Propiedad intelectual en la era digital
Nuevas técnicas editoriales en la Administración
Pablo Fernández Burgueño
Conclusiones• Internet se basa en el acceso, copia y creación
social de contenidos, sin fronteras.
• En Internet se pueden infringir los Derechos deautor de forma sencilla, masiva y anónima.
• Controlar y retirar de contenidos de Internet esextremadamente difícil o imposible.
2 manzanas, 2 ideas“Si tú tienes una manzana y yo tengo unamanzana, e intercambiamos manzanas,
entonces tanto tú como yo seguimosteniendo una manzana.
Pero si tú tienes una idea y yo tengo unaidea, e intercambiamos ideas, entonces
ambos tenemos dos ideas.”
George Bernard Shaw.(1856-1950) Premio Nobel de Literatura 1925.
Evolución de la Propiedad Intelectual
- Privilegios de la imprenta (siglo XVI)- Concesión de la Corona a los impresores (no
autores) tras censura de la Iglesia y el Estado
- Statute of Ane de Inglaterra (1710) Derechos de los autores a autorizar la impresión de copias
- Constitución EEUU (1789): artículo I, sección 8
- Revolución Francesa (decretos de 1791 y 1793): Derecho personal de propiedad.
Nuevo paradigma- ¿Qué es Internet?
- ¿Qué es la web 2.0? Caso SMS
- ¿Qué permite hacer la tecnología?
- ¿Qué es la propiedad Intelectual?
?
Nuevo paradigma- Globalización- Desaparición de fronteras (pero no las legales)- Piratería:
- Vietnam: 94% de software pirata.- España: 70% de videojuegos piratas- España: 23% población piratea música
- Acusaciones ¿absurdas?: John Cage a Mike Batt por plagiar 60 segundos de silencio.
- Deeplinking- Libros descatalogados vs librerías digitales
Propiedad Intelectual- El hecho generador. Cuándo surge la propiedad
intelectual- Sujeto objeto y contenido
- ¿Quiénes son autores y quiénes beneficiarios? Caso: creación por software
- Presunción de autoría, obras anónimas o seudónimas. Caso: Twitter
- Obra: individual, en colaboración, colectiva, compuesta, independiente, originaria y derivada
niña-sasuke
@pablofb
Ervan (kumashi_nji team)
Propiedad Intelectual- Obras y títulos originales. Casos especiales:
- Páginas web- Videojuegos- Tweets- Bases de datos- Wikipedia- Libros en la red- Blogs
Propiedad Intelectual- Los derechos morales en la red
- Divulgación- Determinación de autoría- Reconocimiento de autoría- Integridad de la obra- Modificación ¿Es posible?- Retirar la obra del comercio ¿Es posible?- Acceder al ejemplar único o raro de la obra
- Caso Wikisubtitles
Propiedad Intelectual- Derechos de explotación
- Todos- Reproducción (¿Cómo funciona Internet?)- Distribución- Comunicación pública (¿encaja aquí el P2P?)- Transformación (Caso: fotos)- Otros derechos:
- Derecho de seguimiento- Copia privada- Simple remuneración
Propiedad Intelectual- Duración- Límites
- La regla -española- de los 3 pasos- Límite existente- No afectar a la normal explotación- No perjudicar injustificadamente
- Reproducción provisional- Parodia
Propiedad Intelectual- Límites
- Copia privada “Canon digital”:- ¿Quién debe pagar? Caso Padawan- ¿Cuánto se debe pagar? St AN 22/03/11- ¿Cuándo se debería pagar?- ¿Qué cubre lo que se paga?
- Cita e ilustración de la enseñanza- Tipos de citas. “….” (¿porcentajes?)- Press clipping- La difícil situación legal de los “blogs docentes”
Propiedad IntelectualCopia privada1.La obra no es un programa de ordenador (incluidos los videojuegos) ni una base de datos electrónica.2.La obra ya ha sido divulgada3.A la obra se ha accedido de forma legal4.El acceso a la obra ha sido realizado por una persona física5.La reproducción (esto es, la copia) ha sido realizada por una persona física6.La copia no va a ser utilizada de forma colectiva7.La copia no va a ser utilizada de forma lucrativa8.Se ha compensado al titular del derecho de reproducción por la copia efectuada
Propiedad IntelectualCita1.Inclusión en una obra propia de2.fragmentos de otras ajenas (excepción obras plásticas)3.de obras ya divulgadas4.su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico5.su utilización se realice con fines docentes o de investigación;6.se utilice en la medida justificada por el fin de esa incorporación; y7.se indique la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.
Propiedad Intelectual- Dominio Público- Transmisión de derechos
- Forma- Tipos de cesión- Licencias prediseñadas
- Creative Commons- Attribution (by)- Noncommercial- No Derivative Works- ShareAlike
- Color Iuris- Copyleft
Propiedad IntelectualLicencias de software libre (FSF y OSI)-4 Tipos:
- Privativas.- Semi-libres.- Libres recíprocas.- Libres (a secas).
-4 libertades FSF: - Poder usar el programa para cualquier fin- Estudiar cómo trabaja- Poder redistribuir copias - Poder modificar el programa y publicar sus mejoras.
-Principales: GNU GPL, GNU LGPL, BSD
Propiedad IntelectualProtección registral-Registro de la propiedad Intelectual
-Registro notarial: Acta / Depósito
-Correos
-Firma electrónica completa
-Registros privados: FRAPA, Safe Creative
Obras excluidasNo son objeto de propiedad intelectual:-las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos
-las resoluciones de los órganos jurisdiccionales
-los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos
-las traducciones oficiales de todos los textos anteriores.
Propiedad Intelectual
Presente y ¿futuro? de la Propiedad Intelectual
ContactoAbanlex Abogados
• www.abanlex.com• @Abanlex• [email protected]
• Profesor:– Pablo Fdez. Burgueño (@pablofb)