Público
Amnistía Internacional
La pena de muerte en el mundo:
noticias del 2000
Mayo del 2001 RESUMEN ÍNDICE AI: ACT 50/001/2001/s DISTR: SC/DP
Este documento contiene las novedades respecto a la pena de muerte acontecidas en el año 2000.
Aumentó el número de países abolicionistas y se impuso la suspensión de las ejecuciones en Filipinas y
en el estado de Illinois, Estados Unidos. Se presentó ante el secretario general de la ONU, Kofi Annan,
una petición en favor de la suspensión de las ejecuciones en todo el mundo, con más de tres millones de
firmas recogidas en 146 países. La Comisión de Derechos Humanos, de la ONU, volvió a aprobar en su
reunión de mayo una resolución por la que instaba a los países que aún mantienen este castigo a «suspender las ejecuciones, con miras a abolir completamente la pena de muerte». En agosto, la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de la ONU, aprobó
una resolución que condenaba la imposición de la pena de muerte a individuos menores de 18 años en el
momento de la comisión del delito y recomendaba que se estableciera como uso contrario al derecho
internacional consuetudinario. Una vez más, Estados Unidos llevó la iniciativa mundial en la ejecución
de delincuentes tan jóvenes, pues ejecutó a cuatro en el 2000, mientras que, según informes, tanto Irán
como la República Democrática del Congo ejecutaron a uno.
Otros temas tratados en este documento son: causas y resoluciones judiciales importantes, tanto
nacionales como internacionales; estudios significativos; la aplicación de la pena de muerte a enfermos y
retrasados mentales; su empleo contra personas inocentes y contra mujeres; puntos de vista médicos y
religiosos; y encuestas de opinión.
Este texto resume el documento titulado La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
(Índice AI: ACT 50/001/2001/s), publicado por Amnistía Internacional en mayo del 2001. Si desean más
información o emprender acciones sobre este asunto, consulten el documento principal. Pueden
encontrar una amplia selección de materiales de Amnistía Internacional sobre éste y otros temas en
<http://www.amnesty.org> y nuestros comunicados de prensa se pueden recibir por correo electrónico:
<http://www.amnesty.org/news/emailnws.htm>. Para los documentos traducidos al español consulten la sección «centro de documentación» de las páginas web de EDAI en <http://www.edai.org/centro/>.
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 0DW, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA
PALABRAS CLAVE: PENA DE MUERTE1 / CONDENA A MUERTE / EJECUCIÓN / ORGANIZACIONES
INTERGUBERNAMENTALES / CONMUTACIÓN / MENORES / GRUPOS RELIGIOSOS / JUICIOS / SALUD
MENTAL / MUJERES / ÉTICA PROFESIONAL /
Mayo del 2001
Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Distr: SC/DP
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 0DW, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA
Público
Amnistía Internacional
LA PENA DE MUERTE EN EL MUNDO:
NOTICIAS DEL 2000
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
ÍNDICE
ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE ........................................................................................................................ 1
a) Países que abolieron la pena de muerte para todos los delitos ............................................................... 1
b) Países que sólo abolieron la pena de muerte para delitos comunes ........................................................ 2
c) Pasos hacia la abolición ......................................................................................................................... 2
SUSPENSIÓN DE LAS EJECUCIONES .......................................................................................................................... 3
a) Suspensiones establecidas ...................................................................................................................... 3
b) Suspensiones prorrogadas ...................................................................................................................... 4
c) Pasos hacia el establecimiento de suspensiones ..................................................................................... 4
CONMUTACIONES .......................................................................................................................................................... 6
ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES ..................................................................................................... 7
a) Las Naciones Unidas (ONU) .................................................................................................................. 7
b) La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) ............................................. 9
c) La Unión Europea (UE) ......................................................................................................................... 9
d) La conferencia ministerial europea ...................................................................................................... 10
DECISIONES JUDICIALES............................................................................................................................................ 10
a) Tribunales internacionales .................................................................................................................... 10
b) Tribunales nacionales ........................................................................................................................... 12
INTENTO DE RESTABLECER LA PENA DE MUERTE .............................................................................................. 14
EJECUCIONES ................................................................................................................................................................ 15
a) Reanudación de las ejecuciones tras periodos sin llevarse a cabo ninguna .......................................... 15
b) Ejecuciones públicas ............................................................................................................................ 15
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA DELINCUENTES MENORES DE EDAD ........................................ 16
TABLA 1. EJECUCIONES DE INDIVIDUOS MENORES DE EDAD ......................................................................... 19
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA MUJERES .......................................................................................... 20
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA PERSONAS INOCENTES ................................................................ 21
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA ENFERMOS Y RETRASADOS MENTALES .................................. 22
a) Enfermedad mental .............................................................................................................................. 22
b) Retraso mental ...................................................................................................................................... 23
PUNTOS DE VISTA RELIGIOSOS ................................................................................................................................ 23
PUNTOS DE VISTA MÉDICOS ..................................................................................................................................... 25
ENCUESTAS DE OPINIÓN ............................................................................................................................................ 26
ESTUDIOS ....................................................................................................................................................................... 27
ESTADÍSTICAS ............................................................................................................................................................... 28
MISCELÁNEA ................................................................................................................................................................. 29
TABLA 2: EJECUCIONES REGISTRADAS EN TODO EL MUNDO POR AÑOS (1980 - 2000) ............................... 32
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
TABLA 3: NÚMERO DE PAÍSES ABOLICIONISTAS(1981 - 2000) .......................................................................... 33
[Nota: Los comentarios que aparecen entre corchetes se refieren a actos o decisiones que han tenido
lugar una vez concluido el año 2000.]
LA PENA DE MUERTE EN EL MUNDO:
NOTICIAS DEL 2000
ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE
a) Países que abolieron la pena de muerte para todos los delitos
Malta
Malta abolió la pena de muerte en 1971 para todos los delitos tipificados en el código penal, y la
última ejecución por un ilícito civil tuvo lugar en 1943. No obstante se mantuvo en la Ley sobre las
Fuerzas Armadas de 1970 para determinados delitos cometidos en tiempo de guerra por individuos
sujetos a la legislación militar, como socorrer al enemigo, desertar o participar en un motín.
El 21 de marzo se promulgó la Ley sobre las Fuerzas Armadas (Enmienda) del 2000 tras su
aprobación por la Cámara de Representantes y el presidente Guido de Marco. El proyecto de ley fue
impulsado por el ministro del Interior y contó con el apoyo tanto del gobierno como de la oposición. De
acuerdo con sus disposiciones, la cadena perpetua sustituye a la pena de muerte para todos los delitos
anteriormente punibles con esta última.
Costa de Marfil
Costa de Marfil es abolicionista en la práctica desde hace varias décadas. El primer presidente del
país, Höuphouet Boigny, quien ocupó el cargo desde la fecha de la independencia hasta 1993, se oponía
a la pena capital. Aunque se dictaron sentencias de muerte, nunca permitió que se ejecutara a nadie.
En 1995, el Parlamento aprobó una ley que ampliaba el ámbito de aplicación de la pena de
muerte a delitos como el robo con violencia. Las ejecuciones se realizarían mediante fusilamiento y en
público. Esto fue justificado por quien ejercía entonces el cargo de ministro de Justicia, que apoyaba
públicamente la pena capital y había llegado a ofrecerse para integrar el pelotón de fusilamiento que
ejecutaba a personas en la playa. Con todo, esta ley nunca fue ratificada por el presidente, Henri Konan
Bédié, y no se llevó a cabo ninguna ejecución a pesar de que seguían imponiéndose condenas de muerte.
El 24 de diciembre de 1999, el gobierno del presidente Bédié fue derrocado mediante un golpe militar y
el nuevo gobierno redactó otra constitución que excluía la pena de muerte. La nueva constitución fue
aprobada mediante referéndum el 23 de julio. De acuerdo con la legislación marfileña, la constitución
prevalece sobre el código penal, de manera que los tribunales ya no pueden dictar sentencias de muerte.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 3
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Ucrania
En noviembre de 1995, al ingresar en el Consejo de Europa, Ucrania se había comprometido a
abolir la pena de muerte y a ratificar el Protocolo número 6 del Convenio para la Protección de los
Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Convenio Europeo de Derechos Humanos) en un
plazo de tres años. Ninguno de estos compromisos se había cumplido al vencer el plazo en noviembre de
1998, ni tampoco al cumplirse la prórroga del plazo en junio de 1999, si bien en marzo de 1997 se había
aprobado una suspensión de las ejecuciones. En junio de 1999, la Asamblea Parlamentaria del Consejo
de Europa amenazó con invalidar las credenciales de la delegación ucraniana ante la asamblea si no se
avanzaba en las reformas sobre derechos humanos, aunque al mismo tiempo se prorrogó el plazo para la
abolición hasta enero del 2000.
En diciembre de 1999, el Tribunal Constitucional de Ucrania resolvió que la pena de muerte
establecida en el código penal era inconstitucional, decisión que abolió en la práctica la pena capital
(véase el documento La pena de muerte en el mundo: Noticias de 1999, Índice AI: ACT 50/04/00/s). El
Parlamento ucraniano suprimió la pena de muerte del Código Penal en febrero del 2000 y la sustituyó
por la pena máxima de prisión perpetua; simultáneamente, Ucrania ratificó el Protocolo número 6 del
Convenio Europeo de Derechos Humanos. El 22 de marzo, el presidente Leonid Kuchma firmó la
entrada en vigor de la abolición de la pena de muerte.
b) Países que sólo abolieron la pena de muerte para delitos comunes
Albania, 21 de septiembre del 2000
Albania impuso una suspensión de las ejecuciones en 1995 al ingresar en el Consejo de Europa;
sin embargo, los tribunales continuaron dictando sentencias de muerte. En diciembre de 1999, el
Tribunal Constitucional resolvió que la pena de muerte era incompatible con la constitución albanesa. El
4 de abril del 2000, Albania firmó el Protocolo número 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos,
y el 13 de junio se recibieron informes según los cuales el gobierno había dado el visto bueno a un
proyecto de ley que permitiría su ratificación. Al concluir el año no se había aprobado dicha legislación,
pero el 21 de septiembre del 2000 Albania ratificó el Protocolo número 6, convirtiéndose en país
abolicionista salvo en situación de guerra o de guerra inminente. Al final del año, Albania mantenía la
pena de muerte para ciertos delitos en su código militar.
Bosnia y Herzegovina (República Srpska), 21 de junio del 2000
El Parlamento de la República Srpska, entidad serbia de Bosnia y Herzegovina, aprobó el 21 de
junio un nuevo código penal que ya no incluía la pena de muerte. La entidad bosnia, denominada
Federación de Bosnia y Herzegovina, ya lo había hecho en noviembre de 1998 para ajustarse a las
disposiciones del Acuerdo Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina, firmado en diciembre de
1995, que puso fin a la guerra civil. Por lo tanto, todo Bosnia y Herzegovina es abolicionista para los
delitos comunes únicamente.
c) Pasos hacia la abolición
Corea del Sur
4 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
Un grupo de 92 legisladores surcoreanos presentaron un proyecto de ley ante la Asamblea
Nacional que proponía sustituir la pena de muerte por la de reclusión perpetua. Era la primera vez que se
proponía una ley para abolir la pena capital, una de las cuestiones de derechos humanos que mayor
polémica suscitan en el país. No se espera que llegue a la categoría de ley, pero sus partidarios confían en
que sirva para fomentar el debate público sobre la cuestión. No se han llevado a cabo ejecuciones desde
que el presidente Kim Dae-jung llegó al poder en febrero de 1998.
Estados Unidos (Nuevo Hampshire)
La Cámara de Representantes en marzo y el Senado en mayo aprobaron un proyecto de ley para
derogar la pena de muerte en el estado de Nuevo Hampshire. Sin embargo, la gobernadora del estado,
Jeanne Shaheen, vetó el proyecto de ley. Nuevo Hampshire registró el índice de ejecuciones estatales
más bajo de todo Estados Unidos en 1998, no tenía pendientes juicios por asesinato punible con la
muerte ni tampoco condenados a muerte. La última ejecución en este estado se había llevado a cabo en
1939.
India
La primera conferencia nacional de la Campaña contra la Pena de Muerte, coalición de
organizaciones de activistas formada con el fin de coordinar el trabajo en torno a la pena de muerte, se
celebró en Nueva Delhi los días 22 y 23 de julio. A la conferencia, que congregó a eminentes juristas y
activistas de derechos humanos encabezados por el ex magistrado del Tribunal Supremo Krishna Iyer,
asistieron 100 delegados procedentes de 15 estados que instaron a los gobiernos estatales y central de la
India a modificar toda ley que previera la pena de muerte. La conferencia destacó que el estado no
adoptaba medidas constructivas para prevenir el delito ni emprendía acciones judiciales eficaces, pero
luego recurría a la pena de muerte como respuesta popular al problema de la delincuencia. Los delegados
aprobaron una resolución que aspiraba a una suspensión durante 10 años seguida de la abolición total en
los 25 estados del país. (Véase el apartado «Pasos hacia el establecimiento de suspensiones» infra.)
Chile
El 1 de noviembre, el Senado votó a favor de terminar con la pena capital para los delitos
comunes. El proyecto de ley se presentará ante la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Al
concluir el año no se había convertido en ley.
Kirguizistán
El 14 de noviembre, al prorrogar la suspensión de las ejecuciones, establecida por primera vez en
1998 (véase el apartado «Suspensiones prorrogadas» infra), el presidente de Kirguizistán, Askar Akayev,
pidió a su gobierno que estudiase la posibilidad de abolir la pena capital antes de julio del 2001.
SUSPENSIÓN DE LAS EJECUCIONES
a) Suspensiones establecidas
Filipinas
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 5
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
El presidente de Filipinas, Joseph Estrada, anunció el 24 de marzo la suspensión de las
ejecuciones hasta el final del año. Según afirmó, su decisión obedecía a un gesto de deferencia con la
celebración del Gran Jubileo por parte de la Iglesia Católica para conmemorar el segundo milenio del
nacimiento de Jesucristo. A pesar del anuncio de la suspensión, un preso fue conducido a la cámara de
inyección letal para ser ejecutado. Logró salvar la vida porque un capellán de prisiones hizo una llamada
telefónica a una emisora de radio local, que a su vez se puso en contacto con el asesor jefe del presidente
y logró impedir que la ejecución siguiera adelante. Más tarde, los funcionarios de la prisión aseguraron
que se habían enterado de la suspensión por los medios de comunicación pero no habían recibido orden
oficial de parar las ejecuciones.
La Unión Europea formuló una declaración en la que expresaba satisfacción por la decisión, así
como su esperanza de que la suspensión se prorrogara después de concluir el año, lo que supondría un
paso importante hacia la futura abolición de la pena de muerte en Filipinas.
Estados Unidos (Illinois)
El 31 de enero, el gobernador Ryan anunció la suspensión de las ejecuciones y afirmó que no
aprobaría más ejecuciones hasta que hubiera concluido la revisión y reforma del sistema judicial del
estado relativo a la pena de muerte. El gobernador tomó la decisión al salir a la luz que, desde 1977, año
en que Illinois restableció la pena de muerte, se había dictado una sentencia errónea en 13 causas. Dado
que en ese mismo periodo se había ejecutado a 12 reclusos, esto significaba que el estado de Illinois
había liberado del corredor de la muerte a más reclusos de los que había ejecutado. Al anunciar la
decisión, el gobernador afirmó lo siguiente: «No puedo defender un sistema que, en su administración,
ha demostrado cometer tantos errores y ha estado tan cerca de la pesadilla máxima: que el Estado se
cobre vidas inocentes [...]».
b) Suspensiones prorrogadas
Kirguizistán
El 14 de noviembre, el presidente de Kirguizistán, Askar Akayev, firmó un decreto por el que se
prorrogaba la suspensión de las ejecuciones, que había entrado en vigor en 1998. El decreto prolonga la
suspensión un año más, hasta diciembre del 2001. (Véase el apartado «Pasos hacia la abolición» supra.)
c) Pasos hacia el establecimiento de suspensiones
En todo el mundo
El 18 de diciembre se presentó en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York ante su
secretario general, Kofi Annan, una petición en favor de la suspensión mundial de la pena de muerte
firmada por 3.213.974 personas de todo el mundo. Las firmas habían sido recogidas en 146 países y sus
autores pertenecían a las principales religiones del mundo.
Estados Unidos
i) Ámbito nacional
Colegio Estadounidense de Abogados
6 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
En febrero de 1997, el Colegio Estadounidense de Abogados solicitó la suspensión nacional de
la pena capital. En julio del 2000, la presidenta entrante del Colegio, Martha Barnett, volvió a pedir la
suspensión de la pena de muerte en el ámbito federal y pidió a los abogados de todo el país a trabajar
para que se suspendan las ejecuciones en sus estados hasta que se pueda demostrar que se impone con las
debidas garantías.
Asociación Psiquiátrica Estadounidense
La Asamblea de la Asociación Psiquiátrica Estadounidense aprobó el 14 de mayo en su sesión
plenaria una resolución por la que solicitaba al consejo de administración de la Asamblea que formulara
una declaración de principios para solicitar la suspensión de la pena capital en Estados Unidos.
Una encuesta apoya la suspensión
Una encuesta nacional realizada a 802 votantes en agosto reveló que el 53 por ciento de los
encuestados estaban a favor de suspender las ejecuciones hasta que se realice un estudio sobre las
garantías con que se aplica la pena de muerte. El sondeo lo llevaron a cabo dos empresas: Peter D Hart
Research y American Viewpoint. (Véase el apartado «Encuestas de opinión» infra).
ii) Ámbito federal
En abril, los senadores Russell Feingold y Carl Levin presentaron la «Ley Nacional sobre la
Suspensión de la Pena de Muerte del 2000». Este proyecto de ley habría impuesto una suspensión de las
ejecuciones hasta que una comisión nacional estableciera si la pena de muerte se puede imponer
«imparcialmente y con el debido proceso». La suspensión habría seguido en vigor hasta que la comisión,
con un mandato de dos años, hubiera concluido su trabajo y el Congreso estadounidense hubiera tomado
medidas en relación con su informe final. El senador Feingold también instó al presidente Bill Clinton a
suspender las ejecuciones federales hasta que se pudiera determinar que no se había condenado a muerte
a ningún inocente. En abril el Parlamento Europeo hizo la misma petición al presidente, así como a todos
los candidatos a las elecciones presidenciales estadounidenses. La presidencia francesa de la Unión
Europea envió una carta al presidente en julio para solicitar la suspensión de las ejecuciones federales.
El presidente desestimó todas estas peticiones.
iii) Ámbito de los estados
Los colegios de abogados de Pensilvania, Filadelfia y Luisiana han solicitado la suspensión de la
pena de muerte. El 25 de marzo, la Asociación de Abogados Defensores Penalistas de Texas pidió a
George W. Bush, que entonces ocupaba el cargo de gobernador, que impusiera la suspensión de las
ejecuciones en Texas. El 10 de junio el Comité de Resoluciones del Partido Democrático de Texas
aprobó una resolución por la que pedía la suspensión inmediata de todas las ejecuciones en Texas y en el
resto del país hasta que se adoptaran nuevas normas y procedimientos. La resolución fue aprobada con
un solo voto en contra. Más de dos decenas de autoridades municipales han adoptado resoluciones en las
que instan a los legisladores de los estados —entre otros Filadelfia, Atlanta, Baltimore, Pittsburgh y San
Francisco— a imponer la suspensión de las ejecuciones.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 7
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
India
Juristas eminentes y defensores de los derechos humanos solicitaron «una sentencia de muerte
para la pena de muerte», afirmando que la pena de muerte constituía una violación de derechos humanos
fundamentales y del derecho a no ser sometido a una pena cruel, inhumana y degradante. Pidieron que el
proceso «comenzara con una suspensión total de la pena de muerte durante diez años y continuara con la
abolición absoluta como proceso pragmático». La resolución se aprobó en julio en la primera conferencia
nacional de la Campaña contra la Pena de Muerte (véase el apartado «Pasos hacia la abolición» supra).
CONMUTACIONES
Filipinas
El 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, el presidente Joseph Estrada anunció que se
conmutaría la pena a todos los presos cuyas sentencias de muerte hubieran sido ratificadas por la Corte
Suprema. Se esperaba que esta medida se aplicara a más de 110 presos. Sin embargo, al concluir el año
sólo se había conmutado la pena a 13 presos, aquellos que ya tenían fecha prevista de ejecución.
Anteriormente el presidente había anunciado que estaba estudiando la posibilidad de conmutar la
totalidad de las aproximadamente 1.400 condenas a muerte impuestas desde la restauración de la pena a
finales de 1993, y que apoyaría la revocación de la legislación relativa a la pena capital por parte del
Congreso. Pero el presidente fue acusado de delitos en el desempeño de sus funciones y apartado del
cargo antes de que alguna de estas medidas pudiera ponerse en práctica. [El presidente Estrada ordenó la
conmutación de otras 90 sentencias de muerte ratificadas antes de su destitución en enero del 2001.]
Nigeria
No se ha ejecutado una sola condena de muerte desde el retorno a un gobierno civil en mayo de
1999. El presidente Obasanjo, quien se ha pronunciado en contra de la pena capital, concedió en enero
del 2000 una amnistía a individuos condenados a muerte: los que llevaban 20 años en espera de
ejecución serían indultados y excarcelados; a los que llevaban entre 10 y 20 años condenados a muerte
les sería conmutada la pena de muerte por la de reclusión perpetua. Este cese de las ejecuciones supone
un avance importante después de tantos años en que Nigeria ha presentado uno de los índices de
ejecuciones más elevados del mundo.
Tailandia
A 30 condenados a muerte se les conmutó la pena por otra de reclusión perpetua como parte de la
Amnistía Real promulgada con motivo del 73 cumpleaños del rey, Bhumibol Adulyadej, el 5 de
diciembre.
Uganda
En julio el presidente Museveni conmutó por penas de prisión perpetua las condenas de muerte
impuestas a 16 presos. La medida se anunció en la prensa y fue acogida con satisfacción por la Comisión
de Derechos Humanos de Uganda.
8 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES
a) Las Naciones Unidas (ONU)
Sexto informe quinquenal
En 1973, el Consejo Económico y Social de la ONU invitó al secretario general de la ONU a que
le presentara, a intervalos quinquenales, informes periódicos actualizados y analíticos sobre la pena
capital, el primero de los cuales debía presentarse en 1975. Aquel primer informe presentado en 1975
también trataba sobre la aplicación de las Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de
los Condenados a la Pena de Muerte. El Consejo decidió que los informes debían seguir abarcando la
aplicación de las salvaguardias y que en su preparación debían utilizarse todos los datos disponibles,
como la investigación criminológica actual. El sexto informe de la serie, titulado La pena capital y la
aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la
pena de muerte (documento ONU: E/2000/3), que abarca el período 1994-1998, fue publicado el 31 de
marzo del 2000.
A fin de reunir información para el sexto informe quinquenal, se confeccionó un cuestionario que
fue enviado a todos los Estados miembros de la ONU. También se invitó a hacer comentarios a las
organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales, las entidades de la ONU
pertinentes y la red de institutos. Únicamente 53 gobiernos respondieron, 10 menos de los que habían
aportado información para el informe anterior, elaborado en 1995. De estas respuestas, sólo 11 procedían
de países que mantenían la pena de muerte en su legislación y la aplicaban al concluir 1999. Al término
del 2000, otros 10 gobiernos habían contestado, lo cual elevó el total a 63, donde el número de países
que mantienen y aplican la pena de muerte se eleva a 14. [En el 2001 se publicará una nueva versión del
informe que incorporará el análisis de esta información suplementaria.]
El informe reveló que en los cinco años transcurridos de 1994 a 1998, periodo en el que se
formaron menos Estados que en el quinquenio anterior, 17 países abolieron la pena capital. Otros cuatro
lo hicieron en 1999, lo que elevó el total a 21 países. Al citar los datos relativos a las distintas regiones, el
informe afirma que «hay pruebas de que el movimiento abolicionista se difunde cada vez más en todas
las regiones del mundo», si bien señala que un país volvió a introducir la pena de muerte (aunque no
había llevado a cabo ninguna ejecución) y que otros ocho países y territorios que no habían ejecutado a
nadie en 10 años al menos habían reanudado las ejecuciones durante el periodo analizado. En el párrafo
127, el informe concluye que «en el advenimiento del nuevo milenio, el ritmo acelerado del movimiento
abolicionista no ha dado señales de debilitarse».
Al considerar la aplicación de las salvaguardias de la ONU sobre la pena de muerte, el informe
señala que, por lo que se refiere a la primera salvaguardia (restricción de la pena de muerte a los delitos
más graves, aquéllos que tengan consecuencias mortales u otras extremadamente graves), persiste el
problema señalado en el informe quinquenal anterior, a saber, que la pena capital se ha mantenido en las
legislaciones de muchos países para una amplia diversidad de delitos, mucho más allá del crimen de
asesinato, y concluye que queda un margen considerable para reducir el número de delitos por los que se
aplica.
Al ser muy pocos los países retencionistas que respondieron al cuestionario, apenas se ha podido
reunir información sobre el número real de ejecuciones llevadas a cabo en todo el mundo. El informe
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 9
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
recomendaba que se estudiara seriamente algún medio para lograr que el Secretario General reciba
información más completa de los países retencionistas.
Presentación de la petición de una suspensión mundial de las ejecuciones
El 18 de diciembre, en la sede de la ONU en Nueva York, se presentó ante su secretario general,
Kofi Annan, una petición en favor de la suspensión mundial de la pena de muerte. Estaba firmada por
más de tres millones de personas procedentes de 146 países. La entrega de la petición, en forma de libro
encuadernado en cuero, corrió a cargo de representantes de las tres organizaciones que organizaron y
coordinaron el llamamiento: la Comunidad de San Egidio de Roma, el Proyecto Suspensión 2000,
fundado en Estados Unidos por la hermana Helen Prejean, y Amnistía Internacional.
Al recibir la petición, el señor Annan declaró lo siguiente:
La pérdida de la vida es demasiado absoluta, demasiado irreversible para que unos seres
humanos se la inflijan a otros, aun con el respaldo de un proceso judicial. Que los Estados que
siguen aplicando la pena de muerte procuren contenerse, no sea que el día de mañana tengan que mirar atrás con remordimiento, sabiendo que es demasiado tarde para reparar el grave error cometido.1
(Véase el apartado «Pasos hacia el establecimiento de suspensiones» supra.)
La Comisión de Derechos Humanos
La Comisión de Derechos Humanos celebró en mayo su 56 periodo de sesiones en Ginebra. La
Unión Europea volvió a proponer una resolución sobre la pena de muerte. El texto era semejante al
adoptado el año anterior, que solicitaba la suspensión mundial de las ejecuciones y la adhesión a las
salvaguardias de la ONU en los casos de pena de muerte. Este año se añadió un párrafo para expresar
satisfacción por el sexto informe quinquenal del secretario general sobre la pena capital.
La resolución fue copatrocinada por 68 países y aprobada el 27 de abril por 27 votos a favor, 13
en contra y 12 abstenciones. Tras su adopción, 50 Estados formularon una declaración para distanciarse
del texto con el argumento de que no era apropiado tomar una decisión de alcance universal sobre este
asunto ni proponer tal medida en el foro de una organización internacional.
1 La traducción de esta cita es de EDAI.
10 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos
La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos pertenece a la Comisión
de Derechos Humanos y se reúne anualmente durante tres semanas en Ginebra. El 17 de agosto, en su
periodo de sesiones del 2000, la Subcomisión aprobó la resolución 2000/17, en la que condenaba la
imposición y aplicación de la pena capital a personas menores de 18 años en el momento de la comisión
del delito, pedía a los Estados que mantienen la pena capital contra delincuentes menores de edad que
procedieran a abolir cuanto antes la pena capital contra individuos que no tuvieran la mayoría de edad en
el momento del delito y que recordaran a los jueces que la imposición de la pena capital en estos casos
constituye una violación del derecho internacional. En su punto número 6 recomendaba a la Comisión de
Derechos Humanos que confirmara
[...] que el derecho internacional relativo a la imposición de la pena capital en relación con los
menores de edad establece claramente que la imposición de la pena capital contra los que
tuvieran menos de 18 años en el momento de la comisión del delito es una contravención del
derecho internacional consuetudinario.
b) La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE)
En la Reunión sobre la Aplicación de la Dimensión Humana, celebrada en Varsovia en octubre,
se hicieron las siguientes recomendaciones al tratar el punto del orden del día referente al intercambio de
información sobre el asunto de la abolición de la pena capital:
· La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) debe seguir reuniendo
datos y haciendo un seguimiento de la información relativa a la abolición de la pena de muerte.
· Los Estados participantes deben ratificar los instrumentos internacionales que disponen la
abolición de la pena de muerte, como el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo número 6 del Convenio Europeo del Convenio
Europeo de Derechos Humanos.
· Los Estados participantes no deben imponer la pena capital a personas que tuvieran menos de
18 años en el momento de cometer el delito por el que han sido condenados, ni a personas que
padezcan algún tipo de trastorno mental.
· Como primer paso hacia la abolición completa, los Estados participantes deben reducir el ámbito
de aplicación de su legislación relativa a la pena de muerte o imponer una suspensión de las
ejecuciones, o ambas cosas.
· Los Estados participantes deben esforzarse en educar a los ciudadanos sobre la cuestión de la
pena capital y la necesidad de su abolición.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 11
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
c) La Unión Europea (UE)
En 1999, los jefes de Estado y de gobierno de los Estados miembros de la Unión Europea
crearon un convenio para elaborar una carta de derechos fundamentales que combinara en un solo texto
todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y humanos que, hasta la fecha, se han
enunciado en diversas fuentes nacionales e internacionales. El Consejo Europeo, que se reunió en Niza,
Francia, del 7 al 9 de diciembre del 2000, acogió con satisfacción la Proclamación conjunta del Consejo,
el Parlamento y la Comisión europeos de esta Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión
Europea.
Cada uno de los 50 artículos que la integran, que proclaman derechos o libertades de los
individuos, está tomado de un texto «precursor», que puede ser otra carta, un convenio, un tratado o
jurisprudencia. El objeto principal de la Carta es hacer más visibles estos derechos a los ciudadanos.
Incluye derechos fundamentales, tanto económicos y sociales como civiles y políticos, así como derechos
de los ciudadanos emanados de tratados comunitarios.
El artículo 2 de la Carta establece lo siguiente:
1. Toda persona tiene derecho a la vida.
2. Nadie podrá ser condenado a la pena de muerte ni ejecutado.
Y el artículo 19 estipula:
Nadie podrá ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un grave
riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o
degradantes.
El Consejo Europeo declaró que le gustaría ver que la Carta se difunde ampliamente entre los
ciudadanos de la Unión Europea, pero decidió que la cuestión de la fuerza jurídica de la Carta se
estudiaría en una fecha posterior. La Proclamación representa el compromiso solemne de respetar la
Carta por parte del Parlamento, el Consejo y la Comisión europeos.
d) La conferencia ministerial europea
El 50 aniversario de la adopción del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de
las Libertades Fundamentales (Convenio Europeo de Derechos Humanos) se celebró en Roma el 4 de
noviembre con una conferencia de ministros a la que asistieron representantes de unos 50 Estados
europeos. Entre otros motivos de preocupación, los ministros hicieron referencia a la recomendación
adoptada en 1994 por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que pedía la creación de otro
protocolo más del Convenio Europeo de Derechos Humanos que estableciera la abolición de la pena de
muerte en tiempo de guerra.
Con ese fin, la conferencia aprobó la resolución 11B sobre la abolición de la pena de muerte, que
invita
i) a los Estados miembros que mantienen la pena de muerte en relación con los actos cometidos
en tiempo de guerra o de peligro inminente de guerra, a considerar su abolición;
12 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
ii) al Comité de Ministros a considerar la viabilidad de un nuevo protocolo adicional de la
Convención que excluya la posibilidad de mantener la pena de muerte en relación con los actos
cometidos en situación de guerra o de guerra inminente.2
DECISIONES JUDICIALES
a) Tribunales internacionales
i) El Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona
En una resolución que podría tener consecuencias trascendentales para los casos de pena de
muerte en todo el Caribe de habla inglesa, el Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona, con sede
en Londres, conmutó el 12 de septiembre las condenas a muerte que pesaban contra seis reclusos en
Jamaica. El Comité Judicial, que actúa como tribunal de última instancia en países caribeños de habla
inglesa como Jamaica, Trinidad y Tobago, Barbados y las Bahamas, resolvió que era ilegítimo ejecutar a
presos con apelaciones pendientes ante órganos internacionales como la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos o el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
El Comité Judicial también resolvió que el Consejo Privado de Jamaica (Comité de Indultos), al
decidir si ejerce la prerrogativa de otorgar clemencia, debe ofrecer a los presos una oportunidad real y
adecuada de participar en el proceso de concesión del indulto, incluida la notificación de la fecha en que
el Comité de Indultos estudiará su caso y la oportunidad de presentar alegaciones fundamentadas al
Comité y de refutar toda información inexacta presentada ante él. Esta resolución invalida decisiones
anteriores del Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona y de otros tribunales caribeños, como la
de Las Bahamas de 1996, en la que el Comité Judicial sostuvo que un condenado carecía de derechos
ante el Comité de Indultos.
ii) La Corte Internacional de Justicia
La Corte Internacional de Justicia celebró vistas públicas sobre el asunto LaGrand (Alemania
contra Estados Unidos) del 13 al 17 de noviembre en La Haya. Por primera vez en su historia, se había
pedido a la Corte que determinase los remedios que estipula el derecho internacional cuando a un
ciudadano extranjero al que han detenido no lo informan de su derecho a recibir asistencia consular y
después lo condenan a muerte.
2 La traducción de esta cita es de EDAI.
Los ciudadanos alemanes Karl y Walter LaGrand fueron condenados a muerte en Arizona,
Estados Unidos, por matar a un gerente de banco en el curso de un atraco en 1982. Aunque las
autoridades locales conocían su nacionalidad, ambos hermanos fueron detenidos, juzgados y condenados
a muerte sin ser informados de su derecho a recibir asistencia consular como establece el artículo 36 de
la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Alemania sostiene que la violación del tratado
contribuyó a las condenas de muerte al impedir que recibieran la ayuda del consulado para reunir
pruebas atenuantes y presentarlas en la fase de determinación de la condena. Los representantes del
consulado alemán no tuvieron noticia del caso hasta 10 años después del juicio, cuando los LaGrand se
pusieron en contacto con ellos al enterarse por fin de su derecho a la asistencia consular, no por las
autoridades de Arizona, sino por otros reclusos de la prisión.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 13
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
De acuerdo con la doctrina jurídica estadounidense de la «omisión de forma», al no haberse
planteado la violación del tratado mediante recurso de apelación en los procedimientos judiciales
estatales, los tribunales federales no habían podido considerarlo motivo para revocar la declaración de
culpabilidad y la sentencia. Pese a las solicitudes de indulto formuladas por las autoridades alemanas,
Karl LaGrand fue ejecutado mediante inyección letal el 24 de febrero de 1999. El 2 de marzo de 1999,
Alemania emprendió acciones judiciales ante la Corte Internacional de Justicia por infracciones de la
Convención de Viena cometidas por Estados Unidos. En una orden unánime fechada el 3 de marzo de
1999, la Corte hizo un llamamiento a Estados Unidos para que adoptara todas las medidas a su alcance a
fin de garantizar que la ejecución no se llevaría a cabo mientras no hubiera una decisión final sobre los
procedimientos judiciales. Walter LaGrand fue ejecutado en la cámara de gas de Arizona ese mismo día.
Alemania ha pedido a la Corte Internacional de Justicia que declare que Estados Unidos debe
ofrecer revisiones y remedios eficaces en aquellos casos en que un ciudadano alemán ha sido condenado
a muerte sin haber sido informado de sus derechos consulares. También ha pedido garantías de que no se
repetirán los actos ilegales, así como un fallo donde se afirme que Estados Unidos ha violado sus
obligaciones jurídicas internacionales al aplicar la doctrina interna de la omisión de forma para invalidar
las disposiciones del tratado.
Estados Unidos admitió que había quebrantado las obligaciones contraídas en virtud de la
convención de Viena, pero pidió a la Corte Internacional de Justicia que rechazara la reclamación de un
resarcimiento legal por parte de Alemania, argumentando que los únicos remedios disponibles eran una
disculpa y la promesa de cumplimiento en el futuro. Se espera que el fallo de la Corte siente un
importante precedente en cuanto a los efectos de las obligaciones contraídas en virtud de tratados
internacionales sobre el uso nacional de la pena de muerte. Al concluir el año, la Corte no había
concluido sus deliberaciones y todavía no había emitido un fallo. La sentencia será vinculante para
ambas partes conforme al derecho internacional, y sin derecho de apelación.
iii) El Tribunal Europeo de Derechos Humanos
En enero, el gobierno de Turquía decidió detener los procedimientos relacionados con la
ejecución de Abdullah Öcalan en espera de una decisión sobre su causa del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. Öcalan, declarado culpable de traición y separatismo y
condenado a muerte, había solicitado una decisión del Tribunal Europeo alegando que el trato recibido
había conculcado 12 artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos; las decisiones de este
tribunal son vinculantes para Turquía dada su condición de miembro del Consejo de Europa. El Tribunal
Europeo aceptó el caso de Öcalan en diciembre y anunció que sería juzgado por una Gran Sala formada
por 17 jueces.
En diciembre de 1999 se aceptó oficialmente la candidatura de Turquía para ingresar en la Unión
Europea y se instó al país a abolir la pena capital para cumplir los requisitos que exige la condición de
miembro. Finlandia, que en aquellas fechas ejercía la presidencia de la Unión Europea, advirtió que la
eventual ejecución de Öcalan pondría en grave peligro la pretensión de Turquía de ingresar en la Unión
Europea. Desde 1984, nadie ha sido ejecutado en Turquía. [En enero del 2001 el tribunal admitió la
queja de Turquía contra la transferencia de su causa a la Gran Sala, por lo que se celebrará ante la Sala
Primera. Se cree que transcurrirán varios meses antes del anuncio de una decisión judicial.]
b) Tribunales nacionales
14 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
Estados Unidos
Luisiana
En octubre, en Nueva Orleans, la Corte Federal de Apelación resolvió que el acusado de un
proceso por asesinato punible con la muerte no tenía un derecho constitucional absoluto a disponer de un
abogado que se mantuviera despierto durante todo el juicio. Éste fue el fallo dictado en el caso de Calvin
J. Burdine, durante cuyo juicio, celebrado en 1983, su abogado de oficio se quedó dormido en numerosas
ocasiones. En 1999, un juez de distrito federal de Houston había ordenado celebrar un nuevo juicio
contra Burdine afirmando que «tener a un letrado dormido equivale a no tener letrado». Sin embargo,
por dos votos frente a uno, no hubo decisión unánime de los magistrados de la Corte de Apelaciones del
Quinto Circuito. Los jueces sostuvieron que, si bien no aprobaban que el abogado de la defensa se
hubiera dormido durante un juicio por asesinato punible con la muerte, a partir del sumario del juicio era
imposible establecer si ese hecho había perjudicado realmente a la causa de Burdine.
Canadá
El 23 de mayo, la Corte Suprema de Canadá escuchó los argumentos de la causa de Atif Ahmad
Rafay y Glen Sebastian Burns, ciudadanos canadienses que se enfrentaban a su extradición a Estados
Unidos por cargos de asesinato punible con la muerte. Sus abogados argumentaron que extraditar a
ambos individuos sin tener garantías satisfactorias de que no serían condenados a muerte violaba las
salvaguardias constitucionales canadienses y las normas internacionales de derechos humanos.
En declaraciones orales y escritas, Amnistía Internacional instó a la Corte Suprema de Canadá a
pedir garantías sobre la pena de muerte en los casos de extradición con independencia de la nacionalidad
del acusado, basadas en los principios de justicia fundamental reconocidos internacionalmente y en las
prácticas de otros países abolicionistas.
Entre las partes coadyuvantes en la causa estaba el Senado italiano, a quien la Corte, en una
decisión sin precedentes, dio permiso para presentar información escrita sobre la prohibición europea de
extraditar a personas para afrontar la pena capital. El Senado italiano pidió a la Corte Suprema que
estudiara si se debía obligar a Canadá, donde no existe la pena de muerte, a exigir garantías de que sus
ciudadanos no serán ejecutados si son enviados a otros países para afrontar acusaciones por delitos
punibles con la muerte. De acuerdo con el reglamento de la Corte Suprema, sólo se autoriza a
constituirse en parte coadyuvante en pleito a quien demuestra que tiene «interés» en una causa y que
presentará argumentos legales que son útiles y diferentes a los de otras partes. El Senado italiano
argumentó que se encuentra en una posición geográfica ventajosa para informar a los jueces de los
avances legales en toda Europa, donde está prohibida la extradición a países que imponen la pena capital.
[En una decisión unánime emitida el 15 de febrero del 2001, la Corte Suprema de Canadá
resolvió que las autoridades canadienses debían tener por norma exigir y obtener garantías contra la pena
de muerte antes de permitir una extradición, salvo en circunstancias excepcionales. Finalmente, Burns y
Rafay fueron entregados para ser juzgados una vez que el fiscal del estado de Washington hubo ofrecido
las garantías necesarias. Amnistía Internacional acogió con satisfacción esta resolución histórica, que
pone en consonancia la política de Canadá en materia de extradición con la práctica común de todas las
naciones que han abolido por completo la pena de muerte.]
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 15
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Guatemala
El 14 de noviembre, la Corte de Constitucionalidad de Guatemala revocó las sentencias de muerte dictadas en 1998 contra cinco miembros de una banda de secuestradores.
El artículo 4.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que Guatemala ratificó en
1978, prohíbe a los Estados miembros extender la pena de muerte a crímenes distintos de los ya
tipificados en la legislación nacional en el momento de la ratificación. No obstante, en marzo de 1995 el
Congreso de Guatemala aprobó el Decreto 14-95, que ampliaba el ámbito de aplicación de la pena de
muerte para incluir el secuestro.
Al tomar esta decisión, la Corte de Constitucionalidad resolvió que el derecho internacional
prevalece sobre la legislación nacional en asuntos de derechos humanos. Analistas locales confían en que
la aceptación de este importante principio del derecho internacional en este proceso siente un importante
precedente a la hora de dictar sentencia en las causas por secuestro en que la víctima no muere.
INTENTO DE RESTABLECER LA PENA DE MUERTE
Sri Lanka
El 13 de marzo de 1999, la oficina de la presidenta Chandrika Bandaranaike Kumaratunga
anunció que las condenas a muerte ya no se conmutarían de forma automática cuando fueran presentadas
al presidente. En un comunicado de prensa emitido por la oficina se afirmaba lo siguiente:
1) Las condenas de muerte impuestas por un tribunal en procesos por asesinato y tráfico de
drogas se ejecutarán y no serán conmutadas por penas de prisión perpetua si, ateniéndose
al procedimiento que establecen la constitución y las leyes, tanto el juez que ha presidido
la causa como el fiscal general y el ministro de Justicia recomiendan de forma unánime la
ejecución de dicha sentencia.
2) Las penas de muerte que, en ausencia de dicha recomendación unánime, sean
conmutadas por penas de reclusión perpetua no se podrán rebajar a penas de prisión de
duración concreta hasta que el preso haya cumplido al menos 20 años de cárcel, y hasta
ese momento tampoco tendrá derecho a una remisión de la pena en virtud de una
amnistía general. Esto representa un cambio respecto a la práctica actual de estudiar la
reducción de la condena cuando un preso ha cumplido cuatro años en prisión.
3) Sólo podrán decretarse amnistías generales para conmemorar el Día de la Independencia,
lo que supone una reducción frente a las seis fechas del año en que se promulgan
amnistías actualmente.
En el 2000, con el aumento de la delincuencia en el país crecieron los llamamientos en favor de
la reanudación de las ejecuciones. A finales de noviembre, el Consejo de Ministros estudió la
recomendación de restablecer las ejecuciones formulada por el Comité Ejecutivo de Alianza Popular,
principal partido del gobierno de coalición. El Consejo decidió a favor de la reanudación. Al concluir el
año no se había llevado a cabo ninguna ejecución.
16 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
El último ahorcamiento judicial realizado en Sri Lanka tuvo lugar el 23 de junio de 1976, y
durante los últimos 24 años el país ha sido abolicionista en la práctica. Tras tomar posesión el Partido
Nacional Unido en julio de 1977, el presidente conmutó todas las condenas de muerte impuestas y no se
llevaron a cabo ejecuciones. Con todo, ciertos delitos punibles con la muerte se mantuvieron en el cuerpo
legislativo y los tribunales de Sri Lanka continuaron dictando sentencias de muerte. En Sri Lanka el
estado de excepción lleva en vigor de forma casi permanente desde 1983.
EJECUCIONES
a) Reanudación de las ejecuciones tras periodos sin llevarse a cabo ninguna
Qatar
De acuerdo con la información recibida por Amnistía Internacional, se reanudaron las
ejecuciones al cabo de 12 años con la ejecución de dos hombres y una mujer, todos ellos ciudadanos de
la India, en la prisión de Doha el 14 de junio. Qader Aktar Hassan, Aris Qassem Dahnassi y Fatima
Yussef al-Din Sayed fueron condenados por asesinato.
Estados Unidos
Robert Coe fue ejecutado mediante inyección letal el 19 de abril del 2000 en la prisión de
Riverbed, cerca de Nashville, Tennessee. La última ejecución en ese estado había tenido lugar en
noviembre de 1960, casi 40 años antes. En dos ocasiones los tribunales le concedieron un aplazamiento
temporal cuando faltaban 24 horas para su ejecución, a fin de evaluar si el estado le había garantizado
una vista adecuada sobre su capacidad mental, es decir, si comprendía la naturaleza del castigo y las
razones de su imposición. Sin embargo, la Corte Suprema desestimó su recurso de apelación sobre este
asunto. Robert Coe fue el preso ejecutado número 627 desde la reanudación de las ejecuciones en
Estados Unidos en 1977, y de los 38 estados del país que tienen la pena de muerte en su legislación,
Tennessee fue el 31 en ejecutar a alguien desde la reanudación.
Malaisia
El 21 de noviembre fueron ejecutados dos hombres, Ng Sin Huat y Yap Bok Seng. Ambos habían
sido condenados a muerte por delitos relacionados con el tráfico de drogas. Según la legislación malaya,
toda persona hallada con más de 15 gramos de heroína en su poder será considerada traficante de drogas
y, a menos que pueda demostrarse lo contrario, se enfrentará a una pena preceptiva de muerte. Un
representante del gobierno afirmó que eran las primeras ejecuciones que se llevaban a cabo desde 1996
pero, según la información de que dispone Amnistía Internacional, en 1997 hubo dos ejecuciones más.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 17
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
b) Ejecuciones públicas
Afganistán
En febrero se recibió un informe sobre una ejecución celebrada ante miles de espectadores en un
campo de fútbol. Se habían reunido allí para contemplar cómo un niño de 10 años ejecutaba al hombre
acusado de asesinar a su padre. Según informes, un soldado talibán ayudó al muchacho a sostener el fusil
y a disparar tres veces contra el individuo, llamado Mohammad Hashem. En septiembre, dos hombres
acusados de colaborar con las fuerzas de la oposición y de perpetrar atentados con bombas en la capital,
Kabul, fueron ahorcados en público. Les vendaron los ojos, les ataron las manos a la espalda y después
los ahorcaron con sogas colgadas de sendas grúas. Los cadáveres permanecieron el día entero
suspendidos de las grúas.
Irán
En el 2000 se llevaron a cabo al menos 16 ejecuciones, una de ellas la de un muchacho de 17
años llamado Jasem Ebrahimi (véase el apartado «El uso de la pena de muerte contra delincuentes
menores de edad» infra). En octubre se recibieron informes sobre la ejecución de tres presos, todos ellos
afganos, que fueron ahorcados simultáneamente a las ocho de la mañana en un cruce de caminos situado
en Kerman, en el sur de Irán. Habían sido declarados culpables de violación.
Guatemala
El 29 de junio, dos secuestradores convictos fueron ejecutados mediante inyección letal; sus
ejecuciones fueron emitidas en vivo por la televisión guatemalteca. Los espectadores vieron cómo
Amílcar Cetino Pérez, sujeto con correas a una camilla, recibía a través de una inyección la mezcla letal
de sustancias químicas. La televisión mostró cómo la línea del monitor que indicaba los latidos
cardíacos quedaba plana. Esta ejecución fue seguida de la de Tomás Cerrate Hernández, al que mostraron
temblando de modo incontrolable mientras era conducido a la cámara de ejecución. Ambas muertes se
alargaron unos minutos más de lo previsto, al parecer debido a un fallo mecánico. Las ejecuciones se
emitieron sin parar durante horas en casi todos los canales televisivos de Guatemala.
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA DELINCUENTES MENORES
DE EDAD
Los delincuentes menores de edad son personas que han sido declaradas culpables de haber
cometido un delito cuando tenían menos de 18 años. Los tratados internacionales de derechos humanos
prohíben que se condene a muerte a toda persona que fuera menor de edad en el momento de la comisión
del delito. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño establecen disposiciones al efecto. Los
115 países que todavía mantienen la pena de muerte en su legislación tienen disposiciones legales que
excluyen la imposición de esta pena a delincuentes menores de edad, o puede presumirse que la excluyen
en virtud de haberse convertido en Estados Partes de los tratados mencionados sin presentar una reserva
al artículo correspondiente de dichos tratados.
18 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la ONU
En su periodo anual de sesiones celebrado en agosto en Ginebra, la Subcomisión aprobó una
resolución por la que condenaba la imposición y ejecución de la pena capital a personas que eran
menores de edad en el momento de cometerse el delito. (Veáse el apartado «Organizaciones
intergubernamentales» supra.)
Foro de Instituciones de Derechos Humanos Asia-Pacífico
Reunido en agosto en Rotorua, Nueva Zelanda, el Consejo Asesor de Juristas, uno de los
organismos que informan al citado Foro, sometió a consideración la pena de muerte, uno de los dos
asuntos que el Foro le encomendó. En su informe final, publicado en diciembre, el Consejo afirmó que:
[...] admite como mínimo las restricciones que establece el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos sobre las categorías de personas que pueden ser ejecutadas,
en concreto las que cometieron un delito cuando eran menores de edad [...]
[...] El Consejo hace hincapié en que las personas que han cometido delitos siendo
menores de edad no deben ser ejecutadas según los términos del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño.
En el Consejo Asesor de Juristas había representantes de Australia, Fiyi, India, Indonesia, Nueva
Zelanda, Filipinas y Sri Lanka. En aquel momento Nepal no había nombrado a su representante ante el
Consejo.
Pakistán
El gobierno de Pakistán promulgó el 1 de julio del 2000 la Ordenanza del Sistema de Justicia de
Menores, que prohíbe imponer la pena de muerte a toda persona que fuera menor de edad en el momento
del presunto delito. Esto sucede exactamente 10 años después de ratificar Pakistán la Convención sobre
los Derechos del Niño, que obliga a los Estados Partes a prohibir en su derecho interno la imposición de
la pena capital a delincuentes menores de edad. Las leyes relativas a delincuentes menores de edad se
habían debatido en el Parlamento nacional y no habían sido aprobadas, mientras que algunas provincias
sí habían aprobado legislación pertinente pero no lo habían notificado oficialmente en el boletín cuya
publicación confiere a las leyes su carácter jurídicamente vinculante. La Ordenanza del Sistema de
Justicia de Menores se anunció oficialmente el 1 de julio y entró en vigor en esa fecha. Unas 50 personas
que eran menores de edad en el momento del presunto delito continúan condenadas a muerte en Pakistán.
Al concluir el año no se había hecho intento alguno de revisar sus causas de conformidad con el espíritu
de la Convención sobre los Derechos del Niño.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 19
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Irán
Un muchacho de 17 años, Jasem Ebrahimi, fue ejecutado en enero en Gonaveh, en la costa del
Golfo Pérsico. Había sido declarado culpable del secuestro, la violación y el asesinato de un bebé de 18
meses. Lo ejecutaron en público (Véase el apartado «Ejecuciones públicas» supra). También en enero,
otro asesino convicto de 17 años, Morteza Amini Moqaddam, obtuvo clemencia segundos antes de la
hora prevista para su ahorcamiento. De acuerdo con el régimen jurídico islámico de Irán, los familiares
de la víctima tienen tres opciones: ejecutar al asesino, aceptar una reparación económica o perdonarlo
aunque, incluso si se lo perdona, se le impone una pena de prisión. Moqaddam iba a ser ahorcado
mediante una grúa instalada en un camión, situada a diez metros del comercio de artículos electrónicos
donde había cometido el crimen. Pero cuando le pusieron la soga al cuello, el padre de la víctima, Ali
Mohebbi, se dirigió a las autoridades judiciales para decirles que había perdonado a Moqaddam: «Si lo
perdono, puede que los millones de personas que iban a ver la ejecución en las noticias aprendan a
perdonar: y ése es el mensaje del islam».
República Democrática del Congo
A pesar de una declaración del ministro de Derechos Humanos realizada en diciembre de 1999,
según la cual el gobierno estaba observando una suspensión de las ejecuciones, un soldado de 14 años
llamado Kasongo fue ejecutado el 15 de enero a los 30 minutos de ser juzgado ante el Tribunal del Orden
Militar. Él y otros cuatro soldados habían sido declarados culpables de asesinar a un conductor. A las
personas que resultan condenadas por el Tribunal del Orden Militar sólo les queda solicitar el indulto al
presidente, pero en este caso, al mediar tan poco tiempo entre la imposición de la pena y la ejecución,
cabe dudar que el presidente hubiera tenido tiempo de estudiar los recursos.
Estados Unidos
Cuatro delincuentes menores de edad fueron ejecutados en el 2000 en Estados Unidos: Douglas
Christopher Thomas, Steve Edward Roach, Glen Charles McGinnis y Gary Graham (Shaka Sankofa).
Douglas Christopher Thomas fue ejecutado el 10 de enero por un crimen que había cometido
cuanto tenía 17 años. Declarado culpable del asesinato de los padres de su novia de 14 años, fue
condenado a muerte por el asesinato de la madre, Kathy Wiseman. Tenía 26 años cuando se llevó a cabo
su ejecución en el estado de Virginia.
Steve Edward Roach fue ejecutado el 13 de enero por el asesinato de Mary Ann Hugues. Cuando
cometió el crimen por el que lo condenaron tenía 17 años; cuando lo ejecutaron en el estado de Virginia
tenía 23.
Glen Charles McGinnis asesinó a Leta Ann Wilkerson en el curso de un atraco a una lavandería
cuando tenía 17 años. Fue ejecutado mediante inyección letal en el estado de Texas cuando tenía 26 años.
Gary Graham (Shaka Sankofa) fue condenado a muerte por el asesinato de Bobby Lambert en
1981, cuando tenía 17 años. La ejecución de Gary se aplazó en varias ocasiones, e incluso el mismo día
en que se llevó a cabo fue aplazada dos horas más para que los tribunales pudieran estudiar recursos de
última hora. Por cinco votos frente a cuatro, la Corte Suprema de Estados Unidos se abstuvo de
intervenir. Tenía 36 años cuando murió mediante inyección letal en el estado de Texas. Siguen existiendo
serias dudas acerca de su culpabilidad.
20 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
A otro menor de edad, Alexander Williams, enfermo mental que tenía 17 años en el momento de
la comisión del delito, le faltaban 48 horas para ser ejecutado en agosto en Georgia cuando la Corte
Suprema del estado le concedió una suspensión temporal. En otra causa, la ejecución en silla eléctrica
había sido impugnada en Georgia por inconstitucional, por lo que la suspensión temporal concedida a
Alexander Williams sigue en vigor en espera de esta decisión. El relator especial de la ONU sobre la
independencia de jueces y abogados, Param Cumaraswamy, expresó gran preocupación por la ejecución
prevista de Alexander Williams y planteó la posibilidad de que el señor Williams hubiera sido condenado
a muerte debido a la incompetencia del abogado que el estado le había asignado de oficio. También
sugirió que el estado podía estar quebrantando sus obligaciones en virtud del principio 6 de los
Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, dado que no se le había asignado un abogado con
la experiencia y competencia que requería el tipo de delito.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 21
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Tailandia
La pena de muerte y la prisión perpetua para personas que fueran menores de edad en el
momento de la comisión del delito podrían ser prohibidas si se aprobara un proyecto de ley presentado
por la Fiscalía General, que se ha incluido en el orden del día del Parlamento tailandés para su debate en
diciembre. En él se propone que ambas penas sean sustituidas por una pena máxima de 50 años de
cárcel. Este cambio es necesario para que las leyes estén en consonancia con la Convención sobre los
Derechos del Niño, de la que Tailandia es Estado Parte. Sin embargo, al concluir el año no se tenía
noticia de que el Consejo de Ministros hubiera debatido el proyecto de ley.
TABLA 1. EJECUCIONES DE INDIVIDUOS MENORES DE EDAD EN EL MOMENTO DEL
DELITO (1990 - 2000)
País
Nombre del preso
Edad
Fecha de ejecución
Rep. Dem. del Congo
Kasongo
14 años en el momento de la ejecución
15 de enero del 2000
Irán
Kazem Shirafkan Tres jóvenes varones Ebrahim Qorbanzadeh Jasem Abrahimi
17 años en el momento de la ejecución Uno de 16 años y dos de 17 en el momento de la ejecución 17 años en el momento de la ejecución 17 años en el momento de la ejecución
1990 29 de septiembre de 1992 24 de octubre de 1999 14 de enero del 2000
Nigeria
Chiebore Onuoha
15 años en el momento del delito, 17 años en el momento de la ejecución
31 de julio de 1997
Pakistán*
Un menor Shamun Masih
17 años en el momento de la ejecución 14 años en el momento del delito, 23 años en el momento del delito
15 de noviembre de 1992 30 de septiembre de1997
Arabia Saudí
Sadeq Mal-Allah
17 años en el momento de ser condenado a muerte
3 de septiembre de 1992
Estados Unidos
Dalton Prejean Johnny Garrett Curtis Harris Frederick Lashley Christopher Burger Ruben Cantu Joseph John Cannon Robert Anthony
17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito
18 de mayo de 1990 11 de febrero de 1992 1 de julio de 1993 28 de julio de 1993 7 de diciembre de 1993 24 de agosto de 1993
* En el 2000, Pakistán estableció la mayoría de edad para delitos punibles con la muerte en 18 años en el
momento de la comisión del delito.
22 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
País
Nombre del preso
Edad
Fecha de ejecución
Carter Dwayne Allen Wright Sean Sellers Steve Edward Roach Douglas Christopher Thomas Glen McGinnis Gary Graham
17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 16 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito 17 años en el momento del delito
22 de abril de1998 18 de mayo de1998 14 de octubre de 1998 4 de febrero de 1999 10 de enero del 2000 13 de enero del 2000 25 de enero del 2000 22 de junio del 2000
Yemen**
Nasser Munir Nasser al'Kirbi
13 años en el momento de la ejecución
21 de julio de 1993
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA MUJERES
Vietnam
Nguyen Thi Hiep, una mujer de Toronto, Canadá, fue ejecutada en Vietnam en abril tras ser
declarada culpable del delito de tráfico de drogas. Tenía la nacionalidad canadiense y la vietnamita, a
pesar de que Vietnam no reconoce la doble nacionalidad. Condenada a muerte desde marzo de 1997,
existían dudas importantes acerca de su culpabilidad y, desde ese año, el gobierno de Canadá había
solicitado que se le concediera el indulto en varias ocasiones, con intervenciones ante el primer ministro,
el ministro de Asuntos Exteriores y el secretario de Estado para los asuntos de Asia y el Pacífico. Al
parecer, Nguyen Thi Hiep permaneció encadenada con grilletes durante su encarcelamiento. Tras su
ejecución, Canadá retiró su embajador ante Vietnam y suspendió toda la ayuda no humanitaria durante
un tiempo. La madre de Nguyen Thi Hiep, Tran Thi Cam, de 74 años, fue condenada a cadena perpetua
por el mismo delito. Quedó en libertad en aplicación de una amnistía.
**
En 1994 Yemen elevó la mayoría de edad para delitos punibles con la muerte a 18 años en el momento
de la comisión del delito.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 23
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Estados Unidos
Betty Lou Beets, de 62 años, fue ejecutada en Texas el 24 de febrero del 2000, dos semanas
antes de cumplir los 63 años. El jurado que la condenó a muerte no tuvo conocimiento de las pruebas
que contradecían claramente el argumento de la acusación de que había matado a su marido para
beneficiarse económicamente, circunstancia agravante del crimen que lo hacía punible con la muerte.
Tampoco vieron en el juicio pruebas atenuantes fundamentales, como su traumático historial de graves
abusos físicos y sexuales desde temprana edad. Según las declaraciones prestadas por peritos en los
procedimientos posteriores a la condena, Betty Lou Beets sufría síndrome de tensión postraumática,
síndrome de mujer maltratada y daño cerebral orgánico.
Las relatoras especiales de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y
sobre la violencia contra la mujer, Asma Jahangir y Radhika Coomaraswamy, estaban entre los que
solicitaron que se suspendiera la ejecución. Ambas expresaron preocupación porque consideraban que la
violencia y los abusos extremos sufridos por Betty Lou Beets no fueron tenidos en cuenta por las
autoridades encargadas de la investigación ni por los tribunales a la hora de declararla culpable y
condenarla por asesinato.
Christina Riggs fue ejecutada en Arkansas el 2 de mayo. Era la primera mujer ejecutada en este
estado desde hacía más de 150 años; la última había sido Lavinia Burnett en 1845.
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA PERSONAS INOCENTES
Estados Unidos
La preocupación por la imparcialidad y la fiabilidad del sistema de justicia estadounidense
relativo a la pena de muerte va en aumento. Al concluir el año 2000, alrededor de 90 presos condenados
a muerte habían sido puestos en libertad desde 1973 al haber surgido pruebas de su inocencia, lo que
equivale a una proporción de aproximadamente una absolución por cada siete ejecuciones.
La Ley de Protección de la Inocencia
En febrero se presentó ante el Congreso estadounidense la Ley de Protección de la Inocencia. La
legislación propuesta cuenta con un apoyo amplio entre los miembros de los dos partidos mayoritarios y
contiene nuevas e importantes salvaguardias jurídicas en los casos de pena capital, como son:
1. Establecer procedimientos para preservar las pruebas de ADN y poner estas pruebas a
disposición de los condenados a muerte cuando puedan demostrar su inocencia.
2. Disponer mecanismos para que todos los acusados que afrontan la pena de muerte tengan una
representación letrada competente.
3. Animar a los jueces a que en los casos de pena de muerte informen a los miembros del jurado de
todas las sentencias posibles, incluidas las alternativas a la pena capital.
[La ley no había sido aprobada al concluir el año y volvió a ser presentada ante el Congreso en
marzo del 2001 con más de 130 copatrocinadores. Cuando se presentó por primera vez el proyecto de
24 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
ley, en Estados Unidos se habían documentado 85 casos de reclusos que habían sido exculpados tras
permanecer largos periodos en espera de ser ejecutados. En marzo del 2001, el número se elevaba a 95.]
El Comité de la «Inocencia»
En mayo se formó un comité compuesto por partidarios y detractores de la pena de muerte de
ambos partidos mayoritarios que estaban de acuerdo en considerar inaceptable el altísimo riesgo de
cometer ejecuciones por error en Estados Unidos. Preside este comité un ex juez de la Corte Suprema de
Florida, Gerald Kogan, quien afirmó lo siguiente: «Somos republicanos y demócratas, conservadores y
liberales, partidarios y detractores de la pena de muerte. Compartimos idéntico aborrecimiento de que
haya personas inocentes que se corran peligro de ser ejecutadas debido a los fallos del sistema judicial.»
Actualmente bajo el nombre de Iniciativa sobre la Pena de Muerte, el grupo está compuesto por
ex altos cargos públicos de la esfera judicial, policial y penitenciaria, expertos, periodistas, abogados y
dirigentes religiosos. Su cometido es investigar las prácticas y procedimientos del sistema penal actual,
así como casos recientes de condenas erróneas en todo el país. El comité también hará recomendaciones
sobre orientaciones normativas y formulará directrices destinadas a la reforma. (Véanse los apartados
«Suspensiones establecidas» y «Estudios».)
EL USO DE LA PENA DE MUERTE CONTRA ENFERMOS Y RETRASADOS
MENTALES
a) Enfermedad mental
Yemen
Hussein bin Hussein Al Ma´mari, a quien se le había diagnosticado una esquizofrenia, fue
condenado a muerte por asesinato en diciembre de 1998 por un tribunal de la capital, Saná. La
declaración de culpabilidad y la condena fueron confirmadas por el Tribunal de Apelación en septiembre
del 2000. La causa está pendiente de un último recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.
En el juicio celebrado contra Hussein bin Hussein Al Ma’mari, su abogado argumentó que era
enfermo mental y no debía ser considerado responsable de sus actos según el artículo 33 del código penal
de Yemen. Los médicos que lo habían examinado confirmaron que presentaba un historial de
esquizofrenia con anterioridad al asesinato, y este diagnóstico fue respaldado con informes médicos de
Egipto, Jordania e Inglaterra, donde se había sometido a tratamiento. Además, los médicos determinaron
que su estado de salud había mejorado pero recomendaron que siguiera recibiendo tratamiento médico.
No obstante, los médicos dijeron que no se conocía su estado de salud en el momento del crimen, y
dejaron al tribunal la tarea de decidir el grado de influencia de su enfermedad en el homicidio. El tribunal
resolvió que la defensa no había logrado demostrar que Hussein bin Hussein Al Ma’mari estaba enfermo
en el momento de cometer el delito. Por lo tanto, decidió que era penalmente responsable y lo condenó a
muerte.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 25
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Estados Unidos
Larry Robison, a quien se le había diagnosticado una esquizofrenia paranoide más de 20 años
atrás, fue ejecutado el 21 de enero en Texas. Nunca negó los crímenes por los que fue condenado, pero
siempre alegó que los había cometido como consecuencia de su enfermedad mental. Su madre sostuvo
que ella había intentado sin éxito que recibiera el tratamiento adecuado por parte del estado para que no
se volviera violento.
Thomas Provezano, ejecutado en Florida el 21 de junio, presentaba un historial de grave
enfermedad mental, que incluía esquizofrenia paranoide. El 20 de junio le fue concedido un
aplazamiento de la ejecución 11 minutos antes de la hora prevista para llevarla a cabo. No obstante, el 21
de junio se levantó el aplazamiento y Thomas Provezano fue ejecutado.
En Tennessee la primera ejecución realizada en 39 años fue la de un hombre con un largo
historial de enfermedad mental. Los expertos en salud mental llamados a declarar por la acusación
presentaron a Robert Coe como víctima de varios trastornos mentales. Un psiquiatra que declaró por la
defensa afirmó que padecía lesión cerebral y esquizofrenia paranoide crónica. A pesar de las opiniones
médicas, fue ejecutado mediante inyección letal el 19 de abril (véase el apartado «Ejecuciones» supra).
b) Retraso mental
Estados Unidos
Oliver Cruz, a quien se le calculaba un cociente intelectual de 64, fue ejecutado el 10 de agosto a
pesar de los llamamientos al a la sazón gobernador de Texas, George W. Bush, por parte de la Unión
Europea y del Colegio Estadounidense de Abogados. El presidente del Colegio escribió lo siguiente:
El Colegio Estadounidense de Abogados no adopta ninguna postura sobre la pena de muerte en
sí. Nuestra oposición a la ejecución del señor Cruz se basa en el convencimiento firme de que la
pena de muerte no debe imponerse a personas que presenten retraso mental. [...] En 1989, tras
intensas investigaciones y deliberaciones, el Colegio adoptó su política de oponerse a la
ejecución de retrasados mentales, al considerar que dicha práctica es inaceptable en una sociedad
civilizada, con independencia de su culpabilidad o inocencia.
El Congreso estadounidense estaba debatiendo este asunto como parte de la Ley de Protección de
la Inocencia del 2000, proyecto destinado a prevenir el riesgo de ejecutar a personas inocentes. (Véase el
apartado «El uso de la pena de muerte contra personas inocentes» supra.)
26 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
PUNTOS DE VISTA RELIGIOSOS
Santa Lucía
Los obispos católicos de la región, reunidos en la Conferencia Episcopal de las Antillas que se
celebró con motivo del Congreso Eucarístico de las Antillas en mayo en Santa Lucía, anunciaron
públicamente su deseo de ver abolida la pena de muerte. El presidente de la Conferencia, Edgerton
Clarke, arzobispo de Kingston, Jamaica, afirmó que si bien él y los demás prelados eran conscientes del
apoyo a la pena capital que existía en la región, consideraban que la vida tenía un valor tremendo.
«Cuando hablamos de la pena capital y la consideramos como algo que quisiéramos ver abolido, estamos
pensando en las experiencias de vida en la región del Caribe», añadió.
La pena de muerte estuvo entre los temas debatidos en la Conferencia Episcopal, foro en el cual
los obispos caribeños examinan lo que está ocurriendo en la iglesia y en la sociedad. Al congreso
asistieron unos 20.000 católicos de la comunidad regional e internacional.
Italia
En una misa papal celebrada por Juan Pablo II en la prisión romana de Regina Coeli el 9 de julio
se ofrecieron plegarias por los condenados a muerte que aguardaban el fin de su existencia y por los que
estaban presos en condiciones inhumanas. «Que la pena de muerte, castigo indigno que aún se aplica en
algunos países, sea abolida en todo el mundo», dijo el papa.
Durante el 2000, año del Jubileo de la Iglesia Católica, el Coliseo de Roma se iluminó con una
brillante luz blanca cada vez que un país abolió la pena de muerte o anunció la suspensión de las
ejecuciones. Asimismo el Coliseo se encendió cada vez que fue conmutada una pena de muerte o un
condenado a muerte resultó inocente y fue puesto en libertad.
Federación Rusa
El 16 de agosto, el Consejo de Obispos de la Iglesia Ortodoxa Rusa, reunido en Moscú, hizo un
llamamiento en favor de la abolición de la pena de muerte. Para justificar su oposición a la pena capital,
el Consejo alegó que es posible cometer un error judicial irreparable y que la pena es motivo de
controversia en la sociedad.
Estados Unidos
En febrero, Philip Wogaman, pastor del presidente Bill Clinton y destacado ministro de la Iglesia
Metodista de la Fundición, en Washington, D.C., solicitó una revisión de la pena de muerte, añadiendo su
voz a quienes expresaban su preocupación por la condena de personas inocentes y por que la
determinación de la sentencia tendía a estar influida por prejuicios raciales.
Tal vez haya circunstancias en que históricamente uno pueda justificarlo. Pero no estoy
seguro de que existan ya —afirmó el pastor en un sermón al que asistió Clinton—.
Confío en que nos aguarde una época de reflexión seria sobre este asunto.
En mayo, en California, el cardenal Roger Mahony, arzobispo católico de Los Ángeles, que es la
archidiócesis católica más importante de Estados Unidos, instó al gobernador del estado a dictar la
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 27
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
suspensión de las ejecuciones. Afirmó que las autoridades californianas tenían la obligación de revisar en
profundidad la aplicación de la pena de muerte en vista de que cada vez había más indicios de que
personas inocentes podían haber sido condenadas a muerte por error. El cardenal afirmaba en una carta
que, en su opinión, un estudio objetivo aportaría datos sustanciales en favor de los planteamientos
morales y éticos de los obispos católicos de California y Estados Unidos en relación con la pena de
muerte.
El 20 de noviembre se entregó en la Casa Blanca una carta firmada por 40 líderes políticos y
religiosos en la que se pedía al presidente Clinton que declarase la suspensión de las ejecuciones de
ámbito federal en los últimos días de su mandato. Una carta parecida, elaborada por el Centro de Acción
Religiosa del Judaísmo Progresista y firmada por más de 50 dirigentes religiosos, fue enviada al
presidente Clinton el 28 de noviembre.
Pakistán
Mohammad Yousuf Ali, de unos 50 años y miembro de una pequeña orden religiosa sufí, fue
condenado a muerte por blasfemia el 5 de agosto en Lahore, Pakistán. Había sido declarado culpable de
blasfemia en aplicación de la sección 295C del Código Penal paquistaní, que comporta la pena de muerte
preceptiva por mancillar el nombre del profeta Mahoma. También lo habían declarado culpable de otros
cargos relacionados y condenado a 35 años de cárcel y a trabajos forzados además del pago de una
multa, penas que debía cumplir antes de ser ejecutado.
PUNTOS DE VISTA MÉDICOS
Resolución sobre la participación de médicos en la pena capital
A raíz de la preocupación suscitada por la introducción de la inyección letal, método de ejecución
que amenaza con dar a los médicos una participación directa en el proceso de ejecución, el secretario
general de la Asociación Médica Mundial emitió un comunicado de prensa para declarar su oposición a
toda participación de médicos en la aplicación de la pena capital. La 34 Asamblea Mundial de la
Asociación Médica Mundial, celebrada en Lisboa unas semanas después de la publicación del
comunicado, apoyó la declaración del secretario general. La resolución fue modificada en Edimburgo en
octubre del 2000, y a partir de entonces el texto reza así:
Se resuelve que es contrario a la ética que médicos participen en la pena de muerte, de cualquier
manera o durante cualquier etapa del proceso de ejecución.
28 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
Las pruebas de ADN (ácido desoxirribonucleico)
Por primera vez, según se cree, en la historia del derecho estadounidense, se practicó una
prueba del ADN que podía exculpar a un hombre después de su muerte. Ellis Wayne Felker había sido
ejecutado en Georgia, Estados Unidos, en noviembre de 1996 tras ser declarado culpable de violación y
asesinato. Varias semanas antes de su ejecución, sus abogados habían tenido acceso al expediente de la
acusación sobre su causa y habían descubierto pruebas que no habían sido sometidas a la prueba de
ADN. A pesar de ello, la ejecución se llevó a cabo el 14 de noviembre. Tres periódicos y una cadena de
televisión consiguieron una orden para practicar pruebas de ADN en aplicación de la Ley de
Documentación Abierta de Georgia, aunque Ellis Wayne Felker estuviera muerto. Según la información
recibida, a pesar de todo las pruebas no dieron resultados concluyentes, ya que no relacionaban a Ellis
Wayne Felker con la muerte ni lo exculpaban del crimen.
En otro caso, ocurrido en Virginia, Estados Unidos, las pruebas de ADN llevaron el 2 de octubre
a conceder el indulto total a Earl Washington, declarado culpable de la violación y el asesinato de una
mujer 17 años antes. Sin embargo no fue excarcelado inmediatamente, ya que el gobernador del estado
se negó a ponerlo en libertad y decretó que continuara en prisión hasta que hubiera cumplido 30 años de
cárcel por una condena aparte por robo y agresión. Sus abogados sostuvieron que, si no hubiera sido
declarado culpable de asesinato punible con la muerte, de acuerdo con las estadísticas del estado habría
cumplido de 10 a 11 años de cárcel por término medio y no los 17 que había cumplido. [Finalmente
consiguió la libertad condicional en febrero del 2001.]
Desde 1973, se ha comprobado que más de 90 personas habían sido condenadas a muerte por
error en Estados Unidos; en 10 de los casos, las pruebas de ADN demostraron la inocencia del
condenado. Una encuesta realizada conjuntamente por ambos partidos políticos en el 2000 demostró que,
cuando se les recordaban los casos de condenados a muerte que finalmente habían quedado libres gracias
al resultado de las pruebas de ADN, el 64 por ciento de los estadounidenses se mostraban a favor de una
suspensión temporal de las ejecuciones para que se tomaran medidas que garantizaran un funcionamiento
justo del sistema. (Véase el apartado «Encuestas de opinión» infra.)
Una disposición clave de la propuesta Ley de Protección de la Inocencia, presentada al Congreso
en junio, es el requisito de que los estados establezcan algún tipo de foro legal en el que los condenados
a muerte puedan presentar pruebas de ADN exculpatorias, incluso después de haber expirado el plazo de
presentación de nuevas pruebas y recursos de apelación. (Véase el apartado «El uso de la pena de muerte
contra personas inocentes» supra.)
Rechazando una resolución de la Asociación Estadounidense de Médicos de la Salud Pública, los
delegados de la Asociación Estadounidense de Médicos que asistieron en junio a la reunión anual de su
Cámara de Delegados se negaron a apoyar un llamamiento en favor de la suspensión nacional de las
ejecuciones. Los delegados decidieron que la pena de muerte no era un asunto médico, sino jurídico. No
obstante, apoyaron que aumentara el uso de técnicas periciales apropiadas, como las pruebas de ADN, en
los casos de pena capital. A pesar de haber rechazado la resolución sobre la propuesta de suspensión, la
política de la Asociación Estadounidense de Médicos de prohibir la participación de médicos en las
ejecuciones continúa vigente.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 29
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
La inyección letal en Tailandia
En enero el Consejo de Ministros de Tailandia apoyó un proyecto de ley para cambiar el método
de ejecución a la inyección letal. El Departamento de Asuntos Penitenciarios, a fin de evaluar opiniones
sobre este cambio, invitó a representantes del Ministerio de Justicia, el Departamento de Libertad
Condicional, el Instituto de Medicina Forense, la Oficina de la Policía Nacional, el Ministerio de Asuntos
Universitarios y el Ministerio de Salud Pública a asistir a una reunión en marzo para estudiar la
propuesta. No obstante, representantes médicos del Ministerio de Salud Pública se negaron a estudiar la
ejecución de delincuentes mediante inyección letal al considerar que se trataba de una grave violación de
la ética médica. Expresaron su apoyo general a la propuesta el Ministerio de Justicia, el Departamento de
Libertad Condicional, el Instituto de Medicina Forense, la Oficina de la Policía Nacional y el Ministerio
de Asuntos Universitarios. Además, el Ministerio de Salud Pública sostuvo que, ateniéndose a la ética
médica, los profesionales de la salud no podían enseñar al personal del Departamento de Asuntos
Penitenciarios a poner inyecciones letales. El doctor Supachai Khunnarattenapruek, subsecretario
permanente y secretario general del Consejo Médico, declaró que el Consejo deseaba abstenerse de participar en cualquier debate sobre el asunto. También rechazó la propuesta de utilizar órganos de
delincuentes para transplantes, asegurando que la obtención de órganos «no era asunto de los médicos».
Estaba previsto presentar el proyecto de ley ante el Consejo de Estado y, si éste lo aprobaba,
pasaría entonces a la Cámara de Representantes para su consideración. No obstante, al concluir el año no
se había producido ningún avance.
ENCUESTAS DE OPINIÓN
Guatemala
Una encuesta sobre la pena de muerte realizada en junio en la capital, Guatemala, reveló que el
74 por ciento de los encuestados estaban a favor de la pena de muerte. El 78,5 por ciento apoyaba la
ejecución, llevada a cabo la semana anterior, de dos hombres que habían sido condenados a muerte por
secuestro. Con todo, sólo el 20,5 por ciento pensaba que las ejecuciones harían descender los índices de
delincuencia. La encuesta estuvo a cargo del Departamento de Mercado del periódico Prensa Libre.
Uzbekistán
El 5 de diciembre se publicaron los resultados de una encuesta en el periódico Vatanparvar. El
propósito del sondeo era determinar las distintas actitudes de la ciudadanía frente al castigo por
terrorismo. La encuesta fue realizada por el Centro de Estudios sobre la Opinión Pública «Ijtimoiy Fikr»
justo antes de celebrarse una sesión del Parlamento, prevista para el 14 de diciembre, donde se esperaba
que se aprobara un proyecto de ley sobre lucha antiterrorista. La pregunta formulada a la opinión pública
era: ¿qué clase de castigo debía disponer la ley para aquellos ciudadanos de un país que, empuñando un
arma, han pertenecido a bandas organizadas de bandidos extremistas y terroristas que pretendían derrocar
al gobierno y cambiar el sistema sociopolítico existente? El 57 por ciento afirmó que tales individuos
debían ser castigados con la muerte, mientras que el 20 por ciento afirmó que había que condenarlos a
cadena perpetua. Según la información recibida, la encuesta se llevó a cabo en Tashkent y todas las
regiones, y en ella participaron personas de todos los sectores sociales: habitantes de ciudades y pueblos,
mujeres y hombres, y personas de edad y origen étnico diferentes.
30 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
Estados Unidos
Varias encuestas nacionales y estatales realizadas a lo largo del año señalaban un descenso del
apoyo a la pena de muerte. Pero una de ellas tuvo especial significación por varios motivos: se realizó en
el ámbito nacional, fue llevada a cabo por las empresas encuestadoras de los partidos demócrata y
republicano (Peter D Hart Research y American Viewpoint) y fue la primera encuesta de ámbito nacional
donde se preguntaba directamente por el apoyo a la suspensión de las ejecuciones a nivel estatal o
federal. Esta encuesta se realizó del 18 al 23 de agosto.
El 60 por ciento de los encuestados apoyaron la pena de muerte, el 21 por ciento se manifestaron
en contra y el 19 por ciento estaban indecisos; el porcentaje de apoyo fue inferior al registrado otros años
en encuestas parecidas. Otros datos fueron igualmente significativos. El 64 por ciento de los encuestados
deseaba que se suspendieran las ejecuciones por completo hasta que se hubieran resuelto los problemas
relativos a la imparcialidad. El apoyo a la suspensión parecía cruzar las fronteras partidarias, ya que un
50 por ciento de los republicanos y un 70 por ciento de los demócratas encuestados se mostraron a favor.
También hubo resultados importantes respecto a otras preocupaciones planteadas. El 89 por ciento estaba
a favor de proporcionar acceso a las pruebas de ADN en los casos de pena capital, y el 83 por ciento
apoyaba la asignación de abogados competentes y experimentados en las causas por delitos punibles con
la muerte. Más de la mitad afirmaron que no basta con exigir el acceso a las pruebas de ADN, sino que
además se debe garantizar una asistencia letrada competente y experimentada.
ESTUDIOS
Estados Unidos
En junio el profesor James S. Liebman, al frente de un equipo de abogados y criminólogos de la
Universidad de Columbia, publicó un estudio titulado A Broken System: Error Rates in Capital Cases,
1973-1995 (Un sistema en quiebra: Porcentajes de error en los casos de pena capital), basado en una
investigación de actas judiciales estatales y federales. El estudio revelaba que dos de cada tres condenas a
muerte eran revocadas en la vista de apelación, casi siempre debido a errores graves de los abogados
defensores o a la ocultación de pruebas por parte de policías y fiscales que se excedían en sus funciones.
La pena de muerte se impuso en 5.760 procesos entre 1973 y 1995. De éstos, el estudio analizó los 4.578
que estaban resueltos (los demás seguían pendientes de un recurso de apelación cuando concluyó el
estudio). Los tribunales estatales o federales ordenaron que se celebrara un nuevo juicio en el 68 por
ciento de los casos examinados, y en más del 80 por ciento de los casos que volvieron a ser juzgados se
determinó que el acusado merecía un castigo menor que la muerte una vez rectificados los errores, y el 7
por ciento resultaron inocentes. Sólo el 18 por ciento volvieron a ser condenados a muerte tras el nuevo
juicio.
De acuerdo con un estudio realizado en septiembre por el diario The New York Times utilizando
estadísticas oficiales de un análisis detallado por estados, en los últimos 20 años los índices de
homicidios en los estados donde se aplica la pena de muerte han sido entre un 48 y un 101 por ciento
más elevados que en los estados donde no se aplica. En 10 de los 12 estados que no imponen la pena
capital, estos índices se sitúan por debajo de la media nacional a pesar de que sus perfiles demográficos
se asemejan a los de aquellos estados que mantienen la pena de muerte. El estudio también reveló que los
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 31
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
índices de homicidios aumentaban y disminuían en ambos grupos de estados siguiendo trayectorias más
o menos simétricas, lo que parecía indicar que la amenaza de la pena de muerte rara vez disuade a los
criminales.
En otro estudio llevado a cabo en septiembre, el Departamento de Justicia estadounidense hizo
públicas las conclusiones de su revisión de la pena de muerte en el ámbito federal. El estudio mostraba
fuertes disparidades raciales y geográficas en la aplicación de la pena de muerte en el ámbito federal. En
torno al 80 por ciento de los reclusos federales condenados a muerte pertenecían a minorías étnicas o
raciales, y en el 75 por ciento aproximadamente de los procesos en que los fiscales federales pidieron la
pena de muerte, el acusado pertenecía a una de esas minorías. Un ejemplo de las disparidades
geográficas es que casi una cuarta parte de los 183 casos en que el fiscal recomendó imponer la pena de
muerte desde 1995 correspondían a tres distritos judiciales federales solamente, en Virginia, Puerto Rico
y Misuri. Los fiscales federales de casi la mitad de los 94 distritos de Estados Unidos nunca han
recomendado la pena de muerte.
ESTADÍSTICAS
Canadá
En julio del 2000, Statistics Canada publicó las estadísticas anuales sobre los índices de
delincuencia en el año 1999. El número de homicidios por 100.000 habitantes ha ido decreciendo
progresivamente después de haber alcanzado un punto crítico (3,02) en 1975, año anterior a la abolición
de la pena de muerte por asesinato, y otro (2,84) en 1976, año de la abolición. En 1999 la proporción era
de 1,76 por cada 100.000 personas, un 4,7 por ciento inferior al de 1998. La policía dio parte de 536
homicidios, 22 menos que en 1998. También habían descendido el índice global de delincuencia y la
incidencia de delitos violentos.
Singapur
En enero del 2001, durante el segundo periodo de sesiones del Noveno Parlamento de Singapur,
se presentaron las siguientes estadísticas relativas al número de personas ahorcadas de 1991 al 2000:
Año
Asesinato
Tráfico de drogas Armas de fuego
Total
1991
1
5
-
6
1992
13
7
1
21
1993
5
2
-
7
1994
21
54
1
76
1995
20
52
1
73
1996
10
40
-
50
32 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
1997 3 11 1 15
1998
4
24
-
28
1999
8
35
-
43
2000
4
17
-
21
MISCELÁNEA
El Caribe
Los máximos dirigentes de los 13 Estados miembros de la Comunidad y Mercado Común del
Caribe (CARICOM) redactaron en marzo una propuesta para la creación de una Corte de Justicia del
Caribe que actuaría como tribunal de última instancia en la región en sustitución del Comité Judicial del
Consejo Privado de la Corona, con sede en Londres. El gobierno británico ha declarado que el Comité
Judicial del Consejo Privado de la Corona seguirá disponible para quien desee recurrir a él. [En febrero
del 2001, 11 Estados caribeños firmaron un acuerdo marco para el establecimiento de una Corte de
Justicia del Caribe.]
China
Tres personas del grupo étnico uigur fueron ejecutadas en Urumqi, capital de la Región
Autónoma Uigur del Sin-kiang, por la presunta creación de un «Partido de Alá» para constituir un
gobierno islámico independiente. Los tres fueron ejecutados el 6 de julio por un pelotón de fusilamiento,
inmediatamente después de un acto público de imposición de sentencias. Muchos uigures han sido
ejecutados en la región por su presunta participación en actividades separatistas o terroristas.
Cuba
En diciembre, el presidente Fidel Castro afirmó que los cuatro exiliados cubanos detenidos en
Panamá y acusados de conspirar para asesinarlo no serían ejecutados si los extraditaban a Cuba para ser
juzgados. Aunque el propio Código Penal de Cuba establece que los delitos de terrorismo son punibles
con la muerte, la solicitud cubana de extradición ofrecía las garantías que exige la legislación panameña
para enviarlos de regreso a Cuba, a saber, que los sospechosos no serán condenados a muerte ni a penas
de cárcel superiores a 20 años.
Puerto Rico
En un proceso contra dos hombres acusados del secuestro y homicidio de un empresario local, el
juez de distrito federal Salvador Casellas resolvió en julio que el Congreso estadounidense no podía
aplicar en Puerto Rico una ley de 1994 sobre la pena de muerte para determinados delitos porque los
isleños no habían tenido derecho a opinar sobre la redacción de dicha ley. Legalmente, Puerto Rico es un
«Estado libre asociado» con Estados Unidos y no tiene legisladores con derecho a voto en el Congreso
estadounidense. Es la primera vez que un juez federal utiliza la relación política con Puerto Rico para
invalidar la imposición de la pena capital a unos acusados.
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 33
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
Irán
En enero, un hombre declarado culpable de asesinato se libró por poco de ser ahorcado cuando el
padre de la víctima solicitó clemencia. Ya se había leído la sentencia de muerte y Morteza Amini
Moqaddam tenía la soga al cuello cuando el padre de la víctima pidió a las autoridades judiciales
presentes que le concedieran el indulto. Según informes, permaneció de pie alrededor de una hora con la
soga al cuello hasta que se tomó una decisión. Aunque se salvó de la horca, fue trasladado a la prisión de
Qasr mientras las autoridades judiciales decidían su sentencia.
Suiza
Los suizos votaron a favor de una nueva constitución, que entró en vigor el 1 de enero del 2000.
El artículo 10.l establece lo siguiente: «Toda persona tiene derecho a la vida. La pena de muerte está
prohibida».
Por lo tanto, la abolición de la pena de muerte queda proclamada en la Constitución de Suiza.
Italia
El domingo 12 de diciembre de 1999, a las 18.30 horas, el Coliseo se iluminó con una brillante
luz dorada. Con motivo del primer Jubileo que coincide con el cambio de milenio, la ciudad de Roma
decidió organizar un acto que se destacara por tener un importante valor simbólico, con miras a
sensibilizar a la opinión pública mundial sobre la necesidad de poner fin a la pena de muerte. La
iluminación del Coliseo estuvo patrocinada por el ayuntamiento de Roma en colaboración con el
Ministerio de Cultura y Patrimonio Cultural italiano, la compañía eléctrica de Roma y tres organizaciones
no gubernamentales que participan en la lucha contra la pena capital: Amnistía Internacional, la
Comunidad de San Egidio y «Que nadie toque a Caín». Durante todo el año 2000, el Coliseo volvió a
iluminarse cada vez que en un país se revocaba una ejecución o se declaraba una suspensión de las
ejecuciones, o cuando un país abolía la pena de muerte (véase el apartado «Puntos de vista religiosos»
supra).
Reino Unido
Como parte de una campaña mundial para abolir la pena de muerte, el ministro británico de
Asuntos Exteriores, Robin Cook, anunció en septiembre que el gobierno del Reino Unido nombraría un
enviado especial sobre la pena de muerte. Era una de las diversas propuestas formuladas como parte de
una enérgica estrategia sobre derechos humanos.
No quiero una suspensión de la pena de muerte. Quiero
su abolición. No puedo entender por qué un país tan
comprometido con los derechos humanos no considera la
pena de muerte una aberración.
Desmond Tutu, arzobispo honorario de Ciudad del Cabo y
presidente de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de
Sudáfrica, en una conferencia de prensa celebrada en julio en
Reno, Estados Unidos.
34 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000 35
Amnistía Internacional, mayo de 2001 Índice AI: ACT 50/001/2001/s
TABLA 2: EJECUCIONES REGISTRADAS EN TODO EL MUNDO POR AÑOS
(1980 - 2000)
Año
Número de países que llevaron a cabo ejecuciones
Número de ejecuciones registradas
Número de países con más de 100 ejecuciones
Porcentaje de ejecuciones registradas en países con más de 100 ejecuciones
1980
29
1.229
1981
34
3.278
1982
42
1.609
1983
39
1.399
1984
40
1.513
4
78%
1985
44
1.125
3
66%
1986
39
743
3
56%
1987
39
769
3
59%
1988
35
1.903
3
83%
1989
34
2.229
3
85%
1990
26
2.029
4
84%
1991
32
2.086
2
89%
1992
35
1.708
2
82%
1993
32
1.831
1
77%
1994
37
2.331
3
87%
1995
41
3.276
3
85%
1996
39
4.272
4
92%
1997
40
2.607
3
82%
1998
37
2.258
2
72%
1999
31
1.813
4
80%
2000
28
1.457*
2
77%
* El total para el 2000 puede sufrir alguna modificación si se recibe nueva información.
36 La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000
Índice AI: ACT 50/001/2001/s Amnistía Internacional, mayo de 2001
TABLA 3: NÚMERO DE PAÍSES ABOLICIONISTAS
(1981 - 2000)
Año
Número de países
abolicionistas para todos
los delitos
Número de países
abolicionistas en su
derecho interno o en la
práctica 1981
27
63
1982
28
63
1983
28
64
1984
28
64
1985
29
64
1986
31
66
1987
35
69
1988
35
80
1989
39
84
1990
46
88
1991
46
83
1992
50
84
1993
54
90
1994
55
96
1995
59
101
1996
60
100
1997
64
102
1998
70
105
1999
73
108
2000
75
108