1. PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL UNA RESPONSABILIDAD DE
TODOS
2. Qu ES COPASST o COPASO? COPASST (Comit Paritario De
Seguridad y Salud en el Trabajo) o tambin llamado COPASO (comit
paritario de salud ocupacional), es un organismo de promocin y
vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro
de la empresa .
3. COPASST o COPASO El copasst o copaso es un organismo
encargado de velar por el funcionamiento del Programa de Salud
Ocupacional de las empresas y se llama comit paritario por que se
integra con un nmero de trabajadores igual al nmero de
representantes del empleador.
4. COMO ESTA REGLAMENTADO? La primera fue la ley 9 de 1979
empez fijando los parmetros generales de la salud ocupacional en
Colombia y en el artculo 111 dej para contemplacin construir el
comit partidario de higiene y seguridad industrial.
5. COMO ESTA REGLAMENTADO? Segundo fue la Resolucin 2400 de
1979, que creo en su articulo 2 la obligacin, la creacin de los
comits paritarios de higiene y seguridad.
6. COMO ESTA REGLAMENTADO? Despus el Decreto 614 de 1984, en su
artculo 25, ordeno la constitucin en las empresas de un comit de
medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un numero
igual de representantes entre jefes y trabajadores.
7. COMO ESTA REGLAMENTADO? Luego el decreto-ley 1295 de 1994 en
su articulo 63, determino que el comit paritario de medicina
higiene y seguridad industrial se seguira llamando comit paritario
de salud ocupacional conocido como COPASO.
8. COMO ESTA REGLAMENTADO? Decreto 016 de 1997 el ministerio de
trabajo y seguridad social, reglamento la conformacin y
funcionamiento de la red que estaba integrada por el comit
nacional, los comits seccionales y los comits locales en cuanto a
salud ocupacional.
9. COMO ESTA REGLAMENTADO? Por ltimo la ley 1562 de 2012 cambio
la expresin programa de salud ocupacional por sistema de gestin de
la seguridad y salud en el trabajo "SGSST", por eso hoy ya se esta
hablando de comit paritario de seguridad y salud en el trabajo
COPASST y no de COPASO, pero en realidad son el mismo organismo y
se rigen por la misma resolucin 2013 de 1986.
10. LAS RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR El pago de la totalidad
de la cotizacin de los trabajadores a su servicio; Trasladar el
monto de las cotizaciones a la entidad administradora de riesgos
Laborales correspondiente, dentro de los plazos que para el efecto
seale el reglamento; Procurar el cuidado integral de la salud de
los trabajadores y de los ambientes de trabajo. Programar, ejecutar
y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la
empresa, y procurar su financiacin. Notificar a la entidad
administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de
trabajo y las enfermedades Laborales. Facilitar los espacios y
tiempos para la capacitacin de los trabajadores a su cargo en
materia de salud ocupacional y para adelantar los programas de
promocin y prevencin a cargo de las Administradoras de Riesgos
Laborales. (Modificado ley 1562 de 2012 Art. 26). Informar a la
entidad administradora de riesgos Laborales a la que est afiliado,
las novedades laborales de sus trabajadores. Pargrafo 2: Referente
al teletrabajo, las obligaciones del empleador en Riesgos Laborales
y en el Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo
SG-SST son las definidas por la normatividad vigente. (Adicionado
por ley 1562 de 2012 Art. 26) Son adems obligaciones del empleador
las contenidas en las normas laborales y de salud ocupacional, que
no sean contrarias a la Ley.
11. SANCIONES SI HAY INCUMPLIMINETO Amonestacin : se amonestara
al patron mediante oficio en el cual se sealaran las infracciones y
las disposiciones de salud ocupacional. Multa :el ministerio de
proteccin social, vencido los plazos sin que se cumplan los
requerimientos impondr multas sucesivas equivalentes a 200 salarios
mnimos vigentes hasta 1000. Decomiso : del producto, suspensin o
cancelacin del registro de licencia de funcionamiento del lugar de
trabajo.
12. SANCIONES SI HAY INCUMPLIMINETO Cierre temporal o parcial
:con base a los antecedentes y persistiendo el problema de salud
ocupacional , copia de la resolucin se remitir inmediatamente al
ministerio de proteccin social. Cierre definitivo: el ministerio
mediante la resolucin podr ordenar el cierre definitivo del lugar
de trabajo con base a los antecedentes y persistiendo el problema
de salud ocupacional.
13. LAS RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADO Procurar el cuidado
integral de sus salud Suministrar informacin clara ,verasz y
completasobre u estado de salud actual Colaborar y velar por el
cumplimiento de las obligaciones contradas con los empleadores
Cumplir con las normas , reglamentos e instrucciones de los
programas de salud ocupacional de la empresa Participar en la
prevencin de riesgos profesionales atravez de los comits paritarios
de salud ocupacional Usar y mantener adecuadamente los dispositivos
para el controlde riesgos y equiposde proteccin personal y
conservar n orden y aseo los lugares de trabajo
14. SANCIONES SI HAY INCUMPLIMIENTO El incumplimiento por parte
del trabajador de las instrucciones , reglamentos y determinaciones
de prevencin de riesgos ,que se encuentren dentro de los programas
de salud ocupacional de la respectiva empresa que le hayan
comunicado por escrito facultan al empleador para la terminacin del
vinculo o relacin laboral por justa causa con previa autorizacin
del ministerio de trabajo y seguridad social respetando el derecho
de defensa
15. EVALUACION DEL SUBPROGRAMA Los subprogramas mdicos sern
evaluados peridicamente en cuento a recursos, realizacin ,
metodologa, cumplimiento de fechas y acciones consecuentes, El
resultado de estas mostrara el grado de efectividad de las medida
de control y prevencin establecidas .
16. SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL Se dedica al
reconocimiento evaluacin y control de aquellos factores y agentes
ambientales originados en o por el lugar del trabajo que puedan
causar enfermedades e ineficiencia entre los trabajadores.
ACTIVIDADES A DESARROLLAR Estudios preliminares de cada uno de los
agentes contaminantes ambientales, de acuerdo al panorama de
riesgos. En coordinacin con ARP se realiza mediciones de ruido e
iluminacin. Aplicar correctivos en el siguiente orden de actuacin:
en la fuente, en el medio y de no ser posible eliminarlos en los
anteriores se har en el individuo. Estudios anuales de seguimiento
a fin de conocer la predominacin y evolucin de los agentes
contaminantes.
17. SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Es el conjunto de
tcnicas y actividades destinadas a la identificacin , valoracin y
al control de las causas de los accidentes de trabajo ACTIVIDADES A
DESARROLLAR Demarcar y sealizar las diferentes reas en el lugar de
trabajo Contemplar una serie de normas de seguridad y
procedimientos Hacer un programa de inspecciones planeadas entre
las diferentes reas Evaluar el programa de inspecciones Implementar
un programa de orden y aseo Implementar un debido programa de
mantenimiento para la maquinaria Establecer una serie de
procedimientos para el anlisis de los accidentes de trabajo La
realizacin de actividades para la prevencin de emergencias
18. SUBPROGRAMA DE SANEAMIENTO BASICO Y PROTECCION AMBIENTAL
Son un conjunto de actividades dirigidas a proteger el ecosistema
de la actividad industrial, a su vez se encarga de proteger la
salud de los trabajadores encaminando acciones de saneamiento bsico
en la empresa ACTIVIDADES A DESARROLLAR Se debe tener en cuenta los
siguientes aspectos : Alojamiento y disposicin de basuras Servicios
sanitarios Control de plagas Suministro de agua potable
19. SUBPROGRAMA DE ENTRENAMIENTO Conjunto de actividades
encaminadas proporcionar al trabajador los conocimientos y
destreezas necesarios para desempear su labor asegurando la
prevencin de accidentes, proteccin de salud e integridad fsica y
emocional. ACTIVIDADES A DESARROLLAR Estudio de necesidades
preparacin para emergencias Revisin de necesidades capacitacin
especifica Programa de induccin evaluar al personal capacitado
Capacitacin continuada promocionar expandir la salud ocupacional
Prevencin de accidentes de trabajo