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REGLAMENTO INTERNO Y
DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA
Concentración RURAL “SERGIO VERDUGO
HERRERA” PUENTE NEGRO
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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA CONCENTRACION RURAL “SERGIO VERDUGO HERRERA”
PUENTE NEGRO
INTRODUCCIÓN:
Sabedores de que una concepción moderna responsable de todo proceso educativo,
requiere que cada Unidad Educativa elabore su propio “Reglamento Interno”, para darle
intencionalidad y dirección a su accionar, y que este no sea un quehacer improvisado,
carente de coherencia, para ello se hace necesario que en la formulación de este
Reglamento se consideren preferentemente algunos Principios Fundamentales de la
Política Educacional; como son la Equidad, la Participación, la Pertenencia y la
Descentralización Administrativa y Pedagógica.
La Escuela de Concentración Rural “Sergio Verdugo Herrera” de Puente Negro,
centrará sus esfuerzos en el mejoramiento de la calidad de la Educación, formando
personas con un desarrollo integral que, potencialmente se encuentren capacitadas para las
exigencias que le demandará la sociedad en su vida futura.
FUNDAMENTACIÓN:
Toda Organización o Institución que desee alcanzar los mejores resultados en su
accionar, debe establecer claramente las funciones, derechos y deberes de cada uno de sus
integrantes, procediendo a un ordenamiento de las disposiciones legales y técnicas
vigentes, que conlleven a mejorar su clima organizacional y la eficiencia y eficacia de su
accionar.
Para ello, la Escuela de Concentración Rural – Puente Negro, ha elaborado este
Reglamento de Convivencia Escolar, cuya aplicación permite desarrollar un trabajo
curricular armónico, participativo y coherente.
OBJETIVOS:
- Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos
de la Institución Escolar, con el propósito de lograr la consecución de los
objetivos propuestos.
- Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la
comunidad escolar promoviendo su desarrollo personal y social.
- Contribuir a crear las condiciones técnicos pedagógicos y administrativas que
propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del
establecimiento, con el fin de favorecer el proceso educativo.
- Propiciar y regular las relaciones entre el Establecimiento Educacional y la
Comunidad Organizada, en función del logro de los propósitos educativos.
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NORMAS GENERALES DE LA ORGANIZACION ESCOLAR:
ARTÍCULO 1º.- OBJETIVOS:
1.1.- El presente Reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los
integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana
convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de
toda clase de violencia o agresión.
1.2.- Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los
que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e
implementar acciones reparadoras para los afectados.
1.3.- Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de
habilidades socio-afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional,
competencias parentales. Entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto
educativo institucional.
ARTÍCULO 2º.- CONCEPTOS O PRINCIPIOS:
2.1.- La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros
de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el
respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en si mismo que constituyen un proceso
educativo implementando en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que
cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, como ejercer sus
derechos y cumplir sus deberes correlativos.
2.2.- Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas, que inspirada
en propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas,
padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistente de la educación,
equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.
ARTÍCULO 3º.- DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA:
3.1.- Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una
sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la
tolerancia.
3.2.- Los miembros de la comunidad educativa tienen derechos a desarrollarse en un
ambiente sano y recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que
dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derechos a
denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardos de
sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de
situaciones de conflictos o maltratos entre cualquiera de los integrantes de la comunidad
educativa y en esclarecimiento de los hechos denunciados.
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ARTÍCULO 4º.- COMITE DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR:
REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
A. Composición y funcionamiento del Equipo de Convivencia Escolar.
La Convivencia Escolar es un espacio donde se vive la actividad pedagógica y es parte
constitutiva de ella. Abarca relaciones sociales que acontecen en el espacio educativo,
entre los diferentes actores de la comunidad.
Las principales prácticas de la Gestión de Convivencia Escolar, basadas en el marco de la
buena dirección de nuestra escuela son:
a. Educar personas que desarrollen competencias cognitivas, afectivas,
sociales y espirituales, valorando las diferencias individuales como un aporte
para construir comunidades desde los valores universales.
b. Desarrollar e implementar una política que asegure una cultura inclusiva y
las condiciones para que las personas se traten de manera equitativa, justa, con
dignidad y respeto, resguardando los derechos y deberes de la comunidad
escolar.
c. Implementan y monitorean normas y estrategias que aseguran una sana
convivencia con un enfoque formativo y participativo, promoviendo la
responsabilidad colectiva para el logro de un clima escolar positivo.
d. Anticipar conflictos mediando entre los actores, con el fin de lograr
soluciones de manera efectiva y oportuna.
e. Desarrollar y mantener relaciones de comunicación y colaboración
permanente con los padres y apoderados del establecimiento, con el objetivo de
involucrarlos en los procesos formativos de los estudiantes.
f.-Existirá un comité de Sana Convivencia Escolar u otro organismo similar,
que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los
siguientes estamentos:
a.- Dirección
b.- Los Profesores
c.- Los alumnos
d.- Los Padres y apoderados
e.- Los Asistentes de la Educación
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EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Coordinador de Convivencia Escolar Juan R. Arenas González
Directora Guirnalda Riquelme Villalobos
Inspectora General Gloria Flores Vivanco
Representante de
Formación Ciudadana
Romina Duarte González
Representante 2° ciclo Rodrigo Fuenzalida Quezada
Representante
profesores de Religión
Alda Valdivia
Felipe Espinoza
Colaboradores Roxana Dávila Fonseca
Gianella Rodríguez Pavés
Representante de los
Apoderados
Iván Flores Valenzuela
Representantes de los
Asistentes
María Herrera Catalán
Representantes de los
Estudiantes
Stefanie Castro Galaz
El equipo de Convivencia Escolar debe tener una visión sobre el modo en que la Política
Nacional de Convivencia articula los aprendizajes esperados en esta área con los que se
desarrollen en otras áreas y actividades del currículo, de acuerdo con lo establecido en el
PEI y en los planes de mejoramiento educativo (PME).
Este equipo debe intencional buenas prácticas de convivencia, generar espacios de
reflexión sobre cómo se convive, de manera de fomentar prácticas democráticas e
inclusivas en torno a los valores universales y principios éticos, como el respeto a las
diferencias, el cuidado a los demás, la participación responsable y la creación de climas
adecuados para el aprendizaje.
Deberes del Equipo De Convivencia Escolar
Tener una mirada proyectiva sobre cómo prever y atender situaciones de violencia escolar
suscitadas al interior del establecimiento educacional.
Desarrollar las mejores estrategias para que los estudiantes y miembros de la comunidad
educativa puedan hacerse cargo del manejo de conflictos.
Desarrollar las mejores estrategias para capacitar a docentes, madres, padres y/o
apoderados en la aplicación de normas de convivencia y protocolos de actuación con
sentido formativo.
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Encargarse de la organización de los recursos materiales de que dispone el
establecimiento educacional para implementar las actividades de las estrategias diseñadas
para mejorar la convivencia.
El Comité de Convivencia tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima
escolar sano;
Diseñar e implementar los Planes de Prevención de la violencia escolar del
establecimiento.
Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa a cerca de las
consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de
conducta contraria a la sana convivencia escolar.
Designar a uno o más encargados de convivencia escolar;
Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia
escolar:
Requerir a la Dirección, a los profesores o quien corresponda, informes, reportes o
antecedentes relativos a la Convivencia Escolar;
Determinar, con alcance general que tipo de falta y sanciones serán de su propia
competencia y aquellas que puedan resolverse directamente con los profesores u otras
autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y
Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
ARTÍCULO 5º.- ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
Existirá uno o más encargados de Convivencia Escolar, quienes deberán ejecutar de
manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de Sana Convivencia
Escolar, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo
a la convivencia.
B. Encargado de Convivencia Escolar
El encargado de convivencia Sr. Juan Arenas González coordina el equipo de
Convivencia Escolar y lidera el diseño e implementación de las actividades y estrategias
que ayuden a mejorar la convivencia y a fortalecer el aprendizaje de prácticas de
convivencia pacífica, la gestión de un buen clima de convivencia institucional y la
formación de equipos de trabajo colaborativo en el establecimiento.
Deberes del encargado de Convivencia Escolar
a. Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar
b. Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar.
c. Elaborar el Plan de acción sobre Convivencia Escolar.
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d. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena
convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos
estamentos de la comunidad educativa.
e. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad
educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de
prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena
convivencia.
f. Aplicar Protocolos de acción frente a situaciones de violencia y/ o acoso
escolar de acuerdo a la Ley de Violencia Escolar N°20.536 del año 2010,
Reglamento Interno y de Convivencia Escolar del Establecimiento y toda la
normativa vigente.
Redes de apoyo Psicosocial: Psicólogos y Trabajador Social. Su función es comprender y
estar en disposición para abordar, de manera integral y desde una perspectiva profecional,
los comportamientos y situaciones críticas de los estudiantes y familias que requieran
apoyo psicosocial, siempre en coordinación con la labor de los docentes y privilegiando el
aprendizaje integral de los estudiantes.
Son Deberes de los profesionales del equipo de convivencia escolar
a. Conocer la realidad de las y los estudiantes del establecimiento escolar
mediante la realización de entrevistas psicosociales a estudiante, así como
también a padres, madres y/o apoderados, que recaben antecedentes para
visualizar los factores protectores y prevenir las conductas de riesgo de
niños/as y adolescentes.
b. Conocer las redes de apoyo con las que cuenta el establecimiento para
poder trabajar intersectorialmente.
c. Promover acciones que permitan el mejoramiento de la relación familia
escuela y el compromiso de los padres, madres y apoderados con el Proyecto
Educativo Institucional, fortaleciendo la participación de toda la comunidad
educativa en la elaboración de una propuesta común de trabajo.
d. Generar instancias de trabajo con la comunidad educativa, promoviendo la
convivencia y el buen clima en función del Plan de Gestión de la Convivencia
Escolar, de la Política Nacional de Convivencia Escolar y de los instrumentos
de gestión educativa que abordan en conjunto los diferentes planes y
programas de los establecimientos educacionales.
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ARTÍCULO 6º.- PROHIBICION DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA
CONVIVENCIA ESCOLAR:
Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente u vulnere la sana convivencia escolar.
La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del
establecimiento las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser
debidamente explicitadas y, de ser pertinentes, castigadas mediante un sistema gradual de
sanción.
ARTÍCULO 7º.- DEFINICION DE MALTRATO ESCOLAR:
7.1.- Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya
sea física o psicológica, realizada en forma escrita o verbal o a través de medios
tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de comunidad educativa,
con independencia del lugar que se cometa, siempre que pueda:
a.- Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su
integridad física o síquicos, su vida privada, su propiedad o en otros derechos
fundamentales.
b.- Crear un ambiente escolar hostil, intimatorio, humillante o abusivo; o
c.- Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral intelectual, espiritual o físico.
7.2.- Se consideraran constitutivas de maltrato entre otras, las siguientes conductas:
* Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
* Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de
cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
* Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
* Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un
alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar
sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).
* Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición
social, situación económica, pensamiento político o filosófico ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier
otra circunstancia.
* Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de
texto, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías,
sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
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*Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
maltrato escolar.
* Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean
constitutivos de delito.
* Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes
o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser real, aun cuando no se
haya hecho uso de ellos.
* Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o
sustancias ilícitas o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del
establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,
patrocinadas por éste.
ARTÍCULO 8º.- MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS:
8.1.- Se podrán aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia
escolar, y especialmente en los casos de maltrato, algunas de las siguientes medidas o
sanciones disciplinarias:
a.- Dialogo personal pedagógico y correctivo.
b.- Dialogo grupal reflexivo.
c.- Amonestación verbal
d.- Amonestación por escrito.
e.- Comunicación al apoderado
f.-. Citación al apoderado.
g.- Derivación psicológica (terapia personal, familiar, grupal, talleres, de
reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana
convivencia escolar.
h.- Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas
alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas.
i.- Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como
apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores,
entre otras iniciativas.
j.- Suspensión temporal.
k.- Condicionalidad de la matrícula del alumno.
l.- No renovación de la matrícula para el próximo año escolar, o
m.- Expulsión del establecimiento educacional, solo aplicable en casos de especial
gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas
correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido
en las normas respectivas.
8.2.- Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas
contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.
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8.3.- Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se
podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la
prohibición de ingreso al establecimiento.
ARTÍCULO 9º.- CRITERIOS DE APLICACIÓN:
9.1.- Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los
involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad
de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor
protección y reparación del afectado y la formación del responsable.
9.2.- Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los
siguientes criterios:
a.- La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas,
b.- La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.
c.- La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
* La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.
* El carácter vejatorio o humillante del maltrato.
* Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.
* Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.
* Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.
d.- La conducta anterior del responsable:
e.- El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra,
f.- La discapacidad o indefensión del afectado.
ARTÍCULO 10º.- OBLIGACION DE DENUNCIA DE DELITOS:
Los Directores, Inspectores y profesores, deberán denunciar cualquier acción u omisión
que revista caracteres de delito que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales
como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas,
trafico de sustancias ilícitas u otros. Se deberán denunciar ante Carabineros de Chile, PDI,
las Fiscalías del Ministerio Publico o los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24
horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los
artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
ARTÍCULO 11º.- RECLAMOS:
11.1.- Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser
presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento la que
deberá dar cuenta a la Dirección dentro de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido
proceso.
11.2.- Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una
sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
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ARTÍCULO 12º.- PROTOCOLO DE ACTUACION:
12.1.- Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento,
de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,
privacidad y respeto por su dignidad y honra.
12.2.- De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos
propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo.
No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación,
excepción de la autoridad pública competente.
12.3.- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los
involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las
decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
ARTÍCULO 13º.- DEBER DE PROTECCION:
13.1.- Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información
durante todo el proceso.
13.2.- Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá
otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar
normalmente sus funciones salvo que esto último ponga en peligro su integridad..
ARTÍCULO 14º.- NOTIFICACION A LOS APODERADOS:
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus
padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero
deberá quedar constancia de ella.
ARTÍCULO 15º.- INVESTIGACIÓN:
15.1.- El encargado de Convivencia Escolar, deberá llevar adelante la investigación de los
reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo
cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.
15.2.- Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el
encargado deberá presentar un informe antes el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o
el que haga si veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para
que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.
ARTÍCULO 16º.- CITACION A ENTREVISTA:
16.1.- Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o
quien la represente, deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del
estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal
finalidad, buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de
tópicos que convenga a tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
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16.2.- En caso de existir acuerdo, entre las partes, se podrá suspender el curso de la
indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un
período de tiempo convenido. Si se cumple íntegramente las condiciones impuestas se dará
por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.
16.3.- Si no hubiera acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas quienes deberán
presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un
profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.
ARTÍCULO 17º.- RESOLUCION:
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una
sanción o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los
fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a
todas las partes y, en caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar.
ARTÍCULO 18º.- MEDIDAS DE REPARACION:
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del
afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas
podrán consistir por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restitución de efectos
personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.
ARTÍCULO 19º.- RECURSOS:
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución
adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.
ARTÍCULO 20º.- MEDIACION:
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de
similar naturaleza, como alternativa, para la solución pacífica y constructiva de los
conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos,
docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.
ARTÍCULO 21º.- PUBLICIDAD
El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y
completa difusión de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de
todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente
informada y pueda ejercer sus derechos.
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NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO –PEDAGÓGICO
DE LA CONCEPCIÓN CURRICULAR:
La Escuela de Concentración Rural “Sergio Verdugo Herrera”- Puente Negro, es el
medio indicado para promover una educación integral de los alumnos, basada en una
concepción humanista del hombre la cual debe ayudar a cada uno de sus alumnos a
desarrollarse como persona y que esté dirigida a conseguir aprendizajes significativos,
respetando su libertad, intereses ,aptitudes e ideologías.
Es a través de una concepción curricular acorde con nuestros principios, donde se
debe tomar decisiones acerca de la Organización de los Contenidos, la formulación de
Objetivos, la selección de Métodos, la elección de Materiales y los Criterios de
Evaluación.
FUNCIONAMIENTO:
El establecimiento cuenta con la Unidad Técnico Pedagógico, que es el organismo
encargado de programar, asesorar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo de las
actividades curriculares.
Está integrado por el Jefe(a) de la Unidad, Profesores Encargados de Orientación,
Evaluación, Coordinador de Educación Extraescolar.
La Escuela de Concentración Rural Sergio Verdugo Herrera, atiende los Niveles de
Educación Parvularia (Pre- Kinder, Kinder) y Educación Básica (1º a 8º año) y está
adscrita a la Jornada Escolar Completa Diurna (JECD) a partir del 2000.
Tercera Jornada de Adultos corresponde a los niveles de Básica y Media de Adultos
Modalidad Humanístico- Científico sin Oficio impartida desde el año 2012; mediante la
Resolución Exenta Nº 482 ,del 24 de Abril del 2007.
La atención se hace en dos Jornadas Diarias:
Mañana: 08: 00 horas a 13.00 horas de Lunes a Viernes.
Tarde : 13:45 horas a 15.15 horas de Lunes a Jueves .
3ª Jornada : 19:00 horas a 22:00 horas de Lunes a Viernes.
Matricula del establecimiento: 271 alumnos
Número de cursos: 15
Número de: Docentes Directivos: 02
Docentes de aula : 13
Régimen : Semestral
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PLANES Y PROGRAMAS, EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:BÁSICA
CURSO DCTO.PLANES
PROGRAMAS
DCTO.EVALUACION
1ª AÑO Nº 2960/2012 Nº 67/2018
2ª AÑO Nº 2960/2012 Nº 67/2018
3º AÑO Nº 2960/2012 Nº 67/2018
4º AÑO Nº 2960/2012 Nº 67/2018
5º AÑO Nº 2960/2012 Nº 67/2018
6º AÑO Nº 2960/2012 Nº 67/2018
7º AÑO Nº1363/2011 Nº 67/2018
8º AÑO Nº1363/2011 Nº 67/2018
PLANES Y PROGRAMAS, EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
TERCERA JORNADA ADULTOS
CURSO BASICA ADULTOS DCTO.PLANES
PROGRAMAS
DCTO.EVALUACION
1ª - 4º AÑO Nº 584/2007 Nº2169/2007
5º - 6º AÑO Nº 584/2007 Nº2169/2007
7º - 8º AÑO Nº 584/2007 Nº2169/2007
MEDIA ADULTOS
1º-2º MEDIO Nº 1000/2009 Nº2169/2007
3º-4º MEDIO Nº Nº 1000/2009 Nº2169/2007
EVALUACION Y PROMOCION:
La Evaluación y Promoción de los alumnos y alumnas, será SEMESTRAL y estará
regida por el Decreto de Evaluación y Promoción Nº 511 de 1997, para los diferentes
niveles básicos: Además, se aplicará el Reglamento Interno de Evaluación, documento que
será revisado anualmente por el Consejo de Profesores, para su evaluación.
Para la evaluación de los alumnos de la Tercera Jornada de Adultos tanto en los tres
niveles de Básica como en los dos Niveles de Media será regido por el decreto
Nº2169/2007. Que estará contenido en un acápite dentro del Reglamento de Evaluación
Interno del establecimiento.
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PLAN DE ESTUDIOS: BÁSICA
CURSOS
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1ºAÑO 8 0 6 3 3 2 2 1 0 4 2 0.5 31.5 6.5 38
2ºAÑO 8 0 6 3 3 2 2 1 0 4 2 0.5 31.5 6.5 38
3ºAÑO 8 0 6 3 3 2 2 1 0 4 2 0.5 31.5 6.5 38
4ºAÑO 8 0 6 3 3 2 2 1 0 4 2 0.5 31.5 6.5 38
5ºAÑO 6 3 6 4 4 1.5 1.5 1 0 2 2 1 32 6 38
6ºAÑO 6 3 6 4 4 1.5 1.5 1 0 2 2 1 32 6 38
7ºAÑO 6 3 6 4 4 0 0 1 3 2 2 1 32 6 38
8ºAÑO 6 3 6 4 4 0 0 1 3 2 2 1 32 6 38
TOTAL 56 12 48 28 28 11 11 8 6 24 16 6 254 50 304
PLAN DE ESTUDIOS:TERCERA JORNADA ADULTOS
CURSOS
Len
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Nivel Básico
1ª - 4º AÑO 5 0 5 0 0 0 0 0 0 0 10
5º - 6º AÑO 4 0 4 4 4 0 0 0 0 0 16
7º - 8º AÑO 4 0 4 4 4 0 0 0 0 0 16
Nivel Medio
1º-2º MEDIO 4 4 4 4 4 0 2 2 0 2 26
3º-4º MEDIO 4 4 4 4 4 2 0 0 2 2 26
TOTAL 21 8 21 16 16 2 2 2 2 4 94
16
DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y
AUXILIAR DE SERVICIOS:
El Personal de la Unidad Educativa estará obligado a respetar y a cumplir las
siguientes normas:
1.- Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento pueda
cumplir adecuadamente con los fines de la Educación.
2.- Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo a las normas e
instrucciones del Ministerio de Educación y del empleador, según corresponda.
3.- Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a la mejor marcha del Proceso
Educacional del Establecimiento y de la comunidad.
4.- Guardar el debido respeto hacia el establecimiento, como Institución, por
extensión a todo el personal que allí labora (directivos, docentes, asistentes de la
educación).
5.- Deberá respetar el conducto regular en el nivel administrativo interno en el
ámbito Técnico –Pedagógico.
6.- No se permitirá la salida de cualquier funcionario del establecimiento dentro del
horario trabajo, sin la debida autorización de Inspectora General y/o Dirección. Podrá
excepcionalmente autorizar la salida de algún personal Jefa Unidad Técnico, en caso de
que no se encontrara algún de los Directivos antes mencionados en el establecimiento.
7.- Dar aviso en forma oportuna, antes del inicio de la jornada de trabajo, al Jefe
directo en caso de ausencia justificada; en caso de la imposibilidad absoluta de avisar,
deberá hacerlo en un plazo máximo de 24 horas, después del inicio de la jornada de
ausencia y tendrá derecho a SOLICITAR PERMISO ADMINISTRATIVO, con o sin goce
remuneraciones (se entenderá por aviso la comunicación oral y/o escrita, ya sea en forma
directa o a través de terceros).
8.- Respetar los controles de entrada y salida, firmando oportunamente el LIBRO
DE FIRMAS y ASISTENCIA DEL PERSONAL.
9.- Mantener en todo momento, relaciones jerárquicas de respeto y deferentes con
directivos, compañeros de trabajo, subalternos y alumnos.
10.- Velar por la conservación de los recursos del establecimiento en que trabaja,
evitando pérdidas, deterioros o gastos innecesarios, responsabilizándose por los bienes
asociados a su cuidado.
17
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
DE LOS CONSEJOS ESCOLARES:
1.- Consejos Generales de Profesores: se realizaran de acuerdo al CALENDARIO
ANUAL DE ACTIVIDADES.
2.- Consejos Técnicos o Reflexión Pedagógicas: Se realizaran semanalmente y se
trataran temas técnicos pedagógicos y de formación para el docente, como también de
Evaluación de las prácticas pedagógicas de la Jornada Escolar Completa Diurna.
3.- Consejos Técnicos de Ciclo: Pondrán realizarse con los Técnicos Generales, en
ellos trataran temas específicos de NB1 A NB6, respectivamente.
4.- Consejo de Promoción y Situación Final: Tiene como objeto tratar antes del
término del segundo semestre, la situación final de los alumnos y alumnas, con situaciones
comprometidas de promoción de modo que se puedan tomar medidas y/o estrategias
remédiales que favorezcan a dichos alumnos y alumnas.
5.- Consejos de Profesores de Cursos: Lo integraran los distintos profesores de los
distintos subsectores que se imparten en cada curso. Se trataran problemáticas de disciplina
y/o rendimiento.
EQUIPO DE GESTION EDUCATIVA (EGE):
Existirá en el establecimiento un Equipo de Gestión Educativa, conformada por
todos los estamentos que en el establecimiento educativo intervienen. Estos son: Director,
Inspector General, Jefa Unidad Técnica, Representante de los profesores, especialista,
representante de los Asistente de la Educación, Representante del Centro de Padres y
Apoderados Representante del Centro de Alumnos. Sus integrantes serán nominados por
sus pares, considerando sus deseos de contribuir por el progreso de la escuela.
Esencialmente su labor será:
--- Elaboración del PEI
--- Elaboración del PADE
--- Elaboración de Proyectos de carácter Tec. Pedagógicos.
--- Elaboración de Proyectos de refuerzo de la Gestión Educ.
DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE
El personal Docente de la Unidad Educativa, tendrá los siguientes derechos:
1.- Solicitar permisos Administrativos según la Ley Nº 19070 de 1991 y sus
reglamentos.
2.- Ser informados oportunamente de las materias que sean de su incumbencia.
3.- Gozaran de autonomía en el desarrollo de su labor educativa y docente y
docente, de acuerdo a la normativa vigente (Ley 19070). En todo caso, dicha autonomía,
no excluye la labor de supervisión técnica pedagógico, ejercida por el Ministerio de
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Educación, la de la UTP y la que en derecho le corresponde a la Dirección del
Establecimiento.
4.- Tienen derechos a exigir el procedimiento establecido en la Ley 19070, en su
Art.17 y Dcto. 453, Art. 53 al 58, respecto de las quejas o denuncias que se configuren en
su contra, las que deben darse a conocer al afectado en los plazos allí señalados.
5.- Tendrán derechos a la participación en carácter consultivo en los aspectos que la
Ley19070 señala como:
* Relaciones con la comunidad (estrategias y procedimientos).
* Diagnostico, planeamiento, ejecución y evaluación del PEI.
* Procesos de proposiciones de políticas educacionales al nivel de escuela,
comunales, etc.
* Los que los decretos de evaluación vigentes establezcan al nivel de la escuela.
6.- Tendrán derecho a participar con carácter resolutivo en los siguientes aspectos:
* Aprobación del Proyecto de Desarrollo Educativo Anual del Establecimiento,
PADE u otra forma de Planificación estratégica que se genere en la escuela.
* Aprobación de actividades no lectivas anuales.
* Aprobación del Reglamento Convivencia Escolar.
* Aprobación del Reglamento de Evaluación de la escuela.
* Introducción de innovaciones educativas y proyectos de mejoramientos del
currículo escolar.
* Matricula de alumnos a los cuales se les avía sugerido cambio de establecimiento
anteriormente.
NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS
PROHIBICIONES GENERALES PARA EL PERSONAL DEL
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
1.- Faltar al trabajo, sin aviso previo o abandonarlo en horas de labor, sin causa
justificada o sin la debida autorización del Inspector (a) General y/o Director.
2.- Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.
3.- Atrasarse reiteradamente en la hora de inicio del trabajo con los alumnos, en
caso de que así sucediera, se le sumarán los tiempos de atraso y una vez que se le completa
una hora (60*), se avisará al empleador para que proceda el descuento correspondiente, sin
perjuicio de que esta situación quede debidamente registrada en la hoja de calificaciones
del personal.
4.- Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol,
de drogas o estupefacientes.
5.- Causar daños voluntarios o intencionales a las instalaciones del establecimiento.
6.- Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes al establecimiento
educacional o darlas a consumir.
7.- Efectuar comercio dentro del establecimiento sin autorización del jefe inmediato
superior.
8.- Utilizar la infraestructura en beneficio personal.
9.- Fumar en presencia de los alumnos (as), personas no fumadoras y/o recintos
cerrados.
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DEL PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO Y SUS OBLIGACIONES
ESPECIFICAS
Para los efectos del presente REGLAMENTO CONVIVENCIA ESCOLAR y de
acuerdo de la naturaleza de sus funciones, el personal que se desempeña en el
establecimiento educacional, se clasificara de la siguiente forma:
DOCENTES
ASISTENTES DE LA EDUCACION
DOCENTES DIRECTIVOS
DE LOS DOCENTES:
DOCENTE: Es el profesor titulado como tal o con autorización en conformidad a la
Ley, que tiene a sus cargo el desempeño de funciones docentes de acuerdo con los fines y
objetivos de la educación del establecimiento de sus cargo u subsector.
En un establecimiento educacional se distinguen los siguientes docentes:
Director
Inspector General
Jefa Unidad Técnica
Docente de aula
DEL DIRECTOR:
EL DIRECTOR: es el Jefe del establecimiento, responsable de dirigir, organizar,
coordinar supervisar y evaluar el trabajo de los distintos organismos, de manera que
funciones armónicamente y efectivamente.
FUNCIONES:
1.- Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional
y teniendo presente que, la principal función del establecimiento es educar y prevalecer
sobre la administración u otra, en cualquier circunstancia y lugar.
2.- Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los
requerimientos de la Comunidad Escolar y de la Comunidad Local en que se encuentra.
3.- Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
4.- Proponer la estructura organizativa técnico – pedagógica del establecimiento que
estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación
y Ejecución.
5.- Propiciar un ambiente estimulante en el establecimiento para el trabajo de sus personal
y crear las condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantel.
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6.- Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y
evaluación del currículo, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.
7.- Presidir los Consejos Técnicos Administrativos y delegar funciones cuando
corresponda.
8.- Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del
establecimiento educacional.
9.- Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales
competentes.
10.- Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación las Actas,
estadísticas y otros documentos que le sean exigibles, conforme a la reglamentación y
legislación vigente informando a la Corporación Municipal cuando corresponda.
11.- Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la
inspección del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que emanen del nivel
correspondiente.
12.- Representar al colegio frente a las autoridades educacionales y a su vez cumplir las
normas e instrucciones que emanen de ellas.
13.- Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del personal de su
dependencia como asimismo, la investigación y experimentación educacional.
14.- Autorizar el uso de las dependencias del establecimiento a otras instituciones u
organismos ajenos a él, cuando se trate de reuniones y actividades deportivas.
15.- Delegar en el Inspector General el control de las actividades propias del
establecimiento.
16.-Conceder o denegar las solicitudes de permisos facultativos de acuerdo a la
reglamentación vigente.
17.- Promover el desarrollo de planes y programas especiales técnico – pedagógico
complementarios al currículo del establecimiento.
18.- Dirigir, supervisar y organizar el internado a través del encargado correspondiente.
DEL INSPECTOR(A) GENERAL (A):
EL INSPECTOR GENERAL: es el docente directivo que tiene como
responsabilidad de velar porque las actividades del establecimiento se desarrollen en un
ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.
FUNCIONES:
1.- Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad, higiene y
respeto.
2.- Vincular el establecimiento educacional con los organismos de la Comunidad, previo
conocimiento del Director.
3.- Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y
horas de colaboración.
21
4.- Llevar los libros de control, registro de la función de los docentes en sus clases de
seguimiento de los alumnos y carpeta del alumnado o libro de vida, siendo su
responsabilidad que esté al día y bien llevado.
5.- Programar y coordinar las labores de los Asistentes de la Educación y otros.
6.- Autorizar las salidas extraordinarias del alumnado.
7.- Controlar la realización de actividades cívicos – culturales, sociales deportivas, de
bienestar estudiantil y promover las relaciones con los Centro de Alumnos, Centro de
Padres Apoderados y Ex - alumnos del establecimiento.
8.- Elaborar los horarios de clases y de colaboración del personal.
9.- Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento.
10.- Controlar a los auxiliares de servicios.
11.- Velar por la buena presentación y el aseo del local Escolar.
12.- Organizar y coordinar el funcionamiento de las comisiones de bienestar, tanto del
personal como de los alumnos.
13.- Verificar la correcta confección de las Libretas de Notas, Actas y Certificados Anuales
de Estudio elaborados por los Profesores Jefes de Curso.
14.- Atender a los apoderados y derivar su atención al organismo y/o autoridad o persona
competente según corresponda (respetando el conducto regular).
15 Coordinar el funcionamiento y los beneficios de la prestación de Servicios a los
alumnos de parte de la Junta de Auxilio Escolar y Becas (asistencialidad, atención dental y
otros).
16.- Asesorar al Centro General de Padres y Apoderados del establecimiento.
17.-Coordinar y supervisar las actividades del establecimiento educacional.
18.- Llevar los documentos y registros que acrediten la calidad de cooperador de la función
del estado del establecimiento y aquellos que se requiera impetrar la subvenciona estatal.
19.-Asistir a los Consejos Técnicos y Administrativos de su competencia.
20.- Subrogar al Director en su ausencia.
21.- Velar, conjuntamente con el Director, porque el proceso enseñanza – aprendizaje del
establecimiento sea coherente con los objetivos educacionales vigentes.
22.- Resguardar las condiciones higiénicas y de seguridad del edificio escolar, sus
dependencias e instalaciones.
23.- Mantener actualizado el Inventario del Establecimiento.
DE LA UNIDAD TECNICO – PEDAGOGICA:
La Unidad Técnica Pedagógica: es el organismo encargado de coordinar, asesorar y
evaluar las funciones docentes Técnicos –Pedagógicas y constituirse en el principal soporte
técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la Unidad
Educativa.
OBJETIVOS DE LA U.T.P.:
1.- Optimizar el funcionamiento técnico –pedagógico del establecimiento, planificado,
coordinado, asesorando y evaluando el desarrollo de la actividades curriculares.
22
2.- Apoyar técnicamente, cuando sea necesario o estos lo soliciten, especialmente en
materias asociadas a la calidad educativa, tales como: Orientación, Currículo,
Metodologías Pedagógicas y Evaluación.
FUNCIONES GENERALES DE LA U.T.P.:
1.- Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren,
canalicen y concierten los esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo de los
docentes en función del logro de los objetivos educacionales propuestos por el
establecimiento.
2.- Fortalecer el trabajo técnico pedagógico del docente de aula, a través de acciones de
accesoria directa y de apoyo efectivo, oportuno y pertinente.
3.- Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o actualización permanente
de docentes.
4.-Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los docentes de aula
favoreciendo su creatividad personal y académica.
5.- procurar la participación activa, responsable y comprometida de los docentes en las
distintas instancias técnico – pedagógicas del establecimiento.
6.- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de Orientación.
7.- Asesorar las actividades de planificación curricular de los docentes y el desarrollo, los
contenidos programáticos.
8.- Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes con el marco doctrinal y el
proyecto educativo del establecimiento.
9.- Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanza que favorezcan el
aprendizaje efectivo de los educandos.
10.- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación.
11.- Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar, a través de acciones que hagan
efectivo el quehacer del docente en la consecución de los objetivos programáticos y de
programas especiales de reforzamiento de los aprendizajes de los alumnos.
12.- Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la problemática
educativa de acuerdo con la propia realidad del establecimiento.
13.-Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo y de otras
actividades para enfrentar los problemas pedagógicos, en función de una mayor cálida
educativa.
14.- Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las innovaciones curriculares que se
requieren de acuerdo con las necesidades que el desarrollo de la educación demanda.
15.- Propiciar y coordinar, cuando sea necesario, la realización en las actividades
curriculares no lectivas.
16.- Atender los requerimientos de la descentralización pedagógica, principalmente lo
relacionado con la elaboración de planes y programas de estudio, los objetivos
fundamentales y contenidos mínimos; los programas de mejoramiento educativo y otros
que sean necesarios.
17.- Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para
hacer más efectivo la acción educadora del establecimiento.
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ESTRUCTURA DE LA UNIDAD TÉCNICO-PEDAGÓGICA:
La unidad Técnico Pedagógica estará estructurada de acuerdo a la realidad del
establecimiento de la siguiente manera:
- Jefatura de la U.T.P.
- Unidad de Orientación.
- Unidad de Evaluación.
Estará integrada por los especialistas o por el personal idóneo necesario para
cumplir las funciones docentes técnico-pedagógicas.
- Jefe de la Unidad Técnico-Pedagógica.
- Orientador.
- Especialista en Currículum.
- Especialista en Evaluación.
JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICO-PEDAGÓGICA
Es el docente del nivel correspondiente, responsable de asesorar al Director y de la
programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades
curriculares.
El Jefe de la U.T.P., delegara sus funciones de evaluación, currículo y orientación
en el evaluador curriculista u orientador, toda vez que el establecimiento cuente con uno de
estos especialistas.
DEBERES DEL JEFE (A) DE LA UNIDAD TECNICA PEDAGOGICA:
1.- Elaborar el Proyecto Educativo del Establecimiento en concordancia con las metas y
objetivos planeados por el sistema de Educación Municipal.
2.- Programar, organizar, supervisar y evaluar, junto con los integrantes de la U.T.P., las
actividades correspondientes al P.E.A., que imparte el establecimiento.
3.- Velar por el mejoramiento escolar de los alumnos y alumnas, procurando elevar en
forma permanente el Proceso Enseñanza Aprendizaje.
4.- Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio de los diferentes
subsectores y distintos planes.
5.- Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de
las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudio.
6.- Programar, coordinar supervisar y evaluar la realización de actividades de colaboración
de índole técnico – pedagógico.
7.- Contribuir al perfeccionamiento del personal del establecimiento en materia de
evaluación y currículo.
8.- Dirigir los consejos técnicos que le competen.
9.- Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales acordes a las
necesidades y características de la comunidad escolar y conforme a las normas vigentes,
10.- Integrar el Consejo de Integración.
11.- Supervisar las actividades extraescolares del establecimiento.
24
12.- Dirigir, controlar y evaluar las actividades de orientación educativa generales que
corresponda a la Unidad Técnico Pedagógico.
13.- Velar porque se desarrolle una efectiva orientación educacional, vocacional y
profesional en el establecimiento.
14.- Velar por el mejoramiento del alumnado escolar e impulsar planes definidos de
reforzamiento a favor del alumnado y en coordinación con el Consejo de Profesores de
Curso, Subsectores, Niveles y Especialidad.
15.- Controlar la adecuada utilización e incentivar el incremento de material didáctico del
establecimiento en concordancia con la unidad administrativa.
16.- Revisar personalmente y/o por delegación con funcionarios especializados del
establecimiento, los libros de clases formulado observaciones por escrito s los docentes
afectados y en caso de reincidencia informar por escrito al Director.
17.- Supervisar, a nivel de aula, el desarrollo de las actividades lectivas: Supervisar
desarrollo de clases.
EL ORIENTADOR:
Es el docente, profesor de educación básica, con curso en la especialidad de
orientación, o con post-título en orientación, responsable de planificar, coordinar,
supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional y de programas
especiales del establecimiento educacional, vinculados con orientación a nivel grupal e
individual.
El establecimiento educacional tendrá un orientador, o encargado de orientación,
según sus necesidades y recursos. Sus funciones serán asimiladas por el profesor jefe de
curso, en caso de no poder contar con dicho especialista.
DEBERES DEL ORIENTADOR O ENCARGADO DE ORIENTACIÓN:
1.- Planificar y coordinar las actividades de orientación educacional, vocacional del
Establecimiento, de acuerdo con el Jefe de la UTP.
2.- Atender los Apoderados de alumnos con problemas de rendimiento, en casos
calificados.
3.- Asesorar técnicamente a los profesores jefes en su función de guía del alumno, a través
de la Jefatura y Consejo de Curso, proporcionándoles material de apoyo a su labor.
4.- asesorar técnicamente a profesores de subsectores y curso, en materias de orientación y
rendimiento escolar.
5.- Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias de los programas
especiales (Escuela para Padres, Alcoholismo, Drogadicción, etc.).
6.- Contribuir al perfeccionamiento del personal del Establecimiento en materia de
orientación.
7.- Asesorar a Padres y Apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de
orientación de su hijo/a.
8.- Coordinar programas de salud mental en los alumnos con los organismos oficiales.
25
9.- Coordinar las actividades de orientación del Establecimiento Educacional, con las que
se realizarán en los demás Establecimientos de la Comuna.
10.- Cautelar que los documentos de seguimiento de los alumnos estén al día y bien
llevados.
11.- Atender problemas de orientación educacional y vocacional, a nivel individual y
grupal, en sus aspectos sicológicos, pedagógico, socio-económicos y cultural.
12.- Coordinar el proceso de seguimiento del alumno/a y elaborar el panorama de
posibilidades sobre prosecución de estudio y/u ocupaciones.
13.- Presidir y/o asistir a los Consejos Técnicos de su competencia.
EL EVALUADOR:
Es el docente con especialidad en evaluación, responsable de planificar, coordinar y
supervisar las actividades de evaluación del Establecimiento Educacional referidas al
proceso de Enseñanza-Aprendizaje, de acuerdo a las normas vigentes.
El Establecimiento Educacional tendrá un evaluador, según sean las necesidades y
recursos. Sus funciones serán asumidas por el Jefe de UTP, en caso de no poder contar
dicho especialista.
DEBERES DEL EVALUADOR ENCARGADO DE EVALUACIÓN:
1.- Asesorar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las
actividades de evaluación del proceso de Enseñanza-Aprendizaje, conforme a las
disposiciones legales vigentes.
2.- Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del Establecimiento, en materias
de evaluación.
3.- Velar por la confiabilidad y validez de los instrumentos de evaluación utilizados por los
profesores, supervisando la aplicación de técnicas o instrumentos utilizados.
4.- Participar en las tareas de evaluación que se promueven en el ámbito comunal.
5.- Participar en Consejos Técnicos que le correspondan.
DEL COORDINADOR DE EDUCACION EXTRAESCOLAR:
El Coordinador de Educación Extraescolar: es el profesor responsable de llevar a
cabo las actividades programadas por el Departamento de Educación Extraescolar, el que
será asesorado por profesores y monitores deportivos, que cooperen con los programas
extraescolares.
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FUNCIONES DEL COORDINADOR DE EDUCACION EXTRAESCOLAR:
1.- Organizar la actividad general del Centro Extraescolar de las áreas y de los grupos en
particular.
2.- Motivar la participación del alumno de las actividades extraescolares del
establecimiento.
3. Establecer una adecuada y permanente interacción entre los grupos y las áreas de acción
entre el Centro Extraescolar y el establecimiento.
4.- Administrar los planes y programas y proyectos generados por cada una de las áreas de
acción del Centro Extraescolar.
5.- Informar permanentemente a la Dirección del establecimiento, a los grupos y a la
Comunidad sobre las actividades en desarrollo.
6.- Coordinar el uso y distribución de la implementación que el sistema pueda entregarle al
centro.
7.- Promover la participación del en competencia, exposiciones y otros actos similares.
8.- Coordinar la acción Inter-Establecimientos con las acciones a nivel comunal, provincial
y regional.
9.- Evaluar permanentemente la actividad realizada y proyectar los resultados del
establecimiento a los eventos comunales, provinciales y regionales programados por el
sistema de Educación Extraescolar.
10.- Participar en Consejos Técnicos-Pedagógicos que le correspondan.
11.- Participar en el E.G.E.
DOCENTE DE AULA:
Docente de aula: es el docente responsable de las actividades sistemáticas de aula,
insertas dentro del proceso educativo.
DEBERES DEL DOCENTE DE AULA:
1.- Encausar el proceso educativo de sus alumnos y alumnas y enseñar su especialidad,
empleando su mayor dedicación y capacidad profesional.
2.- Fomentar e internalizar en el alumno(a), valores, hábitos, actitudes y desarrollar una
disciplina participativa, esencialmente a través personal.
3.- Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de su
especialidad.
4.- Integrar los contenidos de su (s) subsectores (es), con otras disciplinas.
5.- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones técnico – pedagógico impartidas por el
Ministerio de Educación, transmitidas por los conductos regulares pertinentes y aquellas
adoptadas por el Consejo de Profesores en conformidad al PEI, Reglamento de
Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación.
6.- Resguardar el cumplimiento de los Planes y Programas de Estudio en el desempeño de
su labor docente.-
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7.- Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados de los alumnos,
proporcionándoles información, sobre el desarrollo del PEA. Y orientación de sus hijos o
pupilos.
8.- Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar precisa y
oportunamente la información que el Director, solicite en forma directa o por medio de la
Inspectora General o del Jefe (a) del UTP. del establecimiento.
9.-Participar en Consejos Técnicos –Administrativos del establecimiento.
10.- Participar en Consejos técnicos de su competencia.
11.- Participar en otras reuniones Técnicas; como talleres y actividades de
perfeccionamiento dentro y fuera del establecimiento.
12.- Participar en los actos educativos, culturales y cívicos planificados por la Unidad
Educativo y estén insertos en la Jornada legal de trabajo.
13.-Desarrollar actividades de Colaboración y/o extraescolares para los cuales haya sido
designado por el Director o de su libre elección, dentro del marco proporcionando por las
disposiciones legales vigentes y técnicas pertinentes y el Contrato de Trabajo suscrito por
el Docente.
14.- Cumplir en forma integral el horario de clases para la cual se le ha contratado y demás
disposiciones contractuales así como las disposiciones legales que norman la función
docente de las cuales debe tener un cabal conocimiento.
PROFESOR JEFE:
Es el docente que en cumplimiento de su función, es responsable de la marcha
pedagógica y de la orientación de su curso.
FUNCIONES DEL PROFESOR JEFE DEL CURSO:
1.- Planificar en conjunto con la Dirección y UTP del colegio, el proceso de orientación
educacional y vocacional y profesional del curso en el cual desempeña como profesor jefe
y ejecutar personalmente y en conjunto con los profesores de los subsectores
correspondientes.
2.- Organizar, supervisar y evaluar las actividades del Consejo de curso, cuando
corresponda.
3.- Velar junto con el Jefe/a de la UTP, por la calidad del PEA., en su curso.
4.- Mantener al día los documentos relacionados con la identificación y seguimiento de
cada alumno/a, de la marcha pedagógica del curso.
5.- Elaboración de informes educacionales, transcripción y entrega de calificaciones
periódicas a los alumnos/a. y a los Padres y Apoderados.
6.- Asistir a las reuniones periódicas de Padres y Apoderados y brindarles asesoría
correspondiente.
7.- Atender en forma individual a los alumnos, padres y apoderados en las situaciones
especiales que lo requiere.
8.- Asistir y/o presidir los Consejos Técnicos o de Profesores de Curso que correspondan.
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9.- Asumir dentro de los márgenes de su capacitación profesional la función de
orientación, respeto a su curso, toda vez que el establecimiento no cuente con este
especialista.
DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES:
Definición y Finalidad:
1.- Los Consejos de Profesores son organismos técnicos, de carácter consultivo, en los que
se expresará la opinión profesional de sus integrantes.
2.- Estarán integrados por profesionales: Docentes Directivos; Jefa JUTP, docentes de
aula, profesionales del Área de Integración de la Unidad Educativa.
3.- En ellos se encausará la participación de los profesionales, con el cumplimiento de los
objetivos y programas educacionales y en el desarrollo de Proyecto Educativo
Institucional.
4.- Podrán tener carácter resolutivo en materias técnico –pedagógicos en conformidad al
PEI y al Reglamento de Convivencia Escolar.
5.- Constituye una instancia de participación técnica para cada uno de los profesionales de
la educación en lo que corresponde a situaciones relacionadas con la vida escolar, el
desarrollo curricular y las marchas del establecimiento Educacional.
6.- Los Consejos de Profesores, podrán además, dar oportunidad de participación(solo con
derecho a voz) a la Directiva del Centro de Padres y Apoderados y a otros organismos del
establecimiento cuando sea necesario o requerido.
FUNCIONES GENERALES:
Los Consejos de Profesores tendrán, entre otras, las siguientes funciones:
1.-Planificar, coayudar en la ejecución y evaluar el PEI Reglamento de Convivencia
Escolar y Reglamento de Evaluación del colegio.
2.- Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de la
Comunidad Escolar.
3.- Velar por la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que digan
relación con el quehacer del establecimiento educacional.
4.- Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evacuación
interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas y de refuerzo.
5.- Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo, acentuando su
acción en la formación de valores personales y sociales.
6.- Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de desadaptación de
los alumnos/as al medio escolar.
7.- Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad escolar y de su entorno.
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CRITERIOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO:
1.- Los Consejos serán convocados por el Director. Estarán determinados el día del
Consejo (Lunes y Martes en horario de 15,15 a 18,15).-
2.- Los Consejos estarán presididos por el Director del establecimiento o por el Docente en
quien delegue esta función.
3.- Cada Consejo tendrá un Secretario/a, a quien llevara un Libro de Actas de Sesiones.
4.- La asistencia de los Profesores a los Consejos es obligatorias, dentro de su horario de
actividades.
5.- Podrán asistir a los consejos; además del personal que corresponda, otros funcionarios
del establecimiento, cuando sea requerida o autorizada por el Director.
6.- Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios. Los Consejos Ordinarios se realizarán en
las ocasiones que señala el Reglamento Interno del establecimiento o en las que cada
Consejo determine. Los Consejos Extraordinarios se realizarán por determinación del
Director o solicitud de la mayoría de los componentes.
7.- Los participantes en los consejos, deberán mantener reserva respecto a las materias
que en ello se trate.
DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION :
1.- Los Asistentes de la Educación ,cuyo contrato tenga la calidad de indefinido, tendrá
derecho a la estabilidad en el cargo , a menos que deban cesar en el por alguna de las
causales de expiración de funciones establecidas en este Reglamento.
2.- DESCANSOS :
A.- Los días domingos y aquellos que la Ley declare festivos , el descanso
empezará ,a más tardar , a las veintiuna hora del día anterior al domingo o festivo ,y
terminaran a las seis horas del día siguiente a éstos.
B.- El feriado de los Asistentes de la Educación , serán remplazados por el
descanso señalado en el Art. 74 del Código del Trabajo , ,que es , el descanso obligatorio
que les beneficia por el tiempo de suspensión de las actividades propias de los
establecimientos educacionales .
Con todo el Secretario General, en caso de los Auxiliares de Servicios Menores , autorizará
su feriado legal en los establecimientos , de acuerdo a las necesidades.
3.- PERMISOS:
A.- Los Asistentes de Educación podrán y tendrán derecho a permisos con goce de
remuneraciones en sus labores hasta por máximo de seis días , durante el año calendario.
B.- Los Asistentes de la Educación podrán y tendrán derecho a permiso sin goce de
remuneraciones en sus labores, hasta por un máximo de seis meses , durante el año
calendario, y este será prorrogable por un periodo similar en caso que el funcionario deba
permanecer fuera del país.
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4.- ACCIDENTES DEL TRABAJO:
A.- Los Asistentes de la Educación se regirán , en materia de accidentes del trabajo
y de enfermedades contraídas en el desempeño de sus funciones, por las normas de la Ley
Nº 16744.
5.- DESTINACIONES:
A.- Los Asistentes de Educación , podrán ser objetos de destinaciones a otras
dependencias de la Corporación Municipal ,a solicitud suya o por resolución fundada de la
autoridad facultada para hacer la designación, previa consulta al trabajador respectivo y sin
que signifique menoscabo en su situación laboral o social .Dichas destinaciones deberán
ser verificadas con 10 días hábiles de anticipación .
6.- perfeccionamiento:
a.- Los Asistentes de la Educación, tendrán derecho al perfeccionamiento y
capacitación laboral y/o profesional.
7.- DE LOS DEBERES :
A.- SON DEBERES DE INSPECTORIA:
a.- Apoyar la labor de Inspectoría.
b.- Vigilar el comportamiento de los alumnos orientándolos en su conducta y
actitud, de acuerdo a las normas existentes en el establecimiento, vigilando a los alumnos
fuera y dentro de la sala de clases y cooperar con el profesor en la disciplina de los
alumnos.
c.- Controlar el aseo y cuidado de las dependencia a él confiadas.
d.- Colaborar en las actividades extraescolares , curriculares de apoyo en el aula
que se le confíen o asignen anualmente tanto en el primer ciclo como en el segundo ciclo.
e.- Cooperar con el docente en la preparación de material didáctico y pedagógico
en general que se requiera para un apoyo efectivo hacia a los alumnos; apoyar al proceso
lector e iniciación al cálculo en los alumnos con mayor retraso pedagógico.
f.- Llevar los libros, registros, estadísticas, planillas de Actas de notas y demás
archivos que sean encomendados.
g.- Controlar los atrasos , inasistencias ,justificaciones y certificados médicos
presentados por el alumno.
h.- Concurrir con los alumnos a centro asistenciales ,hogares u otros lugares que
le sean encomendados.
B.- SON DEBERES DE LOS ADMINISTRATIVOS:
a.- Organizar ,clasificar y difundir la documentación oficial del establecimiento,
requiriendo del personal los antecedentes necesarios.
b.- Cautelar la conservación ,manutención y resguardo del mobiliario y material
a su cargo.
c.- Llevar el kardex al día con los antecedentes del personal del
establecimiento.
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C.- SON DEBERES DELA ENCARGADA DE LA BIBLIOTECA:
a.- Mantener todo el material bibliográfico y no bibliográfico a su cargo.
b.- Cuidar de todos los bienes los muebles e inmuebles , manteniendo el
inventario al día.
c.- Administrar una variedad de recursos bibliográficos y no bibliográficos para
ponerlos al servicio de los usuarios.
d.- Contribuir con su desempeño al buen funcionamiento y desarrollo de la
biblioteca.
e.- Dar cumplimiento al horario de funcionamiento de la biblioteca.
D.- SON DEBERES DE LAS ASISTENTES DE PARVULO:
a.- Preparar el material didáctico.
b.- Preparar y ornamentar la sala de clases.
c.- Vigilar a los alumnos fuera y dentro de la sala de clases.
d.- Participar en las actividades de los hábitos de higiene de los alumnos.
e.- Cooperar con la educadora de párvulos con la disciplina de los alumnos.
E.- SON DEBERES DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS MENORES:
a.- Mantener el aseo y orden de las dependencias del establecimiento.
b.- Desempeñar ,cuando corresponda ,funciones de portero del establecimiento.
c.- Retirar ,repartir y franquear mensajes ,correspondencia y otros.
d.- Ejecutar reparaciones ,restauraciones e instalaciones menores que se le
encomienda.
e.- Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de máquinas y
herramientas que se hubiere asignado.
F.- SON DEBERES DE LAS MANIPULADORAS DE ALIMENTOS
a.- Tener amplio manejo en la interpretación de las minutas diarias.
b.- Emplear en forma correcta el detergente y agentes sanitarios.
c.- Mantener ordenada y limpia la cocina y despensa de acuerdo a las
características y condiciones del local.
d.- Cumplir con las normas de higiene acreditándolos debidamente por
intermedio de un certificado extendido anualmente por Higiene Ambiental.
DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS:
Son alumnos y alumnas de esta escuela, todos aquellos niños , niñas ,jóvenes y
adultos que estén matriculados en ella y se encuentren registrados en los documentos
oficiales. Como tales están sometidos al presente Reglamento, en todas sus partes.
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DEL UNIFORME DE LAS NIÑAS:
Del uniforme de las niñas, es de carácter OBLIGATORIO desde la educación Pre-
básica a Octavo año Básico, desde el primer día de clases y es como se indica a
continuación:
Falda de color azul (hasta cuatro dedos sobre la rodillas).
Blusa blanca.
Insignia del colegio.
Chaleco azul marino y/o chaquetón o parka del mismo color en invierno.
Zapatos negros de diseño convencional.
Calcetas azul marino.
Pantalón azul marino de paño (invierno y días fríos).
Corbatín o corbata del colegio.
Delantal de cuadrillé celeste en las alumnas del Primer ciclo (solo para uso
interno).
Nota: El delantal de cuadrillé celeste es de uso OBLIGATORIO DENTRO DEL
COLEGIO hasta Cuarto Año Básico
Será considerado uniforme y su uso reglamentado todos los días de clases, salvo el
día de Educación Física (buzo del colegio), y/o en casos de actividades extra-
programáticas.
Las alumnas de la Tercera Jornada de Adultos se exceptúan de usar uniforme, sin
embargo, deben mostrar una adecuada presentación personal en lo que se refiere a
vestimenta, higiene y lucidez
DEL UNIFORME DE LOS ALUMNOS:
El uniforme de los alumnos, es de carácter OBLIGATORIO, desde la Educación
Pre-básica a Octavo año Básico, desde el primer día de clases y es como se indica a
continuación:
Pantalón gris.
Camisa blanca.
Corbatín y/o corbata del colegio.
Zapatos negros de diseño convencional.
Chaleco azul marino y/o parca del mismo color para el invierno y/o días fríos.
Polera oficial del colegio.
Cotona de color Beige en los alumnos del Primer ciclo (solo para uso interno).
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La COTONA es de uso OBLIGATORIO DENTRO DEL COLEGIO hasta Cuarto
Año Básico
Nota: Será considerado uniforme y su uso reglamentado todos los días de clases, salvo el
día de Educación Física (buzo del colegio) y/o en actividades extra-programáticas.
Los alumnos de la Tercera Jornada de Adultos se exceptúan de usar uniforme, sin
embargo, deben mostrar una adecuada presentación personal en lo que se refiere a
vestimenta, higiene y lucidez
DE LAS PROHIBICIONES:
PROHIBICIONES GENERALES:
Salir del colegio sin autorización de la Dirección y/o Inspectora General y/o
Profesor de Turno.
Ingresar a la Sala de Profesores, Sala de UTP, Dirección, Biblioteca, Sala de
Recursos, Sala de Enlaces, sin la autorización correspondiente.
Fumar dentro del colegio.
Portar elementos cortantes y/o punzantes.
Permanecer en las salas de clases en horas de recreo.
Jugar juegos que pongan en riesgos la integridad física.
Jugar en lugares y/o accesos de dependencias que no sean los patios.
Llegar atrasados al colegio y además en las horas de Educación Física.
Faltar el respeto a docentes y Asistentes de Educación, manipuladoras y
compañeros.
Salir de clases en horas de clases (baño, a otra sala, patio, etc.) sin autorización
del profesor/a.
PROHIBICIONES DE LAS DAMAS:
No se permitirá usar Jumper corto, tipo mini falda.
No se permitirá el uso de joyas ni aros colgantes.
Las niñas deben siempre presentarse con el pelo limpio y tomado.
No se permite el uso de objetos de valores, el establecimiento NO SE HACE
RESPONSABLE DE ELLO, por lo tanto se prohíbe portar objetos de ese tipo.
No se permitirá el pelo teñido.
No se permitirá las uñas pintadas.
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PROHIBICIONES DE LOS VARONES:
No se permitirá el pelo largo, este no debe sobrepasar el cuello de la camisa.
Las uñas las usaran cortas y limpias.
No se permitirá el uso de aros.
No se permitirá cabello tinturado.
No debe usarse la camisa fuera del pantalón.
DE LA PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO:
Los horarios de entrada y salida, deberán ser respetados por todos los alumnos y
alumnas del establecimiento, de acuerdo a lo que se indica a continuación:
NIVEL DE TRANSICIÓN:
JORNADA ENTRADA SALIDA
Mañana 8,00 horas 12,30 horas
Tarde 13,00 horas 17,00 horas
NIVEL: EDUCACION BÁSICA:
JORNADA ENTRADA SALIDA RECREOS
Mañana 8,00 horas 13,00 horas 09.30 a 09.50 horas
11,20 a 11,30 horas
Tarde 13,45 horas 15.15 horas 13,00 a 13,45 horas(Jornada JEC)
TERCERA JORNADA ADULTOS : NIOVEL BÁSICA Y MEDIA
JORNADA ENTRADA SALIDA RECREOS
NOCTURNA 19:00 horas 22:00 horas 20:30 HRS A 20:40 HRS
Las Inasistencias deberán ser justificadas por el apoderado mediante una
comunicación en la LIBRETA DE COMUNICACIONES, la cual es de USO
OBLIGATORIO, para los alumnos y alumnas de la escuela. En caso de que el alumno no
se presente, su correspondiente justificativo al profesor de la primera hora de clase, éste lo
deberá enviar a la Inspectoría General y/o Paradocente y/o Dirección en donde se
notificará al apoderado de esta situación, dándose como plazo el día siguiente
impostergablemente para concurrir solamente con el apoderado a justificar.
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NOTA : En el caso que el alumno tenga que salir del establecimiento, por razones
oportuna debidamente justificadas, debe solicitar permiso al Profesor Jefe, a Inspectoría
General y/o Dirección, como también a la Jefe de UTP, si alguno de ellos no está en el
establecimiento.
RESPONSABILIDADES DE ALUMNOS (AS)
RESPONSABILIDADES:
1.- Llegar puntualmente a la hora al colegio (salvo excepciones).
2.- Usar el Uniforme completo (Excepciones los Alumnos Adultos de la Tercera Jornada)
3.- Participar en todas las actividades programadas por el establecimiento, en especial en
los actos cívicos.
4.- Cumplir con todos sus trabajos y/o pruebas. En caso de que no se presente en el día
indicado con su trabajo y/o no rinda su correspondiente evaluación, tendrá plazo máximo
de una semana para regularizar dicha situación. Si no cumple con esto, el profesor esta
autorizado para calificar con la nota mínima.
5.- Es responsabilidad del alumno estar en conocimiento de todas sus calificaciones
parciales y/o semestrales. El profesor tiene un plazo máximo de una semana para darle a
conocer las calificaciones de los trabajos y/o pruebas.
6.- Todos los alumnos deben asistir a todas las clases del Plan de Estudio
y Talleres JECD. Sólo se exceptúan parcialmente los alumnos que por razones
debidamente autorizadas certificadas, no PARTICIPEN ACTIVAMENTE en clases de
Religión, Educación Física y/o Idioma.
7.- Todo alumno debe portar debidamente su Libreta de comunicaciones, con sus datos
personales y la Firma del Apoderado.
8.-Todo alumno de la Tercera Jornada menor de edad debe contar con un apoderado
Adulto responsable de su pupilo. Se exceptúan los alumnos de la Tercera Jornada adultos
mayores de edad.
9.- Mantener el aseo de sus respectivas salas y cumplir con su Rol de Semanero.
10.- Ayudar al mantenimiento del Aseo general de la escuela.
11.- Mantener en buen estado el mobiliario de sus salas.
12.- Cuidar los baños en su uso diario
13.- Obedecer las indicaciones y/o llamados de atención de cualquier funcionario del
establecimiento.
14.- Mantener relaciones de respeto mutuo, entre compañeros de curso y en general con
sus profesores, Asistentes de Educación, manipuladoras de alimentos y toda persona que
ingrese al establecimiento.
15.- Concurrir puntualmente a las horas de alimentación siempre y cuando esté inscrito en
el PAE.
16.- Traer y usar el equipo de Educación Física, el día que corresponda.
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DE LA DISCIPLINA FALTAS Y SANCIONES
El Orden, la disciplina, el buen comportamiento y las buenas costumbres son aspectos que
no deben descuidar en una Unidad Educativa. Si bien es cierto que el alumno debe lograr
tomar conciencia que la disciplina es algo que le corresponde asumir, no es menos cierto
que una escuela debe establecer criterios y normas para velar porque todo su alumnado
viva en un ambiente de sana convivencia y de respeto mutuo. En este contexto la disciplina
y el comportamiento social de niños y niñas no es solo problema del profesor, ni del
personal directivo o Paradocente, mantenerla es meta para todos alcanzable y
principalmente lo es para el mismo niño o niña, en donde ellos deben asumir
progresivamente su responsabilidad en este aspecto.
FALTAS LEVES:
La enumeración de faltas consideradas leves que a continuación registra, son por su
carácter, las más reiterativas; sin embargo, otras situaciones atípicas que no aparecen en
este listado serán calificadas en este rango por la Dirección y/o Consejo de Profesores.
1. Presentarse con el uniforme incompleto sin autorización a excepción de los
alumnos de la Tercera Jornada
2. Presentarse sin delantal o con el mismo rayado, manchado, descosido o sin
abotonar.
3. Usar su vestuario escolar sucio o desordenado o con prendas ajenas al
uniforme.
4. Presentarse sin los útiles que necesita para trabajar o sin sus tareas.
5. Presentarse a clases sin justificativos o inasistencia y/o no estar en posesión
de su libreta de comunicaciones.
6. Presentarse atrasado al establecimiento al inicio de la jornada y a la sala de
clases en el transcurso de la misma sin justificación alguna.
7. No cuidar y mantener limpios y ordenados sus espacios de trabajos.
8. Alterar el desarrollo normal de las clases.
9. Actitudes leves de desobediencia, rebeldía, descortesía.
10. Actitudes negativas o displicentes durante el normal desarrollo de la clase.
11. Deterioro de útiles de otros compañeros.
12. Deambular por el establecimiento sin justificación.
13. Uso de joyas y cosméticos.
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SANCIONES A LAS FALTAS LEVES:
1ra Falta Leve: Amonestación verbal de carácter preventivo y formativo Primer y Segundo
Ciclo.
2da Falta Leve: Observación escrita en el Registro de Observaciones del alumno.
3ra Falta Leve: Conversación Profesor Jefe y Alumno o Alumna, comunicación escrita al
apoderado que se registra en el leccionario.
4ta Falta Leve: Citación al Apoderado a entrevista con el Profesor Jefe y el/la Alumno(a).
5ta Falta Leve: Aplicación de medida disciplinaria equivalente a un día de suspensión. Esta
medida de exclusiva aplicación de la Inspectoría General y/o Dirección. A partir de la
quinta falta, todas las faltas leves se convierten en graves por sus reiteraciones.
FALTAS GRAVES:
La enumeración de faltas consideradas graves que a continuación se registran, son
por su carácter las más reiteradas; sin embargo, otras situaciones atípicas que no aparezcan
en este listado, serán calificadas en este rango por el Consejo de Profesores, Inspectoría
General y/o Dirección.
1. Agresión física y verbal entre alumnos.
2. Vocabulario grosero oral y/o escrito.
3. Actitudes de insolencia, arrogancia, soberbia y de falta de respeto hacia cualquier miembro
de la Comunidad Educativa.
4. Fugas cimarras individuales o colectivas.
5. Deterioro y/o destrucción intencional del mobiliario escolar y/o material didáctico del
establecimiento.
6. Atentado con resultado de daño o destrucción de cualquier parte de la infraestructura de
establecimiento.
7. Llevar al Establecimiento objetos intimidadores o que pongan en peligro la salud o
seguridad de las personas.
8. responder con engaños y mentiras ante indagaciones practicadas por los funcionarios del
establecimiento.
9. Desobedecer las observaciones que le hagan, tanto docentes, paradocentes y/o docentes
directivos.
10. No presentarse a su clase estando presente en el establecimiento (Cimarra interna).
11. Fumar, ingerir bebidas alcohólicas y/o consumir drogas o inhalar solventes químicos
dentro del colegio o fuera de este.
12. Manifestar conductas irrespetuosas en el desarrollo de eventos en los que se este
representando e identificando el establecimiento.
13. No dar cumplimiento a compromisos de participación en eventos para los cuales el alumno
o alumna se haya comprometido y que como consecuencia de ello se deteriore la imagen
de la escuela.
14. No entregar a su apoderado comunicaciones que se le envíen.
15. Falsificar o adulterar la firma del Apoderado en Justificativos comunicaciones, informes,
pruebas escritas y libretas de notas.
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16. Usar el nombre de la Escuela y/o curso del establecimiento para organizar eventos externos
sin la debida autorización de la Inspectoría General y/o Dirección y en lo que se persiga
fines de lucro personal o de grupos de alumnos.
17. Usar el nombre y/o falsificar la firma del profesor, Inspector o Director para conseguir
beneficios personales o de grupos de alumnos y/o permisos por parte de los Padres y
Apoderados.
18. Preferir insultos, groserías y/o sobrenombre hacia cualquier miembro de personal docente,
Directivo, Docente de Aula, Paradocente, Auxiliares de Servicios Menores, Manipuladoras
de alimentos y Apoderados.
SANCIONES DE LAS FALTAS GRAVES:
1. Suspensión de clases de uno a cinco días. La determinación de la medida disciplinaria de
suspensión, será facultad privativa de la Inspectoría General y/o de la Dirección
considerando los antecedentes probatorios suficientemente documentados.
2. Condicionalidad de matrícula: La condicionalidad de la matrícula la aplicará Inspectoría
General con acuerdo de la Dirección considerando a resolución del Consejo General de
Profesores (expresada en acta) y la respectiva apelación del afectado a través de su
apoderado.
FALTA GRAVÍSIMAS
La enumeración de faltas consideradas gravísimas que a continuación se registran
son, por su carácter, las más reconocidas como tales; sin embargo, otras situaciones
atípicas que no aparezcan en este listado, será calificadas en este rango por Inspectoría
General y/o Dirección.
SON FALTAS GRAVÍSIMAS:
1. Rebeldía acompañada de actitudes agresivas e insolentes hacia algún miembro de la
comunidad educativa.
2. Agresión física con resultado de lesiones leves a graves (certificadas), en la persona de un
compañero y/o miembro de la comunidad educativa.
3. Hurto de especies de dinero al interior de la escuela.
4. Difamación escrita u oral hacia algún miembro de la comunidad educativa.
5. Apropiación y/o malversación de fondos del curso u otro organismo existente en colegio.
6. Falsificación o adulteración de notas en documentos oficiales, libros de clases, libreta de
notas, informes educacionales, etc.
7. Sustracción de pruebas aplicadas o por aplicar.
8. Destrucción o deterioro intencionado de documentos oficiales.
9. Actitudes reñidas con la moral, tales como: ingreso y/o intercambio de material
pornográfico, abuso deshonestos en contra de alumnos y/o alumnas, agresión sexual o
intento de ella y otras de la misma naturaleza.
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10. Consumo y/o distribución de drogas y/o alcohol en el establecimiento o en actividades
internas o externas organizadas por el colegio, el curso, o algún organismo de su
dependencia.
11. Ingresar al establecimiento en estado de interperancia o drogado .
12. Portar arma blanca, corto punzante, armas de fuego incluso a fogueo.
SANCIONES A LAS FALTAS GRAVÍSIMAS:
1. Condicionalidad de la matrícula de los alumnos/as.
2. Petición de retiro al apoderado previo informe elaborado por el Profesor Jefe y el Consejo
de Profesores.
3. Cancelación de matrícula, previo informe elaborado por el Profesor Jefe y el pleno del
Consejo de Profesores.
La adopción de las sanciones a faltas gravísimas obedecerá a los siguientes
procedimientos:
1. Informe escrito del Profesor Jefe a Inspectoría General y/o Dirección con los antecedentes
aportados por cualquier miembro de la comunidad educativa que haya presenciado los
hechos que motivan la acusación. A este informe se deberá adjuntar una transcripción del
registro de observaciones significativas del alumno y registro de entrevista con el
apoderado.
2. Informe escrito del Consejo de Profesores de Curso y/o Consejo General e Inspectoría
General y/o Dirección basados en los antecedentes aportados por el informe señalado en el
numeral anterior.
3. Resolución de la Dirección e Inspectoría General. Esta medida se comunicará a los
estamentos superiores del servicio con los antecedentes recopilados y debidamente
certificados.
4. Denuncia a Carabineros : En el caso de los alumnos mayores de edad de la Tercera
Jornada que presenten una falta grave o gravísima que atente contra la seguridad e
integridad física y/o psicológica de cualquier integrante de la comunidad educativa en ese
horario se procederá a denunciar a Carabineros de la localidad.
NOTA: Todo alumno al cual se le haya pedido el retiro, no podrá ingresar al año
DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS:
1. Como una forma de reforzar las conductas adaptativas de los alumnos, semestralmente
será elegido EL MEJOR COMPAÑERO DEL CURSO, de acuerdo a criterios que los
profesores jefes tomarán, teniendo en cuenta a lo menos el comportamiento y el
rendimiento del niño(a). A fines del año escolar se procederá a nominar el mejor
compañero del curso del año.
2. Todo alumno/a tiene derecho a usufructuar de los servicios, instalaciones y equipamiento
ofrecidos por el establecimiento, a saber:
2.1. Biblioteca del colegio.
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2.2. Actividades deportivas y recreativas.
2.3. Implementos e instalaciones deportivas y recreación.
2.4. Equipamientos computacionales sus respectivos software y posibilidades de
interconexión.
2.5. Sala de video y sus respectivos equipamientos.
2.6. Material didáctico en general.
2.7. Servicio de asistencialidad (PAE, Salud y seguros de accidentabilidad).
3. Tendrá derecho a la atención de sus necesidades de carácter social todos aquellos alumnos
que lo requieran y de acuerdo de que esté disponible en el sistema educativo y el
establecimiento en particular.
4. Tendrá derecho a apelar en forma respetuosa y fundamentada, como también a ser
escuchado frente a una sanción o problema que suscite ante cualquier miembro o
estamento de la comunidad educativa.
5. Tendrá derecho a ser calificado con notas exclusivamente por su rendimiento académico.
6. Ante una inasistencia justificada a pruebas, interrogaciones o trabajos asignados, tendrá
derecho a que se le administre el procedimiento evaluativo una vez que se reintegre a
clases (ver Reglamento de Evaluación).
7. Tendrá derecho a ser tratado con respeto y cortesía como también a no ser agredido ni
física ni verbalmente por parte de directivos, docentes, no docentes y sus pares.
8. Tendrá derecho a ser protegido, incluso judicialmente, por los estamentos superiores del
establecimiento ante cualquier agresión física, psíquica y/o sexual, causada por sus
guardadores, terceros, y/o cualquier miembro de la comunidad educativa.
EDUCACIÓN DE ADULTOS MODALIDAD HUMANISTICO - CIENTIFICO
SIN OFICIO.
La Escuela tiene Resolución vigente que autoriza impartir Educación de Adultos
mediante la Resolución Exenta Nº 482 ,del 24 de Abril del 2007 . Así dicho el
establecimiento extiende su misión y visión ,cuya característica es el ser una escuela
abierta a la comunidad, ha desarrollado este Programa a contar del año 2012 para todos
aquellos alumnos y alumnas que por diversas razones no han completado su educación
General Básica o Media ,principalmente dueñas de casas ,temporeros ,obreros agrícolas y
desertores del sistema , para dar cumplimiento al concepto de Educación Permanente que
permite dar respuestas a los requerimientos educacionales de la población adulta de Puente
Negro, y sus alrededores rurales ,facilitando su ingreso , formación y permanencia en los
distintos niveles que ofrece la enseñanza de adultos.
LA FORMACIÓN GENERAL DE ADULTOS:
Provee la base común de los aprendizajes que contribuye al crecimiento ,desarrollo e
identidad personales, al ejercicio pleno de la ciudadanía al desempeño activo, reflexivo y
crítico del ser humano a lo largo de la vida ; y al desarrollo de capacidades para adoptar
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decisiones fundadas sobre continuación de los estudios y proyecciones de carácter
vocacional-laboral.
Por su parte la formación diferencial es aquella que apunta a satisfacer intereses, aptitudes
y disposiciones vocacionales de los alumnos y alumnas, armonizando sus decisiones con
requerimientos de la cultura nacional y el desarrollo productivo y social de país.
MARCO CURRICULAR DE LA EDUCACIÓN DE ADULTOS:
Está normada de acuerdo a los actuales Planes y Programas de Educación, de modo que
el proceso corresponde al mismo que se aplica en todo el territorio nacional.
El establecimiento imparte tres niveles de enseñanza Básico con un total máximo de 16
horas pedagógicas semanales con énfasis en los Subsectores de Lenguaje, Matemáticas,
Educ.Social y Ciencias Naturales
NIVELES DE ENSEÑANZA BASICA:
.
•PRIMER NIVEL BÁSICO : 1º A 4º BÁSICO
•SEGUNDO NIVEL BÁSICO : 5º A 6º BÁSICO.
•TERCER NIVEL BÁSICO : 7º Y 8º BÁSICO.
Además imparte dos niveles en enseñanza Media Modalidad Humanístico –Científico sin
Oficio con un total de 26 horas pedagógicas semanales con énfasis en los siguientes
subsectores de Lenguaje, Matemáticas, Educ.Social ,Ciencias Naturales, Inglés ,Inserción
Laboral, Consumo y Calidad de Vida, Convivencia Social , Tecnología de la Información
y las Comunicaciones,Y Educación Física.
NIVELES DE ENSEÑANZA MEDIA
•PRIMER NIVEL MEDIA : 1º -2º MEDIO
•SEGUNDO NIVEL MEDIA : 3º - 4º MEDIO
CONCEPTO DE FLEXIBILIDAD :
Los profesionales que imparten está Educación son Contratados por la Corporación
Municipal de San Fernando perteneciente al Liceo Heriberto Soto (CEA) y están
preparados para retroalimentar los procesos y al alumno que ha permanecido largo tiempo
fuera del proceso sistemático de Educación para que pueda sentirse cómodo y respaldado
en esta actividad de reaprender .
42
DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS JOVENES Y ADULTOS
1.- El alumno joven o adulto es el protagonista principal del proceso educativo, está
consciente que necesita educarse y accede al establecimiento en forma libre e interesada,
asumiendo las responsabilidades que ello implica.
2.- La matrícula para los diferentes cursos y programas que el establecimiento imparte se
efectuará durante los meses de Diciembre, Marzo y Abril. La edad mínima de ingreso es
18 años cumplidos al 30 de junio para alumnos de Educación Básica, 17 años cumplidos al
30 de junio para Primer Nivel de Educación Media y 18 años cumplidos al 30 de junio para
Segundo Nivel de Educación Media. En casos calificados por asistente social o profesional
competente de establecimiento puede aceptar alumnos menores de edad siempre que no
supere el 20% de la matrícula total. Durante los meses de mayo a octubre sólo se aceptarán
traslados desde otros colegios con planes de estudio equivalentes. A partir de noviembre
no se realizarán ingresos de alumnos. Los documentos para formalizar la matrícula son
Certificado de Nacimiento y Certificado de estudios del último curso aprobado.
3.- El alumno tendrá los siguientes deberes:
a) Trabajar en forma responsable en todas las actividades escolares.
b) Asistir regularmente a las clases que contemplan los diferentes programas.
c) Presentarse puntualmente a las actividades establecidas en su horario de clases y/o
fijadas por el establecimiento.
d) Mostrar una adecuada presentación personal en lo que se refiere a vestimenta, higiene
y lucidez.
e) Mostrar actitudes de respeto, aceptación, y un lenguaje adecuado con todos los
integrantes de la unidad educativa.
f) Cooperar con el cuidado del aseo, mantenimiento de la infraestructura y medio
ambiente del establecimiento.
g) Solicitar autorización al Profesor de Asignatura e Inspectoría General, para retirarse del
establecimiento antes de la hora de salida.
h) Justificar oportunamente en Inspectoría General, mediante certificado laboral o
médico, la inasistencia a clases. Esto no evita que la inasistencia sea considerada para
efectos de promoción.
i) Conocer el Reglamento de evaluación, planes y programas, reglamento interno y
normas de convivencia.
4.- Se brindará apoyo específico y atención prioritaria a alumnos integrados o con
discapacidad, alumnas embarazadas, alumnos en riesgo social y adultos mayores,
estableciendo mecanismos de coordinación y evaluación con los profesionales del proyecto
integración y programas de intervención especializados, para decidir ajustes curriculares,
aplicación de procedimientos metodológicos y evaluativos especiales, adecuación de
espacios educativos, asistencialidad , disminución de los requisitos de asistencia y otros
según se requiera en cada caso.
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5.- La convivencia escolar es el reflejo del conjunto de interacciones que viven a diario
todos los miembros del establecimiento y es responsabilidad de todas y todos los
integrantes de la unidad educativa, a partir del rol y función que cumple en ella. Por tanto,
este Reglamento Interno de Convivencia Escolar regula el funcionamiento de la Tercera
Jornada de Adultos.
DE LOS APODERADOS:
El apoderado es aquella persona, mayor de 21 años, es RESPONSABLE DIRECTO
del niño o niña ante escuela y comunidad escolar, por tanto debe asumir ese rol EN
FORMA RESPONSABLE Y COMPROMETIDA. El rol del apoderado genera una serie
de deberes y derechos los que deben ser observados cuidadosamente y meditados en su
significado.
REQUISITO PARA SER APODERADO:
1. Ser padre y/o madre.
2. Si no es el padre o la madre será un pariente u otra persona con la que exista un lazo
afectivo que implique respeto mutuo.
3. Ser mayor de 21 años y firmar el registro de matrícula del curso y el libro de clases del
curso.
4. No tendrá la calidad de apoderado todo aquel que:
4.1. Haya infringido algunas de las normas que estatuye el presente reglamento.
4.2. Haya demostrado en su actual falta de compromiso con su pupilo y por ende con
el Proyecto Educativo de la Escuela.
4.3. Tutela a un alumno que haya sido merecedor de una sanción grave o gravísima.
DE LOS DEBERES DEL APODERADO:
1. Asistir a todas las reuniones de curso y/o Centro General de Padres y Apoderados.
2. Dar aviso oportuna y obligatoriamente ante la imposibilidad de asistir a una reunión o
citación efectuada por el personal docente o directivo del establecimiento. El apoderado
deberá contar para casos excepcionales y muy justificados con un representante mayo de
edad quién deberá cumplir los mismos requisitos señalados anteriormente.
3. Concurrir al establecimiento cuando el profesor jefe, profesor de subsector, Inspector
General y/o Director lo requiera.
4. Cancela oportunamente, las cuotas que de común acuerdo se fijen en cada subcentro y las
cuotas del Centro General de Padre y Apoderado si la hubiere.
5. Hacerse responsable pecuniariamente a reponer por:
5.1. Cualquier deterioro y/o destrucción de mobiliario, materiales, equipamiento, y/o
infraestructura del establecimiento.
5.2. No devolución de los textos de estudio entregados por el MINEDUC y libros de
biblioteca en plazos establecidos por el establecimiento.
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5.3. Daños y/o perjuicios que su pupilo produjere en la persona de otros alumnos y/o
propiedad de ellos. (Robos, destrucción de vestuario, útiles escolares, etc.).
6. Dirigirse siempre y en toda ocasión en forma respetuosa y digna a Directivos, Docentes y
el resto de la Comunidad Escolar.
7. Dar oportuno aviso, en caso de inasistencia de sus pupilos, al profesor jefe de su curso por
medio de la LIBRETA DE COMUNICACIONES (no se aceptará otro medio) o forma
personal.
8. Respetar el horario de atención de apoderados dado por el profesor jefe y/o Dirección. Las
mismas exigencias deberá ser respetada en el caso emanadas por profesores jefes y/o
Dirección.
9. Concurrir cada vez que sea citado por los profesores jefes y/o dirección por motivos de
indisciplina o rendimiento de su pupilo.
10. Asistir personalmente al establecimiento a retirar a su pupilo/a cuando sea en hora de
clases, según necesidad, firmando cuaderno de retiro de alumnos.
DE LOS DERECHOS DEL APODERADO:
1. Que su pupilo/a reciba educación de calidad en sus aprendizajes.
2. Obtener para sus pupilos los beneficios asistenciales que la escuela pueda otorgar de
acuerdo a los recursos que se disponga.
3. Ser tratado respetuosamente por los docentes del establecimiento y todo el personal que en
él labora en toda ocasión sin consideraciones especiales.
4. Participar en todas las actividades y eventos que la escuela organice.
5. Hacer uso regulado de la infraestructura y equipamiento del local escolar con propósitos
deportivos, recreativos, culturales y de capacitación que se programen.
SE PERDERÁ LA CALIDAD DE APODERADO CUANDO:
1. Cuando se atente contra la integridad física de las personas del establecimiento; alumnos,
alumnas, profesores, personal paradocente, auxiliares de servicios menores, manipuladoras
de alimentos y apoderados, ocasionando daños tanto física como psicológicamente.
2. RECONOCIMIENTO POSITIVO: Este sistema reconoce los siguientes méritos:
1. Actitudes de honradez mostradas en el cumplimiento de sus deberes escolares.
2. Actitudes solidarias o preocupación por sus compañeros/as.
3. Actividades de bien comunitario, en beneficio de sus compañeros/as o de la comunidad.
4. Participación en actividades extraescolares, en representación de su colegio.
5. Desempeño eficiente y destacado en labores de su curso o en representación de su escuela.
6. Reconocimiento positivo realizar por el Profesor Jefe o de subsectores y/o docentes que ha
quedado registrado en su hoja de vida o libro de clases.
7. Participación en actividades de aseo y ornato de la escuela y/o entorno.
8. Participación en actividades sociales, recreativas, culturales o solidarias organizadas por su
curso o escuela.
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9. Presentación personal ejemplar durante el desarrollo del año escolar o en actividades en
representación de la Institución Educacional.
10. Sobresaliente responsabilidad escolar que se demuestra en su asistencia, puntualidad,
responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes, aplicación y rendimiento escolar.
DISPOSICIONES ANEXAS AL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
EXISTENCIA DE NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:
Normas Reguladoras para Uso de Estructura y Equipamiento del Establecimiento.
Utilización de Equipamiento:
Se dispone lo siguiente:
* Todo profesor que utilice video, equipo, biblioteca, vivero, etc. Debe registrar su
estado en bitácora, especificando uso del servicio, y responsabilizándose de su
estado a la entrega.
Normas Reguladoras de la Continuidad de Estudios del Establecimiento de Alumnas
Embarazadas y Estudiantes en Situación de Riesgo Social:
Ley 19.688:
* Denominada ley de protección a la adolescente madre y embarazada, que entró en
vigencia desde el 10 de Julio de 2000 “No hay impedimento para ingresar y
permanecer al sistema”.
* Para los alumnos/as con riesgo social existe una red de trabajo con Asistente
Social, Carabinero, Posta y Consejo Escolar.
Referido al Resguardo de la Continuidad de Estudio:
Inciso 1º : En caso de enfermedad el alumno ,debe presentar certificado médico .Si el
periodo licencia es muy largo , la UTP junto con el profesor jefe analizará la situación de
modo que no se vea perjudicado en su proceso de enseñanza de aprendizaje.
Inciso 2º: Las alumnas embarazadas y las que son madres, tienen los mismos derechos y
deberes que las demás en relación a su ingreso y permanencia en el sistema.
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Inciso 3º: El establecimiento garantiza la continuidad de estudios a las alumnas
embrazadas dándoles todas las facilidades para que puedan continuar.
Inciso 4º: Si una alumna embarazadas no puede asistir a clases deberá presentar certificado
médico.
Inciso 5º: Las adolescentes embarazadas estarán autorizadas para ir regularmente y desde
el inicio del embarazo a un Consultorio y/o controles médicos.
Inciso 6º: Las alumnas que hayan sido madre podrán pasar de curso con una asistencia
menor al 85% cuando sus ausencias tengan como causa enfermedades relativas al
embarazo, parto o postparto , o cuando se trate de enfermedades de hijos menores de un
año.
Inciso 7º: Las alumnas que hayan sido madre tendrán derecho a amamantar a sus hijos en
los horarios que correspondan.
Inciso 8º: Las alumnas embarazadas de las especialidades podrán asistir a taller previa
autorización médica por escrito y hasta que el profesional de la salud lo determine.
Inciso 9º:En caso de que la alumna embarazada deje de ser alumna regular del
establecimiento por retiro voluntario, está dejará una constancia por escrita y firmada por
su decisión.
Inciso 10º: El establecimiento tomará resguardo en los ámbitos psicosociales que se
presenten y repercutan en los procesos de aprendizajes y socialización de los jóvenes a
través de la atención y asistencia que la unidad educativa con sus recursos y herramientas
pueda otorgar .
Normativa Reguladora de la Relación entre el Establecimiento e Instituciones de la
Comunidad:
Disposiciones Generales:
Prohibiciones:
* Expendio de bebidas alcohólicas dentro del establecimiento durante los préstamos
del local.
* Responsabilidades que asume el prestatario referidos en el punto 5º, 6º, 7º, 8º, 11º,
18º del Reglamento Interno del Establecimiento.
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* Solicitud de préstamo del Establecimiento:
> Por escrito con quince días de anticipación y con firma de cuatro
responsables. Si no cumplieren lo establecido se notificará a Carabineros.
Normas Reguladoras de la Difusión del Reglamento de Convivencia hacia todos los
Actores Educativos.
Se entregará reglamento escolar en diciembre de cada año bajo firma de recepción
por el señor apoderado al matricular, entendiéndose que con su firma acepta y
compromete.
El reglamento estará visible en cada sala.
EXISTENCIA DE NORMAS DE INTERACCIÓN:
Normas Reguladoras del Resguardo para un Trato sin Discriminación entre los
Miembros de la Comunidad Escolar:
* Existencia del Programa de Educación Especial, realizados por profesoras
especialista de Proyecto Integración Escolar y Educadora Diferencial, con espacio
físico y social dentro del establecimiento. Sustentado en el Principio que: “Toda
persona tiene igual derecho a integrarse a la Sociedad”.
* Atención de alumnos según decreto 291/90 Grupo Diferencial y decreto 01/98,
1300/02 Programa de Integración Escolar y Ley 19.884 Discapacidad de
Integración Social.
EXISTENCIA DE PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE GRADUALIDAD
DE LAS FALTAS.
Normas Reguladora para determinar una Sanción:
* Registrar entrevista con apoderados en la hoja de vida de los alumnos/as.
* Escuchar versión del alumno y apoderado antes de determinar la sanción, y ésta
estará sujeta.
* A transformarse en un atenuante o eximente de la responsabilidad según la
circunstancia y pruebas que se estimen.
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PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS CON ANTERIORIDAD DE LOS
CONFLICTOS:
En consecuencia, antes de aplicar una sanción se debe:
PRIVILIGIAR EL DIALÓGO:
Conocer las versiones de las personas involucradas:
Presunción de inocencia: Todas las personas son inocentes hasta que no se
pruebe lo contrario.
Derecho apelación: Si un integrante de la Comunidad Escolar considera
que no es responsable y que no merece la sanción , tiene el derecho a apelar
al Directorio o a quien corresponda .
CONOCER LOS CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN:
Evaluar adecuadamente la falta. Ver si está es leve, grave o gravísima.
Ver si existen factores agravantes o atenuantes: Existen grados de
responsabilidad diferentes de acuerdo a la edad, rol y jerarquía de los
involucrados, EJEMPLOS. a mayor edad, mayor responsabilidad en sus
acciones.
Aplicar Sanciones Proporcionales a la Falta: Con carácter formativo y
respetuoso de la dignidad de la persona.
Aplicar Técnicas de Resolución de Conflicto:
Negociación: La negociación opera una vez producido el conflicto, el
profesor de subsector o profesor jefe o quien corresponda , dará el tiempo y
la oportunidad a las partes para que solucione el problema y lleguen a un
acuerdo.
Conciliación y Arbitraje: Cuando la negociación y la mediación no
resultan, se procede a nombrar un árbitro o juez con poderes y atribuciones
reconocidas, quien define una salida y/o solución al conflicto .Esta persona
puede ser el Director, Encargada Técnica, Profesor Jefe, dependiendo de
la gravedad del conflicto. Las personas en conflicto acatan la decisión
tomada de acuerdo con los antecedentes, las opciones y sentimientos y las
proposiciones de los involucrados.
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En caso de faltas consideradas “leve y/o graves, el establecimiento
puede sancionar al alumno con medidas alternativas como por
ejemplo:
Servicio Comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la
comunidad a la que pertenece .Ej. reparar mobiliario, hermosear jardines,
ayudar al auxiliar de patio o del comedor ,limpiar su sala u otros.
Servicio Pedagógico : Contempla una actividad en tiempo libre del
estudiante asesorado por un docente en actividades desde pre básica, NB1 ,
NB2 ,marcar cuadernos, ordenar rincones de juegos, ayudar en la
biblioteca, dirigir alguna actividad recreativa para los más pequeños.
De Reparación : acción que tenga como fin , reparar daños a terceros .Ej. Si
un alumno(a) rompe el cuaderno de otro niño(a) ,deberá copiarle la materia
faltante.
De Recuperación de Estudios: Realizar un trabajo de la investigación
entre un tema relacionado con la falta cometida realizar un diario, realizar
un diario mural.
Técnicas de Resolución de Conflicto entre Estudiantes:
* Intervención en crisis del profesor o algún miembro de la comunidad escolar.
* Arbitraje de un miembro de la Comunidad Educativa.
* Negociación de Profesor Jefe y Docentes Directivos.
* Intervención en conflictos más graves de profesionales especialistas
complementario (psicólogo).
* Derivación directa a Profesionales Especialista de Salud (Psicólogo, Neurólogo) a
través de Informes emitido por Profesor de Jefe y Docentes Directivos.
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DESCRIPCIONES DE FALTAS Y SANCIONES
Sanciones Proporcionales a Edad del Niño/a:
* Las sanciones serán graduadas por vía de excepción de acuerdo a edad, condición
familiar-intelectual y socio-cultural de los alumnos/as.
PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE BULLING
Nuestro Proyecto Educativo nos llama a formar personas “Con un sólido
espíritu y con una valórica formación académica y actuar conforme a el con valores y
con el mundo natural, respetuoso de sí mismo y de los demás, solidarios, justos,
responsables y con claro espíritu de servicio”.
Rigiéndonos por este principio señalado en nuestro Proyecto Educativo Institucional
(P.E.I), en nuestras comunidades debe reinar una sana convivencia escolar que es un
derecho y un deber de todos los miembros de las Unidades Educativas.
I.- DEFINICION DE MALTRATO ESCOLAR:
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o
psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a Través de medios tecnológicos o
cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con
independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad
física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.
Formar y mantener un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
Dificultar o impedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual espiritual o físico, de cualquier miembro de la
Comunidad.
II.- OBLIGACIONES DE DENUNCIA DE DELITOS:
1.- Es responsabilidad de la Dirección del Colegio, en la persona del (de la )
Director(a) o quien lo subrogue en el cargo evaluar si el maltrato o acoso es conducente
a una denuncia conforme al código de procesamiento penal, siendo responsable este(a)
de ejecutar la denuncia.
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III.- CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE
MEDIDAS DISCIPLINARIAS:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.
b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado, según.
El carácter vejatorio o humillante del maltrato.
Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa.
Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.
La discapacidad o indefensión del afectado.
c) La conducta anterior del responsable
d) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral de autoridad u otra.
IV.- PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASO DE MALTRATO O ACOSO
ESCOLAR
1.- Al constatar una situación de maltrato escolar, además de informar a la dirección se
deberá dejar constancia en el libro de clases a través del Profesor Jefe, Inspectora o
Directivo.
2.- Será el encargado de Convivencia Escolar o Dirección, los encargados de
investigar, recopilar y entregar la mayor cantidad de antecedentes a la dirección,
realizando un debido proceso y corroborando las responsabilidades individuales a
través de entrevistas a todas las personas involucradas en los hechos e indagaciones
que respondan al principio de respeto a las personas.
3.- En caso de corroborarse responsabilidades individuales en los hechos investigados,
la Dirección aplicara la medida frente a las conductas consideradas como maltrato
escolar, desarrollando los procedimientos respectivos, dentro de un sistema gradual:
Suspensión del agresor por dos a tres días de clases (según gravedad de la
falta), inmediatamente de haber investigado el hecho.
El estudiante quedara con Ficha (carta) de condicionalidad durante el año
lectivo.
Cancelación de Matrícula para el año siguiente.
Termino inmediato del servicio educacional
4.- Profesor Jefe citara al Apoderado inmediatamente para informarle en conjunto
con la Inspectoría General de la medida disciplinaria de esta reunión se levantara
acta escrita por Profesor Jefe, Inspectoría, estudiante y Apoderado.
5.- En caso de no presentarse el apoderado, se convocara a una entrevista para el
día siguiente y se procederá de acuerdo al Reglamento de Convivencia.
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6.- Frente a la situación se dialogará e intervendrá con el grupo Curso, si es
pertinente.
7.- La Inspectoría citara al Apoderado del Estudiante que es víctima y del agresor
por separado, para informar sobre la situación planificar estrategias de intervención
interna, pudiendo solicitar la intervención de especialistas externos, presentando
informes de atención.
8.- Los Apoderados después de ser entrevistados por la Inspectoría General
comprometerán a tomar todas las medidas necesarias para detener situaciones,
siendo el propósito acoger y reeducar al agresor así como proteger y educar a la
víctima.
9.- La Inspectoría General y el Profesor Jefe verificaran que la ha cesado
definitivamente en un plazo perentorio de dos semanas, valiéndose de reportes que
le entreguen docentes de aula e inspectores-
10.-Si esto no se soluciona la Inspectoría General y Profesor Jefe citara nuevamente
a los apoderados para informar sobre la necesidad de realizar en forma urgente
derivación externa a un especialista en salud mental escolar para el agresor. Sin
perjuicio de lo anterior y en este caso, el colegió pedirá en tribunales de la familia
las medidas de protección que procedan.
11.- Será responsabilidad de los Apoderados informar la fecha de atención del
especialista externo y posteriormente adjuntar informe de seguimiento con
sugerencias de manejo al interior de Establecimiento, en un plazo de 15 días
corridos, a partir de la fecha de la 2da entrevista con la Inspectoría y Profesor Jefe.
12.- Si la agresión ocurre por segunda vez, se aplicara la medida de cancelación de
matrícula inmediata, si las responsabilidades son corroboradas a través del debido
proceso.
V.- MEDIDAS DE REPARACION.
Toda sanción deberá ser acompañada de medidas de reparación que involucre una
toma de conciencia de parte de los involucrados, que busque reparar el daño
realizado a través de compromisos personales y que sean conducentes a una mejora
en las relaciones interpersonales. Estas medidas procuraran el respeto a la dignidad
de los involucrados, la mayor protección del afectado y el crecimiento personal por
parte del agresor.
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DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
El encargado de Convivencia Escolar del Colegio, es designado por la Dirección
del mismo establecimiento. La persona designada, deberá estar capacitada,
preferentemente en el área de resolución de conflictos, pero su rol principal será la
prevención de los actos de acoso escolar así como la represión de los niños, según
los protocolos que el Colegio establezca.
Este Encargado de Convivencia Escolar, tendrá las siguientes facultades:
a) Revisión de los antecedentes que se hayan incorporado a la hoja de vida, libro de
clases, o agenda escolar, cuando existan casos de acoso escolar.
b) Entrevistarse con cualquier miembro de la comunidad educativa, de los cuales
dejara constancia en un libro que llevara personalmente. Cuando lo estime
pertinente, podrá exigir que el entrevistado firme la entrevista.
c) Presentar a la Dirección, cualquier iniciativa que persiga la prevención o
represión de los actos de acoso escolar.
d) Podrá tomar contacto con los organismos públicos o privados que puedan
coadyuvar a la buena convivencia, así como derivar los casos en que procedan las
denuncias al Ministerio Publico o al Tribunal de familia.
e) Las demás funciones que por escrito delegué la Dirección.
PROTOCOLOS DE ACTUACION
1.- En caso de que un miembro de la comunidad educativa estime hay actos positivos que
constituyan acoso escolar, deberá comunicarlo por escrito al encargado de convivencia.
2.-Una vez que el encargado compruebe la veracidad de los hechos procederá a aplicar,
primeramente un proceso de dialogo con los afectados y el Hechor, si fuere miembro de la
comunidad escolar. Si el hechor no fuere miembro de la comunidad educativa del colegio,
procederá a informarlo a la Dirección.
3.-Si el dialogo no representa una modificación de conducta, el encargado de la
convivencia procederá a presentar el caso a la Dirección proponiendo la sanción adecuada
a la falta, según su gravedad.
4.- Si finalmente no se observa cambio alguno luego de la primera sanción, el caso se
planteara al Consejo Escolar, quien procederá en segunda instancia.
5.- Si los hechos constitutivos de acoso escolar, afecta a un menor de edad, alumno del
colegio, el encargado de Convivencia, presentara este caso a la Dirección quien definirá si
corresponde la denuncia a la fiscalía, o a algún organismo de seguridad, o bien si
corresponde pedir las medidas de protección respectivas al tribunal de familia.
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PROTOCOLO GENERAL DE SEGURIDAD
Este Protocolo General de Seguridad tiene como finalidad, prevenir al máximo los
riesgos de abuso sexual y psicológico a nuestros(as) niños(as) al interior del colegio Sergio
Verdugo Herrera.
1.- ACOMPAÑAMIENTO DE LOS PRE ESCOLARES Y NIÑOS DE ENSEÑANZA
BÁSICA.
a) Los(as) alumnos(as) de Pre Escolar siempre deberán estar acompañados(as) de la
Educadora, o la Asistente o la Inspectora del Sector, en las diferentes actividades
que desarrollan y lugares en que se encuentran: sala de clases; sala CRA, sala de
computación, multicancha , patio, baños, pasillos, comedor, etc.; por lo tanto la
asistente de educación debe acompañar en todo momento al docente responsable
del curso y por tanto a los(as) niños(as), lo(as) cuales jamás deben estar solos(as).
b) La Educadora, el (la) Profesor(a) Jefe, siempre debe estar informado en todo
momento y saber dónde se encuentran los niños de su curso y la actividad que están
realizando.
c) El rol más importante de la Asistente de Párvulos es estar con los niños. Por lo
tanto siempre estará acompañándolos en las diferentes actividades que desarrollan:
clases con Profesores de asignatura, recreos, acogida, despedidas, verificando que
han sido retirados por su apoderado o Transporte Escolar.
d) La ida al baño, debe ser acompañado siempre por la asistente. En el caso de los
alumnos del 1º ciclo Básico; la salida al baño dentro del horario de trabajo, deberá
ser acompañada, en lo posible, por un adulto( inspectora de patio, asistente,
docente, etc.), quien debe salvaguardar que la zona este segura. Se motivara a los
alumnos para el uso del baño en los recreos.
e) Durante los recreos los estudiantes, de todos los niveles deberán salir de las salas de
clases. Es responsabilidad de cada Docente el cumplir con esta norma, excepto que
exista un instructivo de la Dirección para que permanezcan en ella, pero solo si es
en grupo como por ejemplo el clima sea adverso.
f) En los momentos de llegada y abandono del colegio, que constituyen momentos
muy delicados en la seguridad de nuestros niños, se debe garantizar el uso de
espacios colectivos para esperar el ingreso a clases o la llegada de adultos para el
retiro del lugar. Se debe cautelar la presencia permanente de un adulto (educador,
asistente, inspector, etc.) acompañando a los niños hasta que todos hayan ingresado
a clases hasta que todos hayan hecho retiro del Colegio.
g) Es responsabilidad de los Padres y Apoderados el retiro oportuno de los alumnos,
según horario.
h) Es responsabilidad de todo el Personal del colegio que ningún niño permanezca
solo y aislado en cualquier espacio educativo del Establecimiento.
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2.- LOS ESPACIOS EDUCATIVOS COMO DEFENSA DE NUESTRO NIÑOS Y
NO COMO AMENAZA.
a) En el 2º Ciclo Básico y en lo posible y de manera progresiva, todos los espacios
educativos (salas, laboratorio, talleres, etc.) así como oficinas administrativas,
deben permitir la visibilidad hacia el interior.
b) En caso de no ser posible, los espacios educativos deberán permanecer con las
puertas abiertas para permitir dicha visibilidad. El escritorio de los docentes debe
estar visible.
c) Las Inspectoras del sector en colaboración con el Personal Auxiliar en forma
responsable y periódicamente revisaran los espacios educativos que permanecen
cerrados, especialmente durante el recreo y al final de la jornada escolar.
d) Los baños que constituyen espacios de alto riesgo, deberán disponer de la
visibilidad suficiente para otorgar la seguridad, sin dañar, por otro lado, la
intimidad. Las puertas deberán colgarse ha una distancia suficiente del suelo.
e) La presencia de Inspectoras o Asistentes durante los recreos en lugares cercanos a
los baños es muy necesaria. Se pueden organizar brigadas de auto cuidado y apoyo
a la seguridad Escolar donde participen estudiantes.
f) En el protocolo de seguridad se deberá construir un mapa del colegio con los
lugares de mayor riesgo para la seguridad física y psicológica de nuestro
estudiantes, asignando el recurso humano y material para minimizar los riesgos.
3.- LA SUPERVISION DE LOS ADULTOS RESPONSABLES DE LOS NIÑOS
a) en los protocolos de Contratación de Personal se exigirá Evaluación Psicológica
específica para el desempeño en Establecimientos educacionales.
b) Respecto de los Auxiliares de aseo( Personal de Servicio), se deberán dar
instructivos precisos sobre el uso exclusivo de sus espacios( bodegas, baños,
comedores, salas, talleres de mantención), agregando señalética clara para el no
ingreso de estudiantes. La persona responsable de este equipo de trabajadores,
deberá disponer de un sistema de monitoreo que incluya la supervisión periódica de
dichos espacios.
c) Respecto de los transportistas que trasladan a nuestros niños desde sus hogares al
colegio y viceversa, la Dirección del colegio de común acuerdo con el Centro
General de Padres, elaborara procedimientos que resguarden la integridad de los
estudiantes, tales como: empadronamiento, exigencia de antecedentes, supervisión
del reglamento ministerial, aplicación de encuestas de satisfacción a los usuarios
(niños(as)), procesos de seguimientos o supervisión de rutas, u otros.
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4.- LA FORMACION DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA COMO
MEDIDA DE PREVISION.
a) Será responsabilidad de la Inspectoría General elaborar programas efectivos para
todos los estudiantes, familias y adultos educadores que permita un
empadronamiento sano y eficaz como medida de prevención a los abusos - tanto
dentro como fuera del Colegio, entregando herramientas específicas para el auto
cuidado de los niños y los modos de proceder de los adultos frente a situaciones
que amerita la denuncia anticipada de posibles hechos de abuso.
5.- INFORMACION A LA COMUNIDAD ESCOLAR DE LA EXIXTENCIA
DEL PROTOCOLO DE SEGURIDAD Y SU IMPLEMENTACION.
a) Es responsabilidad del Director del establecimiento buscar los canales de
comunicación con los distintos estamentos de la Comunidad Educativa para
socializar el plan de prevención de abuso sexual y psicológico, expresado en el
protocolo General de Seguridad.
b) Este Protocolo General de Seguridad, se entregará y difundirá en la Comunidad
Educativa durante el mes de Julio. Comenzará a regir a partir del primero de
Agosto del año en curso.
¿Cómo identificar cuando un niño(a) es victima de maltrato?
Señales físicas repetidas (moretones, rasguños, quemaduras…)
Cansancio o apatía permanente (se suele dormir en clases).
Cambio significativo en la conducta escolar sin motivo aparente.
Conductas agresivas y/o rabietas severas y persistentes
Relaciones hostiles y distantes.
Conducta agresiva, rebelde o en extremo sumisa.
Trastorno de desarrollo, especialmente en el área del lenguaje.
Enfermedades repetitivas que no son atendidas adecuadamente.
Alto ausentismo escolar.
Niños solos, con falta de supervisión de adultos.
¿Cuáles son los indicadores emocionales y conductuales?
Lenguaje que no corresponde a su edad.
Relato de actos sexuales que dan cuente de una vivencia.
Conductas sexuales inesperadas para su edad.
Conocimientos sexuales inapropiados para su etapa evolutiva.
Conductas masturbadoras.
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Reproducción de actos sexuales con uso de objetos, muñecos y/o
animales.
Comportamiento sexualizado.
Cambios repentinos, de comportamiento.
Baja inesperada del rendimiento escolar.
Evitar el regreso al hogar, el ingreso al colegio o el contacto con
espacios o personas.
¿Qué hacer si un niño, niña o adolescentes le cuenta que ha sido
agredido sexualmente?
Escuche atentamente lo que le relata.
Créale y dígale que le cree.
Asegúrele que no permitirá que el abuso se repita.
Asegúrese que el niño o adolescente sienta que usted lo cuidara.
Dígale que lo ocurrido es un mal secreto y que se debe pedir ayuda.
Demuéstrele que le cree pidiendo ayuda profesional
inmediatamente.
PROCEDIMIENTO ANTE UNA DENUNCIA
1.- Formalidad de la Denuncia:
Toda denuncia de actos que afecten la integridad de los
alumnos y alumnas, debe ser efectuada por escrito a la Dirección del Colegio, y esta
denuncia interna, debe ser tramitada bajo estricta reserva por quienes la reciben. En ella
debe señalar claramente quien o quienes serían los hechores, la fecha, si se sabe, y demás
circunstancias. Si el hecho se produjo fuera del colegio, sería conveniente especificar si se
hizo la denuncia en Fiscalía, en Carabineros o en otras Autoridades o Institución
2.- Transmisión interna:
Una vez formalizada la denuncia, el Coordinador de
Convivencia del Colegio, autorizado por la Dirección será quien deba procesarla de la
siguiente manera:
a) Debe darla a conocer al afectado, el cual tiene un plazo de 24 horas para alegar sus
argumentos. Transcurrido el plazo señalados en el numeral anterior, hayan o no
descargos o argumentos, el Coordinador de Convivencia remitirá los antecedentes
al Equipo Directivo del Colegio, quien decidirá en una sola reunión, si procede
hacer la denuncia siguiendo los terminaos legales, o la desechara por no encontrar
argumentos suficientes para dar verosimilitud al hecho denunciado.
b) En caso de que los hechos sean considerados constitutivos de un ilícito, es
conveniente que el menor afectado sea asistido por un psicólogo que pueda emitir
un informe escrito sobre el estado y situación del menor.
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3.- Oficialización de la Denuncia:
Una vez confirmada la verosimilitud del hecho y
tratándose de este tipo de delitos, no es necesario, legalmente, solicitar autorización a
los padres del menor para efectuar la denuncia. Existe una acción penal pública para
denunciar delitos que afecten a menores de edad, según el Código Penal, es decir, no se
requiere consentimiento de nadie para hacerlo. No obstante, dependiendo de los
antecedentes, se sugiere informar a los padres del menor abusado, ante o después de
efectuada la denuncia.
La denuncia debe ser llevada por escrito por el encargado del Colegio y los demás
antecedentes que se hubieren recabado, con expresión detallada de las personas
interrogadas y de los documentos y testimonios aportados.
Esta denuncia puede efectuarse ante carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o
en la Oficina del Ministerio Publico más cercana. De preferencia la denuncia se
realizara ante el Ministerio Publico.
En caso de ser necesario, el colegio llevara un abogado, para que a su nombre
represente los intereses de la Comunidad educativa y/o pueda accionar como
querellante cuando corresponda, de acuerdo al contrato educacional.
4.- Si el responsable del abuso es funcionario (a) del Colegio:
En caso que el denunciado forme parte del personal del Colegio, la
verificación será responsabilidad del Director (a). en vista de presunción de inocencia
de la cual goza todo ciudadano como parte de sus derechos humanos, la sola denuncia
no es argumento suficiente para terminar la relación laboral. No obstante lo anterior, y
debido a los probables diligencias que realice el Ministerio Publico o uno de los
agentes investigadores, el afectado debiera entender que es preferible, mientras dura el
proceso, al menos ausentarse para preparar su defensa, así como para evitar la
estigmatización social. Por lo mismo, se tratara de acordar contractualmente, de
manera temporal, un permiso con o sin goce de remuneraciones, o un cambio temporal
de actividad, que permita evitar el contacto ente la víctima y el hechor, salvo que el
juzgado de garantía señale algo diferente.
El Establecimiento Educacional deberá evaluar, si no es posible solucionar la estadía
del supuesto hechor dentro del Colegio, a través del término de contrato, siempre que
las causales de terminación o caducidad contractual existan.
4.1 .- Si la denuncia hubiere sido realizada por terceros ante el Ministerio Público u
otro organismo ,previo a la toma de conocimiento por parte del establecimiento
educacional , los antecedentes serán informados a la brevedad posible al Empleador,
en este caso, Corporación Municipal a través del Departamento de Convivencia
escolar Comunal quienes conocerán de la denuncia y procederán de acuerdo al
Estatuto Docente , o a las normas Administrativas u a otro Cuerpo Legal Pertinente
que resguarden los derechos de la Comunidad Educativa . El Sostenedor podrá
realizar las investigaciones que estime necesarias según la naturaleza del caso.
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5.- Manejo o tráfico de la información:
En todo momento el Establecimiento
Educacional, se abstendrá de comentar las actuaciones judiciales o de la fiscalía, y solo el
Coordinador de Convivencia y de acuerdo con la Dirección, podrá informar a la
Comunidad Educativa, según lo crea conveniente y oportuno. Lo anterior, siempre que los
antecedentes no hayan sido declarados como reservados por las autoridades competentes.
Una vez concluido el proceso, la misma persona señalada en el párrafo anterior, podrá
comunicar a la Unidad Educativa, de acuerdo con la Dirección del Colegio, el resultado
final de la investigación judicial.
Es importante señalar que el acceso a esta información no es directa para el colegio y que
el fiscal tiene facultad para limitarlo. La manera de evitar lo anterior, es que los
Apoderados del menor afectado entreguen mandato a los abogados que el Colegio designe,
para así poder acceder a los trámites que se realizaran.
Esta situación se deriva de que la Ley Procesal Penal, contiene una asimetría, ya que por
un lado no da la posibilidad de ser parte al denunciante.
La finalidad de este instructivo es establecer la mayor protección posible de nuestros
alumnos.
CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE PROTOCOLO
1.- Es responsabilidad de la Dirección del Colegio y del Coordinador de Convivencia
Escolar difundir y hacer cumplir el Reglamento Interno de Convivencia y sus Protocolos
todos los actores involucrados en la Comunidad Educativa del Colegio.
2.- cada estamento se obliga a cumplir esta normativa en bien de toda la Comunidad
Educativa.
ART.175. Denuncia obligatoria. Estarán obligados a denunciar:
a) los miembros de carabineros de Chile, de la Policía de investigaciones y de
Gendarmería, todos los delitos que presenciaren o llegaren a su noticia. Los
miembros de las Fuerzas Armadas estarán también obligados a denunciar todos los
delitos de que tomaren conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
b) Los fiscales y los demás empleados públicos, los delitos de que tomaren
conocimiento en el ejercicio de sus funciones y especialmente, en su caso, los que
notaren en la conducta ministerial de sus subalternos.
c) Los jefe de puertos, aeropuertos, estaciones de trenes o buses o de otros medios de
locomoción o de carga, los capitanes de naves o de aeronaves comerciales que
60
naveguen en el mar territorial o en el espacio territorial respectivamente, y los
conductores de los trenes, buses u otros medios de transporte o carga, los delitos
que se cometieren durante el viaje, en el recinto de una estación, o aeropuerto o a
bordo del buque o aeronave.
d) Los jefes de establecimientos hospitalarios o de clínicas particulares y, en general
los profesionales en medicina, odontología, química, farmacia y de otras ramas
relacionadas con la conservación o el restablecimiento de la salud, los que
ejercieren prestaciones auxiliares de ellas, que notaren en una persona o en un
cadáver señales de envenenamiento o de otro delito.
e) Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo
nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el
establecimiento.
La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto.
PROTOCOLO PARA PREVENCIÓN Y MONITOREO DEL
CONTAGIO DE CORONAVIRUS COVID-19 .
A raíz de la pandemia y del aumento de casos registrados en nuestro país por COVID-19
es necesario como establecimiento educacional elaborar protocolos de actuación para la
Prevención y Monitoreo de contagio de Coronavirus basado en las indicaciones
establecidas por el Ministerio de Salud y Ministerio de Educación.
Protocolo Prevención del contagio del COVID-19
a. Respecto a casos de síntomas de COVID-19 al interior de establecimientos
educacionales.
- Al momento de ingresar al colegio la encargada de salud pesquisará los
síntomas respiratorios y de temperatura corporal de todos los integrantes de la
comunidad escolar (Equipo directivo, docentes, asistentes de la educación y
estudiantes)
b. Sobre medidas de prevención al interior de los establecimientos educacionales:
- Nuestro establecimiento mantendrá rutinas diarias de lavado de manos con agua
y jabón; y limpieza de manos con alcohol gel. Esta rutina se implementará
desde el comienzo de la jornada escolar, al inicio y termino de horas de clases,
recreos, durante el desayuno y almuerzo, antes de retirarse del establecimiento.
- Instruir a los estudiantes que al toser o estornudar, deben cubrir boca y nariz
con el antebrazo o con pañuelo desechable, botándolo inmediatamente en un
basurero cerrado.
- Instruir a los estudiantes a evitar tocarse la cara: ojos, nariz y boca.
- Mantener distancia de 1 metro entre las personas.
61
- Mantener limpia y desinfectadas superficies.
- La supervisión de esta medida estará a cargo del profesor de aula en horas de
clases; en las otras actividades de la jornada, se realizará a través de un sistema
de turnos, organizados por Inspectoría General.
PROTOCOLO CASOS CONFIRMADOS EN EL ESTABLECIMIENTO
EDUCACIONAL. COVID-19
a. Si un miembro de la comunidad educativa tiene un familiar directo con caso
confirmado de COVID-19, debe permanecer en aislamiento por 14 días, tal
como lo indica el protocolo sanitario.
b. Si un estudiante confirma caso de COVID-19, habiendo asistido al
establecimiento educacional, se suspenden las clases del curso completo,
por 14 días desde la fecha de inicio de síntomas, en coordinación con la
autoridad sanitaria.
c. Si se confirman dos o más casos de estudiantes con COVID-19, habiendo
asistido al establecimiento educacional, se suspenden las clases del
establecimiento educacional completo por 14 días desde la fecha de inicio
de síntomas, en coordinación con la autoridad sanitaria.
d. Si un docente, asistente de la educación o miembro del equipo directivo
confirma caso con COVID-19, se suspenden las clases del establecimiento
educacional completo por 14 días desde la fecha de inicio de síntomas, en
coordinación con la autoridad sanitaria.
62
DISPOSICIONES ANEXAS AL REGLAMENTO
Las siguientes disposiciones se anexan como una medida de conocimiento respecto del
manejo dinámico de las conductas reactivas de los estudiantes frente a situaciones críticas.
SUGERENCIAS PARA EL MANEJO DE LA SALUD MENTAL DE NUESTR@S
NIÑ@S Y SUS FAMILIAS
La emergencia sanitaria que estamos viviendo ha provocado que millones de niños y niñas
no puedan asistir a la escuela, practicar deporte o realizar cualquier tipo de actividad.
Con las medidas de aislamiento, niños/as y adultos podrían presentar sentimientos de
vulnerabilidad, ansiedad, estrés, tristeza, irritabilidad, entre otros.
Es por eso que quisiéramos ofrecerles algunas sugerencias que pueden contribuir a mejorar
el malestar emocional para quienes están más tiempo en casa y tienen o no relación directa
con el virus.
RESPECTO AL MANEJO DE LA SITUACIÓN CON LOS NIÑOS/AS
Se recomienda conversar con frecuencia con niños y niñas, preguntando cómo se sienten y
cómo están viviendo estos cambios.
Es importante no minimizar o evitar las posibles preocupaciones que puedan tener. A su
vez, comprender sus sentimientos y tranquilizarlos, explicando que es natural sentirse
asustado.
Es necesario que comprendan que pueden hablar sobre el tema con ustedes. Los dibujos,
los cuentos u otras actividades pueden ayudar a iniciar una conversación.
RECOMENDACIONES IMPORTANTES
Mantener las rutinas y horarios habituales, como el ducharse, vestirse, no quedarse en
pijamas todo el día. El tiempo para el estudio, las tareas y otras actividades debe ser el
mismo todos los días, con espacios para descansar.
Regular el uso de las redes sociales, internet, celular.
63
Explicarles que no todas las informaciones son correctas. La exposición a gran cantidad de
imágenes e información puede ser confuso, creando una falsa situación de peligro, por lo
que hay que acudir a fuentes expertas en la materia.
Que los niños/as cuenten con la posibilidad de hablar acerca de sus miedos. Si el niño/ña
llora con facilidad o se encuentra más sensible que lo habitual acoja esos temores.
Recordarles que ustedes se preocupan, que están escuchando y disponibles siempre que se
sientan preocupados.
Un modo de afrontar el estrés es jugar con ellos y tranquilizarlos, tanto como sea posible,
especialmente antes de ir a dormir.
Dar seguridad. Si hay un brote de coronavirus en nuestro entorno, se les ha de recordar que
probablemente no se contagiaran, que un alto número de personas no sufren síntomas
graves y que hay muchas personas y expertos trabajando para mantenerlos a salvo.
Asimismo, se destaca la importancia de enseñar a los niños que la gente se ayuda
mutuamente con actos de generosidad. Es importante que los niños comprendan que los
hábitos saludables en esta situación son parte de estos actos, lo que les ayudará a entender
los cambio, limites y nuevas normas de comportamiento durante este tiempo.
Por lo tanto, no exponerse, ayudar a limpiar, es ser parte de un sistema de cuidado mutuo y
comunitario.
SI UD. ES ADULTO Y NO HA SIDO AFECTADO/A POR EL VIRUS
La ansiedad por la situación que vivimos se puede manifestar de varias formas:
nerviosismo, agitación, estado de alerta, no lograr pensar en otra cosa, necesidad de
informarse constantemente, dificultad para concentrarse en las tareas diarias, problemas
para dormir, conversaciones constantes con familiares y amigos monitoreando su estado de
salud o inconveniencia de salir de casa entre otros.
ANTE LOS SÍNTOMAS ANTES DESCRITOS, PROPONEMOS:
Cada vez que sea posible desviar nuestra atención hacia otro tipo de pensamiento (recuerde
que pensar todo el tiempo en el virus puede amplificar los síntomas y confundirlos).
Reconocer nuestras emociones y aceptarlas, “siento miedo de …, angustia por…y
compartirla con una persona cercana.
Evite estar conectado todo el tiempo con imágenes alarmistas o sobreinformación,
especialmente provenientes de redes con fuentes desconocidas.
A su vez comparta información por las redes que realmente sea auténtica, o útil a la
comunidad evitando generar más ansiedad en sus familiares o amigos.
64
Mantener una actitud optimista y objetiva, que le permita mantener la calma, para no
alimentarse del miedo de los demás. Actitud prudente, sin alarmar más de la cuenta.
Dedique tiempo a hacer cosas que le ayuden a relajarse y recuperarse.
Siga las instrucciones de autocuidado impartidas para la población, los especialistas en
epidemias saben más que nosotros.
Si ud ya cuenta con un problema de salud diagnosticado como crisis de pánico, trastorno
obsesivo compulsivo o depresión, trate de seguir las instrucciones recomendadas para su
cuadro y de ayudarse con la medicación indicada.
En caso de estar nervioso(a) o preocupado(a), tómese un tiempo para usted mismo(a) y
acérquese a otros familiares, amigos o personas de confianza en su comunidad.
IMPORTANCIA DE LA SALUD DE LOS ADULTOS:
RECUERDE QUE SI LOS ADULTOS ESTAMOS MEJOR:
SE REFLEJARÁ EN NUESTROS NIÑOS Y ADOLESCENTES. LA AYUDA A LOS
NIÑOS Y NIÑAS COMIENZA CON UNO MISMO.
En estas disposiciones anexas se incluirá algunas páginas y fonos de emergencias que
permitirán recurrir a algunas autoridades para prevención o denuncias de situaciones al
interior del hogar y que se podrían desencadenar en estados de emergencias. Que afecten a
la comunidad, familia e hijos en edad escolar.
CARABINEROS: 133
PDI: 134
FONO DROGA Y ALCOHOL: 1412
ORIENTACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS DE DENUNCIA Y TERAPIA
PSICOLÓGICA
800 22 0040 TODAS LAS REGIONES
S.O.S. ESCUCHA
SERVICIO DE APOYO PARA PERSONAS CON CRISIS DE ANGUSTIA Y
SOLEDAD
3352100 TODAS LAS REGIONES
65
DENUNCIA SEGURO.
Es una iniciativa de Gobierno que pone a disposición de las personas un número telefónico
(600 400 01 01), al cual la ciudadanía puede llamar para entregar información acerca de
delitos de los que haya sido testigo, dando a conocer datos relevantes sobre lugares y/o
personas involucradas en algún ilícito.
Existen una serie de números telefónicos que pueden resultar de ayuda si la gente
permanece en sus hogares mientras transcurre la emergencia sanitaria.
El gobierno habilitó un teléfono para atender todas las dudas e inquietudes de los chilenos
en torno a la enfermedad que gatilla el Covid-19 una vez que se aloja en el organismo, con
síntomas como fiebre por sobre los 38 grados Celsius, tos seca y dificultades para respirar.
NÚMERO TELEFÓNICO DE CONSULTAS
600 360 77 77 EL SITIO WWW.SALUDRESPONDE.CL
66
PLAN ANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
2020
I.- DIFUSIÓN Y EVALUACIÓN
Objetivos Acciones Responsable Periodo de
implementación
Metas Medios de verificación Recursos
-Fomentar el
conocimiento y la
comprensión de la
correcta aplicación del Reglamento interno y de
Convivencia.
Presentación del
Reglamento interno y de
Convivencia a
docentes en consejo de
profesores.
Coordinación de
Convivencia
Marzo-Abril 100% de los
profesores
asisten a
exposición del
Reglamento
interno y de
Convivencia
- Registro firma de asistencia a
exposición.
-Computador.
- Presentación del
Reglamento interno y de
Convivencia a estudiantes
en consejo de curso.
Profesor Jefe Marzo-Abril 100% de los
cursos de realizar revisión de
Reglamento
interno y de
Convivencia
durante
horario de
consejo de curso
en
primer mes de
clases.
-Registro en leccionario. -Computador.
67
- Presentación del
Reglamento interno y de
Convivencia a los
apoderados en reunión
de apoderados.
Profesor Jefe Marzo-Abril 100% de las
reuniones de
apoderados
revisan elementos
destacados del
Reglamento
interno y de
Convivencia.
- Registro de actividad en acta
de reunión de apoderados.
-Computador. -
Sistema de audio.
68
II.- INTERVENCIÓN
Objetivos Acciones Responsable Periodo de
implementación
Metas Medios de verificación Recursos
Fortalecer la sana
convivencia escolar entre
los integrantes de la
comunidad educativa.
-Celebración día de la
convivencia
escolar.
Coordinación de
Convivencia
Abril - Octubre 100% de
los cursos
participan de acto de
celebración de
la
Convivencia Escolar.
- Registro Fotográfico.
-Registro leccionario
-Insumo de oficina. -
Recurso humano.
-Realización de consejo
por nivel para evaluar
situación de convivencia
al interior de los cursos.
Coordinación de
Convivencia
Abril - Octubre 100% de las jefaturas
y equipos de apoyo
participan en
consejos.
-Acta de consejo de profesores.
-Insumo de oficina.
69
Talleres Formativos de
Clima Escolar:
-Derecho al Buen
Trato.
-Prevención de
violencia y maltrato
escolar. - Autocuidado. -
Resolución Pacífica de
Conflictos.
Psicólogo de
H.P.V
Abril -
Noviembre
100% de los
estamentos
participan de los
talleres de
resolución
pacífica de
conflictos.
-Acta de consejo de
profesores.
- Acta de reunión de
apoderados.
-Acta Equipo directivo.
-Acta de reunión de
Asistentes de la educación.
-Registro de leccionarios.
-Evaluación del taller.
-Insumo de oficina.
-Computador.
-Sistema de audio.
- Taller de estilos de
vida saludable prevención
en el consumo de alcohol
y drogas dirigido a
estudiantes y apoderados.
Cesfan Pte. Negro Mayo 100% de los cursos
participan del taller
de estilos de vida
saludable prevención
en el consumo de
alcohol y drogas.
-Registro de leccionarios.
-Acta de consejo de profesores (capacitación).
- Acta de reunión de
apoderados.
-Insumo de oficina.
-Computador.
-Sistema de audio.
70
Recreo dirigido
Campeona interno de baby
futbol
Inspectoría
Convivencia Escolar
Marzo-Diciembre -100% de los cursos
acceden a participar
en las actividades de
recreo dirigido.
-100% de los sectores
de patio, son
asignados a asistentes
de la educación, para
prevenir accidentes escolares.
Planificación anual de
recreo dirigido
Fotografías
Registro de
accidentes escolares Encuesta de satisfacción de
estudiantes
Implementos
deportivos Juegos
didácticos
Computador
Estímulos (premios,
medallas, galvanos)
Recurso Humano
71
Objetivos Acciones Responsable Periodo de
implementación
Metas Medios de
verificación
Recursos
Generar apoyo
inclusivo a los
estudiantes con dificultades
conductuales,
sociales y/o afectivas.
Sistema de
acompañamiento
Psicológico a
estudiantes.
a Psicólogo de
Convivencia
Marzo-Diciembre 100% de los
estudiantes
derivados son
atendidos por el área
de
psicología.
90% de los
apoderados de los
niños derivados
firman consentimiento
y reciben apoyo desde
psicología de
convivencia escolar.
-Fichas de derivación. -Resumen de atención
semestral. -
-Protocolo Sistema de
acompañamiento.
-Insumo de oficina.
-Recurso Humano.
-Test. -Libros
especializados.
-Sistema de
acompañamiento
Social a estudiantes.
Trabajador Social
Del Cesfan Pte Negro
Marzo-Diciembre 100% de los
estudiantes con
necesidades de apoyos
sociales y/o familiares
reciben apoyo.
-Ficha de derivación. -.
-Resumen de
atención semestral.
-Insumo de oficina.
-Recurso Humano.
72
Objetivos Acciones Responsable Periodo de
implementación
Metas Medios de verificación Recursos
Favorecer las buenas
conductas de los
estudiantes en
relación a
compromisos de
convivencia
adquiridos.
- Revisión de acuerdos
suscritos en cartas de
compromiso por conducta
de estudiantes de 4º a 8º
básico.
Coordinación de
Convivencia
Abril-Noviembre 60% de los
estudiantes con carta
de
compromiso suscritas
por comportamiento
son levantadas
debido a mejora
evidente de su
comportamiento.
Entrevista con
apoderado.
Entrevista con profesor jefe.
-Insumo de oficina.
73
III.- EVALUACIÓN
Objetivos Acciones Responsable Periodo de
implementación
Metas Medios de
verificación
Recursos
Fomentar la
participación de la
comunidad educativa
en la revisión del
Reglamento
interno y de
Convivencia.
- Revisión de medidas y
acciones establecidas en
Reglamento interno y de
Convivencia por parte de
los docentes del
establecimiento.
Coordinación
de Convivencia
Noviembre Diciembre 100% de los docentes del
establecimiento realizan
revisión de disposiciones
presentes en
Reglamento interno y de
Convivencia 2020.
- Acta de consejo de
profesores.
- Modificaciones en
Reglamento interno y
de Convivencia para
año 2021.
-Insumo de oficina.
- Revisión de medidas y
acciones establecidas en
Reglamento interno y de
Convivencia por parte de
las directivas de cursos de
4º a 8º básico.
Coordinación
de Convivencia
Noviembre Diciembre 100% de las
directivas de cursos de 4º a
8º básico realizan revisión
de disposiciones
presentes en
Reglamento interno y de
Convivencia 2020.
- Acta desarrollo de
actividad. -
Modificaciones en
Reglamento
interno y de
Convivencia para año
2021.
-Insumo de oficina.
74
- Revisión de medidas y
acciones establecidas en
Reglamento interno y de
Convivencia por parte del
centro de padres y
apoderados.
Coordinación
de Convivencia
Noviembre Diciembre 100% de las directivas del
centro de padres y
apoderados realizan
revisión de
disposiciones
presentes en
Reglamento interno y de
Convivencia 2020.
- Acta desarrollo de
actividad. -
Modificaciones en
Reglamento
interno y de
Convivencia para año
2021.
-Insumo de oficina.
Objetivos Acciones Responsable Periodo de
implementación
Metas Medios de verificación Recursos
Desarrollar la
conciencia de
participación en la
sana
convivencia.
-Aplicación de encuesta
de participación de la
sana convivencia.
Coordinación de
Convivencia
Diciembre 100% de los cursos
aplican encuesta de
participación de la
sana
convivencia.
-Publicación resultados
para
comunidad educativa. -
Encuesta.
-Registro leccionario
-Insumo de oficina.