PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Munic ip io de S ier ra Engarcerán (Cas te l lón)
ESTUDIO DE PAISAJE
PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE SIERRA ENGARCERÁN
Febrero de 2008
PL AN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
M u n i c i p i o d e S i e r r a E n g a r c e r á n ( C a s t e l l ó n )
ESTUDIO DE PAISAJE
PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE SIERRA ENGARCERÁN
Documento refundido conforme al Informe “Estudio de Paisaje del Plan General de Ordenación Urbana del T.M. de Sierra
Engarcerán (Castellón)” emitido por la Direcció General del Paistge de la Consellería de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i
Habitatge. REF. CTU 2005/0040 fc / EP 133/06 LLC/jp.
Fdo.:
Francisco González Carrió
Biólogo colegiado nº 7645 – V
Febrero de 2008
CONTENIDO
MEMORIA INFORMATIVA .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
MEMORIA JUSTIFICATIVA .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
MEMORIA NORMATIVA .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95
BIBLIOGRAFÍA .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127
ANEXO I FICHAS DE LOS PUNTOS DE OBSERVACIÓN ... . . . . . . . . . . . . . . 129
ANEXO II FICHAS DE LAS UNIDADES DE PAISAJE .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145
ANEXO III FICHAS DE LOS RECURSOS DEL PAISAJE... . . . . . . . . . . . . . . . . 209
ANEXO IV MEMORIA PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA .. . . . . . . . . . . . 235
ANEXO CARTOGRÁFICO ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 261
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SIERR A ENGARCER ÁN
ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 1
MEMORIA INFORMATIVA
Contenido
1. SÍNTESIS DE PLANES O NORMAS DE APLICACIÓN .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
2. DETERMINACIONES DE CARÁCTER PAISAJÍSTICO .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
3. INFORMACIÓN Y ANÁLISIS TERROTORIAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7
3.1. El medio natural .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7
3.2. El medio antrópico ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
3.3. Patr imonio .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4. ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES YPROCESOS CON INCIDENCIA EN EL PAISAJE .... . . . . . . . . . . . . . . 31
4.1. Actividades existentes con inc idencia en el paisaje ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
4.2. Procesos y tendencias con inc idencia en el paisaje ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
4.3. Plan general Urbanístico ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
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1. SÍNTESIS DE PLANES O NORMAS DE
APLICACIÓN.
Sierra Engarcerán, como los municipios l imítrofes, no dispone de estudio de
paisaje o catálogo de recursos paisajísticos aprobado, por lo que las normas
paisajísticas aplicables son exclusivamente las contenidas en la leg islación
sectorial con incidencia directa o indirecta sobre el paisaje:
- Normas directas incluidas en el artículo 12 y condiciones para vivienda
familiar aislada incluidas en el artículo 21 de la Ley 10/2004 de Suelo No
Urbanizable.
- Normas establecidas en los artículos 33 a 35 de la Ley 4/2004 de
Ordenación del Terri torio y Protección del Paisaje.
- Normas de aplicación directa establecidas en el artículo 18 del Decreto
120/2006 por el que se establece el Reglamento de Paisaje de la
Comunidad Valenciana, normas de integración en la topograf ía y la
vegetación establecidas en el artículo 20, normas de visualización y acceso
al paisaje establecidas en el artículo 21 y normas referidas al paisaje
urbano establecidas en el artículo 22 del Reglamento.
Por otra parte, la Estrategia Terri torial de la Comunidad Valenciana contemplada
en la Ley de Ordenación del Terri torio y Protección del Paisaje no ha sido todavía
publicada. No obstante, es posible analizar la integración de la actuación
propuesta respecto a otros instrumentos de ordenación del terri torio, entre los que
se encuentran los Planes de Acción Territorial de carácter sectorial y el nuevo
Plan General de Ordenación Urbanística del municipio.
Entre los Planes de Acción Territorial de carácter sectorial, existen dos aprobados
y un tercero en fase de exposición pública:
- Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del Riesgo
de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA).
- Plan de Acción Territorial de carácter sectorial de corredores de
infraestructuras.
- Plan de Acción Territorial del li toral de la Comunidad Valenciana (en fase
de exposición pública).
Sólo el PATRICOVA afecta al ámbito territorial de estudio, habiéndose incluido la
totalidad de la superficies de riesgo de inundación existente en el ámbito
municipal de forma explícita bajo la tipología de suelo no urbanizable de
protección del Dominio Público Hidráulico.
Por su parte, el Plan General del municipio, todavía en tramitación, incluye
ordenanzas dirigidas a las diferentes zonas de ordenación urbanística definidas en
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el ámbito municipal, muchas de ellas con incidencia directa o indirecta en el
paisaje; así como un catálogo de bienes y espacios protegidos que cuentan con
régimen específico de protección.
En lo referente a las normas medioambientales, se han identif icado en el ámbito
de estudio diversos hábitats de interés comunitario, algunos de el los prioritarios,
lo que ha llevado a incluir gran parte de la superf icie municipal en la Red Natura
2000 bajo la figura de Lugar de Interés Comunitario (LIC) de Sierra Engarcerán.
Siendo por tanto de aplicación en la superf icie afectada las disposiciones
derivadas de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad, y las no derogadas del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre,
por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad
mediante la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres
(modificado por RD 1193/1998) que transpone la Directiva 92/43/CEE del Consejo,
de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la
fauna y flora silvestres (Directiva de Hábitat).
Igualmente, en el término municipal se incluye una cavidad catalogada en el
Decreto 65/2006, de 12 de mayo, del Consell , por el que se desarrol la el régimen
de protección de las cuevas y se aprueba el Catálogo de Cuevas de la Comunidad
Valenciana, no habiéndose identif icado ningún otro espacio con protección
medioambiental específica en el municipio.
Finalmente, la elevada proporción de suelo forestal existente en el ámbito de
estudio da relevancia a la legislación forestal: Ley 3/1993, de 9 de diciembre,
Forestal de da Comunidad Valenciana y Decreto 98/1995, de 16 de Mayo, del
Gobierno Valenciano, por el que se aprueba su Reglamento.
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2. DETERMINACIONES DE CARÁCTER
PAISAJÍSTICO.
Como se ha descrito en el apartado anterior, no existen instrumentos de gestión
del paisaje aprobados en el ámbito de estudio.
Las normas de aplicación directa y de integración incluidas en l a legislación
urbanística y de paisaje se introducen de forma explícita en la memoria normativa.
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3. INFORMACIÓN Y ANÁLISIS TERRITORIAL DEL
ÁMBITO DE ESTUDIO.
Sierra Engarcerán se incluye en la comarca de La Plana Alta, con centro comarcal
en la capital provincial Castellón de la Plana. El término municipal tiene una
extensión de 82,9 km2 con un predominio de los suelos forestales f rente a otros
usos del terri torio.
La mayor parte del término está ocupado por la Serra d’Engalcerán, elevación de
orientación NNE – SSW que se enmarca en el sistema de sierras y corredores
(horst – graben) de origen tectónico que caracteriza las al ineaciones costeras del
li toral norte de la provincia de Castel lón. El núcleo principal de población (Sierra
Engarcerán) se encuentra en el interior de la sierra a una alti tud de 748 metros; la
cota máxima de la Sierra es el Tosal Zaragoza de 1.081 metros de altura, situado
al noreste del casco urbano y dentro del término municipal.
La sierra está flanqueada por dos depresiones tectóni cas rellenas por materiales
terciarios y cuaternarios que configuran los corredores de La Barona – Sant Mateu
a poniente y de Vilafamés – Coves de Vinromá - Sant Mateu a levante. El segundo
de estos corredores queda prácticamente fuera de los l ímites munic ipales,
mientras que el corredor de La Barona – Sant Mateu ocupa una parte importante
del término municipal. En este corredor, por el que transcurre la Rambla
Carbonera, se encuentran los otros dos núcleos de población del municipio: Los
Rosildos y Els Ibarsos, además de otros núcleos menores y población dispersa.
Las vías de comunicación del municipio están enormemente condicionadas por la
orograf ía; al núcleo principal se accede a través de la carretera CV -155 que lo
comunica con las v ías del corredor de Vilafamés Les Coves – Sant Mateu (CV-10)
y de La Barona – Sant Mateu (CV-15), de modo que este corredor cuenta con
mejores comunicaciones que el núcleo capital, lo que determina, junto con la
mejor capacidad agrológica de los suelos, que el crecimiento dem ográfico del
municipio se concentre en esta zona.
3.1. El medio natural.
Geología.
El ámbito de estudio se incluye en la zona oriental fallada del Maestrat
perteneciente al Sistema Ibérico y caracterizada por un sistema de fracturas
principales de orientación NW – SE. A esta fracturación de base se superpone otra
posterior de dirección catalana (NE – SW) que resulta más evidente sobre el
paisaje al formar las características sierras (horst) paralelas a la línea de costa y
separadas por depresiones (graben).
La Serra d’Engalcerán es un gran pl iegue sinclinal incluido en el macizo de la
Sarratella, que es una de las elevaciones tectónicas de orientación NE – SW que
conf iguran el sistema descrito. En la sierra predominan materiales consolidados
del Cretácico y, en menor medida, del Jurásico (Malm). En los flancos de la sierra,
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por el contrario, predominan los materiales terciarios (Mioceno) que se extienden
hasta las depresiones laterales donde son parcialmente cubiertos por materiales
sedimentarios sueltos del Cuaternario (Pleistoceno).
Fisiografía.
El municipio presenta un eje de cotas máximas que describe un arco de trazado
sur - noreste. Sobre este eje se desarrol lan fisiografías montañosas y pendientes
muy acentuadas, flanqueadas por laderas acentuadas o moderadas que preceden
los terrenos socavados y colinados.
Los fondos del corredor de La Barona - Sant Mateu están ocupados por terrenos
colinados o fuertemente ondulados al norte que pasan a l lanos conforme
avanzamos hacia el sur.
A norte y oeste del eje de máximas cotas se desarrol lan preferentemente
exposiciones a umbría, orientadas entre NE y NW, siendo predominantes las
solanas en la otra vertiente del eje. En el conjunto del municipio son también
predominantes las solanas ya que el 59,92 % de la superfic ie municipal se orienta
entre SE y SW por sólo el 19,29 % que lo hace a umbría.
Más de la mitad de la superficie del término municipal (52,52 %) presenta una
pendiente media superior al 30 % y más de un cuarto (30,83 %) presenta
pendientes medias situadas entre el 15 y el 30 %: Los terrenos con superficie
menor del 5 % representan tan sólo el 10,95 % de la superficie municipal.
A grandes rasgos pueden identif icarse laderas de fuerte pendiente con exposición
preferente a umbría y drenajes muy encajados de escasa longitud que se dirigen a
la cuenca de la rambla Carbonera en el norte y este del municipio, a occidente del
eje de máximas cotas descrito. Por el contrario, a oriente de este eje se
desarrol lan laderas de pendiente variable, exposición preferente a solana y
drenajes de mayor longitud que se dirigen a la cuenca de Les Coves.
Litología.
En el municipio predominan las rocas calcáreas combinadas con margas y, en
menor medida, con dolomías. Las areniscas af loran en bandas estrechas
distribuidas de forma ir regular en diversas partes de la sierra o combinadas con
conglomerados en el área sureste del término municipal.
Los materiales sueltos formados por cantos y gravas combinados con arenas,
limos y/o arcillas están presentes en las inmediaciones de la rambla Carbonera y
en los pie de monte del corredor de La Barona – Sant Mateu.
Edafología.
La naturaleza calcárea de los materiales l itológicos y la predominancia de fuertes
pendientes, junto con unas condiciones climáticas xéricas, son los factores más
determinantes a efectos edafogenéticos en el término municipal, dando lugar
según su posición fisiográfica a li tosoles, rendzinas, regosoles, cambisoles,
luvisoles y fluvisoles.
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Predominan los suelos de capacidad agrológica baja, que se extienden por la
mayor parte de la sierra, siendo sustituidos por suelos de capacidad agrológica
muy baja en una amplia franja que describe un arco desde el oeste al noreste del
casco urbano de Sierra Engarcerán y otra amplia superficie al sureste.
Los suelos de capacidad agrológica moderada ocupan las áreas terciarias y
cuaternarias del fondo del corredor de La Barona – Sant Mateu, encontrándose
otras superf icies de estas características en el extremo sureste del término
municipal, en la línea limítrofe con el municipio de Vall d’Alba.
La mayor parte de la superficie presenta un nivel de erosión alto o moderado;
existiendo áreas con erosión muy alta en las laderas occidentales de la sierra al
sur de los Rosildos y en la cabecera de los barrancos vertientes al Corredor de
Les Coves (Truncatxo y les Voltes).
Los niveles de erosión son bajos o muy bajos en el corredor de La Barona – Sant
Mateu y en el extremo sureste del término (aledaños de los barrancos de Covarxo
y l ’Estela) coincidiendo con los suelos de mayor capacidad agrológic a del
municipio.
La erosión potencial es alta en la Sierra y de moderada a baja en el corredor de
La Barona – Sant Mateu y la cuenca del barranco de Covarxo al sur del término
municipal.
Hidrología superficial.
En el ámbito de estudio no existen cauces superf iciales de caudal continuo, todos
ellos son de régimen torrencial llevando agua sólo tras las grandes precipitaciones
horarias.
La red de drenaje superficial se reparte entre dos cuencas hidrográficas: la cuenca
del Río Mijares, en la que se incluye la Rambla Carbonera, y la cuenca del Río les
Coves de carácter totalmente autóctono y componente claramente mediterránea.
La Rambla Carbonera es el principal cauce existente en el término municipal de
Sierra Engarcerán. Transcurre por el fondo del corredor de La Barona – Sant
Mateu y actúa como límite municipal con el término de Culla. En el extremo
suroeste del municipio se une al Río Montlleó para dar lugar a la Rambla de la
Viuda que, a su vez, se une al Río Mijares poco antes de su desembocadura en el
término municipal de Almazora.
Asociada a esta rambla se sitúa la única zona con riesgo de inundación existente
en el municipio, denominada “Semiendorreismo de la Rambla de la Viuda”, con un
nivel de riesgo 6 que corresponde a un periodo de retorno bajo (100 a 500 años) y
un nivel de calado igualmente bajo (< 80 cm).
La zona inundable presenta una superficie de 201,89 hectáreas que se extienden
por el cauce de la Rambla Carbonera y sus márgenes, afectando básicamente a
suelos agrícolas y al núcleo de población de Els Ibarsos.
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Clima.
A grandes rasgos, el municipio presenta una división de tipos cl imáticos siguiendo
el eje longitudinal de la sierra con orientación NE – SW. Al levante de esta l ínea
predomina la influencia marítima y las solanas sobre las umbrías, dando como
resultado un clima termomediterráneo seco; por el contrario, al poniente de esta
l ínea cobra peso la influencia continental, con mayor presencia de umbrías, dando
como resultado un clima mesomediterráneo subhúmedo.
Por otra parte, las diferencias alti tudinales existentes en el municipio, con su
punto más bajo en el l ímite municipal con Vall d’Alba (295 m.) y el más alto en el
Tosal de Zaragoza (1.081 m.) producen diferencias acusadas en el régimen
térmico, con descenso de temperaturas medias y aumento de la amplitud térmica
anual a medida que ganamos en altitud.
La precipitación media anual se sitúa entre los 500 y 600 mm en la zona oriental
del municipio, superando los 600 mm en la zona occidental, por lo que nos
hallamos ante un ombroclima seco de transición al subhúmedo.
La estación de máximas precipitaciones es el otoño (240 a 260 mm), seguida de la
primavera (140 a 160 mm), el invierno (120 a 140 mm) y el verano (100 a 120
mm).
El promedio de días de precipitación anuales se sitúa entre 50 y 60, con una
intensidad media diaria para la precipitación de 10 a 12 mm. El promedio de días
de nevada al año se sitúa entre 0,2 y 1 y el de días de granizo entre 1,5 y 2.
Las precipitaciones registradas en los observatorios pluviométricos más próximos
al municipio de Sierra Engarcerán se sitúan dentro de los parámetros descritos en
los párrafos precedentes.
Precipitaciones medias (mm). Atlas climát ico de la Comunidad Valenciana (1961 – 1990)
MES ATZ ENETA. Alt. 400 m.
40º13’ N – 0º10’ W
LES USERES. Alt. 407 m.
40º09’ N – 0º09’ W
VILAFAMÉS. Alt . 295 m.
40º07’ N – 0º14’ W
Enero 33,9 34,6 35,8
Febrero 37,0 28,3 24,9
Marzo 34,9 28,2 29,7
Abril 57,7 53,1 54,4
Mayo 61,4 50,2 46,8
Junio 37,6 34,7 28,9
Julio 22,1 16,3 12,4
Agosto 43,6 37,0 35,6
Sept iembre 73,9 66,3 54,2
Octubre 97,0 90,7 107,1
Noviembre 70,6 65,1 59,9
Dic iembre 49,7 52,0 50,3
Año 619,3 556,7 539,9
La Temperatura media anual se sitúa algo por encima de los 15 º C en la parte sur
del municipio, quedando por debajo de este valor en la parte norte.
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Las temperaturas medias en el mes de enero osci lan entre 6 y 8 grados y, en el
mes de julio, entre 22 y 23 grados.
Los días de helada se sitúan entre 20 y 40 al año, apareciendo la primera helada
en la segunda quincena de noviembre y la última en la primera quincena de marzo.
Se expone a continuación la tabla de valores de temperatura para el observatorio
termopluviométrico de Vilafamés, como más representativo para el término
municipal de Serra Engarcerán. Los valores de Vilafamés posiblement e se ajusten
bien a la zona sur del municipio, aunque deben tenerse en cuenta los rasgos más
continentales del clima a medida que nos desplazamos en dirección noroeste
dentro del término municipal, así como las variaciones climáticas derivadas de la
altitud conforme nos introducimos en las partes más altas de la Sierra.
Régimen de temperaturas (ºC). VILAFAMÉS. Alt . 295 m. Coordenadas: 40º07’ N – 0º14’ W
Atlas climático de la Comunidad Valenciana (1961 – 1990)
MES Media (T) Media de máximas
(TM)
Media de mínimas
(Tm)
Máximas absolutas
(Ma)
M ínimas absolutas
(ma)
Enero 8,4 13,9 3,0 26,5 - 6,0
Febrero 9,5 14,9 4,2 27,0 - 6,6
Marzo 10,9 16,7 5,1 33,5 - 6-0
Abril 13,0 18,5 7,5 32,5 - 0,4
Mayo 16,2 21,9 10,5 30,0 2,0
Junio 20,1 25,8 14,4 35,8 6,4
Julio 23,3 29,4 17,2 39,0 10,5
Agosto 23,3 29,0 17,7 39,5 10,8
Sept iembre 20,7 26,2 15,3 35,8 8,0
Octubre 16,6 21,5 11,6 32,0 1,0
Noviembre 11,7 17,0 6,5 28,0 - 2,0
Dic iembre 9,1 14,2 4,1 26,5 - 7,0
Año 15,3 20,8 9,8 39,5 - 7,0
Vegetación.
El ámbito de estudio se reparte entre las provincias corológicas Valenciano -
Catalano-Provenzal-Balear a oriente y Castel lano-Maestrazgo-Manchega a
occidente según sectorización de RIVAS-MARTÍNEZ & al. (1987).
Las características geomorfológicas, edafológicas y microclimát icas, muy
diversificadas en el ámbito de estudio, comportan una diversificación
relativamente grande de las comunidades vegetales potenciales y reales así como
de las comunidades bióticas asociadas.
En las zonas meridionales y orientales del ámbito de estudio, la vegetación
potencial corresponde a la serie termo y mesomediterránea Íbero -levantina seco-
subhúmeda basóf ila de la carrasca: Sinrubio longifoliae - Quercetum
rotundifoliae (Costa, Peris & Figuerola.1982), cuya asociación climax es el
carrascal litoral: Rubio longifoliae – Quercetum rotundifol iae (Costa, Peris &
Figuerola 82), formado por un estrato arbóreo monoespecífico de carrasca
(Quercus rotundifolia) acompañada por arbustos típicamente termófilos: espino
olivero (Rhamnus oleoides ssp. angustifolia), palmito (Chamaerops humilis),
lentisco (Pistacia lentiscus) y enebro de miera (Juniperus oxycedrus), presencia
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de lianas como la zarzaparril la (Smilax aspera) y la madreselva (Lonicera
implexa), siendo el estrato herbáceo escaso.
Esta asociación está actualmente pobremente representada en benef icio de su
etapa de sustitución, el coscojar litoral: Querco cocciferae – Pistacietum Lentisci
(Br. – Bl. 35) que debe considerarse como vegetación permanente en áreas
edafológicamente pobres. Este coscojar puede alcanzar elevada densidad y altura
superior a los dos metros. Está dominado por la coscoja (Quercus coccifera) y el
lentisco (Pistacia lentiscus), siendo también abundante el enebro (Juniperus
oxycedrus), el palmito (Chamaerops humilis) y, en forma arbustiva, el algarrobo
(Ceratonia siliqua) y el olivo (Olea europaea ssp. sylvestris). Sólo aparece estrato
herbáceo cuando el grado de cobertura disminuye, siendo predominante el fenás o
listón (Brachypodium retusum). Muchas veces este coscojar presenta un es trato
arbóreo de Pino carrasco (Pinus halepensis), circunstancia que se da en diversas
zonas del municipio.
En etapas de mayor degradación, el coscojar es sustituido por el matorral de
romero (Rosmarinus officilanis) y brezo (Erica multif lora) de la al ianz a Rosmarino
– Ericion (Br. – Bl. 31). Se trata de una asociación subarbustiva constituida por
especies heliófilas como las mencionadas a las que se añaden jaras como el
romero macho (Cystus clusii) y la estepa negra (Cystus monspeliensis), aliagas
(Ulex parviflorus), albadas (Anthyll is cytisoides), etc.
En las mismas áreas del ámbito de estudio, sustituyendo a la serie anterior en
laderas rocosas e inclinadas (30 a 80 grados) donde se implanta con carácter de
vegetación permanente en fisuras profundas y rel ativamente anchas, aparecen los
sabinares de la asociación Rhamno lycioidis - Juniperetum phoeniceae (Rivas-
Martínez & G. López in G. López 1976). Sus especies características son la sabina
negra (Juniperus phoenicea), el espino negro (Rhamnus lycioides), el pino
carrasco (Pinus halepensis), el romero (Rosmarinus officinalis), el espliego
(Lavandula latifol ia) y la coscoja (Quercus coccifera) entre otras.
En las cotas mayores de la Sierra y las vertientes a umbría existentes en el tercio
norte del municipio se desarrol lan los carrascales con hiedra de la serie meso-
suprameditarránea subhúmeda basófila valenciana Hedero helicis - Quercetum
rotundifoliae (Costa, Peris & Stübing). Se caracteriza por la presencia de una
cobertura densa de encina (Quercus rotundi folia) acompañado por enebro
(Juniperus oxycedrus), sabina negra (Juniperus phoenicea) y hiedra (Hedera
helix). En el estrato arbustivo son f recuentes la madreselva (Lonicera etrusca), el
aladierno (Rhamnus alaternus), la ginesta (Cytisus patens) y la hier ba del
peregrino (Rubia peregrina), con buen desarrol lo de estrato herbáceo
caracterizado por la presencia de v ioletas (Viola spp.), orquídeas (Epipactis
helleborine, Cephalantera rubra) y helleboro (Helleborus foetidus).
Estos carrascales están bien representados en el ámbito de estudio, alcanzando
en ocasiones coberturas próximas al 75 %.
Imbricado con las superficies meridionales del carrascal subhúmedo y ocupando
zonas de montaña situadas entre éste y el dominio del carrascal li toral, se
desarrol la la asociación Rhamno lycioidis - Quercetum cocciferae (Br.-Bl.& O.
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Bolòs 1954) con juniperus, que aparece como orla y etapa de degradación de los
carrascales o como vegetación permanente en laderas con pendiente elevada y
suelos secos o esqueléticos. Se trata de formaciones arbustivas, generalmente de
densa cobertura, en las que predomina la coscoja (Quercus coccifera)
acompañada en el área de estudio por fuerte presencia de enebro (Juniperus
oxycedrus) con f recuencia arborescente. Otras especies propias de la asociación
son el espino negro (Rhamnus lycioides), el brezo (Erica multif lora), el lentisco
(Pistacia lentiscus), el labiérnago (Rhamnus angustifolia), el torvisco (Daphne
gnidium), la aliaga (Ulex parviflorus) y la zarzaparrilla (Smilax aspera).
En el norte del ámbito de estudio aparecen pastizales incluidos en la asociación
Teucrio pseudochamepityos - Brachypodietum ramosi (O. de Bolòs 1957). Se trata
de una asociación calcícola de óptimo en los pisos termomediterráneo y
mesomediterráneo, con ombroclima entre semiárido y subhúmedo, consiste en una
pseudoestepa dominada por fenás (Brachypodium retusum) acompañada de una
enorme diversidad de especies herbáceas entre las que son f recuentes los
endemismos.
Estos pastizales se combinan con tomillares - lavandares basófilos y xerófilos de
la asociación Saturejo gracilis - Erinaceenion anthyllidis (Rivas Goday & Borja
1961 corr. Izco & A. Molina 1989). Se trata de comunidades de matorrales
xerofíticos desarrol lados sobre suelos calizos que representan etapas de
sustitución avanzadas de encinares y sabinares. Puede presentar diferentes
grados de cobertura, pudiendo constituir tomillares aclarados. Las especie más
abundantes son el espliego (Lavandula latifolia), tomillo Thymus sp. y el tojo
(Genista scorpius).
La vegetación edafófila (azonal) presente en el ámbito de estudio se localiza
preferentemente en ambientes de depósitos aluviales y coluviales (rambla y
terrazas aluviales), así como en ambientes de materiales calizos detríticos
(roquedos y canchales).
En los ambientes de rambla y terrazas aluviales asociadas la vegetación es una
comunidad de ribera dominada por perennifolios. La más característica es la
Asociación Rubo-Nerietum oleandri, en la cual el elemento dominante es el
baladre (Nerium oleander) acompañado de cañares (Arundo donax), juncos
(Scirpus spp.), fenalares (Brachypodium phoenicoides) y zarzales (Rubus
ulmifolius), entre otras especies adaptadas a las condiciones de rejuvenecimiento.
En las zonas de topografía abrupta asociadas a los rel ieves m ontañosos se
localizan elementos de comunidades saxícolas y rupícolas (de canchales y grietas,
respectivamente) ricas en endemismos.
En las áreas cultivadas predomina el secano, principalmente almendro y olivo.
Asociadas a estos cultivos se encuentran vegetaciones tanto ligadas a la
degradación de las asociaciones vegetales naturales a las que sustituyen, como
vegetaciones edafófilas propias de los cultivos, ruderales y viarias, compuestas
por especies con distintos grados de nitrofilia y resistencia a las perturbaciones
antrópicas, de las alianzas Panico-Setarion y Diplotaxion.
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Fauna vertebrada.
La amplitud y diversidad del término municipal de Sierra de Engarcerán, junto con
su posición en la transición de los ambientes termo y mesomediterráneos en áreas
relativamente poco antropizadas favorece la diversidad faunística en el terri torio.
Entre los anfibios cabe destacar la presencia de los sapos común ( Bufo bufo),
corredor (Bufo calamita), partero (Alytes obstetricans), de espuelas (Pelobates
cultripes) y sapillo moteado (Pelodytes punctatus), así como del gallipato
(Pleurodeles waltl) y la rana común (Rana perezi) asociados estos últimos a
puntos permanentes de agua.
Entre los reptiles se encuentran diversas especies de óptimo termomediterráneo,
como el eslizón ibérico (Chalcides bedriagai) las culebras de herradura (Coluber
hippocrepis), l isa meridional (Coronella girondica), de escalera (Elaphe scalaris),
v iperina (Natrix maura) y bastarda (Malpolon monspessulanus), así como del
lagarto ocelado (Lacerta lepida), las lagartijas colilarga (Psammodromus algirus),
ibérica (Podarcis hispanica) y cenicienta (Psammodromus hispanicus) y la
salamanquesa común (Tarentola mauritanica).
Entre los mamíferos, destaca la presencia de artiodáctilos como la cabra montes
(Capra pyrenaica) procedente de las poblaciones radicadas en el Norte de la
provincia actualmente en expansión, así como del ubicuo jabalí (Sus scrofa). En el
ámbito de estudio se localizan diversos carnívoros de las famil ias canidae, como
el zorro (Vulpes vulpes), felidae como el gato montés europeo (Felis si lvestris),
v iverridae como la gineta (Genetta genetta) y mustelidae como la garduña (Martes
foina), el tejón (Meles meles), la comadreja (Mustela nivalis) y el turón (Mustela
putorius).
Igualmente, están representados los lagomorfos a través del conejo común
(Oryctolagus cuniculus) y la l iebre ibérica (Lepus granatensis), los Erinaceos a
través del erizo común (Erinaceus europaeus) y el moruno (Atelerix algirus),
musarañas como la gris (Crocidura rusula) y el musgaño enano (Suncus etruscus)
y una gran variedad de roedores como la ardil la roja (Sciurus vulgaris), el li rón
careto (Elyomis quercinus), las ratas parda (Rattus norvegicus) y negra (Rattus
rattus), el topillo mediterráneo (Microtus duodecimcostatus) y los ratones de
campo (Apodemus sylvaticus) y moruno (Mus spretus).
En el ámbito de estudio se han reseñado cerca de un centenar de especies de
aves, siendo destacable la gran diversidad de rapaces tanto diurnas, con
presencia de águilas real (Aquila chrysaetos), calzada (Hieraaetus pennatus),
culebrera (Ciscaetus gallicus) y perdicera (Hieraaetus fasciatus), el aguilucho
cenizo (Circus pygargus), el ratonero (Buteo buteo), el azor (Accipiter gentilis),
halcón peregrino (Falco peregrinus) y el buitre leonado (Gyps fulvus), como
nocturnas, con presencia de búho real (Bubo bubo), mochuelo europeo (Athene
noctua) y lechuza (Tyto alba), entre otras especies.
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AVES NO PASERIFORMES EN EL ÁMBITO DE ESTUDIO
Orden Familia Nombre Cient ífico Nombre Castellano
Falconiformes Accipitr idae Accipiter gentil is Azor común
Accipiter nisus Gavi lán común
Aegi thalus caudatus Senyoreta
Aqui la chrysaetos Águi la Real
Buteo buteo Busardo ratonero
Circaetus gal l icus Águi la Culebrera
Circus pygargus Agui lucho cenizo
Gyps fulvus Buitre leonado
Hieraaetus fasciatus Agui la azor perd icera
Hieraaetus pennatus Agui l i l la calzada
Falconidae Falco peregrinus Halcón Peregrino
Falco t innunculus Cernícalo vulgar
Gall if ormes Phasianidae Alectoris rufa Perdiz Roja
Coturnix coturnix Codorniz común
Cuculif ormes Cuculidae Clamator glandar ius Críalo europeo
Cuculus canorus Cuco Común
Pic iformes Caprimulgidae Caprimulgus europaeus Chotacabras europeo
Columbiformes Columbidae Columba l ivia Paloma bravía
Columba oenas Paloma zurita
Columba palumbus Paloma torcaz
Streptopelia turtur Tórtola europea
Corac iformes Corac iidae Corac ias garru lus Carraca europea
Meropidae Merops apiaster Abejaruco Europeo
Upupidae Upupa epops Abubil la
Apodiformes Apodidae Apus apus Vencejo común
Apus melba Vencejo Real
Str igif ormes Str igidae Asio otus Búho Chico
Athene noctua Mochuelo Europeo
Bubo bubo Búho Real
Otus scops Autil lo Europeo
Str ix aluco Cárabo Común
Tytonidae Tyto alba Lechuza Común
Pic iformes Pic idae Dendrocopus major Pico picopinos
Jynx torqui l la Torcecuello euroasiático
Picus vir idis Pito real
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AVES PASERIFORMES EN EL ÁMBITO DE ESTUDIO
Orden Familia Nombre Cient ífico Nombre Castellano
Paserif ormes Alaudidae Alauda arvensis Alondra Común
Calandrella brachydactyla Terrera Común
Galerida cris tata Cogujada Común
Galerida theklae Cogujada Montesina
Lul lula arborea Totovía
Motac il l idae Anthus campestr is Bisbita Campestre
Motac il la alba Lavandera b lanca
Motac il la c inerea Lavandera cascadeña
Fringil l idae Carduelis cannabina Pardi l lo común
Carduelis carduelis J ilguero
Carduelis ch loris Verderón común
Fringil la coelebs Pinzón vulgar
Loxia curviros tra Piqu ituerto común
Serinus serinus Verdeci l lo
Cer thi idae Cer thia brachydactyla Agateador común
Sylviidae Cettia cett i Ruiseñor bas tardo
Hippolais polyglotta Zarcero común
Phyl loscopus collyb ita Mosquitero común
Phyl loscopus bonell i Mosquitero papialbo
Regulus ignicapi l lus Reyezuelo l is tado
Sylvia atr icapi l la Curruca capirotada
Sylvia cant il lans Curruca carrasqueña
Sylvia conspic i l lata Curruca tomillera
Sylvia melanocephala Curruca cabecinegra
Sylvia undata Curruca rabi larga
Corvidae Corvus corax Cuervo
Corvus corone Corneja
Corvus monedula Graji l la
Garrulus glandarius Arrendajo
Pica pica Urraca
Pyrrhocorax pyrrhocorax Chova piquirroja
Paserif ormes Hirundin idae Delichon urbica Avión Común
Hirundo rustica Golondrina Común
Ptyonoprogne rupestr is Avión Roquero
Emberizidae Emberiza c ia Escribano Montes ino
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AVES PASERIFORMES EN EL ÁMBITO DE ESTUDIO
Orden Familia Nombre Cient ífico Nombre Castellano
Emberiza c ir lus Escribano Soteño
Mil iar ia calandra Triguero
Turdidae Erithacus rubecula Petirrojo
Luscinia megarhynchos Ruiseñor Común
Monticola saxat il is Roquero Rojo
Monticola sol itar ius Roquero Sol itar io
Oenanthe h ispanica Collalba Rubia
Oenanthe leucura Collalba Negra
Oenanthe oenanthe Collalba Gris
Phoenicurus ochruros Colirrojo T izón
Saxicola torquata Tarabil la Común
Turdus merula Mir lo Común
Turdus visc ivorus Zorzal Charlo
Sturn idae Sturnus unicolor Estornino negro
Laniidae Lanius meridionalis Alcaudón real meridional
Lanius senator Alcaudón común
Muscicapidae Muscicapa str iata Papamoscas gr is
Oriolidae Oriolus oriolus Oropéndola
Paridae Parus ater Carbonero garrapinos
Parus caeruleus Herreri l lo común
Parus cris tatus Herreri l lo capuchino
Parus major Carbonero común
Passer idae Passer domest icus Gorr ión Común
Passer montanus Gorr ión Molinero
Petronia petronia Gorr ión Chi l lón
Troglodytidae Troglodytes trog lodytes Chochín
Espacios naturales.
Buena parte del término municipal de Sierra Engarcerán está incluido en la Red
Natura 2000 bajo la figura de Lugar de Interés Comunitario (LIC).
El LIC Sierra Engarcerán se reparte en dos áreas por un total de 6 términos
municipales: Culla, la Torre d’en Besora, Serra d’en Garceran, la Serratel la,
Albocàsser, y les Coves de Vinromà. Al término de Sierra Engarcerán
corresponden 4.181 hectáreas lo que representa el 50,9 % de la superficie
municipal.
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Se trata de una de las más importantes representaciones de bosquetes y
matorrales de Juniperus de la Comunidad Valenciana. La sabina negral ocupa
grandes extensiones, tanto de forma aislada como con carrascas. Igualmente, el
enebro se encuentra bien representado en dichos matorrales. La presencia de
estas formaciones sobre un sustrato accidentado, con numerosos pedregales, da
como resultado un área de gran interés paisajístico y ambiental.
El hábitat más relevante es el constituido por los matorrales arboresc entes con
Juniperus (5210) y con Juniperus phoenicea (5212), además de los encinares de
Quercus Ilex y Quercus rotundifolia (9340) y matorrales y retamales predesérticos
(5333).
Entre las especies animales merecen destacarse por su relevancia el aguilucho
cenizo (Circus pygargus), halcón peregrino (Falco peregrinus) y águila perdicera
(Hieraetus fasciatus) entre otras.
No existen en el municipio otros espacios con protección ambiental específica
salvo la Cova Santa, incluida en el Catálogo de cuevas de la Comunidad
Valenciana publicado en el Decreto 65/2006, de 12 de mayo, del Consell , por el
que se desarrol la el régimen de protección de las cuevas y se aprueba el Catálogo
de Cuevas de la Comunidad Valenciana.
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3.2. El Medio socioeconómico.
Población.
Sierra Engarcerán ha experimentado una progresiva pérdida de población a partir
de la década de los años 20. La pérdida de población se intensifica a partir de la
década de los 50, cuando se produce un éxodo masivo de la población rural hacia
los núcleos urbanos e industriales. La pérdida de población continua imparable
hasta mediada la década de los 90, cuando se produce una estabilización con
pérdida moderada de población.
Evolución de la población
500
1.000
1.500
2.000
2.500
3.000
Nº
ha
bit
an
tes
Serie2 2.603 2.344 2.256 2.024 1.816 1.531 1.315 1.150 1.080 1.069
1.920 1.930 1.940 1.950 1.960 1.070 1.981 1.991 2.001 2.006
Evolución reciente de la población
1.040
1.060
1.080
1.100
1.120
1.140
1.160
1.180
1.200
Nº
ha
bit
an
tes
Serie1 1.172 1.180 1.175 1.168 1.177 1.150 1.144 1.136 1.133 1.132 1.090 1.087 1.084 1.072 1.098 1.080 1.075 1.079 1.073 1.079 1.069
1.986 1.987 1.988 1.989 1.990 1.991 1.992 1.993 1.994 1.995 1.996 1.997 1.998 1.999 2.000 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006
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El municipio alcanzó su población máxima a inicios del siglo pasado, llegando a
contar con 2.688 habitantes en 1910. Actualmente la población de derecho es de
1.069 habitantes (2006) de los que 519 (48,5 %) son mujeres.
Alrededor de un 40 % de los residentes en el municipio han nacido en el mismo y
más de un 50 % han nacido en otros municipi os de la provincia de Castel lón; sólo
un 1,57 % de la población ha nacido en el extranjero.
Como es común en los municipios del interior de la provincia, la población de
Sierra Engarcerán está envejecida en relación con el conjunto de la Provincia o la
Comunidad Valenciana. El grado de dependencia de la población, entendido como
el porcentaje de población menor de 15 años o mayor de 64 respecto a la
población potencialmente activa es de 83,8 %; 37,5 puntos porcentuales por
encima de la media provincial.
El índice de longevidad es del 48,9 %, 3,1 puntos por encima de la media
provincial.
El índice de maternidad es del 19,8 %, lo que lo sitúa 2,1 puntos sobre la media
provincial, con una tendencia (población de 0 a 4 años respecto a población de 5 a
9 años) del 105,7 %, 7,9 puntos por encima del conjunto de la provincia, lo que
parece indicar buenas posibi lidades de estabilización de la población de
continuarse estas tendencias, aunque esto se dejará notar a medio plazo dado que
el índice de reemplazo (población de 20 a 29 años respecto a población de 55 a
64 años) es del 105,9 % muy inferior al valor promedio de la provincia que se
encuentra en 168,4 %.
Pirámide de población (2006)
-60 -40 -20 0 20 40 60
> 85
80 - 84
75 - 79
70 - 74
65 - 69
60 - 64
55 - 59
50 - 54
45 - 49
40 - 44
35 - 39
30 - 34
25 - 29
20 - 24
15 - 19
10 - 14
5 - 9
0 - 4
Cla
ses
de
eda
d
Nº habitantesVarones Mujeres
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 22
Poblamiento.
El municipio cuenta con un núcleo de población principal emplazado en el centro
de la sierra homónima, al que se añaden otros 7 núcleos de población
desarrol lados en su mayor parte en el corredor de la Barona – Sant Mateu que
cuenta con mejores comunicaciones. El núcleo principal cuenta con un 27,4 % de
la población total del municipio, algo por debajo de Els Ibarsos (34,5 %) y por
encima del tercer núcleo agrupado: Els Rosildos (14,4 %). El resto de núcleos se
consideran de población dispersa y, junto con los pobladores dispersos asociados
a los tres núcleos mencionados, dan un porcentaje del 28,1 % de población
dispersa en el municipio.
DISTRIBUCIÓN MUNICIPAL DE LA POBLACIÓN
Núcleo Poblac ión agrupada Poblac ión d iseminada Poblac ión total
Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres
El Brusalet 38 22 16 38 22 16
Els Ibarsos 360 183 177 9 5 4 369 188 181
La Mar ina 44 23 21 44 23 21
Els Rosildos 128 68 60 26 13 13 154 81 73
Collet 37 22 15 37 22 15
Els Bancalas 90 45 45 90 45 45
Puchols de Dalt 44 22 22 44 22 22
Sierra Eng. 280 139 141 13 8 5 293 147 146
Total 768 390 378 301 160 141 1069 550 519
Fuente: Nomenclator Insti tuto Nacional de Estadística
En 1930, el núcleo de Sierra Engarcerán reunía alrededor del 55 % de la
población, siendo la población dispersa de su área de influencia inmediata
relativamente escasa (3 % del total municipal).
Por su parte, Els Ibarsos ya se había diferenciado como núcleo de referencia en
su área de influencia (sur del corredor de La Barona - Sant Mateu). Con 182
habitantes representaba el 7,9 % de la población en el munic ipio y el 47 % de su
área de influencia.
En la zona norte del corredor de La Barona - Sant Mateu, con una representación
poblacional importante en el ámbito municipal (28,5 %) no se había def inido
ningún núcleo de referencia, siendo Rosildos la cuarta agrupación de población
por número de habitantes.
A estas tres áreas poblacionales se añaden otras bien diferenciadas en el tercio
norte del término, como son Les Deveses y Els Malladàs vinculadas
respectivamente a la población de Serratella y al norte del cor redor, y Els
Dumenges situada en las laderas meridionales del pico Zaragozá y vinculada al
área de Sierra Engarcerán.
A las anteriores se unen otras áreas articuladas a zonas aluviales de los
barrancos que drenan hacia el corredor de Les Coves, como son el área del
barranc del Toll y su afluente el barranc dels Masos, cuyas principales partidas en
los años 30 son el Toll (28 habitantes), els Massos (26 h), les Mosqueres (45 h) y
l ’Estela (25 h); la cabecera del barranc de Xufardo cuyas principales partidas son
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 23
Les Figueretes (26 h), la Bassa dels Povils (32 h) y els Vilarets (22 h); y el área
del barranc de Covarxo, cuyas principales partidas son el Mas d’en Coll (55 h), la
Font de Beca (21 h) y el Mas de Montino (73 h). Existiendo otras partidas menos
pobladas repartidas por el resto del término municipal.
El área del barranc de Covarxo y la zona meridional del barranc del Toll llegaron a
desarrol lar servicios comunales propios (escuelas, ermitas, bodegas y molinos)
ante la dificultad de comunicaciones con l a capital municipal y el resto de núcleos,
manteniendo cierta vinculación con el núcleo urbano de Benlloch.
Esta estructura poblacional se mantuvo hasta la década de los años 50, con una
pérdida de población moderada, situada en torno al 21 % en el periodo 1930 -
1955 para la población no incluida en las áreas de influencia directa de los tres
núcleos principales.
Durante la década de los 70 se produce una importante pérdida de población
dispersa que alcanza el 41 % en el periodo 1955 - 1975, con despoblamiento total
de muchas de las partidas, incluyendo las áreas de influencia de Sierra
Engarcerán e Ibarsos. El modelo poblacional disperso persiste sólo en las partidas
de les Deveses, la zona del barranc de Covarxo (partidas del Mas de Patarrum,
Mas de Montino y la Font de Beca) y el norte del corredor de La Barona - Sant
Mateu, donde Els Rosildos inicia su consolidación como núcleo de referencia,
posicionándose por primera vez como núcleo con mayor número de habitantes
(82) aunque sólo algo por encima de Pujols de Dalt (70 habitantes).
EVOLUCIÓN ABSOLUTA DE LA POBLACIÓN POR Z ONAS (habitantes)
AÑO 1930 1955 1975 1989 2002 2006
Dispersa norte (A) 167 100 22 13 0 0
Dispersa Rosi ldos (B) 612 494 431 329 287 242
Dispersa Sierra Engarcerán ( C) 67 72 25 2 3 8
Dispersa or la Sierra Engarcerán (D) 221 190 80 17 5 5
Dispersa Ladera a corredor Coves (E) 327 286 119 45 36 37
Dispersa Ibarsos (F) 204 118 63 18 9 9
Total área Ros ildos 657 585 513 414 386 370
Total área Sierra Engarcerán 1.265 984 594 431 373 330
Total área Ibarsos 386 294 258 313 341 369
Total T érmino munic ipal 2.308 1.863 1.365 1.158 1.100 1.069
EVOLUCIÓN PORCENTUAL DE LA POBLACIÓN POR Z ONAS (1930 = 100)
AÑO 1930 1955 1975 1989 2002 2006
Dispersa norte (A) 100,0 59,9 13,2 7,8 0,0 0,0
Dispersa Rosi ldos (B) 100,0 80,7 70,4 53,8 46,9 39,5
Dispersa Sierra Engarcerán ( C) 100,0 107,5 37,3 6,7 8,9 11,9
Dispersa or la Sierra Engarcerán (D) 100,0 86,0 36,2 7,7 2,3 2,3
Dispersa Ladera a corredor Coves (E) 100,0 87,5 36,4 13,8 11,0 11,3
Dispersa Ibarsos (F) 100,0 57,8 30,9 8,8 4,4 4,4
Total Rosi ldos 100,0 89,0 78,1 63,0 56,0 56,3
Total Sierra Engarcerán 100,0 77,8 47,0 34,1 27,0 26,1
Total Ibarsos 100,0 76,2 66,8 85,1 88,3 95,6
Total T érmino munic ipal 100,0 79,5 59,1 50,2 47,7 46,3
Tasa anual pérdida -- 0,82 1,02 0,63 0,19 0,35
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 24
En la actualidad, el modelo poblacional disperso sólo persiste en el área del
barranc de Covarxo, donde las partidas de Mas d’en Coll, la Font de Beca, Mas de
Montino, Mas de Patarrum, Mas dels Macos y Mas de Collet reúnen en torno a los
40 habitantes, y en el norte del corredor de La Barona Sant Mateu, donde la
población no adscrita al núcleo principal es de 242 habitantes f rente a los 128 que
residen en el núcleo de Rosildos.
Evolución de la población por zonas
0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
1.000
1.100
1.200
1.300
1.400
1930 1955 1975 1989 2002 2006
Año
Hab
itan
tes
Dispersa norte (A)
Dispersa Rosildos (B)
Dispersa Sierra Engarcerán ( C)
Dispersa orla Sierra Engarcerán (D)
Dispersa Ladera a corredor Coves (E)
Dispersa Ibarsos (F)
Total Rosildos
Total Sierra Engarcerán
Total Ibarsos
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 25
Actividad económica.
La activ idad económica del municipio incluye diversos talleres y comercios, así
como una cooperativa agrícola, una fábrica de piensos, dos oficinas bancarias y
otros servicios a la población.
Puede destacarse la activ idad hostelera con un total de 10 establecimientos de
restauración que agrupan 692 plazas y diversos alojamientos que incluyen un
apartamento con 6 plazas y 12 casas rurales con un total de 93 plazas, activ idad
esta última que ha mostrado una progresión significativa durante los últimos años.
Entre las activ idades extractivas, cabe mencionar la existencia de dos
explotaciones de áridos asociadas al cauce de la Rambla Carbonera.
La agricultura en el municipio es casi en su totalidad de secano, ocupando 3.672,4
hectáreas lo que supone cerca de la mitad de la superfi cie municipal (44,76 %).
Los datos de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, referidos a
tierras labradas en activo, recogen una superficie úti l para las explotaciones de
2.320 hectáreas para el año 2005 de las que 2.302 (99,2 %) corresponde n a
secano y las 18 restantes a regadío.
El principal cultivo es el almendro, con 1.721 hectáreas (sólo una en regadío),
seguido del olivo para almazara con 525 hectáreas, todas ellas de secano. La
suma de ambos cultivos supone el 96,8 % de la superficie agrícola útil en el
municipio.
Entre los restantes cultivos pueden destacarse la labor intensiva de secano que
incluye cultivos forrajeros y patata, entre otros, con una superficie agrícola útil de
22 hectáreas; diferentes hortalizas que se cultivan tanto en secano (12 Has.) como
en regadío (13 Has.); escasos f rutales en secano (manzano, ciruelo y melocotón)
con un total de 4 hectáreas; uva de transformación, con 5 hectáreas y algarrobo
con otras 13, si bien la representación de este último puede ser mayor s i se
contabilizan pies dispersos imbricados en el marco de otros cultivos de secano.
La evolución interanual evidencia una moderada disminución de la superficie
cultivada que ha supuesto la pérdida de 43 hectáreas en los últimos 6 años (1,8
%), que ha afectado principalmente a los cultivos herbáceos ( -42,2 %), las
hortalizas (-39,0 %) y el v iñedo (-50 %), así como al regadío en general que ha
pasado de 31 a 18 hectáreas con pérdida del 41,9 % de la superficie.
DISTRIBUCIÓN DE SUPERFICIES CULTIVADAS (Has . )
CULTIVO 2000 2002 2003 2004 2005
Sec Reg Total Sec Reg Total Sec Reg Total Sec Reg Total Sec Reg Total
Cereales 42 3 45 36 6 42 36 6 42 36 6 42 22 4 26
Hor tal izas 14 27 41 14 27 41 14 27 41 14 26 40 12 13 25
Frutales 1.745 1 1.746 1.745 1 1.746 1.740 1 1.741 1.730 1 1.731 1.730 1 1.731
Olivo 521 0 521 521 0 521 521 0 521 525 0 525 525 0 525
Algarrobo 10 0 10 10 0 10 13 0 13 13 0 13 13 0 13
TOTAL 2.332 31 2.363 2.326 34 2.360 2.324 34 2.358 2.318 33 2.351 2.302 18 2.320
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Por otra parte, se observa un moderado incremento de la superficie destinada al
olivo, con ganancia de 4 hectáreas (+0,77 %) y al algarrobo, con ganancia de 3
hectáreas (+30 %).
En cuanto a la ganadería, en el municipio se mantienen 4.448 unidades
ganaderas, con predominio del ganado porcino en régimen intensivo que reúne el
81,14 % de las unidades ganaderas del municipio, seguido del aviar con un 14,4
%. Otras cabañas representadas son el ovino - caprino con 147 unidades
ganaderas y el bovino con 47.
La activ idad ganadera del municipio puede considerarse de intensidad moderada
respecto a los municipios de su entorno, encontrándose muy por debajo de
municipios vecinos como Les Coves de Vinromá, Vall d’Alba o Albocàsser.
GANADERÍA EN UNIDADES GANADERAS (UG)
Munic ip io Bovinos Ovinos Caprinos Porc inos Equinos Aves Conejas Total
Albocàsser 150 374 112 11.809 2 1.415 1 13.863
Benl loch 0 834 137 4.438 3 84 0 5.496
Les Coves de Vinromá 176 195 64 17.302 5 3.598 12 21.352
Culla 91 487 172 3.322 26 966 18 5.082
Sarratella 50 26 5 121 1 1 2 206
Sierra Engarcerán 47 123 24 3.609 2 641 2 4.448
Les Useres 70 177 93 7.885 11 2.589 2 10.827
Vall d'A lba 6 470 53 11.336 9 2.244 19 14.137
Vilanova d'A lcolea 16 10 38 6.108 210 665 6 7.053
Total 606 2.696 698 65.930 269 12.203 62 82.464
Fuente: Insti tuto Nacional de Estadística. Censo agrario 1999
La activ idad del sector primario cuenta en el municipio con 94 trabajadores en alta
laboral, lo que representa el 37,9 % del mercado laboral local, observándose una
tendencia al alza en cuanto al número absoluto de trabajadores desde el año 2000
al 2002, con un aumento neto de 11 altas en seguridad social, aunque el sector ha
experimentado una pérdida de representativ idad pasando desde el 39,5 % al 37,9
% actual.
Vías de comunicación e infraestructura energética.
La principal vía de comunicación en el municipio es la CV – 15, carretera que
enlaza La Pobla Tornesa con Vilafranca siguiendo el trazado del corredor de La
Barona Sant Mateu. En torno a esta v ía de comunicación se encuentran dos de los
tres principales núcleos de población del municipio (Els Ibarsos y Els Rosildos).
En el lado opuesto de la sierra, fuera del término municipal, se encuentra la
carretera CV – 10, que constituye un importante corredor pos - l i toral que enlaza
la carretera nacional N – 232 de Vinaròs a Alcañiz con Castel lón de la Plana.
El núcleo principal presenta comunicaciones deficientes, enlazando a través de la
CV – 155, ti tularidad de la Diputación Provincial, con la CV – 15 a la altura de
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Rosildos o, hacia el sur con la población de Benlloch, a través de la cual se enlaza
con la CV – 10 o con la CV – 15 por Vall d’Alba.
La intensidad de tráfico en la red de carreteras local se centra en las dos grandes
vías (CV – 10 y CV – 15) que reúnen el 77,4 % de los desplazamientos medios
diarios, y en el entorno de Benlloch con el 19,6 % de los desplazamientos.
INTENSIDAD MEDIA DIARIA DE TRÁFICO
Carretera Enlaza IMD (vehículos día)
CV – 10 N – 232 / Castellón de la P lana 4.996
CV – 15 Pobla T ornesa/ Vi laf ranca 2.670
CV – 155 Sierra Engarcerán / Benlloch 288
CV – 154 La Sarratella / Benlloch 84
Ciclo del agua.
El suministro de agua en el municipio se realiza a partir de captaciones de aguas
subterráneas obtenidas de los pozos Ibarsos 1 y 2, que explotan niveles acuíferos
calizos del Subsistema Maestrazgo (55-3) complementadas con otras de
manantiales situados en las inmediaciones del núcleo de Sierra Engarcerán
cuantitativamente menos importantes.
CAPTACIONES Y CAUDALES (m3/año)
Nombre Caudal 2.003 Caudal max. disponible
Pozo Ibarsos1 55.527 300.000
Pozo Ibarsos 2 240.065 500.000
Manantial Font de la Umbría 2.133 2.133
Manantial Font D ichos 5.367 5.367
TOTAL 303.092 807.500
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A la infraestructura de suministro se añaden 7 depósitos con una capacidad de
almacenamiento conjunta de 3.770 m3 equipados con tuberías de conexión entre
las captaciones y depósitos que permiten la distribución de agua entre los
diferentes núcleos de población y población dispersa.
El consumo durante el año 2003 ha sido de 210.023 m3, lo que supone un
consumo promedio de 575,40 m3/día, con un consumo punta anual de 1.074 m
3/día
alcanzado el día 2 de agosto.
La depuración de las aguas residuales urbanas se asegura mediante tres
depuradoras situadas junto a los núcleos principales de población: de puradora de
Sierra Engarcerán, situada en las proximidades del casco urbano junto al Barranc
del Toll con caudal de proyecto de 87 m3/día, depuradora de Els Ibarsos, situada
entre el núcleo urbano y la Rambla Carbonera con caudal de proyecto de 123,8
m3/día y depuradora de Els Rosildos con caudal de proyecto de 81 m
3/día.
Gestión de residuos.
Sierra Engarcerán está incluida en la Zona I, área 5 del Plan Integral de Residuos
de la Comunidad Valenciana.
En la actualidad, la recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos no
clasificados se realiza por la empresa FCC Medio Ambiente S.A. que deposita los
residuos en el vertedero controlado de Tales, propiedad de la Diputación
provincial.
3.3. Patrimonio.
El núcleo urbano de Sierra Engarcerán cuenta con div ersos inmuebles de interés
patrimonial, entre los que pueden mencionarse el Palau Casalduch gótico del siglo
XVI (actual ayuntamiento), la Casa del Bisbe Beltrán con azulejos cerámicos del
siglo XVIII, la iglesia parroquial de San Bartolomé estilo barroco de los siglos XVII
y XVIII, la antigua lonja (actual hogar del jubilado) y la nevera. En el núcleo de
Ibarsos puede destacarse la capilla dels Desamparats. Fuera del núcleo urbano se
encuentran los siguientes elementos patrimoniales:
Yacimientos arqueológicos.
El inventario de yacimientos arqueológicos del Área de Patrimonio Cultural de la
Consellería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana recoge
tres yacimiento en el municipio de Sierra Engarcerán.
Tossal de la Vila.
Situado en la cima del tossal homónimo al este del casco urbano de Sierra
Engarcerán. Se trata de un poblado de edad del bronce datado en el segundo
milenio antes de cristo.
El Castellar.
Situado el este del término municipal en una cota de 612 metros. Se trata de un
poblado ibérico no datado cronológicamente.
Abric d’en Meliá.
Balma con grabados rupestres del paleolítico superior situado en el margen
izquierdo del Barranco de la Guitarra.
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Bienes de relevancia local.
Ermita de Sant Miquel.
Ermita construida a principios del XVIII que conserva muestras pictóricas de
elevado valor artístico.
Roure Valencia.
Ejemplar de quejigo o roble valenciano (Quercus faginea ssp. Valentina) al que
se atribuye como ejemplar tipo para la primera descripción hecha de esta
especie por el botánico Cabanilles. El colegio de farmacéuticos de Castellón
adquirió este ejemplar y la parcela donde se encuentra en el año 1945, con
motivo del segundo centenario de la muerte de Cabanil les. Actualmente el
ejemplar se encuentra en parcela rodeada de un muro y con puerta de acceso
cerrada en las proximidades del núcleo urbano de Sierra Engarcerán.
Cova Santa.
Cueva incluida en el catálogo de cavidades de la Comunidad Valenciana, de
origen cárstico situada a 550 metros de alti tud en la partida del Mas de Gaspa r,
con un recorrido de 110 metros la boca de acceso se halla modificada para la
instalación de una reja.
Vías Pecuarias.
Las vías pecuarias catalogadas en el municipio tienen una longitud conjunta
superior a los 60 km y una superficie aproximada, incluyendo los tres
descansaderos existentes, de 147 hectáreas, lo que supone alrededor del 1,8 %
de la superficie del término municipal.
La red de vías pecuarias de Sierra Engarcerán presenta numerosos elementos
asociados, entre los que destacan los muros laterales que definen buena parte
de su recorrido, los tres descansaderos de las inmediaciones de Rosildos y
diversos abrevaderos.
CATÁLOGO DE VÍAS PECUARIAS EN SIERRA DE ENGARCERÁN
Cód. Nombre Longitud (m) Ancho legal (m) Superficie (has.)
1 Vereda Real 14.550 37,61 54,72
2 Pas de la Bodega 1.100 20,89 2,30
3 Azagador de Bassanova 4.500 5,00 2,25
4 Paso Real de l ’Argila 4.200 20,89 8,77
5 Paso del Camí les Ombr ies 3.500 8,00 2,80
6 Paso de la Bassa del Bosch 6.000 9,00 5,40
7 Paso del Malladas 10.000 37,61 37,61
8 Paso camino de Castellón 7.000 20,89 14,62
9 Paso del Montino 7.000 10,00 7,00
10 Azagador de cap de terme 2.800 20 a 40 8,40
TOTALES 60.600 --- 143,87
Descansadero Mas d ’En Gil 300 1,00
Barranco de Rosildos 200 1,00
Descansadero de C assetes 200 1,00
TOTALES 61.300 146,87
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4. ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES Y PROCESOS
CON INCIDENCIA EN EL PAISAJE.
4.1. Actividades existentes con incidencia en el paisaje.
Ganadería intensiva.
Entre las estrategias adoptadas para adaptar la activ idad agropecuaria a los
nuevos tiempos se encuentra la modificación de las prácticas ganaderas, que ha
supuesto el abandono de las antiguas infraestructuras integradas en el paisaje
(veredas, apriscos, abrevaderos, refugios...) y la introducción en las
inmediaciones del núcleo de Sierra Engarcerán y en el corredor de la Barona -
Sant Mateu de granjas intensivas discordantes con el entorno por su forma y
volumen, así como por su acabado externo y condiciones del entorno inmediato.
Actividades extractivas.
Sólo se ha identif icado la explotación de gravas para la obtención de áridos de
construcción en la rambla Carbonera. El impacto sobre el paisaje, aunque
apreciable desde las proximidades debido a la producción de polvo, acopio de
materiales y acumulación de enseres y maquinaria, se ve muy aminorado en el
conjunto del paisaje por la posición semioculta en cota baja que ocupan.
Turismo rural.
Durante los últimos años han sido rehabili tados algunos masos para su uso como
alojamiento rural.
Energías alternativas.
Recientemente se ha instalado una planta fotovoltaica en el municipio iniciándose
así una nueva activ idad con potenciales efectos adversos sobre el paisaje.
Por otra parte, el municipio se incluye en la zona 5 del Plan Eólico de la
Comunidad Valenciana.
Gestión de residuos.
La adscripción del municipio en un sistema mancomunado de gestión de residuos
ha permitido la clausura de los antiguos vertederos de basura.
En las proximidades del núcleo de Sierra Engarcerán se ha identif icado un
vertedero de inertes y voluminosos de escasa superficie y potencial de
visualización.
Gestión del agua.
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La dispersión de la población hace necesaria la multiplicidad de infraestructuras
para la captación, almacenamiento, conducción y saneamiento del agua (pozos,
depósitos, depuradoras) con efectos potenciales sobre el paisaje.
4.2. Procesos y tendencias con incidencia en el paisaje.
Cambios en el modelo de poblamiento.
El histórico modelo de explotación del territorio en el municipio favoreció la
proliferación del hábitat rural disperso, organizado en torno a los masos aislados o
formando pequeñas agrupaciones que actuaban como centros de explotación de
terrenos de amplitud variable destinados al policultivo, pastoreo y extracción de
leñas, propio de la economía de autoabastecimiento. Este modelo ha dado lugar a
una densidad relativamente elevada de edificación dispersa y de elementos de
arquitectura rural (muros, fuentes y abrevaderos, refugios, etc.).
Con la excepción de las áreas de Rosildos y Collet - Montino, se ha producido un
abandono progresivo de los hábitats rurales dispersos como consecuencia de la
quiebra del modelo económico que los originó. En la actualidad, la mayor parte de
los masos se encuentran abandonados o no habitados; abandono que también ha
afectado a las tierras de cultivo menos productivas o peor comunicadas.
Abandono de cultivos.
El abandono de tierras de labor y la disminución de la transitabilidad y presencia
humana en el medio rural, junto con la desaparición de activ idades de pastoreo,
incrementan el riesgo de incendios forestales.
Igualmente, se produce un aumento de la superficie forestal a expensas de
cultivos abandonados y un potencial riesgo de erosión o resti tución de topografía
original según casos debido al deterioro de abancalamientos.
Cambios en las técnicas constructivas.
El entorno inmediato de los masos abandonados tiende a una homogeneizado
progresiva con el entorno. Por el contrario, los masos habitados o los que no
estándolo siguen en activo por ser uti lizados como apoyo a las labores del cam po,
aumentan su contraste con el entorno debido al empleo de materiales y técnicas
modernas en las reformas y ampliaciones, proceso que se hace extensivo a las
abundantes estructuras de piedra en seco existentes en el terri torio,
particularmente a los muros de abancalamiento.
Mejora de las comunicaciones.
La mejora de comunicaciones en los corredores pos-l itorales de la provincia,
(transformación de la CV-10 en la autovía de La Plana, construcción del
aeropuerto de Vilanova d’Alcolea) y la creación de infraestructuras (centro
penitenciario de Albocacer) favorece el proceso de reubicación de población y
activ idad en estos corredores permitiendo equil ibrar la provincia que, durante el
último medio siglo, ha concentrado todo el desarrollo en las planas litorale s.
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En este contexto, Sierra Engarcerán se perfila como municipio de montaña con
importantes recursos forestales y paisajísticos, a lo que se une un modelo de
poblamiento tradicional todavía funcional y coherente con el entorno, que da
muestra de su vocación terciaria a través de la creciente implantación de
alojamientos rurales.
Por otra parte, la zona sur del corredor, cada día mejor comunicada con los
centros de activ idad de la provincia, favorece la rápida consolidación del núcleo
de Ibarsos, en parte a expensas de la población dispersa, pero también como
receptor neto de población inmigrante atraída por la creciente activ idad económica
en la zona.
4.3. Plan General Urbanístico.
El nuevo Plan General de Sierra Engarcerán pretende ser coherente con las
tendencias detectadas sentando las bases necesarias para facil itar el
mantenimiento de su modelo de poblamiento y la protección de sus recursos
naturales, sin renunciar a una expansión residencial moderada y a la
consolidación de activ idades económicas en las zonas más aptas para el lo.
Los objetivos que se desprenden del análisis del Plan General pueden concretarse
y resumirse como sigue:
1. Atender las necesidades de crecimiento de la población a corto plazo.
Se amplía moderadamente el suelo urbano acomodándose a las necesidades
inmediatas de crecimiento de cada núcleo.
2. Atender las potenciales necesidades de población a medio y largo plazo.
Se establecen siete sectores de suelo urbanizable cuyas dimensiones se
adaptan a las expectativas de crecimiento de cada núcleo y cuyo
emplazamiento se el ige siguiendo criterios funcionales.
3. Facilitar el mantenimiento del modelo de poblamiento.
Se establecen ordenanzas especiales para el suelo no urbanizable en su
categoría C2, que permiten la ampliación de las viviendas en núcleos históricos
catalogados y la construcción, en éstos, de otras nuevas con limitación de su
número, ubicación y condiciones de edificabilidad.
4. Facilitar el mantenimiento de la tipología tradicional de la vivienda.
Las condiciones de edificabilidad en núcleos históricos favorecen la
conservación de los tipos arquitectónicos tradicionales.
5. Proteger los recursos naturales destacados en el municipio.
El Plan General establece cuatro categorías de suelo no urbanizable de
especial protección dirigidas a la conservación de elementos del patrimonio
natural y cultural en el municipio: protección ecológica y paisajística, protección
del dominio público hidráulico, protección del patrimonio arqueológico y
etnológico y protección de vías pecuarias.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 34
6. Facilitar la implantación de activ idad industrial.
El Plan General establece una superf icie de 9.118 m2 de suelo urbano industrial
que se añaden a los 10.445 m2 existentes, lo que permite la instalación de
activ idades económicas necesaria para la diversifi cación económica del
municipio.
Ordenación propuesta.
La ordenación de los tres núcleos de población establece el suelo urbano
consolidado, el suelo urbano de próximo desarrollo y el suelo urbanizable bajo la
figura de Sector.
Cada uno de los tres núcleos incluye ampliaciones del suelo urbano para cubrir las
necesidades a corto plazo y uno o varios sectores que deben ser considerados
como reservas de suelo para cubrir las necesidades residenciales a medio y largo
plazo.
La asignación de suelo urbanizable en los diferentes núcleos de población
obedece a las tendencias de crecimiento que muestra cada uno de ellos y a las
previsiones establecidas que resultan en un aumento poco significativo en el
núcleo principal y una expansión moderada en Rosildos, concentrándose el
crecimiento poblacional en el núcleo de Ibarsos, donde también se consolidaría
una activ idad industrial de pequeña escala.
DISTRIBUCIÓN DE Z ONAS DE ORDENACIÓN (m2)
Z ONA SIERRA E. ROSILDOS IBARSOS MUNICIPIO TOTAL
R0 32.504 32.504
R1 (res. Intensiva) 38.893 76.050 114.943
R2 (res. extensiva) 5.564 5.564
TER 1.457 1.457
IND 19.563 19.563
ZV 6.366 3.377 6.779 16.522
DOTACIONAL 4.635 4.946 13.871 23.452
VIALES 22.012 22.404 61.069 105.485
S1 12.689 12.689
S2 16.986 16.968
S3 10.384 10.284
S4 16.718 16.718
S5 28.938 28.938
S6 27.834 27.834
S7 12.458 12.458
SNU – PP 24.336.700 24.336.700
SNU – PH 3.503.684 3.503.684
SNU – PA 56.628 56.628
SNU – PVP 1.137.923 1.137.923
SNU – PC 1.222.160 1.222.160
SNU - C 52.207.408 52.207.408
TOTAL 78.206 96.990 270.301 82.464.503 82.910.000
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La superficie de suelo urbano actualmente consolidada en el municipio es de
331.707 m2, y la superf icie conjunta de suelo urbano y urbanizable recogido en las
NNSS vigentes es de 388.633 m2. El nuevo Plan general propone una superficie
conjunta para suelo urbano y urbanizable de 445.487 m2, lo que supone un
incremento del 34,3 % respecto al suelo urbano consolidado, del 14,6 % respecto
al suelo urbano y urbanizable contemplado en las NNSS y el 0,54 % de la
superficie total del término municipal.
Respecto a los criterios de ordenación y ubicación de los nuevos sectores, se han
seguido criterios funcionales según las necesidades específicas de cada núcleo.
Ordenanzas con incidencia sobre el paisaje.
Artículo 16. Condiciones de la edificación.
Condiciones de seguridad, salubridad y ornato público:
Los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones, terrenos, jardines,
instalaciones y carteles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad,
salubridad y ornato, debiendo realizar, a tal f in, las obras de mantenimiento,
reparación o reposición que resulten necesarias.
Se deberán mantener las fachadas l impias y correctamente pintadas,
reponiendo los materiales de revestimiento cuando sea preciso. En ningún caso
se concederá el f inal de obras si las fachadas no están completamente
acabadas y pintadas en su caso.
Los solares deberán ser mantenidos l impios y sin vegetación, vallados con
cerramiento de 2 metros de altura mínima, cercando la al ineación oficial con
valla de resistencia adecuada que no desdiga la estética del vial.
Las obras de nueva planta, derribo o reforma, deberán ser val ladas con las
debidas condiciones de protección y seguridad.
Artículo 17. Medidas de protección sobre contaminación.
Se prohíbe el vertido de cualquier tipo de material inerte industrial o urbano, en
lugares inadecuados y fuera de los ámbitos indicados para ello.
Artículo 37. Ordenanzas Zona de Suelo No Urbanizable Común (SNU. -C.)
Se definen dos modalidades con objeto de tratar específicamente los hábitats
rurales dispersos habitados actualmente (SNU-C2).
SNU.-C1. Común Grado 1.
Incluye, de forma genérica, la gran masa de suelo con uso y aprovechamiento
agrícola y ganadero que, de acuerdo con el modelo socio-económico y
terri torial así adoptado, debe permanecer adscrita a estos usos primarios y, a la
vez, quedar excluidos o preservados del proceso urbanizador.
SNU-C2. Común Grado 2.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 36
Comprende pequeños ámbitos cuyas características especiales justif ican un
tratamiento diferenciado del calif icado como C1. Corresponde a los
asentamientos rurales tradicionales e históricos que existen en el término
municipal.
Como usos dominantes se asignan el agrícola (intensivo y extensivo) y el
ganadero (intensivo y extensivo).
Como usos permitidos se contemplan los estipulados en la Ley 10/2004 del Suelo
No Urbanizable.
Casetas para guardar aperos de labranza o pequeña maquinaria agrícola;
superficie máxima de 50 m2 y altura máxima de 2,50 mts., sin la necesidad de
que la finca tenga 10.000 m2.
Quemaderos, pequeñas balsas e instalaciones para riego.
Construcciones e instalaciones vinculadas al uso agrario, ganadero, forestal o
cinegético; al menos la mitad de la parcela deberá quedar libre de edifi cación o
construcción y mantenerse en su uso agrario o forestal o con sus
características naturales propias. La parcela mínima tendrá una superficie de
5.000m2.
Dotaciones específicas relacionadas con la captación, depuración del agua y su
ciclo, así como las relacionadas con las telecomunicaciones, sus antenas y
repetidores.
Instalaciones relacionadas con la producción eléctrica mediante energía eólica.
Instalaciones fotovoltaicas.
Canteras de piedra natural para la construcción.
Centrales hormigoneras, cementeras y de tratamiento de gravas que no
superen los 5.000 m2. de superficie, y que al menos queden alejadas de los
cascos urbanos 2.000 m.
Las granjas e instalaciones agropecuarias de nueva implantación, reguladas por
la LSNU, deberán quedar alejadas del límite de suelo urbano de uso residencial
1.000 m y a 200 m de viviendas aisladas diseminadas o asentamientos rurales
tradicionales, aunque se permiten ampliaciones de las existentes de hasta un
30% de las unidades de ganado autorizadas a la fecha de l a aprobación de este
Plan General, siempre que estén a más de 500 metros del límite de suelo
urbano residencial. Se excluyen de este ámbito a los núcleos urbanos
diseminados del SNU-C2.
Viviendas, en las condiciones fijadas en apartados posteriores y aquel las
pertenecientes a los ti tulares de las explotaciones agrarias.
Activ idades derivadas de las agrarias, como viveros y centros de jardinería.
Activ idades agroindustriales especialmente molestas e insalubres que no
tengan cabida en suelo industrial.
Como usos prohibidos se menciona de forma explícita los siguientes:
Vertidos no controlados.
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Depósitos de purines, diferentes de los de las propias explotaciones ganaderas,
bien individuales o resultantes de la concentración de purines procedentes de
varias explotaciones, promovidos por sus ti tulares o por las Administraciones
Públicas. Para la implantación de estos últimos, se deberá contar con un
informe favorable de la Consellería de Agricultura.
Viviendas en suelo no urbanizable. Núcleo de población.
En el Suelo No Urbanizable se permitirá la construcción de edificios aislados
destinados a vivienda unifamiliar para las siguientes categorías y con las
condiciones que se enumerarán posteriormente:
I.- Suelo No Urbanizable Común 1 (SNU-C1)
Los parámetros urbanísticos y demás requerimientos para la implantación de
viviendas son los siguientes:
I.1. Vivienda aislada y famil iar:
Deberán asentarse sobre fincas legalmente parceladas, de superficie mayor o
igual a 10.000 m2, con una ocupación de parcela menor o igual a l 2 % de su
superficie. El resto de finca habrá de estar y mantenerse con sus
características naturales propias.
Tan sólo podrá edificarse cuando en un círculo de 200 metros de radio con
centro en la vivienda en cuestión, no concurran más de tres viviendas excluida
aquella que pretenda realizarse.
Se sujetarán a una edificabilidad máxima de 0,04 m2t/m2s sobre parcela, con
un máximo de dos plantas (baja+1) y 7 metros de altura máxima de cornisa. Por
encima de la altura de cornisa se admitirán solo cubiertas incl inadas de teja.
Se permiten los servicios complementarios de la vivienda familiar sin obra de
fábrica sobre rasante natural, cuya superficie no exceda a la ocupada por la
edificación.
La vivienda deberá situarse a más de 500 metros de los suelos urbano s o
urbanizables, respetando, en su caso, las distancias reglamentarias siguientes
a carreteras o caminos:
- Carretera de red básica: 25 m. desde el arcén.
- Carretera de red secundaria: 18 m. desde el arcén.
- Resto de carreteras y caminos municipales: 3 m. desde el arcén.
Las edificaciones se situarán a más de 8 metros de los l indes de la finca, salvo
que ya existieran otras anteriores, sobre las que se pretenda actuar mediante
ampliación y/o rehabili tación total o parcial. En este caso los cuerpos de nueva
planta deberán respetar 3 ó 6 m. de distancia a vecinos, según ejecute 1 ó 2
plantas (baja ó baja+1); las antiguas edif icaciones que no modifiquen su
envolvente quedarán sujetas a las prescripciones correspondientes del Código
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Civil (medianerías, luces, vistas, plantaciones, lindes mancomunados, etc.) y
podrán incorporarse como parte de la vivienda.
Se exige la previsión suficiente de abastecimiento de agua potable y la
completa evacuación, recogida y depuración de los residuos y aguas
residuales, con coste a cargo del propietario de la vivienda famil iar y aislada.
I.2. Vivienda rural vinculada a explotación agrícola:
Las explotaciones agrarias podrán contar con una vivienda asociada al titular
de la explotación, siempre y cuando se acredite su necesidad.
La vivienda rural aislada y vinculada a la explotación agrícola, cumplirá las
mismas determinaciones establecidas en el apartado anterior.
No obstante, mediante informe favorable de la Consellería competente en
materia de agricultura, podrá eximirse justif icadamente a dichas viviendas
rurales del cumplimiento de dichos requisitos, debiendo en todo caso guardar
proporción con su extensión y características y quedar directamente vinculadas
a las correspondientes explotaciones agrícolas.
II.- Suelo No Urbanizable Común 2 (SNU-C2).
La zona núcleos rurales-históricos se configura por la necesidad de ordenar y
completar pequeños núcleos rurales existentes, con una ordenación por
edificación aislada, la tipología edificatoria de bloque exento y el uso global
residencial.
Se establecen los requerimientos específicos siguientes:
a) Podrán construirse viviendas de nueva planta de modo que se puedan
consolidar el perímetro y los huecos existentes en el núcleo, con un máximo de
incremento del 50% sobre el número de viviendas existentes.
b) Podrán acondicionarse, reedificarse, rehabili tarse y ampliarse las viviendas
existentes con la finalidad de permitir que cumplan las normas de habitabil idad
y diseño en el ámbito de la Comunidad Valenciana (HD). Caso de proyectar,
además, alguna ampliación, ésta no superará el 20% de la edificación
existente, manteniéndose en todo momento la parcelación tradicional propia del
asentamiento originario y respetando el arbolado existente.
c) No se establece la condición de núcleo de población.
Ordenanzas particulares
Las al ineaciones serán modificables mediante Estudios de Detalle.
Nº máximo de plantas: 2 (baja+1)
Altura máxima reguladora: 7 m.
Se admiten cubiertas incl inadas. La cumbrera no podrá situarse a más de 3,50
metros sobre la altura de cornisa.
En las cubiertas inclinadas se permitirán, por encima de la altura de cornisa,
desvanes de la misma vivienda destinados a usos complementarios agrícolas,
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ganaderos, forestal o cinegéticos. El arranque de los faldones de dichas
cubiertas se podrá situar como máximo a 1,50 m por encima de la altura de
cornisa. Se admitirá que el desván venti le e ilumine, mediante huecos en los
planos de las cubiertas inclinadas o mediante claraboya, lucernarios o ventanas
basculantes.
Se prohíben los áticos.
Sobre los planos que definen una cubierta inclinada solo se podrán levantar
elementos de ventilación (forzada y de humos) bajo la configuración de
chimeneas que en todo caso asegurarán la debida aspiración o salida adecuada
de humos.
Las claraboyas o lucernarios no superarán los 3 m2 de superficie en planta, sin
sobresalir más de 100 cm sobre el plano de cubierta.
Se permiten balcones con losa inferior de espesor menor a 15 cm.
Se permiten miradores acristalados únicamente con carpintería de madera
sobre carpintería metál ica o de madera con losa inferior de espesor menor a 15
cm.
Se permiten retranqueos de edificación siempre que las partes de medianera
vista queden debidamente revestidas y pintadas.
La edif icabilidad viene dada por los parámetros urbanísticos de altura máxima y
ocupación de parcela.
Condiciones estéticas
Se prohíben materiales no cerámicos o tipo terrazo, así como acabados
vidriados, brillantes y pulidos.
Quedan expresamente prohibidos los fibrocementos, las placas de chapa
metálica, así como los acabados vistos con láminas impermeabilizantes.
En claraboyas o lucernarios se permite la uti lización puntual de vidrios armados
y placas sintéticas traslúcidas (de plástico o de policarbonato) siempre que
sean planas y no onduladas.
Los elementos de ventilación (forzada y de humos) se ejecutarán bajo la
conf iguración de chimeneas, preferentemente con los materiales, acabados y
las formas constructivas tradicionales, como la teja y las rasillas.
Las fachadas deberán ser acordes con el entorno inmediato.
No se permiten los aplacados pétreos en fachadas completas; en cambio sí se
permiten fábricas de mampostería de piedra del lugar (ordinaria ó concertada)
en toda o parte de la fachada.
Quedan prohibidos, en general, los mármoles y granitos en fachadas así como
los acabados bri llantes, pulidos. Se permiten zócalos y plantas bajas aplacadas
con acabado abujardado.
Se tolera el enmarcado de huecos: con mampostería de piedra de rodeno
careada o concertada, con fábrica de rasi lla maciza (espesor menor de 35
mm.), con resaltados con revoco y/o color suave.
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Se permiten las fábricas de mampostería con acabado visto o encalado.
Igualmente se admiten enfoscados y revocos, a buena vista preferentemente,
con acabado pintado en blanco o encalado. Cualquier actuación en color deberá
contar con previa propuesta cromática gráfica incluida en el proyecto
correspondiente, admitiéndose solo tonos cremas y ocres claros.
Se propugna en general relación con el entorno inmediato mediante la
utilización de materiales autóctonos con sistemas constructivos tradicionales.
Quedan prohibidas las actuaciones superf iciales con colores vivos, puros o
estridentes.
Las medianerías tendrán el mismo acabado de la fachada y con idénticas
calidades.
Los huecos tendrán una mayor dimensión vertical frente a la horizontal.
Las carpinterías exteriores serán de madera, metálicas, pintadas o aluminio
anodizado en color oscuro.
Las defensas, rejas y barandil las recomendadas serán las tradicionales de la
zona.
Artículo 38 Ordenanza Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística y
Ecológica (SNU-PP).
Esta categoría engloba aquellos suelos del término municipal que, pese a la
antropización que presentan o las transformaciones que han sufrido, ofrecen un
valor natural actual o potencial de carácter paisajís tico, forestal o ecológico que
es merecedor de su conservación, gestión y mejora.
Como uso dominante se establece la protección del medio natural y esparcimiento.
Como usos permitidos se establecen los siguientes:
Forestal, de acuerdo a las siguientes condiciones:
La extracción se realizará por el método de entresaca, no pudiendo suponer
una reducción superior al 25% del número de ejemplares de porte arbóreo y
siempre que la cobertura arbórea en dicha superf icie sea mayor del 75%. En
ningún caso se autorizará esta explotación cuando las pendientes medias en la
zona en cuestión superen el 20 %. Asimismo, la concesión de l icencia de dicha
activ idad requerirá la presentación de un proyecto de explotación forestal,
suscrito por técnico competente, que deberá ser aprobado previamente por el
órgano autonómico correspondiente, previa a la sol icitud de licencia municipal.
La Apicultura.
Extracción de leñas.
Extracción de plantas medicinales y aromáticas, hongos, frutos comestibles o
de uso industrial.
Ganadería extensiva sujeta a la acotación de las áreas susceptibles de
explotación, carga ganadera asimilable y medidas para evitar el sobrepastoreo.
Apriscos para guardar el ganado.
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Dotacional en espacios l ibres. (Conservación del equilibrio natural o la mejora
de las condiciones para favorecer la progresión ecológica, mantenimiento o
conservación del medio natural)
Deportivo.
Socio-cultural: Educativos y de investigación, siendo compatible las activ idades
de mantenimiento de accesos y edif icaciones existentes y mejoras de éstas que
no afecten a los valores a proteger.
Vinculado a los usos dotacionales antes indicados, será compatible el uso
hostelero, en los l ímites y a través de los procesos que la legislación especifica
del suelo no urbanizable determina.
Cuando se justif ique la necesidad de instalarse en este tipo de suelo y se
autorice por el órgano medioambiental competente.
Protección y conservación del patrimonio arquitectónico rural.
Como usos prohibidos son los no autorizados expresamente además de
activ idades mineras y extractivas en general, y en concreto de arcillas.
Otras condiciones.
Podrá redactarse conjuntamente con éste, un Plan Especial de Conservación y
Protección del Paisaje y Reforestación, a fin de mejorar sus condiciones naturales
y paisajísticas y def inir criterios para la reposición de taludes, terrenos y su
cubierta vegetal.
La apertura, acondicionamiento y ampliación de viales deberá ceñirse a trabajos
de consolidación y mantenimiento, exceptuando medidas de prevención de
incendios forestales u otras de similares características de prevención de daños a
personas y bienes. En cualquier caso se respetará la tramitación de Impacto
Ambiental que le sea de aplicación.
Artículo 39. Ordenanza suelo no urbanizable de protección del dominio público hidráu lico
(SNU_PH).
Se define como Suelo No Urbanizable de Especial Protección Hidráulica aquel
suelo que se vincula a los cauces y espacios destinados al curso natural de
aguas, así como a sus ramblas, arroyos y barrancos principales del término
municipal, según establece la legislación en materia de Aguas, por su importante
valor natural y paisajístico, así como por su protección del medio y prevención de
inundaciones provocadas por las posibles avenidas de aguas en época de lluvia
Al suelo no urbanizable incluido en zona de afección de dominio público hidráulico
le será de aplicación su legislación y reglamentación específ icos debiéndose
cumplir las l imitaciones de uso que de el lo se deriven así como lo establecido en
el PATRICOVA y en las presentes Normas.
En este sentido se establecen las siguientes condiciones:
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El uso dominante en el Suelo No Urbanizable de Especial Protección Hidráulica
es el mantenimiento, conservación y regeneración de la vegetación y
potenciación de los valores medioambientales ligados con el ciclo del agua.
Todos los cauces públicos y privados deberán mantenerse expeditos. No se
autorizará su aterramiento o reducción sin que exista un proyecto aprobado por
el órgano competente que plantee solución alternativa que garantice el discurso
normal de las aguas. Cuando se plantee acción alternativa que modifique o
suprima cauces públicos, no se aprobará def initivamente el proyecto hasta la
desafección del terreno público.
Se define como Suelo No Urbanizable afectado por Riesgo de Inundación , el
graf iado como tal por el PATRICOVA y el así delimitado por el plano de
ordenación con la clasificación del suelo. En este suelo se cumplirán las
determinaciones f ijadas en la legislación correspondiente y en el PATRICOVA.
Artículo 40. Ordenanza suelo no urbanizable de protección del patrimonio
arqueológico y etnológico (SNU-PA).
Queda reflejada en los planos de Ordenación tanto la situación de yacimientos
arqueológicos como de zonas, elementos, espacios y ámbitos de interés
arquitectónico, etnológico y ambiental.
Cualquier actuación que presumiblemente afecte a un bien catalogado según
dichos planos deberá remitirse al Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos con el
f in de contrastar su inclusión, o no.
A tenor de los art. 12.F y 25 de la Ley Reguladora de l a Activ idad Urbanística de
la Comunidad Valenciana y los art. 14.3, 45.B.d y. 92.2 del Reglamento de
Planeamiento de la Comunidad Valenciana, el citado Catálogo, aunque tramitado
como documento independiente, es parte integrante con valor normativo de est e
Plan General de Ordenación Urbana.
Artículo 41 ordenanza suelo no urbanizable de protección de vías pecuarias (SNU -
PVP).
Se define como Suelo no urbanizable de protección de Vías Pecuarias a aquel que
se v incula a los recorridos tradicionales de tránsito ganadero contemplados por la
Ley Estatal 3/95 de Vías Pecuarias de 23 de marzo y matizados por la Ley del
Gobierno Valenciano 11/94 de Espacios Naturales Protegidos de 27 de diciembre.
La anchura de las vías pecuarias y la superf icie de los abrevaderos, d escanseros,
majadas y demás lugares asociados al tránsito ganadero será la que determine el
acto administrativo de clasificación de vías pecuarias. (actas de clasificación de
las vías pecuarias de fechas 27 de octubre, 4, 10 y 24 de noviembre de 1986).
Modificaciones de trazado y desafectación de las v ías pecuarias.
Por razones de interés público y, excepcionalmente y de forma motivada, por
interés particular, previa desafección, se podrá variar o desviar el trazado de
una vía pecuaria. En cualquier caso, se asegurará el mantenimiento de la
integridad superf icial, la idoneidad de los it inerarios y de los trazados junto con
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la continuidad de tránsito ganadero y los demás usos compatibles y
complementarios con aquél.
Las Comunidades autónomas podrán desafectar del dominio público los
terrenos de las vías pecuarias que no sean adecuados para el tránsito del
ganado ni sean susceptibles de los usos compatibles y complementarios
legalmente permitidos.
Los terrenos desafectados o que en lo sucesivo se desafecten, ti enen la
condición de bienes patrimoniales de las Comunidades Autónomas,
prevaleciendo en su destino el interés público o social.
Limitaciones de usos en las vías pecuarias.
Se consideran compatibles con la activ idad pecuaria los usos tradicionales que,
siendo de carácter agrícola y no teniendo la naturaleza jurídica de ocupación,
puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero.
Las comunicaciones rurales y, en particular, el desplazamiento de vehículos y
maquinaria agrícola deberán respetar la priori dad de paso de los ganados,
evitando el desvío de éstos o la interrupción prolongada de su marcha. Con
carácter excepcional y para uso específ ico y concreto, las Comunidades
autónomas podrán autorizar la circulación de vehículos motorizados que no
sean de carácter agrícola, quedando excluidas de dicha autorización las v ías
pecuarias en el momento de transitar el ganado y aquellas otras que revistan
interés ecológico y cultural.
Serán también compatibles las plantaciones l ineales, cortavientos u
ornamentales, cuando permitan el tránsito normal de los ganados.
Se consideran usos complementarios de las v ías pecuarias el paseo, la práctica
de senderismo, la cabalgada y otras formas de desplazamiento deportivo sobre
vehículos no motorizados, siempre que respeten las prioridades del tránsito
ganadero.
Cuando algunos usos en terrenos de v ías pecuarias puedan suponer
incompatibilidad con la protección de ecosistemas sensibles, masas forestales
con alto riesgo de incendio, especies protegidas y prácticas deportivas
tradicionales, las Administraciones competentes podrán establecer restricciones
temporales a los usos complementarios.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA INFORMATIVA 44
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 45
MEMORIA JUSTIFICATIVA
Contenido
5. ADECUACIÓN A LOS PLANES Y NORMAS VIGENTES .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
5.1. Just if icación de la adecuac ión a los instrumentos descritos en la memoria inf ormat iva ... . . . . 47
5.2. Just if icación de la incorporación y desarrollo de las Normas de Integración Paisajís t ica
establec idas reg lamentar iamente ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
6. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.1. Objetivos ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.2. Fases de elaborac ión y ap lic ación ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.3. Def inic ión de público objet ivo ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.4. Metodología ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.5. Evaluac ión e inf ormes .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
6.6. Responsable de la ejecución .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
6.7. Plazos de ejecución ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
7. ÁMBITO TERRITORIAL DE ESTUDIO .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
7.1. Descripc ión y justif icación del ámbito terr itor ial de es tudio ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
7.2. Adecuación a las determinaciones , normas o planes señaladas en la documentación
informativa ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
8. DELIMITACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LAS UNIDADES DE PAISAJE Y RECURSOS
PAISAJÍSTICOS .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
8.1. Def inic ión y caracterización de las un idades de pa isaje ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
8.2. Def inic ión y caracterización de los recursos paisaj ís t icos ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
8.3. Actividades o elementos conf lic t ivos desde el punto de vis ta visual o paisajís t ico ... . . . . . . . . . . . 65
9. ANÁLISIS VISUAL .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69
9.1. Selección de puntos de observación ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
9.2. Anális is de vis ibi l idad .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
9.3. Ficha de cada punto de observación ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72
10. VALORACIÓN DEL PAISAJE Y OBJETIVOS DE CALIDAD PAISAJÍSTICA .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73
10.1. Método seguido para valorac ión de unidades de paisaje ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73
10.2. Método seguido para valorac ión de recursos paisajís t icos ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79
10.3. Promedio y ponderación de la valorac ión del paisaje ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82
10.4. Establecimiento de objetivos de calidad .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86
10.5. Fichas de las un idades de paisaje ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89
10.6. Fichas de los recursos paisajís t icos ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89
11. JUSTIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y ACCIONES PROPUESTAS PARA LA CONS ECUCIÓN DE
LOS OBJETIVOS DE CALIDAD PAISAJÍSTICA .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
11.1. Medidas de protección ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
11.2. Medidas de gect ión ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
11.3. Medidas de ordenac ión ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92
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5. ADECUACIÓN A LOS PLANES Y NORMAS
VIGENTES.
5.1. Justificación de la adecuación a instrumentos descritos en la
Memoria Informativa.
No existen instrumentos específicos de paisaje aprobados en el ámbito de estudio.
El Estudio de Paisaje incorpora las determinaciones previstas en los Planes de
Acción Territorial (PATRICOVA) y los espacios naturales y elementos pro tegidos
por la legislación vigente de forma específica (LIC Sierra Engarcerán y Cueva
Santa) y genérica (Dominio Público Hidráulico, vías pecuarias y hábitats
prioritarios).
5.2. Justificación de la incorporación y desarrollo de las Normas de Integración Paisajística establecidas reglamentariamente.
Las normas de aplicación directa establecidas reglamentariamente se introducen
directamente y de forma explícita en la memoria normativa.
Algunos aspectos de las normas de integración paisajística se desarrol lan
mediante la normativa incluida en el Plan General o directamente a través de este
estudio de paisaje, para lo cual se delimitan cuatro tipos de suelo en los que son
de aplicación normas de integración específicas:
En suelo urbano y urbanizable.
Se introducen medidas dirigidas al control de la escena urbana mediante el
adecuado tratamiento de fachadas, cubiertas y paramentos exteriores, así como
del uso de espacios libres y parcelas no edificadas.
Se establecen medidas específicas para las edificaciones e i nstalaciones
destinadas a activ idades económicas en suelo industrial dirigidas a minimizar su
impacto sobre el paisaje.
Se establecen medidas dirigidas al control de la contaminación lumínica acordes
con las características del espacio.
Respecto al núcleo de Sierra Engarcerán, por su carácter histórico y
emplazamiento en el interior del LIC Sierra Engarcerán, se establecen medidas
específicas para el mantenimiento de sus características esenciales y actual perfil ,
limitándose la expansión a zonas bien delim itadas y bajo condiciones de
integración con la topografía del terreno y las edificaciones previamente
existentes, así como al aseguramiento de la visibi lidad del paisaje desde su nuevo
perímetro.
En suelo no urbanizable común.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 48
Se introducen las normas relativas a la conservación de elementos topográficos
naturales y artif iciales, estableciendo para estos últimos criterios de selección.
Se establece la obligatoriedad de respetar las características estéticas y los
materiales tradicionales en las labores de mantenimientos de elementos de
arquitectura rural.
Se establece la prohibición de instalar elementos publicitarios y se declaran fuera
de ordenación los existentes.
Se introducen medidas de integración de la vegetación, con util ización exclusiva
de autóctonas en suelo forestal y permitiendo la introducción de otras adaptadas a
condiciones edáfoclimáticas en el resto de suelo atendiendo a la normativa de
control de especies exóticas e invasoras y de protección de patrimonio arbóreo,
así como la observancia de la normativa referente a la prevención de incendios
forestales.
Se introducen medidas específicas para la integración de edificaciones e
instalaciones agropecuarias u otras activ idades económicas que deban realizarse
en este tipo de suelo, declarándose fuera de ordenación las ya existentes que no
cumplan estas condiciones.
Se establecen medidas dirigidas al control de la contaminación lumínica acordes
con las características del espacio.
Se recuerda la necesidad de observar la normativa específica para R ed Natura
2000 en los espacios incluidos en el LIC de Sierra Engarcerán.
Se incorporan las medidas de integración específicas establecidas en el Plan
General para el suelo no urbanizable de clase 2 con objeto de favorecer la
continuidad de los núcleos rurales históricos dispersos asegurando al mismo
tiempo la correcta integración con su tipología constructiva.
En suelo no urbanizable de protección paisajística.
Se delimita este tipo de suelo de forma que coincide con el sistema de espacios
abiertos.
Se define como un espacio en general l ibre de edificaciones, para el que se
establece como uso prioritario la conservación del medio natural y agropecuario
tradicional y el uso público con finalidad de esparcimiento.
Se definen diversos usos compatibles con el uso prioritario, en general ya
implantados en el ámbito de este tipo de suelo o v inculados al adecuado
desarrol lo de las activ idades compatibles.
Se aplican las condiciones de integración existentes en el suelo no urbanizable
común y se refuerzan con otras referentes a la planificación de activ idades,
implantación de infraestructuras y protección de elementos constructivos
tradicionales.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 49
Se establecen medidas dirigidas al control de la contaminación lumínica acordes
con las características del espacio.
Se introducen expresamente prohibiciones referentes tanto al tipo de activ idades a
desarrol lar como a sus condiciones de desarrollo.
En suelo no urbanizable de afección paisajística y protección de vistas.
Se establecen zonas de afección paisajística en torno a los puntos de observación
y se establecen condiciones específicas en las zonas de máxima visibilidad.
Se establecen zonas de protección de vistas en torno a los recursos del paisaje
destinadas a evitar el bloqueo de vistas y favorecer la armonización con e l
recurso.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 50
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6. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA.
6.1. Objetivos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 del Decreto 120/2006, de 11 de
agosto, del Consell de la Generali tat Valenciana, por el que se aprueba el
Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, el presente Plan de
Participación Pública tiene por objeto:
a) Hacer accesible la información relevante sobre el Estudio de Paisaje que
acompaña al PGOU de Sierra Engarcerán.
b) Informar del derecho a participar y de la forma en que se puede eje rcer este
derecho.
c) Reconocer el derecho a formular observaciones y comentarios en aquellas
fases iniciales del procedimiento en que están abiertas todas las opciones.
d) Obtener información úti l del público interesado.
e) Identif icar los valores atribuidos al paisaje por los agentes sociales y las
poblaciones.
f) Justif icar la opción adoptada y la forma en que se ha desarrol lado el trámite
de participación.
Con la final idad de alcanzar los objetivos marcados, se l levará a cabo el siguiente
programa de activ idades y trabajos, que se desarrolla más adelante:
- Publicación de información.
- Apertura de plazo para alegaciones y sugerencias.
- Realización de encuestas a través de la web municipal.
- Realización de encuestas mediante talleres presenciales.
- Consulta directa a grupos de interés.
- Evaluación de los resultados.
- Publicación de los resultados.
6.2. Fases de elaboración y aplicación.
El Plan de Participación Pública se realizará en tres fases:
- Información y comunicación, que incluye las activ idades publicación de
información, alegaciones y sugerencias, encuestas web, encuestas tal leres
y consultas directas.
- Evaluación.
- Publicación de resultados.
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6.3. Definición de público objetivo.
Grupos de interés.
Se considerará como grupo de interés a cualquier persona juríd ica sin ánimo de
lucro que tenga como fines acreditados en sus estatutos o normas de
organización la protección del medio ambiente, en general, o de alguno de sus
elementos en particular, que tengan ámbito local, y que se encuentren inscritas
en el Registro Municipal de Asociaciones.
Grupos del lugar.
Personas que viven y trabajan en el municipio o lo visitan y tienen un interés
particular en el mismo.
6.4. Metodología.
Siguiendo el programa de activ idades establecido en el apartado 6.1, se realizarán
las siguientes activ idades:
Publicación de información:
El proceso de participación pública se iniciará con la publicación en la WEB
municipal del Plan de Participación Pública y los trabajos preliminares del
Estudio de Paisaje. Esta documentación estará dispon ible igualmente en las
dependencias municipales de Sierra Engarcerán y se anunciará su
disponibilidad en los tablones de anuncios en dependencias municipales de
Sierra Engarcerán, Rosildos e Ibarsos.
La documentación publica será renovada a medida que los trabajos del Estudio
de Paisaje avancen y se incorporen resultados del proceso de comunicación.
Realización de alegaciones y observaciones:
Desde la publicación de la información y hasta la finalización del Plan de
Participación, toda persona interesada podrá ejercer su derecho a formular
alegaciones, observaciones o sugerencias sobre el proceso de Estudio de
Paisaje que se lleva a cabo.
Realización de encuestas a grupos del lugar mediante la web municipal:
A través de la página web del Ayuntamiento de Sier ra Engarcerán, se articulará
una consulta pública sobre el Estudio de Paisaje, mediante la inclusión de
encuestas para la recogida de datos.
Realización de encuestas a grupos del lugar mediante la organización de sesiones
informativas en dependencias munic ipales.
El Ayuntamiento convocará al público objetivo a, al menos, dos talleres de
participación en los que se realizará una exposición del Plan de Participación
Pública y de los resultados prov isionales del Estudio de Paisaje. Al finalizar los
talleres se invitará a los asistentes a la cumplimentación de encuestas y a la
aportación de observaciones o sugerencias.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 53
Realización de consultas directas.
Al inicio del proceso de Participación Pública se realizarán consultas a las
entidades locales limítrofes con el objeto de conocer el desarrollo de los
estudios de paisaje en sus respectivos términos municipales con objeto de
poner en común la delimitación de unidades de paisaje compartidas.
El Ayuntamiento de Sierra Engarcerán realizará consultas a grupos de int erés
de la localidad con objeto de recibir observaciones o sugerencias respecto al
Estudio de Paisaje.
Evaluación de los resultados.
Las alegaciones formuladas por parte del público interesado se resolverán
mediante la realización del correspondiente informe técnico municipal.
Las observaciones o sugerencias serán evaluadas a través de informe realizado
por el equipo redactor del Estudio de Paisaje.
El Estudio de Paisaje que se apruebe recogerá las alegaciones y sugerencias
que sean informadas favorablemente por los técnicos municipales y evaluadas
positivamente por el equipo redactor del Estudio de Paisaje, respectivamente.
Igualmente, los resultados de las encuestas se incorporarán al Estudio de
Paisaje según método que se desarrolla en la memoria justif i cativa del mismo.
Publicación de los resultados.
La evaluación de los resultados de las encuestas y consultas, y su mecanismo
de incorporación en el documento definitivo del estudio de Paisaje se publicará
en la página web del Ayuntamiento de Sierra Engarcerán, y estarán a
disposición del público en dicho Ayuntamiento.
6.5. Evaluación e informes.
El proceso de participación se evaluará al término de la consulta pública, siendo
ésta la evaluación definitiva salvo requerimiento justif icado de parte interesada o
estimación de insuficiencia de resultados por parte de los responsables de la
ejecución.
Se redactarán informes que recojan los resultados de las consultas directas, de
cada una de las consultas ciudadanas realizadas mediante taller por separado y
de las aportaciones recibidas a través del proceso de suministro e intercambio de
información a través de la página web.
Los informes se pondrán a disposición del público en general en las dependencias
municipales y en la página web del Ayuntamiento.
6.6. Responsable de la ejecución.
El responsable de la ejecución del Plan de Participación Pública es el
Ayuntamiento de Sierra de Engarcerán como promotor del proyecto y parte
necesariamente implicada en el proceso de participación pública.
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6.7. Plazos de ejecución.
El plan de participación se iniciará con la publicación de información y se
desarrol lará conforme al siguiente cronograma:
FASE TAREA JUL AGO SEP OCT NOV DIC ENE FEB MAR
INFORMACIÓN -
COMUNICACIÓN
Publ icación
información
Alegac iones y
observaciones
Encuestas web
Encuestas
talleres
Consultas
directas
EVALUACIÓN Evaluación
resultados
PUBLICACIÓN Publ icación
resultados
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7. ÁMBITO TERRITORIAL DE ESTUDIO.
7.1. Descripción y justificación del ámbito territorial de estudio.
El ámbito territorial de estudio comprende las unidades de paisaje completas
identif icadas y delimitadas en el término municipal de Sierra Engarcerán, incluso
la parte de estas que penetra en términos municipales veci nos (plano 01 y
siguientes).
La superf icie total del ámbito de estudio es de 16.388,23 hectáreas, de las que
8.243,19 (50,3 %) corresponden la los términos municipales vecinos.
DISTRIBUCIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO POR MUNICIPIOS
TÉRMINO MUNICIPAL SUPERFICIE (m2) PORCENTAJE
Albocácer 3.981.458,86 2,43
Benl loch 6.059.880,65 3,70
Culla 11.760.242,35 7,18
Coves de V inromá 4.066.058,13 2,48
Les Useres 10.935.307,03 6,67
Sarratella 13.958.552,92 8,52
Sierra Engarcerán 81.382.427,54 49,66
Vall d'A lba 22.769.284,48 13,89
Vilaf amés 3.808.754,45 2,32
Vilanova d'A lcolea 5.160.374,84 3,15
TOTAL 163.882.341,25 100,00
Los límites del ámbito de estudio por el este y el sur vienen determinados
básicamente por la fisiografía del terreno, generalmente apoyada por
discontinuidades en la vegetación. Por el oeste, la presencia de la Rambla
Carbonera y una estrecha f ranja de tierras de cultivo entre ésta y la Sierra de
Espaneguera, ocupada por terrenos forestales, permite establecer un límite claro
del ámbito de estudio.
Los límites norte son más imprecisos; se han establecido utilizando según zonas
cambios en las unidades fisiográficas o discontinuidades en la vegetación,
procurando que las unidades ambientales no se prolongasen en exceso en los
términos municipales vecinos.
7.2. Adecuación a las determinaciones, normas o planes
señaladas en la documentación informativa.
No existen instrumentos específicos de paisaje aprobados a los que deba
ajustarse el ámbito de estudio.
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La delimitación de ámbito de estudio prescinde de límites administrativos,
ajustándose a las unidades de paisaje identif icadas y delimitadas según se expone
en apartados posteriores y conforme a las directrices del Reglamento de Paisaje
de la Comunidad Valenciana.
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8. DELIMITACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LAS
UNIDADES DE PAISAJE Y RECURSOS
PAISAJÍSTICOS.
8.1. Definición y caracterización de las Unidades de Paisaje.
8.1.1. Método seguido.
Se ha procedido a la división espacial continua del terri torio en Unidades de
Paisaje siguiendo el sistema de unidades i rregulares extensas. Para ello, se ha
descartado el método de “compartimentos” o “cuencas visuales” a favor del
método de “unidades de contenido homogéneo” por adaptarse mejor a los criterios
establecidos en el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenci ana.
Las unidades de paisaje así obtenidas se suponen homogéneas en cuanto a sus
valores paisajísticos y respuesta ante posibles actuaciones. La homogeneidad se
persigue reuniendo repeticiones de formas o combinaciones de rasgos similares y
disminuye a medida que se trabaja con escalas menores.
La identif icación y delimitación de las unidades de paisaje se ha realizado sobre la
base de la cobertura del suelo, la fisiografía y el patrón de ocupación humana.
Para la delimitación de la cobertura del suelo, se ha levantado una cartografía de
usos y aprovechamientos mediante fotointerpretación y trasposición de ortofotos
del año 2005, con apoyo de la cartografía del Plan Forestal de la Comunidad
Valenciana obtenido mediante la importación directa de la capa corre spondiente a
través del visor WEB de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y
Vivienda.
Se han considerado las siguientes coberturas del suelo:
- Forestal no arbolado.
- Forestal arbolado.
- Cultivo arbolado (almendro y olivo).
- Otras tierras de cultivo (huertos, labor de secano y pastos).
- Cultivo abandonado.
- Superficies afectadas por incendio forestal.
- Ramblas.
- Núcleos de población.
La combinación de la cobertura del suelo con la discriminación de comunidades
vegetales, el patrón de ocupación humana (modelo de poblamiento), la densidad o
relevancia de los elementos artif iciales y la topografía, ha permitido la definición
de las siguientes unidades ambientales:
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- Rambla Carbonera: cauce torrencial de régimen mediterráneo.
- Carrascales: formaciones cerradas y formaciones dispersas.
- Enebrales y sabinares: formaciones de matorral de buen desarrol lo con
estrato arbustivo emergente dominado por juniperus, así como zonas de
fuerte pendiente con pies aislados de juniperus.
- Pinadas y formaciones mixtas: Formaciones cerradas continuas
monoespecíficas de pino carrasco o combinadas con carrasca, así como
rodales discontinuos distribuidos sobre superf icies continuas de matorral.
- Matorral y garriga: matorral de buen desarrollo con presencia de Juniperus
y o Quercus en posiciones fisiográficas variables desde ondulado a
montañoso.
- Matorral - pastizal: matorral bajo y pastizal desarrol lado sobre suelos
esqueléticos.
- Núcleos urbanos.
- Agropecuario con poblamiento agrupado: explotación agrícola intensiva
combinada con otras activ idades económicas que incluye el entorno del
núcleo de Sierra Engarcerán y las zonas agropecuarias del fondo del
corredor de La Barona - Sant Mateu.
- Agropecuario con poblamiento disperso: explotaciones agropecuarias entre
las que pueden diferenciarse las de montaña media, montaña baja, zonas
colinadas y tierras bajas.
Finalmente, la combinación de las unidades ambientales así obtenidas con la
zonificación fisiográfica, de nuevo importada directamente desde el visor web de
la Consellería, ha sido la base para la definición y delimitación de las unidades de
paisaje.
La compleja naturaleza estructural y dinámica del espacio, junto con la escala de
trabajo utilizada, ha favorecido la f ragmentación de las unidades, por lo que ha
sido necesaria su simplif icación para obtener unidades de paisaje coherentes. El
criterio adoptado ha sido la identif icación de una matriz o cobertura predominante
como elemento definitorio (junto con la fisiograf ía) de la unidad, en la que se
imbrican parches y corredores formados por coberturas diferentes de menor
extensión.
Este criterio ha permitido aproximarse a la continuidad física de las unidades de
paisaje a costa de incluir en una unidad ambiental principal (matriz) fragmentos de
las unidades vecinas o unidades de pequeña super ficie que adquieren el carácter
de parches o corredores.
La continuidad física de las unidades de paisaje no implica necesariamente la
simplif icación de sus límites, por lo que f recuentemente éstos se interdigitan en
las unidades vecinas.
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8.1.2. Descripción de las unidades.
Las características de las unidades de paisaje definidas pueden consultarse en el
Anexo II “Fichas de las Unidades de Paisaje” y en los planos 02. “Delimitación de
unidades y recursos del paisaje”.
A grandes rasgos se def inen tres tipos de unidades de paisaje: forestales,
agropecuarias y ramblas mediterráneas, cada una de las cuales se f ragmenta en
diversas unidades atendiendo a factores primarios como son la cobertura vegetal y
la fisiografía del terreno. En algunos casos, unidades relat ivamente similares entre
sí se mantienen individualizadas debido a la presencia de factores secundarios
relevantes o a su discontinuidad física, como sucede con las unidades
agropecuarias de montaña media que constituyen unidades agropecuarias de
suficiente entidad aisladas por un entorno forestal.
Las unidades se denominan atendiendo a sus características primarias, mediante
el uso de topónimos o por la combinación de ambos criterios.
En total se han delimitado 23 unidades de paisaje con un tamaño medio de 712
hectáreas, siendo la unidad mayor el “agropecuario de corredor Els Ibarsos” con
2.948 hectáreas y la menor el “pastizal con brezo de la Solaneta” con 69
hectáreas.
UNIDADES DE PAISAJE
UNIDADES
FORESTALES
1.1. Montaña media mesomediterránea
1.2. Montaña baja termomediterránea
1.3. Laderas del T ossal de la Vi la - Bandereta
1.4. La Mola - T ossal de la Canyà
1.5. Matorral de Morral V il larets - Rotador
1.6. Matorral del Bujorró
1.7. Matorral del Cugul ló.
1.8. T ossales de l 'Om - La Miquela
1.9. La Vol ta
1.10. Área f orestal de les l lomes
1.11. Past izal con brezo de la Solaneta
RAMBLA MEDITERRÁNEA 2.1. Rambla Carbonera
UNIDADES
AGROPECUARIAS
3.1. Agropecuario en montaña media Els Dumenges
3.2. Agropecuario en montaña media Sarratella - Les Deveses
3.3. Agropecuario en montaña media Sol de la Foiá - Vi l lalonga
3.4. Agropecuario en col inas Les Mosqueres
3.5. Entorno de Sierra Engarcerán
3.6. Masos de Mont ino y Collet
3.7. Agropecuario Figueretes - Povi ls
3.8. Agropecuario La Mansella
3.9. Agropecuario de corredor Les Llomes
3.10. Agropecuar io de corredor Los Rosildos
3.11. Agropecuar io de corredor Els Ibarsos
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Leñosos de secano (almendro), labor de secano, regadío, matorral de elevada cobertura, enebral de baja
cobertura, pinada, cauce de rambla, carrascal.
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8.2. Definición y caracterización de los Recursos Paisajísticos.
8.2.1. Método seguido.
Para la identif icación de los recursos paisajísticos se ha procedido a la revisión de
los elementos legalmente protegidos, de forma genérica o específica, por su
interés ambiental o patrimonial.
Entre los elementos protegidos de forma genérica por su interés ambiental se
encuentra el dominio público hidráulico, los hábitats prioritarios de interés
comunitario y la red de vías pecuarias y sus elementos asociados.
Entre los elementos protegidos por su interés ambiental de forma específica se
encuentran el LIC Sierra Engarcerán y la Cova Santa.
Respecto a los elementos protegidos por su interés patrimonial, se han
identif icado tres yacimientos arqueológicos: Tossal de la Vila, el Castellar y el
Abric d’en Meliá.
Posteriormente, se ha procedido a una revisión documental y a entrevistas con
informantes locales con objeto de identif icar elementos de interés paisajístico no
protegidos legalmente. Esta revisión ha incluido el catálogo que acompaña al Plan
General, todavía no aprobado.
A través de este procedimiento se han identif icado diversos bienes inmuebles
incluidos en el núcleo Histórico Tradicional de Sierra Engarcerán: Iglesia
parroquial, Castell - Palau Casalduch, Casa - Palacio del Obispo Beltrán, antigua
lonja y la Nevera; así como en el núcleo de Ibarsos: parroquia de los
Desamparados, y otros situados fuera de los núcleos urbanos: ermita de Sant
Miquel.
Igualmente se han identif icado diversos recursos de interés ambiental: carrascales
del Bosc Negre, Carasol y l ’Aigua Nova, hábitat prioritarios: matorral de juníperus
y pastizal, el Roure Valencià y el paraje de la Mola - Tossal de la Canyà.
Por otra parte, la revisión documental, junto con el análisis de visibilidad que se
expone en capítulos posteriores, ha permitido la identif icación de elementos de
interés visual por su papel en las principales vistas del paisaje o por el potencial
de las panorámicas que desde ellos se perciben.
En esta categoría de recursos se encuentran los siguientes: Tossal de la Vila,
recorrido de interés paisajístico “Ruta de La Sarratel la”, Peiró de Sant Marc, roca
del Figueral, la Bandereta y las pinadas de la Palomita, les Voltes y Coll de les
Piques.
Deben considerarse igualmente por su nivel de f recuentación relativamente
elevado los núcleos urbanos de Sierra Engarcerán, Rosildos e Ibarsos, y las
carreteras CV-15 y CV-155.
El listado de los recursos paisajísticos tras su síntesis queda como sigue:
1. Recursos incluidos por su interés ambiental.
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1.a. LIC Sierra Engarcerán.
1.b. Dominio Público Hidráulico.
1.c. Cova Santa.
1.d. Red de Vías Pecuarias.
1.e. Carrascales del Bosc Negre, Carasol y l ’Aigua Nova.
1.f . Hábitats prioritarios.
1.g. La Mola - Tossal de la Canyà.
1.h. Roure Valenciá.
2. Recursos incluidos por su interés Patrimonial.
2.a. Núcleo Histórico Tradicional y bienes inmuebles incluidos ( Iglesia
parroquial, Castell - Palau Casalduch, Casa - palacio del Obispo Beltrán,
Antigua lonja y Nevera).
2.b. El Castellar.
2.c. Tossal de la Vila.
2.d. Abric d’en Meliá.
2.e. Ermita de Sant Miquel.
2.f . Ermita de los Desamparados.
3. Recursos incluidos por su interés visual.
3.a. Núcleos urbanos de Sierra Engarcerán, Rosildos e Ibarsos.
3.b. Carreteras CV-15 y CV-155.
3.c. Tossal de la Vila.
3.d. Recorrido de interés paisajístico “Ruta de La Sarratella”.
3.e. Peiró de Sant Marc.
3.f . Roca del Figueral.
3.g. La Bandereta.
3.h. Pinadas de la Palomita, les Voltes y Coll de les Piques.
8.2.2. Descripción de los recursos.
La descripción de los recursos paisajísticos identif icados puede consultarse en el
anexo III “Fichas de los recursos paisajísticos”, y su ub icación en los planos 02.
“Delimitación de unidades y recursos del paisaje”.
Como se desprende de la información cartográfica, algunos recursos se incluyen
en el ámbito terri torial de otros de mayor extensión, dando lugar así a
agrupaciones de recursos.
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8.3. Actividades o elementos conflictivos desde el punto de vista
visual o paisajístico.
Las activ idades conflictivas desde el punto de vista visual o paisajístico se han
descrito en el apartado 4 de la memoria informativa y se enumeran a continuación:
- Ganadería intensiva.
- Activ idades extractivas.
- Energías alternativas.
- Gestión de residuos.
- Gestión del agua.
Cada una de estas activ idades da lugar a uno o varios elementos conflictivos
desde el punto de vista visual o paisajístico, a los que se añaden otros
relacionados con las infraestructuras lineales o catástrofes naturales.
A continuación se expone el listado de elementos conflictivos, pudiendo
consultarse su ubicación en el plano 06. “Afecciones sobre el paisaje”.
Granjas intensivas localizadas en diversas áreas del ámbito de estudio con
mayor concentración en el entorno de Sierra Engarcerán y el corredor de La
Barona - Sant Mateu. Causan un impacto ambiental significativo debido a su
escasa integración y ubicuidad.
Gravera de la Rambla Carbonera en las inm ediaciones de Ibarsos. De impacto
paisajístico moderado debido a su escasa visibi lidad; impacto visual elevado
desde las inmediaciones al ubicarse junto a la CV-15.
Instalación fotovoltaica de els Dumenges. De impacto paisajístico moderado
debido a su escasa visibilidad; impacto visual elevado desde las inmediaciones.
Vertedero clausurado de Sierra Engarcerán. De impacto paisajístico moderado,
presenta posibi lidades de mejora que deberían explotarse al ubicarse junto a la
CV-155.
Vertedero de inertes de Sierra Engarcerán. De impacto paisajístico moderado
por su escasa entidad, baja visibilidad y escasa f recuentación del lugar.
Pozo y depósito de la Bandereta. De impacto paisajístico significativo al
encontrarse en divisoria de alta visibilidad y próximo a la CV-155.
Depuradoras de Sierra Engarcerán, Rosildos e Ibarsos. En general de escasa
visibilidad.
Carretera CV - 15. Impacto paisajístico moderado por ocupar suelos l lanos en
cotas bajas.
Carretera CV - 155. Impacto paisajístico elevado por desmontes y terr aplenes.
Repetidor TV de la Foiassa. Impacto paisajístico significativo por su grado de
visibilidad.
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Líneas aéreas de transporte de energía eléctrica. Impacto paisajístico
significativo en el entorno del núcleo de Sierra Engarcerán y otras unidades
ambientales.
Áreas afectadas por incendios forestales. Impacto paisajístico moderado por
crecimiento de vegetación que enmascara su presencia. Los más recientes,
situados en el vecino término de Culla presentan un elevado impacto
paisajístico en la actualidad.
A estas afecciones bien definidas pueden añadirse otras de carácter más difuso,
particularmente el deterioro de abancalamientos debido a su abandono o
mantenimiento mediante técnicas y materiales modernos.
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▲▲▲ Abandono de hábitats rurales y deterioro de bancales.
▲▲ Granjas intensivas y otras ac tividades económicas escasamente integradas en el entorno.
▲ Desagregación de borde urbano y uso de materiales y técnicas modernas en es tructuras rurales
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▲▲▲ Actividades económicas con impacto v isual: ár idos para la construcción y energía solar.
▲▲ Incendio forestal rec iente y vertedero de inertes.
▲ Vertedero c lausurado y taludes de vía de comunicación
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9. ANÁLISIS VISUAL.
El análisis visual se ha realizado sobre un modelo tridimensional del terreno
obtenido por transposición de curvas de nivel y cotas a partir del plano topográfico
a escala 1:10.000 del Instituto Cartográfico Valenciano.
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Sobre este modelo se han generado mediante funciones automáticas las cuencas
visuales de los puntos de observación seleccionados, y de otros que f inalmente no
se han incorporado como tales debido a la escasa dimensión de las cuencas
generadas y bajo nivel de frecuentación.
Como rasgo general, cabe destacar que algunas de las cuencas visuales se
proyectan a gran distancia debido a lo elevado de las cotas del término municipal
respecto a los terrenos colindantes, especialmente hacia el corredor de Les
Coves, el Pla de l ’Arc y el mar Mediterráneo. Hacia el interior, l as panorámicas
tienen un alcance menor salvo para accidentes orográf icos destacados como el
Peñagolosa.
9.1. Selección de puntos de observación.
Entre los puntos de observación dinámicos, se han seleccionado las carreteras
existentes en el ámbito de estudio, así como una de las rutas excursionistas
definidas en el mismo que ha sido seleccionada por su trazado por áreas de alto
valor ambiental en las mayores cotas del municipio y por su uso tradicional.
- Carretera CV - 15
- Carretera CV - 155
- Carretera CV - 154
- Ruta de la Sarratella.
Entre los puntos de observación estáticos se han seleccionado los tres núcleos
principales de población, el núcleo de la vecina población de La Sarratella,
incluida en el ámbito de estudio, la ermita de Sant Miquel y tres puntos re levantes
por su posición topográf ica y accesibilidad. Durante el proceso de selección se
han desechado diversos puntos debido a la combinación de difícil acceso y escasa
amplitud de sus cuencas visuales.
Cabe señalar que algunos de los puntos de observación dinámicos incluyen
potenciales puntos estáticos, especialmente en el caso de la Ruta de la Sarratella.
- Núcleo de Sierra Engarcerán.
- Núcleo de Rosildos.
- Núcleo de Ibarsos.
- Núcleo de La Serratella.
- Ermita de Sant Miquel.
- Tossal de la Vila.
- La Mola.
- Peiró de Sant Marc.
Para cada punto de observación seleccionado se ha obtenido la cuenca visual y
las l íneas que delimitan los umbrales de nitidez de 300 y 1.500 metros de
distancia.
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En el caso de los puntos de observación dinámicos, las cuencas y distancias se
han obtenido a partir de la totalidad del trazado de la carretera o ruta. Algunos
puntos de observación estáticos se han tratado a este efecto como polígonos, con
el objeto de acumular las vistas obtenidas desde un corto recorrido en torno al
vértice de observación (Tossal de la Vila y La Mola), este procedimiento se ha
utilizado también con los núcleos urbanos, para los que se ha uti lizado su
perímetro como punto de observación.
9.2. Análisis de visibilidad.
Para la realización del análisis de visibilidad se han clasif icado los puntos de
observación en dos grupos atendiendo a su nivel y tiempo de frecuentación.
Puntos de observación principales:
PO.01 - Carretera CV - 15.
PO.05 - Núcleo de Sierra Engarcerán.
PO.06 - Núcleo de Rosildos.
PO.07 - Núcleo de Ibarsos.
Puntos de observación secundarios:
PO.02 - Carretera CV - 155.
PO.03 - Carretera CV - 154.
PO.04 - Ruta de la Sarratella.
PO.08 - Núcleo de La Sarratella.
PO.09 - Ermita de Sant Miquel.
PO.10 - Tossal de la Vila.
PO.11 - La Mola.
PO.12 - Peiró de Sant Marc.
Posteriormente, se han definido las zonas de máxima visibi lidad mediante la unión
de las cuencas visuales de los puntos de observación primarios, obteniéndose la
superficie potencialmente visualizable desde al menos uno de ellos.
Igualmente, se han identif icado las zonas de visibil idad media obteniendo las
posibles intersecciones de, al menos, cuatro cuencas visuales de los puntos de
observación secundarios (combinación de 8 elementos tomados de cuatro en
cuatro sin repetición), las 35 intersecciones obtenidas se han unido para generar
la superf icie del territorio visible desde cuatro o más puntos de observación
secundarios simultáneamente, de la que se ha sustraído la superf icie
correspondiente a zonas de máxima visibi lidad.
Las zonas de baja visibil idad se han obtenido mediante la suma de las cuencas
visuales de todos los puntos de observación secundarios, sustrayendo
posteriormente las zonas de visibilidad máxima y media.
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La distribución de superficies por grado de visibilidad en el ámbito municipal
queda como sigue:
GRADO DE VISIBILIDAD SUPERFICIE (m2) PORCENTAJE
MÁXIMO 35.707.470,93 43,47
MEDIO 1.675.546,21 2,04
BAJO 30.486.898,48 37,11
NO VISIBLE 14.277.361,08 17,38
TOTAL 82.147.276,71 100,00
9.3. Ficha de cada punto de observación.
Las f ichas descriptivas de los puntos de observación se incluyen en “Anexo I.
Puntos de Observación”.
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10. VALORACIÓN DEL PAISAJE Y OBJETIVOS DE
CALIDAD PAISAJÍSTICA.
Para la evaluación de la calidad de las unidades y recursos del paisaje se
promedian los valores obtenidos mediante la aplicación métodos indirectos con la
valoración atribuida a estas mismas unidades o recursos a través del proceso de
participación pública que se trata de un método directo. El valor promedio
obtenido se pondera con el grado de visibil idad de la unidad o recurso desde los
principales puntos de observación.
Existen dos enfoques en la valoración de la calidad visual del paisaje: 1
Métodos directos. Evalúan la escena en su conjunto mediante la comparación de
las preferencias visuales de los observadores con el objeto de conseguir un
consenso final que permita la valoración.
Métodos indirectos. Evalúan el paisaje en función de la presencia o intensidad de
determinados elementos del paisaje para después agregarlos con el objeto de
obtener un valor total, lo que implica que la suma de las partes es igual a la
percepción global del paisaje.
10.1. Método seguido para valoración de unidades de paisaje.
Admitiendo que la apreciación de la calidad del paisaje presenta un elevado
componente subjetivo, los métodos indirectos basados en la desagregación del
paisaje en sus componentes básicos, la valoración de éstos por separado y la
posterior suma ponderada de los valores obtenidos, constituyen una aproximación
cuantitativa que faci lita la comparación entre la cal idad de dos paisajes diferentes
o entre dos estados sucesivos del mismo paraje.
De este modo para la evaluación de la cal idad intrínseca de las unidades de
paisaje aplicaremos el método indirecto de Gómez Orea, tomado de “Estudios
básicos para la ordenación del territorio de la Comunidad Valenciana” PREVASA.
Caja de Ahorros de Valencia (1982).
La expresión utilizada para la valoración del paisaje (Vp) es la siguiente:
Vp = (V1i . 1i) y V1i = Vi . i
Siendo Vi el valor inicia de cada componente y i los coeficientes de ponderación.
Los valores iniciales asignados a cada componente y los coeficientes de
ponderación, que se desglosan en las tablas siguientes, fueron establecidos por
1 Briggs y France (1980)
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grupos de expertos durante el desarrollo de los estudios básicos para la
ordenación del territorio, adaptándose aceptablemente al caso de estudio dado
que se desarrol laron para el ámbito de la Comunidad Valenciana.
COEFICIENTES DE PONDERACIÓN
V t V1 i 1 i V i i
Valor total del paisaje
Componente estática 7 Relieve y sus atr ibutos 1
Componente dinámica 4 Vegetación 5
Elementos ar t if ic iales 1
Complejidad 2 Componente estática 5
Componente dinámica 1
Potencial de visual izac ión 1
VALORES INICIALES
Unidad RELIEVE Valor
0 Paisajes urbanos urbanizados . Paisajes desagregados de escaso o nulo valor
0
1 Llanos de meseta 1
2 Laderas de pendiente suave sobre l lanos de meseta o val les interiores amplios 2
3 Áreas de releve montañosos (micro rel ieve complejo) en el inter ior 8
4 Áreas de relieve in t ermedio (al t itudes inf eriores a 3. Micro rel ieves menos complejos) 6
5 Depresiones o val les dentro de áreas de relieve movido (3 y 4) 5
6 Elementos topográf icos sobresalientes y ais lados en l lanos de meseta 8
7 Elementos topográf icos sobresalientes y ai s lados en laderas de suave pendiente
vert ientes a l lanos l itorales 7
8 Laderas de suave pendiente vertientes a l lanos l i torales 6
9 Elementos topográf icos sobresalientes ais lados y notorios en l lanos l itorales 9
10 Llanos l itorales y vega baja del Júcar 4
11 Relieves intermedios y complejos con vis tas (más o menos lejanas) a l lanos l itorales 7
12 Laderas de fuerte pendiente con vis tas directas a l lanos l i torales y mar 9
13 Laderas de fuerte pendiente s in vis tas directas a l lanos l i torales y mar 6
14 Primera línea l itoral : relieves dunares junto a la costa; playas y arenales ( o
canturrales) costeros 5
15 Depresiones en l lanos l itorales 6
16 Valles ampl ios inter iores 3
ATRIBUTOS DEL RELIEVE (Incremento del valor del relieve)
Superf ic ie del suelo
Forestal con roquedo aparente + 1
Forestal + 0
Agrícola s ingular + 1
Agrícola s in notas + 0
Arenosa + 0
Cubierto por matorral + 0
Localmente urbanizado - 1
Agua
Mar 4
Cursos continuos de agua 3
Lagos y embalses 4
Regadío (canales, acequias, pozos...) 2
Fuentes, pozos, manantiales, vis ib les 1
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ATRIBUTOS DEL RELIEVE (Incremento del valor del relieve)
Cursos intermitentes de agua 1
Superf ic ies pantanosas, marismas 2
Ausencia 0
T ipo de vegetación
Formac ión cerrada de coníf eras 8
Formac ión d ispersa de coníf eras 7
Formac ión cerrada de f rondosas 9
Vegetación arbórea de r ibera 9
Huerta arbolada 6
Huerta no arbolada 4
Matorral p luriespecíf ico de buen desarrol lo 6
Matorral de menor desarrollo 2
Frutales de secano (olivo, almendro, algarrobo) 5
Viña 3
Cereal 1
Vegetación de mar ismas 7
Combinac iones Media ponderada
ELEMENTOS ARTIFICIALES (s iempre escasos excepto unidad 0)
Grado de concordancia Visual izac ión
Alta Media Baja
Integrados 9 8 7
Integración media 3 4 5
Discordantes 0 1 2
Inexistencia 6
COMPLEJIDAD
Muy complejo 9
Complejo 7
Media 4
Simple 1
VISUALIZACIÓN
T ipo de paraje Calidad del tema
Buena Regular Mala
Abier to 9 7 3
Semiabierto 8 5 2
Semicerrado 6 4 1
Cerrado 0 0 0
La valoración paisajística a través del método expuesto ofrece valores mínimos de
32, para las condiciones más adversas, y máximos de 431 para las más
favorables. Los valores obtenidos pueden normalizarse a una escala de 100
mediante la expresión [((Vt – 32) / 399) x 100] con objeto de asignar clases de
calidad en función de los valores obtenidos.
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VALOR INTRÍNSECO NORMALIZADO (V in) CLASE CALIDAD
0 ≤ Vin ≤ 10 1 MUY BAJA
10 < Vin ≤ 30 2 BAJA
30 < Vin ≤ 50 3 MEDIA
(Vin > 45) = MEDIA - ALTA
50 < Vin ≤ 70 4 ALTA
(Vin > 65) = ALTA - MUY ALTA
70 < Vin ≤100 5 MUY ALTA
Los resultados obtenidos se muestran en las tablas de las páginas siguientes.
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VALORACIÓN DE LA CALIDAD INTRÍNSECA DE LAS UNIDADES DE PAISAJE
UNIDADES DE PAISAJE RELIEVE AT RIBUT OS AGUA VEGET ACIÓN ELEMENT OS
ART IFIC IALES
COMPLEJIDAD
EST AT ICA
COMPLEJIDAD
DINÁMICA VISUAL IZ Vp
UNIDADES FOREST ALES
1.1. Montaña media mesomediterránea 8 1 1 6,67 7 9 4 9 338,31
1.2. Montaña baja termomediterránea 6 5,64 9 7 4 7 275,78
1.3. Laderas del T ossal de la Vi la - Bandereta 6 1 1 5,75 4 7 7 8 279,04
1.4. La Mola - T ossal de la Canyà 8 1 6,42 4 7 9 8 303,41
1.5. Matorral de Morral V il larets - Rotador 8 1 1 5,82 4 9 7 8 314,39
1.6. Matorral del Bujorró 6 1 5,55 4 7 7 5 265,10
1.7. Matorral del Cugul ló. 7 5,97 9 4 4 5 257,32
1.8. T ossales de l 'Om - La Miquela 8 1 5,56 5 7 7 8 286,12
1.9. La Vol ta 6 6,30 1 4 9 4 234,06
1.10. Área f orestal de les l lomes 2 4,73 2 4 4 5 169,65
1.11. Past izal con brezo de la Solaneta 8 1 1 2,00 8 4 1 9 192,96
RAMBLAS MEDIT ERRÁNEAS
2.1. Rambla Carbonera 5 1 1 0,98 5 7 9 4 180,50
UNIDADES AGROPECUARIAS
3.1. Agropecuario en montaña media Els Dumenges 6 1 3,19 1 7 7 8 208,79
3.2. Agropecuario montaña media Sarratella - Les Deveses 6 1 1 3,56 9 7 7 6 253,15
3.3. Agropecuario en montaña media Sol de la Foiá 6 1 1 3,29 8 4 7 6 213,86
3.4. Agropecuario en col inas Les Mosqueres 6 1 5,13 4 4 7 5 226,55
3.5. Entorno de Sierra Engarcerán 6 1 3,06 4 7 9 6 220,27
3.6. Masos de Mont ino y Collet 2 1 4,06 4 7 7 4 206,12
3.7. Figueretes - Povils 2 1 4,81 1 4 7 4 179,20
3.8. La Mansel la 6 1 4,39 1 7 4 4 222,79
3.9. Agropecuario de corredor Les Llomes 2 1 4,67 1 7 7 4 206,44
3.10. Agropecuar io de corredor Los Rosildos 3 -1 1 4,99 1 7 7 4 212,73
3.11. Agropecuar io de corredor Els Ibarsos 3 -1 1 4,92 0 1 4 5 142,40
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V AL OR ACI ÓN NORM AL IZ ADA DE L AS UNI DADES DE PAI S AJE
UNIDAD DE PAISAJE Vn VALORACIÓN
UNIDADES FOREST ALES
1.1. Montaña media mesomediterránea 76,77 MUY ALTA
1.2. Montaña baja termomediterránea 61,10 ALTA
1.3. Laderas del T ossal de la Vi la - Bandereta 61,91 ALTA
1.4. La Mola - T ossal de la Canyà 68,02 ALTA - MUY ALTA
1.5. Matorral de Morral V il larets - Rotador 70,78 MUY ALTA
1.6. Matorral del Bujorró 58,42 ALTA
1.7. Matorral del Cugul ló. 56,47 ALTA
1.8. T ossales de l 'Om - La Miquela 63,69 ALTA
1.9. La Vol ta 50,64 ALTA
1.10. Área f orestal de les l lomes 34,50 MEDIA
1.11. Past izal con brezo de la Solaneta 40,34 MEDIA
RAMBLAS MEDIT ERRÁNEAS
2.1. Rambla Carbonera 37,22 MEDIA
UNIDADES AGROPECUARIAS
3.1. Agropecuario en montaña media Els Dumenges 44,31 MEDIA
3.2. Agropecuario en montaña media S arratella - Les Deveses 55,43 ALTA
3.3. Agropecuario en montaña media El Sol de la Foiá - V il lalonga 45,58 MEDIA - ALTA
3.4. Agropecuario en col inas Les Mosqueres 48,76 MEDIA - ALTA
3.5. Entorno de Sierra Engarcerán 47,19 MEDIA - ALTA
3.6. Masos de Mont ino y Collet 43,64 MEDIA
3.7. Figueretes - Povils 36,89 MEDIA
3.8. La Mansel la 47,82 MEDIA - ALTA
3.9. Agropecuario de corredor Les Llomes 43,72 MEDIA
3.10. Agropecuar io de corredor Los Rosildos 45,29 MEDIA - ALTA
3.11. Agropecuar io de corredor Els I barsos 27,67 BAJA
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10.2. Método seguido para valoración de recursos paisajísticos.
La evaluación de la calidad intrínseca de los recursos paisajísticos se ha realizado
mediante la aplicación de un método indirecto establecido ad hoc que se describe
a continuación.
Los parámetros considerados para la evaluación son los siguientes:
(S) Singularidad. Entendida como aproximación a lo exclusivo.
(R) Representativ idad. Entendida como aproximación al paradigma de la clase
en que se incluye.2
(Ic) Interés para su conservación. Derivado de su valor intrínseco reconocido.
(Pc) Participación en la configuración del paisaje de su entorno. Grado en que
conf igura la estructura o dinámica del paisaje.
Los valores asignados a cada parámetro según se describe posteriorment e, se
integran linealmente para obtener el valor intrínseco del recurso (Vi) mediante la
expresión:
Vi = [2 (S) + R + Ic + Pc] - 5
Los valores de Vi osci lan entre un mínimo de 0 y un máximo de 20 y se adscriben
a una escala ordinal de cinco niveles para establecer la valoración de cada
recurso:
Vi VALOR DEL RECURSO
0 a 4 MUY BAJO
5 a 8 BAJO
9 a 12 MEDIO
13 a 16 ALTO
17 a 20 MUY ALTO
La asignación de valores a cada parámetro considerado se realiza conforme a los
criterios expuestos en la página siguiente.
2 Se pref iere esta acepción, tomada de la f itosociología, a la de abundancia respec to al contexto
externo al ámbito de estudio.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 80
ASIGNACIÓN DE VALORES A LOS PARÁMETROS CONSIDERADOS
(S) Elemento común y abundante 1
Elemento común no abundante 2
Elemento común con rasgos específicos 3
Elemento raro 4
Elemento único 5
(R) No representativo 1
Vestigial 2
Ostensiblemente alterado 3
Modélico en parte de la superficie o componentes 4
Modélico en su categoría 5
(Ic) Escaso interés 1
Interés por recursos dependientes 2
Interés directo 3
Protección genérica simple 4
Protección genérica acumulada 5
Protección específica recurso de valor muy alto
(Pc) Elemento inconexo o desapercibido 1
Elemento dinámico ostensible o vistas 2
Elemento estructural ostensible 3
Elemento dinámico dominante o grandes vistas 4
Elemento estructural dominante 5
En la tabla de la página siguiente se muestran los resultados obtenidos en la
valoración de los recursos paisajísticos identif icados en el municipio.
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VALORACIÓN DE RECURSOS PAISAJÍSTICOS
RECURSO S R Ic Pc Vi VALOR RECURSO
1.a LIC Sierra Engarcerán -- -- -- PE -- MUY ALTO
1.b D.P.H. 1 4 4 3 8 BAJO
1.c Cova Santa -- -- -- PE -- MUYALTO
1.d Vías Pecuarias -- -- -- PE -- MUYALTO
1.e Carrascales 2 5 5 4 13 ALTO
1.f Hábitats pr iori tarios 2 4 5 2 11 MEDIO
1.g La Mola - T ossal de la Canyà 3 4 4 5 14 ALTO
1.h Roure Valenciá 5 5 3 1 14 ALTO
1.i Font d’Andreu 3 3 3 2 9 MEDIO
1.j Font de Solés 3 4 3 2 10 MEDIO
1.k Font de l ’Ombría 3 4 3 2 10 MEDIO
2.a Núcleo H istórico e inmuebles 5 3 3 4 15 ALTO
2.b El Castellar -- -- -- PE -- MUYALTO
2.c Tossal de la Vi la (yac.) -- -- -- PE -- MUYALTO
2.d Abric d’en Meliá -- -- -- PE -- MUYALTO
2.e Ermita Sant Miquel 3 4 3 2 10 MEDIO
2.f Ermita Desamparados 3 1 3 1 6 BAJO
3.a Núcleos urbanos NO APLICABLE
3.b Carreteras NO APLICABLE
3.c Tossal de la Vi la 3 4 4 5 14 ALTO
3.d Ruta de La Sarratel la 3 4 4 4 13 ALTO
3.e Peiró de Sant Marc 2 1 1 1 2 MUY BAJO
3.f Roca del F igueral 3 4 4 5 14 ALTO
3.g La Bandereta 1 1 4 3 5 BAJO
3.h Pinadas 1 4 4 4 9 MEDIO
PE: protección específ ica
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10.3. Promedio y ponderación de la valoración del paisaje.
El valor intrínseco obtenida por métodos indirectos para las unidades (Vin) y
recursos del paisaje (Vi) se promedia con la valoración directa obtenida a través
del proceso de Participación Pública (Vd).
El valor promedio obtenido (Vp) se pondera con el grado de visibilidad (Gv) de
cada unidad o recurso. El grado de visibilidad se obtiene por la suma l ineal de los
productos de porcentajes de superf icie por el valor patrón de visibilidad
correspondiente según modelo de la tabla inferior.
GRADOS DE VISIBILIDAD
VISIBILIDAD DISTANCIA
< 300 300 a 1.500 > 1.500
MÁXIMA + 20 +15 +10
MEDIA +15 +10 + 5
BAJA +10 + 5 0
NULA - 10
El valor promedio ponderado para cada zona de intersección calidad -visibilidad-
distancia (Vpp) se obtiene mediante la relación 4 [(Vp/10) + (Gv)] para las
unidades de paisaje y 4 [(Vp/2) + (Gv)] en el caso de los recursos paisajísticos,
pudiendo situarse en ambos casos en el rango de - 10 a + 60; los valores
obtenidos se valoran mediante la escala ordinal de 5 niveles que se muestra
abajo.
Vpp VALOR DEL ELEMENTO
- 10 < Vpp ≤ 0 MUY BAJO
0 < Vpp ≤ 15 BAJO
15 < Vpp ≤ 30 MEDIO
30 < Vpp ≤ 45 ALTO
45 < Vpp ≤ 60 MUY ALTO
En el caso de las unidades de paisaje, el valor final (Vf) viene dado por el valor
más alto entre el par valor promedio (Vp) y valor promedio ponderado (Vpp) . En el
caso de los recursos de paisaje el valor final se corresponde con el valor promedio
ponderado. Los resultados de la valoración se muestran en las tablas de las
páginas siguientes.
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V AL OR ACI ÓN PONDE R ADA DE L AS UNI DADE S DE P AIS AJE
UNIDAD DE PAISAJE Vi Vd Vp Gv Vpp Vf
1.1. Montaña media mesomediterránea 7,7 6,7 7,2 MA 6,8 35,6 A MA
1.2. Montaña baja termomediterránea 6,1 4,7 5,4 A 5,3 26,9 M A
1.3. Laderas del T ossal de la Vi la - Bandereta 6,2 5,4 5,8 A 13,2 36,4 A A
1.4. La Mola - T ossal de la Canyà 6,8 5,4 6,1 A 9,0 33,4 A A
1.5. Matorral de Morral V il larets - Rotador 7,1 5,3 6,2 A 2,4 27,2 M A
1.6. Matorral del Bujorró 5,8 4,9 5,4 A 3,0 24,4 M A
1.7. Matorral del Cugul ló. 5,6 4,5 5,1 A 5,7 25,9 M A
1.8. T ossales de l 'Om - La Miquela 6,4 4,5 5,5 A 11,5 33,3 A A
1.9. La Vol ta 5,1 4,1 4,6 M 11,7 30,1 A A
1.10. Área f orestal de les l lomes 3,5 3,8 3,7 M 8,6 23,2 M M
1.11. Past izal con brezo de la Solaneta 4,0 3,8 3,9 M 5,6 21,2 M M
2.1. Rambla Carbonera 3,7 4,1 3,9 M 11,8 27,4 M M
3.1. Agropecuario montaña media Els Dumenges 4,4 3,8 4,1 M 8,2 24,6 M M
3.2. Agrop. montaña media Sarratella - Deveses 5,5 4,3 4,9 M 4,9 24,5 M M
3.3. Agropecuario montaña media Sol de la Foiá 4,6 3,6 4,1 M 8,0 24,4 M M
3.4. Agropecuario en col inas Les Mosquer es 4,9 3,4 4,2 M 2,6 19,2 M M
3.5. Entorno de Sierra Engarcerán 4,7 3,2 4,0 M 10,5 26,3 M M
3.6. Masos de Mont ino y Collet 4,4 4,1 4,3 M 1,1 18,1 M M
3.7. Figueretes - Povils 3,7 3,6 3,7 M 16,1 30,7 A A
3.8. La Mansel la 4,8 3,6 4,2 M 6,7 23,5 M M
3.9. Agropecuario de corredor Les Llomes 4,4 3,4 3,9 M 10,3 25,9 M M
3.10. Agropecuar io de corredor Los Rosildos 4,5 3,2 3,9 M 14,5 29,9 M M
3.11. Agropecuar io de corredor Els Ibarsos 2,8 2,7 2,8 B 11,6 22,6 M M
Vi: Valor intr ínseco convertido a escala 1 - 10
Vd: Valorac ión d irecta (proceso par tic ipac ión públ ica) en escala 1 - 10
Vp: Valor promedio (media aritmética de los anter iores)
Gv: Grado de vis ib il idad
Vpp: valor promedio ponderado por la vis ibi l idad
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VALORACIÓN PONDERADA DE LOS RECURSOS PAISAJÍSTI COS
RECURSO Vi Vd Vp Gv Vpp VALOR
LIC Sierra Engarcerán -- -- -- -- -- MUY ALTO
Dominio Públ ico Hidráulico 8,0 7,9 8,0 5,41 21,3 MEDIO
Cova Santa -- -- -- -- -- MUY ALTO
Vías Pecuarias -- -- -- -- -- MUY ALTO
Carrascales 13,0 15,0 14,0 7,10 35,1 ALTO
Matorral de Juníperus 11,0 11,9 11,5 2,08 25,0 MEDIO
La Mola - T ossal de la Canyà 14,0 15,0 14,5 8,97 38,0 ALTO
Roure Valenciá 14,0 15,0 14,5 20,00 49,0 MUY ALTO
Font d’Andreu 9,0 15,4 12,2 10,00 34,4 ALTO
Font de Solés 10,0 15,4 12,7 5,00 30,4 ALTO
Font de l ’Ombría 10,0 15,4 12,7 10,00 35,4 ALTO
Núcleo H istórico e inmuebles 15,0 13,3 14,2 20,00 48,3 MUY ALTO
El Castellar -- -- -- -- -- MUY ALTO
Tossal de la Vi la (yacimiento) -- -- -- -- -- MUY ALTO
Abric d’en Meliá -- -- -- -- -- MUY ALTO
Ermita Sant Miquel 10.0 15,4 12,7 10,00 35,4 ALTO
Ermita Desamparados 6,0 12,8 9,4 20,00 38,8 ALTO
Tossal de la Vi la 14,0 13,2 13,6 12,87 40,1 ALTO
Ruta de La Sarratel la 13,0 12,3 12,7 5,00 30,3 ALTO
Peiró de Sant Marc 2,0 5,9 4,0 15,00 22,9 MEDIO
Roca del F igueral 14,0 12,3 13,2 13,51 39,8 ALTO
La Bandereta 5,0 8,8 6,9 15,05 28,9 MEDIO
Pinadas 9,0 7,6 8,3 9,02 25,6 MEDIO
Vi: Valor intr ínseco
Vd: Valorac ión d irecta (proceso par tic ipac ión públ ica)
Vp: Valor promedio (media aritmética de los anter iores)
Vpp: valor promedio ponderado por la vis ibi l idad
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10.4. Establecimiento de objetivos de calidad.
Los objetivos de calidad genéricos -uno o varios de los cuales deben asignarse a
cada unidad de paisaje o recurso paisajístico- son, según establece el Reglamento
de Paisaje de la Comunidad Valenciana, los siguientes.
- Conservación y mantenimiento del carácter existente.
- Restauración del carácter.
- Mejora del carácter a través de la introducción de nuevos elementos o la
gestión de los existentes.
- Creación de un nuevo paisaje.
La asignación de objetivos adopta criterios relacionados con la naturaleza de la
unidad o recurso, su calidad paisajística y la presencia de afecciones
paisajísticas.
En el caso de las unidades de paisaje, se propone en términos generales la
conservación y mantenimiento del carácter existente para las unidades forestales
y ramblas mediterráneas. Pudiendo combinarse este objetivo con el de mejora del
carácter en unidades forestales de potencial uso público median te la gestión de
elementos existentes o la introducción de otros nuevos o con el de restauración en
las unidades donde se han identif icado áreas de afección paisajística relevantes.
Para las unidades agropecuarias se propone en términos generales la mejora del
carácter a través de la gestión de los elementos existentes, combinándose, como
en el caso anterior, con objetivos de restauración asociados a la presencia de
afecciones de paisaje. Se establece como objetivo la conservación del carácter
existente para las unidades agropecuarias en las que la presencia de elementos
discordantes es mínima.
Entre los objetivos de calidad propuestos, no se contempla la creación de nuevo
paisaje al considerar que los cambios introducidos por el nuevo PGOU carecen de
entidad suf iciente para modificar las condiciones def initorias de las unidades de
paisaje establecidas.
En el caso de los recursos paisajísticos, se establece invariablemente como
objetivo de calidad la conservación y mantenimiento del recurso, como objetivo
único o combinándose con la mejora de su carácter cuando el recurso está
asociado a un potencial uso público o con el de restauración cuando se trata de
yacimientos o bienes inmuebles catalogados.
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ASIGNACIÓN DE OBJETIVOS DE CALIDAD A UNIDADES DE PAISAJE
UNIDAD GENÉRICA CALIDAD
Co
ns
erv
ac
ión
y m
an
ten
imie
nto
Re
sta
ura
ció
n
Me
jora
de
l c
ará
cte
r
Cre
ac
ión
nu
ev
o p
ais
aje
UNIDADES FOREST ALES
1.1. Montaña media mesomediterránea MA X X
1.2. Montaña baja termomediterránea A X X
1.3. Laderas del T ossal de la Vi la - Bandereta A X X
1.4. La Mola - T ossal de la Canyà A X X
1.5. Matorral de Morral V il larets - Rotador A X
1.6. Matorral del Bujorró A X
1.7. Matorral del Cugul ló. A X X X
1.8. T ossales de l 'Om - La Miquela A X X
1.9. La Vol ta A X X
1.10. Área f orestal de les l lomes M X X
1.11. Past izal con brezo de la Solaneta M X
RAMBLAS MEDIT ERRÁNEAS
2.1. Rambla Carbonera M X
UNIDADES AGROPECUARIAS
3.1. Agropecuario montaña media Els Dumenges M X
3.2. Agropecuario montaña media Sarrat ella - Deveses M X X
3.3. Agropecuario montaña media Sol de la Foiá M X
3.4. Agropecuario en col inas Les Mosqueres M X X
3.5. Entorno de Sierra Engarcerán M X X
3.6. Masos de Mont ino y Collet M X X
3.7. Figueretes - Povils A X X
3.8. La Mansel la M X
3.9. Agropecuario de corredor Les Llomes M X
3.10. Agropecuar io de corredor Los Rosildos M X
3.11. Agropecuar io de corredor Els Ibarsos M X
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ASIGNACIÓN DE OBJETIVOS DE CALIDAD A RECURSOS DEL PAISAJE
UNIDAD GENÉRICA CALIDAD
Co
ns
erv
ac
ión
y m
an
ten
imie
nto
Re
sta
ura
ció
n
Me
jora
de
l c
ará
cte
r
Cre
ac
ión
nu
ev
o p
ais
aje
LIC Sierra Engarcerán MA X X
Dominio Públ ico Hidráulico M X
Cova Santa MA X X
Vías Pecuarias MA X X
Carrascales A X
Matorral de Juníperus M X
La Mola - T ossal de la Canyà A X X
Roure Valenciá MA X X
Font d’Andreu M X X
Font de Solés M X X
Font de l ’Ombría A X X
Núcleo H istórico e inmuebles MA X X X
El Castellar MA X X
Tossal de la Vi la (yacimiento) MA X X
Abric d’en Meliá MA X X
Ermita Sant Miquel A X X X
Ermita Desamparados A X
Tossal de la Vi la A X X
Ruta de La Sarratel la A X X
Peiró de Sant Marc M X X
Roca del F igueral A X
La Bandereta M X
Pinadas M X
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10.5. Fichas de las unidades de paisaje.
Las f ichas descriptivas de las unidades de paisaje se incluyen en el anexo II
“Fichas de las Unidades de Paisaje”.
10.6. Fichas de los recursos paisajísticos
Las f ichas descriptivas de los recursos paisajísticos se incluyen en el anexo III
“Fichas de los Recursos Paisajísticos”.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 91
11. JUSTIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y ACCIONES
PROPUESTAS PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS
OBJETIVOS DE CALIDAD PAISAJÍSTICA.
Para la consecución de los objetivos de calidad paisajística se han propuesto
acciones de protección, gestión y ordenación según se definen en la Ley 4/2004
de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje:
- Las medidas de protección del paisaje son acciones encaminadas a
conservar y mantener los aspectos significativos o característicos de un
paisaje.
- La gestión del paisaje está constituida por acciones encaminadas a
garantizar el mantenimiento regular de un paisaje.
- La ordenación del paisaje está constituida por acciones que tienen por
objeto mejorar, restaurar o crear paisajes.
11.1. Medidas de protección.
Con objeto de asegurar la conservación y mantenimiento de los recursos
paisajísticos con protección legal específica o los que, sin tenerla, presentan un
valor alto o muy alto, así como las unidades de paisaje de mayor valor
paisajístico, se ha redactado el Catá logo de Paisaje de Sierra Engarcerán.
En el Catálogo se identif ican y delimitan los recursos a proteger y, en su caso, los
correspondientes perímetros de protección; y se establecen normas de protección
total o parcial que garantizan la conservación y mant enimiento de los recursos y
de los aspectos característicos y significativos del paisaje.
11.2. Medidas de gestión.
Para garantizar el mantenimiento del paisaje se ha delimitado el Sistema de
Espacios Abiertos y se han redactado normas de integración paisa jística
específicas dirigidas a mantener las actuales condiciones paisajísticas en su
ámbito.
Del mismo modo, se han redactado normas de integración referidas al terri torio
municipal no incluido en el Sistema de Espacios Abiertos, tanto si se trata de
suelos rústicos como de suelos urbanos o urbanizables, contemplando medidas
específicas para la integración paisajística y visual de los núcleos tradicionales.
Por último, se han establecido zonas de afección paisajística y de protección de
vistas dirigidas al mantenimiento de las condiciones de visibi lidad del paisaje y de
los principales recursos que lo caracterizan.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA JUSTIF ICATIVA 92
11.3. Medidas de Ordenación.
Como medidas dirigidas a la mejora del paisaje se han introducido normas de
integración dirigidas a la corrección de impactos visuales ya existentes mediante
la declaración de fuera de ordenación a efectos de paisaje a los elementos
publicitarios y acabados externos de edificaciones o infraestructuras productivas
que no cumplan las normas de integración paisajística incluidas en la legislación
vigente o introducidas por este Estudio de Paisaje.
Por otra parte, se define un conjunto de Programas de Paisaje dirigidos tanto a la
mejora como a la restauración del paisaje en el ámbito municipal, que deberán ser
desarrol lados con posterioridad.
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MEMORIA NORMATIVA
Contenido
12. CATÁLOGO ..... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97
12.1. Ordenaciòn estructural y no estructural .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97
12.2. Normas generales .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 98
12.3. Normas específ icas para los elementos catalogados .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 98
13. S ISTEMA DE ESPACIOS ABIERTOS .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99
13.1. Criterios de delimitac iòn ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99
13.2. Usos globales y t ipos básicos de edif icación ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100
13.3. Normas específ icas para el s is tema de espacios abier tos ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100
14. NORMAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101
14.1. Normas de integrac ión en suelo urbano o urbanizable ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101
14.1.1. Del imitac ión ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101
14.1.2. Normas de aplicación directa ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101
14.1.3. Normas de integración paisajís t ica ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 102
14.2. Normas de integrac ión en suelo no urbanizable comín .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 103
14.2.1. Del imitac ión ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 103
14.2.2. Normas de aplicación directa ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104
14.2.3. Normas de integración paisajís t ica ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 105
14.3. Normas de integrac ión en suelo no uerbanizable de protección paisajís t ica ... . . . . . . . . . . . . . . 110
14.3.1. Del imitac ión ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110
14.3.2. Usos admit idos ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 111
14.3.3. Normas de integración paisajís t ica ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112
14.4. Normas de integrac ión en suelo no urbanizable de afección paisajís t ica y protección de
vis tas.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .11 4
14.4.1. Zonas de af ección paisajís t ica ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114
14.4.2. Zonas de protección de vis tas ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115
15. PROGRAMAS DE PAISAJE .... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
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12. CATÁLOGO.
12.1. Ordenación estructural y no estructural.
De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 77 de la Ley Urbanística Valenciana y
188 del Reglamento de Ordenación y Gestión Terri torial y Urbanística, tienen
carácter de ordenación estructural los siguientes elementos incluidos en el
catálogo del Plan General de Sierra Engarcerán, según se establece en el artículo
10 de sus disposiciones generales, que se asumen directamente por el catálogo
de paisaje de este municipio:
N-1 Núcleo Histórico tradicional.
BIC-1 Zona Arqueológica. El Castellar.
BIC-2 Zona Arqueológica. Tossal de la Vila.
BIC-3 Zona Arqueológica. Abric D’En Meliá.
BIC-4 Zona Arqueológica: El Tossal de Zaragoza.
BIC-5 Zona Arqueológica: Els Cobrazos del Barranc de la Guitarra.
BIC-6 Zona Arqueológica: El Barranc de la Guitarra.
BRL-1 Iglesia Parroquial.
BRL-2 Castell Palau Casalduch.
BRL-3 Ermita de San Miguel.
BRL-4 Casa Palacio del Obispo Beltrán.
BRL-5 Antigua Lonja.
BRL-5 Nevera.
BRL-7 Ermita de los Desamparados.
Por otra parte, en conformidad con el artículo 36 de la Ley Urbanística Valenciana,
la ordenación estructural debe incluir el tratamiento de los bienes de dominio
público no municipal, por lo que se incluye en la ordenación estructural el
siguiente elemento del catálogo de paisaje:
DP.01. Red de Vías Pecuarias.
Por otra parte, forman parte de la ordenación pormenorizada los elementos con
protección medioambiental específica:
PE.01. LIC de Sierra Engarcerán.
PE.02. Cova Santa.
Las unidades de paisaje valoradas con valor paisajístico intrínseco alto o muy alto:
UP.01. Montaña media mesomediterránea.
UP.02. Montaña baja termomediterránea
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UP.03. Laderas del Tossal de la Vila y Bandereta.
UP.04. La Mola - Tossal de la Canyà.
UP.05. Matorral de Morral Vi llarets - Rotador.
UP.06. Matorral del Bujorró.
UP.07. Matorral del Cugulló.
UP.08. Tossales de l ’Om - La Miquela.
UP.09. La Volta.
UP.10. Figueretes - Povils
Los recursos del paisaje valorados con valor intrínseco alto o muy alto y no
incluidos en las categorías anteriores:
RP.01. Roure Valencià.
RP.02. Font d’Andreu.
RP.03. Font dels Solès.
RP.04. Font de l ’Ombría.
RP.05. Ruta de la Sarratella.
RP.06. Carrascales.
RP.07. Roca del Figueral.
RP.08. La Mola Tossal de la Canyà.
RP.09. Tossal de la Vila.
12.2. Normas generales.
Según el artículo 187 del Reglamento de Ordenación y Gestión Terri torial y
Urbanística, las normas generales de protección comunes para cualquier bien o
espacio catalogado, no tratándose de bienes inmuebles, son las siguientes:
1. Para todos los bienes o espacios catalogados, a f in de preservar su imagen
y mantener su coherencia en el paisaje, se restringirá la posibilidad de
instalar rótulos de carácter comercial o similar, y se limitarán las
actuaciones en los términos que disponga el Plan o Catálogo.
2. Salvo disposición en contrario del planeamiento se entenderá afecta a la
protección toda la parcela en que se ubique el bien catalogado.
3. Cuando implique restricciones mayores a las establecidas
reglamentariamente, deberá tenerse en cuenta la l egislación sectorial que
afecte al elemento catalogado.
12.3. Normas específicas para los elementos catalogados.
Los elementos catalogados se regularán a efectos de paisaje según lo establecido
en el catálogo de paisaje del municipio en sus apartados “3.1. 2. Régimen
urbanístico del suelo y niveles de protección” y “3.1.4. Régimen normativo
general”.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 99
13. SISTEMA DE ESPACIOS ABIERTOS.
13.1. Criterios de delimitación.
El artículo 41 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana define el
Sistema de Espacios Abiertos como “conjunto integrado y continuo de espacios en
general libres de edificación, de interés medioambiental, cultural, v isual,
recreativo y las conexiones ecológicas y funcionales que los relacionan entre sí”.
El Sistema de Espacios Abiertos debe incluir los elementos del Catalogo de
Paisaje, las conexiones ecológicas y funcionales que conectan los elementos del
catálogo, la red hídrica, senderos históricos, v ías pecuarias, infraestructuras y
similares y los corredores verdes.
Siguiendo estas directrices, en la delimitación del sistema de espacios abiertos de
Sierra Engarcerán se ha incluido:
- Las unidades de paisaje incluidas en el catálogo.
- El dominio público hidráulico.
- La red de vías pecuarias y descansaderos.
- Perímetro de 50 metros en torno al Roure Valencià.
- Perímetros de 100 metros en torno a la Ermita de San Miquel y de 60
metros en torno a la Cova Santa, la font d’Andreu, la font de l ’Ombria y la
font dels Solés.
- El LIC Sierra Engarcerán, excepto suelos clasif icados como urbanos o
urbanizables y los núcleos rurales históricos dispersos según se grafían en
los planos de ordenación del PGOU.
Los yacimientos arqueológicos existentes en el municipio, junto con perímetros de
radio de 200 metros en torno a el los, quedan incluidos en las unidad es de paisaje
catalogadas. De igual forma los recursos del paisaje de alto valor ambiental o
visual: carrascales, La Mola - Tossal de la Canyà, Tossal de la Vila, Roca del
Figueral y ruta de la Sarratella quedan incluidos en su totalidad en las unidades de
paisaje catalogadas y por tanto en el sistema de espacios abiertos.
La superficie obtenida por este procedimiento ha sido corregida posteriormente
mediante la inclusión de superf icies de terreno de escasa extensión que habían
quedado englobadas en el sistema de espacios abiertos.
De esta forma el Sistema de Espacios Abiertos incluye todos los elementos
establecidos reglamentariamente y configura un espacio continuo en el que todos
sus elementos se hallan suficientemente conectados, no siendo necesario
establecer corredores de comunicación complementarios.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 100
13.2. Usos globales y tipos básicos de edificación.
En conformidad con el artículo 36 de la Ley Urbanística Valenciana, la ordenación
estructural debe incluir la división del territorio en zonas de ordenac ión
urbanística, determinando para cada una de ellas sus usos globales y tipos
básicos de edificación.
Por su parte, el artículo 41 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad
Valenciana establece que el sistema de espacios abiertos constituirá una zona de
ordenación urbanística cuyo objeto es proveer de áreas recreativas al aire libre,
proteger áreas y hábitats naturales así como el patrón ecológico del lugar y los
valores culturales y paisajísticos, mejorar el paisaje visual y preservar zonas de
transición físicas y visuales entre distintos usos y activ idades.
En consecuencia, el sistema de espacios abiertos delimitado en los planos 05 y
siguientes del Estudio de Paisaje del Municipio de Sierra Engarcerán tiene la
consideración de zona de ordenación urbaníst ica y, por lo tanto, forma parte de la
ordenación estructural, definiéndose para este espacio los siguientes usos
globales y tipos básicos de edificación:
Usos globales:
Se establece como usos globales la conservación del medio natural y
agropecuario tradicional y el uso público con finalidad de esparcimiento.
Tipos básicos de edificación:
El sistema de espacios abiertos es en general un espacio libre de edificación,
por lo que los terrenos incluidos en su ámbito se preservarán del proceso
urbanizador.
En este espacio se permitirá el mantenimiento de la edificación existente y la
edificación nueva vinculada directamente a los usos compatibles y bajo las
condiciones definidas en las normas de integración paisajística desarrol ladas
en el apartado 14.3. “Normas de integración en suelo no urbanizable de
protección paisajística” de esta memoria.
13.3. Normas específicas para el sistema de espacios abiertos.
El sistema de espacios abiertos se regulará a efectos de paisaje según lo
establecido en el apartado “14.3. Normas de integración en suelo no urbanizable
de protección paisajística”.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 101
14. NORMAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA.
El artículo 42 del Reglamento de Paisaje establece que las Normas de Integración
Paisajística definirán los criterios de localización en el territorio y de diseño de
nuevos usos y activ idades para conseguir la integración paisajística en relación
con la regulación de usos del suelo, la corrección de conflictos paisajísticos
existentes y la restauración o rehabili tación de los ámbitos deteriora dos.
En relación con las normas de integración paisajística, y de forma coherente con
el planeamiento municipal, se consideran las siguientes zonas homogéneas:
- Suelo urbano o urbanizable.
- Suelo no urbanizable común.
- Suelo no urbanizable de protección paisa jística.
- Suelo no urbanizable de protección de vistas.
14.1. Normas de integración en suelo urbano o urbanizable.
14.1.1. Delimitación.
En esta categoría de suelo se incluye el suelo urbano consolidado y las
expansiones previstas en el Plan General para los núcleos de Sierra Engarcerán,
Los Rosildos y Els Ibarsos.
14.1.2. Normas de aplicación directa.
Este suelo queda en su totalidad fuera de los l ímites del Sistema de Espacios
Abiertos y en él serán de aplicación las normas establecidas en su legislación
sectorial, además de las normas de aplicación directa establecidas en los
apartados 1 y 2 del artículo 18 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad
Valenciana.
1. Las construcciones habrán de adaptarse al ambiente en que se sitúen. No
se admitirán actuaciones individuales que distorsionen el cromatismo, la
textura y las soluciones constructivas de los edificios o del conjunto en el
cual se ubiquen.
2. No se permitirá que la situación o dimensiones de los edificios, los muros,
los cierres, las instalaciones, el depósito permanente de elementos y
materiales o las plantaciones vegetales rompan la armonía del paisaje rural
o urbano tradicionales, o desfiguren su visión.
14.1.3. Normas de integración paisajística.
Las actuaciones en suelo urbano se adaptarán a lo dispuesto en los artículos 20 y
22 del Decreto 12/2006 por el que se establece el Reglamento de Paisaje de la
Comunidad Valenciana, para lo cual:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 102
Expansión urbana.
- Los crecimientos urbanísticos se realizarán exclusivamente en las zonas de
borde de los núcleos urbanos existentes según prevé el Plan General.
Integración de edificaciones.
- Las nuevas edificaciones y la reforma de las existentes en suelo urbano
contemplarán como objetivo prioritario conservar las características
paisajísticas que definen actualmente los núcleos de población, para lo cual
se adoptarán pautas de diseño similares a las ya existentes. La tipología de
la edificación, así como los colores, texturas, l íneas y formas vendrán
dadas por la arquitectura tradicional o consolidada en las edificaci ones
circundantes.
- En el caso de edificaciones destinadas a activ idades económicas en suelo
urbano o urbanizable de uso industrial, se priorizarán criterios de
integración cromática en la elección de los acabados externos de los
edificios, cerramientos de parcela y estructuras accesorias mediante la
utilización de acabados mate, la limitación de elementos reflectantes y la
utilización de gamas de color y texturas de bajo contraste en relación a la
composición cromática del entorno.
Si el proyecto no requiere estudio de integración paisajística, deberá
presentar plano de alzados que especif ique todos los materiales exteriores,
además de fotomontaje de la implantación con indicación de colores,
texturas y calidad de la fachada. El citado proyecto deberá ser in formado
favorablemente por los servicios técnicos municipales.
- Las nuevas edificaciones deberán tener todos sus paramentos exteriores y
cubiertas terminadas y con tratamiento de fachada, incluyendo desniveles
de altura igual o superior a 2 metros entre edi ficios contiguos.
- Las edificaciones ya existentes orientadas a borde urbano que no cumplan
las condiciones del párrafo anterior se considerarán fuera de ordenación a
efectos de paisaje, debiendo regularizar su situación en plazos que la
administración local establezca.
Control de la escena urbana.
- Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios deberán
mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y
decoro, conforme a lo establecido en los artículos 206 y siguientes de la
Ley Urbanística Valenciana. A tal efecto procederán de forma regular a la
limpieza o en su caso pintado de fachada y elementos comunes, así como a
la reparación de cubiertas y mantenimiento de bajantes.
- En los espacios libres situados en parcela privada y visi bles desde el viario
común o desde vías de comunicación, se prohibirá el almacenamiento o
depósito de materiales y residuos de forma permanente o temporal, salvo
los derivados de necesidades de carga y descarga a corto plazo.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 103
- Las parcelas no edificadas se mantendrán exentas de escombros y
depósitos o almacenamientos de materiales hasta el momento de su
edificación.
Iluminación exterior.
- El diseño de los sistemas de i luminación pública y de i luminación exterior
en edif icios o activ idades privadas incluirá cr iterios de minimización de
contaminación lumínica correspondiente a un nivel de protección 3
correspondiente a suelo urbano o urbanizable:
Preferentemente lámparas de vapor de sodio de alta o baja presión.
Porcentaje máximo de flujo luminosos en el hemisfe rio superior de la
lámpara del 15 %.
Iluminación perturbadora máxima en iluminación viaria del 15 %.
Luminancia máxima de fachadas o monumentos 10 cd/m2.
Luminancia máxima en rótulos 800 cd/m2.
I luminación intrusa máxima en superficies verticales de 10 lux .
Normas específicas para el núcleo de Sierra Engarcerán.
- En el caso del núcleo de Sierra Engarcerán, la expansión excluirá su
fachada norte y, en el resto del perímetro, respetará la topografía del
terreno y el actual perfil o “línea de horizonte” del con junto, procurando el
descenso escalonado por la ladera evitando que las nuevas edificaciones
sobresalgan en altura sobre las edificaciones vecinas.
- El desarrollo urbano del núcleo de Sierra Engarcerán en su ladera sur -
sureste incluirá viales con aceras u otro tipo de espacios públicos que
permitan el acceso a la cuenca visual actualmente percibida desde el borde
del núcleo urbano.
14.2. Normas de integración en Suelo no urbanizable común.
14.2.1. Delimitación.
Esta categoría de suelo comprende la superfic ie municipal no incluida en el suelo
urbano o urbanizable ni en el sistema de espacios abiertos, así como los núcleos
rurales históricos dispersos que se encuentren embolsados en esta última
categoría de suelo.
14.2.2. Normas de aplicación directa.
En suelo no urbanizable común las edificaciones aplicarán las normas directas
incluidas en el artículo 12 y las condiciones para v ivienda familiar aislada
incluidas en el artículo 21 de la Ley 10/2004 de Suelo No Urbanizable.
- Las edificaciones en suelo no urbanizable deberán ser acordes con su
carácter aislado, armonizando con el ambiente rural y su entorno natural.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 104
- No podrá edificarse con una altura superior a dos plantas medidas en cada
punto del terreno natural, sin perjuicio de las demás limitaciones aplicable s.
- No podrán levantarse construcciones en lugares próximos a carreteras,
vías pecuarias u otros bienes de dominio público, sino de acuerdo con lo
que establezca la legislación específicamente aplicable.
- Las edificaciones estarán situadas fuera de los cursos naturales de
escorrentías y se respetarán las masas de arbolado existente y su
topografía.
- Todas las edificaciones y actividades que se autoricen en el suelo no
urbanizable dispondrán de adecuados sistemas de depuración de los
vertidos y residuos que generen.
- Sólo se permitirá edificar vivienda familiar aislada en fincas legalmente
parceladas cuya superficie no sea inferior a una hectárea por vivienda.
- En este caso, la superficie ocupada por la edificación no excederá nunca
del dos por ciento de la finca rústica; el resto de ella habrá de estar y
mantenerse con sus características naturales propias. No obstante, se
permiten servicios complementarios de la vivienda familiar, sin obra de
fábrica sobre rasante natural, cuya superficie no exceda a la ocupada p or
la edificación.
Así como las siguientes normas de los artículos 34 de la Ley 4/2004 de
Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje y 18 del Decreto 12/2006 por el
que se establece el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana.
- No podrán realizarse construcciones que presenten características
tipológicas o soluciones estéticas propias de las zonas urbanas.
- Las nuevas edificaciones deberán tener todos sus paramentos exteriores y
cubiertas terminadas, empleando formas, materiales y colores que
favorezcan una mejor integración paisajística, sin que el lo suponga la
renuncia a lenguaje arquitectónico alguno.
La siguiente norma incluida en el artículo 97 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo,
del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenac ión y Gestión
Terri torial y Urbanística:
b) Cuando la ordenación urbanística exija la permanencia de parte de la
parcela sin edificar, deberá ésta hacerse coincidir con el arbolado o
vegetación más importante existente.
Y las siguientes normas de aplicación directa incluidas en el apartado 2 del
artículo 100 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell , por el que se
aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística:
a) Las edificaciones y construcciones en suelo no urbanizable debe rán ser
acordes con su carácter aislado armonizando con el ambiente rural y su
entorno natural, por lo que no podrán tener las características tipológicas
de vivienda colectiva. A este efecto y con independencia de las reglas y
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 105
limitaciones volumétricas de los planes, los tipos edificatorios se
corresponderán con los tradicionales de la comarca en que se enclave,
tanto en el tratamiento de cubiertas como en la disposición de huecos,
materiales de fachada y composición general. Para justif icar el
cumplimiento de esa exigencia, los proyectos de estas edificaciones
aportarán las referencias gráficas necesarias de viviendas tradicionales
existentes.
b) Las edificaciones no podrán tener medianeras o sin acabar, debiendo
estar totalmente terminadas en todos sus paramentos exteriores y
cubiertas, con empleo de las formas y los materiales que menor impacto
visual negativo produzcan, así como de los colores habituales en la zona.
c) Mientras no exista plan que lo autorice, no podrá edificarse o construirse
con una altura superior a dos planteas incluida la baja, medidas en todas y
cada una de las rasantes del terreno en contacto con la edificación, ni una
pendiente de cubierta superior al 35%.
d) En edificaciones o construcciones aisladas en medio rural, será
obligatorio prever arbolado que permita su mejor integración paisajística.
En estas edificaciones no podrán realizarse semisótanos y la altura del
suelo de la planta baja sobre el terreno natural no podrá superar un metro
de altura.
e) En suelo no urbanizable las viviendas unifamiliares que se autoricen en
terrenos de pendiente superior al 10 por ciento en cualquiera de sus
puntos, no se podrán edificar con más de una planta de altura sobre el
terreno natural ni podrá el suelo de la planta baja situarse en ningún p unto
a más de un metro de altura sobre el terreno natural.
f) Con independencia de las mayores exigencias que pudiesen resultar de
la legislación sectorial aplicable, en suelo no urbanizable no podrán
realizarse cerramientos recayentes a caminos públicos, caminos rurales o
caminos privados utilizados por más de una parcela, a distancias inferiores
a 4 metros medidas desde el eje de dichos caminos.
14.2.3. Normas de integración paisajística.
Cualquier actuación que deban desarrollarse en este tipo de suelo se adaptará a
las normas de integración de los artículos 33 y 34 de la Ley 4/2004 de Ordenación
del Terri torio y Protección del Paisaje y 18 y 20 del Decreto 12/2006 por el que se
establece el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, según las
siguientes disposiciones.
Integración con la topograf ía.
- Se adecuarán a la pendiente natural del terreno, de modo que ésta se
altere en el menor grado posible y se propicie la adecuación a la topograf ía
del terreno, tanto del perfil edificado como del parcelar io, de la red de
caminos y de las infraestructuras lineales.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 106
- Se incorporarán los elementos topográficos naturales significativos tales
como laderas, cerros, cauces naturales y otros análogos como
condicionante de proyecto.
- Se incorporarán los elementos topográficos artif iciales significativos tales
como muros, bancales, caminos tradicionales, escorrentías, setos y otros
análogos como condicionantes de proyecto proponiendo las acciones de
integración necesarias para no deteriorar la calidad paisajística. Las
acciones de integración serán coherentes con las características y el uso
de los elementos topográficos artif iciales, garantizando la reposición de
dichos elementos cuando resultaren afectados por la ejecución de cualquier
tipo de obra.
- La restauración exterior y el mantenimiento de las edificaciones y
elementos artif iciales existentes tales como bancales, muros y cercados,
así como la realización de otras nuevas, se efectuará dentro del respeto a
las características estéticas y materiales tradicionales, p rocurando su
correcta integración en el paisaje.
Integración con la vegetación.
- Se integrará la vegetación y el arbolado preexistente y, en caso de
desaparición, por ser posible conforme a su regulación sectorial, se
establecerán medidas compensatorias que permitan conservar la textura, la
cantidad de masa forestal y la escala de compartimentación original de los
terrenos.
- Cualquier actuación observará las determinaciones incluidas en la Ley
4/2006, de 19 de mayo, de la Generalitat, de Patrimonio Arbóreo
Monumental de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 5265 de 24/05/2006).
- En general, y de forma obligatoria en suelo forestal incluido en el LIC
Sierra Engarcerán, se conservará el paisaje tradicional de la flora y la
cubierta vegetal y se potenciará las especies autóctonas de etapas
maduras de la sucesión y las especies con capacidad de rebrote después
de incendios.
- En actuaciones de implantación de vegetación en suelo no forestal se
utilizarán especies adecuadas a las condiciones edafoclimáticas de la zona
y que requieran un bajo mantenimiento.
- En actuaciones de implantación de vegetación en cualquier tipo de suelo se
observarán las disposiciones de la Orden de 10 de septiembre de 2007, por
la que se aprueban medidas para el control de las especies vegetales
exóticas invasoras en la Comunidad Valenciana.
- Cualquier obra o trabajo a desarrol lar en suelo forestal o sus inmediaciones
observará las medidas incluidas en el “pliego general de normas de
seguridad en prevención de incendios forestales a observar en la e jecución
de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus
inmediaciones” editado por la Generali tat Valenciana.
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 107
- Cualquier activ idad a desarrollar en suelo forestal o sus inmediaciones
observará las medidas de prevención de incendios dispuestas en la Ley
3/1993, de 9 de diciembre, de la Generali tat Valenciana, Forestal de la
Comunidad Valenciana, y su reglamento aprobado por Decreto del
Gobierno Valenciano, de fecha 16 de mayo de 1995. Particularmente su
desarrol lo a través de la Orden de 30 de marzo de 1994, de la Conselleria
de Medio Ambiente, por la que se regulan las medidas generales para la
prevención de incendios forestales (DOGV nº 2245 de 14/04/94).
Elementos de publicidad.
- Se prohíbe la colocación y mantenimiento de anuncios, carteles y vallas
publicitarias, excepto los que tengan carácter insti tucional y fin indicativo o
informativo, con las características que fije, en su caso, la administración
competente o, tratándose de dominio público, cuente con expresa
autorización demanial y no represente un impacto paisajístico.
- A efectos de paisaje quedan fuera de ordenación los carteles informativos
de propaganda, inscripciones o artefactos de cualquier naturaleza con fines
publicitarios actualmente existentes, salvo los indicadores de cará cter
institucional, por lo que no podrán renovarse las autorizaciones
actualmente vigentes y deberá procederse a su desmantelamiento una vez
hayan concluido los plazos.
Criterios estéticos en edificaciones e instalaciones.
- Los acabados externos de las edif icaciones, construcciones
agroindustriales, casetas de riego y similares, así como sus estructuras
anexas, observarán criterios mínimos de calidad y estéticos adecuados al
entorno, estando prohibido acabados a obra vista y cubiertas metálicas, de
material plástico, fibrocemento o similares. Se autorizarán cubiertas
metál icas con tratamiento externo adecuado en color y brillo a los objetivos
perseguidos excepto en edificaciones destinadas a vivienda o alojamiento
turístico.
- Se prestará especial cuidado en no crear fuertes contrastes que ejerzan
como puntos de atracción visual, para lo cual se adoptarán gamas de color
normalmente utilizadas en la vivienda tradicional de la zona o bien
predominantes en el entorno natural, de superficie mate, evitando la
introducción de elementos reflectantes y priorizando la utilización de
materiales meteorizables o miméticos en los acabados.
- En general, y especialmente en el entorno inmediato de las explotaciones
agroindustriales o similares, se prohíbe el depósito de residuos, materiales
o chatarra a cielo abierto, de forma permanente o temporal, salvo para
operaciones de carga y descarga inmediata.
- A efectos de paisaje quedan fuera de ordenación las edificaciones,
construcciones agroindustriales, casetas de riego y similares ya existentes
que no cumplan las condiciones expuestas en los párrafos anteriores, por
lo que no podrán renovarse las licencias actualmente vigentes una vez
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 108
hayan concluido los plazos a menos que se adapten a las presentes
normas.
Iluminación exterior.
- La iluminación exterior de edificaciones o activ idades en suelo no
urbanizable común observará criterios de minimización de contaminación
lumínica correspondiente a un nivel de protección 2 propio de suelo no
urbanizable situado fuera de espacios de interés natural:
Lámparas de vapor de sodio de alta o baja presión.
Porcentaje máximo de flujo luminosos en el hemisferio superior de la
lámpara del 5 %.
Iluminación perturbadora máxima en iluminación viaria del 10 %.
Luminancia máxima de fachadas o monumentos 5 cd/m2.
Luminancia máxima en rótulos 400 cd/m2.
I luminación intrusa máxima en superficies verticales de 5 lux.
Normas específicas en zona forestal incluida en LIC.
En suelo no urbanizable común incluido en el Lugar de Interés Comunitario de
Sierra Engarcerán se observarán adicionalmente las medidas de conservación a
aplicar en las zonas especiales de protección de la Red Natura 2000 conforme a lo
establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad (BOE nº 299 de 14/12/2007) y apartados no derogados del Real
Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre (modificado por RD 1193/1998) que
transpone la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a
la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flor a silvestres (Directiva
de Hábitats), así como cualquier otra disposición legislativa que afecte a este
espacio.
Normas específicas en suelo no urbanizable de tipo 2.
En suelo no urbanizable común delimitado en el Plan General como de tipo 2
(SNU-C2), que corresponde a núcleos rurales históricos dispersos cuyas
características especiales justif ican un tratamiento diferenciado, se observarán
normas específ icas de integración dirigidas a asegurar la integración de las
actuaciones en el conjunto en que se ubican. Las normas específ icas serán las
establecidas en el Plan General pare este tipo de suelos y se transcriben a
continuación:
- Podrán construirse viviendas de nueva planta de modo que se puedan
consolidar el perímetro y los huecos existentes en el núcleo, con un
máximo de incremento del 50% sobre el número de viviendas existentes.
- Podrán acondicionarse, reedificarse, rehabilitarse y ampliarse las viviendas
existentes con la finalidad de permitir que cumplan las normas de
habitabilidad y diseño en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Las
ampliaciones no superarán el 20% de la edificación existente,
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 109
manteniéndose en todo momento la parcelación tradicional propia del
asentamiento originario y respetando el arbolado existente.
Condiciones de edificabilidad.
- Las alineaciones serán modificables mediante Estudios de Detalle.
- El número máximo de plantas es dos (baja + 1) y la altura máxima
reguladora de 7 metros.
- Se admiten cubiertas inclinadas. La cumbrera no podrá situarse a más de
3,50 metros sobre la altura de cornisa.
- En las cubiertas inclinadas se permitirán, por encima de la altura de
cornisa, desvanes de la misma vivienda destinados a usos complementarios
agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos. El arranque de los faldones
de dichas cubiertas se podrá situar como máximo a 1,50 m por encima de
la altura de cornisa. Se admitirá que el desván ventile e ilumine, mediante
huecos en los planos de las cubiertas inclinadas o mediante claraboya,
lucernarios o ventanas basculantes.
- Se prohíben los áticos.
- Sobre los planos que definen una cubierta inclinada solo se podrán levantar
elementos de ventilación (forzada y de humos) bajo la configuración de
chimeneas que en todo caso asegurarán la debida aspiración o salida
adecuada de humos.
- Las claraboyas o lucernarios no superarán los 3 m2 de superficie en planta,
sin sobresalir más de 100 cm sobre el plano de cubierta.
- Se permiten balcones con losa inferior de espesor menor a 15 cm.
- Se permiten miradores acristalados únicamente con carpintería de madera
sobre carpintería metálica o de madera con losa inferior de espesor menor
a 15 cm.
- Se permiten retranqueos de edificación siempre que las partes de
medianera vista queden debidamente revestidas y pintadas.
Condiciones estéticas
- Se prohíben materiales no cerámicos o t ipo terrazo, así como acabados
vidriados, brillantes y pulidos.
- Quedan expresamente prohibidos los fibrocementos, las placas de chapa
metálica, así como los acabados vistos con láminas impermeabilizantes.
- En claraboyas o lucernarios se permite la utilización puntual de vidrios
armados y placas sintéticas traslúcidas (de plástico o de policarbonato)
siempre que sean planas y no onduladas.
- Los elementos de ventilación (forzada y de humos) se ejecutarán bajo la
configuración de chimeneas, preferentemente con los materiales, acabados
y las formas constructivas tradicionales, como la teja y las rasillas.
- Las fachadas deberán ser acordes con el entorno inmediato.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 110
- No se permiten los aplacados pétreos en fachadas completas; en cambio sí
se permiten fábricas de mampostería de piedra del lugar (ordinaria ó
concertada) en toda o parte de la fachada.
- Quedan prohibidos, en general, los mármoles y granitos en fachadas así
como los acabados brillantes, pulidos. Se permiten zócalos y plantas bajas
aplacadas con acabado abujardado.
- Se tolera el enmarcado de huecos: con mampostería de piedra de rodeno
careada o concertada, con fábrica de rasilla maciza (espesor menor de 35
mm.), con resaltados con revoco y/o color suave.
- Se permiten las fábricas de mampostería con acabado vis to o encalado.
Igualmente se admiten enfoscados y revocos, a buena vista
preferentemente, con acabado pintado en blanco o encalado. Cualquier
actuación en color deberá contar con previa propuesta cromática gráfica
incluida en el proyecto correspondiente, admitiéndose solo tonos cremas y
ocres claros.
- Se propugna en general relación con el entorno inmediato mediante la
utilización de materiales autóctonos con sistemas constructivos
tradicionales.
- Quedan prohibidas las actuaciones superficiales con colores vi vos, puros o
estridentes.
- Las medianerías tendrán el mismo acabado de la fachada y con idénticas
calidades.
- Los huecos tendrán una mayor dimensión vertical frente a la horizontal.
- Las carpinterías exteriores serán de madera, metálicas, pintadas o aluminio
anodizado en color oscuro.
- Las defensas, rejas y barandillas recomendadas serán las tradicionales de
la zona.
14.3. Normas de integración en suelo no urbanizable de
protección paisajística.
14.3.1. Delimitación.
Esa categoría de suelos corresponde al Sistema de Espacios Abiertos descrito en
el apartado 14.2 y delimitado en el plano 05, tratándose de un espacio en general
libre de edificación.
14.3.2. Usos admitidos.
En este tipo de suelo se establece como objetivo de calidad el mantenimiento y
potenciación de los elementos naturales o seminaturales del medio y los
elementos y conjuntos de origen antrópico característicos del ambiente rural que
conf iguran el paisaje tradicional en el término municipal.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓ N URBANISTIC A
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ESTUDIO DE PAISAJ E. MEMORIA NORMATIVA 111
Se entiende por elementos naturales o seminaturales del medio, tanto las
formaciones vegetales naturales o de repoblación y su fauna asociada como los
elementos geomorfológicos.
Se entiende por elementos antrópicos del paisaje el patrimonio etnológico
constituido por las infraestructuras y construcciones vincu ladas a las activ idades
socioeconómicas tradicionales en el medio rural local.
Uso global.
Se establece como usos prioritarios la conservación del medio natural y
agropecuario tradicional y el uso público con finalidad de esparcimiento.
Usos compatibles.
- Usos actualmente consolidados sin exceder su delimitación actual sobre el
terreno.
- Forestal, de acuerdo a las condiciones establecidas en la legislación
concerniente y adaptándose a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto
12/2006 por el que se establece el Reglamento de Paisaje de la Comunidad
Valenciana.
Los métodos de ordenación forestal y tratamientos silvícolas potenciarán la
presencia de arbolado de dimensiones y vigor que reflejen la calidad real
del territorio. Se evitarán tratamientos silvícolas que perpetúen masas
forestales de baja calidad. Asimismo, en la apertura o repaso de caminos
en suelo forestal se prestará una especial atención a la recuperación del
paisaje tanto en su plataforma como en taludes.
- Agrícola en suelos ya destinados a este uso anteriormente.
- Apicultura.
- Caza.
- Extracción de plantas medicinales y aromáticas, hongos y f rutos
comestibles o de uso industrial de acuerdo a las condiciones establecidas
en la legislación concerniente, en especial la Orden de 20 de diciembre de
1985, de la Consellería de Agricultura y Pesca, sobre protección de
especies endémicas o amenazadas y la Orden de 16 de septiembre de
1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se
regula la recolección de setas y otros hongos en el territo rio de la
Comunidad Valenciana.
- Ganadería extensiva sujeta a la acotación de las áreas susceptibles de
explotación, carga ganadera asimilable y medidas para evitar el
sobrepastoreo.
- Apriscos para guardar el ganado y casetas de aperos.
- Mantenimiento de accesos y edificaciones existentes y mejoras de éstas
que no afecten a los valores a proteger.
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- Protección y conservación del patrimonio arquitectónico rural.
- Dotacional dirigido al mantenimiento o conservación del medio natural.
- Socio-cultural con finalidad educativa, recreativa, deportiva o de
investigación.
- Hostelero vinculado a los usos dotacionales antes indicados sujeto a los
condicionantes y procedimientos determinados por la legislación especifica
del suelo no urbanizable.
Usos prohibidos.
Los no autorizados expresamente en los párrafos anteriores y, en particular:
- La explotación de canteras y la extracción de áridos, tierras y demás
recursos geológicos.
- La implantación de activ idades industriales excepto las relacionadas con la
obtención de energías renovables en los términos fijados en el artículo 24
de la Ley de Suelo no Urbanizable.
- La nueva edificación para vivienda aislada no vinculada al servicio de los
usos dotacionales compatibles.
- Las transformaciones agrícolas que supongan modificación del reli eve o
alteración del paisaje.
- La realización de inscripciones, señales, signos y dibujos en piedras,
árboles o cualquier elemento del medio natural o histórico -cultural, excepto
las necesarias para la gestión del Medio Natural.
14.3.3. Normas de integración paisajística.
En las zonas de protección paisajística se observarán las normas de aplicación
directa y normas de integración descritas para las zonas de suelo no urbanizable
común que sean de aplicación, además de las siguientes normas de integración:
- El diseño y planificación de activ idades relacionadas con los usos
compatibles deberá contemplar desde su inicio criterios paisajísticos y
visuales que aseguren su adecuada integración en el entorno.
- La implantación de usos o activ idades compatibles que por sus
características puedan generar un impacto paisajístico deberán realizarse
de manera que se minimice su efecto negativo sobre el paisaje; los
proyectos deberán incorporar medidas de restauración de la calidad
paisajística cuando exista un potencial deterioro derivado de movimiento de
tierras, modificación de la cubierta vegetal, apertura de pistas o caminos, o
cualquier otra causa.
- Las pistas y caminos forestales y rurales, áreas cortafuegos e instalación
de infraestructuras de cualquier tipo que sean autorizadas, se realizarán
atendiendo a su máxima integración en el paisaje y su mínimo impacto
visual.
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- Se justif icará con criterios ambientales la imposibilidad de enterrar los
tendidos para comunicaciones o transporte de energía que, en ausencia de
justif icación, deberán priorizarse sobre los tendidos aéreos.
- El desarrol lo de activ idades económicas compatibles en las zonas de
protección paisajística se realizará prioritariamente adaptando las
construcciones previamente existentes.
- En caso de ser necesaria la creación de nuevas instalaciones o
edificaciones para el desarrollo de activ idades compatibles, se realizarán
conforme al modelo tradicional existente en la zona o deberán incorporar
las medidas de ocultación o mimetización necesarias para su integración en
el paisaje.
- De requerirse i luminación exterior en edificaciones o activ idades
desarrol ladas en este tipo de suelo, se observarán criterios de
minimización de contaminación lumínica correspondiente a un nivel de
protección 1 propio de espacios de interés natural:
Lámparas de vapor de sodio de alta o baja presión.
Porcentaje máximo de flujo luminosos en el hemisferio superior de la
lámpara del 1 %.
Iluminación perturbadora máxima en iluminación viaria del 10 %.
Luminancia máxima de fachadas o monumentos 5 cd/m2.
Luminancia máxima en rótulos 50 cd/m2.
I luminación intrusa máxima en superficies verticales de 2 lux.
- Los elementos constructivos tradicionales existentes tales como masos,
puntos de agua y estructuras de piedra en seco, serán objeto de protección
a f in de garantizar la conservación y recuperación de los valores
arquitectónicos y tipologías tradicionalmente desarrol ladas en el terri torio.
Para su restauración y mantenimiento, los particulares podrán recabar
colaboración técnica y económica de la administración competente, que
podrá otorgarla en función de los medios humanos y materiales de que
disponga.
14.4. Normas de integración en suelo no urbanizable de afección
paisajística y protección de vistas.
Es objetivo de las zonas de afección paisajística y protección de vistas garantizar
el mantenimiento de las condiciones de visualización desde los principales puntos
de observación y hacia los principales recursos paisajísticos identif icados en el
municipio.
Las zonas de afección paisajística y protecci ón de vistas no afectan a la
clasificación o calif icación del suelo.
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Se establecen zonas de afección paisajística y zonas de protección de vistas para
los puntos de observación y recursos paisajísticos respectivamente de acuerdo a
las siguientes condiciones.
14.4.1. Zonas de afección paisajística.
Se entiende por zona de afección paisajística la superficie en la que las
activ idades quedan condicionadas al mantenimiento o mejora de la percepción de
panorámicas desde el punto de observación considerado.
Los puntos de observación pueden consultarse en el anexo I y planos 03 y
siguientes de este estudio de paisaje.
Con carácter general, las zonas de afección paisajística incluyen la cuenca visual
del punto de observación considerado y, en ella, la restricción de activ idades se
establece en función de la naturaleza del punto de observación y la distancia.
Para puntos de observación estáticos, queda prohibido en el plano corto (hasta
300 metros) cualquier actuación que perturbe las panorámicas percibidas desde el
punto de observación considerado, en particular, la construcción de cerramientos,
edificaciones u otras instalaciones, depósitos permanentes de elementos y
materiales o plantaciones vegetales cuya situación o dimensiones l imiten el campo
visual.
Dentro del perímetro así definido se permitirán actuaciones de acondicionamiento
y mejora del propio punto de observación siempre que no interfieran con las
panorámicas percibidas.
En el caso de los núcleos urbanos, el perímetro de 300 metros se establecerá a
partir de los l ímites del suelo urbano o urbanizable establecidos en el Plan
General.
Para puntos de observación dinámicos, queda prohibido en el plano corto (hasta
300 metros) cualquier actuación que perturbe las panorámicas percibidas desde el
punto de observación considerado, en particular, la construcción de cerramientos,
instalaciones, depósitos permanentes de elementos y materiales o plantaciones
vegetales cuya situación o dimensiones l imiten el campo visual; estando permitida
la edificación de acuerdo con la legislación del suelo y de carreteras.
Para distancias mayores a 300 metros en torno a los puntos de observación, se
considera zona de afección paisajística a las zonas de máxima visibilidad según
se delimitan en los planos 03 y siguientes.
En estas zonas, cualquier actuación con incidencia en el paisaje deberá justif icar y
garantizar su correcta integración paisajística en lo referente a formas, volúmenes,
colores, brillos y texturas respecto a los puntos de observación afectados,
independientemente de que así se exija en la legislación concerniente.
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14.4.2. Zona de protección de vistas.
Se entiende por zona de protección de v istas la superf icie en la que las
activ idades quedan condicionadas al mantenimiento o mejora de la percepción
visual del recurso considerado.
Los recursos paisajísticos pueden consultarse en el anexo III y planos 02 y
siguientes de este estudio de paisaje.
Con carácter general la zona de protección de vistas incluye la totalidad del
recurso cuando se trate de recursos zonales: carrascales del Bosc Negre, Pinadas
de la Palomita - Molló, La Mola - Tossal de la Canyà, Roca del Figueral y La
Bandereta.
En el caso de recursos puntales (Roure Valencià, Cova Santa, yacimientos de la
Vila, el Castellar y abric d’en Meliá, ermita de San Miguel , Peiró de Sant Marc y
núcleos urbanos) se establece con carácter general un radio de 100 metros.
No se establece protección de vistas para recursos de carácter lineal: carreteras
CV - 15, CV - 155 y CV - 154, senda de la Sarratella, dominio público hidráu lico y
red de vías pecuarias que quedan sujetas a su legislación sectorial y a las
condiciones de integración expuestas en apartados anteriores de esta memoria.
Cualquier actuación que deba desarrol larse en zona de protección de vistas
deberá evitar el bloqueo de vistas hacia el recurso considerado desde cualquier
perspectiva accesible y asegurar la correcta integración con el recurso
considerado.
Las construcciones de nueva planta o la reforma exterior de las existentes en las
inmediaciones de inmuebles catalogados deberán armonizar con ellos.
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15. PROGRAMAS DE PAISAJE.
En conformidad con el artículo 61.2 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad
Valenciana, los programas de paisaje del municipio se formarán, tramitarán y
aprobarán de forma independiente a este estudio de paisaje.
En este apartado se hace una previsión de los programas necesarios para
garantizar la preservación, mejora y puesta en valor de los paisajes que por su
valor natural, v isual, cultural o urbano requieren intervenciones específicas e
integradas.
Como se ha desarrol lado en el apartado 10.4 de la memoria justif icativa, diversas
unidades y recursos del paisaje presentan objetivos de mejora del carácter a
través de la gestión de sus elementos o la introducción de otros nuevos, o bien
objetivos de restauración de espacios degradados.
Los programas de paisaje necesarios para alcanzar los objetivos de calidad
propuestos, así como las estratégias, condiciones de ejecución y delimitación, se
recogen en las fichas de las páginas siguientes.
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PROGRAMA 01 MANTENIMIENTO DE ESPACIOS FORESTALES
Objet ivo general Preservac ión de la calidad de los espacios forestales y prevención de
incendios.
Estrateg ias Coord inación de la corporación munic ipal con las adminis trac iones
competentes en materia fores tal a ef ectos de potenciar trabajos de s ilvicul tura
y prevención de incendios.
Captación de f inanciac ión procedente de f ondos complementarios (programas
de desarrollo local, líneas de creación de empleo, fondo para la equidad
terr itor ial, mantenimiento de la b iod ivers idad, etc) para la programación de
actuaciones, f ormación y contratación de brigadas f orestales integradas por
población local.
Coord inación con los programas 02, 03, 04, 05 y 08 con objeto de potenciar
s inerg ias.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad paisaj ís t ica establecidos para las
unidades af ectadas (conservación y mantenimiento), las actuaciones deberán
ceñirse a la normativa f orestal y relat iva a espacios naturales y b iod ivers idad.
No se establecen objet ivos cuant itativos para el programa, aunque se
propone la realización de un seguimiento anual de indicadores tales como: nº
de hectáreas intervenidas, nº de actuac iones puntuales, invers ión por
hectárea de suelo fores tal , etc.
Ámbito Unidades de paisaje forestales y Rambla Carbonera.
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PROGRAMA 02 MANTENIMIENTO Y RESTAURACIÓN ARQUITECTURA RURAL DE PIEDRA EN SECO
Objet ivo general Protección de elementos relevantes de arquitectura rural de piedra en seco y
mantenimiento general de estructuras de abancalamiento.
Estrateg ias Aplicación de las normas de integración paisajís t ica establecidas en la
memor ia normat iva ref eridas a este t ipo de elementos.
Local izac ión y catalogac ión de elementos relevantes en coord inación con el
programa 03 con objeto de es tablecer su adecuada pro tección.
Identif icación de abancalamientos en s ituación de r iesgo o deterioro
avanzado, prior izando los ubicados en zonas de máxima vis ib il idad y/o r iesgo
máximo de erosión o des lizamiento.
Coord inación con la propiedad y búsqueda de ayuda técnica y econó mica
para ejecutar las acciones de mantenimiento adecuadas.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad paisaj ís t ica establecidos
(conservación y mantenimiento, restaurac ión y/o mejora del carácter), las
actuaciones deberán ejecutarse íntegramente con materia les y técnicas
tradic ionales.
Como objetivos operativos se establecen los s iguientes:
Existencia de un inventar io de ámbito munic ipal de elementos
tradic ionales de piedra en seco, s ingulares o relevantes por sus
caracterís ticas o dimensiones que inc luya, al menos , su localización
cartográf ica y t ipología.
Restauración de abancalamientos derruidos en las zonas de af ección
paisajís t ica según se delimi tan en la memoria normativa del estudio de
paisaje munic ipal.
Ámbito Término munic ipal.
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PROGRAMA 03 INVENTARIO Y CATALOGACIÓN DE RECURSOS PAISAJÍSTICOS DE INTERÉS
Objet ivo general Local izac ión y catalogac ión de recursos paisajís t icos de interés.
Estrateg ias Programa de localización, descripc ión y valoración de recursos paisajís t icos
de interés, promoviendo la partic ipación activa de grupos locales que
desarrollan su ac tividad en es te campo.
Inc lus ión de los recursos relevantes en el catálogo de paisaje.
Establecimiento de prioridades, programación, búsqueda de f inanciación
procedente de f ondos relac ionados (programas de desarrollo local, líneas de
creación de empleo, fondo para la equidad terr itor ial, agencia valenciana de
turismo, etc) para la ejecución de ac tuaciones de puesta en valor.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad paisaj ís t ica establecidos
(conservación y mantenimiento, restaurac ión y/o mejora del carácter), las
actuaciones deberán ejecutarse íntegramente con materia les y técnicas
tradic ionales o adecuadamente adaptadas a la naturaleza del recurso de que
se trate.
Como objetivos operativos se establecen los s iguientes:
Existencia de un inventar io de ámbito munic ipal que inc luya los recursos
paisajís t icos de in terés ampl iando el inventar io real izado en el estudio de
paisaje munic ipal; en particular deberán inc luirse los elementos relevantes
identif icados mediante el programa 02, los inmuebles trad ic ionales
existentes en suelo no urbanizable, tanto de uso res idenc ial como de
carácter económico o cul tural, que conserven su t ipología orig inal, los
puntos de agua en superf ic ie y los árboles y arboledas s ingulares.
Protección mediante su inc lus ión en el catálogo de paisaje munic ipal de
los elementos inventariados considerados de valor alto o muy alto.
Real ización de actuac iones de puesta en valor de los recursos
catalogados pr ior izando aquel los que complementen rutas senderis tas o
puntos de atracción tales como miradores .
Ámbito Término munic ipal.
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PROGRAMA 04 ADECUACIÓN Y MEJORA DE RUTAS Y SENDEROS
Objet ivo general Puesta en valor de rutas y senderos de ámbito local.
Estrateg ias Identif icación de necesidades y establec imiento de prioridades en relac ión
con el uso público de las diferentes rutas senderis tas identif icadas en el
término munic ipal, promoviendo la partic ipación act iva de grupos locales que
desarrollan su ac tividad en es te campo.
Vertebración de las rutas con los recursos del paisaje y miradores existentes
en el ámbito de cada una de el las mediante la coord inación con los
programas 02, 03 y 05.
Programac ión de actuac iones de mejora de transitabil idad, segur i dad para el
usuario y promoc ión; búsqueda de f inanciación d irecta a t ravés de líneas de
ayuda relac ionadas o mediante la complementariedad con los programas 01,
03 y 05.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad paisaj ís t ica establecidos (mejo ra del
carácter), las actuac iones deberán realizarse s igu iendo estr ic tamente los
trazados originales de sendas , pis tas y vías pecuarias; respetando y poniendo
en valor los posibles elementos asociados tales como muros de delimitac ión,
puntos de agua, desc ansaderos y s imilares.
Como objetivos operativos se establecen los s iguientes:
Homologación en la Federación Valenciana de Senderismo de una red de
ámbito munic ipal senderos de pequeño recorr ido y/o senderos locales que
inc luya, al menos, la ruta de la Sar ratella.
Establecimiento de un programa munic ipal de seguimiento y
mantenimiento de la red de senderos.
Ámbito Rutas sender is tas ident if icadas en el término munic ipal que af ectan a las
unidades de paisaje: 1.1, 1.3, 1.4, 1.7, 1 .8, 3.1, 3.2 y 3.5, así como a la
unidad 1.5 que actúa como elemento de conexión entre algunas de las
anteriores .
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PROGRAMA 05 HABILITACIÓN DE MIRADORES
Objet ivo general Facil itac ión del acceso al paisaje para su pues ta en valor .
Estrateg ias Selección de puntos de observac ión pr ef erentes en función de la panorámica
obtenida, su accesibi l idad, complementariedad con otros recursos y conexión
con rutas senderis tas.
Redacción de proyectos de acondic ionamiento y señalización de miradores en
puntos de observac ión seleccionados. Búsqued a de f inanciación a través de
líneas de ayuda directamente relac ionadas o mediante la complementariedad
con los programas 01, 03 y 04.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad paisaj ís t ica establecidos (mejora del
carácter), las actuac iones deberán realizarse asegurando la perf ecta
integración paisajís t ica y visual de cualquier actuac ión, u t i l izando pare ello
materiales y técnicas tradic ionales o adecuadamente adaptadas a las
condic iones del entorno de que se trate.
Como objetivos operativos se establecen los s iguientes:
Habi l itac ión como miradores de los espacios asociados a la ermi ta de Sant
Miquel y peiró de Sant Marc.
Estudio de viabil idad para la habi l itac ión otros miradores; part icularmente
en el área del Castellar fundamentándose en el punto de observación
uti l izado por Cabanil les y asociándolo al Roure Valenciá como ruta
temática.
Ámbito Unidades de paisaje que por sus condic iones topográf icas y de accesibi l idad
fac il i tan ampl ias panorámicas sobre el terr itor io: 1.1, 1.3, 1.4, 1.5. Con
especial atención a los puntos de observación estáticos inc luidos en el
estudio de paisaje del munic ipio.
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PROGRAMA 06 MEJORA DE BORDES URBANOS Y SUS ACCESOS
Objet ivo general Mejora de las condic iones visuales de los núcleos urbanos y de la percepció n
del paisaje desde sus bordes .
Estrateg ias Aplicación de las normas de integración establec idas en la memoria normativa
del es tudio de paisaje del munic ip io (apartado 14.1. Normas de integrac ión en
suelo urbano o urbanizable), con espec ial atención al co ntrol de la escena
urbana y a los elementos fuera de ordenac ión a ef ectos de paisaje.
Estudio específ ico de integración visual para los nuevos accesos a los
núcleos urbanos contemplados en el P lan General.
Conexión peatonal de las diversas rutas senderis tas aprovechando el nuevo
borde urbano al sur - sureste del núcleo de S ierra Engarcerán, donde
conf luyen la mayoría de ellas, mediante acondic ionamiento de viales con
aceras u otro t ipo de espacio públ ico apto para este uso y convenientemente
señal izado que prevea, adic ionalmente, señalización adecuada y vis tas sobre
el espac io c ircundante. Para ello podrá aprovecharse la ordenac ión de detalle
de los nuevos sectores de suelo urbanizable.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad paisaj ís t ica esta blecidos
(restaurac ión y mejora del carác ter), las actuaciones deberán realizarse
asegurando la perf ecta integración paisajís t ica y visual de cualqu ier
actuación, uti l izando pare ello mater iales y técnicas trad ic ionales o
adecuadamente adaptadas a las condic iones del entorno de que se trate.
Como objetivos operativos se establecen los s iguientes:
Adecuación de elementos de borde urbano fuera de ordenación a ef ectos
de paisaje que af ecten a zonas de af ección paisaj ís t ica según se del imitan
en la memor ia nor mat iva del es tudio de paisaje munic ipal .
Adecuada in tegración paisaj ís t ica y visual de los nuevos accesos a
núcleos de poblac ión desde f ase de ordenación pormenor izada de los
sectores correspondientes.
Adecuada conexión entre rutas conf luyentes en el núcle o de S ierra
Engarcerán mediante borde urbano de uso público que permita,
adic ionalmente, vis tas sobre el paisaje.
Ámbito Entorno de los núcleos de Sierra Engarcerán, Rosi ldos e Ibarsos.
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PROGRAMA 07 MEJORA DE SEGURIDAD PEATONAL Y COMODIDAD DEL USO DE ESPACIOS LIBRES
Objet ivo general Mejora de la accesibi l idad y segur idad en el uso del espacio públ ico.
Estrateg ias Adaptación del espacio urbano a la presencia de la traves ía de la CV -15
mediante la habi l itac ión de espacios l ibres de amortiguación y cruce s seguros
que cumplan la normat iva de accesib il idad al espac io público.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad establec idos (mejora del carácter),
se establece como objet ivos operativos los s iguientes :
Inc lus ión de criterios de seguridad y accesibi l idad en los espacios
af ectados por la presencia de travesía en la ordenación pormenorizada de
los nuevos sectores de suelo urbanizable.
Propuesta y ejecución de ac tuaciones que mejoren la accesibil idad y
seguridad en los espacios urbanos af ectados por la presencia de travesía.
Ámbito Núcleos urbanos de Rosi ldos e Ibarsos.
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PROGRAMA 08 INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Objet ivo general Corrección de af ecciones visuales existentes o potenciales.
Estrateg ias Aplicación de las normas de integración establec idas en la memoria normativa
del es tudio de paisaje del munic ip io (apartado 14.2. Normas de integrac ión en
suelo no urbanizable común), con espec ial atención al control de elementos
fuera de ordenación a ef ectos de paisaje.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad establec idos (mejora del carácter),
se establecen como objetivos operativos los s igu ientes:
Ausencia de nuevos impactos paisajís t icos o visuales de importancia
sustancial causados por la implantación de ac t ividades económicas en el
término munic ipal.
Corrección gradual de impactos paisajís t icos y visuales causados por las
act ividades económicas actualmente existentes en el término munic ipal.
Ámbito Unidades de paisaje con presencia de act ividades económicas en suelo no
urbanizable: 1.9, 1.10, 3.1, 3.2, 3 .4, 3.5, 3.6, 3.7, 3.9, 3.10 y 3.11.
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PROGRAMA 09 RESTAURACIÓN DE AFECCIONES PAISAJÍSTICAS
Objet ivo general Corrección de af ecciones paisajís t icas de or igen diverso existentes en el
término munic ipal.
Estrateg ias Identif icación de af ecciones paisajís t icas relevantes en el ámbito munic ipal y
valoración de la viabi l idad técnica y económica de proceder a su corrección.
Condic iones Para el logro de los objetivos de calidad establec idos (res tauración y mejor a
del carác ter), se establecen como objet ivos operativos los s iguientes:
Limpieza y restauración del vertedero de inertes s ituado en las
inmediaciones del núcleo de Sierra Engarcerán y mejora del
acondic ionamiento del vertedero de RSU clausurado, localizad os ambos
en el p lano 06.
Mejora de la in tegrac ión paisaj ís t ica de inf raes tructuras h idráulicas
(depuradoras, depósitos y pozos) mediante la el iminac ión de materiales
depos itados en su entorno y plantación de vegetación en los f rentes de
mayor vis ibil idad.
Ámbito Unidades de paisaje con presencia de af ecciones paisajís t icas relevantes:
1.2, 1.7, 1.9, 3.4, 3.5, 3.6, 3.10 y 3.11.
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ESTUDIO DE PAISAJE. BIBLIOGRAFÍA 127
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