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LA NATURALEZA DEL ESTADO CONSTITUCIONAL.

FUNCIN DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL

INTRODUCCIN

SUPREMACA Y ESTABILIDAD DE LA NORMA CONSTITUCIONAL

DERECHOS INDIVIDUALES COMO FUNDAMENTO LMITE DE LA ACCIN ESTATAL

El estado constitucional, como hemos visto, es el estado regido, esencialmente por la constitucin del principio de su separacin y control y reconoce los derechos fundamentales de las personas.

Todo estado constitucional se caracteriza por su supremaca y estabilidad de la norma constitucional de un determinado ordenamiento jurdico.

Es un rgano constitucional de carcter extraordinario, autnomo del poder judicial, sometido a la constitucin, independiente de rganos constitucionales.

Nace en el siglo XVII y principios del siglo XIX con las libertades individuales como derechos del ciudadano frente al poder instituido.

Su jerarqua normativa, la norma suprema, no depende de ninguna otra superior. La superlegalidad de la constitucin ley de leyes produce una serie se consecuencia concretas en el ordenamiento jurdico.

En la edad contempornea de un absolutismo monrquico, contra una poltica en la que el rey, era la nica persona con todos los poderes acumulados, sometidos los ciudadanos como sbditos.

El estado constitucional conforma un sistema normativo axiolgico que se rige en la parte dogmtica del derecho constitucional.

La justicia constitucional se da un marco jurdico poltico. Plasmado en la norma fundamental estatal.

La constitucin, la norma fundamental del estado, desempea la funcin garantiza los derechos civiles y polticos. Donde la organizacin de los poderes del estado, conformados por el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, la decisin de eleccin es de los ciudadanos para elegirlos.

Juicio interpretativo, con juicio prctico por el Tribunal Constitucional, donde interpreta preceptos constitucionales analiza normas infraconstitucionales, o los actos impugna en funcin de la direccin unitaria que marca la constitucin.