COOPERATIVAS
Curso Privado IV. Dr. Olivera García.
Docente encargado del tema:
Esc. Daniella Cianciarulo
MARCO LEGAL
-Ley 18407 de 24 de octubre de 2008
- Dec reglamentario 198/12 de 18/6/2012
- Ley 19181 de 29 de diciembre de 2013
(modifica arts de a ley 18407).
- Supletoriamente se aplica ley 16060.
Objetivo: regular la constitución, organización y
funcionamiento de las cooperativas y el sector
cooperativo.
Concepto de cooperativa (art 4). Las
cooperativas son asociaciones autónomas de
personas que se unen voluntariamente sobre la
base del esfuerzo propio y la ayuda mutua, para
satisfacer las necesidades económicas, sociales y
culturales comunes, por medio de una empresa de
propiedad conjunta y democráticamente
gestionada
PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS COOPERATIVAS
(Art 7)
1-Libre adhesión y retiro voluntario de los socios-
2-Control y gestión democrática por los socios.
3- Participación económica de los socios.
4-Autonomía e independencia.
5- Educación, capacitación e información cooperativa
6- Cooperación entre cooperativas
7- Compromiso con la comunidad
CARACTERES ( art 8 redacción ley 19181)
1- Ilimitación y variabilidad del número de socios que no podrá ser
nunca inferior a 5 ( salvo si son de 2do o ulterior grado).
2- Plazo de duración ilimitado
3- Variabilidad e ilimitación del capital.
4- Neutralidad en materia política, religiosa, filosófica y no
discriminación por nacionalidad, clase social, raza y equidad de
género.
5- Igualdad de derechos y obligaciones entre los socios.
6- Reconocimiento de un solo voto a cada socio,
independientemente de sus aportes, excepto la posibilidad del
voto ponderado en las cooperativas de 2do o ulterior grado.
7- Imposibilidad del reparto de las reservas sociales y el destino
desinteresado del sobrante patrimonial en caso de liquidación.
ACTO COOPERATIVO:Son actos cooperativos los realizados entre las cooperativas y sus
socios, por éstas y los socios de sus cooperativas socias, o por las
cooperativas entre sí, cuando estuviesen asociadas bajo cualquier
forma o vinculadas por pertenencia a otra de grado superior, en
cumplimiento de su objeto social.
Los mismos constituyen negocios jurídicos específicos, cuya
función económica es la ayuda mutua, quedando sometidos al
derecho cooperativo.
Tendrán por objeto la creación, modificación o extinción de
obligaciones, negocios dispositivos en sentido amplio o en sentido
estricto.
En caso de incumplimiento la parte a la cual se incumpla podrá
optar entre la ejecución forzada y la resolución o rescisión según
corresponda, más daños y perjuicios. Se deberá solicitar
judicialmente y el Juez podrá otorgar un plazo de gracia.
REQUISITOS PARA SU CONSTITUCION:
1- Asamblea constitutiva- art 12. ( redacción ley 19181)
( aprobará el Estatuto, se suscribirán partes sociales y se
elegirán los miembros de los órganos sociales).
2-ESTATUTO: ( art 15)
2.1. Denominación. ( art 5). Aditamento Cooperativa o
Coop, con el agregado de “ Suplementada” si la
responsabilidad es tal e indicará naturaleza de la actividad
principal.
Prohibición de homonimia.
2.2-Domicilio
2.3-objeto social
2.4. Capital inicial y valor de partes sociales.
2.5-Organización y funciones de la As. Gral y procedimiento
y forma de elección de todos los órganos sociales de
creación estatutaria.
2.6- Fecha de cierre de ejercicio económico.
2.7- Condiciones de ingreso, retiro, suspensión y
exclusión de socios y sus derechos y obligaciones.
2.8- Forma de distribución de excedentes y asunción de
pérdidas, formación de reservas y fondos permanentes.
2.9- Fecha de cierre del ejercicio económico.
2.10- Normas sobre integración y educación cooperativa
2.11- Procedimientos de reforma del estatuto, disolución
y liquidación.
2.12- Destino de los bienes para el caso de disolución.
2.13- Forma de representación de la cooperativa.
Personalidad jurídica:
Desde la inscripción en el Registro…
Requisitos formales:
En escritura pública o privada.
Cooperativas en formación: Los actos
anteriores hacen solidariamente responsables a
quienes los celebraron o suscribieron por parte
de la cooperativa en formación.
Luego pueden ser ratificados por ésta, con
efectos retroactivos.
REFORMA: igual procedimiento que para la
constitución.
Produce efectos desde la inscripción.
COOPERATIVAS EXTRANJERAS: Rige la ley 16060
Salvo autorizaciones de esta ley para control de
legalidad, registro y autorización para funcionar.
ESTATUTO DEL SOCIO
A. Condiciones art 18- Ps físicas mayores, menores e
incapaces por medio de representantes, habilitados por
matrimonio, y personas jurídicas de carácter público o privado.
-ingreso libre salvo condiciones derivadas del objeto social.
-Menores de edad e incapaces--- solo Coop de responsabilidad
limitada.
- Suscripción e integración por parte de tutores y curadores
requieren aprobación judicial si la cuantía de la obligación
supera las 500 UR
B. INGRESO. ( art. 19) La calidad de socio se adquiere mediante
la adhesión en el acto constitutivo o posteriormente por decisión
del Consejo Directivo, apelable ante la As. Gral en su caso.
C- RESPONSABILIDAD. ( art 20).
- limitada ( a los aportes suscritos)
- Suplementada- los socios son responsables y
subsidiariamente por un monto suplementario que deberá ser
siempre determinado en el Estatuto y no superior a 20 veces el
importe del aporte suscrito.
Se puede aumentar el grado de responsabilidad- derecho de
receso
DERECHO DE LOS SOCIOS:
1-Participar con voz y voto en las asambleas
2- Ser elector y elegible para desempeñar cargos
3- Participar en todas las actividades de la cooperativa
4- Utilizar los servicios sociales en las condiciones
estatutarias y reglamentarias.
5- Solicitar información sobre la marcha de la cooperativa
al Consejo Directivo o a la Comisión Fiscal
6-Formular denuncias por incumplimiento de la ley, el
estatuto o los reglamentos ante la comisión Fiscal.
7- Renunciar voluntariamente mediante preaviso al
Consejo Directivo ( ver condiciones del estatuto)
8- Los empleados podrán ser socios de la cooperativa
pero no podrán votar cuestiones relativas a su condición
en las Asambleas ni formar parte de órganos sociales.
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS
1- Cumplir con sus obligaciones sociales y económicas.
2- Desempeñar los cargos para los que fueron electos,
salvo justa causa.
3- Respetar y cumplir el estatuto, reglamentos y
resoluciones de los distintos órganos de la cooperativa.
4- Participar en las actividades que desarrolla la cooperativa
para el cumplimiento de su objeto social.
5- Ser representado por el uso y destino de la información
de la cooperativa.
PERDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO.
A- Fin de la existencia de la persona física o jurídica, sin perjuicio
de los eventuales derechos de los sucesores del socio fallecido y/o
del cónyuge supérstite por su mitad de gananciales cuando
corresponda.
B. Renuncia.
C. Pérdida de las condiciones establecidas por el Estatuto para ser
socio.
D- Exclusión-suspensión. Podrán ser excluidos o suspendidos en
sus derechos por causales estatutarias o por incumplimiento grave.
ORGANOS
1- ASAMBLEA GENERAL.
2- CONSEJO DIRECTIVO
3- COMISION FISCAL
4- DEMÁS ORGANOS QUE ESTABLEZCA EL
ESTATUTO.
ASAMBLEA ( art 26 redacción ley 19181)
- Concepto- Reunión de socios para adoptar
decisiones que le competen.
- CLASES: Ordinaria ( art 27)-
Extraordinaria ( art 28)
Asamblea de delegados ( art 31
redacción ley 19181)
CONVOCATORIA: Art. 29
. Quienes pueden hacerla
. Forma
. Orden del día
QUORUM DE REUNION- ( art 32 por ley 19181)
QUORUM DE VOTACION- (art 33 por ley 19181
FORMA DE REPRESENTACION en Asambleas
. Solo por otro socio con poder escrito.
. Solo se representa un socio.
. No se admite en Asamblea de delegados.
COMPETENCIA: art 34
CONSEJO DIRECTIVO: Art 35
1- Concepto. ( administración)
2- Composición y elección. ( art 36 por ley 19181)
3- Remoción – art 37
4- Reglas de funcionamiento ( art 38)
5- Función de representación: Pdte y Secretario
conjuntamente salvo Estatuto.
6- Responsabilidad solidaria por violación de la ley,
estatuto y reglamentos frente a cooperativa y
socios.
COMITÉ EJECUTIVO ( ART 41)
Para atender gestión ordinaria de la cooperativa
COMISION FISCAL. ( art 45, 46, 47, 48 y 49)
. Control y fiscalización de actividades económicas .
- Velar para que el Comité ejecutivo cumpla la ley, el
estatuto, reglamentos y resoluciones de la As.Gral.
- Funciones específicas ( art 47)
. Composición y elección: Número impar. Si son menos de
15 socios puede ser un solo miembro.
EVENTUALES:
1- COMITÉ DE RECURSOS ( art. 42)
2- COMISIONES AUXILIARES ( art 43)
3- COMISION ELECTORAL ( art 50)
REGIMEN ECONOMICORECURSOS PATRIMONIALES.
1- CAPITAL SOCIAL
2- FONDOS PATRIMONIALES ESPECIALES
3- RESERVAS LEGALES, ESTATUTARIAS Y VOLUNTARIAS
4- DONACIONES, LEGADOS Y RECURSOS ANALOGOS
5- RECURSOS QUE DERIVEN DE LOS OTROS
INSTRUMENTOS DE CAPITALIZACION.
6- AJUSTES PROVENIENTES DE LAS REEXPRESIONES
MONETARIAS O DE VALUACION.
7- RESULTADOS ACUMULADOS.
CAPITAL SOCIAL ( art 53)1-Dividido en partes sociales.
2- Se conforma con aportes obligatorios y voluntarios y
reexpresiones contables
3- Variable e ilimitado aunque en el estatuto debe fijarse
cantidad mínima.
4- Se puede prever procedimiento para incremento del capital
PARTES SOCIALES:
1- nominativas
2- indivisibles
3- igual valor
4- limitación en su transferencia.
5- art 60 documentación por certificados, constancias de aportes
y otro documento nominativo.
APORTES-
1-Obligatorios ( art 55). Mínimo para ser socio.
As. Gral puede fijar nuevos
2-Voluntarios- ( art. 56)
3- En dinero, en especie, trabajo
4- Valuación según establezca el estatuto
5- Adquisición de aportes por la cooperativa para reserva
especial.
OTROS RECURSOS PATRIMONIALES ESPECIALES
1- son recursos que se integran a través de aportes específicos
de los socios, dispuestos por la As Gral y que tienen como
finalidad el fortalecimiento del patrimonio.
2- Reservas legales, estatutarias y voluntarias. ( art 62)
3- Legados y donaciones. ( art 63)
4- Otros instrumentos de capitalización ( art 64)
4-1- Participaciones subordinadas
4.2- Participaciones con interés
5- Reexpresiones contables ( art 68)
6- Resultados acumulados ( art 69)
RECURSOS NO PATRIMONIALES ( Art 75)
TRANSFORMACION. Art 11
Las cooperativas no podrán transformarse en entidades de otra
naturaleza, tipología o forma jurídica. Es nula toda resolución en
contrario.
Excepción. Cuando a criterio de la AIN y del Instituto Nacional de
Cooperativismo, las circunstancias económicas y financieras de la
cooperativa de que se trate indiquen que constituye la única
alternativa viable para mantener la continuidad de la unidad
productiva y los puestos de trabajo.
ASOCIACION Art. 81. FUSION Art. 82. INCORPORACION Art. 84
FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES. Art 82.
DISOLUCION. Art. 92. Causales
Art. 94. Efectos
Art. 95. órgano liquidador
Art. 97. Remanente. Al Instituto nacional de cooperativismo.
.
REEMBOLSO DE PARTES SOCIALES. ( art 72)
COOPERATIVAS EN PARTICULAR
1- COOPERATIVA DE TRABAJO
2- COOPERATIVA DE CONSUMO
3- COOPERATIVAS AGRARIAS
4- COOPERATIVAS DE VIVIENDA
5- COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO
6- COOPERATIVA DE SEGUROS
7. COOPERATIVA DE GARANTÍA RECÍPROCA
8- COOPERATIVAS SOCIALES
9- COOPERATIVAS DE ARTISTAS Y OFICIOS CONEXOS
COOPERATIVA DE TRABAJO. ( art 99)
1) DEFINICION
2) TRABAJADORES- en relación de dependencia ( art 100 por
ley 19181)
- remuneración (101)
- protección de legislación laboral ( 102)
3- EXONERACION TRIBUTARIA ( ART 103)
4- PROCESO CONCURSAL ( art. 104)
DE CONSUMO
1- DEFINICION Y OBJETO ( ART 106)
2- RESPONSABILIDAD ( ART 107) Limitada a los
aportes suscritos
AGRARIAS
1- DEFINICION Y OBJETO
2- SOCIOS ( 110 por ley 19181)
3- responsabilidad ( art 115)
4-ASOCIACION Y FUSION-
5- ENVIO DE PRODUCCION A LA COOPERATIVA
6- BENEFICIOS TRIBUTARIOS
DE VIVIENDA
1-CONCEPTO ( art 117)
2- Ley 13728 también se aplica
3- ESTATUTO ( art 120)
4- REPRESENTACION EN Asambleas ( art 121)
5- PARTES SOCIALES ( art 123 por ley 19181)
6- TRABAJO DE SOCIOS—AUTOCONSTRUCCION
-- AYUDA MUTUA
7- DISOLUCION art 125.
UNIDADES DE COOPERATIVA DE VIVIENDA
1- CLASIFICACION– USUARIOS – uso y goce
- PROPIETARIOS- propiedad
2- REGISTRO ( art. 137)
USUARIOS. Documento de uso y goce ( art 135 por ley 19181<9
. Cese ( art 137)
. Partes- ( art 139 por ley 19181)
.Aportes ( art 142)
Exclusión ( art 140 por ley 19181)
Fallecimiento ( art 141)
PROPIETARIOS- Art. 146
COOPERATIVAS MATRICES DE VIVIENDA ( 148 yss)
AHORRO Y CREDITO
1- Objeto- ( art 162)
2- CLASES– de intermediación financiera
Art. 163
- de capitalización
3. REQUISITOS- ART. 165
4- CONTRALOR- ART 166
DE SEGUROS---- Art 170
GARANTIA RECIPROCA - Art. 171
COOPERATIVAS SOCIALES- Concepto
. Requisitos
. Socios
. Control y Registro
DE ARTISTAS- Art. 180
INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA- art.
156