Contextualización
Mientras no cause ejecutoria
una sentencia penal esta
puede ser revocada o
modificada a través de los
recursos correspondientes.
Introducción
El Tribunal de alzada previo
al estudio correspondientes
del asunto puede confirmar
la sentencia, modificarla o
revocarla.
¿Qué son los
recursos?
Son los actos procesales mediante los cuales se formula una pretensión de que se ha violentado una de las partes en una resolución judicial, mediante la cual espera obtener la revisión con el objeto de evitar errores de procedimiento, judiciales y en su caso obtener la correcta aplicación del derecho.
Por los efectos
Debido a lo que se provoca
por la interposición cabe
distinguir entre recursos
devolutivos y no devolutivos,
en atención al órgano judicial
que conoció de la cusa. En
este sentido, son no
devolutivos los recursos que
conoce el mismo juez de la
causa, los devolutivos son los
que conoce el órgano superior
del juez o tribunal que conoció
del asunto.
Por sus motivos
Son los recursos que pasan su pretensión fundados en la interpretación del derecho, los ordinarios son los recursos que reconoce la ley erga omnes y no señala limitación alguna en cuanto a la fundamentación jurídica, permitiendo cualquier tipo de oposición al juez, ya sea por acontecimientos que sucedieron en el procedimiento o en el objeto del recurso, los recursos extraordinarios son los que solamente pueden fundarse por causas expresamente previstos por la ley, la legislación mexicana conoce únicamente de éstos últimos.
Por su clase
Por los resultados esperados
en la resolución que se
impugna, así pues estos
recursos se interponen contra
resoluciones interlocutorias
que por tanto no ponen fin al
procedimiento por ejemplo
autos y providencias y los que
se interponen contra las
resoluciones que ponen fin al
procedimiento (sentencias).
¿Qué es la
apelación?
Es un recurso, como vimos
devolutivo de uso más común
en nuestro derecho, el cual
debe ser resuelto por un
Tribunal diferente y superior al
que dictó la sentencia contra
la cual se interpone.
Procedencia de la apelación
Contra las resoluciones del juez de instrucción
Contra las sentencias dictadas en el ámbito del proceso sumario
Contra las sentencias dictadas por un jurado
La Queja
Procede contra las conductas
de los jueces que no hayan
emitido la resolución de mérito
o bien no practiquen las
diligencias dentro de los
plazos y términos señalados
por el Código Federal de
Procedimientos Penales.
Conclusión
Los recursos constituyen instrumentos legales creados con la finalidad de
dar transparencia a la resolución de justicia, en virtud de que por medio
de estos se puede modificar un error del juez.
Los jueces son seres humanos y por ende están expuestos a cometer
errores, más aún pueden perjudicar de forma dolosa al procesado, lo
que en ambos casos traería como consecuencia que tenga que
permanecer varios años en la cárcel por culpa de un juez, que no juzgo
bien su actuar. Así que el hecho de establecer un segundo examen
permite corregir esos errores, pues sería difícil que dos juzgadores
distintos, que no se conocen, cometían el mismo error al momento de
valorar las pruebas.
Para aprender más
¿Qué es la revocación? Báez, C.. (s/f). La revocación o modificación de sentencias: ¿Un indicador de la calidad del desempeño judicial?, obtenido de: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/247/art/art8.pdf
¿Cuáles son los medios de impugnación en el sistema penal oral?
Barragán, J. (s/f). Medios de impugnación en el nuevo sistema procesal penal acusatorio y oral, obtenido de: http://www.setec.gob.mx/work/models/SETEC/PDF/DGEPN-12MediosImpugnacion.pdf
Referencias
Bibliografía Carrancá y Rojas R. (2011) “Historia del Derecho Penal Mexicano” Porrúa, México. Fix Zamudio, H. (2000) “Derechos humanos y el derecho penal en México” UNAM, México. García Ramírez, S. (2009) “La reforma constitucional Penal 2007 – 2008” Porrúa, México. Rivera González, F. (2012) “Teoría General del Proceso” Revista de Investigaciones Jurídicas de la Escuela Libre de Derecho. México. Cibergrafía s/a, (2013). Ley de amparo, Diario Oficial de la Federación, obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf S/a, (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación, obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf S/a, (2002). Código Penal para el Distrito Federal, Gaceta oficial del Distrito Federal, obtenido de: http://docs.mexico.justia.com.s3.amazonaws.com/estatales/distrito-federal/codigo-penal-para-el-distrito-federal.pdf S/a, (1934). Código Federal de Procedimientos Penales, Diario Oficial de la Federación, obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/7.pdf