REGLAMENTO INTERNO Y DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
ESCUELA RURAL BAHIA MANSA
SAN JUAN DE LA COSTA
2020
Contenido
PRESENTACIÓN ...................................................................................................................................... 7
OBJETIVOS DEL REGLAMENTO ......................................................................................................... 7
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ..................................................................................... 8
CAPÍTULO II: CONCEPTOS GENERALES ........................................................................................ 10
2.2 REGLAMENTO INTERNO: ................................................................................................................................... 10
2.3 COMUNIDAD EDUCATIVA: ................................................................................................................................ 11
2.4 CONVIVENCIA ESCOLAR: .................................................................................................................................. 11
2.5 BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: .................................................................................................................... 11
2.6 VIOLENCIA ESCOLAR: ........................................................................................................................................ 12
2.6.1 ACOSO ESCOLAR (BULLYING): ............................................................................................... 12
2.6.2 MALTRATO ESCOLAR: .............................................................................................................. 12
CAPÍTULO III: IDEARIO .................................................................................................................... 13
3.1 VISIÓN..................................................................................................................................................................... 13
3.2 MISIÓN .................................................................................................................................................................... 14
3.3 PRINCIPIOS Y VALORES ...................................................................................................................................... 14
3.4 SELLOS INSTITUCIONALES ................................................................................................................................ 16
3.5 ORGANIGRAMA ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL ................................................................................. 17
3.6 EQUIPO DE GESTIÓN (EGE) ................................................................................................................................ 18
CAPÍTULO IV: FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO ................................................... 19
4.1 NIVELES DE ESCOLARIDAD............................................................................................................................... 19
4.2 HORARIO DE LA JORNADA ................................................................................................................................ 19
4.4 HORARIO DE CLASES PRE-BASICA Y BÁSICA .............................................................................................. 20
4.5. ALIMENTACIÓN JUNAEB ................................................................................................................................... 20
CAPÍTULO V: ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES .......................................................................... 21
ARTÍCULO 9: PROCESO DE ADMISIÓN .................................................................................................................. 21
ARTÍCULO 10: REQUISITOS ..................................................................................................................................... 22
ARTÍCULO 11: POSTULACION SISTEMA DE ADMISIÓN ESCOLAR (SAE) ....................................................... 22
ARTÍCULO 12: MATRÍCULA ..................................................................................................................................... 22
ARTÍCULO 13: ESTUDIANTES NUEVOS ................................................................................................................. 23
ARTÍCULO 14: LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES .................................. 23
ARTÍCULO 15: ESTUDIANTES ANTIGUOS ............................................................................................................. 23
ARTÍCULO 16: NEGACIÓN DE MATRÍCULA .......................................................................................................... 24
ARTÍCULO 17: INTERNADO ...................................................................................................................................... 24
ARTÍCULO 18: GRATUIDAD ..................................................................................................................................... 25
ARTICULO 20: DE LOS ATRASOS ............................................................................................................................ 26
ARTICULO 21: SE CONSIDERA ATRASO ................................................................................................................ 26
PROTOCOLO ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL ESTABLECIMIENTO ....................................................... 28
ARTÍCULO 24: RETIRO Y SALIDA DE ESTUDIANTES .......................................................................................... 29
PROTOCOLO DE RETIRO DE ESTUDIANTES ......................................................................................................... 30
ARTÍCULO 26: INASISTENCIAS ......................................................................................................................................... 30
ARTÍCULO 25: TRANSPORTE ESCOLAR ................................................................................................................. 32
ARTÍCULO 26 : INGRESO AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ........................................................................... 32 ARTÍCULO 27: REGLAS GENERALES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO DEL PROYECTO
DE INTEGRACIÓN ESCOLAR .................................................................................................................................... 34
ARTÍCULO 28: UNIFORME ESCOLAR ..................................................................................................................... 34
ARTÍCULO 29: MEDIDAS PARA AFRONTAR DIFICULTADES EN EL USO DE UNIFORME ............................ 36
ARTÍCULO 30: UNIFORMES EN EDUCACIÓN PARVULARIA ............................................................................. 36
ARTÍCULO 31: DE LOS ÚTILES ESCOLARES ......................................................................................................... 37
ARTÍCULO 32: LISTA DE ÚTILES ESCOLARES ...................................................................................................... 38
32.1 LISTA KÍNDER .............................................................................................................................. 38
32.2 LISTA 1° CICLO ............................................................................................................................. 39
32.3 LISTA 2° CICLO ............................................................................................................................. 39
ARTÍCULO 33: PROCEDIMIENTO SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIOS .................................. 40
CAPÍTULO VII: NORMAS GENERALES ADMINISTRATIVAS ....................................................... 42
ARTÍCULO 35: CONSEJO GENERAL ........................................................................................................................ 43
ARTÍCULO 36: CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO ............................................................................................... 44
ARTÍCULO 38: TALLER DE TRABAJO COLABORATIVO Y ADECUACIONES CURRICULARES ................... 47
ARTÍCULO 44: CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS ..................................................................... 48
ARTÍCULO 47: FUNCIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIANTES ................................................................................ 49
VIII. NORMAS GENERALES TÉCNICOS-PEDAGÓGICAS .............................................................. 53
ARTÍCULO 50: DEFINICIÓN Y FINALIDAD DE LA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA ................................... 53
ARTÍCULO 52: EQUIPO DE GESTIÓN ....................................................................................................................... 57
ARTÍCULO 53: PERFECCIONAMIENTO DOCENTE ............................................................................................... 60
CAPÍTULO XI: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES EDUCATIVOS ............................... 60
ARTÍCULO 54: SUJETOS DEL REGLAMENTO INTERNO ...................................................................................... 61
ARTÍCULO 55: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ........................................................................ 61
ARTÍCULO 56: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS .................................................... 66
ARTÍCULO 57 : DEBERES Y DERECHOS DEL EQUIPO DIRECTIVO ................................................................... 72
ARTÍCULO 58: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES ............................................................... 73
ARTÍCULO 59: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES U.T.P ..................................................... 76
ARTÍCULO 60: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR GENERAL ............. 82
ARTÍCULO 61: DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO ............................................... 85
ARTÍCULO 62: PERFIL ENCARGADO/A DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................................... 88
ARTÍCULO 63: PERFIL COORDINADOR PIE ........................................................................................................... 90
ARTÍCULO 64: PERFIL PSICÓLOGA DEL PROYECTO INTEGRACIÓN ESCOLAR ........................................... 92
ARTÍCULO 65: PERFIL DEL CARGO FONOAUDIÓLOGO ..................................................................................... 93
ARTÍCULO 66: PERFIL DUPLA PSICOSOCIAL: TRABAJADORA SOCIAL Y PSICÓLOGA .............................. 94
ARTÍCULO 67: ENCARGADO DE CENTRO DE RECURSOS (CRA) ...................................................................... 96 ARTÍCULO 68 : DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES, EDUCADORAS DE PÁRVULO, EDUCADORAS
DIFERENCIALES, PSICOPEDAGOGOS .................................................................................................................... 99
ARTÍCULO 69: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROFESOR/A .... 105 ARTÍCULO 70: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EDUCADOR DE
PÁRVULOS .......................................................................................................................................... 108
ARTÍCULO 71 : EDUCADORAS DIFERENCIALES O PSICOPEDAGOGOS ................................ 111
ARTÍCULO 72 : DEBERES DERECHOS PERSONAL ADMINISTRATIVO Y ASISTENTES DE LA
EDUCACIÓN ........................................................................................................................................ 112 ARTÍCULO 73: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES SECRETARIA DE DIRECCIÓN
114 ARTÍCULO 74: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES SECRETARIA INSPECTORÍA
GENERAL ............................................................................................................................................. 117 ARTÍCULO 75: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA AYUDANTE DE AULA
119
ARTÍCULO 77: PRINCIPALES FUNCIONES DE LA ASISTENTE DE PÁRVULO ...................... 122
ARTÍCULO 78: PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR ...... 125
ARTÍCULO 79: PRINCIPALES FUNCIONES DEL INSPECTOR DEL INTERNADO .................... 126
ARTÍCULO 80: PRINCIPALES FUNCIONES DEL EDUCADOR TRADICIONAL ...................... 128
ARTÍCULO 81: PRINCIPALES FUNCIONES DEL ENCARGADO DE INFORMÁTICA .............. 129
ARTÍCULO 82 : DERECHOS Y DEBERES DE AUXILIARES DE SERVICIOS ........................... 132
ARTÍCULO 83: PROHIBICIONES ............................................................................................................................. 136
CAPÍTULO XII: DEL INGRESO DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO............. 139
ARTÍCULO 84: REQUISITOS .................................................................................................................................... 139
ARTÍCULO 85 : DEL INICIO Y TÉRMINO DE LA JORNADA ............................................................................... 140
ARTÍCULO 88: DE LA JORNADA DE TRABAJO .................................................................................................... 141
ARTÍCULO 89: DE LOS PERMISOS ADMINISTRATIVOS .................................................................................... 141
ARTÍCULO 92 : DE LOS COMETIDOS DE SERVICIO............................................................................................ 143
ARTÍCULO 93: DE LAS LICENCIAS MÉDICAS ..................................................................................................... 143
ARTÍCULO 98: DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ..................................................................................... 144
CAPÍTULO XVI: NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD PERSONAL ........................................ 147
CAPÍTULO XVII: SOBRE PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES ................................ 149
DE LA OBLIGACION DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES ............................................................. 149
ARTÍCULO 106: DE LOS RIESGOS INHERENTES A LA ACTIVIDAD EN EL ESTABLECIMIENTO ............... 150
CAPÍTULO XVIII: DEL INTERNADO ESCUELA BAHIA MANSA ................................................ 155
ARTÍCULO 107: REGLAS GENERALES DEL INTERNADO ................................................................................. 155
DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTERNOS E INTERNAS ................................................................................ 159
ARTÍCULO 108: DE LOS DERECHOS............................................................................................... 159
ARTICULO 109: DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS INTERNOS ............................................... 160
ARTÍCULO 110: DE LAS SANCIONES Y ESTIMULOS DE INTERNOS E INTERNAS........................................ 161
CAPÍTULO XXXX: DE LAS CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTAS ................................. 162
ARTÍCULO 113: DE LAS FALTAS LEVES ........................................................................................... 162
ARTÍCULO 114: MEDIDAS PEDAGÓGICO-FORMATIVAS Y SU SUPERACIÓN ............................ 163
ARTÍCULO 115: SANCIONES COMPROMISO CONDUCTUAL .................................................... 165
ARTÍCULO 116: MEDIDAS REPARATORIAS ................................................................................. 166
ARTÍCULO 117: FALTA GRAVE ....................................................................................................... 167
ARTÍCULO 118: MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO ................................................................... 169
ARTÍCULO 119: SANCIONES AMONESTACIÓN ESCRITA .......................................................... 169
ARTÍCULO 123: FALTAS GRAVÍSIMAS: MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO ....................... 176
ARTÍCULO 124: MEDIDAS DISCIPLINARIAS O SANCIONES PARA FALTAS GRAVÍSIMAS 176
ARTÍCULO 129: MEDIDAS REPARATORIAS ................................................................................. 181
CAPÍTULO XXIII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO ENTRE ESCOLARES
(BULLYING) ......................................................................................................................................... 194
CAPÍTULO XXIV: PROTOCOLO ANTE EL MALTRATO DE UN ADULTO A UN ESTUDIANTE DEL
ESTABLECIMIENTO ........................................................................................................................... 201
CAPÍTULO XXV: PROTOCOLO ANTE AGRESIÓN DE UN ESTUDIANTE A UN ADULTO DEL
ESTABLECIMIENTO ........................................................................................................................... 204
CAPÍTULO XXVI: PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO, ACOSO, HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA O
AGRESION DE APODERADOS Y/O ESTUDIANTES A MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR. 205
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN CASO DE CIBERBULLYING .................................................................................................... 213
CAPÍTULO XXVIII: PROTOCOLO GROOMING Y/ O SEXTING .................................................. 213
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN GROOMING O SEXTING ....................................................................................................... 215
CAPÍTULO XXIX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A AGRESIONES SEXUALES Y HECHOS DE
CONNOTACIÓN SEXUAL QUE ATENTEN CONTRA LA INTEGRIDAD DE LOS ESTUDIANTES216
FLUJOGRAMA PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL ....................................................................................... 220
CAPÍTULO XXX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE
VULNERACIÓN DE DERECHOS ....................................................................................................... 221
FICHA DE ACTIVACION DE PROTOCOLO FRENTE A LA DETECCION DE SITUACIONES DE
VULNERACION DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................... 225
CAPÍTULO XXXI: PROTOCOLO DE ACTUACION PARA ABORDAR EL CONSUMO Y/O PORTE DE
DROGAS Y ALCOHOL EN LA ESCUELA ......................................................................................... 226
FLUJOGRAMA ACTUACIÓN PARA ABORDAR EL CONSUMO Y/O PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL EN LA
ESCUELA .................................................................................................................................................................... 229
CAPÍTULO XXXII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO ........... 230
CAPÍTULO XXXIII: PROTOCOLO DE ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES
ADOLESCENTES ................................................................................................................................. 232
FLUJOGRAMA PARA LA RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS Y MADRES ADOLESCENTES .... 237
CONSENTIMIENTO INFORMADO DE ACOMPAÑAMIENTO AL ADOLESCENTE ......................................... 238
CAPÍTULO XXXIV: PROTOCOLO DE CONDUCTAS AUTOLESIVAS ......................................... 239
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN DE CONDUCTAS AUTOLESIVAS ........................................................................................... 241
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A INGESTA DE MEDICAMENTOS EN HORAS DE CLASES
................................................................................................................................................................ 242
CAPÍTULO XXXV: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES. 243
PRESTACIONES MÉDICAS QUE INCLUYE EL SEGURO SON LAS SIGUIENTES: ........................................... 244
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES .......................................................... 245
CAPÍTULO XXXVI: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR ............................................ 246
UBICACIÓN GEOGRÁFICA ..................................................................................................................................... 246
ENTORNO ................................................................................................................................................................... 247
INFRAESTRUCTURA Y OTROS ANTECEDENTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA .......................................... 248
EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS ................................................................. 248
RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN .................................................... 251
RESPONSABLES INTERNOS Y EXTERNOS DEL PLAN DE SEGURIDAD ......................................................... 253
PERSONAL PARTICIPANTE EN EL PLAN DE SEGURIDAD ............................................................................... 254
FUNCIONES OPERATIVAS DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN ........................................................................ 255
PROCEDIMIENTOS ANTE EMERGENCIAS ........................................................................................................... 259
CAPÍTULO XXXVII: DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ......................................... 265
CAPÍTULO XXXVIII: PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR .......................... 301
ANEXOS ................................................................................................................................................... 320
PRESENTACIÓN
El presente reglamento Interno de normas técnico-pedagógicas,
técnico- administrativas, de prevención de riesgos, de convivencia escolar,
de higiene y seguridad, contiene normas que regulan la estructura, el
funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos de la escuela y
los derechos y deberes de sus integrantes en relación con sus labores y
permanencia en el establecimiento con el propósito de mejorar con equidad
y participación la calidad del proceso educativo.
OBJETIVOS DEL REGLAMENTO
a) Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos
estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la
consecución de los objetivos propuestos por el establecimiento en su
Proyecto Educativo, en el marco de la Jornada Escolar y de la Buena
Enseñanza.
b) Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes
de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.
c) Contribuir a crear las condiciones técnico-pedagógicas,
administrativas y de convivencia escolar que propicien un clima
organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el
fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.
d) Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional
y la comunidad organizada en función del logro de los propósitos
educativos.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1: El presente Reglamento Interno constituye un “marco
orientador” para las acciones que el Establecimiento realice, a favor del
objetivo principal de aprender a vivir juntos, por tal motivo, este
documento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de
acciones que los actores educativos emprenden y emprenderán en la
formación de valores de convivencia: respeto por la diversidad;
participación activa en la comunidad; colaboración; autonomía y
solidaridad, etc.
ARTÍCULO 2: Tiene un carácter estratégico, pues por una parte ofrece un
marco de referencia que otorga sentido y coherencia a dichas acciones y,
por otra, busca promover y estimular las acciones específicas que vayan
teniendo lugar en los distintos sectores; promover la buena convivencia
escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u
hostigamientos.
ARTÍCULO 3: Los integrantes de la comunidad educativa: Estudiantes,
Padres, Apoderados, Equipo Directivo, Asistentes de la Educación y
Docentes, deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y
realizar sus actividades bajo las normas del respeto mutuo y la tolerancia.
Todos los miembros de la comunidad educativa, deben respetar y cumplir
con la normativa interna del Establecimiento.
ARTÍCULO 4: Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a
desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria
para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea
afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y
exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su
vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones
de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad
educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
Se debe entender que la disciplina no es un fin en sí, sino que un medio al
servicio de la acción educativa que busca formar en el estudiante valores
como el respeto por su persona y por los demás, la tolerancia, la
solidaridad, la honestidad, la verdad, etc.
ARTÍCULO 5: Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán
informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u
hostigamiento que afecte a un miembro de la comunidad de las cuales tome
conocimiento, todo ello conforme a las normas de este reglamento.
CAPÍTULO II: CONCEPTOS GENERALES
Para todos los efectos de este Reglamento Interno se entenderá por:
2.1 ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL: Espacio público de
privilegio para el desarrollo pleno de los futuros ciudadanos del país, por
medio de la convivencia cotidiana de los principios y valores democráticos,
generando espacios participativos de bienestar común con y entre los
miembros de la comunidad local.
2.2 REGLAMENTO INTERNO: Conjunto sistemático de normas que
tiene por finalidad señalar los derechos y deberes de los estudiantes,
establecer las estructuras necesarias para su eficaz participación y disponer
reglas que posibiliten mejorar la convivencia diaria de los estudiantes entre
sí, con sus profesores y los demás miembros de la comunidad escolar,
orientado a obtener el máximo desarrollo individual, social intelectual y
espiritual.
2.3 COMUNIDAD EDUCATIVA: Agrupación de personas que inspiradas
en un propósito común integran una institución educativa, propendiendo a
asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual,
artístico y físico.
El cual se encuentra integrado por el propósito compartido de la comunidad
ya sea por los estudiantes, padres, madres y apoderados, docentes,
asistentes de la educación, y sostenedor.
2.4 CONVIVENCIA ESCOLAR: Integración entre los diferentes
miembros de un Establecimiento Educacional, que tiene incidencia
significativa en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de los
estudiantes.
2.5 BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: Coexistencia armónica de los
miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva
entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos
en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.
2.6 VIOLENCIA ESCOLAR:
2.6.1 ACOSO ESCOLAR (BULLYING): Cualquier acción u omisión
constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro
del establecimiento por estudiantes que, en forma individual o colectiva,
atenten en contra de otro estudiante , valiéndose para ello de una situación
de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en
este último maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un
mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro
medio, tomando en cuenta su edad y condición.
2.6.2 MALTRATO ESCOLAR: Sin perjuicio de lo definido en Conceptos
Generales del presente Reglamento Interno, se consideran actos de maltrato
escolar entre otras las siguientes:
a) Proferir insultos, agresiones verbales o no verbales, hacer gestos
groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier
miembro de la comunidad educativa.
b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un
estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;
c) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su
condición social, situación económica, religión, pensamiento político
o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación
sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;
d) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a
cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats,
blogs, facebook, WhatsApp, mensajes de texto, correos electrónicos,
foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs,
teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;
e) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier
conducta de maltrato escolar;
f) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean
constitutivos de delito.
g) Injuriar, denostar agredir a otros miembros de la comunidad educativa
a través de las redes sociales utilizando frases ofensivas, insultantes,
etc. Que transgredan el concepto de buena convivencia.
ARTÍCULO 6: Las situaciones no contempladas en cualquiera de los
Capítulos y títulos del presente Reglamento interno, quedarán a criterio de
la autoridad máxima del establecimiento.
CAPÍTULO III: IDEARIO
3.1 VISIÓN
Ser una escuela Intercultural, en contexto mapuche-williche, que desarrolle
en sus estudiantes, una identidad personal, social y cultural, con una
comunidad educativa comprometida, que promueva el trabajo colaborativo
para atender a la diversidad.
3.2 MISIÓN
Somos una escuela que entrega una educación pertinente, contextualizada,
reconociendo y respetando la cultura del territorio, contando con un Equipo
multidisciplinario para dar respuesta a todas las necesidades de los
estudiantes.
3.3 PRINCIPIOS Y VALORES
Los valores cobran un rol fundamental en la educación ya que nos permiten
llegar a convertirnos en personas autónomas, libres y con fuerte
compromiso social; queremos una educación en la cual prevalezcan los
siguientes valores: el respeto por la identidad cultural, por la naturaleza y
el entorno, respeto por la diversidad y la vida en sociedad.
a) Educación para la valoración y el respeto por la identidad
cultural:
Creemos en una Educación que valore, respete y no se avergüence de su
origen mapuche-huilliche. Que nuestros alumnos conozcan la historia de su
pueblo. Rescatando y haciendo propio el conocimiento antiguo de sus
familias: valorando la tradición oral, la lengua materna, la música, deportes,
juegos, costumbres, religión y ceremonias. Todo lo anterior, para que
nuestros alumnos conozcan el pasado, se sientan orgullosos de su presente
y así, poder construir un futuro mejor.
b) Educación para el respeto por la naturaleza y el entorno:
Creemos en una Educación que respete la naturaleza, en donde los alumnos
comprendan el significado de la Cosmovisión mapuche, en que la tierra y el
ser humano son uno sólo y que se debe cuidar para no alterar el equilibrio.
c) Educación por el respeto a la diversidad:
Creemos en una Educación de respeto la diversidad, donde nuestros
alumnos seas capaces de aceptar, tolerar, respetar diversas opiniones,
formas de vida, aceptando las diferencias individuales, tales como: religión,
cultura, origen, sexo, gustos, etc. Promoviendo que todos somos hermanos
de la tierra y que debemos vivir en comunión.
d) Educación para la solidaridad:
Creemos en una Educación que promueva la solidaridad, el trabajo en
equipo y la colaboración. Que nuestros alumnos aprendan a valorarse a sí
mismo y a tender la mano a quien lo necesita. Que aprendan a trabajar en
equipo y que a partir de ello, puedan generar nuevas ideas o espacios de
crecimiento tanto en lo personal como en lo social.
3.4 SELLOS INSTITUCIONALES
Sello 1: Aprender a ser respetuoso y valorar la cultura mapuche-williche,
considerando la cosmovisión y el cuidado de la madre tierra.
Sello 2: Aprender hacer uso de los talentos y habilidades en pro del
crecimiento personal y de la comunidad educativa.
Sello 3: Aprender a conocer la importancia de la participación ciudadana y
la democracia.
Sello 4: Aprender a convivir respetando la diversidad personal, social y
cultural.
3.5 ORGANIGRAMA ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
DIRECTOR
UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA
COORD. SEP COORD. PIE
EDUCADORES DIFERENCIALES
PSICÓLOGA FONOAUDIÓLOGO
EIB CRA RADIO LABORATORIO
CIENCIAS LABORATORIO COMPUTACIÓN
PROFESORES
ASISTENTES DE AULA
INSPECTORÍA GENERAL
CONVIVENCIA ESCOLAR /DUPLA
PSICOSOCIAL
INSPECTORES AUXILIAR DE ASEO INTERNADO SECRETARÍA
DIRECCIÓN/UTP
18
3.6 EQUIPO DE GESTIÓN (EGE)
EQUIPO DIRECTIVO DIRECTOR : JUAN LUIS CANO MOLINA
UTP : YANELA FERNÁNDEZ S.
INSP. GRAL : CÉSAR AMPUERO A.
COORDINADORA PIE
COORDINADOR 1°
CICLO
COORDINADOR 2°
CICLO
COORDINADORA EIB
CAMILA CÉSPEDES DITTRICH
KARLA ASENJO ALVARADO
MARCELO MONSALVE
ELISABETH GARCÍA RIVAS
ENCARGADO DE
CONVIVENCIA
ESCOLAR
MARCELO MONSALVE SAEZ
SUBROGANTE: LUCÍA CATALAN
ENCARGADA DE
SALUD
SUBROGANTE
ARACELLI ÁLVAREZ
PATRICIA MANCILLA
ENCARGADO DE
SEGURIDAD
PATRICIO PÉREZ
DUPLA PSICOSOCIAL ARACELLI ÁLVAREZ (Trabajadora Social)
LUCÍA CATALÁN (Psicóloga)
COMITÉ DE BUENA
CONVIVENCIA
ESCOLAR
MARCELO MONSALVE LUCÍA CATALÁN,
ARACELLI ÁLVAREZ, CAMILA CÉSPEDES,
JIMENA MANCILLA, NADIA ANDRADE,
JUAN LUIS CANO MOLINA, YANELA
FERNÁNDEZ Y CÉSAR AMPUERO.
19
CAPÍTULO IV: FUNCIONAMIENTO DEL
ESTABLECIMIENTO
4.1 NIVELES DE ESCOLARIDAD
pre-básica: Kínder
Básica: 1° a 8° Básico
01 curso modalidad especial del Proyecto de Integración opción 4
4.2 HORARIO DE LA JORNADA
Funcionamiento de la Unidad Educativa
Lunes a jueves : 08:30 a 18:00 hrs.
Viernes : 08:30 a 14:30 hrs.
20
4.4 HORARIO DE CLASES PRE-BASICA Y BÁSICA
4.5. ALIMENTACIÓN JUNAEB
ARTÍCULO 7: Los estudiantes almuerzan en el Establecimiento,
según raciones entregadas por JUNAEB, a los estudiantes beneficiados;
y en el internado, los que pertenecen a él; y se disponen de espacios
para ello. Asimismo, se solicitará al apoderado certificación médica
para aquellos alumnos que presenten intolerancia de alimentos que
BLOQUE PROFESORES KÍNDER
LUNES A VIERNES
1°
Desayuno y organización de las clases
08:30 a 08:45 hrs.
Desayuno:
08:45 a 09:00 hrs.
1° 08:45-09:30
2° 09:30-10:15
RECREO 10:15-10:25
2°
3° 10:25-11:10
4° 11:10-11:55
ALMUERZO 11:55-12:35 (alumnos, profesores y
ayudantes de aula, Técnico computación)
3°
5° 12:35-13:20 Almuerzo
12:35 a 13:15 hrs.
6° 13:20-14:05
RECREO 14:05-14:15
LUNES A JUEVES
4°
7° 14:15-15:00
8° 15:00-15:45
21
entrega la Junaeb. En este sentido, será deber de los apoderados
informar a los profesores jefes de la condición de sus hijos y enviarles
la alimentación necesaria para ello.
ARTÍCULO 8: Los alumnos Celíacos recibirán un servicio de
alimentación diferenciado. El apoderado interesado en que el estudiante
bajo su responsabilidad lo reciba, deberá postular ante Junaeb, a través
del establecimiento educacional al que asiste. El estudiante debe
acreditar mediante informe médico (formato en formulario de
postulación) haber sido diagnosticado con enfermedad celíaca. Junaeb
informará formalmente al establecimiento el resultado de la postulación
y coordinará si corresponde con la empresa prestadora el inicio de la
entrega del beneficio.
CAPÍTULO V: ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 9: PROCESO DE ADMISIÓN
El proceso de admisión de los estudiantes, se realizará conforme a los
principios de transparencia, educación inclusiva, accesibilidad
universal, equidad y no discriminación arbitraria. Dicho proceso
comprende una etapa de postulación, admisión y matrícula.
Según el Artículo 12 de la ley de inclusión, este establecimiento no
considerará el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante.
Asimismo, en este proceso no será requisito la presentación de
antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante, tales como
nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres,
22
madres o apoderados. El proceso de admisión de los estudiantes
garantizará la transparencia, equidad e igualdad de oportunidades.
ARTÍCULO 10: REQUISITOS
a) Educación Parvularia:
Según la Ley General de Educación, la Educación Parvularia no
exige requisitos mínimos para su ingreso al nivel, sin embargo, el
ingreso de los niños y niñas a KÍNDER (segundo nivel de transición)
es de 5 años cumplidos al 31 de marzo. (Decreto N°1.126 de
2017,MINEDUC).
b) Educación Básica:
La edad de ingreso para 1° Básico es de 6 años cumplidos al 31 de
marzo.
ARTÍCULO 11: POSTULACION SISTEMA DE ADMISIÓN
ESCOLAR (SAE)
Los apoderados de los estudiantes que postulen al proceso de admisión
deberán realizar esta, vía online en la plataforma del MINEDUC en las
fechas establecidas por este organismo.
ARTÍCULO 12: MATRÍCULA
Los estudiantes nuevos que soliciten matrícula, deben reunir los
requisitos del art. 10 y 13, para poder ser matriculados y además,
estarán sujetos a los cupos disponibles del establecimiento, según
normativa SAE.
23
ARTÍCULO 13: ESTUDIANTES NUEVOS
a) Los estudiantes deben matricularse en las fechas y horarios
informados por el Establecimiento.
b) Presentar Certificado de Estudio que acredite última promoción
de curso.
c) Certificado de Nacimiento.
d) Completar ficha de matrícula con todos los antecedentes
solicitados. Información que es muy relevante para que
posteriormente, cada profesor jefe pueda completar los
antecedentes familiares de los estudiantes en los libros de clases y
en el libro de registro.
ARTÍCULO 14: LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES
Deben presentar su documentación PIE con el fin de planificar los
apoyos pertinentes. Esta exigencia no es impedimento para efectos de
matrícula.
ARTÍCULO 15: ESTUDIANTES ANTIGUOS
a) Los estudiantes deben confirmar su matrícula en las fechas y
horarios informados por el Establecimiento.
b) Completar ficha de matrícula con todos los antecedentes
solicitados. Información que es muy relevante para que
posteriormente, cada profesor jefe pueda completar los
antecedentes familiares de los estudiantes en los libros de clases y
en el libro de registro.
24
c) Si algún estudiante termina su año escolar con Matrícula
Condicional o con problemas graves de conducta deberá el
apoderado junto con su pupilo, firmar un documento de
compromiso de cambio de conducta y consentimiento de
aplicación de un acompañamiento y apoyo, a fin a la situación del
estudiante, al inicio del año lectivo.
ARTÍCULO 16: NEGACIÓN DE MATRÍCULA
El establecimiento puede no proceder con la matrícula de un estudiante
en el siguiente caso:
1. Si el estudiante viene de otro colegio y no presenta la documentación
solicitada, que es certificado de estudios del último año aprobado y el
certificado de nacimiento.
ARTÍCULO 17: INTERNADO
Para que los alumnos puedan postular al internado del establecimiento,
deben completar ficha de “internado”, entregando todos los
antecedentes relevantes para acceder a este beneficio.
Para los estudiantes de kínder a 2° básico que postulen al internado,
adicionalmente, deberán presentar informe, emitido por la Trabajadora
Social del establecimiento, que acredite la necesidad del internado.
En el caso que los alumnos provoquen daños, peleas, acciones
inmorales, retirarse sin aviso, desobediencia o rebeldía reiteradas en el
Internado del Establecimiento, la Dirección puede solicitar el retiro del
alumno del Internado, pero no de la Escuela.
25
*La documentación escolar de algún estudiante cuando egresa o es
retirado del establecimiento, será entregada solo al apoderado o tutor.
El establecimiento no puede retener o negar la documentación.
ARTÍCULO 18: GRATUIDAD
Los estudiantes quedan exentos de todo pago al momento de la
matrícula y durante el año lectivo.
Al momento de ser matriculado el estudiante, su apoderado recibirá el
Reglamento Interno y de Convivencia Escolar que contienen las
Normas, Derechos y Deberes del Establecimiento, quedando
comprometidos a seguir y respetar, el que quedará registrado en la ficha
de matrícula.
ARTÍCULO 19: POSTULACIÓN A BECAS
El establecimiento pondrá a disposición de la comunidad educativa la
atención de una Trabajadora Social, para orientar y realizar la
postulación a las diferentes becas y beneficios que otorgan las
instituciones; articulando el trabajo con el Depto. Social de la Ilustre
Municipalidad de San Juan de la Costa. Será deber del apoderado
acercarse al establecimiento para postular a su pupilo/a, cumpliendo
con los requisitos y plazos que determinen las instituciones.
26
ARTICULO 20: DE LOS ATRASOS
a) Los estudiantes que lleguen atrasados luego del toque de
campana, se registrará su atraso en Inspectoría General y se les
dará un pase de ingreso inmediato a sala.
b) No obstante esto, todo atraso se considera una falta, por lo cual se
aplicarán medidas disciplinarias establecidas según los protocolos
de atrasos.
c) Aquellos alumnos que lleguen después de la hora de ingreso
debido a control médico en CESFAM, deberán presentarse con su
apoderado o tutor, más el certificado de atención otorgado por la
Institución de salud.
d) Está estrictamente prohibido devolver a un estudiante o negarle el
ingreso al establecimiento. Sin embargo, cada situación especial
se atenderá en su mérito y resuelta por el Inspector General.
ARTICULO 21: SE CONSIDERA ATRASO
a) Se considera atraso desde las 08:40, se registra su atraso y se le
entrega un pase para ingresar inmediatamente a las salas de
clases.
b) Al tercer atraso del alumno, se le citará al apoderado por medio de
comunicación escrita, que deberá presentarse en el
27
establecimiento, para que justifique el motivo de los atrasos
reiterados.
c) Los apoderados de los estudiantes que viajan de otras comunas o
sectores de difícil acceso, deberán justificar y documentar estos
hechos ante Inspectoría General, de acuerdo a los méritos de las
circunstancia, extenderá una autorización especial de ingreso en
caso de atraso.
d) En el caso de los alumnos que lleguen atrasados a la sala, el
profesor de la asignatura comunicará al Inspector General del
hecho y si la conducta es reiterada, se citará al apoderado,
conforme al protocolo de atrasos.
28
PROTOCOLO ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL
ESTABLECIMIENTO
ARTÍCULO 22: INGRESO DE LOS ESTUDIANTES
ATRASADOS
El profesor permitirá el ingreso de estudiantes atrasados, siempre y
cuando cuenten con un pase de Inspectoría o el Inspector General
acompañe al alumno a la sala personalmente.
Los estudiantes que lleguen atrasados a clases después de un recreo o
colación, están sujetos a las medidas disciplinarias establecidas en el
“Protocolo de pases por atrasos después de un recreo o colación” que
esta adjunto al presente reglamento.
Todas las excepciones y casos especiales serán resueltas por el
Inspector General.
29
ARTÍCULO 23: Ningún estudiante puede hacer abandono de la sala
de clases durante un cambio de hora y mucho menos durante el
desarrollo de ésta, a no ser que esté autorizado.
ARTÍCULO 24: RETIRO Y SALIDA DE ESTUDIANTES
a) El retiro de clases de un estudiante se debe realizar en Inspectoría
General y solamente por el apoderado titular o suplente.
b) Inspectoría General verifica con carnét de identidad de la persona
que viene a retirar al estudiante sea el apoderado titular o suplente
de acuerdo a los registros.
c) Antes de realizar el retiro del estudiante verificar que éste no esté
siendo evaluado en ese momento, de lo contrario se le solicitará al
apoderado que espere al término de ese proceso.
d) Informar al profesor de la clase el retiro del estudiante, indicando
en forma verbal el nombre del estudiante. El profesor dejará
registrado en el libro de clases el retiro del alumno.
e) El retiro del estudiante quedara registrado en el libro
“REGISTRO SALIDA DE ESTUDIANTES” y firmado por el
apoderado titular o suplente.
30
f) Situaciones excepcionales: se atenderá en su mérito considerando
el contexto y la ruralidad de nuestros estudiantes. Situación que
será resuelta por el Inspector General.
PROTOCOLO DE RETIRO DE ESTUDIANTES
ARTÍCULO 26: INASISTENCIAS
31
a) Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente
por el apoderado o mediante comunicación escrita, debidamente
firmada por el apoderado o tutor.
b) En caso de que la ausencia del estudiante se deba a enfermedad u
otro motivo, el apoderado deberá presentar al retorno del
estudiante el certificado médico y/o documento que justifique su
inasistencia, según protocolos.
c) En caso de una ausencia por razones de fuerza mayor, el
apoderado deberá informar anticipadamente la situación por
escrito y/o en forma personal, en Inspectoría General, según
protocolo. Esta situación deberá ser informada al Profesor Jefe. Al
reintegro del estudiante se deberá justificar con documentación
pertinente.
d) Una ausencia de 5 o más días injustificados, según la situación en
particular, se podrá enviar a visita domiciliaria a la dupla
Psicosocial en representación del Establecimiento, para tomar
conocimientos de las razones de su ausencia. Posterior a ello y de
no tener resultado positivo, la situación será informada a
Carabineros u OPD, de acuerdo a los procedimientos estipulados
por la Ley. 20.370.
32
e) Los estudiantes deben asistir a evaluaciones, reforzamientos y
recuperaciones de clases programados por el Establecimiento,
como asimismo a actos cívicos y otros eventos planificados por la
Dirección del Establecimiento. Si no cumple lo establecido, su
apoderado deberá concurrir al Establecimiento para justificarlo.
No obstante lo anterior, es deber del apoderado asegurar la
asistencia diaria de su pupilo a clases.
ARTÍCULO 25: TRANSPORTE ESCOLAR
Los estudiantes deberán mantener el orden, disciplina y respeto cuando
se trasladen ida y vuelta en los buses de acercamiento. Toda situación
de indisciplina el chofer del trasporte deberá comunicar a Inspector
General. Luego el Inspector General será el responsable de recabar la
información y aplicar las sanciones correspondientes en caso que
existiesen y, según la gravedad de los hechos.
Los apoderados podrán solicitar en Inspectoría General el libro de
reclamos, sugerencias y felicitaciones del transporte escolar.
ARTÍCULO 26 : INGRESO AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN
El Proyecto de Integración Escolar es una estrategia inclusiva del
sistema escolar, que tiene el propósito de contribuir al mejoramiento
continuo de la calidad de la educación que se imparte en nuestro
establecimiento educacional, favoreciendo la presencia en aula común
y de recursos, la participación y el logro de los objetivos de aprendizaje
de todos nuestros estudiantes, especialmente de aquellos que presentan
33
Necesidades Educativas Especiales de carácter permanente o
transitoria.
Etapas para la postulación de estudiantes al Programa de Integración
Escolar
a) Identificar el déficit o trastorno y las NEE asociadas de los
estudiantes que podrían necesitar apoyos en un PIE, a través de un
proceso de evaluación diagnóstica integral e interdisciplinaria
ejercida en los meses de Marzo y Abril de cada año, de acuerdo a
lo exigido por el DS N° 170/2009, abriendo un expediente del
estudiante con la documentación correspondiente, que lo
acredite.
b) Postular a los estudiantes diagnosticados con NEE que cumplan
los requisitos para formar parte del PIE, a través de los medios
que el Ministerio de Educación disponga para tal efecto, dentro de
los plazos establecidos.
c) Realizar anualmente una revaluación psicopedagógica aplicada
por educador/a diferencial o psicopedagogo/a y psicológica si así
se requiere, de cada estudiante perteneciente a PIE, para evaluar
su proceso educativo, enfatizando en sus logros y dificultades,
con tal de establecer su permanencia o alta del Programa de
integración escolar.
d) Contar con el personal de apoyo suficiente y con la cantidad de
horas requeridas en la normativa para responder a las NEE del
estudiante que postula y en aula de recursos por curso y en su
efecto contar con un diagnóstico del estudiante veraz y realizado
34
por los profesionales idóneos, inscritos en el Registro Nacional de
Profesionales Evaluadores de Educación Especial, de acuerdo a la
normativa vigente;(DS N° 170/09).
ARTÍCULO 27: REGLAS GENERALES PARA EL
CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO DEL PROYECTO DE
INTEGRACIÓN ESCOLAR
El plan de trabajo estará sustentado en tres ejes fundamentales de
intervención: profesionales, apoderados y estudiantes, para los cuales se
diseñaron acciones que dan forma al Programa de Integración.
a) Profesionales: Asegurar el cumplimiento del Plan de trabajo del
Programa de Integración actual, con todos los requerimientos que
esto conlleva en documentación y labores pedagógicas.
b) Apoderados: Compromiso sistemático en el proceso educativo de
sus hijos e hijas, asistiendo a las citaciones realizadas por el
equipo multidisciplinario cuando se estime conveniente. Además,
colaborar con el apoyo en el hogar de los contenidos curriculares
que se dificulten.
c) Estudiantes: Comprometerse con su educación, cumpliendo con
las actividades pedagógicas solicitadas, manteniendo disposición
e interés por aprender y respetando a los diferentes profesionales
que darán apoyo a sus NEE.
ARTÍCULO 28: UNIFORME ESCOLAR
La Escuela Rural Bahía Mansa, establece el uso obligatorio del
uniforme, previo acuerdo con el Consejo de Profesores y el Centro de
35
Padres y Apoderados, consultando además, al Centro de Alumnos y
Comité de Seguridad Escolar, procurando que éste sea económico y no
ostentoso, de manera que no sea un impedimento para los estudiantes y
puedan asistir a clases.
a) El uniforme que se utilizará durante el año escolar, será
debidamente informado a los apoderados al momento de
matricular. En el mes de marzo de cada año si existen cambios en
el uso del uniforme escolar, también se informará a los
apoderados. Estos cambios entrarán en vigencia 120 días después
de dicha comunicación.
b) Los apoderados y estudiantes, tienen la responsabilidad de
conocer el Proyecto Educativo Institucional e informarse sobre si
existe obligatoriedad o no sobre el uso de uniforme, sus
características y excepciones. Evitando dificultades por
desconocimiento sobre la presentación personal de los
estudiantes.
c) En relación al uniforme del establecimiento es importante
mencionar que este se conforma de: poleron azul, pantalón plomo
o falda ploma, polar y chaqueta azul y, como vestimenta
deportiva polerón y pantalon de buzo azul. Estará permitido el
uso diario del buzo institucional.
36
ARTÍCULO 29: MEDIDAS PARA AFRONTAR DIFICULTADES
EN EL USO DE UNIFORME
a) Se motivará en reuniones de curso el diálogo entre apoderados y
estudiantes sobre el uso del uniforme acordado.
b) En espacios de participación formales, tales como Consejo
Escolar y Reuniones Generales de Padres y apoderados se
reflexionará sobre el propósito e importancia de la presentación
personal y el uso de uniforme.
c) Se implementarán estrategias como el “ropero escolar”, con
donaciones de uniformes en buen estado, el que será canalizado a
través de la dupla psicosocial.
d) El Director podrá eximir el uso del uniforme, a estudiantes que
presenten necesidades justificadas.
e) En ningún caso se prohibirá el ingreso o permanencia de un
estudiante al establecimiento por no cumplir con el uniforme
escolar.
f) Los padres, madres y/o apoderados tienen derecho a adquirir el
uniforme en cualquier tienda o fábrica.
ARTÍCULO 30: UNIFORMES EN EDUCACIÓN PARVULARIA
Respecto al uso de uniforme de los párvulos, el uso de éste, serán los
mismos que se aplican en los los artículos 28 y 29 de este reglamento,
las normas y sugerencias antes mencionadas y reguladas en el decreto
N° 215.
37
ARTÍCULO 31: DE LOS ÚTILES ESCOLARES
Los útiles escolares son apoyos que facilitan la experiencia de
enseñanza-aprendizaje, enriquecen las actividades educativas, mejoran
la motivación de los estudiantes y contribuyen a la adquisición de
distintas habilidades.
a) Para evitar dificultades los estudiantes y las familias
considerando sus posibilidades, deben preparar con anticipación
los útiles y materiales de apoyo para cada asignatura.
b) No se podrá aplicar medidas disciplinarias que limiten el ingreso
a clases o la participación en actividades escolares por motivos
asociados a no contar con estos recursos.
Se promoverán estrategias para enfrentar la falta de útiles escolares,
tales como:
c) Promover el cuidado de los útiles y el adecuado uso de materiales.
d) Desarrollar acciones para fomentar acuerdos y responsabilidades
(charlas para estudiantes y apoderados).
e) Mantener en un espacio accesible los materiales reciclados en
buenas condiciones.
f) Realizar actividades con los estudiantes y Centro de Padres que
permitan recaudar fondos para mantener un stock de materiales
para aquellos alumnos que lo necesiten.
g) Contar con un stock de materiales para los estudiantes más
vulnerables con fondos SEP.
38
ARTÍCULO 32: LISTA DE ÚTILES ESCOLARES
La Escuela Rural Bahía Mansa, definirá la lista de útiles escolares,
utilizando los siguientes criterios:
a) Se solicitará materiales que sean accesibles y económicos para
todas las familias.
b) No solicitará materiales que puedan revestir algún peligro para los
estudiantes, como los adhesivos peligrosos (silicona líquida,
neoprén, entre otros).
32.1 LISTA KÍNDER
6 cuadernos college 7mm
1 estuche que contenga: lápices de colores, goma, sacapuntas, lápices
grafito, un pegamento en barra, una regla pequeña (que pueda
guardarse en el estuche)
1 pegamento colafría
2 carpetas con acoclip (de las más sencillas)
2 cajas de plasticina
1 set de goma eva
1 sobre de cartulina
1 sobre de papel lustre
1 block chico
1 témpera y pinceles
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32.2 LISTA 1° CICLO
9 cuadernos college 7mm (en el caso de 1ero. básico 5mm)
1 estuche que contenga: lápices de colores, goma, sacapuntas, lápices
grafito, un pegamento en barra, una regla pequeña (que pueda
guardarse en el estuche)
1 pegamento colafría
2 carpetas con acoclip (de las más sencillas)
1 caja de plasticina
1 set de goma eva
1 sobre de cartulina
1 sobre de papel lustre
1 block mediano
1 témpera y pinceles
32.3 LISTA 2° CICLO
6 Cuadernos universitarios
3 Cuadernos college
1 Estuche que contenga: lápices de colores, goma, sacapuntas, lápices
grafito, lápices pasta, un pegamento en barra, una regla pequeña (que
pueda guardarse en el estuche)
1 pegamento colafría
2 carpetas con acoclip (de las más sencillas)
1 set de goma eva
1 sobre de cartulina
1 sobre de papel lustre
1 block mediano
1 témpera y pinceles
NOTA: TODOS LOS MATERIALES DEBEN VENIR MARCADOS
CON EL NOMBRE DEL ALUMNO. EN LOS CUADERNOS SE
40
SUGIERE QUE EL NOMBRE VENGA EN LA TAPA CON LETRA
GRANDE Y QUE NO SE BORRE.
SE RECUERDA ADEMÁS, QUE EL UNIFORME ESCOLAR DEBE
VENIR CON NOMBRE, SOBRE TODOS PARKAS, POLERONES Y
EQUIPO DEPORTIVO UTILIZADO EN EDUCACIÓN FÍSICA.
ESTO PARA EVITAR PÉRDIDAS O CONFUSIONES.
ARTÍCULO 33: PROCEDIMIENTO SALIDAS PEDAGÓGICAS Y
GIRAS DE ESTUDIOS
Las salidas de los estudiantes pueden ser dentro de la comuna o fuera
de ella. El procedimiento es el siguiente:
a) El Equipo Directivo recibe la invitación, convocatoria o Proyecto
Pedagógico (en caso que sea el profesor que planifique una salida
pedagógica, según formato del establecimiento, donde se
considera: Datos el establecimiento, del director, de la actividad,
fecha y hora, lugar, niveles o cursos participantes, datos del
profesor rsponsable, autorizaciones de los padres o apoderados
firmada, listado de estudiantes que asistirán, listado de docentes
que asistirán, listado de apoderados que asistirán, planificación
técnico pedagógica, objetivos transversales de la actividad, diseño
de la actividad con los objetivos de aprendizaje) a participar en
un evento o actividad.
b) U.T.P analiza la pertinencia y recursos disponibles y procede al
siguiente paso.
c) Dirección designará al profesor/a a cargo de la actividad o el
profesor gestor de la salida estarán a cargo de la delegación.
41
d) El encargado de la Delegación estará a cargo de solicitar las
autorizaciones en Secretaría de Dirección y tramitar las
autorizaciones de salida con los Apoderados (las que deben
presentarse a Secretaría de Dirección 15 días antes de la salida).
e) El docente a cargo solicitará cometido funcionario en Secretaría
Dirección.
f) La NO presentación de las autorizaciones de los estudiantes,
Inspectoría General negará la salida del estudiante.
g) UTP adoptará las medidas que sean necesarias para asegurar la
continuidad del servicio educativo de o los estudiantes, que no
asistan a la actividad.
h) El establecimiento, velará porque asista 1 adulto responsable por
cada 10 estudiantes, de manera que permita resguardar de manera
efectiva la seguridad de los estudiantes.
i) Inspectoría General Entregará una credencial con la debida
indentificación del estudiante que incluya: Nombre de los adultos
responsables y números telefónicos, nombre y dirección del
establecimiento. Como asimismo, los padres y apoderados que
acompañen a la delegación deberán portar su credencial con su
nombre y apellido.
j) Dirección envía oficio a DAEM informando la actividad y/o
oficio solicitando recursos para realizar la actividad.
k) DAEM será el encargado de comunicar al Departamento
Provincial de Educación la actividad.
42
l) En Inspectoría se registra en libro de salida de estudiantes,
verificando que los alumnos salientes sean los mismos de la
nómina y cuenten con su correspondiente autorización.
m) Se procede a charla de seguridad que estará a cargo del Profesor
(es) de la delegación.
n) Al regreso se verifica en Inspectoría si retornaron todos los
estudiantes.
o) El profesor (a) o funcionario (a) a cargo debe informar por escrito
cualquier hecho anómalo que haya ocurrido durante el proceso a
Dirección del establecimiento.
CAPÍTULO VII: NORMAS GENERALES ADMINISTRATIVAS
ARTÍCULO 34: EL CONSEJO DE PROFESORES
El Consejo es el organismo integrado por el personal docente Directivo,
Técnico Pedagógico, Docentes de aula y Equipo PIE donde se
expresará la información profesional de sus integrantes.
Es de carácter consultivo, en materia de disciplina y de carácter
resolutivo en materias técnico-pedagógicas en conformidad al Proyecto
Educativo del Establecimiento y el presente reglamento.
FUNCIONES:
a) Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso
educativo acentuando su acción en la formación de valores
personales y sociales.
43
b) Planificar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional
del establecimiento.
c) Planificar Acciones para el Plan de Mejoramiento Educativo, que
permitan facilitar la adaptación de los alumnos a la vida escolar.
d) Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos
de evaluación interna y sugerir acciones pedagógicas correctivas
o de refuerzo.
e) Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad
escolar.
f) Adecuar para su correcta aplicación, las disposiciones legales que
afecten la vida del establecimiento.
g) Garantizar la integración y participación democrática de todos los
componentes de la comunidad escolar.
h) Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar
problemas de desadaptación al medio escolar o considerados en el
Reglamento de Convivencia Escolar.
ARTÍCULO 35: CONSEJO GENERAL
Se realizará cada vez que el Director lo requiera. Participan todos los
funcionarios del establecimiento de manera obligatoria.
FUNCIONES DEL CONSEJO GENERAL:
a) Facilitar el cumplimiento del proyecto educativo de la escuela.
b) Coordinar la elaboración del Proyecto Educativo Institucional
tendiente a mejorar la calidad y equidad de la educación en el
establecimiento.
44
c) Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del
establecimiento.
d) Estudiar las disposiciones técnicas y/o administrativas emanadas
de los niveles superiores para su mejor interpretación y
aplicación.
e) Estudiar las iniciativas creadoras y de su factibilidad, en beneficio
de la comunidad escolar.
f) Estudio y análisis de problemas de tipo general que afectan al
establecimiento y proponer soluciones a los niveles o instancias
que correspondan.
g) Análisis de evaluaciones generales y parciales de interés general.
h) Proposición, gestión y programación de actividades de
perfeccionamiento docente, equipo multidisciplinario y asistentes
de la educación.
i) Todos los participantes en los Consejos deberán mantener reserva
respecto a las materias que en ellos se traten.
j) Coordinar actividades propias del área de Convivencia Escolar
ARTÍCULO 36: CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO
Se realizará todos los días lunes. Participan todos los docentes aula,
Equipo Pie y Dupla Psicosocial.
FUNCIONES DEL CONSEJO TÉCNICO
a) Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional y
asumir la responsabilidad de su ejecución.
45
b) Analizar problemas individuales o generales de adaptación y/o
rendimiento y proponer soluciones pedagógicas, considerando
previamente, seguimiento formativo hecho por el establecimiento
para solucionar dichos problemas.
c) Proponer e impulsar medidas que promuevan el
perfeccionamiento personal y profesional de los docentes.
d) Estudiar la factibilidad de iniciativas que contribuyan al beneficio
de la comunidad escolar.
e) Planificar Acciones para el Plan de Mejoramiento Educativo, que
permitan facilitar la adaptación de los alumnos a la vida escolar.
f) Organizar y coordinar la acción entre profesores jefes.
g) Planificar y desarrollar en conjunto actividades que inicien y
fortalezcan la Orientación Vocacional en el alumno que egresará
de 8º año.
h) Analizar las características generales del curso y de los casos
individuales que el profesor jefe presente o que el consejo
requiera para adoptar las medidas que corresponda.
i) Evaluar el proceso educativo del curso y administrar medidas para
su mejoramiento.
j) Participar en la acción y evaluación formativa de los alumnos y
colaborar con el profesor jefe entregando los antecedentes para la
evaluación del Informe Educacional.
k) Planificar, coordinar y evaluar el tratamiento de los contenidos
programáticos, coordinando los objetivos de acuerdo a la
relevancia y proyección.
46
l) Unificar criterios respecto a la aplicación de métodos, técnicas y
uso de material didáctico para facilitar el aprendizaje de los
alumnos.
m) Estudiar la secuencia de los contenidos de las asignaturas, su
coherencia y correlación con otras disciplinas.
n) Generar innovaciones metodológicas tendientes a desarrollar las
potencialidades creativas de los alumnos.
o) Incentivar y facilitar el perfeccionamiento profesional de sus
integrantes.
p) Reflexionar sobre la problemática educativa.
q) Estudiar el resultado del rendimiento.
r) Analizar problemas individuales de rendimiento y proponer
soluciones pedagógicas considerando el seguimiento formativo
hecho por el establecimiento para solucionar dichos problemas.
s) Analizar temas propios de evaluación y orientación.
t) Planificar y desarrollar en conjunto actividades que fortalezcan la
evaluación diagnóstica, formativa y sumativa.
u) Crear acciones pedagógicas y/o instrumentos evaluativos.
ARTÍCULO 37: Los Consejos de Profesores son Organismos
Técnicos en los que se expresa la opinión profesional de sus integrantes
y que en algunos casos podrán tener carácter resolutivo en materias
Técnico-Pedagógicas en conformidad al Proyecto Educativo
Institucional del Establecimiento y a su Reglamento Interno.
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Todos los participantes en los Consejos deberán mantener reserva
respecto a las materias que en ellos se traten.
Todos los consejos ya sean generales, técnicos, extraordinarios, son de
carácter obligatorio para todos los funcionarios.
ARTÍCULO 38: TALLER DE TRABAJO COLABORATIVO Y
ADECUACIONES CURRICULARES
Se desarrollarán todos los martes y miércoles. Liderado por el Equipo
Técnico Pedagógico.
Deberán asistir a ellos, en forma obligatoria, todos los docentes y
Educadores diferenciales. Para ello, firmarán de Registro (PIE). Salvo
excepciones debidamente autorizadas por Dirección.
ARTÍCULO 39: Si algún funcionario se niega a asistir a estos
consejos Generales, técnicos, extraordinarios o Talleres de trabajo
colaborativo, quedará registrada en el acta su inasistencia y se enviará
amonestación por escrito.
ARTÍCULO 40: El Director podrá citar, en forma extraordinaria, a
cualquier tipo de Consejo, cuando lo estime necesario.
ARTÍCULO 41: En cada Consejo se levantará un acta, posterior al
acta deben firmar su asistencia todos los presentes; desarrollándose
cada Consejo en un clima de respeto mutuo.
48
ARTÍCULO 42: Todas las situaciones personales o resoluciones de
conflictos internos que alteren el normal funcionamiento del
establecimiento y dañen la convivencia escolar, se deben tratar con la
debida discreción en oficina de Dirección.
ARTÍCULO 43: Podrán asistir a los Consejos, otras personas, cuando
sea necesaria su presencia o sea requerida y/o autorizada
debidamente por la Dirección del establecimiento.
ARTÍCULO 44: CENTRO GENERAL DE PADRES Y
APODERADOS
Centro General de Padres y Apoderados, su Personalidad Jurídica
65.143.190-5 del 29 /08 /2005, lo habilita como un organismo de
Servicio Comunitario Legal y de apoyo a la labor formadora del
Establecimiento.
ARTÍCULO 45: CONSTITUCIÓN DEL CENTRO GENERAL DE
PADRES Y APODERADOS
Los integrantes del C.C.A.A. serán elegidos por votación directa en
asamblea general.
ARTÍCULO 46: LA MISIÓN Y RESPONSABILIDAD DEL
CENTRO DE PADRES Y APODERADOS
a) El Centro General de Padres y/o Apoderados tiene la misión de
apoyar la labor educativa del Establecimiento.
b) El Centro General de Padres y/o Apoderados tiene la misión de
trabajar y velar por el bienestar y beneficio de los estudiantes.
49
(Entregar estímulos, participación actividades socioculturales,
otras)
c) Todo Padre y/o Apoderado, al matricular un estudiante en el
Establecimiento, pertenece al Centro General de Padres y
Apoderados.
d) Todo Padre y/o Apoderado puede y debe proponer, patrocinar,
estimular iniciativas que vayan en beneficio de los educandos.
e) Todo padre y/o Apoderado debe contribuir al buen
comportamiento de su pupilo, entregando normas de respeto y de
sana convivencia con sus padres.
f) Todo padre y/o Apoderado debe conocer el Reglamento Interno
de la escuela.
g) Todo padre y/o apoderado debe tener presente que la
obligatoriedad de la educación es de 12 años.
h) Los Representantes del Centro General de Padres y apoderados
deberán respetar el conducto regular del Establecimiento.
ARTÍCULO 47: FUNCIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIANTES
Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:
a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los
alumnos manifiesten democráticamente y organizadamente sus
intereses, para inquietudes y aspiraciones.
50
b) Presentar ante la Dirección de la Escuela u otro Estamento
debidamente constituido, los problemas, necesidades y
aspiraciones de sus miembros.
c) Lograr formar con la ayuda de la familia, alumnos según las
enseñanzas, los valores y sellos promovidos por el
establecimiento.
d) Velar para que el estudio, el rendimiento escolar y el
cumplimiento eficaz de las tareas sea el principal objetivo de cada
uno de sus miembros.
e) Fomentar respeto, confianza y lealtad en las relaciones con los
profesores, administrativos, personal de servicio y con su grupo
de pares; con el fin de propiciar un clima de sana convivencia
escolar.
f) Promover el ejercicio de los derechos humanos universales a
través de sus organizaciones, programas de trabajo y relaciones
interpersonales.
g) Organizar actividades conmemorativas tales como: Aniversario
de la Escuela, Día del Profesor, Día de la Madre, Día del Padre ,
Wetripantu y las que sean promovidas por la Dirección de la
Escuela u otros organismos al que el centro pueda adherir con la
aprobación de la Dirección.
51
ARTÍCULO 48: CONSEJO ESCOLAR
El art. 15 de la Ley General de Educación (Ley 20.370) señala, el
Consejo Escolar corresponde a “una instancia que tiene como objetivo
estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el
proyecto educativo y en las demás áreas que estén dentro de las esferas
de sus competencias”.
El Consejo Escolar está compuesto por representantes de los
estudiantes, centro de padres, madres y apoderados, asistentes de la
educación, docentes, directivos y sostenedores, así como también otros
organismos, instituciones y actores relevantes de la comunidad y
territorio donde se encuentre el establecimiento educacional.
El Consejo Escolar del establecimiento educacional Bahía Mansa,
tendrá carácter de consultivo y propositivo, en todos los temas en los
cuales tenga participación y se toma como acuerdo:
a) Sesionar Trimestralmente, con el objetivo de realizar un trabajo
sistemático y para responder a las necesidades educativas.
b) Aportar en forma activa en la organización de las actividades a
realizar en las fechas importantes que el establecimiento planifica;
Día del Alumno, Día del Profesor, Presentaciones Artísticas,
Licenciaturas y Finalización de año.
c) Apoyar en la organización de actividades deportivas, tales como:
olimpiadas, corridas, entre otras.
52
d) El consejo será informado, a lo menos de las siguientes materias,
en las oportunidades y con los requisitos que a continuación se
señalan:
1. Los logros de aprendizaje de los alumnos.
2. El Director del establecimiento deberá informar, a lo menos,
semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar
y/o mediciones de la calidad de educación, obtenidos por el
establecimiento.
3. Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de
Educación, respecto del cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del
D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Esta
información será comunicada por el Director en la primera sesión
de Consejo Escolar, luego de realizada la visita.
4. Otras materias a informar serán aquellas que la dirección del
establecimiento educacional estime que sean de interés para la
comunidad educativa.
El consejo Escolar será consultado, a lo menos en relación a los
siguientes temas:
1. Proyecto Educativo Institucional.
2. La Programación anual y las actividades extracurriculares.
3. Las metas del establecimiento y el Proyecto de Mejoramiento
Educativo.
53
4. El informe anual de la Gestión Educativa del establecimiento que
realiza el Director anualmente.
ARTICULO 49: CONDUCTO REGULAR
El presente derecho se pone en ejercicio, por medio de los siguientes
estamentos:
a) Los estudiantes, ejercerán este derecho por medio de su Consejo
de Curso y Centro General de Estudiantes, los cuales propondrán
al Consejo Escolar sus sugerencias.
b) Los padres y apoderados, ejercerán este derecho por medio de los
subcentros y Centro General de Padres y Apoderados, los cuales
propondrán al Consejo Escolar sus sugerencias.
c) Los profesores y asistentes de la educación ejercerán este
derecho, a través del Consejo Escolar, Consejo de Profesores,
Reunión General, Reunión por estamentos o a través de su
jefatura directa.
VIII. NORMAS GENERALES TÉCNICOS-PEDAGÓGICAS
ARTÍCULO 50: DEFINICIÓN Y FINALIDAD DE LA UNIDAD
TÉCNICA PEDAGÓGICA
La Unidad Técnico-Pedagógica es el organismo encargado de
coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnico-
pedagógicas que se dan en el establecimiento tales como: orientación
54
educacional, planificación curricular, supervisión y acompañamiento
pedagógico, evaluación de aprendizaje.
Tiene como finalidad el logro de los objetivos educacionales, optimizar
el desarrollo de los procesos técnico-pedagógicos y constituirse en el
principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de
mejoramiento al interior de la unidad educativa.
ARTÍCULO 50: OBJETIVOS DE LA UNIDAD TÉCNICO-
PEDAGÓGICA
a) Optimizar el funcionamiento técnico-pedagógico del
establecimiento, planificando, coordinando, asesorando y
evaluando el desarrollo de las actividades curriculares.
b) Apoyar técnicamente, en forma adecuada y oportuna, a la
Dirección y a los docentes del establecimiento, cuando sea
necesario o éstos lo soliciten, especialmente en materias asociadas
a la calidad educativa, tales como orientación, currículum,
metodología pedagógica y evaluación.
ARTÍCULO 51: PRINCIPALES FUNCIONES
a) Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando
acciones que integren, canalicen y concentren los esfuerzos
académicos.
b) Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de
trabajo y de otras actividades para enfrentar los problemas
pedagógicos en función de una mayor calidad educativa.
55
c) Diseñar, en conjunto con los otros estamentos del
establecimiento, programas y/o acciones de mejoramiento de la
calidad de los aprendizajes, considerando las necesidades más
urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de
que se dispone para desarrollarlos.
d) Elaborar en conjunto con el Equipo directivo la Planificación
Escolar: distribución de cursos, carga horaria, docentes, asistentes
de la educación, Equipo multidisciplinario y alumnos.
e) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las
innovaciones curriculares que se requieran, de acuerdo con las
necesidades que el desarrollo de la educación demande.
f) Propiciar y coordinar, cuando sea necesario, la realización de las
actividades de educación extra escolar.
g) Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y
apropiado para hacer más efectiva la acción educadora del
establecimiento.
h) Acompañamiento en el aula, evaluando al docente y luego
realizando la retroalimentación necesaria para analizar las
prácticas educativas.
i) Organizar en conjunto con los profesores criterios a considerar en
las salidas pedagógicas.
j) Verificar la correcta confección de documentos oficiales: libro de
clases, certificados de estudios, actas de evaluación,
concentraciones de notas, informes, etc.
56
k) Confeccionar y proponer a la Dirección, calendarios de
actividades pedagógicas mensual, semestral y de fin de año.
l) Propiciar el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos
y alumnas, procurando optimizar la obtención de logros,
diseñando y promoviendo métodos, técnicas y estrategias de
enseñanza que favorezcan el aprendizaje efectivo de los
estudiantes.
m) Armonizar el trabajo de los docentes, en función del logro de los
objetivos educacionales propuestos por el establecimiento.
n) Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente del aula, a
través de acciones de asesoría directa y apoyo efectivo, oportuno
y pertinente.
o) Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo,
especialmente entre los docentes de aula.
p) Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o
actualización permanente de los docentes.
q) Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional
de los docentes de aula, favoreciendo su creatividad personal y
académica.
r) Procurar la participación activa, responsable y comprometida de
los docentes, en las distintas instancias técnico-pedagógicas del
establecimiento.
s) Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación
educacional.
57
t) Asesorar las actividades de planificación curricular de los
docentes y el desarrollo de los contenidos programáticos.
u) Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes con el
proyecto educativo del establecimiento.
v) Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de
enseñanzas que favorezcan el aprendizaje efectivo de los
educandos.
w) Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación
y orientación del proceso de enseñanza-aprendizaje.
x) Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar, a través de
acciones que hagan más efectivos el quehacer docente en la
consecución de los objetivos programáticos y de programas
especiales de reforzamiento de los aprendizajes estudiantiles.
y) Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la
problemática educativa de acuerdo con la propia realidad del
establecimiento.
ARTÍCULO 52: EQUIPO DE GESTIÓN
El equipo de gestión es el que se encarga de la gestión y el buen
desenvolvimiento de las labores educativas. Es un equipo que coordina
y organiza los procesos de acompañamiento y seguimiento del centro
en las áreas pedagógicas y administrativas
58
a) Objetivos General del Equipo de Gestión Escolar
1. Mejorar los resultados de Aprendizaje de todos los Alumnos
2. Mejorar el desarrollo Institucional en cada una de sus áreas
b) El Equipo EGE estará compuesto por:
Director
Inspector General
Jefa Técnica
Encargada de Convivencia Escolar
Encargado de Seguridad
Encargado de Salud
Coordinador 1° ciclo
Coordinador 2° ciclo
Coordinadora PIE
Coordinadora EIB
c) Principales funciones del Equipo de Gestión:
Elaborar Plan de Trabajo del Equipo de Gestión Escolar
Revisión y actualización PEI.
Análisis de la Fase Estratégicas Plan de Mejoramiento Educativo:
1. Evaluación Plan de Mejoramiento año anterior.
2. Elaborar los Objetivos y Metas Institucionales para el año, a partir
del análisis y diagnóstico del Plan de Mejoramento Educativo.
59
3. Analizar resultados SIMCE y niveles de logro, estableciendo
estrategias de mejoramiento
4. Analizar resultados de aprendizaje
5. Seguimiento y evaluación del Programa de Integración Escolar
6. Elaboración y seguimiento del Plan de Convivencia Escolar
7. Seguimiento y evaluación a los Programas y Proyectos de la
Escuela
8. Análisis y levantamiento de objetivos para planificación anual del
Plan de Mejoramiento Educativo, según áreas: Gestión
Pedagógica, Liderazgo Escolar, Convivencia Escolar, Recursos y
Evaluación.
9. Seguimiento y Evaluación a los Talleres JEC y Extraescolar
10. Analizar y actualizar Reglamento Interno
11. Seguimiento y evaluación a cada una de las acciones
contempladas en el Plan Anual
12. Análisis de resultados de evaluación por nivel al término de
semestre
13. Programar Jornadas de Planificación – Experiencias
metodológicas
14. Programar Jornadas de elaboración de material didáctico y
de instrumentos de Planificación
15. Programar Jornadas de Capacitación y Perfeccionamiento
Profesional.
16. Análisis PADEM, nudos críticos, FODA y carga horaria.
60
ARTÍCULO 53: PERFECCIONAMIENTO DOCENTE
a) El Equipo Directivo desarrollará campañas de motivación que
estimulen e incentiven a los miembros de la Unidad Educativa por
perfeccionarse y/o capacitarse, participando en cursos
presenciales o a distancia ofrecidos por el CPEIP.
b) Se coordinará y establecerá acuerdos para facilitar a los docentes
cuando sean convocados por el nivel superior para participar con
becas de perfeccionamiento, como seminarios, charlas, congresos,
etc.
c) Se procurará desarrollar talleres de perfeccionamiento a nivel
interno y comunal con temas de interés para todo el personal, a
través del Plan del Plan de Perfeccionamiento docente.
CAPÍTULO XI: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES
EDUCATIVOS
De acuerdo a la ley de inclusión 20.845 en su artículo 1 letra c dice
“"Asimismo, el sistema educativo deberá promover el principio de la
responsabilidad de los estudiantes, especialmente en relación con el
ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes escolares,
cívicos, ciudadanos y sociales. Este principio se hará extensivo a los
61
padres y apoderados, en relación con la educación de sus hijos o
pupilos."
Este Reglamento Interno norma los derechos de los estudiantes y otros
integrantes de la comunidad escolar, así como también norma los
deberes, aspectos fundamentales para asegurar y promover una sana
convivencia escolar.
ARTÍCULO 54: SUJETOS DEL REGLAMENTO INTERNO
Se encontrarán afectos al presente reglamento, todos los integrantes de
la comunidad educativa.
ARTÍCULO 55: DEBERES Y DERECHOS DE LOS
ESTUDIANTES
ESTUDIANTES
DERECHOS DEBERES
a. El respeto a su dignidad
personal, que implica la protección
a su integridad Biopsicosocial
(Biológica, psíquica y social).
b. Recibir un trato digno y
respetuoso por parte de todos los
miembros de la Comunidad
Educativa.
a. Respetar la integridad moral,
física y emocional de todos y cada
uno de los miembros que
conforman la institución tanto
dentro como fuera del
Establecimiento.
b. Respetar a las autoridades,
profesores, asistentes de la
62
c. Participar en igualdad de
condiciones, frente a sus
compañeros de la comunidad
educativa.
d. Desarrollar libremente sus
dones, talentos y aptitudes para el
logro del crecimiento integral de la
persona de acceder a todos los
servicios educativos ofrecidos por
esta unidad educativa.
e. Ser escuchado y recibir
respuesta, individualmente o en
grupo, en cada una de las
instancias de interacción con
profesores; otros miembros del
personal de la Unidad Educativa;
Autoridades de Educación
Comunal, etc.
f. Derecho de Matrícula y de la
continuidad de sus estudios para
las estudiantes embarazadas.
g. Manifestar respetuosamente
sus intereses, inquietudes,
problemas, necesidades y
aspiraciones a través de las
educación, grupos de pares, tanto
dentro como fuera del
Establecimiento.
c. Mantener un trato cortés y un
lenguaje respetuoso en su
comunicación con los miembros
de la comunidad educativa.
d. Mantener una actitud de
respeto en ocasiones ceremonias,
actos cívicos, clases y en todo
momento de interacción social.
e. Demostrar honestidad en
relación con la propiedad ajena y
en sus deberes y evaluaciones
escolares.
f. Representar dignamente la
imagen Corporativa de esta
Unidad Educativa, tanto dentro,
como fuera de ella.
g. Asumir las consecuencias y
aceptar las decisiones que el
establecimiento determine frente a
una falta en la que haya incurrido,
ya sea de tipo académico,
disciplinario o de conducta en
63
instancias regulares de expresión
dentro del organigrama
institucional del establecimiento.
h. Ser reconocido/a, valorado y
estimulado por las conductas
positivas logradas en su
desempeño escolar.
i. Fomentar y disfrutar de un
ambiente sano, limpio, cómodo y
seguro para realizar sus trabajos
escolares, donde prevalezca el
respeto mutuo entre todos los
miembros de la comunidad
escolar.
j. Participar en programas de
sana recreación tanto con sus
compañeros como con los
miembros de la comunidad
escolar.
k. Participar en el proceso
educativo y de cualquier actividad
institucional en condiciones de
seguridad e higiene.
l. Ser considerado como un ser
perfectible y con voluntad de
actividades internas y/o externas
del Establecimiento.
h. Conservar su calidad de
estudiante en cualquier lugar que
se encuentre, manteniendo un
comportamiento adecuado,
apropiado, decoroso y correcto,
mientras esté representando a la
unidad educativa, tanto dentro o
fuera del establecimiento.
i. Conocer, respetar y acatar las
normas vigentes de este
Reglamento Interno.
j. Cumplir con sus obligaciones
escolares, asistir a clases y respetar
los horarios de ingreso y salida del
establecimiento.
k. Cumplir con los
compromisos adquiridos ya sea en
forma verbal o firmada por escrito.
l. Asistir correctamente
uniformado de acuerdo a la
normativa vigente.
m. Utilizar responsable y
respetuosamente las redes sociales
64
cambio y recibir apoyo en sus
esfuerzos evidentes para rectificar
sus errores.
m. Participar del proceso de
enseñanza – aprendizaje, aun
teniendo problemas de aprendizaje
o discapacidades, en conformidad
al decreto 170.
n. Derecho al debido proceso
de evaluación de sus faltas, como
asimismo el derecho de Apelación
o el de expresar ante la Dirección
del establecimiento, en compañía
de su apoderado, su opinión y/o
descargo personal, en la forma
señalada por este reglamento, ante
situaciones de conducta personal
indebida que le afecte y cuyo caso
se encuentre en estudio
disciplinario.
o. El derecho a la libre
expresión, en un marco de respeto
y consideración de acuerdo a
nuestra normativa institucional.
p. Participar voluntariamente,
y otros medios.
65
en las actividades extraescolares
desarrolladas en el
Establecimiento, fuera de su
horario normal de clases.
q. Utilizar todos los recursos de
infraestructura de que dispone el
establecimiento, tales como
biblioteca, sala de informática,
laboratorios, salones de música,
artes, etc., para contribuir a su
formación, respetando los
protocolos de uso.
r. Elegir mediante el voto a los
directivos de su curso y del centro
de estudiantes.
66
ARTÍCULO 56: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y
APODERADOS
En virtud de haber elegido a este Establecimiento Educacional, para la
educación de su pupilo/a, los padres y apoderados se hacen miembros
de la comunidad escolar, adquiriendo los siguientes derechos y deberes,
que le otorga el presente Reglamento Interno:
PADRES Y APODERADOS
DERECHOS DEBERES
a. Recibir un trato adecuado,
respetuoso y cordial de parte de
todo el personal de la institución.
b. Que su pupilo/a reciba una
educación y formación sustentada
en los valores insertos en nuestro
Proyecto Educativo Institucional.
c. Conocer el Reglamento
Interno del establecimiento.
d. Nombrar un apoderado
suplente, con todos los derechos y
deberes del titular según
normativa vigente.
e. Informarse del proceso de
formación de sus hijos en el
establecimiento, de manera
a. Conocer, compartir los
propósitos y la orientación básica
de nuestro Proyecto Educativo
Institucional.
b. Conocer, respetar y acatar la
normativa del presente
Reglamento Interno.
c. Respetar el conducto regular;
profesor de asignatura o profesor
de jefe. Miembros del Equipo de
Directivo: Inspector General, Jefa
Técnica o Director.
d. Responsabilizarse e
involucrase en el proceso
educativo de sus pupilos/as. Su
acción educativa es clave para el
67
continua o cuando la situación lo
amerite, respecto a Rendimiento
Académico, Asistencia,
Disciplina, etc., sin perjucio de
quien tenga el cuidado personal
del estudiante.
f. Ser atendido por el Profesor
de Asignatura, Profesor Jefe,
Miembros del Equipo de Gestión
o Inspector General y finalmente
Director, cuando lo haya
agendado, mediante solicitud
previa o en horario de atención de
Apoderados.
g. Asistir a las reuniones del
Centro General de Padres y
Apoderados.
h. Elegir y ser elegido como
miembro directivo en los
Subcentros de Padres y
apoderados.
i. Presentar sus inquietudes y/o
reclamos ante las instancias
pertinentes. En tal situación, debe
hacerse con el debido respeto,
tipo de educación que nos hemos
propuesto.
e. Matricular personalmente a
su pupilo en las fechas establecidas
por la Dirección del
Establecimiento. En caso contrario
a través de un poder simple de un
adulto responsable, que cuente con
toda la información requerida, para
dicho efecto.
f. Comunicar oportunamente a
través de un medio formal (vía
telefónica, comunicación o de
manera presencial), a los
siguientes funcionarios: secretaria
del inspector, Inspector General o
Profesor Jefe un cambio de
domicilio y/o teléfono.
g. Justificar personalmente en
Inspectoría General o Profesor Jefe
toda inasistencia a clases de su
pupilo, como así mismo, su propia
inasistencia a reuniones del Centro
General y Sub-centro de Padres y
Apoderados o a cualquier citación
68
acatando estrictamente los
conductos regulares en
conformidad a la estructura
administrativa y organizacional
del Establecimiento.
que se le formule.
h. Presentar Certificados o
Comprobante de atención médica
para justificar las inasistencias de
su pupilo/a por enfermedad según
la normativa de este reglamento.
i. Retirar, de manera
presencial, según los protocolos
establecidos a su pupilo del
Establecimiento, cuando sea
estrictamente necesario.
j. Representar oficialmente al
hijo/hija; o pupilo/pupila, en
calidad de apoderado/apoderada.
k. Comprender y asumir la
calidad de apoderado como misión
personal y familiar frente al
aprendizaje escolar y formativo de
su pupilo/pupila.
l. Tomar conocimiento y
respetar estrictamente los horarios
de atención de apoderados dados a
conocer oportunamente por las
diferentes instancias de Reuniones
de curso.
69
m. Conocer y aceptar los
criterios metodológicos y
procedimientos evaluativos
aplicados por el Establecimiento
en el proceso Enseñanza-
Aprendizaje.
n. Asistir a reuniones para
apoyar planes, programas y
compromisos didácticos de
refuerzo.
o. Aceptar apoyo remedial, para
su pupilo, ante la eventualidad que
este lo requiera en aspectos de
aprendizaje o de conducta general.
p. Respetar, asumir y cumplir,
las decisiones tomadas por el
Establecimiento en materia de
convivencia escolar.
q. Actar las decisiones y
sanciones que tome el Equipo
Directivo en relación a alguna
problemáticas en la que esté
involucrado su pupilo/a. En caso
de no ser así e ir en contra de lo
estipulado, en reiteradas ocasiones
70
y que esto afecte negativamente al
estudiantes, se solicitará cambio de
apoderado.
r. Velar por la integridad
institucional del establecimiento,
como así mismo por la proyección
de su imagen.
s. Apoyar a la institución en
acciones formativas o
disciplinarias, en beneficio de sus
pupilos/as.
t. Responsabilizarse por la higiene
y presentación personal de su
pupilos/as.
u. Tratar respetuosamente a todos
los miembros de la comunidad
educativa.
v. Integrarse y colaborar en
acciones programadas por la
Escuela y el Centro General de
Padres y Apoderados.
w. Mantenerse informado
permanentemente sobre el
rendimiento escolar y el
comportamiento general de su
71
pupilo/pupila.
x. Manifestar tolerancia,
comprensión y dominio propio en
sus relaciones interpersonales.
y. Velar por el cumplimiento de las
obligaciones escolares de sus hijos
dentro y fuera de la escuela
z. Plantear sus inquietudes y
sugerencias ante las personas e
instancia que corresponde, sin
saltar el conducto regular.
aa. Mantener informado a quien
corresponda sobre las situaciones
importantes que puedan incidir en
la educación y /o formación de sus
pupilos/as.
bb. Velar que su pupilo/a utilice
de forma responsable y respetuosa
las Redes Sociales y otros medios.
cc. Velar por la salud física,
psicológica y emocional de su
pupilo/a.
dd. Asistir al establecimento,
cuando su presencia sea requerida,
ya sea a través de llamado
72
telefónico o de manera escrita, por
cualquier situación referente a su
pupilo/a.
ee. Asistir a reuniones de curso
mensualmente.
ARTÍCULO 57 : DEBERES Y DERECHOS DEL EQUIPO
DIRECTIVO
EQUIPO DIRECTIVO (DIRECTOR, UTP E INSPECTOR
GENERAL)
DEBERES DERECHOS
a) Son deberes de los Equipos
Directivos liderar los
establecimientos a su cargo, sobre
la base de sus responsabilidades y
propender a elevar la calidad de
estos.
b) Desarrollarse
profesionalmente a través del
perfeccionamiento continuo
c) Promover y facilitar en los
docentes el desarrollo profesional
a) Conducir el proyecto
educativo del establecimiento que
dirigen.
b) A ser tratado/a con respeto
por todos los integrantes de la
comunidad escolar.
c) Dirigir a todos los
Profesionales de la Educación y
Asistentes de la educación del
establecimiento.
d) Que se respete su integridad
73
necesario para el cumplimiento
de sus metas educativas.
d) Proponer y desarrollar
iniciativas para elevar la calidad
de los aprendizajes.
e) Cumplir y respetar todas las
normas del establecimiento.
física, psicológica y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios o degradantes.
e) Recibir formación o
capacitación que le permitan
realizar de mejor forma su trabajo.
f) Proponer iniciativas que
vayan en pro del logro de los
objetivos institucionales.
g) Recibir la información
pertinente y oportuna, que les
permita realizar mejor sus labores.
ARTÍCULO 58: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES
DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO
PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL
ÁMBITO DE LA GESTIÓN
A.- EN LO PEDAGÓGICO:
A.1 Formular, hacer seguimiento y evaluar las metas y objetivos del
establecimiento, los planes y programas de estudio y las estrategias para
su implementación con el objeto de mejorar y fortalecer el proceso de
74
enseñanza–aprendizaje.
A.2 Organizar, orientar y observar las instancias de trabajo técnico-
pedagógico y de desarrollo profesional de los docentes del
establecimiento.
A.3 Adoptar las medidas para que los padres y apoderados reciban
regularmente información sobre el funcionamiento del establecimiento
y el progreso de sus hijos.
A.4 Asegura el funcionamiento, análisis y evaluación del proceso de
enseñanza-aprendizaje, mediante la supervisión pedagógica en el aula
para la implementación efectiva del currículo.
A.5 Garantizar que la implementación curricular se concrete
efectivamente en el aula a través del proceso de enseñanza-aprendizaje
A.6 Diseña o propone una propuesta curricular coherente con el PEI y
articulada con las Bases Curriculares y el Marco Curricular, en el
contexto de las necesidades formativas y educativas de los estudiantes
A.7 Elaborar, implementar , monitorear y evaluar el PME con el
propósito de asegurar mediante su ejecución el favorecer las
Trayectorias Educativas de los estudiantes
A.8 Orienta un actuar coordinado de los actores de la comunidad
educativa en función del logro de los Objetivos Institucionales y la
calidad de los aprendizajes de los estudiantes
A.9 Implementar acciones para fomentar la buena convivencia de
manera de prevenir todo tipo de violencia y acoso escolar generando un
clima y cultura escolar favorable para el aprendizaje.
A.10 Recopilar y analiza información útil para la evaluación
75
institucional, toma decisiones y realiza rendición de la cuenta pública.
A.11 Determina y analiza el grado de desarrollo e impacto que tiene la
implementación del diseño curricular en la Unidad Educativa
A.12 Implementa acciones que comprometan a los padres y apoderados
en el aprendizaje de sus hijos.
B.- EN LO ADMINISTRATIVO–FINANCIERO:
B.1 Organizar y Supervisar el trabajo de los docentes y del personal del
establecimiento educacional según Ley 19.464
B.2 Responsabilizarse por constituir el Consejo Escolar, entregar
Cuenta Pública y de presidir los diferentes Consejos y delegar esta
función sólo en casos muy justificados.
B.3 Velar por el cumplimiento de la normativa que regula los derechos
y deberes de los integrantes de la Comunidad Educativa.
B.4 Asegurar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene
y seguridad dentro del Establecimiento.
B.5 Promueve el desarrollo profesional de los docentes y asistentes de
la educación en coherencia con el PEI.
B.6 Utilizar eficientemente los recursos materiales, tecnológicos,
equipamiento e infraestructura a fin de implementar de forma eficiente
el PEI.
B.7 Asegurar sistemas de soporte y servicios que requiere la
implementación del PEI.
B.8 Promover una adecuada convivencia en el establecimiento y
participar en la selección de sus profesores y asistentes de la educación.
76
B.9 Proporcionar información fidedigna, oportuna y válida, factible de
ser confirmada bajo la presentación de evidencias a las Jefaturas
correspondientes.
B.10 Comunicar e informar oportunamente por los canales
correspondientes a DAEM de los siguientes tópicos: Licencias Médicas,
emergencias, visitas de Superintendencia de Educación
(tipo de Acta), visitas de la Agencia de Calidad.
C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:
C.1 Gestionar la relación con la Comunidad y el Entorno
C.2 Asegura una sana y productiva interacción de los actores de la
comunidad en función del PEI de la Unidad Educativa
C.3 Articula con actores u organizaciones de su entorno la contribución
al logro de sus Objetivos y Metas Institucionales.
C.4 Representar al Establecimiento en su calidad de Director.
C.5 Difundir el Proyecto Educativo y asegurar la participación de la
Comunidad.
ARTÍCULO 59: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES U.T.P
JEFA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA
PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL
ÁMBITO DE LA GESTIÓN
A.- EN LO PEDAGÓGICO:
77
1. Formular, monitorear, hacer seguimiento y evaluar las metas y
objetivos de los planes y programas de estudio y las estrategias
para su implementación con el objeto de mejorar y fortalecer el
proceso de enseñanza-aprendizaje.
2. Programar, asesorar, coordinar, supervisar y evaluar la realización
de las actividades curriculares de la unidad educativa.
3. Asesorar, apoyar, reforzar, supervisar a los docentes en la
organización, programación y desarrollo de las actividades de
evaluación y aplicación de los planes y Programas de estudio.
4. Organizar, orientar y observar las instancias de trabajo técnico-
pedagógico y de desarrollo profesional de los docentes del
establecimiento.
5. Promover el conocimiento y cumplimento del Proyecto Educativo
y del Proyecto Técnico Pedagógico en la Unidad Educativa.
6. Cuidar de la adecuada interpretación, aplicación y readecuación
de los Planes y Programas de estudio.
7. Generar acciones que permitan promover y fomentar un clima y
cultura escolar favorable para el aprendizaje.
8. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente en materias
de evaluación, currículo y otros.
9. Programar la interacción del Plan General con el diferenciado,
acorde al Proyecto Educativo.
10. Adoptar medidas para que los padres y apoderados reciban
regularmente información sobre el progreso de sus pupilos y
reglamentos
78
11. Promover la orientación al logro y cumpliendo metas
establecidas en Plan de Mejoramiento Educativo (PME) para el
mejoramiento de los aprendizajes de los estudiantes.
B.- EN LO ADMINISTRATIVO–FINANCIERO:
1. Integrar el equipo de gestión de la Unidad Educativa.
2. Asesorar al director en el proceso de elaboración del Plan Anual
de las actividades curriculares de la Unidad Educativa.
3. Mantener informado al director sobre el desarrollo del proceso
educativo, procurando que los canales de comunicación sean
expeditos entre la dirección, el personal docente, estudiantes y sus
familias.
4. Controlar la entrega en la fecha acordada de las planificaciones e
instrumentos de evaluación de todos los docentes según los
tiempos determinados.
5. Velar por el cumplimiento del reglamento Interno de las Unidades
educativas, en lo que respecta a su cargo, en beneficio del óptimo
desarrollo del proceso educativo.
6. Visitar las aulas, talleres, laboratorios para ayudar a los docentes a
aumentar su eficiencia pedagógica.
7. Coordinar y monitorear las prácticas pedagógicas de los docentes.
8. Preparar semestralmente un informe sobre la situación académica
de la Unidad Educativa y cuando se lo encomiende la Jefatura.
9. Proponer cargas horarias de los docentes y asistentes de la
Educación, así como los horarios de clases, en coordinación y en
79
concordancia con el equipo Directivo y DAEM.
10. supervisar el Proceso de aprendizaje y el rendimiento
escolar de los estudiantes de la unidad educativa
11. Controlar periódicamente los contenidos o actividades en los
libros de clases, formulando observaciones a los docentes.
12. Organizar y Supervisar el trabajo de los docentes y del
personal del establecimiento educacional según Ley 19.464
13. Responsabilizarse por constituir el Consejo Escolar, entregar
Cuenta Pública y de presidir los diferentes Consejos y delegar
esta función sólo en casos muy justificados.
14. Velar por el cumplimiento de la normativa que regula los
derechos y deberes de los integrantes de la Comunidad Educativa.
15. Asegurar por el cumplimiento de las normas de prevención,
higiene y seguridad dentro del Establecimiento.
16. Promueve el desarrollo profesional de los docentes y
asistentes de la educación en coherencia con el PEI.
17. Utilizar eficientemente los recursos materiales, tecnológicos,
equipamiento e infraestructura a fin de implementar de forma
eficiente el PEI.
18. Asegurar sistemas de soporte y servicios que requiere la
implementación del PEI.
19. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento y
participar en la selección de los docentes y asistentes de la
educación.
20. Dirigir los consejos técnicos cuando corresponda.
80
21. Otras funciones inherentes al cargo, dispuestas por la
dirección del establecimiento.
C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:
1. Apoyar el funcionamiento del Centro de Recursos de
Aprendizaje, laboratorios, talleres y gabinetes dependientes de su
Unidad.
2. Representar a la Unidad Educativa en actos o eventos cuando la
dirección del establecimiento lo disponga.
3. Apoyar y guiar a los docentes en la búsqueda de metodologías y
criterios de evaluación que sean coherentes con el PIE, PME.
4. Difundir el Proyecto Educativo y asegurar la participación de la
Comunidad.
58.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS
a) Programar, organizar, supervisar y evaluar, las activadades
correspondientes al proceso enseñanza- aprendizaje.
b) Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar.
c) Procurar el mejoramiento permanente del proceso enseñanza-
aprendizaje.
d) Propiciar la integración entre los diversos programas, planes y
asignaturas.
e) Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan
de actividades
f) curriculares del establecimiento.
81
g) Asesorar y acompañar a los docentes en la organización,
planificación y desarrollo de los planes y programas de estudio,
como así mismo, en el desarrollo de las actividades en el aula,
evaluación y orientación.
h) Programar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades
de colaboración y de talleres de la JECD.
i) Contribuir al perfeccionamiento del personal docente.
j) Dirigir los consejos técnicos que le competen.
k) Elaborar en conjunto con el Director la carga horaria, confección
de horarios, distribución de cursos, actividades de colaboración.
l) Vincular al establecimiento educacional con los organismos de
la comunidad previo conocimiento del Director.
m) Supervisar el cumplimiento de los horarios de los docentes
en sus clases sistemáticas y horas de colaboración.
n) Visar los permisos administrativos y cometidos de servicio de los
funcionarios, previa consulta al Director
o) Subrrogar al Director en caso de ausencia.
82
ARTÍCULO 60: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR GENERAL
INSPECTOR GENERAL
PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL
ÁMBITO DE LA GESTIÓN
A.- EN LO PEDAGÓGICO:
1. Coordinar con orientación y profesores jefes la aplicación del
reglamento de convivencia escolar, a través de reuniones
periódicas.
2. Redactar, distribuir, dar a conocer los diversos instructivos
técnicos relacionados con la unidad de Inspectoría general.
3. Adoptar las medidas para que los padres y apoderados reciban
regularmente información sobre el funcionamiento del
establecimiento y el progreso de sus hijos.
4. Implementar acciones para fomentar la buena convivencia de
manera de prevenir todo tipo de acoso escolar y generar un clima
y cultura escolar favorable para el aprendizaje.
B.- EN LO ADMINISTRATIVO:
1. Supervisar el trabajo del personal del establecimiento
educacional.
2. Velar por el cumplimiento del reglamento interno de convivencia
del establecimiento (supervisar uso correcto de uniforme,
determinar las causas de atrasos de los alumnos registrando cada
83
caso, supervisar la disciplina en los recreos, registrar y
supervisar la salida de cursos a actividades extra-programáticas,
autorizar salidas de alumnos, supervisar la salida de
administrativos y auxiliares) y todo lo que respecta a su cargo, en
beneficio del óptimo desarrollo del proceso educativo.
3. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento.
4. Mantener informado al Director sobre el desarrollo del proceso
educativo, procurando que los canales de comunicación sean
expeditos entre la dirección, Jefa técnica, el personal docente, los
alumnos y sus familias.
5. Asistir a los consejos o reuniones que le sean pertinentes.
C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:
1. Gestionar la relación con la comunidad y el entorno.
2. Representar al colegio en su calidad de inspector general.
3. Asegura una sana y productiva interrelación de los actores de la
comunidad educativa en función del PEI de la unidad educativa.
4. Difundir el proyecto educativo y asegurar la participación de la
comunidad.
84
60.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS
a. Velar, Controlar y monitorear la disciplina y puntualidad de
los alumnos.
b. Anotar los atrasos de los estudiantes y citar a los apoderados,
según protocolos de atrasos.
c. Llevar libro de registro “salida de estudiantes”, cuaderno o
registro anecdótico siendo de su responsabilidad que estén al día y
bien llevados.
d. Programar y coordinar las labores de los asistentes de la
Educación
e. Autorizar la salida extraordinaria de los alumnos, según
protocolos.
f. Controlar la realización de actividades culturales, sociales,
deportivas, de bienestar y promoviendo una las buenas relaciones
interpersonales.
g. Elaborar los horarios (turnos) y de colaboración del personal.
h. Supervisar y controlar las formaciones y presentaciones del
establecimiento.
i. Velar por la buena presentación y el aseo del interior y exterior
del establecimiento escolar.
j. Coordinar y supervisar todas las actividades del establecimiento.
k. Asistir al consejo General.
l. Velar conjuntamente con el Equipo Directivo, el proceso
enseñanza aprendizaje del establecimiento y que sea coherente
con los objetivos.
85
m. Controlar y supervisar el ingreso de apoderados, según calendario
de atención de apoderados.
n. Supervisar y controlar el calendario de reuniones mensuales de
apoderados.
o. Velar, supervisar, coordinar y controlar los recreos, colación,
entrada y salida del establecimiento de los estudiantes.
p. Velar porque las clases de los estudiantes no sean interrumpidas.
q. Programar y controlar el Plan de Seguridad Escolar.
r. Administrar los procedimientos referidos a accidentes escolares
de los alumnos.
s. Controlar el ingreso y salida de personas ajenas a la comunidad.
t. Registrar en bitácora de Inspectoría General toda situación
anormal que se suceda en portería.
u. Mantener cerrada en forma permanente puerta de acceso.
ARTÍCULO 61: DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO
MULTIDISCIPLINARIO
(Encargada de Convivencia Escolar, Coordinadora PIE,
Fonoaudiólogo, Psicóloga, Trabajadora Social)
DEBERES DERECHOS
a. Practicar los valores
institucionales y proceder con
ética profesional.
a. Trabajar en un ambiente
tolerante y de respeto mutuo.
b. Que se respete su integridad
86
b. Ejercer su función con
estricto respeto a las disposiciones
legales.
c. Conocer y cumplir las
normativas Internas.
d. Realizar personalmente la
labor convenida de acuerdo con las
normas e instrucciones del
empleador, en conformidad al
Contrato de Trabajo firmado.
e. Cultivar la buena relación
con los estudiantes, evitando la
familiaridad y la demasiada
condescendencia.
f. Inspirar pensamientos y
acciones ennoblecedoras, ser
motivador, mantener y promover
un estilo de vida saludable.
g. Respetar individualidades e
incentivar, el respeto por sus pares,
apoyar a quienes lo requieran.
h. Asumir con plena
responsabilidad cada uno de sus
actos en el ejercicio de sus
funciones.
física, psicológica y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos
psicológicos por parte de los
demás integrantes de la comunidad
educativa.
c. Ser atendido con respeto y
atención al presentar sus quejas e
inquietudes ante las autoridades
del establecimiento, siguiendo el
conducto regular.
d. Utilizar en forma adecuada y
responsable los espacios y
recursos que ofrece la unidad
educativa
e. Recibir información
oportuna sobre todas las normas
administrativas, pedagógicas y de
seguridad que los rigen.
f. Ser respetado/a por su
formación e idoneidad profesional
en el ejercicio de su profesión
docente.
g. Ser evaluado por los
miembros de la comunidad escolar
87
i. Atender durante la semana,
durante los horarios establecidos, a
los padres y apoderados, que lo
soliciten o llamarlos para dialogar
en cuanto al comportamiento o
rendimiento de los estudiantes.
j. Corregir los
comportamientos inadecuados de
los estudiantes, tomando acciones
pertinentes en el momento y lugar
apropiado siguiendo los protocolos
establecidos.
k. Tratar las faltas de los
estudiantes de modo objetivo sin
mostrarse ofendido personalmente
evitando demostraciones de
resentimiento o venganza con el
estudiante.
l. Escuchar, analizar y orientar
a los estudiantes que lo soliciten.
m. Activar los protocolos de
actuación, reguladas en este
Reglamento interno.
m. Cooperar permanentemente
en la mantención del orden,
a través de procesos informados,
organizados y planificados en
conformidad a las pautas
institucionales.
h. Ejercer el Derecho de
Apelación ante los procesos
internos de evaluación y/o
decisiones de carácter
administrativo, en general y en
especial ejercer las acciones que
estime conveniente, ante una
sanción administrativa como
consecuencia de una infracción del
cuerpo normativo.
i. Ser representado ante los
organismos internos de la Unidad
educativa, del Consejo Escolar,
Comité de seguridad Escolar,
Comité de convivencia Escolar,
etc.
j. Ser informado ante
situaciones relacionadas con su
quehacer diario.
88
limpieza y buen comportamiento
de los estudiantes.
o. Participar activamente en
instancias de perfeccionamiento y
capacitación, propuestas por las
distintas organizaciones , tanto
internas como externas,
desarrollándose profesionalmente
a través del perfeccionamiento
continuo.
p. Presentar en UTP plan de
trabajo anual e informe semestral
de los principales avances y/o
acciones realizadas cada semestre.
q. Participar en reuniones con
diferentes instituciones de apoyo
externas articulando el trabajo en
red.
ARTÍCULO 62: PERFIL ENCARGADO/A DE LA CONVIVENCIA
ESCOLAR
a. El Encargado/a de la Convivencia Escolar será un profesor del
establecimiento y en su ausencia subrogará la psicóloga que
forma parte de la Dupla Psicosocial.
b. El profesional asesora al Equipo Directivo y será el encargado de
mediar la resolución pacífica de los conflictos, como también será
89
el encargado de aplicar las normas, faltas y medidas disciplinarias
y sugerir medidas pedagógicas.
c. Será la responsable de sugerir acciones para implementar
estrategias de prevención, diseñando un plan de acción o de
gestión para llevarlas a cabo.
d. El encargado de Convivencia Escolar debe tener conocimiento,
manejo y comprensión del enfoque formativo planteado en la
Política Nacional de Convivencia Escolar y será la encargada de
implementar acciones coherentes y relacionadas entre sí.
e. El Encargado de la Convivencia Escolar deberá mostrar
capacidad de gestión, liderazgo y ascendiente, tanto ante la
comunidad docente, los estudiantes y los padres, madres y
apoderados del establecimiento.
62.1 PRINCIPALES FUNCIONES
a. Conocer e implementar las orientaciones que entrega la Política
Nacional de Convivencia Escolar.
b. Asumir el rol primario en la implementación de las medidas de
convivencia escolar.
c. Promover la participación de los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
d. Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia
escolar.
e. Implementar las medidas sobre convivencia escolar.
f. Elaborar el Plan de Gestión sobre convivencia escolar y
monitorearlo.
90
g. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la
buena convivencia y manejo de situaciones de conflictos, entre
los diversos estamentos de la comunidad educativa.
h. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la
comunidad educativa, en la elaboración, implementación y
difusión de las políticas de prevención, medidas pedagógicas y
disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.
i. Asesorar al Equipo Directivo en temas referencia a la
Convivencia Escolar y la Política nacional.
ARTÍCULO 63: PERFIL COORDINADOR PIE
El especialista a cargo del funcionamiento del Equipo
Multidisciplinario que atiende a los alumnos con necesidades
educativas especiales, que deben recibir apoyo pedagógico de un
profesor o profesional especialista en forma individual o en pequeños
grupos de alumnos.
63.1 PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
a) Elaborar, planificar, supervisar y evaluar los programas fijados
para el grupo diferencial en la unidad educativa de acuerdo al
proyecto educativo y a la normativa vigente.
b) Colaborar y apoyar el buen funcionamiento de las actividades del
grupo diferencial que se desarrollan en la unidad educativa.
c) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento de las
actividades del grupo diferencial.
91
d) Promover la ejecución y supervisión del desarrollo del grupo
diferencial que se realiza en la unidad educativa.
e) Coordinar la entrega oportuna de información y material de apoyo
a las actividades del grupo diferencial en su gestión.
f) Establecer contacto con las instituciones que ofrecen
perfeccionamiento en esta área.
g) Mantener al día las estadísticas de asistencia de los alumnos
perteneciente al grupo diferencial.
h) Velar por el cumplimiento del reglamento de convivencia escolar,
en cada actividad ejecutada por el PIE, ejerciendo presencia
periódica en las sesiones de trabajo de los docentes o especialistas
del PIE.
i) Velar por el correcto uso de la conservación del mobiliario,
materiales y dependencias ocupadas para el desarrollo de las
actividades del grupo diferencial.
j) Distribuir y dar a conocer los diversos instructivos emanados de
la autoridad con respecto al grupo diferencial.
k) Velar por que las actividades del grupo diferencial se desarrollen
en un ambiente de disciplina, armonía y sana convivencia.
l) Asistir a los consejos o reuniones que le sean pertinentes a su
cargo.
m) Representar al colegio en su calidad de coordinadora PIE en
reuniones del área y cuando se lo solicite el Director(a) de la
unidad educativa.
n) Difundir el proyecto educativo y asegurar la participación de la
92
comunidad a través de las actividades del grupo diferencial.
o) Controlar el cumplimiento del programa de trabajo establecido
por cada docente que colabora con el grupo diferencial.
ARTÍCULO 64: PERFIL PSICÓLOGA DEL PROYECTO
INTEGRACIÓN ESCOLAR
Profesional responsable de favorecer el proceso de enseñanza y
aprendizaje a nivel individual y grupal, a través de la evaluación de los
estudiantes que presenten necesidades educativas especiales, derivadas
de su desarrollo emocional social o discapacidades y, a nivel
institucional, propiciando un clima organizacional y de aprendizaje
adecuado.
64.1 PRINCIPALES FUNCIONES
a) Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales
Permanentes entregando apoyo en el desarrollo de habilidades
cognitivas.
b) Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales
Transitorias que ameriten un apoyo complementario al trabajo
realizado por las Docentes Especialistas.
c) Atención de Apoderados: mediante entrevistas y citaciones
individuales se entrega información del trabajo con los estudiantes
además de acompañamiento y charlas educativas cuando es
requerido.
93
d) Seguimiento y reuniones de coordinación con redes de apoyo.
e) Trabajo en equipo con dupla psicosocial.
f) Asesorar a Equipo Directivo en relación a temáticas NEE y
contingentes según las problemáticas psicosociales que presenten
los estudiantes.
ARTÍCULO 65: PERFIL DEL CARGO FONOAUDIÓLOGO
Profesional de la rehabilitación orientado a la prevención, detección,
evaluación, diagnóstico e intervención terapéutica de alteraciones de la
comunicación.
El proceso de comunicación se aborda desde una perspectiva biológica,
física y emocional, con aportes de la Psicología y la Lingüística.
Por ello, en su formación recibe conocimientos del área de las ciencias
básicas de la salud y humanísticas, necesarias para comprender el
fenómeno del lenguaje oral y rehabilitar sus patologías.
Lleva a cabo la evaluación, diagnóstico fonoaudiológico y Terapia de
las alteraciones del lenguaje, habla, voz y audición.
Maneja los procedimientos de exploración en los desarreglos de la
fonación y de la audición, como asimismo en la aplicación de las
técnicas para su corrección.
65.1 PRINCIPALES FUNCIONES
a. Realizar diagnósticos a estudiantes con necesidades educativas y/o a
grupos de estudiantes y a las familias de acuerdo a necesidades y
normativa.
b. Aplicar instrumentos de evaluación de acuerdo a su especialidad, a
94
las necesidades y requerimientos de atención y normas vigentes.
c. Elaborar informes de resultados de evaluaciones de acuerdo a
especialidad y formatos que correspondan.
d. Aportar sugerencias específicas al establecimiento, a los docentes y
familias de acuerdo a resultados del diagnóstico.
e. Realizar las reevaluaciones cuándo corresponda de acuerdo a
necesidades y normas establecidas.
f. Incorporar en los planes de trabajo, acciones bajo el enfoque de
prevención de problemas, dificultades para aprender y áreas a mejorar.
g.Decidir y planificar las acciones de apoyo al establecimiento, a los
alumnos y sus familias.
ARTÍCULO 66: PERFIL DUPLA PSICOSOCIAL:
TRABAJADORA SOCIAL Y PSICÓLOGA
Profesionales que favorecen el proceso de enseñanza y aprendizaje a
nivel individual y grupal derivadas de su desarrollo socio – emocional y
cognitivo.
66.1 PRINCIPALES FUNCIONES
a. Conocer e implementar las orientaciones que entrega la Política
Nacional de Convivencia Escolar específicamente los
relacionados con los diferentes enfoques: Derecho, Género,
Formativo, Participativo, Inclusivo, Gestión Territorial y Gestión
Institucional.
b. Promover la participación de los diferentes estamentos de la
comunidad educativa en el Consejo Escolar.
c. Promover la participación del equipo de convivencia en la
95
elaboración, socialización, implementación y evaluación del Plan
de Convivencia Escolar de su establecimiento.
d. Aportar de manera significativa a la Red comunal de Convivencia
Escolar.
e. Brindar un espacio de ayuda en la búsqueda de soluciones a los
problemas, tanto académicos como conductuales que surgen en
niños, niñas y adolescentes.
f. Orientar a los docentes y directivos escolares en relación a
estrategias que puedan utilizar para solucionar los problemas que
se presenten en el Establecimiento y en el proceso de enseñanza –
aprendizaje.
g. Evaluar problemáticas de los estudiantes para su eventual
derivación a la red comunal.
h. Procurar dar una formación permanente y colectiva (talleres,
diálogos) relacionados con la formación académica a todos los
agentes educativos, planificando, coordinando y ejecutando
Talleres, incluyendo a los padres y/o apoderados.
i. Participar en el desarrollo del proyecto educativo institucional
implementando estrategias innovadoras en la búsqueda constante
de la calidad educativa.
j. Participación activa en el equipo de Convivencia Escolar.
k. Asesorar al docente, en la creación de situaciones de aprendizajes
alternativas, que propendan al desarrollo afectivo y académico de
los niños, niñas y adolescentes.
l. Sugerir estrategias de resolución de conflictos al profesor cuando
96
surgen dificultades con estudiantes y apoderados.
m. Apoyar la Gestión Directiva, otorgando respuestas oportunas,
dentro del marco normativo y reglamentario vigente.
n. Elaborar Informes Psicosociales, a petición de distintos
solicitantes individuales u organizaciones, comunales o
nacionales.
o. Realizar visitas domiciliarias
p. Gestionar ayudas sociales y postulaciones a becas.
q. Realizar derivaciones y/o denuncias a las instituciones
correspondientes.
ARTÍCULO 67: ENCARGADO DE CENTRO DE RECURSOS
(CRA)
El coordinador(a) del centro de recursos de aprendizaje es el docente
que tiene la responsabilidad de mantener el centro de recursos de
aprendizaje (sala de biblioteca) en óptimas condiciones y junto al
asistente de CRA, preocuparse del aseo y orden para poder prestar la
atención adecuada a los usuarios manteniendo y propiciando un
ambiente de orden, disciplina, armonía y de sana convivencia y
bienestar.
67.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
a. Mantener en buen estado el material bibliográfico existente, tanto
textos de estudio, como los de consulta.
b. Promover y fortalecer los vínculos entre la biblioteca y las
definiciones curriculares y pedagógicas del establecimiento.
c. Facilitar información y dilución sobre los recursos disponibles:
trabajo permanente con los profesores de asignatura.
d. Colaborar y apoyar el trabajo de tareas o investigación realizado
97
por los usuarios, mediante el buen uso de los libros, revistas,
suplementos y otros, también la búsqueda de información.
e. Ayudar y enseñar a cada estudiante el uso del material
bibliográfico.
f. Apoyar a los usuarios en la búsqueda de alguna información
pedagógica en los sitios y páginas de la red de internet.
g. Desarrollar el centro de recursos de aprendizajes (biblioteca)
como lugar de encuentro, intercambio y cooperación de la
comunidad.
h. Cumplir con todas las tareas que les sean encomendadas por la
autoridad superior.
i. Coordinar el mejoramiento y desarrollo del centro de recursos de
aprendizajes.
j. Posibilitar la circulación de la colección: llevar un control sobre la
circulación de la colección y materiales, inventario, fondo
bibliográfico.
k. Incentivar las conductas de buen comportamiento, de
compañerismo, del cuidado de los textos de consultas y
computadores existentes.
l. Difundir entre los profesores y alumnos informaciones del
material existente como el adquirido por el establecimiento o
donado por alguna institución o persona natural.
m. Procesar técnicamente la colección: registro catalogación,
preparación, y mantención física de la colección, adquisición de
nuevos textos y materiales.
98
n. Prestar servicios d acuerdo a las necesidades de los usuarios.
o. Supervisar la gestión del centro de recursos de aprendizaje:
evaluación de la gestión, estadísticas mensuales de los servicios
bibliotecarios.
p. Preparación de material para los docentes según sus necesidades
pedagógicas.
q. Cumplir con las normas de trabajo y de convivencia y vela por
cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa.
r. El coordinador del centro de recursos de aprendizajes, debe
mantener un ambiente organizado de trabajo y disponer los
espacios y recursos en función de los aprendizajes de los usuarios.
s. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento cuando
MINEDUC, DAEM o la Dirección lo establezca.
t. Asistir y participar en reuniones, citadas por la dirección de la
unidad educativa.
u. Mantener un canal de comunicación abierto con la dirección,
UTP, Inspectoría general, profesores y alumnos(as).
v. Velar por mantener el aseo y ornato de la sala del centro de
recursos de aprendizaje.
w. Reciclar cuadros técnicos y material didáctico en caso que sea
necesario.
99
ARTÍCULO 68 : DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES,
EDUCADORAS DE PÁRVULO, EDUCADORAS
DIFERENCIALES, PSICOPEDAGOGOS
PROFESORES
DEBERES DERECHOS
a. Planificar, desarrollar y
evaluar sistemáticamente las
actividades curriculares.
b. Enseñar los contenidos
curriculares correspondientes a
cada nivel educativo establecidos
en las bases curriculares y planes y
programas oficiales de
MINEDUC.
c. Entregar a la Jefa Técnica la
planificación anual antes del 15 de
marzo.
d. Fomentar e internalizar en el
alumnado valores, hábitos y
actitudes a través del ejemplo
personal.
e. Asistir a los actos educativos
culturales y cívicos que la
Dirección del establecimiento
a. Trabajar en un ambiente
tolerante y de respeto mutuo.
b. Que se respete su integridad
física, psicológica y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos
psicológicos por parte de los
demás integrantes de la
comunidad educativa.
c. Ser atendido con respeto y
atención al presentar sus quejas e
inquietudes ante las autoridades
del establecimiento, siguiendo el
conducto regular.
d. Utilizar en forma adecuada y
responsable los espacios y
recursos que ofrece la unidad
educativa
e. Recibir información
100
determine.
f. Asistir a las horas dispuestas
para desarrollar el trabajo
colaborativo y firmar hoja de
registro.
g. Trabajar colaborativamente
con Equipo de Aula, según los
principios DUA. Enviar
planificaciones y evaluaciones a
las educadoras diferenciales o
psicopedagogos vía correo
electrónico y viceversa para
realizar adecuaciones curriculares.
h. Mantener al día el archivador
con planificaciones anuales y por
unidad didáctica, según formatos
consensuados en Reunión Técnica
(mes de marzo) dispuestos en
oficina UTP, como también las
evaluaciones de los estudiantes,
previo envío a Jefa técnica a través
de Correo electrónico. 48 hrs antes
para ser visadas. El que será
revisado quincenalmente.
i. Mantener una comunicación
oportuna sobre todas las normas
administrativas, pedagógicas y de
seguridad que los rigen.
f. Ser respetado/a por su
formación e idoneidad profesional
en el ejercicio de su profesión
docente.
g. Ser evaluado por los
miembros de la comunidad escolar
a través de procesos informados,
organizados y planificados en
conformidad a las pautas
institucionales.
h. Ejercer el Derecho de
Apelación ante los procesos
internos de evaluación y/o
decisiones de carácter
administrativo, en general y en
especial ejercer las acciones que
estime conveniente, ante una
sanción administrativa como
consecuencia de una infracción del
cuerpo normativo.
i. Ser representado ante los
organismos internos de la Unidad
101
permanente y oportuna con los
padres y apoderados,
proporcionándoles información
sobre el desarrollo del proceso
educativo y seguridad de sus
pupilos.
j. Enviar calendarios de
evaluación a los Padres y
Apoderados
k. Asistir a las formaciones
generales los días lunes.
l. Cuidar el orden y
presentación personal de los
alumnos y la propia utilizando
delantal.
m. Llegar puntualmente a la sala
de clases, resguardando los
tiempos dedicados a la enseñanza.
n. Finalizada la clase deberá
entregar la sala limpia, ordenada
y cerrada con llave.
o. Desempeñar turnos que
señale Inspectoría General, tales
como: liderar el acto de los días
lunes o coordinar actividades
educativa, del Consejo Escolar,
Comité de seguridad Escolar,
Comité de convivencia Escolar,
etc.
j. Ser respaldado en su
función por parte de todos los
integrantes de la Unidad Educativa
ante cualquier atropello o falta de
respeto que sufra un profesor/a por
parte de un padre o apoderado,
alumno u otra persona dentro del
establecimiento.
102
extraprogramáticas.
p. Concurrir a todas las
reuniones que son convocadas
por la dirección.
q. Llevar al día su libro de
clases, especialmente lo referido a
la asistencia diaria y mensual,
consignación de materias en el
leccionario y calificaciones.
r. Mantener al día las
calificaciones en el libro para ser
traspasadas a planillas respectivas
y entregar reportes a los Padres y
apoderados.
s. Reemplazar a otro
profesor/a ausente, según
necesidades y previo acuerdo.
t. Guardar la debida lealtad y
respeto hacia sus jefes y
compañeros de trabajo.
ADICIONALMENTE LOS
PROFESORES JEFES
DEBERÁN:
u. Reunir y organizar las
103
informaciones sobre los
estudiantes y llevar un registro del
progreso escolar (libros de clases,
libretas de calificaciones y otros
documentos)
v. Organizar y asesorar el
consejo de curso. Organizar en el
Segundo Ciclo (5° A 8° básico)
una Directiva de curso de alumnos.
w. Organizar, asesorar y
reunirse periódicamente con los
padres y/o Apoderados (al menos
una vez al mes ) con el objeto
principal de informarles del
progreso de sus pupilos. Cada
reunión deberá regirse por la
calendarización acordada en
Consejo Técnico y deberá ser
entregada a Inspectoría General.
x. Intervenir en problemas de
conductas y/o aprendizaje que no
hayan sido resueltas por el
profesor de la asignatura.
y. Mantener contacto
permanente con los
104
profesores de cada asignatura, para
recibir información del progreso
escolar y educativo de sus
alumnos.
z. Elaborar informes de
alumnos que sean
solicitados por la dirección y/o
UTP, Equipo PIE o Dupla
Psicosocial.
aa. Derivar a la Dirección y/o
UTP, Equipo PIE o Dupla
Psicosocial los casos cuyo
diagnóstico y tratamiento
sobrepasen funciones específicas
y/o activar protocolos de acción,
según el presente reglamento.
bb. Ser el principal funcionario
que cuide y propenda a que sus
alumnos progresen en lo que es la
misión de la escuela.
cc. Procurar y velar para que
en el curso
exista un clima de convivencia
sana.
dd. Mantener en reserva toda
105
información que sea de carácter
confidencial de los estudiantes y
de sus familias, que puedan
afectarlos.
ee. Recibir la carga horaria a
comienzo del año escolar, el que
deberá firmar y digitalizar la huella
dactilar para el respectivo reloj
control.
ARTÍCULO 69: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES DEL PROFESOR/A
Profesional de la educación, que ejerce la docencia en aula con una
exposición personal y directa realizada en forma continua y sistemática
con el propósito de consolidar el proceso de enseñanza-aprendizaje al
asumir, desde su sector formativo transversal relevante, el desarrollo
del aprendizaje de sus educandos, vive por ende la pedagogía como un
testimonio de vida (modelamiento). Profesional con un alto bagaje de
conocimientos científicos y valores humanos, lo cual le permite ser
constructor de una persona integral que forme parte de una nueva
generación llena de valores positivos.
106
A.- PREPARACIÓN DE LA ENSEÑANZA
1. (Criterio a.1) Preocuparse de conocer los objetivos de las otras
asignaturas que pertenecen al área y al mismo nivel, con el objeto de
entregar la disciplina con un enfoque de integración.
2. (Criterio a.2) Ayudar a cada alumno en el logro de los
aprendizajes propuestos conociendo sus fortalezas y debilidades
respecto de .los contenidos que se enseñan.
3. (Criterio a.3) Aplicar técnicas metodológicas y diseñar
actividades de enseñanza y aprendizaje recomendables, para
alcanzar los objetivos propuestos de acuerdo la habilidades,
experiencias y edad de los niños(as).
4. (Criterio a.4) Entregar al comienzo de cada semestre la
planificación, según el formato que establezca la institución,
desarrollándola y evaluándola sistemáticamente todas las
actividades docentes de la especialidad.
5. (Criterio a.5) Evaluar el rendimiento de sus alumnos, de acuerdo a
lo planificado y congruentes a los criterios establecidos por la
unidad educativa.
B.- CREACIÓN DE UN AMBIENTE PROPICIO PARA EL
APRENDIZAJE
1. (Criterio b.1) Establece un clima de relaciones interpersonales y
empáticas con sus alumnos.
2. (Criterio b.2) Establece y mantiene normas consistente de trabajos
y de convivencia en la clase y vela por cumplir con el reglamento
interno del Establecimiento.
107
3. (Criterio b.3) Establecer un Ambiente organizado de trabajo y
disponer los espacios y recursos en función de los aprendizajes.
4. (Criterio b.4) Facilita y resguardar tanto los recursos como los
bienes del establecimiento, responsabilizándose de aquellos que
se le confían.
C.- ENSEÑANZA PARA EL APRENDIZAJE DE TODOS LOS
ESTUDIANTES
1. (Criterio c.1) comunica en forma clara y precisa los objetivos y
actividades de aprendizaje a lograr, en la sesión de trabajo.
2. (Criterio c.2) Implementa variadas actividades y metodologías de
acuerdo al tipo y complejidad del contenido a tratar.
3. (Criterio c.3) Desarrolla los contenidos en forma metodológica y
adecuada al nivel de los estudiantes.
4. (Criterio c.4) Organiza el tiempo de acuerdo con los objetivos de
aprendizaje planteados para la aplicación de trabajo.
D.-RESPONSABILIDADES PROFESIONALES
1. (Criterio d.1) Participar en aquellos estudios o cursos de
perfeccionamiento profesional, cuando la dirección lo establezca.
2. (Criterio d.2) Mantener al día la documentación formal (libro,
actas, notas,) y el portafolio de evidencias de los aprendizajes de
los alumnos.
3. (Criterio d.3) Colaborar en la ejecución y cumplimiento del
proyecto educativo del colegio.
4. (Criterio d.4) Asistir y participar en los consejos de profesores,
citados por la dirección de la escuela y a las actividades
108
educativas, culturales y cívicas, que por su función corresponde
asistir.
5. (Criterio d.5) Colaborar con el profesor jefe, manteniéndolo
informado del desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje
del curso.
6. (Criterio d.6) Disponer del tiempo para establecer una
comunicación fluida tanto con sus alumnos y apoderados, ya sea a
través, de una consulta o citándolos cuando la situación lo
requiera.
ARTÍCULO 70: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES DE LA EDUCADOR DE PÁRVULOS
La educadora de párvulos tiene como tarea principal el desarrollo de los
ámbitos de aprendizaje relacionados con la formación personal y social,
habilidades comunicativas, y las relaciones con el medio natural y
cultural de los niños y niñas pertenecientes al ciclo de Educación
Parvulario, vive por ende la pedagogía como un testimonio de vida
(modelamiento). Profesional con un alto bagaje de conocimientos
científicos y valores humanos, lo cual le permite estimular el desarrollo
armónico e integral de niños y niñas.
A.- PREPARACIÓN DE LA ENSEÑANZA:
1. Preocuparse de conocer los objetivos de todas las actividades
docentes de su especialidad, con el objeto entregar una disciplina
con un enfoque de integral.
2. Ayudar a cada niño en el logro de los aprendizajes propuestos
109
conociendo sus fortalezas y debilidades respecto de los
contenidos que se enseñan.
3. Aplicar técnicas metodológicas y diseñar actividades de
enseñanza y aprendizaje recomendables, para alcanzar los
objetivos propuestos de acuerdo las habilidades, experiencias y
edad los niños(as).
4. Diagnosticar planificar y evaluar las actividades docentes de su
especialidad, entregando el programa de trabajo al inicio del año
escolar.
5. Monitorear el avance de los niños(as) de acuerdo al ordenamiento
de contenidos y aprendizajes esperados.
B.- CREACIÓN DE UN AMBIENTE PROPICIO PARA EL
APRENDIZAJE:
1. Establece un clima de relaciones interpersonales y empáticas con
sus niño(as)
2. Establece y mantiene normas consistentes de trabajo y de
convivencia en la clase y vela por cumplir con el reglamento
interno de la escuela.
3. Establecer un ambiente organizado de trabajo y disponer los
espacios y recursos en función de los aprendizajes de los
niños(as).
4. Facilita y resguarda tanto los recursos como los bienes del
establecimiento, responsabilizándose de aquellos que se le
confían.
110
C.- ENSEÑANZA PARA EL APRENDIZAJE DE TODOS LOS
NIÑOS(AS):
1. Comunica en forma clara y precisa las actividades a cumplir en la
cesión de trabajo.
2. Implementa variadas actividades y metodologías de acuerdo al
tipo y complejidad del contenido a tratar.
3. Desarrolla los contenidos en forma metodológica y adecuada al
nivel de los niños(as).
4. Organiza el tiempo de acuerdo con los objetivos de aprendizaje
planteados para la aplicación de trabajo.
D.-RESPONSABILIDADES PROFESIONALES
1. Participar en aquellos estudios o cursos de perfeccionamiento
profesional, cuando la dirección lo establezca.
2. Mantener al día la documentación formal (libro, actas) y el
portafolio de evidencias de los aprendizajes de los niños(as).
3. Colaborar en la ejecución y cumplimiento del proyecto educativo
de la unidad educativa.
4. Asistir y participar en los consejos de profesores, citados por la
dirección del establecimiento y a las actividades educativas,
culturales, y cívicas, que por su función corresponde asistir.
5. Orientar el trabajo de la asistente de párvulos informando de las
actividades a preparar y desarrollar con los parvulitos.
6. Disponer del tiempo para establecer una comunicación fluida con
sus apoderados ya sea a través, de una consulta o citándolos
cuando la situación lo requiera.
111
ARTÍCULO 71 : EDUCADORAS DIFERENCIALES O
PSICOPEDAGOGOS
El rol del educador diferencial basa su accionar en la intervención
psicopedagógica. Lo cual consiste en el sistema de acciones que se
llevan a cabo para dar respuesta a los requerimientos de personas con
necesidades educativas especiales. La intervención psicopedagógica se
concretiza en: Evaluación y apoyos.
71.1 PRINCIPALES FUNCIONES
Encargadas de dar apoyo y atención a los estudiantes en 2 instancias:
a. Aula Común: mediante la articulación y planificación conjunta
con el docente de Matemática y Lenguaje la docente realiza parte
de la clase entregando los contenidos con estrategias diversas y/o
personalizadas tanto a los estudiantes pertenecientes al PIE como
al resto del curso.
b. Aula de Recursos: intervención y apoyo a los estudiantes del PIE
en sus habilidades básicas tanto cognitivas, como pedagógicas.
c. Articulación con Docentes de Aula: planificar y coordinar
acciones tendientes a la realización conjunta de las distintas
clases. Realizar adecuaciones curriculares a las evaluaciones.
d. Atención de Apoderados: mediante reuniones grupales o
citaciones individuales las docentes informan periódicamente del
rendimiento, avances y novedades en general de los estudiantes
pertenecientes al PIE.
112
ARTÍCULO 72 : DEBERES DERECHOS PERSONAL
ADMINISTRATIVO Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
DEBERES DERECHOS
a. Respetar el horario de inicio
y término de la jornada de
trabajo.
b. Hacer buen uso del
material y bienes de la
escuela.
c. Velar por la mantención
del aseo y
presentación de las
dependencias a su cargo.
d. Apoyar la disciplina y
comportamiento de los
alumnos en los recreos.
e. Ejercer su función en forma
idónea y responsable.
f. Conocer el Reglamento
interno del establecimiento.
g. Conocer el PEI del
establecimiento y actuar de
acuerdo a sus principios y
valores.
a. A un trato digno y
respetuoso de parte de todos
los integrantes de la Unidad
Educativa.
b. Realizar sus actividades en
un ambiente de higiene,
limpieza y sana convivencia.
c. A ser escuchado.
d. Trabajar en un ambiente
tolerante y de respeto mutuo.
e. Desarrollar sus labores en un
espacio y materiales
adecuados.
f. Que se respete su integridad
física, psicológica y moral,
no pudiendo ser objeto de
tratos vejatorios o
degradantes.
g. Recibir formación o
capacitación que le permitan
realizar de mejor forma su
113
h. Respetar las normas del
Establecimiento.
i. Brindar siempre un trato
respetuoso a los demás
miembros de la comunidad
educativa.
j. Asistir a jornadas de
reflexión, capacitación y
actualización relacionadas
con la función que
desempeñan.
k. Cumplir y hacer cumplir los
protocolos de actuación.
l. Cumplir con las funciones y
turnos que hayan sido
convenidos en su carga
horaria establecidas a
comienzo del año escolar.
m. Velar por el buen
comportamiento de los
estudiantes, teniendo
presente que es su obligación
compartir con el cuerpo
directivo del
Establecimiento, las
trabajo.
h. Proponer iniciativas que
vayan en pro del logro de los
objetivos institucionales.
i. Recibir la información
pertinente que les permita
realizar mejor sus labores.
114
responsabilidades referentes
a disciplina escolar, tanto en
clases como en los recreos.
n. Respetar el conducto regular.
o. Mantener en reserva toda
información confidencial.
p. Atender a los padres y
apoderados siempre con un
trato cortés y derivándolos a
los estamentos
correspondientes para su
atención.
q. Cumplir con la entrega de
material didáctico solicitado
por los docentes.
r. Informar a los profesores o
Inspectoría General cualquier
situación de disciplina con
los estudiantes.
ARTÍCULO 73: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES SECRETARIA DE DIRECCIÓN
La secretaria(o) de Dirección, es la persona que tiene como
responsabilidad facilitar las tareas del Director y UTP, realiza las
funciones administrativas que su jefe directo requiera, ordenando y
canalizando las actividades del quehacer diario de la unidad educativa.
115
PRINCIPALES FUNCIONES
a. Ordenar la agenda del Director, recordando compromisos,
reuniones, entrevistas y actividades.
b. Atender consultas telefónicas y de personas, proporcionando
información pertinente, fidedigna y adecuada o canalizando las
consultas hacia las personas responsables de las distintas
instancias de la unidad educativa.
c. Establecer contactos telefónicos solicitados por el Director o Jefa
de UTP.
d. Recibir requerimientos de apoderados, alumnos, y profesores para
la Dirección y UTP.
e. Recibir, clasificar, distribuir, archivar, y despachar la
documentación de la unidad educativa.
f. Prevenir oportunamente las necesidades del material de escritorio.
g. Atender a las autoridades y visitas que asistan a entrevistas con el
director(a).
h. Cumplir con las tareas que le asigne el Director o UTP en apoyo
de la gestión administrativa.
i. Manejar la base de datos de alumno, padres y apoderados y
profesores de la unidad educativa.
j. Manejar el archivador actualizado.
k. Cumplir con las normas de trabajo y convivencia y vela por
cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa.
l. Mantener la comunicación entre dirección del establecimiento
DAEM, y redes de apoyo externa, instituciones de la comuna y
116
entidades estatales.
m. Mantener un ambiente organizado de trabajo y recursos en
función de facilitar la labor del Director y Jefa de UTP.
n. Informar al Director de irregularidades que pueden estar
ocurriendo en la unidad educativa.
o. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento cuando el
DAEM y la dirección lo establezca.
p. Asistir y participar en las reuniones, citadas por la dirección de la
unidad educativa.
q. Mantener un canal de comunicación abierto con la UTP,
Inspectoría General, Profesores y alumnos.
r. Velar por mantener el aseo y ornato de la secretaría.
s. Organizar y preparar las reuniones del Director.
t. Controlar el uso de equipos (computador, impresora,
multicopiadoras, datas, etc.) a cargo de la dirección y de la UTP.
u. Distribuir internamente las comunicaciones u órdenes de trabajo
de la dirección
v. Colaborar en impresiones en informes de notas en época de fin de
año y otros registros.
w. Supervisar y organizar las dependencias de la unidad educativa
para actividades internas.
117
ARTÍCULO 74: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES SECRETARIA INSPECTORÍA
GENERAL
La secretaria de Inspectoría General , es la persona que tiene como
responsabilidad facilitar las tareas del Inspector General y la atención
de público, realiza las funciones administrativas que su jefe directo
requiera, ordenando y canalizando las actividades del quehacer diario
de la unidad educativa.
PRINCIPALES FUNCIONES
- Organizar y manejar el archivo de licencias médicas y/o
justificativos de los estudiantes.
- Atender con respeto a padres de familia o personas que le solicite
alguna información y remitirlo a quien esté autorizada para ello.
- Declarar mensualmente la asistencia asistencia en Plataforma
SIGE y administrarlo respecto a todos los antecedentes de los
funcionarios y estudiantes para mantener al día la plataforma,
según lo que indica el MINEDUC.
- Entregar mensualmente la asistencia de alumnos para el
Transporte Escolar.
- Declarar mensualmente el PAE.
- Al finalizar el año escolar deberá alimentar la plataforma SIGE
con las notas y antecedentes académicos de los estudiantes para
118
confeccionar las actas de promoción.
- Realizar matrículas, previa consulta a Dirección para corroborar
cupos disponibles.
- Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los
equipos y materiales que
le sean asignados de acuerdo a la naturaleza de su cargo.
- Elaborar a tiempo y con urgencia los certificados de estudio que
le sean solicitados, por
alumnos, ex alumnos o padres de familia.
- Redactar documentos cartas, comunicaciones e informes que le
solicite su jefe directo (Inspector General)
- Colaborar en la organización del proceso de matrícula.
- Apoyar a los padres y apoderados en la postulación al Sistema de
Admisión Escolar.
- Proporcionar documentos e información en conformidad con las
instrucciones
emanadas de la Dirección.
- Apoyar y colaborar a Inspectoría General en los tiempos recreos y
hora de colación de los estudiantes, que permitan mantener la
disciplina y seguridad de los estudiantes.
119
ARTÍCULO 75: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES DE LA AYUDANTE DE AULA
La asistente de aula apoya en forma sistemática el proceso de
enseñanza-aprendizaje y las estrategias utilizadas por el docente en la
sala de clases para asegurar el logro de los aprendizajes esperados en
los estudiantes, estableciendo relaciones de equidad, confianza,
solidaridad y respeto con los estudiantes.
a. Llegar puntualmente a clases.
b. Apoyar la creación de un clima estimulante para el desarrollo de
los aprendizajes y el desarrollo de la clase, estableciendo
relaciones de equidad, confianza, solidaridad y respeto con
estudiantes y apoderados.
c. Acatar la definición y mantenimiento de normas constructivas de
comportamiento en cuanto a domino de grupo.
d. Manifestar explícitamente altas expectativas sobre las
capacidades de todos los estudiantes.
e. Destacar y apoyar las fortalezas de cada estudiante.
f. Respetar la estructura jerárquica y funcional del establecimiento
educacional.
g. Se ajusta a la función que debe cumplir sin sobrepasarse de su rol
de asistente.
h. Comunicar a nivel verbal y por escrito, de manera clara y precisa,
las instrucciones a los estudiantes, antes y durante las actividades
que estos desarrollan.
120
i. Comprender las estrategias de apoyo a la enseñanza y los
contenidos propuestos por el docente para el trabajo con los
estudiantes.
j. Motivar a los estudiantes en concordancia con los contenidos y
actividades que el docente va a desarrollar.
k. Reforzar los logros y utilizar los errores como oportunidades de
aprendizaje y refuerzo en los alumnos.
l. Activar los conocimientos previos de los estudiantes, recogiendo
experiencias de actividades anteriores para potenciar el
aprendizaje de estos.
m. Recoger del docente las sugerencias para desarrollar las
actividades de los estudiantes.
n. Desarrollar su labor de apoyo en coordinación con el docente,
durante la clase.
o. Conocer el programa de estudio sobre el cual se trabaja.
p. Manejar la estructura del contenido del texto escolar de apoyo y
fomentar un buen uso de este si es pertinente.
q. Evidenciar una mayor preocupación por los estudiantes con
mayores dificultades de aprendizaje y por aquellos que presentan
Necesidades Educativas Especiales (NEE).
r. Revisar y monitorear las tareas y trabajos realizados por los
estudiantes.
s. Manejar los recursos de aprendizaje: tecnológicos, material
concreto, medios audiovisuales, etc.
t. Atender y retroalimentar verbalmente las consultas, dudas y los
121
logros de los estudiantes de manera respetuosa.
u. Prepara y mantener en orden y al alcance todos los recursos
pedagógicos que corresponde utilizar en la clase.
v. Respetar la estructura de la actividad propuesta por el docente,
cautelando el trabajo de todos los alumnos en los tiempos fijados.
76. 1 TAREAS DIARIAS:
a. Mantener el aseo y ornato de la sala de actividades.
b. Participar en forma activa en la rutina diaria.
c. Asistir al docente en la entrega de contenidos y actividades.
d. Cooperar en mantener un clima de respeto, aceptación, equidad y
confianza en la sesión de trabajo, el cual permita alcanzar los
aprendizajes esperados.
e. Verificar que los espacios y materiales a utilizar, no sean
elementos que puedan causar accidentes y mantener las vías de
escape libres en caso de emergencia.
f. Velar para que se cumplan las normas de convivencia entre los
estudiantes y comunicar al docente cualquier trasgresión.
g. Fomentar hábitos y buenas costumbres durante toda la jornada de
trabajo.
h. Preparar y disponer de los espacios y recursos antes de comenzar
la clase en función de crear un ambiente organizado y de
optimizar los tiempos para el aprendizaje.
i. Preparar el material para desarrollar la sesión de trabajo/clase y
preocuparse al final de esta de dejarlo en forma ordenada.
j. Utilizar un tono y lenguaje adecuado.
122
k. Reforzar positivamente a los estudiantes que demuestren
conductas adecuadas como; dominio de los ejercicios, interés,
participación, colaboración y hábito de trabajo.
l. Realizar las correcciones en forma grupal e individual y brindar la
ayuda en forma oportuna a los niños y niñas que lo requieran para
alcanzar los aprendizajes esperados.
m. Cumplir con el horario asignado, dejando constancia de ello en el
control correspondiente.
n. Mantener una presentación adecuada a su función.
o. Comunicar al Profesor(a) sobre los niños(as) que no asisten con
su material o útiles solicitado para participar en el desarrollo de la
clase.
ARTÍCULO 77: PRINCIPALES FUNCIONES DE LA
ASISTENTE DE PÁRVULO
La asistente de párvulo tiene como tarea principal el “asistir” en
forma constante, sistemática, periódica y dinámica a la educadora de
párvulos, con el fin de optimizar la calidad en la entrega de
aprendizajes, del ambiente humano y llegar al logro de los objetivos
propuestos, relacionados con la formación personal y social,
habilidades comunicativas, y las relaciones con el medio natural y
cultural de los niños y niñas pertenecientes al ciclo de educación
parvularia.
123
77.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO.
a. Implementar la sala de actividades con cuadros técnicos
pedagógicos acorde a las necesidades e intereses de los párvulos.
b. Ayudar a cada niño en el logro de los aprendizajes propuestos.
c. Cumplir con todas las tareas que se les sean encomendadas por la
educadora del nivel.
d. Asistir en todo momento el trabajo técnico-pedagógico
desarrollado por la educadora.
e. Colaborar en el establecer un clima de relaciones interpersonales
y empáticas con los párvulos.
f. Cumplir con las normas de trabajo y de convivencia en la clase y
vela por cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa.
g. Confeccionar y crear material didáctico para estimular las
diferentes áreas de desarrollo de los párvulos.
h. Coopera en mantener un ambiente organizado de trabajo y
disponer los espacios y recursos en función de los aprendizajes de
los párvulos.
i. Resguardar los recursos como los bienes del establecimiento.
j. Brindar atención integral a todos los párvulos según las
necesidades individuales.
k. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento profesional,
cuando MINEDUC, DAEM o la Dirección lo establezca.
l. Asistir y participar en las reuniones citadas por la dirección de la
unidad educativa y a las actividades educativas, culturales y
cívicas que por su función corresponde asistir.
124
m. Mantener un canal de comunicación abierto con la educadora de
párvulos, encargada del nivel a modo de retroalimentarse y crecer
profesionalmente.
n. Velar por mantener el aseo y ornato de la sala de actividades.
o. Reciclar cuadros técnicos y material didáctico en caso que sea
necesario.
p. Colaborar con la dirección de la unidad educativa cuando lo sea
solicitado.
q. Colaborar en la recepción y despacho de los alumnos
r. Colaborar en el cuidado y protección de la integridad física de
los alumnos,
s. dentro y fuera de la sala de clases
t. Colaborar en la preparación de material didáctico y decoración de
la sala de clases
u. Asistir en el control de esfínteres y hábitos de aseo personal de los
párvulos
v. Colaborar en la mantención del orden y la disciplina en la sala de
clases y fuera de ella
w. Ayudar en la Educación de los alumnos en las actividades
curriculares no lectivas establecidas por el Ministerio de
Educación
x. Informar a la educador y/o profesor acerca de cualquier situación
y. anómala que interfiera en el normal desarrollo de las actividades
programadas
z. Preocuparse que la sala de clases, baño y demás dependencias
125
asignadas se mantengan aseadas por el personal de servicios
auxiliares que esté a cargo sector.
aa. Efectuar las demás labores afines que el Director del
Establecimiento Educacional señale.
ARTÍCULO 78: PRINCIPALES FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES DEL INSPECTOR
El inspector es la persona que tiene como responsabilidad apoyar y
colaborar para que las actividades de la unidad educativa se desarrollen
en un ambiente de disciplina, respeto, bienestar, y sana convivencia.
A.- EN LO PEDAGÓGICO:
1. Colabora en el cumplimiento y ejecución del proyecto educativo,
fomentando hábitos y valores, dentro de la unidad educativa, que
permitan el desarrollo integral de la persona.
2. Vela por el cumplimiento del reglamento de convivencia escolar,
a través de la presencia constante en terreno (uniforme y
presentación personal, entre otros).
3. Establecer un buen clima y la convivencia organizacional
favoreciendo la motivación y el compromiso de la comunidad
educativa en el aprendizaje.
B.- EN LO ADMINISTRATIVO:
1. Velar por que las actividades escolares se desarrollen en un
ambiente de disciplina, armonía y sana convivencia.
2. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento.
3. Distribuir y dar a conocer los diversos instructivos emanados por
126
Inspectoría general o dirección del establecimiento.
4. Mantener informado al inspector general del desarrollo de las
actividades del nivel, cursos y sector que controla.
5. Vela por el correcto uso y la conservación del mobiliario, juntos
con las dependencias bajo su control.
6. Asistir a los consejos o reuniones que le sean pertinentes.
C.- EN LA COMUNIDAD Y EL ENTORNO:
1. Colaborar en mantener una buena relación con la comunidad y el
entorno.
2. Representar al colegio en su calidad de inspector, cuando se lo
solicite el director o inspector general.
3. Difundir el proyecto educativo y asegurar la participación de la
comunidad.
ARTÍCULO 79: PRINCIPALES FUNCIONES DEL INSPECTOR
DEL INTERNADO
Asegurar el desarrollo de las actividades del internado, de acuerdo a los
procedimientos establecidos por la Escuela
a. Administrar ambientes de aprendizaje seguro, de acuerdo a
normativas externas e internas al establecimiento educacional.
b. Monitorear funcionamiento del internado, de acuerdo a
procedimientos establecidos.
c. Formar hábitos en los estudiantes internos, de acuerdo a normas
de comportamiento establecidas
127
79.1 FUNCIONES DIARIAS
a. Controlar la asistencia de los alumnos, mediante un registro de
ingreso y salida con la firma, hora de llegada y salida del
Internado.
b. Llevar el registro oficial de asistencia del Internado.
c. Apoyar a los alumnos en actividades de reforzamiento a las horas
de estudio.
d. Supervisar a los alumnos internos en la hora de alimentación,
(verificar asistencia en hora de almuerzo)
e. Generar y cautelar que las condiciones del Internado sea la
óptima para hacer de este un lugar de descanso.
f. Mantener el orden y la limpieza del recinto Internado.
g. Enseñar y cautelar el cuidado de todos los bienes del Internado.
mantener un diario mural con información y datos.
h. Informar diariamente a través de la bitácora del internado, las
novedades que se produzcan.
i. Reforzar la parte valórica y de hábitos, conducta, en todo
momento
j. Planificar y ejecutar actividades recreativas, formativas a los
alumnos internos.
k. Realizar reuniones constantes con los alumnos para tratar
problemas del Internado y en consenso buscar vías de solución.
l. Realizar y supervisar que las actividades diarias del internado se
realicen en forma óptica y adecuada.
m. Informar por escrito a Inspectoría General o Dirección del
128
establecimiento cualquier anomalía o indisciplina al interior del
recinto.
ARTÍCULO 80: PRINCIPALES FUNCIONES DEL
EDUCADOR TRADICIONAL
Las y los educadores tradicionales que serán contratados por el
MINEDUC deben estar validados por su comunidad o asociación a la
cual pertenecen.
El educador/a tradicional trabajará en dupla pedagógica con profesor/a
de aula o profesor/a mentor.
Considerando siempre el proceso
80.1 PRINCIPALES FUNCIONES
a. Planificar en conjunto con Profesor mentor.
b. Respetar el horario de trabajo establecido.
c. Entregar informe al finalizar cada mes en Dirección, para ser
enviado a DAEM, con la boleta de honorarios respectiva y seguir
el conducto regular
d. Difundir la cultura mapuche a través de actividades organizadas
por el establecimiento.
e. Preparar material didáctico atingente a la planificación y al curso.
f. Preparar números artísticos, según actividades organizadas por el
establecimiento.
g. Cumplir con el convenio MINEDUC
129
ARTÍCULO 81: PRINCIPALES FUNCIONES DEL
ENCARGADO DE INFORMÁTICA
El encargado de informática o tecnología, responsable del correcto
funcionamiento del (o los) laboratorio de computación.
A. ÁMBITO FORMATIVO/INFORMATIVO:
1. La formación y perfeccionamiento del profesorado en la
utilización de materiales y programas.
2. Generar información para la correcta utilización del espacio
pedagógico y de los equipos informáticos, elaboración de norma,
hábitos.
3. Informador y asesor de nuevos productos, aplicación material.
B. ÁMBITO MANTENIMIENTO-TÉCNICO:
1. Conservar y mantener los equipos e instalaciones.
2. Velar por el correcto funcionamiento del sistema, redes internas,
externas, servidores.
3. Organización y control de los recursos, inventario, disponibilidad
y accesibilidad.
4. Prevenir oportunamente las necesidades de material de
informática.
5. Velar por mantener el aseo y ornato del laboratorio o sala de
computación para permitir la realización de clases de calidad.
C. ÁMBITO ESPACIO-TEMPORAL:
1. Elaboración de horarios para la utilización de los equipos por
parte de profesores y alumnos.
2. Adecuación de recursos a nuevas necesidades pedagógicas.
130
3. Optimizar la disposición y ubicación de los medios tecnológicos.
4. Velar por el mejoramiento de las condiciones físicas y de
mobiliario del aula de informática.
D. ÁMBITO PERSONAL:
1. Dinamizar el uso de los medios tecnológicos.
2. Promover la investigación.
3. Disposición al trabajo en equipo.
4. Cumplir con las normas de trabajo y de convivencia y vela por
cumplir con el reglamento interno de la unidad educativa (manual
de convivencia).
5. Internalizar su función y motivar a colegas y alumnos con esta
propuesta de trabajo.
6. Cumplir con las tareas que le asigne el director(a) en apoyo de la
gestión educativa.
7. Participar en aquellos cursos de perfeccionamiento cuando la
dirección lo establezca.
E. ÁMBITO ORGANIZATIVO:
1. Promover el proyecto educativo del establecimiento como marco
para el desarrollo consensuado de los programas de innovación.
2. Velar por una elaboración conjunta/compartida de objetos y
actividades del proyecto para la programación general anual, y
también, para memoria anual del centro de computación.
3. Informar a dirección, Inspectoría y jefaturas de las actividades
propias de los programas a trabajar en informático.
131
4. Interlocutor habitual para las relaciones externas de los programas
a desarrollar por informática con los organismos oficiales de la
unidad educativa.
5. Promover la información de agrupaciones organizadas
(comisiones, grupos de trabajo, etc.) para el correcto desarrollo
del programa de informática.
6. Mantener un ambiente organizado de trabajo y recursos en
función de facilitar la labor educativa.
F. ÁMBITO DIDÁCTICO:
1. Detección de las necesidades de alumnos y profesores.
2. Identificación y selección de material adecuado.
3. Adquirir, organizar, distribuir y controlar los programas.
4. Impulsas la integración curricular.
G. ÁMBITO COLABORATIVO:
1. Colaborar/participar con los equipos docentes y el profesorado en
general en tareas de elaboración de programas educativos.
2. El diseño de materiales específicos.
3. Adaptación de materiales ya producidos a las necesidades de cada
contexto educativo.
4. Informar al director(a) de irregularidades que pueden estar
ocurriendo en la unidad educativa.
5. Colaborar en impresiones de informe de notas, planillas, libros,
otros.
132
ARTÍCULO 82 : DERECHOS Y DEBERES DE AUXILIARES
DE SERVICIOS
AUXILIARES DE SERVICIO
DEBERES DERECHOS
a. Ejercer su función en forma
idónea y responsable.
b. Conocer el Reglamento
interno del establecimiento.
c. Conocer el PEI del
establecimiento y actuar de
acuerdo a sus principios y valores.
d. Respetar las normas del
Establecimiento.
e. Brindar un trato respetuoso a
los demás miembros de la
comunidad educativa.
f. Asistir a jornadas de
reflexión, capacitación y
actualización relacionadas con la
función que desempeñan.
g. Cumplir y hacer cumplir los
protocolos de actuación.
h. Colaborar en el
mantenimiento del orden y el aseo
en todas las dependencias del
a. Recibir la información
pertinente que les permita realizar
mejor sus labores.
b. Que se respete su integridad
física, psicológica y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios o degradantes.
c. Recibir un trato respetuoso
de parte de los demás integrantes
de la comunidad educativa.
d. Recibir formación o
capacitación que le permitan
realizar de mejor forma su trabajo.
e. Proponer iniciativas que
vayan en pro del logro de los
objetivos institucionales.
133
establecimiento.
i. Abrir o cerrar dependencias
del establecimiento y manejar las
llaves.
j. Atender el uso y limpieza del
comedor del Establecimiento
k. Retirar, repartir mensajes,
correspondencia y otros.
l. Realizar reparaciones e
instalaciones menores del local.
m. Cuidar y velar por el uso,
conservación de materiales, útiles,
herramientas y máquinas del
Establecimiento.
n. Entregar y recibir material
audiovisual, didáctico o de apoyo a
las actividades lectivas.
o. Desempeñar cuando
proceda, atención de portería
teniendo como responsabilidad
específica: regular, y vigilar
entradas y salidas de las
personas al establecimiento.
p. Informar previamente a su
134
superior la solicitud de ingreso de
personas, antes de autorizar su
entrada.
q. Realizar otras tareas de
apoyo a la marcha del
establecimiento cuando solicite
la Dirección o Inspectoría
General, o quién lo requiera
previa autorización de la Dirección
o Inspectoría General.
r. Colaborar en el
mantenimiento del orden,
limpieza y calefacción en todas
las dependencias del
establecimiento.
s. Mantener en todo momento
una actitud de respeto,
honestidad, y lealtad para
con sus superiores: Director,
Inspector General, U.T.P,
Docentes; como asimismo con sus
pares, alumnos y Apoderados.
t. Usar un vocabulario acorde
al nivel utilizado en un
establecimiento educacional.
135
u. Aseo de las dependencias de
la escuela
v. Funciones de Portería
w. Reparaciones menores de la
infraestructura
x. Reparto de correspondencia,
trámites de los servicios que le
sean encomendados
y. Operación del equipo
reproductor de audio.
z. Tareas menores en
electricidad, gasfitería y
carpintería.
aa. Mantención de jardines,
prados del entorno de la Unidad
Educativa.
bb. Efectuar las demás labores
afines que el Director del
Establecimiento educacional
señale.
cc. Velar por el uso racional de
los insumos básico del
establecimiento y el consumo de
electricidad, agua y calefacción
(combustiones lentas).
136
ARTÍCULO 83: PROHIBICIONES
a. Los apoderados no deben interrumpir las clases, son atendidos por
los docentes según horarios de atención.
b. Se prohibe el ingreso de los apoderados y/o personas ajenas al
estabecimiento a las dependencias, tales como: salas, patios,
comedor y baños, sin autorización previa o conocimiento del
Inspector General. Esto con el fin de resguardar a los estudiantes.
c. Se prohíbe el ingreso y/o consumo de cigarrillos, alcohol, drogas
y estupefacientes en el establecimiento, a toda la comunidad
escolar.
d. Las agresiones físicas o verbales entre los integrantes de la
comunidad escolar no se permiten, las cuales serán sancionadas,
según protocolo.
e. No se permite el ingreso al establecimiento de personas en estado
de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, drogas u otras
sustancias que alteren el normal desempeño. Se llamará a
carabineros.
f. Se prohíbe consumir alimentos durante las clases, incluidos
confites.
g. Los estudiantes tienen el deber de asistir o representar al
establecimiento, cuando sea necesario o se hayan comprometido
previamente, en eventos internos, comunales, provinciales,
regionales o nacionales, como asimismo en las giras de estudio,
paseos de curso u otras.
h. Evitar las salidas al baño, en horas de clases, los alumnos de 1º a
8º.
137
i. Se prohíbe a los alumnos el ingreso al establecimiento de objetos
o artículos de gran valor (Joyas, Mp3, Mp4, Tablet, celulares,
juegos electrónicos). En caso de que un alumno portara uno de
estos artefactos, el establecimiento no se hace cargo de robos o
daños a éstos. El uso de dispositivos de almacenamiento masivo
de información son autorizados sólo con fines académicos.
j. No es permitido abandonar la clase ni la escuela durante la
jornada escolar, salvo petición expresa por escrito del apoderado,
el cual quedará registrado en “Libro Registro de Salida”.
k. No es permitido el comercio ambulante externo, en el interior del
Establecimiento, sin la autorización respectiva.
l. No es permitido llegar atrasado a clases o al trabajo, sin
justificación.
m. No es permitido ingresar al establecimiento con algún tipo de
arma (garrotes, cuchillos, cortaplumas, revólveres o pistolas a
fogueo, balas, balines plásticos u otros). Como también revistas,
imágenes o material audiovisual de carácter pornográfico.
Cada semana dos profesores están de Turno, con la
responsabilidad de: formaciones, acto día lunes, colaborar en
celebraciones paraacadémicas, resolver situaciones conflictivas,
velar orden en pasillos y comedores.
n. El personal de la Escuela puede hacer uso de hasta 6 días de
permiso con goce de remuneraciones, previa solicitud con 48
horas de anticipación. La Dirección da la autorización si lo
amerita.
138
o. Al término del periodo de clases (julio y diciembre) el personal
asistente de la educación, tiene un horario de trabajo de acuerdo a
su contrato.
p. Los materiales movibles y mobiliario del establecimiento no son
prestados a personas privadas, tales como: TV, Computadores,
Impresoras, Proyectores, Telones, Instrumentos musicales,
Vestuario Folclórico y otros.
q. Es obligación para los padres y/o apoderados asistir a las
reuniones de curso y del Centro General de Padres y Apoderados.
Se permite un representante del apoderado sin derecho a voto,
solo a escuchar.
r. Los alumnos de 5º a 8º colaboran haciendo el aseo de sus salas, a
través de semaneros.
s. El Internado tiene un Reglamento Propio anexo a este
Reglamento.
t. Los alumnos externos son enviados al consultorio con Inspector
de Pasillo, auxiliar o ayudante de aula solo cuando, durante la
jornada de Clases se accidente, sienta dolores o presente algún
trastorno emergente. En casos de horas de atención médica o
dental de un día para otro, es responsabilidad del apoderado
retirarlo y llevarlo, con registro de su salida.
u. En caso de enfermedades crónicas o de tratamientos especiales
que involucren su estado físico para realizar Educación Física,
solo lo exime un Certificado Médico.
v. Los atrasos y las inasistencias de los estudiantes deben ser
139
justificados mediante una comunicación redactada y firmada por
el apoderado.
w. Se prohíben las manifestaciones amorosas, maquillaje y uñas
pintadas en alumnas, aros o piercing en alumnos.
x. El establecimiento revisará el vestuario y mochilas de alumnos
y/o alumnas en busca de robos, armas, botellas, drogas.
y. Los alumnos y alumnas que destruyan material del
establecimiento, el apoderado deberá reponerlo y asumir sus
costos.
z. No es permitido el uso de celulares en horas de clases por parte de
los alumnos.
aa. Se prohíbe la utilización del celular en los funcionarios,
abusando de su uso en sala de clases o en otras dependencias,
donde se refleje abandono de funciones.
CAPÍTULO XII: DEL INGRESO DE LOS FUNCIONARIOS DEL
ESTABLECIMIENTO
ARTÍCULO 84: REQUISITOS
1. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
2. Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional
o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo
exija la Ley.
3. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber
obtenido una calificación deficiente o, por medida disciplinaria,
140
salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de
expiración de funciones.
4. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos
públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito, ni
condenado en virtud de la ley Nº 19.325 sobre violencia
intrafamiliar.
5. No encontrarse afecto a algunas de las causales de inhabilidad
previstas en los artículos Nº 54, 55, 56 y Nº 64, de la Ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
6. Currículum Vitae.
7. Fotocopia Cédula de Identidad.
8. Certificado de antecedentes para fines especiales.
9. Certificado que acredite situación previsional.
10. Fotocopia de título notarial.
11. Certificado de salud compatible con el cargo.
12. Certificado de idoneidad psicológica.
13. Certificado de inahabilidad para trabajar con menores de edad.
ARTÍCULO 85 : DEL INICIO Y TÉRMINO DE LA JORNADA
La jornada ordinaria dependerá de la carga horaria por la que fuera
contratado por DAEM, dejándose un tiempo de 40 minutos de
colación, incluida dentro de la jornada de permanencia en el
141
establecimiento. Para ello, el Establecimiento cuenta con una
dependencia habilitada destinada y adecuada para el caso.
ARTÍCULO 86: Se prohíbe a los funcionarios almorzar en otras
dependencias del establecimiento, que no sea la habilitada para tal caso.
ARTÍCULO 87: La Jornada de Trabajo se distribuirá de acuerdo con
las necesidades propias del Establecimiento, cuando se establezca su
Carga Horaria, en marzo, la que debe ser firmada por cada funcionario
y digitalizar la huella dactilar para habilitar el reloj control.
ARTÍCULO 88: DE LA JORNADA DE TRABAJO
Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de
trabajo, El establecimiento llevará un registro que consistirá en un reloj
control digital, donde el trabajador deberá marcar con su huella digital
la entrada y la salida desde la Unidad Educativa.
En el establecimiento Educacional, habrá una Bitácora Adicional donde
la Dirección del establecimiento, estampará las observaciones por
inasistencias, retiros anticipados o el ingreso posterior cuando
corresponda, ya sea por atrasos justificados, licencias médicas,
permisos, cometidos funcionarios, etc.
Al finalizar el mes La Dirección del establecimiento imprime la
asistencia mensual y reportará a DAEM.
ARTÍCULO 89: DE LOS PERMISOS ADMINISTRATIVOS
Los funcionarios tendrán derecho a 6 días administrativos al año, por
concepto o fines de carácter personal. Los permisos deberán ser
142
solicitados con la debida anticipación, 2 días como mínimo, con la
salvedad del permiso que se pide ante situaciones imprevistas.
En el caso de situaciones imprevistas que se puedan presentar a los
trabajadores. Este permiso de emergencia debe ser notificado por el
funcionario, exponiendo las razones de su solicitud vía correo
electrónico a: [email protected] el que se adjuntará al
formulario respectivo, para su presentación al Departamento de Educación y se
haga efectivo el permiso.Así como también, podrá ser a través de un llamado
telefónico, avisando oportunamente al Director del Establecimiento.
ARTÍCULO 90: Todos permisos que se solicite bajo cualquier
circunstancia, deberá estar solicitado y respaldado por el respectivo
formulario tipo que utiliza el Establecimiento, el que deberá solicitar en
Secretaría de Dirección. En el caso de profesores y asistentes de aula,
deben ser presentados a UTP junto a la planificación y/o material de
trabajo para coordinar el respectivo reemplazo del funcionario en aula.
Ningún funcionario podrá autorizar sus propios permisos, deberá acudir
siempre a la jefatura superior.
Los permisos que se soliciten por horas, durante y antes del inicio o
término de la jornada de trabajo serán autorizados por Dirección y se
registrará en bitáctora.
ARTÍCULO 91 : Se considerarán permiso paternal (nacimiento de un
hijo) el establecido en la ley Nº 20.047/2005 y permiso laboral por
muerte de parientes el establecido en la ley Nº 20.137/2006, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
143
ARTÍCULO 92 : DE LOS COMETIDOS DE SERVICIO
Todo actividad extraprogramática, salidas pedagógicas, capacitaciones,
talleres, reuniones, otras de carácter formativo o pedagógico que se
realicen fuera del establecimiento, se deberá emitir un Cometido de
Servicio firmado por el funcionario, el que será autorizado por la
Dirección del establecimiento.
ARTÍCULO 93: DE LAS LICENCIAS MÉDICAS
El funcionario que está enfermo y no puede asistir al trabajo deberá dar
aviso a su Jefatura Directa y en caso de una licencia médica, deberá
entregarla dentro de las 24 horas siguientes de sobrevenida la
enfermedad.
ARTÍCULO 94: Es obligación del DAEM dar el curso
correspondiente a la licencia para que los organismos pertinentes las
visen y se proceda a los pagos de subsidios y demás beneficios al que el
trabajador involucrado pudiera tener acceso.
ARTÍCULO 95: El Establecimiento, prohibirá al funcionario/a
enfermo, con licencia médica que asista al trabajo o efectúe con su
conocimiento cualquier actividad o labor mientras dure la licencia, ya
sea en el trabajo o en su casa, a menos que se trate de actividades
recreativas no remuneradas y compatibles con el tratamiento médico.
ARTÍCULO 96: Licencias por reposo maternal. Se aplica en caso
corresponda de acuerdo a Ley vigente.
144
ARTÍCULO 97: Toda trabajadora tendrá derecho a permiso y al
subsidio que pudiere corresponder cuando el hijo menor de un año
requiera su atención en el hogar de acuerdo a ley vigente.
ARTÍCULO 98: DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
Todos los funcionarios del Establecimiento se les aplicarán evaluación
de desempeño al término de cada semestre (julio y diciembre). Estas
pautas de la evaluación que se aplicarán deben ser conocidas por todos
los funcionarios.
Además, evaluación será contemplada como acción en el Plan de
Mejoramiento Educativo, en el área de Liderazgo y son de carácter
formativo que permitan mejorar el desempeño de los funcionarios.
Luego de aplicada la Evaluación la Dirección del establecimiento se
enviarán copia al Departamento de Educación.
Esta Evaluación de desempeño es de carácter obligatoria para todos los
funcionarios, sin excepción.
ARTÍCULO 99: DE LAS SANCIONES
Las infracciones a las normas del presente Reglamento Interno
otorgarán derecho a la Dirección y al Sostenedor del Establecimiento
Educacional para sancionar a quienes hayan incurrido en las conductas
vulneratorias. Asimismo, la Dirección y el Sostenedor del
Establecimiento Educacional tendrán la responsabilidad de
implementar y velar por la correcta aplicación de las normas
disciplinarias establecidas en este cuerpo normativo.
145
Si un trabajador infringiere sus obligaciones laborales, como las
disposiciones del presente Reglamento Interno, podrá ser objeto de las
siguientes sanciones:
1. Amonestación verbal. Se dejará registrado el hecho en Bitácora de
Dirección.
2. Amonestación escrita, con comunicación a la Dirección del
Trabajo. Se dejará registrado el hecho en Bitácora de Dirección.
La aplicación y reclamo de las medidas disciplinarias contempladas en
este Reglamento, se sujetará al siguiente procedimiento:
Cuando la Dirección tome conocimiento por cualquier medio, de la
participación de un trabajador a su cargo en hechos o conductas que
constituyan una infracción al presente Reglamento, efectuará una
revisión de los antecedentes a fin de determinar la existencia de la
infracción y la participación y responsabilidad que le cupo al trabajador
involucrado o a otros, en ella.
Solicitará la declaración de las personas presentes o reunirá los
antecedentes necesarios para corroborar la comisión de la conducta
infraccional. Una vez hecho lo anterior, se reunirá con el trabajador
para poner en su conocimiento las conclusiones a que ha arribado a
partir de la revisión de los elementos de juicio, y permitirá al trabajador
exponer su visión de los hechos.
En caso de que el trabajador no se presente, o rehúse comparecer ante
la Dirección, se resolverá de inmediato si procede aplicar algunas de las
sanciones contempladas precedentemente. En caso de que se resuelva
146
que resulta procedente la aplicación de alguna de dichas sanciones, lo
comunicará por escrito al trabajador.
Con todo, en casos de especial gravedad, o en casos de reiteración de
conductas infraccionales, se informará al Departamento de Educación
por escrito para que ordenen la sustanciación de Investigaciones
Sumarias, Sumarios Administrativos y aplicación de sanciones según
corresponda.
ARTÍCULO 100: Los trabajadores que infringieren las disposiciones
del presente reglamento interno, serán sancionados de acuerdo a lo
que se estipula en el presente reglamento y lo establecido en la Ley Nº
18.883/89.
Medidas disciplinarias:
1. Amonestación, Carta de Demerito o Censura
2. Multa.
3. Suspensión del empleo desde treinta días a tres meses.
4. Destitución o termino del contrato por las disposiciones del
artículo N° 160 del Código del Trabajo.
Por lo anterior, Si el trabajador a quien se le aplica una medida
disciplinaria se encuentra desconforme por considerar que no es
proporcional a la infracción cometida, tiene la posibilidad de apelar de
inmediato a la instancia superior, esto es al jefe directo y quien le
anteceda jerárquicamente, en un plazo máximo de cinco (5) días
hábiles, contados desde que se le notifique oficialmente la sanción
147
impuesta. Dicho reclamo debe ser presentado en forma escrita y por
medio de las vías formales.
CAPÍTULO XVI: NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
PERSONAL
ARTÍCULO 100: La escuela deberá velar por la adopción de medidas
necesarias para proteger eficazmente la vida y salud del personal y de
sus alumnos.
ARTÍCULO 101: En el establecimiento, deberá existir, a lo menos los
siguientes elementos de prevención de riesgos.
a) Un listado que se ubicará en lugar visible y estratégico, de las
direcciones, números telefónicos de los centros Asistenciales más
próximos, carabineros, bomberos, Hospital, Asociación Chilena de
Seguridad y otros.
b) Cantidad suficiente, según las normas vigentes, de extintores de
incendios del tipo polvo químico seco y demás elementos para combatir
incendios.
c) Uno o más botiquines, según la capacidad del Establecimiento,
equipados con medicamentos y otros útiles necesarios mínimos.
d) Indicaciones claras acerca de la forma de evacuar el edificio en caso
de siniestros.
e) Cualquier otro que exijan o exigieran las normas legales o
reglamentarias.
148
ARTÍCULO 102: El Director deberá velar porque en el
establecimiento se adopten las siguientes Normas mínimas de higiene,
sin perjuicio de las atribuciones que sobre la materia tiene el Ministerio
de Salud.
a) Mantener, una dependencia dentro del local para el Trabajo
Administrativo (sala profesores) cuando el docente no esté frente a los
alumnos y o para realizar determinadas actividades de colaboración.
b) Mantener en estado de funcionamiento baños (lavatorios, W.C),
separados para Hombres y mujeres.
c) Los artículos de aseo y los alimentos, deben estar ubicados en
lugares diferentes y ser perfecta y claramente individualizados.
d) Mantener el Edificio en general, en forma higiénica, con el objeto de
que el Establecimiento cuente con un ambiente sano y adecuado al
desempeño de las funciones Educacionales.
ARTÍCULO 103: El DAEM, a través del Director de la escuela velará
por el cumplimiento de las siguientes normas de seguridad.
a) Planificar la distribución de mobiliario en el respectivo
Establecimientos, teniendo presente el libre Desplazamiento de los
alumnos y el camino expedito hacia el exterior.
b) Mantener las superficies destinadas al trabajo y recreación, libres de
elementos que puedan Perturbar el desarrollo de las labores docentes.
c) Eliminar elementos que presenten peligro para el alumnado y
personal del Establecimiento.
149
d) Mantener los accesos, escaleras, puertas y ventanas despejados.
ARTICULO 104: En estas materias y dado que el Establecimiento
Educacional está integrado por el personal que labora en él y los
alumnos, deberán respetarse y cumplirse obligatoriamente las circulares
que sobre prevención, higiene y seguridad ha emitido y/o emitan los
Ministerios de Educación y salud respectivamente y/o los
Representantes Legales.
CAPÍTULO XVII: SOBRE PREVENCION DE RIESGOS
PROFESIONALES
(Publicado en el Diario Oficial de 7 de marzo de 1969)
Núm. 40.‐ Santiago, 11 de febrero de 1969.‐ Vistos: lo dispuesto en la
ley 16.744, publicada en el Diario Oficial de 1º de febrero de 1968 y de
acuerdo con la facultad que me confiere el Nº 2 del artículo 72º de la
Constitución Política del Estado.
DE LA OBLIGACION DE INFORMAR DE LOS RIESGOS
LABORALES
ARTÍCULO 105: Los empleadores tienen la obligación de informar
oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los
riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los
métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la
actividad de cada empresa.
150
Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los
elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de
producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos
(fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición
permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y
sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para
evitar tales riesgos.
ARTÍCULO 106: DE LOS RIESGOS INHERENTES A LA
ACTIVIDAD EN EL ESTABLECIMIENTO
RIESGOS CIRCUNSTA
NCIA QUE
PROVOCAN
EL RIESGO
CONSECU
ENCIAS
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Sobreesfuer
zo físico
Cargas y
transportes de
materiales,
excesivo
tiempo sentado.
Fatiga y
daño a la
comuna por
mala
posición,
lumbagos,
tendinitis,
esquinces,
desgarros
La posición correcta al estar
sentado, debe estar la
espalda completamente
adosada al respaldo, para
evitar la fatiga Efectuar el
método correcto de levantar
materiales, canalizar la voz
en forma adecuada.
Sobreesfuer
zo de la voz
Forzar mucho
la voz, amplitud
Disfonía y
nódulos
Carraspear y toser con
frecuencia, Gritar, chillar o
151
de la sala de
clases, ruido
ambiental.
tratar de hablar por encima
del ruido ambiental, Hablar
de manera prolongada a
larga distancia y en el
exterior, El estrés, la fatiga
y las tensiones emocionales
que puedan afectar a la voz,
Tensar o apretar los dientes,
la mandíbula o la lengua
durante la fonación,
Esfuerzos vocales intensos
y agresivos.
Golpes Obstrucción de
Pasillos y
superficies de
desplazamiento.
Al pararse y
sentarse.
Lesiones
producto de
golpes en
las piernas.
No obstruir las cajas de
escaleras con elementos
apilados.
Contacto
con
Objetos
cortantes y
Punzantes
Apertura de
cartas, corte de
papeles,
Trabajos de
oficina en
Heridas Para sacar corchetes de la
documentación, utilice el
saca
corchetes, Ponga mucha
atención y sea precavido al
152
general utilizar el cuchillo cartonero
o el abrecartas, Evite tomar
café o comer en la oficina,
se podría quemar o dañar
equipo y producir un
accidente.
Ergonómic
os
La no
utilización de
apoya muñecas.
Trabajar
adoptando una
mala posición.
Tendinitis y
daños en las
muñecas
Adopte una buena postura
ante su
puesto de trabajo, acerque
teléfono, teclado, y mouse a
una posición donde sus
brazos lo puedan alcanzar
sin mayor esfuerzo, al
digitar utilice el apoya
muñecas.
Eléctricos Conexiones de
PC, en mal
estado.
Enchufes en
mal estado.
Espacios muy
reducidos
Shock
eléctrico,
quemaduras
y daños
generalizad
os producto
de la
electricidad,
incendios
Evite cordones o
alargadores eléctricos en
malas condiciones, nunca
cargue los enchufes,
cerciórese que los enchufes
Están en buen estado. Ante
anomalías en artefactos
eléctricos solicite la
revisión del personal de
153
mantención.
Caídas y
tropiezo
Reclinarse o
jugar en la silla
de trabajo,
sillas en mal
estado, Usar
pisos u otros
elementos para
alcanzar
archivadores o
carpetas en
altura, caídas en
las escaleras.
Lesiones
generalizada
s,
contusiones.
No se recline hacia atrás en
la silla, para evitar caídas.
La sillas deben estar en
buenas condiciones. No
proyecte superficies, use
escaleras. No baje escaleras
leyendo, corriendo o con las
manos en los bolsillos. No
deje
Maletines, bolsos o
documentación en el piso
del área de trabajo.
Mantenga ordenado su
puesto de trabajo.
Incendios Dependencia
con elevada
carga de
combustión
Incendios,
quemaduras,
asfixias
No fume en la oficina, ni en
lugares donde se trabaje con
materiales
Inflamables
(fotocopiadoras,
papeles etc.)
Caídas de
Distinto o
del
Superficies
inadecuadas
para el tránsito,
Lesiones
traumáticas,
parálisis,
Tener presente en toda
circunstancia y lugar las
reglas básicas siguientes:
154
Mismo
nivel
Tropiezos
subir y bajar
escaleras,
circulación por
distintas
dependencias
muerte,
golpes,
heridas
Camine no corra, evite giros
rápidos al doblar, mire por
donde camina, no obstruya
su visión, Respete las
señalizaciones y vías de
circulación, elimine el
peligro de las superficies
resbalosas, usando
elementos antideslizantes,
evite encerar las escaleras,
use al calzado adecuado en
buenas condiciones, si debe
utilizar
escalas, que sea la
adecuada, asegúrese que
este en buen estado, no
utilice sillas o medios
improvisados para alcanzar
objetos en altura.
155
CAPÍTULO XVIII: DEL INTERNADO ESCUELA BAHIA
MANSA
El Internado es un Beneficio extraordinario que entrega la Escuela a las
familias vulnerables, el cual un estudiante puede perder si con su
accionar negativo atente o provoque grave daño a la Convivencia,
Infraestructura y/o Prestigio de este Establecimiento.
ARTÍCULO 107: REGLAS GENERALES DEL INTERNADO
a. Los alumnos y alumnas internos serán atendidos por dos duplas
de Inspectores Varón y Dama, en dos etapas, de 16:00 a 24:00
horas y de 24:00 a 08:30 horas.
b. Los internos pueden ingresar los días Domingos desde las 16:00
a las 19:00 y se retiraran a sus casas, todos los viernes, al
término de las clases (14:30 horas).
c. El internado tendrá dos reuniones generales ordinarias anuales,
con los apoderados de los internos.
d. Los alumnos internos serán responsable del aseo de sus
dependencias, a través de Turnos de Semaneros, acompañados
por los inspectores, dentro del marco de la formación de hábitos
y actitud social de los alumnos.
156
e. Los internos deben salir del Internado a diario hacia sus clases,
con sus mochilas y útiles escolares correspondientes a las 8:45,
quedando prohibido el ingreso a éste, durante las clases.
f. Los inspectores deben aplicar este Reglamento, amonestando,
solucionando conflictos y sancionando, lo que debe ser
informado al otro día a la Dirección.
g. Las actividades de los internos y del internado tiene el siguiente
Horario diario de funcionamiento, que los alumnos y alumnas
internos deben cumplir:
LUNES A JUEVES
07:00 horas: Levantarse los alumnos internos
07:00 a 07:50 horas: Aseo personal, hacer sus camas, salida
del Internado
07:50 a 08:20 horas: Aseo dormitorios, baños, pasillos por
semaneros
08:20 a 08:30 horas: Desayuno internos acompañados por
Inspectores noche
08:30 horas: Salida a clases. Cierre de Internado
16:00 horas: Ingreso Inspectores día. Apertura del
Internado
16:10 a 16:30 horas: Once
16:30 a 17:45 horas: Ingreso alumnos dejar mochila y cambio
de vestimenta
Participación en Talleres, uso sala
Computación, Recreación.
18:00 a 19:00 horas: Hora de estudio (comedor) y se pasa lista
19:00 a 19:30 horas: cena
157
19:30 a 20:00 horas: Salida a compras negocios del sector
(Sólo los lunes)
20:00 a 21:00 horas: Recreación en el Comedor
21:00 a 21:55 horas: Ingreso a dormitorios, Baño, Preparación
de ropa y
Útiles escolares para próximo día y
Acostarse.
22:00 horas: Apago de luces
22:00 a 00:00 horas: Se hace vigilia y rondas hasta entregar
turno
00:00 a 08:45 horas: Cambio de turno de inspectores
DOMINGO
16:00 horas: Llegada de Inspectores y revisión de
Internado
16:10 a 17:30 horas: Organizar y disponer el Internado para
recepción de alumnos
17:30 a 19:00 horas: Recepción de alumnos internos
19:00 a 19:30 horas: Cena
19:30 a 21:10 horas: Recreación de Alumnos en comedor y
aseo de este
21:10 a 21:40 horas: ingresan a internado, se bañan
21:40 a 22:00 horas: Ordenar sus materiales escolares en
mochilas y uniforme.
22:00 horas: Apago de luces
22:00 a 24:00 horas: Vigilia de Inspectores hasta que duerman
los alumnos
00:00 horas: Cambio de turno dupla de Inspectores
VIERNES
07:00 a 08:00 Horas: Levantarse. Aseo Personal
08:00 a 08:20 horas: Aseo Internado
158
08:20 a 08:30 horas: Desayuno acompañados de inspectores
08:30 horas: Entrega de turno inspector
14:30 horas: Salida de clases. Ingreso a internado a
retirar sus bolsos.
14:40 horas: Suben a furgón escolar con regreso a sus
hogares
14:50 horas: Niños de Osorno son llevados por asistente
a tomar el bus
h. Los Inspectores llevan una Bitácora como registro de las
situaciones relevantes diarias, una para las internas y una para
los internos.
i. Se prohíbe a los internos luego de las clases, deambular por las
salas, pasillos y oficinas, después de las 16:30 horas a menos
que esté autorizado por alguna actividad escolar planificada.
j. No se permiten riñas, discusiones, groserías, apodos ni burlas.
k. Se prohíbe traer especies de valor, joyas, radios, celulares, MP
3, revistas no adecuadas, en caso de traerlas y perderlas o
estropearlas el internado no se responsabiliza.
l. Evitar causar deterioros o destrozo en los bienes inventariables
entregados. En caso de ocurrir el apoderado se hace
responsable de su restitución o reparación.
m. No se permite ingresar alimentos perecibles a los dormitorios.
n. No se permite ingresar a personas extrañas al Internado en
presencia o ausencia del inspector o inspectora.
o. Está prohibido ingresar bebidas alcohólicas, cigarrillos,
elementos corto punzantes o armas de fuego, al internado.
159
p. Está prohibido hurtar, sacar sin autorización o usar especies que
no sean de su propiedad.
q. Se prohíbe hacer abandono del internado y/o fuera de los límites
del establecimiento después de clases, sin autorización.
r. Se prohíben las manifestaciones amorosas y pololeo.
s. Se prohíbe el ingreso de internos al Internado Damas y de
internas al Internado Varones. Durante el día y mucho menos en
la noche.
t. Se prohíbe levantarse, luego de apagar las luces a jugar,
conversar, cambiarse de cama, hacer bromas.
u. Se prohíbe las agresiones con elementos contundentes y/o
armas.
v. Se prohíbe la fuga o ingreso con escalamiento.
w. Están prohibidas las relaciones sexuales de todo tipo.
x. Está prohibido ingresar embriagado o embriagarse en el
internado.
DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTERNOS E INTERNAS
ARTÍCULO 108: DE LOS DERECHOS
a. Cada alumno interno tiene derecho a recibir:
Una cama -Un colchón
Tres frazadas -Un closet metálico
Una cubrecama -Una almohada
160
b. Cada interno o interna tiene derecho a las raciones de
alimentación diaria de desayuno, almuerzo, once y
cena de acuerdo al Programa o Menú
c. Los internos tienen derecho a ser enviados a clases y asistir a la
jornada diaria.
d. Los internos tienen derecho a ocupar y usar las dependencias,
materiales didácticos, recreativos y deportivos del
establecimiento.
e. Los internos tienen derecho a ser atendido en sus tareas escolares,
problemas personales u otros, por un inspector, dentro del
horario del Internado.
f. Los Internos tiene derecho a salir del Internado por necesidad o
fuerza mayor durante la semana, previa comunicación
telefónica o petición escrita del apoderado.
g. Cada interno tiene derecho a conocer los Reglamentos y Horarios.
h. Cada interno tiene derecho a recibir atención médica siendo
llevado al Consultorio cercano, en caso lo necesitare o
derivarlo.
ARTICULO 109: DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS
INTERNOS
a. Cada alumno interno e será responsable del cuidado y
mantención de los bienes recibidos (cama, frazadas, etc.)
b. Cada interno o interna debe responsabilizarse de la
mantención y buen uso de las dependencias del internado
(dormitorios, camas, baños, comedor, etc.)
161
c. Cada interno debe responsabilizarse de su aseo, higiene y
cuidado personal.
ARTÍCULO 110: DE LAS SANCIONES Y ESTIMULOS DE
INTERNOS E INTERNAS
Todas las acciones positivas sobresalientes de los alumnos y
alumnas de esta Escuela son serán con Aprobación y Estímulos, las que
serán destacadas a través de:
a. Felicitación verbal en acto de día lunes
b. Anotación positiva en el Libro de Clases
c. Mención en Actos Cívicos importantes
d. Exposición en Cuadro de Honor
e. Premiación en ceremonia de Clausura del Año Escolar
ARTICULO 111:
Todas las acciones negativas que atenten en contra de la
convivencia y armonía social, familiar, escolar y afectiva, serán
sancionadas se acuerdo a la gravedad de los hechos:
a. Amonestación Verbal
b. Amonestación escrita
c. Citación Apoderado
d. Asignación de Tareas o trabajos especiales
e. Suspensión Temporal (desde 1 día hasta 5 días)
f. Condicionalidad del Beneficio de Internado
g. Expulsión del Internado
162
ARTICULO 112:
Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento Interno y
de Convivencia Escolar, como robos, destrozos, violaciones, agresiones
físicas, accidentes, crímenes u otras situaciones que ocurran fuera de lo
esperado y sea necesario normar, será resorte de la Dirección del
Establecimiento.
CAPÍTULO XXXX: DE LAS CONDUCTAS QUE
CONSTITUYEN FALTAS
ARTÍCULO 113: DE LAS FALTAS LEVES
Son consideradas faltas leves aquellas actitudes o comportamientos que
alteren la convivencia escolar, pero que no involucren o expongan a un
daño físico y/o psicológico a algún miembro de la comunidad
educativa.
SERAN CONSIDERADAS FALTAS LEVES:
a. Utilizar en clases y en otras actividades formativas, sin la
autorización expresa del profesor, objetos que distraen la
atención (por ejemplo, juguetes, naipes, celulares, reproductores
de música, video juegos, cámaras fotográficas u otros artefactos).
b. Ingerir alimentos durante el desarrollo de la clase.
c. No asistir con equipo deportivo y útiles de aseo.
d. No colaborar ni participar en las actividades de la escuela.
e. Tener hasta 3 anotaciones negativas en Hoja de Registro de
Observaciones Personales en Libro de Clases. Ellas, por
163
transgresiones a la convivencia escolar, por ejemplo, no realizar
las tareas, no traer útiles, llegar atrasado en el ingreso a la
escuela, a la sala de clases u otras, y/o comportarse
inadecuadamente en clases, en ceremonias o actos de la escuela,
mostrar presentación personal inadecuada.
ARTÍCULO 114: MEDIDAS PEDAGÓGICO-FORMATIVAS Y SU
SUPERACIÓN
DIÁLOGO
PERSONAL
CORRECTIVO
Es una conversación formal y escueta entre, por
ejemplo, el docente, Inspector, dupla psicosocial,
asistente de aula y/o Directivo de la Escuela y el
estudiante, en la que se le manifiesta que ha
incurrido en una conducta que va en contra de las
normas del establecimiento, instando a la reflexión
y toma de conciencia.
Deberá registrarse en Hoja de Registro de
Observaciones Personales del Libro de Clases.
INFORMACIÓN
A PADRE,
MADRE Y/O
APODERADO
Luego de 3 anotaciones en el libro de clases, se
comunica la transgresión en la que ha incurrido el
estudiante, para propiciar el diálogo dentro de la
familia en paralelo al diálogo en el
establecimiento.
164
DERIVACIÓN A
PROFESIONAL
DE APOYO
INTERNO
ESPECIALIZADO
De acuerdo a la necesidad y las circunstancias de
alguna de las instancias del establecimiento, (por
ejemplo, la Jefatura de Curso, profesores de
asignatura, Inspectoría u otra instancia que siga el
caso del estudiante), solicita al padre, madre o
apoderado que el alumno asista a entrevista de
exploración con profesionales del equipo
multidisciplinario de la escuela.
DERIVACIÓN A
INSTANCIAS
EXTERNAS DE
APOYO
ESPECIALIZADO
De acuerdo a la necesidad y las circunstancias, el
establecimiento puede realizar derivación a
entidad que corresponda.
SUPERACIÓN
DE MEDIDA
En consideración al carácter formativo de la
medida, y durante la vigencia de la misma, al
estudiante se le podrá levantar la medida a pesar
de haber incurrido hasta en 3 anotaciones
negativas de carácter leve.
Se comunica al padre, madre o apoderado y al
estudiante el levantamiento de dicha medida.
Podrá considerarse toda otra medida no mencionada anteriormente y
concordada entre familia y escuela, cuyo objetivo sea apoyar al alumno.
165
ARTÍCULO 115: SANCIONES COMPROMISO CONDUCTUAL
El establecimiento aplica medidas pedagógico-formativas,
reparatorias y disciplinarias o sancionatorias en el marco de un
proceso denominado “seguimiento y acompañamiento disciplinario”.
Este es un compromiso contraído por el estudiante para mejorar su
comportamiento, disciplina y/o responsabilidad. Ello supone apoyar
al estudiante en su proceso de cambio de conducta, actitudes y
fortalecimiento de principios y valores, definiendo metas y plazos
para ello.
La medida la aplica preferentemente el profesor jefe/dupla
psicosocial, comunicándola al estudiante en entrevista personal e
informándola al padre, madre o apoderado.
Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de
seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en
entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando al profesor
jefe, al padre, madre o apoderado.
El plazo de esta medida no será inferior a un mes ni superior a dos
meses, sin posibilidad de prórroga. Su incumplimiento, es decir, la
no superación de la(s) condición(es) establecida(s) por la escuela
y/o la reiteración de la(s) falta(s) será causal para aplicar la medida
disciplinaria siguiente.
Según sea el caso, el profesor jefe y/o inspector podrán solicitar al
Comité de Convivencia Escolar reevaluar la situación de una
medida disciplinaria vigente, a partir de una justificación de
166
relevancia, conforme a las condiciones y compromisos fijados en los
documentos aplicables al caso. Será el Comité de Convivencia
Escolar el que podrá resolver una medida distinta o un curso de
acción diferente (incluso levantar la medida o aplicar una mayor), en
el contexto de nuestras normas y del debido proceso escolar. Para
ello será necesario contar con el voto de mayoría de sus miembros.
ARTÍCULO 116: MEDIDAS REPARATORIAS
Las medidas reparatorias son gestos y acciones que deberá
implementar la persona que cometió una falta, dirigidas a restituir el
daño causado, con la posibilidad de enmendar el vínculo con
empatía y comprensión con la persona afectada.
Incluir prácticas reparatorias permite:
a. Enriquecer la formación de los estudiantes.
b. Desarrollar la empatía.
c. Enriquecer las relaciones.
d. Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto.
e. Reparar el vínculo.
f. Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver los
conflictos.
Ejemplos:
Reconocimiento de falta: medida realizada por el alumno que
ha cometido la falta, con un trabajo de reflexión guiado por el
Inspector, Encargado de Convivencia Escolar, Profesor jefe,
167
UTP o Dupla Psicosocial.
Pedir disculpas por la lesión a la convivencia escolar: medida
que se ofrece como una posibilidad al alumno que ha cometido
la falta, quien, desde el convencimiento pleno y la
autenticidad, estima que es una medida reparatoria.
Propuesta del alumno como medida reparatoria: medidas de
reparación concretas, sugeridas por el alumno y consensuadas
con el Inspector, Encargado de Convivencia Escolar, Profesor
jefe, UTP o Dupla, resguardando su dignidad y en
proporcionalidad a la falta cometida.
ARTÍCULO 117: FALTA GRAVE
Se configuran por aquellas actitudes y comportamientos que atenten
contra la integridad física y/o psicológica de cualquier miembro de
la comunidad escolar y/o provoquen cualquier alteración del bien
común, así como acciones deshonestas y/o contra principios y
valores escolares que afecten la buena convivencia escolar.
SERAN CONSIDERAS FALTAS GRAVES:
a. Copiar en una prueba
b. Falsear una nota
c. Dañar el bien común
d. Mal uso de los beneficios o becas escolares
e. Falta de preocupación por sus deberes escolares (para todos los
estudiantes del establecimiento)
168
f. Incumplimiento con los compromisos pactados ( Desfile -
Exposiciones, Trabajo Grupal)
g. No rendir una prueba estando en el establecimiento
h. No asistir a clases u otras actividades estando en la escuela.
i. Por Incumplir el Compromiso Conductual.
j. Tener actitud irrespetuosa en el aula y/o en actividades en la
escuela, por ejemplo, responder mal a adultos.
k. Acusar a otros por faltas propias.
l. Engañar o mentir.
m. Agredir física, verbal y/o psicológicamente.
n. Abandonar la escuela en hora de clases sin autorización.
o. Utilizar vocabulario soez o hacer gestos groseros.
p. Realizar acciones que pongan en riesgo la integridad propia o de
otros (por ejemplo, lanzar objetos dentro o fuera del aula que
dañen a algún miembro de la comunidad).
q. No respetar la autoridad de los profesionales y asistentes de la
educación.
r. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un
estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad
educativa.
s. Injuriar, desprestigiar, burlarse o menoscabar a un estudiante, a
cualquier otro integrante de la comunidad educativa o al
establecimiento, públicamente o a través de chats, blogs,
fotologs, Facebook, twitter, WhatsApp, mensajes de texto,
correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o
169
fotografías, sitios webs, redes sociales, teléfonos o cualquier otro
medio tecnológico, virtual o electrónico.
ARTÍCULO 118: MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO
Diálogo personal correctivo.
Información a padre, madre o apoderado.
Derivación a profesional de apoyo interno especializado.
Derivación a redes de apoyo especializado.
Superación de medida: en consideración al carácter formativo de
la medida, y durante la vigencia de la misma, al alumno se le podrá
levantar la medida a pesar de haber incurrido hasta en 5
anotaciones negativas por faltas de carácter leve. Se comunica al
padre, madre o apoderado y al alumno el levantamiento de dicha
medida.
ARTÍCULO 119: SANCIONES AMONESTACIÓN ESCRITA
El establecimiento aplica medidas pedagógico-formativas,
reparatorias y disciplinarias o sancionatorias en el marco de un
proceso denominado “seguimiento y acompañamiento
disciplinario”. Este es un compromiso contraído por el estudiante
para mejorar su comportamiento, disciplina y/o responsabilidad.
170
Ello supone apoyar al estudiante en su proceso de cambio de
conducta, actitudes y fortalecimiento de principios y valores,
definiendo metas y plazos para ello. La Dirección del
establecimiento entiende que los estudiantes con seguimiento y
acompañamiento disciplinario necesitan ciertas estrategias de apoyo
o supervisión especial por parte de la familia, de la escuela o de
redes de apoyo, para que, en lo posible, puedan cumplir
adecuadamente el compromiso contraído y puedan lograr el objetivo
formativo de superar la medida.
La medida la aplica preferentemente el profesor jefe, inspector/
encargado de convivencia escolar comunicándola al alumno en
entrevista personal e informándola al padre, madre o apoderado.
Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de
seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en
entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando el
Inspector, Profesor jefe, dupla psicosocial, UTP, al padre, madre o
apoderado.
El plazo de esta medida no será inferior a un mes ni superior a dos
meses. Su incumplimiento, es decir, la no superación de la(s)
condición(es) establecida(s) por el establecimiento y/o la reiteración
de la(s) falta(s) será causal para aplicar una Prórroga de la
Amonestación o la medida disciplinaria siguiente.
Según sea el caso, el profesor jefe, inspector, encargado de
convivencia escolar podrán solicitar al Comité Convivencia Escolar
reevaluar la situación de una medida disciplinaria vigente, a partir de
171
una justificación de relevancia, conforme a las condiciones y
compromisos fijados en los documentos aplicables al caso.
Será el Comité Convivencia Escolar el que podrá resolver una
medida distinta o un curso de acción diferente (incluso levantar la
medida o aplicar una mayor), en el contexto de nuestras normas y
del debido proceso escolar. Para ello será necesario contar con el
voto de mayoría de sus miembros.
ARTÍCULO 120: SUSPENSIÓN DE CLASES
Inspectoría podrá determinar la suspensión de clases hasta por 3 o 5
días hábiles en caso que la gravedad de la falta lo amerite, teniendo
en cuenta que se trata de una medida excepcional, fundamentada en
conductas que pongan en riesgo real la integridad física y/o
psicológica de cualquier miembro de la comunidad educativa,
incluida la integridad física y/o psicológica del propio estudiante.
Esta medida se podrá prorrogar excepcionalmente por igual período
si persevera el peligro o riesgo mencionado.
ARTÍCULO 121: PRÓRROGA DE AMONESTACIÓN ESCRITA
Esta medida se aplica cuando se estima por el Inspector / encargado
de convivencia escolar, en consulta al profesor jefe, la superación
parcial de la Amonestación Escrita y la necesidad de un plazo
adicional para hacer evidente el mejoramiento.
172
La medida la aplica preferentemente el inspector / encargado de
convivencia escolar, comunicándola al estudiante en entrevista
personal e informándola al padre, madre o apoderado.
El plazo de prórroga se otorgará en una sola oportunidad y puede
extenderse por uno o dos meses más al término de la medida
anterior.
Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de
seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en
entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando el
Inspector, encargado de convivencia escolar, Profesor jefe, Dupla
psicosocial, UTP, al padre, madre o apoderado.
Su incumplimiento, es decir, la no superación de la(s) condición(es)
establecida(s) por la escuela o la reiteración de la(s) falta(s) será
causal para aplicar la medida disciplinaria siguiente.
ARTÍCULO 122: FALTA GRAVISIMA
Se consideran faltas muy graves aquellas actitudes y
comportamientos que atenten contra la integridad física y/o
psicológica de cualquier miembro de la comunidad educativa,
agresiones sostenidas en el tiempo y/o conductas tipificadas como
delito.
SERAN CONSIDERADAS FALTAS GRAVISIMAS
a. Inasistencias y Atrasos reiterados al establecimientos sin
Justificación
173
b. Sustraer y/o cometer apropiación indebida de objetos de la
escuela o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
c. Falsificar o adulterar, por ejemplo, firmas, justificativos,
comunicaciones, calificaciones.
d. Proferir insultos o garabatos, golpes o hacer gestos groseros o
amenazantes u ofender a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
e. Las conductas de maltrato ocurridas entre estudiantes,
reiteradas, con existencia de asimetría de poder de cualquier
naturaleza.
f. Burlarse reiteradamente de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
g. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier
conducta de maltrato escolar.
h. Discriminar arbitrariamente a un integrante de la comunidad
educativa, ya sea por su condición social, situación económica,
pensamiento político o filosófico, ascendencia, nombre,
nacionalidad, sexo, orientación sexual, identificación sexual,
discapacidad, daños físicos o cualquier otra circunstancia.
i. Portar, promover, traficar, incitar a consumir y/o consumir
tabaco, alcohol, drogas, otras sustancias estupefacientes o
material pornográfico dentro del establecimiento, en actividades
internas o de representación de la escuela (por ej. jornadas,
fiestas, viaje de estudio, eventos deportivos, artísticos,
174
culturales).
j. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no
sean constitutivos de delito.
k. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos
cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con
apariencia de ser reales, que no haya sido solicitado como
material de trabajo en una asignatura.
l. Destruir o causar daño de las dependencias, materiales, sistemas
e implementos del establecimiento, infraestructura mueble y/o
inmueble del mismo, y en general de bienes de cualquier
miembro de la comunidad educativa, o en lugares visitados en
representación de la escuela. (por ej. Destrozar o dañar símbolos
religiosos, símbolos patrios, bienes o documentos oficiales de la
Comunidad Escolar.)
m. Demostraciones públicas de afecto, ( alumnos besándose o
sentándose en la falda)
n. Hostigamiento o desafío para pelear.
o. Faltar en reiteradas oportunidades a Evaluaciones sin
Justificación.
p. Planificar y/o ejecutar acciones individuales y/o colectivas que
perturben el normal desarrollo de las actividades escolares de
toda índole, realizadas al interior de la escuela en actividades
institucionales (ej. paseo curso, visita museo).
175
Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o
psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante
integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una
posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación
u otro.
También revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física
o psicológica, ejercida por otro adulto de la comunidad educativa –
que no sea su padre, madre o apoderado- en contra de un estudiante
(por ejemplo, reprenderlo con palabras o gestos en el espacio propio
de la escuela).
Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la
educación, así como los equipos docentes y directivos de los
establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de
violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a
un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales
tomen conocimiento, todo ello conforme al Reglamento Interno del
establecimiento.
Cabe señalar la distinción respecto del llamado de atención leve o
severo hecho con fines formativos o de prevención por docentes o
asistentes de la educación del establecimiento a un estudiante o grupo
de ellos, en el espacio educativo o en actividades propias de la
escuela.
176
ARTÍCULO 123: FALTAS GRAVÍSIMAS: MEDIDAS DE
ACOMPAÑAMIENTO
Se comunica la transgresión del estudiante para propiciar el diálogo
dentro de la familia en coordinación con el seguimiento y
acompañamiento en el colegio.
ARTÍCULO 124: MEDIDAS DISCIPLINARIAS O SANCIONES
PARA FALTAS GRAVÍSIMAS
El establecimiento aplica medidas pedagógico-formativas, reparatorias
y disciplinarias o sancionatorias en el marco de un proceso
denominado “seguimiento y acompañamiento disciplinario”. Este es
un compromiso contraído por el estudiante para mejorar su
comportamiento, disciplina y/o responsabilidad.
Ello supone apoyar al estudiante en su proceso de cambio de
conducta, actitudes y fortalecimiento de principios y valores,
definiendo metas y plazos para ello. La dirección del establecimiento
entiende que los estudiantes con seguimiento y acompañamiento
disciplinario necesitan ciertas estrategias de apoyo o supervisión
especial por parte de la familia, de la escuela o de redes de apoyo, para
Diálogo personal correctivo
Derivación a profesional de apoyo interno especializado
Derivación a otras instancias de apoyo especializado
Plan de trabajo colegio – familia - alumno.
177
que, en lo posible, puedan cumplir adecuadamente el compromiso
contraído y puedan lograr el objetivo formativo de superar la medida.
La medida la aplica preferentemente el inspector/ encargado de
convivencia escolar comunicándola al alumno en entrevista personal e
informándola al padre, madre o apoderado.
Durante el período de vigencia de la medida se hará un proceso de
seguimiento y acompañamiento, el que consiste, por ejemplo, en
entrevistas regulares de apoyo al estudiante, informando el Inspector,
Profesor jefe, dupla psicosocial, UTP, al padre, madre o apoderado.
El plazo de esta medida no será inferior a un mes ni superior a dos
meses. Su incumplimiento, es decir, la no superación de la(s)
condición(es) establecida(s) por el establecimiento y/o la reiteración
de la(s) falta(s) será causal para aplicar una Prórroga de la
Amonestación o la medida disciplinaria siguiente.
Según sea el caso, el profesor jefe, inspector, encargado de
convivencia escolar podrán solicitar al Comité Convivencia Escolar
reevaluar la situación de una medida disciplinaria vigente, a partir de
una justificación de relevancia, conforme a las condiciones y
compromisos fijados en los documentos aplicables al caso.
Será el Comité de Buena Convivencia Escolar el que podrá resolver
una medida distinta o un curso de acción diferente (incluso levantar la
medida o aplicar una mayor), en el contexto de nuestras normas y del
debido proceso escolar. Para ello será necesario contar con el voto de
mayoría de sus miembros.
178
ARTÍCULO 125: LA SUSPENSIÓN DE CLASES PARA FALTAS
GRAVÍSIMAS
El establecimiento podrá determinar la suspensión de clases hasta
por 5 días hábiles en caso que la gravedad de la falta lo amerite,
teniendo en cuenta que se trata de una medida excepcional,
fundamentada en conductas que pongan en riesgo real la integridad
física y/o psicológica de cualquier miembro de la comunidad
educativa, incluida la integridad física y/o psicológica del propio
estudiante. Esta medida se podrá prorrogar excepcionalmente por
igual período si persevera el peligro o riesgo mencionado.
ARTÍCULO 126: SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE
ACTIVIDADES PROPIAS DE LA ESCUELA
La dirección del establecimiento podrá aplicar la suspensión del
estudiante y/o prohibir la asistencia y participación de estudiantes en
actividades propias de la escuela (Fiestas, Intercambios, Graduación,
Celebraciones, Campeonatos, entre otras) y la representación del
establecimiento en actividades internas o externas a estudiantes que
hayan incurrido en faltas causantes de Condicionalidad, Cancelación
de Matrícula (Expulsión) o No Renovación de Matrícula y por
reiteración de faltas gravísimas que generen transgresiones a la
buena convivencia escolar, en el marco de un debido proceso.
179
Según sea el resultado del proceso de indagación, reparación de la
falta y/o sanción, la actividad propia del establecimiento puede ser
también temporalmente suspendida, recalendarizada o
definitivamente cancelada.
El padre, madre o apoderado podrá apelar por escrito a la resolución
de la medida disciplinaria de sanción al Comité Convivencia
Escolar, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación
de la medida.
El Comité determinará al profesional que revisará el caso.
Dicha apelación podrá incluir una carta del estudiante, si
correspondiere. El Comité informará al apelante de la resolución
definitiva en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el ingreso de
la apelación. Se notificará en entrevista personal y/o por escrito.
ARTÍCULO 127: NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA
Si durante el tiempo de vigencia de la condicionalidad, el estudiante
comete una nueva falta grave o gravísima y/o hay reiteración de las
faltas ya consignadas y/o no se observan avances, se evaluará la
aplicación de la medida de no renovación de matrícula.
Es aquella medida disciplinaria que puede adoptar el establecimiento
en la que se da aviso al estudiante, padre, madre o apoderado de la
no continuidad de matrícula para el año siguiente, de acuerdo al
procedimiento y regulación del Reglamento Interno de Convivencia
Escolar, con garantía y observancia, en todo momento, del justo y
180
debido proceso escolar. El estudiante mantiene su matrícula y
calidad de alumno regular durante el proceso y hasta el término del
año escolar.
ARTÍCULO 128: CANCELACIÓN INMEDIATA DE LA
MATRÍCULA (EXPULSIÓN)
La expulsión es una medida disciplinaria que se aplica durante el
transcurso del año escolar, lo que implica el retiro obligado del
estudiante del establecimiento. Es considerada una medida extrema,
excepcional y última, legítima sólo cuando efectivamente la
situación afecte gravemente la convivencia escolar, medida que
siempre se debe aplicar conforme a un justo proceso.
Es una medida aplicable a la comisión de delitos o conductas muy
graves que ponen en peligro la integridad física y/o psicológica del
propio estudiante y/o la de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
En entrevista personal y por escrito, el Equipo Directivo del
establecimiento comunicará la medida al padre, madre o apoderado.
181
ARTÍCULO 129: MEDIDAS REPARATORIAS
Se aplicarán las medidas reparatorias señaladas anteriormente.
1. CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS
Tanto las medidas como los procedimientos relacionados con las
faltas a la convivencia escolar, poseen para la escuela un carácter
formativo y correctivo, respecto de los involucrados, y para la
comunidad educativa en su conjunto. Es decir, buscamos generar
conciencia sobre las consecuencias de los actos, desarrollar
responsabilidad, aprendizajes significativos y compromiso con la
comunidad educativa, otorgar la posibilidad de reconocer la falta,
corregir el error y reparar el daño, brindando un plazo prudente, de
acuerdo a la falta, para que se produzca el aprendizaje.
Las medidas se implementarán conforme a la gravedad de la
conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando
la mayor protección y reparación del afectado, así como la
formación del responsable.
Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar las medidas,
los siguientes criterios:
a. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes
involucradas.
b. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.
c. La pluralidad y grado de responsabilidad de los involucrados.
d. El carácter vejatorio o humillante del caso.
182
e. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u
ocultando el rostro.
f. Haber obrado a solicitud de un tercero, bajo recompensa o
amenaza.
g. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.
h. La conducta anterior del responsable (intachable o reprochable)
i. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de
autoridad u otra.
j. La discapacidad o indefensión del afectado.
k. El reconocimiento u ocultamiento de la falta.
ARTÍCULO 130: INSTANCIAS DE REVISIÓN DE LAS
MEDIDAS Y SANCIONES
Levantamiento o modificación de medidas y sanciones
Según sea el caso, el Profesor jefe, Inspector, Encargado de
convivencia escolar, Dupla psicosocial, podrán solicitar al Comité
Convivencia Escolar reevaluar la situación de una medida
disciplinaria vigente, a partir de una justificación de relevancia,
conforme a las condiciones y compromisos fijados en los
documentos aplicables al caso. Será el Comité Convivencia Escolar
el que podrá resolver una medida distinta o un curso de acción
diferente (incluso levantar la medida o aplicar una mayor), en el
contexto de nuestras normas y del debido proceso escolar. Para ello
será necesario contar con el voto de mayoría de sus miembros.
183
2. Restauración de Faltas
Servicio Comunitario
Actividades de beneficio a
la comunidad
Reparar Mobiliario.
Hermosear Jardines.
Limpiar su Sala de Clases.
Ordenar Comedor.
Ordenar textos en Biblioteca.
Otros de indicados por
inspector
Servicio Pedagógico
Contempla una acción en tiempo
libre del estudiante, el cual es
asesorado por un Docente en
actividades.
Recolectar o elaborar
material para estudiantes
de menor grado.
Marcar cuadernos en
primero Básico.
Ayudar en la atención de
Biblioteca.
Dirigir una actividad
recreativa con estudiantes
de cursos inferiores.
Monitores de Salud -
Estudio – Tutores –
Ayudantes en Subsectores
184
Servicio de recuperación de
estudios
Realizar un trabajo de
investigación sobre un
tema vinculado a la falta
cometida.
Realizar un registro de
observación de una clase,
un recreo, el comedor u
otro momento de la vida
escolar.
Realizar un diario mural
con un tema que esté
vinculado a la falta
cometida.
Completar Carpetas
Pedagógicas del estudiante
con material didáctico y de
ejercicios en casa.
3. Medidas Excepcionales
Según lo dispuesto por la circular que imparte instrucciones sobre
reglamentos internos de los establecimientos educacionales, con fecha
junio de 2018 pagina 47, señala que:
<< Medidas como reducciones de jornada escolar, separación temporal
de las actividades pedagógicas durante la jornada educativa o asistencia
solo a rendir evaluaciones, se podrán excepcionalmente si existe un
185
peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de
la comunidad educativa.
Dichas medidas deberán encontrarse justificadas y debidamente
acreditadas por el establecimiento educacional, antes de su adopción,
debiendo comunicarse a estudiantes y a sus padres, madres y/o
apoderados, señalando por escrito las razones por la cuales son
adecuadas para el caso e informando las medidas de apoyo pedagógico
y/o psicosocial que se adoptaran.
En casos excepcionales, se podrá aplicar la medida de suspensión por
un periodo máximo de cinco días, el que podrá prorrogarse por una sola
vez por el mismo plazo, por causa justificada.>>
Se podrá también otorgar suspensión indefinida en aquellos caso en que
el estudiante sea un peligro para su integridad física, psicológica y/o
los demás integrantes de la comunidad educativa o en caso de faltas
gravísimas reiteradas. Esta medida estará sujeta a votación de Comité
de convivencia escolar.
4. Aula Segura: Debido Proceso.
Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 21.128 denominada “Aula
Segura”, que modifica el artículo 6° letra d) del decreto con fuerza de
ley N° 2, del Ministerio de Educación, de 1998, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N°
2, de 1996, sobre subvención del Estado a establecimientos
educacionales, el director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio
en los casos en que algún miembro de la comunidad educativa
186
incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal
en el Reglamento Interno, o que afecte gravemente la convivencia
escolar, conforme a lo dispuesto en dicha ley. El director tendrá la
facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el
procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la
comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren
incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como
tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que
conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de
la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a
lo dispuesto en dicho cuerpo normativo.
El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a
sus fundamentos, por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre
o apoderado, según corresponda. En los procedimientos sancionatorios
en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un
plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva
notificación de la medida cautelar. En dichos procedimientos se
deberán respetar los principios del debido proceso, tales como la
presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas,
entre otros.
Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los
párrafos anteriores se podrá pedir la reconsideración de la medida
dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación,
187
ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de
Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de
la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno
hasta culminar su tramitación. La imposición de la medida cautelar de
suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el
procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como
son la expulsión o la cancelación de la matrícula.
Objetivo del Debido Proceso
Garantizar el derecho a la defensa. Todo un proceso público para el
alumnado, que cometieron faltas, se deben presentar pruebas y/o
controvertir las que estén en su contra, agotando todos los recursos
procesales consagrados. En todos los casos, a la hora de tomar
sanciones a un alumno /a por faltas al manual de Convivencia Escolar,
se tendrá en cuenta:
a. Que se le siga el debido proceso según las faltas cometidas
b. Que sea tratada (o) con el debido respeto inherente al principio de la
dignidad humana.
c. Que la familia sea informada sobre su situación que corresponde
(académica, disciplinaria), las acciones a seguir y sobre los derechos
que tiene.
188
d. Que la decisión esté precedida de un proceso de acompañamiento
personal (profesor jefe, profesor a fines, equipo multidisciplinario, etc)
mediante el cual se indaguen las razones que llevaron al estudiante a
transgredir las normas.
e. Que sea escuchada (o) para ser sus respectivos descargos con
relación a las faltas que se le imputen, disciplinarias o académicas, ante
cada instancia del Conducto Regular.
f. Que los padres, madres y/o apoderados sean notificados
oportunamente sobre la situación del estudiante, y la posible sanción de
la falta cometida en este Manual de Convivencia.
g. Que el estudiante sancionado puede manifestar su apelación de
forma oral o escrita. Admitiendo todos los medios de pruebas que se
considere pertinentes para su defensa.
CAPÍTULO XXI: PROTOCOLOS FRENTE A LAS NORMAS DE
KÍNDER
Frente a las normas, faltas, medidas disciplinarias y procedimientos
(sanciones), es importante mencionar que en el caso de los alumnos
preescolares según las orientaciones dadas por el Ministerio de
Educación, estas no son aplicables ya que se menciona que:
a. Las normas de convivencia regulan a los miembros adultos de la
comunidad educativa, con la intención que estos propicien que el
ambiente en que se desarrollan los niños y niñas se encuentre
189
exento de episodios de violencia y/u hostigamientos y por el
contrario se caracterizan por ser espacios donde las relaciones e
interacciones se desarrollen de manera respetuosa y bien tratantes
entre todos los miembros de la comunidad educativa.
b. En virtud de lo anterior las sanciones establecidas en los
reglamentos internos solo pueden aplicarse a los adultos que son
parte de la comunidad educativa.
NORMAS DE HIGENE EN KINDER
A) HIGENE Y SALUD
La higiene y la salud constituyen dos elementos básicos para entregar
una educación parvularia de calidad, que respete y promueva el
bienestar integral de los párvulos.
Los procesos que el reglamento interno debe regular como mínimo
respecto de la higiene son los siguientes:
CONSIDERACIONES EN EL MOMENTO DE LA
ALIMENTACION
1. Lavado adecuado de manos previo a la alimentación de los
párvulos esto a cargo de la asistente de párvulos que se encuentre
en sala.
2. Orden de párvulos en fila para ser dirigidos a los comedores de
manera ordenada con el fin de evitar accidentes en el transcurso, a
cargo de educadora y asistente de párvulos.
190
3. Lavado de dientes cara y manos de los párvulos luego de su
alimentación esto a cargo de educadora de párvulos y técnico que
se encuentre en sala.
MEDIDAS Y ACCIONES PARA LA PREVENCION DE
ENFERMEDADES TRANSMISIBLES.
En caso de enfermedades transmisibles como pediculosis y/o escabiosis
se tomaran las siguientes medidas:
a. Al momento de la detección de enfermedades infecciosas como
pediculosis y escabiosis, se informara a los apoderados esto con la
finalidad de que puedan tomar medidas de higiene en sus casas.
b. En el caso de la pedeculosis adecuado lavado del cabello del
alumno con shampoo utilizado para el tratamiento así como
también retiro adecuado de éstos.
c. En caso de que los apoderados no cuenten con el tratamiento
adecuado se realizara una derivación a Cesfam con médico
general que pueda facilitar el tratamiento y pueda educar a los
padres al respecto, esta información será entregada a Director del
establecimiento o Jefa Técnica para que estén al tanto de los
hechos.
d. En caso de la detección de escabiosis en el aula, se les dará aviso
a los apoderados y se realizará una derivación a Cesfam para
poder contar con la atención de médico general que pueda
facilitar el medicamento indicado, licencia y adecuado
191
tratamiento y educar a los padres al respecto de esta enfermedad.
Esta información será entregada a Dirección para que esté al tanto
de los hechos.
CAPÍTULO XXII: PROTOCOLO DE CAMBIO DE ROPA A
ESTUDIANTES DE KINDER Y PRIMERO BASICO
Considerando que los niños(as) en este nivel comienzan
progresivamente adquirir autonomía en su higiene y en el uso de los
baños, se da a conocer el protocolo de asistencia al niño o niña acerca
del cambio de ropa.
Es importante indicar que el cambio de ropa se realizará siempre
y cuando el apoderado haya firmado la autorización correspondiente, en
reunión informativa a realizarse la primera semana de clases. Cada
apoderado recibirá una comunicación en relación al cambio de ropa-
muda por medio de la cual autorizará este procedimiento. En caso
contrario, deberá señalarlo por escrito en la misma.
Es IMPORTANTE señalar que en caso de cambio-muda de ropa,
es preferible que la asistencia al menor sea realizada por parte de los
padres, apoderados o algún familiar directo, para así velar-en
conjunto- por el bienestar y comodidad del alumno(a). Es por este
motivo, que independiente de su autorización, se les llamará como
primera opción para realizar este procedimiento.
192
Estos cambios de ropa se realizaran solo en los casos que no
posean control de esfínter, ya sea encopresis (incontinencia fecal) y/o
enuresis (incontinencia urinaria), es necesario e importante señalar que
si un niño poseía control de esfínter y de un día para otro ya no la posee
son posibles señales de alarma en donde la comunidad educativa debe
estar al pendiente de que el niño no este somatizando a causa de algún
tipo de vulneración de derechos.
COMUNICACIÓN Y AUTORIZACION PARA EL CAMBIO DE
ROPA EN NIÑOS DE KINDER Y PRIMERO BÁSICO
Estimados Padres y Apoderados: Junto con saludarles y darles la más
cordial bienvenida, queremos informar sobre el procedimiento de
cambio de ropa para los alumnos de Kínder y Primero básico de nuestra
escuela.
Recordar que los niños(as) de este nivel deben controlar esfínter y que
las situaciones de incontinencia deben ser excepcionales. Sólo se podrá
cambiar-mudar ropa y/o recibir asistencia toda vez que:
- Padres o apoderados que hayan autorizado y firmado la
autorización la cual haya sido entregado a la profesora/or jefe.
- El niño(a) sólo podrá ser cambiado o asistido en presencia de dos
personas (Docente y asistente, en el caso de ser un hombre el
profesor será la asistente de aula quien se hará cargo).
193
- Se considera también a aquellos niños que hayan tenido algún
accidente dentro de la escuela que impida seguir utilizando el
uniforme o ropa que traían puesta (caídas en el agua, barro, etc)
.
AUTORIZACIÓN PARA CAMBIO DE ROPA
Yo __________________________________________ Apoderado de __________________________
de Kínder ____ Primero Básico____, Sí _____ No ____ autorizo que él/la profesor jefe o Asistente de
aula realice el cambio de Ropa o asista a mi hijo(a) cuando así lo requiera.
Se extiende esta autorización para los fines antes mencionados de este protocolo.
______________________________
Rut y Firma Apoderado
Bahía Mansa ___ de __________ del 202_
194
CAPÍTULO XXIII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO
DE MALTRATO ENTRE ESCOLARES (BULLYING)
El objetivo principal del protocolo es implementar estrategias para la
contención de situaciones relacionadas con violencia o acoso escolar,
además de un flujograma de acción, utilizando los diferentes recursos
con los que cuenta el establecimiento.
Para esto debemos entender que la Definición de Acoso Escolar de
acuerdo a la Ley sobre Violencia escolar, N°20536, artículo 16º B ,
indica que es Una manifestación de violencia en la que una persona,
adulto o estudiante, es agredida o se convierte en víctima al ser
expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas
que llevan a cabo un par (compañero/a) o grupo de pares. Se entiende
por acciones negativas cualquier forma de maltrato psicológico, verbal
o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso los
medios tecnológicos actuales a través de mensajes y/o amenazas
telefónicas o de internet. Las características centrales del hostigamiento
o bullying y que permiten diferenciarlo de otras expresiones de
violencia, son:1
I. Se produce entre pares;
II. Existe abuso de poder;
III. Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite.
1 Extraído de Ley sobre Violencia escolar, N°20536, artículo 16º B del Ministerio de Educación
195
Es entonces que los adultos de la comunidad educativa tienen la
responsabilidad de la prevención y manejo de las situaciones de
violencia dentro del establecimiento.
La creación y la mantención de un ambiente libre de violencia,
constituye el elemento básico para alcanzar una convivencia
respetuosa, tolerante, solidaria y participativa, teniendo presente que se
trata de una institución cuya misión es educar a niños(as) y
adolescentes que están en etapa de formación.
Es necesario tener presente las siguientes recomendaciones:
El establecimiento debe tener un Plan de Gestión claro y
definido de Convivencia Escolar, de acuerdo a lo expresado
en el PEI y en el Manual de Convivencia Escolar y que
además sea conocido por toda la Comunidad Escolar.
Sensibilizar a los padres y/o apoderados, en torno a la
responsabilidad, formación de los alumnos, particularmente
en las situaciones de violencia, haciéndolos participar
activamente en los programas para su detección y
resolución.
Evaluar los resultados de las acciones emprendidas,
reconocer avances y dificultades, definir nuevas acciones.
Cuando en el establecimiento se detecte un caso de maltrato y/o
bullying referido por cualquier componente de la Comunidad
Escolar que lo denuncie, se debe activar el siguiente protocolo:
196
Detección
Responsables: Todo integrante de la
Comunidad Escolar, profesores de asignatura y
profesores(as) jefes, asistentes de la educación,
estudiantes y apoderados, al constatar la
situación, se debe informar al o la Inspector(a),
equipo directivo, dupla psicosocial, encargado
de convivencia escolar.
Evaluación
preliminar de la
situación
Responsable: Encargado de convivencia
escolar, dupla psicosocial.
Aplicación Pauta Indicadores de Urgencia.
Informar al equipo directivo del
establecimiento.
Adopción medidas
de urgencia para
implicados
Responsable: Profesor jefe, Inspector(a)
General y/o Encargado de Convivencia
Escolar:
Informar a las familias.
Alertar al Equipo Convivencia Escolar
Informar según corresponda de acuerdo a lo
establecido por la Ley: Carabineros, PDI,
Fiscalía, Tribunal de Familia, SENAME y
otros si procediera.
Diagnóstico de
acoso escolar
(abuso de poder,
entre pares,
recurrencia en el
tiempo).
Responsable: Equipo de Convivencia.
Entrevista con los involucrados para aclarar la
situación y reconstruir los hechos.
Responsable: Encargado de Convivencia
Escolar
Se podrá aplicar a quien incurra en conductas
contrarias a la convivencia escolar, y
197
Aplicación de
medidas
estipuladas en el
Reglamento de
Convivencia
Escolar
especialmente, en los casos de maltrato, alguna
o algunas de las siguientes medidas
disciplinarias:
Diálogo personal pedagógico y correctivo.
Diálogo grupal reflexivo.
Amonestación verbal.
Amonestación por escrito.
Citación al apoderado.
Derivación psicosocial (atención
personalizada, familiar, grupal; talleres de
reforzamiento de educación y/o de control de
las conductas contrarias a la convivencia
escolar).
Servicios comunitarios a favor del
establecimiento educacional, tales como apoyo
escolar a otros alumnos, ayudantía a
profesores, asistencia a cursos menores, entre
otras iniciativas.
Suspensión temporal de clases.
Condicional de la matrícula del alumno.
No renovación de la matrícula para el próximo
año escolar.
Expulsión del establecimiento educacional,
sólo aplicable en casos de especial gravedad,
debidamente fundamentados, y luego de haber
agotado todas las medidas correctivas
anteriores, con pleno respeto al principio del
debido proceso establecido en las normas
respectivas.
NO es acoso escolar: Un conflicto de intereses o
desacuerdo entre personas. Las peleas entre personas que
198
están en igualdad de condiciones, aunque sean reiteradas en
el tiempo. Una pelea ocasional entre dos o más personas.
Las agresiones de un adulto a estudiante, ya que esto
constituye maltrato infantil.
199
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN BULLYING
Fase N° 1 Detección
Responsable: funcionario que
detecte situación de bullying y o acoso
escolar
Acción:
Informar a comité de convivencia escolar según gravedad del asunto.
Fase N° 2 Evaluación de la situación.
Responsable: comité de convivencia escolar
Acción:
Aplicación pauta de Indicadores de urgencia.
Informar a equipo directivo del establecimiento, en casos graves.
Fase N°3 aplicación de reglamento interno
Responsable: Encargado de convivencia
escolar.
Acciones:
Informar a las familias.
Derivar atención médica en caso necesario.
Informar según corresponda: Carabineros, PDI, OPD y otros.
Fase N°4 control y seguimiento
Responsable: dupla psicosocial
Acciones:
Entrevistas con apoderados y
estudiantes involucrados
PAUTA DE INDICADORES DE URGENCIA
Si No
¿Existió agresión psicológica?
¿Existió agresión física?
¿Se utilizaron armas blancas en el conflicto?
¿Hubo lesiones?
¿Existieron amenazas durante el conflicto?
¿El conflicto es constante en el tiempo?
¿Diste aviso con anterioridad de esta situación? ¿A quién?
¿Hay más personas involucradas? ¿Quién?
Comentarios:
Firma responsable
Bahía Mansa ______ de __________ 202_.
201
CAPÍTULO XXIV: PROTOCOLO ANTE EL MALTRATO DE UN
ADULTO A UN ESTUDIANTE DEL ESTABLECIMIENTO
De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº20.536, Art. 16 letra D, señala que
revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica,
cometida por cualquier medio en contra de un estudiante o integrante de la
comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de
autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como
también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en
contra de un estudiante. Y Art. 10, donde establece que: “…los alumnos y
alumnas tienen derecho a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto
mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral,
no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos
psicológicos.”2
¿QUÉ SE ENTIENDE POR MALTRATO DE UN ADULTO A UN
ESTUDIANTE?
Son aquellas agresiones realizadas por algún miembro de la comunidad
educativa directivo, docente o asistente de la educación, apoderado en
contra de un(a) estudiante, que atenta contra su dignidad o que arriesga su
integridad física y/o síquica.
Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas,
amenazas, insultos, descalificaciones, entre otras.
2 Extraído de Ley Nº20.536, Art. 16 letra D
202
Cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art. Nº28 inc. 2 de
la Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. Nº5 inc. 2º de la
Constitución Política de Chile. La Convención obliga a que la disciplina
escolar se debe administrar de modo compatible con la dignidad del niño.
¿Qué pueden hacer los
estudiantes y apoderados frente
a este tipo de situaciones?
Informar de la situación al
profesor jefe, inspector,
orientador, encargado de
convivencia escolar.
Al momento de tomar
conocimiento de un hecho de
violencia, en cualquiera de sus
manifestaciones, el encargado de
convivencia escolar, deberá en
un plazo no mayor a 24 horas,
informar al Director del
establecimiento y comenzar la
investigación interna.
En caso de agresiones físicas, a
menores de edad, el encargado
de convivencia escolar y/o
equipo directivo, en
conocimiento del apoderado,
deberá constatar lesiones en el
centro de salud correspondiente
203
En caso de tratarse de abusos o maltratos reiterados y que además afecten a
otros niños del mismo curso y/o de otros cursos:
- Los padres pueden organizarse para presentar una denuncia formal al
Director, de tal manera que se realice una investigación del caso y se
tomen las medidas necesarias para proteger a los alumnos(as) de
conductas abusivas.
- Si luego de todas estas gestiones, no ha habido ningún cambio, se
puede presentar una denuncia en la Superintendencia de Educación
Escolar, a través de la web www.supereduc.cl.
En el reglamento de convivencia escolar queda estipulado, explícitamente,
que agredir verbal y/o físicamente o difamar, bajo cualquier circunstancia
y realizar la respectiva denuncia
a Carabineros, PDI, Fiscalía y/o
Tribunal de Familia, de manera
tal, que sea la justicia ordinaria
la que investigue los hechos
denunciados.
Si a ese nivel no es posible
resolver la situación, se debe
solicitar entrevista con el
Director y pedirle su
intervención.
204
o medio, a algún integrante de nuestra comunidad educativa, sean ellos
alumno(as), padres, apoderados o personal de la escuela, corresponde a
una falta de gravísima.
CAPÍTULO XXV: PROTOCOLO ANTE AGRESIÓN DE UN
ESTUDIANTE A UN ADULTO DEL ESTABLECIMIENTO
- Se llamara a los apoderados, dupla psicosocial dará contención al
estudiante y se esperara en una sala aislada.
- Si se detecta que el agresor se encuentra en una condición de
vulneración de derechos por parte de su familia, la situación debe ser
denunciada a los Tribunales de Familia y/o Fiscalía, solicitando las
medidas protectoras necesarias.
- El adulto afectado, deberá acudir a Cesfam y constatar lesiones en caso
de ser necesario, acompañado del encargado/a de salud de la escuela o
en su defecto encargado de convivencia escolar. De dicho parte de
lesiones que suscriba el médico, una copia será entregada al Director, a
fin de que sustente los hechos que vayan a ser objeto de denuncia.
- Si se constatare que la agresión reviste caracteres de delito, el hecho
deberá ser denunciado a la autoridad pública competente, y la
investigación deberá ser llevada a cabo por la autoridad judicial
correspondiente, sin perjuicio de que el establecimiento lleve a cabo un
procedimiento interno para determinar responsabilidades.
205
- En vista de los antecedentes expuestos, el establecimiento sancionará
de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.
- Para estos efectos, será importante tener en consideración la edad del o
los estudiantes involucrados y la responsabilidad penal de los mismos
en relación a la Ley Penal Adolescente y las implicancias de ello.
- Las conclusiones deberán ser entregadas en Dirección, quien a su vez
informará los antecedentes al Consejo Escolar.
CAPÍTULO XXVI: PROTOCOLO EN CASO DE
MALTRATO, ACOSO, HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA O
AGRESION DE APODERADOS Y/O ESTUDIANTES A
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.
- Los padres, madres y apoderados, alumnos y alumnas, docentes,
asistentes de la educación y miembros de los equipos directivos
deberán informar al encargado de Convivencia Escolar del
establecimiento, las situaciones de violencia física o psicológica,
agresión u hostigamiento que afecten a un miembro de la comunidad
educativa, ya sea, dentro o fuera del Establecimiento Educacional y de
las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento
interno:
206
- El Docente o Inspector que tome conocimiento de que un
apoderado y/o estudiante esté incurriendo en alguna manifestación
de maltrato, acoso, hostigamiento, violencia y/o agresión hacia
otro miembro de la Comunidad Escolar, deberá informar al
Encargado de Convivencia Escolar de manera verbal o escrita.
- Asimismo, cualquier alumno(a) u otro miembro de la Comunidad
Escolar que conozca o esté involucrado en una situación de
agresión, maltrato, acoso, hostigamiento, etc., deberá informar los
hechos a el o la Inspector General o al Encargado de Convivencia
Escolar.
Se procederá de la siguiente forma, en caso de maltrato, acoso,
hostigamiento, violencia y/o agresión de un apoderado a cualquier
integrante de la comunidad escolar:
- Frente a una situación de carácter leve, el afectado intentará
solucionar el conflicto con la ayuda del Encargado(a) de
Convivencia Escolar, quien será el responsable de acompañar al
afectado, abordando y mediando la situación.
- Frente a una situación de carácter grave , según el reglamento de
convivencia, el afectado (cualquier miembro de la Comunidad
Escolar), deberán informar a el o la Inspector General al
Encargado(a) de Convivencia Escolar de la situación, quien en
207
conjunto realizarán la investigación pertinente y sugerirán al
Director, las sanciones y medidas a aplicar, tales como: carta de
compromiso, condicionalidad, no renovación de matrícula para el
o la estudiante involucrada o cambio de apoderado, si éste fuera el
responsable.
- Frente a una situación en donde un apoderado cometa una falta
muy grave en contra de un funcionario(a) u otro miembro de la
Comunidad Escolar (agresión física o verbal y/o amenazas), el o
los funcionarios presentes deberán informar rápidamente a Equipo
Directivo y/o al Encargado de Convivencia Escolar para que
llamen a Carabineros y sólo si la integridad de los funcionarios se
ve comprometida, registrar de manera audiovisual la situación
problemática. Es deber de todo funcionario de la escuela hacer un
llamado a la calma a los involucrados, siendo éste su objetivo
principal, evitando no caer en confrontar con el agresor.
El encargado de Convivencia Escolar o el o la Inspector General,
enviarán a dupla psicosocial o la Psicóloga para que contenga
emocionalmente al afectado(a) agredido(a), en un lugar privado.
- Finalizada la situación de riesgo, se deberán aplicar protocolos
correspondientes y denunciar la situación a la Superintendencia de
Educación y Fiscalía antes de 24 horas.
- Para efectos de la aplicación de sanciones, el Comité de
Convivencia Escolar, deberá presentar al Director del
establecimiento, propuesta de medidas de aplicar al agresor, de
208
acuerdo a la gravedad de las faltas y en virtud de lo establecido en
el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.
- Quien aplicará las sanciones a los padres, madres y apoderados
involucrados en un incidente, será el Director, en base a las
sugerencias del Comité de Convivencia Escolar, o bien bajo otras
consideraciones, que deberán quedar consignadas en un
documento adjunto al expediente de la investigación, sección de
las sanciones, y que deberá contemplar las razones esgrimidas para
tales efectos.
- En caso de agresiones físicas a menores de edad, el Inspector y en
conocimiento del apoderado, deberá constatar lesiones en el Centro
de Salud correspondiente y realizar la respectiva denuncia a
Carabineros, PDI y/o Fiscalía. Además, deberá denunciar a la
justicia, ya sea, a través de Carabineros de Chile, Policía de
Investigaciones o en los Tribunales competentes, de manera tal,
que sea la justicia ordinaria la que investigue los hechos
denunciados.
- Del mismo modo, en caso de agresiones físicas y/o verbales de
apoderados y/o estudiantes al Equipo Docente y Directivo, u otro
miembro de la comunidad Escolar, se deberá constatar lesiones en
el centro de salud correspondiente y realizar la respectiva denuncia
a Carabineros, PDI o Fiscalía, de manera tal, que sea la justicia la
que investigue los hechos denunciados.
209
CAPÍTULO XXVII: PROTOCOLO DE ACCIÓN CIBERBULLYING
Ciberbullying consiste en el uso de los medios tecnológicos, como
internet, telefonía y videojuegos online, para ejercer acoso psicológico
entre iguales. Así, el acoso virtual es cualquier práctica que atormente,
amenace, hostigue, humille o moleste a un tercero. Como el ciberbullying
depende de las redes sociales, o de teléfonos con acceso a internet, se puede
manifestar de diversas maneras. Desde un mensaje de WhatsApp
amenazante, publicación de mentiras o fotos falsas en Facebook, o
insultos en Twitter. En casos extremos, puede derivar en la creación de
perfiles falsos para perjudicar a la víctima, o incluso hackear el correo
electrónico para acceder a su información.3
Además dentro del ciberbullying, encontramos el happy-slapping que
consiste en grabar actos violentos y después subirlos a internet 4, hace
alusión al ataque inesperado sobre una víctima, mientras un cómplice del
agresor graba lo que está sucediendo, normalmente por medio de una
cámara de un teléfono móvil, para luego difundirlo o mirarlo
posteriormente. Este tipo de bullying se caracteriza por ser grupal, es decir,
debe haber por lo menos dos agresores.
Finalmente encontramos también el fishing/phishing , se refiere a la
suplantación de identidad en redes sociales5.
Es por tanto que:
3 Extraído de http://www.eligeeducar.cl/ciberbullying-otra-forma-de-acosar
4 Extraído de https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=6279&prmBL=1634-06
5 Extraído de http://www.elmostrador.cl/agenda-pais/2017/12/19/5-reglas-de-oro-para-saber-si-un-email-es-un-
fraude-tipo-phishing/
210
1. En el caso de que un estudiante del establecimiento sea víctima de
ciberbullying debe informar a:
Todo funcionario del establecimiento está obligado a informar al
profesor jefe y éste, a su vez, al encargado de convivencia del
establecimiento.
Si la familia maneja una situación de violencia debe informar: Al
profesor Jefe y éste debe informar a encargado de convivencia
escolar.
Los compañeros del estudiante al detectar una situación de
ciberbullying, el primer paso a seguir será comunicar esta situación
al profesor jefe, y éste a su vez al encargado de convivencia
escolar.
2. Cuando la denuncia de ciberbullying ya se ha realizado en el
establecimiento, el Encargado de Convivencia escolar deberá:
Apoyar y contener al estudiante
Averiguar el contexto de la situación de ciberbullying
evidenciándolo (imagen), para ello es necesario entrevistar a los
involucrados -entrevista con el estudiante afectado por la
situación de ciberbullying -entrevista con el estudiante que
ejerció ciberbullying. -entrevista con testigos de la situación ( si
lo hubiese).
Llamar vía telefónica a los padres informando lo sucedido.
Entrevistar a los apoderados de los estudiantes involucrados,
informando sobre los resultados de la entrevista.
211
Informar al profesor jefe sobre los antecedentes recabados.
Comunicar a las familias de los estudiantes involucrados
(víctimas y agresores) las medidas disciplinarias determinadas
en el Reglamento Interno y de Convivencia e informada por
Encargado de Convivencia Escolar.
Según pauta de indicadores de urgencia se realizará denuncia
ante Policía de investigaciones de Chile (PDI).
Al ser una falta gravísima, las medidas disciplinarias son:
Por primera
vez
Suspensión por cinco días, se debe potenciar la
responsabilidad de sus propias acciones, por lo tanto
deberá pedir disculpas a quién agredió mediante
redes sociales y participar de un proceso de
mediación.
Por segunda
vez
En caso de reiteración del ciberbullying se procederá
a suspender por cinco días y aplicar condicionalidad.
Por tercera
vez
Si el estudiante manifiesta conductas reiterativas en
caso de ciberbullying. Se procederá a suspender por
cinco días y seguir el apoyo con los profesionales
del equipo multidisciplinario.
Se procederá a fin de año a cancelar su matrícula.
212
Medidas Remediales:
- Mediación escolar.
- En caso de la Víctima: Garantizarle protección, hacerle ver que no
está solo (a), acompañamiento de pares inducido y apoyo de los
profesionales del equipo multidisciplinario.
- En caso de Profesores: Coordinar distintas actividades, medidas de
disuasión y comprensión en el estado de ánimo de la(as) víctima(s) y
acciones generadas por el docente para mejorar el clima escolar del
curso.
Importante es señalar que el ciberacoso, se encuentra tipificado como delito
Delitos computacionales: Se ocupa de todos los delitos en que la
tecnología se ha empleado como especial forma de comisión, especialmente
aquellos que afectan la seguridad y patrimonio de los adultos, como la
estafa, las amenazas, las injurias y calumnias, la usurpación de nombre, la
apropiación y uso fraudulento de cuentas de correo y redes sociales, entre
otros.6
6 Extraído de http://www.pdichile.cl/instituci%C3%B3n/unidades/cibercrimen
213
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN CASO DE CIBERBULLYING
CAPÍTULO XXVIII: PROTOCOLO GROOMING Y/ O SEXTING
Conforme avanza la tecnología también se amplía el léxico del delito. Para
los ciberpolicías ya son comunes términos como "Grooming", que es la
obtención de grabaciones íntimas de niños con fines pornográficos, o el
Fase N° 1 Detección
Responsable: funcionario que detecte situación de ciberbullying .
Acción: Informar a encargado de convivencia escolar y/o Equipo -directivo
Fase N° 2 Evaluación de la situación
Responsable: Encargado de de convivencia escolar - inspectoria
Acción: Aplicación pauta de Indicadores de urgencia.
Informar a equipo directivo del establecimiento, en casos graves.
Fase N°3 aplicación de reglamento interno
Responsable: Encargado de convivencia escolar - inspectoria
Acciones: Informar a las familias - realizar denuncia en PDI.
Fase N°4 control y seguimiento
Responsable: Dupla psicosocial – Encargado de convivencia
Escolar
214
"sexting", que denomina el intercambio de fotos de contenido sexual por
celulares que puede derivar en extorsión7
“Se conoce como Grooming cualquier acción que tenga por objetivo minar
y socavar moral y psicológicamente a una persona, con el fin de conseguir
su control a nivel emocional. Si bien esta actividad puede producirse en
cualquier instancia, es particularmente grave en los casos en los que una
persona realiza estas prácticas contra un niño o niña, con el objetivo de
obtener algún tipo de contacto sexual. El Grooming suele producirse a
través de servicios de chat y mensajería instantánea, para obtener imágenes
de contenido erótico y extorsión, dificultando que la víctima pueda salir o
protegerse en esa relación. Se trata, básicamente, de abuso sexual virtual”. 8
Si se detecta un caso de Grooming o Sexting en el establecimiento los pasos
a seguir son homologables a los pasos de abuso sexual infantil.
Si un estudiante del establecimiento muestra el material donde se evidencia
Grooming o Sexting a un miembro de la comunidad escolar:
- Se deberá retener la evidencia.
- Realizar contención.
- Realizar denuncia en Policía de investigaciones de Chile (PDI) o
Fiscalía antes de 24 horas, según indica el artículo 175 del Código
Procesal Penal Chileno.
7 Extraído de http://www.emol.com/noticias/Tendencias/2014/08/07/740685/Nuevos-delitos-sexuales-en-Internet-
desafio-de-los-ciberpolicias.html 8 Extraído de Sename, 2013 en
http://www.sename.cl/wsename/estructuras.php?name=content&pa=showpage&pid=99
215
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN GROOMING O SEXTING
Pesquisa de situación
Realizar contencion emocional (si no se considera apto llamar a Equipo multidisciplinario sin
dejar solo/a en ningun momento al estudiante.
•Retener evidencia
Realizar denuncia en PDI o Fiscalia antes de
24 horas.
Reunion con apoderado para dar aviso de la
situación .
216
CAPÍTULO XXIX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A
AGRESIONES SEXUALES Y HECHOS DE CONNOTACIÓN
SEXUAL QUE ATENTEN CONTRA LA INTEGRIDAD DE LOS
ESTUDIANTES
A través de este protocolo se busca dar a conocer a la comunidad educativa
cómo realizar una adecuada denuncia de abuso sexual o sospecha de este y
que afecte a algún estudiante de la Escuela Rural Bahía Mansa.
Para lo anterior debemos entregar información relevante en conformidad al
procedimiento a seguir en casos de abuso sexual o sospecha de éste, en
conformidad al manual actualizado de fiscalía el cual se encuentra basado
en el código procesal penal de nuestro país. Además socializar el protocolo
de acción en caso de abuso sexual.
La diferencia entre una violación y un abuso sexual es que la violación
consiste en acceder carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal. Mientras que
el abuso sexual, por su parte, es la realización de una acción sexual, distinta
del acceso carnal, como por ejemplo: tocaciones o besos en área de
connotación sexual; simulación de acto sexual; exhibir o registrar material
pornográfico particularmente a menores de edad o presenciar espectáculos
del mismo carácter, entre otros.
217
PASOS A SEGUIR FRENTE A DEVELACION DE
ABUSO/VIOLACIÓN
1. Escucharlo y contenerlo en un contexto resguardado y protegido.
2. Escucharlo sin cuestionar ni confrontar su versión.
3. Evitar emitir juicios sobre las personas o la situación que le afecta.
4. Evitar atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido.
5. Manejar de forma restringida la información, evitando con ello la
estigmatización y victimización secundaria.
Es necesario mencionar que una vez realizada la denuncia
correspondiente la comunidad educativa no puede realizar ningún tipo de
intervención psicosocial con el o la estudiante involucrado para evitar la
victimización secundaria, dado que al realizar la denuncia se debe
comenzar el proceso investigativo por parte del Ministerio Público, así
como también las derivaciones correspondientes a programas
especializados decretados por el Tribunal según la gravedad de la
vulneración puede ser; Programa de prevención focalizada (PPF), Programa
de protección especializada en maltrato y abuso sexual infantil (PRM),
programas de Diagnostico Ambulatorio (DAM), Oficina de Protección de
los Derechos de la infancia (OPD), entre otros. Sin embargo el equipo
psicosocial de la escuela debe estar al pendiente de las necesidades
socioemocionales para cuando el o la estudiante los requieran generando
contención en las circunstancias que sean necesarias.
218
PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS
- Charlas educativas y orientadoras a los niños, niñas y adolescentes.
- Charlas educativas y orientadoras a todos los funcionarios del
establecimiento .
- Gestionar talleres de prevención con redes de apoyo.
- Confeccionar multiples materiales de apoyo para la prevención de
abuso sexual.
- Los Profesores jefes trabajaran esta temática en horas de orientación
con apoyo de dupla psicosocial, contextualizando la temática según el
grupo etario y nivel de madurez de los estudiantes.
IMPORTANTE
Se debe tener en cuenta que cualquier adulto del establecimiento
educacional que tome conocimiento de un delito, aun cuando no cuente con
todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios, deberá
poner en conocimiento del hecho, en el menor tiempo posible, al Director
del Establecimiento Educacional.
El adulto o el Director están obligados a denunciar el hecho (art. 175 CPP)
ante la Fiscalía, Carabineros, PDI, antes de transcurridas 24 horas desde
que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al
estudiante.
De lo contrario, se expone a las penas establecidas en el Código Penal
artículo 177, el cual indica que:
219
Quien no cumpliere esta obligación de denunciar, o lo hiciera
tardíamente, será castigado con multa de 1 a 4 UTM; salvo que realice
algún acto que implique el ocultamiento del hecho, caso en el cual podría
ser sancionado como encubridor del hecho.
Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que
se sospeche que éste podría tener participación en los hechos. En caso de
existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito,
evitar manipular y guardarlos en una bolsa cerrada.
TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE
RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL ACUSADO/A O DE QUIEN
APRECE COMO INVOLUCRADO EN LOS HECHOS DENUNCIADOS,
HASTA QUE LA INVESTIGACION SE ENCUENTRE AFINADA Y SE
TENGA CLARIDAD AL RESPECTO DEL O LA RESPONSABLE.
TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE
RESGUARDAR LA IDENTIDAD E INTIMIDAD DE LA VICTIMA, SIN
EXPONER SU EXPERIENCIA FRENTE AL RESTO DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA.
En caso que se estime que el niño/a o adolescente se encuentre en situación
de riesgo, esto deberá ser informado inmediatamente a la Fiscalía y/o
Carabineros de forma que se adopten las medidas de protección hacia el
estudiante.
220
FLUJOGRAMA PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL
Fase N° 1
• Deteccion o sospecha de abuso sexual
Fase N° 2
• Aviso a Director antes de 24 horas conocido el hecho. Luego Equipo Multidisciplinario entrega informe a Direccion para dar a conocer por oficio conductor a DAEM,
• En el caso de que se involucre en los hechos denunciados a un adulto de la comunidad educativa se procederá a cumplir el dictamen Nº 471/2017 de la Dirección del Trabajo.
Fase N°3
• Director realizará denuncia antes de 24 horas conocido el hecho. En casos en que no se puedan comunicar los hechos al Director a la brevedad posible, la denuncia puede ser realizada por cualquier funcionario.
Fase Nº 4
• Elaborar informes en caso de que sean solicitados por DAM, PDI, Fiscalia, tribunal de familia, OPD, CENIM, COSAM entre otros.
•Equipo Multidisciplinario deberá realizar seguimiento del caso y otorgar los apoyos correspondientes a las victimas y sus familias.Así como también apoyo pedagogico y psicosocial.
221
CAPÍTULO XXX: PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A LA
DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE
DERECHOS
Este protoco busca establecer acciones a seguir frente a la detección de
vulneraciones de derechos de los estudiantes de la Escuela Rural Bahía
Mansa, que atenten a sus derechos plasmados por la Convención de los
Derechos del Niño.
Para lo anterior se estableceran espacios para orientación psicosocial tanto
para la comunidad educativa, además de gestionar derivaciones a las redes
de apoyo de la comuna de San Juan de la Costa.
En cuanto a la Escuela se considerará situaciones de vulneración de
derechos cuando:
1. No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación,
vestuario, vivienda de los alumnos.
2. No se proporciona atención médica básica a los alumnos.
3. No se brinda protección y/o se expone al niño, niña y/o adolescente
ante situaciones de peligro.
4. Existe abandono
5. Cuando se le expone a hechos de violencia intrafamiliar
6. Deserción escolar
7. Acoso escolar y/o bullying (posee su propio protocolo de actuación)
222
8. Abusos de connotación sexual (posee su propio protocolo de
actuación)
9. Maltrato físico y psicológico
PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS
- Realización de talleres psicosociales de acuerdo a las edades de los
estudiantes de la escuela para así generar adherencia en ellos.
- Charlas informativas a todos los funcionarios del establecimiento
educacional
- Charlas educativas y orientadoras a los niños, niñas y adolescentes.
- Gestionar talleres de prevención con redes de apoyo.
- Confeccionar multiples materiales de apoyo para la prevención de
abuso sexual.
IMPORTANTE
Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que
se sospeche que éste podría tener participación en los hechos. En caso de
existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito,
evitar manipular y guardarlos en una bolsa cerrada.
TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE
RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL ACUSADO/A O DE QUIEN
APRECE COMO INVOLUCRADO EN LOS HECHOS DENUNCIADOS,
223
HASTA QUE LA INVESTIGACION SE ENCUENTRE AFINADA Y SE
TENGA CLARIDAD AL RESPECTO DEL O LA RESPONSABLE.
TODOS LOS FUNCIONARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE
RESGUARDAR LA IDENTIDAD E INTIMIDAD DE LA VICTIMA, SIN
EXPONER SU EXPERIENCIA FRENTE AL RESTO DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA.
En caso que se estime que el niño/a o adolescente se encuentre en situación
de riesgo, esto deberá ser informado inmediatamente a la Fiscalía y/o
Carabineros de forma que se adopten las medidas de protección hacia el
estudiante.
El adulto o el Director están obligados a denunciar el hecho (art. 175 CPP)
ante la Fiscalía, Carabineros, PDI, antes de transcurridas 24 horas desde
que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al
estudiante.
224
FLUJOGRAMA DE ACTUACIÓN FRENTE A LA DETECCIÓN DE
SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS
ESTUDIANTES
Fase Nº 1 DETECCIÓN
Responsable: Cualquier
funcionario que detecte la
vulneración de algún derecho, de
informar antes de 24 horas.
Acciones:
Informar a Equipo Directivo,
dupla psicosocial y
psicóloga PIE según
corresponda mediante ficha
de detección de vulneración
(anexo 2)
Una vez informado el hecho
Equipo Directivo y dupla
psicosocial, psicóloga PIE
activará el protocolo de
acción.
Fase N º2 MEDIDAS DE INTERVENCIÓN Responsables: Director, dupla psicosocial, psicóloga PIE. Acciones:
En el caso de ser una vulneración de derechos constitutiva de delito (abusos de connotación sexual, VIF y otros), el Director procederá a realizar la denuncia correspondiente en Retén de Carabineros de Bahía Mansa antes de 24 horas de conocido el hecho.
Una vez realizada la denuncia Dupla psicosocial y/o psicóloga PIE deberá emitir un informe a Dirección con todos los antecedentes del caso
Si no es una vulneración constitutiva de delito se procederá a realizar entrevista con los padres y/o apoderados de los estudiantes, los cuales se citaran mediante comunicación escrita y/o llamada telefónica.
Creación de un plan de acción que contenga medidas pedagógicas y psicosociales para brindar apoyo a la problemática de el o de los estudiantes involucrados.
Dupla psicosocial deberá analizar la posibilidad de una derivación a las redes de apoyo de la comuna (OPD, CESFAM entre otros)
Cabe destacar que una vez conocido el hecho no se podrá interrogar al niño de manera inoportuna para evitar la re victimización
En el caso de que se involucre en los hechos a un adulto de la
comunidad educativa se procederá a cumplir el dictamen Nº 471/2017 de
la Dirección del Trabajo.
FASE Nº3 INFORME FINAL Y
CIERRE DE PROTOCOLO
Responsables: Dupla psicosocial y/o
psicóloga PIE, profesor jefe y
educadora diferencia.
Acciones:
Elaboración de informe con la
intervención realizada con el o
los estudiantes involucrados
para Dirección de la Escuela.
En el caso de que se haya
realizado denuncia elaborar
informes solicitados por
Tribunal y/o Ministerio Publico
o red de apoyo que lo
necesite.
225
ANEXO Nº 2
FICHA DE ACTIVACION DE PROTOCOLO FRENTE A LA DETECCION DE
SITUACIONES DE VULNERACION DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Yo Rut:
Actualmente soy funcionario de la Escuela Rural Bahía Mansa en donde desempeño la
función de ________________________________, he detectado la siguiente situación
de vulneración de derechos hacia un alumno de la escuela.
Se realiza la siguiente ficha para la activación del protocolo y tomar las medidas
necesarias.
FIRMA FUNCIONARIO
Bahía Mansa ______de ___________ 202_
No se atienden las necesidades físicas básicas como
alimentación, vestuario, vivienda.
No se proporciona atención médica básica.
No se brinda protección y/o se expone al niño, niña y/o
adolescente ante situaciones de peligro.
Existe abandono del niño, niña y/o adolescente
Cuando se le expone a hechos de violencia intrafamiliar
Deserción escolar
Acoso escolar y/o bullying (posee su propio protocolo de
actuación)
Abusos de connotación sexual (posee su propio protocolo de
actuación)
Maltrato físico y psicológico
226
CAPÍTULO XXXI: PROTOCOLO DE ACTUACION PARA
ABORDAR EL CONSUMO Y/O PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL
EN LA ESCUELA
La Comunidad Educativa, debe en su conjunto desarrollar medidas
necesarias para hacer frente a las situaciones de tráfico, microtráfico, porte
y consumo que se detecte en el entorno en el cual conviven los estudiantes,
así como también el Establecimiento Educativo no podrá expulsar a los
estudiantes que se vean involucrados, si no que deberá brindar apoyo,
derivando a los estudiantes a las redes correspondientes y realizando las
posibles denuncias.
Es por tanto que la Escuela Rural Bahía Mansa busca desarrollar un modelo
de prevención, promoviendo estilos de vida saludables, el desarrollo de
habilidades y recursos personales que potencien a los niños, niñas y
adolescentes y que los hagan menos vulnerables frente a las presiones del
medio, y más responsables frente a su proyecto de vida y a su entorno.
El microtrafico se entiende como el que, sin la competente autorización
posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias
o drogas estupefacientes o psicotrópicas productoras de dependencia física,
psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas.
Respecto a las “pequeñas cantidades”, hay que tener presente que no existe
una norma cuantitativa que nos permita deducir qué se entiende por esto, y
227
son las circunstancias que rodean cada caso, como por ejemplo que el
estudiante mantenga dinero de dudosa adquisición en su poder, las que en
definitiva permitirán distinguir qué figura delictual se aplicarán.
FACILITACIÓN PARA EL TRÁFICO Y CONSUMO (ART. N°12 Y
Nº 13 LEY Nº20.0009)
Quien se encuentre a cargo del establecimiento educacional que tolere o
permita el tráfico o consumo de alguna de las sustancias mencionadas en el
artículo Nº 1 o cualquier funcionario público que, en razón de su cargo,
tome conocimiento de alguno de los delitos contemplados en esta ley y
omita denunciarlo al Ministerio Público, a los funcionarios de Carabineros
de Chile o de la Policía de Investigaciones, o ante cualquier tribunal con
competencia en lo criminal será:
Castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y
multa de 40 a 200 UTM, a menos que le corresponda una sanción
mayor por su participación en el hecho.
El tráfico de drogas en Escuela se aborda de manera institucional. Es
necesario evitar que la forma de abordar este tipo de situaciones, dependa
de la voluntad individual de un docente, inspector u otro miembro de la
comunidad educativa. Por tal razón se requiere que sea el Director y el
sostenedor quienes dirijan los procedimientos, liderando la definición y
organización de las respuestas más adecuadas para abordar los casos
específicos. 9 Extraído de página web de la biblioteca del congreso nacional Ley Nº 20.000 que sustituye la ley nº 19.366,
que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=235507
228
PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS
- Charlas y talleres preventivos a los estudiantes del establecimiento,
tomando en cuenta grado de madurez y grupo etareo.
- Charlas y talleres y preventivos dirigidos a todos los funcionarios del
establecimiento educativo.
- Charlas y talleres preventivos dirigidos a padres y apoderados.
- Coordinar y gestionar intervenciones con redes de apoyo como Senda,
Senda Previene, Cesfam, entre otras.
229
FLUJOGRAMA ACTUACIÓN PARA ABORDAR EL CONSUMO Y/O
PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL EN LA ESCUELA
Fase Nº 1 Detección
Responsables: Cualquier integrante
de la comunidad educativa: Docentes,
estudiantes, padres y apoderados,
asistentes de la educación, Directivos.
Plazos: antes de 24 horas conocido el
hecho.
Acción:
Informar la situación a Dirección,
por parte de cualquier miembro
de la comunidad educativa.
* En el caso de los alumnos; estos
pueden dirigirse a su profesor jefe y/o
profesor de mayor confianza a
denunciar la situación, y este
encargarse de informar a Dirección.
Fase Nº 2 Evaluación de la situación
Responsables: Dirección, Dupla Psicosocial
Encargado de Convivencia Escolar.
Plazos: antes de 24 horas conocido el hecho.
Acción:
Realización de entrevistas a testigos.
Evaluación de la situación con equipo técnico.
Entrevista con el apoderado para informar la situación.
Realización de acciones de prevención
universal en el grupo curso a cargo de
SENDA Previene, con apoyo del
establecimiento educacional.
En el caso de micro tráfico se realizara la denuncia a PDI y/o Carabineros de Chile.
Si existiese además vulneración de
derechos, se informará a OPD para
toma de conocimiento del caso, lo cual
previamente se informará a la familia.
Fase Nº 3 Adopción de
medidas
Responsables: Dirección, Dupla
psicosocial
Plazos: 2 días desde que se conoce el hecho.
Acción: Se cita a los apoderados de
los alumnos implicados informando las acciones de acuerdo al reglamento de Convivencia Escolar
Se deriva a las instituciones de apoyo, como el CESFAM .
Fase Nº 4 Seguimiento y acompañamiento
Responsables: Dirección, Dupla psicosocial,
profesor jefe y encargado de convivencia escolar.
Plazos: Posterior a la denuncia. 1 semana, 1 mes, 3 meses, 6 meses y en cualquier momento que sea necesario.
Acción: Reporte de la situación del estudiante dentro
del establecimiento posterior a la denuncia: Interacción con sus pares, con los adultos del establecimiento, rendimiento escolar, motivación por asistir a clases, etc.
Acompañamiento por parte de profesor Jefe, Equipo Multidisciplinario (si corresponde)
Retroalimentación por parte de las instituciones que investigan el caso y otras redes de apoyo.
230
CAPÍTULO XXXII: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN SOBRE
IDENTIDAD DE GÉNERO
El objetivo principal de este protocolo es asegurar un proceso de admisión
y una trayectoria educativa libre de discriminación, para todos los
estudiantes sin distinción de ningún tipo. Así como también asegurar en la
comunidad educativa el respeto por las diferencias de cada persona.
De conformidad con la normativa vigente la Escuela rural Bahía Mansa
deberá:
1. Para el reconocimiento de la identidad de genero en caso de menores
de 18 años el padre, la madre, tutor legal o apoderados, podrán
solicitar al establecimiento educacional el reconocimiento de la
identidad de género de el o la estudiante y medidas de apoyo y
educacionales pertinentes a la etapa por la cual transitan», niños, niñas
y jóvenes.
2. Para garantizar la identidad de género, el apoderado podrá solicitar
entrevistas con el Director, quien deberá concretar un encuentro en un
plazo no mayor a 5 días. De tal reunión quedará un acta y en todo
momento se deberá velar «por la privacidad del niño, niña y/o
estudiantes» y respetar su decisión cuando y a quien compartir su
identidad de género.
231
Además se debe:
1. Brindar apoyo al niño, niña o estudiante y a su familia, velando
porque exista un diálogo permanente entre el profesor/a jefe y el niño,
niña o estudiante y su familia.
2. Acompañar a los estudiantes que requieren apoyo, por algún motivo
asociado a la diversidad.
3. Brindar orientación a la comunidad educativa, procurando promover
espacios de orientación, reflexión, capacitación y acompañamiento.
4. Considerar, independientemente del registro civil de identificación, el
nombre adoptado por el niño o niña transgénero, para los efectos de
trato cotidiano, libro de clases, informes de notas, comunicaciones,
entre otros.
5. Según lo manifestado por la familia, guardar reserva y
confidencialidad de la situación de transgénero del o la estudiante.
6. Mantener una comunicación sistemática con los padres y/o
apoderados de los alumnos que requieran de acompañamiento.
7. Realizar acompañamiento y seguimiento en la adaptación de los niños
al sistema escolar, la que estará a cargo de psicóloga del
establecimiento.
8. En cuanto a presentación personal, dicho documento aclara que los
estudiantes tendrán derecho a utilizar el uniforme, ropa deportiva y/o
accesorios que consideren más adecuado a su identidad de género.
232
9. Respecto al uso de los servicios higiénicos se darán las facilidades
para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias
del proceso que estén viviendo, respetando siempre su identidad de
género. Las adecuaciones deberán acordarse con la familia, pudiendo
considerar «baños inclusivos u otras alternativas».
10. Revisar y actualizar este protocolo según las necesidades detectadas.
El incumplimiento de estas medidas constituye una infracción que
será sancionada conforme a su gravedad.
CAPÍTULO XXXIII: PROTOCOLO DE ALUMNAS
EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES
A través de este protocolo se busca generar instancias de apoyo,
acompañamiento y orientación a las alumnas embarazadas, madres y padres
adolescentes que se encuentren matriculados en la Escuela Rural Bahía
Mansa, con el objeto de evitar la deserción escolar temprana.
Las alumnas embarazadas, madres o padres adolescentes no pueden ser
discriminados arbitrariamente, ya sea en el ingreso al sistema educativo o
en la permanencia en éste, lo cual se encuentra establecido en el artículo 3
del Decreto Supremo Nº79/2004 del MINEDUC que señala: “El embarazo
o maternidad de una alumna no podrá ser causal para cambiarla de jornada
de clases o a un curso paralelo, salvo que ésta manifestare su voluntad
expresa de cambio fundada en un certificado otorgado por un profesional
competente”.
233
Es por tanto que se deben tener en cuenta los deberes y derechos de
estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes
DERECHOS DEBERES
1. A ser tratados con respeto por
toda la comunidad educativa.
2. A estar cubierta por el seguro
escolar (DS Nº312/1972 del
ministerio del trabajo y
previsión social que
reglamenta el seguro escolar)
3. A participar en organizaciones
estudiantiles y en todo tipo de
eventos, como la graduación y
actividades extra
programáticas en donde
participe el alumnado.
4. A ser promovida de curso con
un porcentaje inferior al 85%
de asistencia, siempre y cuando
las inasistencias hayan sido
justificadas por el apoderado,
en el caso de ser por razones
médicas propias del embarazo,
parto, post parto, control del
1. Realizar todos los esfuerzos
necesarios para terminar el año
escolar y cumplir con los
criterios de promoción
establecidos en el programa de
estudio, los cuales asegurar el
cumplimiento efectivo de los
aprendizajes, este programa de
estudios es aplicable a alumnas
embarazadas, madres y padres
adolescentes.
2. Respetar y cumplir el
calendario de evaluaciones y
propuesta curricular en donde
se priorizará los objetivos de
aprendizaje que permitan
continuar con sus estudios
básicos o medios.
3. Asistir a tutorías
personalizadas de apoyo
pedagógico establecidas por el
234
niño sano o enfermedades del
hijo menor a un año, deberá
presentar certificado médico o
carnet de salud del hijo o de la
adolescente. En el caso que la
asistencia a clases durante el
año escolar sea inferior a un
50%, el director del
establecimiento resolverá en
conformidad a las normas
establecidas en los decretos
exentos Nº 511/1997, Nº 112 y
Nº 158 ambos de 1999 y Nº
83/2001, todos del MINEDUC,
o los que se dicten en un futuro
para su reemplazo.
5. A apelar a la secretaria
regional ministerial de su
territorio, si no está conforme
con lo resuelto por el Director
del establecimiento en cuanto a
la promoción de curso en
calidad de asistencia a clases.
6. A adaptar el uniforme escolar
establecimiento educacional.
4. Participar activamente de
talleres psicosociales de roles
parentales impartidos por dupla
psicosocial o psicóloga PIE, en
compañía de trabajadora social
según corresponda. Este deber
es aplicable a alumnas
embarazadas, madres y padres
adolescentes.
5. La estudiante deberá informar
sus inasistencias, permisos y
horarios de ingreso y salida en
inspectoría general con el fin
de registrar en el libro
correspondiente etapa del
embarazo, maternidad o
paternidad en que se encuentre
el o la estudiante.
235
en atención a las condiciones
especiales que requiera.
7. Las alumnas embarazadas
tendrán el derecho de asistir al
baño las veces que lo requiera,
sin que se le pueda reprimir o
reprochar por dicho motivo.
8. A utilizar durante los recreos
las dependencias de la
biblioteca u otros espacios que
contribuyan a evitar accidentes
o situaciones de estrés.
9. A que la alumna durante el
periodo de lactancia puede
elegir el horario de
alimentación del hijo o hija, el
cual solo podrá ser como
máximo una hora cronológica,
sin considerar los tiempos de
traslado, este horario deberá
ser informado al director
durante la primera semana de
ingreso o reingreso de la
alumna al establecimiento.
236
PREVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS
- Establecer espacios para orientación psicosocial y de prevención de
embarazo adolescente a segundo ciclo básico.
- Realizar charlas y talleres de sexualidad acorde al grupo etario de los
estudiantes.
- Gestionar derivaciones a las redes de apoyo de la comuna de San Juan
de la Costa.
- Realizar talleres a docentes, paradocentes y actores de la comunidad
educativa apra ayudar a la prevención del embarazo adolescente.
237
FLUJOGRAMA PARA LA RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS Y
MADRES ADOLESCENTES
Fase Nº 1 DETECCIÓN
Responsables: Apoderado, alumno, dupla
psicosocial, profesor jefe.
Acciones:
I.- En el caso de que sea el apoderado quien
informe la situación se pasara a la fase Nº 2.
II.- En el caso de que sea el estudiante quien
informe o si la información se da a conocer
mediante un tercero se debe:
Acoger al estudiante señalando que el
establecimiento apoyara su proceso
de maternidad o paternidad así como
también su proceso educativo.
Informar a Equipo Directivo.
Brindar apoyo psicosocial para
informar la situación a los padres.
FASE 2: CERTIFICACIÓN MÉDICA
DEL EMBARAZO.
Responsables: Dirección,
Apoderado.
Acciones:
El certificado médico informará el embarazo y tiempo de gestación.
Reunión Dirección, dupla psicosocial y apoderado para dar a conocer el protocolo de acción.
FASE 3: ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE
APOYO
Responsables: UTP, dupla psicosocial, psicóloga
PIE, Profesor Jefe, educadora diferencial.
Acciones:
Firmar consentimiento informado de la
intervención. (dupla psicosocial – Psicóloga
PIE) (anexo 1).
Talleres psicosociales referente a roles
parentales y adaptación a la maternidad y
paternidad. (Dupla psicosocial – Psicóloga
PIE).
Creación de calendario de evaluaciones
flexibles, considerando el tiempo de
gestación UTP, profesor jefe.
Establecer criterios de promoción con
aprendizajes mínimos requeridos (UTP,
profesor jefe)
Establecer tutorías personalizadas.
(Profesor jefe, educadora diferencial)
Elaboración de informe para Chile Crece
Contigo y CESFAM, con el fin de informar
las medidas de apoyo para la adolescente.
FASE 4: INFORME FINAL Y CIERRE
DE PROTOCOLO
Responsables: Dupla psicosocial,
profesor jefe
Acciones:
Registro de las actividades realizadas con adolescente, en carpeta del estudiante.
Informe de intervenciones semestral para UTP.
Derivación de estudiante a jardines infantiles JUNJI/INTEGRA una vez nacido su hijo o hija.
238
ANEXO 1
CONSENTIMIENTO INFORMADO DE ACOMPAÑAMIENTO AL
ADOLESCENTE
Yo Rut:
Apoderado de Rut:
DOY MI CONSENTIMIENTO (X) NO DOY MI CONSENTIMIENTO (X)
Para que mi pupilo/a asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que
demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido o no nacido,
que impliquen la ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clases
en compañía de un adulto responsable, en el caso de que yo como apoderado no
pudiese asistir, así como también acepto la intervención psicosocial, tutorías
personalizadas, calendario de evaluaciones y criterios de promoción para mi pupilo.
FIRMA PROFESIONAL FIRMA APODERADO
BAHÍA MANSA ______DE ___________ 202_
239
CAPÍTULO XXXIV: PROTOCOLO DE CONDUCTAS
AUTOLESIVAS
Frente a situación de autoflagelación (cortes en antebrazos, piernas y
estómago visibles) o sospecha de éstas en el domicilio, sala de clases y/o
recreos, se procederá a informar a los actores específicos que a
continuación se detallan:
1. Sospecha de que el alumno(a) pueda estar cortándose
(autoflagelación): quien pesquise la situación ya sea Profesor,
Asistente de la Educación, Inspector, Encargado de Convivencia u
otro profesional realizará la acogida empática de lo vivenciado por el
estudiante. Si del relato se verifica y efectivamente hay cortes, se le
informará al estudiante que el establecimiento educacional está
obligado a informar al adulto responsable, ya que es menor de edad y
su integridad está en riesgo.
Por el contrario, si luego de entrevistarse con el estudiante no se
recaba información respecto de que efectivamente haya
autoflagelación, se realizará una consejería breve y se ofrecerá
eventual apoyo desde el establecimiento educacional.
2. Evidencia de cortes (verlos de manera superficial sin sangrado): se
realizará la derivación interna a Equipo Multidisciplinario, informado
de ello al o la apoderado(a) y se le solicitará que él o la estudiante sea
atendido por un especialista a la brevedad, situación que será
monitoreada por el equipo.
3. Cortes con herida expuesta: quien toma conocimiento del hecho se
hace cargo y se preocupa de acompañar al alumno(a), donde se
encuentre, da aviso a Equipo Directivo, se brindan primeros auxilios,
dar aviso al 131 para trasladar al estudiante a CESFAM, así como
240
también a sus padres y/o apoderados para que se dirijan al centro
asistencial a la brevedad posible.
En caso de que los familiares no puedan acompañar al o la estudiante
en la ambulancia o en otro medio de locomoción, el encargado de
salud deberá acompañarlo(a) a la institución de salud, hasta que se
presente un familiar.
Es de suma importancia que posterior a las acciones emprendidas, sea
el Director quien cite formalmente la presencia de los Padres y/o
apoderados, con objeto de atender la situación acontecida al o la
estudiante y determinar en un acta las derivaciones pertinentes a un
especialista y el monitoreo por parte del equipo multidsciplinario.
241
FLUJOGRAMA DE ACCIÓN DE CONDUCTAS AUTOLESIVAS
Pesquisa de situación
Realizar contencion emocional (si no se
considera apto llamar a Equipo multidisciplinario
sin dejar solo/a en ningun momento al estudiante.
Realizar derivacion a CESFAM en caso de ser
necesario.
Reunión con apoderado para dar aviso de la
situación .
242
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A INGESTA DE
MEDICAMENTOS EN HORAS DE CLASES
ENCARGADOS DE APLICAR PROTOCOLOS: Equipo PIE – Dupla
Psicosocial.
En relación a la ingesta de medicamentos en horario de clases el consumo
de medicamentos solo lo pueden prescribir los especialistas médicos, y
nunca un docente u otro profesional está facultado para exigir, sugerir o
aconsejar el uso de un determinado medicamento.
Debe ser administrados por los padres y apoderados, nunca por ningún
funcionario de la escuela, con excepción de los alumnos internos donde los
padres deberán entregar una autorización para administrar medicamentos,
además de la receta médica.
No se puede condicionar el acceso, permanencia o participación en
actividades escolares al consumo de determinados medicamentos,
salvo situaciones muy excepcionales en que el comportamiento de un
estudiante sea un peligro o una amenaza real a la integridad física o
psicológica del estudiantes y de los otros miembros de la comunidad
educativa, de manera que se justifique realizar dicha exigencia.
Estos casos excepcionales, éstos deberán ser informados por los padres y
apoderados de los alumnos al momento de la matrícula o cuando fuese
necesario al Equipo Multidisciplinario del Establecimiento (PIE, Dupla
Psicosocial o Profesor Jefe), para hacer seguimiento del tratamiento
farmacológico y realizar los informes correspondientes,cuando las redes de
apoyo las soliciten.
243
CAPÍTULO XXXV: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A
ACCIDENTES ESCOLARES.
Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de
establecimientos municpales o particulares por los accidentes que
sufran con ocasión de sus estudios.
Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o
en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como
consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera
también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto
desde y hasta sus establecimientos educacionales.
En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, están afectos al
Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen a la escuela.
En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la
actividad escolar, se procederá de la siguiente manera:
1. En caso de enfermedad o accidente menos grave:
- El estudiante será llevado a Inspectoría General y se realizarán los
primeros auxilios. Importante recordar que la escuela NO está
autorizada para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría
en coordinación con el profesor jefe llamará a los padres y enviará
una comunicación si fuese necesario.
2. En caso de accidentes leves:
- En los casos que el accidentado requiera atención médica, se llamará a
los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al
estudiante al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría
entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto.
-
244
3. En caso de accidentes graves:
- En todos los casos que el accidente sea grave, Inspectoría General
llamará inmediatamente a Cesfam de Bahía Mansa. Simultáneamente
se dará aviso a los padres y/o apoderados.
Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de
emergencia en la agenda del estudiante y su ficha personal.
Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos
actualizados.
PRESTACIONES MÉDICAS QUE INCLUYE EL SEGURO SON LAS
SIGUIENTES:
- Atención médica, quirúrgica y dental.
- Hospitalización.
- Medicamentos y productos farmacéuticos.
- Protésis, aparatos ortopédicos y su reparación.
- Gastos de traslado y cualquier otro gasto necesario para el
otorgamiento de estas prestaciones.
Los padres, madres y apoderados deben conservar la copia de la
denuncia del accidente escolar y toda la documentación médica para
eventuales futuras atenciones.
El segura cubrirá hasta que la persona esté totalmente sana.
245
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES
ESCOLARES
246
CAPÍTULO XXXVI: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD
ESCOLAR
El clima, la geografía y extenso territorio, han marcado a Chile, sus
actividades económicas, su modo de vida, su cultura y una especial
templanza en todos sus habitantes.
Para todos, más tarde o más temprano, es conocido el significado de las
palabras sismo, terremoto, tsunami o maremoto y sus consecuencias. Ante
esto, nadie duda de la capacidad de sobreponernos ante los efectos
destructivos de estos eventos que la naturaleza nos impone. Sin embargo,
es necesario contar con acciones preventivas que permitan la organización
de los recursos humanos y materiales para salvar una situación de
emergencia, que orienten la actuación de aquellos destinados a velar por la
seguridad de los integrantes de la comunidad escolar.
Estas acciones que se entregarán en las páginas siguientes, permitirán, con
la colaboración de todos, la oportunidad de proporcionar a los alumnos,
funcionarios, docentes y comunidad educativa en general, un efectivo
ambiente de seguridad integral, mientras se cumple la jornada de
actividades escolares, en la Escuela Rural Bahía Mansa.
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
La Escuela Rural Bahía Mansa, está ubicada en la Comuna de San Juan de
la Costa, se encuentra en la parte alta de la caleta del mismo nombre, a 64
Km. de Osorno, conectados por la Ruta Asfaltada U 400.
247
ENTORNO
La Caleta de pescadores de Bahía Mansa, siempre ha tenido una población
flotante que se afinca por trabajos esporádicos en el mar, luego se van a
otras caletas. También existen en nuestro borde costero playas aledañas
como la de Maicolpué y Pucatrihue.
En la comunidad existen una serie de organizaciones de servicio y
comunitarias que forman una red de apoyo al quehacer educacional:
Cesfam Bahía Mansa, Retén de Carabineros, Cuerpo de Bomberos, Comité
de Agua Potable, Comunidad Indígena Mapulafken, Junta de Vecinos, Club
Adulto Mayor, Sindicatos de Pescadores, Jardín Infantil, Agrupación de
Exalumnos, Comunidades católicas y evangélicas.
El 50% de los estudiantes proviene del Sector Bahía Mansa, de familias de
pescadores artesanales, pequeños agricultores/forestales, comerciantes y
trabajadores esporádicos. Los demás provienen de otras localidades de la
comuna: Maicolpué, Pucatrihue, Caleta Manzano, Choroy-Traiguen,
Rucamañío, Triltril, Huellelhue, Caleta Cóndor, Pastal, Pucomo,
Rucapihuel, Carrico, Punotro, Pichilafquelmapu, Puaucho.
El 80% de las familias son de origen mapuche williche, de las cuales un
50% tienen pertenencia y se organizan en Comunidades Indígenas.
248
INFRAESTRUCTURA Y OTROS ANTECEDENTES DE LA UNIDAD
EDUCATIVA
NOMBRE DEL
ESTABLECIMIENTO
Escuela rural Bahía Mansa
NIVEL EDUCACIONAL Pre-escolar
Básica completa
Proyecto de integración escolar opción 4
DIRECCIÓN Bahía mansa s/n
COMUNA/REGIÓN San juan de la costa
Región de los lagos
N° DE PISOS 02 pisos
CANT. DE SUBTERRÁNEOS 0
CANTIDAD DE ALUMNOS 200
CANTIDAD DE
TRABAJADORES
40
PERSONAL EXTERNO
04 Manipuladoras de alimentos.
GENERALIDADES: Se trata de un edificio antiguo de hormigón
armado, con un mínimo de elementos de
protección contra emergencias.
EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS
CANTIDAD DE EXTINTORES
09
GABINETE DE RED
HÚMEDA
SI___X___ NO______
RED SECA
SI___X___ NO______
ILUMINACIÓN DE
EMERGENCIA
SI___X___ NO______
ALTOPARLANTES
SI______ NO___X___
PULSADORES DE
EMERGENCIA
SI______ NO___X___
DETECTORES DE HUMO
SI______ NO___X___
249
PLANO DE LA UNIDAD EDUCATIVA
OBJETIVO GENERAL:
- Establecer planes de acción y protocolos de actuación de la Unidad
Educativa frente a una emergencia que pueda poner en riesgo la vida
de las personas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Constituir el Comité de Emergencia y realizar ajustes, en caso de que
sea necesario a éste Plan.
2. Generar en toda la comunidad escolar una actitud de autoprotección,
logrando responsabilidad colectiva frente a la seguridad.
250
3. Proporcionar a nuestros estudiantes y a toda la Comunidad Educativa
un ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus
actividades formativas.
4. Diseñar estrategias necesarias para que se dé una respuesta adecuada
en caso de Emergencia.
5. Realizar charlas educativas preventivas, para todos los estudiantes.
6. Velar porque la señalética y materiales a utilizar en caso de
emergencia, se encuentren en óptimas condiciones.
7. Incluir en las señaléticas la traducción en chezungun, en caso que
existan personas hablantes del idioma, para agilizar la evacuación de
todas las personas, en caso de emergencia.
8. Coordinar y ejecutar con la comunidad Educativa y equipos de
emergencia de la comuna simulacros de emergencia.
9. Lograr que la evacuación pueda efectuarse de manera ordenada,
evitando lesiones que puedan sufrir los integrantes del establecimiento
educacional durante la realización de ésta.
10. Evaluar los simulacros de evacuación con el Comité de Emergencia y
levantar remediales para perfeccionar los protocolos.
251
RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES
DEL PLAN
A. El Director - responsable definitivo de la Seguridad en la Unidad
Educativa – preside, gestiona, apoya e informa el Plan de Seguridad Escolar
y sus acciones.
B. El Coordinador de la Seguridad Escolar del Establecimiento, en
representación del Director, coordinará todas y cada una de las actividades
del Plan de Seguridad.
La coordinación permite un trabajo armónico en función del objetivo
común: Seguridad.
El Coordinador deberá, precisamente, lograr que los integrantes del Plan
actúen con pleno acuerdo, para aprovechar al máximo las potencialidades y
recursos. Para ello, deberá valerse de mecanismos efectivos de
comunicación, como son las reuniones periódicas y mantener al día los
registros, documentos y actas que genere el Plan de Seguridad. Además,
deberá tener permanente contacto oficial con las Unidades de Bomberos,
Carabineros y de Salud del sector, a fin de ir recurriendo a su apoyo
especializado en acciones de prevención, educación, preparación,
ejercitación y atención en caso de ocurrir una emergencia.
252
C. Docentes, Alumnos, Padres y Apoderados y Asistentes de la Educación,
deberán aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la
Unidad Educativa, cumplir con las acciones y tareas que con ellos se
acuerde el Plan de Seguridad. Proyectar o comunicar, hacía sus
respectivos representados, la labor general del Establecimiento en materia
de Seguridad Escolar.
D. Representantes de las Unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud
constituyen instancias de apoyo técnico al Plan y su relación con el
Establecimiento Educacional deberá ser formalizada entre el Director y el
Jefe máximo de la respectiva Unidad.
Esta relación no puede ser informal. La vinculación oficial viene a reforzar
toda la acción del Plan de Seguridad Escolar, no sólo en los aspectos de
prevención, sino que también en la atención efectiva cuando se ha
producido una emergencia.
253
RESPONSABLES INTERNOS Y EXTERNOS DEL PLAN DE
SEGURIDAD
INTEGRANTE /CARGO NOMBRE
DIRECTOR DEL
ESTABLECIMIENTO
JUAN LUIS CANO MOLINA
COORDINADOR
SEGURIDAD ESCOLAR
PATRICIO PÉREZ
REPRESENTANTE
CENTRO PADRES
CELINDA DÍAZ
REPRESENTANTE
ASIST. DE LA EDUC.
PATRICIA MANCILLA
REPRESENTANTE
CARABINEROS
JEFE RETÉN DE BAHÍA MANSA
REPRESENTANTE
BOMBEROS
CESAR GARRIDO
REPRESENTANTE
SALUD
SANDRA ANGULO REISER
ASESOR EN PREVENCION
DE RIESGOS
ASESOR DE ORGANISMO
ADMINISTRADOR SEGURO
SOCIAL.
254
ORGANIZACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR
Será conforme a la siguiente estructura:
DIRECTOR
BRIGADA DE EMERGENCIA
ESCUELA
BRIGADA DE EMERGENCIA INTERNADO
BRIGADA DE EXTINTORES
PERSONAL PARTICIPANTE EN EL PLAN DE SEGURIDAD
1.- Director
2.- Coordinador del Plan de Seguridad:
NOMBRE RESPONSABILIDADES
1.- Sandra Acum
2.- Nelson Vinett
Activar alarma sonora (Campana/Timbre)
Abrir puertas de salida Pabellón 1 y 2
Encargado Red húmeda 1
Cesar Ampuero Abrir puerta caracol Pabellón 2
Docentes Evacuar a sus alumnos desde salas de clases, pasillo
en clase de gimnasia hasta zona de seguridad
Manipuladoras Apagar gas cocina
4.-Brigada de Emergencia Internado
Mariana Kiefer-
Martiza Fourcade
Abrir puerta internado damas
Cristian Oporto-
Jonathan Moriera
Abrir puerta internado varones
COORDINADOR SEGURIDAD ESCOLAR
255
Cristian Oporto-
Jonathan Moreira
Abrir puerta salida al patio y zona de
seguridad
Mariana Kiefer-
Martiza Fourcade
Cristian Oporto-
Jonathan Moriera
Evacuar internos desde dormitorios,
comedor y pasillos hasta la zona de
seguridad
5.-Brigada de extintores y redes húmedas
FUNCIONES OPERATIVAS DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN
A.- DIRECTOR
1.- El Director, será el primer coordinador y quién tendrá bajo su
responsabilidad la
Emergencia y la evacuación de las instalaciones de la Escuela Rural Bahía
Mansa, ya que es la persona que tiene a cargo la dirección del
establecimiento.
2.-Informar a los diferentes estamentos y autoridades situación general
luego de una emergencia.
B.- COORDINADOR DEL PLAN
1. Asume la responsabilidad total en caso de una emergencia con la
autoridad para resolver y disponer las medidas que sean necesarias,
comunicándose con bomberos, carabineros y salud.
2. Ante una emergencia, deberá dirigirse al puesto de control, conocido por
toda la comunidad escolar, desde donde se darán las instrucciones a las
respectivas brigadas para iniciar las acciones necesarias de intervención.
3. En su ausencia en horario normal de trabajo, su reemplazante será
Inspector General.
4. Después del horario normal de trabajo, las funciones las asumirá el
inspector de internado.
Nelson Vinett Extintor 1 Hall Pabellón 2
Nelsón Vinett Extintor 2 pasillo
Sandra Acum Red Húmeda 1 Hall Escuela
Sandra Acum Red Húmeda 2 Pasillo Comedor
256
5. Deberá evaluar la Emergencia, en función a observaciones in situ,
información entregada por funcionarios, Brigada de evacuación,
registrando en formulario o bitácora.
6. Coordinara las distintas brigadas para enfrentar la emergencia.
7. Mantener informado al Director.
8. Velar por la actualización continua del presente Plan.
9. Coordinar con la Dirección, reuniones de trabajo y dar a conocer el Plan
de Emergencia a toda la comunidad educativa.
10. Coordinar con unidades externas, prácticas de la Brigada de
Emergencia y Ejercicios de Evacuación elaborando un cronograma.
11. Realizar un Programa Anual de actividades, a fin de ir simulando
diferentes situaciones que se asemejen cada vez más a la realidad.
12. Definirá en función de la Emergencia, la Evacuación Parcial o total de
un sector o edificio.
C.- BRIGADA DE EMERGENCIA O DE EVACUACIÓN ESCUELA
1. Con el Coordinador del Plan de Seguridad diseñarán un programa
anual de Capacitación para el personal a su cargo.
2. Informaran al coordinador situaciones de emergencias, problemas
y juicios evaluativos de los ejercicios y evacuaciones de
emergencias, en su aérea de trabajo.
3. Deberán asistir a prácticas de capacitación de procedimientos
creando o aportando nuevas situaciones de Emergencia, logrando
con ello una mayor eficiencia en su actuación.
4. Al oír la Alarma de Emergencia, procederán según procedimiento
establecido para la evacuación.
5. Tranquilizará y actuará con firmeza ante la Emergencia.
6. Trabajará de acuerdo a las instrucciones del Coordinador, prestará
ayuda a alumnos y /o personas necesitadas o que no se puedan
desplazar por sus propios medios.
7. Impedirá el regreso de alumnos a la zona evacuada.
8. Verificará que no queden rezagados.
9. Cerrará las puertas tras de sí.
10. De acuerdo a instrucciones guiaran a los ocupantes del recinto,
hacia las vías de evacuación y zonas de seguridad asignadas.
257
11. Practicarán los procedimientos de actuación ante una
Emergencia,
12. Mantendrán el inventario de elementos de apoyo (Luces de
emergencia, megáfono, Camilla, pitos, etc.)
D.- BRIGADA DE EXTINTORES Y REDES HUMEDAS
1. Todo el personal asignado deberá dirigirse al foco del incendio, a fin
de realizar la primera intervención, ya sea con red húmeda, o
extintores.
2. Las Brigadas de Extintores y Redes húmedas coordinarán las acciones
a realizar y mantendrá informado de la situación a la Coordinadora
del Plan de Seguridad.
3. Mantendrán su equipamiento operativo en todo momento, a fin de
actuar cuando sean requeridos.
4. Mediante un Programa anual, se fijarán entrenamientos prácticos,
simulacros e inspecciones a los sistemas de protección activa.
5. Difundirán en diferentes lugares, temas relacionados con la
Prevención y Control de Incendio.
6. Mediante un Programa anual, capacitarán al personal de la Agencia en
uso de Extintores y métodos de extinción.
7. Su labor quedará finalizada una vez que Bomberos concurra al lugar
amagado, quedando a disposición de la Coordinación para apoyar las
labores de Evacuación.
8. Terminada su labor informará de las acciones realizadas, a la
Coordinadora del Plan.
E.- PROFESORES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
1. Se pondrán a disposición de la Coordinadora.
2. Colaboraran en mantener el orden en la zona de seguridad con los
alumnos
3. Cada profesor deberá acompañar a los alumnos desde la sala de clases
o lugar donde esté realizando clases a la Zona de Seguridad de
acuerdo a las instrucciones del Plan.
258
F. REPRESENTANTES DE CENTRO DE PADRES Y
APODERADOS
1. Conocerán el Plan de Seguridad, lo leerán periódicamente a fin de
facilitar la labor, de los encargados de conducir la evacuación.
2. Informar las inquietudes y observaciones de los apoderados del
colegio, para revisar, actualizar y gestionar acciones del citado
plan.
3. Participar en la evaluación de los simulacros y otras acciones
derivadas del funcionamiento del plan.
4. Aprobar en representación de los apoderados el plan.
5. Asistir a las reuniones donde se tomen acciones
VÍAS DE EVACUACIÓN Y ZONAS DE SEGURIDAD
A. Vías de Evacuación.
Todas las dependencias cuentan con vías de escape, en los distintos pisos de
la unidad escolar, son de material incombustible, las cuales está
debidamente señalizada, con sistema de apertura hacia el exterior. Todas las
dependencias del inmueble cuentan con más de una salida, lo que garantiza
una rápida y oportuna evacuación del edificio, las que están claramente
identificadas en los planos de evacuación.
B. Zonas de Seguridad
Se ha definido y señalizado claramente la zona de seguridad lo que
garantiza que frente a una evacuación todo el alumnado y personal se dirija
a una zona única, lo que permitirá mantener el control de la situación. En la
zona de seguridad existe un letrero de color amarillo con la leyenda ZONA
DE SEGURIDAD.
259
PROCEDIMIENTOS ANTE EMERGENCIAS
1.-PROCEDIMIENTOS GENERALES:
A.- SI UD ESCUCHA LA ALARMA, SE RECOMIENDA ACTUAR
DE LA SIGUIENTE MANERA
1. Mantenga la calma, el pánico es la principal causa de víctimas.
2. Esté atento a las instrucciones que se impartan por los encargados de
evacuación.
3. Interrumpa de inmediato sus actividades y prepárese para evacuar el
edificio, detenga artefactos y corte fuentes de energía.
4. La evacuación de todo el alumnado debe efectuarse bajo la
responsabilidad de los respectivos profesores que se encuentren a su cargo
en ese instante, guiándolos hacia la zona de seguridad designada del
colegio.
5. Siga las rutas de evacuación establecidas que conducen hacia el exterior
del edificio señalizadas en la salida de cada sala, camine en fila de manera
ordenada sin alterar el normal flujo de alumnos.
6. Si se encuentra con niños pequeños o visitas, llévelos con usted.
7. Si se encuentra en otra dependencia, intégrese a la evacuación del sector
donde se encuentra.
8. Diríjase a la ZONA DE SEGURIDAD.
9. Manténganse en la zona de seguridad hasta que reciba otra instrucción.
10. Cada profesor deberá pasar lista de los alumnos de su curso, con el fin
de evaluar que este el 100% de los alumnos de cada curso.
B.-DURANTE LA EVACUACIÓN
1. Proceda en forma rápida (no corra) y en silencio.
2. Forme fila india (DE A UNO), ordene a los alumnos, de acuerdo a la
estructura de asientos que existe en la sala y avance con tranquilidad.-
3. En el desplazamiento por las escaleras, si se juntan dos cursos uno de
ellos por el sector del muro y el otro por el sector de los pasamanos.
4. No se devuelva a menos que reciba instrucciones.
260
C.-DURANTE EL SISMO
1. Mantenga la calma, si está dentro del edificio permanezca en él.
2. Aléjese de ventanas, mamparas, lámparas, estantes o elementos que
puedan caerle encima.
3. Ubíquese frente a muros estructurales, pilares o bajo dinteles de puertas.
4. Apague cualquier fuente de calor o asegure el cierre de puerta de
combustiones lentas.
5. No use escaleras ni ascensores.
6. No salga a la calle. El mayor peligro se presenta al salir corriendo en el
momento de producirse el terremoto.
7. Si se desprende material ligero. Protéjase debajo de una mesa o cualquier
otro elemento que lo cubra, ponga las manos sobre la cabeza y acerque la
cabeza a las rodillas.
D.- DESPUÉS DEL SISMO
1. Evalúe la situación, preste ayuda si es necesario.
2. No encienda fósforos ni encendedores, si necesita luz, use sólo linternas.
Puede haber escape de gas u otros combustibles.
3. Si detecta desperfectos, comuníquelo a su profesor o Coordinadora del
Plan
4. No camine donde haya vidrios rotos o cables eléctricos, ni toque objetos
metálicos en contacto con ellos.
5. No utilice el teléfono, se bloquean las líneas y no será posible su uso para
casos de real emergencia.
6. Infunda calma y confianza, no se deje llevar por el pánico.
7. Prepárese para réplicas, es normal que después de un sismo fuerte se
produzcan.
8. Proceda a evacuar hacia una ZONA DE SEGURIDAD.
9. Si producto del sismo se produce un amago de incendio, debe procederse
de acuerdo a lo indicado en “Caso de Incendio”.
E.- EMERGENCIA EN CASO DE INCENDIO
1. De la alarma inmediatamente. (Active la alarma sonora o a viva voz)
2. Avise al encargado de Emergencias. (indicar lugar)
3. Cierre puertas y ventanas para evitar la propagación del fuego.
261
4. La brigada de Extintores y Redes húmedas, procederán a efectuar la
primera intervención, controlando el fuego, hasta la llegada de los
bomberos.
5. Si la emergencia es un incendio muy cercano y el fuego impide salir:
5.1 No abra las ventanas
5.2 No abra las puertas antes de tocarlas, si se siente caliente, puede haber
llamas al otro lado.
5.3 Desplácese gateando, recibirá menos humos.
5.4 Proteja su boca y nariz, preferentemente con un paño mojado.
5.5 En caso de quedar aislado, acérquese a una ventana y avise su
presencia.
F.-AMENAZA DE FUGA DE GAS
1. Conozca el olor característico del gas para detectar cuando se esté
ocasionando una fuga.
2. Cierre de inmediato la válvula del tanque de almacenamiento.
2. No accione interruptores eléctricos, ni encienda fósforos y mucho menos
encienda cigarrillos.
3. Avise al jefe de emergencias para que él se comunique con las unidades
de emergencia.
4. Los brigadistas, docentes y personal de seguridad, debe conocer los
mecanismos para desconectar la electricidad del sector o edificio.
5. Si la emergencia continúa, aplique el plan de evacuación, saliendo de las
aulas en forma calmada y ordenada, evite que los alumnos empujen a otros
haciéndose daño mutuamente.
6. Evite que se enciendan vehículos en el área de estacionamiento.
7. Avise a los organismos de socorro (Carabineros, Bomberos y Salud
G.-TEMPORALES DE VIENTO
1. Si existen alerta de temporal y ráfagas de vientos que generen riesgos
adicionales, el director y Coordinadora de Emergencias deberán evaluar la
situación
2. De considerarse de alto riesgo, el Jefe de Emergencias deberá dar las
instrucciones en cada sala afectada.
262
3. Dependiendo de la dirección del viento, todas las salas que estén situados
al costado de donde proviene, deberán desplazar las mesas de clases al
costado contrario con el fin de alejarse de los ventanales.
4. Los alumnos y personal no deberá salir al exterior, ni habrá recreos
5. Evacuar los pasillos, los alumnos deberán dirigirse a (sus respectivas
salas) (comedor)
6. Si la situación amerita, un riesgo alto de incidentes, como quebradura de
vidrios o voladura de techumbres, la dirección del establecimiento deberá
evaluar la continuidad de las clases.
7. Comunicar a padres y apoderados que retiren a sus pupilos.
FICHAS PUNTOS CRÍTICOS
(Riesgos Detectados)
COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR
ESCUELA RURAL BAHÍA MANSA DIRECTOR: JUAN LUIS CANO MOLINA COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR:PATRICIO PÉREZ FUENTEALBA FECHA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ: 23 / 03 / 2020
FIRMA DEL DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO
263
Este formulario está destinado a registrar los puntos y/o situaciones de riesgo al
interior como al exterior del Establecimiento Educacional.
RIESG
O/
PUNTO
CRÍTIC
O
INTERNO/
EXTERNO
(Indique con
una “I” si
está al
interior de
establecimien
to con una
“E” si es el
entorno
inmediato)
UBICACIÓ
N
EXACTA
IMPACTO
EVENTUA
L
SOLUCION
ES
POSIBLES
RECURSOS
NECESARI
OS
Perímetr
o patio
escolar
I - E
Cerco
Perimetral
Accidentes
Reposición
Integral
Compra
mallas y
materiales
construcción
cerco
perimetral
264
EJERCITACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR
FECHAS DE SIMULACRO
MES FECHA TIPO DE SIMULACRO
MAYO
15
INCENDIO
JUNIO
19
SISMO
SEPTIEMBRE
04
FUGA DE GAS
NOVIEMBRE
20
TERREMOTO
265
CAPÍTULO XXXVII: DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS
ESTUDIANTES
INTRODUCCIÓN DEL REGLAMENTO
El presente Reglamento de Evaluación, calificación y promoción de la
Escuela Rural Bahía Mansa, se diseña a partir de la entrada en vigencia del
nuevo DecretoN°67, del 20 de febrero 2018, donde se aprueban las normas
mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción de los
estudiantes que cursen modalidad tradicional de enseñanza básica en
establecimientos nacionales reconocidos por el estado.
El presente reglamento es consensuado y aprobado por el Consejo de
Profesores, Consejo Escolar y difundido a toda la comunidad Educativa, en
base a nuestro Proyecto Educativo, sellos institucionales y Reglamento
Interno del establecimiento.
Se entenderá por Evaluación al conjunto de acciones lideradas por los
Profesionales de la Educación, para que tanto ellos como los alumnos
puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el
objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso de los
aprendizajes y retroalimentar los procesos de enseñanza.
En este sentido es importante precisar la diferencia que existe entre
los conceptos de evaluación y calificación. La Evaluación es el conjunto de
acciones permanentes, destinadas a obtener y utilizar información, para
formar juicios que faciliten la toma de decisiones con relación al
mejoramiento del proceso educativo; la evaluación y los procesos
evaluativos conllevan a constituir una herramienta fundamental para el
desarrollo de la labor educativa. En cambio, la Calificación es la
representación del logro del aprendizaje a través de un proceso de
266
evaluación, que nos permite transmitir un significado compartido, respecto
a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.
Es importante destacar la necesidad de darle el mayor uso pedagógico
posible a la evaluación. Así, el uso formativo de la evaluación debiera
preponderar en las aulas, y las evaluaciones utilizarse, por tanto mayoritaria
y sistemáticamente para reflexionar sobre el aprendizaje y la enseñanza y
para tomar decisiones pedagógicas pertinentes y oportunas, buscando
promover el progreso del aprendizaje de la totalidad de estudiantes,
considerando la diversidad presente en todas las salas de clases.
La Escuela Rural Bahía Mansa, fortalecerá el uso pedagógico de
evaluación teniendo como base lineamientos comunes, con énfasis en la
importancia de la retroalimentación, diversificación y aseguramiento de la
calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje de todos los estudiantes.
Respecto a la retroalimentación de actividades de evaluación el
docente y Equipo de Aula por medio de su planificación de unidad, clases,
rutas didácticas establecerán los momentos de la evaluación y
retroalimentación, seguimiento y pertinencia de actividades definiendo
estrategias, pautas, modificaciones a la planificación, estrategias o
metodologías de enseñanza y calendarización de acuerdo con los juicios
emitidos de la evaluación. El docente y equipo de aula tomarán en
consideración las recomendaciones del Jefe Técnico o profesores
especialistas que hayan revisado los resultados de la evaluación en
Reuniones Técnicas, Jornadas de Reflexión y/o trabajo colaborativo de
planificación, para la toma de decisiones pedagógicas.
267
CAPÍTULO I: PRINCIPIOS ORIENTADORES QUE PROMUEVEN
LA CULTURA DE EVALUACIÓN DENTRO DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA
La Escuela Rural Bahía Mansa tiene como Visión constituirse una
escuela efectiva que entregue aprendizajes de calidad a todos nuestros
estudiantes, para que puedan continuar sus estudios, desarrollar su
proyecto de vida, promoviendo la participación constructiva y solidaridad
social, con énfasis en el respeto y valoración de la identidad cultural.
Respecto a la Misión de nuestro establecimiento pretende entregar
Educación de calidad, teniendo como base, la formación integral del
estudiante; promoviendo la participación, el respeto por el otro, integrando
la cultura mapuche-huilliche como eje transversal en la formación de los
estudiantes, permitiéndoles que se apropien de su cultura, sintiéndose
orgullosos de su identidad, no sólo del pasado, sino también del presente y,
de esta manera, poder construir un futuro mejor.
NUESTROS SELLOS INSTITUCIONALES SON:
1. Aprender a ser respetuoso y valorar la cultura mapuche-williche,
considerando la cosmovisión y el cuidado de la madre tierra.
2. Aprender hacer uso de los talentos y habilidades en pro del
crecimiento personal y de la comunidad educativa.
3. Aprender a conocer la importancia de la participación ciudadana y la
democracia.
4. Aprender a convivir respetando la diversidad personal, social y
cultural.
268
PRINCIPIOS Y VALORES DEL ESTABLECIMIENTO:
La escuela pretende lograr en nuestras estudiantes egresados de la
enseñanza básica, características basadas en principios, valores y
competencia, tales como: La valoración y el respeto por la identidad
cultural; Respeto por la naturaleza y el entorno; Respeto a la diversidad y
el principio de la solidaridad.
ARTÍCULO 1:
DISPOSICIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO
El proceso de elaboración y modificación del Reglamento deberá ser
liderado por el equipo directivo y técnico-pedagógico, considerando
mecanismos que garanticen la participación del Consejo de Profesores y los
demás miembros de la comunidad escolar. En el caso de los
establecimientos que reciban aportes del Estado, el órgano que canalice la
participación de la comunidad educativa será el Consejo Escolar.
El equipo directivo junto con el equipo técnico-pedagógico del
establecimiento presentará una propuesta de Reglamento al Consejo de
Profesores sobre la base de las disposiciones del presente decreto, y de
acuerdo con lo dispuesto en el Proyecto Educativo Institucional y en el
Reglamento Interno del establecimiento educacional.
ARTÍCULO 2: El Reglamento deberá ser comunicado oportunamente a la
comunidad educativa al momento de efectuar la postulación al
establecimiento o a más tardar, en el momento de la matrícula.
Las modificaciones y/o actualizaciones al Reglamento, serán informadas a
la comunidad escolar mediante comunicación escrita o por su publicación
en la página web del establecimiento educacional.
El Reglamento deberá ser cargado al Sistema de Información General de
Alumnos -SIGE- o a aquel que el Ministerio de Educación disponga al
efecto, entendiéndose plataforma SAE (sistema admisión escolar)
269
ARTÍCULO 3: El presente Reglamento de Evaluación y Promoción se
aplicará a los niveles de enseñanza Básica, es decir de 1° a 8vo. Básico.
Para ello, se tomarán como lineamientos los criterios emanados por el
Ministerio de Educación, dispuestos en los Planes y Programas en cada
sector y subsector; tomando en consideraciones los indicadores sugeridos
para los objetivos de aprendizajes, objetivos transversales y objetivos de
aprendizaje actitudinales.
ARTÍCULO 4: En el caso del 3° Nivel Transición (kínder), éstos se
regirán por Las Bases Curriculares de la Educación Parvularia (BCEP)
donde se definen principalmente qué y para qué deben aprender los
párvulos desde los primeros meses de vida hasta el ingreso a la Educación
Básica.
ARTÍCULO 5:
PERIODO ESCOLAR
La Escuela Rural Bahía Mansa tendrá períodos escolares semestrales. Esto
es debido al período de descanso por vacaciones de invierno. De esta
manera, quedan mejor distribuidas las Unidades dadas por el currículum y
además, facilita la planificación de los docentes.
ARTÍCULO 6: Para efecto del presente Reglamento, se entenderá por:
a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, los establecimientos
educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos
de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los
logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas
nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por
el Decreto 67.
b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de
la educación, para que tanto ellos como los alumnos, puedan obtener e
interpretar la información sobre el aprendizaje con el objeto de
270
adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje
y retroalimentar los procesos de enseñanza.
c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de
un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado
compartido, respecto a dicho aprendizaje mediante un número,
símbolo o concepto.
d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad,
formación general común o diferenciada y especialidad si
corresponde, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla
durante una jornada en un año escolar determinado, mediante los
Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de
Educación.
e) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina
favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente
superior o egresando del nivel educación básica.
ARTÍCULO 7:
FORMAS Y CRITERIOS DE LA EVALUACIÓN
Entendiendo como los criterios de evaluación los principios, normas o ideas
de valoración en relación con los cuales se emite un juicio valorativo sobre
el objeto evaluado, nuestro establecimiento tomará los criterios emanados
por el MINEDUC. Sin embargo, el docente y equipo de aula podrán
disponer de otros criterios que sean congruentes con la situación de la
evaluación.
Respecto a los criterios, éstos se definen como: “lo que se espera” de
aquello que se evalúa; comparando con un referente o estándar de
desempeño. En este sentido, se establecen el nivel requerido y lo esperado.
El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá
usarse formativa o sumativamente:
271
a) Tendrá un uso formativo en la media que se integra a la enseñanza
para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir,
cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene interpreta y
usa por profesionales de la educación y por los alumnos para tomar
decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-
aprendizaje.
b) La evaluación sumativa, tiene por objeto certificar, generalmente
mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos.
La evaluación en el proceso educativo de los estudiantes adquiere una
relevancia de suma importancia, pues decide nada más y nada menos que la
promoción de los estudiantes. Debido a esto, es vital que los estudiantes y
los apoderados sepan con antelación cuándo, cómo, con qué instrumento va
a ser evaluado cada estudiante.
c) En el caso del Tercer Nivel de Transición (kínder) la evaluación es la
práctica mediante la cual el equipo pedagógico recoge y analiza
información en forma sistemática de los procesos y logros de los
párvulos, en situaciones auténticas y funcionales, y retroalimenta a los
involucrados. En cuanto al párvulo, la retroalimentación de sus
avances y logros, hecha cuidadosamente, es una ocasión de fortalecer
los aprendizajes construidos.
Para el equipo pedagógico, la información obtenida podría eventualmente
dar lugar al rediseño del proceso educativo para el próximo período.
Entendida así, la evaluación es una instancia más de aprendizaje, formadora
en sí misma.
ARTÍCULO 8:
REFLEXIÓN Y TOMA DE DECISIONES.
La Escuela Rural Bahía Mansa tendrá espacios para la reflexión y toma de
decisiones entre los integrantes de la comunidad educativa, centradas en el
272
proceso, progreso y logro de aprendizaje de los estudiantes. Estas instancias
serán las siguientes:
- Al comienzo del año escolar, cuando se realizan las evaluaciones
diagnósticas PIE, estilos de aprendizaje y niveles de logro, según
evaluación interna.
- En las horas de Trabajo colaborativo semanal que realizan los
profesores de asignatura en conjunto con Ed. Diferencial.
- Mensualmente en Reuniones de coordinación PIE en conjunto con
Dupla Psicosocial.
- Bimensualmente en Consejo de Profesores, se informará el
seguimiento realizado por Equipo de Psicólogas.
- Al término de cada semestre en Jornadas de Reflexión Pedagógica.
ARTÍCULO 9: Todos los estudiantes del establecimiento tendrán derecho
a ser evaluados en un proceso formativo y sumativo distribuidos en dos
semestres.
Toda situación no consignada en el presente reglamento será resuelto por la
Dirección del establecimiento.
ARTÍCULO 10:
CRITERIO DE EVALUACIÓN
Todos alumnos tienen derecho a ser informados de los criterios de
evaluación; ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y
transparente.
9.1 Será deber los profesores de asignatura informar los criterios con los
que será evaluados los estudiantes antes de cada evaluación, del mismo
modo que el puntaje asignado a cada ítem o pregunta, en el caso de
evaluaciones escritas. Esta información deberá quedar consignada en el
leccionario del libro de clases como: “Instrucciones y criterios de la
evaluación”.
273
ARTÍCULO 11:
TIPOS DE EVALUACIÓN
11.1 Diagnóstica: Tiene como lugar antes de comenzar el proceso de
aprendizaje o en determinados momentos del mismo. Ésta cumplirá con los
siguientes objetivos:
a) Detectar presencia o ausencia de conocimientos previos, destrezas,
habilidades, hábitos y conductas requeridas para dar inicio a nuevos
aprendizajes.
b) Ubicar al alumno/a en un estilo de aprendizaje determinado para
desarrollar las estrategias de enseñanza adecuadas.
c) Tomar decisiones sobre la planificación o diseño del proceso
pedagógico.
11.2 Formativa: Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la
enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es
decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene, interpreta y
usa por los profesionales de la educación y por los alumnos para tomar
decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-
aprendizaje.
Esta evaluación tendrá como propósitos fundamentales:
a) Detectar el progreso del estudiante durante el proceso de Enseñanza-
Aprendizaje
b) Detectar necesidad de aplicación de estrategias diferentes para
favorecer el logro de aprendizajes y la superación de niveles de desempeño
insuficientes.
c) Informar al alumno y al apoderado sobre el estado de avance de su
aprendizaje.
274
La evaluación Formativa tendrá las siguientes características:
a) El procedimiento de evaluación que se empleará dependerá de los
objetivos tratados y será acorde a las estrategias pedagógicas utilizadas en
clases por el docente de la Asignatura.
b) Según la planificación realizada por el docente para el tratamiento del
contenido o de la Unidad será el número de instrumentos evaluativos que
podrá aplicarse.
c) Deben ser breves y los resultados deben ser conocidos y analizados
con los estudiantes, para retroalimentar el aprendizaje.
11.3 Sumativa: La evaluación sumativa tiene por objetivo certificar,
generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logros por los
estudiantes.
Esta evaluación sumativa tendrá como objetivos:
a) Determinar el desempeño en el logro de los objetivos de aprendizaje
de una Unidad o parte de ella.
b) Proporcionar antecedentes para asignar calificaciones a los
estudiantes.
c) Proporcionar antecedentes al docente sobre el nivel y calidad de los
aprendizajes alcanzados por sus alumnos.
d) Sus resultados deben servir para retroalimentar el aprendizaje de los y
las estudiantes.
11.4 Diferenciada: Consiste en aplicar procedimientos evaluativos en
alguna/s asignatura/s, adecuando a las necesidades educativas especiales
que presentan los estudiantes. Ésta será aplicada en forma individual de
acuerdo a las necesidades detectadas y a los objetivos planteados.
Esta evaluación se aplicarán a los estudiantes que lo requieran, avalado
previo informe de un especialista: neurólogo, psiquiatra, psicólogo,
275
psicopedagogo o en su defecto Equipo de Integración, mediante la
administración de instrumentos técnicamente acondicionados que
contemplen los mismos objetivos y contenidos, cuyo grado de dificultad
será: igual o distingo de la prueba de la Unidad en cada asignatura.
ARTÍCULOS 12:
PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS
Existe una gran variedad de procedimientos evaluativos como por
ejemplo: pruebas, cuestionarios, observación de desempeños, observación
de productos, anecdotarios, listas de cotejo, escalas de apreciación, fichas
de seguimiento, elaboración de proyectos, disertaciones, debates,
dramatizaciones, mapas conceptuales, artículos de investigación,
elaboración de diarios, etc.
Las pruebas, por otra parte, pueden ser aplicadas en formato oral o
escritas. Dentro de las pruebas escritas se pueden mencionar las pruebas de
ensayo y las pruebas de respuesta fija. Los instrumentos de evaluación
deben ser adecuados a lo que se quiere medir, ya que si tenemos
aprendizajes diferentes es necesario usar evaluaciones diferentes.
ARTÍCULO 13: Todas las formas y criterios de evaluación en todas las
asignaturas, deberán ser informados por el docente a la Unidad Técnica a
través de correo electrónico con a lo menos 48 hrs. de anticipación a la
situación evaluativa (Evaluación de proceso), indicando, cuándo qué y
cómo se evaluará, para su revisión y aprobación. Adjuntando para ello, el
instrumento de evaluación.
Para las evaluaciones escritas por Unidad en las asignaturas de lenguaje,
matemáticas, Historia y Ciencias Naturales, se deben entregar a la Unidad
Técnica al comenzar la Unidad, aplicando la estrategia de planificación
inversa. Este instrumento debe contar con las preguntas el puntaje que se
asignará y la habilidad que busca desarrollar en los estudiantes.
276
Adicionalmente, el docente deberá adjuntar pauta o lista de respuestas
correctas.
En el caso de las evaluaciones formativas, se deben adjuntar pauta de
evaluación tales como: rúbrica, lista de cotejo u otros, para su revisión y
aprobación, previo a ser multicopiado, lo cual es responsabilidad del
docente.
ARTÍCULO 14: Los alumnos NO PODRÁN SER EXIMIDOS DE
NINGUNA ASIGNATURA o módulo del plan de estudio, debiendo ser
evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas que dicho plan
contempla.
No obstante, lo anterior, la escuela implementará las diversificaciones
pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de
evaluación de las asignaturas en el caso de los alumnos que así lo
requieran. Asimismo, podrán realizar las adecuaciones curriculares
necesarias, según lo dispuesto en los decretos exentos N° 83, de 2015 y
170, de 2009, ambos del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 15: Las evaluaciones diferenciadas y las adaptaciones
curriculares podrán aplicarse a los estudiantes que presenten alguna NEE
de tipo permanente o transitoria que participen de la modalidad de
atención especializada en el contexto del decreto 170, estos
procedimientos deberán ser justificados por el equipo PIE y analizados de
forma colaborativa entre los equipos de aula y UTP.
Si existen estudiantes con dificultades en sus procesos de enseñanza como
de aprendizaje y no participan del proyecto de integración – 170, se
deberá recopilar toda la información y tomar la decisión de una
“Evaluación diferenciada” de forma colaborativa entre los equipos de
aula, Equipo multidisciplinario y Jefe técnico, informando al apoderado de
forma directa.
277
ARTÍCULO 16: Será deber del docente de asignatura diseñar el
instrumento de evaluación y entregarlo oportunamente a la Educadora
Diferencial o Psicopedagoga, para realizar las adecuaciones pertinentes,
como también su aplicación, en las fechas establecidas en el Calendario de
Evaluación.
ARTÍCULO 17: Para el conocimiento de docentes y profesionales del
establecimiento, se dejará constancia de las evaluaciones diferenciadas en
el Registro de Planificación y Evaluación del Proyecto de Integración,
consignando: nombre del estudiante, asignatura en que se aplicó la
evaluación diferenciada, procedimiento aplicado tanto en los instrumentos
como en los métodos de la evaluación y fecha en que se aplicó la
evaluación.
ARTÍCULO 18: Para materializar este proceso de evaluación enmarcado
en la ley inclusión y el respeto a la diversidad, el docente entregará a la
Educadora Diferencial o Psicopedagogo, en los plazos establecidos sus
planificaciones, instrumento de organización que sirve de insumo para el
equipo PIE en su trabajo de adecuación, fortalecimiento y ejercitación de
aquellos estudiantes que presentan alguna NEE.
ARTÍCULO 19: Es deber del docente de cada asignatura hacer llegar por
escrito el Calendario de Evaluación a cada apoderado, así como también
cuando existan cambios de fechas por situaciones emergentes que pudiesen
ocurrir. De tal manera de poder contribuir a que los apoderados puedan
apoyar a sus estudiantes en sus hogares.
Estos calendarios de evaluaciones desprenderán de cada unidad didáctica
planificada por el docente y Equipo de aula, en el cual se indicarán fechas,
contenidos y criterios de evaluación en el caso de aplicar pautas de
observación, rúbrica, otros.
278
Asimismo, se deja establecido que estos calendarios de evaluaciones,
deberán enviarse por correo al Jefe Técnico y además, deberá quedar
impreso en el archivador personal de planificación de cada docente. Será
deber del docente mantener el archivador actualizado con planificaciones,
evaluaciones y calendarios de evaluación.
Estos calendarios de evaluación deberán ser conocidos también por el
Equipo de Aula y quedar exhibidos en los DIARIOS MURALES de cada
curso, a modo recordatorio, tanto para estudiantes como docentes.
ARTÍCULO 20: Los padres y apoderados tendrán derecho a recibir de
manera escrita el Calendario de Evaluación de la Unidad, por curso y
asignatura de su hijo(a). Será deber del profesor de asignatura informarlos
por escrito, al momento de la entrada a la Unidad.
ARTÍCULO 21: Con el objetivo de que los padres y apoderados o tutores
de los estudiantes se mantengan informados acerca del rendimiento,
deberán ceñirse a los siguientes procedimientos:
a) Los apoderados se mantendrán informados de las calificaciones
obtenidas por sus estudiantes a través de dos vías:
- Informes de notas parciales, que será entregadas en el mes de mayo
y octubre.
- Informe de notas Semestral en el mes de julio y diciembre.
b) En forma presencial en horario de atención de apoderados,
informados a la Primera Reunión de apoderados por curso en el mes
de marzo.
c) En el caso de los estudiantes de kínder se entregará un Informe
Semestral de los principales avances, según los ámbitos señalados en
los Planes y Programas de estudio.
d) Respecto a los estudiantes pertenecientes al Proyecto de Integración
Escolar serán informados mediante informes a la familia, tanto al
279
inicio como al final del año escolar y mediante reuniones periódicas a
lo largo de los procesos acordados con los profesionales PIE.
ARTÍCULO 22:
PLAZO DE ENTREGA DE EVALUACIONES POR PARTE DE
LOS DOCENTES
Los docentes de asignatura entregarán los resultados de las evaluaciones
escritas, que equivalen al 30% de la ponderación de la unidad, en un plazo
máximo de 05 días hábiles.
Respecto a las evaluaciones de proceso, que equivalen al 70% de la
ponderación de la nota de la Unidad, tales como:
a) tickets de salida: Los docentes deberán informar a los estudiantes el
resultado de la evaluación en la misma clase o como plazo máximo, la
clase siguiente.
b) Trabajo en clases, disertaciones, trabajos, co-evaluación, otros: Los
docente deberán informar a sus estudiantes los resultados de dichas
evaluaciones en un plazo máximo de 05 días hábiles, después de aplicada
la evaluación.
c) Guía de repaso o retroalimentación: Los docentes deberá informar a sus
estudiantes, los resultados de esta evaluación la clase siguiente y/o como
plazo máximo 05 días hábiles, después de aplicada la evaluación.
ARTÍCULO 23:
LA RETROALIMENTACIÓN
Es una de las estrategias más efectivas para mejorar aprendizajes (Hattie,
2007). Bien usada, es un importante factor para motivar al aprendizaje,
mejora la comprensión de las metas y la autoeficacia.
280
La evidencia del desempeño (evaluación) nos permite inferir el lugar de la
trayectoria de aprendizaje en el que está el/la estudiante, y por tanto su
Zona de Desarrollo Próximo (ZDP). Así, la retroalimentación puede
entenderse como andamiaje.
La evaluación formativa y, en particular, la retroalimentación, son
oportunidades de aprendizaje: para los estudiantes, respecto de sus
aprendizajes y para los docentes, respecto de la interacción entre sus
prácticas pedagógicas y los aprendizajes de sus estudiantes.
23.1 Los docentes y equipos de aula deben propiciar momentos en la
planificación y calendarización para que los estudiantes conozcan y
comprendan las formas y criterios con que serán evaluados; determinar
estrategias como repaso y retroalimentación, o evaluación formativa, ya que
la evaluación no debe sorprender al estudiante.
Es decir, la retroalimentación de actividades de evaluación el docente y
Equipo de Aula por medio de su planificación de unidad, clases, rutas
didácticas establecerán los momentos de la evaluación y retroalimentación,
seguimiento y pertinencia de actividades definiendo estrategias, pautas,
modificaciones a la planificación, estrategias o metodologías de enseñanza
y calendarización de acuerdo con los juicios emitidos de la evaluación.
El docente y equipo de aula tomarán en consideración las recomendaciones
del Jefe Técnico o profesores especialistas que hayan revisado los
resultados de la evaluación en Reuniones Técnicas, Jornadas de Reflexión
y/o trabajo colaborativo de planificación, para la toma de decisiones
pedagógicas.
ARTÍCULO 24:
LA PLANIFICACIÓN INVERSA
El diseño de clases invertida, es cambiar la forma en que estructuramos el
proceso educativo. Bajo este enfoque, el docente debería preguntarse ¿qué
281
es lo que espero de mis estudiantes? ¿Qué aceptaría como evidencia de
logro? y ¿qué actividades voy a realizar para que esto se logre.
Este tipo de diseño permitirá al docente explorar en mayor profundidad el
significado de ideas claves, tales como la definición de preguntas
esenciales y la elaboración de tareas de transferencia de aprendizaje.
24.1 Los docentes y equipos de aula de la Escuela Rural Bahía Mansa, al
momento de planificar la Unidad, deberán seleccionar los Objetivos de
aprendizajes e indicadores de evaluación que esperan que sus estudiantes
aprendan. Para ello, deberán diseñar el instrumento de evaluación en
función a los indicadores de evaluación plasmados en los planes y
programas de cada asignatura, para aplicarlos al finalizar la Unidad.
Al momento del Trabajo Colaborativo, que se realiza semanalmente, los
Equipos de aula tendrán instancias, para que de manera colaborativa
acuerden criterios de evaluación y definan qué tipos de evidencias son las
más relevantes para la asignatura que imparten.
24.2 En reuniones de Técnicas, mensualmente, los docentes analizarán
colectivamente sobre la implementación de la evaluación, su pertinencia,
suficiencia, variedad, diversificación, capacidad para motivar a los
estudiantes y promover aprendizajes y ajustarlos en función de esa
reflexión.
ARTÍCULO 25: Al momento de diseñar la Unidad y estimar los tiempos
de clases, el docente y su equipo de aula, deberán incluir dentro de estos
tiempos la retroalimentación en cada clase, pudiendo ser a través de
mapas conceptuales, preguntas y respuestas durante la clase u otra técnica
que el docente considere pertinente, como también deberá destinar UNA
CLASE para la Retroalimentación de la Evaluación Escrita de la Unidad.
La retroalimentación debe quedar registrada en el leccionario.
ARTÍCULO 26: Los estudiantes de la Escuela Rural Bahía Mansa,
deberán rendir 3 tipos de Evaluaciones de monitoreo y seguimiento,
282
contempladas en el Plan de Mejoramiento Educativo durante el año
escolar, en las asignaturas de Lenguaje, matemáticas, Historia y Ciencias
naturales.
1. Diagnóstica: Que se aplicará al inicio del mes de marzo
2. Intermedia: Que se aplicará en el mes de julio
3. y la Evaluación final: Que se aplicará a principios de Diciembre.
26.1 Las notas obtenidas no incidirán en el promedio. Puesto que servirán
para la toma de decisiones para los docentes en reflexiones pedagógicas,
que permitan abordar de mejor manera los diseños de aula y las
estrategias pedagógicas.
26.2 Estas evaluaciones deberán quedar consignadas en el libro de clases.
Estas evaluaciones no incidirán en el promedio. El docente de cada
asignatura deberá entregar al Jefe técnico, en los plazos y formatos
establecidos, según acuerdo reuniones técnicas.
TITULO II: LA CALIFICACIÓN
ARTÍCULO 27: Las calificaciones de las asignaturas de Religión y
Orientación no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción
escolar de los alumnos.
Notas y conceptos para consignarlas en el libro, respecto a estas asignaturas,
serán los siguientes.
1.0 a 3.9 Insuficiente 5.0 a 5.9 Bueno
4.0 a 4.9 Suficiente 6.0 a 7.0 Muy bueno
ARTÍCULO 28: En el caso del 3° Nivel Transición (kínder), los
conceptos para consignarlas en el libro y el reporte a las familias, estarán en
concordancia con los ámbitos y núcleos señalados en las Bases
Curriculares y serán los siguientes.
Logrado - Medianamente logrado - Por lograr
283
ARTÍCULO 29: La asignatura de Lengua Indígena (ALCI), forma parte
del Plan de estudios, por lo tanto, es obligatoria e incide en la promoción de
los estudiantes desde 1° a 8° básico.
Kínder: y EIB
ARTÍCULO 30: La calificación final anual de cada asignatura deberá
expresarse en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal,
siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0.
El promedio semestral y final que determine un 3,9 será aproximado, a
nota 4.0. en todas las asignaturas sin excepción.
ARTÍCULO 31:
NOTAS POR CONCEPTO DE CONDUCTA
El establecimiento, NO evalúa de manera sumativa aspectos referidos a la
conducta de los estudiantes, ya que esto se aborda de manera explícita en el
Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.
ARTÍCULO 32: La exigencia porcentual oficial para la escala de
evaluación será al 60% y podrá ser aplicada a todos los instrumentos de
evaluación.
Sin perjuicio de lo anterior, este porcentaje de exigencia podrá ser
modificado a criterio del docente y equipo de aula previa consulta al Jefe
Técnico, cuya decisión deberá quedar por escrito en el “Registro de
Planificación” del Equipo de Aula.
ARTÍCULO 33: La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se
utilicen para calcular la calificación final del período escolar adoptado y de
final de año de cada asignatura, deberán ser coherentes con la planificación
de dicha asignatura, las que se detallan a continuación:
284
ASIGNATURAS CANTIDAD
DE
UNIDADES
CANTIDAD
DE NOTAS
PONDERACIÓN POR
CADA UNIDAD
Lenguaje y
Comunicación
Lengua y
Literatura
Matemática
Historia
Ciencias
Naturales
La cantidad de
unidades
quedarán
determinadas,
según las
distribuidas en
el texto del
estudiante
otorgadas por
MINEDUC.
01 nota por
cada Unidad
Tickets de
salida
1 Nota
promedio
70% Trabajos en
clases
1 Nota
promedio
Guía de
repaso de la
Unidad
1 Nota
Prueba
escrita
1 Nota 30%
01 nota 100%
Inglés
ALCI
Ed. Física
Música
Artística
Tecnología
2 Unidades
por semestre,
según
sugerencia
planes y
programas de
estudio
01 nota por
unidad
*En el caso
de música,
artística y
tecnología el
control de la
Unidad es el
producto
final.
Actividades
en clases
Mínimo
03 notas.
70%
Control de
la Unidad
1 nota 30%
01 nota
100%
Orientación 01 concepto por Unidad.(MB, B, S, I)2 unidades por semestre.
33.1 Los trabajos en clases por semestre: Provienen de las evaluaciones que
hacen los docentes al desempeño de los estudiantes en la asignación de las
diversas actividades de aprendizaje diseñadas para la asignatura, las que
serán calificadas mediante una rúbrica, escala de apreciación o lista de
cotejo y conocida por los estudiantes.
285
Estas pueden ser:
a) Interrogaciones grupales o individuales.
b) Disertaciones.
c) Cuestionarios
d) Pauta de Observación directa en aula, con indicadores de
participación e interacción en clases.
e) Pautas o informes de salidas pedagógicas
f) Desarrollo de guías en clases.
g) Pauta de trabajo realizado en sala de computación
h) Trabajos de investigación individual o en equipos.
i) Revisión de cuadernos.
j) Lista de cotejo, pauta de observación o rubrica, para expresión
artística, musical, motriz, educación física, etc.
k) Respeto por normas de convivencia en la sala de clases
l) participación y motivación por el aprendizaje
m) Hábitos de higiene y limpieza en actividades de aprendizaje
n) Trabajos de metodología de proyectos
o) Lecturas domiciliarias
p) Mapas conceptuales
q) Tickets de salidas
r) Cualquier otro que el docente considere, previa socialización con los
estudiantes.
ARTÍCULO 34:
Consideraciones en caso de Plagio o Copia
286
Las medidas pedagógicas que el establecimiento considera para obtener
evidencia fidedigna sobre los aprendizajes en CASO DE PLAGIO O
COPIA son los siguientes:
a) Aplicar el mismo instrumento evaluativo con un porcentaje de
exigencia de 80%
b) Aplicar un instrumento evaluativo diferente al original, pudiendo ser
por ejemplo: una disertación, interrogación oral de los contenidos y
habilidades de la evaluación original u otros medios.
c) Revisar los ítems que alcanzó a desarrollar antes de haber sido
sorprendida la acción de copia.
d) En caso debidamente justificados y atendidos con el jefe técnico
pedagógica, consignar la nota mínima 1.0.
El docente deberá aplicar los criterios que subyacen a la labor educativa y
tomar la decisión de optar por uno de los cuatro procedimientos.
Todos los procedimientos antes mencionados, deben quedar escritos en la
hoja de vida de los estudiantes (libro de clases).
ARTÍCULO 35: El Sistema de registro de las calificaciones que
establece la escuela es el siguiente:
a) Registro de notas parciales y pruebas escritas deben estar
consignadas en el leccionario al finalizar cada unidad.
b) El registro de las calificaciones será digital (planilla Excel), la cual
debe será supervisada por el jefe técnico para su revisión al finalizar
287
cada semestre, de los que al finalizar el año escolar, se calcularán los
promedios finales de cada estudiante.
c) Las evaluaciones de proceso serán registradas por los docentes en
una planilla, previamente consensuadas en el Consejo de Profesores.
Estas planillas deberán estar actualizadas semanalmente y
mantenerlas en Sala de Profesores junto al Libro de clases, para el
monitoreo y seguimiento del Jefe Técnico y Equipo
Multidisciplinario.
d) Será deber del profesor de asignatura consignar dichas calificaciones
en el libro de clases y mantenerlos actualizados, de acuerdo a las
fechas estipuladas.
Ejemplo:
NOMBRE DEL
ESTUDIANTE
DIA
GN
ÓST
ICA
INTE
RM
EDIA
FIN
AL
UN
IDA
D 1
70
%
UN
IDA
D 1
30
%
PO
ND
ERA
CIÓ
N U
NID
AD
1
UN
IDA
D 2
70
%
UN
IDA
D 2
30
%
PO
ND
ERA
CIÓ
N U
NID
AD
2
UN
IDA
D 3
70
%
UN
IDA
D 3
3
0%
PO
ND
ERA
CIÓ
N U
NID
AD
3
UN
IDA
D 4
70
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XXXX 60 50 57 5.0 6.0 5.5
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A
288
ARTÍCULO 36: Respecto a las Guías de Repaso, deben ser diseñadas
por el docente de la asignatura, donde se considere un resumen de los
objetivos de aprendizaje trabajados durante la Unidad, que incluyan
ejercicios tipo, mapas conceptuales, de manera de asegurar una previa
preparación del estudiante, ya sea en clases o en su hogar en compañía de
su apoderado.
ARTÍCULO 37: En el caso que una EVALUACIÓN ESCRITA arroje un
60% o más de calificaciones deficientes (inferiores a 4.0) al interior del
curso, el docente de la asignatura deberá repetir la evaluación, por una
sola vez, otorgándole esta opción a todos los estudiantes. Se respetará si
algún estudiante no opta. Se respetará la nota mayor en aquellos alumnos
que obtuvieron calificaciones superiores a 4.0 en cualquiera de las 2
evaluaciones aplicadas y aquellos que tenían calificación bajo 4.0 y
obtuvieren una calificación sobre esta nota, su calificación MÁXIMA será
4.0.
ARTÍCULO 38:
EVALUACIÓN RECUPERATIVA
Se entenderá por Evaluación recuperativa al proceso de evaluación
posterior a la evaluación en proceso calendarizado, siendo una segunda
instancia de evaluación, con el objeto de aplicar y/o sustituir en cierta
medida una calificación.
Que de aplicarse, deberán tomarse en consideración los siguientes
aspectos:
a) Licencias médicas: Si el estudiante presenta licencia médica que
justifique su ausencia.
b) Ausencia justificada por el apoderado: Si el estudiante presenta
comunicación de parte del apoderado, llamado telefónico de este al
establecimiento explicando la falta su pupilo.
289
c) Ausencia injustificada: Si por el contrario, el estudiante no presenta
justificación válida
d) Que a estas pruebas recuperativas, podrán tener acceso los alumnos
que tengan hasta dos asignaturas reprobadas, con notas inferiores a
3.4 finalizando el año escolar con el objeto de recuperar parcial o
totalmente la calificación, y así buscar la aprobación de la asignatura
y ser promovido al nivel de enseñanza siguiente.
e) Que las evaluaciones de carácter recuperativa serán aplicadas a
partir de una calendarización que garantice al menos 48 horas de
preparación del alumno.
ARTÍCULO 39: Los estudiantes deberán cumplir con todas las instancias
evaluativas calendarizadas.
a) Las ausencias a una prueba, deberán ser justificadas mediante
presentación del apoderado o certificación médica, según
corresponda, ante el inspector general, quien informará a los
docentes de asignatura la justificación, la cual deberá realizarse
dentro de un plazo de 72 horas. Cumplido los requisitos se
recalendarizará la evaluación en conjunto con el o la estudiante, con
un plazo máximo de 15 días. Si el apoderado del estudiante no
justificare su asistencia a la evaluación, se calificará con la nota
mínima (1.0), previa consulta al Jefe Técnico.
Las ausencias a clases por PERÍODOS PROLONGADOS:
En el caso de estudiantes que por motivos justificados (salud,
psicológicas, familiares, entre otras similares) y que sean
documentalmente acreditados, no puedan asistir a clases por
períodos prolongados, deberán rendir evaluaciones recuperativas
para poder normalizar su situación una vez retomadas las clases.
290
En estos casos, se realizará un Plan Especial de Evaluaciones, que
informará al apoderado el profesor jefe, para efectos de organizar de
manera adecuada el proceso y no afectar negativamente al alumno.
Si el año escolar finalizara y el alumno no se presentara a rendir las
evaluaciones, se deberá evaluar con nota mínima al estudiante en las
evaluaciones no realizadas.
b) En el caso de los trabajos prácticos y/o investigaciones y pruebas
escritas, los estudiantes serán evaluados con nota 1.0, cuando no
cumplan con los plazos establecidos, consignados en el
CALENDARIO DE EVALUACIÓN. Si el apoderado justificara la
ausencia, deberá presentarlo en la clase siguiente (los trabajos). En
el caso de las evaluaciones escritas, el porcentaje de notas
insuficientes a nivel curso, no será considerado para repetir el
procedimiento de evaluación, como las descritas en el ART. N°24.
C) Finalización anticipada del año escolar: En situaciones en que se
haya decretado la finalización anticipada por motivos de
convivencia escolar, salud del estudiante, entre otras, se procederá
de la siguiente manera:
Si el estudiante no puede acudir al establecimiento por motivos
graves de convivencia escolar, por imposibilidad de movimiento del
alumno, entre otras, se procederá a enviar al estudiante las
actividades prácticas y evaluaciones –las que se deberán desarrollar
en el momento- a través de trabajadora social del establecimiento,
que realizará la visita de acompañamiento del proceso en presencia
del apoderado.
Si el estudiante puede acudir al establecimiento: En estos casos, se
citará al estudiante, en conjunto con su apoderado, para realizar las
actividades de evaluación durante la jornada de clases o después de
ella, de acuerdo a la programación que realice la Unidad técnica y el
Profesor Jefe del estudiante. El alumno no se podrá presentar sin su
apoderado al establecimiento en virtud de la normativa legal y la
291
seguridad del alumno, a menos que presente una comunicación con
su debida justificación.
Suspensiones de clases por tiempos prolongados: En los casos de
suspensión por intervalos prolongados de tiempo, se realizará un
Plan Especial de Evaluaciones para efectos de que el alumno
sancionado pueda estar al día en sus evaluaciones. El profesor jefe
será el encargado de programar las evaluaciones en estos casos.
ALUMNOS EN RIESGO SOCIAL:
ARTÍCULO 40: Los estudiantes que estén en riesgo social, debido a
diversas situaciones, problemas conductuales, familiares y/o emocionales
o que eventualmente pudieren desertar del sistema escolar, serán
pesquisados por el profesor jefe o Equipo multidisciplinario. En base a
esta información que pudiera ser proporcionado por apoderado, por
ausencia reiteradas a clases, bajo rendimiento académico, etc. Deberán ser
derivados al Encargado de Convivencia Escolar y/o dupla psicosocial e
informar al Equipo Directivo.
El profesor jefe del estudiante deberá informar esta situación por escrito a
Equipo Multidisciplinario, quienes en conjunto deberán realizar todas las
gestiones pertinentes para evitar la deserción del estudiante y generar
remediales (todos los actores involucrados en la situación del estudiante)
ARTÍCULO 41: El establecimiento brindará todas las facilidades para la
continuidad de estudiantes que se encuentren embarazadas y/o tengan
hijos(as), de acuerdo a la normativa vigente. Para ello deberán:
a) Certificar su embarazo a través de un certificado médico o matrona.
Será deber del Equipo Directivo informar la situación en Consejo de
Profesores de manera de uniformar criterios, para que la alumna cuente
con todas las facilidades para continuar sus estudios.
292
Será deber del profesor jefe y del equipo multidisciplinario acompañar a la
estudiante en este proceso, de manera que la alumna sea informada de las
fechas de las evaluaciones, entrega de contenidos y otros procedimientos
que se estimen.
La inasistencia a clases de una alumna embarazada, no incidirá para
efectos de promoción.
CAPITULO III: LA PROMOCIÓN
ARTÍCULO 42: En la promoción de los estudiantes se considerará
conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas
del plan de estudio y la asistencia a clases.
Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:
a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de
estudio.
b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como
mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.
c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como
mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
41.1 En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos
que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas
en el calendario escolar anual.
41.2 Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la
participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el
establecimiento, tales como: Salidas Pedagógicas, extraescolares,
recreativas, actividades deportivas, culturales, de literatura, ciencias y las
artes.
293
41.3 El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-
pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la
promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida.
ARTÍCULO 43: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, la
Escuela Rural Bahía Mansa, a través del director y su Jefe Técnico,
deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los
requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una
calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su
aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la
decisión de PROMOCIÓN O REPITENCIA de estos alumnos. Dicho
análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información
recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y
considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.
Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe
liderado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor
jefe, Equipo PIE y Equipo multidisciplinarios del establecimiento que
hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe,
individualmente considerado por cada alumno, deberá contener, a lo
menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:
a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno
y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener
para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y
c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la
situación del alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos
sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.
Para la elaboración de este informe, también se considerarán las
anotaciones de la hoja de vida del estudiante.
294
ARTÍCULO 44:
PREVENCIÓN DE LAS DIFICULTADES DE LOS ESTUDIANTES:
El establecimiento como primera estrategia general, deberá hacer todo lo
posible por atender las dificultades de los estudiantes. Para esto se
implementarán una serie de programas y acciones a nivel más transversal.
a) Fortalecer el desarrollo profesional continuo de los docentes para
asegurar que se desarrollen procesos de enseñanza-aprendizaje de
alta calidad que ayuden a progresar a una amplia diversidad de
estudiantes, así como desarrollar habilidades para monitorear los
aprendizajes y tomar decisiones pedagógicas oportunas.
b) Incorporar programas que promuevan aprendizajes tempranos
fundamentales, por ejemplo, la lectura temprana o el fomento lector.
c) Instaurar programas o estrategias de construcción de climas
centrados en que el estudiante: Se sienta desafiado, tenga claridad
respecto de lo que se espera, tenga posibilidad de control sobre su
proceso de aprendizaje, trabaje colaborativamente con otros y pueda
generar vínculos con pares y profesores, que perciba las actividades
como interesantes y relevantes, que crea que es competente para
lograr los aprendizajes, que se sienta respetado y valorado, sienta
algún grado de preocupación por sus intereses, que tenga algún
grado de influencia respecto de cómo será evaluado.
ARTÍCULO 45:
MONITOREO, DETECCIÓN Y APOYO TEMPRANO.
Los estudiantes que no alcanzan los objetivos de aprendizaje no lo hacen
intencionadamente; más bien sus dificultades para aprender pueden estar
reflejando que los adultos no han logrado proporcionar el apoyo más
adecuado y un andamiaje que facilite su desarrollo y sus trayectorias
académicas. Se ha demostrado que la identificación e intervención
295
oportuna, hacen una gran diferencia en la efectividad del apoyo que se les
puede ofrecer.
Por lo tanto, el monitoreo, detección y acompañamiento del estudiante que
pudiese estar en riesgo de repitencia, debido a dificultades en el proceso
de aprendizaje, será responsabilidad del Equipo de Psicólogas del
establecimiento en conjunto con el Profesor Jefe.
Bimensualmente, el Equipo de psicólogas y profesor jefe expondrán en
Consejo de Profesores, los avances y principales dificultades, de los
estudiantes que se encuentran con acompañamiento.
Será responsabilidad del apoderado tomar conocimiento del Plan de
Trabajo y firmar el compromiso para llevar a cabo el monitoreo y
orientación de parte del Equipo de Psicólogas y profesor jefe, desde el
inicio del año académico, con respecto al estudiante, cuya situación haya
sido analizada en Consejo de Profesores y promovido al curso superior.
ARTÍCULO 46: La Escuela Rural Bahía Mansa, durante el año escolar
siguiente, deberá arbitrar las medidas necesarias para proveer el
ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO de los alumnos que, según lo
dispuesto en el artículo anterior, haya o no sido promovidos.
ESTAS MEDIDAS DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL PADRE,
MADRE O APODERADO EN FORMA ESCRITA Y
COMPROMETERSE A APOYAR A SU PUPILO en actividades de
refuerzo enviadas al hogar, asistencia a talleres de reforzamiento,
asistiendo obligatoriamente a entrevistas personales con psicólogas,
docentes que le citen y a reuniones de apoderados, con la finalidad de
supervisar y monitorear el proceso de aprendizaje de los estudiantes,
tendientes a la mejora.
El acompañamiento pedagógico, como forma de implementación de estas
medidas puede tomar múltiples formas, consistiendo en, por ejemplo:
296
a) Una tutoría realizada por un par en alguna asignatura específica,
b) Apoyo individual o colectivo de un asistente de la educación en el
aula,
c) diversificación de actividades de aprendizaje y/o evaluación,
d) derivación a apoyo psicosocial externo o interno,
e) planificaciones ajustadas a sus necesidades,
f) trabajo focalizado en su curso para abordar situaciones sensibles
(por ejemplo, bullying, dificultades en las relaciones sociales u
otras),
g) adecuaciones curriculares, entre muchas otras posibilidades, según
lo amerite cada situación.
Para que este acompañamiento cumpla el propósito de lograr mejoras en
la formación y aprendizaje de los estudiantes, resulta indispensable que
sean abordadas de forma sistemática, evaluadas y ajustadas, si se
considera necesario, a partir de las evidencias obtenidas sobre su aporte al
bienestar académico y socioemocional de cada estudiante.
Así entendidas estas medidas como indispensables, y como una forma en
que la escuela se hace cargo de las necesidades de sus estudiantes,
posibilitando que puedan enfrentar y subsanar las dificultades académicas,
culturales, idiomáticas y/o socioemocionales que presentaron y que los
llevaron a estar en una situación de riesgo de repitencia. Sin apoyos es
probable que estos estudiantes (independiente de que sean promovidos o
repitan de curso) ahonden más la brecha con sus pares y se genere un
círculo vicioso que implique que vuelvan a encontrarse en situación de
riesgo de repitencia en los años venideros.
A continuación se señalan algunas estrategias que pueden ser utilizadas en
los planes de acompañamiento:
•Intensificar el aprendizaje: Proporcionar enseñanza de alta calidad, tareas
interesantes, desafiantes y significativas, exigiendo al estudiante en ritmos
297
y formas que le permitan ir teniendo logros graduales, manteniendo la
confianza en que pueden lograr aprendizajes profundos y complejos.
•Diversificar las estrategias de enseñanza-aprendizaje y evaluación: Usar
múltiples metodologías o modalidades de enseñanza y evaluación para
fomentar variadas formas de aprender y mostrar lo aprendido.
•Potenciar la evaluación formativa: Acompañar y monitorear el proceso
de aprendizaje levantando evidencia suficiente que permita saber cómo
está aprendiendo el estudiante e identificar sus potencialidades y
dificultades específicas que permita al docente tomar decisiones
pedagógicas más oportunas y precisas.
•“Club de tareas” o grupos de estudiantes que se reúnan para realizar sus
tareas en conjunto o estudiar en conjunto. De esta forma si los estudiantes
tienen dificultades para estudiar autónomamente los pares pueden apoyar.
•Tutorías que promueven habilidades académicas o sociales específicas:
pueden realizarse con estudiantes de la misma edad o de cursos
superiores, o con adultos, con supervisión de un profesor o profesional de
apoyo del establecimiento.
•Derivaciones a profesionales de la salud u otros servicios asistenciales
ARTÍCULO 47:
DECISIÓN DE PROMOCIÓN
Al finalizar el año escolar, como primer paso en la determinación de la
promoción de un estudiante, se deben analizar aspectos relativos a logros
de los objetivos de aprendizaje en sus respetivas asignaturas y su
asistencia a clases, tal como indica el artículo 10 del Decreto 67/2018.
Luego de este primer paso, los estudiantes que cumplan con estos
requisitos, serán automáticamente promovidos.
298
Quienes no cumplan con estos requisitos, quedarán en situación de
RIESGO DE REPITENCIA.
En este momento se debe iniciar un proceso de análisis conjunto entre la
jefatura de UTP, el profesor jefe, docentes de asignaturas y Equipo
Multidisciplinario del establecimiento que hayan participado del proceso
de aprendizaje del estudiante durante el año en curso.
La decisión de promoción o repitencia no puede tomarse solamente a partir
de un algoritmo matemático simple (es decir, solo conjugando reglas fijas
basadas en números, en este caso, las calificaciones finales y al porcentaje
de asistencia), sino que debe existir una reflexión en torno a las habilidades,
la trayectoria escolar, el contexto, el ritmo de aprendizaje y el bienestar
socioemocional del estudiante.
La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar
resuelta antes del término de cada año escolar y consignado en acta de
Consejo de Profesores la Resolución Final del estudiante.
Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun
cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.
ARTÍCULO 48: La situación final de promoción de los alumnos quedará
resuelta al término de cada año escolar, debiendo el establecimiento
educacional, entregar un certificado anual de estudios que indique las
asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y la
situación final correspondiente.
El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el
establecimiento educacional en ninguna circunstancia.
El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para
estos efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudio y los
certificados de concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que
esté ubicado el establecimiento educacional donde haya estudiado. Lo
299
anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión
según lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.880.
ARTÍCULO 49: En los establecimientos reconocidos oficialmente por el
Estado, el rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la
renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir curso en un mismo
establecimiento a lo menos en una oportunidad en la educación básica, sin
que por esa causal le sea cancelada o no renovada su matrícula.
CAPÍTULO IV: NORMAS FINALES
ARTÍCULO 50: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción
Escolar consignarán en cada curso: la nómina completa de los alumnos,
matriculados y retirados durante el año, señalando el número de la cédula
nacional de identidad o el número del identificador provisorio escolar, las
calificaciones finales de las asignaturas del plan de estudios y el promedio
final anual, el porcentaje de asistencia de cada alumno y la situación final
correspondiente.
Las Actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del
Ministerio de Educación disponible al efecto y firmadas solamente por el
director del establecimiento.
ARTÍCULO 51: En casos excepcionales, en los que no sea factible
generar el Acta a través del SIGE, el establecimiento las generará en
forma manual, las que deberán ser visadas por el Departamento Provincial
de Educación y luego enviadas a la Unidad de Registro Curricular de la
región correspondiente. El establecimiento guardará copia de las Actas
enviadas.
ARTÍCULO 52: Aquellas situaciones de carácter excepcional derivadas
del caso fortuito o fuerza mayor, como desastres naturales y otros hechos
que impidan al establecimiento dar continuidad a la prestación del
servicio, o no pueda dar término adecuado al mismo, pudiendo ocasionar
300
serios perjuicios a los alumnos, el jefe del Departamento Provincial de
Educación respectivo dentro de la esfera de su competencia, arbitrará
todas las medidas que fueran necesarias con el objetivo de llevar a buen
término el año escolar, entre otras: suscripción de actas de evaluación,
certificados de estudios o concentraciones de notas, informes
educacionales o de personalidad.
Las medidas que se adopten por parte del jefe del Departamento
Provincial de Educación durarán sólo el tiempo necesario para lograr el
objetivo perseguido con su aplicación y tendrán la misma validez que si
hubieran sido adoptadas o ejecutadas por las personas competentes del
respectivo establecimiento.
ARTÍCULO 53: Las situaciones de evaluación, calificación y promoción
escolar no previstas en el presente decreto serán conocidas y resueltas por
el jefe del Departamento Provincial de Educación. En contra de esta
última decisión se podrá presentar recurso de reposición y jerárquico en
subsidio.
ARTÍCULO 54: La Subsecretaría de Educación mediante resolución
podrá elaborar orientaciones y recomendaciones sobre las normas y
procedimientos de Evaluación, Calificación y Promoción, a las que los
establecimientos educacionales podrán voluntariamente adscribirse.
Artículo segundo:
Derógase los decretos exentos N° 511 de 1997, N° 112 de 1999 y N° 83
de 2001, todos del Ministerio de Educación.
Artículo transitorio:
Los establecimientos educacionales deberán ajustar sus correspondientes
reglamentos de evaluación, calificación y promoción a las normas
mínimas establecidas por el presente decreto, al inicio del año escolar
2020.
301
CAPÍTULO XXXVIII: PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA
ESCOLAR
A continuación se presentara el plan de trabajo de convivencia escolar que
se realizarán durante el año escolar, algunas de las labores que se realizaran
serán:
Talleres en hora de orientación en relación a temas que sean
propuesto por padres, apoderados y alumnos, los cuales sean de real
aporte de acuerdo a la realidad de la comunidad escolar.
Por otro lado se ampliara la red de becas y beneficios comunales y
estatales para todos aquellos alumnos que cumplan con los requisitos
de postulación.
En relación a la atención psicológica y social, estas serán más
personalizadas para alumnos y apoderados, entregando apoyo y
orientación a ambas partes y realizando seguimiento de cada caso
como dupla.
También se realizara la revisión de la asistencia de manera mensual
para evitar la deserción escolar, realizando seguimiento de los casos
más preocupantes y que requieran atención.
Realización de talleres o capacitaciones a padres y docentes de la
escuela con la finalidad de reforzar aquellos temas e inquietudes que
no les permitan avanzar a cada uno en su función como padres.
Se utilizaran todas las redes de apoyo que puedan entregar y agilizar
las soluciones a las posibles problemáticas que puedan presentar
alumnos, padres y apoderados.
302
En relación a las atenciones de docentes y apoderados están se
entregaran de manera diaria de acuerdo a las necesidades que cada
uno pueda presentar.
Otro de los beneficios que se activaran para los alumnos de la escuela
y sus familias son canastas de alimentación familiar, en los casos más
vulnerables de la escuela.
En relación a Bienestar para los docentes, se crearan actividades de
autocuidado para todo el cuerpo docente, así como también, se le
apoyara con lo que vaya necesitando según las problemáticas que
estos presenten.
Como dupla también se organizaran y gestionaran salidas pedagógicas
con los alumnos de séptimo y octavo a diferentes lugares y realidades
que le permitan tener otra visión de la vida y los motiven a mejorar
como persona.
Coordinación con área de salud (Junaeb) para la atención de los
alumnos en sus diferentes problemáticas.
Otra de las acciones que se realizaran es el trabajo con las redes
comunales dentro de las cuales se encuentran el trabajo con OPD,
Cesfam, Carabineros de Chile, PDI, Cosam, Juzgado de familia, entre
otros, realizando reuniones de trabajo y entrega de información acerca
de los diferentes casos que pueda presentar la escuela.
PLAN DE GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 2020
Área
Actividades
Encargado de
actividad
Objetivos de la actividad
En que
contribuye
Mes de
ejecución
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Socialización de
protocolos, según
reglamento Interno
Equipo de
convivencia
Escolar,
profesores Jefes
Informar a a la comunidad
educativa, los procedimientos
que se deben realizar frente a
situaciones de vulneración,
compartamiento, derivaciones y
otras , con el fin activar de
manera de correcta los
protocolos que exige la Ley
Contribuye a la
prevención y
cuidado de los
estudiantes y de la
comunidad
educativa en
general, a la hora
de detectar las
problemáticas a
las que podemos
vernos
enfrentados como
escuela
Marzo
304
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Celebración del día
nacional del
ciberbulliyng
Equipo de
Convivencia
Escolar y
profesores jefes
Informar de manera general
acerca del ciber acoso,
entregando charlas a docentes
padres apoderados y alumnos,
con la finalidad de prevenir esta
problemática a nivel escuela ,
concurso de afiches con
evaluadores externos.
*Se utilizarán orientaciones
entregadas por MINEDUC
Esto contribuye a
la buena y sana
convivencia
escolar entre
todos los que
conforman la
comunidad.
Efeméride
14 de
Marzo
Se celebra
el día
miércoles
18 de
marzo
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día de los niños y niñas
indígenas
Equipo de
convivencia
escolar,
extraescolar y
EIB
Celebrar el día de los niños y
niñas indígenas, considerando
nuestro contexto cultural,
realizando para esto durante el
día un Encuentro de Palín.
Desayuno compartido.
Esta actividad
contribuye a la
cosmovisión de la
cultura mapuche
huilliche y su
identidad como
pueblo,
considerando a
todos nuestros
niños y niñas,
Efemérides
18 de
Marzo
*fecha de
celebración
20 de
marzo
305
generando en
ellos un mayor
reconocimiento de
su cultura.
LIDERAZGO Escuela Segura Equipo de
Convivencia,
Encargado de
seguridad
Jornada de talleres por curso y
1ero. Operación cooper
Esta actividad
contribuye a
prevención y
autocuidado de
los estudiantes y
de todos los que
conforman la
Unidad Educativa
Lunes 30
de marzo
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Formación del centro
de alumnos
Equipo de
Convivencia
Escolar,
profesor Hugo
Rivera.
Fomentar la participación y el
derecho cívico y democrático de
los estudiantes mediante la
elección del centro general de
alumnos del establecimiento.
Contribuye a la
formación cívica a
la participación y
análisis de los
participantes, todo
esto enfocado a la
buena
convivencia
escolar
03 de abril
306
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Talleres psicosociales
Dupla
psicosocial y
profesor
encargado
Realizar talleres psicosociales
con la finalidad de entregarles a
los estudiantes de 7° y 8° básico
información de temas actuales y
relevantes. Los cuales serán
elegidos por los alumnos según
sus intereses y dudas para
orientar y desarrollar su punto de
vista.
Esta actividad
contribuye en que
los estudiantes se
crean una
percepción y
opinión acerca de
los temas que hoy
en día se
encuentran en la
palestra de nuestra
sociedad,
abriéndoles la
posibilidad de
obtener
conocimiento y
conciencia social.
De Marzo
a
Diciembre
307
GESTIÓN
PEDAGÓGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día mundial de la
actividad física
Equipo de
convivencia
escolar
Profesor de
educación
física, Ángelo
Barría y
profesores
jefes.
Promover el deporte a través de
actividades con toda la
comunidad de estudiantes en el
sector playa Bahía Mansa a
cargo del profesor Angelo Barría
Fomentar hábitos
de deporte en la
comunidad
educativa,
haciéndolos parte
de un conjunto de
actividades
recreativas en la
playa
6 de abril
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Buen trato
Dupla
psicosocial,
profesores jefes
Concientizar de kínder a 8ª
básico la importancia del buen
trato entre los estudiantes y sus
pares así como también
profesores reforzando el respeto
mutuo y la colaboración en horas
de orientación.
A mejorar la
convivencia
escolar a nivel
escuela
considerando a
todos los que
integran la
comunidad
educativa.
Mes de
abril
semana 13
al 17 abril
308
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Capacitación
Prevención del
suicidio juvenil
Orientar al cuerpo docente y
asistentes de la educación en una
capacitación enfocada en la
prevención del suicidio
adolescente.
Esta actividad
contribuye, a
mejorar el clima
de trabajo, dando
instancias de
fortalecimiento en
las relaciones
interpersonales y
de trabajo dentro
de la comunidad
educativa.
Mes de
mayo
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día nacional de la
convivencia escolar.
Equipo de
Convivencia
Escolar
Promover a través de juegos
populares el buen trato entre los
que componen la comunidad
educativa, realizándose
concursos en que los alumnos
participen y se relacionen.
Contribuye a las
buenas relaciones
sociales entre sus
pares
incentivando el
respeto la
comunicación y
participación de
los estudiantes
24 de abril
309
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día mundial del libro
Equipo de
conviviencia
escolar,
profesores jefes
Fomentar a través de la
ornamentación de las salas de
cada curso, la creatividad y el
interés por la lectura.
Contribuye al
conocimiento y
respeto por la
lectura y permite
aumentar el
interés por los
libros y sus
contenidos.
Desde el
15 al 22 de
abril
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Talleres de inclusión
escolar
Psicólogas
dupla
psicosocial y
Equipo PIE,
profesores jefes
Concientizar a la comunidad
educativa de lo importante que es
incluir a todos los estudiantes sin
importar sus diferencias, esto a
través de talleres informativos
(reuniones de curso) para padres
y apoderados y estudiantes,
utilizando a su vez horas de
orientación para trabar el tema
con profesor y alumnos .
“Campaña de teletón”
Esto contribuye a
al conocimiento
de la comunidad
educativa y a la
aceptación de
todos los niños
que son parte de
la escuela que al
sentirse parte de
la institución
podrán desarrollar
de mejor manera
sus estudios.
3 y 4 abril
Mes Abril
310
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día del carabinero
Equipo
Directivo
Promover el reconocimiento de
la labor y protección que
cumplen carabineros de Chile en
nuestra comuna.
Contribuye al
respeto y buenas
relaciones entre la
comunidad y su
redes de apoyo a
nivel público.
27 de abril
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día de la Madre
(Trawun)
Equipo de
Convivencia
escolar,
Profesores Jefes
Celebrar en conjunto con la
Unidad Educativa el día de la
madre, invitando a las diferentes
comunidades indígenas donde
participan nuestras apoderadas
Contribuye a la
convivencia
escolar, al respeto
y valoración de la
familia y al
rescate de la
cultura mapuche-
williche.
Viernes 08
mayo
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día del alumno
Escuela y
docentes del
establecimiento.
Los profesores y Asistentes de la
Educación realizan actividades
recreativas (acto) para los
estudiantes con la finalidad de
que se sientan reconocidos como
factor importante de la escuela
Contribuye a la
recreación,
fomentar buenas
relaciones y lazos
afectivos entre
estudiantes y
profesores.
11 de
mayo.
311
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Prevención de abuso
sexual
Equipo de
convivencia
escolar
Realizar charlas educativas de
kínder a 4to básico a través de
guía mi sol y en segundo ciclo
charlas de grooming y sexting y
charlas apoderados de 5to a
8tavo
Contribuye al
conocimiento y
educación de la
comunidad
educativa con la
finalidad de
prevenir el acoso
y abuso sexual.
Mes de
Mayo
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Combate naval de
Iquique
Escuela y
encargada de
convivencia
escolar
Promover el reconocimiento a
los héroes patrios y a la labor que
cumple las fuerzas navales de la
armada cumple en la comuna de
san juan de la costa.
Contribuye al
respeto y buenas
relaciones entre la
comunidad y sus
redes de apoyo a
nivel público.
(Semana
del 18 al
20)
21 de
mayo
312
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Dia mundial del medio
ambirnte
Equipo Alci, 7°
y 8°, profesor
angelo barria
Realizar salida pedagogica con la
finalidad de hacer limpieza de
playa con alumnos de 7° y 8°
para concientizar el cuidado de la
ñuke mapu.
Contribuye a la
participacion, el
cuidado y
concientizacion
de los estudiantes
a proteger su
contexto natural
5 de junio
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Talleres de afectividad
y sexualidad en
educación básica
Dupla
Psicosocial
Entregar información pertinente
y relevante a toda la entidad
educativa desde 7 y 8ª básico,
para concientizar sobre la
afectividad en las relaciones
Contribuye al
reconocimiento
emocional en el
aspecto afectivo y
al respeto mutuo
entre personas.
Mes de
junio
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día mundial para la
prevención del abuso
sexual
Dupla
psicosocial,
profesores jefes
Educar a través de charlas de
concientización a los padres y
apoderados. “Cariños Buenos y
Cariños Malos” y charlas de
prevención en todo segundo
ciclo ( afiches).
Contribuye a la
prevención del
abuso en niños
niñas y
adolescentes y
concientización
Mes junio
313
de la comunidad
educativa
tomando en
cuenta a padres y
madres del
establecimiento
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Celebración del
Wetripantu
Toda la Unidad
Educativa
Fomentar la celebración de las
raíces y cultura huilliche
mapuche, para generar sentido de
pertenecía en la comunidad
educativa.
Contribuye a la
buenas relaciones
entre todas las
partes de la
comunidad
educativa y su
cultura,
fomentando el
sentido de
pertenencia de la
zona
21 de junio
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Autocuidado
Escuela,
profesores y
asistentes
Fomentar la importancia del
autocuidado en todos los
integrantes de la unidad
educativa, para generar
Contribuye a la
dispersión del
personal de
trabajo a la
Mes de
julio
314
equipo
directivo.
motivación y compromiso entre
los funcionarios y recargar
energías.
renovación de
energías y al
aumento de las
motivaciones
personales y
mejores
relaciones de
trabajo.
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Aniversario escuela Toda la Unidad
eductiva
Celebrar con toda la comunidad
educativa el aniversario del
establecimiento
Esta actividad
contribuye a
fortalecer el
sentido de
pertenencia.
Semana 06
al 09 de
julio
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día de la paz y no
violencia
Equipo de
Convivencia
Escolar,
profesores
asignatura
artística.
Instaurar en los estudiantes a
través de afiches ambos
conceptos en primer y segundo
ciclo, para luego realizar un
concurso de sus creaciones para
premiar las mejores y ser
expuesta al frontis de la escuela.
Esta actividad
contribuye a
interiorizar la paz
y la no violencia
como una
posibilidad hacer
uso del hablar y
18 de
agosto
315
comunicarse en
vez de golpearse a
la hora de resolver
un problema.
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Trawun (día de la
Mujer indígena)
Equipo de
convivencia
escolar, Equipo
Alci
Conmemorar en conjunto con la
comunidad educativa el día de la
Mujer indígena .
Esta actividad
busca fortalecer la
identidad cultural,
su valoración y
fortalecer los
lazos entre las
comunidades.
Viernes 04
de
septiembre
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Celebración de fiestas
patrias
Toda la
comunidad
educativa.
Celebrar junto a la comunidad
educativa las fiestas patrias con
una quermes escolar, con la
participación de Kínder, 1° y 2°
ciclo y padres y apoderados y
profesores, para el
fortalecimiento de nuestras raíces
y costumbres con el
Esta actividad
fortalece la
participación y las
relaciones
humanas entre
comunidad y
escuela, siendo
nuestro punto más
Mes de
septiembre
16 y 17
316
ornamentación de las salas según
zonas de chile.
Juegos populares /17 septiembre
importante la
participación de
nuestros
estudiantes
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día de los asistentes de
la Educación
Equipo de
Convivencia
escolar,
profesores
Celebrar a nuestros asistentes de
la educación, con la finalidad de
reconocer su labor dentro de
nuestro establecimiento en
compañía y participación de
nuestros estudiantes, con un acto
a nivel escuela.
Promover la
participación de
nuestros
estudiantes y el
reconocimiento a
asistentes de la
educación del
establecimiento
con una actividad
recreativa creada
por los estudiantes
de nuestra escuela
01 de
octubre
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día de Profesor Equipo de
convivencia
escolar,
asistentes de la
educación
Celebrar a nuestros docentes, con
la finalidad de reconocer su labor
dentro de nuestro
establecimiento en compañía y
participación de nuestros
Promover la
participación de
nuestros
estudiantes y el
reconocimiento a
16 de
Octubre
317
estudiantes, con un acto a nivel
escuela.
nuestro cuerpo
docente del
establecimiento
con una actividad
recreativa creada
por los estudiantes
de nuestra escuela
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Corrida Familiar Equipo de
convivencia esc
olar y
extraescolar
Realizar una actividad de
esparcimiento y recreación
haciendo partícipe a toda la
comuniad escolar.
Promover la
actividad física y
la buena
convivencia
escolar.
9 de
octubre
GESTIÓN
PEDAGÓGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Pichikeche ulcantun
(cantar Mapuche),
Kume iyal,
presentacion de
comidas mapuche
huilliche
Equipo de
convivencia
escolar, equipo
Alci, profesores
jefes
Se invitara a escuelas de la
comuna para realizar una
muestra gastronomica y cultural
para finalizar con un kume iyal
Contribuye a las
buenas relaciones
entre los
establecimientos y
comunidades y al
reconocimiento de
la cultura
mapuche huilliche
5 de
noviembre
318
GESTIÓN
PEDAGÓGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Día de la Educación
Parvularia.
Equipo de
convivencia
Escolar,
Educadora de
Párvulo
Fomentar la actividad física a
través del juego. Se invitará a
esta actividad al Jardín Infantil
Martín Pescador, para compartir.
Reconocer el
trabajo de las
educadoras de
párvulos y generar
espacios para que
los párvulos
puedan compartir
a través del juego.
23 de
noviembre
GESTIÓN
PEDAGÓGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Fútbol playa Extraescolar y
Equipo de
Convivencia
Escolar
Fomentar la actividad física a
través del deporte.
Contribuye a
fomentar los
habitos de vida
saluable y el
deporte.
13 de
noviembre
GESTIÓN
PEDAGÓGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Premiación y
reconocimiento de los
estudiantes
Equipo de
Convivencia
Escolar,
profesores jefes
Reconocer el esfuerzo,asistencia
y rendimiento escolar de
nuestros estudiantes a través de
un acto de premiación
Esta actividad
contribuye a
formar la
autonomía del
estudiante en sus
estudios.
Julio y
diciembre
319
GESTION
PEDAGOGICA Y
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Licenciaturas de Kínder
y 8° básico
Escuela y
asistentes de la
educación
Reconocer el esfuerzo de
nuestros estudiantes a través de
un solemne acto donde se les
hará entrega de sus diplomas por
ser promovidos de curso , en
compañía de sus seres queridos y
profesores
Esta actividad
contribuye a
fortalecer y
reconocer el
esfuerzo que
hacen día a día los
estudiantes para
superarse y
alcanzar sus metas
personales
Mes de
diciembre
ANEXOS
ANEXOS
322
323
324
325
326
327
328
329
330
331
332
333
334
335
336
337
338
339
340
341
342
343
344
345
346
347
348
349
350
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES
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