SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO
DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
Y DELEGACIONES
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN
(PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS)
ENSENADA, BAJA CALIFORNIA
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DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y DELEGACIONES
INDICE
INTRODUCCIÓN 3
ANTECEDENTES 4
MARCO LEGAL DE OPERACIONES 6
MISION, VISION Y OBJETIVOS 7
LOCALIZACION GEOGRAFICA 8
AREAS U ORGANIZACIONES VINCULADAS CON LA DEPENDENCIA 9
SELECCIÓN DE LAS NECESIDADES Y ALTERNATIVAS DE SOLUCION 11
ORGANIGRAMA 12
ESTRUCTURA ORGANICA 13
JERARQUIZACION E IDENTIFICACION DE LA DEPENDENCIA 14
ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION 15
DE LA SECRETARIA 18
DE LA DESIGNACION DEL DIRECTOR 18
DE LAS RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR 19
DE LA CONCURRENCIA 21
DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACION DE LA DIRECCION 22
DE LA SUPLENCIA DE LOS TITULARES 25
DE LAS DELEGACIONES 26
DE LOS DELEGADOS 27
DE LAS OBLIGACIONES DE LAS DELEGACIONES 28 DE LAS ADMINISTRACIONES DE ZONAS Y REGIONES 31
PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO: EJE TEMATICO Y LINEAS DE ACCION
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DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y DELEGACIONES
INTRODUCCIÓN
El Municipio de Ensenada se creó el 16 de agosto de 1953 de acuerdo a la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California publicada en
el periódico oficial No. 23, el, Tomo LXVI del mismo año, en su artículo XII de
dicha constitución elevo la Delegación de Gobierno de Ensenada a la de
Municipio. Dando así creación al Ayuntamiento de Ensenada.
La administración municipal de Ensenada se encuentra regulada por el
Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Ensenada, Baja
California, su última modificación fue publicada en el Periódico Oficial del Estado
(POE, 2011) el 29 de Julio de 2011. Así mismo establece en su Artículo 1:
El presente reglamento tiene por objeto establecer las bases de
organización, funcionamiento y distribución de competencias de la
administración pública municipal del Ayuntamiento de Ensenada,
Baja California.
Para el buen funcionamiento de las distintas administraciones municipales estas
deben establecer normas técnicas, que vienen a ser los procedimientos a manera
de ciclos administrativos, para desarrollar actividades específicas de la
administración pública y que vienen a complementar los reglamentos, circulares
y/o manuales de operación de las dependencias, tal como se estable en su
Artículo 5 de dicho Reglamento.
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ANTECEDENTES
La Dirección de Desarrollo Rural Sustentable y Delegaciones (DDRSD) tiene su
creación el 05 de Marzo de 2010 (Periódico Oficial No.11), esto a raíz de la
creación de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la cual entro en vigor en el
Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2001. La Ley de Desarrollo
Rural Sustentable, en su Artículo 4, señala que para lograr el desarrollo rural
sustentable, el Estado mediante el concurso de los diversos agentes organizados,
impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la
vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de
las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las
actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las
diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el
mejoramiento de los recursos naturales.
En su Artículo 5, fracción I, establece que como uno de sus objetivos promoverá el
bienestar social y económico de los productores y sus comunidades, de los
trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural;
mediante la diversificación y la generación de empleo en el medio rural, incluyendo
el no agropecuario, así como el incremento del ingreso.
En el Artículo 7, de dicha Ley se menciona que para impulsar el desarrollo rural
sustentable, el Estado promoverá la capitalización del sector, mediante obras de
infraestructura básica y productiva, y de servicios a la producción. Asimismo, a
través de apoyos directos a los productores, que les permitan realizar las
inversiones necesarias para incrementar la eficiencia de sus unidades de
producción, mejorar sus ingresos y fortalecer su competitividad.
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En su Artículo 8 establece que las acciones de desarrollo rural sustentable que
efectúe el Estado, atenderán de manera diferenciada y prioritaria a las regiones y
zonas con mayor rezago social y económico, mediante el impulso a las actividades
del medio rural, el incremento a la inversión productiva, el fomento a la
diversificación de oportunidades de empleo e ingreso y la promoción de vínculos
entre los ámbitos rural y urbano para facilitar a los agentes de la sociedad rural el
acceso a los apoyos que requiere su actividad productiva, así como a los servicios
para su bienestar.
Para lo anterior, el Estado promoverá lo necesario para formular y llevar a cabo
programas de atención especial, con la concurrencia de los instrumentos de
política de desarrollo social y de población a cargo de las dependencias y
entidades de la administración pública federal competentes, de las entidades
federativas, y los municipios.
En su artículo 29, señala que:
Los Distritos de Desarrollo Rural serán la base de la organización territorial y
administrativa de las dependencias de la Administración Pública Federal y
Descentralizada, para la realización de los programas operativos de la
Administración Pública Federal que participan en el Programa Especial
Concurrente y los Programas Sectoriales que de él derivan, así como con los
gobiernos de las entidades federativas y municipales y para la concertación con
las organizaciones de productores y los sectores social y privado.
Los Distritos de Desarrollo Rural coadyuvarán en el fortalecimiento de la gestión
municipal del desarrollo rural sustentable e impulsarán la creación de los Consejos
Municipales en el área de su respectiva circunscripción y apoyarán la formulación
y aplicación de programas concurrentes municipales del Desarrollo Rural
Sustentable.
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MARCO LEGAL DE OPERACIONES
El Manual de Organización y Operación (Procedimientos Administrativos) de la
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable y Delegaciones tiene por objeto el
establecer de manera específica un marco de operación sustentado legalmente de
acuerdo a sus funciones establecidas en las áreas operativas y administrativas
que ha esta competen, señalando la estructura orgánica y las funciones que
corresponden a cada una de dichas áreas de acuerdo con el Reglamento de la
Administración Pública para el Municipio de Ensenada, Baja California (POE,
2011), en concordancia con el marco legal vigente.
El Artículo 10 del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de
Ensenada, Baja California establece que como parte de la profesionalización de
las diferentes dependencias o entidades municipales y que como respuesta a la
política de organización interna mencionada en el artículo anterior; además de
ello, deberán elaborar cada una de ellas (Secretarias, Direcciones,
Paramunicipales, etc) su manual de organización que indique con amplitud y
precisión: su organigrama, las responsabilidades de las secretarías, direcciones,
subdirecciones y departamentos, incluyendo el marco jurídico que le sustente.
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MISIÓN
Lograr el desarrollo rural sustentable en el Municipio de Ensenada, impulsando
acciones de estrategia y planeación, mediante las cuales se pueda abatir los tres
rubros principales de la marginación: acceso a la educación, derecho a la salud e
ingreso económico digno.
VISIÓN
Para esta Dirección es un compromiso lograr un cambio en el medio rural,
tomando decisiones que nos den una visión hacia el futuro, para afrontar con éxito
el porvenir en las delegaciones. Esto se lograra mostrando una perspectiva
interdisciplinaria, de integración y coordinación de mecanismos internos que
combinen esfuerzos conjuntos. De igual forma alcanzar una Administración
moderna, honesta, eficiente, responsable y de calidad.
OBJETIVO
Que exista una autentica organización de trabajo, y una adecuada coordinación en
las delegaciones. Fomentando el desarrollo rural sustentable, mediante la atención
oportuna del patrimonio histórico, seguridad pública, desarrollo económico,
desarrollo integral de las personas, de manera eficiente y eficaz, con el fin de
mejorar la calidad de vida de la zona rural del municipio de ensenada.
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LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA
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ÁREAS U ORGANIZACIONES VINCULADAS CON LA
DEPENDENCIA
ORDEN MUNICIPAL
Presidencia Cabildo Sindicatura Oficina del Presidente Municipal Relaciones Públicas Dirección de Comunicación Social Coordinación de Gabinete Dirección de Informática Dirección de Vinculación Empresarial y Fomento Económico Unidad de Espacios Públicos de Sano Esparcimiento Secretaria General Dirección de Alcoholes, Espectáculos y Comercio Ambulante Unidad de Protección Civil Registro Civil 001 Ensenada y 002 Vicente Guerrero Dirección de Asuntos Jurídicos Dirección de Gobierno Junta de Reclutamiento Unidad Municipal de Transparencia y Acceso a la Información Unidad Municipal de Transporte Junta de Reclutamiento Secretaría de Seguridad Publica Director de Policía y Transito Bomberos Secretaría de Desarrollo Social Dirección de Desarrollo Social Dirección de Educación y Cultura Casa de la Cultura Grupos Vulnerables Atención Ciudadana Dirección de Servicios Médicos Secretaria de Administración Urbana Dirección de Control Urbano Dirección de Infraestructura Dirección de Servicios Municipales Dirección de Ecología Tesorería Municipal Dirección de Planeación y Gestión Financiera Oficialía Mayor Dirección de Administración y Bienes Patrimoniales Recaudación de Rentas Municipales
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PARAMUNICIPALES COPLADEM Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP) Instituto Municipal del deporte y Recreación (INMUDERE) Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Instituto de la Mujer (INMUJER) Instituto Municipal de la Juventud (INJUVENS) Instituto Municipal de Cultura y Desarrollo Humano (IMCUDHE)
ORDEN ESTATAL Secretaría de Planeación y Finanzas Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano Secretaría de Protección al Ambiente Secretaría del trabajo y Prevención Social Secretaría de Desarrollo Económico Secretaría de Fomento Agropecuario Secretaría de Turismo Secretaría de Educación y Bienestar Social Secretaría de Salud Secretaría de Seguridad Pública Secretaría de Pesca y Acuacultura Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Registro Público de la Propiedad y del Comercio
ORDEN FEDERAL
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
(SAGARPA) Secretaría de Desarrollo Agraria Territorial y Urbano (SEDATU) Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) Secretaría de Economía (SE) Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) Secretaría de Educación Pública (SEP)
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SELECCIÓN DE LAS NECESIDADES Y ALTERNATIVAS DE
SOLUCIÓN (PROPUESTA DE LA DEPENDENCIA)
La Dirección de Desarrollo Rural Sustentable y Delegaciones, basa su trabajo
conforme a lo establecido en el Reglamento de la Administración pública para el
Municipio de Ensenada, Baja California. Las atribuciones que se mencionan en los
Artículos 54, y 54 BIS, son las que rigen el funcionamiento de la oficina y marcan
la pauta de trabajo, la cual se toma como guía.
Es de importancia señalar que dichas atribuciones no se pueden llevar a cabo en
su totalidad, debido a la falta de personal y presupuesto. Dicha limitante nos ha
detenido de ser una oficina de trabajo administrativo, a pasar a una oficina de
trabajo operativo, como se demanda en los artículos antes mencionados.
En tal necesidad de cambio y como un compromiso asumido de la Dirección de
Desarrollo Rural Sustentable y Delegaciones, se ha trabajado en elaborar un plan
de trabajo el cual cubra con las funciones que se demandan en el Reglamento de
la Administración Pública.
A continuación se propone el organigrama operativo de acuerdo al Reglamento de
la Administración pública, en el cual se engloba en un panorama general, todo el
trabajo de coordinación de la Dirección de Desarrollo Rural Sustentable y
Delegaciones, las 22 Delegaciones Municipales y las 6 Regiones.
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DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y DELEGACIONES
ESTRUCTURA ORGANICA
1. SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO 2. DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y DELEGACIONES 3. JEFE DE ÁREA DE DESARROLLO ECONÓMICO 4. JEFE DE ÁREA DE SERVICIOS MUNICIPALES 5. JEFE DE ÁREA DE CONTROL ADMINISTRATIVO 6. RESPONSABLE DE ÁREA TÉCNICA 7. ADMINISTRACIÓN DE ZONAS
I. Norte II. Sur 8. ADMINISTRACIONES REGIONALES
I. Región Sur II. Región San Quintín
III. Región Punta Colonet IV. Región Conurbada
V. Región del Vino VI. Región Ojos Negros – Valle de
la Trinidad
9. DELEGADOS MUNICIPALES I. Bahía de los Ángeles;
II. Camalú; III. El Mármol; IV. El Porvenir; V. El Rosario;
VI. El Sauzal; VII. Eréndira;
VIII. Francisco Zarco; IX. Isla de Cedros; X. La Misión;
XI. Maneadero; XII. Puertecitos; XIII. Punta Colonet. XIV. Punta Prieta; XV. Real del Castillo;
XVI. San Antonio de las Minas; XVII. San Quintín;
XVIII. San Vicente; XIX. Santo Tomás; XX. Valle de la Trinidad;
XXI. Vicente Guerrero; XXII. Villa de Jesús María.
10. AUXILIAR ADMINISTRATIVO 11. SECRETARIA 12. AUXILIAR DE OFICIOS VARIOS