1. OBJETIVO(S)
Establecer una guía para prevenir daños por la exposición de los trabajadores
a los peligros inherentes cuando se requiera ingresar y/o trabajar en un espacio
confinado.
2. ALCANCE
Este estándar se aplica a todos los trabajadores dentro del ámbito de Sociedad
Minera Cerro Verde y todas las empresas contratistas que ingresen y/o realicen
trabajos en espacios confinados.
3. RESPONSABLES
Gerente de Área:
Asegurarse de cumplir con el presente estándar.
Asegurarse que todos los espacios confinados dentro del área bajo su control
sean identificados (revisados), inventariados y apropiadamente etiquetados.
Asegurarse que todo el personal involucrado en el ingreso/trabajo en espacios
confinados esté apropiadamente entrenado.
Proveer recursos necesarios para implementar y mantener el presente
estándar.
Gerente de Salud y Seguridad:
Mantener un inventario de los Espacios Confinados identificados y
señalizados de Sociedad Minera Cerro Verde.
Verificar que los equipos utilizados para el monitoreo de la atmósfera
están adecuadamente calibrados y mantenidos.
Coordinar el entrenamiento del personal en Espacios Confinados.
Mantener una adecuada capacidad de rescate para todos los espacios
confinados de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A
Participar en la revisión anual del presente documento y del inventario
de Espacios Confinados.
Responsable del Trabajo:
Realizar una reunión previa a la entrada al espacio confinado para
asegurarse que todos los involucrados fueron comunicados respecto a
peligros y riesgos.
Asegurarse que los resultados de los monitoreos de la atmósfera sean
registrados en el permiso antes del ingreso y que estos son hechos
previos al inicio del trabajo para reflejar las condiciones reales en el
momento de la entrada.
Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad relacionadas:
LOTOTO, ARO, PTS, etc.
Verificar que los servicios de rescate estén disponibles y actuar en la
coordinación de los equipos de emergencia y rescate, si se produce una
emergencia
Mantener en archivo por el tiempo establecido en este documento los
originales de los permisos generados (sean terminados o cancelados
por algún motivo)
Vigía:
Estar familiarizado con los peligros de los espacios confinados
durante el ingreso, incluyendo las rutas de exposición (inhalación,
absorción, etc), signos, síntomas, consecuencias.
Mantener permanentemente un conteo exacto de todos los trabajadores
que estén en cualquier momento en el interior del Espacio Confinado.
Debe estar ubicado fuera del espacio confinado y solo monitorear un
espacio confinado a la vez.
Conocer el procedimiento de emergencias de SMCV
Monitorear las actividades y trabajos dentro y fuera del Espacio
Confinado para determinar si es seguro para los trabajadores
permanecer en su interior.
Mantener una comunicación continua y efectiva con los trabajadores que
estén en el interior del Espacio Confinado y nunca entra al Espacio
Confinado.
Activar el procedimiento de emergencia tan pronto como determine
que hay una emergencia y que los trabajadores autorizados deben
evacuar el Espacio Confinado.
Cerrar el Permiso de Ingreso si las condiciones de trabajo no son
seguras, o si un trabajador no autorizado traspasa hacia el interior del
Espacio Confinado.
Trabajador que ingresa al Espacio Confinado:
Estar familiarizado con los peligros de los espacios confinados
durante el ingreso, incluyendo las rutas de exposición (inhalación,
absorción, etc), signos, síntomas, consecuencias.
Mantener comunicación con el vigía. Alertarlo en caso reconozca alguna
señal de peligro o situación subestándar.
Salir del espacio cuando las condiciones o el monitoreo se muestran
peligrosas.
Cada trabajador que ingresa a un espacio confinado debe usar arnés de
cuerpo completo todo el tiempo, con línea de vida retráctil; cuando esto
sea considerado una situación de riesgo, el supervisor determinará
alguna otra acción que permita facilidad para el rescate en caso de ser
necesario
Contratistas
Asegurarse de cumplir con el presente estándar.
Proporcionar todo el instrumental necesario para efectuar los monitoreos
de la atmósfera, estos equipos deberán contar con certificación de
calidad y calibración, y ser aprobados por Gerencia de SSO de SMCV.
4. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
4.1 DEFINICIONES
Ver glosario de términos y abreviaturas de los estándares.
Atmósfera Peligrosa: Una atmósfera que expone a un trabajador a un peligro
de muerte, incapacidad, lesiones o intoxicación aguda.
Una atmósfera es peligrosa cuando:
- El Contenido de Oxígeno (O2) es mayor/igual a 23,5%, o menor/igual a
19,5%.
- Tiene un LEL de 10% o más.
- La Concentración de Gases tóxicos (H2S, CO u otros) es superior a los
límites permitidos.
- La presencia de Polvo combustible en el aire contenido en el interior del
Espacio Confinado sea igual o superior al LEL.
- La presencia de Polvo o Vapor impide u obscurece la visibilidad a una
distancia de 1,5 m. en el interior del Espacio Confinado.
- Cualquier condición atmosférica que es inmediatamente riesgosa para la
salud o la vida (Ejemplo: calor, frio).
Espacio Confinado: Se define como espacio confinado, todo aquel que cumpla
con una o varias de las siguientes características:
- Es lo suficientemente grande para que ingrese un trabajador y desempeñe
una tarea asignada.
- No están diseñados para ser ocupados en forma continua por una o
varias personas; debido a que:
a) Presenta atmosfera peligrosa.
b) Contiene material capaz de atrapar a las personas que ingresan.
c) Contiene material capaz de ahogar a las personas que ingresan.
d) Posee una configuración interna con paredes convergentes hacia el interior
o por un piso inclinado hacia abajo.
- Cuentan con medios de entradas o salidas limitadas.
Entendiendo por medios limitados; a todos aquellos que no permiten una
entrada ni una salida en forma segura y rápida de todos sus ocupantes, como
por ejemplo, alcantarillas, espacios cuyo ingreso y egreso se haga por medio
de escaleras, espacios en los cuales se ingrese con arnés y líneas de
elevación o líneas retractiles.
- Dispone de ventilación natural limitada o pobre.
- Existe riesgo de sofocación o intoxicación por presencia de gases (La
aplicación de ventilación a través de aire forzado no constituye la eliminación
de los peligros).
Algunos espacios confinados pueden ser:
- Tanques de depósito,
- Bóvedas subterráneas,
- Silos o Tolvas de Almacenamiento,
- Tolvas de Descarga,
- Calderas,
- Alcantarillas,
- Camiones y Vagones Cisternas,
- Interior de molinos,
- Procesadores,
- Fosas,
- Zanjas,
- Pozos.
Espacio Confinado que requieren Permiso de Ingreso:
Los Espacios Confinados que Requieren Permiso de Ingreso, para realizar
cualquier actividad dentro de ellos, son aquellos que cumple o tiene una o más
de las siguientes características:
- No están diseñados para ser ocupados en forma continua por una o
varias personas; debido a que:
a) Presenta atmosfera peligrosa.
b) Contiene material capaz de atrapar a las personas que ingresan.
c) Contiene material capaz de ahogar a las personas que ingresan.
d) Posee una configuración interna con paredes convergentes hacia el interior
o por un piso inclinado hacia abajo.
- Cuentan con medios de entradas o salidas limitadas.
- Entendiendo por medios limitados; a todos aquellos que no permiten una
entrada ni una salida en forma segura y rápida de todos sus ocupantes, como
por ejemplo, alcantarillas, espacios cuyo ingreso y egreso se haga por medio
de escaleras, espacios en los cuales se ingrese con arnés y líneas de
elevación o líneas retractiles.
- Dispone de ventilación natural limitada o pobre.
- Existe riego de sofocación o intoxicación por presencia de gases (La
aplicación de ventilación a través de aire forzado no constituye la eliminación
de los peligros).
Todos los Espacios Confinados que Requieren Permiso de Ingreso,
deben mantenerse señalizados para que sean fácilmente identificados por el
personal (ver Anexo 03).
Las Gerencias de Área deberán mantener un inventario actualizado de los
Espacios Confinados que Requieren Permiso de Ingreso (ver Anexo 4), y de
acuerdo a este, mantener en el campo la señalización mencionada en el
párrafo anterior. Ingreso a Espacio Confinado: La acción intencional de un
trabajador de ingresar a un Espacio Confinado. Se considera que un
trabajador ha ingresado a un Espacio Confinado tan pronto como ha hecho
pasar cualquier parte de su cuerpo por el plano imaginario que limita cualquier
entrada a un Espacio Confinado.
Vigía: Persona, competente y entrenada, responsable de determinar si las
condiciones existentes para ingresar a un Espacio Confinado son aceptables y
seguras, y que ha sido designado para supervisar las operaciones de ingreso
a un Espacio Confinado, que tiene la autoridad para autorizar y detener el
trabajo si es necesario.
4.2 ABREVIATURAS
Ver glosario de términos y abreviaturas de los estándares.
CO : Monóxido de carbono
LEL : Mínima concentración de gas/vapor/neblina con la cual se puede
producirfuego si se presenta una fuente de ignición.
O2 : Oxígeno
H2S : Sulfuro de hidrógeno
RCP : Respiración Cardio Pulmonar
LOTOTO : Look out, tag out and try out
EPP : Equipo de Protección Personal.
GSSO: Gerencia de Salud y Seguridad
ARO : Análisis de Riesgo Operacional
ATS : Análisis de Trabajo Seguro
Full Face : Respirador de cara completa
SCBA : Equipo de aire auto contenido
IDHL : Atmósfera inmediatamente peligrosa para la vida o salud.
Cualquier condición que puede causar efectos adversos irreversibles para la
salud, incluye valores de monitoreo de la atmósfera fuera de los límites
indicados en el permiso de espacio confinado
PTS : Permiso de Trabajo Seguro
5. DESCRIPCIÓN
5.1. REQUERIMIENTOS
5.1.1 REQUERIMIENTOS DE PERMISOS
Antes de iniciar el trabajo se deberá leer el Procedimiento para Permiso de
Trabajo Seguro SSOpr0005 y si el trabajo lo requiere solicitar el PTS y
proceder de acuerdo a este procedimiento.
5.2. ASPECTOS AMBIENTALES SIGNIFICATIVOS
Ninguno
5.3. DESARROLLLO
5.3.1. CONDICIONES GENERALES
El Responsable del Trabajo planea la entrada y ejecución del trabajo
respondiendo y registrando las respuestas a las preguntas del Permiso de
Trabajo en Espacios Confinado; además ayudaría a la planificación contestar
preguntas tales como:
- ¿En qué parte del proceso el espacio confinado está involucrado?
- ¿Se requiere Bloqueo/Tarjeteo/Testeo?
- ¿Qué atmósfera peligrosa requiere atención?
- ¿Hay materiales que no están firmemente fijados o puenteados?
- ¿Cómo será ventilado e iluminado el espacio?
- ¿Qué es necesario para proveeer un acceso seguro?
- ¿Quiénes ingresarán? ¿Quién será el vigía?
- ¿Qué Equipo de Protección Personal será necesario?
- ¿Involucrará trabajos en caliente? ¿Precauciones?
- ¿Qué equipo de emergencia es necesario?
- ¿Cuando empezará el trabajo? ¿Cuándo concluirá?
Cuando todos los requerimientos del Permiso son confirmados y todo el
personal involucrado es informado, una copia del Permiso Para Trabajos en
Espacios Confinados será mantenida a la entrada del espacio.
Antes de iniciar el trabajo deberán tomarse las siguientes precauciones:
- Designar al vigía.
- Solo personal autorizado y entrenado entrará a un espacio confinado.
- Señalizar la zona de trabajo para evitar el ingreso de personal sin
autorización o entrenamiento
- Monitorear la atmósfera de acuerdo al ítem 5.3.3, se debe continuar
con un monitoreo periódico si:
o Los peligros en la atmósfera no se han eliminado completamente.
o Existen nuevos riesgos en la atmósfera resultados de las tareas que se
realizan. o Condiciones atmosféricas que se pueden volver a presentar por
cercanía con procesos o actividades
- Los cilindros conteniendo oxígeno, acetileno y otros gases no serán
aceptados dentro del espacio confinado.
- El oxígeno jamás será utilizado para ventilar un espacio confinado ni
suministrado a los equipos de respiración.
- La escalera y andamios utilizados serán seguros y cumplirán con los
estándares de Escaleras, Andamios y Plataformas Elevadas.
- Será provista la iluminación adecuada.
- Se usará sólo el equipo eléctrico que sea estrictamente necesario y este
no deberá significar un riesgo de explosión.
- El equipo eléctrico será puesto a tierra adecuadamente.
Cualquier desviación de las condiciones en las cuales fue emitido el PTS
ameritará el cierre de este y la interrupción del trabajo.
El personal que está dentro del Espacio Confinado debe abandonar éste
cuando se presente una o más de las siguientes condiciones:
- Cualquier desviación de las condiciones de la atmósfera interior de los
límites indicados en el Permiso de Trabajo en Espacios Confinados.
- Cuando se observa o sospecha de un peligro fuera de control.
- La observación del vigía de que el personal que está dentro del espacio
confinado presenta síntomas de exposición a agentes tóxicos
- Cuando se rompa la comunicación entre el vigía y el personal que está
dentro del espacio.
- En circunstancias que el vigía comunique que evacuen.
5.3.2. CAPACITACIÓN
Todos los trabajadores, supervisores y personal que realicen en Trabajos en
Espacios Confinados, deberán asistir a un curso de capacitación en el que se
les capacitará en las metodologías para hacer seguras las tareas en el interior
de Espacios Confinados. Toda capacitación será documentada y registrada y
de conocimiento de la Gerencia de Salud y Seguridad de SMCV. La
capacitación deberá incluir:
- Estándar para trabajos en Espacios Confinados.
- Conocimiento de los peligros respiratorios, tipos de atmósferas y riesgos
asociados.
- Equipo para el monitoreo de la atmósfera
- Conocimiento de los rangos de explosividad.
- Conocimiento de los equipos y protección necesaria
- Procedimientos de emergencias - Sistema de Comunicación.
- Procedimiento de Control de la energía LOTOTO
- Primeros Auxilios y RCP
Por la cantidad de información, los ítems subrayados pueden darse en
cursos independientes.
5.3.3. MONITOREO DE LA ATMÓSFERA DEL ESPACIO CONFINADO
El equipo utilizado debe ser examinado antes del uso, chequear la batería,
niveles de alarma y fecha de calibración del equipo.
Antes que cualquier persona ingrese a un espacio confinado, se debe
monitorearla inmediatamente antes de ingresar y considerar el siguiente orden:
Deficiencia de oxígeno, Gases inflamables, Gases tóxicos.
El vigía deberá medir desde la parte exterior del espacio, las
concentraciones de Oxígeno, Monóxido de Carbono, Gases inflamables,
Gases tóxicos y determinar las condiciones de visibilidad en el interior del
Espacio Confinado. Estas mediciones deben quedar registradas en el Permiso
de Ingreso. Así mismo, debe medir la concentración de cualquier otra
sustancia que razonablemente pudiese estar presente.
Estas mediciones las deberá repetir periódicamente de acuerdo a lo
establecido en el Permiso para Trabajos en Espacios Confinados y registrarlo
en el mismo documento, se debe medir en tres niveles (arriba, abajo y a la
mitad), esto debido a los gases/vapores más pesados que el aire.
En casos calificados, todos los trabajadores autorizados deberán ingresar al
Espacio Confinado con detectores individuales sonoros de espacios
confinados. Esta exigencia deberá quedar registrada en el Permiso de Trabajo
en Espacios Confinados.
5.3.4. VENTILACIÓN, LIMPIEZA Y PURGA
Antes de permitir el ingreso de trabajadores a un Espacio Confinado, las
cañerías, estanques y ductos (salvo estanques y líneas de agua) deben
purgarse lavarse con agua a presión y ventilarse.
En casos calificados el Espacio Confinado deberá ser ventilado
permanentemente durante la ejecución de los trabajos con Ventilación
Mecánica Forzada. Esta exigencia deberá quedar registrada en el Permiso de
Ingreso.
Para los casos que la atmósfera dentro del espacio confinado presente o
exista un alto potencial que pueda presentar una atmósfera IDLH, el ingreso al
espacio confinado se debe hacer con el uso de equipo autocontenido (SCBA)
o en su defecto con mascara de cara completa (Full Face) con línea de aire. El
aire suministrado en este último caso de un compresor de aire tipo D,
quedando estrictamente prohibido conectar las mascaras full FACE con línea
de aire a la red de aire industrial o compresor de pistón.
5.3.5. COMUNICACIONES
Deberá haber comunicación permanente entre el vigía y los trabajadores
autorizados en el interior del Espacio Confinado para que el Vigía pueda
activar el procedimiento de comunicación en caso de emergencia, y dar aviso
al Servicio Médico y al Supervisor de Ingreso.
La comunicación entre el vigía y los trabajadores autorizados podrá ser a
través de:
- Contacto Visual
- Voz
- Señales
- Equipos de comunicación
El Vigía periódicamente deberá verificar la comunicación y el estado de los
trabajadores, haciendo preguntas sencillas.
El Vigía deberá contar con medios de comunicación para activar el
Procedimiento de Emergencias en caso que se presente una emergencia.
5.3.6. BRIGADA DE RESPUESTA Y CONTROL DE EMERGENCIAS
El equipo de rescate es el único autorizado para el ingreso en una
atmósfera IDLH.
Todos los trabajadores autorizados deberán ingresar al Espacio Confinado
con arnés de seguridad que permita ser enganchado a una línea de vida, la
misma que estará conectada a un sistema de extracción que permita su
rescate desde el exterior del Espacio Confinado. Excepciones a esta regla
deberán ser autorizadas en cada caso por la Gerencia de SSO de SMCV.
Cuando el Espacio Confinado tenga acceso vertical se deberá montar un
trípode de rescate, el que estará enganchado a las líneas de vida mediante un
mecanismo que permita el rescate de los trabajadores.
En casos especiales, el Vigía deberá contar por lo menos con un equipo de
respiración autocontenido en el exterior del Espacio Confinado, para permitir el
ingreso al mismo en caso en que sea necesario efectuar un rescate desde el
interior. El uso de respirador autónomo debe quedar registrado en el Permiso
de trabajo.
La entrada a una atmósfera IDLH requiere como mínimo de 04
trabajadores, 02 vigías y dos trabajadores que ingresan, uno de los vigías
debe estar entrenado en Primeros
Auxilios, con la habilidad de hacer RCP, inmovilización de
fracturas, control de hemorragias, etc.
Utilizar equipos eléctricos, en las áreas donde el LEL sea igual al 10% se
considerará como atmósfera inflamable y se proveerán equipos eléctricos
intrínsecamente seguros.
6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Procedimiento para Permiso de Trabajo Seguro SSOpr0005.
Estándar para el Control de la Energía Peligrosa SSOst0011.
Reglamento de Seguridad e Higiene Minera D.S. 046-2001 EM
7. REGISTROS
8. ANEXOS
Anexo 01: Parámetros para monitoreo de Espacios Confinados
Anexo 02: Formato para Permiso de Trabajo en Espacios Confinados
Anexo 03: Señalización de Espacio Confinado
Anexo 04: Formato “Identificación de Espacios Confinados que requieren
Permiso de Ingreso”