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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que ha de regir la adjudicación, por
procedimiento abierto, para la contratación de un servicio sanitario externo de Asistencia
Sanitaria de FISIOTERAPIA para la población protegida de mutua gallega, M.C.S.S.
nº 201, en las AREAS SANITARIAS DE: CARBALLO, BETANZOS, MONFORTE DE LEMOS
y LALÍN.
Contrato de Servicios Sociales y de Salud
EXP.: MG 24-17
MGLI0024201701
MGLI0024201702
MGLI0024201703
MGLI0024201704
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INDICE:
1.- OBJETO DEL CONTRATO
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO
3.- CONCEPTOS DE FACTURACIÓN, ACTIVIDAD Y PRECIOS MÁXIMOS.
4.-PRESTACIÓN DEL SERVICIO: EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
a) Ámbito geográfico.
b) Descripción del servicio.
c) Horario.
d) Medios materiales
e) Medios personales.
f) Ejecución y coordinación de los trabajos.
g) Información a los usuarios.
h) Informes.
i) Identificación corporativa.
5.- CRITERIOS Y METODOLOGÍA DE VALORACIÓN.
a) Resumen
b) Criterios que dependen de un juicio de valor.
c) Criterios evaluables de forma automática.
6.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A APORTAR.
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1.-OBJETO.
El contrato al que se refiere el presente pliego tiene por objeto la concertación de un centro que disponga
de instalaciones y medios suficientes para la prestación del servicio de Fisioterapia a la población protegida
en las localidades abajo indicadas y que se han especificado en los siguientes lotes:
Los servicios en que se concreta la prestación de asistencia del concierto están referidos a las prestaciones
que son objeto de cobertura por las MCSS, en cuanto integrados en la gestión de la Seguridad Social en la
que colaboran.
La ejecución de este contrato, se ajustará además de a las previsiones contenidas en el presente
documento, a las condiciones expresadas en el Pliego de Prescripciones Particulares que forma parte
inseparable, así como a la oferta y mejoras que, en su caso, aporte el adjudicatario.
2.-DURACIÓN DEL CONTRATO.
TODOS LOS LOTES
La duración inicial del contrato será de 12 meses, empezando al mes siguiente en el que se hubiera
formalizado el contrato o desde la fecha que se estipule en el mismo. Podrá tener hasta un máximo de
una prórroga de 12 meses hasta completar un total de 24 meses.
Previsión:
Nº meses Fecha inicio Fecha fin
Duración inicial: 12 01-02-2018 31-01-2019
1ª prórroga: 12 01-02-2019 31-01-2020
Total con prórrogas: 24 01-02-2018 31-01-2020
LOTE LOCALIDAD LOTE LOCALIDAD
L1 CARBALLO L3 MONFORTE
L2 BETANZO L4 LALÍN
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3.- CONCEPTOS DE FACTURACIÓN, ACTIVIDAD Y PRECIOS MÁXIMOS.
CONCEPTOS FACTURABLES (actividad anual)
LOTE UD. SESIÓN GENÉRICA
PRECIO MÁX. SESIÓN
GENÉRICA
TOTAL SESIÓN GENÉRICA (1)
UD. SESIÓN ESPECÍFICA
PRECIO MÁX. SESIÓN
ESPECÍFICA SESIÓN
ESPECÍFICA
TOTAL SESIÓN ESPECÍFICA (2)
TOTAL/AÑO (1+2)
L1 CARBALLO 2.375 12,00 € 28.500,00 € 125 20,00 € 2.500,00 € 31.000,00 €
L2 BETANZOS 1.710 12,00 € 20.520,00 € 90 20,00 € 1.800,00 € 22.320,00 €
L3 MONFORTE 1.060 12,00 € 12.720,00 € 70 20,00 € 1.400,00 € 14.120,00 €
L4 LALÍN 990 12,00 € 11.880,00 € 50 20,00 € 1.000,00 € 12.880,00 €
El importe total de estimación anual de la actividad y el gasto no supone una obligación para mutua
gallega, correspondiendo con el análisis de ejercicios pasados.
En estas tarifas estarán incluidas:
Sesión de fisioterapia genérica: el servicio se prestará a través sesiones de trabajo individualizado y
personalizado, con una duración mínima de 50 minutos (excluido el tiempo invertido en los actos de
vestirse y desvestirse). La sesión seguirá las pautas fijadas desde mutua gallega y requerirá como
mínimo de entre 20 y 25 minutos de terapia manual.
Sesión de fisioterapia específica: el servicio se prestará exclusivamente previa solicitud expresa de los
servicios médicos de mutua gallega. Se realizarán sesiones de trabajo individualizado y en ellas se
llevarán a cabo terapia miofascial, punción seca, fisioterapia para rehabilitación vestibular u otras técnicas
de similares características que así sean autorizadas.
Las tarifas antepuestas comprenden todos los gastos precisos para realizar los servicios que se
contratan.
Actividades no incluidas: El adjudicatario deberá entregar una hoja con las tarifas de los servicios no
incluidos en la tabla precedente y que guarden relación con el objeto del contrato.
En las tarifas sobre actividades no incluidas el adjudicatario aplicará, como mínimo, los precios y
condiciones más favorables que aplique a alguno de sus clientes del sector de Mutuas.
Cada licitador podrá presentarse a uno o varios de los lotes indicados, siempre que ponga a disposición
del lote correspondiente un centro asistencial que cumpla los requisitos exigidos.
Los licitadores no podrán hacer ofertas que superen individualmente el máximo fijado para cada
concepto; en caso contrario el licitador será excluido.
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4.-PRESTACIÓN DEL SERVICIO: EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
TODOS LOS LOTES
a) Ámbito geográfico.
La asistencia sanitaria de fisioterapia concertada deberá prestarse, necesariamente, desde un centro
asistencial dentro del ámbito de influencia de las localidades señaladas para cada uno de los lotes, desde
donde se dará asistencia a la población protegida de mutua gallega de dicha localidad y su área de
influencia, entendiendo por tal una zona de cobertura de 5 km. de radio en torno a las localidades
licitadas.
b) Descripción del Servicio.
La asistencia sanitaria objeto de esta licitación se realizará en un centro de titularidad del adjudicatario que
disponga de las autorizaciones y acreditaciones necesarias para la atención de la unidad asistencial: U.59
Fisioterapia, contando para ello con los recursos materiales y de personal suficientes durante el horario de
la actividad de fisioterapia.
c) Horario.
La actividad de fisioterapia se llevará a cabo en turno de mañana y de tarde, con un mínimo de 8
horas/día, de lunes a viernes se distribuirán dentro del intervalo de 08:00 a 22:00 horas. Donde al menos
5 horas serán en el periodo de 08:00 a 15:00 horas, las restantes en el periodo de 16:00 a 20:00 horas.
d) Medios materiales.
Los licitadores deberán poner a disposición de la ejecución del contrato un centro que reúna las siguientes
características:
- Ausencia de barreras arquitectónicas en su acceso y en las instalaciones propiamente dichas.
- Dotación de un sistema de renovación de aire y calefacción.
- Disposición, al menos, de las siguientes dependencias:
Zona de recepción/admisión y sala de espera: Permitirá la realización de las funciones de atención
e información al usuario, control de asistencia de los pacientes, procesos administrativos del
servicio, atención telefónica y espera de pacientes y acompañantes de una forma cómoda y
adecuada. Debe estar emplazada en la entrada del centro y en un lugar visible.
Área administrativa: Dispondrá del equipamiento necesario para la realización y envío de informes
de resultados, así como un espacio destinado para el archivo de documentos relacionados con los
pacientes que deberá garantizar la privacidad y seguridad de éstos. De este modo se garantizará
el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Vestuario: Dispondrá de los vestuarios adecuados con taquillas, lavabos, bancos, perchas, etc…
Valorándose la posibilidad de vestuarios independientes entre hombre y mujer.
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Área asistencial de fisioterapia: Dispondrá de:
- Zona de consulta.
- Zona de exploración y tratamiento.
- Zona de gimnasio.
- Dispondrá de un mínimo de 3 boxes para tratamiento individualizado. Contando al
menos con la instalación de sistemas de separación mediante mamparas en donde se
garantice la privacidad del usuario sometido a tratamiento, y siempre respetando la
superficie vital de funcionamiento que se determine al efecto.
Aseos: Preferentemente existirán aseos diferenciados para mujeres y hombres. Se valorará que al
menos uno de ellos, tenga todo el equipamiento básico para personas con movilidad reducida.
Las instalaciones deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de uso y limpieza, con
todo su equipamiento y material necesario, pudiendo ser inspeccionados por los Servicios Médicos de
mutua gallega en cualquier momento.
Se exige que el archivo, tratamiento y comunicación de datos de los pacientes cumpla la normativa legal
vigente en cuanto a confidencialidad y seguridad.
El adjudicatario deberá disponer de un procedimiento para registrar la asistencia de cada paciente y al
finalizar la actuación prescrita, deberá realizar un informe de la situación del paciente, que se remitirá a
mutua gallega en las condiciones de común acuerdo pactadas. Caso de utilizar como medio de
comunicación el correo electrónico, será a través de un sistema seguro con protocolo tipo TLS (Transport
Layer Security).
Si algunas de las prestaciones requeridas, exigiese que la empresa adjudicataria tuviese instalados equipos
que hayan de estar inscritos en registros, la adjudicataria se compromete a mantener vigentes sus
inscripciones en los registros correspondientes y contar con el aseguramiento obligatorio que estuviese
previsto.
Equipamiento mínimo que debe de contar:
a. Camillas adaptables en altura.
b. Ultrasonidos.
c. Infrarrojos.
d. Electroterapia de baja y media frecuencia (al menos TENS y corrientes de
electroestimulación muscular)
e. Crioterapia.
f. Bicicleta estática.
g. Espaldera.
h. Pesas.
i. Colchonetas.
j. Escalera de manos dentada.
k. Paralelas.
l. Espejo.
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m. Cinchas, balón medicinal, tablas de propioceptivos de pie/tobillo, tabla de
equilibrio, cuñas y bandas elásticas
n. Material de valoración fisioterápica (goniómetro, cinta métrica…)
En el caso de que los ofertantes presenten más de un centro para la prestación del servicio, dispondrán en
ellos del equipamiento y características mínimas establecidas. Asimismo, para su valoración se tendrá en
cuenta la calificación media de los centros.
e) Medios personales.
El adjudicatario deberá disponer de recursos personales suficientes y adecuados para la prestación de la
asistencia sanitaria concertada, comprometiéndose a llevar a cabo dicha prestación bajo su exclusiva
responsabilidad.
En este sentido, el adjudicatario asumirá de forma integral las necesidades del servicio conforme a lo
especificado. La empresa deberá garantizar la cobertura de la asistencia tanto en la jornada de mañana
como de tardes, poniendo en disposición los medios mientras dure la prestación de servicios. Por ello,
habrán de estar previstas las sustituciones programadas o imprevistas que pudieran surgir para que los
servicios se presten con plena efectividad.
La empresa adjudicataria se compromete a garantizar que el personal ostente las titulaciones
profesionales exigidas por la legislación vigente.
Si durante la ejecución del concierto surgieran nuevas exigencias formativas y de acreditación oficiales
para el adjudicatario o su personal dependiente, la empresa adjudicataria estará obligada a promocionar y
facilitar dicha formación a todo el personal adscrito al servicio.
El adjudicatario observará la aplicación de lo dispuesto en materia de incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas según la legislación vigente.
Se valorarán los medios personales con los que cuente la clínica para la realización del objeto del contrato
(Diplomados/Grado en Fisioterapia), así como la puesta en disposición de un Médico Especialista en
Rehabilitación.
f) Ejecución y coordinación de los trabajos.
El adjudicatario actuará siempre a resultas de las directrices, instrucciones y encomiendas que, por cada
trabajador-usuario, se remitan desde mutua gallega.
Las sesiones serán realizadas y facturadas en base a la petición previa realizada por escrito, tanto en lo que
se refiere al número como tipo de tratamiento.
Una vez realizada la solicitud del tratamiento de fisioterapia éste no debe de demorar su inicio en un plazo
máximo de 3 días laborables.
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En el caso de ausencia del paciente a la cita prevista para la realización del tratamiento, el centro lo
comunicará en 24 horas al centro de referencia de mutua gallega.
El adjudicatario deberá recoger de todo trabajador asistido la siguiente información:
- Nombre, apellidos y dirección completa del trabajador y D.N.I. o equivalente
- Fecha y hora de la asistencia.
- Volante de servicio emitido por mutua gallega los casos que se requiera.
Se facilitará la coordinación con los servicios médicos de la mutua, a efectos de procedimiento de
comunicación de casos, y seguimientos de pacientes, dentro del marco normativo de protección de datos
de carácter personal.
Con independencia de la designación de un fisioterapeuta responsable por paciente, el adjudicatario
deberá designar un responsable del centro que actúe como interlocutor con los servicios médicos de
mutua gallega para el análisis general de la ejecución del servicio. El profesional que se designe
deberá tener responsabilidad suficiente dentro de la organización para instar las acciones de mejora que
se consideren.
Se deberá designar un interlocutor único para facilitar información y resolver las discrepancias respecto a
la facturación realizada. Esta persona deberá tener capacidad dentro de la organización para tomar
decisiones y dotar cuantas medidas sean necesarias para la resolución de los conflictos que se generen
respecto a la forma de facturación.
Finalizado el periodo de ejecución del presente contrato el adjudicatario estará obligado (siempre que así
se entienda por parte de mutua gallega) a continuar con el tratamiento/seguimiento de aquellos
pacientes que se le hubieran asignado vigente el contrato.
El adjudicatario debe estar a disposición de mutua gallega para realización de cuantas periciales
médicas le sean requeridas. Dichas periciales se realizarán ante los juzgados de la Comunidad Autónoma
de Galicia, y tendrán relación con las asistencias a las que se refiere este contrato.
La empresa adjudicataria, además de acreditar que dispone de la autorización sanitaria de funcionamiento
en vigor para las especialidades requeridas, deberá contar con el resto de autorizaciones administrativas
necesarias y se obliga a mantenerlas en vigencia.
g) Información a los usuarios.
Asimismo, será necesario entregar al paciente una hoja informativa donde se harán constar los derechos y
obligaciones del paciente, así como los datos de referencia del adjudicatario.
Se informará del mecanismo y soporte de las reclamaciones y sugerencias, debiéndose cumplir en todo
momento la normativa vigente al respecto, poniendo a disposición del paciente, en caso necesario, las
correspondientes hojas de reclamación.
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En caso de cualquier incidencia, el adjudicatario deberá informar a la mayor brevedad por cualquier medio
que pueda quedar constancia (mail, carta…).
h) Informes.
Todas las asistencias deberán estar debidamente informadas. Se remitirá por el centro un informe inicial
con exploración física y plan de tratamiento, así como un informe al finalizar las sesiones con la
exploración física actualizada. Los correspondientes informes serán remitidos en un plazo que no excederá
de 24 horas una vez iniciado o finalizado, según proceda, el tratamiento pautado.
A solicitud de mutua gallega se emitirá cualquier otro informe relativo a la situación clínica del
paciente.
En cualquiera de los informes realizados al efecto se obviará la calificación de la contingencia
del proceso y la indicación de la situación de incapacidad del mismo.
A requerimiento de mutua gallega, el adjudicatario deberá entregar un informe trimestral en el que
conste listada la actividad realizada.
El informe se ajustará al diseño pactado entre las partes, debiendo garantizarse que podrá ser remitido en
formato Excel, o cualquier otro que permita el tratamiento estadístico de los datos.
i) Identificación corporativa.
El personal técnico destinado a la atención al público estará uniformado e identificado con una credencial
personal visible, en la forma que sea exigible por la normativa vigente.
Si así se requiere, el centro concertado deberá exhibir en lugar visible a los usuarios la condición de centro
concertado por mutua gallega mediante cartel identificativo facilitado por la Mutua en el momento
de la formalización del contrato. Dicho cartel deberá mantenerse durante la vigencia del contrato.
j) Subcontratación.
Para el caso de que el licitador pretenda subcontratar algún servicio deberá cumplir los siguientes
requisitos:
Se deberá especificar en la oferta a los centros a los que subcontratará la actividad, así como incluir de los
mismos toda aquella documentación exigida al centro principal (especialmente: actividad que se
subcontrata, autorización sanitaria de funcionamiento, listado de profesionales).
Igualmente se deberá incluir una memoria que explique la coordinación de los trabajos, así como el
sistema de traslado de pacientes. La utilización de varios centros por parte de un licitador no podrá
suponer gasto alguno para mutua gallega. (pej. transporte de accidentados intercentros).
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El adjudicatario será responsable directo de que los centros subcontratados cumplan las especificaciones
de este contrato.
Si la necesidad de subcontratación se produce una vez iniciado el contrato se deberá comunicar
expresamente a mutua gallega y aportar la documentación antepuesta. mutua gallega solo
autorizará la subcontratación cuando quede acreditado que el centro a subcontratar reúne los requisitos
mínimos de calidad exigidos en el pliego.
5.-CRITERIOS Y METODOLOGÍA DE VALORACIÓN.
TODOS LOS LOTES
RESUMEN
CRITERIO PUNTOS %
A CRITERIOS DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR 10
CALIDAD DE LAS INSTALACIONES 10
B CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA 90
B.1. VALORACION ECONÓMICA 50
B.2. OFERTA TÉCNICA
B.2.1. OFERTA ASISTENCIAL. 16
- FISIOTERAPEUTAS 7
- ESPECIALISTA EN MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN 2
- HORARIO 4
- REDUCCIÓN PLAZOS MÁXIMOS INICIO FISIOTERAPIA 3
B.2.2. MEDIOS MATERIALES. 24
- NUMERO DE BOXES 4
- MAGNETOTERAPIA 4
- DIATERMIA PROFUNDA POR RADIOFRECUENCIA 4
- LÁSER 3
- PRESOTERAPIA 3
- EQUIPO DE BAÑOS DE CONTRASTE 2
- MICROONDAS 2
- VESTUARIOS HOMBRE/MUJER 2
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A) CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR
CALIDAD DE LAS INSTALACIONES (hasta 10 puntos):
Personal del área sanitaria de mutua gallega visitará el centro y valorará las dependencias destinadas a
la ejecución del servicio, analizando separadamente las siguientes características y/o dependencias:
A.1.- Accesibilidad general del centro (hasta 6 puntos). Se valorará la accesibilidad general del centro
para la población protegida de referencia, concretándose en:
- Localidad – localidad de referencia definida en los pliegos -; su ubicación en dicha localidad; su
señalización.
- La calidad y disponibilidad de aparcamiento para los usuarios (propio en el centro, concertado o público);
la cercanía y disposición del transporte público (bus, tren, etc.-).
A.2.- Zona de recepción, admisión y espera (hasta 4 puntos). Se valorará la recepción y espera del
paciente en las instalaciones del centro sanitario, concretándose en:
- Adecuación en la recepción de pacientes (personal suficiente para la información al usuario y claramente
identificado para las labores de recepción; mostrador o equivalente de recepción claramente señalizado o
identificable).
- Comodidad en la espera (un número adecuado de asientos, estén correctamente acondicionadas, que
existan aseos en la proximidad y que sea cómoda la localización de la consulta o servicio al que se acude).
Metodología:
La puntuación de cada apartado será el resultado de multiplicar los puntos máximos asignados a cada
apartado por:
- 1,00. Cuando el centro tenga una valoración positiva en todos o los principales los aspectos a valorar.
- 0,50. Cuando se considere que el centro no cumple las condiciones óptimas en algún aspecto relevante
del criterio de valoración.
- 0,00 Cuando se considere que el centro no cumple las condiciones en más de uno de los aspectos
relevante del criterio de valoración.
En el caso de que los ofertantes presenten más de un centro para la prestación del servicio, la puntuación
obtenida se valorará ponderadamente la puntuación de los mismos.
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B) CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA
B.1.- OFERTA ECONÓMICA (50 puntos):
La oferta se calculará aplicando los importes unitarios ofertados por el licitador al consumo anual
estimado que se describe en el apartado 3.
A la oferta más económica se le asignará la puntuación máxima de 50 puntos. Al resto de ofertas se le
asignará la puntuación proporcional que le corresponda en función de la oferta más ventajosa
determinada por la siguiente fórmula:
Puntos = 50 × {𝑃𝑚𝑖𝑛
𝑃𝑜𝑓}
Puntos= Puntos obtenidos por el licitador.
Pmin= Importe oferta más económica.
Pof= Importe oferta del licitador.
Nota: Los precios ofertados por el licitador no podrán superar ninguno de los fijados como máximos en el
apartado 3. Las ofertas que superen las cuantías máximas individuales no serán tomadas en consideración
salvo que pueda considerarse un error. En este caso el licitador tendrá la opción de rectificarlo por el
precio máximo señalado en pliegos. Sólo se entenderá que existe error si el sobreprecio se da en menos
de un 15% de los conceptos facturables.
B.2.1.- OFERTA ASISTENCIAL.
- Diplomados/Grado en Fisioterapia. Hasta 7 puntos.
Se valorará el equipo sanitario puesto a disposición en función de las horas disponibles en el centro y de
acuerdo al siguiente método fórmula: 1 punto por cada 35 horas/semana de actividad profesional de un
Diplomado/Grado en Fisioterapia en horario de 08:00 a 22:00 de lunes a viernes. Las horas intermedias se
valorarán proporcionalmente. Máximo de 7 puntos.
- Facultativo especialista en Medicina Física y Rehabilitación. Hasta 2 puntos.
Se valorará que el centro disponga de un especialista en Medicina Física y Rehabilitación.
- Dispone de un especialista en Medicina Física y Rehabilitación: 2 puntos.
- No dispone de un especialista en Medicina Física y Rehabilitación: 0 puntos.
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- Horario. Hasta 4 puntos. Se valorará la amplitud del horario del centro en relación a la actividad de fisioterapia. A partir de la octava hora de lunes a viernes 1 punto (hasta un máximo de 4 puntos). - Reducción de los plazos máximos para iniciación de fisioterapia. Hasta 3 puntos.
- Inicio del tratamiento de 0 -1 día hábil siguiente a la solicitud: 3 puntos.
- Inicio del tratamiento de 2 días hábiles siguientes a la solicitud: 2 puntos.
- Inicio del tratamiento de 3 días hábiles o más siguientes a la solicitud: 0 puntos.
B.2.2. MEDIOS MATERIALES.
- Número de boxes. Hasta 4 puntos.
A partir del tercer box que disponga el centro: 1 punto (hasta un máximo de 4 puntos).
- Se valorará que el centro disponga de magnetoterapia. Hasta 4 puntos.
- Dispone de equipo de magnetoterapia: 4 puntos.
- No dispone equipo de magnetoterapia: 0 puntos.
- Se valorará que el centro disponga de equipo de Diatermia Profunda por Radiofrecuencia (tipo
Tecarterapia, Indiba u otro de similares características). Hasta 4 puntos.
- Dispone de equipo de Diatermia Profunda por Radiofrecuencia: 4 puntos.
- No dispone de equipo de Diatermia Profunda por Radiofrecuencia: 0 puntos.
- Se valorará que el centro disponga de láser. Hasta 3 puntos.
- Dispone equipo de láser: 3 puntos.
- No dispone de equipo de láser: 0 puntos.
- Se valorará que el centro disponga de equipo de presoterapia. Hasta 3 puntos.
- Dispone de equipo de presoterapia: 3 puntos.
- No dispone de equipo de presoterapia: 0 puntos.
- Se valorará que el centro disponga de equipo de baños de contraste. Hasta 2 puntos.
- Dispone de equipo de baños de contraste: 2 puntos.
- No dispone de equipo de baños de contraste: 0 puntos.
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- Se valorará que el centro disponga de equipo de microondas. Hasta 2 puntos.
- Dispone de equipo de microondas: 2 puntos.
- No dispone de equipo de microondas: 0 puntos.
- Se valorará que el centro disponga en el área de fisioterapia de vestuarios independientes
para hombre y mujer. Hasta 2 puntos.
- Dispone de vestuario independiente hombre/mujer: 2 puntos.
- No dispone de vestuario independiente hombre/mujer: 0 puntos.
6.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A APORTAR.
TODOS LOS LOTES (UN SOBRE POR CADA LOTE)
Para comprobación de los datos, así como el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos, se deberá
adjuntar la siguiente documentación:
1.- Autorizaciones sanitarias.
2.- Una memoria que como mínimo contenga:
- Organización funcional y estructural.
- Descripción del centro (área de fisioterapia, consulta, gimnasio, boxes, vestuarios…)
- Relación y detalle de los equipos puestos a disposición indicando su antigüedad y especificaciones
técnicas en las que se constate los criterios a valorar.
3.- Con el fin de valorar el equipo sanitario puesto a disposición (Fisioterapeutas y Especialistas en
Medicina Física y Rehabilitación) se remitirá tabla en la que se relacionen los profesionales que se
dedicarán a la prestación del servicio, incluyendo:
- Nombre del profesional.
- DNI.
- Titulación.
- Antigüedad en su relación con el centro.
- Número de horas semanales que presta servicio en el centro.
- Horario.
- Tipo de vinculación con el centro (laboral/mercantil).
NOTA: Si el licitador no aporta la tabla correctamente cumplimentada (en lo referido al horario a la
titulación, horario a realizar y el número de horas semanales) no se valorará el número de profesionales
puestos a disposición.
Monte Alfeiran, s/n, A Corveira - Vilaboa - 15174 Culleredo Tel. 981 665 111 – Fax. 981 664 316 · mutuagallega.es
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En este anexo se relacionarán los profesionales que potencialmente prestarán el servicio en ese centro
para Mutua Gallega. Cuando se vayan a realizar incorporaciones al inicio de la ejecución del
contrato, se indicará en la tabla: la categoría profesional, número de horas semanales que
prestará servicio en el centro, horario y tipo de vinculación. ANTES DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y
SIEMPRE QUE LA PROPUESTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, DEBERÁ APORTAR LA
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA CONTRATACIÓN Y/O DISPOSICIÓN DEL RECURSO HUMANO
(contrato laboral, mercantil y/o lo que proceda).
4.- Subcontratación. En el caso que el centro subcontrata alguna actividad deberá aportar:
- Memoria de coordinación de centros.
- Se deberá especificar en la oferta a los centros a los que subcontratará la actividad, así como
incluir de los mismo toda aquella documentación exigida al centro principal (especialmente:
actividad que se subcontrata, autorizaciones sanitarias y listados de profesionales).
5.- ANEXO VII: “Modelo de Propuesta Técnica” del Pliego de Condiciones Particulares, en el que se
indican las cuestiones técnicas que serán evaluadas.
mutua gallega se reserva el derecho a exigir documentación complementaria cuando las
manifestaciones del licitador contengan incoherencias que puedan afectar a la valoración de la oferta.