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2019
Circunvalación Norte – Sur s/n, Alerce Puerto Montt.
Teléfono: 65 9 4095 9000
http://www.antuquenu.cl/
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN
1
ÍNDICE TÍTULO I ..............................................................................................................................................5
PÁRRAFO I Concepto de evaluación ..............................................................................................5
PÁRRAFO II Principios del Reglamento de evaluación ..................................................................6
Art. 1 Definición .........................................................................................................................6
Art. 2 La evaluación como proceso ............................................................................................6
Art. 3 La evaluación según finalidad ..........................................................................................6
Art. 4 Periodos del año escolar ...................................................................................................6
Art. 5 Cantidad de evaluaciones en cada periodo lectivo ..........................................................6
Art. 6 Del formato de los instrumentos de evaluación ...............................................................6
Art. 7 Del formato de reactivos o ítemes de un instrumento de evaluación ..............................6
Art. 8 Calidad técnica de instrumentos de evaluación...............................................................7
Art. 9 Grado de dificultad de un instrumento de evaluación.....................................................7
Art. 10 De la calificación mínima ................................................................................................7
Art. 11 Condiciones de cierre de semestre .................................................................................7
Art. 12 De instrumentos de proceso ..........................................................................................7
Art. 13 Protocolo de la inasistencia a una evaluación ...............................................................7
Art. 14 Horarios único de pruebas recalendarizadas ................................................................7
Art. 15 Información de situación pedagógica - NAPSIS ..............................................................8
Art. 16 Aplicación de evaluaciones estandarizadas ....................................................................8
PARRAFO III Programa de evaluaciones – Diseño Curricular ..........................................................8
TITULO II .............................................................................................................................................8
PARRAFO IV NORMATIVA LEGAL ..................................................................................................8
PARRAFO V CARÁCTER DEL PRESENTE REGLAMENTO ..............................................................9
Art. 17 Alcance del presente Reglamento ..................................................................................9
PARRAFO VI SOBRE EL PROCESO DE EVALUACIÓN ........................................................................9
PARRAFO VII EVALUACIÓN DE ACUERDO A LA INTENCIÓN ............................................................9
Art. 18 Evaluación Diagnóstica ...................................................................................................9
Art. 19 Evaluación Formativa .....................................................................................................9
Art. 20 Evaluación Sumativa .....................................................................................................10
2
PARRAFO VIII EVALUACIÓN DE ACUERDO AL MOMENTO ............................................................10
Art. 21 Evaluación Inicial o diagnóstica ....................................................................................10
Art. 22 Evaluación Intermedia ..................................................................................................10
Art. 23 Evaluación Final ............................................................................................................10
PARRAFO IX EVALUACIÓN DE ACUERDO AL AGENTE EVALUADOR ...........................................10
Art. 24 Autoevaluación .............................................................................................................10
Art. 25 Heteroevaluación .........................................................................................................10
Art. 26 Coevaluación ................................................................................................................11
PARRAFO X EVALUACION DE ACUERDO A LA EXTENSIÓN: ...........................................................11
Art. 27 Global ...........................................................................................................................11
Art. 28 Parcial ...........................................................................................................................11
PARRAFO XI EVALUACIÓN DE ACUERDO AL ESTÁNDAR DE COMPARACIÓN: ...............................11
Art. 29 Normativa .....................................................................................................................11
Art. 30 Criterio ..........................................................................................................................11
PÁRRAFO XII INSTRUMENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN .........................................11
Art. 31 PRUEBAS O RÚBRICAS ..................................................................................................11
Art. 32 PROCEDIMIENTOS DE OBSERVACIÓN ...........................................................................12
Art. 33 PROCEDIMIENTOS DE INFORME ...................................................................................12
TITULO III ..........................................................................................................................................12
PARRAFO XIII DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.......................................................................12
Art. 34 PERÍODOS Y TIPOS DE EVALUACIÓN. ...........................................................................12
Art. 35 LAS CALIFICACIONES .....................................................................................................13
Art. 36 CALIDAD DE LOS INSTRUMENTOS EVALUATIVOS ........................................................16
Art. 37 CRONOGRAMA DE EVALUACIONES .............................................................................16
Art. 38 ETAPAS PARA ASEGURAR EL APRENDIZAJE..................................................................16
PARRAFO XIV PROMOCIÓN ESCOLAR Primero Básico a Cuarto Año Medio ..............................17
Art. 39 Condiciones de promoción ...........................................................................................17
Art. 40 Condiciones de promoción con un promedio insuficiente ...........................................17
Art. 41 Condiciones de promoción con dos promedios insuficientes – 1° y 2° medio ..............17
Art. 42 Condiciones de promoción con dos promedios insuficientes – 3° y 4° medio ..............17
3
Art. 43 Porcentaje mínimo de asistencia ..................................................................................17
Art. 44 Protocolo de justificación de inasistencias ...................................................................18
Art. 45 Inasistencias que superen el 15% .................................................................................18
Art. 46 Informar situación de repitencia por inasistencia ........................................................18
TÍTULO IV .........................................................................................................................................18
PARRAFO XV NORMATIVAS GENERALES ......................................................................................18
Art. 47 Copia en prueba, trabajos y otros.................................................................................18
Art. 48 Conducta durante la aplicación de una prueba ............................................................18
Art. 49 Incumplimiento académico en Proyecto Institucional AULA QUENU ...........................19
Art. 50 No presentación a una prueba .....................................................................................19
Art. 51 No presentación grupal a prueba .................................................................................19
Art. 52 Responsabilidad docente en la evaluación ...................................................................19
Art. 53 Registro y evidencia de situaciones relativas a la evaluación (recalendarización) ........20
Art. 54 Pruebas especiales .......................................................................................................20
Art. 55 Ausencia a evaluación por participación en actividades extra programáticas fuera del
establecimiento ........................................................................................................................20
Art. 56 Condiciones para conservar el promedio de la asignatura en caso de obtener una
calificación insuficiente que afecte el promedio final de notas ................................................20
Art. 57 Cierre de semestre debido a situaciones especiales .....................................................20
Art. 58 Estudiantes que requieran finalizar anticipadamente el año escolar ...........................21
Art. 59 Salidas a terreno o salidas culturales ............................................................................21
Art. 60 Evaluación diferenciada ...............................................................................................21
Art. 61 Ausencia de docente titular ..........................................................................................21
TÍTULO V ..........................................................................................................................................22
PÁRRAFO XVI DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES .................................................................22
Art. 62 Justificación a evaluación con certificado médico ........................................................22
Art. 63 Inasistencia a evaluación por segunda vez ...................................................................22
Art. 64 Inasistencia a evaluaciones grupales, individuales y disertaciones ..............................22
Art. 65 De no presentación de informes grupales ..................................................................22
Art. 66 De los trabajos pedagógicos grupales ...........................................................................22
Art. 67 Inasistencia a evaluaciones que no se pueden justificar con certificado médico .........22
4
Art. 68 Cierre anticipado del semestre o año escolar ...............................................................23
TÍTULO VI .........................................................................................................................................23
PARRAFO XVII ...............................................................................................................................23
Art. 69 De la asistencia .............................................................................................................23
Art. 70 De la inasistencia a evaluaciones .................................................................................23
Art. 71 Plan de evaluaciones ....................................................................................................23
Art. 72 De la información a los padres o apoderados ...............................................................24
TÍTULO VII ........................................................................................................................................24
PARRAFO XVII INCORPORACIÓN DE ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR .........................24
TÍTULO VIII .......................................................................................................................................24
PARRAFO XVIII DE LA DOCUMENTACIÓN FINAL ..........................................................................24
TÍTULO IX ..........................................................................................................................................24
PARRAFO XX ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR .......................24
TITULO X ...........................................................................................................................................25
PARRAFO XIX DEL PROYECTO DE INTEGRACION ESCOLAR ...........................................................25
PARRAFO XXII DEL INGRESO AL PROYECTO DE INTEGRACIÓN ESCOLAR ......................................25
TITULO XI ..........................................................................................................................................26
PARRAFO XXIII DE LA EDUCACION PARA PERSONAS JOVENES Y ADULTAS ..................................26
Art. 75 Finalidad de la educación para personas jóvenes y adultas..........................................26
Art. 76 Marco curricular ..........................................................................................................26
Art. 77 Promoción escolar .......................................................................................................26
Art. 78 - Decreto 239 ................................................................................................................26
Art. 79 Reglamento de evaluación y promoción ......................................................................26
TITULO XII .........................................................................................................................................27
PARRAFO XXIV CONSIDERACIONES FINALES ................................................................................27
Art. 80 Libre acceso .................................................................................................................27
Art. 81 Otras situaciones no presentes en este reglamento.....................................................27
5
INTRODUCCIÓN
El Instituto Inglés Antuquenu, ubicado en circunvalación Norte - Sur s/n, Rol Base de Datos
22499-5, es un Proyecto educativo busca que sus estudiantes puedan desenvolverse de
manera efectiva y armónica en distintos contextos, con capacidad de tomar decisiones, de
trabajar colaborativamente, de comunicar sus ideas, de gestionar su actuar en vista de metas
personales, escolares y laborales, entre otras. Para aquello se le brindan los espacios
educativos y formadores para que descubran conocimientos y desarrollen competencias,
habilidades, y actitudes.
Todo este proceso de formación está permanentemente monitoreado mediante diversos
instrumentos y procedimientos que brindan información acerca de sus avances y dificultades,
lo que permite realizar las acciones correspondientes para el cumplimiento de las metas como
institución educativa.
Por esta razón, la evaluación, es un componente esencial del proceso de aprendizaje
enseñanza de nuestros estudiantes, cuyo propósito es establecer los niveles de logro o
desempeño que han desarrollado, establecidos en el Marco curricular, Ajuste curricular y las
Bases Curriculares prescritas por el Ministerio de Educación.
Como comunidad educativa se han consensuado y fijado algunos criterios para que, de forma
corresponsable, se puedan aplicar lineamientos que orienten esta área de la gestión educativa.
Esta normativa se orienta a tener claridad en cuanto a la responsabilidad, deberes y derechos
académicos tanto de los estudiantes como de los docentes.
TÍTULO I
PÁRRAFO I Concepto de evaluación
En el enfoque curricular de nuestro colegio, la evaluación es entendida como “un proceso
continuo que tiene por objetivo el mejoramiento efectivo de los aprendizajes en nuestros
estudiantes”. En este sentido, el educando es concebido como un sujeto activo y protagónico
en la construcción de su conocimiento, por ello, el trabajo docente y directivo está dirigido a
ser un mediador entre el conocimiento y el aprendizaje, guiando la actividad de los
estudiantes, enfocándose en el desarrollo de sus competencias, fomentando así el desarrollo
integral del estudiante por medio de este enfoque cognocitivista.
Es así que esta comunidad educativa comprende y aplica la evaluación como un proceso
continuo y sostenido en el tiempo, el cual permite obtener información pertinente y relevante
de la situación de aprendizaje de todos los estudiantes, efectuando una retroalimentación
tanto del logro de los Objetivos de Aprendizajes de los estudiantes, como en las estrategias de
enseñanza que utilizan los docentes.
6
PÁRRAFO II Principios del Reglamento de evaluación
Se han consensuado los siguientes principios generales:
Art. 1 Definición
Entendemos la evaluación como un proceso cíclico, continuo, planificado y sistemático,
donde el docente por medio de estrategias pertinentes podrá manejar y aplicar diversos
procedimientos e instrumentos de evaluación, constatando de manera objetiva los logros
académicos que van adquiriendo nuestros estudiantes considerándolos de manera individual
y colectiva.
Art. 2 La evaluación como proceso
La evaluación no se limitará a comprobar lo aprendido por los estudiantes cada cierto
tiempo, ni se reducirá a actuaciones aisladas de pruebas, sino que forma parte del
proceso continuo de aprendizaje.
Art. 3 La evaluación según finalidad
De acuerdo a la finalidad la evaluación será diagnóstica, formativa y sumativa.
Art. 4 Periodos del año escolar
El año académico estará organizado en dos periodos lectivos: primer y segundo semestre.
Art. 5 Cantidad de evaluaciones en cada periodo lectivo
Los estudiantes deberán ser evaluados en todas las asignaturas del plan de estudios, llegando
a obtener un número determinado de calificaciones por periodo lectivo, la cantidad mínima de
calificaciones será igual a las horas semanales lectivas de cada asignatura más una.
Art. 6 Del formato de los instrumentos de evaluación
Todo instrumento de evaluación debe evidenciar, como referente necesario los objetivos de
aprendizajes, destacando la habilidad que se evaluará.
Art. 7 Del formato de reactivos o ítemes de un instrumento de evaluación
Se construirán reactivos que evidencien el desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes
enfatizando, tanto en el hacer, como en el pensar de nuestros estudiantes.
7
Art. 8 Calidad técnica de instrumentos de evaluación
Los instrumentos evaluativos que se elaboren y apliquen en el establecimiento tendrán
calidad técnica apropiada, especialmente en lo referido a la validez y confiabilidad de los
mismos, recepcionados y revisados por coordinadores de departamentos y por la
Coordinación Académica.
Art. 9 Grado de dificultad de un instrumento de evaluación
El grado de dificultad de las evaluaciones sumativas es de un 60% para obtener la nota 4,0.
Los estudiantes del Proyecto de Integración escolar serán evaluados con un 50% para obtener
la nota 4,0.
Art. 10 De la calificación mínima
La mínima será un 1,0 (uno coma cero) para Ed. básica, Ed. media y Ed. de personas jóvenes y
adultos.
Art. 11 Condiciones de cierre de semestre
Todas las situaciones de evaluación de los estudiantes de educación pre-básica, básica y
media deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente; exceptuando
situaciones excepcionales de salud u otras consensuadas en reunión de coordinadores de
departamentos y consejo de profesores. Las decisiones tomadas deben quedar registradas en
el libro de clases, en la hoja de vida de vida del estudiante.
Art. 12 De instrumentos de proceso
Es derecho del estudiante saber, con anterioridad, lo que se le evaluará a través de una pauta
de evaluación que debe ser socializada y entregada.
Art. 13 Protocolo de la inasistencia a una evaluación
Es deber del estudiante asistir a rendir evaluaciones atrasadas justificadas mediante
certificado médico en horario único establecido por el establecimiento e informado por
profesor de asignatura mediante agenda escolar.
Art. 14 Horarios único de pruebas recalendarizadas
El horario único establecido para rendición de pruebas atrasadas es los días viernes de
14:30-16:00 horas (excepto para 1º y 2º básicos)
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Art. 15 Información de situación pedagógica - NAPSIS
El establecimiento cuenta con una plataforma educativa (NAPSIS) que entrega información
actualizada constantemente sobre la situación académica de los estudiantes de niveles básica,
media y Educación de adultos.
Art. 16 Aplicación de evaluaciones estandarizadas
Se ha establecido realizar 3 evaluaciones estandarizadas durante el año escolar.
PARRAFO III Programa de evaluaciones – Diseño Curricular
A comienzo del año escolar se aplicará una evaluación diagnostica. Al finalizar el primer
semestre una evaluación Intermedia y antes de finalizar el año escolar una evaluación final
con el objetivo de obtener información sobre el estado de los aprendizajes de los estudiantes
para realizar las acciones remediales correspondientes. Estas evaluaciones y sus resultados se
escriben en un diseño curricular. Este instrumento tiene como objetivo monitorear los
resultados de aprendizaje de los estudiantes, retroalimentar sus aprendizajes y permite que
los docentes reflexionen sobre las estrategias y metodología utilizadas en sus clases y en el
diseño de sus evaluaciones.
TITULO II
REGLAMENTO INSTITUCIONAL
PARRAFO IV NORMATIVA LEGAL
El Instituto Inglés Antuquenu de Puerto Montt, ha elaborado el presente Reglamento de
Evaluación y Promoción Escolar de acuerdo a las disposiciones y normativas que fija el
Ministerio de Educación y que a continuación se indican:
Decreto Nº 511 para Educación básica de 1997 Decreto N° 107 para Educación básica 2003
Decreto N° 158 para la Educación Básica 1° y 2° Medio de Educación Media 1999
Decreto N° 112 para 1° y 2° medios de Educación Media 1999
Decreto N° 83 Para 3° y 4° medio para educación media 2001
Decreto. Nº 2169 para Educación media de Adultos del 2007
Decreto N° 83 para la Educación Especial año 2015
Decreto Nº 170 para la Educación Especial del año 2010
9
PARRAFO V CARÁCTER DEL PRESENTE REGLAMENTO
Art. 17 Alcance del presente Reglamento
El presente reglamento tendrá la característica de modificable y regirá para:
Educación pre básica
Educación Básica
Educación Media Científico Humanista
Educación Media Técnico Profesional Especialidad Servicios turísticos.
Educación Media Técnico Profesional Especialidad de Electrónica.
Primer y segundo nivel de enseñanza media Humanista Científico para personas jóvenes
Adultos.
PARRAFO VI SOBRE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
El presente Reglamento tiene como objetivo establecer normas, instrumentos y
procedimientos de evaluación y será anualmente revisado por la Dirección del
establecimiento, con la asesoría del Equipo Técnico correspondiente y la consulta al Consejo
General de Profesores, dándolo a conocer oportunamente a los estudiantes y apoderados.
En el proceso de evaluación de los aprendizajes, se utilizan procedimientos e instrumentos
considerando etapas de desarrollo de los estudiantes y sus estilos de aprendizaje. En este
sentido, son diversos los criterios pedagógicos que posibilitan la clasificación de estas
evaluaciones dependiendo de los objetivos.
PARRAFO VII EVALUACIÓN DE ACUERDO A LA INTENCIÓN
Art. 18 Evaluación Diagnóstica
“Cuando el objetivo es explorar, verificar el estado de los aprendizajes de los estudiantes en
cuanto a conocimientos previos, actitudes, expectativas, al momento de iniciar una
experiencia educativa”.
Art. 19 Evaluación Formativa
“Cuando el objetivo es disponer de evidencias continuas, detectar logros, avances y
dificultades, que le permitan regular, orientar y corregir el proceso educativo, y por ende
mejorarlo para tener mayores posibilidades de éxito”.
10
Art. 20 Evaluación Sumativa
“Cuando el objetivo es determinar el valor de los resultados al término de la experiencia de
aprendizaje, comprobando la eficacia de los procesos, entregando “pistas” para la
planificación de las futuras unidades pedagógicas.
PARRAFO VIII EVALUACIÓN DE ACUERDO AL MOMENTO
Art. 21 Evaluación Inicial o diagnóstica
“Cuando el objetivo es conocer la situación de partida, permite decidir desde y dónde se
comienza la experiencia de aprendizaje formal de los estudiantes”.
Esta evaluación de inicio o diagnóstica, se aplicará en los siguientes niveles y asignaturas:
• Pre-Básica
Formación personal y social, Comunicación y Relación con el medio.
• Educación básica (1° a 6° básico):
Lenguaje y Comunicación, Matemática, Ciencias naturales, Ciencias sociales, historia y
geografía.
• Educación básica (7° y 8° básico)
Lengua y literatura, Matemática
• Enseñanza Media:
Lengua y literatura, Inglés, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, Ciencias
Naturales.
Art. 22 Evaluación Intermedia
“Cuando el objetivo es valorar el proceso de aprendizaje, es imprescindible para tomar
decisiones adecuadas y oportunas conducentes a poder mejorar la enseñanza”.
Art. 23 Evaluación Final
“Cuando el objetivo es determinar los aprendizajes alcanzados al término del período que se
tenía previsto para desarrollar una unidad”.
PARRAFO IX EVALUACIÓN DE ACUERDO AL AGENTE EVALUADOR
Art. 24 Autoevaluación
“Cuando el objetivo es que el propio estudiante determine la valoración, y el modo en que ha
alcanzado o puede alcanzar los aprendizajes”.
Art. 25 Heteroevaluación
“Cuando el objetivo es que el estudiante sólo responda a lo que el profesor planifica,
implementa y aplica como proceso evaluativo”.
11
Art. 26 Coevaluación
“Cuando el objetivo es que los estudiantes en relación unos con otros, participen y valoren los
aprendizajes alcanzados”.
PARRAFO X EVALUACION DE ACUERDO A LA EXTENSIÓN:
Art. 27 Global
“Cuando el objetivo es evaluar los contenidos y habilidades más significativas expresadas en
los Objetivos de aprendizaje y Aprendizajes esperados del semestre”.
Art. 28 Parcial
“Cuando el objetivo es evaluar parte de los Objetivos de aprendizaje y Aprendizajes esperados
que se espera que el estudiante alcance”.
PARRAFO XI EVALUACIÓN DE ACUERDO AL ESTÁNDAR DE
COMPARACIÓN:
Art. 29 Normativa
“Cuando el objetivo es comparar los aprendizajes obtenidos por cada estudiante con
estándares previamente establecidos”.
Art. 30 Criterio
“Cuando el objetivo es comparar el progreso de un estudiante con el propio estado del
estudiante al momento de iniciar el aprendizaje”.
PÁRRAFO XII INSTRUMENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN
Sobre la base de esta tarea es que el proceso evaluativo se desarrolla por parte del estudiante,
experimentando diversos procedimientos, pruebas e instrumentos evaluativos entre los
cuales se destacan:
Art. 31 PRUEBAS O RÚBRICAS
• Pruebas Escritas
• Pruebas Orales
• Pruebas Prácticas o de realización de tareas
• Pruebas Estandarizadas
• Rúbricas
• Individuales
• Colectivas
• Actividades con apoyo de la familia
• Ensayos
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• Laboratorios
• Salidas a terreno
• Talleres
Art. 32 PROCEDIMIENTOS DE OBSERVACIÓN
• Registros de hechos anecdóticos
• Listas de Cotejo
• Escalas de Valoración
• Listas de comprobación
• Diálogos
• Juego de Roles
• Disertaciones
Art. 33 PROCEDIMIENTOS DE INFORME
• Cuestionarios
• Inventarios
• Entrevistas
• Portafolios
• Mapas Conceptuales
• Informe de Aula Quenu
TITULO III
PARRAFO XIII DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Art. 34 PERÍODOS Y TIPOS DE EVALUACIÓN.
Los estudiantes serán evaluados en periodos semestrales, mediante un calendario
previamente establecido por los docentes, los responsables de que este procedimiento sea
eficaz son: Coordinadores de departamento, Coordinación académica.
• Diagnóstica: Se administra al inicio del período académico y permite identificar los
aprendizajes de los estudiantes.
• Ensayos formato SIMCE: Corresponderán a Objetivos de aprendizaje y Aprendizajes
esperados de Lenguaje, Matemática, Ciencias, Historia y Ciencias Sociales con formato SIMCE
o PSU, en la misma modalidad que las originales.
• Parciales: Evaluaciones coeficiente uno como controles, trabajos, exposiciones,
carpetas, pruebas de nivel, revisión de cuadernos, entre otras. En el caso de las evaluaciones
sumativas, pueden abordar total o parcialmente los Objetivos de aprendizaje y Aprendizajes
esperados establecidos en una o más unidades.
• Controles: Esta denominación comprende las evaluaciones de lectura domiciliaria,
tareas, actividades, interrogaciones, investigaciones, trabajos individuales o grupales,
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exposiciones u otras que se obtengan durante el semestre, con sus respectivas rúbricas, según
sea el caso.
• Formativa: La evaluación formativa tiene por objetivo proporcionar información para
la mejora de los aprendizajes y compromete la implementación de estrategias de
retroalimentación. Será registrada como información objetiva y permanente de logros y
avances de los estudiantes y podrá registrarse como calificación parcial, según el acuerdo
establecido previamente con coordinación de departamento y coordinación académica. Las
evaluaciones formativas aportan valiosa información para hacer ajustes en la planificación,
actividades, recursos y organización del tiempo.
• Semestrales: Corresponden al promedio aritmético de las calificaciones parciales de
cada asignatura (Sin aproximación de los decimales).
• Finales o anuales: Corresponderán en cada sector al promedio aritmético de las
calificaciones semestrales (aproximando la centésima a la décima). Promedio general:
Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas por el estudiante
en cada sector (aproximando la centésima a la décima).
Art. 35 LAS CALIFICACIONES
• Cantidad de notas por semestre
Los estudiantes tendrán como mínimo la siguiente cantidad de calificaciones durante el
semestre:
Desde 1° a 8° básico
Número de horas semanales Cantidad de evaluaciones Asignaturas de hasta 3 horas semanales 4 evaluaciones Asignaturas con 4 horas semanales 5 evaluaciones Asignaturas con 5 o más horas semanales 6 evaluaciones (6 evaluaciones como mínimo
y 10 como máximo
Desde 1° a 4° medio Humanista Científico y Ed. Técnico Profesional
Número de horas semanales Cantidad de evaluaciones Asignaturas con 2 horas semanales 4 evaluaciones Asignaturas con 3 horas semanales 4 evaluaciones Asignaturas con 4 horas semanales 5 evaluaciones (6 evaluaciones como mínimo
y 10 como máximo Asignaturas con 5 o más horas semanales 6 evaluaciones (6 evaluaciones como mínimo
y 10 como máximo
Educación de personas jóvenes y adultos
Número de horas semanales Cantidad de evaluaciones
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2 horas semanales 4 evaluaciones 3 horas semanales 5 evaluaciones 5 horas semanales 6 evaluaciones como mínimo y 10 como
máximo
• Cantidad mínima de calificaciones
El número máximo de calificaciones no deberá exceder de 10 durante el semestre y
dependerán del número de horas de cada asignatura. Se deberá consignar como mínimo 4
notas semestrales y 10 como máximo en el área Humanista Científico y en Ed. Técnico
Profesional y Ed. de personas jóvenes y adultos un mínimo de 3 y máximo 8 calificaciones.
• Escala de evaluación
Los y las estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas, de acuerdo a la escala
numérica de 1.0 a 7.0. Las notas estarán referidas a actividades y pruebas orientadas al
aprendizaje escolar. Para elaborar una escala de evaluación, se considera el promedio entre el
puntaje ideal y el puntaje máximo obtenido en el curso o nivel, según corresponda.
• Porcentaje de exigencia
La nota mínima de aprobación será de 4,0 (cuatro coma cero), con 60% de exigencia para
Enseñanza Básica y Media.
• Reprobación
Se considera reprobada una asignatura que consigne como promedio nota inferior a 3.9.
• Calificación mínima
La calificación mínima será de 1.0 y corresponderá a un instrumento de evaluación rendido
sin logro alguno en sus respuestas; o a la evidente omisión de todas las respuestas.
• Nota de Religión
La nota final anual de Religión se expresará en calificaciones y no incidirá en la promoción.
Las calificaciones parciales se regirán por las mismas normas aplicadas al resto de las
asignaturas y las evaluaciones parciales se anotarán en el libro de clases como calificación y,
finalmente, el promedio aritmético obtenido se expresará como concepto (MB=Muy Bueno;
B=Bueno; S= Satisfactorio; I=Insuficiente).
• Evaluaciones de proceso
Son susceptibles de una evaluación al libro de clases: las pruebas con formato SIMCE o el
promedio aritmético de estas, de la revisión de cuadernos con las actividades desarrolladas
durante la clase, de las guías desarrolladas en clases, de las asignación de tareas, de lo cual el
docente llevará un registro semestral. En el caso de revisión de cuadernos, este procedimiento
se ajustará a la pauta de cotejo acordada para cada asignatura con antelación.
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• Notas insuficientes en un curso
En caso de producirse más de 50% de calificaciones insuficientes en un curso, se analizarán
los resultados en forma consensuada entre el coordinador de departamento y coordinación
académica. De acuerdo a este análisis, el docente quedará o no facultado para registrar las
calificaciones en el libro de clases y en plataforma NAPSIS.
En segunda instancia, el instrumento aplicado y en el que se obtuvieron resultados
insuficientes no se invalidará, sino que se promediará con una segunda calificación.
Esta medida aplica, sustentada en que se han destinado los tiempos, las metodologías y
estrategias para desarrollar las habilidades y contenidos de la unidad evaluada.
• Pruebas rezagadas Educación Media
La aplicación de pruebas rezagadas es responsabilidad del docente de asignatura. Los
estudiantes que deban rendir una prueba atrasada, ya sea por razones médicas justificadas o
por razones de otra índole, deberán coordinar con su profesor/a de asignatura para ser
citados en jornada alterna y deberán ajustarse al horario asignado para rendir la evaluación.
En caso de no presentarse a esta segunda instancia evaluativa se aplicará reglamento,
consignando en el libro de clases la nota mínima correspondiente.
• Informes, procedimientos y registros de la Evaluación
Se entregará a los apoderados un informe impreso al finalizar cada semestre. Los padres y
apoderados se informarán periódicamente del resultado de las evaluaciones, a través de la
Plataforma NAPSIS. En caso de requerir mayor información respecto a las evaluaciones
registradas, deberán solicitar –en primera instancia- entrevista con el profesor jefe o de
asignatura y, posteriormente, siguiendo el conducto regular, podrán solicitar entrevista con
otras instancias de coordinación académica.
• Número de evaluaciones por día
Se podrá aplicar como máximo una Prueba sumativa que evalúe Objetivos de aprendizaje
de un periodo por día, lo que debe ser programado con anticipación, de acuerdo a la
planificación de cada asignatura. Este criterio no incluye controles de lectura, entrega de
informes, entrega de trabajos de investigación, pruebas atrasadas y otros similares, que se
hubiesen asignado con anticipación y con los que se debe cumplir en la fecha estipulada.
Se podrá aplicar, en un mismo día, una segunda Prueba sumativa que evalúe contenidos de un
periodo solo cuando exista una razón debidamente justificada y autorizada para aquello. Y
esté en conocimiento de la Coordinadora académica.
• Cierre de evaluaciones semestrales
Las situaciones académicas inconclusas de estudiantes con certificado médico u otra razón,
que no le permitan el cierre del semestre, se dejará pendiente y los docentes recalendarizaran
las evaluaciones para ser aplicadas al inicio de segundo semestre previo a haber destinado
tiempo para el desarrollo de contenidos y habilidades.
16
Art. 36 CALIDAD DE LOS INSTRUMENTOS EVALUATIVOS
• Seguimiento del instrumento de evaluación
Los coordinadores y la coordinadora académica cautelarán la calidad técnica de los
instrumentos de evaluación, en relación a aspectos tales como:
a. Elaboración y calidad del instrumento evaluativo.
b. Relación entre el instrumento, las habilidades y los objetivos de aprendizaje planteados.
c. Relación entre el valor asignado a cada ítem y los aprendizajes establecidos en la
planificación.
d. Pertinencia de la tabla de especificaciones para cada evaluación, de acuerdo a los objetivos
de aprendizaje programados.
• Planificación e información de evaluaciones.
Los estudiantes serán previamente informados de la ponderación, que se le asignará a las
distintas evaluaciones y también de los objetivos, habilidades y/o contenidos a evaluar. Todo
instrumento evaluativo debe consignar el puntaje de cada ítem.
• Revisión y análisis de las pruebas (Retroalimentación)
Como una instancia significativa del proceso de aprendizaje, los docentes deben realizar en
conjunto con sus estudiantes un análisis de la evaluación aplicada y reforzar las habilidades y
contenidos descendidos.
Art. 37 CRONOGRAMA DE EVALUACIONES
Las asignaturas de Artes Visuales, Música, Educación Física, Tecnología, las asignaturas del
Plan Diferenciado de Tercero y Cuarto Medio y otras no contempladas en el calendario de
pruebas, fijarán sus evaluaciones dentro del período establecido para evaluaciones,
aplicándolas en sus horas de clases, mientras que el resto de las asignaturas se regirá por el
cronograma institucional. Cualquier cambio de fecha en el cronograma de evaluaciones debe
ser comunicado y autorizado por la coordinadora académica. Las evaluaciones programadas
con anticipación y los controles clase a clase, serán aplicados independientemente del número
de estudiantes que asista a las clases, asumiendo los alumnos/as las normas establecidas para
los casos de inasistencias.
Art. 38 ETAPAS PARA ASEGURAR EL APRENDIZAJE
Todo proceso de enseñanza - aprendizaje debe iniciarse con una evaluación diagnóstica la que
mostrará la situación del aprendizaje de los estudiantes, en base a esto se aplicará las
acciones remediales correspondientes.
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PARRAFO XIV PROMOCIÓN ESCOLAR Primero Básico a Cuarto Año
Medio
Art. 39 Condiciones de promoción
Serán promovidos los y las estudiantes de 1º Básico a 2º año medio que hubieren aprobado
todos los subsectores de aprendizaje o asignaturas de sus respectivos planes de estudios.
Art. 40 Condiciones de promoción con un promedio insuficiente
Serán promovidos los y las estudiantes de 1° básico a 2° año medio que no hubieren aprobado
una asignatura, siempre que su promedio general sea igual o superior a 4,5. Para efecto de
cálculo, se considerará la calificación de la asignatura no aprobada.
Art. 41 Condiciones de promoción con dos promedios insuficientes – 1° y
2° medio
Igualmente, serán promovidos los y las estudiantes de 1° básico a 2° medio que no hubieren
aprobado dos asignaturas siempre que su promedio general sea igual o superior a 5,0 (cinco
coma cero), incluidos los promedios no aprobados. Para efecto de cálculo, se considerará la
calificación de las dos asignaturas o sectores de aprendizaje no aprobados.
Art. 42 Condiciones de promoción con dos promedios insuficientes – 3° y
4° medio
Serán promovidos los estudiantes de 3° y 4° medios que no hubieran aprobado dos
asignaturas. Si dentro de estas asignaturas o módulos se encuentran:
• Lenguaje, Comunicación y Literatura y Matemática
• Lenguaje, Comunicación y Literatura y Módulo TP
• Matemática y Modulo TP
Deberán tener promedio 5.5 o superior, incluidos los no aprobados.
Art. 43 Porcentaje mínimo de asistencia
Para la promoción de un alumno al siguiente nivel, respecto a la asistencia se debe considerar
que sólo serán promovidos los alumnos que cumplan con lo siguiente:
• Registrar como mínimo un 85% de asistencia a clases regulares.
• Registrar como mínimo un 85% de asistencias descontadas las inasistencias
justificadas.
• En caso de superar el 15% de inasistencias a clases, serán consideradas las justificadas
después de descontar el 15% de las primeras. Por ejemplo si un alumno tiene una asistencia a
clases de un 80% y tiene justificado un 19%, éste repetirá automáticamente.
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Art. 44 Protocolo de justificación de inasistencias
Se considerarán como inasistencias justificadas solamente aquellas en los cuales el apoderado
personalmente entregue en Inspectoría los certificados, licencias médicas y/o los justificativos
correspondientes a la ausencia dentro de las 48 horas siguientes al ingreso del alumno a
clases. Vencido este plazo, el justificativo no tendrá validez alguna.
Art. 45 Inasistencias que superen el 15%
No existen procedimientos de apelación en caso de inasistencias que superen el 15%
permitido como máximo por el Ministerio de Educación, no obstante, la Dirección se reserva
el derecho de revisar aquellas situaciones en que por fuerza mayor (viajes, problemas de
salud, fallecimiento u otros) o que por su complejidad, ameriten ser considerados. En estos
casos calificados, la Dirección presentará la situación ante el Consejo de Profesores el que
resolverá de manera inapelable el caso correspondiente.
Art. 46 Informar situación de repitencia por inasistencia
El plazo de aviso de repitencia por esta causal será informado al finalizar el año escolar del
nivel respectivo.
TÍTULO IV
PARRAFO XV NORMATIVAS GENERALES
Art. 47 Copia en prueba, trabajos y otros
Si un estudiante es sorprendido copiando en una prueba o si plagiara información en un
trabajo, tarea, al ser demostrada la situación mediante argumentos o evidencias, el estudiante
será calificado con la nota mínima 1.0, dejando constancia en su hoja de vida e informando la
situación al apoderado. Queda establecido que durante el horario correspondiente a una
prueba los estudiantes deben mantener su celular guardado en su mochila y por ningún
motivo sobre la mesa.
Art. 48 Conducta durante la aplicación de una prueba
Durante la aplicación de una prueba, los estudiantes permanecerán en silencio y en las filas
que haya determinado el docente, quedando estrictamente prohibido mantener a la vista o
sobre la mesa el celular. De la misma forma, los apuntes, libros o cuadernos de la asignatura
deben permanecer guardados. En bien de la validez del proceso, el docente queda facultado
para efectuar los cambios de puesto que estime convenientes para el desarrollo de la
evaluación. Los estudiantes deberán concentrarse en el trabajo personal, evitando responder
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preguntas o dialogar con sus compañeros/as durante el tiempo destinado a la evaluación
(prueba).
Art. 49 Incumplimiento académico en Proyecto Institucional AULA QUENU
El incumplimiento en la entrega Informe, Presentación audiovisual y trabajos prácticos
determinará que se otorgue un plazo máximo de 24 horas, consignando en el libro de clases la
situación e informando al apoderado mediante la agenda escolar. En este caso, la nota máxima
será 6.0 y 1.0 si no hubiere cumplimiento. No habrá plazos posteriores.
Para las disertaciones, derivadas de trabajos grupales, en caso de inasistencia de uno o más
integrantes, el grupo debe presentar su trabajo y cada estudiante asumirá la parte que se le ha
asignado para la disertación o trabajo. En caso contrario, se aplicará la misma normativa que
para las pruebas.
Art. 50 No presentación a una prueba
El estudiante que estando en el Colegio, no asiste a la aplicación de un procedimiento o
instrumento de evaluación o que estando en la sala se niega a responder o deja la prueba en
blanco, será calificado con la nota mínima 1.0 (uno coma cero). Además la situación será
registrada en el libro de clases y se informará al apoderado.
Art. 51 No presentación grupal a prueba
En caso de que un curso o un grupo de estudiantes se negara a la aplicación de un
procedimiento o instrumento de evaluación, que ha sido debidamente programado, su
conducta será entendida como de responsabilidad personal y –en este contexto- cada uno de
ellos, asumirá la aplicación del anterior. Se hace presente que, como principio, el colegio
postula el diálogo para la resolución de conflictos e inquietudes. Por lo tanto, los estudiantes
deben dialogar con sus docentes y por conducto regular acudir y presentar sus inquietudes a
la coordinación respectiva y luego -en forma oportuna- a los siguientes estamentos.
Art. 52 Responsabilidad docente en la evaluación
El docente, después de aplicada una evaluación, consignará la nota en el libro de clases y no
podrá realizar una nueva prueba sin antes haber entregado el resultado de la anterior a sus
estudiantes. (Excepto si se trata de controles de lectura). Los docentes deben respetar las
fechas acordadas para ingresar los resultados de las evaluaciones de sus estudiantes a la
plataforma NAPSIS, es decir 15 días hábiles.
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Art. 53 Registro y evidencia de situaciones relativas a la evaluación
(recalendarización)
El docente registrará en la hoja de vida de él o la estudiante la inasistencia a prueba y la
recalendarización pertinente. Asimismo, consignará en la hoja de vida cualquier situación
relevante, vinculada a alguna evaluación. Esta norma también es aplicable para la revisión de
cuadernos y la no presentación de trabajos y similares.
Art. 54 Pruebas especiales
El procedimiento para promediar la calificación final del año del estudiante por cada
asignatura comprende considerar: promedio anual de la asignatura ponderado en un 70% y la
calificación de la prueba especial ponderada en un 30%; esto dará la calificación final del año
en esa asignatura.
Art. 55 Ausencia a evaluación por participación en actividades extra
programáticas fuera del establecimiento
Los estudiantes que representen al colegio en algún certamen y si esta actividad coincidiera
con alguna evaluación, autorizados por la coordinación académica, acordarán una nueva fecha
de evaluación con el docente de asignatura. De no presentarse en la fecha estipulada, se
aplicará el reglamento establecido.
Art. 56 Condiciones para conservar el promedio de la asignatura en caso
de obtener una calificación insuficiente que afecte el promedio final de
notas
Todos los estudiantes se presentan a rendir evaluación síntesis. Si un estudiante tiene
promedio aritmético sobre 6,0 y al contestar esta prueba obtiene una calificación inferior a
este promedio de la asignatura, se le conserva el promedio de la asignatura siempre y cuando
este nuevo promedio final sea igual o superior a 5,0 (cinco coma cero).
Art. 57 Cierre de semestre debido a situaciones especiales
En situaciones especiales de salud o situaciones personales y/o familiares complejas de los
estudiantes y éstos no posean todas las calificaciones, es posible el cierre del semestre con el
50% del total de calificaciones.
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Art. 58 Estudiantes que requieran finalizar anticipadamente el año
escolar
En este caso, se estudiará el caso en conjunto con los docentes para determinar la factibilidad
del cierre del año en la fecha requerida de acuerdo a la situación del estudiante. Se hace
presente que el Consejo de Profesores es de carácter consultivo.
Art. 59 Salidas a terreno o salidas culturales
En relación a las salidas a terreno o salidas culturales, dado que son actividades de
aprendizaje programadas en la planificación anual, se considera relevante que asistan todos
los estudiantes con el fin de facilitar su aprendizaje. La nota corresponderá al desarrollo de la
actividad de aprendizaje si está programada una evaluación.
Art. 60 Evaluación diferenciada
La Evaluación Diferenciada se concibe como el diseño y la aplicación de procedimientos e
instrumentos de evaluación adecuados según las necesidades particulares que prestan los
estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (motores, visuales graves, auditivos,
lenguaje y discapacitaciones específicas de aprendizaje) en forma temporal o permanente. En
estos casos, serán elaborados instrumentos y procedimientos con la participación de docentes
y educadora diferencial.
En relación al párrafo anterior, se entiende que para ser promovidos, los estudiantes del
Proyecto de integración deben cumplir con haber rendido las evaluadas programadas para el
año lectivo.
Art. 61 Ausencia de docente titular
En ausencia del docente titular en el horario de clases de la asignatura afectada, con el fin de
potenciar los aprendizajes en general, los estudiantes podrán desarrollar las siguientes
actividades, según sea determinado por la coordinación de departamento, conforme a los
objetivos de aprendizaje del programa de estudios:
• Cumplirán con lo programado, sean pruebas o guías de trabajo para dicha asignatura. • Desarrollarán habilidades para otra asignatura del programa de estudios, guiados por un docente. • Desarrollarán actividades, tareas, trabajos en que puedan reforzar sus aprendizajes.
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TÍTULO V
PÁRRAFO XVI DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES
Art. 62 Justificación a evaluación con certificado médico
Inasistencia avalada por certificado médico, presentado en el plazo de 48 horas. En este caso,
se recalendariza la evaluación y se aplica con escala de 1.0 a 7.0. El o la docente registra en el
libro de clases la situación y acomoda, junto al estudiante, una nueva fecha de aplicación.
Art. 63 Inasistencia a evaluación por segunda vez
Si él o la estudiante no se presentan a la segunda instancia, se procede a evaluar con nota 1.0,
dejando registro de la inasistencia en la hoja de vida del estudiante.
Art. 64 Inasistencia a evaluaciones grupales, individuales y disertaciones
La misma normativa aplica para trabajos grupales, individuales y disertaciones. En caso de
ausencia de un integrante del grupo, el resto de los estudiantes debe presentar normalmente
la parte del trabajo que le corresponde.
Art. 65 De no presentación de informes grupales
En relación a la presentación de un trabajo escrito de modalidad grupal, éste debe ser
entregado en la fecha establecida, aún en ausencia de alguno de los integrantes del grupo.
Art. 66 De los trabajos pedagógicos grupales
En relación a los trabajos de grupo, frente a alguna eventualidad de carácter relevante, que a
un estudiante le impida trabajar con el grupo asignado, el estudiante podrá conversar
anticipadamente con él o la docente para desarrollar y cumplir con los objetivos del trabajo
bajo otra modalidad. (Esto, en caso de ausencias por enfermedad u otra situación
debidamente justificada).
Art. 67 Inasistencia a evaluaciones que no se pueden justificar con
certificado médico
Si un estudiante no se presenta a una evaluación y no posee certificado médico y el apoderado
desea justificar esta inasistencia debe seguir el conducto regular, solicitar ser atendido por el
docente que corresponda o coordinador. Para ello habrá un libro de registro de inasistencia a
evaluaciones en la recepción del establecimiento en que se detallará la razón por la que el
estudiante se ausentó durante la evaluación.
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Art. 68 Cierre anticipado del semestre o año escolar
Si los estudiantes tienen situaciones familiares complejas o especiales de enfermedad que no
le permitan terminar su semestre académico se promediarán sus notas, siempre y cuando
correspondan al 50 % del mínimo según reglamento.
TÍTULO VI ESTUDIANTES EMBARAZADAS Y MADRES ADOLESCENTES
PARRAFO XVII
Los apoderados de las adolescentes en situación de embarazo y maternidad deben notificar,
mediante la certificación profesional correspondiente, sobre el periodo de gestación, sus
condiciones especiales de cuidado, parto, posparto, control de niño sano y/o enfermedades
del lactante a la coordinadora técnico pedagógica del establecimiento en un lapso no superior
a la semana de la instancia manifestada; y de esta forma acogerse a las siguientes opciones:
Art. 69 De la asistencia
El establecimiento otorgará las facilidades académicas necesarias para que las estudiantes en
situación de embarazo o maternidad asistan regularmente a los controles y derecho a
lactancia (fijado por el pediatra y justificados con informe del médico).
Art. 70 De la inasistencia a evaluaciones
En caso de inasistencia justificada con licencia médica debido a problemas de salud en su
embarazo, se diseñará un calendario especial de actividades pedagógicas consensuado entre
la estudiante y el docente/coordinador de asignatura que le faciliten las condiciones para
terminar su año escolar y no pierda la continuidad de sus aprendizajes. En cuanto a las
evaluaciones, éstas se programarán para cuando la estudiante se reintegre al establecimiento,
se le aplicarán evaluaciones, previo haber tenido el tiempo para desarrollar y reforzar los
aprendizajes por lograr. Si la estudiante después de haber tenido todas estas facilidades y sin
justificación no se presenta a rendir sus evaluaciones será evaluada con la calificación mínima.
Art. 71 Plan de evaluaciones
Las pruebas de nivel y estandarizadas deben rendirlas de manera presencial, según sea
consensuado con la docente de las asignaturas, coordinadora de departamento u Orientadora.
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Art. 72 De la información a los padres o apoderados
Todo lo acordado, será notificado y firmado por el apoderado y la estudiante para su
cumplimiento. Además, el colegio adjunta protocolo especial y de protección a las estudiantes
embarazadas o madres adolescentes.
TÍTULO VII
PARRAFO XVII INCORPORACIÓN DE ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO
ESCOLAR
Al Instituto Inglés Antuquenu se podrá ingresar en calidad de estudiante cuando presenten la
documentación correspondiente; registro de notas parciales a la fecha y certificado de
nacimiento. No se podrá matricular a estudiantes que no tengan su situación de calificaciones
según corresponda a cada semestre.
TÍTULO VIII
PARRAFO XVIII DE LA DOCUMENTACIÓN FINAL
Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos
un Certificado Anual de Estudios, que indique los ámbitos y subsectores de aprendizaje que el
estudiante ha cursado, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.
Este Certificado no podrá ser retenido. Una vez aprobado el respectivo plan de estudio de
Educación Media, ambas modalidades, los estudiantes obtendrán la Licencia de Educación
Media.
TÍTULO IX
PARRAFO XX ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN
ESCOLAR
Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso las
calificaciones finales en cada ámbito, subsector o asignatura; la situación final de los
estudiantes, y el número de cédula nacional de identificación de cada uno de ellos. Las actas se
confeccionaran en formato digital para ser ingresado al SIGE, donde será revisado y aceptado
por la SEREMI, para luego ser firmado por el docente correspondiente, para su posterior
archivo en el establecimiento.
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TITULO X
PARRAFO XIX DEL PROYECTO DE INTEGRACION ESCOLAR
En la actualidad y como respuesta a la Ley de inclusión, se plantea un enfoque que permite a
los estudiantes tener mayores oportunidades para aprender y propone el Diseño Universal
para el Aprendizaje (DUA) que es una estrategia de respuesta a la diversidad, cuyo fin es
maximizar las oportunidades de los estudiantes considerando sus distintos estilos de
aprendizaje.
Este enfoque inclusivo privilegia la utilización de procedimientos e instrumentos de
evaluación auténtica que integren los principios del DUA.
Los Principios que Orientan el Diseño Universal del Aprendizaje son:
Art. 72 Proporcionar Múltiples formas de Representación (el qué del aprendizaje)
Este principio ayuda principalmente a que el alumno comprenda y perciba la información y
aprendizaje de forma diferente, tomando en cuenta los distintos estilos de aprendizaje (visual,
auditivo y kinestésico) en los cuales ayudará a que los estudiantes capturen la información en
distintas modalidades, innovando y ayudando a que los estudiantes desarrollen distintas
formas de atención y retención.
Art. 73 Proporcionar Múltiples formas de Acción y Expresión (el cómo del aprendizaje)
Este principio permite que los estudiantes demuestren lo aprendido a partir de diferentes
modalidades, proporcionando opciones para la expresión y la fluidez de la comunicación,
herramientas para la construcción y la composición de material. Facilitando que el alumno
aumente su capacidad y habilidad expresiva.
Art. 74 Proporcionar Múltiples formas de Implicación (el porqué del aprendizaje)
Este principio proporciona opciones para captar el interés del alumno, informando sobre las
expectativas de la clase y ayudando a la autorregulación del aprendizaje aprendido. Fortalece
y resalta la autonomía del trabajo individual y colaborativo, haciendo finalmente que el niño
se sienta completamente partícipe de lo que está aprendiendo.
Según la Ley de inclusión el año 2017 el DUA se implementa desde pre kinder hasta 2° básico,
en el 2018 3° y 4° básico, en el 2019 5° y 6° básico. Un de las acciones para responder a la
diversificación de estilos de aprendizaje será la aplicación de evaluaciones diagnósticas para
determinar estilos de aprender y de acuerdo a estos resultados realizar un diseño que
favorezca el desarrollo de los aprendizajes de los estudiantes.
PARRAFO XXII DEL INGRESO AL PROYECTO DE INTEGRACIÓN ESCOLAR
Ingresan al proyecto de integración escolar (PIE), todos aquellos estudiantes que presenten
necesidades educativas especiales, y que siendo evaluados por un profesional acreditado por
el Ministerio de Educación, requieran de atención individualizada de acuerdo a las
necesidades educativas que presenten basándose en el decreto 170 y 83 de Educación
Especial.
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TITULO XI
PARRAFO XXIII DE LA EDUCACION PARA PERSONAS JOVENES Y
ADULTAS
Art. 75 Finalidad de la educación para personas jóvenes y adultas
La finalidad de la reforma en Educación para las personas jóvenes y Adultas es ofrecer a
quienes se integran a esta modalidad un servicio educativo de calidad y pertinencia, en el
marco de las políticas educacionales que sustenta el Ministerio de Educación.
Art. 76 Marco curricular
Que, este proceso de reforma contempla un nuevo marco curricular, aprobado mediante
decreto supremo de Educación Nº 239, de 2004 que establece los Objetivos Fundamentales y
los Contenidos Mínimos Obligatorios para la Media de Adultos, que requiere de un
Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar concordante con los nuevos lineamientos
curriculares señalados en dicho texto legal.
Art. 77 Promoción escolar
Que, la promoción y certificación de estudios de los estudiantes debe guardar relación
con las exigencias de egreso de acuerdo con los niveles escolares que se certifican y, por tanto,
la evaluación que se aplique debe garantizar que un estudiante posee los conocimientos que
se certifican.
Art. 78 - Decreto 239
El presente Reglamento de Evaluación se basa en las orientaciones técnico pedagógicas del
marco curricular del D. S. N º 239/2004, por los lineamientos oficiales consignados en los
programas de estudio del Ministerio de Educación, los cuales se sustentan en el principio de
que el aprendizaje debe lograrse teniendo como centro la actividad de los alumnos, sus
características y experiencias previas, exigiendo esto el desarrollo de estrategias pedagógicas
diferenciadas y adaptadas al ritmo y estilo de aprendizajes de los estudiantes.
Art. 79 Reglamento de evaluación y promoción
La evaluación y promoción de los estudiantes de la Educación de Adultos del Instituto Inglés
Antuquenu, en su Primer y Segundo Nivel de Educación Media Humanista Científica se
regirán por las disposiciones del Decreto. Supremo Exento número 2.169/07/11/07 de
Evaluación y Promoción escolar para Educación Media de Adulto.
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TITULO XII
PARRAFO XXIV CONSIDERACIONES FINALES
Art. 80 Libre acceso
Existe libre acceso al presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar.
Art. 81 Otras situaciones no presentes en este reglamento
Las situaciones de evaluación, calificación y promoción no previstas en el presente
reglamento, serán resueltas por la Dirección del Establecimiento o por la Secretaría Regional
Ministerial de Educación dentro del ámbito de su competencia.