que éste mismo autorice en casos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 133
especiales para los jefes y oficiales del ejército y fuerza aérea, capitanes y
oficiales de la armada.
13601 ASIGNACIONES DE TÉCNICO DE MANDO, POR COMISIÓN DE
VUELO Y DE TÉCNICO ESPECIAL.
Remuneraciones a los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Nacionales, titulados en profesiones de los distintos servicios militares, por el
desempeño de comisiones dentro del Ramo y que pertenezcan a la milicia
permanente; remuneraciones a generales, jefes y oficiales investidos conforme a
las leyes y ordenanzas del mando militar, de una corporación del ejército o de
una unidad de la armada. Su cuota no podrá variar durante el ejercicio fiscal
respectivo, Remuneraciones a los miembros del ejército y la armada por el
desempeño de una comisión que no sea la propia de su cargo, como en los
Estados Mayores de los Secretarios y Subsecretarios, Ayudantía del Oficial
Mayor y Jefes de Sección de los diversos Departamentos de la Secretaría de la
Defensa Nacional y ayudantía de los funcionarios superiores de la Secretaría de
Marina; remuneraciones a los miembros del ejército y la armada, que
habitualmente desempeñan servicios en unidades aéreas de la fuerzas Armadas
mexicanas remuneraciones complementarias a los haberes de los generales del
ejército y fuerza aérea, así como de los almirantes de la armada que sean
autorizados por el titular del Ramo y las que éste mismo autorice en casos
especiales para los jefes y oficiales del ejército y fuerza aérea, capitanes y
oficiales de la armada.
137 HONORARIOS ESPECIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los honorarios que correspondan a los
representantes de la Hacienda Pública por su intervención en los juicios
sucesorios, siempre y cuando el impuesto se hubiere determinado con base en la
liquidación formulada por los mismos; a los notificadores especiales en el cobro
de impuestos, derechos, multas y arrendamientos, así como a los agentes y
subagentes fiscales y postales. Comprende las remuneraciones y gastos del
personal designado para realizar inspecciones o intervenciones especiales, así
como los programas de presencia fiscal. Estas asignaciones se cubrirán por
compromisos devengados durante el año y no se aceptarán los compromisos de
ejercicios anteriores.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 134
13701 HONORARIOS ESPECIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los honorarios que correspondan a los
representantes de la Hacienda Pública por su intervención en los juicios
sucesorios, siempre y cuando el impuesto se hubiere determinado con base en la
liquidación formulada por los mismos; a los notificadores especiales en el cobro
de impuestos, derechos, multas y arrendamientos, así como a los agentes y
subagentes fiscales y postales. Comprende las remuneraciones y gastos del
personal designado para realizar inspecciones o intervenciones especiales, así
como los programas de presencia fiscal. Estas asignaciones se cubrirán por
compromisos devengados durante el año y no se aceptarán los compromisos de
ejercicios anteriores.
138 PARTICIPACIONES POR VIGILANCIA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS
LEYES Y CUSTODIA DE VALORES.
Incluye retribución a los empleados de los entes públicos por su participación en
la vigilancia del cumplimiento de las leyes y custodia de valores.
13801 PARTICIPACIONES POR VIGILANCIA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS
LEYES Y CUSTODIA DE VALORES.
Asignaciones destinadas exclusivamente a cubrir al personal cuya función sea la
seguridad pública y procuración de justicia, cantidades adicionales a su sueldo
tabular cuyo otorgamiento será en atención a las responsabilidades, riesgo y
comisiones que se les confiera para el cumplimiento de las Leyes.
1400 SEGURIDAD SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir la parte que corresponde a los entes públicos
por concepto de prestaciones de seguridad social y primas de seguros, en
beneficio del personal a su servicio, tanto de carácter permanente como
transitorio.
141 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir la aportación de los entes públicos, por
concepto de seguridad social, en los términos de la legislación vigente.
14101 APORTACIONES AL ISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir la aportación del Gobierno del Estado, por
concepto de seguridad social, derivada de los servicios proporcionados por el
ISSSTE a los servidores públicos de las dependencias y entidades, en los
términos de la legislación vigente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 135
14103 APORTACIONES AL IMSS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones del Gobierno del Estado y los
Municipios, por concepto de seguridad social, derivadas de los servicios
proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social al personal al servicio
de las dependencias y entidades, en los términos de la legislación vigente.
14104 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CONTRACTUALES.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones en materia de seguridad social
que conforme a las condiciones generales de trabajo pactan las dependencias y
entidades, distintas a las previstas en régimen de ley.
14105 APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y
VEJEZ.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones al Seguro de Cesantía en
Edad Avanzada y Vejez, en términos de la Ley del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
142 APORTACIONES A FONDOS DE VIVIENDA.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones que corresponden a los entes
públicos para proporcionar vivienda a su personal, de acuerdo con las
disposiciones legales vigentes.
14201 APORTACIONES AL FOVISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones al FOVISSSTE que
corresponden a las dependencias y entidades para proporcionar vivienda a su
personal, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
14202 APORTACIONES AL INFONAVIT.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones al INFONAVIT que
corresponden a las entidades para proporcionar vivienda a su personal, de
acuerdo con las disposiciones aplicables.
14203 APORTACIONES PARA VIVIENDA.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones para Pensiones Civiles del
Estado que corresponden a las dependencias y entidades para proporcionar
vivienda al personal que se desempeña a su servicio.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 136
143 APORTACIONES AL SISTEMA PARA EL RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir los montos de las aportaciones de los entes
públicos a favor del Sistema para el Retiro, correspondientes a los trabajadores
al servicio de los mismos.
14301 APORTACIONES AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir los montos de las aportaciones de las
dependencias y entidades a favor del Sistema de Ahorro para el Retiro,
correspondientes a los trabajadores al servicio de las mismas.
14302 DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO.
Asignaciones que se destinan para realizar los depósitos correspondientes en las
subcuentas de ahorro solidario que se abran en las cuentas individuales de los
trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de
los Trabajadores del Estado, que opten por el descuento para el ahorro solidario.
144 APORTACIONES PARA SEGUROS.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que corresponden a los entes
públicos por concepto de seguro de vida, seguro de gastos médicos del personal
a su servicio; así como, los seguros de responsabilidad civil y asistencia legal, en
los términos de la legislación vigente. Incluye las primas que corresponden al
Gobierno federal por concepto de seguro de vida del personal militar.
14401 CUOTAS PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que corresponden a las
dependencias y entidades por concepto de seguro de vida del personal a su
servicio, en los términos de la legislación vigente.
14403 CUOTAS PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS DEL PERSONAL
CIVIL.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las
dependencias y entidades por concepto del seguro de gastos médicos del
personal a su servicio.
14404 CUOTAS PARA EL SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las
dependencias y entidades, por concepto del seguro de separación
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 137
individualizado del personal a su servicio, según acuerdos contractuales
establecidos.
14405 CUOTAS PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las
dependencias y entidades, por concepto del seguro colectivo de retiro del
personal a su servicio, según acuerdos contractuales establecidos.
14406 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ASISTENCIA LEGAL Y
OTROS SEGUROS.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las
dependencias y entidades, por concepto de la contratación de los seguros de
responsabilidad civil y asistencia legal, así como de otros seguros que se otorgan
como prestaciones a favor del personal a su servicio, conforme a las
disposiciones generales.
14407 CUOTAS PARA JUBILACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que por concepto de jubilación se
erogan conforme a las disposiciones legales vigentes en la materia
1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS.
Asignaciones destinadas a cubrir otras prestaciones sociales y económicas, a
favor del personal, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y/o
acuerdos contractuales respectivos.
151 CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y FONDO DE TRABAJO.
Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que corresponden a los entes
públicos para la constitución del fondo de ahorro del personal civil, según
acuerdos contractuales establecidos. Incluye cuotas para la constitución del
fondo de ahorro, y cuotas para el fondo de trabajo del personal del Ejército,
Fuerza Aérea y Armada Mexicanos que corresponden al Gobierno Federal para
la constitución de este fondo, en los términos de la Ley del ISSFAM.
15101 CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO DEL PERSONAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que corresponden a las
dependencias y entidades para la constitución del fondo de ahorro del personal,
según acuerdos contractuales establecidos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 138
15104 FORTALECIMIENTO ADMINISTRATIVO.
Asignaciones destinadas específicamente para aplicarse en robustecer un área
determinada en lo administrativo.
15109 SEGURO AL PERSONAL DOCENTE.
Cantidades asignadas para cubrir los importes de los seguros que se adquieran
de manera general para el personal docente.
15111 OTROS SEGUROS.
Importe presupuestado para cubrir algún tipo de seguro especial a favor de los
empleados.
152 INDEMNIZACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir indemnizaciones al personal conforme a la
legislación aplicable; tales como: por accidente de trabajo, por despido, entre
otros.
15201 INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES EN EL TRABAJO.
Asignaciones destinadas a cubrir indemnizaciones al personal al servicio de las
dependencias y entidades, en caso de accidentes sufridos durante el desempeño
de sus labores.
15202 PAGO DE LIQUIDACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de liquidaciones en términos de las
disposiciones aplicables.
153 PRESTACIONES Y HABERES DE RETIRO.
Erogaciones que los entes públicos realizan en beneficio de sus empleados por
jubilaciones, haberes de retiro, pensiones, retiro voluntario entre otros, cuando
estas prestaciones no sean cubiertas por las instituciones de seguridad social.
Incluye las asignaciones por concepto de aguinaldo a favor de pensionistas, cuyo
pago se realice con cargo al erario. Incluye compensaciones de retiro a favor del
personal del Servicio Exterior Mexicano, en los términos de la ley de la materia.
15301 PRESTACIONES DE RETIRO.
Erogaciones que las dependencias y entidades realizan en beneficio de sus
empleados por concepto de jubilaciones, pensiones, entre otros, cuando estas
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 139
prestaciones no sean cubiertas por las instituciones de seguridad social. Incluye
las asignaciones por concepto de aguinaldo a favor de pensionistas, cuyo pago
se realice con cargo al Erario Estatal.
154 PRESTACIONES CONTRACTUALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de las prestaciones que los entes
públicos otorgan en beneficio de sus empleados, de conformidad con las
condiciones generales de trabajo o los contratos colectivos de trabajo.
15401 PRESTACIONES ESTABLECIDAS POR CONDICIONES GENERALES
DE TRABAJO O CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de las prestaciones que las
dependencias y entidades otorgan en beneficio de sus empleados, de
conformidad con las condiciones generales de trabajo o los contratos colectivos
de trabajo, tales como ayuda para renta, pasajes, anteojos, despensas y vales de
despensa, guarderías y traslado a éstas, impresión de tesis, juguetes para los
hijos del personal, útiles escolares, aparatos ortopédicos, gastos médicos y de
laboratorio, prestaciones de fin de año; gastos para eventos de los días de la
madre, del niño, de la secretaria, del trabajador; eventos motivacionales, fomento
cultural, turístico y deportivo, entre otros.
15402 COMPENSACIÓN GARANTIZADA.
Asignaciones que se otorgan de manera regular y se pagan en función de la
valuación de puestos y del nivel salarial a los servidores públicos de enlace, de
mando y homólogos, en términos de los tabuladores autorizados.
15403 ASIGNACIONES ADICIONALES AL SUELDO.
Importes en efectivo que el Ejecutivo Estatal otorga a los servidores públicos de
las dependencias y entidades como apoyo a la economía familiar. Incluye
previsión social múltiple, compensación por desarrollo y capacitación, entre otras.
155 APOYOS A LA CAPACITACION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS.
Erogaciones destinadas a apoyar la capacitación orientada al desarrollo personal
o profesional de los servidores públicos que determinen los entes públicos o que
en forma individual se soliciten, de conformidad con las disposiciones que se
emitan para su otorgamiento. Excluye las erogaciones por capacitación
comprendidas en el capítulo 3000 Servicios Generales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 140
15501 APOYOS A LA CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a apoyar la capacitación orientada al desarrollo
personal o profesional de los servidores públicos que determinen las
dependencias y entidades o que en forma individual se soliciten, de conformidad
con las disposiciones que se emitan para su otorgamiento. Excluye las
erogaciones por capacitación comprendidas en la partida 33401 Servicios para
capacitación a servidores públicos.
159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de otras prestaciones que los entes
públicos otorgan en beneficio de sus empleados, siempre que no correspondan a
las prestaciones a que se refiere la partida 154 Prestaciones contractuales.
15901 OTRAS PRESTACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de otras prestaciones que las
dependencias y entidades otorgan en beneficio de sus empleados, siempre que
no correspondan a las prestaciones a que se refiere la partida 15401
Prestaciones establecidas por condiciones generales de trabajo o contratos
colectivos de trabajo.
15902 PAGO EXTRAORDINARIO POR RIESGO.
Asignaciones que por concepto de percepción extraordinaria se destinan a favor
del personal de las dependencias y entidades que ocupen puestos con funciones
que conlleven un riesgo en la seguridad o la salud del servidor público de mando,
por el ejercicio de sus funciones o como consecuencia de ellas, en los términos
de las disposiciones aplicables. Excluye las erogaciones comprendidas en la
partida 13407 Compensaciones adicionales por servicios especiales.
15903 SUBSIDIO AL EMPLEO.
Asignaciones destinadas a cubrir retribuciones por concepto de crédito al salario.
15904 SUBSIDIO AL TRABAJADOR.
Asignaciones destinadas a cubrir el crédito a los trabajadores de la Secretaría de
Educación para financiar en forma temporal los descuentos vía nómina por ajuste
en los movimientos de cambio de plaza y por cobros indebidos, dichos montos se
reintegran al presupuesto corriente a través del concepto 19 de nóminas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 141
15905 PRESTACIONES ADICIONALES.
Asignaciones con cargo al erario público por concepto de prestaciones
adicionales autorizadas al personal transferido. Para uso exclusivo de la
Secretaría de Educación.
15906 PAGOS POR DEFUNCIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos funerales o auxilio a familiares de
aquellos casos excepcionales que autorice el Ejecutivo del Estado.
15907 FONDO DE CONTINGENCIAS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo derivado por concepto de gastos
funerarios, de conformidad con el artículo 68 de la Ley de Pensiones Civiles del
Estado de Michoacán.
1600 PREVISIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir las medidas de incremento en percepciones,
prestaciones económicas, creación de plazas y, en su caso, otras medidas
salariales y económicas que se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Las
partidas de este concepto no se ejercerán en forma directa, sino a través de las
partidas que correspondan a los demás conceptos del capítulo 1000 Servicios
Personales, que sean objeto de traspaso de estos recursos.
161 PREVISIONES DE CARÁCTER LABORAL, ECONÓMICA Y DE
SEGURIDAD SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las medidas de incremento en percepciones,
creación de plazas, aportaciones en términos de seguridad social u otras
medidas de carácter laboral o económico de los servidores públicos que se
aprueben en el Presupuesto de Egresos. Esta partida no se ejercerá en forma
directa, sino a través de las partidas que correspondan a los demás conceptos
del capítulo 1000 Servicios Personales, que sean objeto de traspaso de estos
recursos. Estas se considerarán como transitorias en tanto se distribuye su
monto entre las partidas específicas necesarias para los programas por lo que su
asignación se afectará una vez ubicada en las partidas correspondientes, según
la naturaleza de las erogaciones y previa aprobación, de acuerdo con
lineamientos específicos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 142
16101 INCREMENTOS A LAS PERCEPCIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir las medidas de incremento en percepciones de
los servidores públicos de las dependencias y entidades que se aprueben en el
Presupuesto de Egresos.
16102 CREACIÓN DE PLAZAS.
Asignaciones destinadas a cubrir los requerimientos de recursos para la creación
de plazas en las dependencias y entidades, que se aprueben en el Presupuesto
de Egresos.
16103 OTRAS MEDIDAS DE CARÁCTER LABORAL Y ECONÓMICO.
Asignaciones destinadas a cubrir las demás medidas salariales y económicas
que se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
16104 PREVISIONES PARA APORTACIONES AL ISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en las aportaciones del Gobierno
del Estado al ISSSTE, derivadas de incremento a las percepciones de los
servidores públicos de las dependencias y entidades.
16105 PREVISIONES PARA APORTACIONES AL FOVISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en las aportaciones del Gobierno
del Estado al FOVISSSTE, derivadas de incremento a las percepciones de los
servidores públicos de las dependencias y entidades.
16106 PREVISIONES PARA APORTACIONES AL SISTEMA DE AHORRO
PARA EL RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en las aportaciones de la
dependencias y entidades a favor del Sistema de Ahorro para el Retiro,
correspondientes a los trabajadores al servicio de las mismas, derivadas de
incremento en sus percepciones.
16107 PREVISIONES PARA APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA
EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en las aportaciones que realizan
las dependencias y entidades en el Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y
Vejez, correspondientes a los trabajadores al servicio de las mismas, derivadas
del incremento en sus percepciones.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 143
16108 PREVISIONES PARA LOS DEPÓSITOS AL AHORRO SOLIDARIO.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en los depósitos correspondientes
en las cuentas de ahorro solidario, derivadas del incremento en las percepciones
o descuentos por los que opten los trabajadores al servicio de las dependencias
y entidades sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.
1700 PAGO DE ESTÍMULOS A SERVIDORES PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir estímulos económicos a los servidores públicos
de mando, enlace y operativos de los entes públicos, que establezcan las
disposiciones aplicables, derivado del desempeño de sus funciones.
171 ESTÍMULOS.
Asignaciones destinadas a cubrir los estímulos al personal de los entes públicos
por productividad, desempeño, calidad, acreditación por titulación de licenciatura,
años de servicio, puntualidad y asistencia, entre otros; de acuerdo con la
normatividad aplicable.
17101 ESTÍMULOS POR PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA.
Asignaciones destinadas a cubrir los estímulos por productividad y eficiencia a
los servidores públicos de mando y personal de enlace de las dependencias y
entidades, de acuerdo con las disposiciones que emita el Ejecutivo Estatal para
su otorgamiento.
17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL OPERATIVO.
Asignaciones que las dependencias y entidades destinan en beneficio de los
servidores públicos por concepto de acreditación por titulación de licenciatura,
calificación de méritos, estímulos a la eficiencia y calidad, estímulos al
desempeño, premios y recompensas a empleados, estímulos por años de
servicio, estímulos por puntualidad y asistencia, entre otros, siempre que no
correspondan a las prestaciones a que se refiere el concepto 1500 Otras
prestaciones sociales y económicas.
17103 FONDO DE PRODUCTIVIDAD.
Designaciones destinadas a favor del personal de las dependencias y entidades
de la Administración Pública, consistentes en un fondo de productividad,
proveniente de honorarios por la aplicación del procedimiento administrativo de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 144
ejecución, gastos de ejecución, así como el 50% de las multas que establece el
Código Fiscal del Estado y Código Fiscal Municipal. La forma de distribución del
fondo de productividad, deberá estar sustentada en un reglamento específico,
debidamente autorizado, aprobado y publicado en el Periódico Oficial del
Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
172 RECOMPENSAS.
Asignaciones destinadas a premiar el heroísmo, capacidad profesional, servicios
a la Patria o demás hechos meritorios; así como a la distinguida actuación del
personal militar o civil, que redunde en beneficio de la Armada de México, se
otorgarán de acuerdo con la legislación vigente.
17201 RECOMPENSAS.
Asignaciones destinadas a premiar el heroísmo, capacidad profesional, servicios
a la Patria o demás hechos meritorios; así como a la distinguida actuación del
personal militar o civil, que redunde en beneficio de la Armada de México, se
otorgarán de acuerdo con la legislación vigente.
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
Agrupa las asignaciones destinadas para la adquisición de toda clase de
insumos y suministros requeridos para la prestación de bienes y servicios y para
el desempeño de las actividades administrativas.
2100 MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISION DE DOCUMENTOS
Y ARTICULOS OFICIALES.
Asignaciones destinadas para la adquisición de materiales y útiles de oficina,
limpieza, impresión y reproducción, para el procesamiento en equipos y bienes
informáticos; materiales estadísticos, geográficos, de apoyo informativo y
didáctico para centros de enseñanza e investigación; materiales requeridos para
el registro e identificación en trámites oficiales y servicios a la población.
211 MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA.
Asignaciones destinadas para la adquisición de materiales, artículos diversos y
equipos menores propios para el uso de las oficinas tales como: papelería,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 145
formas, libretas, carpetas y cualquier tipo de papel, vasos y servilletas
desechables, limpia-tipos; útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras
manuales, sacapuntas; artículos de dibujo, correspondencia y archivo; cestos de
basura y otros productos similares. Incluye la adquisición de artículos de
envoltura, sacos y valijas, entre otros.
21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos,
propios para el uso de las oficinas, tales como: papelería, formas, libretas,
carpetas, y cualquier tipo de papel, desechables, limpia tipos, útiles de escritorio
como engrapadoras, calculadoras, portafolios, tarjetas para reloj checador
perforadoras manuales, sacapuntas; artículos de dibujo, correspondencia y
archivo; cestos de basura, y otros productos similares. Incluye la adquisición de
artículos de envoltura, sacos y valijas, entre otros.
212 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESION Y REPRODUCCION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales utilizados en la
impresión, reproducción y encuadernación, tales como: fijadores, tintas, pastas,
logotipos y demás materiales y útiles para el mismo fin.
21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales utilizados en la
impresión, reproducción y encuadernación, tales como: fijadores, tintas, sellos de
goma, arillos para engargolar, rollos fotográficos, pastas, logotipos, y demás
materiales y útiles para el mismo fin.
213 MATERIAL ESTADISTICO Y GEOGRAFICO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de publicaciones relacionadas con
información estadística y geográfica. Se incluye la cartografía y publicaciones
tales como: las relativas a indicadores económicos y socio-demográficos,
cuentas nacionales, estudios geográficos y geodésicos, mapas, planos,
fotografías aéreas y publicaciones relacionadas con información estadística y
geográfica.
21301 MATERIAL ESTADÍSTICO Y GEOGRÁFICO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de publicaciones relacionadas con
información estadística y geográfica. Se incluye la cartografía y publicaciones,
tales como: las relativas a indicadores económicos y socio-demográficos;
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 146
cuentas nacionales; estudios geográficos y geodésicos; mapas, planos y
fotografías aéreas, entre otros.
214 MATERIALES, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE TECNOLOGIAS
DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de insumos y equipos menores
utilizados en el procesamiento, grabación e impresión de datos, así como los
materiales para la limpieza y protección de los equipos tales como: tóner,
medios ópticos y magnéticos, apuntadores y protectores, entre otros.
21401 MATERIALES Y ÚTILES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de insumos utilizados en el
procesamiento, grabación e impresión de datos, así como los materiales para la
limpieza y protección de los equipos, tales como: medios ópticos y magnéticos,
apuntadores, protectores de vídeo, fundas, solventes, tóner, aire comprimido,
USB, cargadores en general, cartuchos de tinta, CD virgen y otros.
215 MATERIAL IMPRESO E INFORMACION DIGITAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de libros, revistas,
periódicos, publicaciones, diarios oficiales, gacetas, material audiovisual,
cassettes, discos compactos distintos a la adquisición de bienes intangibles
(software). Incluye la suscripción a revistas y publicaciones especializadas,
folletos, catálogos, formatos y otros productos mediante cualquier técnica de
impresión y sobre cualquier tipo de material. Incluye impresión sobre prendas de
vestir, producción de formas continuas, impresión rápida, elaboración de placas,
clichés y grabados. Excluye conceptos considerados en la partida 213 Material
estadístico y geográfico.
21501 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de artículos y materiales
utilizados en actividades de información y de investigación, que se requieran en
cumplimiento de la función institucional de las unidades administrativas de las
dependencias y entidades, comprende la adquisición de libros, revistas,
periódicos, diarios oficiales impresos o por medios remotos, gacetas, material
audiovisual, casetes, así como discos compactos distintos al software señalado
en la partida 32701 Patentes, regalías y otros, y en general todo tipo de material
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 147
didáctico distinto al señalado en la partida 21701 Materiales y suministros para
planteles educativos. Incluye las asignaciones destinadas al pago de
suscripciones de publicaciones y revistas para el mismo fin.
21502 MATERIAL PARA INFORMACIÓN EN ACTIVIDADES DE
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de artículos y materiales
necesarios para las actividades de investigación y desarrollo tecnológico que
realizan los centros de investigación científica y tecnológica y demás
instituciones similares, incluidas las bibliotecas, tales como: libros, revistas,
periódicos, publicaciones, diarios oficiales, gacetas, material audiovisual,
cassettes, discos compactos distintos a software señalado en la partida 32701
Patentes, regalías y otros, así como las suscripciones de publicaciones y revistas
especializadas y en general todo tipo de material propio para la información, que
se requiera en dichas actividades. Excluye las erogaciones a que se refieren las
partidas 21501 Material de apoyo informativo y 21701 Materiales y
suministros para planteles educativos.
21503 MATERIAL DE FOTOGRAFÍA, CINEMATOGRAFÍA, TELEVISIÓN Y
GRABACIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de material consumible, tales como:
película virgen, placas, videocasetes, artículos de revelado, focos para flash,
cintas magnéticas para grabación, etc.
216 MATERIAL DE LIMPIEZA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales, artículos y enseres para
el aseo, limpieza e higiene, tales como: escobas, jergas, detergentes, jabones y
otros productos similares.
21601 MATERIAL DE LIMPIEZA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales, artículos y enseres para
el aseo, limpieza e higiene, tales como: escobas, jergas, detergentes, jabones,
gel antibacterial, bolsa para basura, papel higiénico y otros productos similares.
217 MATERIALES Y UTILES DE ENSEÑANZA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material didáctico así
como materiales y suministros necesarios para las funciones educativas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 148
21701 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA PLANTELES EDUCATIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material didáctico, así
como a realizar los diversos gastos por concepto de materiales y suministros,
necesarios para la operación y desempeño de la función educativa, que
requieran los planteles educativos de la Administración Pública.
218 MATERIALES PARA EL REGISTRO E IDENTIFICACION DE BIENES Y
PERSONAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales requeridos para el
registro e identificación en trámites oficiales y servicios a la población, tales
como: pasaportes, certificados especiales, formas valoradas, placas de tránsito,
licencias de conducir, entre otras.
21801 MATERIALES PARA EL REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE BIENES Y
PERSONAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales requeridos para el
registro e identificación en trámites oficiales y servicios a la población, tales
como: pasaportes, certificados especiales, formas valoradas, placas de tránsito,
licencias de conducir, gafetes, entre otras.
2200 ALIMENTOS Y UTENSILIOS.
Agrupa las asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de insumos y
suministros requeridos para la prestación de bienes y servicios y para el
desempeño de las actividades administrativas.
221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y
bebidas manufacturados o no, independiente de la modalidad de compra o
contratación, derivado de la ejecución de los programas institucionales tales
como: salud, seguridad social, educativos, militares, culturales y recreativos,
cautivos y reos en proceso de readaptación social, repatriados y extraditados,
personal que realiza labores de campo o supervisión dentro del lugar de
adscripción; derivado de programas que requieren permanencia de servidores
públicos en instalaciones del ente público, así como en el desempeño de
actividades extraordinarias en el cumplimiento de la función pública. Excluye
Viáticos (partidas 375 y 376), gastos derivados del concepto 3800 Servicios
Oficiales y 133 Horas Extraordinarias no justificadas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 149
22102 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS DERIVADO DE LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN UNIDADES DE SALUD,
EDUCATIVAS, DE READAPTACIÓN SOCIAL Y OTRAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y
bebidas para la alimentación de personas, derivado de la ejecución de los
programas institucionales de salud, seguridad social, educativos, culturales y
recreativos, derivado de programas que requieren permanencia de servidores
públicos en instalaciones del ente público, así como en el desempeño de
actividades extraordinarias en el cumplimiento de la función pública, así como
para cautivos y reos en proceso de readaptación social. Incluye la adquisición de
alimentos y complementos nutricionales para su distribución a la población, así
como la alimentación para repatriados y extraditados.
22103 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL QUE REALIZA
LABORES EN CAMPO O DE SUPERVISIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y
bebidas para la alimentación de los servidores públicos de las dependencias y
entidades, derivado de la ejecución de actividades de supervisión, inspección o
de labores en campo, dentro del área geográfica o lugar de su adscripción.
Excluye los viáticos, gastos de alimentación de los servidores públicos por
requerimientos de su cargo, o derivado de la supervisión y labores en campo,
previstos en el concepto 3700 Servicios de traslado y viáticos.
22104 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL EN LAS
INSTALACIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y
bebidas para la alimentación de los servidores públicos de las dependencias y
entidades, derivado de la ejecución de programas que requieren de la
permanencia de los servidores públicos dentro de las instalaciones. Excluye los
gastos de alimentación de los servidores públicos por requerimientos de su
cargo o derivado de la supervisión y labores en campo, previstos en el concepto
3700 Servicios de traslado y viáticos.
22105 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA LA POBLACIÓN EN CASO DE
DESASTRES NATURALES.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 150
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y
bebidas para la alimentación de la población en caso de desastres naturales.
22106 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL DERIVADO DE
ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y
bebidas para la alimentación de los servidores públicos de las dependencias,
entidades y terceros, cuando dichos servidores públicos requieran del apoyo de
éstos dentro de las instalaciones, así como del área geográfica o lugar de
adscripción de los servidores públicos, derivado de actividades extraordinarias
requeridas en el cumplimiento de la función pública. Excluye los gastos de
alimentación de los servidores públicos por requerimientos de su cargo o
derivado de la supervisión y labores en campo, previstos en el concepto 3700
Servicios de traslado y viáticos.
222 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos alimenticios para la
manutención de animales propiedad o bajo el cuidado de las dependencias de la
administración Pública, tales como: forrajes frescos y achicalados, alimentos
preparados, entre otros, así como los demás gastos necesarios para la
alimentación de los mismos.
22201 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos alimenticios para la
manutención de animales propiedad o bajo el cuidado de las dependencias y
entidades, tales como: forrajes frescos y achicalados, alimentos preparados,
entre otros, así como los demás gastos necesarios para la alimentación de los
mismos.
223 UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de utensilios necesarios
para proporcionar este servicio, tales como: vajillas, cubiertos, baterías de
cocina, licuadoras, tostadoras, cafeteras, básculas y demás electrodomésticos y
bienes consumibles en operaciones a corto plazo.
22301 UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 151
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de utensilios necesarios
para proporcionar este servicio, tales como: vajillas, cubiertos, baterías de
cocina, licuadoras, tostadoras, cafeteras, básculas, y demás electrodomésticos y
bienes consumibles en operaciones a corto plazo. Excluye los electrodomésticos
y utensilios que forman parte del equipo de administración en áreas
administrativas especializadas en el servicio de alimentación correspondiente a
la partida 51901 Equipo de administración.
2300 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y
COMERCIALIZACION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materias primas en
estado natural, transformadas o semi-transformadas de naturaleza vegetal,
animal y mineral que se utilizan en la operación de los entes públicos, así como
las destinadas a cubrir el costo de los materiales, suministros y mercancías
diversas que los entes adquieren para su comercialización.
231 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES
ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos alimenticios como
materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, de
naturaleza vegetal y animal que se utilizan en los procesos productivos,
diferentes a las contenidas en las demás partidas de este Clasificador.
23101 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES
ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos alimenticios como
materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, de
naturaleza vegetal y animal que se utilizan en los procesos productivos,
diferentes a las contenidas en las demás partidas de este Clasificador.
232 INSUMOS TEXTILES ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de insumos textiles como materias
primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, que se utilizan
en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las demás partidas
de este Clasificador.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 152
23201 INSUMOS TEXTILES ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de insumos textiles como materias
primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, que se utilizan
en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las demás partidas
de este Clasificador.
233 PRODUCTOS DE PAPEL, CARTON E IMPRESOS ADQUIRIDOS COMO
MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de papel, cartón e impresos como
materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, que se
utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las demás
partidas de este Clasificador.
23301 PRODUCTOS DE PAPEL, CARTÓN E IMPRESOS ADQUIRIDOS COMO
MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de papel, cartón e impresos como
materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, que se
utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las demás
partidas de este Clasificador.
234 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES, ADITIVOS, CARBÓN Y SUS
DERIVADOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de combustibles, lubricantes y aditivos
como materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas,
que se utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las
demás partidas del concepto 2600 Combustibles, lubricantes y aditivos este
Clasificador.
23401 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES, ADITIVOS, CARBÓN Y SUS
DERIVADOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de combustibles, lubricantes y aditivos
como materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas,
que se utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las
demás partidas del concepto 2600 Combustibles, lubricantes y aditivos este
Clasificador.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 153
235 PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO
ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de medicamentos farmacéuticos y
botánicos, productos antisépticos de uso farmacéutico, sustancias para
diagnóstico, complementos alimenticios, plasmas y otros derivados de la sangre
y productos médicos veterinarios, entre otros, como materias primas en estado
natural, transformadas o semi-transformadas, que se utilizan en los procesos
productivos, diferentes a las contenidas en las demás partidas de este
Clasificador.
23501 PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO
ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de medicamentos farmacéuticos y
botánicos, productos antisépticos de uso farmacéutico, sustancias para
diagnóstico, complementos alimenticios, plasmas y otros derivados de la sangre
y productos médicos veterinarios, entre otros, como materias primas en estado
natural, transformadas o semi-transformadas, que se utilizan en los procesos
productivos, diferentes a las contenidas en las demás partidas de este
Clasificador.
236 PRODUCTOS METÁLICOS Y A BASE DE MINERALES NO METÁLICOS
ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos metálicos y a base de
minerales no metálicos como materias primas en estado natural, transformadas o
semi-transformadas, que se utilizan en los procesos productivos, diferentes a las
contenidas en las demás partidas de este Clasificador.
23601 PRODUCTOS METÁLICOS Y A BASE DE MINERALES NO
METÁLICOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos metálicos y a base de
minerales no metálicos como materias primas en estado natural, transformadas o
semi-transformadas, que se utilizan en los procesos productivos, diferentes a las
contenidas en las demás partidas de este Clasificador.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 154
237 PRODUCTOS DE CUERO, PIEL, PLÁSTICO Y HULE ADQUIRIDOS COMO
MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cuero, piel, plástico y hule como
materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, que se
utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las demás
partidas de este Clasificador.
23701 PRODUCTOS DE CUERO, PIEL, PLÁSTICO Y HULE ADQUIRIDOS
COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cuero, piel, plástico y hule como
materias primas en estado natural, transformadas o semi-transformadas, que se
utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las demás
partidas de este Clasificador.
238 MERCANCÍAS ADQUIRIDAS PARA SU COMERCIALIZACIÓN.
Artículos o bienes no duraderos que adquiere la entidad para destinarlos a la
comercialización de acuerdo con el giro normal de actividades del ente público.
23801 MERCANCÍAS ADQUIRIDAS PARA SU COMERCIALIZACIÓN.
Artículos o bienes no duraderos que adquiere la entidad para destinarlos a la
comercialización de acuerdo con el giro normal de actividades del ente público.
239 OTROS PRODUCTOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de otros productos no considerados en
las partidas anteriores de este concepto, como materias primas en estado
natural, transformadas o semi-transformadas, que se utilizan en los procesos
productivos, diferentes a las contenidas en las demás partidas de este
Clasificador.
23901 OTROS PRODUCTOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de otros productos no considerados en
las partidas anteriores de este concepto, como materias primas en estado
natural, transformadas o semi-transformadas, que se utilizan en los procesos
productivos, diferentes a las contenidas en las demás partidas de este
Clasificador.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 155
2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE REPARACION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos utilizados en
la construcción, reconstrucción, ampliación, adaptación, mejora, conservación,
reparación y mantenimiento de bienes inmuebles.
241 PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos de arena, grava, mármol,
piedras calizas, piedras de cantera, otras piedras dimensionadas, arcillas
refractarias y no refractarias y cerámica como ladrillos, bloques, tejas, losetas,
pisos, azulejos, mosaicos y otros similares para la construcción; cerámica
utilizada en la agricultura; loza y porcelana para diversos usos como inodoros,
lavamanos, mingitorios y otros similares.
24101 PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos de arena, grava, mármol,
piedras calizas, piedras de cantera, otras piedras dimensionadas, arcillas
refractarias y no refractarias y cerámica como ladrillos, bloques, tejas, losetas,
pisos, azulejos, mosaicos y otros similares para la construcción; cerámica
utilizada en la agricultura; loza y porcelana para diversos usos como inodoros,
lavamanos, mingitorios y otros similares.
242 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cemento blanco, gris y especial,
pega azulejo y productos de concreto.
24201 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cemento blanco, gris y especial,
pega azulejo y productos de concreto.
243 CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de tabla roca, plafones, paneles
acústicos, columnas, molduras, estatuillas, figuras decorativas de yeso y otros
productos arquitectónicos de yeso de carácter ornamental. Incluye dolomita
calcinada. Cal viva, hidratada o apagada y cal para usos específicos a partir de
piedra caliza triturada.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 156
24301 CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de tabla roca, plafones, paneles
acústicos, columnas, molduras, estatuillas, figuras decorativas de yeso y otros
productos arquitectónicos de yeso de carácter ornamental. Incluye dolomita
calcinada. Cal viva, hidratada o apagada y cal para usos específicos a partir de
piedra caliza triturada.
244 MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de madera y sus derivados.
24401 MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de madera y sus derivados.
245 VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vidrio plano, templado, inastillable y
otros vidrios laminados; espejos; envases y artículos de vidrio y fibra de vidrio.
24501 VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vidrio plano, templado, inastillable y
otros vidrios laminados; espejos; envases y artículos de vidrio y fibra de vidrio.
246 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material eléctrico y
electrónico tales como: cables, interruptores, tubos fluorescentes, focos,
aislantes, electrodos, transistores, alambres, lámparas, entre otros, que
requieran las líneas de transmisión telegráfica, telefónica y de
telecomunicaciones, sean aéreas, subterráneas o submarinas; igualmente para
la adquisición de materiales necesarios en las instalaciones radiofónicas,
radiotelegráficas, entre otras.
24601 MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material eléctrico y
electrónico, tales como: cables, interruptores, tubos fluorescentes, focos,
aislantes, electrodos, transistores, alambres, lámparas, entre otros, que
requieran las líneas de transmisión telegráfica, telefónica y de
telecomunicaciones, sean aéreas, subterráneas o submarinas; igualmente para
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 157
la adquisición de materiales necesarios en las instalaciones radiofónicas,
radiotelegráficas, entre otras.
247 ARTICULOS METALICOS PARA LA CONSTRUCCION.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por adquisición de productos para
construcción hechos de hierro, acero, aluminio, cobre, zinc, bronce y otras
aleaciones, tales como: lingotes, planchas, planchones, hojalata, perfiles,
alambres, varillas, ventanas y puertas metálicas, clavos, tornillos y tuercas de
todo tipo; mallas ciclónicas y cercas metálicas, etc.
24701 ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por adquisición de productos para
construcción hechos de hierro, acero, aluminio, cobre, zinc, bronce y otras
aleaciones, tales como: lingotes, planchas, planchones, hojalata, perfiles,
alambres, varillas, ventanas y puertas metálicas, clavos, tornillos y tuercas de
todo tipo; mallas ciclónicas y cercas metálicas, etc.
248 MATERIALES COMPLEMENTARIOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales para el
acondicionamiento de bienes inmuebles, tales como: tapices, pisos, persianas y
demás accesorios.
24801 MATERIALES COMPLEMENTARIOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales de cualquier naturaleza
para el acondicionamiento de bienes inmuebles, tales como: alfombras, tapices,
marcos para cuadros, pinturas para decorar, ventiladores, percheros,
calentadores, persianas, y demás accesorios.
249 OTROS MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y
REPARACION. Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de otros
materiales para construcción y reparación no considerados en las partidas
anteriores tales como: Productos de fricción o abrasivos a partir de polvos
minerales sintéticos o naturales para obtener productos como piedras amolares,
esmeriles de rueda, abrasivos en polvo, lijas, entre otros; pinturas,
recubrimientos, adhesivos y selladores, como barnices, lacas y esmaltes;
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 158
adhesivos o pegamento, impermeabilizantes, masillas, resanadores, gomas-
cemento y similares, thinner y removedores de pintura y barniz, entre otros.
24901 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y
REPARACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de otros materiales para
construcción y reparación no considerados en las partidas anteriores tales como:
Productos de fricción o abrasivos a partir de polvos minerales sintéticos o
naturales para obtener productos como piedras amolares, esmeriles de rueda,
abrasivos en polvo, lijas, entre otros; pinturas, recubrimientos, adhesivos,
silicón y selladores, como barnices, lacas y esmaltes; adhesivos o pegamento,
impermeabilizantes, masillas, re-sanadores, gomas-cemento y similares, thinner
brochas, rodillos y removedores de pintura y barniz, entre otros.
2500 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de sustancias, productos químicos y
farmacéuticos de aplicación humana o animal; así como toda clase de materiales
y suministros médicos y de laboratorio.
251 PRODUCTOS QUIMICOS BASICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos químicos básicos:
petroquímicos como benceno, tolueno, xileno, etileno, propileno, estireno a partir
del gas natural, del gas licuado del petróleo y de destilados y otras fracciones
posteriores a la refinación del petróleo; reactivos, fluoruros, fosfatos, nitratos,
óxidos, alquinos, marcadores genéticos, entre otros.
25101PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos químicos básicos:
petroquímicos como benceno, tolueno, xileno, etileno, propileno, estireno a partir
del gas natural, del gas licuado del petróleo y de destilados y otras fracciones
posteriores a la refinación del petróleo; reactivos, fluoruros, fosfatos, nitratos,
óxidos, alquinos, anilina, marcadores genéticos, entre otros.
252 FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS AGROQUIMICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de fertilizantes nitrogenados,
fosfatados, biológicos procesados o de otro tipo, mezclas, fungicidas, herbicidas,
plaguicidas, raticidas, antigerminantes, reguladores del crecimiento de las
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 159
plantas y nutrientes de suelos, entre otros. Incluye los abonos que se
comercializan en estado natural.
25201PLAGUICIDAS, ABONOS Y FERTILIZANTES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de este tipo de productos cuyo estado
de fabricación se encuentre terminado, tales como: fertilizantes complejos e
inorgánicos, fungicidas, herbicidas, raticidas, plaguicidas, anti-germinantes,
reguladores del crecimiento de las plantas y nutrientes de suelos entre otros.
Incluye los abonos que se comercializan en estado natural.
253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de medicinas y productos
farmacéuticos de aplicación humana o animal, tales como: vacunas, drogas,
medicinas de patente, medicamentos, sueros, plasma, oxígeno, entre otros.
Incluye productos fármaco-químicos como alcaloides, antibióticos, hormonas y
otros compuestos y principios activos.
25301MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de medicinas y productos
farmacéuticos de aplicación humana o animal, tales como: vacunas, drogas,
medicinas de patente, medicamentos, sueros, plasma, oxígeno, entre otros.
Incluye productos fármaco-químicos como alcaloides, antibióticos, hormonas y
otros compuestos y principios activos.
254 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MEDICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y
suministros médicos que se requieran en hospitales, unidades sanitarias,
consultorios, clínicas veterinarias, etc., tales como: jeringas, gasas, agujas,
vendajes, material de sutura, espátulas, lentes, lancetas, hojas de bisturí y
prótesis en general.
25401MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y
suministros médicos que se requieran en hospitales, unidades sanitarias,
unidades móviles, centro de control canino, consultorios, clínicas veterinarias,
etc., tales como: jeringas, gasas, agujas, vendajes, material de sutura, espátulas,
lentes, lancetas, hojas de bisturí, y prótesis en general, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 160
255 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y
suministros, tales como: cilindros graduados, matraces, probetas, mecheros,
tanques de revelado, materiales para radiografía, electrocardiografía, medicina
nuclear y demás materiales y suministros utilizados en los laboratorios médicos,
químicos, de investigación, fotográficos, cinematográficos, entre otros. Esta
partida incluye animales para experimentación.
25501 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y
suministros, tales como: cilindros graduados, matraces, probetas, mecheros,
tanques de revelado, materiales para radiografía, electrocardiografía, medicina
nuclear, y demás materiales y suministros utilizados en los laboratorios médicos,
químicos, de investigación, fotográficos, cinematográficos, entre otros. Esta
partida incluye animales para experimentación.
256 FIBRAS SINTETICAS, HULES, PLASTICOS Y DERIVADOS.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones por adquisición de productos a
partir del hule o de resinas plásticas, perfiles, tubos y conexiones, productos
laminados, placas espumas, envases y contenedores, entre otros productos.
Incluye P.V.C.
25601FIBRAS SINTÉTICAS, HULES, PLÁSTICOS Y DERIVADOS.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones por adquisición de productos a
partir del hule o de resinas plásticas, perfiles, tubos y conexiones, productos
laminados, placas espumas, conos para señalización, envases y contenedores,
entre otros productos. Incluye P.V.C.
259 OTROS PRODUCTOS QUIMICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos químicos básicos
inorgánicos tales como: ácidos, bases y sales inorgánicas, cloro, negro de humo
y el enriquecimiento de materiales radiactivos. Así como productos químicos
básicos orgánicos, tales como: ácidos, anhídridos, alcoholes de uso industrial,
cetonas, aldehídos, ácidos grasos, aguarrás, colofonia, colorantes naturales no
comestibles, materiales sintéticos para perfumes y cosméticos, edulcorantes
sintéticos, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 161
25901 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos químicos básicos
inorgánicos tales como: ácidos, bases y sales inorgánicas, cloro, negro de humo
y el enriquecimiento de materiales radiactivos. Así como productos químicos
básicos orgánicos, tales como: ácidos, anhídridos, alcoholes de uso industrial,
cetonas, aldehídos, ácidos grasos, aguarrás, colofonia, colorantes naturales no
comestibles, materiales sintéticos para perfumes y cosméticos, edulcorantes
sintéticos, entre otros.
2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de combustibles, lubricantes y aditivos
de todo tipo, necesarios para el funcionamiento de vehículos de transporte
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales; así como de maquinaria y
equipo.
261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos derivados del petróleo
(como gasolina, diesel, leña, etc.), aceites y grasas lubricantes para el uso en
equipo de transporte e industrial y regeneración de aceite usado. Incluye etanol y
biogás, entre otros. Excluye el petróleo crudo y gas natural, así como los
combustibles utilizados como materia prima.
26101 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD
PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en
estado líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, del Ejército, Fuerza Aérea y
Armada Mexicanos. Incluye la adquisición de combustibles para vehículos y
equipo de transporte utilizados por las dependencias derivado de la ejecución de
programas de seguridad pública.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 162
26102 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en
estado líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, tales como: ambulancias,
grúas, bomberos, patrullas, barredoras, recolectores de basura y desechos,
autobuses, trolebuses, helicópteros, aviones, avionetas, lanchas, barcos, entre
otros, destinados a la prestación de servicios públicos y la operación de
programas públicos, incluidas las labores en campo, de supervisión y las
correspondientes a desastres naturales.
26103 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en
estado líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, destinados al desempeño de
actividades de apoyo administrativo o supervisión de programas que se
requieran en las dependencias y entidades, tales como: recolección y reparto de
mensajería y traslado de materiales y suministros, entre otros.
26104 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en
estado líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, asignados a los servidores
públicos de mando por requerimientos de su cargo en el desempeño de
funciones oficiales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 163
26105 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA MAQUINARIA,
EQUIPO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en
estado líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de maquinaria y equipo para la producción de
bienes y servicios, tales como: aplanadoras, excavadoras, perforadoras de suelo,
tractocamiones, tractores, despulpadoras, ordeñadoras, cocinetas en las
dependencias y entidades, entre otros.
262 CARBÓN Y SUS DERIVADOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos químicos derivados de la
coquización del carbón y las briquetas de carbón. Excluye el carbón utilizado
como materia prima.
26201 CARBÓN Y SUS DERIVADOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de productos químicos derivados de la
coquización del carbón y las briquetas de carbón. Excluye el carbón utilizado
como materia prima.
2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y
ARTICULOS DEPORTIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vestuario y sus accesorios, blancos,
artículos deportivos; así como prendas de protección personal diferentes a las de
seguridad.
271 VESTUARIO Y UNIFORMES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de prendas de vestir: de
punto, ropa de tela, cuero y piel y a la fabricación de accesorios de vestir:
camisas, pantalones, trajes, calzado; uniformes y sus accesorios: insignias,
distintivos, emblemas, banderas, banderines, uniformes y ropa de trabajo,
calzado.
27101 VESTUARIO Y UNIFORMES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de prendas de vestir: de
punto, ropa de tela, cuero y piel y a la fabricación de accesorios de vestir:
camisas, pantalones, trajes, calzado; uniformes y sus accesorios: insignias,
distintivos, emblemas, banderas, banderines, uniformes y ropa de trabajo,
calzado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 164
272 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION PERSONAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de ropa y equipo de máxima seguridad,
prendas especiales de protección personal, tales como: guantes, botas de hule y
asbesto, de tela o materiales especiales, cascos, caretas, lentes, cinturones y
demás prendas distintas de las prendas de protección para seguridad pública.
27201 PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas especiales de protección
personal, tales como: guantes, botas de hule y asbesto, de tela o materiales
especiales, cascos, caretas, lentes, cinturones, ropa y equipo de máxima
seguridad, arnés, respiradores, y demás prendas distintas de las señaladas en la
partida 28301 Prendas de protección para seguridad pública.
273 ARTICULOS DEPORTIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de artículos deportivos,
tales como: balones, redes, trofeos, raquetas, guantes, entre otros, que las
dependencias de la administración Pública realizan en cumplimiento de su
función pública.
27301 ARTÍCULOS DEPORTIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de artículos deportivos,
tales como: balones, redes, trofeos, raquetas, guantes, entre otros, que las
dependencias y entidades realizan en cumplimiento de su función pública,
eventos de los sindicatos.
274 PRODUCTOS TEXTILES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de fibras naturales como lino, seda,
algodón, ixtle y henequén; hilados e hilos de fibras naturales o sintéticas; telas,
acabados y recubrimientos; alfombras, tapetes, cortinas, costales, redes y otros
productos textiles que no sean prendas de vestir.
27401 PRODUCTOS TEXTILES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de fibras naturales como lino, seda,
algodón, ixtle y henequén; hilados e hilos de fibras naturales o sintéticas; telas,
acabados y recubrimientos; alfombras, tapetes, cortinas, manteles, costales,
redes y otros productos textiles que no sean prendas de vestir.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 165
275 BLANCOS Y OTROS PRODUCTOS TEXTILES, EXCEPTO PRENDAS DE
VESTIR.
Asignaciones destinadas a la adquisición todo tipo de blancos: batas, colchas,
sábanas, fundas, almohadas, toallas, cobertores, colchones y colchonetas, entre
otros.
27501 BLANCOS Y OTROS PRODUCTOS TEXTILES, EXCEPTO PRENDAS
DE VESTIR.
Asignaciones destinadas a la adquisición todo tipo de blancos: batas, colchas,
sábanas, fundas, almohadas, toallas, cobertores, colchones y colchonetas, entre
otros.
2800 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales, sustancias explosivas y
prendas de protección personal necesarias en los programas de seguridad.
281 SUSTANCIAS Y MATERIALES EXPLOSIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de sustancias explosivas y sus
accesorios (fusibles de seguridad y detonantes) tales como: pólvora, dinamita,
cordita, trinitrotolueno, amatol, tetril, fulminantes, entre otros.
28101SUSTANCIAS Y MATERIALES EXPLOSIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de sustancias explosivas tales como:
pólvora, dinamita, cordita, trinitrotolueno, amatol, tetril, fulminantes, entre otros.
282 MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de suministros propios de
la industria militar y de seguridad pública tales como: municiones, espoletas,
cargas, granadas, cartuchos, balas, entre otros.
28201 MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de suministros propios de
la industria militar y de seguridad pública tales como: municiones, espoletas,
cargas, granadas, cartuchos, balas, entre otros.
283 PRENDAS DE PROTECCION PARA SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de prendas de protección
propias para el desempeño de las funciones de seguridad pública y nacional,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 166
tales como: escudos, protectores, macanas, cascos policiales y militares,
chalecos blindados, máscaras y demás prendas para el mismo fin.
28301 PRENDAS DE PROTECCIÓN PARA SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de prendas de protección
propias para el desempeño de las funciones de seguridad pública, tales como:
escudos, protectores, macanas, cascos policiales y militares, chalecos blindados,
máscaras, y demás prendas para el mismo fin.
2900 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de refacciones,
accesorios, herramientas menores y demás bienes de consumo del mismo
género, necesarios para la conservación de los bienes muebles e inmuebles.
291 HERRAMIENTAS MENORES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de herramientas auxiliares de trabajo,
utilizadas en carpintería, silvicultura, horticultura, ganadería, agricultura y otras
industrias, tales como: desarmadores, martillos, llaves para tuercas, carretillas de
mano, cuchillos, navajas, tijeras de mano, sierras de mano, alicates, hojas para
seguetas, micrómetros, cintas métricas, pinzas, martillos, prensas, berbiquíes,
garlopas, taladros, zapapicos, escaleras, micrófonos, detectores de metales
manuales y demás bienes de consumo similares. Excluye las refacciones y
accesorios señalados en este capítulo; así como herramientas y máquinas
herramienta consideradas en el capítulo 5000 Bienes muebles, inmuebles e
intangibles.
29101 HERRAMIENTAS MENORES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de herramientas auxiliares de trabajo,
utilizadas en carpintería, silvicultura, horticultura, ganadería, agricultura y otras
industrias, tales como: desarmadores, martillos, llaves para tuercas, carretillas de
mano, cuchillos, navajas, tijeras de mano, sierras de mano, alicates, hojas para
seguetas, micrómetros, cintas métricas, pinzas, prensas, berbiquíes, garlopas,
taladros, zapapicos, escaleras, matracas, dados, cinta teflón, martillos,
micrófonos, pilas, cadena, bujías, extintores y su recarga y equipo de bombeo,
detectores de metales manuales y demás bienes de consumo similares. Excluye
las refacciones y accesorios señalados en este capítulo; así como herramientas y
máquinas herramienta consideradas en el capítulo 5000 Bienes muebles,
inmuebles e intangibles.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 167
292 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumental complementario y
repuesto de edificios, tales como: candados, cerraduras, pasadores, chapas,
llaves, manijas para puertas, herrajes y bisagras.
29201 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumental complementario y
repuesto de edificios, tales como: candados, cerraduras, pasadores, chapas,
llaves, manijas para puertas, herrajes, bisagras, entre otros.
293 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y EQUIPO
DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios de
escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir, calculadoras,
fotocopiadoras, entre otros. Tales como: bases de 5 puntas, rodajas (para sillas y
muebles), estructuras de sillas, pistones, brazos asientos y respaldos, tornillos,
soleras, regatones, estructuras de muebles, entre otros.
29301 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y
EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios de
escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir, calculadoras,
fotocopiadoras, entre otros. Tales como: bases de 5 puntas, rodajas (para sillas y
muebles), estructuras de sillas, pistones, brazos asientos y respaldos, tornillos,
soleras, regatones, estructuras de muebles, bases para empotrar (televisión,
proyector, dvd) entre otros.
294 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de componentes o dispositivos internos
o externos que se integran al equipo de cómputo, con el objeto de conservar o
recuperar su funcionalidad y que son de difícil control de inventarios, tales como:
tarjetas electrónicas, unidades de discos internos, circuitos, bocinas, pantallas y
teclados, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 168
29401 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de componentes o dispositivos internos
o externos que se integran al equipo de cómputo, con el objeto de conservar o
recuperar su funcionalidad y que son de difícil control de inventarios, tales como:
tarjetas electrónicas, “drives” internos, circuitos, bocinas, mouse, memorias para
cámaras, pantallas y teclados, entre otros.
295 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo
tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio.
29501 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo
tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio.
296 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte
tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas,
alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas,
embragues, retrovisores, limpiadores, volantes, tapetes, reflejantes, bocinas,
auto estéreos, gatos hidráulicos o mecánicos.
29601 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte
tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas,
alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas,
embragues, retrovisores, limpiadores, volantes, tapetes, reflejantes, bocinas,
auto estéreos, gatos hidráulicos o mecánico, incluye aquellos artículos de bajo
costo, corta duración o posible pérdida frecuente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 169
297 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE DEFENSA Y
SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de refacciones para todo tipo de
equipos de defensa y seguridad referidos en la partida 551 Equipo de defensa y
seguridad, entre otros.
29701 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE DEFENSA
Y SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de refacciones para todo tipo de
equipos de defensa y seguridad referidos en la partida 551 Equipo de defensa y
seguridad, entre otros.
298 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA Y OTROS
EQUIPOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de piezas, partes, componentes,
aditamentos, implementos y reemplazos de maquinaria pesada, agrícola y de
construcción, entre otros. Excluye refacciones y accesorios mayores
contemplados en el capítulo 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles.
29801 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA Y
OTROS EQUIPOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de piezas, partes, componentes,
aditamentos, implementos y reemplazos de maquinaria pesada, agrícola y de
construcción, entre otros. Excluye refacciones y accesorios mayores
contemplados en el capítulo 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles.
299 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES OTROS BIENES MUEBLES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumental complementario y
repuestos menores no considerados en las partidas anteriores.
29901 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES OTROS BIENES
MUEBLES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumental complementario y
repuestos menores no considerados en las partidas anteriores, camillas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 170
3000 SERVICIOS GENERALES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de todo tipo de servicios que se
contraten con particulares o instituciones del propio sector público; así como los
servicios oficiales requeridos para el desempeño de actividades vinculadas con
la función pública.
3100 SERVICIOS BASICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones por concepto de servicios básicos
necesarios para el funcionamiento de las dependencias de la administración
Pública Estatal. Comprende servicios tales como: postal, telegráfico, telefónico,
energía eléctrica, agua, transmisión de datos, radiocomunicaciones y otros
análogos.
311 ENERGIA ELECTRICA.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe de la contratación, instalación y
consumo de energía eléctrica, necesarias para el funcionamiento de las
instalaciones oficiales. Incluye alumbrado público.
31101 SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de energía eléctrica,
necesarios para el funcionamiento de las instalaciones oficiales. Incluye
alumbrado público.
312 GAS.
Asignaciones destinadas al suministro de gas al consumidor final por ductos,
tanque estacionario o de cilindros.
31201 SERVICIO DE GAS.
Asignaciones destinadas al suministro de gas al consumidor final por ductos,
tanque estacionario o de cilindros.
313 AGUA.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de agua potable y para
riego, necesarios para el funcionamiento de las instalaciones oficiales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 171
31301 SERVICIO DE AGUA.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de agua potable y para
riego, necesarios para el funcionamiento de las instalaciones oficiales.
314 TELEFONIA TRADICIONAL.
Asignaciones destinadas al pago de servicio telefónico convencional nacional e
internacional, mediante redes alámbricas, incluido el servicio de fax, requerido en
el desempeño de funciones oficiales.
31401SERVICIO TELEFÓNICO CONVENCIONAL.
Asignaciones destinadas al pago de servicio telefónico convencional nacional,
incluido el servicio de fax, servicio internacional y mediante redes inalámbricas,
requerido en el desempeño de funciones oficiales.
315 TELEFONIA CELULAR.
Asignaciones destinadas al pago de servicios de telecomunicaciones
inalámbricas o telefonía celular, requeridos para el desempeño de funciones
oficiales.
31501 SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR.
Asignaciones destinadas al pago de servicios de telefonía celular, requerido en el
desempeño de funciones oficiales.
316 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y SATELITES.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios de la red de
telecomunicaciones nacionales, requeridos en el desempeño de funciones
oficiales. Incluye la radiolocalización unidireccional o sistema de comunicación
personal y selectiva de alerta, sin mensaje, o con un mensaje definido
compuesto por caracteres numéricos o alfanuméricos. Incluye servicios de
conducción de señales de voz, datos e imagen requeridos en el desempeño de
funciones oficiales, tales como: servicios satelitales, red digital integrada y
demás servicios no considerados en las redes telefónicas y de
telecomunicaciones nacional e internacional.
31601 SERVICIO DE RADIOLOCALIZACIÓN.
Asignaciones destinadas al pago de servicios de radiolocalización, requerido en
el desempeño de funciones oficiales, tales como comunicación por radio y biper,
entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 172
31602 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios de la red de
telecomunicaciones, tele-cable, requeridas en el desempeño de funciones
oficiales.
317 SERVICIOS DE ACCESO DE INTERNET, REDES Y PROCESAMIENTO DE
INFORMACION.
Asignaciones destinadas a cubrir el servicio de acceso a Internet y servicios de
búsqueda en la red. Provisión de servicios electrónicos, como hospedaje y
diseño de páginas web y correo. Incluye procesamiento electrónico de
información, como captura y procesamiento de datos, preparación de reportes,
impresión y edición de archivos, respaldo de información, lectura óptica; manejo
y administración de otras aplicaciones en servidores dedicados o compartidos,
como tiendas virtuales, servicios de reservaciones, entre otras. Incluye
microfilmación.
31701 SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y
DIGITALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios de conducción de señales
de voz, datos e imagen requeridos en el desempeño de funciones oficiales, tales
como: servicios satelitales, red digital integrada, internet, y demás servicios no
considerados en las redes telefónicas y de telecomunicaciones.
318 SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS.
Asignaciones destinadas al pago del servicio postal nacional e internacional,
gubernamental y privado a través de los establecimientos de mensajería y
paquetería y servicio telegráfico, requeridos en el desempeño de funciones
oficiales.
31801SERVICIO POSTAL.
Asignaciones destinadas al pago del servicio postal, así como los pagos por
servicios de mensajería y paquetería nacional e internacional, requeridos en el
desempeño de funciones oficiales.
31802 SERVICIO TELEGRÁFICO.
Asignaciones destinadas al pago del servicio telegráfico nacional e internacional
requerido en el desempeño de funciones oficiales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 173
319 SERVICIOS INTEGRALES Y OTROS SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios integrales en materia de
telecomunicaciones requeridos en el desempeño de funciones oficiales tales
como: telefonía celular, radiocomunicación y radiolocalización, entre otros,
cuando no sea posible su desagregación en las demás partidas de este
concepto. Incluye servicios de telecomunicaciones especializadas no
clasificadas en otra parte, como rastreo de satélites, telemetría de
comunicaciones, operación de estaciones de radar, telecomunicaciones
transoceánicas.
31901 SERVICIOS INTEGRALES DE TELECOMUNICACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios integrales en materia de
telecomunicaciones requeridos en el desempeño de funciones oficiales, tales
como: telefonía celular, radiocomunicación y radiolocalización, entre otros,
cuando no sea posible su desagregación en las demás partidas de este
concepto.
31902 CONTRATACIÓN DE OTROS SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios básicos distintos de los
señalados en este concepto, tales como pensiones de estacionamiento, entre
otros.
31903 SERVICIOS GENERALES PARA PLANTELES EDUCATIVOS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de servicios generales
necesarios para la operación y desempeño de la función educativa, que
requieran los planteles educativos de la Administración Pública. En ningún caso
se podrán sufragar con cargo a esta partida, erogaciones previstas en otros
capítulos, conceptos y partidas de este clasificador.
3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones por concepto de arrendamiento
de: edificios, locales, terrenos, maquinaria y equipo, vehículos, intangibles y otros
análogos.
321 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de terrenos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 174
32101 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de terrenos.
322 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de edificios e
instalaciones como: viviendas y edificaciones no residenciales, salones para
convenciones, oficinas y locales comerciales, teatros, estadios, auditorios,
bodegas, entre otros.
32201 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de inmuebles que la
administración Pública requiera para su funcionamiento, como: viviendas y
edificaciones no residenciales, salones para convenciones, oficinas y locales
comerciales, teatros, estadios, auditorios, bodegas, entre otros.
323 ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN,
EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de mobiliario requerido
en el cumplimiento de las funciones oficiales. Incluye bienes y equipos de
tecnologías de la información, tales como: equipo de cómputo, impresoras y
fotocopiadoras, entre otras.
32301 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de equipo de cómputo
y bienes informáticos.
32302 Arrendamiento de mobiliario.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de mobiliario requerido
en el cumplimiento de la función pública. Se excluye el equipo y bienes
informáticos señalados en la partida 32301 Arrendamiento de equipo y bienes
informáticos.
324 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE
LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de equipo e
instrumental médico y de laboratorio.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 175
32401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de equipo e
instrumental médico y de laboratorio.
325 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de equipo de
transporte, ya sea terrestre, aeroespacial, marítimo, lacustre y fluvial.
32501 ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA LA EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de vehículos y equipo
de transporte, terrestre, aéreo, marítimo, lacustre y fluvial, para el desempeño de
las funciones del Ejército. Incluye el arrendamiento de vehículos y equipo de
transporte utilizados por las dependencias en la ejecución de programas de
seguridad pública.
32502 ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de vehículos y equipo
de transporte, terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, tales como:
ambulancias, grúas, bomberos, patrullas, barredoras, recolectores de basura y
desechos, autobuses, trolebuses, helicópteros, aviones, avionetas, lanchas,
barcos, entre otros, para la prestación de servicios públicos, así como para la
realización de labores en campo o de supervisión. Incluye el pago de operadores
o cualquier otro gasto adicional que se genere por la utilización de este servicio.
32503 ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de vehículos y equipo
de transporte, terrestre, aéreo, marítimo, lacustre y fluvial, tales como:
recolección y reparto de mensajería y traslado de materiales y suministros, entre
otros, destinados al desempeño de actividades de apoyo administrativo que se
requieran en las dependencias y entidades. Incluye el pago de operadores o
cualquier otro gasto adicional que se genere por la utilización de este servicio.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 176
32504 ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA DESASTRES
NATURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de vehículos y equipo
de transporte, terrestre, aéreo, marítimo, lacustre y fluvial, para su utilización en
caso de desastres naturales. Incluye el pago de operadores o cualquier otro
gasto adicional que se genere por la utilización de este servicio.
32505 ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de vehículos y equipo
de transporte, terrestre, aéreo, marítimo, lacustre y fluvial, para su uso por
servidores públicos de mando por requerimientos de su cargo en el desempeño
de funciones oficiales. Incluye el pago de operadores o cualquier otro gasto
adicional que se genere por la utilización de este servicio.
326 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTAS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de maquinaria para la
construcción, la minería, actividades forestales, entre otras. Ejemplo: cribadoras,
demoledoras, excavadoras, mezcladoras, revolvedoras, perforadoras,
barrenadoras, grúas para la construcción, equipo para la extracción de petróleo y
gas, sierras para corte de árboles y transportadores de bienes silvícolas, entre
otros.
32601 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de maquinaria y equipo
para la construcción, la minería, actividades forestales, entre otras. Ejemplo:
cribadoras, demoledoras, excavadoras, mezcladoras, revolvedoras,
perforadoras, barrenadoras, grúas para la construcción, equipo para la extracción
de petróleo y gas, sierras para corte de árboles y transportadores de bienes
silvícolas, entre otros. Se excluye el equipo y bienes informáticos señalados en
la partida 32301 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos.
327 ARRENDAMIENTO DE ACTIVOS INTANGIBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe que corresponda por el uso de
patentes y marcas, representaciones comerciales e industriales, regalías por
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 177
derechos de autor, membrecías, así como licencias de uso de programas de
cómputo y su actualización.
32701 PATENTES, REGALÍAS Y OTROS.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe que corresponda por el uso de
patentes y marcas, representaciones comerciales e industriales, regalías por
derechos de autor, membrecías, así como licencias de uso de programas de
cómputo y su actualización.
328 ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe que corresponda por los derechos
sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero.
32801 ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe que corresponda por los derechos
sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero.
329 OTROS ARRENDAMIENTOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de elementos no
contemplados en las partidas anteriores, sustancias y productos químicos, sillas,
mesas, utensilios de cocina, mantelería, lonas, carpas y similares para ocasiones
especiales. Instrumentos musicales. Equipo médico como muletas y tanques de
oxígeno. Equipo y vehículos recreativos y deportivos requeridos en el
cumplimiento de las funciones oficiales.
32901 ARRENDAMIENTO DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de elementos,
sustancias y productos químicos requeridos en el cumplimiento de la función
pública.
32903 OTROS ARRENDAMIENTOS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios de arrendamiento para los cuales no
existe partida específica en este concepto como: sillas, mesas, utensilios de
cocina, mantelería, lonas, carpas y similares para ocasiones especiales,
Instrumentos musicales. Equipo médico como muletas y tanques de oxígeno,
Equipo y vehículos recreativos y deportivos requeridos en el cumplimiento de las
funciones oficiales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 178
3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS
SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones por contratación de personas
físicas y morales para la prestación de servicios profesionales independientes
tales como informáticos, de asesoría, consultoría, capacitación, estudios e
investigaciones, protección y seguridad; excluyen los estudios de pre-inversión
previstos en el Capítulo 6000 Inversión Pública, así como los honorarios
asimilables a salarios considerados en el capítulo 1000 Servicios Personales.
331 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIA Y
RELACIONADOS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios legales, notariales y servicios de
apoyo para efectuar trámites legales; la contratación de servicios de contabilidad,
auditoría y asesoría contable y fiscal y servicios técnicos de contabilidad como
cálculo de impuestos, elaboración de nóminas, llenado de formatos fiscales y
otros no clasificados en otra parte. Excluye: servicios de mecanografía,
elaboración de programas computacionales de contabilidad.
33101 ASESORÍAS ASOCIADAS A CONVENIOS, TRATADOS O ACUERDOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales y
técnicos que se contraten con personas físicas y morales por concepto de
asesoramiento y consulta, asistencia e intercambio en materia jurídica,
económica, contable, de ingeniería, arquitectónica, entre otras, requeridas para
el cumplimiento de compromisos formalizados mediante convenios, tratados o
acuerdos.
33103 CONSULTORÍAS PARA PROGRAMAS O PROYECTOS
FINANCIADOS POR ORGANISMOS INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios de consultoría
especializada, que se contraten con personas físicas y morales por concepto de
asesoramiento y consulta, asistencia e intercambio en materia jurídica,
económica, contable, de ingeniería, arquitectónica, entre otras, requeridas para
la ejecución de programas y proyectos de inversión financiados por organismos
financieros internacionales, tales como: investigación para la toma de
decisiones en la preparación y ejecución de proyectos; diseño, desarrollo, prueba
o evaluación de nuevos productos, servicios o tecnologías; estudios y análisis
para el desarrollo y mejoramiento de políticas; asesoría especializada;
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 179
supervisión e inspección de proyectos; elaboración de normas, diseño de
parámetros, establecimiento de especificaciones técnicas; examen y aprobación
de programas de trabajo. Las personas físicas o morales contratadas, no
intervienen en la ejecución directa del proyecto y su función se limita a la
consultoría.
33104 OTRAS ASESORÍAS PARA LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios profesionales, que se
contraten con personas físicas y morales por concepto de asesoramiento y
consulta, asistencia e intercambio, en cumplimiento de la función pública, en
materia jurídica, económica, contable, de ingeniería, arquitectónica, entre otras,
requeridas para la operación de programas y proyectos de las dependencias y
entidades, cuando los servicios requeridos no correspondan con las demás
partidas del concepto 3300 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros
servicios.
33105 SERVICIOS RELACIONADOS CON PROCEDIMIENTOS
JURISDICCIONALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios periciales de profesionales
o técnicos en alguna materia; designación de inventores, auditores y cualquier
otra figura análoga o similar requeridos u ofrecidos en los procesos o
procedimientos en que sean parte las dependencias y entidades.
332 SERVICIOS DE DISEÑO, ARQUITECTURA, INGENIERIA Y ACTIVIDADES
RELACIONADAS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios de arquitectura, arquitectura de
paisaje, urbanismo, ingeniería civil, mecánica, electrónica, en proceso de
producción y a actividades relacionadas como servicios de dibujo, inspección de
edificios, levantamiento geofísico, elaboración de mapas, servicios prestados por
laboratorios de pruebas. Creación y desarrollo de diseños para optimizar el uso,
valor y apariencia de productos como maquinaria, muebles, automóviles,
herramientas y gráfico. Excluye: diseño de sistemas de cómputo y confección de
modelos de vestir para reproducción masiva.
33201 SERVICIOS DE DISEÑO, ARQUITECTURA, INGENIERÍA Y
ACTIVIDADES RELACIONADAS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios de arquitectura, arquitectura de
paisaje, urbanismo, ingeniería civil, mecánica, electrónica, en proceso de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 180
producción y a actividades relacionadas como servicios de dibujo, inspección de
edificios, levantamiento geofísico, elaboración de mapas, servicios prestados
por laboratorios de pruebas. Creación y desarrollo de diseños para optimizar el
uso, valor y apariencia de productos como maquinaria, muebles, automóviles,
herramientas y gráfico. Excluye: diseño de sistemas de cómputo y confección de
modelos de vestir para reproducción masiva.
333 SERVICIOS DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA, PROCESOS,
TECNICA Y EN TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios en el campo de las tecnologías de
información a través de actividades como planeación y diseño de sistemas de
cómputo que integran hardware y software y tecnologías de comunicación,
asesoría en la instalación de equipo y redes informáticas, administración de
centros de cómputo y servicios de instalación de software, consultoría
administrativa (administración general, financiera, organizacional, recursos
humanos), científica y técnica (en biología, química, economía, sociología,
estadística, geografía, matemáticas, física, agricultura, desarrollos turísticos,
seguridad, comercio exterior, desarrollo industrial y otros no clasificados en otra
parte). Incluye planeación, diseño y desarrollo de programas computacionales.
Excluye: Servicios de investigación de mercados y encuestas de opinión pública,
servicios de investigación y desarrollo científico, servicios de administración de
negocios, consultoría en psicología, educación y servicios de empleo.
33301 SERVICIOS DE INFORMÁTICA.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se
contraten con personas físicas y morales para el desarrollo de sistemas, sitios o
páginas de Internet, procesamiento y elaboración de programas, ploteo por
computadora, reproducción de información en medios magnéticos,
mantenimiento de sitios y/o páginas web, así como el mantenimiento y soporte a
los sistemas y programas ya existentes, distintos de los contratados mediante
licencia de uso previstos en la partida 32701 Patentes, regalías y otros.
33302 SERVICIOS ESTADÍSTICOS Y GEOGRÁFICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se
contraten con personas físicas y morales, relacionados con información
estadística y geográfica. Se incluyen estudios e investigaciones estadísticas o
geográficas, vuelos fotogramétricos y de teledetección, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 181
33303 SERVICIOS RELACIONADOS CON CERTIFICACIÓN DE PROCESOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la contratación de servicios
profesionales con personas físicas o morales, por concepto de certificaciones de
sistemas y procesos, entre otros, implementados por las dependencias y
entidades para mejorar el ejercicio de sus funciones o calidad de sus servicios.
334 SERVICIOS DE CAPACITACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se
contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e
impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores
públicos, en territorio nacional o internacional, en cumplimiento de los
programas anuales de capacitación que establezcan las dependencias de la
administración Pública. Excluye las erogaciones por capacitación
correspondientes a las prestaciones comprendidas en el capítulo 1000 Servicios
Personales.
33401 SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se
contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e
impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores
públicos, en territorio nacional o internacional, en cumplimiento de los
programas anuales de capacitación que establezcan las dependencias y
entidades. Excluye las erogaciones por capacitación comprendidas en la partida
15501 Apoyos a la capacitación de los servidores públicos.
335 SERVICIOS DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO.
Asignaciones destinadas a cubrir la investigación y desarrollo en ciencias físicas,
de la vida (biología, botánica, biotecnología, medicina, farmacéutica, agricultura),
ingeniería, química, oceanografía, geología y matemáticas, ciencias sociales y
humanidades (economía, sociología, derecho, educación, lenguaje y psicología).
33501 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se
contraten con personas físicas y morales por concepto de estudios e
investigaciones de carácter socioeconómico, científico, jurídico, diseño de
estrategias de mercadotecnia, análisis de mercado, entre otros. Excluye las
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 182
erogaciones comprendidas en las partidas 12101 Honorarios, 33302 Servicios
estadísticos y geográficos, así como los estudios de preinversión previstos en la
partida 62905 Otros servicios relacionados con obras públicas.
336 SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO, TRADUCCION,
FOTOCOPIADO E IMPRESION.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la contratación de servicios de
fotocopiado y preparación de documentos; digitalización de documentos oficiales,
fax, engargolado, enmicado, encuadernación, corte de papel, recepción de
correspondencia y otros afines. Incluye servicios de apoyo secretarial, servicios
de estenografía en los tribunales, transcripción simultánea de diálogos para la
televisión, reuniones y conferencias; servicios comerciales no previstos en las
demás partidas anteriores. Incluye servicios de impresión de documentos
oficiales necesarios tales como: pasaportes, certificados especiales, títulos de
crédito, formas fiscales y formas valoradas, y demás documentos para la
identificación, trámites oficiales y servicios a la población; servicios de impresión
y elaboración de material informativo, tales como: padrones de beneficiarios,
reglas de operación, programas sectoriales, regionales, especiales; informes de
labores, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público;
decretos, convenios, acuerdos, instructivos, proyectos editoriales (libros, revistas
y gacetas periódicas), folletos, trípticos, dípticos, carteles, mantas, rótulos, y
demás servicios de impresión y elaboración de material informativo. Incluye
gastos como: avisos, precisiones, convocatorias, edictos, bases, licitaciones,
diario oficial, concursos y aclaraciones, y demás información en medios masivos.
Excluye las inserciones derivadas de campañas publicitarias y de comunicación
social, las cuales se deberán registrar en las partidas correspondientes al
concepto 3600 Servicios de Comunicación Social y Publicidad.
33601 SERVICIOS RELACIONADOS CON TRADUCCIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la contratación de servicios con
personas físicas o morales, para realizar todo tipo de traducciones escritas o
verbales.
33602 OTROS SERVICIOS COMERCIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios de fotocopiado ordinario y
especial, engargolado, encuadernación, corte de papel, revelado fotográfico,
impresión de papelería y otros servicios. Incluye los gastos de estacionamiento
para los servidores públicos en su lugar de adscripción. Excluye las impresiones
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 183
previstas en las partidas 33603 Impresiones de documentos oficiales para la
prestación de servicios públicos, identificación, formatos administrativos y
fiscales, formas valoradas, certificados y títulos y 33604 Impresión y elaboración
de material informativo derivado de la operación y administración de las
dependencias y entidades.
33603 IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS
ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y
TÍTULOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión de
documentos oficiales necesarios para la prestación de servicios públicos y de
operaciones relacionadas con la función pública, tales como: pasaportes,
certificados especiales, títulos de crédito, formas continuas, impresión rápida,
hojas membretadas, tarjetas de presentación, formas fiscales y formas
valoradas, y demás documentos para la identificación, trámites oficiales y
servicios a la población entre otros.
33604 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO
DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y
elaboración de material informativo, tales como: padrones de beneficiarios,
reglas de operación, programas sectoriales, regionales, especiales; informes de
labores, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público;
decretos, convenios, acuerdos, instructivos, proyectos editoriales (libros, revistas
y gacetas periódicas), folletos, trípticos, dípticos, carteles, mantas, impresión
sobre prendas de vestir, placas, clichés, grabados, rótulos, entre otros y demás
servicios de impresión y elaboración de material informativo que forma parte de
los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios
de las dependencias y entidades, distintos de los servicios de comunicación
social y publicidad.
33605 INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN
Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de difusión, en medios impresos y/o
complementarios, de información, incluyendo aquellas que se realicen en
cumplimiento de disposiciones jurídicas, como: avisos, precisiones,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 184
convocatorias, edictos, bases, licitaciones, padrones de beneficiarios, reglas de
operación, diario oficial, concursos y aclaraciones, y demás información en
medios masivos, distinta de las inserciones derivadas de campañas publicitarias
y de comunicación social, las cuales se deberán registrar en la partida que
corresponda del concepto 3600 Servicios de comunicación social y publicidad.
337 SERVICIOS DE PROTECCION Y SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a la realización de programas, investigaciones,
acciones y actividades en materia de seguridad pública, en cumplimiento de
funciones y actividades oficiales, cuya realización implique riesgo, urgencia y
confidencialidad extrema. Incluye los recursos para la contratación temporal de
personas y la adquisición de materiales y servicios necesarios para tales efectos.
En ningún caso se podrán sufragar con cargo a esta partida, erogaciones
previstas en otros capítulos, conceptos y partidas de este clasificador cuando
corresponda a programas, investigaciones, acciones y actividades diferentes de
los especiales sujetos a esta partida.
33701 GASTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la realización de programas, investigaciones,
acciones y actividades en materia de seguridad pública, en cumplimiento de
funciones y actividades oficiales, cuya realización implique riesgo, urgencia o
confidencialidad. Incluye los recursos para la contratación temporal de personas
y la adquisición de materiales y servicios necesarios para tales efectos. En
ningún caso se podrán sufragar con cargo a esta partida, erogaciones previstas
en otros capítulos, conceptos y partidas de este Clasificador cuando corresponda
a programas, investigaciones, acciones y actividades diferentes de los especiales
sujetos a esta partida.
338 SERVICIOS DE VIGILANCIA.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones por servicios de monitoreo de
personas, objetos o procesos tanto de inmuebles de las dependencias de la
Administración Pública como de lugares de dominio público prestados por
instituciones de seguridad.
33801 SERVICIOS DE VIGILANCIA.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de vigilancia
requeridos por las dependencias y entidades.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 185
339 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS Y TECNICOS
INTEGRALES.
Servicios profesionales de investigación de mercados, de fotografía, todo tipo de
traducciones escritas o verbales, veterinarios, de valuación de metales, piedras
preciosas, obras de arte y antigüedades, y otros servicios profesionales,
científicos y técnicos no clasificados en otra parte.
33901 SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios provenientes de la
subcontratación que las dependencias y entidades lleven a cabo con personas
físicas o morales especializadas, que resulten más convenientes o generen
ahorros en la prestación de bienes o servicios públicos, tales como: servicio de
mantenimiento, maquila de productos, medicamentos, servicio médico,
hospitalario, de laboratorio, entre otros. Lo anterior, cuando no sea posible
atenderlos de manera directa por la propia dependencia o entidad.
33902 PROYECTOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que realicen las dependencias
y entidades a los proveedores como contraprestación por los servicios recibidos
en los términos y condiciones señalados en los contratos de servicio de largo
plazo, mediante los cuales se formalicen los denominados Proyectos para
Prestación de Servicios.
33903 SERVICIOS INTEGRALES.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que realicen las dependencias
y entidades por la contratación con personas físicas o morales de servicios
diversos cuya desagregación no es realizable en forma específica para cada una
de las partidas de gasto del capítulo 3000 Servicios Generales, por tratarse de
una combinación de servicios relacionados cuya prestación se estipula en forma
integral y que en términos del costo total resulta en condiciones menos onerosas
para el Estado. Excluye los servicios considerados en los conceptos de gasto
3300 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios, 3600
Servicios de comunicación social y publicidad y 3800 Servicios oficiales.
3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios tales como: fletes y
maniobras; almacenaje, embalaje y envase; así como servicios bancarios y
financieros; seguros patrimoniales; comisiones por ventas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 186
341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios financieros y bancarios,
tales como: el pago de comisiones, intereses por adeudos de los entes públicos,
descuentos e intereses devengados con motivo de la colocación de empréstitos,
certificados u otras obligaciones a cargo de la Tesorería, de acuerdo con
tratados, contratos, convenios o leyes. Incluye los gastos por la realización de
avalúo de bienes muebles e inmuebles o por justipreciación.
34101 SERVICIOS BANCARIOS Y FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios financieros y bancarios,
tales como: el pago de comisiones, intereses por adeudos de los entes públicos,
descuentos e intereses devengados con motivo de la colocación de empréstitos,
certificados u otras obligaciones a cargo de la Tesorería, de acuerdo con
tratados, contratos, convenios o leyes. Incluye los gastos por la realización de
avalúo de bienes muebles e inmuebles o por justipreciación.
342 SERVICIOS DE COBRANZA, INVESTIGACIÓN CREDITICIA Y SIMILAR.
Asignaciones destinadas para cubrir los gastos por servicios de cobranza,
investigación crediticia y recopilación de información sobre solvencia financiera
de personas o negocios.
34201 SERVICIOS DE COBRANZA, INVESTIGACIÓN CREDITICIA Y SIMILAR.
Asignaciones destinadas para cubrir los gastos por servicios de cobranza,
investigación crediticia y recopilación de información sobre solvencia financiera
de personas o negocios.
343 SERVICIOS DE RECAUDACIÓN, TRASLADO Y CUSTODIA DE VALORES.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago de servicios financieros por guarda,
custodia, traslado de valores y otros gastos inherentes a la recaudación.
34301 GASTOS INHERENTES A LA RECAUDACIÓN.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago de servicios financieros por guarda,
custodia, traslado de valores y otros gastos inherentes a la recaudación.
344 SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y FIANZAS.
Asignaciones destinadas para cubrir las primas con cargo al presupuesto
autorizado de los entes públicos, por concepto de la contratación del seguro de
responsabilidad patrimonial del Estado, que permita con la suma asegurada
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 187
cubrir el monto equivalente a las indemnizaciones y que corresponderán a la
reparación integral del daño y, en su caso, por el daño personal y moral, que se
ocasionen como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.
Excluye el monto de las erogaciones que resulten por insuficiencia de la suma
asegurada contra el costo de la indemnización y, en su caso, los deducibles
correspondientes. Estas erogaciones deberán cubrirse con cargo a la partida:
Otros gastos por responsabilidades, de este Clasificador.
34401 SEGURO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO.
Asignaciones destinadas para cubrir las primas con cargo al presupuesto
autorizado de los entes públicos, por concepto de la contratación del seguro de
responsabilidad patrimonial del Estado, que permita con la suma asegurada
cubrir el monto equivalente a las indemnizaciones y que corresponderán a la
reparación integral del daño y, en su caso, por el daño personal y moral, que se
ocasionen como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.
Excluye el monto de las erogaciones que resulten por insuficiencia de la suma
asegurada contra el costo de la indemnización y, en su caso, los deducibles
correspondientes. Estas erogaciones deberán cubrirse con cargo a la partida:
Otros gastos por responsabilidades, de este Clasificador.
345 SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES.
Asignaciones destinadas para cubrir las primas por concepto de seguros contra
robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos
los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en
los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto: Servicios de
instalación, reparación, mantenimiento y conservación, así como los seguros de
vida del personal civil y militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000
Servicios Personales.
34501 SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES.
Asignaciones destinadas para cubrir las primas por concepto de seguros contra
robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos
los materiales, bienes muebles e inmuebles, bienes informáticos, así como para
cubrir el importe de las fianzas de fidelidad de los servidores públicos que por
sus funciones lo requieran, y todo tipo de valores registrados en los activos.
Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto: Servicios de instalación,
reparación, mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 188
personal civil y militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000
Servicios Personales.
346 ALMACENAJE, ENVASE Y EMBALAJE.
Asignaciones destinadas para cubrir el costo de los servicios de
almacenamiento, embalaje, desembalaje, envase y desenvase de toda clase de
objetos, artículos, materiales, mobiliario, entre otros.
34601 ALMACENAJE, EMBALAJE Y ENVASE.
Asignaciones destinadas para cubrir el costo de los servicios de
almacenamiento, embalaje, desembalaje, envase y desenvase de toda clase de
objetos, artículos, materiales, mobiliario, entre otros.
347 FLETES Y MANIOBRAS.
Asignaciones destinadas para cubrir el costo de traslado, maniobras, embarque y
desembarque de toda clase de objetos, artículos, materiales, mobiliario, entre
otros, que no requieren de equipo especializado (camiones de redilas, tipo caja,
con contenedor, plataforma para carga general), como de aquellos productos que
por sus características (líquidos, gases) requieren ser transportados en camiones
con equipo especializado (equipo de refrigeración, equipo para transportar
materiales y residuos peligrosos, plataformas para carga especializada y
mudanzas).
34701 FLETES Y MANIOBRAS.
Asignaciones destinadas para cubrir el costo de traslado, maniobras, embarque y
desembarque de toda clase de objetos, artículos, materiales, mobiliario, entre
otros, que no requieren de equipo especializado (camiones de redilas, tipo caja,
con contenedor, plataforma para carga general), como de aquellos productos que
por sus características (líquidos, gases) requieren ser transportados en camiones
con equipo especializado (equipo de refrigeración, equipo para transportar
materiales y residuos peligrosos, plataformas para carga especializada y
mudanzas).
348 COMISIONES POR VENTAS.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago de comisiones a personas físicas,
ya sean: profesionistas, técnico, expertos o peritos, así como a las personas
morales, con las cuáles se tenga celebrado contrato respectivo, por los servicios
de venta prestados a los entes públicos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 189
34801 COMISIONES POR VENTAS.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago de comisiones a personas físicas,
ya sean: profesionistas, técnico, expertos o peritos, así como a las personas
morales, con las cuáles se tenga celebrado contrato respectivo, por los servicios
de venta prestados a los entes públicos.
349 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
INTEGRALES.
Otros servicios financieros, bancarios y comerciales no previstos en las demás
partidas anteriores de este concepto. Incluye casetas telefónicas sin operar las
redes alámbricas, recepción de llamadas telefónicas y promoción por teléfono de
bienes y servicios, de recepción de llamadas telefónicas en nombre de los
clientes.
Excluye: cálculo de impuestos y preparación de formatos para la declaración de
impuestos, al procesamiento de datos, a la operación de redes de telefonía
tradicional, venta de productos por teléfono y a los servicios de correo
electrónico.
34901 SERVICIOS FINANCIEROS.
Cantidades para cubrir el costo de casetas telefónicas cuando se encuentren sin
operar las redes alámbricas, recepción de llamadas telefónicas y promoción por
teléfono de bienes y servicios, de recepción de llamadas telefónicas en nombre
de los clientes o contribuyentes.
34902 SERVICIOS BANCARIOS.
Cantidades a cubrir los importes que las instituciones bancarias cobran por las
comisiones de manejo de cuentas o cualquier otra comisión por servicios
prestados al Ente Público.
34903 SERVICIOS COMERCIALES INTEGRALES.
Cantidad destinada a cubrir el costo de procesos integrales como diseño de
publicidad y difusión de la misma, realizada a través de medios del proveedor de
dichos servicios.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 190
3500 SERVICIOS DE INSTALACION, REPARACION, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACION.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones no capitalizables por contratación
de servicios para la instalación, mantenimiento, reparación y conservación de
toda clase de bienes muebles e inmuebles. Incluye los deducibles de seguros,
así como los servicios de lavandería, limpieza, jardinería, higiene y fumigación.
Excluye los gastos por concepto de mantenimiento y rehabilitación de la obra
pública.
351 CONSERVACION Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de conservación y
mantenimiento menor de edificios, locales, terrenos, predios, áreas verdes y
caminos de acceso, propiedad de la Nación o al servicio de los entes públicos,
cuando se efectúen por cuenta de terceros, incluido el pago de deducibles de
seguros.
35101 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE INMUEBLES PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y
conservación de inmuebles dedicados a la prestación de servicios
administrativos; incluye edificios, locales, terrenos, predios, áreas verdes al
servicio de las dependencias y entidades, cuando se efectúen por cuenta de
terceros, incluido el pago de deducibles de seguros. Excluye los trabajos de
conservación y mantenimiento considerados en las partidas 62202
Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones no habitacionales y 62102
Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones habitacionales.
35102 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE INMUEBLES PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y
conservación de inmuebles dedicados a la prestación de servicios públicos;
incluye edificios, locales, terrenos, predios, mantenimiento de elevadores, áreas
verdes al servicio de las dependencias y entidades, cuando se efectúen por
cuenta de terceros, incluido el pago dededucibles de seguros. Excluye los
trabajos de conservación y mantenimiento considerados en las partidas 62202
Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones no habitacionales y 62102
Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones habitacionales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 191
35103 GASTOS DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OFICINAS.
Asignaciones destinadas para cubrir el costo de los materiales y mano de obra,
necesarios para la instalación y adaptación de oficinas para el servicio del
Gobierno del Municipio, tales como: cancelería, puertas, alfombras, pisos,
tapices, persianas, herrajes, pinturas, barnices, etc., también se incluyen los
contratos celebrados para este fin.
352 INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y
EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación,
reparación y mantenimiento de toda clase de mobiliario y equipo de
administración, tales como: escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de
escribir, calculadoras, fotocopiadoras, entre otros. Incluye el pago de deducibles
de seguros.
35201 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
ADMINISTRACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y
conservación de toda clase de mobiliario y equipo de administración, tales como:
escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir, calculadoras,
fotocopiadoras, entre otros. Incluye el pago de deducibles de seguros.
353 INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE
CÓMPUTO Y TECNOLOGIA DE LA INFORMACION.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios que se contraten con
terceros para la instalación, reparación y mantenimiento de equipos de cómputo
y tecnologías de la información, tales como: computadoras, impresoras,
dispositivos de seguridad, reguladores, fuentes de potencia ininterrumpida, entre
otros. Incluye el pago de deducibles de seguros.
35301 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMÁTICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios que se contraten con
terceros para la instalación, mantenimiento, conservación y reparación de bienes
informáticos, tales como: computadoras, impresoras, dispositivos de seguridad,
reguladores, fuentes de potencia ininterrumpida, entre otros, incluido el pago de
deducibles de seguros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 192
354 INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación,
reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio.
35401 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación,
reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio.
355 REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de reparación y
mantenimiento del equipo de transporte terrestre, marítimo, lacustre y fluvial e
instalación de equipos en los mismos, propiedad o al servicio de las
dependencias de la administración Pública Municipio.
35501 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y
conservación de vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales e instalación de equipos en los mismos, propiedad o al
servicio de las dependencias y entidades.
356 REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE DEFENSA Y
SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de reparación y
mantenimiento del equipo de defensa y seguridad.
35601 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE DEFENSA Y
SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de reparación y
mantenimiento del equipo de defensa y seguridad.
357 INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA,
OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación,
reparación y mantenimiento de la maquinaria, otros equipos y herramienta,
propiedad o al servicio de las dependencias de la Administración Pública tales
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 193
como: tractores, palas mecánicas, dragas, fertilizadoras, vehículos,
embarcaciones, aeronaves, equipo especializado instalado en los inmuebles,
entre otros, cuando se efectúen por cuenta de terceros. Incluye el mantenimiento
de plantas e instalaciones productivas y el pago de deducibles de seguros.
35701 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y
EQUIPO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y
conservación de la maquinaria y equipo propiedad o al servicio de las
dependencias y entidades, tales como: tractores, palas mecánicas, dragas,
fertilizadoras, vehículos, embarcaciones, aeronaves, equipo especializado
instalado en los inmuebles, entre otros, cuando se efectúen por cuenta de
terceros, incluido el pago de deducibles de seguros.
35702 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE PLANTAS E
INSTALACIONES PRODUCTIVAS.
Asignaciones destinadas a cubrir el gasto de los servicios de mantenimiento y
conservación de plantas e instalaciones para la producción.
35703 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE TELECOMUNICACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios que se contraten con
terceros para la instalación, el mantenimiento y conservación de las redes de
telecomunicaciones.
358 SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE DESECHOS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de lavandería, limpieza,
desinfección, higiene en los bienes muebles e inmuebles propiedad o al cuidado
de las dependencias de la Administración Pública Estatal. Servicios de manejo
de desechos y remediación, como recolección y manejo de desechos, operación
de sitios para enterrar desechos (confinamiento), la recuperación y clasificación
de materiales reciclables y rehabilitación de limpieza de zonas contaminadas.
35801 SERVICIOS DE LAVANDERÍA, LIMPIEZA E HIGIENE.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de lavandería, limpieza,
desinfección e higiene en los bienes muebles e inmuebles propiedad o al cuidado
de las dependencias y entidades. Incluye el costo de los servicios de recolección,
traslado y tratamiento final de desechos tóxicos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 194
359 SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por control y exterminación de
plagas, instalación y mantenimiento de áreas verdes como la plantación,
fertilización y poda de árboles, plantas y hierbas.
35901 SERVICIOS DE JARDINERÍA Y FUMIGACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por control y exterminación de
plagas, instalación y mantenimiento de áreas verdes como la plantación,
fertilización y poda de árboles, plantas y hierbas.
3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de realización y difusión de
mensajes y campañas para informar a la población sobre los programas,
servicios públicos y el quehacer gubernamental en general; así como la
publicidad comercial de los productos y servicios que generan ingresos para los
entes públicos. Incluye la contratación de servicios de impresión y publicación de
información; así como al montaje de espectáculos culturales y celebraciones que
demanden los entes públicos.
361 DIFUSION POR RADIO, TELEVISION Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES
SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de difusión del quehacer
gubernamental y de los bienes y servicios públicos que prestan las
dependencias de la Administración Pública, la publicación y difusión masiva de
las mismas a un público objetivo determinado a través de televisión abierta y
restringida, radio, cine, prensa, encartes, espectaculares, mobiliario urbano,
tarjetas telefónicas, medios electrónicos e impresos internacionales, folletos,
trípticos, dípticos, carteles, mantas, rótulos, producto integrado y otros medios
complementarios; estudios para medir la pertinencia y efectividad de las
campañas, así como los gastos derivados de la contratación de personas físicas
y/o morales que presten servicios afines para la elaboración, difusión y
evaluación de dichas campañas.
36101 DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de difusión del quehacer
gubernamental y de los bienes y servicios públicos que prestan las
dependencias o entidades. Incluye el diseño y conceptualización de campañas
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 195
de comunicación, preproducción, producción, postproducción y copiado; la
publicación y difusión masiva de las mismas a un público objetivo determinado
a través de televisión abierta y restringida, radio, cine, prensa, encartes,
espectaculares, mobiliario urbano, tarjetas telefónicas, Internet, medios
electrónicos, folletos, trípticos, dípticos, carteles, mantas, rótulos, producto
integrado y otros medios complementarios; estudios para medir la pertinencia y
efectividad de las campañas, así como los gastos derivados de la contratación de
personas físicas y/o morales que presten servicios afines para la elaboración,
difusión y evaluación de dichas campañas.
362 DIFUSION POR RADIO, TELEVISION Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES
COMERCIALES PARA PROMOVER LA VENTA DE BIENES O SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la publicidad derivada de la
comercialización de los productos o servicios de las dependencias de la
Administración Pública Estatal que generan un ingreso para el Estado. Incluye el
diseño y conceptualización de campañas publicitarias; preproducción,
producción, postproducción y copiado; publicación y difusión masiva de las
mismas a un público objetivo determinado a través de televisión abierta y
restringida, radio, cine, prensa, encartes, espectaculares, mobiliario urbano,
tarjetas telefónicas, Internet, medios electrónicos e impresos internacionales,
folletos, trípticos, dípticos, carteles, mantas, rótulos, producto integrado, puntos
de venta, artículos promocionales, servicios integrales de promoción y otros
medios complementarios, estudios para medir la pertinencia y efectividad de
campañas; así como los gastos derivados de la contratación de personas físicas
y/o morales que presenten servicios afines para la elaboración, difusión y
evaluación de dichas campañas publicitarias. Excluye los gastos de difusión de
mensajes que no comercializan productos o servicios.
36201 DIFUSIÓN DE MENSAJES COMERCIALES PARA PROMOVER LA
VENTA DE PRODUCTOS O SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la publicidad derivada de la
comercialización de los productos o servicios de las entidades que generan un
ingreso para el Municipio. Incluye el diseño y conceptualización de campañas
publicitarias; preproducción, producción, postproducción y copiado; publicación y
difusión masiva de las mismas a un público objetivo determinado a través de
televisión abierta y restringida, radio, cine, prensa, encartes, espectaculares,
mobiliario urbano, tarjetas telefónicas, Internet, medios electrónicos e impresos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 196
internacionales, folletos, trípticos, dípticos, carteles, mantas, rótulos, producto
integrado, puntos de venta, artículos promocionales, servicios integrales de
promoción y otros medios complementarios, estudios para medir la pertinencia y
efectividad de campañas; así como los gastos derivados de la contratación de
personas físicas y/o morales que presenten servicios afines para la elaboración,
difusión y evaluación de dichas campañas publicitarias. Excluye los gastos de
difusión de mensajes que no comercializan productos o servicios, los cuales
deben registrarse en la partida 36101 Difusión de mensajes sobre programas y
actividades gubernamentales.
363 SERVICIOS DE CREATIVIDAD, PREPRODUCCION Y PRODUCCION DE
PUBLICIDAD, EXCEPTO INTERNET.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por diseño y conceptualización de
campañas de comunicación, preproducción, producción y copiado.
36301 SERVICIOS DE CREATIVIDAD, PREPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN
DE PUBLICIDAD, EXCEPTO INTERNET.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por diseño y conceptualización de
campañas de comunicación, preproducción, producción y copiado.
364 SERVICIOS DE REVELADO DE FOTOGRAFIAS.
Asignaciones destinadas a cubrir gastos por concepto de revelado o impresión
de fotografías.
36401 SERVICIOS DE REVELADO DE FOTOGRAFÍAS.
Asignaciones destinadas a cubrir gastos por concepto de revelado o impresión
de fotografías.
365 SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FILMICA, DEL SONIDO Y DEL VIDEO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo por postproducción (doblaje, titulaje,
subtitulaje, efectos visuales, animación, edición, conversión de formato, copiado
de videos, entre otros) y otros servicios para la industria fílmica y del video
(crestomatía y servicios prestados por laboratorios fílmicos).
36501 SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FÍLMICA, DEL SONIDO Y DEL VIDEO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo por postproducción (doblaje, titulaje,
subtitulaje, efectos visuales, animación, edición, conversión de formato, copiado
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 197
de videos, entre otros) y otros servicios para la industria fílmica y del video
(crestomatía y servicios prestados por laboratorios fílmicos).
366 SERVICIO DE CREACION Y DIFUSION DE CONTENIDO
EXCLUSIVAMENTE A TRAVES DE INTERNET.
Asignaciones destinadas a cubrir el gasto por creación, difusión y transmisión de
contenido de interés general o específico a través de internet exclusivamente.
36601 SERVICIO DE CREACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO
EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE INTERNET.
Asignaciones destinadas a cubrir el gasto por creación, difusión y transmisión de
contenido de interés general o específico a través de internet exclusivamente.
369 OTROS SERVICIOS DE INFORMACION.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la contratación de servicios
profesionales con personas físicas o morales, por concepto de monitoreo de
información en medios masivos de comunicación, de las actividades de las
dependencias de la Administración Pública Estatal, que no se encuentren
comprendidas en las demás partidas de este Capítulo.
36901 SERVICIOS RELACIONADOS CON MONITOREO DE INFORMACIÓN
EN MEDIOS MASIVOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la contratación de servicios
profesionales con personas físicas o morales, por concepto de monitoreo de
información en medios masivos de comunicación, de las actividades de las
dependencias y entidades, que no se encuentren comprendidas en las demás
partidas de este Capítulo.
36902 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de impresión de formas valoradas y
oficiales, así como el costo de impresión de libros, folletos, boletines, memorias,
edictos, periódico oficial y demás impresiones de carácter oficial o legal.
36903 INSERCIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES PARA LICITACIONES
Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de spots publicitarios en radio y
televisión, trípticos, carteles, volantes, posters, espectaculares y cualquier otro
tipo de difusión impresa de los mensajes y actividades gubernamentales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 198
36904 OTROS SERVICIOS INFORMATIVOS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios realizados por terceros y que no han
sido contemplados en las partidas anteriores como son: Rótulos a vehículos
oficiales, placas con nombres de Dependencias Oficiales, mantas con
información oficial que no sea propaganda sino de carácter informativo, volantes,
etc.
3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos
del personal, cuando por el desempeño de sus labores propias o comisiones de
trabajo, requieran trasladarse a lugares distintos al de su adscripción.
371 PASAJES AEREOS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de traslado de
personal por vía aérea en cumplimiento de sus funciones públicas. Incluye
gastos por traslado de presos, reparto y entrega de mensajería. Excluye los
pasajes por concepto de becas y arrendamiento de equipo de transporte.
37101 PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones
oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y
entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e
inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la
función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades
de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo
que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los
arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales,
comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37102 PASAJES AÉREOS NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS
DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones
oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y
entidades, derivado de la ejecución de programas de seguridad pública en
lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública.
Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades. Excluye los
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 199
arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales,
comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103 PASAJES AÉREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte dentro del país de
servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de
comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye
los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y
fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104 PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS
DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones
oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción
de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en
cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con
las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en
campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los
programas de seguridad pública y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a
desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar
las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos
previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos
de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en
el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37105 PASAJES AÉREOS INTERNACIONALES ASOCIADOS A LOS
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones
oficiales temporales fuera del país en lugares distintos a los de su adscripción de
servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la ejecución de
programas de seguridad pública, en cumplimiento de la función pública. Incluye
el pago de guías para facilitar las funciones o actividades. Excluye los
arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales,
comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 200
37106 PASAJES AÉREOS INTERNACIONALES PARA SERVIDORES
PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones
oficiales temporales fuera del país en lugares distintos a los de su adscripción de
servidores públicos de las dependencias y entidades, cuando el desempeño de
sus labores o comisiones lo requiera, en cumplimiento de la función pública,
cuando las comisiones no correspondan con las previstas en la partida 37105
Pasajes aéreos internacionales asociados a los programas de seguridad pública,
de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o
actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las
disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto
3200 Servicios de arrendamiento.
372 PASAJES TERRESTRES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de traslado de
personal por vía terrestre urbana y suburbana, interurbana y rural, taxis y
ferroviario, en cumplimiento de sus funciones públicas. Incluye gastos por
traslado de presos reparto y entrega de mensajería. Excluye pasajes por
concepto de becas y arrendamiento de equipo de transporte.
37201 PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO
Y DE SUPERVISIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en
comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las
dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo,
supervisión, inspección, verificación y vigilancia en lugares distintos a los de su
adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para
facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos
para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega
de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de
arrendamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 201
37202 PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A LOS
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en
comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las
dependencias y entidades, derivado de la ejecución de programas de seguridad
pública en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la
función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o
actividades. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de
arrendamiento.
37203 PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A
DESASTRES NATURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del
país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño
de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales.
Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres
y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204 PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES
PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y
FUNCIONES OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en
comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su
adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades,
en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan
con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para
labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales
asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes
terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador.
Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de
pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales
aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de
arrendamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 202
37205 PASAJES TERRESTRES INTERNACIONALES ASOCIADOS A LOS
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en
comisiones oficiales temporales fuera del país en lugares distintos a los de su
adscripción de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de
la ejecución de programas de seguridad pública, en cumplimiento de la función
pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades.
Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres
y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37206 PASAJES TERRESTRES INTERNACIONALES PARA SERVIDORES
PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en
comisiones oficiales temporales fuera del país en lugares distintos a los de su
adscripción de servidores públicos de las dependencias y entidades, cuando el
desempeño de sus labores o comisiones lo requiera, en cumplimiento de la
función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en la
partida 37205 Pasajes terrestres internacionales asociados a los programas de
seguridad pública, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las
funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos
previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos
de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en
el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
373 PASAJES MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de traslado de
personal por vía marítima, lacustre y fluvial en cumplimiento de sus funciones
públicas. Incluye gastos por traslado de presos reparto y entrega de mensajería.
Excluye los pasajes por concepto de becas y arrendamiento de equipo de
transporte.
37301 PASAJES MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de traslado de
personal por vía marítima, lacustre y fluvial en cumplimiento de sus funciones
públicas. Incluye gastos por traslado de presos reparto y entrega de mensajería.
Excluye los pasajes por concepto de becas y arrendamiento de equipo de
transporte.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 203
374 AUTOTRANSPORTE.
Asignaciones destinadas al autotransporte tanto de mercancías que no requieren
de equipo especializado y que normalmente se transportan en camiones de caja
o en contenedores, como de aquellos productos que por sus características
(líquidos, gases, etc.) requieren ser transportados en camiones con equipo
especializado.
37401 AUTOTRANSPORTE.
Asignaciones destinadas al autotransporte tanto de mercancías que no requieren
de equipo especializado y que normalmente se transportan en camiones de caja
o en contenedores, como de aquellos productos que por sus características
(líquidos, gases, etc.) requieren ser transportados en camiones con equipo
especializado.
375 VIATICOS EN EL PAIS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación,
hospedaje y arrendamiento de vehículos en el desempeño de comisiones
temporales dentro del país, derivado de la realización de labores en campo o de
supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta
partida aplica las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes.
37501 VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación,
hospedaje y transporte de servidores públicos de las dependencias y entidades,
en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la
realización de labores en campo o de supervisión e inspección, en lugares
distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos así
como el arrendamiento de vehículos en desempeño de las comisiones. Excluye
los gastos de pasajes a que se refieren las partidas 37101 Pasajes aéreos
nacionales para labores en campo y de supervisión y 37201 Pasajes terrestres
nacionales para labores en campo y de supervisión.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 204
37502 VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS DE
SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y
hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el
desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la ejecución
de programas de seguridad pública, en lugares distintos a los de su adscripción.
Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales
que señalen los tabuladores respectivos. Excluye los gastos de pasajes a que se
refieren las partidas 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los
programas de seguridad pública y nacional y 37202 Pasajes terrestres
nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional.
37503 VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y
hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el
desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres
naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los
gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los
tabuladores respectivos. Excluye los gastos de pasajes a que se refieren las
partidas 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales y
37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales.
37504 VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL
DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y
hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el
desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los
de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en
las partidas 37501 Viáticos nacionales para labores en campo y de supervisión,
37502 Viáticos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y
37503 Viáticos nacionales asociados desastres naturales, de este Clasificador.
Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales
que señalen los tabuladores respectivos. Excluye los gastos de pasajes a que se
refieren las partidas 37104 Pasajes aéreos nacionales para servidores públicos
de mando en el desempeño de comisiones y funciones oficiales y 37204
Pasajes terrestres nacionales para servidores públicos de mando en el
desempeño de comisiones y funciones oficiales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 205
37505 VIÁTICOS NACIONALES PARA PERSONAS INDEPENDIENTES.
Asignaciones destinadas cubrir el gasto por concepto de alimentación y
hospedaje a personas independientes que presten algún servicio a la institución.
(Solicitada por el Poder Judicial).
376 VIATICOS EN EL EXTRANJERO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación,
hospedaje y arrendamiento de vehículos en el desempeño de comisiones
temporales fuera del país, derivado de la realización de labores en campo o de
supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta
partida aplica las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes.
37601 VIÁTICOS EN EL EXTRANJERO ASOCIADOS A LOS
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y
hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el
desempeño de comisiones temporales fuera del país, en lugares distintos a los
de su adscripción, derivado de la ejecución de programas de seguridad pública.
Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales
que señalen los tabuladores respectivos. Excluye los gastos de pasajes a que se
refieren las partidas 37105 Pasajes aéreos internacionales asociados a los
programas de seguridad pública y nacional y 37205 Pasajes terrestres
internacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional.
37602 VIÁTICOS EN EL EXTRANJERO PARA SERVIDORES PÚBLICOS
EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y
hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el
desempeño de sus labores y comisiones temporales fuera del país, en lugares
distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las
previstas en la partida 37601 Viáticos en el extranjero asociados a los programas
de seguridad pública, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar
las funciones o actividades. Esta partida incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes a que se refieren las partidas 37106 Pasajes
aéreos internacionales para servidores públicos en el desempeño de comisiones
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 206
y funciones oficiales y 37206 Pasajes terrestres internacionales para servidores
públicos en el desempeño de comisiones y funciones oficiales.
377 GASTOS DE INSTALACION Y TRASLADO DE MENAJE.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que ocasione la instalación del
personal civil o militar, diplomático y consular al servicio de las dependencias de
la Administración Pública Estatal, cuando en el desempeño de funciones oficiales
dentro o fuera del país, se requiera su permanencia fuera de su residencia en
forma transitoria o permanente. Incluye, en su caso, el traslado de menaje de
casa. Excluye los pagos de viáticos y pasajes.
37701 INSTALACIÓN DEL PERSONAL FEDERAL.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que ocasione la instalación del
personal civil o militar, diplomático y consular al servicio de las dependencias y
entidades, cuando en el desempeño de funciones oficiales dentro o fuera del
país, se requiera su permanencia fuera de su residencia en forma transitoria o
permanente, incluyendo, en su caso, el traslado de menaje de casa. Excluye los
pagos de viáticos y pasajes.
378 SERVICIOS INTEGRALES DE TRASLADO Y VIATICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que realicen las dependencias
de la Administración Pública Estatal por la contratación con personas físicas y
morales de servicios diversos cuya desagregación no es realizable en forma
específica para cada una de las partidas de gasto de este concepto, por tratarse
de una combinación de servicios relacionados cuya prestación se estipula en
forma integral y que en términos del costo total resulta en condiciones menos
onerosas para los dependencias de la Administración Pública Estatal.
37801 SERVICIOS INTEGRALES NACIONALES PARA SERVIDORES
PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de transporte,
alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y
entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en
lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones correspondan a
servicios integrales y no proceda su registro en las partidas 37101 a 37104,
37201 a 37204 y 37501 a 37504 de este Clasificador. Esta partida incluye
paquetes de viaje y los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 207
que señalen los tabuladores respectivos. Excluye los arrendamientos de
vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el
concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37802 SERVICIOS INTEGRALES EN EL EXTRANJERO PARA SERVIDORES
PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de transporte,
alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y
entidades, en el desempeño de sus labores y comisiones temporales fuera del
país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones
correspondan a servicios integrales y no proceda su registro en las partidas
37105, 37106, 37205, 37206, 37601 y 37602 de este Clasificador. Esta partida
incluye paquetes de viaje y los gastos de camino aplicándose las cuotas
diferenciales que señalen los tabuladores respectivos. Excluye los
arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales,
comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
379 OTROS SERVICIOS DE TRASLADO Y HOSPEDAJE.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios básicos distintos de los
señalados en las partidas de este concepto, tales como pensiones de
estacionamiento, entre otros, requeridos en el desempeño de funciones oficiales.
37901 GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN
ÁREAS RURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y
entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del
levantamiento de censos, encuestas y en general trabajos en campo para el
desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no
cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación,
y no sea posible cumplir con los requisitos para el otorgamiento de viáticos y
pasajes previstos en las partidas del concepto 3700 Servicios de traslado y
viáticos, de este Clasificador.
37902 GASTOS DE ESTADÍA.
Agrupa las asignaciones destinadas a cubrir los gastos generados por las visitas
que realicen al Estado representantes de instituciones financieras, o bien
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 208
inversionistas nacionales o extranjeros, que deseen contribuir al desarrollo del
Estado mediante créditos, inversiones, etc.
3800 SERVICIOS OFICIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios relacionados con la celebración de
actos y ceremonias oficiales realizadas por los entes públicos; así como los
gastos de representación y los necesarios para las oficinas establecidas en el
exterior.
381 GASTOS DE CEREMONIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios integrales que se contraten con
motivo de organización y ejecución de recepciones de los titulares de las
dependencias de la Administración Pública Estatal al personal del Cuerpo
Diplomático acreditado y personalidades nacionales o extranjeras residentes o
de visita en el territorio nacional, así como para cubrir dichos gastos en eventos
que se realicen en el extranjero; siempre y cuando que por tratarse de servicios
integrales no puedan desagregarse en otras partidas de los capítulos 2000
Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales. Incluye bienes y servicios
tales como: organización y ejecución de recepciones, adornos, escenografía,
entre otros.
38102 GASTOS DE CEREMONIAL DE LOS TITULARES DE LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que se originen con motivo de
recepciones de los titulares de las dependencias y entidades a los miembros del
Cuerpo Diplomático acreditado ante el Gobierno y a personalidades nacionales o
extranjeras residentes o de visita en el territorio nacional. Incluye los gastos del
cónyuge, quedando incluidos dentro de estos los gastos de traslado, hospedaje y
alimentación de este y de invitados especiales que por la naturaleza de sus
actividades sean requeridos para asistir a los actos o eventos oficiales y sociales,
así como para cubrir dichos gastos en eventos que se realicen en el extranjero.
382 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios integrales que se contraten con
motivo de la celebración de actos conmemorativos, de orden social y cultural;
siempre y cuando que por tratarse de servicios integrales no puedan
desagregarse en otras partidas de los capítulos 2000 Materiales y Suministros y
3000 Servicios Generales. Incluye la realización de ceremonias patrióticas y
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 209
oficiales, desfiles, la adquisición de ofrendas florales y luctuosas, conciertos,
entre otros.
38201 GASTOS DE ORDEN SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que se originen con motivo de la
celebración de actos conmemorativos y de orden social, tales como la realización
de ceremonias patrióticas y oficiales, desfiles, conciertos, la adquisición de
ofrendas florales y luctuosas, servicio de seguridad y logística en eventos
oficiales entre otros.
383 CONGRESOS Y CONVENCIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo del servicio integral que se contrate
para la celebración de congresos, convenciones, seminarios, simposios y
cualquier otro tipo de foro análogo o de características similares, que se
organicen en cumplimiento de lo previsto en los programas de las dependencias
de la Administración Pública , o con motivo de las atribuciones que les
corresponden; siempre y cuando que por tratarse de servicios integrales no
puedan desagregarse en otras partidas de los capítulos 2000 Materiales y
Suministros y 3000 Servicios Generales. Incluye los gastos estrictamente
indispensables que se ocasionen con motivo de la participación en dichos
eventos de servidores públicos federales o locales, ponentes y conferencistas,
entre otros.
38301 CONGRESOS Y CONVENCIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo del servicio integral que se contrate
con personas físicas o morales para la celebración de congresos, convenciones,
seminarios, simposios y cualquier otro tipo de foro análogo o de características
similares, que se organicen en cumplimiento de lo previsto en los programas de
las dependencias y entidades, o con motivo de las atribuciones que les
corresponden, siempre y cuando no puedan desagregarse en otras partidas de
los capítulos 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales. Incluye
los gastos estrictamente indispensables que se ocasionen con motivo de la
participación en dichos eventos de servidores públicos federales o locales,
ponentes y conferencistas, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 210
384 EXPOSICIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo del servicio integral que se contrate
con personas físicas y morales para la instalación y sostenimiento de
exposiciones y cualquier otro tipo de muestra análoga o de características
similares, que se organicen en cumplimiento de lo previsto en los programas de
las dependencias de la Administración Pública, o con motivo de las atribuciones
que les corresponden, siempre y cuando no puedan desagregarse en otras
partidas de los capítulos 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios
Generales. Incluye el pago de indemnizaciones por los daños que sufran los
bienes expuestos.
38401 EXPOSICIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo del servicio integral que se contrate
con personas físicas y morales para la instalación y sostenimiento de
exposiciones y cualquier otro tipo de muestra análoga o de características
similares, que se organicen en cumplimiento de lo previsto en los programas de
las dependencias y entidades, o con motivo de las atribuciones que les
corresponden, siempre y cuando no puedan desagregarse en otras partidas de
los capítulos 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales. Incluye
el pago de indemnizaciones por los daños que sufran los bienes expuestos.
38402 ESPECTÁCULOS CULTURALES.
Asignaciones destinadas a la celebración de actos de esta índole, tales como:
exposiciones, audiciones, conciertos, obras teatrales y toda clase de eventos
artísticos y culturales.
385 GASTOS DE REPRESENTACION.
Asignaciones destinadas a cubrir gastos autorizados a los servidores públicos de
mandos medios y superiores por concepto de atención a actividades
institucionales originadas por el desempeño de las funciones encomendadas
para la consecución de los objetivos de las dependencias de la Administración
Pública Estatal a los que estén adscritos.
38501 GASTOS PARA ALIMENTACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE
MANDO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de alimentación de los servidores
públicos de mando, en términos de las disposiciones aplicables, que se realizan
fuera de las instalaciones de las dependencias y entidades, con el propósito de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 211
coadyuvar al mejor desempeño de sus funciones y cumplimiento de sus
responsabilidades.
38502 GASTOS MENORES.
Asignaciones mensuales establecidas para la adquisición de productos
consumibles, cuyo monto y normatividad será expedida en el transcurso del
ejercicio.
38506 ASIGNACIONES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISION.
Asignaciones destinadas a otorgar apoyos que se otorgan de manera regular y
tiene como propósito coadyuvar al desempeño de sus funciones y se otorgan en
función de la naturaleza y características de las funciones del puesto y del nivel
de responsabilidad de los servidores públicos de enlace, de mando y homólogos
en el desempeño de sus actividades por funciones públicas.
3900 OTROS SERVICIOS GENERALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios que correspondan a este capítulo,
no previstos expresamente en las partidas antes descritas.
391 SERVICIOS FUNERARIOS Y DE CEMENTERIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios y pagos de defunción como traslado
de cuerpos, velación, apoyo para trámites legales, cremación y
embalsamamiento y ataúdes, a los familiares de servidores públicos, civiles y
militares al servicio de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
39101 FUNERALES Y PAGAS DE DEFUNCIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir pagas de defunción a los familiares de
servidores públicos, civiles y militares al servicio de las dependencias y
entidades, así como de pensionistas directos, cuyo pago es con cargo al Erario
Estatal, a excepción de los miembros del servicio exterior que perezcan fuera del
país.
392 IMPUESTOS Y DERECHOS.
Asignaciones destinadas a cubrir los impuestos y/o derechos que cause la venta
de productos y servicios al extranjero, gastos de escrituración, legalización de
exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de
placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales; derechos y gastos de
navegación, de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 212
y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye
impuestos y derechos de importación.
39201 IMPUESTOS Y DERECHOS DE EXPORTACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los impuestos y/o derechos causados por la
venta de productos y servicios al extranjero.
39202 VALORES DE TRANSITO PLACAS, TARJETAS Y CALCOMANÍAS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de la elaboración de placas, licencias,
tarjetas de circulación y demás valores que se requieran para el tránsito de
vehículos. Esta partida es para uso exclusivo de la Secretaría de Finanzas y
Administración, por no referirse a los derechos para la circulación de vehículos,
éstos se cargarán a la partida de otros impuestos y derechos.
39203 IMPUESTO PREDIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir los pagos correspondientes al impuesto predial
que generen los inmuebles que sean propiedad o estén al servicio del Gobierno
del Estado, por los que deba pagarse dicho impuesto.
39209 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS.
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como:
gastos de escrituración, legalización de exhortos notariales, de registro público
de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias
judiciales; derechos y gastos de navegación, de aterrizaje y despegue de
aeronaves, de verificación, certificación, y demás impuestos y derechos
conforme a las disposiciones aplicables.
393 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION.
Asignaciones destinadas a cubrir los impuestos y/o derechos que cause la
adquisición de toda clase de bienes o servicios en el extranjero.
39301 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir los impuestos y/o derechos que cause la
adquisición de toda clase de bienes o servicios en el extranjero.
394 SENTENCIAS Y RESOLUCIONES POR AUTORIDAD COMPETENTE.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de obligaciones o indemnizaciones
derivadas de resoluciones emitidas por autoridad competente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 213
39401 EROGACIONES POR RESOLUCIONES POR AUTORIDAD
COMPETENTE.
Erogaciones para cubrir el pago de obligaciones o indemnizaciones derivadas de
resoluciones emitidas por autoridad competente.
39402 INDEMNIZACIONES POR EXPROPIACIÓN DE PREDIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir las indemnizaciones por concepto de la
expropiación de predios, terrenos o bienes inmuebles, que realiza el Gobierno
con fines de interés público. Esta partida sólo se afectará por resolución
jurisdiccional o de autoridad competente. Las erogaciones que se realicen bajo
este rubro de gasto no deben implicar modificaciones a los activos fijos de las
dependencias y entidades que realice la erogación.
395 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones derivadas del pago
extemporáneo de pasivos fiscales, adeudos u obligaciones de pago, como
multas, actualizaciones, intereses y demás accesorios por dichos pagos.
Incluye os gastos financieros por pago extemporáneo de estimaciones y de
ajuste de costos de obra pública, así como los gastos no recuperables derivados
de la terminación anticipada de contratos de adquisiciones u obras públicas.
Excluye causas imputables a servidores públicos.
39501 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES.
Erogaciones derivadas del pago extemporáneo de pasivos fiscales, adeudos u
obligaciones de pago, como multas, actualizaciones, intereses y demás
accesorios por dichos pagos. Incluye los gastos financieros por pago
extemporáneo de estimaciones y de ajuste de costos de obra pública, así como
los gastos no recuperables derivados de la terminación anticipada de contratos
de adquisiciones u obras públicas.
396 OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones de las dependencias de la
Administración Pública Estatal que deriven del robo o extravío de recursos
públicos que no sean recuperables e impliquen afectar su presupuesto
disponible. Incluye erogaciones de los dependencias de la Administración
Pública Estatal que se deriven de la responsabilidad civil, montos diferenciales
de las indemnizaciones que no cubran las sumas aseguradas, los importes
deducibles del seguro de responsabilidad patrimonial del Estado así como
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 214
aquellas erogaciones distintas de las consideradas en las demás partidas de este
concepto, que impliquen afectar el presupuesto disponible del ente público.
39601 PÉRDIDAS DEL ERARIO MUNICIPAL.
Erogaciones de las dependencias y entidades que deriven del robo o extravío de
recursos públicos que no sean recuperables e impliquen afectar su techo
presupuestario disponible. Así como la prima por pérdida total en bienes muebles
e inmuebles propiedad del Gobierno del Municipio.
39602 OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES.
Erogaciones de las dependencias y entidades que se deriven de la
responsabilidad civil del Municipio. Incluye los montos diferenciales de las
indemnizaciones que no cubran las sumas aseguradas y los importes deducibles
del seguro de responsabilidad patrimonial del Municipio, así como aquellas
erogaciones distintas de las consideradas en las demás partidas de este
concepto, que impliquen afectar el techo presupuestario disponible de la
dependencia o entidad.
397 UTILIDADES.
Asignaciones destinadas por las empresas de participación estatal al pago de
utilidades, en los términos de las disposiciones aplicables.
39701 EROGACIONES POR PAGO DE UTILIDADES.
Asignaciones destinadas por las empresas de participación estatal al pago de
utilidades, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
398 IMPUESTO SOBRE NÓMINA Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA
RELACIÓN LABORAL.
Asignaciones destinadas a cubrir los pagos del impuesto sobre nóminas y otros
que se deriven de una relación laboral a cargo de los Entes Públicos en los
términos de las leyes correspondientes.
39801 IMPUESTO SOBRE NÓMINAS.
Asignaciones destinadas al pago del Impuesto Sobre Nóminas a cargo de las
dependencias y entidades, de conformidad con el Código Financiero del Distrito
Federal y, en su caso, las disposiciones equivalentes en las demás entidades
federativas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 215
39802 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE AGUINALDO Y/O PRIMA
VACACIONAL.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago del impuesto sobre la renta
correspondiente al aguinaldo y/o prima vacacional, de conformidad con lo que
establece la Ley del ISR vigente.
399 OTROS SERVICIOS GENERALES.
Asignaciones destinadas a cubrir otros servicios no contemplados en las partidas
anteriores y por realización de actividades propias de la función pública, entre
otros.
39901OTROS SERVICIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir otros servicios no contemplados en las partidas
anteriores y por realización de actividades propias de la función pública, entre
otros. Incluye también con motivo de las actividades de coordinación del
Gobierno Municipal con el Presidente Municipal electo, durante la segunda mitad
del año en que termine el periodo gubernamental, para el desarrollo de los
trabajos cuya aplicación tendrá repercusiones para la nueva administración,
como la participación en la elaboración de la iniciativa de la Ley de Ingresos y el
proyecto de Presupuesto de Egresos, así como otras actividades durante la
etapa de transición.
39903 ASIGNACIONES A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS.
Asignaciones previstas en el Presupuesto de Egresos, destinadas a los Grupos
Parlamentarios integrados por los legisladores y Regidores, para apoyar el
desarrollo de sus funciones legislativas, así como a las actividades
complementarias y de gestoría que, en su carácter de representantes populares,
realizarán de manera permanente durante su periodo, como integrantes del H.
Congreso de del Estado y Honorable Cabildo.
39911 GASTOS PROPIOS DE LA UNIDAD PROGRAMÁTICA.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios característicos de las
funciones de la unidad programática y que, por consiguiente, no sean de
aplicación general para otras unidades programáticas. En ningún caso se podrán
sufragar con cargo a esta partida gastos previstos en otros capítulos, conceptos
y partidas de este Clasificador.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 216
4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS
AYUDAS
Asignaciones destinadas en forma directa o indirecta a los sectores público,
privado y externo, organismos y empresas paraestatales y apoyos como parte de
su política económica y social, de acuerdo con las estrategias y prioridades de
desarrollo para el sostenimiento y desempeño de sus actividades.
4100 TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR
PÚBLICO.
Asignaciones destinadas, en su caso, a los entes públicos contenidos en el
Presupuesto de Egresos con el objeto de sufragar gastos inherentes a sus
atribuciones.
411 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS AL PODER EJECUTIVO.
Asignaciones presupuestarias destinadas al Poder Ejecutivo, con el objeto de
financiar gastos inherentes a sus atribuciones.
41101 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE OPERACIÓN A
DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO.
Asignaciones presupuestales para cubrir el costo de las funciones y actividades
que se realizan en el cumplimiento de los programas institucionales de las
Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo.
41102 APORTACIONES MUNICIPALES PARA EL FORTALECIMIENTO
DEL DESARROLLO INSTITUCIONAL.
Asignaciones que, mediante convenio, destinan los municipios para el
Fortalecimiento del Desarrollo Municipal para su aplicación a cargo del Gobierno
del Estado.
41103 APORTACIONES MUNICIPALES PARA EL FORTALECIMIENTO
DEL DESARROLLO REGIONAL.
Asignaciones que, mediante convenio, destinan los municipios para el
Fortalecimiento del Desarrollo Regional, para su aplicación a cargo del Gobierno
del Estado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 217
412 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS AL PODER LEGISLATIVO.
Asignaciones presupuestarias destinadas al Poder Legislativo, con el objeto de
financiar gastos inherentes a sus atribuciones.
41201 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE OPERACIÓN DEL PODER
LEGISLATIVO.
Asignaciones presupuestales para cubrir el costo de las funciones y actividades
que se realizan en el cumplimiento de los programas institucionales del Poder
Legislativo.
413 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS AL PODER JUDICIAL.
Asignaciones presupuestarias destinadas al Poder Judicial, con el objeto de
financiar gastos inherentes a sus atribuciones.
41301 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE OPERACIÓN DEL PODER
JUDICIAL.
Asignaciones presupuestales para cubrir el costo de las funciones y actividades
que se realizan en el cumplimiento de los programas institucionales del Poder
Judicial.
414 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS A ORGANOS AUTONOMOS.
Asignaciones presupuestarias destinadas a Órganos Autónomos, con el objeto
de financiar gastos inherentes a sus atribuciones.
41401 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE OPERACIÓN
ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
Asignaciones presupuestales para cubrir el costo de las funciones y actividades
que se realizan en el cumplimiento de los programas institucionales de los
Organismos Autónomos.
415 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A ENTIDADES
PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no implican las contraprestaciones de bienes o
servicios, destinadas a entidades paraestatales no empresariales y no
financieras, con el objeto de financiar gastos inherentes a sus funciones. Estas
entidades cuentan con personalidad jurídica propia y en general se les asignó la
responsabilidad de proveer bienes y servicios a la comunidad en su conjunto o a
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 218
los hogares individualmente en términos no de mercado; financian sus
actividades principalmente mediante impuestos y/o transferencias que reciben de
otros sectores gubernamentales; distribuyen sus productos gratuitamente o a
precios económicamente no significativos con relación a sus costos de
producción.
41501 TRANSFERENCIAS PARA CUBRIR EL DÉFICIT DE OPERACIÓN Y
LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN ASOCIADOS AL OTORGAMIENTO DE
SUBSIDIOS.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas al apoyo de las entidades para
cubrir el déficit de operación y los gastos de administración asociados al
otorgamiento de subsidios.
416 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A ENTIDADES
PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a entidades paraestatales empresariales y no financieras, con el objeto
de financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones. Estas entidades
producen bienes y servicios para el mercado a precios económicamente
significativos con relación a sus costos de producción.
41601 TRANSFERENCIAS A ENTIDADES EMPRESARIALES NO
FINANCIERAS DERIVADAS DE LA OBTENCIÓN DE DERECHOS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinadas a entidades paraestatales empresariales y no financieras, con el
objeto de financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones cuya fuente de
financiamiento es la obtención de Derechos previstos en las disposiciones
aplicables.
417 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A FIDEICOMISOS
PUBLICOS EMPRESARIALES Y NO FINANCIEROS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos públicos empresariales y no financieros, con el objeto
de financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones. Estos fideicomisos
producen bienes y servicios para el mercado a precios económicamente
significativos con relación a sus costos de producción.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 219
41701 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A FIDEICOMISOS
PÚBLICOS EMPRESARIALES Y NO FINANCIEROS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos públicos empresariales y no financieros, con el objeto
de financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones. Estos fideicomisos
producen bienes y servicios para el mercado a precios económicamente
significativos con relación a sus costos de producción.
418 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A INSTITUCIONES
PARAESTATALES PÚBLICAS FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a instituciones públicas financieras, para financiar parte de los gastos
inherentes a sus funciones. Estas entidades realizan labores de intermediación
financiera o actividades financieras auxiliares relacionadas con la misma.
Comprende las instituciones públicas monetarias y las instituciones financieras
no monetarias.
41801 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A INSTITUCIONES
PARAESTATALES PÚBLICAS FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a instituciones públicas financieras, para financiar parte de los gastos
inherentes a sus funciones. Estas entidades realizan labores de intermediación
financiera o actividades financieras auxiliares relacionadas con la misma.
Comprende las instituciones públicas monetarias y las instituciones financieras
no monetarias.
419 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A FIDEICOMISOS
PUBLICOS FINANCIEROS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos públicos financieros, con el objeto de financiar gastos
inherentes a sus funciones. Estos fideicomisos realizan labores de
intermediación financiera o actividades financieras auxiliares relacionadas con la
misma.
41901 TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A FIDEICOMISOS
PÚBLICOS FINANCIEROS.
Asignaciones internas, que no implican la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos públicos financieros, con el objeto de financiar gastos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 220
inherentes a sus funciones. Estos fideicomisos realizan labores de
intermediación financiera o actividades financieras auxiliares relacionadas con la
misma.
4200 TRANSFERENCIAS AL RESTO DEL SECTOR PÚBLICO.
Asignaciones destinadas, en su caso, a entes públicos, otorgados por otros, con
el objeto de sufragar gastos inherentes a sus atribuciones.
421 TRANSFERENCIAS OTORGADAS A ENTIDADES PARAESTATALES NO
EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones a entidades, que no presuponen la contraprestación de bienes o
servicios, destinada a entidades paraestatales no empresariales y no financieras
de control presupuestario indirecto, con el objeto de financiar gastos inherentes a
sus funciones. Estas entidades cuentan con personalidad jurídica propia y en
general se les asignó la responsabilidad de proveer bienes y servicios a la
comunidad en su conjunto o a los hogares individualmente en términos no de
mercado; financian sus actividades principalmente mediante impuestos y/o
transferencias que reciben de otros sectores gubernamentales; distribuyen sus
productos gratuitamente o a precios económicamente no significativos con
relación a sus costos de producción.
42101 TRANSFERENCIAS OTORGADAS A ENTIDADES PARAESTATALES
NO EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones a entidades, que no presuponen la contraprestación de bienes o
servicios, destinada a entidades paraestatales no empresariales y no financieras
de control presupuestario indirecto, con el objeto de financiar gastos inherentes a
sus funciones. Estas entidades cuentan con personalidad jurídica propia y en
general se les asignó la responsabilidad de proveer bienes y servicios a la
comunidad en su conjunto o a los hogares individualmente en términos no
demercado; financian sus actividades principalmente mediante impuestos y/o
transferencias que reciben de otros sectores gubernamentales; distribuyen sus
productos gratuitamente o a precios económicamente no significativos con
relación a sus costos de producción.
422 TRANSFERENCIAS OTORGADAS PARA ENTIDADES PARAESTATALES
EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a entidades paraestatales empresariales y no financieras de control
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 221
presupuestario indirecto, con el objeto de financiar parte de los gastos inherentes
a sus funciones. Estas entidades producen bienes y servicios para el mercado a
precios económicamente significativos con relación a sus costos de producción.
42201 TRANSFERENCIAS OTORGADAS PARA ENTIDADES
PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a entidades paraestatales empresariales y no financieras de control
presupuestario indirecto, con el objeto de financiar parte de los gastos inherentes
a sus funciones. Estas entidades producen bienes y servicios para el mercado a
precios económicamente significativos con relación a sus costos de producción.
423 TRANSFERENCIAS OTORGADAS PARA INSTITUCIONES
PARAESTATALES PÚBLICAS FINANCIERAS.
Asignaciones internas que no suponen la contraprestación de bienes o servicios
destinada a instituciones públicas financieras de control presupuestario indirecto,
para financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones. Estas entidades
realizan labores de intermediación financiera o actividades financieras auxiliares
relacionadas con la misma. Comprende las instituciones públicas monetarias y
las instituciones financieras no monetarias.
42301 TRANSFERENCIAS OTORGADAS PARA INSTITUCIONES
PARAESTATALES PÚBLICAS FINANCIERAS.
Asignaciones internas que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a instituciones públicas financieras de control presupuestario indirecto,
para financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones. Estas entidades
realizan labores de intermediación financiera o actividades financieras auxiliares
relacionadas con la misma. Comprende las instituciones públicas monetarias y
las instituciones financieras no monetarias.
424 TRANSFERENCIAS OTORGADAS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinados a favor de los estados, municipios, con la finalidad de apoyarlos en
sus funciones y que no corresponden a conceptos incluidos en el Capítulo 8000
Participaciones y Aportaciones.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 222
42401 TRANSFERENCIAS OTORGADAS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinados a favor de los estados, municipios, con la finalidad de apoyarlos en
sus funciones y que no corresponden a conceptos incluidos en el Capítulo 8000
Participaciones y Aportaciones.
425 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DE ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios, que se
otorgan a fideicomisos de entidades federativas y municipios para que ejecuten
acciones que se les han encomendado.
42501 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DE ENTIDADES FEDERATIVAS
Y MUNICIPIOS.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios, que se
otorgan a fideicomisos de entidades federativas y municipios para que ejecuten
acciones que se les han encomendado.
4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Asignaciones que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de
interés general a través de los entes públicos a los diferentes sectores de la
sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones; mantener los niveles en
los precios; apoyar el consumo, la distribución y comercialización de los bienes;
motivar la inversión; cubrir impactos financieros; promover la innovación
tecnológica; así como para el fomento de las actividades agropecuarias,
industriales o de servicios.
431 SUBSIDIOS A LA PRODUCCION.
Asignaciones destinadas a promover y fomentar la producción y transformación
de bienes y servicios.
43101 SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN.
Asignaciones destinadas a promover y fomentar la producción y transformación
de bienes, así como la prestación de servicios básicos estratégicos en los
sectores económicos, a fin de apoyar su generación, sin alterar el precio de
mercado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 223
432 SUBSIDIOS A LA DISTRIBUCION.
Asignaciones destinadas a las empresas para promover la comercialización y
distribución de los bienes y servicios básicos.
43201 SUBSIDIOS A LA DISTRIBUCIÓN.
Asignaciones destinadas al apoyo de la comercialización y distribución de los
bienes y servicios básicos que realizan los sectores económicos, buscando que
no impacten en el precio de los mismos.
433 SUBSIDIOS A LA INVERSION.
Asignaciones destinadas a las empresas para mantener y promover la inversión
de los sectores social y privado en actividades económicas estratégicas.
43301 SUBSIDIOS PARA INVERSIÓN.
Asignaciones destinadas a mantener y promover la inversión de los sectores
social y privado en actividades económicas estratégicas.
434 SUBSIDIOS A LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS.
Asignaciones destinadas a las empresas para promover la prestación de
servicios públicos.
43401 SUBSIDIOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas al otorgamiento de subsidios a favor de la población a
través de la prestación de servicios públicos en materia de salud, educación,
laboral, entre otros.
435 SUBSIDIOS PARA CUBRIR DIFERENCIALES DE TASAS DE INTERES.
Asignaciones destinadas a las instituciones financieras para cubrir los
diferenciales generados en las operaciones financieras realizadas para el
desarrollo y fomento de actividades prioritarias; mediante la aplicación de tasas
preferenciales en los créditos otorgados, cuando el fondeo se realiza a tasas de
mercado.
43501 SUBSIDIOS PARA CUBRIR DIFERENCIALES DE TASAS DE INTERÉS.
Asignaciones destinadas a cubrir los diferenciales generados en las operaciones
financieras realizadas para el desarrollo y fomento de actividades prioritarias,
mediante la aplicación de tasas fijas en los créditos otorgados, cuando el fondeo
se realiza a tasas de mercado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 224
436 SUBSIDIOS A LA VIVIENDA.
Asignaciones destinadas a otorgar subsidios a través de sociedades
hipotecarias, fondos y fideicomisos, para la construcción y adquisición de
vivienda, preferentemente a tasas de interés social.
43601 SUBSIDIOS PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA DE INTERÉS
SOCIAL.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a otorgar subsidios a través de
sociedades hipotecarias, fondos y fideicomisos para la construcción y adquisición
de vivienda, preferentemente de interés social.
437 SUBVENCIONES AL CONSUMO.
Asignaciones destinadas a las empresas para mantener un menor nivel en los
precios de bienes y servicios de consumo básico que distribuyen los sectores
económicos.
43701 SUBSIDIOS AL CONSUMO.
Asignaciones destinadas a mantener un menor nivel en los precios de bienes y
servicios de consumo básico que distribuyen los sectores económicos.
438 SUBSIDIOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS.
Asignaciones destinadas a favor de entidades federativas y municipios con la
finalidad de apoyarlos en su fortalecimiento financiero y, en caso de desastres
naturales o por contingencias económicas, así como para dar cumplimiento a los
convenios suscritos.
43816 Michoacán.
439 OTROS SUBSIDIOS.
Asignaciones otorgadas para el desarrollo de actividades prioritarias de interés
general a través de los Entes Públicos a los diferentes sectores de la sociedad,
cuyo objeto no haya sido considerado en las partidas anteriores de este
concepto.
43901 SUBSIDIOS PARA CAPACITACIÓN Y BECAS.
Asignaciones destinadas al sostenimiento o ayuda de estudiantes y personas
que realicen estudios e investigaciones en planteles e instituciones educativas y
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 225
de investigación del país o del extranjero, así como programas de capacitación
para el empleo.
43902 SUBSIDIOS A FIDEICOMISOS PRIVADOS Y ESTATALES.
Asignaciones previstas en el presupuesto de las dependencias y entidades
destinadas a apoyar fideicomisos que constituyan las entidades federativas o las
personas privadas.
4400 AYUDAS SOCIALES.
Asignaciones que los entes públicos otorgan a personas, instituciones y diversos
sectores de la población para propósitos sociales.
441 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS.
Asignaciones destinadas al auxilio o ayudas especiales que no revisten carácter
permanente, que las dependencias de la Administración Pública otorgan a
personas u hogares para propósitos sociales.
44101 GASTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES CULTURALES,
DEPORTIVAS Y DE AYUDA EXTRAORDINARIA.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de ayuda extraordinaria que realizan
las dependencias y entidades para casos de viudez, orfandad, enfermedad,
maternidad, matrimonio; para reos y sus familiares, así como para casos
extraordinarios de personas que por su condición de necesidad y mérito en la
sociedad se justifique reciban ayuda social, distintas de las prestaciones
laborales de los servidores públicos y de los subsidios para la población; así
como la celebración de eventos culturales y deportivos, tales como: conciertos,
exposiciones, festivales escolares, torneos, eventos para pensionados, entre
otros. Esta partida únicamente será aplicable cuando no sea posible desagregar
los gastos por partida que identifique los bienes y servicios en forma específica
conforme a las demás partidas de este Clasificador.
44102 GASTOS POR SERVICIOS DE TRASLADO DE PERSONAS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de traslado de enfermos, extranjeros,
reos, heridos y cadáveres, así como gastos de repatriación de mexicanos
radicados en el extranjero. Incluye los pasajes de alumnos de escuelas federales
en prácticas, exploraciones y excursiones con fines de estudio o de carácter
científico, así como los diversos gastos, tales como: traslado, hospedaje,
alimentación y otros gastos para apoyar a los becarios, investigadores o
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 226
expositores que participen en ponencias, seminarios, congresos o cursos de
capacitación. Excluye el pago de honorarios previstos en la partida 33401
Servicios para capacitación a servidores públicos, y los gastos de traslado de los
servidores públicos de las dependencias y entidades, previsto en el
concepto 3800 Servicios oficiales.
44103 PREMIOS, RECOMPENSAS, PENSIONES DE GRACIA Y PENSIÓN
RECREATIVA ESTUDIANTIL.
Asignaciones destinadas al otorgamiento de premios y recompensas civiles por
certámenes que organicen o patrocinen las dependencias y entidades, los
premios y recompensas establecidos en los sistemas nacional de investigadores,
de creadores y de otras disciplinas, así como las pensiones civiles o de gracia
que se otorgan a personas por sus méritos o aportaciones en beneficio del país.
44104 PREMIOS, ESTÍMULOS, RECOMPENSAS, BECAS Y SEGUROS A
DEPORTISTAS.
Asignaciones destinadas al otorgamiento de estímulos, premios, recompensas,
becas y seguros que se otorgan a deportistas y entrenadores por sus méritos o
aportaciones. Incluye los apoyos relacionados con alimentación, hospedaje,
transportación e inscripciones a eventos deportivos, premio nacional del deporte
y campeonatos mundiales, entre otros.
44105 APOYO A VOLUNTARIOS QUE PARTICIPAN EN DIVERSOS
PROGRAMAS ESTATALES.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que por concepto de apoyos se
otorgan a personas físicas que, en su carácter de voluntarios, sin ser servidores
públicos, ni estar sujetas a una relación laboral subordinada, coadyuvan de
manera temporal y con actividades específicas determinadas en programas tales
como: evaluaciones, encuestas, sondeos, entre otros. Quedan excluidos:
honorarios, asesorías, consultorías y demás erogaciones por servicios
profesionales, prestaciones laborales de servidores públicos o del otorgamiento
de subsidios.
44106 COMPENSACIONES POR SERVICIOS DE CARÁCTER SOCIAL.
Asignaciones destinadas al pago de compensaciones a estudiantes de diversas
profesiones y especialidades técnicas que presten su servicio social en las
dependencias y entidades.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 227
44107 APOYO A REPRESENTANTES DEL PODER LEGISLATIVO Y
PARTIDOS POLÍTICOS ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL IFE.
Asignaciones destinadas a otorgar apoyos a los representantes del Poder
Legislativo y los partidos políticos ante el Consejo General del Instituto Federal
Electoral.
44108 DIETAS A CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES Y DISTRITALES
EN EL AÑO ELECTORAL FEDERAL.
Asignaciones destinadas a otorgar dietas a los Consejeros Electorales locales y
distritales en año electoral federal.
44109 APOYOS PARA ALIMENTOS A FUNCIONARIOS DE CASILLA EL DÍA
DE LA JORNADA ELECTORAL FEDERAL.
Asignaciones destinadas a otorgar alimento a los funcionarios de casilla el día de
la jornada electoral federal.
44110 APOYO FINANCIERO A CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES Y
DISTRITALES EN AÑO ELECTORAL FEDERAL
Asignaciones destinadas a otorgar apoyo financiero a los Consejeros Electorales
locales y distritales en año electoral federal.
44111 APOYO PARA VIVIENDA.
Asignaciones destinadas a otorgar apoyo para la vivienda.
442 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE CAPACITACION.
Asignaciones destinadas a becas y otras ayudas para programas de formación o
capacitación acordadas con personas.
44201 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE
CAPACITACIÓN.
Asignaciones destinadas al sostenimiento o ayuda a personas dedicadas a
determinados estudios, en planteles educativos del país o del extranjero, ya sea
en forma directa, o a través de fideicomisos.
443 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA.
Asignaciones destinadas para la atención de gastos corrientes de
establecimientos de enseñanza.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 228
44301 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA.
Asignaciones destinadas para la atención de gastos corrientes de
establecimientos de enseñanza.
444 AYUDAS SOCIALES A ACTIVIDADES CIENTIFICAS O ACADEMICAS.
Asignaciones destinadas al desarrollo de actividades científicas o académicas.
Incluye las erogaciones corrientes de los investigadores.
44401 APOYOS A LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA DE
INSTITUCIONES ACADÉMICAS Y SECTOR PÚBLICO.
Asignaciones destinadas a apoyar la capacidad científica y tecnológica en todas
las áreas del conocimiento en universidades e instituciones de educación
superior, centros públicos de investigación y en general en instituciones del
sector público estatal, así mismo, para apoyar las acciones relacionadas con la
generación, difusión y aplicación del conocimiento científico y tecnológico; y el
fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, en términos de la Ley
de Ciencia y Tecnología.
44402 APOYOS A LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA EN
INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.
Asignaciones destinadas a apoyar la capacidad científica y tecnológica en todas
las áreas del conocimiento en instituciones del sector social y privado, personas
físicas y morales, así mismo, para apoyar las acciones relacionadas con la
generación, difusión y aplicación del conocimiento científico y tecnológico; y el
fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, en términos de la Ley
de Ciencia y Tecnología.
445 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.
Asignaciones destinadas al auxilio y estímulo de acciones realizadas por
instituciones sin fines de lucro que contribuyan a la consecución de los objetivos
del ente público otorgante.
44501 APOYO FINANCIERO AL COMITÉ NACIONAL DE SUPERVISIÓN Y
EVALUACIÓN Y A LA COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA LOCALES Y
DISTRITALES DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES.
Asignaciones destinadas a otorgar apoyo financiero al Comité Nacional de
Supervisión y Evaluación y a la Comisión Nacional de Vigilancia locales y
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 229
distritales del Registro Federal de Electores, conforme al Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
44502 FINANCIAMIENTO PÚBLICO A PARTIDOS POLÍTICOS Y
AGRUPACIONES POLÍTICAS CON REGISTRO AUTORIZADO.
Asignaciones destinadas a otorgar financiamiento público a partidos políticos y
agrupaciones políticas con registro autorizado, conforme al Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
446 AYUDAS SOCIALES A COOPERATIVAS.
Asignaciones destinadas a promover el cooperativismo.
44601 AYUDAS SOCIALES A COOPERATIVAS.
Asignaciones destinadas a promover el cooperativismo.
447 AYUDAS SOCIALES A ENTIDADES DE INTERES PÚBLICO.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones que realizan los institutos
electorales a los partidos políticos.
44701 AYUDAS SOCIALES A ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones que realizan los institutos
electorales a los partidos políticos.
448 AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y OTROS SINIESTROS.
Asignaciones destinadas a atender a la población por contingencias y desastres
naturales, así como las actividades relacionadas con su prevención, operación y
supervisión.
44801 MERCANCÍAS PARA SU DISTRIBUCIÓN A LA POBLACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de adquisición de los materiales,
suministros y mercancías diversas que las dependencias y entidades requieran
para su distribución a la población en casos de desastres naturales o apoyos
temporales por emergencias, entre otros, derivado del cumplimiento de su
función pública.
4500 PENSIONES Y JUBILACIONES.
Asignaciones para el pago a pensionistas y jubilados o a sus familiares, que cubre
el Gobierno Federal, Estatal y Municipal, o bien el Instituto de Seguridad Social
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 230
correspondiente, conforme al régimen legal establecido, así como los pagos
adicionales derivados de compromisos contractuales a personal retirado.
451 PENSIONES.
Asignaciones para el pago a pensionistas o a sus familiares, que cubre el
Gobierno Estatal o bien el Instituto de Seguridad Social correspondiente,
conforme al régimen legal establecido, así como los pagos adicionales derivados
de compromisos contractuales a personal retirado.
45101 PENSIONES.
Asignaciones para el pago a pensionistas o a sus familiares, que cubre el
Gobierno Estatal o bien el Instituto de Seguridad Social correspondiente,
conforme al régimen legal establecido, así como los pagos adicionales derivados
de compromisos contractuales a personal retirado.
452 JUBILACIONES.
Asignaciones para el pago a jubilados, que cubre el Gobierno Estatal, o bien el
Instituto de Seguridad Social correspondiente, conforme al régimen legal
establecido, así como los pagos adicionales derivados de compromisos
contractuales a personal retirado.
45201 PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir los pagos a pensionistas y jubilados, de las
dependencias y entidades, que cubren los Institutos de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado, entre otros, conforme al régimen de
seguridad social establecido por disposición legal.
45202 PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES CONTRACTUALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los pagos a pensionistas y jubilados de las
entidades, conforme a las condiciones generales de trabajo previstas en los
contratos colectivos, distintos a los previstos en régimen de ley.
45203 TRANSFERENCIAS PARA EL PAGO DE PENSIONES Y
JUBILACIONES.
Asignaciones destinadas al pago de pensiones y jubilaciones que cubren los
Institutos de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado,
Mexicano del Seguro Social.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 231
459 OTRAS PENSIONES Y JUBILACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones que no estén consideradas en las
partidas anteriores de este concepto como son: el pago de sumas aseguradas y
prestaciones económicas no consideradas en los conceptos anteriores.
45901 PAGO DE SUMAS ASEGURADAS.
Asignaciones destinadas a complementar la integración del monto constitutivo
para la adquisición de las rentas vitalicias y de los seguros de sobrevivencia que
establecen las disposiciones generales en materia de seguridad social.
45902 PRESTACIONES ECONÓMICAS DISTINTAS DE PENSIONES Y
JUBILACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir a la población derechohabiente de los institutos
de seguridad social las prestaciones que establecen sus propias Leyes, tales
como: pago de incapacidades por enfermedad general, por maternidad y por
riesgos de trabajo; ayudas de matrimonio y de funeral, así como pago de
indemnizaciones.
4600 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS
ANALOGOS.
Asignaciones destinadas para que se otorguen a fideicomisos, mandatos y otros
análogos para que por cuenta de los entes públicos ejecuten acciones que éstos
les han encomendado.
461 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DEL PODER EJECUTIVO.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios que se
otorgan a fideicomisos del Poder Ejecutivo no incluidos en el Presupuesto de
Egresos para que por cuenta de las dependencias de la Administración Pública
Estatal ejecuten acciones que éstos les han encomendado.
46101 APORTACIONES A FIDEICOMISOS PÚBLICOS.
Asignaciones que las dependencias con cargo a su presupuesto o las entidades
afectan al patrimonio de un fideicomiso público o acto jurídico análogo.
46102 APORTACIONES A MANDATOS PÚBLICOS.
Asignaciones que las dependencias y entidades otorgan a los mandatarios, para
que por cuenta de aquéllas ejecuten las acciones que les encomienden o acto
jurídico análogo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 232
462 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DEL PODER LEGISLATIVO.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios que se
otorgan a fideicomisos del Poder Legislativo no incluidos en el Presupuesto de
Egresos.
46201 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DEL PODER LEGISLATIVO.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios que se
otorgan a fideicomisos del Poder Legislativo no incluidos en el Presupuesto de
Egresos.
463 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DEL PODER JUDICIAL.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicios que se
otorgan a Fideicomisos del Poder Judicial no incluidos en el Presupuesto de
Egresos.
46301 APORTACIONES A FIDEICOMISOS PÚBLICOS DEL PODER
JUDICIAL.
Asignaciones de las instancias del Poder Judicial que, con cargo a su
presupuesto, afectan al patrimonio de un fideicomiso público o acto jurídico
análogo.
464 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS PUBLICOS DE ENTIDADES
PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos no empresariales y no financieros, con el objeto de
financiar gastos inherentes a sus funciones. Estas entidades cuentan con
personalidad jurídica propia y en general se les asignó la responsabilidad de
proveer bienes y servicios a la comunidad en su conjunto o a los hogares
individualmente en términos no de mercado.
46401 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS PÚBLICOS DE ENTIDADES
PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos no empresariales y no financieros, con el objeto de
financiar gastos inherentes a sus funciones. Estas entidades cuentan con
personalidad jurídica propia y en general se les asignó la responsabilidad de
proveer bienes y servicios a la comunidad en su conjunto o a los hogares
individualmente en términos no de mercado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 233
465 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS PUBLICOS DE ENTIDADES
PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos empresariales y no financieros, con el objeto de
financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones.
46501 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS PÚBLICOS DE ENTIDADES
PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos empresariales y no financieros, con el objeto de
financiar parte de los gastos inherentes a sus funciones.
466 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DE INSTITUCIONES PÚBLICAS
FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos públicos financieros, para financiar parte de los gastos
inherentes a sus funciones. Estas entidades realizan labores de intermediación
financiera o actividades financieras auxiliares relacionadas con la misma.
46601 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS DE INSTITUCIONES PÚBLICAS
FINANCIERAS.
Asignaciones internas, que no suponen la contraprestación de bienes o servicios,
destinada a fideicomisos públicos financieros, para financiar parte de los gastos
inherentes a sus funciones. Estas entidades realizan labores de intermediación
financiera o actividades financieras auxiliares relacionadas con la misma.
4700 TRANSFERENCIAS A LA SEGURIDAD SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones de seguridad social que por
obligación de ley los Entes Públicos deben transferir a los organismos de
seguridad social en su carácter de responsable solidario, distintas a las
consideradas en el capítulo 1000 “Servicios Profesionales” o en el concepto 4500
“Pensiones y Jubilaciones”.
471 TRANSFERENCIAS POR OBLIGACION DE LEY.
Asignaciones destinadas a cuotas y aportaciones de seguridad social que aporta
el Estado de carácter estatutario y para seguros de retiro, cesantía en edad
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 234
avanzada y vejez distintas a las consideradas en el capítulo 1000 “Servicios
Personales”.
47101 TRASFERENCIAS PARA CUOTAS Y APORTACIONES DE
SEGURIDAD SOCIAL PARA EL IMSS, ISSSTE E ISSFAM POR
OBLIGACIÓN DEL ESTADO.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a cubrir las aportaciones de
seguridad social de carácter estatutario a favor del Instituto Mexicano del Seguro
Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado, según corresponda.
47102 TRANSFERENCIAS PARA CUOTAS Y APORTACIONES A LOS
SEGUROS DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a cubrir las y aportaciones a los
seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
4800 DONATIVOS.
Asignaciones que los Entes Públicos destinan por causa de utilidad social para
otorgar donativos a instituciones no lucrativas destinadas a actividades
educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de
nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones
aplicables.
481 DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.
Asignaciones destinadas a instituciones privadas que desarrollen actividades
sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias sin fines de lucro, para la
continuación de su labor social. Incluye las asignaciones en dinero o en especie
destinadas a instituciones tales como: escuelas, institutos, universidades, centros
de investigación, hospitales, museos, fundaciones, entre otros.
48101 DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.
Asignaciones destinadas a instituciones privadas que desarrollen actividades
sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias sin fines de lucro, para la
continuación de su labor social. Incluye las asignaciones en dinero o en especie
destinadas a instituciones, tales como: escuelas, institutos, universidades,
centros de investigación, hospitales, museos, fundaciones, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 235
482 DONATIVOS A ENTIDADES FEDERATIVAS.
Asignaciones que los Entes Públicos otorgan, en términos del Presupuesto de
Egresos y a las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en
dinero y donaciones en especie a favor de las entidades federativas o sus
municipios para contribuir a la consecución de objetivos de beneficio social y
cultural.
48201 DONATIVOS A ENTIDADES FEDERATIVAS O MUNICIPIOS.
Asignaciones que las dependencias y entidades otorgan como donativos o
donaciones de la Federación, en los términos del Presupuesto de Egresos y las
demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y
donaciones en especie a favor de las entidades federativas o municipios para
contribuir a la consecución de objetivos de beneficio social y cultural.
483 DONATIVOS A FIDEICOMISOS PRIVADOS.
Asignaciones que los Entes Públicos otorgan, en los términos del Presupuesto
de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en
dinero y donaciones en especie a favor de fideicomisos privados, que desarrollen
actividades administrativas, sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias,
para la continuación de su labor social.
48301 DONATIVOS A FIDEICOMISOS PRIVADOS.
Asignaciones que las dependencias y entidades otorgan como donativos o
donaciones de la Federación, en los términos del Presupuesto de Egresos y las
demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y
donaciones en especie a favor de fideicomisos privados que desarrollen
actividades administrativas, sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias,
para la continuación de su labor social.
484 DONATIVOS A FIDEICOMISOS ESTATALES.
Asignaciones que los Entes Públicos, otorgan en los términos del Presupuesto
de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en
dinero y donaciones en especie a favor de fideicomisos constituidos por las
entidades federativas, que desarrollen actividades administrativas, sociales,
culturales, de beneficencia o sanitarias, para la continuación de su labor social.
48401 DONATIVOS A FIDEICOMISOS ESTATALES.
Asignaciones que las dependencias y entidades otorgan como donativos o
donaciones de la Federación, en los términos del Presupuesto de Egresos y las
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 236
demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y
donaciones en especie a favor de fideicomisos constituidos por las entidades
federativas, que desarrollen actividades administrativas, sociales, culturales, de
beneficencia o sanitarias, para la continuación de su labor social.
485 DONATIVOS INTERNACIONALES.
Asignaciones que los Entes Públicos otorgan, en los términos del Presupuesto
de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en
dinero y donaciones en especie a favor de instituciones internacionales
gubernamentales o privadas sin fin de lucro que contribuyan a la consecución de
objetivos de beneficio social y cultural.
48501 DONATIVOS INTERNACIONALES.
Asignaciones que los Entes Públicos otorgan, en los términos del Presupuesto
de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en
dinero y donaciones en especie a favor de instituciones internacionales
gubernamentales o privadas sin fin de lucro que contribuyan a la consecución de
objetivos de beneficio social y cultural.
4900 TRANSFERENCIAS AL EXTERIOR.
Asignaciones que se otorgan para cubrir cuotas y aportaciones a instituciones y
órganos internacionales. Derivadas de acuerdos, convenios o tratados
celebrados por los entes públicos.
491 TRANSFERENCIAS PARA GOBIERNOS EXTRANJEROS.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicio, se
otorgan para cubrir cuotas y aportaciones a gobiernos extranjeros, derivadas de
acuerdos, convenios o tratados celebrados por los entes públicos.
49101 TRANSFERENCIAS PARA GOBIERNOS EXTRANJEROS.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicio, se
otorgan para cubrir cuotas y aportaciones a gobiernos extranjeros, derivadas de
acuerdos, convenios o tratados celebrados por los entes públicos.
492 TRANSFERENCIAS PARA ORGANISMOS INTERNACIONALES.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicio, se
otorgan para cubrir cuotas y aportaciones a organismos internacionales,
derivadas de acuerdos, convenios o tratados celebrados por los entes públicos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 237
49201 TRANSFERENCIAS PARA ORGANISMOS INTERNACIONALES.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicio, se
otorgan para cubrir cuotas y aportaciones a organismos internacionales,
derivadas de acuerdos, convenios o tratados celebrados por los entes públicos.
493 TRANSFERENCIAS PARA EL SECTOR PRIVADO EXTERNO.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicio, se
otorgan para cubrir cuotas y aportaciones al sector privado externo, derivadas de
acuerdos, convenios o tratados celebrados por los entes públicos.
49301 TRANSFERENCIAS PARA EL SECTOR PRIVADO EXTERNO.
Asignaciones que no suponen la contraprestación de bienes o servicio, se
otorgan para cubrir cuotas y aportaciones al sector privado externo, derivadas de
acuerdos, convenios o tratados celebrados por los entes públicos.
5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
Agrupa las asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de bienes
muebles e inmuebles requeridos en el desempeño de las actividades de los
entes públicos. Incluye los pagos por adjudicación, expropiación e indemnización
de bienes muebles e inmuebles a favor del Gobierno.
5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de mobiliario y equipo de
administración; bienes informáticos y equipo de cómputo; a bienes artísticos,
obras de arte, objetos valiosos y otros elementos coleccionables. Así como
también las refacciones y accesorios mayores correspondientes a este concepto.
Incluye los pagos por adjudicación, expropiación e indemnización de bienes
muebles a favor del Gobierno.
511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de bienes muebles y sistemas
modulares que requieran las dependencias de la Administración Pública Estatal
para el desempeño de sus funciones, tales como: estantes, ficheros, percheros,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 238
escritorios, sillas, sillones, anaqueles, archiveros, libreros, mesas, pupitres,
caballetes, restiradores, entre otros.
51101 MOBILIARIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de bienes muebles que
requieran las dependencias y entidades para el desempeño de sus funciones,
comprende bienes tales como: escritorios, sillas, sillones, anaqueles, archiveros,
libreros, mesas, pupitres, caballetes, restiradores, entre otros.
512 MUEBLES, EXCEPTO DE OFICINA Y ESTANTERIA.
Asignaciones destinadas a todo tipo de muebles ensamblados, tapizados, sofás-
cama, sillones reclinables, muebles de mimbre, ratán y bejuco y materiales
similares, cocinas y sus partes. Excepto muebles de oficina y estantería.
51201 MUEBLES, EXCEPTO DE OFICINA Y ESTANTERÍA.
Asignaciones destinadas a todo tipo de muebles ensamblados, tapizados, sofás-
cama, sillones reclinables, muebles de mimbre, ratán y bejuco y materiales
similares, cocinas y sus partes. Excepto muebles de oficina y estantería.
513 BIENES ARTISTICOS, CULTURALES Y CIENTIFICOS.
Asignaciones destinadas a cubrir adquisición de obras y colecciones de carácter
histórico y cultural de manera permanente de bienes artísticos y culturales como
colecciones de pinturas, esculturas, cuadros, etc.
51301 BIENES ARTÍSTICOS Y CULTURALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de objetos artísticos y culturales, tales
como: pinturas, esculturas, cuadros, colecciones diversas, ediciones históricas,
equipos musicales para bandas y orquestas, y en general, todos los bienes que
constituyan acervo patrimonial artístico y cultural.
514 OBJETOS DE VALOR.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de bienes producidos de
considerable valor que se adquieren y se mantienen como depósitos de valor y
no se usan primordialmente para fines de producción o consumo, comprenden:
piedras y metales preciosos como diamantes, el oro no monetario, el platino y la
plata, que no se pretende utilizar como insumos intermedios en procesos de
producción.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 239
51401 OBJETOS DE VALOR.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de bienes producidos de
considerable valor que se adquieren y se mantienen como depósitos de valor y
no se usan primordialmente para fines de producción o consumo, comprenden:
piedras y metales preciosos como diamantes, el oro no monetario, el platino y la
plata, que no se pretende utilizar como insumos intermedios en procesos de
producción.
515 EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de uso
informático, para el procesamiento electrónico de datos y para el uso de redes,
así como sus refacciones y accesorios mayores, tales como: servidores,
computadoras, lectoras, terminales, monitores, procesadores, tableros de control,
equipos de conectividad, unidades de almacenamiento, impresoras, lectores
ópticos y magnéticos, monitores y componentes electrónicos como tarjetas
simples o cargadas; circuitos, modem para computadora, fax y teléfono y
arneses, entre otras.
51501 BIENES INFORMÁTICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de uso
informático, para el procesamiento electrónico de datos y para el uso de redes,
tales como: servidores, computadoras, lectoras, terminales, monitores,
procesadores, tableros de control, equipos de conectividad, entre otros.
519 OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE ADMINISTRACIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos propios para el desarrollo
de las actividades administrativas, productivas y demás instalaciones de las
dependencias de la Administración Pública Estatal, tales como: máquinas de
escribir, sumar, calcular y registrar; equipo de fotocopiadoras, aspiradoras,
enceradoras, grabadoras, radios, televisores, microfilmadoras, circuito cerrado de
T.V., equipos de detección de fuego, alarma y voceo, lavadoras, hornos de
microondas y demás bienes considerados en los activos fijos de las
dependencias de la Administración Pública Estatal. Incluye los utensilios para el
servicio de alimentación, cuya adquisición incremente los activos fijos de las
mismas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 240
51901 EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos propios para el desarrollo
de las actividades administrativas, productivas y demás instalaciones de las
dependencias y entidades, tales como: máquinas de escribir, sumar, calcular y
registrar; equipo de aire acondicionado, calentadores, fotocopiadoras,
aspiradoras, enceradoras, grabadoras, radios, televisores, microfilmadoras,
circuito cerrado de T.V., equipos de detección de fuego, alarma y voceo, estufas,
refrigeradores, lavadoras, hornos de microondas y demás bienes considerados
en los activos fijos de las dependencias y entidades. Incluye los utensilios para el
servicio de alimentación destinados al equipamiento de unidades administrativas
de las dependencias y entidades especializadas en el servicio de alimentación,
cuya adquisición incremente los activos fijos de las mismas.
51902 ADJUDICACIONES, EXPROPIACIONES E INDEMNIZACIONES DE
BIENES MUEBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos originados por la adjudicación,
expropiación e indemnización de este tipo de bienes, cuando las necesidades
propias de las dependencias y entidades, o del país lo ameriten, en los términos
de las disposiciones generales aplicables.
5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos educacionales y
recreativos, tales como: equipos y aparatos audiovisuales, aparatos de gimnasia,
proyectores, cámaras fotográficas, entre otros. Incluye refacciones y accesorios
mayores correspondientes a este concepto.
521 EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos, tales como: proyectores,
micrófonos, grabadores, televisores, entre otros.
52101 EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos, tales como: proyectores,
micrófonos, grabadores, televisores, entre otros.
522 APARATOS DEPORTIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de aparatos, tales como: aparatos y
equipos de gimnasia y prácticas deportivas, entro otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 241
52201 APARATOS DEPORTIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de aparatos, tales como: aparatos y
equipos de gimnasia y prácticas deportivas, entro otros.
523 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cámaras fotográficas, equipos y
accesorios fotográficos y aparatos de proyección y de video, entre otros.
52301 CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cámaras fotográficas, equipos y
accesorios fotográficos y aparatos de proyección y de video, entre otros.
529 OTRO MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de mobiliario y equipo educacional y
recreativo, tales como: muebles especializados para uso escolar, aparatos para
parques infantiles, mesas especiales de juegos, instrumentos musicales y otros
equipos destinados a la educación y recreación.
52901 EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de mobiliario y equipo educacional y
recreativo, tales como: muebles especializados para uso escolar, aparatos para
parques infantiles, mesas especiales de juegos, instrumentos musicales y otros
equipos destinados a la educación y recreación.
52902 MOBILIARIO ESCOLAR.
Asignaciones destinadas a la adquisición de Mobiliario Escolar como son:
Pizarrones, Mesa bancos, Butacas, Mesas, Escritorios, Sillas, Archiveros,
Sillones (para uso exclusivo del sector educativo)
5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo e instrumental médico y de
laboratorio requerido para proporcionar los servicios médicos, hospitalarios y
demás actividades de salud e investigación científica y técnica. Incluye
refacciones y accesorios mayores correspondientes a esta partida.
531 EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos, refacciones y accesorios
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 242
mayores, utilizados en hospitales, unidades sanitarias, consultorios, servicios
veterinarios y en los laboratorios auxiliares de las ciencias médicas y de
investigación científica, tales como: rayos X, ultrasonido, equipos de diálisis e
inhalo-terapia, máquinas esterilizadoras, sillas dentales, mesas operatorias,
incubadoras, microscopios y toda clase de aparatos necesarios para equipar
salas de rehabilitación, de emergencia, de hospitalización y de operación médica
y equipo de rescate y salvamento.
53101 EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos utilizados en hospitales,
unidades sanitarias, consultorios, servicios veterinarios y en los laboratorios
auxiliares de las ciencias médicas y de investigación científica, tales como: rayos
X, ultrasonido, equipos de diálisis e inhalo-terapia, máquinas esterilizadoras,
sillas dentales, equipos de rescate y salvamento, mesas operatorias,
incubadoras, microscopios y toda clase de aparatos necesarios para equipar
salas de rehabilitación, de emergencia, de hospitalización y de operación médica.
532 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumentos, refacciones y
accesorios mayores utilizados en la ciencia médica, en general todo tipo de
instrumentos médicos necesarios para operaciones quirúrgicas, dentales y
oftalmológicas, entre otros. Incluye el instrumental utilizado en los laboratorios de
investigación científica e instrumental de medición.
53201 INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumentos utilizados en la ciencia
médica, tales como: estetoscopios, máscaras para oxígeno, bisturís, tijeras,
pinzas, separadores, y en general todo tipo de instrumentos médicos necesarios
para operaciones quirúrgicas, dentales, y oftalmológicas, entre otros. Incluye el
instrumental utilizado en los laboratorios de investigación científica e instrumental
de medición. (El Municipio de Morelia ya no lo considera inventariable por ser
desechable la mayoría)
5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de equipo de transporte
terrestre, ferroviario, aéreo, aeroespacial, marítimo, lacustre, fluvial y auxiliar de
transporte. Incluye refacciones y accesorios mayores correspondientes a este
concepto.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 243
541 AUTOMOVILES Y CAMIONES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de automóviles, camionetas de carga
ligera, furgonetas, minivans, autobuses y microbuses de pasajeros, camiones de
carga, de volteo , revolvedores y tracto-camiones, entre otros.
54101 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRES PARA LA EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, motorizados y no motorizados, para el transporte de personas y carga,
tales como: automóviles, autobuses, camiones, camionetas, tractocamiones,
motocicletas, bicicletas, entre otros, Incluye la adquisición de vehículos y equipo
de transporte utilizados por las dependencias en la ejecución de programas de
seguridad pública.
54102 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRES DESTINADOS
EXCLUSIVAMENTE PARA DESASTRES NATURALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, motorizados y no motorizados, para el transporte de personas y carga,
tales como: automóviles, autobuses, camiones, camionetas, tractocamiones,
motocicletas, bicicletas, entre otros, requeridos en el apoyo a la población, en
caso de desastres naturales.
54103 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRES DESTINADOS A SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, motorizados y no motorizados, para el transporte de personas y carga,
tales como: automóviles, autobuses, camiones, camionetas, tractocamiones,
trolebuses, ambulancias, carros para bomberos, motocicletas, bicicletas, entre
otros, destinados a la prestación de servicios públicos y la operación de
programas públicos, incluidas las labores en campo y de supervisión.
54104 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRES DESTINADOS A SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, motorizados y no motorizados, para el transporte de personas y carga,
que se requieran para el desempeño de funciones administrativas, tales como:
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 244
automóviles, autobuses, camiones, camionetas, tractocamiones, trolebuses,
ambulancias, carros para bomberos, motocicletas, bicicletas, entre otros.
54105 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRES DESTINADOS A SERVIDORES
PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos terrestres, que se otorgan
a los servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, por
requerimientos de su cargo, para el desempeño de las funciones oficiales.
542 CARROCERIAS Y REMOLQUES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de carrocerías ensambladas sobre
chasises producidos en otro establecimiento, remolques y semi-remolques para
usos diversos, campers, casetas y toldos para camionetas, carros dormitorios,
remolques para automóviles y camionetas; adaptación de vehículos para usos
especiales, mecanismos de levantamiento de camiones de volteo, compuertas
de camiones de carga y la quinta rueda.
54201 CARROCERÍAS Y REMOLQUES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de carrocerías ensambladas sobre
chasises producidos en otro establecimiento, remolques y semi-remolques para
usos diversos, campers, casetas y toldos para camionetas, carros dormitorios,
remolques para automóviles y camionetas; adaptación de vehículos para usos
especiales, mecanismos de levantamiento de camiones de volteo, compuertas
de camiones de carga y la quinta rueda.
543 EQUIPO AEROESPACIAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de aviones y demás objetos que
vuelan, incluso motores, excluye navegación y medición.
54301 VEHÍCULOS Y EQUIPO AÉREOS PARA LA EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo aéreo, para el
transporte de personas y carga. Incluye la adquisición de vehículos y equipo de
transporte utilizados por las dependencias en la ejecución de programas de
seguridad pública.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 245
54302 VEHÍCULOS Y EQUIPO AÉREOS DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE
PARA DESASTRES NATURALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo aéreo, para el
transporte de personas y carga, requeridos en el apoyo a la población, en caso
de desastres naturales.
54303 VEHÍCULOS Y EQUIPO AÉREOS DESTINADOS A SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo aéreo para el
transporte de personas y carga, destinados a la prestación de servicios públicos
y la operación de programas públicos, incluidas las labores en campo y de
supervisión.
544 EQUIPO FERROVIARIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo para el transporte ferroviario,
tales como: locomotoras, vagones de pasajeros y de carga, transporte urbano en
vías (metro y tren ligero), vehículos ferroviarios para mantenimiento. Excluye
equipo de señalización férrea.
54401 EQUIPO FERROVIARIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo para el transporte ferroviario,
tales como: locomotoras, vagones de pasajeros y de carga, transporte urbano en
vías (metro y tren ligero), vehículos ferroviarios para mantenimiento. Excluye
equipo de señalización férrea.
545 EMBARCACIONES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de buques, yates, submarinos,
embarcaciones de recreo y deportes, canoas y en general, embarcaciones, con o
sin motor, diseñadas para la navegación marítima, costera, fluvial y lacustre,
plataformas no diseñadas para la navegación pero que son de uso marítimo,
tales como: dragas, buques faro, plataformas flotantes para la perforación de
pozos petroleros. Incluye material para construcción de embarcaciones. Excluye
motores fuera de borda, de sistema eléctrico y electrónico, de balsas de hule, de
plástico no rígido.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 246
54501 VEHÍCULOS Y EQUIPO MARÍTIMO PARA LA EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo marítimo, para el
transporte de personas y carga, para el desempeño de las funciones seguridad
pública.
54502 VEHÍCULOS Y EQUIPO MARÍTIMO DESTINADOS A SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo marítimo, para el
transporte de personas y carga, destinados a la prestación de servicios públicos
y la operación de programas públicos, incluidas las labores en campo y de
supervisión.
54503 CONSTRUCCIÓN DE EMBARCACIONES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de bienes requeridos para
la construcción de embarcaciones.
549 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a la adquisición de otros equipos de transporte no
clasificados en las partidas anteriores, tales como: bicicletas, motocicletas, entre
otros.
54901 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE.
Asignaciones destinadas a la adquisición de otros equipos de transporte no
clasificados en las partidas anteriores.
5500 EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo necesario para
el desarrollo de las funciones de seguridad pública. Incluye refacciones y
accesorios mayores correspondientes a este concepto.
551 EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo y maquinaria para las
funciones de defensa y seguridad pública y demás bienes muebles
instrumentales de inversión, requeridos durante la ejecución de programas,
investigaciones, acciones y actividades en materia de seguridad pública, cuya
realización implique riesgo, urgencia y confidencialidad extrema, en cumplimiento
de funciones y actividades oficiales, tales como: tanques, lanzacohetes,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 247
cañones, fusiles, pistolas, metralletas, morteros, lanza llamas, espadas,
bayonetas, cargadores, cureñas, entre otros.
55101 MAQUINARIA Y EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de maquinaria y equipo
propios para las funciones de defensa y seguridad pública. Comprende bienes
tales como: tanques, lanzacohetes, cañones, fusiles, pistolas, metralletas,
morteros, lanza llamas, espadas, bayonetas, cargadores, cureñas, entre otros.
55102 EQUIPO DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo y demás bienes muebles
instrumentales de inversión, requeridos durante la ejecución de programas,
investigaciones, acciones y actividades en materia de seguridad pública, cuya
realización implique riesgo, urgencia o confidencialidad extrema, en cumplimiento
de funciones y actividades oficiales. En ningún caso se podrán sufragar con
cargo a esta partida las adquisiciones de bienes de inversión previstas en otros
capítulos, conceptos y partidas de este Clasificador; incluidos los bienes
muebles y equipo destinados a las actividades de seguridad pública, distintos de
los bienes requeridos para atender las actividades especiales señaladas en esta
partida.
5600 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de maquinaria y equipo
no comprendidas en los conceptos anteriores tales como: los de uso
agropecuario, industrial, construcción, aeroespacial, de comunicaciones y
telecomunicaciones y demás maquinaria y equipo eléctrico y electrónico.
Incluye la adquisición de herramientas y máquinas-herramientas. Adicionalmente
comprende las refacciones y accesorios mayores correspondientes a este
concepto.
561 MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de maquinaria y equipo,
refacciones y accesorios mayores utilizados en actividades agropecuarias, tales
como: tractores agrícolas, cosechadoras, segadoras, incubadoras, trilladoras,
fertilizadoras, desgranadoras, equipo de riego, fumigadoras, roturadoras,
sembradoras, cultivadoras, espolveadoras, aspersores e implementos agrícolas,
entre otros. Incluye maquinaria y equipo pecuario, tales como: ordeñadoras,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 248
equipo para la preparación de alimentos para el ganado, para la avicultura y para
la cría de animales.
56101 MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo utilizados en
actividades agropecuarias, tales como: tractores agrícolas, cosechadoras,
segadoras, incubadoras, trilladoras, fertilizadoras, desgranadoras, equipo de
riego, fumigadoras, roturadoras, entre otros.
562 MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de maquinaria y equipo
industrial, así como sus refacciones y accesorios mayores, tales como: molinos
industriales, calderas, hornos eléctricos, motores, bombas industriales,
despulpadoras, pasteurizadoras, envasadoras, entre otros. Incluye la adquisición
de toda clase de maquinaria y equipo de perforación y exploración de suelos.
56201 MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo industrial, tales
como: molinos industriales, calderas, hornos eléctricos, motores, bombas
industriales, despulpadoras, pasteurizadoras, envasadoras, entre otros. Incluye
la adquisición de toda clase de maquinaria y equipo de perforación y exploración
de suelos.
563 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo, refacciones y
accesorios mayores utilizados en la construcción, tales como: quebradoras,
revolvedoras, palas mecánicas, tractores oruga, moto-conformadoras,
aplanadoras, excavadoras, grúas, dragas, máquinas para movimiento de tierra,
bulldozers, mezcladoras de concreto, entre otros.
56301 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo utilizados en la
construcción, tales como: quebradoras, revolvedoras, palas mecánicas, tractores
oruga, motoconformadoras, aplanadoras, excavadoras, grúas, dragas, entre
otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 249
564 SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO, CALEFACCION Y DE
REFRIGERACION INDUSTRIAL Y COMERCIAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de sistemas de aire acondicionado,
calefacción de ambiente, ventilación y de refrigeración comercial e industrial.
Incluye: estufas para calefacción, las torres de enfriamiento, sistemas de
purificación de aire ambiental y compresores para refrigeración y aire
acondicionado. Excluye los calentadores industriales de agua, calentadores de
agua domésticos, radiadores eléctricos, ventiladores domésticos y sistemas de
aire acondicionado para equipo de transporte.
56401 SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO, CALEFACCIÓN Y DE
REFRIGERACIÓN INDUSTRIAL Y COMERCIAL.
Asignaciones destinadas a la adquisición de sistemas de aire acondicionado,
calefacción de ambiente, ventilación y de refrigeración comercial e industrial.
Incluye: estufas para calefacción, las torres de enfriamiento, sistemas de
purificación de aire ambiental y compresores para refrigeración y aire
acondicionado. Excluye los calentadores industriales de agua, calentadores de
agua domésticos, radiadores eléctricos, ventiladores domésticos y sistemas de
aire acondicionado para equipo de transporte. (Solicitada por el Poder Judicial).
565 EQUIPO DE COMUNICACION Y TELECOMUNICACION.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de
comunicaciones y telecomunicaciones, refacciones y accesorios mayores, tales
como: comunicación satelital, microondas, transmisores, receptores; equipos de
telex, radar, sonar, radionavegación y video; amplificadores, equipos telefónicos,
telegráficos, fax y demás equipos y aparatos para el mismo fin.
56501 EQUIPOS Y APARATOS DE COMUNICACIONES Y
TELECOMUNICACIONES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de
comunicaciones y telecomunicaciones, tales como: comunicación satelital,
microondas, transmisores, receptores; equipos de telex, radar, gps, sonar,
radionavegación y video; amplificadores, equipos telefónicos y de fax,
telegráficos, y demás equipos y aparatos para el mismo fin.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 250
566 EQUIPOS DE GENERACION ELECTRICA, APARATOS Y ACCESORIOS
ELECTRICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo de generación eléctrica,
aparatos y accesorios electrónicos, tales como: generadoras de energía, plantas,
moto-generadoras de energía eléctrica, transformadores, reguladores, equipo
electrónico, equipo electrónico nuclear, tableros de transferencias, entre otros.
Excluye los bienes señalados en la partida 515 Equipo de cómputo y de
tecnología de la información.
56601 MAQUINARIA, EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo eléctrico y
electrónico, tales como: generadoras de energía, plantas, motogeneradoras de
energía eléctrica, transformadores, reguladores, No-Break, UP’S, equipo
electrónico, equipo electrónico nuclear, tableros de transferencias, entre otros.
Excluye los bienes señalados en las partidas 56501 Equipos y aparatos de
comunicaciones y telecomunicaciones y 51501 Bienes informáticos.
567 HERRAMIENTAS Y MAQUINAS - HERRAMIENTA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de herramientas eléctricas, neumáticas,
máquinas-herramienta, refacciones y accesorios mayores, tales como:
rectificadoras, cepillado-ras, mortaja-doras, pulidoras, lijadoras, sierras, taladros,
martillos eléctricos, ensambladoras, fresadoras, encuadernadoras y demás
herramientas consideradas en los activos fijos de las dependencias de la
Administración Pública.
56701 HERRAMIENTAS Y MAQUINAS HERRAMIENTA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de herramientas eléctricas, neumáticas
y máquinas herramienta, tales como: rectificadoras, desbrozadores, odómetros,
gato patín, hidráulico, cepillado ras, mortajado ras, pulidoras, lijadoras, sierras,
taladros y martillos eléctricos, ensambladoras, fresadoras, encuadernadoras y
demás herramientas consideradas en los activos fijos de las dependencias y
entidades.
569 OTROS EQUIPOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes muebles o maquinaria y
equipos especializados adquiridos por las dependencias de la Administración
Pública Estatal, no incluidos o especificados en los conceptos y partidas del
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 251
presente capítulo, tales como: equipo científico e investigación, equipo contra
incendio y maquinaria para protección al ambiente, entre otros.
56901 BIENES MUEBLES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes muebles o maquinaria y
equipos especializados adquiridos por las dependencias y entidades con
arrendamiento financiero o bajo la modalidad de arrendamiento financiero
especial, (BLT o BOT), entre otras figuras análogas.
56902 OTROS BIENES MUEBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes muebles o maquinaria y
equipos especializados adquiridos por las dependencias y entidades no incluidos
o especificados en los conceptos y partidas del presente capítulo, tales como
equipo contra incendio y maquinaria para protección al ambiente, entre otros.
56903 EQUIPO PARA ANIMALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo para animales como;
atalajes, bastos, monturas y otros similares, etc.
5700 ACTIVOS BIOLOGICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de especies animales y
otros seres vivos, tanto para su utilización en el trabajo como para su fomento,
exhibición y reproducción.
571 BOVINOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de ganado bovino en todas sus fases:
producción de carne, cría y explotación de ganado bovino para reemplazos de
ganado bovino lechero.
57101 ANIMALES DE REPRODUCCIÓN.
Asignaciones destinadas a la adquisición de bovinos como animales con fines de
reproducción y fomento.
572 PORCINOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cerdos en todas sus fases en
granjas, patios y azoteas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 252
57201 PORCINOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de cerdos en todas sus fases en
granjas, patios y azoteas.
573 AVES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de aves para carne, aves para
producción de huevo fértil y para plato, gallinas productoras de huevo fértil y para
plato; pollos en la fase de engorda para carne; guajolotes o pavos para carne y
producción de huevo; y otras aves productoras de carne y huevo como: patos,
gansos, codornices, faisanes, palomas, avestruces, emúes y otras.
57301 AVES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de aves para carne, aves para
producción de huevo fértil y para plato, gallinas productoras de huevo fértil y para
plato; pollos en la fase de engorda para carne; guajolotes o pavos para carne y
producción de huevo; y otras aves productoras de carne y huevo como: patos,
gansos, codornices, faisanes, palomas, avestruces, emúes y otras.
574 OVINOS Y CAPRINOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de ovinos y caprinos.
57401 GANADO OVINO.
Cantidad destinada para la adquisición de ganado ovino para llevar a cabo los
programas ganaderos planeados.
57402 GANADO CAPRINO.
Cantidad destinada para la adquisición de ganado caprino para llevar a cabo los
programas ganaderos planeados.
575 PECES Y ACUICULTURA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de peces y acuicultura, tales como:
animales acuáticos en ambientes controlados (peces, moluscos, crustáceos,
camarones y reptiles). Excluye acuicultura vegetal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 253
57501 PECES Y ACUICULTURA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de peces y acuicultura, tales como:
animales acuáticos en ambientes controlados (peces, moluscos, crustáceos,
camarones y reptiles). Excluye acuicultura vegetal.
576 EQUINOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equinos, tales como: caballos,
mulas, burros y otros. Excluye servicio de pensión para equinos.
57601 ANIMALES DE TRABAJO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equinos como animales para el
trabajo.
577 ESPECIES MENORES Y DE ZOOLOGICO.
Asignaciones destinadas a la adquisición de especies menores y de zoológico,
tales como: abejas, colmenas, conejos, chinchillas, zorros, perros, gatos, gallos
de pelea, aves de ornato, cisnes, pavos reales, flamencos, gusanos de seda,
llamas, venados, animales de laboratorio, entre otros.
57701 ANIMALES DE CUSTODIA Y VIGILANCIA.
Asignaciones destinadas a la adquisición especies menores como animales para
custodia y vigilancia.
578 ARBOLES Y PLANTAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de árboles y plantas que se utilizan
repetida o continuamente durante más de un año para producir otros bienes.
57801 ARBOLES FRUTALES Y OTROS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de árboles frutales para los programas
de huertos en comunidades y otros.
57802 PLANTAS DE ORNATO Y OTRAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición plantas que se utilizan repetida o
continuamente, para arreglos o decoración.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 254
579 OTROS ACTIVOS BIOLOGICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de otros activos biológicos, tales como:
semen como material reproductivo y todos los que sean capaces de
experimentar transformaciones biológicas para convertirlos en otros activos
biológicos.
57901 OTROS ACTIVOS BIOLÓGICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de otros activos biológicos, tales como:
semen como material reproductivo y todos los que sean capaces de
experimentar transformaciones biológicas para convertirlos en otros activos
biológicos.
5800 BIENES INMUEBLES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de bienes inmuebles, así
como los gastos derivados de actos de su adquisición, adjudicación,
expropiación e indemnización, incluye las asignaciones destinadas a los
Proyectos de Prestación de Servicios relativos cuando se realicen por causas de
interés público.
581 TERRENOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de tierras, terrenos y predios urbanos
baldíos, campos con o sin mejoras necesarios para los usos propios de las
dependencias de la Administración Pública Estatal.
58101 TERRENOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de terrenos y predios necesarios para
los usos propios de las dependencias y entidades.
582 VIVIENDAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de viviendas que son edificadas
principalmente como residencias requeridos por las dependencias de la
Administración Pública para sus actividades. Incluye: garajes y otras estructuras
asociadas requeridas.
58201 VIVIENDAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de viviendas que son edificadas
principalmente como residencias requeridos por las dependencias de la
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 255
Administración Pública para sus actividades. Incluye: garajes y otras estructuras
asociadas requeridas.
583 EDIFICIOS NO RESIDENCIALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de edificios, tales como: oficinas,
escuelas, hospitales, edificios industriales, comerciales y para la recreación
pública, almacenes, hoteles y restaurantes que requieren las dependencias de la
Administración Pública para desarrollar sus actividades. Excluye viviendas.
58301 EDIFICIOS Y LOCALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de edificios, casas y locales que
requieran las dependencias y entidades para desarrollar sus actividades.
589 OTROS BIENES INMUEBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes inmuebles adquiridos por
las dependencias de la Administración Pública Estatal no incluidos o
especificados en los conceptos y partidas del presente capítulo.
58901 ADJUDICACIONES, EXPROPIACIONES E INDEMNIZACIONES DE
INMUEBLES.
Asignaciones destinadas al pago de adjudicaciones, expropiaciones e
indemnizaciones de todo tipo de bienes inmuebles, cuando por razones de
interés público se requiera su afectación, en los términos de las disposiciones
generales aplicables. Comprende bienes tales como: edificios, casas, locales y
terrenos.
58902 BIENES INMUEBLES EN LA MODALIDAD DE PROYECTOS DE
INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA DE LARGO PLAZO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes inmuebles adquiridos por
las entidades bajo la modalidad de proyectos de infraestructura productiva de
largo plazo.
58903 BIENES INMUEBLES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes inmuebles adquiridos por
las dependencias y entidades, con arrendamiento financiero o bajo la modalidad
de arrendamiento financiero especial, (BLT o BOT), entre otras figuras análogas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 256
58904 OTROS BIENES INMUEBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los bienes inmuebles adquiridos por
las dependencias y entidades no incluidos o especificados en los conceptos y
partidas del presente capítulo.
5900 ACTIVOS INTANGIBLES.
Asignaciones para la adquisición de derechos por el uso de activos de propiedad
industrial, comercial, intelectual y otros, como por ejemplo: software, licencias,
patentes, marcas, derechos, concesiones y franquicias.
591 SOFTWARE.
Asignaciones destinadas en la adquisición de paquetes y programas de
informática, para ser aplicados en los sistemas administrativos y operativos
computarizados de las dependencias de la Administración Pública Estatal, su
descripción y los materiales de apoyo de los sistemas y las aplicaciones
informáticas que se espera utilizar.
59101 SOFTWARE.
Asignaciones destinadas en la adquisición de paquetes y programas de
informática, para ser aplicados en los sistemas administrativos y operativos
computarizados de las dependencias de la Administración Pública Estatal, su
descripción y los materiales de apoyo de los sistemas y las aplicaciones
informáticas que se espera utilizar.
592 PATENTES.
Asignaciones destinadas a la protección para los inventos, ya sea mediante una
norma legal o un fallo judicial. Los ejemplos de inventos susceptibles de
protección incluyen las constituciones de materiales, procesos, mecanismos,
circuitos y aparatos eléctricos y electrónicos, fórmulas farmacéuticas y nuevas
variedades de seres vivientes producidos en forma artificial, entre otros.
59201 PATENTES.
Asignaciones destinadas a la protección para los inventos, ya sea mediante una
norma legal o un fallo judicial. Los ejemplos de inventos susceptibles de
protección incluyen las constituciones de materiales, procesos, mecanismos,
circuitos y aparatos eléctricos y electrónicos, fórmulas farmacéuticas y nuevas
variedades de seres vivientes producidos en forma artificial, entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 257
593 MARCAS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos generados por el uso de nombres
comerciales, símbolos o emblemas que identifiquen un producto o conjunto de
productos, que otorgan derechos de exclusividad para su uso o explotación, por
parte de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
59301 MARCAS.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos generados por el uso de nombres
comerciales, símbolos o emblemas que identifiquen un producto o conjunto de
productos, que otorgan derechos de exclusividad para su uso o explotación, por
parte de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
594 DERECHOS.
Asignaciones destinadas para atender los gastos generados por el uso de obras
técnicas, culturales, de arte o musicales, u otras pertenecientes a personas
jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras.
59401 DERECHOS.
Asignaciones destinadas para atender los gastos generados por el uso de obras
técnicas, culturales, de arte o musicales, u otras pertenecientes a personas
jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras.
595 CONCESIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición del derecho de explotación por
un lapso de tiempo determinado de bienes y servicios por parte de una empresa
a otra.
59501 CONCESIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición del derecho de explotación por
un lapso de tiempo determinado de bienes y servicios por parte de una empresa
a otra.
596 FRANQUICIAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de franquicias que constituye un tipo de
relación contractual entre dos personas jurídicas: franquiciante y el
franquiciatario. Mediante el contrato de franquicia, el franquiciante cede al
franquiciatario la licencia de una marca así como los métodos y el saber hacer lo
necesario (know-how) de su negocio a cambio de una cuota periódica.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 258
59601 FRANQUICIAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de franquicias que constituye un tipo de
relación contractual entre dos personas jurídicas: franquiciante y el
franquiciatario. Mediante el contrato de franquicia, el franquiciante cede al
franquiciatario la licencia de una marca así como los métodos y el saber hacer lo
necesario (know-how) de su negocio a cambio de una cuota periódica.
597 LICENCIAS INFORMATICAS E INTELECTUALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de permisos informáticos e
intelectuales.
59701 LICENCIAS INFORMÁTICAS E INTELECTUALES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de permisos informáticos e
intelectuales.
598 LICENCIAS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y OTRAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de permisos para realizar negocios en
general o un negocio o profesión en particular.
59801 LICENCIAS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y OTRAS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de permisos para realizar negocios en
general o un negocio o profesión en particular.
599 OTROS ACTIVOS INTANGIBLES.
Asignaciones destinadas atenderá cubrir los gastos generados por concepto de
otros activos intangibles, no incluidos en partidas específicas anteriores.
59901 OTROS ACTIVOS INTANGIBLES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos generados por concepto de otros
activos intangibles, no incluidos en partidas específicas anteriores.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 259
6000 INVERSION PÚBLICA
6000 INVERSIÓN PÚBLICA.
Asignaciones destinadas para obras por contrato y proyectos productivos y
acciones de fomento. Incluye los gastos en estudios de pre-inversión y
preparación del proyecto.
7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES
Erogaciones que realiza la administración pública en la adquisición de acciones,
bonos y otros títulos y valores; así como en préstamos otorgados a diversos
agentes económicos. Se incluyen las aportaciones de capital a las entidades
públicas; así como las erogaciones contingentes e imprevistas para el
cumplimiento de obligaciones del Gobierno.
7100 INVERSIONES PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
Asignaciones destinadas al otorgamiento de créditos en forma directa o mediante
fondos y fideicomisos a favor de los sectores social y privado, o de los
municipios, para el financiamiento de acciones para el impulso de actividades
productivas de acuerdo con las políticas, normas y disposiciones aplicables.
711 CREDITOS OTORGADOS POR ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS AL SECTOR SOCIAL Y PRIVADO PARA EL FOMENTO DE
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
Asignaciones destinadas a otorgar créditos directos al sector social y privado,
para la adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles, así como para
la construcción y reconstrucción de obras e instalaciones, cuando se apliquen en
actividades productivas.
71101 CRÉDITOS OTORGADOS POR ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS AL SECTOR SOCIAL Y PRIVADO PARA EL FOMENTO DE
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 260
Asignaciones destinadas a otorgar créditos directos al sector social y privado,
para la adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles, así como para
la construcción y reconstrucción de obras e instalaciones, cuando se apliquen en
actividades productivas.
712 CREDITOS OTORGADOS POR LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A
MUNICIPIOS PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
Asignaciones destinadas a otorgar créditos directos a municipios, para la
adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles, así como para la
construcción y reconstrucción de obras e instalaciones, cuando se apliquen en
actividades productivas.
71201 CRÉDITOS OTORGADOS POR LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A
MUNICIPIOS PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
Asignaciones destinadas a otorgar créditos directos a municipios, para la
adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles, así como para la
construcción y reconstrucción de obras e instalaciones, cuando se apliquen en
actividades productivas.
7200 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL.
Asignaciones para aportar capital directo o mediante la adquisición de acciones u
otros valores representativos de capital a entidades paraestatales y empresas
privadas; así como a organismos nacionales.
721 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN ENTIDADES
PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES DE
POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
organismos descentralizados, que se traducen en una inversión financiera para
el organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los
recibe. Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias
o servicios públicos a cargo de las entidades paraestatales no empresariales y
no financieras, así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones
económicas o fiscales adversas para los mismos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 261
72101 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN ENTIDADES
PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES
DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
organismos descentralizados, que se traducen en una inversión financiera para
el organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los
recibe. Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias
o servicios públicos a cargo de las entidades paraestatales no empresariales y
no financieras, así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones
económicas o fiscales adversas para los mismos.
722 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN ENTIDADES
PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES DE
POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
empresas públicas no financieras, que se traducen en una inversión financiera
para el organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los
recibe. Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias
o servicios públicos a cargo de las entidades paraestatales empresariales y no
financieras, así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones
económicas o fiscales adversas para los mismos.
72201 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN ENTIDADES
PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES DE
POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
empresas públicas no financieras, que se traducen en una inversión financiera
para el organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los
recibe. Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias
o servicios públicos a cargo de las entidades paraestatales empresariales y no
financieras, así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones
económicas o fiscales adversas para los mismos.
723 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN INSTITUCIONES
PARAESTATALES PÚBLICAS FINANCIERAS CON FINES DE POLITICA
ECONOMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
instituciones financieras, que se traducen en una inversión financiera para el
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 262
organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe.
Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias o
servicios públicos a cargo de las instituciones paraestatales públicas financieras,
así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones económicas o
fiscales adversas para los mismos.
72301 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN
INSTITUCIONES PARAESTATALES PÚBLICAS FINANCIERAS CON FINES
DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
instituciones financieras, que se traducen en una inversión financiera para el
organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe.
Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias o
servicios públicos a cargo de las instituciones paraestatales públicas financieras,
así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones económicas o
fiscales adversas para los mismos.
724 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR PRIVADO
CON FINES DE POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en el
sector privado, que se traducen en una inversión financiera para el organismo
que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe. Estas
asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias o servicios
públicos a cargo de las entidades del sector privado, así como asistirlos cuando
requieran ayuda por situaciones económicas adversas para los mismos.
72401 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
PRIVADO CON FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en el
sector privado, que se traducen en una inversión financiera para el organismo
que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe. Estas
asignaciones tienen por propósito fomentar o desarrollar industrias o servicios
públicos a cargo de las entidades del sector privado, así como asistirlos cuando
requieran ayuda por situaciones económicas adversas para los mismos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 263
725 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN ORGANISMOS
INTERNACIONALES CON FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
organismos internacionales. Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o
desarrollar industrias o servicios públicos a cargo de los organismos
internacionales, así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones
económicas adversas para los mismos.
72501 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN ORGANISMOS
INTERNACIONALES CON FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
organismos internacionales. Estas asignaciones tienen por propósito fomentar o
desarrollar industrias o servicios públicos a cargo de los organismos
internacionales, así como asistirlos cuando requieran ayuda por situaciones
económicas adversas para los mismos.
726 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
EXTERNO CON FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas para la adquisición de acciones y participaciones de
capital en el sector externo, diferente de organismos internacionales, que se
traducen en una inversión financiera para el organismo que los otorga y en un
aumento del patrimonio para quien los recibe. Estas asignaciones tienen por
propósito fomentar o desarrollar industrias o servicios públicos a cargo de las
entidades del sector Externo, así como asistirlos cuando requieran ayuda por
situaciones económicas adversas para los mismos.
72601 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
EXTERNO CON FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas para la adquisición de acciones y participaciones de
capital en el sector externo, diferente de organismos internacionales, que se
traducen en una inversión financiera para el organismo que los otorga y en un
aumento del patrimonio para quien los recibe. Estas asignaciones tienen por
propósito fomentar o desarrollar industrias o servicios públicos a cargo de las
entidades del sector Externo, así como asistirlos cuando requieran ayuda por
situaciones económicas adversas para los mismos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 264
727 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR PUBLICO
CON FINES DE GESTION DE LIQUIDEZ.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
entidades del sector público, que se traducen en una inversión financiera para el
organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe
realizadas con fines de administración de la liquidez.
72701 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
PUBLICO CON FINES DE GESTIÓN DE LIQUIDEZ.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
entidades del sector público, que se traducen en una inversión financiera para el
organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe
realizadas con fines de administración de la liquidez.
728 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR PRIVADO
CON FINES DE GESTION DE LIQUIDEZ.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
entidades del sector privado, que se traducen en una inversión financiera para el
organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe
realizadas con fines de administración de la liquidez.
72801 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
PRIVADO CON FINES DE GESTIÓN DE LIQUIDEZ.
Asignaciones para la adquisición de acciones y participaciones de capital en
entidades del sector privado, que se traducen en una inversión financiera para el
organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para el que los recibe
realizadas con fines de administración de la liquidez.
729 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
EXTERNO CON FINES DE GESTIÓN DE LA LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la adquisición de acciones y participaciones de
capital en entidades del sector externo, que se traducen en una inversión
financiera para el organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para
el que los recibe realizadas con fines de administración de la liquidez.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 265
72901 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL EN EL SECTOR
EXTERNO CON FINES DE GESTIÓN DE LA LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la adquisición de acciones y participaciones de
capital en entidades del sector externo, que se traducen en una inversión
financiera para el organismo que los otorga y en un aumento del patrimonio para
el que los recibe realizadas con fines de administración de la liquidez.
7300 COMPRA DE TITULOS Y VALORES.
Asignaciones destinadas a financiar la adquisición de títulos y valores
representativos de deuda. Excluye los depósitos temporales efectuados en el
mercado de valores o de capitales por la intermediación de instituciones
financieras.
731 BONOS.
Asignaciones destinadas en forma directa a la adquisición de títulos o bonos
emitidos por instituciones públicas federales, estatales y municipales; sociedades
anónimas o corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras,
autorizadas para emitirlos, con fines de administración de la liquidez.
73101 ADQUISICIÓN DE BONOS.
Asignaciones que el Gobierno Estatal destina en forma directa a la adquisición
de bonos emitidos por instituciones públicas federales, estatales y municipales;
sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto nacionales como
extranjeras, autorizadas para emitirlos.
732 VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA ADQUIRIDOS CON FINES DE
POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones destinadas en forma directa a la adquisición de valores, como son
los CETES, UDIBONOS, BONDES D, entre otros, emitidos por instituciones
públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas o
corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos, siempre que dichas inversiones superen el ejercicio presupuestal,
adquiridos con fines de política económica.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 266
73201 VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA ADQUIRIDOS CON
FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas en forma directa a la adquisición de valores, como son
los CETES, UDIBONOS, BONDES D, entre otros, emitidos por instituciones
públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas o
corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos, siempre que dichas inversiones superen el ejercicio presupuestal,
adquiridos con fines de política económica.
733 VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA ADQUIRIDOS CON FINES DE
GESTION DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas en forma directa a la adquisición de valores, como son
los CETES, UDIBONOS, BONDES D, entre otros, emitidos por instituciones
públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas o
corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos, siempre que dichas inversiones superen el ejercicio presupuestal,
adquiridos con fines de administración de la liquidez.
73301 VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA ADQUIRIDOS CON FINES
DE GESTIÓN DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas en forma directa a la adquisición de valores, como son
los CETES, UDIBONOS, BONDES D, entre otros, emitidos por instituciones
públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas o
corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos, siempre que dichas inversiones superen el ejercicio presupuestal,
adquiridos con fines de administración de la liquidez.
734 OBLIGACIONES NEGOCIABLES ADQUIRIDAS CON FINES DE POLITICA
ECONOMICA.
Asignaciones destinadas para la adquisición de obligaciones de renta fija,
mismas que tienen un cronograma de pagos predefinido, emitidas por
instituciones públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas
o corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas
para emitirlos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 267
73401 OBLIGACIONES NEGOCIABLES ADQUIRIDAS CON FINES DE
POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas para la adquisición de obligaciones de renta fija,
mismas que tienen un cronograma de pagos predefinido, emitidas por
instituciones públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas
o corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas
para emitirlos.
735 OBLIGACIONES NEGOCIABLES ADQUIRIDAS CON FINES DE GESTION
DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la adquisición de obligaciones de renta fija,
mismas que tienen un cronograma de pagos predefinido, emitidas por
instituciones públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas
o corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas
para emitirlos.
73501 ADQUISICIÓN DE OBLIGACIONES.
Asignaciones que el Gobierno Estatal destina en forma directa a la adquisición
de obligaciones emitidas por instituciones públicas federales, estatales y
municipales; sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto nacionales
como extranjeras, autorizadas para emitirlos.
739 OTROS VALORES.
Asignaciones destinadas en forma directa a la adquisición de cualquier otro tipo
de valores crediticios no comprendidos en las partidas precedentes de este
concepto, emitidos por instituciones públicas federales, estatales y municipales;
sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto nacionales como
extranjeras, autorizadas para emitirlos.
73901 FIDEICOMISOS PARA ADQUISICIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO.
Asignaciones que el Gobierno Estatal destina a través de fondos y fideicomisos,
a la adquisición de acciones, bonos, obligaciones, certificados y en general de
toda clase de títulos de crédito que emitan instituciones públicas federales,
estatales y municipales; sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto
nacionales como extranjeras, autorizadas para emitirlos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 268
73902 ADQUISICIÓN DE ACCIONES.
Asignaciones que el Gobierno Estatal destina en forma directa a la adquisición
de acciones emitidas por instituciones públicas federales, estatales y
municipales; sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto nacionales
como extranjeras, autorizadas para emitirlos.
73903 ADQUISICIÓN DE OTROS VALORES.
Asignaciones que el Gobierno Estatal destina en forma directa a la adquisición
de cualquier otro tipo de valores crediticios no comprendidos en las partidas
precedentes de este concepto, emitidos por instituciones públicas federales,
estatales y municipales; sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto
nacionales como extranjeras, autorizadas para emitirlos.
73904 ADQUISICIÓN DE RESERVA TERRITORIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de adquisición de reserva territorial
para la realización de proyectos de desarrollo económico-social en el
fortalecimiento del desarrollo regional del Estado.
7400 CONCESION DE PRÉSTAMOS.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos a dependencias de la
Administración Pública Estatal y al sector privado.
741 CONCESION DE PRÉSTAMOS A ENTIDADES PARAESTATALES NO
EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES DE POLITICA
ECONOMICA.
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos a entidades
paraestatales no empresariales y no financieras con fines de política económica.
74101 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS A ENTIDADES PARAESTATALES NO
EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES DE POLÍTICA
ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos a entidades
paraestatales no empresariales y no financieras con fines de política económica.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 269
742 CONCESION DE PRÉSTAMOS A ENTIDADES PARAESTATALES
EMPRESARIALES Y NO FINANCIERAS CON FINES DE POLITICA
ECONOMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos a entidades paraestatales
empresariales y no financieras con fines de política económica.
74201 CRÉDITOS DIRECTOS PARA ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
OTORGADOS A ENTIDADES PARAESTATALES EMPRESARIALES Y NO
FINANCIERAS CON FINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a otorgar créditos directos a
entidades paraestatales empresariales y no financieras con fines de política
económica, para la adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles, así
como para la construcción y reconstrucción de obras e instalaciones, cuando se
apliquen en actividades productivas.
743 CONCESION DE PRÉSTAMOS A INSTITUCIONES PARAESTATALES
PÚBLICAS FINANCIERAS CON FINES DE POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos a instituciones
paraestatales públicas financieras con fines de política económica.
74301 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS A INSTITUCIONES PARAESTATALES
PÚBLICAS FINANCIERAS CONFINES DE POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos a instituciones
paraestatales públicas financieras con fines de política económica.
744 CONCESION DE PRÉSTAMOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS CON FINES DE POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos a entidades federativas y
municipios con fines de política económica.
74401 CRÉDITOS DIRECTOS PARA ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
OTORGADOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS CON FINES DE
POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a otorgar créditos directos a los
Estados, Municipios para la adquisición de toda clase de bienes muebles e
inmuebles, así como para la construcción y reconstrucción de obras e
instalaciones, cuando se apliquen en actividades productivas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 270
745 CONCESION DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PRIVADO CON FINES DE
POLITICA ECONOMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos al sector privado, tales
como: préstamos al personal, a sindicatos y demás erogaciones recuperables,
con fines de política económica.
74501 CRÉDITOS DIRECTOS PARA ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
OTORGADOS AL SECTOR PRIVADO CON FINES DE POLÍTICA
ECONÓMICA.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a otorgar créditos directos a los
sectores social y privado, para la adquisición de toda clase de bienes muebles e
inmuebles, así como para la construcción y reconstrucción de obras e
instalaciones, cuando se apliquen en actividades productivas.
74502 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTO DE OBRAS.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas al otorgamiento de créditos a
través de fondos y fideicomisos, para la realización y reconstrucción de obras
públicas.
74503 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS AGROPECUARIOS.
Asignaciones del Gobierno estatal destinadas al otorgamiento de créditos a
través de fondos y fideicomisos, para la realización de actividades productivas
agropecuarias, forestales y pesqueras.
74504 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS INDUSTRIALES.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas al otorgamiento de créditos a
través de fondos y fideicomisos, para la realización de actividades productivas
industriales en general.
74505 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS AL COMERCIO Y OTROS
SERVICIOS.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas al otorgamiento de créditos a
través de fondos y fideicomisos, para la realización de actividades comerciales y
de otros servicios.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 271
74506 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS DE VIVIENDA.
Asignaciones del Gobierno Estatal destinadas a otorgar créditos a través de
fondos y fideicomisos para la construcción y adquisición de vivienda.
746 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR EXTERNO CON FINES DE
POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos al sector externo con fines
de política económica.
74601 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR EXTERNO CON FINES DE
POLÍTICA ECONÓMICA.
Asignaciones destinadas a la concesión de préstamos al sector externo con fines
de política económica.
747 CONCESION DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PÚBLICO CON FINES DE
GESTION DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos entre dependencias de
la Administración Pública con fines de gestión de liquidez.
74701 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PÚBLICO CON FINES DE
GESTIÓN DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos entre dependencias de
la Administración Pública con fines de gestión de liquidez.
748 CONCESION DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PRIVADO CON FINES DE
GESTION DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos al sector privado con
fines de gestión de liquidez.
74801 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PRIVADO CON FINES DE
GESTIÓN DE LIQUIDEZ.
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos al sector privado con
fines de gestión de liquidez.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 272
749 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR EXTERNO CON FINES DE
GESTIÓN DE LIQUIDEZ
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos al sector externo con
fines de gestión de liquidez.
74901 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR EXTERNO CON FINES DE
GESTIÓN DE LIQUIDEZ
Asignaciones destinadas para la concesión de préstamos al sector externo con
fines de gestión de liquidez.
7500 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS ANALOGOS.
Asignación a fideicomisos, mandatos y otros análogos para constituir o
incrementar su patrimonio.
751 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DEL PODER EJECUTIVO.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos del Poder
Ejecutivo, con fines de política económica.
75101 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DEL PODER EJECUTIVO.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos del Poder
Ejecutivo, con fines de política económica.
752 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DEL PODER LEGISLATIVO.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos del Poder
Legislativo, con fines de política económica.
75201 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DEL PODER LEGISLATIVO.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos del Poder
Legislativo, con fines de política económica.
753 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DEL PODER JUDICIAL.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos del Poder
Judicial, con fines de política económica.
75301 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DEL PODER JUDICIAL.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos del Poder
Judicial, con fines de política económica.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 273
754 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS PÚBLICOS NO EMPRESARIALES Y
NO FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos públicos
no empresariales y no financieros, con fines de política económica.
75401 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS PÚBLICOS NO EMPRESARIALES Y
NO FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos públicos
no empresariales y no financieros, con fines de política económica.
755 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS PUBLICOS EMPRESARIALES Y NO
FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar los fideicomisos públicos
empresariales y no financieros, con fines de política económica.
75501 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS PÚBLICOS EMPRESARIALES Y NO
FINANCIEROS CONSIDERADOS ENTIDADES PARAESTATALES.
Asignaciones destinadas para constituir o fortalecer el patrimonio de fideicomisos
públicos empresariales y no financieros considerados entidades paraestatales.
756 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS PUBLICOS FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas para construir o incrementar a fideicomisos públicos
financieros, con fines de política económica.
75601 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS PÚBLICOS CONSIDERADOS
ENTIDADES PARAESTATALES.
Asignaciones destinadas para constituir o fortalecer el patrimonio de los
fideicomisos públicos financieros considerados entidades paraestatales.
75602 INVERSIONES EN MANDATOS Y OTROS ANÁLOGOS.
Asignaciones destinadas para constituir o fortalecer el patrimonio de los
mandatos y otros análogos constituidos por las dependencias y entidades.
757 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DE ENTIDADES FEDERATIVAS.
Asignaciones a fideicomisos a favor de entidades federativas, con fines de
política económica.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 274
75701 APORTACIONES PARA FINANCIAMIENTO AL COMERCIO Y OTROS
SERVICIOS.
Asignaciones presupuestales destinadas al otorgamiento de créditos para la
realización de actividades comerciales y de otros servicios.
75702 APORTACIONES PARA FINANCIAMIENTO A LA ACTIVIDAD
AGROPECUARIA.
Asignaciones presupuestales destinadas al otorgamiento de créditos para la
realización de actividades productivas agropecuarias, forestales y pesqueras.
75703 APORTACIONES A FIDEICOMISOS SIN FINES PRODUCTIVOS.
Asignaciones presupuestales destinadas al otorgamiento de financiamiento para
la realización de actividades no productivas a través de fideicomisos.
75704 APORTACIONES A FIDEICOMISOS CON FINES PRODUCTIVOS.
Asignaciones presupuestales destinadas al otorgamiento de financiamiento para
la realización de actividades productivas a través de fideicomisos en apoyo al
fortalecimiento del Desarrollo Integral, tales como: financiamiento de obras,
actividades agropecuarias, industriales, comercio, vivienda y otros servicios.
758 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DE MUNICIPIOS.
Asignaciones a fideicomisos de municipios con fines de política económica.
75801 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS DE MUNICIPIOS.
Asignaciones a fideicomisos de municipios con fines de política económica.
759 FIDEICOMISOS DE EMPRESAS PRIVADAS Y PARTICULARES.
Asignaciones a fideicomisos de empresas privadas y particulares con fines de
política económica.
75901 FIDEICOMISOS DE EMPRESAS PRIVADAS Y PARTICULARES.
Asignaciones a fideicomisos de empresas privadas y particulares con fines de
política económica.
7600 OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS.
Asignaciones destinadas a inversiones financieras no comprendidas en
conceptos anteriores, tales como: la inversión en capital de trabajo en
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 275
instituciones que se ocupan de actividades comerciales como son las tiendas y
farmacias del ISSSTE e instituciones similares.
761 DEPOSITOS A LARGO PLAZO EN MONEDA NACIONAL.
Asignaciones destinadas a colocaciones a largo plazo en moneda nacional.
76101 DEPÓSITOS A LARGO PLAZO EN MONEDA NACIONAL.
Asignaciones destinadas a colocaciones a largo plazo en moneda nacional.
762 DEPOSITOS A LARGO PLAZO EN MONEDA EXTRANJERA.
Asignaciones destinadas a colocaciones financieras a largo plazo en moneda
Extranjera.
76201 DEPÓSITOS A LARGO PLAZO EN MONEDA EXTRANJERA.
Asignaciones destinadas a colocaciones financieras a largo plazo en moneda
extranjera.
7900 PROVISIONES PARA CONTINGENCIAS Y OTRAS EROGACIONES
ESPECIALES.
Provisiones presupuestarias para hacer frente a las erogaciones que se deriven
de contingencias o fenómenos climáticos, meteorológicos o económicos, con el
fin de prevenir o resarcir daños a la población o a la infraestructura pública; así
como las derivadas de las responsabilidades de las dependencias de la
Administración Pública.
791 CONTINGENCIAS POR FENOMENOS NATURALES.
Provisiones presupuestales destinadas a enfrentar las erogaciones que se
deriven de fenómenos naturales, con el fin de prevenir o resarcir daños a la
población o a la infraestructura pública; así como las derivadas de las
responsabilidades de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
Dichas provisiones se considerarán como transitorias en tanto se distribuye su
monto entre las partidas específicas necesarias para los programas.
79101 CONTINGENCIAS POR FENÓMENOS NATURALES.
Provisiones presupuestales destinadas a enfrentar las erogaciones que se
deriven de fenómenos naturales, con el fin de prevenir o resarcir daños a la
población o a la infraestructura pública; así como las derivadas de las
responsabilidades de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 276
Dichas provisiones se considerarán como transitorias en tanto se distribuye su
monto entre las partidas específicas necesarias para los programas.
792 CONTINGENCIAS SOCIOECONOMICAS.
Provisiones presupuestarias destinadas a enfrentar las erogaciones que se
deriven de contingencias socioeconómicas, con el fin de prevenir o resarcir
daños a la población o a la infraestructura pública; así como las derivadas de las
responsabilidades de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
Dichas provisiones se considerarán como transitorias en tanto se distribuye su
monto entre las partidas específicas necesarias para los programas.
79201 CONTINGENCIAS SOCIOECONÓMICAS.
Provisiones presupuestarias destinadas a enfrentar las erogaciones que se
deriven de contingencias socioeconómicas, con el fin de prevenir o resarcir
daños a la población o a la infraestructura pública; así como las derivadas de las
responsabilidades de las dependencias de la Administración Pública Estatal.
Dichas provisiones se considerarán como transitorias en tanto se distribuye su
monto entre las partidas específicas necesarias para los programas.
799 OTRAS EROGACIONES ESPECIALES.
Provisiones presupuestarias para otras erogaciones especiales, éstas se
considerará como transitoria en tanto se distribuye su monto entre las partidas
específicas necesarias para los programas, por lo que su asignación se afectará
una vez ubicada en las partidas correspondientes, según la naturaleza de las
erogaciones y previa aprobación, de acuerdo con lineamientos específicos.
79901 EROGACIONES CONTINGENTES.
Asignaciones de recursos que se aprueban por el H. Congreso del Estado.
79902 PROVISIONES PARA EROGACIONES ESPECIALES.
La asignación presupuestaria de esta partida se considerará como transitoria en
tanto se distribuye su monto entre las partidas específicas necesarias para los
programas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 277
8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
Asignaciones destinadas a cubrir las participaciones y aportaciones para las
entidades federativas y los municipios. Incluye las asignaciones destinadas a la
ejecución de programas federales a través de las entidades federativas,
mediante la reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en
los términos de los convenios que celebre el Gobierno Federal con éstas.
8100 PARTICIPACIONES.
Recursos que corresponden a los estados y municipios que se derivan del
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, de conformidad a lo establecido por
los capítulos I, II, III y IV de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las que
correspondan a sistemas estatales de coordinación fiscal determinados por las
leyes correspondientes.
811 FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES.
Asignaciones de recursos previstos en el Presupuesto de Egresos por concepto
de las estimaciones de participaciones en los ingresos federales que conforme a
la Ley de Coordinación Fiscal correspondan a las haciendas públicas de los
estados, municipios y Distrito Federal.
81116 MICHOACÁN.
812 FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL.
Asignaciones que prevén estimaciones por el porcentaje del importe total que se
distribuye entre las entidades federativas y de la parte correspondiente en
materia de derechos.
81216 MICHOACÁN.
813 PARTICIPACIONES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A LOS
MUNICIPIOS.
Recursos de los estados a los municipios que se derivan del Sistema Nacional
de Coordinación Fiscal, así como las que correspondan a sistemas estatales de
coordinación fiscal determinados por las leyes correspondientes.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 278
81316 PARTICIPACIONES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A LOS
MUNICIPIOS.
Recursos de los estados a los municipios que se derivan del Sistema Nacional
de Coordinación Fiscal, así como las que correspondan a sistemas estatales de
coordinación fiscal determinados por las leyes correspondientes.
814 OTROS CONCEPTOS PARTICIPABLES DE LA FEDERACION A
ENTIDADES FEDERATIVAS.
Asignaciones destinadas a compensar los montos correspondientes en los
fondos previstos en las demás partidas, que conforme a la fórmula establecida se
estima deben recibir las entidades federativas por concepto de recaudación
federal participable. Incluye las asignaciones cuya participación total en los
fondos general de participaciones y de fomento municipal no alcance el
crecimiento esperado en la recaudación federal participable; las asignaciones a
las entidades federativas que resulten afectadas por el cambio en la fórmula de
participaciones y aquéllas destinadas a cubrir el porcentaje de las participaciones
derivado de la recaudación del impuesto especial de producción y servicios.
81416 MICHOACÁN.
815 OTROS CONCEPTOS PARTICIPABLES DE LA FEDERACION A
MUNICIPIOS.
Asignaciones destinadas a compensar los montos correspondientes en los
fondos previstos en las demás partidas que, conforme a la fórmula establecida,
se estima deben recibir los municipios por concepto de recaudación federal
participable. Incluye las asignaciones cuya participación total en los fondos
general de participaciones y de fomento municipal no alcance el crecimiento
esperado en la recaudación federal participable; las asignaciones a los
municipios que resulten afectadas por el cambio en la fórmula de participaciones
y aquéllas destinadas a cubrir el porcentaje de las participaciones derivado de la
recaudación del impuesto especial de producción y servicios.
81516 OTROS CONCEPTOS PARTICIPABLES DE LA FEDERACIÓN A
MUNICIPIOS.
Asignaciones destinadas a compensar los montos correspondientes en los
fondos previstos en las demás partidas que, conforme a la fórmula establecida,
se estima deben recibir los municipios por concepto de recaudación federal
participable. Incluye las asignaciones cuya participación total en los fondos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 279
general de participaciones y de fomento municipal no alcance el crecimiento
esperado en la recaudación federal participable; las asignaciones a los
municipios que resulten afectadas por el cambio en la fórmula de participaciones
y aquéllas destinadas a cubrir el porcentaje de las participaciones derivado de la
recaudación del impuesto especial de producción y servicios.
816 CONVENIOS DE COLABORACION ADMINISTRATIVA.
Asignaciones destinadas a cubrir los incentivos derivados de convenios de
colaboración administrativa que se celebren con otros órdenes de gobierno.
81601 CONVENIOS DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA.
Asignaciones destinadas a cubrir los incentivos derivados de convenios de
colaboración administrativa que se celebren con otros órdenes de gobierno.
8300 APORTACIONES.
Recursos que corresponden a las entidades federativas y municipios que se
derivan del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, de conformidad a lo
establecido por el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.
831 APORTACIONES DE LA FEDERACION A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales para educación
básica y normal, servicios de salud, infraestructura social, fortalecimiento
municipal, otorgamiento de las aportaciones múltiples, educación tecnológica y
de adultos, seguridad pública y, en su caso, otras a las que se refiere la Ley de
Coordinación Fiscal a favor de los estados y Distrito Federal.
83101 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA SERVICIOS PERSONALES.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
remuneraciones a servicios personales derivadas del Fondo de Aportaciones
para la Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación
Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
y, en su caso, entre otras, a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor
de los Estados, Municipios y Distrito Federal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 280
83102 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA APORTACIONES AL ISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios por concepto de servicios de seguridad social
proporcionados por el ISSSTE, derivado del Fondo de Aportaciones para la
Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación
Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
y, en su caso, otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de los
Estados, Municipios y Distrito Federal.
83103 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
Y MUNICIPIOS PARA GASTOS DE OPERACIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
gasto de operación derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación
Básica y Normal; Fondo de Aportaciones Múltiples; Fondo de Aportaciones
para la Educación Tecnológica y de Adultos; Fondo de Aportaciones para los
Servicios de Salud; Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
Municipios, y Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y
del Distrito Federal y, en su caso otras, a que se refiere la Ley de Coordinación
Fiscal a favor de los Estados, Municipios y Distrito Federal.
83104 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA GASTOS DE INVERSIÓN.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
gasto de inversión derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación
Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de
Adultos; Fondo de Aportaciones Múltiples; Fondo de Aportaciones para los
Servicios de Salud; Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; Fondo
de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal,
y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y, en su caso
otras, a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados,
Municipios y Distrito Federal.
83105 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS.
Asignaciones por concepto de aportaciones federales, cuyo monto por entidad
federativa no fue posible determinar durante el proceso de presupuesto. La
asignación presupuestaria de esta partida se considerará como transitoria en
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 281
tanto se distribuye su monto entre las partidas 83101 Aportaciones federales a
las entidades federativas y municipios para servicios personales a la 83104
Aportaciones federales a las entidades federativas y municipios para gastos de
inversión, según corresponda, conforme a los fondos aprobados a que se refiere
la Ley de Coordinación Fiscal.
83106 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA INCREMENTOS A LAS PERCEPCIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de las
medidas de incremento en percepciones que se aprueben en el Presupuesto de
Egresos a favor de los Estados y Municipios y Distrito Federal a través de los
fondos de aportaciones a que se refiere Ley de Coordinación Fiscal.
83107 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA CREACIÓN DE PLAZAS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
creación de plazas que se aprueben en el Presupuesto de Egresos a favor de los
Estados y Municipios y Distrito Federal a través de los fondos de aportaciones a
que se refiere Ley de Coordinación Fiscal.
83108 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA OTRAS MEDIDAS DE CARÁCTER LABORAL Y
ECONÓMICAS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de las
demás medidas salariales y económicas que se aprueben en el Presupuesto de
Egresos a favor de los Estados y Municipios y Distrito Federal a través de los
fondos de aportaciones a que se refiere Ley de Coordinación Fiscal.
83109 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA APORTACIONES AL FOVISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios por concepto de servicios de vivienda proporcionados
por el FOVISSSTE, derivado del Fondo de Aportaciones para la Educación
Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de
Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso,
otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados,
Municipios y Distrito Federal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 282
83110 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS POR PREVISIONES PARA APORTACIONES AL ISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en las aportaciones del Gobierno
Federal al ISSSTE, como resultado de incremento en percepciones, derivado del
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo de
Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y Fondo de
Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso, otras a que se refiere la
Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados, Municipios y Distrito
Federal.
83111 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS POR PREVISIONES PARA APORTACIONES AL FOVISSSTE.
Asignaciones destinadas a cubrir incrementos en las aportaciones del Gobierno
Federal al FOVISSSTE, como resultado de incremento en percepciones,
derivado del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo
de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y Fondo de
Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso, otras a que se refiere la
Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados, Municipios y Distrito Federal.
83112 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS PARA APORTACIONES AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL
RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro a favor de las entidades
federativas y municipios, derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación
Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de
Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso,
otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de las entidades
federativas y municipios.
83113 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
Y MUNICIPIOS PARA APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN
EDAD AVANZADA Y VEJEZ.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a favor de las entidades
federativas y municipios, derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 283
Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de
Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso,
otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de las entidades
federativas y municipios.
83114 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
Y MUNICIPIOS PARA LOS DEPÓSITOS AL AHORRO SOLIDARIO.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
ahorro solidario a las entidades federativas y municipios, derivadas del Fondo de
Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la
Educación Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios
de Salud y, en su caso, otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a
favor de las entidades federativas y municipios.
83115 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS POR PREVISIONES PARA APORTACIONES AL SISTEMA DE
AHORRO PARA EL RETIRO.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones por concepto de los
incrementos a las aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro a las
entidades federativas y municipios como resultado del incremento en las
percepciones de los trabajadores, derivadas del Fondo de Aportaciones para la
Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación
Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
y, en su caso, otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de las
entidades federativas y municipios.
83116 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS POR PREVISIONES PARA APORTACIONES AL SEGURO DE
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones por concepto de incrementos
a las aportaciones al Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a las
entidades federativas y municipios, derivadas del Fondo de Aportaciones para la
Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación
Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
y, en su caso, otras a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de las
entidades federativas y municipios.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 284
83117 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS POR PREVISIONES PARA LOS DEPÓSITOS AL AHORRO
SOLIDARIO.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones por concepto de los
incrementos a las aportaciones al ahorro solidario a las entidades federativas y
municipios, derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y
Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso, otras a que se
refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de las entidades federativas y
municipios.
832 APORTACIONES DE LA FEDERACION A MUNICIPIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales para educación
básica y normal, servicios de salud, infraestructura social, fortalecimiento
municipal, otorgamiento de las aportaciones múltiples, educación tecnológica y
de adultos, seguridad pública y, en su caso, otras a las que se refiere la Ley de
Coordinación Fiscal a favor de los municipios.
83201 APORTACIONES DE LA FEDERACIÓN A MUNICIPIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales para educación
básica y normal, servicios de salud, infraestructura social, fortalecimiento
municipal, otorgamiento de las aportaciones múltiples, educación tecnológica y
de adultos, seguridad pública y, en su caso, otras a las que se refiere la Ley de
Coordinación Fiscal a favor de los municipios.
833 APORTACIONES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A LOS
MUNICIPIOS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones estatales para educación
básica y normal, servicios de salud, infraestructura social, fortalecimiento
municipal, otorgamiento de las aportaciones múltiples, educación tecnológica y
de adultos, seguridad pública y, en su caso, otras a las que se refiere la Ley de
Coordinación Fiscal a favor de los Municipios.
83301 APORTACIONES DEL GOBIERNO DE MICHOACÁN A LOS
MUNICIPIOS PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL;
Artículo 33.- Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones
para la Infraestructura Social reciban los Estados y los Municipios, se destinarán
exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 285
inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se
encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema en los siguientes
rubros: a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal: agua
potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación
rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica
educativa, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, e infraestructura
productiva rural, y b) Fondo de Infraestructura Social Estatal: obras y acciones de
alcance o ámbito de beneficio regional o intermunicipal. En caso de los
Municipios, éstos podrán disponer de hasta un 2% del total de recursos del
Fondo para la Infraestructura Social Municipal que les correspondan para la
realización de un programa de desarrollo institucional. Este programa será
convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo
Social, el Gobierno Estatal correspondiente y el Municipio de que se trate.
Adicionalmente, los Estados y Municipios podrán destinar hasta el 3% de los
recursos correspondientes en cada caso, para ser aplicados como gastos
indirectos a las obras señaladas en el presente artículo. Respecto de dichas
aportaciones, los Estados y los Municipios deberán:
I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras
y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y
beneficiarios.
II. Promover la participación de las comunidades beneficiarias en su destino,
aplicación y vigilancia, así como en la programación, ejecución, control,
seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar.
III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados
alcanzados.
IV. Proporcionar a la Secretaría de Desarrollo Social, la información que sobre la
utilización del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social le sea
requerida. En el caso de los Municipios lo harán por conducto de los
Estados.
V. Procurar que las obras que realicen con los recursos de los Fondos sean
compatibles con la preservación y protección del medio ambiente y que
impulsen el desarrollo sustentable.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 286
83302 APORTACIONES DEL GOBIERNO DE MICHOACÁN A LOS
MUNICIPIOS PARA FORTALECIMIENTO.
Artículo 37.-Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los Municipios a través de los Estados, y las Demarcaciones Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este artículo, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.
83303 TRANSFERENCIAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL
DESARROLLO INSTITUCIONAL.
Asignaciones presupuestales con cargo al Fondo de infraestructura Social
Municipal destinadas al financiamiento de obras, acciones sociales básicas e
inversiones de beneficio social, de conformidad con lo que establecen los
artículos 32 y 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.
83304 TRANSFERENCIAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL
DESARROLLO REGIONAL. Asignaciones presupuestales del Ramo 33 y
recursos Estatales para la realización de planes y proyectos de alcance regional
y municipal para el fortalecimiento del Desarrollo.
83305 INCENTIVOS A MUNICIPIOS.
Cantidades destinadas a cubrir incentivos a Municipios que por alguna labor administrativa o de coordinación se hagan acreedores a ellos.
834 APORTACIONES PREVISTAS EN LEYES Y DECRETOS AL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones anuales para cada familia beneficiaria del Sistema de Protección Social en Salud, conforme al porcentaje y, en su caso, las actualizaciones que se determinen conforme a la Ley General de Salud.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 287
83401 APORTACIONES DE LA FEDERACIÓN AL SISTEMA DE PROTECCIÓN
SOCIAL.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones anuales del Gobierno Federal
para cada familia beneficiaria del Sistema de Protección Social en Salud,
conforme al porcentaje y, en su caso, las actualizaciones que se determinen
conforme a la Ley General de Salud.
835 APORTACIONES PREVISTAS EN LEYES Y DECRETOS
COMPENSATORIAS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS.
Recursos destinados a compensar la disminución en ingresos participables a las
entidades federativas y municipios.
83501 ASIGNACIONES COMPENSATORIAS A ENTIDADES FEDERATIVAS.
Recursos destinados a compensar la disminución en ingresos participables a las
entidades federativas.
8500 CONVENIOS.
Recursos asignados a un ente público y reasignado por éste a otro a través de
convenios para su ejecución.
851 CONVENIOS DE REASIGNACION.
Asignaciones destinadas a los convenios que celebran las dependencias de la
Administración Pública con el propósito de reasignar la ejecución de funciones,
programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos o materiales.
85116 MICHOACÁN.
852 CONVENIOS DE DESCENTRALIZACION.
Asignaciones destinadas a los convenios que celebran las dependencias de la
Administración Pública Estatal con el propósito de descentralizar la ejecución de
funciones, programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos o
materiales.
85201 CONVENIOS DE DESCENTRALIZACIÓN.
Asignaciones destinadas a los convenios que celebran las dependencias de la
Administración Pública Estatal con el propósito de descentralizar la ejecución de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 288
funciones, programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos o
materiales.
853 OTROS CONVENIOS.
Asignaciones destinadas a otros convenios no especificados en las partidas
anteriores que celebran las dependencias de la Administración Pública Estatal.
85301 OTROS CONVENIOS.
Asignaciones destinadas a otros convenios no especificados en las partidas
anteriores que celebran las dependencias de la Administración Pública Estatal.
9000 AMORTIZACION DE LAS DEUDA PÚBLICA
9000 DEUDA PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir obligaciones por concepto de deuda pública
interna y externa derivada de la contratación de empréstitos; incluye la
amortización, los intereses, gastos y comisiones de la deuda pública, así como
las erogaciones relacionadas con la emisión y/o contratación de deuda.
Asimismo, incluye los adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS).
9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago del principal derivado de los diversos
créditos o financiamientos contratados a plazo con instituciones nacionales y
extranjeras, privadas y mixtas de crédito y con otros acreedores, que sean
pagaderos en el interior y exterior del país en moneda de curso legal.
911 AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE
CREDITO.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago del principal derivado de los créditos
contraídos en moneda nacional con instituciones de crédito establecidas en el
territorio nacional.
91101 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE
CRÉDITO (CORTO PLAZO).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 289
Asignaciones destinadas a cubrir la amortización de capital, derivada de los
diversos créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso
del Estado, colocados a plazo menor de un año en Instituciones Nacionales y
Mixtas de Crédito y otros acreditantes.
91103 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE
CRÉDITO (LARGO PLAZO).
Asignaciones destinadas a cubrir la amortización proporcional de capital a
vencerse en el Ejercicio de que se trata, derivada de los diversos créditos o
financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso del Estado,
colocados a plazo de un año o más, en Instituciones Nacionales y Mixtas de
Crédito y otros acreditantes.
912 AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA POR EMISION DE TITULOS Y
VALORES.
Asignaciones para el pago del principal derivado de la colocación de valores por
los entes públicos en territorio nacional.
91201 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA POR EMISIÓN DE VALORES
GUBERNAMENTALES (CORTO PLAZO).
Asignaciones destinadas a cubrir la amortización de capital, derivada de los
diversos créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso
del Estado, colocados a plazo menor de un año en Instituciones Nacionales y
Mixtas de Crédito y otros acreditantes.
91202 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA POR EMISIÓN DE VALORES
GUBERNAMENTALES (LARGO PLAZO).
Asignaciones destinadas a cubrir la amortización proporcional de capital a
vencerse en el Ejercicio de que se trata, derivada de los diversos créditos o
financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso del Estado,
colocados a plazo de un año o más, en Instituciones Nacionales y Mixtas de
Crédito y otros acreditantes.
913 AMORTIZACION DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS NACIONALES.
Asignaciones para la amortización de financiamientos contraídos con
arrendadoras nacionales o en el que su pago esté convenido en moneda
nacional.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 290
91301 AMORTIZACIÓN DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
NACIONALES.
Asignaciones para la amortización de financiamientos contraídos con
arrendadoras nacionales o en el que su pago esté convenido en moneda
nacional.
91302 AMORTIZACIÓN DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
ESPECIALES.
Asignaciones para la amortización de financiamientos contraídos con
arrendadoras en la modalidad de arrendamientos financieros especiales (BLT o
BOT), entre otras figuras análogas.
914 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA EXTERNA CON INSTITUCIONES DE
CRÉDITO.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago del principal, derivado de los
créditos contraídos en moneda extranjera con bancos establecidos fuera del
territorio nacional.
91401 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA EXTERNA CON INSTITUCIONES DE
CRÉDITO.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago del principal, derivado de los
créditos contraídos en moneda extranjera con bancos establecidos fuera del
territorio nacional.
915 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA EXTERNA CON ORGANISMOS
FINANCIEROS INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago del principal de los financiamientos
contratados con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el Banco
Interamericano de Desarrollo y otras instituciones análogas.
91501 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA EXTERNA CON ORGANISMOS
FINANCIEROS INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago del principal de los financiamientos
contratados con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el Banco
Interamericano de Desarrollo y otras instituciones análogas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 291
916 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA BILATERAL.
Asignaciones destinadas para el pago del principal derivado de los
financiamientos otorgados por gobiernos extranjeros a través de sus instituciones
de crédito.
91601 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA BILATERAL.
Asignaciones destinadas para el pago del principal derivado de los
financiamientos otorgados por gobiernos extranjeros a través de sus instituciones
de crédito.
917 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA EXTERNA POR EMISIÓN DE TÍTULOS Y
VALORES.
Asignaciones destinadas para el pago del principal derivado de la colocación de
títulos y valores mexicanos en los mercados extranjeros.
91701 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA EXTERNA POR EMISIÓN DE TÍTULOS
Y VALORES.
Asignaciones destinadas para el pago del principal derivado de la colocación de
títulos y valores mexicanos en los mercados extranjeros.
918 AMORTIZACIONES DE ARRENDAMIENTOS FINANCIERO
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas para la amortización de financiamientos contraídos con
arrendadoras extranjeras en el que su pago esté convenido en moneda
extranjera.
91801 AMORTIZACIONES DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas para la amortización de financiamientos contraídos con
arrendadoras extranjeras en el que su pago esté convenido en moneda
extranjera.
9200 INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago de intereses derivados de los
diversos créditos o financiamientos contratados a plazo con instituciones
nacionales y extranjeras, privadas y mixtas de crédito y con otros acreedores,
que sean pagaderos en el interior y exterior del país en moneda de curso legal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 292
921 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE
CREDITO.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivados de los créditos
contratados con instituciones de crédito nacionales.
92101 INTERESES A CORTO PLAZO.
Asignaciones destinadas para cubrir el pago de intereses derivados de los
diversos créditos o financiamientos autorizados, o ratificados por el H. Congreso
del Estado, colocados a plazo menor de un año, en Instituciones Nacionales y
Mixtas de Crédito y otros acreditantes.
92102 INTERESES A LARGO PLAZO.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago de intereses derivados de los diversos
créditos o financiamientos autorizados, o ratificados por el H. Congreso del
Estado, colocados a plazo de un año o más, en Instituciones Nacionales y
Mixtas de Crédito y otros acreditantes.
922 INTERESES DERIVADOS DE LA COLOCACION DE TITULOS Y
VALORES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la colocación de títulos y
valores gubernamentales colocados en territorio nacional.
92201 INTERESES DERIVADOS DE LA COLOCACIÓN DE VALORES
GUBERNAMENTALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la colocación de valores
gubernamentales colocados en territorio nacional.
923 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS NACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivado de la contratación de
arrendamientos financieros nacionales.
92301 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS NACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivado de la contratación de
arrendamientos financieros nacionales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 293
92302 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS ESPECIALES.
Asignaciones para el pago de intereses derivado de financiamientos contraídos
con arrendadoras en la modalidad de arrendamientos financieros especiales
(BLT o BOT), entre otras figuras análogas.
924 INTERESES DE LA DEUDA EXTERNA CON INSTITUCIONES DE
CRÉDITO.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivados de créditos contratados
con la banca comercial externa.
92401 INTERESES DE LA DEUDA EXTERNA CON INSTITUCIONES DE
CRÉDITO.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivados de créditos contratados
con la banca comercial externa.
925 INTERESES DE LA DEUDA CON ORGANISMOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la contratación de
financiamientos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el
Banco Interamericano de Desarrollo y otras instituciones análogas.
92501 INTERESES DE LA DEUDA CON ORGANISMOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la contratación de
financiamientos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el
Banco Interamericano de Desarrollo y otras instituciones análogas.
926 INTERESES DE LA DEUDA BILATERAL.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la contratación de
financiamientos otorgados por gobiernos extranjeros, a través de sus
instituciones de crédito.
92601 INTERESES DE LA DEUDA BILATERAL.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la contratación de
financiamientos otorgados por gobiernos extranjeros, a través de sus
instituciones de crédito.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 294
927 INTERESES DERIVADOS DE LA COLOCACIÓN DE TÍTULOS Y VALORES
EN EL EXTERIOR.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la colocación de títulos y
valores mexicanos en los mercados extranjeros.
92701 INTERESES DERIVADOS DE LA COLOCACIÓN DE TÍTULOS Y
VALORES EN EL EXTERIOR.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la colocación de títulos y
valores mexicanos en los mercados extranjeros.
928 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por concepto de arrendamientos
financieros contratados con arrendadoras extranjeras en el que su pago esté
establecido en moneda extranjera.
92801 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por concepto de arrendamientos
financieros contratados con arrendadoras extranjeras en el que su pago esté
establecido en moneda extranjera.
9300 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA.
Asignaciones destinadas a cubrir las comisiones derivadas de los diversos
créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el Congreso de la Unión,
pagaderos en el interior y exterior del país, tanto en moneda nacional como
extranjera.
931COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA.
Asignaciones destinadas al pago de obligaciones derivadas del servicio de la
deuda contratada en territorio nacional.
93101 COMISIONES Y GASTOS DE CORTO PLAZO.
Asignaciones destinadas a cubrir comisiones y otros gastos derivados de los
diversos créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso
del Estado, colocados a plazo menor de un año en Instituciones Nacionales y
Mixtas de Crédito y otros acreditantes.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 295
93102 COMISIONES Y GASTOS DE LARGO PLAZO.
Asignaciones destinadas a cubrir comisiones y otros gastos derivados de los
diversos créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso
del Estado, colocados a plazo de un año o más en Instituciones Nacionales y
Mixtas de Crédito y otros acreditantes.
932 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.
Asignaciones destinadas para el pago de obligaciones derivadas del servicio de
la deuda contratada fuera del territorio nacional.
93201 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.
Asignaciones destinadas para el pago de obligaciones derivadas del servicio de
la deuda contratada fuera del territorio nacional.
9400 GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA.
Asignaciones destinadas para cubrir los gastos derivados de los diversos
créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el Congreso de la Unión,
pagaderos en el interior y exterior del país, tanto en moneda nacional como
extranjera.
941 GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA.
Asignaciones destinadas al pago de gastos de la deuda pública interna, como
son: diversos gastos que se cubren a los bancos agentes conforme a los
convenios y/o contratos de crédito suscritos, gastos asociados a la difusión de la
deuda, gastos por inscripción de los valores en las instancias respectivas; así
como cualquier otra erogación derivada de la contratación, manejo y servicio
de la deuda pública interna que por su naturaleza no corresponda a
amortizaciones, intereses, comisiones o coberturas.
94101 GASTOS DE LA DEUDA INTERNA.
Asignaciones destinadas al pago de gastos derivados de la deuda pública como
son: gastos que se cubren a los bancos conforme a los convenios o contratos de
crédito; gastos asociados a la difusión de la deuda, gastos por inscripción de
valores, así como cualquier otra erogación derivada de la contratación, manejo y
servicio de la deuda que por su naturaleza no corresponden a amortizaciones,
intereses, comisiones o coberturas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 296
942 GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.
Asignaciones destinadas para el pago de gastos de la deuda pública externa,
como son: diversos gastos que se cubren a los bancos agentes conforme a los
convenios y/o contratos de crédito suscritos, gastos asociados a la difusión de la
deuda, gastos por inscripción de los valores en las instancias respectivas; así
como cualquier otra erogación derivada de la contratación, manejo y servicio de
la deuda pública externa que por su naturaleza no corresponda a amortizaciones,
intereses, comisiones o coberturas.
94201 GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.
Asignaciones destinadas para el pago de gastos de la deuda pública externa,
como son: diversos gastos que se cubren a los bancos agentes conforme a los
convenios y/o contratos de crédito suscritos, gastos asociados a la difusión de la
deuda, gastos por inscripción de los valores en las instancias respectivas; así
como cualquier otra erogación derivada de la contratación, manejo y servicio de
la deuda pública externa que por su naturaleza no corresponda a amortizaciones,
intereses, comisiones o coberturas.
9500 COSTO POR COBERTURAS.
Asignaciones destinadas a cubrir los importes generados por las variaciones en
el tipo de cambio o en las tasas de interés en el cumplimiento de las obligaciones
de deuda interna o externa; así como la contratación de instrumentos financieros
denominados como futuros o derivados.
951 COSTOS POR COBERTURA DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA.
Asignaciones destinadas al pago de los importes derivados por las variaciones
en las tasas de interés, en el tipo de cambio de divisas, programa de cobertura
petrolera, agropecuarias y otras coberturas mediante instrumentos financieros
derivados; así como las erogaciones que, en su caso, resulten de la cancelación
anticipada de los propios contratos de cobertura.
95101 COSTO POR COBERTURAS.
Asignaciones destinadas al pago de obligaciones derivadas del servicio de la
deuda contratada, diferentes de las comisiones y gastos de corto y largo plazo,
que no se identifiquen con un crédito o financiamiento específico.
952 COSTOS POR COBERTURA DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.
Asignaciones destinadas al pago de los importes derivados por las variaciones
en las tasas de interés, en el tipo de cambio de las divisas, programa de
coberturas petroleras, agropecuarias otras coberturas mediante instrumentos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 297
financieros derivados; así como las erogaciones que, en su caso, resulten de la
cancelación anticipada de los propios contratos de cobertura de la deuda pública
externa.
95201 COSTOS POR COBERTURAS DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.
Asignaciones destinadas para el pago de los importes derivados por las
variaciones en las tasas de interés, en el tipo de cambio de las divisas, programa
de coberturas petroleras, agropecuarias otras coberturas mediante instrumentos
financieros derivados; así como las erogaciones que, en su caso, resulten de la
cancelación anticipada de los propios contratos de cobertura de la deuda pública
externa.
9600 APOYOS FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas para el apoyo de los ahorradores y deudores de la
banca y del saneamiento del sistema financiero nacional.
961 APOYOS A INTERMEDIARIOS FINANCIEROS.
Asignaciones para cubrir compromisos derivados de programas de apoyo y
saneamiento del sistema financiero nacional.
96101 APOYOS A INTERMEDIARIOS FINANCIEROS.
Asignaciones destinadas para cubrir compromisos derivados de programas de
apoyo y saneamiento del sistema financiero nacional.
962 APOYOS A AHORRADORES Y DEUDORES DEL SISTEMA FINANCIERO
NACIONAL.
Asignaciones, destinadas a cubrir compromisos por la aplicación de programas
de apoyo a ahorradores y deudores.
96201 APOYOS A AHORRADORES Y DEUDORES DEL SISTEMA
FINANCIERO NACIONAL.
Asignaciones, destinadas para cubrir compromisos por la aplicación de
programas de apoyo a ahorradores y deudores.
9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS).
Asignaciones destinadas para cubrir las erogaciones devengadas y pendientes
de liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior, derivadas de la contratación de
bienes y servicios requeridos en el desempeño de las funciones de los entes
públicos, para las cuales existió asignación presupuestal con saldo disponible al
cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 298
991 ADEFAS.
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones devengadas y pendientes de
liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior, derivadas de la contratación de
bienes y servicios requeridos en el desempeño de las funciones de los entes
públicos, para las cuales existió asignación presupuestal con saldo disponible al
cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron.
99101 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES.
Asignaciones destinadas para cubrir las erogaciones devengadas y pendientes
de liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior, derivadas de la contratación de
bienes y servicios requeridos en el desempeño de las funciones de los entes
públicos, para las cuales existió asignación presupuestal con saldo disponible al
cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 299
VI.1.2 Clasificador Funcional del
Gasto
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 300
CLASIFICADOR FUNCIONAL DEL GASTO
La Clasificación Funcional del Gasto agrupa los gastos según los propósitos u
objetivos socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.
Presenta el gasto público según la naturaleza de los servicios gubernamentales
brindados a la población. Con dicha clasificación se identifica el presupuesto
destinado a funciones de gobierno, desarrollo social, desarrollo económico y otros
no clasificados: permitiendo determinar los objetivos generales de las políticas
públicas y los recursos financieros que se asignan para alcanzar estos.
La información de la Clasificación Funcional es de interés primordial para la
ciudadanía en general, para altos funcionarios de los poderes del Estado, para
quienes ejercen actividad política y para los analistas que realizan estudios sobre la
ejecución de las políticas públicas.
Las funciones que se identifican en esta clasificación son de interés general y
susceptible de ser utilizadas en una amplia variedad de aplicaciones analíticas y
estadísticas, relacionadas con el estudio de la orientación de las acciones de
gobierno.
Esta clasificación forma parte del conjunto de clasificadores presupuestarios que se
utilizan para la fijación de políticas, la elaboración, ejecución, evaluación y el
análisis del Presupuesto de Egresos; presentando una estructura detallada sobre
las prioridades y acciones que lleva a cabo el gobierno. Es importante notar que
cada uno de los clasificadores presupuestarios tienen una utilidad específica: sin
embargo, la utilización conjunta de las mismas nos dará información de mayor valor
agregado y apropiada para la comprensión y análisis del gasto presupuestario, ya
que no es posible satisfacer todos los propósitos analíticos con una sola
clasificación.
La Clasificación Funcional del Gasto se vincula e interrelaciona, entre otras con la
clasificación administrativa, programática y por objeto del gasto.
Es común que un ente público cumpla una o más funciones y que una función sea
realizada por varias instituciones. La Clasificación Funcional tiene por finalidad
corregir esa dispersión agrupando los gastos de acuerdo a las funciones a que
destinan los recursos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 301
A. OBJETIVOS.
La Clasificación Funcional del Gasto tiene como objetivos los siguientes:
I. Presentar una descripción que permita informar sobre la naturaleza de los
servicios gubernamentales y la proporción del gasto público que se destina a
cada tipo de servicio:
II. Conocer en qué medida las instituciones de la Administración Pública
cumplen con funciones económicas o sociales.
III. Facilitar el análisis a lo largo del tiempo de las tendencias del gasto público
según la finalidad y función:
IV. Facilitar comparaciones internacionales respeto al alcance de las funciones
económicas y sociales que desempeñan los gobiernos.
V. Favorecer el análisis del gasto para estudios económicos y sociales que
desempeñan los gobiernos:
VI. Cuantificar la proporción del gasto público que las instituciones públicas
destinan a las áreas de servicios públicos generales, económicos sociales y
a las transacciones no asociadas a funcionales.
B. ESTRUCTURA DE LA CLASIFICACIÓN METODOLOGIA.
Nivel 1 : 1 Finalidad
Nivel 2: 1.1 Función
Nivel 3: 1.1.1 Subfunción
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 302
El primer dígito identifica si el gasto funcional es de gobierno, social, económico;
adicionalmente, con este primer dígito se identifican las transacciones no
especificadas que no corresponden a ningún gasto funcional en particular.
- Primera finalidad: Comprende las acciones propias de gobierno;
- Segunda finalidad: Incluye las actividades relacionadas con la prestación de
servicios sociales en beneficio de la población;
- Tercera finalidad: Comprende las actividades orientadas al desarrollo económico,
fomento de la producción y prestación de bienes y servicios públicos;
- Cuarta finalidad: Comprende los pagos de compromisos inherentes a la
contratación de deuda; las transferencias entre diferentes niveles y órdenes de
gobierno, así como aquellas actividades no susceptibles de etiquetar en las
funciones existentes.
En el segundo dígito se desagregan 28 funciones, de conformidad con la finalidad a
la cual corresponde el gasto.
Respecto a las funciones que corresponden a "OTROS" en cada finalidad, su
incorporación será determinada, en conjunto con las unidades administrativas o
instancias competentes en materia de Contabilidad Gubernamental y de
Presupuesto de cada orden de gobierno.
En el tercer dígito se desagregan 111 subfunciones, de conformidad con la función
a la cual corresponde el gasto.
La Clasificación Funcional del Gasto se puede desagregar a cuarto dígito en sub-
funciones, el cual permitirá que las unidades administrativas o instancias
competentes en materia de Contabilidad Gubernamental y de Presupuesto de cada
orden de gobierno, con base en sus necesidades, generen su apertura,
conservando la estructura básica (finalidad, función y subfunción).
C. RELACIÓN DE FINALIDADES, FUNCIONES Y SUBFUNCIONES
1 GOBIERNO
1.1. LEGISLACION
1.1.1 Legislación
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 303
1.1.2 Fiscalización
1.2. JUSTICIA
1.2.1 Impartición de Justicia
1.2.2 Procuración de Justicia
1.2.3 Reclusión y Readaptación Social
1.2.4 Derechos Humanos
1.3. COORDINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO
1.3.1 Presidencia / Gubernatura
1.3.2 Política Interior
1.3.3 Preservación y Cuidado del Patrimonio Público
1.3.4 Función Pública
1.3.5 Asuntos Jurídicos
1.3.6 Organización de Procesos Electorales
1.3.7 Población
1.3.8 Territorio
1.3.9 Otros
1.4. RELACIONES EXTERIORES
1.4.1 Relaciones Exteriores
1.5. ASUNTOS FINANCIEROS Y HACENDARIOS
1.5.1 Asuntos Financieros
1.5.2 Asuntos Hacendarios
1.6. SEGURIDAD NACIONAL
1.6.1 Defensa
1.6.2 Marina
1.6.3 Inteligencia para la Preservación de la Seguridad Nacional
1.7. ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR
1.7.1 Policía
1.7.2 Protección Civil
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 304
1.7.3 Otros Asuntos de Orden Público y Seguridad
1.7.4 Sistema Nacional de Seguridad Pública
1.8. OTROS SERVICIOS GENERALES
1.8.1 Servicios Registrales, Administrativos y Patrimoniales
1.8.2 Servicios Estadísticos
1.8.3 Servicios de Comunicación y Medios
1.8.4 Acceso a la Información Pública Gubernamental
1.8.5 Otros
2 DESARROLLO SOCIAL
2.1. PROTECCION AMBIENTAL
2.1.1 Ordenación de Desechos
2.1.2 Administración del Agua
2.1.3 Ordenación de Aguas Residuales, Drenaje y Alcantarillado
2.1.4 Reducción de la Contaminación
2.1.5 Protección de la Diversidad Biológica y del Paisaje
2.1.6 Otros de Protección Ambiental
2.2. VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD
2.2.1 Urbanización
2.2.2 Desarrollo Comunitario
2.2.3 Abastecimiento de Agua
2.2.4 Alumbrado Público
2.2.5 Vivienda
2.2.6 Servicios Comunales
2.2.7 Desarrollo Regional
2.3. SALUD
2.3.1 Prestación de Servicios de Salud a la Comunidad
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 305
2.3.2 Prestación de Servicios de Salud a la Persona
2.3.3 Generación de Recursos para la Salud
2.3.4 Rectoría del Sistema de Salud
2.3.5 Protección Social en Salud
2.4. RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES
2.4.1 Deporte y Recreación
2.4.2 Cultura
2.4.3 Radio, Televisión y Editoriales
2.4.4 Asuntos Religiosos y Otras Manifestaciones Sociales
2.5. EDUCACION
2.5.1 Educación Básica
2.5.2 Educación Media Superior
2.5.3 Educación Superior
2.5.4 Posgrado
2.5.5 Educación para Adultos
2.5.6 Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes
2.6. PROTECCION SOCIAL
2.6.1 Enfermedad e Incapacidad
2.6.2 Edad Avanzada
2.6.3 Familia e Hijos
2.6.4 Desempleo
2.6.5 Alimentación y Nutrición
2.6.6 Apoyo Social para la Vivienda
2.6.7 Indígenas
2.6.8 Otros Grupos Vulnerables
2.6.9 Otros de Seguridad Social y Asistencia Social
2.7. OTROS ASUNTOS SOCIALES
2.7.1 Otros Asuntos Sociales
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 306
3 DESARROLLO ECONOMICO
3.1. ASUNTOS ECONOMICOS, COMERCIALES Y LABORALES EN GENERAL
3.1.1 Asuntos Económicos y Comerciales en General
3.1.2 Asuntos Laborales Generales
3.2. AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA
3.2.1 Agropecuaria
3.2.2 Silvicultura
3.2.3 Acuacultura, Pesca y Caza
3.2.4 Agroindustrial
3.2.5 Hidroagrícola
3.2.6 Apoyo Financiero a la Banca y Seguro Agropecuario
3.3. COMBUSTIBLES Y ENERGIA
3.3.1 Carbón y Otros Combustibles Minerales Sólidos
3.3.2 Petróleo y Gas Natural (Hidrocarburos)
3.3.3 Combustibles Nucleares
3.3.4 Otros Combustibles
3.3.5 Electricidad
3.3.6 Energía no Eléctrica
3.4. MINERIA, MANUFACTURAS Y CONSTRUCCION
3.4.1 Extracción de Recursos Minerales excepto los Combustibles Minerales
3.4.2 Manufacturas
3.4.3 Construcción
3.5. TRANSPORTE
3.5.1 Transporte por Carretera
3.5.2 Transporte por Agua y Puertos
3.5.3 Transporte por Ferrocarril
3.5.4 Transporte Aéreo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 307
3.5.5 Transporte por Oleoductos y Gasoductos y Otros Sistemas de Transporte
3.5.6 Otros Relacionados con Transporte
3.6. COMUNICACIONES
3.6.1 Comunicaciones
3.7. TURISMO
3.7.1 Turismo
3.7.2 Hoteles y Restaurantes
3.8. CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
3.8.1 Investigación Científica
3.8.2 Desarrollo Tecnológico
3.8.3 Servicios Científicos y Tecnológicos
3.8.4 Innovación
3.9. OTRAS INDUSTRIAS Y OTROS ASUNTOS ECONOMICOS
3.9.1 Comercio, Distribución, Almacenamiento y Depósito
3.9.2 Otras Industrias
3.9.3 Otros Asuntos Económicos
4 OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES ANTERIORES.
4.1. TRANSACCIONES DE LA DEUDA PUBLICA / COSTO FINANCIERO DE LA
DEUDA
4.1.1 Deuda Pública Interna
4.1.2 Deuda Pública Externa
4.2. TRANSFERENCIAS, PARTICIPACIONES Y APORTACIONES ENTRE
DIFERENTES NIVELES Y ORDENES DE GOBIERNO
4.2.1 Transferencias entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 308
4.2.2 Participaciones entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno
4.2.3 Aportaciones entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno
4.3. SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO
4.3.1 Saneamiento del Sistema Financiero
4.3.2 Apoyos IPAB
4.3.3 Banca de Desarrollo
4.3.4 Apoyo a los programas de reestructura en unidades de inversión
4.4. ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
4.4.1 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores
Definiciones de la Clasificación Funcional del Gasto (CFG)
1 Gobierno. Comprende las acciones propias de la gestión gubernamental, tales
como la administración de asuntos de carácter legislativo, procuración e impartición
de justicia, asuntos militares y seguridad nacional, asuntos con el exterior, asuntos
hacendarios, política interior, organización de los procesos electorales, regulación y
normatividad aplicable a los particulares y al propio sector público y la
administración interna del sector público.
Legislación. Comprende las acciones relativas a la iniciativa, revisión, elaboración,
aprobación, emisión y difusión de leyes, decretos, reglamentos y acuerdos; así
como la fiscalización de la cuenta pública, entre otras.
Legislación. Comprende las acciones relativas a la iniciativa, revisión, elaboración,
aprobación, emisión y difusión de leyes, decretos, reglamentos y acuerdos, a
quienes la constitución política del país y de las entidades federativas les otorgan la
facultad de hacerlo.
1.1.2. Fiscalización. Comprende las acciones relativas a la fiscalización de la
rendición de cuentas.
1.2. Justicia. Comprende la administración de la procuración e impartición de la
justicia, como las acciones de las fases de investigación, acopio de pruebas e
indicios, hasta la imposición, ejecución y cumplimiento de resoluciones de carácter
penal, civil, familiar, administrativo, laboral, electoral; del conocimiento y calificación
de las infracciones e imposición de sanciones en contra de quienes presuntamente
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 309
han violado la ley o disputen un derecho, exijan su reconocimiento o en su caso
impongan obligaciones. Así como las acciones orientadas a la persecución oficiosa
o a petición de parte ofendida, de las conductas que transgreden las disposiciones
legales, las acciones de representación de los intereses sociales en juicios y
procedimientos que se realizan ante las instancias de justicia correspondientes.
Incluye la administración de los centros de reclusión y readaptación social. Así
como los programas, actividades y proyectos relacionados con los derechos
humanos, entre otros.
1.2.1. Impartición de Justicia. Comprende las acciones que desarrollan el poder
judicial, los tribunales agrarios, fiscales y administrativos, así como las relativas a la
impartición de justicia en materia laboral. Incluye infraestructura y equipamiento
necesarios.
1.2.2. Procuración de Justicia. Comprende la administración de las actividades
inherentes a la procuración de justicia, así como la infraestructura y equipamiento.
1.2.3. Reclusión y Readaptación Social. Comprende la administración, gestión o
apoyo de los centros de reclusión y readaptación social, así como acciones
encaminadas a corregir conductas antisociales de quienes infringieron la ley y que
por tal razón purgan la pena correspondiente en centros de reclusión y
readaptación social para adultos y menores infractores. Incluye la infraestructura y
el equipamiento necesario.
1.2.4. Derechos Humanos. Comprende las actividades relacionadas con la
protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos
en los ámbitos estatal, nacional e internacional. Incluye acciones orientadas a la
organización del poder público que permita asegurar jurídicamente el pleno goce de
los derechos humanos, así como al impulso del respeto y garantía de los mismos.
1.3. Coordinación de la Política de Gobierno. Comprende las acciones enfocadas
a la formulación y establecimiento de las directrices, lineamientos de acción y
estrategias de gobierno.
1.3.1 Presidencia / Gubernatura. Comprende las actividades que desarrollan las
oficinas del titular del poder ejecutivo de la federación, entidades federativas y
municipios.
1.3.2. Política Interior. Incluye la planeación, formulación, diseño, ejecución e
implantación de la política del desarrollo político y las actividades de enlace con el
congreso.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 310
1.3.3. Preservación y Cuidado del Patrimonio Público. Incluye las actividades
para la preservación y cuidado del patrimonio público (monumentos, obras artísticas
y edificios, entre otros).
1.3.4. Función Pública. Incluye el control, fiscalización y evaluación interna de la
gestión gubernamental.
1.3.5. Asuntos Jurídicos. Comprende las acciones de coordinación jurídica que
desarrolla la consejería jurídica del poder ejecutivo, así como los servicios de
asesoría y asistencia jurídica a gobernadores y presidentes.
1.3.6. Organización de Procesos Electorales. Comprende la planeación,
supervisión, control y organización de acciones inherentes a los procesos
electorales; así como la regulación de los recursos financieros que se destinan a los
distintos órganos electorales y a los partidos políticos.
1.3.7. Población. Incluye la planeación, formulación, diseño, ejecución e
implantación de la política poblacional y de los servicios migratorios.
1.3.8 Territorio. Incluye la planeación, formulación, diseño, ejecución e
implantación de la política territorial.
1.3.9 Otros. Incluye otras acciones enfocadas a la formulación y establecimiento
de las directrices, lineamientos de acción y estrategias de gobierno no consideradas
en otras subfunciones.
1.4. Relaciones exteriores. Incluye la planeación, formulación, diseño, e
implantación de la política exterior en los ámbitos bilaterales y multilaterales, así
como la promoción de la cooperación internacional y la ejecución de acciones
culturales de igual tipo.
1.4.1. Relaciones Exteriores. Incluye la planeación, formulación, diseño, e
implantación de la política exterior en los ámbitos bilaterales y multilaterales, así
como la promoción de la cooperación nacional e internacional y la ejecución de
acciones culturales de igual tipo.
1.5. Asuntos Financieros y Hacendarios. Comprende el diseño y ejecución de
los asuntos relativos a cubrir todas las acciones inherentes a los asuntos financieros
y hacendarios.
1.5.1. Asuntos Financieros. Comprende la planeación, formulación, diseño,
ejecución, implantación, así como las actividades de normatividad, reglamentación y
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 311
operación de la política financiera. Así como diseño y ejecución de la política
financiera mediante la regulación, normatividad y supervisión del sistema financiero
y otros servicios que corresponda realizar de conformidad con los ordenamientos
legales vigentes.
1.5.2. Asuntos Hacendarios. Comprende la planeación, formulación, diseño,
ejecución, implantación, así como las actividades de normatividad, reglamentación y
operación de la política fiscal (ingreso, gasto y financiamiento), así como la gestión
de tesorería y otros servicios que corresponda realizar de conformidad con los
ordenamientos legales vigentes. Incluye las actividades de gestión y regulación de
las entidades que administran los juegos y sorteos.
1.6. Seguridad Nacional. Comprende los programas, actividades y proyectos
relacionados con la planificación y operación del ejército, armada y la fuerza aérea
de México, así como la administración de los asuntos militares y servicios
inherentes a la seguridad nacional.
1.6.1. Defensa. Comprende las actividades relacionadas con la operación del
ejército y la fuerza aérea de México.
1.6.2. Marina. Comprende las actividades relacionadas con la operación de la
armada de México.
1.6.3 Inteligencia para la preservación de la seguridad nacional. Comprende
las actividades relacionadas con la seguridad nacional. Incluye la operación del
Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN).
1.7. Asuntos de orden público y de seguridad interior. Comprende los
programas, actividades y proyectos relacionados con el orden y seguridad pública,
así como las acciones que realizan los gobiernos federal, estatales y municipales,
para la investigación y prevención de conductas delictivas; también su participación
en programas conjuntos de reclutamiento, capacitación, entrenamiento,
equipamiento y ejecución de acciones coordinadas, al igual que el de orientación,
difusión, auxilio y protección civil para prevención de desastres, entre otras. Incluye
los servicios de policía, servicios de protección contra incendios.
1.7.1. Policía. Incluye la administración de asuntos y servicios policiacos, combate
a la delincuencia y narcotráfico, adiestramiento del cuerpo policiaco, estadísticas de
arrestos y criminalidad, así como la reglamentación y el control del tránsito por
carretera.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 312
1.7.2. Protección Civil. Incluye la planeación, formulación, diseño, ejecución e
implantación de la política de protección civil; así como las actividades en materia
de prevención, auxilio, atención y rehabilitación del orden y servicios públicos en
casos de desastres naturales.
1.7.3. Otros Asuntos de Orden Público y Seguridad. Incluye las actividades que
realicen los entes públicos en materia de orden, seguridad y justicia que no se
encuentren consideradas en otras subfunciones.
1.7.4 Sistema Nacional de Seguridad Pública. Incluye las acciones realizadas
bajo la coordinación del secretariado ejecutivo del sistema nacional de seguridad
pública.
1.8. Otros Servicios Generales. Este grupo comprende servicios que no están
vinculados a una función concreta y que generalmente son de cometido de oficinas
centrales a los diversos niveles del gobierno, tales como los servicios generales de
personal, planificación y estadísticas. También comprende los servicios vinculados
a una determinada función que son de cometido de dichas oficinas centrales. Por
ejemplo, se incluye aquí la recopilación de estadísticas de la industria, el medio
ambiente, la salud o la educación por un organismo estadístico central.
1.8.1. Servicios Registrales, Administrativos y Patrimoniales. Comprende las
actividades referentes a la prestación de servicios enfocados a proporcionar
seguridad jurídica al ciudadano en su persona, en sus bienes y en su interacción
con los demás ciudadanos a través de las acciones de registro civil, catastro y
registro público de la propiedad y del comercio, entre otros. Así como las
actividades relacionadas con servicios administrativos y patrimoniales.
1.8.2 Servicios Estadísticos. Considera las acciones que realizan los entes
públicos relacionadas con los sistemas de información y las estadísticas nacionales.
1.8.3. Servicios de Comunicación y Medios. Incluye la planeación, formulación,
diseño, ejecución e implantación de servicios de comunicación social y la relación
con los medios informativos, estatales y privados, así como los servicios
informativos en medios impresos y electrónicos.
1.8.4. Acceso a la Información Pública Gubernamental. Comprende las
actividades y las acciones orientadas a garantizar el acceso de toda persona a la
información en posesión de los tres niveles de gobierno, así como de los
organismos autónomos además de su integración y difusión.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 313
1.8.5 Otros. Incluye las actividades que realizan los entes públicos no consideradas
en ninguna función o subfunción de esta clasificación.
2. Desarrollo Social. Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados
con la prestación de servicios en beneficio de la población con el fin de favorecer el
acceso a mejores niveles de bienestar, tales como: servicios educativos, recreación,
cultura y otras manifestaciones sociales, salud, protección social, vivienda, servicios
urbanos y rurales básicos, así como protección ambiental.
2.1. Protección Ambiental. Comprende los esfuerzos y programas, actividades y
proyectos encaminados a promover y fomentar la protección de los recursos
naturales y preservación del medio ambiente, así como su conservación. Considera
la ordenación de aguas residuales y desechos, reducción de la contaminación,
administración del agua, protección de la diversidad biológica y del paisaje.
2.1.1 Ordenación de Desechos. Comprende la administración, supervisión,
inspección, gestión o apoyo de los sistemas de limpia, recolección, traslado,
tratamiento y eliminación de desechos. La recolección de desechos comprende el
barrido de calles, parques, plazas y otros lugares públicos; la recolección de todo
tipo de desechos. El tratamiento incluye cualquier método o proceso destinado a
modificar las características o composición física, química o biológica de cualquier
desecho para neutralizarlo. La eliminación consiste, entre otras cosas, en
proporcionar un destino final a los desechos que ya no resultan útiles, mediante el
uso de basureros, el confinamiento, el vertimiento en el mar o cualquier otro método
pertinente de eliminación.
2.1.2 Administración del Agua. Incluye los programas y actividades para la
regulación y aprovechamiento del agua, servicios de información meteorológica,
control de cauces, entre otros.
2.1.3 Ordenación de Aguas Residuales, Drenaje y Alcantarillado. Comprende la
administración, supervisión, inspección, explotación, construcción, ampliación o
apoyo de los sistemas de drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas
residuales. La gestión del sistema de alcantarillado incluye la explotación y la
construcción del sistema de colectores, tuberías, conductos y bombas de
evacuación de las aguas residuales (agua de lluvia y aguas residuales domésticas y
de otro tipo) desde los puntos de generación hasta una instalación de tratamiento
de aguas residuales o un lugar desde el cual se viertan las aguas residuales a las
aguas superficiales. El tratamiento de las aguas residuales incluye cualquier
proceso mecánico, biológico o avanzado de purificación para consumo humano u
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 314
otros fines de las aguas residuales con el fin de que éstas cumplan las normas
medioambientales vigentes y otras normas de calidad.
2.1.4. Reducción de la Contaminación. Comprende la administración, supervisión,
inspección, gestión o apoyo de actividades relacionadas con la reducción y el
control de la contaminación como son la protección del aire ambiente y del clima, la
protección del suelo y de las aguas subterráneas, la reducción de los ruidos y las
vibraciones y la protección contra la radiación.
2.1.5 Protección de la Diversidad Biológica y del Paisaje. Comprende la
administración, supervisión, inspección, gestión o apoyo de actividades
relacionadas con la protección de la diversidad biológica y del paisaje, como las
actividades relacionadas con la protección de la fauna y la flora (tales como, por
ejemplo, la reintroducción de especies extintas y la recuperación de especies en
peligro de extinción), la protección de determinados hábitats (inclusive la ordenación
de parques y de reservas naturales) y la protección de paisajes por sus valores
estéticos (por ejemplo, la reparación de paisajes deteriorados con fines de fortalecer
su valor estético y la rehabilitación de minas y canteras abandonadas).
2.1.6 Otros de Protección Ambiental. Incluye la administración, dirección,
regulación, supervisión, gestión y apoyo de actividades como formulación,
administración, coordinación y vigilancia de políticas, planes, programas y
presupuestos generales para promover la protección del medio ambiente;
preparación y ejecución de legislación y normas de actuación en lo referente a la
prestación de servicios de protección del medio ambiente; producción y difusión de
información general, documentación técnica y estadísticas sobre la protección del
medio ambiente.
2.2. Vivienda y Servicios a la Comunidad. Comprende la administración, gestión
o apoyo de programas, actividades y proyectos relacionados con la formulación,
administración, coordinación, ejecución y vigilancia de políticas relacionadas con la
urbanización, desarrollos comunitarios, abastecimiento de agua, alumbrado público
y servicios comunitarios, así como la producción y difusión de información general,
documentación técnica y estadísticas relacionadas con la vivienda y los servicios
comunitarios.
2.2.1 Urbanización. Comprende las acciones relacionadas con el fomento y la
regulación, el financiamiento, la construcción, operación, fomento, mantenimiento
de la infraestructura y equipamiento urbano.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 315
2.2.2 Desarrollo Comunitario. Comprende la administración de los asuntos y
servicios relacionados con el desarrollo comunitario; administración de las leyes de
urbanismo y las normas de utilización de tierras y de construcción. Planificación de
nuevas comunidades o de comunidades rehabilitadas; planificación de la creación o
mejora de los servicios de vivienda, industria, servicios públicos, salud, educación,
cultura, esparcimiento, etc. Para las comunidades; elaboración de planes de
financiación de proyectos.
2.2.3. Abastecimiento de Agua. Comprende las acciones relacionadas con la
construcción, ampliación y mantenimiento, capacitación, purificación y distribución
de agua potable.
2.2.4. Alumbrado Público. Comprende la administración de los asuntos
relacionados con el alumbrado público como su instalación, gestión, mantenimiento,
mejora, creación y regulación de las normas, entre otros.
2.2.5 Vivienda. Comprende las acciones de financiamiento, para la construcción,
adquisición y mejoramiento de la vivienda. Incluye la administración, gestión o
apoyo de actividades como formulación, administración, coordinación y vigilancia de
políticas, planes, programas y presupuestos generales relacionados con la misma;
preparación y ejecución de legislación y normas de actuación; producción y difusión
de información general, documentación técnica y estadísticas relacionadas con la
vivienda.
2.2.6 Servicios Comunales. Comprende la administración, gestión o apoyo de
actividades como formulación, administración, coordinación y vigilancia de políticas,
planes, programas y presupuestos generales relacionados con los servicios
comunitarios distintos a los referidos en las subfunciones anteriores, por ejemplo
rastro, panteones, mercados y centrales de abasto; calles, parques y jardines y su
equipamiento. Así como la preparación y ejecución de legislación y normas de
actuación relacionadas con los mismos, producción y difusión de información
general, documentación técnica y estadísticas relacionadas.
2.2.7 Desarrollo Regional. Incluye las acciones y programas que se llevan a cabo
en el ámbito regional a través de instrumentos o mecanismos específicos para
impulsar la infraestructura y su equipamiento, el bienestar social, la actividad
económica y apoyos para saneamiento financiero en municipios y entidades
federativas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 316
2.3. Salud. Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la
prestación de servicios colectivos y personales de salud, entre ellos los servicios
para pacientes externos, servicios médicos y hospitalarios generales y
especializados, servicios odontológicos, servicios paramédicos, servicios
hospitalarios generales y especializados, servicios médicos y centros de
maternidad, servicios de residencias de la tercera edad y de convalecencia y otros
servicios de salud; así como productos, útiles y equipo médicos, productos
farmacéuticos, aparatos y equipos terapéuticos.
2.3.1. Prestación de Servicios de Salud a la Comunidad. Incluye las campañas
para la promoción y prevención de salud y el fomento de la salud pública, tales
como la vigilancia epidemiológica, la salud ambiental, el control de vectores y la
regulación sanitaria, así como la prestación de servicios de salud por personal no
especializado.
2.3.2. Prestación de Servicios de Salud a la Persona. Este incluye la atención
preventiva, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, así como la atención de
urgencias en todos los niveles a cargo de personal especializado.
2.3.3. Generación de Recursos para la Salud. Incluye la creación, fabricación y
elaboración de bienes e insumos para la salud, la comercialización de biológicos y
reactivos, la formación y desarrollo de recurso humano, así como el desarrollo de la
infraestructura y equipamiento en salud.
2.3.4. Rectoría del Sistema de Salud. Comprende la formulación, administración,
coordinación y vigilancia de políticas generales, la planeación estratégica, la
generación de información, la evaluación del desempeño, la coordinación
intersectorial, la regulación y emisión de normatividad en materia de salud, así
como la administración, gestión o apoyo de actividades inherentes, la comunicación
social, los asuntos jurídicos y la administración y gestión de los servicios
centralizados y descentralizados de suministros y adquisiciones, entre otros.
2.3.5. Protección Social en Salud. Incluye la operación de los fondos de gastos de
atención a catástrofes y de previsión presupuestaria, la integración de la cuota
social que cubre el gobierno y de la aportación solidaria; incluye asimismo, las
acciones de información, evaluación, investigación, capacitación y acreditación del
sistema de protección social en salud.
2.4. Recreación, Cultura y Otras Manifestaciones Sociales. Comprende los
programas, actividades y proyectos relacionados con la promoción, fomento y
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 317
prestación de servicios culturales, recreativos y deportivos, otras manifestaciones
sociales, radio, televisión, editoriales y actividades recreativas.
2.4.1. Deporte y Recreación. Incluye administración, supervisión, regulación,
promoción, difusión y prestación de servicios de asuntos deportivos y recreativos;
gestión o apoyo de instalaciones para la práctica deportiva o los acontecimientos
relacionados con deportes activos (campos de deporte, canchas de tenis, canchas
de squash, pistas de atletismo, campos de golf, cuadriláteros de boxeo, pistas de
patinaje, gimnasios, etcétera); gestión o apoyo de instalaciones para actividades
recreativas (parques, plazas, playas, zonas de acampada y alojamiento público
cercano a estos lugares, piscinas de natación, baños públicos para la higiene
personal), entre otros.
2.4.2 Cultura. Incluye administración, supervisión, regulación, promoción, difusión y
prestación de servicios de asuntos culturales; gestión o apoyo de instalaciones para
actividades culturales (bibliotecas, museos, galerías de arte, teatros, salones de
exposición, monumentos, edificios y lugares históricos, jardines zoológicos y
botánicos, acuarios, viveros, entre otros); producción, gestión o apoyo de actos
culturales (conciertos, producciones teatrales y cinematográficas, exposiciones de
arte, entre otros).
2.4.3 Radio, Televisión y Editoriales. Incluye la administración, supervisión y
regulación de asuntos y servicios relacionados con la radio, la televisión y la
edición, así como la gestión o apoyo de los mismos.
2.4.4. Asuntos Religiosos y Otras Manifestaciones Sociales. Comprende la
administración, control y regulación de asuntos religiosos y otras manifestaciones
sociales, así como el suministro, apoyo a su gestión, mantenimiento y reparación de
instalaciones para servicios religiosos.
2.5. Educación. Comprende la prestación de los servicios educativos en todos los
niveles, en general a los programas, actividades y proyectos relacionados con la
educación preescolar, primaria, secundaria, media superior, técnica, superior y
posgrado, servicios auxiliares de la educación y otras no clasificadas en los
conceptos anteriores.
2.5.1 Educación Básica. Incluye las acciones relacionadas con el fomento,
prestación, regulación, seguimiento y evaluación de los servicios de educación
básica, así como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos
vinculados a la educación preescolar, primaria y secundaria.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 318
2.5.2 Educación Media Superior. Incluye las acciones relacionadas con el
fomento, prestación, regulación, seguimiento y evaluación de los servicios de
educación media superior, así como el desarrollo de la infraestructura en espacios
educativos vinculados a la misma.
2.5.3 Educación Superior. Incluye las acciones relacionadas con el fomento,
prestación, regulación, seguimiento y evaluación de los servicios de educación
superior, así como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos
vinculados a la misma.
2.5.4 Posgrado. Incluye las acciones relacionadas con el fomento, prestación,
regulación, seguimiento y evaluación de los servicios educativos de posgrado, así
como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos vinculados a la
misma.
2.5.5 Educación para Adultos. Incluye las acciones relacionadas con el fomento,
prestación, regulación, seguimiento y evaluación de los servicios educativos para
adultos y alfabetización en los diferentes niveles, así como el desarrollo de la
infraestructura en espacios educativos vinculados a la misma.
2.5.6 Otro Servicios Educativos y Actividades Inherentes. Incluye otros servicios
educativos no considerados en las subfunciones anteriores; así como las acciones
la administración, gestión o apoyo de actividades inherentes, como la formulación,
administración, coordinación y vigilancia de políticas generales en materia de
educación; regulación y normatividad, comunicación social; asuntos jurídicos; y la
administración y gestión de los servicios centralizados de suministros y
adquisiciones; las acciones que se desarrollan para proporcionar servicios donde
concurren diferentes niveles educativos, tales como la distribución de libros de
textos gratuitos, material educativo, didáctico y becas; así como desayunos
escolares, entre otros.
2.6. Protección Social. Comprende los programas, actividades y proyectos
relacionados con la protección social que desarrollan los entes públicos en materia
de incapacidad económica o laboral, edad avanzada, personas en situación
económica extrema, familia e hijos, desempleo, vivienda, exclusión social. Incluye
las prestaciones económicas y sociales, los beneficios en efectivo o en especie,
tanto a la población asegurada como a la no asegurada. Incluyen también los
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 319
gastos en servicios y transferencias a personas y familias y los gastos en servicios
proporcionados a distintas agrupaciones.
2.6.1 Enfermedad e Incapacidad. Incluye las erogaciones que por concepto de los
seguros de enfermedad y maternidad, riesgo de trabajo e invalidez y vida
(pensiones) realizan entidades como IMSS, ISSSTE, ISSFAM, PEMEX, CFE, entre
otras.
2.6.2 Edad Avanzada. Incluye las erogaciones que por concepto del seguro de
cesantía en edad avanzada y vejez (jubilaciones) realizan entidades como IMSS,
ISSSTE, ISSFAM, PEMEX, CFE, entre otras.
2.6.3 Familia e Hijos. Incluye la prestación de protección social en forma de
prestaciones en efectivo y en especie a familias con hijos a cargo; administración,
gestión o apoyo de estos planes de protección social; prestaciones en efectivo,
como asignaciones por maternidad, pagos en caso de nacimiento, licencias por
cuidado de los hijos, subsidios familiares o subvenciones por hijos a cargo, otros
pagos efectuados periódicamente o de una sola vez para apoyar a las familias y
ayudarlas a sufragar los costos de ciertas necesidades (por ejemplo, las familias
monoparentales o las familias con hijos minusválidos), entre otros.
2.6.4 Desempleo. Incluye la prestación de protección social en forma de
prestaciones en efectivo o en especie a personas que están capacitadas para
trabajar y dispuestas a trabajar pero no pueden encontrar un empleo adecuado; así
como la administración, gestión o apoyo de estos planes de protección social.
2.6.5 Alimentación y Nutrición. Comprende los programas, actividades y
proyectos económicos y sociales relacionados con la distribución y dotación de
alimentos y bienes básicos y de consumo generalizado a la población en situación
económica extrema.
2.6.6 Apoyo Social para la Vivienda. Incluye la prestación de protección social en
forma de prestaciones en especie para ayudar a las familias a sufragar el costo de
una vivienda (previa comprobación de los ingresos de los beneficiarios); así como la
administración, gestión o apoyo de estos planes de protección social; prestaciones
en especie, como los pagos a corto o a largo plazo para ayudar a los inquilinos a
pagar sus alquileres, los pagos para ayudar a los dueños u ocupantes actuales de
una vivienda a sufragar los costos de ésta (es decir, para ayudar en el pago de
hipotecas o intereses).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 320
2.6.7 Indígenas. Comprende los servicios de asistencia social que se prestan en
comunidades indígenas.
2.6.8 Otros Grupos Vulnerables. Comprende los servicios que se prestan a
grupos con necesidades especiales como: niños, personas con capacidades
diferentes, manutención a personas mayores de 60 años; así como atención a
diversos grupos vulnerables (incluye albergues y servicios comunitarios).
2.6.9 Otras de Seguridad Social y Asistencia Social. Incluye esquemas de
protección social a población no asegurada (seguro popular de salud), el pago de
prestaciones sociales a través de las instituciones de seguridad social, tales como
compensaciones de carácter militar, estancias de bienestar social, espacios físicos
y educativos, así como pagas y ayudas de defunción. Comprende las acciones de
gestión y apoyo de actividades de asistencia social e incluye la prestación de
servicios de asistencia social en forma.
2.7. Otros Asuntos Sociales. Comprende otros asuntos sociales no comprendidos
en las funciones anteriores.
2.7.1 Otros Asuntos Sociales. Comprende otros asuntos sociales no
comprendidos en las subfunciones anteriores.
3. Desarrollo Económico. Comprende los programas, actividades y proyectos
relacionados con la promoción del desarrollo económico y fomento a la producción
y comercialización agropecuaria, agroindustrial, acuacultura, pesca, desarrollo
hidroagrícola y fomento forestal, así como la producción y prestación de bienes y
servicios públicos, en forma complementaria a los bienes y servicios que ofrecen los
particulares.
3.1. Asuntos Económicos, Comerciales y Laborales en General. Comprende la
administración de asuntos y servicios económicos, comerciales y laborales en
general, inclusive asuntos comerciales exteriores; gestión o apoyo de programas
laborales y de instituciones que se ocupan de patentes, marcas comerciales,
derechos de autor, inscripción de empresas, pronósticos meteorológicos, pesas y
medidas, levantamientos hidrológicos, levantamientos geodésicos, etc.;
reglamentación o apoyo de actividades económicas y comerciales generales, tales
como el comercio de exportación e importación en su conjunto, mercados de
productos básicos y de valores de capital, controles generales de los ingresos,
actividades de fomento del comercio en general, reglamentación general de
monopolios y otras restricciones al comercio y al acceso al mercado, etc. Así como
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 321
de la formulación, ejecución y aplicación de políticas económicas, comerciales y
laborales.
3.1.1 Asuntos Económicos y Comerciales en General. Comprende la
administración de asuntos y servicios económicos y comerciales en general,
formulación y ejecución de políticas económicas y comerciales generales; enlace
entre las diferentes ramas del gobierno y entre éste y el comercio; reglamentación o
apoyo de actividades económicas y comerciales generales tales como: mercados
de productos básicos y de valores de capital, controles generales de los ingresos,
actividades de fomento del comercio en general, reglamentación general de
monopolios y otras restricciones al comercio y al acceso al mercado.
3.1.2 Asuntos Laborales Generales. Comprende la administración de asuntos y
servicios laborales generales; formulación y aplicación de políticas laborales
generales; supervisión y reglamentación de las condiciones de trabajo (jornada de
trabajo, salarios, seguridad, entre otras); enlace entre las diferentes ramas del
gobierno y entre éste y las organizaciones industriales, empresariales y laborales
generales; incluye la gestión o apoyo de programas o planes generales para facilitar
la movilidad en el empleo, reducir la discriminación por motivo de sexo, raza, edad y
de otra índole, reducir la tasa de desempleo en regiones deprimidas o
subdesarrolladas, fomentar el empleo de grupos desfavorecidos u otros grupos
caracterizados por elevadas tasas de desempleo, entre otros.
3.2. Agropecuaria, Silvicultura, Pesca y Caza. Comprende los programas,
actividades y proyectos relacionados con el fomento a la producción, y
comercialización agropecuaria, silvicultura, pesca y caza, agroindustrial, desarrollo
hidroagrícola y fomento forestal.
3.2.1 Agropecuaria. Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados
con el fomento, regulación, producción, distribución, comercialización e
infraestructura agropecuaria. Así como las acciones relativas a la regularización
agraria y el pago de obligaciones jurídicas ineludibles en la materia.
3.2.2 Silvicultura. Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados con
el fomento a la producción y comercialización de silvicultura como la conservación,
ampliación y explotación racionalizada de reservas forestales; supervisión y
reglamentación de explotaciones forestales y concesión de licencias para la tala de
árboles; la preservación y recuperación de suelos, desarrollo de la infraestructura
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 322
para la conservación de bosques y selvas, así como el fomento de la producción
forestal.
3.2.3 Acuacultura, Pesca y Caza. Incluye los programas, actividades y proyectos
relacionados con el fomento a la producción y comercialización de pesca y caza; la
organización, asistencia técnica e investigación en materia acuícola y pesquera, así
como la construcción, conservación y mantenimiento de la infraestructura pesquera
y sistemas acuícolas; protección, propagación y explotación racionalizada de
poblaciones de peces y animales salvajes; supervisión y reglamentación de la
pesca de agua dulce, oceánica y costera, la piscicultura, la caza de animales
salvajes y la concesión de licencias de pesca y de caza.
3.2.4 Agroindustrial. Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados
con el fomento a la producción y comercialización agroindustrial, como el
otorgamiento de apoyos para la industrialización de la producción agropecuaria.
3.2.5 Hidroagrícola. Incluye la infraestructura hidroagrícola relacionada con el
desarrollo agropecuario.
3.2.6 Apoyo Financiero a la Banca y Seguro Agropecuario. Incluye los
programas y acciones relacionadas con el financiamiento al sector y con el seguro
agropecuario.
3.3. Combustibles y Energía. Comprende los programas, actividades y proyectos
relacionados con la producción y comercialización de combustibles y energía, tales
como el petróleo y gas natural, carbón y otros combustibles minerales sólidos,
combustibles nucleares y otros, electricidad y la energía no eléctrica.
3.3.1 Carbón y Otros Combustibles Minerales Sólidos. Esta clase comprende
carbón de todas las calidades, lignito y turba, sea cual fuere el método de
extracción o beneficio y su conversión en otras formas de combustibles, como el
coque o el gas; la conservación, descubrimiento, aprovechamiento y explotación
racionalizada de recursos de combustibles minerales sólidos; así como la
administración de asuntos y servicios relacionados con los mismos. Incluye la
supervisión y reglamentación de la extracción, el procesamiento, la distribución y la
utilización de combustibles minerales sólidos, así como la producción y difusión de
información general, documentación técnica y estadísticas sobre asuntos y servicios
relacionados con los mismos.
3.3.2 Petróleo y Gas Natural (Hidrocarburos). Incluye la exploración y explotación
de crudo y gas, la refinación del crudo, el procesamiento del gas, así como la
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 323
petroquímica básica y otros petroquímicos secundarios. Considera entre otras
actividades sustantivas: la perforación y terminación de pozos, construcción de
plataformas y plantas de proceso de refinación, así como plantas criogénicas.
Asimismo incluye la supervisión y reglamentación de la extracción, procesamiento,
distribución y utilización de petróleo y gas natural.
3.3.3 Combustibles Nucleares. Incluye la administración de asuntos y servicios
relacionados con los combustibles nucleares; conservación, descubrimiento,
aprovechamiento y explotación racionalizada de recursos de materiales nucleares;
supervisión y reglamentación de la extracción y el procesamiento de materiales de
combustible nuclear y de la fabricación, distribución y utilización de elementos de
combustible nuclear; así como la producción y difusión de información general,
documentación técnica y estadísticas sobre asuntos y servicios relacionados con
los mismos.
3.3.4 Otros Combustibles. Incluye la administración de asuntos y servicios que
conciernen a combustibles como el alcohol, la madera y sus desechos, el bagazo y
otros combustibles no comerciales; así como la producción y difusión de
información general, documentación técnica y estadísticas sobre disponibilidad,
producción y utilización de esos combustibles.
3.3.5 Electricidad. Incluye la generación, transformación, conservación,
aprovechamiento, transmisión y venta de energía eléctrica, así como la
construcción y mantenimiento de plantas de generación, sistemas de
transformación y líneas de distribución. También considera la supervisión,
reglamentación, producción y difusión de información general, documentación
técnica y estadística.
3.3.6 Energía No Eléctrica. Comprende la administración de asuntos y servicios de
la energía no eléctrica, eólica y solar que se refieren principalmente a generación,
transformación, transmisión, producción, distribución y utilización de calor en forma
de vapor y agua o aire calientes; así como la construcción y mantenimiento de
plantas de generación, sistemas de transformación y líneas de distribución; la
producción y difusión de información general, documentación técnica y estadísticas
sobre disponibilidad, producción y utilización de las mismas.
3.4. Minería, Manufacturas y Construcción. Comprende los programas,
actividades y proyectos relacionados con la administración de asuntos y servicios
relacionados con la minería, los recursos minerales (excepto combustibles
minerales), manufacturas y construcción; la conservación, descubrimiento,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 324
aprovechamiento y explotación racionalizada de recursos minerales; desarrollo,
ampliación o mejoramiento de las manufacturas; supervisión, reglamentación,
producción y difusión de información para actividades de minería, manufactura y
construcción.
3.4.1 Extracción de Recursos Minerales Excepto los Combustibles Minerales.
Comprende la administración de asuntos y servicios relacionados con la minería y
los recursos minerales como minerales metalíferos, arena, arcilla, piedra, minerales
para la fabricación de productos químicos y fertilizantes, sal, piedras preciosas,
amianto, yeso, entre otros; conservación, descubrimiento, aprovechamiento y
explotación racionalizada de recursos minerales; supervisión y reglamentación de la
prospección, la extracción, la comercialización y otros aspectos de la producción de
minerales.
3.4.2 Manufacturas. Comprende la administración de asuntos y servicios de
manufacturas; desarrollo, ampliación o mejoramiento; supervisión y reglamentación
del establecimiento y funcionamiento de plantas fabriles; enlace con asociaciones
de fabricantes y otras organizaciones interesadas en asuntos y servicios de
manufacturas.
3.4.3 Construcción. Comprende la administración, promoción, reglamentación y
control de la industria de la construcción. Las edificaciones se clasifican en la
función que corresponda de acuerdo a su propósito.
3.5. Transporte. Comprende la administración de asuntos y servicios relacionados
con la explotación, la utilización, la construcción y el mantenimiento de sistemas e
instalaciones del transporte por carretera, ferroviario, aéreo, agua, oleoductos y
gasoductos y otros sistemas. Así como la supervisión y reglamentación.
3.5.1 Transporte por Carretera. Incluye las acciones relacionadas con la
construcción, explotación, utilización y mantenimiento de sistemas e instalaciones
del transporte por carretera, como carreteras troncales, red de carreteras,
carreteras alimentadoras, caminos rurales, brechas forestales, puentes, túneles,
parques de estacionamiento, terminales de autobuses, entre otras. Así como la
supervisión, reglamentación, producción y difusión de información general,
documentación técnica y estadísticas sobre el funcionamiento del sistema de
transporte por carretera.
3.5.2 Transporte por Agua y Puertos. Incluye las acciones relacionadas con la
construcción, explotación, utilización y mantenimiento de sistemas y servicios de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 325
transporte por vías de navegación interior, costeras y por mar, como la operación de
la infraestructura en puertos, vigilancia, ayudas a la navegación marítima y
mantenimiento de edificios de terminales marítimas. Así como la supervisión,
reglamentación, producción y difusión de información general, documentación
técnica y estadísticas sobre el funcionamiento del sistema de transporte por agua.
3.5.3. Transporte por Ferrocarril. Incluye las acciones relacionadas con la
construcción, explotación, utilización y mantenimiento de sistemas e instalaciones
de transporte ferroviario. Así como el desarrollo de la infraestructura
correspondiente; supervisión, reglamentación, producción y difusión de información
general, documentación técnica y estadísticas sobre el funcionamiento del sistema
de transporte por ferrocarril.
3.5.4 Transporte Aéreo. Incluye las acciones relacionadas con la explotación,
utilización, construcción y mantenimiento de sistemas e instalaciones de transporte
aéreo y espacial, como la operación de la infraestructura en aeropuertos, vigilancia
y ayudas a la navegación aérea, así como la conservación de pistas, plataformas y
edificios de terminales aéreas. También la supervisión, reglamentación, producción
y difusión de información general, documentación técnica y estadísticas sobre el
funcionamiento de los mismos.
3.5.5 Transporte por Oleoductos y Gasoductos y Otros Sistemas de
Transporte. Incluye las acciones relacionadas con la explotación, utilización,
construcción, rehabilitación y modernización, mantenimiento, operación, medición y
monitoreo de sistemas de transporte por oleoductos y gasoductos y otros sistemas
de transporte. Así como la supervisión, reglamentación, producción y difusión de
información general, documentación técnica y estadísticas sobre el funcionamiento
de dichos sistemas.
3.5.6 Otros Relacionados con Transporte. Incluye la prestación de servicios
relacionados con este sector, no considerados en subfunciones anteriores.
3.6. Comunicaciones. Comprende los programas, actividades y proyectos
relacionados con la administración de asuntos y servicios relacionados con la
construcción, la ampliación, el mejoramiento, la explotación y el mantenimiento de
sistemas de comunicaciones, telecomunicaciones y postal.
3.6.1 Comunicaciones. Incluye la prestación de servicios en materia de
comunicaciones, telecomunicaciones y postal, así como el desarrollo de la
infraestructura correspondiente. También la reglamentación del funcionamiento de
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 326
los sistemas de comunicaciones, producción y difusión de información general,
documentación técnica y estadísticas sobre asuntos y servicios relacionados con la
misma.
3.7. Turismo. Comprende la administración, fomento y desarrollo de asuntos y
servicios de turismo; enlace con las industrias del transporte, los hoteles y
restaurantes y otras industrias que se benefician con la presencia de turistas, la
explotación de oficinas de turismo en el país y en el exterior; organización de
campañas publicitarias, inclusive la producción y difusión de literatura de
promoción, entre otras.
3.7.1 Turismo. Incluye las acciones de fomento, financiamiento y regulación de la
infraestructura turística, así como la regulación de los servicios de turismo y
ecoturismo y prestación de servicios turísticos.
3.7.2 Hoteles y Restaurantes. Comprende la administración de asuntos y servicios
relativos a la construcción, ampliación, mejoramiento, explotación y mantenimiento
de hoteles y restaurantes; así como la supervisión y reglamentación. Incluye la
producción y difusión de información general, documentación técnica y estadísticas
sobre los mismos.
3.8. Ciencia, Tecnología e Innovación. Comprende los programas y actividades
que realizan los entes públicos, orientadas al desarrollo de las actividades
científicas y tecnológicas, así como de innovación e infraestructura científica y
tecnológica.
3.8.1 Investigación Científica. Incluye las actividades relacionadas con la
investigación científica en la administración pública. Consiste en el trabajo
experimental o teórico realizado principalmente con el objeto de generar nuevos
conocimientos sobre los fundamentos de fenómenos y hechos observables, así
como en la investigación original realizada para la adquisición de nuevos
conocimientos, dirigida hacia un fin u objetivo práctico, determinado y específico.
Incluye infraestructura científica y tecnológica.
3.8.2 Desarrollo Tecnológico. Incluye las actividades relacionadas con el
desarrollo tecnológico en la administración pública, así como la introducción de
nuevas tecnologías para los productores. Consiste en el trabajo sistemático llevado
a cabo sobre el conocimiento ya existente, adquirido de la investigación o
experiencia práctica, dirigido hacia la producción de nuevos materiales, productos o
servicios, a la instalación de nuevos procesos, sistemas y servicios y hacia el
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 327
mejoramiento sustancial de los ya producidos e instalados. Incluye infraestructura
científica y tecnológica.
3.8.3 Servicios Científicos y Tecnológicos. Incluye todas las actividades que
relacionadas con la investigación científica y desarrollo tecnológico contribuyen a la
producción, difusión y aplicación del conocimiento científico y tecnológico en la
administración pública. Incluye infraestructura científica y tecnológica.
3.8.4 Innovación. Incluye las actividades relacionadas con la implementación de un
producto (bien o servicio) o proceso nuevo o significativamente mejorado; un nuevo
método de comercialización; o un nuevo método organizacional en prácticas de
negocios, la organización del área de trabajo o de relaciones públicas en la
administración pública. Incluye infraestructura científica y tecnológica.
3.9. Otras Industrias y Otros Asuntos Económicos. Comprende el comercio,
distribución, almacenamiento y depósito y otras industrias no incluidas en funciones
anteriores. Incluye las actividades y prestación de servicios relacionadas con
asuntos económicos no consideradas en las funciones anteriores.
3.9.1. Comercio, Distribución, Almacenamiento y Depósito. Comprende la
administración de asuntos y servicios relacionados con el comercio, distribución y la
industria de almacenamiento y depósito; así como la supervisión y reglamentación
del comercio al por mayor y al por menor (concesión de licencias, prácticas de
venta, rotulación de alimentos envasados y otras mercaderías destinadas al
consumo doméstico, inspección de balanzas y otras máquinas de pesar, etcétera) y
de la industria de almacenamiento y depósito(inclusive concesión de licencias y
reglamentación de almacenes aduaneros públicos etcétera); producción y difusión
de información a los comerciantes y al público sobre precios, sobre la disponibilidad
de mercaderías y sobre otros aspectos del comercio de distribución y de la industria
de almacenamiento y depósito; recopilación y publicación de estadísticas sobre el
comercio de distribución y la industria de almacenamiento y depósito.
3.9.2 Otras Industrias. Comprende las actividades y prestación de servicios
relacionadas con otras industrias no consideradas en las funciones anteriores.
3.9.3 Otros Asuntos Económicos. Comprende las actividades y prestación de
servicios relacionadas con asuntos económicos no consideradas en las funciones
anteriores.
4. Otras No Clasificadas en Funciones Anteriores. Comprende los pagos de
compromisos inherentes a la contratación de deuda; las transferencias,
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 328
participaciones y aportaciones entre diferentes niveles y órdenes de gobierno que
no se pueden registrar en clasificaciones anteriores, así como aquellas actividades
no susceptibles de etiquetar en las funciones existentes.
4.1. Transacciones de la Deuda Pública / Costo Financiero de la Deuda.
Comprende los pagos de compromisos que por concepto de intereses, comisiones,
amortización y otras erogaciones derivadas de la contratación de deuda pública. Se
refiere al pago de la deuda pública contratada y documentada, tanto con
instituciones internas como externas. Así como pago de intereses y gastos por
concepto de suscripción y emisión de empréstitos gubernamentales.
4.1.1 Deuda Pública Interna. Incluye el pago de compromisos por concepto de
intereses, comisiones y otras erogaciones derivadas de la contratación de deuda
pública interna.
4.1.2 Deuda Pública Externa. Incluye el pago de compromisos por concepto de
intereses, comisiones y gastos de deuda pública emitida y contratada en el exterior.
4.2. Transferencias, Participaciones y Aportaciones entre Diferentes Niveles y
Órdenes de Gobierno. Transferencias, participaciones y aportaciones entre
diferentes niveles y órdenes de gobierno que son de carácter general y no están
asignadas a una función determinada.
4.2.1 Transferencias entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno.
Comprende el registro de las transferencias que le corresponden a los entes
públicos.
4.2.2 Participaciones entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno.
Comprende el registro de los recursos que corresponden a los estados y municipios
de conformidad a la ley de coordinación fiscal, así como las que correspondan a
sistemas estatales de coordinación fiscal determinados por las leyes
correspondientes.
4.2.3 Aportaciones entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno.
Comprende el registro de los recursos que corresponden a las entidades
federativas y municipios que se derivan del sistema nacional de coordinación fiscal,
de conformidad a lo establecido por el capítulo v de la ley de coordinación fiscal y
que no resultan asociables a otras funciones específicas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 329
4.3. Saneamiento del Sistema Financiero. Comprende el apoyo financiero a las
operaciones y programas para atender la problemática de pago de los deudores del
sistema bancario nacional e impulsar el saneamiento financiero.
4.3.1 Saneamiento del Sistema Financiero. Comprende el apoyo financiero a las
operaciones y programas instrumentados por el gobierno para atender la
problemática de pago de los deudores del sistema bancario nacional e impulsar el
saneamiento financiero.
4.3.2 Apoyo IPAB. Apoyo a los programas dirigidos a ahorradores y deudores de la
banca por conducto del instituto para la protección del ahorro bancario.
4.3.3 Banca de Desarrollo. Apoyo a los programas a favor de los deudores por
conducto de la banca en desarrollo.
4.3.4 Apoyo a los Programas de Reestructura en Unidades de Inversión
(UDIS). Apoyo a los programas a favor de reestructura en unidades de inversión
(UDIS).
4.4. Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores. Comprende los pagos que
realiza el gobierno derivados del gasto devengado no pagado de ejercicios fiscales
anteriores.
4.4.1 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores. Pagos que realiza el gobierno
derivado del gasto devengado no pagado de ejercicios fiscales anteriores.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 330
VI.1.3 Clasificador por Tipo de Gasto
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 331
CLASIFICADOR POR TIPO DEL GASTO.
El Clasificador por el Tipo de Gasto relaciona las transacciones públicas que
generan gastos con los grandes agregados, de la clasificación económica
presentándolos en Corriente, de Capital y Amortización de la Deuda y Disminución
de pasivos.
1. Gasto Corriente.
2. Gasto de Capital.
3. Amortización de la deuda y disminución de pasivos.
A continuación se conceptualizan las siguientes categorías:
1. Gasto Corriente.
Son los gastos de consumo y/o de operación, el arrendamiento de la propiedad y
las transferencias otorgadas a los otros componentes institucionales del sistema
económicos para financiar gastos de esas características.
2. Gasto de Capital.
Son los gastos destinados a la inversión de capital y las transferencias a los otros componentes institucionales del sistema económico para financiar gastos de esas
características.
3. Amortización de la deuda y disminución de pasivos.
Comprende la amortización de la deuda adquirida y disminución de pasivos con el sector privado y externo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 332
VI.1.4. CATALOGO DE PARTIDAS
GLOBALIZADORAS
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 333
RELACIÓN DE PARTIDAS GLOBALIZADORAS
PARA EL EJERCICIO 2014
26101 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos Terrestres, Aéreos,
Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a la Ejecución de Programas de
Seguridad Pública
26102 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos Terrestres, Aéreos,
Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a Servicios Públicos y la operación
de Programas Públicos
26103 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos Terrestres, Aéreos,
Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a Servicios Administrativos
26104 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos Terrestres, Aéreos,
Marítimos, Lacustres y Fluviales destinados a Servicios Administrativo
26105 Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Maquinaria, Equipo de Producción y
Servicios Administrativos
29401 Refacciones y Accesorios para Equipo de Computo
31101 Servicios de Energía Eléctrica
31301 Servicio de Agua
31401 Servicios de Telefonía Convencional
31501 Servicio de Telefonía Celular
31701 Servicios de Conducción de Señales Análogas y Digitales
32101 Arrendamiento de Terrenos
32201 Arrendamiento de Edificios y Locales
33101 Asesorías Asociadas a Convenios, Tratados o Acuerdos
33104 Otras Asesorías para la Operación de Programas
33401 Servicios para Capacitación a Servidores Públicos
33602 Otros Servicios Comerciales
33801 Servicios de Vigilancia
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 334
RELACIÓN DE PARTIDAS GLOBALIZADORAS
PARA EL EJERCICIO 2014
34401 Seguro de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios
35101 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles para la Prestación de Servicios
Administrativos
35301 Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos
35501 Mantenimiento y Conservación de Vehículos Terrestres, Aéreos, Marítimos,
Lacustres y Fluviales
35701 Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo
35901 Servicio de Jardinería y Fumigación
36101 Difusión de Mensajes sobre Programas y Actividades Gubernamentales
36201 Difusión de Mensajes Comerciales para promover la Venta de Productos o
Servicios
36301 Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de Publicidad, excepto
Internet
36401 Servicio de Revelado de Fotografías
36501 Servicios de la Industria Fílmica, del Sonido y del Video
36601 Servicio de Creación y Difusión de Contenido Exclusivamente a través de
Internet
36901 Servicios relacionados con Monitoreo de Información en Medios Masivos
36902 Impresiones y Publicaciones Oficiales
36903 Inserciones y Publicaciones Oficiales para Licitaciones y Trámites
Administrativos
36904 Otros Servicios Informativos
38506 Asignaciones para labores en campo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 335
VI.1.5 Catálogo de Dependencias
y Entidades
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 336
DESCRCATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
UPP UR DESCRIPCION
00100 PRESIDENCIA MUNICIPAL
00100 00101 Despacho Del C. Presidente
00100 00102 Secretaria Particular
00100 00103 Coordinación de Asesores
00100 00104 Secretaría Técnica
00100 00105 Dirección de Comunicación Social
00100 00106 Coordinación Jurídica
00200 SINDICATURA MUNICIPAL
00200 00201 Despacho del C. Síndico
00200 00202 Dirección de Enlace Ciudadano
00200 00203 Dirección de Patrimonio Municipal
00200 00204 Dirección Jurídica
00200 00205 Dirección del Centro de Mediación Municipal
00300 REGIDORES
00300 00301 Oficina de Regidores
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 337
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
UPP UR DESCRIPCION
DESCRIPCION
00400 SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO
00400 00401 Despacho del C. Secretario
00400 00402 Dirección de Inspección y Vigilancia
00400 00403 Dirección de Protección Civil
00400 00404 Dirección de Gobierno
00400 00405 Dirección de Archivo General, Histórico y Museo de la
Ciudad
00400 00406 Dirección Municipal de Asuntos Internacionales
00500 TESORERÍA MUNICIPAL
00500 00501 Despacho del C. Tesorero
00500 00502 Dirección de Programación y Presupuesto
00500 00503 Dirección de Contabilidad
00500 00504 Dirección de Ingresos
00500 00505 Dirección de Informática
00500 00506 Dirección de Egresos
00500 00507 Dirección de Catastro
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 338
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
UPP UR DESCRIPCION
UPP UR DESCRIPCION
00600 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
00600 00601 Despacho del C. Secretario
00600 00602 Dirección de Recursos Humanos
00600 00603 Dirección de Recursos Materiales
00600 00604 Dirección de Servicios Generales
00700 SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
00700 00701 Despacho del C. Secretario
00700 00702 Dirección de Participación Social
00700 00703 Dirección de Salud
00700 00705 Dirección de Participación Ciudadana
800 SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
00800 00801 Despacho del C. Secretario
00800 00802 Dirección Operativa
00800 00803 Dirección de Fondo de Desarrollo Social Municipal
00800 00804 Dirección Técnica
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 339
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
UPP UR DESCRIPCION
UPP UR DESCRIPCION
00900 SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALES
00900 00901 Despacho del C. Secretario
00900 00902 Dirección de Alumbrado Público
00900 00903 Dirección De Aseo Público
00900 00904 Dirección de Parques y Jardines
00900 00905 Dirección de Mercados y Comercio en la Vía Pública
00900 00906 Dirección de Servicios Auxiliares
01000 SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO
AMBIENTE
01000 01001 Despacho del C. Secretario
01000 01002 Dirección de Desarrollo Urbano
01000 01003 Dirección de Protección al Medio Ambiente
01000 01004 Coordinación General de Gestión Urbana y Patrimonial
Cultural
01100 SECRETARÍA DE FOMENTO ECONÓMICO
01100 01101 Despacho del C. Secretario
01100 01102 Dirección de Promoción Económica
01100 01103 Dirección de Desarrollo Rural
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 340
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
UPP UR DESCRIPCIONDESCRIPCION
01200 SECRETARÍA DE TURISMO
01200 01201 Despacho del C. Secretario
01200 01202 Dirección de Turismo
01200 01203 Dirección de Cultura
01300 CONTRALORÍA MUNICIPAL
01300 01301 Despacho del C. Contralor
01300 01302 Dirección de Auditoria y Evaluación Municipal
01300 01303 Dirección de Normatividad y Procedibilidad
01400 COMITÉ PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA
FAMILIA
01400 01401 Comité para el Desarrollo Integral de la Familia
01500 COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO
MUNICIPAL
01500 01501 Comité De Planeación para el Desarrollo Municipal
01700 CONSEJO CIUDADANO DE MORELIA
01700 01701 Consejo Ciudadano de Morelia
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 341
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
U UPP UR DESCRIPCIONDESCRIPCIONUR DESCRIPCION
01800 INSTITUTO DE LA JUVENTUD MORELIANA
01800 01801 Instituto de la Juventud Moreliana
01900 FIDEICOMISO DE INVERSIONES EN PROYECTOS
ESTRATÉGICOS
01900 01901 Fideicomisos de Inversiones en Proyectos Estratégicos
02000 COORDINACIÓN EJECUTIVA DEL CENTRO
HISTÓRICO Y ZONAS MONUMENTALES DE MORELIA
02000 02001 Coordinación Ejecutiva del Centro Histórico y Zonas
Monumentales de Morelia
02100 OBRAS, SUBSIDIOS Y APOYOS POR ASIGNAR
02100 02101 Obras, Subsidios y Apoyos por Asignar
02200 DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
MUNICIPAL
02200 02201 Dirección General
02200 02202 Dirección Operativa
02200 02203 Dirección Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia
02204 02204 Dirección de Finanzas y Administración
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 342
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
UPP UR DESCRIPCIOND
UPP UR DESCRIPCION
02400 CENTRO INFANTIL DE EDUCACION INICIAL DE
MORELIA
02400 02401 Centro Infantil de Educación Inicial
02500 INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y
DEPORTE
02500 02501 Dirección General
02500 02502 Dirección Operativa
02500 02503 Dirección de Infraestructura Deportiva, Imagen y
Proyectos Especiales
02600 CENTRO MUNICIPAL POLIFORUM DIGITAL DE
MORELIA MICHOACAN
02600 02601 Dirección General del Poliforum Digital
02600 02602 Dirección Operativa
02600 02603 Dirección de Administración y Finanzas
02700 INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACION DE
MORELIA
02700 02701 Instituto Municipal de Planeación de Morelia
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 343
CATÁLOGO DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
U UPP UR DESCRIPCIONDESCRIPCIONUR
02800 CENTRO DE ATENCION AL SECTOR VULNERABLE
INFANTIL
02800 0281 Centro de Atención al Sector Vulnerable Infantil
03000 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DE MORELIA
03000 03001 Instituto Municipal de la Vivienda de Morelia
03100 INSTITUTO DE LA MUJER MORELIANA
03100 03101 Instituto de la Mujer Moreliana
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 344
VI.1.6 Catálogo de Ejes Rectores
Líneas de Acción y Acciones
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 345
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
1 Morelia de buen gobierno: eficiencia y participación ciudadana
11 Compromiso para la transparencia, la honradez, la eficiencia y
eficacia.
111 Austeridad, gasto eficiente y
profesionalización
112 Actualización permanente del Portal de
Transparencia respecto de la información pública.
Entregar la información solicitada en los plazos
establecidos y con las formalidades respectivas sin
mayor restricción o limitaciones, salvo los casos de
excepción contemplados por la ley.
113 Respuesta ágil a las peticiones ciudadanas.
114 Evaluación permanente del desempeño
administrativo y rendición de cuentas de las
dependencias municipales.
115 Apertura y diálogo permanentes a través de
los medios de comunicación
116 Promover, difundir y ejercer la cultura de la
transparencia, del derecho de acceso a la
información, de la rendición de cuentas y la
protección de datos personales entre todos los
servidores públicos y la sociedad en general.
12 Consolidación de la participación ciudadana
121 Revisar y actualizar el reglamento del
Consejo Ciudadano
122 Atención a las demandas ciudadanas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 346
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
123 Fortalecer el funcionamiento del Consejo
Ciudadano
124 Vinculación de los órganos de participación
ciudadana para establecer estrategias
coordinadas.
13 Planeación para el desarrollo y la eficiencia
131 Creación y operación del Sistema Municipal
de Planeación.
132 Atención a la demanda de obra por parte de
ciudadanos y organizaciones.
133 Integración y funcionamiento de los
Organismos Auxiliares de COPLADEMUN.
134 Elaboración del Programa Anual de Inversión
y de los Programas Operativos Anuales, y en su
caso, su modificación.
135 Elaboración de los Planes Sectoriales.
136 Control de mecanismos de evaluación y
seguimiento.
14 Gobierno incluyente y plural
141 Instauración y operación de audiencia
pública en el Ayuntamiento, las tenencias y las
comunidades
142 Realización de consultas populares en temas
relevantes.
143 Vinculación permanente con consejos
ciudadanos, cámaras y asociaciones
empresariales y organizaciones de profesionistas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 347
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
15 Mejora y simplificación de los procesos administrativos
151 Certificación de dependencias y servicios
públicos municipales bajo la norma ISO 9000 y
demás aplicables.
152 Revisión y adecuación de los procesos
administrativos para brindar una mayor eficiencia
en los servicios y trámites municipales.
153 Modernización y transparencia por sistema
del proceso de trámite de factibilidades para
servicios de agua potable, alcantarillado y
saneamiento.
154 Simplificación, modernización y
sistematización de los procesos de trámites en
materia de desarrollo urbano y medio ambiente.
155 Simplificación administrativa para los trámites
de apertura de nuevas empresas.
156 Reorganización del Centro de Atención
Ciudadana y de sus respectivos módulos.
16 Fomento de la cultura cívica.
161 Fomentar la cultura cívica a través de una
amplia difusión de eventos cívicos.
162 Involucrar participación de niños y jóvenes en
conmemoraciones cívicas.
163 Atender responsablemente los compromisos
de hermanamiento con otras ciudades y el
otorgamiento de distinciones municipales como la
categoría de huésped distinguido y la entrega de
llaves de la ciudad.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 348
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
17 Hacienda pública municipal
171 Aplicación de un programa integral de mejora
recaudatoria de ingresos propios.
172 Implementación del modelo de Presupuesto
Basado en Resultados (PBR).
173 Política responsable de financiamiento y
deuda pública.
174 Consolidación del proceso de instrumentación
de las disposiciones de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
18 Orden y legalidad
181 Actualización de los reglamentos y la
normatividad municipal.
182 Análisis y, en su caso, creación de nuevos
reglamentos para el ordenamiento del municipio.
183 Inspección permanente del cumplimiento de
la normatividad municipal.
184 Aprovechamiento, registro oportuno y
crecimiento del patrimonio municipal.
185 Solución de conflictos a través de la
prevención, la mediación y la conciliación.
186 Vinculación estrecha con autoridades
auxiliares.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 349
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
2 Morelia con mejores servicios: atención oportuna y de calidad.
21 Consolidación del rescate de parques y jardines
211 Remodelación y embellecimiento de plazas
públicas.
212 Mantenimiento y mejora de parques y
jardines.
213 Internet Público para Todos en plazas
públicas.
22 Mercados ordenados y abasto seguro para la ciudad
221 Reglamentación actualizada para mercados,
centros de abasto y tianguis.
222 Estrategias para incentivar la actividad de los
mercados.
223 Gestión para la elaboración del proyecto
ejecutivo y la construcción de un nuevo Centro de
Sacrificio Animal metropolitano tipo TIF en Morelia.
224 Dignificar los Centros de Sacrificio Animal de las
tenencias
23 Mantenimiento integral y ampliación de la cobertura de
alumbrado público
231 Ampliación de la cobertura de alumbrado público
básico en zonas deficitarias, problemáticas y áreas
públicas.
232 Modernización de los sistemas de alumbrado
público y substitución de luminarias con
tecnologías eficientes y sustentables.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 350
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
233 Mantenimiento preventivo y correctivo de la
red de alumbrado público.
24 Aseo público
241 Modernización y mantenimiento del equipo de
limpieza de la ciudad.
242 Realización de campañas para reducir la
generación de basura.
243 Trabajo comunitario y participación social para la
limpieza y embellecimiento de los espacios públicos.
244 Instrumentar acciones para separar residuos desde
donde se generen.
25 Atención a panteones y cobertura de las nuevas necesidades.
251 Actualización del padrón de espacios en el
Panteón Municipal de Morelia y demás panteones
del municipio.
252 Gestión de un nuevo panteón municipal.
26 Mejora en el tratamiento y red de agua y drenaje
261 Distribución oportuna del agua y ampliación
de la red.
262 Mejora del servicio de atención al usuario,
trato amable y eficiente.
263 Atención oportuna en el sistema de
distribución, fugas y contingencias.
264 Proceso de mejora continúa del sistema de
agua potable y alcantarillado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 351
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
265 Estudio de Ingeniería básica y de factibilidad
de presa de almacenamiento en el Sur-Oriente de
la ciudad de Morelia para regulación de avenidas
pluviales en el Río Chiquito.
266 Proyecto ejecutivo para la construcción del
sistema de alcantarillado pluvial para la ciudad de
Morelia.
267 Gestión de recursos para la rehabilitación de
los sistemas de regulación de agua de la presa
Cointzio.
27 Atención oportuna de bacheo y mantenimiento de vialidades.
271 Mantenimiento preventivo de las vialidades
municipales.
272 Atención en menos de 48 horas de los
baches localizados y reportados en las vialidades
municipales.
273 Estudio de las vialidades con mayor
problemática estructural y gestión de recursos para
la sustitución de pavimentos.
28 Atención digna y profesional al manejo de la fauna urbana.
281 Coordinación permanente con asociaciones y
organizaciones orientadas al cuidado y atención de
los animales.
282 Mantenimiento adecuado del Centro de
Control Canino Municipal.
283 Campaña permanente de esterilización y
vacunación de especies domésticas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 352
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
284 Intervención preventiva y correctiva, de
manera eficiente y oportuna, para el control de
plagas y fauna nociva en los centros de población.
3 Morelia productivo: rumbo y desarrollo económico.
31 Impulso y desarrollo de las empresas y la productividad.
311 Prioridad a las empresas morelianas como
proveedoras del Gobierno Municipal.
312 Capacitación y consultoría a micro, pequeñas
y medianas empresas.
313 Financiamiento a proyectos empresariales en
desarrollo.
314 Mejoramiento y modernización de los
establecimientos de los pequeños negocios.
315 Promoción de negocios en ferias y
exposiciones empresariales.
32 Primer empleo de jóvenes.
321 Creación de un sistema de articulación de
bolsa de trabajo con instituciones académicas,
empresariales y gubernamentales.
322 Certificación del primer empleo de jóvenes
323 Vinculación técnica y de capacitación laboral
entre empresas e instituciones educativas.
33 Empleo temporal y oportunidades para una mejor Morelia
331 Talleres de capacitación para fomentar el
autoempleo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 353
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
332 Fortalecimiento y apoyo a incubadoras de
empresas.
333 Alternativas de trabajo para adultos en artes y
oficios.
34 Fomento al desarrollo económico local
341 Vinculación con el sector público y privado
para el aprovechamiento de los programas en
materia de ciencia, tecnología e innovación para
las empresas.
342 Asesoría y acompañamiento para la creación
de nuevas empresas en Morelia.
343 Estrategias de mejoramiento y apoyo para las
empresas basadas en indicadores de
344 Promoción y apoyo a empresas para la
certificación ISO 9000.
345 Fomento y apoyo para el registro de marcas
con empresas locales.
4 Morelia para el mundo: proyección turística y aprovechamiento del patrimonio
cultural.
41 Promoción turística nacional e internacional.
411 Participación en la Feria Internacional de
Turismo (FITUR) de Madrid España.
412 Participación en el Tianguis Turístico
Internacional de México, en la Feria Internacional
de Turismo de las Américas (Cd. de México) y en
la Feria de Congresos y Convenciones ICOMEX.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 354
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
413 Caravanas de promoción “Morelia de mis
Amores” para realizarse en las principales
ciudades del interior del estado y en los mercados
naturales más cercanos.
42 Capacitación para la calidad de los servicios turísticos y la
profesionalización de los servidores.
421 Capacitación a prestadores de servicios
turísticos de primer contacto.
422 Profesionalización del cuerpo administrativo
de la Secretaría de Turismo y Cultura Municipal.
423 Capacitación a prestadores de servicios
públicos regulares en la atención al turista.
424 Capacitación de agentes de tránsito y policía
municipal para la atención del turista.
43 Diversificación de la oferta turística.
431 Gestión para la elaboración del proyecto
ejecutivo y construcción de un nuevo centro de
convenciones.
432 Operación rutas de turismo cultural.
433 Creación de 6 rutas de ecoturismo en las
tenencias del municipio.
434 Promoción de festivales culturales y artísticos
locales.
435 Creación de nuevos festivales para fortalecer
nuestra vocación turística.
436 Realización de eventos deportivos con
enfoque turístico.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 355
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
44 Cuidado del Centro Histórico de Morelia como Patrimonio
Cultural de la Humanidad.
441 Supervisión y vigilancia permanente del centro
histórico.
442 Colocación y mantenimiento de señales y
placas alusivas en los inmuebles catalogados
como monumentos históricos en el centro
histórico.
443 Mejoramiento de imagen urbana en arterias
principales del centro histórico.
444 Colocación de ciclopuertos en plazas y
jardines.
445 Acciones emergentes para inmuebles en
riesgo, para evitar accidentes a los transeúntes y
vecinos del lugar.
446 Retiro de anuncios, toldos, lonas,
espectaculares y antenas no permitidos o fuera de
reglamento.
447 Acondicionamiento adecuado para eventos
festivos y fiestas de temporada.
448 Mejoramiento de imagen del comercio
tolerado.
449 Reglamentación de la utilización de azoteas y
del mobiliario urbano.
45 Recuperación de los espacios para las y los morelianos.
451 Rescate de Espacios Públicos con enfoque
social.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 356
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
452 Proyectos y diseños urbano-ambientales,
dando continuidad a los programas de
mejoramiento de imagen urbana en espacios
públicos y barrios tradicionales del Centro
Histórico, así como en tenencias, colonias y
comunidades del Municipio.
453 Equipamiento con juegos infantiles en áreas
verdes y espacios públicos.
454 Realización de eventos culturales en plazas
públicas.
46 Cultura para el desarrollo.
461 Potenciar el impacto de los festivales de Cine,
Música, Órgano, Guitarra, Jazz y Mariachi en el
ámbito nacional e internacional.
462 Realizar eventos culturales gratuitos en las 14
tenencias del municipio, como elementos de
esparcimiento y convivencia familiar.
463 Promoción de la cultura en barrios tradicionales de
Morelia.
464 Impulso a nuevos festivales, foros y
expresiones que desarrollen el talento cultural de
los morelianos.
47 Intercambio y celebración con nuestras ciudades hermanas.
471 Realización del Festival de Ciudades
Hermanas en Morelia.
472 Realización del Festival de Ciudades
Hermanas en Morelia.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 357
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
5 Morelia saludable: prevención, atención y fomento de la cultura física.
51 Infraestructura para el deporte y la vida sana
511 Gestión y construcción de 6 unidades
deportivas en Morelia.
512 Remodelación y modernización de áreas
deportivas.
513 Equipamiento deportivo en áreas públicas
rehabilitadas.
514 Mantenimiento de los espacios destinados a
las actividades físicas.
52 Impulso al deporte para todos
521 Creación del Instituto Municipal del Deporte.
522 Realización de la Olimpiada Municipal.
523 Realización de la Paraolimpiada Municipal.
524 Promoción y fomento de actividades
deportivas entre la población.
525 Fomento a eventos deportivos para la
población de Morelia.
526 Impulso a atletas de alto rendimiento del
municipio.
53 Prevención y detección de enfermedades
531 Atención y prevención de adicciones.
532 Promoción y fortalecimiento de la cultura de la
salud
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 358
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
533 Fortalecimiento a la cultura de la nutrición, a
través de una alimentación sana.
534 Intervención profesional para apoyo de
grupos especiales.
535 Prevención de la salud en adultos mayores.
54 Atención básica de servicios de salud.
541Atención geriátrica, tanatológica y
gerontológica.
542 Mejoramiento, rehabilitación, conservación y
remodelación de las unidades médicas
municipales.
543 Ampliación de la cobertura de salud básica
del municipio.
544 Atención básica en rehabilitación física.
545 Promoción de convenios y mecanismos de
vinculación con instituciones de educación superior para
la atención de la salud.
6 Morelia verde, ordenado y joven: sustentabilidad ambiental, equilibrio y
conservación del entorno.
61 Fomento de prácticas sustentables en Morelia
611 Promoción de baños ecológicos secos.
612 Talleres de educación ambiental en escuelas
públicas y privadas.
613 Talleres escolares de concientización y
conocimiento de la cultura del agua.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 359
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
614 Desarrollo de proyecto para aprovechamiento de
gas metano de relleno sanitario para la generación de
energía
615 Metano del relleno sanitario para la generación de
energía eléctrica y/o gas natural.
62 Impulso de Morelia como una zona urbana verde.
621 Promoción de prácticas sustentables, azoteas
verdes e incremento de la vegetación urbana.
622 Continuar con la rehabilitación y espacios de
áreas verdes y zonas recreativas de la ciudad.
623 Concluir las etapas 2 y 3 del Parque Lineal de
Morelia.
624 Substitución de especies vegetales dañadas
o deterioradas.
625 Programa permanente de concientización
sobre la reforestación del medio urbano.
63 Indicadores de control de la contaminación ambiental y su
impacto en el municipio.
631Consolidar y promover la operación del
Observatorio Urbano de Morelia.
632 Muestreo y registro permanente de la calidad
del aire y de los contaminantes de atmósfera.
633 Certificación del laboratorio de análisis de la
calidad del agua.
634 Muestreo permanente de la calidad del agua
potable y de las descargas sanitarias.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 360
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
64 Ordenamiento territorial y protección del entorno.
641 Gestión de programa metropolitano de
ordenamiento territorial de asentamientos
humanos irregulares.
642 Orden y mejoramiento urbano, a partir de la
formulación, revisión y actualización de estudios,
planes y programas de desarrollo urbano básicos y
derivados.
643 Creación de un Banco de Información
Cartográfica y Documental en apoyo al desarrollo
integral del Municipio.
644 Formulación e implementación del Plan de
Manejo de la zona natural protegida del manatial
de la Mintzita.
65 Impulso a los jóvenes
651 Promoción al empleo y bolsas de trabajo.
652 Impulso permanente a la capacitación y
concienciación de los jóvenes.
653 Reconocimiento y condecoración a los
jóvenes destacados del municipio.
654 Impulso al esparcimiento y a la integración de
jóvenes y sus familias.
7Morelia con desarrollo urbano ordenado: integralidad vial, convivencia y
funcionalidad.
71 Desarrollo urbano
711 Modernización de los accesos a la Loma de
Santa María.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 361
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
712 Gestión de los recursos para la construcción
de los entronques de la salida Pátzcuaro, salida
Mil Cumbres y salida a Salamanca.
713 Gestión de los recursos para la sustitución de
concreto asfáltico por concreto hidráulico en las
principales arterias de la ciudad.
72 Ordenamiento territorial urbano
721 Coord. con autoridades federales y estatales
para la consolidación del nuevo libramiento del sur
de la ciudad.
722 Continuar y concluir los trabajos para la
formulación del Programa Integral de Movilidad
Metropolitana.
723 Conclusión del proyecto ejecutivo para la
construcción del distribuidor vial salida a Mil
Cumbres.
73 Sistema vial integral y fomento al transporte
alternativo.
731 Participar en las acciones tendientes a la
atención de la problemática vial de la ciudad y
apoyar las acciones para la construcción de
nuevas vialidades y puentes peatonales.
732 100 km de ciclovías en las zonas urbana y
rural.
733 Promover la formulación del proyecto para el
sistema de transporte colectivo sustentable, utilizando el
derecho de vía que quedará disponible con la creación
del libramiento ferroviario.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 362
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
734 Estacionamientos para bicicletas (Ciclopuertos) y
motocicletas.
74 Consolidación de la Zona Metropolitana.
741 Participar en las acciones tendientes a la atención
de la problemática vial de la ciudad y apoyar las
acciones para la construcción de nuevas vialidades y
puentes peatonales.
742 Representación del Municipio en el Comité Técnico
de Evaluación del Consejo para el Desarrollo de la Zona
Metropolitana de Morelia.
743 Dar seguimiento a los compromisos y acciones del
Comité Técnico de Evaluación del Consejo para el
Desarrollo de la Zona Metropolitana de Morelia.
744 Gestionar, ante el Comité Técnico de
Evaluación del Consejo para el Desarrollo de la
Zona Metropolitana de Morelia, los recursos para
el municipio.
75 Rescate de banquetas y prioridad al peatón
751 Continuar el programa de mejoramiento de
banquetas en el Centro Histórico y colonias
populares.
752 Impulsar un programa de cultura vial para
reforzar el respeto al peatón.
753 Desarrollo del Plan de Movilidad Urbana.
754 Remoción de obstáculos peatonales fuera de
reglamento.
8 Morelia solidario: atención, inclusión y desarrollo social.
81 Atención oportuna de contingencias
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 363
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
811 Construcción de obras de protección contra
inundaciones, 2ª etapa.
812 Operación del auditorio de contingencias.
813 Apoyos en materia de vivienda para familias
en condición de pobreza.
814 Apoyos emergentes para atención a la
vivienda.
82 Educación para el desarrollo
821 Coordinación con instituciones de educación
superior para acercar tecnología y conocimiento a
los niños de las comunidades del municipio.
822 Apoyo para el mejoramiento de infraestructura
y condiciones de las escuelas del municipio.
823 Fortalecimiento de los valores en las
comunidades escolares para generar ambientes
libres de violencia, delincuencia y adicciones.
824 Apoyos en despensas para niños de nivel
básico en nivel de pobreza para el combate a la
deserción escolar.
825 Coordinación con el gobierno estatal para el
suministro de desayunos escolares para niños de
educación básica.
826 Dotación de equipos de cómputo para jóvenes
académicamente destacados.
827 Ciclos de cine y jornadas culturales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 364
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
83 Atención a grupos vulnerables.
831 Gestión y apoyo para la creación de un Centro
de Rehabilitación Infantil.
832 Acciones para el reforzamiento de la identidad
y cultura de las etnias radicadas en el Municipio.
833 Integración social de personas con
discapacidad.
834 Talleres para el desarrollo de habilidades de
comunicación para personas con discapacidad.
835 Coordinación con instancias federales y
estatales para el apoyo económico y en especie a
familias y grupos vulnerables.
836 Coordinación gubernamental para el apoyo a
adultos mayores.
837 Apoyo de aparatos ortopédicos a personas
con discapacidad.
838 Jornadas de asistencia social con
organizaciones y asociaciones civiles.
839 Becas económicas para jóvenes y niños en
condiciones de vulnerabilidad.
8310 Atención social a niños y jóvenes de la calle.
84 Organización social y fortalecimiento de la ciudadanía.
841 Organización de comités de obra y auditoría
social.
842 Capacitación de grupos comunitarios para el
desarrollo de proyectos productivos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 365
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
843 Cooperación internacional para el desarrollo
social.
844 Vinculación con organizaciones de migrantes
morelianos radicados en el extranjero.
845 Concientización cívica y participación con los
niños de Morelia.
846 Reconocimiento al esfuerzo de los jóvenes,
mujeres, ciudadanos y organizaciones destacadas
del municipio.
85 Justicia social y desarrollo humano integral
851 Accesibilidad a nuevas tecnologías para niños
y jóvenes morelianos en condiciones de
vulnerabilidad.
852 Promoción de políticas de equidad de género,
así como atención específica a las necesidades de
las mujeres morelianas.
853 Brigadas comunitarias de atención integral:
médica, psicológica, cultural, jurídica, deportiva y
educativa.
854 Creación de centros para el desarrollo de
habilidades educativas, culturales, deportivas y de
recreación de los grupos sociales más
desprotegidos.
855 Mejoramiento de la infraestructura social
básica y de los espacios públicos.
856 Acciones de mejoramiento y ampliación de
vivienda para familias de escasos recursos en el
medio urbano y rural.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 366
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
857 Asesoría técnica constructiva y normativa
gratuita para familias de escasos recursos.
9 Morelia rural: sustentabilidad, fomento y desarrollo del campo
91 Desarrollo agropecuario y sustentabilidad rural
911 Desarrollo de una red de comercialización y
cooperativas para los productores del municipio de
Morelia.
912 Financiamiento para el uso de semillas
mejoradas de maíz.
913 Fomento y mejoramiento genético de la
ganadería (adquisición de pie de cría e
inseminación artificial).
914 Fomento a la producción de alimentos para el
autoconsumo.
92 Apoyo de insumos a la producción
921 Adquisición de fertilizante a bajo costo.
922 Apoyo para la entrega de semilla forrajera.
923 Apoyo para la transferencia de embriones
bovinos.
924 Apoyos para el combate de plagas en
cultivos.
93 Conservación y desarrollo de la infraestructura rural
931 Construcción, conservación y rehabilitación
de caminos saca cosechas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 367
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
932 Construcción y rehabilitación de bordos y
ollas para captación de agua fluvial.
933 Desazolve de drenes y canales
934 Apoyo para las mejoras territoriales y
conservación de los espacios comunales.
935 Construcción y equipamiento de estanques
piscícolas
94 Alternativas productivas y sanidad rural
941 Promoción, capacitación y apoyos para la
diversificación de la producción rural.
942 Combate y control de plagas de suelo y
maleza.
943 Promoción e impulso a la piscicultura en la
zona rural del municipio.
944 Campañas de vacunación y control de
enfermedades para la producción ganadera.
95 Fortalecimiento y desarrollo de nuestras
tenencias
951 Desarrollo de alternativas turísticas
sustentables en las tenencias.
952 Creación de las rutas de la trucha y del
mezcal para el desarrollo económico y social en
las tenencias de Jesús del Monte, San Miguel del
Monte, Atecuáro y Santiago Undameo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 368
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
953 Gestión y elaboración de los proyectos ejecutivos
de plantas de tratamiento de aguas resíduales en las
tenencias de Capula, Jesús del Monte, Santiago
Undameo y Chiquimitio.
954 Atención específica a proyectos derivados de las
comunidades indígenas radicadas en las tenencias de
Morelia.
955 Impulso a rutas ciclistas en el medio rural.
10 Morelia Seguro: protección ciudadana y orden público
101 Coordinación gubernamental y seguridad ciudadana
1011 Se incrementará el número de policías
acreditados en el municipio.
1012 Creación del Código Deontológico de la Dirección
General de Seguridad Ciudadana.
102 Capacitación efectiva y certificación de los cuerpos de seguridad y
protección civil.
1021 Evaluación continua al personal de la Dirección
General de Seguridad Ciudadana, a través de la
aplicación de exámenes de control y confianza.
1022 Capacitación continua y certificación de los
cuerpos de protección civil.
103 Prevención del delito
1031 Instrumentar programas de prevención del delito
para jóvenes en riesgo, mujeres y sociedad en general.
1032 Rehabilitar y dignificar casetas de vigilancia.
1033 Ampliación de la cobertura del alumbrado público
en las zonas de riesgo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 369
CATÁLOGO DE EJES RECTORES
PROGRAMA - SUBPROGRAMAS
EJE RECTOR LINEAS DE ACCION ACCIONES
104 Infraestructura para la seguridad ciudadana y la protección
civil
1041 Construcción de la comandancia de policía
municipal.
1042 Operación de sistema de monitoreo con
cámaras de vig.
1043 Gestión y construcción de dos
subestaciones de bomberos, seguridad y
protección civil.
105 Acciones de prevención y fortalecimiento de la seguridad
ciudadana.
1051 Supervisión y verificación de medidas de
seguridad en establecimientos comerciales e
industriales del municipio.
1052 Apoyo a ciudadanos e instituciones para
cursos de primeros auxilios, evacuación de
inmuebles y prevención de incendios.
1053 Difusión de protocolos de seguridad de
diversos fenómenos perturbadores.
1054 Consolidación de la red sísmica de Morelia.
1055 Actualización del atlas de riesgo de Morelia
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 370
VI.1.7. Catálogo de Comunidades
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 371
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1165 SECTOR INDEPENDENCIA
1 Colonia Adolfo López Mateos
2 Fraccionamiento Agua Clara
3 Colonia Agustín Arriaga Rivera
4 Colonia Alberto Oviedo Mota
5 Colonia Alcalde Ignacio Pérez
6 Colonia Ampliación Adolfo López Mateos
7 Colonia Ampliación Ana María Gallaga
18 Colonia Ampliación Jardines del Toreo
19 Colonia Ampliación Jardines de Torremolinos
20 Colonia Ampliación la Huerta
24 Colonia Ampliación los Manantiales
26 Colonia Ampliación Noro-Este la Huerta
30 Colonia Ana María Gallaga
31 Colonia Andrés Quintana Roo
33 Colonia Arboleda de la Huerta
44 Colonia Campestre los Manantiales
46 Colonia Carlos María de Bustamante
54 Colonia Club Campestre la Huerta
58 Fraccionamiento Constituyentes de Apatzingán de 1814
61 Colonia Cosmos
82 Colonia Ejidal Tres Puentes
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 372
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
83 Poblado Comunal el Cerrito Itzícuaro
96 Colonia Felicitas del Río
101 Fovissste la Huerta
107 Colonia Fuentes de Morelia
111 Colonia Ampliación Ignacio López Rayón
112 Colonia Hermanos López Rayón
113 Colonia Héroes de Bajan
117 Indeco Expropiación Petrolera
116 Indeco El Vivero
118 Indeco La Huerta
122 Infonavit Adolfo López Mateos
123 Infonavit Benito Juárez
125 Infonavit Cepamisa
126 Infonavit El Pípila
131 Infonavit Lomas del Valle
132 Infonavit Los Manantiales
134 Infonavit Villa Universidad
142 Colonia Jardines del Toreo
143 Colonia Jardines de Torremolinos
144 Colonia Jaujilla
148 Colonia Josefa Ortiz de Domínguez
152 Colonia Juárez
154 Colonia La Camelina
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 373
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
155 Colonia La Huerta
158 Rancho o Ranchería la Mintzita
162 Colonia Las Águilas
166 Colonia Las Mariposas
170 Colonia Leona Vicario
171 Colonia Libertad
179 Colonia Lomas de la Huerta
183 Colonia Lomas del Valle
186 Colonia Los Ejidos
187 Colonia Los Manantiales de Morelia
188 Colonia Los Pinos de Michoacán
190 Unidad Habitacional Manuel Villalongin
191 Colonia Margarita Maza de Juárez
193 Colonia Mariano Michelena
202 Colonia Molino de Parras
203 Colonia Morelia 450
204 Colonia Morelos
206 Colonia Niño Artillero
209 Colonia Nueva Valladolid
231 Colonia Rincón Quieto
240 Colonia Santillán la Huerta
242 Colonia Sentimientos de la Nación
243 Poblado Comunal Zimpanio Norte
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 374
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
244 Colonia Sindurio
245 Colonia Sitio de Cuautla
253 Colonia Valerio Trujano
255 Colonia Valle Quieto
259 Colonia Vicente Guerrero
261 Colonia Villa Universidad
265 Colonia Xangari
267 Colonia Gustavo Díaz Ordaz
272 Colonia Vista Hermosa
274 Infonavit José Sixto Verduzco
275 Infonavit Juan Aldama
276 Infonavit Juana Pavón
280 Colonia Colonial Morelia
284 Colonia Doctor José María Cos
287 Colonia Valladolid
290 Colonia Ampliación Valle Quieto
292 Colonia El Parían
295 Fraccionamiento Residencial del Sur
297 Colonia Tlalpujahua
302 Colonia La Nueva Esperanza
305 Colonia Praderas de Morelia
309 Colonia Paseos de la Hacienda
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 375
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
312 Colonia Río Florido
316 Colonia Arboledas Valladolid
321 Colonia Ignacio López Rayón
324 Colonia Arboledas
325 Colonia los Fresnos
332 Colonia Rector Hidalgo
334 Colonia Tinijaro
336 Colonia Ampliación Mariano Michelena
343 Colonia Valle Verde
349 Colonia Bosques de la Huerta
356 Poblado Comunal San Juanito Itzícuaro
357 Colonia Insurgentes de Valladolid
360 Colonia La Pradera
361 Colonia Arcoíris
365 Colonia Ampliación Vista Hermosa
368 Colonia General Mariano Jiménez
369 Colonia José Casimiro Chowell
370 Colonia El Dorado
376 Infonavit Prensa Insurgente
378 Colonia Las Higueras
379 Colonia Ampliación los Fresnos
380 Colonia Pinar del Río
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 376
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
385 Colonia Rinconada la Huerta
386 Colonia La Floresta Michoacana
388 Colonia Mariano Abasolo
389 Colonia Rincón Santa Sofía
392 Colonia Villas del Sol
394 Colonia Praderas la Huerta
396 Colonia Constitución de Apatzingán
407 Poblado Comunal Itzícuaro
408 Fraccionamiento Villas Insurgentes
409 Conjunto Habitacional Diamante
411 Colonia Ampliación Club Campestre la Huerta
412 Fraccionamiento Cerro Verde
415 Fraccionamiento Residencial Tinijaro
420 Conjunto Habitacional Villas del Parían
422 Conjunto Habitacional Rincón Tarasco
427 Conjunto Habitacional Mariano Ontiveros
435 Fraccionamiento Hermenegildo Galeana
453 Poblado Comunal San Lorenzo Itzícuaro
454 Rancho o Ranchería Zimpanio
480 Colonia Granjas de la Huerta
498 Colonia Villas Morelianas
522 Hacienda San Andrés Coapa
531 Ex-Hacienda La Huerta
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 377
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
533 Colonia Puerta Blanca
538 Colonia Ampliación Ana María Gallaga II
550 Colonia Ampliación Manantiales de Morelia
551 Colonia Ampliación Molino de Parras
552 Colonia Ampliación Nueva Valladolid
553 Colonia Ampliación Oriente la Huerta
562 Colonia Arboledas del Sur
574 Colonia Bello Horizonte
575 Colonia Benito Juárez
576 Colonia Camino de la Virgen
577 Colonia Campestre
588 Colonia Cerro Azul
592 Colonia Colonial Universidad
593 Conjunto Habitacional Villa Magna
595 Conjunto Habitacional Villas de Valladolid
616 Colonia El Pueblito
624 Colonia El Vivero
638 Colonia Ejido de Sindurio
643 Ex-Ejido San Juanito Itzícuaro
648 Hacienda la Trinidad
658 Colonia San José de la Huerta
659 Colonia Expropiación Petrolera
661 Colonia Florida
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 378
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
673 Colonia Girasoles
676 Hacienda la Trinidad III
677 Conjunto Habitacional Hacienda San Diego
678 Fraccionamiento Héroes Insurgentes
682 Indeco Indeco
685 Infonavit Colinas Del Sur
686 Infonavit Colonial Universidad
692 Infonavit Santa Teresa
702 Colonia Jardines del Toreo 2
705 Unidad Habitacional Juana Pavón
708 Colonia La Colina II
710 Colonia La Huerta II
723 Colonia Las Arboledas
724 Colonia Las Garzas
725 Colonia Las Huertas
726 Colonia Las Huertas Country
727 Fraccionamiento Las Pampas
732 Colonia Loma Bella
733 Colonia Loma Blanca
745 Colonia Los Ciruelos
747 Colonia Los Pinos
749 Colonia Los Portales
751 Colonia Manantiales II
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 379
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
756 Fraccionamiento Mirador de la Montaña
768 Colonia Nueva Valladolid Segunda Etapa
775 Colonia Olimpia
776 Colonia Paraíso del Sur II
790 Colonia Praderas de Morelia Segunda Etapa
792 Colonia Praderas del Sur II
798 Colonia Progreso del Sur
807 Colonia Real Santa Rita
809 Colonia Reforma de Tzindurio Norte
818 Colonia San Juanito Itzícuaro III
824 Colonia Rincón de la Santa Cruz
825 Colonia Rincón de la Trinidad
827 Colonia Rincón de los Manantiales
831 Fraccionamiento Rinconada de Tinijaro
832 Colonia Riviera Norte
837 Colonia San Juanito Itzícuaro Sur
842 Colonia Santa Rita
846 Colonia Sindurio Norte
854 Colonia Tzindurio de Morelos
863 Colonia Valladolid Segunda Etapa
864 Colonia Valle de los Sauces
865 Colonia Valle del Paraíso
870 Colonia Villas de Valladolid
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 380
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
871 Colonia Villas de Valladolid Segunda Etapa
872 Colonia Villas del Carmen
876 Colonia Vista Hermosa II
877 Colonia Viveros
878 Colonia Abasolo
882 Conjunto Habitacional José María García Obeso
888 Fraccionamiento Coto del Ángel
889 Conjunto Habitacional San Antonio
890 Fraccionamiento Hacienda de la Huerta
895 Poblado Comunal San Lorenzo
896 Conjunto Habitacional Arko San Antonio
910 Conjunto Habitacional Campestre del Vergel
914 Colonia Villa de Fátima
916 Fraccionamiento Prados de la Huerta
924 Colonia Loma Larga (PROMIVI)
1004 Colonia Tzindurio Sarh
1008 Poblado Comunal las Trojes
1030 Colonia Dos de Octubre
1036 Colonia Felipe Sandoval Moreno
1049 Fraccionamiento la Campiña
1071 Colonia la Huertita
1093 Conjunto Habitacional Villas del Pedregal
1105 Conjunto Habitacional Congreso de Chilpancingo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 381
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1108 Colonia Héroes de la Nación
1114 Fraccionamiento Paseo de la Castellana
1115 Conjunto Habitacional Villas del Pedregal II
1118 Colonia Ampliación Mariano Jiménez
1119 Fraccionamiento Loma de la Floresta
1126 Fraccionamiento Villas del Sur
1130 Fraccionamiento San Miguel
1132 Conjunto Habitacional Villa Magna II
1134 Colonia Ampliación Zimpanio Norte
1136 Fraccionamiento los Mezquites
1137 Conjunto Habitacional San Mateo
1143 Fraccionamiento Loma de los Viñedos
1147 Colonia Niños Héroes
1148 Conjunto Habitacional Escritor de la Independencia
1151 Conjunto Habitacional Villas del Pedregal III
1153 Fraccionamiento Jardines de San Antonio
1154 Fraccionamiento La Insurgencia
1155 Fraccionamiento El Parían (Poniente)
1159 Colonia Adolfo López Mateos (Oriente)
1160 Conjunto Habitacional Misión de San Diego
1161 Fraccionamiento Agua Nueva
1164 Conjunto Habitacional Real Valladolid
1191 Colonia Manantiales del Parían
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 382
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1198 Colonia Trece de Abril
1199 Colonia Margarita Moran
1202 Colonia Hombres Ilustres
1209 Colonia Salvador Iriarte Montes
1212 Fraccionamiento Los Duraznos
1213 Colonia Lomas de la Campiña
1215 Fraccionamiento Ampliación Hacienda de la Huerta
1220 Colonia Ampliación Niño Artillero
1228 Colonia Roca Dura
1229 Colonia Fuentes de Valladolid
1238 Colonia las Galeanas
1248 Colonia Ampliación el Parían
1253 Colonia Ampliación el Arquito
1256 Colonia Arboledas del Rio Grande
1261 Ex. Hacienda la Trinidad
1264 Conjunto Habitacional San Mateo II
1266 Conjunto Habitacional las Magnolias
1268 Fraccionamiento Nuevo Vergel
1269 Fraccionamiento Servando Teresa de Mier
1274 Conjunto Habitacional Ampliación Campestre del Vergel
1276 Fraccionamiento la Valenciana
1278 Colonia Riviera Norte
1279 Colonia Ex Ejido Guadalupe II
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 383
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1280 Colonia Máximo Bravo
1281 Colonia Hacienda los Viñedos
1284 Poblado Emiliano Zapata
1286 Residencial Santa Martha
1287 Conjunto Habitacional San Pedro
1302 Colonia Ampliación Rio Florido
1307 Colonia Congreso Hispanoamericano
1310 Colonia La Ceja
1312 Fraccionamiento Rincón de Agua Clara
1315 Fraccionamiento Paseo los Encinos
1317 Colonia Benedicto López
1321 Colonia Ampliación Servando Teresa de Mier
1334 Poblado La Granja
1335 Colonia Praderas de San Juanito
1342 Conjunto Habitacional Los Naranjos
1345 Conjunto Habitacional Solear Torremolinos
1346 Colonia Nueva Florida
1347 Fraccionamiento Oikos
1348 Fraccionamiento Paseo de la primavera
1349 Fraccionamiento Real Universidad II
1353 Conjunto Habitacional Torres AltaVista
1365 Conjunto Habitacional El Cerrito
1366 Fraccionamiento Hacienda Peñasco
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 384
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1384 Fraccionamiento San Javier
1427 Comunidad San Isidro Itzicuaro
1428 Colonia Ampl. San Juanito Itzicuaro
1429 Colonia Ignacio Allende
1430 Colonia Rinconada del Valle
1431 Colonia Manga Prieta
1432 Colonia Lomas de San Juanito Itzicuaro
1166 SECTOR NUEVA ESPAÑA
12 Colonia Ampliación Dieciocho de Mayo
17 Colonia Rincón de Ocolusen
23 Colonia Ampliación Lomas del Punhuato
25 Colonia Ampliación Mil Cumbres
34 Colonia Argos
40 Colonia Buenavista Primera Etapa
41 Colonia Buenavista Segunda Etapa
43 Colonia Camelinas
51 Colonia Cinco de Mayo
52 Colonia Cinco de Diciembre
53 Colonia Club Campestre
57 Condominio Planetario
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 385
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
63 Colonia Cuauhtémoc
65 Colonia Cumbres de Morelia
66 Colonia Cundagua
67 Colonia Chapultepec Norte
68 Colonia Chapultepec Oriente
69 Colonia Chapultepec Sur
70 Colonia Del Empleado
71 Colonia Diego de Basalenque
72 Colonia Dieciocho de Mayo
74 Colonia Doce de Diciembre
80 Ejido/Ejidal Ocolusen
81 Colonia Bosque Camelinas
84 Colonia Electricistas
86 Colonia El Mirador del Punhuato
91 Colonia Enrique Ramírez
92 Colonia Eréndira
94 Colonia Estrella
95 Colonia Eucaliptos
99 Colonia Félix Ireta
100 Fovissste Acueducto
105 Colonia Francisco Xavier Clavijero
106 Colonia Fray Antonio de Lisboa
114 Colonia Hospitales de Don Vasco
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 386
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
124 Infonavit Camelinas
130 Infonavit Lomas de Hidalgo
135 Colonia Insurgentes
141 Colonia Jardines del Rincón
157 Colonia La Loma
160 Colonia La Rinconada
163 Colonia Las Américas
168 Colonia Lázaro Cárdenas
173 Colonia Loma Libre
174 Colonia Lomas de Guayangareo
130 Infonavit Lomas de Hidalgo
135 Colonia Insurgentes
141 Colonia Jardines del Rincón
157 Colonia La Loma
160 Colonia La Rinconada
163 Colonia Las Américas
168 Colonia Lázaro Cárdenas
173 Colonia Loma Libre
174 Colonia Lomas de Guayangareo
175 Colonia Lomas de Hidalgo
181 Colonia Lomas del Punhuato
197 Colonia Matamoros
205 Colonia Nicolás Romero
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 387
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
201 Colonia Mil Cumbres
207 Colonia Nueva Chapultepec
208 Colonia Nueva Jacarandas
212 Colonia Pascual Ortiz de Ayala
213 Colonia Paseo de las Lomas
215 Poblado Comunal Ocolusen
218 Colonia Portales de Morelia
220 Colonia Prados del Campestre
228 Fraccionamiento Residencial Bosques
230 Fraccionamiento Rincón Bugambilias
235 Colonia San Rafael
247 Colonia Terrazas del Campestre
252 Colonia Unión
254 Colonia Valle del Punhuato
256 Colonia Vasco de Quiroga
258 Colonia Ventura Puente
262 Colonia Virrey Antonio de Mendoza
264 Conjunto Habitacional Virreyes
266 Colonia Fray Antonio de San Miguel Iglesias
271 Colonia Virreyes
282 Fraccionamiento Residencial Rey Chimalpopoca
291 Colonia Del Periodista
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 388
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
304 Fraccionamiento Residencial Lancaster
323 Conjunto Habitacional Camelinas
335 Colonia Nuevo Amanecer
345 Colonia La Floresta
354 Colonia Ilustres Novohispanos
355 Colonia Nueva Unión
362 Colonia La Primavera
363 Colonia Lomas de las Américas
364 Colonia Américas Britania
382 Colonia Ampliación Nicolás Romero
401 Colonia Faldas del Punhuato
462 Hacienda del Rincón
468 Colonia Central de Abastos
511 Rancho o Ranchería Puerta Blanca
512 Rancho o Ranchería el Tigre
529 Colonia Puerto de Buenavista
537 Colonia Américas Britania Segunda Etapa
539 Colonia Ampliación Ocolusen
540 Colonia Ampliación Enrique Ramírez
545 Colonia Ampliación Jardines del Rincón
547 Colonia Ampliación Lomas de Guayangareo
554 Colonia Ampliación Pascual Ortiz de Ayala
557 Colonia Ampliación Tierra y Libertad
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 389
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
568 Colonia Britania
569 Colonia Buenavista
570 Colonia Camelinas II
579 Infonavit Campestre
589 Colonia Cerro del Punhuato
611 Fraccionamiento el Campestre
620 Colonia El Rincón
639 Ejido/Ejidal el Rincón
642 Ejido/Ejidal Rincón de Ocolusen
690 Infonavit Miguel Hidalgo
711 Colonia La Loma de la Camelina
712 Colonia La Paloma
722 Colonia Las Américas II
738 Fraccionamiento Lomas del Bosque
740 Colonia Lomas del Sur
741 Colonia Lomas del Sur II
742 Colonia Lomas del Sur III
748 Colonia Los Pirules
759 Colonia Morelos sur
772 Colonia Ocolusen
773 Colonia Ocolusen II
774 Colonia Ocolusen III
787 Condominio Plaza Squash
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 390
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
789 Habitacional Posada Buenos Amigos
797 Habitacional Princesa Eréndira
810 Fraccionamiento Residencial Acueducto
811 Fraccionamiento Residencial Bugambilias
812 Fraccionamiento Residencial del Campestre
813 Fraccionamiento Residencial del Rey
814 Fraccionamiento Residencial Diamante
823 Colonia Rincón Campestre
826 Colonia Rincón de las Américas
830 Colonia Rinconada las Américas
862 Colonia Unión Nueva España
867 Colonia Villas Américas
868 Colonia Villas cipreses
900 Fraccionamiento Tres Marías
931 Fraccionamiento La Nueva Aldea II
938 Conjunto Habitacional Villas de Lancaster
951 Colonia Rincón del Punhuato
952 Colonia Unión Isaac Arriaga
979 Colonia Abel Martínez
980 Colonia Paraíso Monarca Segunda Etapa
990 Colonia Arboledas de Mil Cumbres
991 Colonia Mirador del Ángel
992 Colonia Paraíso Monarca Tercera Etapa
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 391
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
993 Colonia Real Punhuato
1070 Colonia Ampliación Punhuato
1097 Conjunto Habitacional Bosques Tres Marías
1106 Conjunto Habitacional Terrazas Tres Marías
1110 Fraccionamiento Real Universidad
1116 Colonia Filomeno Mata
1120 Colonia Etnias de México
1124 Conjunto Habitacional Terrazas Tres Marías II
1131 Conjunto Habitacional Terrazas Tres marías III
1145 Fraccionamiento Parque Industrial
1149 Fraccionamiento Mandarinos
1192 Conjunto Habitacional los Cedros
1203 Fraccionamiento Fresnos Oriente
1216 Fraccionamiento Antonio Alzate
1221 Conjunto Habitacional Terrazas Zero
1230 Colonia la Hermita
1246 Colonia Vicente Lombardo Toledano
1265 Fraccionamiento Colegios Novohispanos
1267 Fraccionamiento Punta Alba
1271 Fraccionamiento Alonso de la Veracruz
1275 Fraccionamiento Fresnos Oriente II
1285 Col. Villas de San Miguel
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 392
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1301 Fraccionamiento Ampliación El Valle
1303 Fraccionamiento Bartolomé de las Casas
1304 Col. El Mirador de Ocolusen
1305 Conjunto Habitacional Campo Real
1306 Conjunto Habitacional Cañadas del Bosque
1314 Fraccionamiento Felipe Sandoval
1316 Condominio Paseo del Parque
1320 Fraccionamiento de las Culturas
1325 Fraccionamiento Eduardo Lecanda Lujambio
1327 Fraccionamiento Paseo del Refugio
1336 Conjunto Habitacional Campo bello
1337 Conjunto Habitacional Colinas del Sol
1338 Fraccionamiento Corporativos Tres Marías
1343 Fraccionamiento Emisión de la Montaña
1350 Condominio Residencial Vivalto
1351 Fraccionamiento Rincón del Cielo
1352 Fraccionamiento Sendero del Bosque
1357 Conjunto Habitacional Cumbre Toscana
1373 Col. Orquídeas
1379 Conjunto Habitacional Terrazas Tres Marías IV
1380 Conjunto Habitacional Villas del Sur II
1383 Conjunto Habitacional Lartesi
1435 Colonia los sin tierra
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 393
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1167 SECTOR REPÚBLICA
10 Colonia Ampliación Carlos Salazar
13 Colonia Ampliación Eduardo Ruíz
14 Colonia Ampliación el Porvenir
15 Colonia Ampliación Francisca Xaviera Villegas
21 Colonia Ampliación las Margaritas
22 Colonia Nicolaitas Ilustres
27 Colonia Ampliación Popular Progreso
38 Colonia Barrio Alto
39 Colonia Bocanegra
48 Colonia Carlos Salazar
62 Colonia Cruz del Barreno
64 Colonia Cuatro de Marzo
78 Colonia Eduardo Ruíz
79 Ejido/Ejidal Francisco Villa
87 Colonia el Porvenir
88 Colonia el Realito
89 Colonia Emiliano Zapata
93 Colonia Esther Tapia
98 Colonia Félix Arreguin
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 394
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
103 Colonia Francisca Xaviera Villegas
104 Colonia Francisco J. Múgica
108 Colonia Granjas del Maestro
109 Colonia Guadalupe
110 Colonia Guadalupe Victoria
115 Colonia Ignacio Ramírez
121 Colonia Industrial
127 Infonavit la Colina
128 Infonavit la Quemada
129 Infonavit Loma Bonita
136 Colonia Irrigación
138 Colonia Jacarandas
139 Colonia Jardines de Guadalupe
140 Colonia Jardines del Quinceo
145 Colonia Javier Mina
147 Colonia Josefa Ocampo de Mata
149 Colonia José María Morelos
151 Colonia José Trinidad Salgado
156 Colonia La Joya
159 Colonia La Quemada
161 Colonia La Soledad
164 Colonia Las Flores
165 Colonia Las Margaritas
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 395
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
169 Colonia Leandro Valle
172 Colonia Linda Vista
180 Colonia Lomas del Pedregal
182 Colonia Lomas del Tecnológico
185 Colonia Los Álamos
189 Colonia Manuel García Pueblita
192 Colonia Mariano Escobedo
195 Colonia Mártires de la Plaza
196 Colonia Mártires de Uruapan
198 Colonia Mauricio Martínez Solano
199 Colonia Melchor Ocampo
200 Colonia Michoacán
214 Colonia General Pedro María Anaya
216 Colonia Popular Progreso
217 Colonia Popular Solidaria
221 Colonia Prados Verdes
227 Colonia Reforma
229 Colonia Lago II
234 Colonia San Pascual
236 Colonia Santa Anita
239 Colonia Santiaguito
248 Colonia Wenceslao Victoria
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 396
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
249 Colonia Torres del Tepeyac
250 Colonia Tres Puentes
260 Colonia Vicente Riva Palacio
269 Colonia Plan de Ayutla
277 Infonavit Justo Mendoza
278 Infonavit Rafael Carrillo
279 Colonia Villas del Real
281 Colonia Volcanes
288 Colonia Ampliación el Realito
289 Colonia Defensores de Puebla
294 Colonia Loma Real
300 Poblado Comunal Quinceo
301 Poblado Comunal Torreón Nuevo
306 Colonia Ampliación la Soledad
311 Colonia La Esperanza
314 Colonia Unidos Santa Cruz
315 Colonia Ampliación Unidos Santa Cruz
317 Colonia Ciudad Jardín
318 Colonia San Isidro Itzícuaro
319 Colonia Ricardo Flores Magón
320 Colonia Veintiséis de Julio
327 Colonia Jardines de Sindurio
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 397
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
330 Colonia Rincón del Pedregal
337 Colonia Veintitrés de Marzo
338 Colonia Catorce de Febrero
339 Colonia Héroes Republicanos
340 Colonia Lomas de la Aurora
341 Poblado Comunal Gertrudis Sánchez
342 Colonia Loma Dorada
344 Colonia Huertas del Poniente
346 Colonia Lago I
347 Colonia Francisco Zarco
348 Conjunto Habitacional Niños Héroes
352 Colonia Ampliación Mariano Escobedo
359 Conjunto Habitacional Rincón del Ángel
366 Fraccionamiento Gobernador Gildardo Magaña
373 Infonavit Constitución de 1857
375 Colonia José María de Cabrera
381 Colonia Ampliación Solidaridad
391 Colonia Ignacio Zaragoza
393 Colonia los Cipreses
395 Colonia Rincón de la Ortiga
398 Colonia Ario 1815
402 Conjunto Habitacional Batalla de Morelia
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 398
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
403 Colonia Sebastián Lerdo de Tejada
405 Conjunto Habitacional León Guzmán
406 Colonia Villas del Real (Poniente)
410 Fraccionamiento Las Peñas
413 Fraccionamiento Patriotas Republicanos
423 Colonia Ampliación Batalla de Morelia
424 Conjunto Habitacional Torreón Nuevo
425 Fraccionamiento Jardines de la Aurora
428 Fraccionamiento Hacienda de Tinijaro
431 Fraccionamiento Defensores de la República
437 Fraccionamiento Valle de los Reyes
473 Colonia Solidaridad
482 Poblado Comunal las Flores
517 Rancho o Ranchería Cotzurio Chico
534 Colonia Huertos Agua Azul
535 Fraccionamiento Loma Bonita
536 Colonia Agrícola Cenopista Benito Juárez
541 Colonia Ampliación Francisco J. Múgica
542 Poblado Comunal Ampliación Gertrudis Sánchez
543 Colonia Ampliación Guadalupe
544 Colonia Ampliación Jardines de Guadalupe
546 Colonia Ampliación La Quemada
555 Colonia Ampliación Progreso
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 399
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
556 Colonia Ampliación Reforma
558 Colonia Ampliación Torreón Nuevo
567 Colonia Bosques del Quinceo
573 Colonia Bella Vista
578 Colonia Campestre Erandeni
581 Colonia Cantera Real Tercera Etapa
591 Colonia Club Campestre Erandeni
596 Colonia Constituyentes de 1857
601 Colonia Doctor Díaz rubio
602 Colonia Eduardo Ruíz (Barrio Dos)
603 Colonia Eduardo Ruíz (Barrio Tres)
604 Colonia Eduardo Ruíz (Barrio Cuatro)
609 Ejido/Ejidal Guadalupe
612 Colonia El Ciprés
617 Ex-Ejido El Realito Dos
618 Ex-Ejido El Realito Tres
622 Colonia El Tepeyac
623 Colonia El Torreón
627 Colonia Empleados de la STUMSNH
634 Ex-Ejido de la Quemada
635 Colonia Ejidal de la Soledad
637 Ex-Ejido de Santiaguito
646 Ex-Hacienda de Quinceo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 400
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
647 Hacienda la Soledad
660 Colonia Fidel Velázquez
664 Fovissste La Quemada
665 Fovissste Libramiento Norte
668 Colonia Francisco Javier Mina
675 Colonia Hábitat San Pascual
681 Colonia Ilustres Nicolaitas de Morelia
689 Infonavit Lomas del Tecnológico
691 Infonavit Prados Verdes
693 Colonia Insurgentes del Maestro
694 Colonia Irrigación Guadalupe
697 Colonia Jardines de la Cantera
699 Colonia Jardines de Morelia
700 Colonia Jardines de Morelos
703 Colonia José María Villagrán
707 Rancho o Ranchería la Cantera (Arriba)
714 Colonia La Quemada III
715 Colonia La Quemada II
716 Pueblo La Soledad
717 Colonia La Soledad II
720 Colonia Lago III
728 Colonia Las Peñitas II
731 Colonia Licenciado Víctor Manuel Tinoco Rubí
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 401
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
737 Colonia Lomas de Arcos del Valle
739 Colonia Lomas del Real
743 Colonia Lomas del Tepeyac
744 Colonia los Arcos
746 Colonia los Laureles
750 Colonia Luís Donaldo Colosio Murrieta
778 Colonia Parcelas del Quinceo
781 Colonia Pastor Sánchez
782 Colonia Pedro María Anaya
791 Fraccionamiento Praderas del Quinceo
796 Colonia Primo Tapia Poniente
800 Ex-Ejido Quinceo III
801 Ex-Ejido Quinceo II Primera y Segunda Etapa
802 Ex-Ejido Quinceo II
803 Conjunto Habitacional Quintas del Sol
806 Rancho o Ranchería Nuevo Guadalupe
808 Colonia Reforma Segunda Etapa
821 Colonia Rey Tacamba
836 Colonia San José
838 Colonia Santa Cruz
839 Colonia Santa Cruz II
840 Colonia Santa Elena de la Cruz
851 Colonia Víctor Manuel Tinoco Rubí
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 402
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
857 Unidad Habitacional Nacional
860 Colonia Unidos Santa Cruz II
869 Conjunto Habitacional Villas de la Esperanza
873 Colonia Villas del Sol Tercera Etapa
874 Colonia Villas del Sol Cuarta Etapa
875 Colonia Villas Rodríguez Alcaine
883 Conjunto Habitacional Juan Álvarez
884 Conjunto Habitacional Rinconada de Morelia
886 Conjunto Habitacional Villas de la Loma
887 Rancho o Ranchería la Concepción
891 Conjunto Habitacional Torreón Nuevo II
894 Conjunto Habitacional Hacienda del Quinceo
902 Conjunto Habitacional Villas de la Loma II
903 Conjunto Habitacional Torreón Nuevo III
909 Colonia Lucio Cabañas
915 Colonia Primo Tapia Poniente
918 Conjunto Habitacional Villas de la Loma III
920 Conjunto Habitacional Mirador del Quinceo
929 Conjunto Habitacional Lomas de la Maestranza
939 Conjunto Habitacional Torreón Nuevo IV
945 Rancho o Ranchería La Cantera (abajo)
950 Colonia Jardines de San Juanito Itzícuaro
953 Colonia Los Llanos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 403
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
954 Colonia Unión de Tabiqueros
955 Colonia Luís Córdova Reyes
956 Colonia Loma Colorada
958 Colonia Héroes de México
959 Colonia La Palma I
960 Colonia Medallistas Olímpicos
961 Colonia Unión Antorchista
962 Fraccionamiento la Huerta
971 Colonia Hermosa Provincia
981 Colonia Ampliación Félix Arreguin
984 Poblado Comunal San Agustín
985 Colonia Lomas de la Virgen
986 Colonia Miravalle Morelia
987 Colonia Nicolás Bravo
988 Fraccionamiento Riviera II
989 Fraccionamiento Torremolinos
995 Colonia Ampliación Niños Héroes
996 Colonia Ampliación Pastor Sánchez
997 Colonia Ampliación Quinceo
998 Colonia Ampliación Ricardo Flores Magón
1001 Colonia Balcones de Quinceo
1002 Colonia El Paraíso
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 404
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1003 Colonia Jaime Nuno
1011 Colonia Bosques del Quinceo
1056 Colonia La Palma
1057 Colonia La Palma II
1058 Colonia La Palma III
1065 Colonia Lomas del Quinceo
1068 Colonia Valle del Real
1069 Fraccionamiento Prados Verdes
1072 Colonia Valle de los Manantiales
1073 Colonia Mirador Poniente
1095 Conjunto Habitacional Leyes de Reforma
1102 Conjunto Habitacional Valentín Gómez Farías
1109 Conjunto Habitacional Nicolás de Regules
1113 Conjunto Habitacional Defensores de la República II
1129 Fraccionamiento La Aurora
1142 Colonia Eduardo Ruiz (Norte)
1144 Colonia Ampliación Ciudad Jardín
1157 Conjunto Habitacional los Olivos
1158 Fraccionamiento José María Arteaga
1186 Mercado República
1196 Colonia Jesús González Ortega
1197 Conjunto Habitacional Monte Blanco
1208 Residencial Torreón Nuevo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 405
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1218 Colonia Juan José Codallos
1227 Colonia Ampliación Lomas del Quinceo
1232 Colonia Jardines de Santiaguito
1233 Colonia la Esperanza III
1241 Colonia Gertrudis Sánchez IV Etapa
1244 Colonia Presa de los Reyes
1245 Colonia los Pocitos
1247 Colonia Arcos de Morelia
1250 Colonia Jorge Obispo
1251 Colonia Ampliación la Esperanza
1254 Colonia Humberto G. C.
1258 Colonia Bicentenario de la Independencia
1260 Colonia Nuevo Horizonte
1262 Rancho los Corrales
1263 Colonia Dos de Marzo
1270 Colonia Ejercito de la Republica
1272 Fraccionamiento Guillermo Prieto I
1273 Fraccionamiento Guillermo Prieto II
1277 Colonia Paseos del Valle
1289 Colonia La Ladera
1292 Colonia Ampliación San Isidro Itzícuaro
1293 Colonia Ampliación San Pascual
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 406
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1295 Colonia Imperio Purépecha
1299 Poblado Náhuatl
1309 Colonia Altas de Torreón Nuevo
1322 Colonia de las Canteras
1323 Colonia Dos de Diciembre
1324 Colonia Ampliación Dos de Diciembre
1326 Conjunto Habitacional Paseo Esmeralda
1328 Colonia Unidad y Progreso
1329 Colonia Rinconada del Quinceo
1330 Colonia Iglesia Apostólica de la Fe
1331 Colonia Gertrudis Sánchez III Etapa
1333 Colonia Unión Popular
1344 Fraccionamiento Montaña Dorada
1359 Conjunto Habitacional Paseos de Morelia
1361 Colonia Villa Hermosa
1362 Colonia San Gregorio
1363 Colonia Doce de Febrero
1364 Colonia Verónica López
1382 Conjunto Habitacional de la Montaña
1436 Colonia Hermenegildo Galeana
1437 Colonia los Altos de Torreón
1438 Colonia el Renacimiento
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 407
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1168 SECTOR REVOLUCION
8 Colonia Ampliación Aquiles Serdán
11 Colonia Ampliación Central de Abastos
16 Colonia Ampliación Isaac Arriaga
29 Colonia Ampliación Veinte de Noviembre
32 Colonia Aquiles Serdán
35 Colonia Artículo 27 Constitucional
45 Colonia Canteras
59 Colonia Congreso Constituyente de Michoacán
60 Colonia Constituyentes de Querétaro
73 Colonia Diego Rivera
75 Colonia División del Norte
76 Colonia Doctor Ignacio Chávez
77 Colonia Doctor Miguel Silva González
85 Colonia Elías Pérez Avalos
90 Conjunto Habitacional Enrique Arreguin Vélez
97 Colonia Felipe Carrillo Puerto
102 Fovissste Santiaguito
119 Indeco Santiaguito
120 Colonia Independencia
133 Infonavit Plan de Ayala
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 408
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
137 Colonia Isaac Arriaga
146 Colonia Joaquín Amaro
153 Colonia Julián Bonavit
176 Colonia Lomas de San Juan
178 Colonia Lomas de Santiaguito
194 Colonia Martín Castrejón
210 Colonia Obrera
222 Colonia Precursores de la Revolución
223 Colonia Primo Tapia
224 Colonia Profesor Jesús Romero Flores
233 Colonia Salvador Alcaraz Romero
257 Colonia Veinte de Noviembre
270 Colonia Salvador Escalante
293 Colonia Alfonso García Robles
299 Colonia los Ángeles
310 Colonia Bosques de Oriente
331 Colonia El Potrero
350 Colonia José María Pino Suárez
371 Colonia Valle de las Flores
399 Colonia Santa Fe
436 Fraccionamiento Huertos de Atapaneo
515 Colonia Norma
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 409
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
549 Colonia Ampliación los Ángeles
566 Colonia Bellarmino
582 Parque Industrial/Zona Industrial Ciudad Industrial
583 Parque Industrial/Zona Industrial Ciudad Industrial Primera Etapa
584 Parque Industrial/Zona Industrial Ciudad Industrial Tercera Etapa
585 Parque Industrial/Zona Industrial Ciudad Industrial Cuarta Etapa
586 Conjunto Habitacional Ciudad Industrial
587 Colonia Centenario
590 Colonia Clara Córdova
597 Colonia Consuelo Alfaro de Vázquez
600 Colonia Lomas de las Canteras
605 Ejido/Ejidal Isaac Arriaga
614 Colonia El Edén de Morelia
641 Ex-Ejido Isaac Arriaga II
644 Ex-Ejido Santiaguito III
649 Ejido/Ejidal Consuelo Alfaro de Vázquez
651 Ex-Ejido Isaac Arriaga
653 Ejido/Ejidal de Santiaguito II
655 Ex-Ejido Isaac Arriaga III
662 Fovissste
666 Fovissste Morelos
669 Colonia Francisco Villa
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 410
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
679 Colonia Hospitales de Jiquilpan
680 Colonia Huerta los Ángeles
684 Parque Industrial/Zona Industrial Tres
687 Infonavit Constituyentes
688 Infonavit Lázaro Cárdenas
695 Ex-Ejido Isaac Arriaga Dos
696 Ex-Ejido Isaac Arriaga Tres
721 Colonia Lancaster
729 Colonia Las Terrazas
730 Colonia Las Terrazas Tercera Etapa
753 Colonia Central de Abastos Segunda Sección
761 Colonia Nicolás Romero Tercera Etapa
762 Colonia Nicolás Romero Cuarta Etapa
763 Colonia Nicolás Romero Quinta Etapa
770 Colonia Nuevo Punhuato
771 Condominio Oasis
777 Colonia Paraíso Monarca
779 Colonia Pascual Ortiz Rubio
780 Colonia Paseo de Mil Cumbres
786 Colonia Plan de la Garita
788 Colonia Popular Nacional
794 Colonia Primaveras
795 Colonia Primo Tapia Oriente
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 411
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
816 Fraccionamiento Residencial Lancaster Cuarta Etapa
817 Fraccionamiento residencial Lancaster Quinta Etapa
819 Fraccionamiento residencial Lancaster Segunda Etapa
820 Fraccionamiento Residencial Lancaster Sexta Etapa
828 Colonia Rincón del Bosque
829 Colonia Rincón del Paraíso
835 Fraccionamiento San Guillermo
841 Colonia Santa Fe Segunda Etapa
843 Ex-Ejido Santiaguito II
844 Colonia Santiaguito III
845 Colonia Sindicato de Empleados de la Junta Local de Caminos
849 Colonia Terrazas
850 Colonia Tijeras
853 Colonia Tres de Agosto
858 Unidad Habitacional Prados los Ángeles
859 Colonia Satélite
861 Colonia Unión Ejidal
880 Colonia Acueducto
881 Colonia Acueducto Libramiento Norte
905 Conjunto Habitacional el Bosque
908 Fraccionamiento Horizontes de Morelia
911 Fraccionamiento Real Mil Cumbres
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 412
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
917 Fraccionamiento Montaña Monarca III
919 Colonia Lomas de la Aldea
922 Fraccionamiento La Nueva Aldea
928 Conjunto Habitacional Misión del Valle
943 Fraccionamiento Arcos de la Cascada
947 Conjunto Habitacional las Jacarandas
1087 Fraccionamiento Arcos de la Cascada
1090 Colonia Lucio Blanco
1094 Conjunto Habitacional Misión del Valle II
1101 Fraccionamiento Periodista Francisco Zarco
1111 Conjunto Habitacional Misión del Valle III
1133 Fraccionamiento Residencial Bosque Monarca
1140 Colonia Ampliación la Nueva Aldea
1146 Conjunto Habitacional Misión del Valle IV
1156 Conjunto Habitacional Sufragio Femenino Mexicano
1211 Colonia Pablo González Casanova
1225 Colonia Mirador de los Ángeles
1226 Fraccionamiento José Vasconcelos
1234 Colonia Mariel
1239 Colonia Socialismo y Canteros
1242 Colonia Cuisillos
1290 Colonia Ampliación Primavera
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 413
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1294 Colonia Ex Hacienda La Soledad
1296 Colonia Punhuato
1339 Fraccionamiento El Sauce
1340 Fraccionamiento La Palma
1341 Fraccionamiento La Ladera Oriente
1354 Condominio Torres Revolución
1355 Colonia Ampliación La Palma
1356 Fraccionamiento Camposanto
1358 Fraccionamiento El Rio
1360 Fraccionamiento Valle Dorado Norte
1439 Colonia Unidad Satélite
1169 ATAPANEO
326 Poblado Comunal la Aldea
374 Poblado Comunal Francisco J. Múgica
439 Poblado Comunal Atapaneo
608 Ejido/Ejidal Francisco J. Múgica
633 Ex-Ejido Atapaneo
657 Hacienda de Atapaneo
667 Poblado Comunal Francisco J. Múgica
1054 Fraccionamiento Francisco J. Múgica
1170 Pueblo Atapaneo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 414
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1257 Colonia Lareda
1288 Colonia Ampliación Lomas de la Aldea
1313 Colonia Francisco I. Madero
1420 Colonia la Nueva Aldea
1421 Colonia Verónica III
1249 Colonia Ampliación la Palma
1172 ATECUARO
442 Poblado Comunal Atécuaro
448 Poblado Comunal la Cofradía
456 Rancho o Ranchería Las Palomas
457 Rancho o Ranchería La Arteza
460 Rancho o Ranchería La Torrecilla
464 Rancho o Ranchería Campichahua
467 Rancho o Ranchería Curimeo
499 Rancho o Ranchería Parritas
505 Rancho o Ranchería El Laurel
507 Rancho o Ranchería Las Huertitas
966 Poblado Comunal Puerto del Madroño
967 Poblado Comunal San José de las Torres
973 Poblado Comunal Río Bello
1006 Poblado Comunal la Ciénega I
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 415
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1007 Poblado Comunal La Ciénega II
1015 Poblado Comunal El Laurelito
1037 Colonia Galeana
1050 Fraccionamiento Loma Escondida
1052 Fraccionamiento Rincón de los Pirules
1053 Fraccionamiento Valle Campestre
1079 Poblado Comunal Puentecitas
1173 CAPULA
328 Colonia Capula
429 Fraccionamiento Jardines de Iratzio
475 Rancho o Ranchería Iratzio
489 Rancho o Ranchería San Bernabé
492 Colonia Barrio de San Miguel (Capula)
494 Colonia Barrio de Dolores (Capula)
495 Colonia Barrio de San Francisco (Capula)
496 Rancho o Ranchería El Correo
497 Rancho o Ranchería Joyitas
523 Colonia Barrio del Prendimiento (Capula)
974 Colonia Pablo Galeana
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 416
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1046 Colonia Monterrubio
1076 Poblado Comunal Zimpanio Sur
1077 Poblado Comunal El Bañito
1078 Poblado Comunal Los Ejidos
1381 Colonia Guadalupe (Tenencia Capula)
1422 Comunidad Buenavista
1423 Comunidad Tanganxoan
377 Colonia La Presa de Chiquimitío
481 Pueblo Chiquimitío
483 Rancho o Ranchería Jerecuaro
484 Rancho o Ranchería La Tuna Mansa
485 Rancho o Ranchería Aparangueo
486 Rancho Cotzurio Grande
506 Hacienda Jacuaro
513 Rancho o Ranchería La Carbonera
1174 CHIQUIMITIO
514 Rancho o Ranchería Los Cuervos
516 Rancho o Ranchería Cotzurio
805 Rancho o Ranchería El Porvenir
963 Poblado Comunal Tumbisca
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 417
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1012 Poblado Comunal Agua Escondida
1014 Poblado Comunal El Pino Bonito
1016 Poblado Comunal Los Potreros
1017 Poblado Comunal Piedras de Lumbre
1083 Poblado Comunal Agua Dulce
1084 Poblado Comunal Torrecillas (de San Miguel)
1283 Poblado Puerto la Sosa
1424 Comunidad Ampl. El Pino
1425 Comunidad Barrio del Cerrito
1175 CUTO DE LA ESPERANZA
298 Colonia la Concepción
433 Poblado Comunal Cuto de la Esperanza
1426 Comunidad las Flores
1176 JESÚS DEL MONTE
329 Colonia Jesús del Monte
479 Rancho o Ranchería el Capulín
563 Colonia Arcos de Jesús del Monte
899 Rancho o Ranchería Ichaqueo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 418
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
904 Fraccionamiento Montaña Monarca I
965 Poblado Comunal La Morita
969 Colonia Diez de Junio
975 Colonia Paraíso del Sur
983 Colonia Ampliación Loma Larga
1009 Colonia Culturas
1010 Colonia El Durazno
1029 Colonia Dos de Diciembre
1031 Colonia Ampliación Lomas del Durazno
1034 Colonia Barranca Seca
1035 Colonia El Rosario
1038 Colonia Heberto Castillo
1039 Colonia Loma de la Aldea
1040 Colonia Lomas de Torreón
1041 Colonia Los Encinos Tercera Etapa
1043 Colonia Mirador de Torrecillas
1044 Colonia Moctezuma del Sur
1045 Colonia Monte de los Olivos
1047 Colonia Presa del Potrero
1048 Colonia Valle Dorado
1051 Fraccionamiento Lomas de la Virgen
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 419
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1103 Fraccionamiento Punta Monarca
1104 Fraccionamiento Rincón de la Montaña
1141 Conjunto Habitacional las Cruces
1162 Fraccionamiento Rincón de la Montaña II
1206 Residencial Altozano
1207 Fraccionamiento Paraíso Altozano
1210 Fraccionamiento Campestre del Monte
1298 Poblado Arboledas de Buenavista
1308 Colonia Condominio Tres Marías
1368 Poblado Jesús del Monte
1386 Granja Barranca Seca
1433 Comunidad Buenavista
1177 MORELOS
246 Colonia Socialista
283 Poblado Comunal San José del Cerrito
358 Colonia El Arquito
469 Colonia Tenencia Morelos
532 Colonia Veintidós de Octubre
625 Colonia Emiliano Zapata
626 Colonia Emiliano Zapata II
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 420
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
636 Ejido/Ejidal de la Tenencia Morelos
640 Ex-Ejido Emiliano Zapata II
654 Ejido/Ejidal Emiliano Zapata
964 Poblado Uruapilla
970 Poblado Comunal La Reunión
976 Poblado Comunal La Palmita
1018 Poblado Comunal El Paso del Tigre
1019 Poblado Comunal Patambo
1075 Colonia Loma Puerto del Tigre
1089 Ejido/Ejidal El Peral
1223 Poblado Comunal Boruca
1224 Colonia Manuel López Obrador
1297 Colonia Zimpanio Norte
1300 Fraccionamiento Los Vergeles
1332 Colonia Camino del Edén
1178 SAN MIGUEL DEL MONTE
333 Poblado Comunal San Miguel del Monte
508 Rancho o Ranchería El Páramo
972 Poblado Comunal La Palma (Tacícuaro)
1013 Poblado Comunal Páramo
1020 Poblado Comunal Cerritos
1021 Poblado Comunal Cuanajillo Grande
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 421
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1085 Poblado Comunal La Palma (San Miguel)
1434 Colonia Morelos
1179 SAN NICOLÁS OBISPO
367 Colonia San Nicolás Obispo
488 Rancho o Ranchería San Nicolás Obispo
968 Poblado Comunal Coro Grande
977 Poblado Comunal San Antonio Carupo
1000 Poblado Comunal Asiento de Piedra
1022 Poblado Comunal la Alberca
1024 Poblado Comunal Tzintzimacato chico
1081 Poblado Comunal Tarehuicho
1082 Poblado Comunal Teremendo Jasso
1200 Pueblo Tenencia San Nicolás Obispo
1201 Pueblo San Javier Xanamurhu
1180 SANTA MARÍA DE GUIDO
9 Colonia Ampliación Balcones de Santa María
28 Colonia Ampliación Santa Cecilia
36 Colonia Balcones de Morelia
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 422
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
37 Colonia Balcones de Santa María
42 Colonia Bugambilias
47 Colonia Carlos Rivas Larrauri
49 Colonia Cayetano Andrade
56 Colonia Colinas del Sur
150 Colonia José Trinidad Guido
167 Colonia Las Torrecillas
177 Colonia Lomas de Santa María
184 Colonia Lomas de Vista Bella
211 Colonia Ojo de Agua
219 Colonia Pradera del Sur
225 Colonia Purembe
226 Colonia Rector Díaz Rubio
232 Colonia Rincón de Vista Bella
237 Colonia Santa Cecilia
238 Tenencia Santa María de Guido
241 Colonia Sara Malfavón
251 Colonia Trincheras de Morelos
263 Colonia Vista Bella
268 Colonia Lomas del Durazno
286 Colonia Rey Tariácuri
296 Fraccionamiento Peña Blanca
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 423
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
303 Colonia Piedra Lisa
307 Colonia Los Encinos
308 Colonia Ampliación Los Encinos
322 Colonia Lomas de la Joya
372 Colonia Ampliación Cayetano Andrade
383 Colonia Loma Dorada Del Sur
384 Colonia Ampliación Trincheras de Morelos
387 Colonia Valle del Durazno
390 Colonia Buenos Aires
400 Colonia Loma Larga
414 Condominio Residencial Plaza
416 Fraccionamiento el Monasterio
417 Colonia Camino Real
418 Fraccionamiento Jardines de Vista Bella
421 Colonia Flor del Durazno
438 Rancho o Ranchería el Durazno
474 Rancho o Ranchería Santa María
548 Colonia Ampliación Lomas de Vista Bella
559 Colonia Ampliación Valle Dorado
561 Colonia Ampliación Vista Bella
565 Colonia Barranca de Santa María
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 424
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
606 Ejido/Ejidal Santa María
610 Colonia el calvario
656 Ejido/Ejidal Santa María de Guido
701 Colonia Jardines del Sur
718 Colonia La Torrecilla
734 Colonia Loma de Santa Cecilia
736 Colonia Loma Linda
757 Colonia Mirador del Valle
822 Fraccionamiento Residencial Santa María
834 Fraccionamiento San Francisco
852 Colonia Torrecillas del Sur
898 Fraccionamiento Jardines de Vista Bella II
912 Fraccionamiento Lomas
913 Fraccionamiento La Lomita
923 Fraccionamiento Rafael Dávalos
925 Fraccionamiento Valle Dorado del Sur
932 Colonia Valle el Rosario
942 Fraccionamiento Villas Lomas del Paraíso
949 Fraccionamiento Praderas de la Loma
957 Colonia Ampliación Clara Córdova
982 Colonia Ampliación La Aldea II
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 425
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
994 Colonia 6 de Junio
1005 Colonia La Aldea Poniente
1042 Fraccionamiento Los Sauces
1055 Colonia 8 de Agosto
1059 Colonia Las Huaras
1060 Colonia León Verde
1062 Colonia Nacional las Canteras
1064 Colonia Centenario II
1086 Fraccionamiento Villas Lomas del Paraíso
1098 Fraccionamiento Manuel Gutiérrez Nájera
1121 Conjunto Habitacional Rincón de Santa María
1122 Colonia Ejército de Morelos
1125 Fraccionamiento Praderas Paraíso
1128 Poblado Comunal El Durazno
1139 Fraccionamiento Monte vista
1150 Fraccionamiento Bosque Monarca
1163 Conjunto Habitacional Puerto Banas
1185 Colonia Los Tucanes
1189 Colonia Lomas de Chapultepec
1190 Colonia Altos del Durazno
1193 Fraccionamiento Los Mirasoles
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 426
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1194 Colonia Loma Alta
1195 Fraccionamiento El Valle
1205 Fraccionamiento Bonanza
1214 Fraccionamiento Los Gigantes
1217 Conjunto Habitacional Residencial Lima
1219 Fraccionamiento Villas de Santa María
1243 Colonia la Charca
1252 Colonia Jardines del Durazno
1291 Colonia Ampliación Progreso del Sur 2ª Etapa
1311 Colonia Rosas de Guadalupe
1319 Fraccionamiento Lago Paraíso
1440 Colonia Ampl. Loma Bonita
1441 Colonia Valle de Primavera del Sur
1181 SANTIAGO UNDAMEO
55 Colonia Corintio
273 Poblado Comunal San Antonio Paramare
443 Pueblo Santiago Andamio
445 Rancho o Ranchería Buenavista
446 Rancho o Ranchería Arroyo Colorado
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 427
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
447 Rancho o Ranchería Pueblo Viejo
449 Pueblo Tirio
450 Pueblo Umécuaro
451 Rancho o Ranchería Loma Caliente
452 Rancho o Ranchería El Aguacate
455 Rancho o Ranchería Joya de Buenavista
458 Rancho o Ranchería Las Cruces
459 Rancho o Ranchería Nieves
461 Rancho o Ranchería Huertitas
463 Rancho o Ranchería Santa Rosalía
466 Rancho o Ranchería La Estancia
470 Rancho o Ranchería El Escobal
471 Rancho o Ranchería El Taray
478 Rancho o Ranchería Hojas Anchas
500 Rancho o Ranchería Las Canoas
502 Rancho o Ranchería Joya de la Huerta
503 Rancho o Ranchería La Nueva Florida
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 428
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
619 Rancho o Ranchería El Reparo
709 Pueblo La Estancia
766 Poblado Comunal Nueva Florida
978 Poblado Comunal Chihuerio
999 Poblado Comunal San Miguel Coapa
1025 Poblado Comunal El Mesón
1026 Poblado Comunal La Maiza (Puerto de Jaras)
1027 Poblado Comunal Isaac Arriaga (Noriega)
1028 Poblado Comunal Potrerillos
1187 Rancho o Ranchería Agua de Charario
1222 Rancho o Ranchería El Tejocote
1282 Rancho el Caracol
1378 Rancho Santa Mónica
1182 TACÍCUARO
313 Colonia San José Itzícuaro
434 Poblado Comunal Tacícuaro
476 Rancho o Ranchería Los Cerritos
487 Poblado Comunal Cuanajillo
1183 TEREMENDO DE LOS REYES
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 429
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
465 Pueblo Teremendo
509 Rancho o Ranchería La Luz
510 Rancho o Ranchería Zajo Chico
525 Rancho o Ranchería Tzintzimacato Grande
526 Rancho o Ranchería Tzintzimacato Chico
527 Rancho o Ranchería Tiristarán
528 Rancho o Ranchería El Fresno
897 Poblado Comunal Zajo Grande
1023 Poblado Comunal San Pedro Chicácuaro
1080 Poblado Comunal Aracurio
1184 TIRIPETÍO
351 Colonia San José Coapa
432 Poblado Comunal San Rafael Coapa
441 Rancho o Ranchería La Yerbabuena
477 Pueblo Tiripetío
493 Poblado Comunal San Carlos Coapa
519 Pueblo San Antonio Coapa
521 Rancho o Ranchería Hermenegildo Galeana
1074 Poblado Comunal Coapa
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 430
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1091 Poblado Comunal Hermenegildo galeana
1092 Poblado Comunal San Carlos Coapa
1255 Rancho Cuanajillo del Toro
MORELIA
50 Colonia Centro Histórico
571 Colonia Balderas
572 Colonia Bangrarioç
594 Conjunto Habitacional Real Orquídea
599 Colonia Cumbres de México
615 Colonia el Pípila
621 Colonia el Temporalin
628 Colonia Epitacio Huerta
629 Colonia Equidad
630 Colonia Equipamiento Comercial
631 Colonia Escalón
632 Colonia Esmeralda
650 Ejidal del Colegio
652 Colonia Ejido San José
663 Fovissste II
670 Colonia Fresa
671 Colonia Fuego Nuevo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 431
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
672 Colonia Generalísimo Morelos
674 Granja Lupita
683 Colonia Independiente
698 Colonia Jardines de la Loma
704 Colonia José Ramírez Acosta
706 Colonia la Calera
713 Colonia la Paz
719 Colonia la Trinidad
735 Colonia Loma Florida
752 Colonia Mariano Ontiveros
754 Colonia Miguel Hidalgo
755 Colonia Militar
758 Colonia Moderna
760 Colonia Mozart
764 Colonia Nueva Ejidal
765 Colonia Nueva Estación
767 Colonia Nueva Morelos
769 Infonavit Nuevo
783 Colonia Cayetano Pérez Martínez
784 Colonia Pino Alto
785 Colonia Pino Alto II
793 Colonia Prado Vallejo
799 Colonia Puerta del Sol
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 432
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
804 Colonia Ramón Ignacio Alcaraz
815 Conjunto Habitacional del Valle
847 Colonia Sol
833 Colonia Rosa de Castilla
848 Colonia Terla
855 Colonia Unidad Deportiva
856 Unidad Habitacional Militar
866 Colonia Villa Fuentes
879 Colonia Abolición de la Esclavitud
906 Conjunto Habitacional la Hacienda
907 Fraccionamiento Hacienda del Monte
927 Fraccionamiento Cruz de la Capilla
930 Conjunto Habitacional del Bosque
941 Ciudad Morelia
1088 Ciudad Municipio de Morelia
1100 Colonia Ejido de San Isidro Itzícuaro
1107 Fraccionamiento Real Tulipanes
1123 Fraccionamiento Natalio Vázquez Pallares
1204 Colonia el Mariel
1231 Fraccionamiento Valle de Mil Cumbres
1235 Colonia Barrio el Napis
1236 Colonia Lomas del Salto
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 433
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1237 Colonia Lomas del Jardín
1240 Colonia la Cima
1259 Rancho Codorniz
1367 Conjunto Habitacional Campo nubes
1369 Fraccionamiento Condominio Jacarandas
1370 Fraccionamiento Guillermo Prieto I y II
1371 Colonia San Juanito Itzícuaro II
1372 Colonia Ejido Las Palmas
1374 Fraccionamiento El Sabino
1375 Fovissste La Higuera
1376 Rancho Agua Zarca
1377 Rancho El Alacrán
1387 Fraccionamiento Caja Grande
RURAL
285 Colonia Ignacio Allende
353 Colonia El Progreso
397 Fraccionamiento Hacienda Real de la Mina
419 Fraccionamiento México
426 Fraccionamiento Paraíso de la Huerta
430 Fraccionamiento Monte Bello
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 434
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
440 Poblado El Resumidero
444 Hacienda San José de la Huerta
472 Rancho El Carretero
490 Rancho Sanambo
491 Colonia Barrio de Chacuaro
501 Rancho Nuevo
504 Rancho La Cantera
520 Rancho Joiro
524 Rancho Icuacato
530 Fraccionamiento Campestre Las Cabañas
560 Colonia Alcaldes de Morelia
564 Colonia Arko San Juan
580 Colonia Campestre La Huerta
598 Colonia Cruz de la Capilla
607 Colonia Ejido Cuitzillo Grande
613 Ex Ejido El Colegio
901 Rancho Viejo
933 Fraccionamiento La Luz
1061 Colonia Mujeres Mexicanas
1066 Colonia Universidad de América
1067 Colonia Unión de Colonos Zirahuén
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 435
CATALOGO DE COMUNIDADES
CLAVE NOMBRE
1318 Colonia Granjas Unidas
1117 Fraccionamiento Ana Sofía
1112 Fraccionamiento El Pastizal
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 436
IV.1.8 CATALOGO DE
FIN / PROGRAMA
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 437
CATALOGO DE FIN / PROGRAMA
CLAVE NOMBRE
F01 Conducción de la política pública municipal de presidencia
F02 Brindar una atención eficiente a las demandas ciudadanas
F03 Suficiencia de representación legal y asesoría jurídica
F04 Conducción adecuada de la política pública de la secretaria
F05 Lograr que las áreas del h. Ayuntamiento actúen con
eficiencia y eficacia
F06 Eficiente atención ciudadana para la prestación de servicio
propios de la secretaria
F07 Eficiencia en el cumplimiento de la normatividad
F08 Que los habitantes del municipio conozcan los
procedimientos adecuados ante las emergencias y
contingencias y que sus necesidades se cubran
adecuadamente
F09 Conducción adecuada de la política pública de la secretaria
del ayuntamiento
F10 Mejorar la captación y recaudación de los ingresos
F11 Eficiencia en la administración y aplicación de los recursos
públicos
F12 Eficientes procedimientos administrativos de tecnologías de
la información y comunicaciones tics
F13 Conducción adecuada de la política pública de la tesorería
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 438
CATALOGO DE FIN / PROGRAMA
CLAVE NOMBRE
F14 Lograr una administración moderna, eficiente y eficaz de los
recursos humanos, materiales y servicios generales
requeridos por la administración pública municipal
F15 Contribuir a disminuir el rezago social
F16 Incremento de la prevención y detección de enfermedades
en el municipio de Morelia
F17 Incremento en el suministro de agua potable
F18 Lograr una apropiada y suficiencia de drenaje y alcantarillado
que cubran las necesidades de la población
F19 Adecuada pavimentación de calles en el municipio
F20 Adecuadas obras de infraestructura para el beneficio y
desarrollo social
F21 Conducción adecuada de la política pública de la secretaria
de obras publicas
F22 controlar y atender la población canina y/o felina doméstica
en vía publica
F23 Contar con un alumbrado publica eficiente y eficaz
F24 Servicios de cementerios suficiente y adecuado
F25 Mejorar el servicio de rastro municipal
F26 Aumentar y adecuar los espacios designados para mercados
y centrales de abastos
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 439
CATALOGO DE FIN / PROGRAMA
CLAVE NOMBRE
F27 Manejo adecuado de residuos sólidos en el municipio
F28 Parque, jardines y áreas verdes adecuados para el uso de la
población
F29 Conducción adecuada de la política pública de servicios
F31 Mejorar y simplificación de tiempos y procesos en
operaciones urbanas y ambientales
F32 Control y disminución de la contaminación e impacto
ambiental en el municipio de Morelia
F33 Lograr un ordenamiento territorial y protección al entorno
adecuado
F34 Conducción adecuada de la política pública de desarrollo
urbano y medio ambiente
F35 Lograr la vinculación de mipymes, emprendedores y
organismos empresariales con el gobierno municipal para la
creación y el desarrollo de empresas en el municipio
F36 Generar el desarrollo rural sustentable
F37 Conducción adecuada de la política pública de la secretaria
de fomento económico
F38 Incremento de los visitantes al municipio
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 440
CATALOGO DE FIN / PROGRAMA
CLAVE NOMBRE
F39 Incremento en la vida cultural para el desarrollo del municipio
F40 Conducción adecuada de la política pública de turismo
F41 Lograr la trasparencia y eficacia en el manejo y aplicación de
los recursos públicos
F42 Lograr el cumplimiento del orden y legalidad
F43 Conducción adecuada de la política pública de la contraloría
municipal
F44 Atender las necesidades de los grupos vulnerables en tanto
enfrentan esa condición
F45 Planeación eficiente como instrumento para el desarrollo
municipal económico social
F46 Desarrollo urbano sustentable de la ciudad y el municipio de
Morelia
F47 Lograr la consolidación de la participación ciudadana
F48 Participación de los jóvenes morelianos en las actividades de
la sociedad
F49 Lograr ejecutar más proyectos que tengan un impacto
positivo en la población
F50 Mejorar la imagen urbana del centro histórico
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 441
CATALOGO DE FIN / PROGRAMA
CLAVE NOMBRE
F51 Que las áreas puedan realizar obras, equipamiento y brindar
apoyos estratégicos
F52 Eficacia en la protección y servicio de seguridad pública de la
competencia municipal
F53 Lograr que las niñas y los niños de la estancia infantil,
reciban una buena atención integral
F54 Unidades deportivas adecuadas
F55 Lograr la activación de la población del municipio de Morelia
a través del deporte y la recreación
F56 Conducción de la política pública del instituto municipal de
cultura física y deporte
F57 Población marginada que cuenta a través del poliforum con
espacios de primer nivel para su desarrollo cultural,
educativo, deportivo y empresarial con tecnologías de punta
F58 Disminuir el déficit de vivienda digna para personas de bajos
recursos
F59 Mejorar las condiciones de vida para las mujeres en
desventaja
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 442
VI.1.9. Calendario de Recepción
de Documentos para el Ejercicio
2015
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 443
CALENDARIO DE RECEPCION DE DOCUMENTOS
MES DIA INGRESO DE DOCUMENTOS ACCION
Enero
Viernes 23
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre de mes
Febrero
Viernes 20
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre de mes
Marzo
Lunes 23
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre del mes
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 444
CALENDARIO DE RECEPCION DE DOCUMENTOS
MES DIA INGRESO DE DOCUMENTOS ACCION
Abril
Jueves 23
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre del mes
Mayo
Viernes 22
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre del mes
Junio
Martes 23
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre del mes
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 445
CALENDARIO DE RECEPCION DE DOCUMENTOS
MES DIA INGRESO DE DOCUMENTOS ACCION
Julio
Miércoles 22
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre del mes
Agosto
Viernes 21
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre de mes
Septiembre
Martes 22
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre de mes
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 446
CALENDARIO DE RECEPCION DE DOCUMENTOS
MES DIA INGRESO DE DOCUMENTOS ACCION
Octubre
Miércoles 21
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Cierre de mes
Noviembre
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo) y Oficios de
Modificación Presupuestaria (Transferencia)
Diciembre
Afectación Presupuestaria y Pago (Formato
Universal y/o Contra-Recibo)
Nota: Lo correspondiente al cierre de los meses de noviembre y
diciembre se establecerán por medio de circular emitida por la
Tesorería Municipal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 447
ESTRUCTURA
VI.1.10. Catálogo Unidad
Programática Presupuestal,
Unidad Responsable,
Fin - Programa, Proposito,
Componente - subprograma y
Actividad
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 448
UPP UR PROGRAMA /
FIN PROPOSITO
COMPONENTE / SUBPROGRAMA
ACTIVIDAD
100 PRESIDENCIA MUNICIPAL
101 DESPACHO DEL C. PRESIDENTE
F01 Conducción Adecuada de la Política Pública de Presidencia.
F01-P01 Adecuada gestión, coordinación y dirección.
F01-P01-C01 Eficiente coordinación y dirección de las áreas internas para el cumplimiento de sus funciones.
F01-P01-C01-A01 Asistir a las diversas reuniones de las Juntas de Gobierno convocadas por diferentes organismos Municipales.
F01-P01-C01-A02 Presidir las Sesiones de Cabildo del H. Ayuntamiento.
F01-P01-C01-A03 Informar a la ciudadanía sobre el estado que guarda la Administración, los avances del Plan de Desarrollo Municipal, Programa Operativo Anual y Cuenta Pública.
F01-P01-C01-A04 Dirigir y supervisar Programas y Acciones de Gobierno Estatal y Federal.
F01-P01-C02 Adecuada administración de los recursos asignados.
F01-P01-C02-A01 Coordinar acciones con las otras unidades administrativas de la Presidencia, para la formulación, ejercicio y control del Presupuesto de Egresos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 449
F01-P01-C02-A02 Elaboración de documentos que permitan cubrir oportunamente los servicios prestados.
102 SECRETARIA PARTICULAR
F01 Conducción Adecuada de la Política Pública de Presidencia.
F01-P02 Adecuada aplicación de las Políticas Públicas.
F01-P02-C01 Adecuada gestión y vinculación ante otras dependencias, sectores social y privado.
F01-P02-C01-A01 Planear, organizar y atender las giras de trabajo del C. Presidente Municipal.
F01-P02-C01-A02 Brindar atención humana y de calidad a las demandas ciudadanas, logrando proporcionar una respuesta o alternativa para la solución de sus planteamientos.
F01-P02-C02 Eficiente seguimiento a las actividades de la Presidencia Municipal.
F01-P02-C02-A01 Atención y seguimiento de las actividades del C. Presidente Municipal.
F01-P02-C02-A02 Lograr una eficiente administración y control de la Agenda del Presidente.
103 COORDINACION DE ASESORES
F01 Conducción Adecuada de la Política Pública de Presidencia.
F01-P03 Incremento en estudios y análisis que permitan tener información para la toma de decisiones.
F01-P03-C01 Adecuados estudios y análisis que brinden información en temas especiales.
F01-P03-C01-A01 Evaluar y dar seguimiento a los asuntos encomendados.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 450
F01-P03-C01-A02 Investigar sobre temas estratégicos que ayuden a dar cumplimiento al PDM.
F01-P03-C02 Eficiente asesoría en temas especiales.
F01-P03-C02-A01 Asesorar en planes, programas y proyectos estratégicos y dar propuesta de solución.
F01-P03-C02-A02 Representar y acompañar al C. Presidente Municipal a eventos y reuniones de trabajo.
104 SECRETARIA TECNICA
F01 Conducción Adecuada de la Política Pública de Presidencia.
F01-P04 Mejorar la asistencia técnica para la ejecución y cumplimiento de las Políticas Públicas.
F01-P04-C01 Cumplimiento de los programas centrales.
F01-P04-C01-A01 Sostener reuniones con los Titulares de las Dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal para dirigir y supervisar Programas y Acciones de Gobierno.
F01-P04-C01-A02 Analizar en coordinación con la Tesorería el Programa Operativo Anual de las dependencias Municipales.
F01-P04-C02 Suficiente atención a las demandas de la ciudadanía.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 451
F01-P04-C02-A01 Otorgar apoyos a las Asociaciones y a la Población más vulnerables que se encuentran en situación de riesgo dentro del Municipio.
F01-P04-C02-A02 Recepción y canalización de las solicitudes presentadas al C. Presidente.
105 DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL
F01 Conducción Adecuada de la Política Pública de Presidencia.
F01-P05 Ciudadanía con mayor información.
F01-P05-C01 Adecuada administración y monitoreo de los medios de comunicación que informan sobre la gestión de los funcionarios del Gobierno Municipal.
F01-P05-C01-A01 Establecer un vínculo entre los funcionarios y los medios de comunicación mediante las ruedas de prensa y entrevistas.
F01-P05-C01-A02 Análisis del impacto y percepción de las campañas informativas mediante el medio de monitoreo de medios.
F01-P05-C02 Ciudadanía informada a través de los diversos medios de comunicación de las actividades de la Presidencia Municipal.
F01-P05-C02-A01 Dar cobertura a las actividades de las diferentes dependencias del H. Ayuntamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 452
F01-P05-C02-A02 Diseño y calendarización de campañas informativas.
106 COORDINACION JURIDICA
F01 Conducción Adecuada de la Política Pública de Presidencia.
F01-P06 Incremento en la certeza jurídica en las acciones.
F01-P06-C01 Suficiente certeza jurídica en las actuaciones de las dependencias.
F01-P06-C01-A01 Celebrar los convenios, contratos y en general instrumentos jurídicos necesarios para el desarrollo de los asuntos de la Administración.
F01-P06-C01-A02 Coadyuvar en la gestión de recursos monetarios y en especie para la realización de proyectos prioritarios del Municipio.
F01-P06-C02 Adecuada asesoría jurídica a las dependencias de la Administración.
F01-P06-C02-A01 Llevar acabo el análisis y la revisión de actas, convenios y contratos para firma del C. Presidente Municipal.
F01-P06-C02-A02 Dar seguimiento a los asuntos encomendados.
200 SINDICATURA
201 DESPACHO DEL C. SINDICO
F03 Representación legal, asesoría jurídica y política pública suficiente.
F03-P01 Adecuada representación legal, coordinación y aplicación de las políticas públicas.
F03-P01-C01 Suficiente representación legal y aplicación de las políticas públicas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 453
F03-P01-C01-A01 Asistir con derecho de voz y voto a las reuniones del H. Ayuntamiento.
F03-P01-C01-A02 Conducción de acciones, representación y resolución de los asuntos de su competencia.
F03-P01-C02 Suficiente gestión y coordinación ante otra áreas o dependencias.
F03-P01-C02-A01 Supervisar, coordinar y/o realizar los trámites administrativos y de recursos humanos necesarios para su correcta aplicación y seguimiento.
F03-P01-C02-A02 Realizar donativos de forma estratégica a ciudadanos e instituciones sin fines de lucro.
202 DIRECCION DE ENLACE CIUDADANO
F02 Brindar una atención eficiente a las demandas ciudadanas.
F02-P01 Adecuada coordinación en la atención a las demandas ciudadanas, a migrantes y sus familias.
F02-P01-C01 Suficiente atención a los migrantes y sus familias.
F02-P01-C01-A01 Orientar, informar y apoyar a los migrantes y sus familias en la zona urbana y rural.
F02-P01-C01-A02 Coordinar y/o asistir a eventos relacionados con el fenómeno migratorio.
F02-P01-C02 Suficiente atención a la población por los servicios prestados.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 454
F02-P01-C02-A01 Realizar visitas a diferentes colonias y comunidades para informar de nuevos programas y actividades cívicas.
F02-P01-C02-A02 Elaboración de constancias de residencia, buena conducta, dependencia económica, ingresos, origen, supervivencia, verificación de giros y anuencias.
F02-P01-C02-A03 Atención, seguimiento y/o canalizar las demandas ciudadanas y de las autoridades auxiliares ante las instancias municipales, estales y federales.
F02-P01-C02-A04 Atención a autoridades auxiliares, migrantes, encargados del orden y organizaciones vecinales.
F03-P02-C01-A01 Coordinar los cambios de Autoridades Auxiliares.
F03 Representación legal, asesoría jurídica y política pública suficiente.
F03-P02 Adecuada actualización y capacitación de autoridades auxiliares.
F03-P02-C01 Suficiencia de autoridades auxiliares vigentes.
F03-P02-C01-A02 Coordinar la entrega de material para la acreditación de Autoridades Auxiliares.
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F03-P02-C02 Conocimiento de los procesos administrativos.
F03-P02-C02-A01 Coordinar la capacitación a Autoridades Auxiliares para revisar atribuciones y obligaciones.
F03-P02-C02-A02 Presentar documentos oficiales que afecten el presupuesto de egresos asignado, avance físico mensual de acciones programadas y realizadas, y demás trámites administrativos en materia de recursos humanos y recursos materiales que solicite la dirección.
203 DIRECCION DE PATRIMONIO MUNICIPAL
F03 Representación legal, asesoría jurídica y política pública suficiente.
F03-P03 Inventarios confiables y suficientes.
F03-P03-C01 Base de datos completa y actualizada para la emisión de informes.
F03-P03-C01-A01 Participar y emitir opinión y recomendaciones en trámites administrativos que involucren bienes patrimoniales.
F03-P03-C01-A02 Generar los inventarios en los libros de bienes muebles e inmuebles patrimoniales del Municipio.
F03-P03-C02 Suficiente identificación y supervisión de bienes patrimoniales.
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F03-P03-C02-A01 Verificar e identificar los bienes muebles e inmuebles que deban ingresarse al patrimonio del municipio, así como supervisar el estado físico de los ya existentes.
F03-P03-C02 Suficiente identificación y supervisión de bienes patrimoniales.
F03-P03-C02-A02 Participar en los actos administrativos en los que intervenga el uso, asignación o destino final de los bienes patrimoniales.
F03-P03-C03 Adecuado registro de documentos que amparan la propiedad municipal.
F03-P03-C03-A01 Generar base de datos de los expedientes que amparan la propiedad de los bienes muebles e inmuebles municipales.
F03-P03-C03-A02 Generar la base de datos de las facturas que amparan la propiedad de los muebles municipales.
204 DIRECCION JURIDICA
F03 Representación legal, asesoría jurídica y política pública suficiente.
F03-P04 Adecuada aplicación de los procedimientos jurídicos y administrativos.
F03-P04-C01 Representación y asesoría jurídica y administrativa suficiente.
F03-P04-C01-A01 Proporcionar asesoría jurídica a ciudadanos, entidades y dependencias.
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F03-P04-C01-A02 Análisis, gestión de documentos y seguimiento de acuerdos y/o procedimientos jurídico hasta su conclusión.
F03-P04-C01-A03 Análisis, actualización y elaboración de iniciativas Municipales.
F03-P04-C02 Adecuado control interno en la aplicación de los procedimientos jurídicos y administrativos.
F03-P04-C02-A01 Coordinar la capacitación a servidores públicos.
F03-P04-C02-A02 Presentar documentos oficiales que afecten el presupuesto de egresos asignado, avance físico mensual de acciones programadas y realizadas, y demás trámites administrativos en materia de recursos humanos y recursos materiales que solicite la dirección.
205 DIRECCION DEL CENTRO DE MEDIACION MUNICIPAL
F02 Brindar una atención eficiente a las demandas ciudadanas.
F02-P02 Atención oportuna a quejas ciudadanas.
F02-P02-C01 Suficientes acciones para la implementación de valores en la atención del sector educativo y grupos vulnerables.
F02-P02-C01-A01 Difundir y fomentar la cultura de la mediación y conciliación a personas en las colonias y escuelas.
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F02-P02-C01-A02 Presentar documentación oficial que afecte al presupuesto de egresos asignado, avance físico mensual de acciones programadas y realizadas y de más trámites administrativos que en materia de personal y recursos materiales se solicite a la dirección.
F02-P02-C02 Suficiente orientación y asesorías jurídicas gratuitas para prevenir conflictos vecinales.
F02-P02-C02-A01 Atención a quejas y orientación a las personas, sobre los problemas que exponen ante esta autoridad de mediación.
F02-P02-C02-A02 Apoyar a la autoridad municipal, en la conservación del orden público, en los asuntos de conflictos vecinales, que sean canalizados para su atención a través de otras entidades de la administración municipal.
F03 Representación legal, asesoría jurídica y política pública suficiente.
F03-P05 Se garantiza un orden social sin conflictos vecinales y escolares.
F03-P05-C01 Suficiente atención en el sector educativo y grupos vulnerables para la solución de conflictos a través de la mediación.
F03-P05-C01-A01 Elaborar convenios, donde se establezca el acuerdo entre las partes, para brindar certeza jurídica a la ciudadanía.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 459
F03-P05-C01-A02 Dar constancia cuando no se logró llegar a un acuerdo por falta de voluntad o no acuda a los citatorios.
F03-P05-C02 Suficiente conocimiento en la sociedad, de la mediación como un procedimiento alternativo para resolver sus conflictos.
F03-P05-C02-A01 Atender las quejas turnadas para mediante la mediación resolver los conflictos que sean competencia del Centro Municipal de Mediación.
F03-P05-C02-A02 Inspeccionar la veracidad de los hechos de los casos que se atienden en esta dependencia.
F03-P05-C02-A03 Invitar mediante citatorios, a las partes cuando han presentado su queja.
300 OFICINA DE REGIDORES
301 OFICINA DE REGIDORES
F04 Lograr que la Oficina de Regidores actúe con eficiencia y eficacia.
F04-P01 Lograr el apoyo administrativo y jurídico a los Regidores.
F04-P01-C01 Eficiente y eficaz asesoramiento y atención del área jurídica a las necesidades de los Regidores, para el cumplimiento de sus funciones.
F04-P01-C01-A01 Asesoramiento de la unidad jurídica.
F04-P01-C01-A02 Ejecución de procesos para la modificación de reglamentos a través de Sesiones de Cabildo de acuerdo a la legalidad vigente
F04-P01-C02 Eficiente y eficaz control administrativo y financiero de la Delegación Administrativa hacia los Regidores, para el cumplimiento de sus funciones.
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F04-P01-C02-A01 Ejecución y control de los recursos administrativos y financieros
F04-P01-C02-A02 Organización y distribución de los recursos materiales y humanos
F04-P02 Lograr la eficiencia en la atención de las necesidades y problemática de la ciudadanía, para coadyuvar en el desarrollo municipal.
F04-P02-C01 Lograr la aplicación de la normatividad vigente, para la solución de los asuntos de interés Municipal.
F04-P02-C01-A01 Gestión y solución de los asuntos de interés de la ciudadanía
F04-P02-C01-A02 Análisis de propuestas y asuntos referentes a las distintas comisiones integradas por los Regidores
F04-P02-C02 Lograr la implementación de programas y proyectos de trabajo en beneficio de la población del Municipio de Morelia.
F04-P02-C02-A01 Comisiones culturales, de investigación y de trabajo
F04-P02-C02-A02 Comisiones de trabajo para actualización y propuestas de programas y proyectos
400 SECRETARIA H AYUNTAMIENTO
401 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F05 Eficiente conducción de la política y de servicios propios de la secretaría
F05-P01 Adecuada coordinación interinstitucional con los diferentes niveles de gobierno para la aplicación de las políticas publicas
F05-P01-C01 Eficiente coordinación para establecer la política interna del municipio, así como en la gestión y vinculación ante otras dependencias para la atención a grupos, organizaciones y ciudadanía.
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F05-P01-C01-A01 Auxiliar al cabildo, presidente y gabinete para la correcta ejecución del PMD; Coordinación y supervisión del programa agenda para el desarrollo Municipal y la certificación ISO 9001:2008; Así como tomar acuerdo para establecer la política de atención a grupos, organizaciones y ciudadanos de acuerdo a las posibilidades gubernamentales.
F05-P01-C01-A02 Dar cumplimiento al reglamento interno de sesiones auxiliando al cabildo en las notificaciones, elaboración de actas, vigilando el cumplimiento de las iniciativas y acuerdos, elaborando y distribuyendo la gaceta.
F05-P01-C01-A03 Realizar el Procedimiento del acta - entrega recepción de la administración 2012-2015
F05-P01-C01-A04 Organización y logística del evento de Toma de protesta del Presidente Municipal electo
F05-P01-C01-A05 Elaboración del informe técnico y mensaje político para su impresión, reproducción y encuadernación, así como la coordinación de necesidades de logística difusión y publicidad del informe de gobierno
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F05-P01-C02 Eficiente coordinación con las dependencias, para dar seguimiento por parte de la Secretaría a la correcta aplicación de la normativa.
F05-P01-C02-A01 Realizar la certificación de diversos documentos de la administración Pública Municipal, así como dar seguimiento a los procedimientos jurídicos en tiempo y forma.
F05-P01-C02-A02 Atender y autorizar las solicitudes de trámites de permisos para la celebración de eventos, espectáculos públicos y otros en el Municipio. Así como calificar las infracciones y clausuras.
F05-P01-C03 Eficiente aplicación de políticas de información pública y transparencia
F05-P01-C03-A01 Realizar la publicación en el Periódico Oficial de documentos de la administración pública Municipal, debidamente certificados y cotejados
F05-P01-C03-A02 Atender solicitudes de acceso a la información pública a personas físicas, morales, medios electrónicos, SISAC; así como recepción, actualización, publicación de información en la página web y brindar atención ciudadana vía telefónica.
F05-P01-C04 Eficiente administración de los recursos asignados
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 463
F05-P01-C04-A01 Presentar la documentación oficial que afecte el presupuesto de egresos asignado, avance físico mensual de acciones programadas y realizadas y demás trámites administrativos que en materia de personal y recursos materiales se solicite a la Secretaria.
F05-P01-C04-A02 Elaboración del Presupuesto Basado en Resultados 2016.
F05-P02 Eficiente atención a los servicios de inspección y vigilancia.
F05-P02-C01 Eficiente coordinación con el personal de la dirección, para la correcta atención a la ciudadanía y a los medio de comunicación.
F05-P02-C01-A01 Capacitar al personal en la reglamentación, atención de quejas ciudadanas de los establecimientos y a medios de comunicación.
402 DIRECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA
F05 Eficiente conducción de la política y de servicios propios de la secretaría
F05-P02 Eficiente atención a los servicios de inspección y vigilancia.
F05-P02-C01 Eficiente coordinación con el personal de la dirección, para la correcta atención a la ciudadanía y a los medio de comunicación.
F05-P02-C01-A02 Analizar las actas de autorización de los establecimientos para la tramitología de licencias.
F05-P02-C02 Eficiente atención a los trámites de licencias Municipales.
F05-P02-C02-A01 Recibir en audiencia a todo quien plantee problemas en sus trámites de licencias.
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F05-P02-C02-A02 Eficiencia en la atención para realizar trámites y solicitar autorización para la apertura de negocios.
F05-P02-C03 Eficiente revisión de Licencias a establecimientos
F05-P02-C03-A01 Levantamiento de avisos, infracciones y clausuras conforme al reglamento
F05-P02-C03-A02 Recorridos de vigilancia a establecimientos.
403 DIRECCION DE PROTECCION CIVIL
F07 Contar con los insumos e infraestructura para cubrir las necesidades en materia de Protección Civil.
F07-P01 Fomentar la prevención en los servicios de emergencias, contingencias y desastres
F07-P01-C01 Bajar los tiempos de respuestas en coordinación con otras instituciones ante emergencias y contingencias.
F07-P01-C01-A01 Recibir, atender y cubrir los llamados de emergencia y sucesos que afectan a los habitantes del Municipio.
F07-P01-C01-A02 Servicio, mantenimiento y combustible al parque vehicular con el que cuenta el cuerpo de bomberos.
F07-P01-C02 Educación e información; de interés para la ciudadanía para la autoprotección y prevención de accidentes.
F07-P01-C02-C01 Programar, impartir y difundir entre los habitantes del Municipio los cursos y talleres de autoprotección.
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F07-P01-C02-A02 Participación y capacitación en coordinación en el Comité Internacional de Jefes de Bomberos
F07-P02 Fortalecer el sistema de P.C. en cuanto a las tareas de inspección, prevención, auxilio y recuperación de la sociedad originada por fenómenos perturbadores.
F07-P02-C01 Capacitación e información a la ciudadanía para los trámites de inspecciones y evaluación de medida de seguridad.
F07-P02-C01-A01 Realizar inspecciones con apego a las normativas en giros mercantiles, industriales y de concentración masiva.
F07-P02-C01-A02 Revisión y evaluación de simulacros y programas internos.
F07-P02-C02 Actualizar y difundir entre los habitantes de la población el atlas de riesgo municipal, así como, sus medidas de seguridad.
F07-P02-C02-A01 Recabar, capturar, evaluar, y difundir entre los habitantes del Municipio las medidas de seguridad e información de fenómenos perturbadores.
F07-P02-C02-A02 Servicio, mantenimiento y combustible al parque vehicular con el que cuenta el área de inspección.
F07-P03 Comunicación adecuada de los requerimientos en la coordinación municipal de protección civil y bomberos para gestionar y realizar trámites administrativos para suministro
F07-P03-C01 Atención adecuada y de calidad a la ciudadanía en la realización de trámites.
F07-P03-C01-A01 Atención e información a la población en la realización de trámites y servicios
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F07-P03-C01-A02 Elaborar, imprimir y emitir Vistos Buenos y Constancias.
F07-P03-C02 Detectar, cuantificar y suministrar las necesidades de la coordinación municipal de Protección Civil y Bomberos.
F07-P03-C02-A01 Gestionar los recursos y trámites necesarios de la Coordinación ante las instituciones y Secretarias competentes.
F07-P03-C02-A02 Aplicar, controlar, y mantener el sano desarrollo de las operaciones y recursos con los que cuenta la Coordinación.
404 DIRECCION DE GOBIERNO
F05 Eficiente conducción de la política y de servicios propios de la secretaría
F05-P03 Adecuada coordinación y gestión con las diversas áreas del ayuntamiento para la atención de la ciudadanía, organizaciones y grupos sociales
F05-P03-C01 Suficiente atención a las demandas ciudadanas y pliegos petitorios de la ciudadanía, organizaciones y grupos sociales
F05-P03-C01-A01 Asistir en representación del presidente y/o secretario, y recibir las solicitudes de los ciudadanos.
F05-P03-C01-A02 Formular un registro mensual de los apoyos de asistencia social.
F05-P03-C02 Se cuenta con una política para auxiliar al Secretario en la expedición de certificados, de trámites y servicios requeridos por la ciudadanía.
F05-P03-C02-A01 Auxiliar al secretario en la expedición de certificados.
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F05-P03-C02-A02 Dar cumplimiento al proceso de certificación ISO 9001-2008.
F05-P03-C03 Eficiente Colaboración y apoyo a las autoridades Militares para que los ciudadanos presten y acrediten el Servicio Militar Nacional.
F05-P03-C03-A01 Informar a los jóvenes a través de los medio de comunicación para que cumplan con el servicio militar
F05-P03-C03-A02 Recibir las solicitudes de inscripción al servicio militar nacional, registrar los datos y organizar el acto sorteo.
405 DIRECCION DE ARCHIVO GENERAL, HISTORICO Y MUSEO DE LA CIUDAD
F06 Lograr una adecuada gestión documental del ayuntamiento tanto para resguardo, organización y difusión de su patrimonio documental.
F06-P01 Eficiencia en la aplicación de los reglamentaciones existentes
F06-P01-C01 Se cuenta con manuales de organización para traslado, recepción y depuración de expedientes.
F06-P01-C01-A01 Recepción de documentos de las diferentes dependencias.
F06-P01-C01-A02 Capacitación a las dependencias del Ayuntamiento sobre procesos de transferencia y depuración.
F06-P01-C02 Habilitación eficiente de infraestructura para resguardo.
F06-P01-C02-A01 Fomento de creación de cuadros de clasificación y disposición documental.
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F06-P01-C02-A03 Creación de manuales de organización del Archivo General.
F06-P01-C02-A02 Procesos de depuración.
F06-P02 Existencia de base de datos electrónica
F06-P02-C01 Creación de base de datos electrónicos.
F06-P02-C01-A01 Creación de nuevas bases de datos electrónicos.
F06-P02-C01-A02 Capacitación de los empleados en mejoramiento de bases de datos y digitalización.
F06-P02-C02 Eficientes instrumentos de consulta.
F06-P02-C02-A01 Recepción y clasificación de nuevos expedientes.
F06-P02-C02-A02 Procesos de depuración
F06-P02-C02-A03 Readaptación de instrumentos de consulta a nuevas legislaciones y necesidades.
F06-P03 Eficientes canales de difusión
F06-P03-C01 Se cuenta con innovación en exposiciones temporales y permanentes.
F06-P03-C01-A01 Mejoras a la museografía.
F06-P03-C01-A02 Consolidación de eventos exitosos.
F06-P03-C02 Eficiente capacitación especializada para el área del personal.
F06-P03-C02-A01 Consolidación de publicaciones de difusión y divulgación.
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F06-P03-C02-A02 Innovación y capacitación para publicaciones del AHMM.
406 DIRECCION MUNICIPAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES
F43 Generar y promover la cooperación internacional para impulsar el desarrollo del Municipio.
F43-P01 Establecer relaciones profesionales de hermandad para desarrollar actividades de cooperación con beneficios tangibles para las partes.
F43-P01-C01 Intercambio de experiencias y cooperación.
F43-P01-C01-A01 Encuentro de Ciudades Hermanas.
F43-P01-C01-A02 Intercambio económico, tecnológico, cultural, social, educativo, turístico, deportivo o político.
F43-P01-C02 Regularización de las Ciudades Hermanas.
F43-P01-C02-A01 Actualización del registro de las relaciones de hermanamiento de amplio alcance.
F43-P01-C02-A02 Reformulación y elaboración de acuerdos de hermanamiento.
F43-P02 Impulsar el programa de Ciudad Educadora.
F43-P02-C01 Promover la vinculación intrasectorial y con el gobierno y sectores sociales para impulsar las acciones del programa.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 470
F43-P02-C01-A01 Fortalecimiento de las actividades de las diferentes instancias municipales con la intención de garantizar su sentido educativo para el fomento de la participación ciudadana y espacios de convivencia democrática.
F43-P02-C01-A02 Vinculación de acciones convergentes.
F43-P02-C02 Difundir los logros y avances de las acciones del Municipio en el marco de Ciudad Educadora a nivel nacional e internacional.
F43-P02-C02-A01 Registro de experiencias exitosas de las instancias municipales ante el banco internacional de documentos de Ciudad Educadora.
F43-P02-C02-A02 Participación en el encuentro de Ciudades Educadoras de México, Centro América y el Caribe.
500 TESORERIA MUNICIPAL
501 DESPACHO DEL C. TESORERO
F08 Suficiente cumplimiento de la política pública de Tesorería.
F08-P01 Eficaz aplicación de las políticas públicas.
F08-P01-C01 Eficiente administración y gestión de los recursos asignados.
F08-P01-C01-A01 Mantener actualizados los movimientos administrativos de la Tesorería.
F08-P01-C01-A02 Elaborar los trámites administrativos necesarios para el adecuado registro, control y ejecución.
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F08-P01-C02 Suficiente cumplimiento de los objetivos centrales de la Tesorería.
F08-P01-C02-A02 Realizar reuniones y acuerdos por instrucciones del Presidente Municipal.
F08-P01-C02-A01 Conducir la política fiscal del Ayuntamiento, previo acuerdo del C. Presidente Municipal.
F08-P02 Lograr la adecuada gestión, coordinación y dirección.
F08-P02-C01 Suficiente coordinación, dirección y gestión de las áreas internas y externas para el cumplimiento de sus funciones.
F08-P02-C01-A01 Coordinar, apoyar y dar seguimiento a acciones en la Tesorería.
F08-P02-C01-A02 Supervisar actividades propias de la Tesorería.
F08-P02-C02 Adecuada certeza jurídica en las actuaciones de la dependencia tanto interna como externa.
F08-P02-C02-A01 Asesorar jurídicamente al Tesorero y personal de la Tesorería, así como atender las peticiones de otras dependencias y de la ciudadanía.
F08-P02-C02-A02 Dar atención a los juicios administrativos, de amparo y demandas judiciales que se presenten en contra de la Tesorería.
502 DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
F09 Eficiencia en la administración y aplicación de los recursos públicos.
F09-P01 Eficiente afectación presupuestal.
F09-P01-C01 Buena planeación y programación del gasto por parte de las dependencias.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 472
F09-P01-C01-A01 Planeación, coordinación y seguimiento del gasto público.
F09-P01-C01-A02 Control de las afectaciones del gasto y modificaciones al presupuesto de egresos.
F09-P01-C02 Adecuada operación del modelo del PbR y SSED.
F09-P01-C02-A01 Supervisión del cumplimiento de los indicadores.
F09-P01-C02-A02 Contar con asistencia especializada para implementar la evaluación de los programas.
503 DIRECCION DE CONTABILIDAD
F09 Eficiencia en la administración y aplicación de los recursos públicos.
F09-P03 Eficiencia en la integración de la Cuenta Pública Municipal.
F09-P03-C01 Adecuada y oportuna entrega de la documentación por las áreas y entes involucrados.
F09-P03-C01-A01 Revisión y custodia de la documentación comprobatoria del ingreso y el gasto de acuerdo a la normatividad aplicable.
F09-P03-C01-A02 Integrar y presentar los expedientes que integran la Cuenta Pública Municipal.
F09-P03-C02 Eficiente sistema de contabilidad conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
F09-P03-C02-A01 Revisar y emitir los estados financieros que integran la Cuenta Pública Municipal.
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F09-P03-C02-A02 Control de los registros patrimoniales.
504 DIRECCION DE INGRESOS
F11 Mejorar la captación y recaudación de los ingresos.
F11-P01 Eficiente sistema administrativo y operativo de recaudación.
F11-P01-C01 Seguimiento oportuno de los registros de cobro de impuestos, derechos y aprovechamientos.
F11-P01-C01-A01 Control y revisión de los padrones que generan el pago de impuestos y derechos.
F11-P01-C01-A02 Coordinar y dirigir a los departamentos de la dirección.
F11-P01-C02 Eficiencia en la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución.
F11-P01-C02-A01 Emisión y control de créditos fiscales.
F11-P01-C02-A02 Notificación y cobro de créditos fiscales.
F11-P01-C03 Facilitar y mejorar el trámite para el pago de impuestos y derechos así como la regularización de las fuentes generadoras de ingresos.
F11-P01-C03-A01 Recepción de pagos de impuestos y derechos Municipales.
F11-P01-C03-A02 Actualización, control y verificación de padrones con movimiento constante y seguimiento a permisos de espectáculos públicos.
F11-P01-C04 Eficiente gestión de recursos convenidos.
F11-P01-C04-A01 Tramitar participaciones y aportaciones ante el Gobierno Estatal.
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F11-P01-C04-A02 Control y seguimiento oportuno de los recursos de la obra convenida con el Gobierno Federal y Estatal.
505 DIRECCION DE INFORMATICA
F10 Eficientes procesos administrativos de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC's).
F10-P01 Eficiente infraestructura en tecnologías de la información y comunicaciones.
F10-P01-C01 Eficiente plan de mantenimiento preventivo y correctivo.
F10-P01-C01-A01 Mantenimientos preventivos, correctivos e instalaciones nuevas de la red de datos, voz, radiocomunicaciones, data center y supervisión.
F10-P01-C01-A02 Realizar mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo.
F10-P01-C02 Suficiente actualización de software, hardware y personal.
F10-P01-C02-A01 Licenciamiento de software (antivirus, certificados, licencias microsoft).
F10-P01-C02-A02 Controlar y supervisar el gasto de la partida globalizadora del servicio de telefonía convencional.
F10-P01-C02-A03 Ejecución del presupuesto de egresos, seguimiento a trámites administrativos e integración del POA anual.
F10-P02 Eficiente desarrollo y mantenimiento de sistemas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 475
F10-P02-C01 Recursos suficientes para el desarrollo y mantenimiento de sistemas.
F10-P02-C01-A01 Desarrollo de sistemas y nuevos módulos de información para automatizar los procesos de las dependencias del Ayuntamiento (proyecto SISAM, proyecto Ingresos, OPDS, 3° etapa gestión ciudadana, Ayuntamiento móvil).
F10-P02-C01-A02 Mantenimiento y actualizaciones a sistemas (y portal WEB) que permitan optimizar el desempeño de las dependencias del Ayuntamiento.
F10-P02-C02 Actualización en el uso de nuevas tecnologías.
F10-P02-C02-A01 Capacitar al personal de la Dirección de Informática.
F10-P02-C02-A02 Actualización (rediseño) de la imagen del portal Web institucional.
F10-P03 Mejorar el aprovechamiento de las tecnologías de la información.
F10-P03-C01 Suficiente conocimiento técnico y administrativo de los programas informáticos por parte de los usuario.
F10-P03-C01-A01 Capacitación técnica a los usuarios de sistemas.
F10-P03-C01-A02 Participar en los eventos de innovación tecnológica.
F10-P03-C02 Uso adecuado de las tecnologías de información.
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F10-P03-C02-A01 Mantenimiento del servicio de internet en espacios públicos.
F10-P03-C02-A02 Dar el servicio a la ciudadanía de realizar trámites a través de la página web del H. Ayuntamiento.
506 DIRECCION DE EGRESOS
F09 Eficiencia en la administración y aplicación de los recursos públicos.
F09-P02 Suficiente aplicación de los empréstitos.
F09-P02-C01 Establecer una estrategia de endeudamiento.
F09-P02-C01-A01 Cumplimiento oportuno de las amortizaciones del Gobierno Municipal (pago crédito bancos).
F09-P02-C01-A02 Cumplimiento oportuno de los intereses del Gobierno Municipal.
F09-P02-C02 Adecuada integración de los proyectos de deuda.
F09-P02-C02-A01 Integrar y revisar los proyectos en tiempo y forma.
F09-P02-C02-A02 Supervisión continúa.
F09-P04 Eficiente pago a terceros.
F09-P04-C01 Cumplimiento a las disposiciones de la normatividad vigente.
F09-P04-C01-A01 Pagar en tiempo y forma los contra recibos según normatividad.
F09-P04-C01-A02 Pagar vía electrónica los contra recibos según normatividad.
F09-P04-C02 Seguimiento en tiempo y forma del documento de pago hasta su entrega.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 477
F09-P04-C02-A01 Recepción y revisión de los contra recibos.
F09-P04-C02-A02 Supervisar al área de revisión el trámite oportuno de los documentos recibidos y turnados a la Dirección de Programación y Presupuesto.
507 DIRECCION DE CATASTRO
F11 Mejorar la captación y recaudación de los ingresos.
F11-P02 Padrón alfanumérico y cartográfico actualizado.
F11-P02-C01 Lograr una buena consistencia y seguimiento a los programas de trabajo.
F11-P02-C01-A01 Reuniones de planeación, coordinación y seguimiento con los jefes de departamento y/o coordinadores de las áreas que conforman la dirección.
F11-P02-C01-A02 Supervisión y verificación de los trabajos técnicos del personal de campo de la dirección.
F11-P02-C01-A03 Realizar trámites administrativos, seguimiento a los programas para el buen funcionamiento de la dirección y aplicación del presupuesto.
F11-P02-C02 Eficiente sistema de valuación, cartografía y captura.
F11-P02-C02-A01 Elaborar los avalúos catastrales mediante la inspección fiscal de los inmuebles del Municipio para la actualización al valor catastral.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 478
F11-P02-C02-A02 Actualizar el padrón alfanumérico y cartográfico con los avalúos realizados e información de traslados de dominio.
F11-P02-C02-A03 Enviar notificaciones para el contribuyente sobre el nuevo valor catastral de su predio.
600 SECRETARIA DE ADMINISTRACION
601 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F12 Lograr una administración moderna eficiente, eficaz y transparente de los recursos humanos, materiales y servicios generales requeridos por la administración pública municipal.
F12-P01 Lograr una administración y estructura organizacional eficiente y eficaz.
F12-P01-C01 Dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar los recursos administrativos y financieros en apego a la normatividad vigente.
F12-P01-C01-A01 Dirigir, coordinar y supervisar las actividades y acciones para la eficiente administración de los recursos humanos, materiales y servicios generales del Ayuntamiento de Morelia, Mich.
F12-P01-C01-A02 Formular el informe trimestral de actividades de la Secretaría a las comisiones correspondientes.
F12-P01-C01-A03 Evaluar la ejecución del programa Operativo Anual de la Secretaría y de los indicadores de resultados del PbR del programa de la U.P.P.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 479
F12-P01-C01-A04 Participar en la actualización de los Manuales de Organización y Procedimientos de la Secretaría de Administración.
F12-P01-C01-A05 Elaborar convenios y contratos de servicios, arrendamientos y adquisiciones que requieran las diversas áreas que componen la Secretaría de Administración; así como de las dependencias y entidades del H. Ayuntamiento que lo requieran y coadyuvar a asesorar en su elaboración.
F12-P01-C01-A06 Elaborar dictámenes, actas y acuerdos que soliciten las diversas áreas que integran la Secretaría de Administración, así como asesorar al Secretario de Administración y a sus áreas en los diversos asuntos de su competencia entre otros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 480
F12-P01-C01-A07 Definir, aplicar y someter a consideración los Lineamientos en materia de Adquisiciones, contratos, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles y prestación de servicios en apego al Reglamento; así como convocar a las reuniones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos.
F12-P01-C01-A08 Llevar a cabo los procedimientos para la realización de las Licitaciones Públicas y Concursos por Invitación Restringida, para la adquisición de materiales y contratación de servicios.
F12-P01-C01-A09 Atender las necesidades de materiales y servicios, mantener actualizado el inventario de los bienes muebles, realizar los trámites de prestaciones a los distintos sindicatos, así como ejecutar el recurso asignado para las áreas de la Secretaría de Administración.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 481
F12-P01-C01-A10 Consolidar el Programa Operativo Anual y Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Secretaría de administración y sus Dependencias para el año 2016.
F12-P01-C01-A11 Ofrecer desayuno con motivo de "Día de la Madre" a trabajadoras municipales.
F12-P01-C01-A12 Presentar mensualmente el informe del avance físico-financiero y remitir el reporte del avance físico mensual de la Secretaría de Administración, así como conciliar el presupuesto ejercido de partidas presupuestales.
F12-P01-C02 Fortalecer el sistema de profesionalización y de la gestión de la calidad.
F12-P01-C02-A01 Coordinar las acciones que permitan la profesionalización de los servidores públicos como fase inicial para la implementación del sistema del Servicio Civil de Carrera y seguimiento al Sistema de Gestión de Calidad que se está implementando en la Secretaría de Administración.
F12-P01-C02-A02 Elaborar y entregar informes de actividades y resultados del programa de trabajo de profesionalización aprobado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 482
F12-P01-C02-A03 Coordinar y supervisar los trabajos en materia de implementación del sistema de gestión de calidad ISO 9001-2008.
602 DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
F12 Lograr una administración moderna eficiente, eficaz y transparente de los recursos humanos, materiales y servicios generales requeridos por la administración pública municipal.
F12-P02 Satisfacer los requerimientos en materia de recursos humanos solicitados por las dependencias del Ayuntamiento de Morelia.
F12-P02-C01 Coordinar un sistema integral de administración de personal que permita reclutar, capacitar, otorgar las prestaciones y generar las condiciones necesarias para el pago de los trabajadores.
F12-P02-C01-A01 Coordinar un sistema integral de administración de personal que permita reclutar, seleccionar, contratar y capacitar al personal de la Administración Pública Municipal; aplicar los tabuladores de sueldos y salarios y demás prestaciones que deban percibir los trabajadores al servicio del municipio.
F12-P02-C01-A02 Asistir al Secretario de Administración en la revisión salarial con los Sindicatos en las fechas establecidas.
F12-P02-C01-A03 Dar seguimiento a los procesos jurídicos interpuestos por personas que laboraron en este H. Ayuntamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 483
F12-P02-C01-A04 Evaluar en reuniones de trabajo las actividades desempeñadas por cada uno de los departamentos dependientes de la dirección.
F12-P02-C01-A05 Supervisar y coordinar los procesos y procedimientos adecuados para una administración de personal ordenada, justa, equitativa y actualizada, a través de políticas y mecanismos adecuados; así como regularizar al personal comisionado con su reincorporación a sus áreas de adscripción.
F12-P02-C01-A06 Elaborar el programa Operativo Anual y Propuesta del Presupuesto de Egresos de la dirección y capítulo 1000 de la Administración Pública Municipal, así como presupuesto de cuentas concentradoras para el año 2016.
F12-P02-C01-A07 Realizar supervisiones al personal que labore jornadas extras, al personal sindicalizado que trabaje en áreas verdes y no cuente con tarjeta de asistencia para el pago de estímulo de puntualidad y supervisar entradas y salidas en las diferentes áreas del H. Ayuntamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 484
F12-P02-C01-A08 Brindar apoyo a las diferentes áreas del H. Ayuntamiento dotando de la identificación oficial plastificada, cintas y porta credenciales así como de las constancias laborales para el personal.
F12-P02-C01-A09 Renovar convenios con Instituciones Educativas en materia de servicio social y prácticas profesionales. Además del reclutamiento de los prestadores de servicio social y seguimiento al proceso de liberación con Gobierno del Estado.
F12-P02-C01-A10 Elaboración y control del presupuesto anual y procedimientos para Honorarios; revisión detallada de contratos del personal eventual para la integración de expediente e integrar la bolsa de trabajo y atender solicitudes de Atención Ciudadana.
F12-P02-C01-A11 Operar en forma eficaz y eficiente, los programas establecidos por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, así como la de seguridad e higiene.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 485
F12-P02-C01-A12 Realizar la detección de necesidades de Capacitación, de acuerdo a la metodología acordada con la Comisión de Capacitación.
F12-P02-C01-A13 Conformar los programas de Capacitación y Seguridad e Higiene para el año 2016.
F12-P02-C01-A14 Calendarizar, procesar y gestionar el pago de nóminas a los empleados activos y pensionados de acuerdo a los tabuladores de sueldos vigentes y elaborar constancias de retención de impuestos por concepto de sueldos y salarios al personal que así lo solicite.
F12-P02-C02 Asegurar la aplicación y reconocimiento de los derechos laborales que establecen las condiciones generales de trabajo vigentes al personal del Ayuntamiento de Morelia.
F12-P02-C02-A01 Aplicar los derechos que las Condiciones Generales de Trabajo reconocen a los Servidores Públicos agremiados al Sindicato de Empleados Municipales Administrativos y Conexos de Morelia (SEMACM).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 486
F12-P02-C02-A02 Aplicar los derechos que las Condiciones Generales de Trabajo reconocen a los Servidores Públicos agremiados al Sindicato de Limpia y Transportes.
F12-P02-C02-A03 Aplicar los derechos que las Condiciones Generales de Trabajo reconocen a los Servidores Públicos agremiados al Sindicato Demócrata de Empleados Municipales de Morelia (SIDEMM).
F12-P02-C02-A04 Cuantificar, presupuestar, otorgar y verificar las obligaciones contraídas con la planta laboral en el ejercicio que les reconoce la legislación laboral, de seguridad social, sus reglamentos, así como las Condiciones Generales y Convenios análogos.
F12-P02-C02-A05 Gestionar Auditoría del IMSS de las cuotas obrero patronales.
603 DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
F12 Lograr una administración moderna eficiente, eficaz y transparente de los recursos humanos, materiales y servicios generales requeridos por la administración pública municipal.
F12-P03 Lograr una administración efectiva y oportuna de los recursos materiales en apego a la normatividad.
F12-P03-C01 Garantizar de manera oportuna la adquisición de recursos materiales solicitados por las dependencias del ayuntamiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 487
F12-P03-C01-A01 Coordinar las adquisiciones y suministro de materiales de las Dependencias Municipales para el cumplimiento de sus programas, presentando los informes correspondientes.
F12-P03-C01-A02 Atender los procesos de adquisición de materiales que requieren las dependencias municipales para el cumplimiento de sus programas y que no se encuentran en Stock de Almacén.
F12-P03-C01-A03 Elaborar propuesta del Programa Anual de Adquisiciones para el ejercicio 2015 basado en los diagnósticos de necesidades de las dependencias o entidades, así como presentar propuesta del Programa Operativo Anual 2016.
F12-P03-C02 Suministrar los materiales existentes en el almacén general del ayuntamiento.
F12-P03-C02-A01 Suministrar los materiales que soliciten las diferentes Dependencias del stock de Almacén General; controlando entradas, salidas y existencias.
F12-P03-C02-A02 Realizar conteo de Inventario Físico de manera mensual. Y semestral en conjunto con Contabilidad y Contraloría.
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604 DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES
F12 Lograr una administración moderna eficiente, eficaz y transparente de los recursos humanos, materiales y servicios generales requeridos por la administración pública municipal.
F12-P04 Asegurar una planeación, programación, presupuestación y ejecución de los servicios generales en apego a la normatividad.
F12-P04-C01 Diagnosticar efectiva y oportunamente las necesidades de los servicios generales de las áreas.
F12-P04-C01-A01 Coordinar, brindar y supervisar el mantenimiento a inmuebles municipales, así como su limpieza e higiene.
F12-P04-C01-A02 Presentar a la coordinación del Comité de Adquisiciones la propuesta de Programa Anual de Adquisiciones y contratación de servicios.
F12-P04-C01-A03 Renovar los contratos con prestadores de servicios de partidas globalizadas como combustible, telefonía móvil, arrendamiento de equipo de fotocopiado, seguros diversos, seguridad privada, arrendamiento de inmuebles y servicios diversos.
F12-P04-C01-A04 Administrar el fondo revolvente de pagos de daños a terceros por responsabilidad civil, servicio o asistencia emergente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 489
F12-P04-C01-A05 Elaborar el Programa Operativo Anual y proyecto de presupuesto de egresos de Servicios Generales y partidas globalizadas del ejercicio 2016, basado en los diagnósticos de necesidades de las dependencias o entidades, así como en materia de mantenimiento y conservación del parque vehicular y maquinaría.
F12-P04-C01-A06 Proveer a las dependencias municipales con oportunidad y calidad los servicios necesarios para el cumplimiento de programas, dentro de un proceso racional y transparente.
F12-P04-C01-A07 Atender las necesidades de servicios de las diferentes áreas del H. Ayuntamiento de Morelia.
F12-P04-C01-A08 Mantener asegurados los bienes municipales, tales como vehículos, múltiple empresarial, dinero y valores, así como el seguro colectivo de vida y contra accidentes.
F12-P04-C02 Presupuestar y ejecutar los recursos financieros para el mantenimiento del parque vehicular del ayuntamiento de Morelia.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 490
F12-P04-C02-A01 Control, suministro y trámite del pago de combustible del parque vehicular y maquinaria de las dependencias del H. Ayuntamiento, así como mantener actualizado el padrón vehicular.
F12-P04-C02-A02 Atender las requisiciones para mantener el parque vehicular y maquinaria en óptimas condiciones de uso, proporcionando a las dependencias servicios de calidad.
700 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
701 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F13 Contribuir a disminuir la población vulnerable o en estado de pobreza.
F13-P01 Generar estrategias para cubrir las necesidades de la población en situación de pobreza.
F13-P01-C01 Orientación y atención a la demanda ciudadana.
F13-P01-C01-A01 Coordinar, evaluar y gestionar acciones y programas para beneficio de la ciudadanía.
F13-P01-C01-A02 Atención de las solicitudes de las personas y grupos en situación de pobreza o desventaja social.
F13-P01-C02 Adecuada evaluación y seguimiento del impacto de los programas sociales para coadyuvar a la disminución de la pobreza.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 491
F13-P01-C02-A01 Coordinación, control, evaluación y aplicación de los recursos financieros, materiales y humanos, para el buen desempeño de la Secretaría, bajo la norma y lineamientos establecidos y apegados al Programa Operativo Anual.
F13-P01-C02-A02 Controlar y cumplir las normas y lineamientos en materia de recursos humanos.
F13-P01-C03 Contribuir a la disminución de la pobreza.
F13-P01-C03-A01 Coordinar, supervisar, establecer acuerdos y convenios y dar el seguimiento a los avances de las áreas de la Secretaría.
F13-P01-C03-A02 Certificación de los procesos de servicios y administrativos de la Secretaría de Desarrollo Social.
702 DIRECCION DE PARTICIPACION SOCIAL
F13 Contribuir a disminuir la población vulnerable o en estado de pobreza.
F13-P02 Correcta coordinación en los programas y acciones de desarrollo social.
F13-P02-C01 Lograr una adecuada coordinación con la Federación y el Estado en la operación de los programas y acciones de desarrollo social del municipio.
F13-P02-C01-A01 Próspera.
F13-P02-C01-A02 Pensión para el adulto mayor.
F13-P02-C01-A03 Hábitat.
F13-P02-C01-A05 Empleo Temporal.
F13-P02-C01-A06 Comedores comunitarios.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 492
F13-P02-C01-A07 Cruzada contra el hambre.
F13-P02-C01-A08 3x1 al migrante.
F13-P02-C01-A09 INEA
F13-P02-C01-A10 Compromiso con la nutrición del adulto mayor.
F13-P02-C01-A11 Escuelas de calidad.
F13-P02-C01-A12 Escuela segura.
F13-P02-C01-A13 Escuela de tiempo completo.
F13-P02-C01-A14 Escuela digna.
F13-P02-C01-A15 Escuela de excelencia.
F13-P02 Correcta coordinación en los programas y acciones de desarrollo social.
F13-P02-C02 Incrementar las acciones de asistencia social.
F13-P02-C02-A01 Fondo de apoyo a la educación básica.
F13-P02-C02-A02 Estímulo a la educación.
F13-P02-C02-A03 Hijos de mujeres jefas de familia.
F13-P02-C02-A04 Punto enlace.com.
F13-P02-C02-A05 Entrega de mobiliario.
F13-P02-C02-A06 Apoyos emergentes.
F13-P02-C02-A07 Coordinación de acciones, Dirección de Participación Social.
703 DIRECCION DE SALUD
F14 Adecuada prevención de enfermedades
F14-P01 Adecuadas prácticas de salud.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 493
F14-P01-C01 Adecuado sistema de gestión de recursos gubernamentales y no gubernamentales.
F14-P01-C01-A01 Gestión de los recursos para mejorar los servicios de salud.
F14-P01-C01-A02 Gestión de recursos ante iniciativa privada y organismos no gubernamentales para mejorar los servicios de salud.
F14-P01-C02 Adecuado plan estratégico de regulación sanitaria y salud pública.
F14-P01-C02-A01 Verificaciones a establecimientos que por su función representan un riesgo a la salud.
F14-P01-C02-A02 Certificación y capacitación para la promoción del fomento sanitario en establecimientos formales e informales.
F14-P01-C02-A03 Convenio entre la Secretaría de Salud y el H. Ayuntamiento para ejecutar acciones de Regulación y Fomento Sanitario.
F14-P01-C02-A04 Estudios de laboratorio químico- clínicos oportunos, la calidad del agua y de los alimentos para consumo humano.
F14-P01-C03 Adecuada coordinación con el sistema de salud.
F14-P01-C03-A01 Apoyo a Asociaciones sin Fines de Lucro.
F14-P01-C03-A02 Eventos de salud.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 494
F14-P01-C03-A03 Celebrar con Instituciones Públicas y Privadas los convenios de colaboración para la desconcentración de los servicios de salubridad.
F14-P01-C03-A04 Reuniones del Consejo Municipal de Salud y Evaluación de la Dirección de Salud.
F14-P02 Suficiente atención y promoción a la salud.
F14-P02-C01 Suficiente atención médica, odontológica y psicológica en clínicas y consultorios municipales.
F14-P02-C01-A01 Consulta integral a la salud.
F14-P02-C01-A02 Capacitación, Asesoría y Promoción a la Salud.
F14-P02-C01-A03 Certificación de entornos saludables.
F14-P02-C01-A04 Supervisión a Unidades de Salud.
F14-P02-C01-A05 Equipamiento y Mantenimiento de las Unidades Médicas.
F14-P02-C02 Suficiente cobertura de servicios médicos a través de las unidades móviles.
F14-P02-C02-A01 Consulta dental para la prevención y control de enfermedades bucales.
F14-P02-C02-A02 Consulta médica de primera vez.
F14-P02-C02-A03 Campañas de salud comunitaria itinerante.
F14-P02-C02-A04 Detección oportuna de cáncer de mama mediante el taller "Se vale tocar".
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 495
F14-P02-C02-A05 Mantenimiento preventivo y/o correctivo de las unidades móviles y equipo de imagenología.
F14-P02-C02-A06 Equipamiento y mantenimiento de las Unidades Médicas Móviles.
F14-P02-C03 Adecuada prevención de adicciones en el Municipio de Morelia.
F14-P02-C03-A01 Difusión de la Prevención de Adicciones.
F14-P02-C03-A02 Promoción de la cultura de la prevención de adicciones.
705 DIRECCION DE PARTICIPACION CIUDADANA
F13 Contribuir a disminuir la población vulnerable o en estado de pobreza.
F13-P03 Eficiente organización de la participación ciudadana en las acciones de gobierno.
F13-P03-C01 Adecuada integración de los ciudadanos en los compromisos de gobierno.
F13-P03-C01-A01 Organización, Programación y Ejecución de Proyectos Sociales.
F13-P03-C01-A02 Albergue a grupos vulnerables.
F13-P03-C01-A03 Mejoramiento de la imagen urbana de las colonias del municipio.
F13-P03-C01-A04 Coordinación y supervisión de las actividades de las Delegaciones Sectoriales.
F13-P03-C01-A05 Presidente Municipal Infantil 2015.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 496
F13-P03-C01-A06 Supervisión de los espacios a rehabilitar.
F13-P03-C01-A07 Apoyos en audiencia y seguimiento.
F13-P03-C01-A08 Vivienda Sin Fronteras.
F13-P03-C02 Atención oportuna de contingencias.
F13-P03-C02-A01 Atención a población damnificada en contingencias.
F13-P03-C02-A02 Habilitar refugio temporal.
F13-P03-C03 Eficiente organización y fortalecimiento de la ciudadanía en los programas sociales a través de las delegaciones sectoriales y el área rural.
F13-P03-C03-A01 Promoción de la participación ciudadana (Delegación Nueva España).
F13-P03-C03-A02 Promoción de la participación ciudadana (Delegación Independencia).
F13-P03-C03-A03 Promoción de la participación ciudadana (Delegación República).
F13-P03-C03-A04 Promoción de la Participación ciudadana (Delegación Revolución).
F13-P03-C04 Adecuada participación ciudadana en la aplicación de los recursos.
F13-P03-C04-A01 Coordinar y motivar la formación de comités de obra.
F13-P03-C04-A02 Formación de Comités de Obra (Delegación Nueva España).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 497
F13-P03-C04-A03 Formación de Comités de Obra (Delegación Independencia).
F13-P03-C04-A04 Formación de Comités de Obra (Delegación República).
F13-P03-C04-A05 Formación de Comités de Obras (Delegación Revolución).
F13-P03-C04-A06 Socialización con los comités de obra del Municipio.
F13-P04 Recuperación de espacios para los morelianos.
F13-P04-C01 Lograr la rehabilitación de los espacios públicos para contribuir al sano desarrollo de la población.
F13-P04-C01-A01 Rescate de Espacios Públicos Deportivos.
F13-P04-C01-A02 Supervisión de Espacios Públicos Deportivos a rehabilitar.
F13-P04-C02 Lograr captar la permanencia de la sociedad contribuyendo a su desarrollo a través de cursos-talleres, así como de actividades recreativas.
F13-P04-C02-A01 Rehabilitación de Espacios Públicos deteriorados y abandonados que sean de uso comunitario para la ciudadanía.
F13-P04-C02-A02 Cursos y talleres deportivos, culturales y conductas antisociales de riesgo y equidad de género a la ciudadanía.
F13-P04-C02-A03 Supervisiones a los espacios públicos rehabilitados y de uso común para la ciudadanía.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 498
800 SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
801 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F15 Obras adecuadas de infraestructura de desarrollo social y de servicios básicos
F15-P01 Eficaz aplicación de las Políticas Públicas.
F15-P01-C01 Certeza jurídica en las actividades de la dependencia.
F15-P01-C01-A01 Intervención Jurídica con los procesos legales de la SOP.
F15-P01-C01-A02 Intervención Jurídica en los procesos de contratación de obra pública.
F15-P01-C02 Eficiente seguimiento a la operación y ejecución de los programas de obras e institucionales administrativos.
F15-P01-C02-A01 Gestión, coordinación y dirección de las áreas internas para el cumplimiento de sus funciones.
F15-P01-C02-A02 Coordinar, recopilar, sistematizar y dar seguimiento a la ejecución del Programa de Obra.
F15-P01-C03 Eficiente administración de los recursos asignados.
F15-P01-C03-A01 Coordinación de la Administración del Programa de Obras.
F15-P01-C03-A02 Supervisión y seguimiento de materiales, bienes muebles e inmuebles, Despacho.
F15-P01-C03-A03 Supervisión y seguimiento para trámites y gestiones administrativas, jurídicas y técnicas (mantenimiento y combustible).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 499
802 DIRECCION OPERATIVA
F15 Obras adecuadas de infraestructura de desarrollo social y de servicios básicos
F15-P02 Infraestructura y mejoramiento adecuado para obras de desarrollo social.
F15-P02-C01 Obras de desarrollo social de calidad, construcción.
F15-P02-C01-A01 Urbanización Municipal, construcción.
F15-P02-C01-A02 Infraestructura de Salud.
F15-P02-C01-A03 Infraestructura Educativa.
F15-P02-C01-A04 Infraestructura Deportiva.
F15-P02-C01-A05 Instalaciones Públicas.
F15-P02-C01-A06 Mejoramiento de Imagen Urbana y Rural.
F15-P02-C01-A07 Infraestructura de Seguridad.
F15-P02-C02 Obras de desarrollo social de calidad, vialidades y caminos rurales.
F15-P02-C02-A01 Urbanización Municipal, Vialidades.
F15-P02-C02-A02 Vialidades y Caminos Rurales.
F15-P02-C02-A03 Puntos Críticos.
F15-P02-C03 Atención inmediata y adecuada al seguimiento de las solicitudes de la ciudadanía y administración.
F15-P02-C03-A01 Atención de apoyos para contingencias.
F15-P02-C03-A02 Atención de apoyos diversos para la ciudadanía del municipio.
F15-P02-C04 Obras de desarrollo social de calidad, conservación y mantenimiento.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 500
F15-P02-C04-A01 Bacheo contratado.
F15-P02-C04-A02 Bacheo por administración.
F15-P02-C04-A03 Mantenimiento de rejillas, guarniciones y banquetas.
F15-P02-C05 Eficiente seguimiento a la operación y ejecución de las obras de desarrollo social.
F15-P02-C05-A01 Coordinación de la supervisión y ejecución de Obra Pública.
F15-P02-C05-A02 Supervisión y seguimiento de materiales, bienes muebles e inmuebles, Dir. Operativa.
F15-P02-C05-A03 Supervisión y seguimiento para trámites y gestiones administrativas y operativas (mantenimiento y combustible).
803 DIRECCION DE FONDO DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL
F15 Obras adecuadas de infraestructura de desarrollo social y de servicios básicos
F15-P03 Infraestructura y mejoramiento adecuado para obras de servicios básicos.
F15-P03-C01 Obras de servicios básicos de calidad.
F15-P03-C01-A01 Urbanización municipal, FODEMU.
F15-P03-C01-A02 Infraestructura de Agua Potable.
F15-P03-C01-A03 Infraestructura de Drenaje y Alcantarillado.
F15-P03-C01-A04 Electrificación.
F15-P03-C02 Adecuada gestión y seguimiento de la operación y ejecución de las obras de servicios básicos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 501
F15-P03-C02-A01 Coordinación de la supervisión y ejecución de Obra Pública.
F15-P03-C02-A02 Supervisión y seguimiento de materiales, bienes muebles e inmuebles, FODEMU.
F15-P03-C02-A03 Supervisión y seguimiento para trámites y gestiones administrativas y operativas (mantenimiento y combustible).
804 DIRECCION TECNICA
F15 Obras adecuadas de infraestructura de desarrollo social y de servicios básicos
F15-P04 Eficiente integración y/o aplicación de procedimientos, estudios y proyectos.
F15-P04-C01 Eficientes procedimientos para los concursos, licitaciones y presupuestos de obras.
F15-P04-C01-A01 Coordinación, elaboración y seguimiento a la contratación de la Obra Pública.
F15-P04-C01-A02 Coordinación y elaboración de presupuestos de la Obra Pública.
F15-P04-C02 Eficientes procedimientos para la gestión y realización de estudios y proyectos.
F15-P04-C02-A01 Estudios.
F15-P04-C02-A02 Proyectos.
F15-P04-C03 Adecuada gestión, calidad y seguimiento de la operación de obras.
F15-P04-C03-A01 Coordinación de la supervisión y ejecución de Obra Pública.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 502
F15-P04-C03-A02 Supervisión y seguimiento de materiales, bienes muebles e inmuebles, Dir. Técnica.
F15-P04-C03-A03 Supervisión y seguimiento para trámites y gestiones administrativas, técnicas y operativas (mantenimiento y combustible).
900 SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS
901 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F16 Suficiente cumplimiento de la política pública de Servicios Públicos.
F16-P01 Lograr la adecuada gestión, coordinación y dirección.
F16-P01-C01 Mejorar la coordinación de las áreas internas en el cumplimiento adecuado de sus funciones.
F16-P01-C01-A01 Coordinar acciones para la elaboración y ejecución de proyectos, programas y convenios, sobre la prestación de servicios públicos.
F16-P01-C01-A02 Planeación, coordinación y seguimiento a los lineamientos establecidos para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros.
F16-P01-C02 Incrementar la gestión y vinculación ante otras dependencias y de los sectores social y privado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 503
F16-P01-C02-A01 Coordinación y gestión con otras áreas del H. Ayuntamiento para la planeación, programación presupuestación y ejecución de los programas de servicios públicos.
F16-P01-C02-A02 Acciones conjuntas con otras dependencias del Gobierno Estatal, Municipal e Instituciones Privadas para llevar a cabo actividades relacionadas con los servicios públicos.
F16-P01-C03 Mejorar la certeza jurídica en las actuaciones de la dependencia.
F16-P01-C03-A01 Vigencia y seguimiento a la normatividad y certeza jurídica en la prestación de servicios.
F16-P01-C03-A02 Asistencia a la Secretaría en los procedimientos legales que correspondan a las distintas áreas que la conforman.
F16-P02 Eficaz aplicación de las políticas públicas.
F16-P02-C01 Mejorar la administración de los recursos asignados.
F16-P02-C01-A01 Aplicación de los lineamientos establecidos para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 504
F16-P02-C01-A02 Requerimientos de materiales y servicios mediante los procesos administrativos requeridos.
F16-P02-C02 Mejorar el seguimiento a la operación de los programas.
F16-P02-C02-A01 Seguimiento y evaluación a la ejecución de los programas y proyectos asignados a la secretaría.
F16-P02-C02-A02 Coordinación con otras áreas del H. Ayuntamiento en el seguimiento y evaluación en los programas de obra.
F16-P02-C03 Incrementar la atención a las demandas ciudadanas.
F16-P02-C03-A01 Atención de demandas de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
F16-P02-C03-A02 Seguimiento a las demandas ciudadanas recabadas en las audiencias.
902 DIRECCION DE ALUMBRADO PUBLICO
F17 Alumbrado público eficiente.
F17-P01 Incrementar el mantenimiento de luminarias instaladas.
F17-P01-C01 Reposición de los materiales que lo componen (lámpara y balastro)
F17-P01-C01-A01 Mantenimiento de lámparas en las calles de colonias de la ciudad y en las doce Tenencias, así como del alumbrado escénico.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 505
F17-P01-C01-A02 Rehabilitación y apoyo en las festividades y embellecimiento de la Ciudad de Morelia.
F17-P01-C02 Adquirir material eléctrico, equipo y herramienta.
F17-P01-C02-A01 Control y Administración del material eléctrico para estar en condiciones de dar el mantenimiento adecuado y atender la queja ciudadana.
F17-P01-C02-A02 Mantenimiento al parque vehicular y equipo, para garantizar el funcionamiento adecuado.
F17-P02 Mejor control y pagos en la facturación de energía eléctrica de alumbrado.
F17-P02-C01 Actualización del censo de luminarias de alumbrado público.
F17-P02-C01-A01 Servicio y dotación de energía al Municipio, empresas suministradoras Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Mexicana de Hidroelectricidad, así como esquema de contratos, revisión y control de los inmuebles del Municipio (oficinas, fuentes, plazas, mercados y jardines).
F17-P02-C01-A02 Padrón (censo) de luminarias en el Municipio en conjunto con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 506
F17-P02-C02 Instalar circuitos a medición, para pagar la energía eléctrica en base a consumos reales.
F17-P02-C02-A01 Circuitos de Alumbrado a Medición.
F17-P02-C02-A02 Normatividad de Alumbrado Público de desarrollos habitacionales nuevos.
F17-P03 Ampliar la cobertura en el servicio.
F17-P03-C01 Construcción de nueva infraestructura de alumbrado público.
F17-P03-C01-A01 Nuevas redes de alumbrado público a través de terceros.
F17-P03-C01-A02 Programación, ejecución y evaluación de obra con otras áreas del H. Ayuntamiento.
F17-P03-C02 Realización de proyectos de alumbrado público.
F17-P03-C02-A01 Proyectos de alumbrado público a partir de solicitudes y aportación ciudadana.
F17-P03-C02-A02 Análisis y evaluación de solicitudes para la elaboración de proyectos.
903 DIRECCION DE ASEO PUBLICO
F18 Correcta gestión integral de los residuos sólidos en el Municipio.
F18-P01 Fortalecimiento integral en la Dirección de aseo público.
F18-P01-C01 Aplicación correcta de los planes de trabajo en todas las áreas.
F18-P01-C01-A01 Coordinar y vigilar la aplicación correcta de los planes de trabajo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 507
F18-P01-C01-A02 Operación y seguimiento de los planes de trabajo.
F18-P01-C02 Maquinaria y equipo en adecuadas condiciones.
F18-P01-C02-A01 Vigilar y verificar el estado de la maquinaria y equipo para tenerlo en adecuadas condiciones.
F18-P01-C02-A02 Aplicación y seguimiento de los mantenimientos vehiculares.
F18-P02 Buena capacitación sobre la gestión integral de los residuos sólidos en el Municipio.
F18-P02-C01 Mayor concientización en la población para el manejo de los residuos sólidos en el Municipio.
F18-P02-C01-A01 Campañas de prevención y concientización sobre el manejo de los residuos sólidos en el municipio.
F18-P02-C01-A02 Cumplimiento del reglamento general de limpieza pública y al reglamento de transporte y recolección de residuos.
F18-P02-C02 Adecuado tratamiento de los residuos sólidos en el Municipio.
F18-P02-C02-A01 Control sobre la disposición final de los residuos.
F18-P02-C02-A02 Capacitación, evaluación y aplicación de la gestión integral de los residuos en el Municipio.
904 DIRECCION DE PARQUES Y JARDINES
F19 Parques, jardines y áreas verdes adecuados para el uso de la población.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 508
F19-P01 Elevar la calidad de las áreas verdes a través de su conservación y mantenimiento en camellones, plazas y jardines.
F19-P01-C01 Mejorar la planeación de las actividades desarrolladas para la atención de las áreas verdes.
F19-P01-C01-A01 Poda de pasto y retiro del producto de la poda de las áreas verdes.
F19-P01-C01-A02 Controlar las plagas en pastos y plantas de las áreas verdes.
F19-P01-C01-A03 Lavar fuentes de los parques y jardines.
F19-P01-C01-A04 Mantener en buen estado las fuentes de los parques y jardines (obra civil).
F19-P01-C01-A05 Mantener en buen estado los monumentos y epigrafías (placas) en plazas cívicas y públicas.
F19-P01-C01-A06 Mantener en buen estado los sistemas de la red hidráulica de las fuentes y sistemas de riego.
F19-P01-C01-A07 Mejorar la imagen urbana encalando la pata de árbol.
F19-P01-C01-A08 Pintado de guarniciones de los jardines y áreas verdes.
F19-P01-C01-A09 Podar árboles que por su condición sanitaria y física lo requieren.
F19-P01-C01-A10 Regar en forma manual las áreas verdes.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 509
F19-P01-C01-A11 Abastecer de agua a los aljibes para el riego por aspersión.
F19-P01-C01-A12 Cambio de planta ornamental en los jardines.
F19-P01-C01-A13 Derribar y retirar árboles secos, riesgosos y los que se dictaminen.
F19-P01-C01-A14 Poda ornamental de los árboles en avenidas principales y jardines.
F19-P01-C01-A15 Colocar planta ornamental producida en el vivero Municipal para mantenimiento de plazas y jardines del Municipio.
F19-P01-C01-A16 Dotación de composta y tierra vegetal para instalación en espacios públicos.
F19-P01-C01-A17 Recolección de semilla y esqueje para producción de planta ornamental.
F19-P01-C02 Racionalización de los recursos asignados a las actividades para la atención y equipamiento de las áreas verdes.
F19-P01-C02-A01 Supervisión de los jardineros establecidos y personal eventual.
F19-P01-C02-A02 Supervisar el desempeño y estancia del personal con discapacidad.
F19-P01-C02-A03 Registro en bitácora de las acciones diarias del área operativa.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 510
F19-P02 Reforestar para incrementar los servicios ambientales de la vegetación en áreas urbanas y rurales.
F19-P02-C01 Incrementar la recuperación de los espacios verdes, para evitar la erosión de los suelos y la falta de lugares de esparcimiento.
F19-P02-C01-A01 Reforestar áreas verdes urbanas y rurales con el apoyo de la ciudadanía.
F19-P02-C01-A02 Mantener en óptimas condiciones los árboles plantados en caminos rurales mediante la aplicación de fertilizantes, fungicidas, riego, chaponeo y cajeteo.
F19-P02-C01-A03 Producir en los viveros municipales las plantas para la reforestación y atención de la demanda ciudadana.
F19-P02-C01-A04 Recolección de semilla y esqueje para producción de planta forestal.
F19-P02-C02 Mejorar el combate de incendios forestales, por la falta de actividades de prevención.
F19-P02-C02-A01 Combate de incendios forestales.
F19-P02-C02-A02 Trabajos de mantenimiento y realización de líneas negras para la prevención de incendios forestales.
F19-P03 Contribuir a la racionalización del Presupuesto.
F19-P03-C01 Mejoramiento del equipamiento integral de las áreas verdes que origina la mala imagen de la ciudad.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 511
F19-P03-C01-A01 Garantizar el funcionamiento del parque vehicular con el equipamiento y refacciones necesarias, así como el mantenimiento preventivo y correctivo para la eficiente prestación de los servicios públicos.
F19-P03-C01-A02 Pago de agua
F19-P03-C01-A03 Elaborar y presentar al Secretario de Servicios Públicos el anteproyecto de presupuesto y Programa Operativo Institucional 2016
F19-P03-C01-A04 Elaboración e integrar los expedientes técnicos de los programas, obras, acciones y servicios.
F19-P03-C01-A05 Actualizar mensualmente el inventario de Áreas verdes.
F19-P03-C02 Mejorar la concientización y reglamentación del uso de las áreas verdes.
F19-P03-C02-A01 Elaboración, aprobación y publicación del reglamento de Parques y Jardines.
F19-P03-C02-A02 Concientizar y establecer reglamentos para el buen uso a la ciudadanía.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 512
F19-P03-C02-A03 Realizar los actos de inspección, vigilancia y la aplicación de sanciones para verificar el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento de las Áreas Verdes.
905 DIRECCION DE MERCADOS Y COMERCIO EN LA VIA PUBLICA
F20 Suficientes espacios designados a mercados así como un adecuado mantenimiento.
F20-P01 Mejorar el uso de espacios en mercados y comercio informal.
F20-P01-C01 Mejorar de manera adecuada el comercio informal.
F20-P01-C01-A01 Operativos en festividades deportivas, religiosas, de aniversarios y en vía pública.
F20-P01-C01-A02 Mantenimiento del parque vehicular
F20-P01-C02 Incrementar la coordinación y regulación de los espacios con organizaciones.
F20-P01-C02-A01 Inspecciones en vía pública para el uso adecuado de los espacios tolerados.
F20-P01-C02-A02 Acciones por uso de suelo a comerciantes tolerados.
F20-P02 Mejorar las instalaciones existentes.
F20-P02-C01 Elaborar un programa de mantenimiento adecuado.
F20-P02-C01-A01 Supervisión a los mercados y plazas para identificar las áreas susceptibles de mejora o mantenimiento.
F20-P02-C01-A02 Mantenimiento y conservación de los mercados y plazas.
F20-P02-C02 Mantenimiento eficiente en la conservación de los inmuebles.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 513
F20-P02-C02-A01 Servicio de los sanitarios de los mercados y plazas.
F20-P02-C02-A02 Mantenimiento y conservación de los inmuebles de los mercados y plazas.
F20-P02-C02-A03 Acciones con organizaciones de comerciantes para la realización de Aniversarios, Festividades, Ferias.
906 DIRECCION DE SERVICIOS AUXILIARES
F21 Mejor atención a caninos y felinos y mejoría en la calidad del servicio de panteones y rastros.
F21-P01 Mayor esterilización y concientización.
F21-P01-C01 Mayor atención médica y mejor control de la población.
F21-P01-C01-A01 Atención a caninos y felinos
F21-P01-C01-A02 Control de la población canina y felina.
F21-P01-C01-A03 Gestionar el mantenimiento al Centro de Atención Canina.
F21-P01-C02 Mayor concientización y participación ciudadana.
F21-P01-C02-A01 Concientización permanente sobre tenencia responsable.
F21-P01-C02-A02 Consejo por el Bienestar y Protección a los Animales.
F21-P02 Mejor calidad en los servicios en los panteones.
F21-P02-C01 Mejor calidad en los servicios en Panteones del Municipio.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 514
F21-P02-C01-A01 Servicios de inhumación, exhumación y cremación.
F21-P02-C01-A02 Operativos de días festivos.
F21-P02-C01-A03 Promoción cultural del Panteón Civil Municipal.
F21-P02-C02 Incrementar la recuperación y regularización de espacios.
F21-P02-C02-A01 Renovación y regularización de perpetuidades.
F21-P02-C02-A02 Gestión en la implementación de nuevos panteones.
F21-P03 Mayor supervisión y revisión sanitaria y legal del ganado que ingresa a los Centros de Sacrificio.
F21-P03-C01 Mejor supervisión y revisión sanitaria y legal del ganado.
F21-P03-C01-A01 Revisión legal y sanitaria del ganado que ingresa a sacrificio al Rastro Municipal.
F21-P03-C01-A02 Revisión legal y sanitaria del ganado que ingresa a sacrificio a las Unidades de sacrificio.
F21-P03-C01-A03 Mantenimiento de las Unidades de Sacrificio.
F21-P03-C02 Mejor atención a la ciudadanía.
F21-P03-C02-A01 Control de los fierros para herrar el ganado.
F21-P03-C02-A02 Refrendo patentes de la asociación ganadera local.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 515
F21-P03-C02-A03 Atender la demanda ciudadana.
1000 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE
1001 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F22 Contribuir al ordenamiento territorial y protección del entorno.
F22-P01 Eficiencia en los procesos de operación urbano ambientales.
F22-P01-C01 Adecuado seguimiento a los programas urbano ambientales.
F22-P01-C01-A01 Supervisar el adecuado funcionamiento de las áreas operativas de la SDUMA.
F22-P01-C01-A02 Realizar la gestión y control de los recursos humanos, materiales y financieros.
F22-P01-C01-A03 Evaluar el adecuado funcionamiento de las áreas operativas de la SDUMA.
F22-P01-C02 Certeza jurídica y adecuado manejo de la información.
F22-P01-C02-A01 Vigilar y aplicar el marco jurídico urbano ambiental
F22-P01-C02-A02 Controlar y dar seguimiento a los trámites y documentos que ingresan a la SDUMA.
F22-P02 Desarrollo urbano ordenado del municipio.
F22-P02-C01 Mejora en la aplicación de la normatividad urbana.
F22-P02-C01-A01 Regular los usos del suelo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 516
F22-P02-C01-A02 Dar seguimiento a las acciones de construcción e instalación de anuncios publicitarios.
F22-P02-C01-A03 Autorizar la nomenclatura y epigrafía del municipio.
1002 DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
F22 Contribuir al ordenamiento territorial y protección del entorno.
F22-P02 Desarrollo urbano ordenado del municipio.
F22-P02-C01 Mejora en la aplicación de la normatividad urbana.
F22-P02-C01-A01 Regular los usos del suelo.
F22-P02-C01-A02 Dar seguimiento a las acciones de construcción e instalación de anuncios publicitarios.
F22-P02-C01-A03 Autorizar la nomenclatura y epigrafía del municipio.
F22-P02-C01-A04 Autorizar y regular los fraccionamientos y desarrollos en el municipio.
F22-P02-C01-A05 Apoyo y asesoría a construcciones menores de 60 m2 en colonias populares.
F22-P02-C02 Eficiente monitoreo y vigilancia del territorio.
F22-P02-C02-A01 Vigilar el desarrollo urbano del municipio.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 517
F22-P02-C02-A02 Aplicar los instrumentos para el monitoreo y evaluación del ordenamiento urbano.
1003 DIRECCION DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE
F22 Contribuir al ordenamiento territorial y protección del entorno.
F22-P03 Control del deterioro ambiental.
F22-P03-C01 Adecuada gestión de la protección al entorno y la cultura ambiental.
F22-P03-C01-A01 Gestión de la protección al ambiente.
F22-P03-C01-A02 Difusión de la cultura ambiental.
F22-P03-C02 Verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental.
F22-P03-C02-A01 Verificación del cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental.
F22-P03-C02-A02 Monitoreo de la calidad del aire.
1004 COORDINACION GENERAL DE GESTION URBANA Y PATRIMONIO CULTURAL
F44 Suficiente gestión urbana y conservación del patrimonio cultural de la ciudad.
F44-P01 Suficiente gestión para financiamiento de proyectos y obras para la ciudad y el municipio.
F44-P01-C01 Suficiente supervisión del cumplimiento de los programas.
F44-P01-C01-A01 Coordinar y supervisar las actividades propias de la dependencia.
F44-P01-C01-A02 Representar a la ciudad y el municipio ante las Asociaciones y Organismos Gubernamentales.
F44-P01-C02 Adecuada representación ante los organismos gubernamentales y asociaciones.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 518
F44-P01-C02-A01 Eficiente administración y supervisión del cumplimiento de los programas centrales.
F44-P01-C02-A02 Eficiente cumplimiento de la normatividad aplicable.
F44-P02 Suficientes proyectos para el mejoramiento de imagen urbana y conservación del patrimonio.
F44-P02-C01 Adecuada supervisión de las obras en proceso de ejecución.
F44-P02-C01-A01 Supervisión de las obras en proceso en el centro histórico.
F44-P02-C01-A02 Elaboración de proyectos para el mejoramiento y conservación de la imagen urbana de la ciudad.
F44-P02-C02 Suficiente emisión de dictámenes técnicos.
F44-P02-C02-A01 Elaboración de dictámenes técnicos de trámites recibidos.
F44-P02-C02-A02 Participación en las reuniones del Consejo Consultivo de Sitios Culturales y realización de visitas de campo.
1000 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE
1101 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F23 Adecuado cumplimiento de la política pública de Fomento Económico.
F23-P01 Adecuada gestión, coordinación y dirección.
F23-P01-C01 Adecuado cumplimiento de las funciones en las áreas internas para trabajar coordinadamente.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 519
F23-P01-C01-A01 Seguimiento en coordinación con las áreas internas del avance en las acciones de la secretaría.
F23-P01-C01-A02 Administración de los recursos de las áreas internas.
F23-P01-C02 Incremento de certeza jurídica en las actuaciones de la dependencia.
F23-P01-C02-A01 Realizar la instrumentación jurídica para la adecuada aplicación de recursos y programas.
F23-P01-C02-A02 Establecer acuerdos con personas físicas y morales para capacitaciones y prestación de servicios.
F23-P02 Eficaz aplicación de las políticas públicas.
F23-P02-C01 Eficiente seguimiento a la operación de los programas.
F23-P02-C01-A01 Dar seguimiento y evaluar la ejecución de los programas de inversión.
F23-P02-C01-A02 Supervisión administrativa de los programas de inversión.
F23-P02-C02 Atención eficiente de las demandas ciudadanas.
F23-P02-C02-A01 Giras de supervisión a los programas de inversión.
F23-P02-C02-A02 Supervisión de la entrega de recursos a terceros.
1102 DIRECCION DE PROMOCION ECONOMICA
F24 Promoción de programas para MIPYMES, emprendedores y desempleados, para el desarrollo económico local.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 520
F24-P01 Incrementar espacios para la vinculación a las diferentes oportunidades de empleo y capacitación.
F24-P01-C01 Generar espacios para la vinculación a oportunidades de empleo.
F24-P01-C01-A01 Ofrecer espacios de atención para buscadores de empleo.
F24-P01-C01-A02 Organizar jornadas de "Redes por el empleo".
F24-P01-C02 Generar promoción a programas de capacitación para elevar la productividad de las empresas.
F24-P01-C02-A01 Ofrecer capacitación y consultoría a empresarios para elevar la productividad y competitividad de las empresas.
F24-P01-C02-A02 Capacitar emprendedores y empleados para la creación y desarrollo de empresas.
F24-P02 Mejorar la promoción de MIPYMES y emprendedores.
F24-P02-C01 Brindar oportunidades para participar en ferias y exposiciones.
F24-P02-C01-A01 Fomentar la participación de MIPYMES en ferias y exposiciones.
F24-P02-C01-A02 Difundir información a empresarios para participar en ferias exposiciones propiciando encuentros comerciales.
F24-P02-C02 Vincular MIPYMES y emprendedores con programas que permitan desarrollar y crear empresas.
F24-P02-C02-A01 Vincular MIPYMES y emprendedores a programas para desarrollar y generar empresas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 521
F24-P02-C02-A02 Promoción de programas para el impulso a MIPYMES y emprendedores.
F24-P02-C02-A03 Promoción para el fortalecimiento del mercado local.
F24-P03 Mejorar la promoción de programas para el desarrollo integral de las MIPYMES.
F24-P03-C01 Impulsar proyectos que contribuyan a la investigación y desarrollo tecnológico.
F24-P03-C01-A01 Fomentar y participar en proyectos de inversión y desarrollo tecnológico conviniendo con la iniciativa privada.
F24-P03-C01-A02 Otorgar apoyos económicos a personas de escasos recursos para generar proyectos productivos.
F24-P03-C02 Impulsar la cultura del financiamiento a emprendedores y MIPYMES.
F24-P03-C02-A01 Otorgar financiamientos a MIPYMES y emprendedores a través de SiFinancia.
F24-P03-C02-A02 Participar en evento de financiamientos a MIPYMES y emprendedores.
1103 DIRECCION DE DESARROLLO RURAL
F25 Eficiente desarrollo rural sustentable.
F25-P01 Impulso al desarrollo de las actividades económicas rurales.
F25-P01-C01 Apoyo para la tecnificación de la producción agrícola.
F25-P01-C01-A01 Fomento al uso de insumos básicos para la tecnificación de la producción primaria agrícola.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 522
F25-P01-C01-A02 Control y combate de plagas del suelo, malezas de los cultivos.
F25-P01-C02 Incremento en la rentabilidad de la producción pecuaria.
F25-P01-C02-A01 Mejoramiento genético y sanidad animal.
F25-P01-C02-A02 Atención a las unidades de producción pecuaria.
F25-P02 Proveer la capacidad de la infraestructura básica para la producción agropecuaria.
F25-P02-C01 Mejora de infraestructura básica para la producción agropecuaria.
F25-P02-C01-A01 Obras de infraestructura básica para la producción primaria.
F25-P02-C01-A02 Atención a las unidades de producción rural.
F25-P02-C02 Mantenimiento permanente de vías de comunicación y accesos rurales.
F25-P02-C02-A01 Reconstrucción, ampliación y revestimiento de caminos de saca.
F25-P02-C02-A02 Conservación y rehabilitación de vías de comunicación y accesos rurales.
1200 SECRETARIA DE TURISMO
1201 DESPACHO DEL C. SECRETARIO
F26 Generar desarrollo turístico y cultural en el municipio.
F26-P01 Eficiencia en la conducción de políticas públicas de los servicios turísticos y culturales.
F26-P01-C01 Eficiente gestión, coordinación y dirección.
F26-P01-C01-A01 Apoyo técnico y legal.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 523
F26-P01-C01-A02 Atención a las demandas de la ciudadanía en materia cultural y turística.
F26-P01-C02 Buena aplicación de políticas públicas.
F26-P01-C02-A01 Administración de los recursos humanos y financieros de la Secretaria de Turismo.
F26-P01-C02-A02 Certificación en sistema de gestión de calidad ISO 9001, 2008.
F26-P01-C02-A03 Asistir, participar y representar a la secretaría y al ayuntamiento en eventos turísticos y culturales, reuniones convocadas por áreas regulatorias de la normatividad administrativa y jurídica, así como el seguimiento y la gestión de recursos.
1202 DIRECCION DE TURISMO
F26 Generar desarrollo turístico y cultural en el municipio.
F26-P02 Aumentar la afluencia de visitantes a Morelia.
F26-P02-C01 Aumentar el impulso a la promoción turística de Morelia en el ámbito nacional e internacional.
F26-P02-C01-A01 Presencia en ferias nacionales e internacionales.
F26-P02-C01-A02 Turismo de convenciones en Morelia.
F26-P02-C01-A03 Impulso a la actividad turística de las tenencias.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 524
F26-P02-C01-A04 Rutas turísticas en las tenencias.
F26-P02-C02 Brindar capacitaciones a prestadores de servicios turísticos y servidores públicos de SECTUR, para su profesionalización.
F26-P02-C02-A01 Capacitación a prestadores de servicios turísticos.
F26-P02-C02-A02 Capacitación a servidores públicos.
F26-P02-C03 Aumentar la participación de caravanas de promoción "Morelia de mis amores" a nivel nacional.
F26-P02-C03-A01 Caravanas promocionales de Morelia de mis amores.
F26-P02-C03-A02 Ciudades Hermanas
F26-P02-C04 Mejorar las estrategias para contrarrestar la percepción negativa de Morelia como destino turístico.
F26-P02-C04-A01 Luces de Catedral
F26-P02-C04-A02 Producción y distribución de materiales turísticos promocionales, así como campañas de marketing para promoción y limpia imagen del municipio.
F26-P02-C04-A03 CIAV Centro Internacional de Artes Visuales.
1203 DIRECCION DE CULTURA
F26 Generar desarrollo turístico y cultural en el municipio.
F26-P03 Utilizar la cultura como medio para el desarrollo del municipio.
F26-P03-C01 Incrementar el impacto a nivel nacional e internacional de los festivales que se realizan en el municipio.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 525
F26-P03-C01-A01 Festival de guitarra de Morelia.
F26-P03-C01-A02 Festival internacional de órgano de Morelia.
F26-P03-C01-A03 Festival internacional de cine de Morelia.
F26-P03-C01-A04 Festival internacional de música de Morelia.
F26-P03-C01-A05 Festival de Jazz de Morelia.
F26-P03-C01-A06 Festival del Mariachi de Morelia.
F26-P03-C01-A07 Festival de Morelia en Boca.
F26-P03-C01-A08 Festival del Títere.
F26-P03-C02 Aumentar los eventos culturales gratuitos en las tenencias del municipio, centro histórico, barrios y colonias tradicionales de Morelia.
F26-P03-C02-A01 Fomentar la cultura cívica.
F26-P03-C02-A02 Haz del centro tu domingo.
F26-P03-C02-A03 Sábados mágicos.
F26-P03-C02-A04 Domingos mágicos.
F26-P03-C02-A05 Época de oro.
F26-P03-C03 Generar impulso para la creación de nuevos festivales, ferias, foros y expresiones que desarrollen el talento cultural de los morelianos y que rescaten las tradiciones.
F26-P03-C03-A01 Capacitación a Bandas de música de viento.
F26-P03-C03-A02 Festival del torito de petate.
F26-P03-C03-A03 Semana Santa.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 526
F26-P03-C03-A04 Aniversario de la ciudad.
F26-P03-C03-A05 Festejos de septiembre.
F26-P03-C03-A06 Día de Muertos.
F26-P03-C03-A07 Festejos decembrinos.
F26-P03-C04 Impulsar la realización de eventos deportivos con enfoque turístico.
F26-P03-C04-A01 Coordinación de eventos especiales.
F26-P03-C04-A02 Promoción de eventos deportivos.
1301 DESPACHO DEL C. CONTRALOR
F27 Eficiencia en el Control interno, evaluación municipal, desarrollo administrativo, legalidad y correcta aplicación en tiempo y forma del gasto público de la hacienda municipal.
F27-P03 Adecuada gestión administrativa, coordinación técnica y política pública de la Contraloría.
F27-P03-C01 Suficiente apoyo técnico a las áreas y programas de la Contraloría Municipal.
F27-P03-C01-A01 Planear el programa operativo anual de la contraloría.
F27-P03-C01-A02 Gestionar los informes del programa operativo anual de la contraloría.
F27-P03-C02 Suficiente gestión de recursos necesarios a las áreas y programas de la Contraloría Municipal.
F27-P03-C02-A01 Gestionar el personal para la operación de la Contraloría.
F27-P03-C02-A02 Gestionar el presupuesto para la operación de la Contraloría.
1302 DIRECCION DE AUDITORIA Y EVALUACION MUNICIPAL
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 527
F27 Eficiencia en el Control interno, evaluación municipal, desarrollo administrativo, legalidad y correcta aplicación en tiempo y forma del gasto público de la hacienda municipal.
F27-P01 Suficiencia en la transparencia y eficacia del manejo y aplicación de los recursos públicos.
F27-P01-C01 Suficiente práctica de auditorías a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, a fin de promover la eficiencia en la gestión pública, y propiciar la consecución de los objetivos contenidos en sus programas.
F27-P01-C01-A01 Revisar los estados financieros de la Tesorería Municipal y Paramunicipales que los emitan.
F27-P01-C01-A02 Practicar las auditorías a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal.
F27-P01-C01-A03 Supervisar la entrega-recepción de las Dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal.
F27-P01-C02 Suficiente realización de auditorías técnicas, físicas, financieras y de legalidad a las obras públicas.
F27-P01-C02-A01 Realizar auditorías a entidades con gasto de inversión en obra pública por administración.
F27-P01-C02-A02 Realizar auditorías a entidades con gasto de inversión en obra pública por contrato.
1303 DIRECCION DE NORMATIVIDAD Y PROCEDIBILIDAD
F27 Eficiencia en el Control interno, evaluación municipal, desarrollo administrativo, legalidad y correcta aplicación en tiempo y forma del gasto público de la hacienda municipal.
F27-P02 Cumplimiento legal de las áreas auditables.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 528
F27-P02-C01 Suficiente análisis de proyectos de reglamentos, convenios, acuerdos, contratos y demás documentos, que impliquen obligaciones para los funcionarios públicos y la Administración Pública Municipal.
F27-P02-C01-A01 Analizar las licitaciones y concursos de obra pública de las Dependencias y Entidades Municipales.
F27-P02-C01-A02 Analizar las licitaciones y concursos de adquisiciones de las Dependencias y Entidades Municipales.
F27-P02-C01-A03 Revisar los contratos y convenios de las dependencias y entidades Municipales.
F27-P02-C02 Suficiente trámite a las quejas, denuncias y sugerencias, formuladas con motivo del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos municipales.
F27-P02-C02-A01 Recepción de quejas contra servidores públicos del Ayuntamiento.
F27-P02-C02-A02 Recepción de declaraciones patrimoniales de los funcionarios del Ayuntamiento.
F27-P02-C02-A03 Elaborar las actas de los procesos de entrega-recepción y procedimientos administrativos de responsabilidades.
1400 COMITE PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
1401 COMITE PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
F28 Atender las necesidades de los grupos vulnerables en tanto enfrenten esa condición.
F28-P01 Lograr que los adultos mayores de escasos recursos cuenten con los servicios que requieren.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 529
F28-P01-C01 Servicio para albergar a los adultos mayores en desamparo, donde se atienden sus necesidades básicas.
F28-P01-C01-A01 Procurara el bienestar de los asilados, mediante atención médica, alimentaria y terapias; así como la valoración para nuevos ingresos.
F28-P01-C01-A02 Promover la convivencia y el esparcimiento a través de paseos, celebración de fechas conmemorativas y actividades culturales.
F28-P01-C02 Espacio para actividades de esparcimiento, convivencia y atención de servicios integrales de salud para adultos mayores.
F28-P01-C02-A01 Cuidar y mantener el estado de salud físico, mental y nutricional a través de servicios integrales.
F28-P01-C02-A02 Promover el esparcimiento y la convivencia mediante eventos culturales, recreativos y cívicos.
F28-P02 Lograr la inclusión de personas con discapacidad.
F28-P02-C01 Promoción y difusión de la cultura de la discapacidad.
F28-P02-C01-A01 Sensibilizar a la ciudadanía a través de talleres vivenciales y campañas cívicas en cultura de la discapacidad, promoviendo la inclusión de las personas con discapacidad, contando con personal capacitado.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 530
F28-P02-C01-A02 Con la finalidad de difundir las acciones del Centro, así como de inclusión de las personas con y sin discapacidad, se realizan actividades socio-culturales, recreativas y de fechas significativas.
F28-P02-C02 Servicio a personas con discapacidad en desarrollo físico, psicológico y pedagógico para su inclusión en la vida social y/o laboral.
F28-P02-C02-A01 Ofrecer un servicio integral a personas con discapacidad para su inclusión a la vida social y/o laboral mediante terapias de rehabilitación, psicológicas, de lenguajes y de aprendizaje
F28-P02-C02-A02 Fortalecer la formación académica de las personas con y sin discapacidad mediante talleres.
F28-P02-C03 Apoyo a las personas con discapacidad de escasos recursos con auxiliares ortopédicos, mejorando su integración en la vida.
F28-P02-C03-A01 Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, con la entrega de auxiliares ortopédicos.
F28-P02-C03-A02 Valoración y entrega de los apoyos a las personas con discapacidad
F28-P03 Disminuir las condiciones de vulnerabilidad de los menores.
F28-P03-C01 Otorgar educación preescolar a menores de localidades marginadas no atendidas con servicios educativos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 531
F28-P03-C01-A01 Brindar educación preescolar en localidades que no cuentan con el servicio, realizando actividades lúdicas, cívicas y recreativas.
F28-P03-C01-A02 Incentivar la participación de los padres en actividades escolares, pláticas de valores, jornadas de limpieza y mantenimientos de aulas.
F28-P03-C02 Brindar atención con pláticas, talleres y acciones conciliatorias para hacer valer los derechos de los menores.
F28-P03-C02-A01 Desalentar el trabajo infantil, a través de recorridos y campañas por los principales crucero, visitas domiciliarias, entrega de becas y curso de verano.
F28-P03-C02-A02 Disminuir la problemática en las familias, proporcionando atención médica, jurídica, psicológica, embarazo adolescente y prevención de riesgos psicosociales.
F28-P03-C03 Distribución de raciones alimentarias nutritivas para menores.
F28-P03-C03-A01 Contribuir al nivel nutricional de los menores, a través de la distribución de desayunos escolares.
F28-P03-C03-A02 Como complemento a las acciones en favor de la niñez, realizamos eventos recreativas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 532
F28-P04 Lograr que las familias cuenten con las condiciones básicas necesarias para su desarrollo.
F28-P04-C01 Brindar apoyo específico a la población vulnerable según sus carencias.
F28-P04-C01-A01 Disminuir las necesidades de la población de bajos recursos, a través de apoyos, subsidios a Instituciones de asistencia y juegos infantiles para áreas verdes.
F28-P04-C01-A02 Realizar acciones preventivas en el cuidado de la salud, a través de atención médica, dental, psicológica y de nutrición
F28-P04-C01-A03 Acercar los servicios de salud en brigadas medico asistenciales y en campañas alusivas a fechas importantes
F28-P04-C01-A04 Brindar asesoría jurídica en derecho familiar, además representar a los menores en juicios, convenios familiares, regularización del estado civil y atención a reportes de violencia.
F28-P05 Conducción adecuada de la política pública del DIF.
F28-P04-C02 Capacitación a través de talleres para el autoempleo y técnicas de elaboración de platillos nutritivos a bajo costo.
F28-P04-C02-A01 Promover el auto empleo, a través de talleres en los Centro de capacitación y Desarrollo
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 533
F28-P04-C02-A02 Mejorar los hábitos alimentarios de las familias, mediante talleres de orientación alimentaria.
F28-P04-C02-A03 Orientar y supervisar la operatividad de proyectos productivos, así como promover los huertos familiares para autoconsumo.
F28-P04-C03 Dar apoyo alimentario a familias de escasos recursos.
F28-P04-C03-A01 Apoyo a la economía familiar con la entrega de despensas.
F28-P04-C03-A02 Apoyar a las familias de escasos recursos con la entrega de raciones alimenticias calientes en los Espacios de Alimentación
F28-P05-C01 Lograr la adecuada gestión, coordinación y dirección.
F28-P05-C01-A01 Dar seguimiento a las metas establecidas en los programas, así como mantener coordinación y apoyo interinstitucional.
F28-P05-C01-A02 Gestionar recursos o programas que refuercen nuestras acciones en favor de los grupos vulnerables
F28-P05-C02 Eficaz aplicación de las Políticas Públicas.
F28-P05-C02-A01 Optimizar y eficientar la administración de los recursos humanos y financieros.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 534
F28-P05-C02-A02 Suministrar a las áreas sus requerimientos, así como la previsión de contingencias de bienes muebles e inmuebles.
1500 COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL
1501 COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL
F29 Eficiente planeación institucional para el desarrollo municipal.
F29-P01 Dar un correcto seguimiento a los procesos institucionales del Comité.
F29-P01-C01 Cumplimiento de las acciones del Programa Operativo Anual.
F29-P01-C01-A01 Elaboración y seguimiento de documentos para el manejo administrativo de la coordinación.
F29-P01-C01-A02 Elaboración de contratos para el funcionamiento del comité.
F29-P01-C02 Contar con retroalimentación interna y de las áreas del Comité.
F29-P01-C02-A01 Recabar los reportes mensuales de actividades por parte de las distintas áreas que conforman el comité.
F29-P01-C02-A02 Asistir y revisar las cuestiones derivadas de las actas de trabajo del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2008.
F29-P02 Adecuada operatividad de los convenios del PAI (Programa Anual de inversión)
F29-P02-C01 Aumentar la participación ciudadana.
F29-P02-C01-A01 Acordar con el C. Presidente Municipal asuntos propios e inherentes del COPLADEMUN.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 535
F29-P02-C01-A02 Expedición de convenios con los beneficiarios de obras eléctricas.
F29-P02-C01-A03 Expedición de convenios con los beneficiarios de obras de pavimentación.
F29-P02-C02 Convenios a tiempo.
F29-P02-C02-A01 Firmas de convenios con el gobierno federal en el primer semestre del año.
F29-P02-C02-A02 Firmas de convenios con el gobierno estatal en el primer semestre del año.
F29-P03 Eficiente planeación y programación del PAI.
F29-P03-C01 Adecuado seguimiento de las solicitudes de obra.
F29-P03-C01-A01 Captura de demanda ciudadana en base de datos para su posible integración al PAI.
F29-P03-C01-A02 Atención de la demanda ciudadana (Visita física de la obra).
F29-P03-C01-A03 Asignar labores al personal contratado con capacidades diferentes.
F29-P03-C02 Seguimiento de la obra pública programada en el PAI.
F29-P03-C02-A01 Conformación, integración y modificación del Programa Anual de Inversión.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 536
F29-P03-C02-A02 Recepción y revisión de expedientes técnicos de obras aprobadas en el PAI.
F29-P03-C02-A03 Liberación de folios para la ejecución de obras.
F29-P03-C02-A04 Gestión ante el gobierno federal y estatal para la operación de los convenios asignados para la realización de obras.
F29-P03-C02-A05 Verificación física de los avances de obras programas en el PAI.
1700 CONSEJO CIUDADANO DE MORELIA
1701 CONSEJO CIUDADANO DE MORELIA
F30 Consolidación de la Participación Ciudadana.
F30-P01 Fortalecer el desarrollo de visiones conjuntas para Morelia.
F30-P01-C01 Contar con suficientes instrumentos de información.
F30-P01-C01-A01 Diseño. edición e impresión de información para difundir las acciones y recomendaciones de los Consejeros Ciudadanos.
F30-P01-C01-A02 Remitir información a los Consejeros del desempeño de actividades del Municipio a través de la página web, correos y llamadas telefónicas.
F30-P01-C02 Fortalecer las prácticas de participación ciudadana.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 537
F30-P01-C02-A01 Sesiones ordinaria, extraordinaria y plenaria, para conocer, analizar e impulsar los trabajos de las Comisiones.
F30-P01-C02-A02 Efectuar y/o coordinar eventos de carácter académico, artístico, social, cultural y educativo; así como cursos, talleres donde participen los Consejeros que integran las 11 Comisiones del Consejo Ciudadano.
F30-P01-C02-A03 Fortalecer la operación de órganos ciudadanos para la prevención del delito.
F30-P02 Atención y seguimiento a las opiniones y recomendaciones emitidas por los consejeros ciudadanos.
F30-P02-C01 Fortalecer la comunicación y colaboración con los Funcionarios de las dependencias Municipales.
F30-P02-C01-A01 intercambio de información, opiniones, propuestas y mecanismos de colaboración con Funcionarios.
F30-P02-C01-A02 Reuniones de trabajo con Funcionarios Federales, Estatales, Municipales, así como Universitarios, Empresarios, Consejeros y medios de Comunicación para desahogar los planes de trabajo, proyectos estratégicos y el avance de sus actividades.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 538
F30-P02-C02 Seguimiento a las opiniones y recomendaciones emitidas por el Consejo Ciudadano.
F30-P02-C02-A01 Actividades de seguimiento.
F30-P02-C02-A02 Efectuar actividades de apoyo para impulsar la realización de las opiniones y recomendaciones ante las autoridades.
F30-P03 Incrementar el trabajo conjunto de las Comisiones con respecto a la agenda común.
F30-P03-C01 Impulsar la participación de las Comisiones.
F30-P03-C01-A01 Coordinar intercambios con las Ciudades Hermana, así como asistir a reuniones Nacionales o Regionales de Participación Ciudadana.
F30-P03-C01-A02 Impulsar propuestas de las Comisiones para acciones conjuntas con la Ciudadanía.
F30-P03-C02 Optimizar el trabajo en torno a los objetivos de la agenda común.
F30-P03-C02-A01 Elaboración de estudios y proyectos que tiendan a soportar los temas establecidos en la Agenda Común, así como concursos para niños y jóvenes.
F30-P03-C02-A02 Diagnóstico y propuestas de políticas para fomentar el uso de la bicicleta, eco-turismo y el turismo cultural.
1800 INSTITUTO DE LA JUVENTUD MORELIANA
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 539
1801 INSTITUTO DE LA JUVENTUD MORELIANA
F31 Crear y fomentar programas y actividades para la participación de los jóvenes morelianos para su desarrollo integral.
F31-P01 Crear actividades de recreación y esparcimiento para jóvenes.
F31-P01-C01 Crear y fomentar actividades deportivas y de recreación.
F31-P01-C01-A01 Eventos deportivos.
F31-P01-C01-A02 Talleres multidisciplinarios y de autoempleo.
F31-P01-C02 Habilitar y rescatar espacios adecuados para el esparcimiento de jóvenes y sus familias.
F31-P01-C02-A01 Morelia Te Apantalla.
F31-P01-C02-A02 Ecología.
F31-P01-C03 Crear y fomentar actividades culturales.
F31-P01-C03-A01 Eventos culturales.
F31-P01-C03-A02 Intercambio social cultural.
F31-P01-C03-A03 Apoyos económicos culturales.
F31-P02 Impulso, reconocimiento y apoyo a proyectos y actividades juveniles.
F31-P02-C01 Crear programas, otorgar apoyo y reconocimiento a los proyectos de los jóvenes.
F31-P02-C01-A01 Condecoración al mérito juvenil.
F31-P02-C01-A02 Actividades del Consejo Juvenil.
F31-P02-C01-A03 Apoyos económicos académicos.
F31-P02-C02 Lograr la adecuada gestión, vinculación y coordinación para realizar las actividades.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 540
F31-P02-C02-A01 Convenios.
F31-P02-C02-A02 Trabajo coordinado para el cumplimiento adecuado de las funciones.
1900 FIDEICOMISO DE INVERSIONES EN PROYECTOS ESTRATEGICOS
1901 FIDEICOMISO DE INVERSIONES EN PROYECTOS ESTRATEGICOS
F32 Suficientes proyectos que tengan un impacto positivo en la población y necesidad de atracción de recursos para la ejecución de los mismos.
F32-P01 Contar con recursos económicos disponibles para la elaboración, gestión y ejecución de proyectos considerados estratégicos.
F32-P01-C01 Suficiencia de recursos económicos disponibles, ya sean públicos o privados, para la elaboración, gestión y ejecución de proyectos.
F32-P01-C01-A01 Elaborar proyectos para beneficio de la ciudadanía.
F32-P01-C01-A02 Evaluar alternativas de proyectos que presentan los despachos.
F32-P01-C02 Destinar la totalidad de los recursos en el proyecto para al que fueron aportados.
F32-P01-C02-A01 Llevar un registro y auxiliar contable específico para el seguimiento de la aplicación de los recursos.
F32-P01-C02-A02 Generar informe periódico de la aplicación de los recursos.
F32-P02 Existencia y ejecución de los proyectos.
F32-P02-C01 Contar con todos los estudios previos necesarios para ejecutar proyectos.
F32-P02-C01-A01 Integración de los expedientes técnicos de los proyectos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 541
F32-P02-C01-A02 Realización de los estudios previos necesarios.
F32-P02-C02 Seguimiento completo en la gestión de los proyectos.
F32-P02-C02-A01 Promover la suscripción de convenios de colaboración y coordinación con instituciones y organismos.
F32-P02-C02-A02 Gestión para la obtención de los recursos necesarios para la ejecución del proyecto.
2000 COORDINACION EJECUTIVA DEL CENTRO HISTORICO Y ZONAS MONUM. DE MORELIA
2001 COORDINACION EJECUTIVA DEL CENTRO HISTORICO Y ZONAS MONUM. DE MORELIA
F33 Mejorar la imagen urbana del Centro Histórico.
F33-P01 Intervención de la imagen urbana por vandalismo o falta de mantenimiento.
F33-P01-C01 Eliminación de pintas en edificios y monumentos históricos.
F33-P01-C01-A01 Realizar acciones de limpieza del graffiti en inmuebles del Centro Histórico.
F33-P01-C01-A02 Mejorar la imagen urbana de barrios del Centro Histórico.
F33-P01-C02 Mantenimiento puntual de las vías peatonales e infraestructura del Centro Histórico.
F33-P01-C02-A01 Elaboración de levantamiento físico para detectar los puntos en mal estado.
F33-P01-C02-A02 Contratación de los servicios para la restauración de los elementos.
F33-P01-C03 Eliminación de flora nociva.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 542
F33-P01-C03-A01 Se realiza un levantamiento físico para la detección de los inmuebles con presencia de flora.
F33-P01-C03-A02 Se contratan los servicios para el retiro de la flora.
F33-P02 Ordenamiento del comercio ambulante.
F33-P02-C01 Control del comercio informal no tolerado.
F33-P02-C01-A01 Retiro de los comerciantes no tolerados durante el año.
F33-P02-C01-A02 Apercibir y/o retención de la mercancía a los comerciantes reincidentes durante el año.
F33-P02-C02 Mejoramiento de la imagen de los comerciantes tolerados en fiestas de la ciudad.
F33-P02-C02-A01 Se dota de batas, camisas y toldos a los comerciantes tolerados.
F33-P02-C02-A02 Se lleva a cabo la instalación de toldos para las fiestas de temporada.
F33-P03 Lograr el ordenamiento del comercio establecido de acuerdo a los lineamientos para la instalación de anuncios y mejorar la imagen visual.
F33-P03-C01 Adornos alusivos suficientes a los eventos de la ciudad.
F33-P03-C01-A01 Se realiza la adquisición de banderas y banderines alusivos a las fiestas de temporada.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 543
F33-P03-C01-A02 Se lleva a cabo la instalación en las calles avenidas principales.
F33-P03-C02 Mejorar asesoría a los propietarios de negocios para la regularización y elaboración de anuncios dentro de la norma.
F33-P03-C02-A01 Se invita a los propietarios de los negocios para que acudan a la dependencia para recibir información al respecto.
F33-P03-C02-A02 Se recibe documentación para el trámite de la regularización y/o retiro de los anuncios.
F33-P04 Conducción adecuada de la política pública de la Coordinación Ejecutiva del Centro Histórico y Zonas Monumentales de Morelia.
F33-P04-C01 Lograr la adecuada gestión, coordinación y dirección.
F33-P04-C01-A01 Coordinar y dirigir las áreas internas para el cumplimiento de sus funciones.
F33-P04-C01-A02 Gestión y vinculación ante otras dependencias así como en los sectores social y privado.
F33-P04-C02 Eficaz aplicación de las políticas públicas.
F33-P04-C02-A01 Asegurarse del cumplimiento de los programas centrales.
F33-P04-C02-A02 Suficiente atención a las demandas de la ciudadanía.
2200 DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA MUNICIPAL
2201 DIRECCION GENERAL
F34 Disminuir la delincuencia y las faltas administrativas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 544
F34-P01 Eficientar la estructura policial
F34-P01-C01 Contar con equipamiento adecuado.
F34-P01-C01-A01 Promover la eficiencia operativa del cuerpo policial.
F34-P01-C01-A02 Equipar adecuadamente al personal operativo.
F34-P01-C02 Contar con el personal adecuado.
F34-P01-C02-A01 Ampliar la zona de cobertura.
F34-P01-C02-A02 Promover la profesionalización del personal policial.
F34-P02 Promover una cultura de legalidad.
F34-P02-C01 Implementar operativos para la prevención y disuasión de delitos.
F34-P02-C01-A01 Realizar patrullajes de disuasión.
F34-P02-C01-A02 Ampliar el área de cobertura de patrullaje.
2202 DIRECCION OPERATIVA.
F34 Disminuir la delincuencia y las faltas administrativas.
F34-P02 Promover una cultura de legalidad.
F34-P02-C02 Contar con señalización e infraestructura adecuada.
F34-P02-C02-A01 Realizar la señalización horizontal y vertical.
F34-P02-C02-A02 Mantenimiento al sistema de semáforos.
2203 DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA
F34 Disminuir la delincuencia y las faltas administrativas.
F34-P03 Mejorar el entorno social y físico para disminuir la violencia y la delincuencia.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 545
F34-P03-C01 Atender a los grupos vulnerables para disminuir conductas antisociales.
F34-P03-C01-A01 Implementación de actividades culturales y deportivas.
F34-P03-C01-A02 Campañas de difusión de valores y cultura de la legalidad.
F34-P03-C02 Fortalecer la convivencia y el tejido social mediante la participación ciudadana.
F34-P03-C02-A01 Creación y/o fortalecimiento de redes ciudadanas.
F34-P03-C02-A02 Implementación de vecino vigilante y prevención del delito.
2204 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
F34 Disminuir la delincuencia y las faltas administrativas.
F34-P04 Brindar mejores servicios administrativos para la operación policial.
F34-P04-C01 Gestionar recursos para la operación y funcionamiento del parque vehicular policial.
F34-P04-C01-A01 Tramitar oportunamente el mantenimiento del parque vehicular.
F34-P04-C01-A02 Eficientar la operación del parque vehicular.
F34-P04-C02 Promover un modelo más eficaz para la atención de recursos materiales y de servicios.
F34-P04-C02-A01 Contar con normas administrativas acordes a la institución.
F34-P04-C02-A02 Promover la contratación de prestadores de servicios acorde a la institución.
2400 CENTRO INFANTIL DE EDUCACION INICIAL DE MORELIA
2401 CENTRO INFANTIL DE EDUCACIÓN INICIAL
F35 Lograr que las niñas y los niños de la Estancia Infantil, reciban una atención integral.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 546
F35-P01 Que las niñas y los niños hijos de padres de bajos recursos económicos y que no cuentan con los servicios de seguridad social, tengan acceso a la estancia infantil.
F35-P01-C01 Mejorar el método para implementar bajos costos de ingreso a la estancia.
F35-P01-C01-A01 Recepción de solicitudes de ingreso y programación de visitas domiciliarias a los hogares de los candidatos a ingresar a CIEDIM y aplicación del estudio socioeconómico.
F35-P01-C01-A02 Autorización de estudios socioeconómicos y asesoría para el apoyo a las familias más vulnerables.
F35-P01-C02 Mejorar métodos para detectar las necesidades económicas de los usuarios.
F35-P01-C02-A01 Recaudación de las cuotas de recuperación de los padres de familia.
F35-P01-C02-A02 Planear, organizar, dirigir, supervisar y coordinar las actividades que realizan los servicios de pedagogía, fomento y atención a la salud, nutrición y administración, así como realizar los informes correspondientes de actividades y financieros a la Junta de Gobierno.
F35-P02 Contar con conocimientos para lograr el óptimo desarrollo del menor en sus aspectos físicos, pedagógicos, nutricionales y psicológicos.
F35-P02-C01 Mejorar el desarrollo integral de los menores.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 547
F35-P02-C01-A01 Obtención y valoración de peso y talla de los menores, y en base a su diagnóstico se diseña el menú de acuerdo a las necesidades nutricionales del menor para la dotación de desayunos, toma de leche, papillas, comidas y bocadillos balanceados.
F35-P02-C01-A02 Detección de signos y síntomas de enfermedad física del menor, al ingreso y durante la estancia en el centro; así como también la detección de disfuncionalidades psicológicas en el menor.
F35-P02-C02 Adecuada implementación de actividades complementarias para el desarrollo integral del menor.
F35-P02-C02-A01 Planeación e impartición de actividades pedagógicas a los menores.
F35-P02-C02-A02 Planeación e impartición de actividades complementarias como son música, inglés, civismo, educación física, y educación vial, a los menores.
F35-P03-C01 Adecuar el nivel del conocimiento de la norma aplicable para las medidas de seguridad.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 548
F35-P03-C01-A01 Elaboración de la documentación necesaria para la planeación, coordinación, control y supervisión de los recursos humanos, financieros, materiales y servicios generales para el efectivo cumplimiento de los objetivos del centro CIEDIM.
F35-P03-C01-A02 Revisión diaria del buen estado de la infraestructura y de la limpieza del Centro Infantil.
F35-P03-C02 Adecuar la supervisión correcta del seguimiento de la norma ISO 9001:2008.
F35-P03-C02-A01 Seguimiento, cumplimiento y gestión de la norma ISO 9001:2008 (capacitaciones al personal, reuniones y asesorías con padres de familia, auditorías internas, etc.)
F35-P03-C02-A02 Realización de simulacros de pánico, sismo y fuego.
2500 INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE
2501 DIRECCION GENERAL
F36 Activación de la población del Municipio de Morelia a través del deporte y la recreación.
F36-P03 Creación de eventos deportivos, locales, nacionales e internacionales para la ciudadanía.
F36-P03-C01 Gestión de recursos financieros estatales y federales.
F36-P03-C01-A01 Reuniones de gestión para el otorgamiento de apoyos para la realización de eventos.
F36-P03-C01-A02 Realización de eventos especiales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 549
F36-P03-C01-A03 Presentación de comprobaciones de eventos deportivos.
F36-P03-C02 Suficientes recursos humanos y financieros.
F36-P03-C02-A01 Realización de eventos locales.
F36-P03-C02-A02 Plan anual de capacitación.
F36-P03-C02-A03 Tener el personal suficiente para la realización de los eventos deportivos.
2502 DIRECCION OPERATIVA
F36 Activación de la población del Municipio de Morelia a través del deporte y la recreación.
F36-P01 Difusión de los programas enfocados a la práctica del ejercicio diario.
F36-P01-C01 Suficiente difusión en medios de comunicación locales de los programas.
F36-P01-C01-A01 Dar a conocer las actividades en medios impresos, radio, televisión e internet.
F36-P01-C01-A02 Creación de campañas de difusión.
F36-P01-C01-A03 Contratación de personal capacitado para la difusión de los programas de activación física.
F36-P01-C02 Creación de un plan de actividades deportivas actual adecuado.
F36-P01-C02-A04 Suficiente Personal para la operación de los programas y de las academias deportivas.
F36-P01-C02-A01 Funcionamiento del proyecto de espacios integrales.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 550
F36-P01-C02-A02 Funcionamiento del proyecto de colonia activa.
F36-P01-C02-A03 Funcionamiento de las academias deportivas municipales.
2503 DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA, IMAGEN Y PROYECTOS ESPECIALES
F36 Activación de la población del Municipio de Morelia a través del deporte y la recreación.
F36-P02 Reducir el deterioro de las Unidades Deportivas.
F36-P02-C01 Suficientes recursos humanos y financieros.
F36-P02-C01-A01 Personal suficiente para el mantenimiento adecuado en las unidades deportivas.
F36-P02-C01-A02 Personal suficiente para creación y seguimiento de nueva infraestructura deportiva en las unidades deportivas.
F36-P02-C02 Mantenimiento permanente en las unidades deportivas.
F36-P02-C02-A01 Programa de mantenimiento preventivo y correctivo en unidades deportivas.
F36-P02-C02-A02 Elaboración de proyectos de infraestructura deportiva.
F36-P02-C02-A03 Rehabilitación de infraestructura en espacios deportivos.
2600 CENTRO MUNICIPAL POLIFORUM DIGITAL DE MORELIA MICHOACÁN
2601 DIRECCION GENERAL DEL POLIFORUM DIGITAL
F37 Población marginada que cuenta a través del Polifórum con espacios de primer nivel para su desarrollo cultural, educativo, deportivo y empresarial con tecnología de punta.
F37-P01 Conducción adecuada de la política pública del Centro Municipal Polifórum Digital de Morelia, Michoacán.
F37-P01-C01 Eficaz aplicación de las políticas públicas.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 551
F37-P01-C01-A01 Coordinación y dirección de las áreas para el cumplimiento de sus funciones, propiciando la comunicación oportuna, objetiva y directa.
F37-P01-C01-A02 Dar seguimiento a los acuerdos, resoluciones y demás determinaciones de la Dirección General para que se cumplan en sus términos.
F37-P01-C02 Lograr la adecuada gestión, coordinación y dirección.
F37-P01-C02-A01 Celebrar contratos, convenios y demás actos jurídicos con cualquier entidad pública o privada a nivel Federal, Estatal y Municipal.
F37-P01-C02-A02 Consolidar en coordinación con las distintas áreas del Poliforúm Digital, la elaboración del P.b.R.
2602 DIRECCION OPERATIVA
F37 Población marginada que cuenta a través del Polifórum con espacios de primer nivel para su desarrollo cultural, educativo, deportivo y empresarial con tecnología de punta.
F37-P02 Acceso a actividades extraescolares con tecnología de punta, fomentando el desarrollo educativo, deportivo y cultural.
F37-P02-C01 Espacios que brindan acceso a tecnología de punta, con costos accesibles, actividades educativas técnicas e innovadoras.
F37-P02-C01-A01 Brindar asesorías y talleres en materia empresarial y propiedad intelectual e industrial, que fomenten la creación de proyectos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 552
F37-P02-C01-A02 Ofertar espacios y/o equipo tecnológico, para actividades académicas artísticas y deportivas a costos accesibles.
F37-P02-C02 Brindar herramientas para la creación de nuevas empresas, con recurso necesario para sus propios negocios.
F37-P02-C02-A01 Llevar a cabo actividades que fomenten el arte, la cultura en sus diferentes expresiones, a través de festivales culturales y artísticos.
F37-P02-C02-A02 Promover el interés a la cultura y el deporte.
2603 DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
F37 Población marginada que cuenta a través del Polifórum con espacios de primer nivel para su desarrollo cultural, educativo, deportivo y empresarial con tecnología de punta.
F37-P03 Conocimiento de la población sobre los servicios de tecnología de punta del Polifórum.
F37-P03-C01 Promoción de los servicios gestionados mediante organizaciones privadas e internacionales para promover los servicios a ofrecer en el Polifórum.
F37-P03-C01-A01 Realizar difusión mediante medios electrónicos de las actividades y servicios que realiza el Polifórum.
F37-P03-C01-A02 Asegurarse del cumplimiento de los programas centrales con eficiente administración de los recursos asignados.
F37-P03-C02 Lograr el interés de mantenimiento de una estructura humana de calidad, así como de las instalaciones y equipo con tecnología de punta.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 553
F37-P03-C02-A01 Gestión y vinculación ante otras dependencias así como el sector social y privado.
F37-P03-C02-A02 Suficiente atención a las necesidades ciudadanas, realizando la gestión racional de recursos humanos, financieros, contables.
3000 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DE MORELIA
3001 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DE MORELIA
F38 Disminuir el déficit de vivienda digna para personas de bajos recursos.
F38-P01 Mayor accesibilidad a programas de ampliación, mejoramiento y vivienda económica.
F38-P01-C01 Adecuada difusión de programas para ampliación, mejoramiento y vivienda económica.
F38-P01-C01-A01 Programas de ampliación y mejoramiento de vivienda.
F38-P01-C01-A02 Programas de edificación de vivienda económica.
F38-P01-C02 Gestión adecuada de recursos financieros por parte de la Federación y Municipio para dar atención a las demandas de la ciudadanía.
F38-P01-C02-A01 Gestión Municipal.
F38-P01-C02-A02 Gestión Federal.
F38-P02 Disminución de asentamientos humanos irregulares.
F38-P02-C01 Gestión adecuada para la regularización de asentamientos humanos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 554
F38-P02-C01-A01 Integración de expedientes técnico jurídicos y social de los asentamientos humanos que cumplen con la normatividad exigida por el Código Urbano vigente en el Estado para su regularización.
F38-P02-C01-A02 Celebración de convenios de concertación y coordinación entre propietarios, lote habiente y autoridades para la regularización de asentamientos humanos.
F38-P02-C02 Mayor difusión y asesoría para la regularización de asentamientos humanos.
F38-P02-C02-A01 Brindar asesoría para la regularización de asentamientos humanos coadyuvando en los vistos buenos de los proyectos de vialidad y lotificación, y concluir con la autorización definitiva según sea el caso.
F38-P02-C02-A02 Implementación de campaña de difusión de programa de regularización, a través de trípticos y página web.
F38-P03-C01 Lograr la adecuada gestión, coordinación y dirección.
F38-P03-C01-A01 Recursos financieros suficientes para proporcionar los materiales y servicios necesarios para la operación de las áreas del Instituto.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 555
F38-P03-C01-A02 Suficientes recursos financieros para cubrir la nómina del personal.
F38-P03-C02 Gestión adecuada de recursos federales.
F38-P03-C02-A01 Gestión y vinculación ante otras dependencias federales para escrituración.
F38-P03-C02-A02 Gestión y vinculación ante otras dependencias de los sectores social y privado.
3100 INSTITUTO DE LA MUJER MORELIANA
3101 INSTITUTO DE LA MUJER MORELIANA
F39 Mejorar las condiciones de vida para las mujeres en desventaja.
F39-P01 Lograr disminuir la violencia psicológica de las mujeres.
F39-P01-C01 Brindar información para que la mujer conozca sus derechos y estrategias para mejorar su calidad de vida.
F39-P01-C01-A01 Realizar reuniones, pláticas, cursos, talleres y conferencias con una variedad de temas enfocados a la violencia psicológica que sufren las mujeres y hombres del municipio.
F39-P01-C01-A02 Canalizar a mujeres que requieren del servicio de asistencia social a las diferentes dependencias.
F39-P01-C01-A03 Realizar brigadas de atención psicológica en zonas vulnerables del municipio.
F39-P01-C02 Alcanzar un mayor impacto del servicio de atención psicológica.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 556
F39-P01-C02-A01 Atención psicológica personalizada o por grupo de familias.
F39-P01-C02-A02 Atención Tanatología personalizada.
F39-P02 Conseguir disminuir la violencia física y patrimonial a las mujeres.
F39-P02-C01 Lograr dar a conocer el servicio de atención jurídica a las mujeres que han sufrido algún maltrato físico o patrimonial.
F39-P02-C01-A01 Realizar reuniones, platicas, cursos, talleres y conferencias con una variedad de temas enfocados a la violencia física, económica y patrimonial de la mujer.
F39-P02-C01-A02 Revisar y modificar tanto las reglas normativas como el decreto de creación del instituto.
F39-P02-C02 Adquirir un mayor impacto del servicio de atención jurídica.
F39-P02-C02-A01 Asesoría jurídica personalizada.
F39-P02-C02-A02 Llevar acabo diligencias fuera del instituto.
F39-P02-C02-A03 Brindar atención telefónica.
F39-P03 Lograr optimizar la participación de las mujeres en los cursos de autoempleo.
F39-P03-C01 Conseguir los espacios lo suficientemente amplios para impartir los cursos de auto empleo.
F39-P03-C01-A01 Realizar Talleres de diversas manualidades para el auto empleo fuera y dentro del instituto.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 557
F39-P03-C01-A02 Realizar platicas y talleres sobre temas que van encaminados a la perspectiva de género.
F39-P03-C02 Alcanzar una mejor difusión de los talleres que se llevan a cabo en el instituto.
F39-P03-C02-A01 Canalizar al ICATMI y CECATI a las mujeres que lo soliciten en el instituto.
F39-P03-C02-A02 Organizar las exposiciones de los productos que la mujer elabora en los cursos de auto empleo.
F39-P04 Lograr que la ciudadanía conozca los servicios con los que puede ser beneficiada.
F39-P04-C01 Eficiente difusión de los servicios que el instituto ofrece a las mujeres.
F39-P04-C01-A01 Realizar campañas de difusión impresa.
F39-P04-C01-A02 Monitoreo, comunicados de prensa, community manager y monitoreo de redes sociales.
F39-P04-C02 Hacer del conocimiento a la ciudadanía que los servicios que el instituto ofrece son gratuitos.
F39-P04-C02-A01 Realizar el diseño de diplomas y carteles informativos.
F39-P04-C02-A02 Tomar evidencia fotográfica.
F39-P04-C02-A03 Mejorar la imagen gráfica institucional.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 558
F39-P04-C02-A04 Creación audiovisual de los informes trimestrales y mensuales.
F39-P05 Lograr que la ciudadanía se beneficie con los servicios de canalizaciones y los tipos de apoyos que la dirección ofrece.
F39-P05-C01 Difundir los tipos de apoyos que la dirección ofrece.
F39-P05-C01-A01 Lograr convenios con instituciones públicas, privadas, estatales y municipales.
F39-P05-C01-A02 Organizar y coordinar el evento de la presea Amalia Solórzano.
F39-P05-C01-A03 Elaborar y coordinar la agenda paramunicipal del instituto.
F39-P05-C01-A04 Elaborar y llevar acabo la certificación del instituto.
F39-P05-C02 Colaborar conjuntamente con delegación administrativa para administrar los recursos tanto económicos como humanos.
F39-P05-C02-A01 Administrar al personal adscrito y comisionado al instituto.
F39-P05-C02-A02 Eficiente administración de los recursos asignados.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 559
VI.2. FORMATOS
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 560
V.2.1 DOCUMENTO MÚLTIPLE DE VIÁTICOS Y LIQUIDACIÓN E
INSTRUCTIVO DE LLENADO
DOCUMENTO MULTIPLE DE VIATICOS U.P.P._____________________(1)________________________ U.R _______________________(2)________________________
No ____(3)____
Recibí de la Tesorería Municipal la cantidad de $ _____(4)_____
(___________________(5)_________________), por concepto de anticipo de
viáticos a fin de cumplir con la comisión que me fue conferida a
________________________(6)____________________, con el objeto de
___________________(7)_____________________, Según oficio de comisión No.
____(8)____ de fecha _____________, considerándose una duración aproximada
de __(9)__ días, a partir del ___(10)___ de ____ al ___ (10)____ de ______ del
presente año.
Morelia, Mich., __________(11)______ de _________.
Autoriza Recibí
(12) (13)
________________ ___________________
Nombre y cargo del Nombre y Categoría
Titular de la UPP
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 561
LIQUIDACION
Fechas reales:
De salida _____________(14) ______________ De retorno ______(15)______
Días completos de comisión _______________________________(16)__________
Importe devengado $____(17)___________ (_______________(18)____________)
Importe anticipo $ ______(19)______
Importe devengado $ ______(20)______ (anexar comprobación de viáticos)
Saldo $ ______(21)______
( ) Por Reintegrar ( ) Por Reintegrar a (22) al Comisionado la Tesorería
Como resultado de la liquidación anterior, recibí de________________
_____________(23)_______________, la cantidad de $____(24)____
(___________________(25)_______________) por concepto de _____(26)____ de
viáticos.
Morelia, Mich., __________(27)_______ de ________.
Autoriza Entregué Recibí
______(28)______ _____(29)______ ______(30)______
Nombre y cargo del Nombre y cargo Nombre y Cargo
Titular de la UPP
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 562
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL DOCUMENTO MÚLTIPLE DE VIÁTICOS Y LA
LIQUIDACION
1.- Se anotará el nombre de la Unidad Programática Presupuestaria.
2.- Anotar nombre de la Unidad Responsable en la que se encuentra adscrito el
servidor público que se comisiona.
3.- Se llevará un número consecutivo de Documento Múltiple de Viáticos por
dependencia, mismo que se anotará en este espacio.
4.- Anotar con número, la cantidad que se otorga como anticipo de viáticos.
5.- Anotar con letra la cantidad que se otorga como anticipo de viáticos.
6.- Anotar la Población, Municipio y Estado donde se desempeñará la comisión.
7.- Describir de manera concreta pero clara, el objeto de la comisión.
8.- Anotar el número de oficio de comisión y la fecha de su expedición, mismo que se
deberá anexar al Documento Múltiple de Viáticos.
9.- Señalar el número de días que se estima utilizar para desarrollar las funciones
encomendadas.
10.- Aquí se inscribirán el día y mes a que corresponde éste, programados para iniciar y
terminar la comisión encomendada.
11.- Espacio para inscribir la fecha en que se entrega el anticipo de viáticos, anotando
mes, día y año.
12.- Se anotará nombre y cargo del Titular de la Unidad Programática Presupuestal y su
firma en el espacio destinado para tal objeto.
13.- Espacio destinado para anotar el nombre, la categoría y firma del servidor público
comisionado.
14.- Se anotará la fecha real de salida, indicando día, mes y año.
15.- Se anotará la fecha real de retorno o llegada a su lugar de adscripción, señalando
día, mes y año.
16.- Anotar el número de días utilizados en la comisión.
17.- Anotar el importe devengado en viáticos, con número.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 563
18.- Anotar el importe devengado de viáticos, con letra.
19.- Anotar con número el importe anticipado que deberá coincidir con el de la referencia
4
20.- Misma cantidad que se señalará en el punto 18, con número.
21.- Se anotará la diferencia entre los importes marcados en los puntos 19 y 20.
22.- Si existiera remanente a cubrir al servidor público, se marcará (x) por reintegrar al
comisionado; si por el contrario el anticipo de viáticos fuera mayor a lo devengado,
se marcará (x) por reintegrar a la Tesorería.
23.- Si la liquidación es a favor del servidor público, se anotará la Tesorería Municipal.
En cambio, si el servidor público tiene que efectuar algún reintegro, se anotará el
nombre de éste.
24.- Anotar el importe señalado de la liquidación con número.
25.- Anotar el importe saldo de la liquidación con letra.
26.- Si el saldo es a favor del servidor público se anotará el vocablo liquidación, caso
contrario reintegro.
27.- Se anotará la fecha en que se lleve a cabo la liquidación, señalado mes, día y año.
28.- Nombre, cargo y firma del titular de la Unidad Programática Presupuestal.
29.- Nombre, cargo y firma de quién liquida o reintegra.
30.- Nombre, cargo y firma de quién recibe el recurso con motivo de la liquidación.
NOTAS:
a) Los importes o cantidades deberán anotarse en números.
b) La documentación comprobatoria se anexará debidamente relacionada.
c) El documento múltiple de viáticos será llenado por los Delegados Administrativos, con base en el oficio de comisión respectivo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 564
FORMATO E INSTRUCTIVO PARA OFICIO DE COMISION
OFICIO DE COMISION
U.P.P. __________________________(1)__________________________
U.R. __________________________(2) __________________________
No ___(3)____
Lugar y Fecha ________________________(4)______________________
C. __________________________________(5)______________________
PRESENTE.
De la manera más atenta le comunico a usted que deberá llevar a cabo la siguiente
comisión:_____________________(6)________________
_________________________________________________________________________
_______________________________________
Objetivos o trabajos a desempeñar____________(7)______________
__________________________________________________________
Lugar de comisión:___________________(8)____________________
Durante__(9)__días,del___de_____(10)_____al_(11)_de___________del__(12)__
_Medio de transporte:_____________(13)_____________
Comisionado Autorizado
(14) (15)
________________ _____________________
Firma Nombre y Cargo del titular
de la UPP
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 565
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO OFICIO DE COMISION
1. Se anotará el nombre de la Unidad Programática
Presupuestaria.
2. Anotar nombre de la Unidad Responsable que autoriza la
comisión y a la cual se encuentra adscrito el servidor público.
3. Se anotará el número consecutivo que le corresponda por UPP
debiendo comenzar en cada Ejercicio Fiscal con el número 1.
4. Se anotará la localidad, seguida de Mich. en donde se elaboró y
gira la instrucción.
5. Nombre y cargo del servidor público que se comisiona.
6. Anotar descripción breve de la comisión.
7. Señalar los objetivos de los trabajos a desempeñar.
8. Anotar la Población, Municipio y Estado, según sea el caso, en
que se desempeñará la comisión.
9. Anotar el número de días estimados a emplear.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 566
10. Anotar fecha de salida programada (día y mes)
11. Anotar fecha de regreso programada (día y mes)
12. Anotar el año o ejercicio fiscal.
13. Señalar el medio de transporte que se utilizará (autobús,
avión, vehículo oficial, vehículo particular, etc.)
14. Espacio para firma del servidor público comisionado.
15. Anotar nombre, cargo y firma del titular de la UPP que autoriza
la comisión.
NOTA:
En caso de que sea necesaria la ampliación de la comisión, deberá
expedirse nuevo oficio que la complemente, explicando en el punto
6 las justificaciones necesarias. Ello será indispensable para
efectos de la liquidación de viáticos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 567
FORMATO DE COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS Y GASTOS DE
TRASLADO E INSTRUCTIVO DE LLENADO
COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS NACIONALES
Nombre del Comisionado________________(1)________________
Fecha de inicio de la Comisión______(2)________
Fecha de Término de la Comisión _____(3)______
Oficio de Comisión Nº ___(4)____
Referencia del Documento Múltiple de Viáticos___(5)__
COMPROBACIÓN
Fe
_________(11)_________ _______(12)_________
Nombre y cargo del titular Nombre, Cargo y Firma
de la UPP del comisionado
FECHA CONCEPTO DEL VIÁTICO SUBTOTAL TOTAL
(6) Hospedaje: (7) (8) (9)
8/Ene/06 Hotel “Estrella Azul” $1,250.00
9/Ene/06 Hotel “Estrella Azul” 1,250.00 $2,500.00
Alimentación:
Gastos de Traslado:
Combustible:
Lubricantes:
Peaje:
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COMPROBACION DE VIÁTICOS AL EXTRANJERO
Nombre del Comisionado______________(1)__________________
Fecha de inicio de la Comisión_______(2)_______
Fecha de Término de la Comisión ______(3)_____
Oficio de Comisión Nº ____(4)___
Referencia del Documento Múltiple de Viáticos___(5)__
COMPROBACIÓN
Fe
_______(16)________ ________(12)________
Nombre y firma del Nombre, Cargo y Firma
Presidente Municipal del comisionado
FECHA CONCEPTO DEL VIÁTICO MONEDA TIPO DE IMPORTE
EXTRANJERA CAMBIO EN PESOS
(6) Hospedaje: (7) (13) (14) (15)
8/Ene/06 Hotel “Estrella Azul” $150.00 11.00
9/Ene/06 Hotel “Estrella Azul” 150.00 $3,300.00
Alimentación:
Gastos de Traslado:
Aerolínea “x” 5,500.00
Combustible:
Lubricantes:
Peaje:
Otros:
TOTAL (10)
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INSTRUCTIVO DEL LLENADO DE VIATICOS NACIONALES Y
AL EXTRANJERO
1.- Se anotará en nombre del Servidor Público Comisionado.
2.- Anotar la fecha real de salida, indicando día, mes y año.
3.- Se anotará la fecha real de retorno o llegada a su lugar de adscripción,
señalando día, mes y año.
4.- Anotar el número consecutivo utilizado en el formato de “Oficio de
Comisión”, punto (3)
5.- Anotar el número consecutivo que se utilizó como referencia en el
“Documento Múltiple de Viáticos” punto (3).
6.- Se anotará la fecha de erogación del gasto a comprobar.
7.- Anotar el desglose de gastos por concepto del viático, tales como:
Hospedaje, Alimentación, Gastos de traslado, Combustible,
Lubricantes, etc.
8.- Espacio destinado para el importe de cada uno de los comprobantes
desglosados por concepto del gasto.
9.- Importe total por rubro o concepto del viático.
10.- Suma final de los importes registrados en la columna (9) para el caso
de los Viáticos Nacionales, ó (15) para el formato de Viáticos al
Extranjero.
11.- Se anotará nombre, cargo y firma del Titular de la UPP quien autoriza
la comisión.
12.- Se anotará nombre, cargo y firma del servidor público comisionado.
13.- Espacio destinado para anotar el importe de cada uno de los
comprobantes, en la moneda de su país de origen.
14.- Anotar el tipo de cambio utilizado para su conversión a moneda
nacional (pesos).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 570
15.- Importe total por rubro o concepto del viático, ya en moneda nacional.
16.- Nombre y Firma del Presidente Municipal ó persona que este designe
para tal efecto.
NOTA: Para la comprobación de viáticos al extranjero, en su caso,
anexar el comprobante de Compra – Venta de la moneda que se trate (Dólar,
Euro, etc.), de donde se tomará el tipo de cambio utilizado para la conversión
a pesos.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 571
VI.2.2 INFORME ANALITICO DE LA OBRA:
FORMATOS DE LOS INFORMES TRIMESTRALES DEL EJERCICIO FISCAL.
1.- RELACION DE GASTOS REALIZADOS EN OBRAS EJECUTADAS POR
ADMINISTRACION DIRECTA.
Para darle seguimiento al Análisis Programático Presupuestario, este formato
permitirá la evaluación de las acciones que llevan a cabo las UPP, no sólo por parte
de los titulares y de los responsables de las unidades, sino de las dependencias
responsables del gasto y del control presupuestal. Asimismo, les permitirá efectuar
los ajustes que procedan y corregir desviaciones que pudieran presentarse en el
desarrollo de los programas.
CONTENIDO DEL FORMATO
ENCABEZADO
Nombre de la obra (1) Se especificará el nombre de la Obra que corresponda
según la asignación que haya realizado el COPLADEMUN.
Clave Presupuestal (2) Deberá Anotar la clave presupuestaria de la Obra.
Número de Cheque (3) Se escribirá el número de cheque que ampara el pago
correspondiente al gasto realizado.
Póliza (4) Escribir el número de Póliza del pago señalado.
5) Asentar el número de la póliza.
6) Deberá anotarse el número de la factura.
7) Se plasmara la fecha de expedición de la factura.
8) Puntualizar el nombre o razón social del proveedor.
9) Especificar el concepto del gasto realizado: Mano de obra (se deberá señalar el
periodo de trabajo), material, equipo de construcción, maquinaria, personal técnico
y alquiler de equipo y/o maquinaria, describiendo cada uno de ellos como se
describen y relacionan en la factura).
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 572
10) Se anotara la unidad de medida de propiedad física de que se trate: Ejemplo
Kg, toneladas, ml, m2, m3, lts, horas, semana, mes, etc.; Para el caso de las listas
de raya será por semana; y, no se considerara unidad de medida el lote o la palabra
varios.
11) Registrar la cantidad total del concepto que se describe.
12) Se anotara el precio unitario del concepto.
13) Se escribirá el IVA de la cantidad total pagada.
14) Se anotará el importe total pagado por el concepto (Debe de coincidir con el
importe de la póliza que se registra en el Sistema de Contabilidad Municipal)
15) Se recabara el nombre y firma del Presidente, Tesorero, Contralor y Secretario
de Obras Públicas.
2.- RELACION DE OBRAS CONTRATADAS CONTENIENDO
INFORMACION DE LOS DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCESO DE
ADJUDICACION.
3.- RELACION DE OBRAS CONTRATADAS MENCIONANDO
INFORMACION DEL PROCESO DE ADJUDICACION, CONTRATOS Y
GARANTIAS CONTRACTUALES.
4.- RELACION DE OBRAS CONTRATADAS CON INFORMACION
FINANCIERA.
5.- RELACION DE OBRAS EJECUTADAS DURANTE EL EJERCICIO.
NOTA: En lo relativo al punto número 5, se presentara tanto con la
información por obras ejecutadas, por administración directa,
como por obras ejecutadas por contrato.
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VII FORMATO DE CONCILIACION
TESORERÍA MUNICIPAL
PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
CONCILIACION PRESUPUESTAL DEL AL DE DEL
CORRESPONDIENTE A LA
CONCEPTO PARCIAL IMPORTE
Presupuesto ejercido según la UPP
(+) Cargos (gasto) de partidas globalizadas 1000
$ -
Partidas:
(-) Cargos (gasto) de Partidas Globalizadas otro Capitulos $ -
Partidas:
(-) Cargos (gasto) no indentificados $ -
Partidas:
(+) Cargos (gasto) en tránsito del mes anterior $ -
Partidas:
(-) Cargos (gasto) pendientes de afectar $ -
Reporte de Control Presupuestal emitido por la Tesorería Municipal
$ -
ELABORO AUTORIZO
DELEGADO ADMINISTRATIVO TITULAR DE LA UPP
Vo. Bo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
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VIII. INFORME DEL FONDO REVOLVENTE
Conforme a lo dispuesto por los lineamientos, específicamente en el apartado relativo al Fondo Revolvente, existe la obligación de las UPP de informar de manera mensual sobre el estado que guarda el fondo que se les haya autorizado para los gastos menores emergentes. Así,
para facilitar la rendición de cuentas, se ha diseñado este formato que contiene la información básica que permitirá evaluar el comportamiento del mismo.
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO INFORME DEL FONDO REVOLVENTE
1- Se anotará el nombre de la Unidad Programática Presupuestaria y la Unidad Responsable.
2. Se anotará el número de la Unidad Programática Presupuestaria y la Unidad Responsable.
3. Se anotará la fecha del último día hábil del mes.
4. Se anotará el número de billetes de esta denominación.
5. Operación aritmética que resulta de multiplicar la columna (4) por la denominación del billete.
6. Suma automática del total del efectivo.
7. Se anotará la fecha del comprobante provisional (vale de gastos a comprobar).
8. Se anotará el beneficiario del comprobante provisional.
9. Se anotará el importe del comprobante provisional.
10. Suma automática de comprobante provisional.
11. Se registrará la fecha del comprobante definitivo (notas, facturas, recibos varios, etc.).
12. Se asentará el beneficiario del comprobante definitivo.
13. Se anotará el importe del comprobante definitivo.
14. Suma automática de comprobante definitivo.
15. Se registrará la fecha del Contra Recibo del Trámite ingresado a la Tesorería,
pendiente de pago.
16. Se anotará el beneficiario del Contra Recibo.
DIRECCION DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO Página | 575
17. Se anotará el número del Contra Recibo.
18. Se anotará el importe del Contra Recibo.
19. Suma automática de Contra Recibos.
20. Suma automática de columna (6), (10), (14) y (19).
21. Se anotará el importe del Fondo revolvente (20)
22. Operación aritmética que resulta de la diferencia entre la columna (20) y (21).
23. En este espacio se hará mención del % de utilización mensual del fondo revolvente
asignado, se sumaran todos los Contra Recibos o Formatos Universales elaboradas en
el mes y el resultado se dividirá entre el importe del fondo revolvente y se manifestará en
%.
24. Se anotará el nombre y la firma del titular de la Unidad Responsable (UR).
25. Se citará el nombre y la firma de la persona responsable del manejo del fondo
mencionado.
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H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MORELIA
TESORERÍA MUNICIPAL
NOMBRE DE LA UPP Y UR: (1)
NUMERO DE LA UPP Y UR: (2)
INFORME MENSUAL AL: (3)
ARQUEO DE FONDO REVOLVENTE
EFECTIVO
DENOMINACIÓN N° IMPORTE
BILLETES DE $ 1,000 x (4) $ (5)
BILLETES DE 500 x
BILLETES DE 200 x
BILLETES DE 100 x
BILLETES DE 50 x
BILLETES DE 20 x
MORRALLA
(6)
COMPROBANTES PROVISIONALES
FECHA BENEFICIARIO IMPORTE
(7) (8) (9)
(10)
COMPROBANTES DEFINITIVOS
FECHA BENEFICIARIO IMPORTE
(11) (12) (13)
(14)
REPOSICION DEL FONDO EN TRANSITO
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FECHA BENEFICIARIO N° C. RECIBO IMPORTE
(15) (16) (17) (18)
(19)
SUMA (20)
FONDO REVOLVENTE ASIGNADO $ (21) (23)
_____ % DE
UTILIZACIÓN
DEL FONDO
REVOLVENTE
ASIGNADO SOBRANTE (FALTANTE) (22)
(24) (25)
NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DE LA UNIDAD
RESPONSABLE
NOMBRE Y FIRMA DEL
RESPONSABLE DEL FONDO
REVOLVENTE
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D I R E C T O R I O
1.- Profr. Wilfrido Lázaro Medina
Presidente Municipal. 322-95-11
2.- Mtro. Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz
Tesorero Municipal. 322-06-17
3.- C.P. Alberto Sánchez Cárdenas
Contralor Municipal. 322-07-07
4.- T.P. Rosalba Lagunas Moreno
Directora de Programación y Presupuesto. 322-06-20
5.- T.P. Alejandro Pedraza Juárez
Jefe del Departamento de Ejecución y
Control Presupuestal. Ext. 303
6.- C.P. Rafael Gudiño Andrade
Jefe del Departamento de Evaluación y
Análisis. Ext. 301