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Revista JurídicaRevista Jurídica
EL FOROEL FORO
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l En cumplimiento con nues- tro Plan de Trabajo estamos in-
augurando la Revista el FORO, que contiene artículos de reco-
nocidos Colegas abogados, es- tamos seguros que el estudio y
preparación del artículo de sus autores serán de mucha utilidad
para los Abogados de todo el Perú.
Agradecemos a los autores de los artículos por su apoyo al Colegio,
Los Abogados realizamos una función interna en la defensa con
clientes, en su relación con los abogados y en la relación con los
Jueces y Miembros de las distintas Salas Jurisdiccionales; asimismo
realizamos una función externa en la relación con la sociedad civil
con nuestra Responsabilidad Social, primando el interés
público.
El Derecho tiene como valor fundamental la justicia, y los Abogados
pedimos y luchamos por la justicia de los ciuda- danos, la cual
debe ser oportuna, y solidaria.
La circulación de la Revista el Foro coincide con el III Congreso
Nacional de Abogados “Derecho y Justicia Global”, que reúne a 24
Juristas Extranjeros y Nacionales, siempre en la búsqueda de la
justicia y la paz social y el engrandecimiento de nuestro país.
Chiclayo 05 de Setiembre del 2014
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Revista JurídicaRevista Jurídica
EL FOROEL FORO
1. PUNTO DE PARTIDA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Cuando hablamos de
Seguridad So- cial hay un punto de partida ,ese pun- to de partida
tiene que ver con lo que la OIT llamó los riesgos sociales,y hoy se
denomina las contingencias socia- les ,en realidad desde que el
hombre aparece en la tierra siempre estuvo su- jeto a lo que se
llama la contingencia social, y desde un primer momento el hombre
se preocupó de cómo cubrirse frente a estas contingencias sociales,
Se dice que hay dos contingencias de las que nadie se libra que es
la enfer- medad( todos nos enfermamos aunque sea de un resfrio) y
obviamente de la muerte .Por lo que es necesario tratar lo
referente a la contingencia Social a su concepto y
clasificación
1.1. Contingencia Social NOCIÓN CONCEPTUAL La vida del hombre ha
sido descrita como fenómeno de interacción entre el ser humano y el
medio. El mundo del hombre transcurre tanto en el me- dio natural
como en el social y en el espiritual (Perpiñá Rodríguez); y su vida
se halla inserta dentro de un ám- bito al que Ortega y Gasset llamó
las circunstancias o mundo, y agregó que éste era el repertorio de
nuestras posi- bilidades vitales.
En el medio natural y en el social, las circunstancias son capaces
de afectar más directa y, diríase, cotidianamente a la existencia.
Aquí cabe ubicar a las contingencias de variada índole que amplían,
o disminuyen y aún eliminan
el repertorio de posibilidades de la vida concreta de cada
persona.
En general, cabe describir a aquéllas como las que aparejan una
‘‘diversi- dad de necesidades resultante de dis- tintas situaciones
en las cuales una persona puede ser privada de sus me- dios de
existencia o sufrir cargas parti- culares’’ (Netter).
Caracterizan a las contingencias socia- les tres notas distintivas:
su individua- lidad, en atención a la ‘‘situación de cada individuo
en concreto’’; la perso- nalidad, en tanto ‘‘afectan a la persona
sujeta a ellos y no a su patrimonio’’, y su naturaleza económica,
porque ‘‘generan un defecto o insuficiencia en los recursos
económicos personales’’ (Alonso Olea).
En suma, cabe considerar configurada una contingencia social, que
da lu- gar al amparo de la seguridad social, cuando tiene por
efecto que una per- sona o los miembros de su familia a su cargo, o
unos y otros (nota de indivi- dualidad), resultan desfavorablemente
afectados (nota de personalidad), en perjuicio de su nivel de vida,
a con- secuencia de un incremento en el con- sumo o de disminución
o supresión de los ingresos (nota económica).
En tanto se entienda el riesgo o con- tingencia como un ‘‘juicio de
probabi- lidad de verificación de determinados eventos, asume
relevancia jurídica en cuanto el ordenamiento, justamente en
consideración de su verificación,
regula las consecuencias’’ (Persiani). En el respectivo sistema
jurídico pre- visional, al verificarse dichos eventos, y derivar de
ellos una situación de ne- cesidad, legalmente es soportada por los
entes previsionales. Éstos están obligados a satisfacer las
prestaciones ,cuando se verifican dichos eventos (idem).
Conceptualmente que es una contin- gencia social ,diríamos que es
un he- cho incierto ,es un hecho futuro,que afecta la plenitud de
la de la estabili- dad mental y física de la personas,que afectan
sus recursos económicos,que afecta su estabilidad,de alguna mane-
ra diríamos social de poder gozar en la sociedad.
Entonces este concepto de lo que se llama la contingencia social ha
sido recogida por la OIT,en CONVENIO 102 que se conoce también como
la norma mínima de la Seguridad So- cial, cuando uno se preguntaba
a don- de debe dirigirse la Seguridad social. La OIT encontró en
este convenio el punto asidero que ha servido para el desarrollo de
la Seguridad Social, en primer lugar este convenio 102 nos señala
cuáles son esos riesgos sociales que hoy llamamos contingencias so-
ciales y nos dice,pues,indudablemen- te que cualquier sistema de
seguridad social ,que se organice en el mundo debe estar dirigido a
enfrentar estos problemas,que son : la enfermedad,la maternidad,la
vejez el accidente,,el desempleo,las cargas de familia,ese debe ser
el objetivo de cualquier siste-
VICTOR ANACLETO GUERRERO Doctor en derecho y ciencias
políticas.
Profesor de la Escuela de Postgrado - UNPRG. Autor del libro de
derecho laboral y Seguridad Social
LA SEGURIDAD SOCIAL
1 Doctor en Derecho, ,Coordinador de las Maestrías en Derecho y
Doctorado en Derecho y Ciencia Política en la Escuela de Post Grado
de la UNPRG,decano del Colegio de Abogados de Lambayeque 2 PODETTI,
Humberto A,Los riesgos sociales,en el libro Instituciones d Derecho
del Trabajo y de la Seguridad Social;univer- sidad Autónoma de
Mexico,1997,p,649,650 3 Organización Internacional del Trabajo
(1995)p,6 4 BRICEÑO RUIZ .Alberto,Derecho Mexicano de los seguros
sociales.editorial Harla ,segunda edición.Mexico,1992,p,15 5 RUIZ
MORENO,Angel Guillermo, Seguridad Socialpara migrantes y
trabajadores informales su eventual inclusión en el régimen
obligatorio del seguro social,univesiddad de Guadalajara
,2006,p,43
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ma de seguridad social.
Sobre las contingencias sociales mu- chos autores han hecho
clasificaciones al respecto : 1.1.1.. Clasificación de Dupeyroux.
También con relación a los efectos, Dupeyroux ofrece una
clasificación que considera separadamente los acontecimientos
relativos a la adquisi- ción de la renta y los relativos al em-
pleo de la renta.
Se tiene así la siguiente clasificación: a) Acontecimientos
relativos a la ad- quisición del ingreso (pérdida o reduc- ción del
ingreso profesional): (I) Físicos: De origen profesional: -
accidentes del trabajo, - enfermedad profesional. De origen no
profesional: - enfermedad, - maternidad, - invalidez, - vejez, -
muerte (sobrevivientes).
(II) Económicos: - Desempleo. b) Acontecimientos relativos al em-
pleo del ingreso (reducción del nivel de vida en razón de gastos
extraordi- narios): - Enfermedad (gastos médicos, para- médicos,
etcétera), - Cargas de familia.
1.1.2. Clasificación según el origen A. Clasificación de Aznar. Una
muy difundida clasificación, que ha gozado de mucho favor
doctrinario en España y fuera de ella, es la elaborada por Se-
verino Aznar: a) Contingencias de origen patológi- co: enfermedad,
- invalidez, acciden- tes del trabajo y enfermedades profe-
sionales.
b) Contingencias de origen biológico: - maternidad, - vejez, -
muerte.
c) Contingencias de origen económi- co-social: - paro forzoso, -
cargas familiares excesivas.
1.1.3 Clase de Contingencia sociales en General
Maternidad/nacimiento - Biológicas - Vejez - Muerte
Enfermedades - Inculpables - Patológicas
Económico - Cargas de familia
Sociales - Desempleo
2.CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Para comenzar nuestro sucinto aná-
lisis, diremos que la OIT ha ofrecido al mundo entero, en su
publicación Seguridad social: Guía de educación obrera, la sencilla
definición del con- cepto seguridad social que enseguida se
transcribe: A efectos de esta Guía, definiremos la “seguridad
social” como la protección que la sociedad proporciona a sus
miembros, median- te una serie de medidas públicas, con- tra las
privaciones económicas y so- ciales que, de no ser así,
ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos
por causa de enferme- dad, maternidad, accidente de traba-
jo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y
también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a
las familias con hijos”
La “seguridad social ,engloba un conjunto de medidas adoptadas por
la sociedad con el fin de garantizar a sus miembros,por medio de
una or- ganización apropiada,una protección suficiente contra
ciertos riesgos a los cuales se hallan expuestos. El adveni- miento
de esos riesgos entraña gastos imprevistos a los que el individuo
que dispone de recursos módicos no puede hacer frente por si
solo,ni por sus pro- pios medios, ni recurriendo a sus eco-
nomías,ni sientiédole tampoco posi- ble recurrir a la asistencia de
carácter privado de sus allegados” .(Conferen- cia de la OIT en
Filadelfia 1944)
“La seguridad social es el conjunto de instituciones,principios
,normas y disposiciones que protege a todos los elementos de la
sociedad contra cual- quier contingencia que pudiera sufrir y
permite la elevación humana en los aspectos
psicofísico,moral,económi- co,social y cultural”
El maestro Mexicano Angel Guiller- mo Ruiz Moreno,nos dice podemos
entender el Derecho de la Seguridad Social : “como el conjunto de
normas y principios creados por el Estado con la finalidad de
proteger las situaciones de necesidad de los individuos-in-
dependientemente de su vinculación profesional a un empresario y de
su contribución o no al sistema” De todo esto se infieren, de
entrada, varios caracteres importantes, a saber: 1. Se trata de un
sistema público, don- de el Estado está obligado a cubrir las
necesidades de los sujetos necesitados de protección.
6 NUGENT ,Ricardo,lam seguridad social: su historia y sus
fuentes;en el Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerr-
sidad Nacional Autónoma de Mexico 1997,p,603.604 7
NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus fuentes ,en el
Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerrsidad Nacional
Autónoma de Mexico 1997,p,603.604 8 ALCALA ZAMORA,Luis y CABANELLAS
,GuillermoTratdo de Política Laboral y social,Editorial Heliasta
,Buenos Aires ,1972 9 RENDÓN VÁSQUEZ ,Jorge,Derecho de la Seguridad
Social.cuarta edición,Editorial Grijley,Lima,2008,p,26,27 10 RENDÓN
VÁSQUEZ ,Jorge,Derecho de la Seguridad Social.cuarta
edición,Editorial Grijley,Lima,2008,p,27.28. 11
NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus fuentes ,en el
Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerrsidad Nacional
Autónoma de Mexico 1997,p.610
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2. Es de carácter solidario y, desde luego, es además mixto por las
pres- taciones en dinero y en especie que dispensa, al conjugar las
prestaciones contributivas con las no contributivas. 3. Su
finalidad consiste en cubrir las contingencias de vida que se mani-
fiestan en situaciones de necesidad, mediante el otorgamiento de
determi- nadas prestaciones en metálico y otras diversas plasmadas
en ley, en un in- tento de “unlversalizar” su ámbito de aplicación
a toda la población. 4. Finalmente, la protección de los sujetos se
da con independencia de su vinculación a un empleador —como en el
caso concreto de las sociedades cooperativas o los estudiantes de
nivel medio superior o superior del país—, lo que nos hace
plantearnos una pro- blemática que no es nueva y ha sido ya, al fin
reconocida: la plena autono- mía del Derecho de la Seguridad So-
cial respecto del Derecho del Trabajo. Para el autor la Seguridad
Social es la disciplina que se ocupa de la protec- ción de la
humanidad ante las diferen- tes contingencias sociales, a través de
prestaciones de salud ,prestaciones económicas y sociales .
3. FUNCIONES DE LA SEGURI- DAD SOCIAL Por lo menos cuatro funciones
cumple la seguridad social : a) La Principal función es la
protec-
ción del individuo.sin distinción de clase alguna,buscando su am-
paro frente a toda contingencia que ponga en riesgo su estabilidad
económica y social,cubriendo sus necesidades básicas en cualquier
momento en que éstas se vean al- teradas, y satisfacer necesidades
que van más allá de lo meramente material.
b) Función de contención social que busca la seguridad de toda la
so- ciedad a partir de la promoción de cada uno de sus integrantes
,recor- dando la idea de la OIT expresada en la declaración de
Filadelfia de que “la pobreza,en cualquier lu-
gar,constituye un peligro para la prosperidad de todos”
c) una Función Económica,por cuanto mejora la calidad de la fuerza
de trabajo,redistribuye la riqueza y aumenta las posibilidades de
con- sumo.
d) Una Función Política,de enorme importancia, promoviendo la de-
mocratización económica,la cohe- sión social, la estabilidad
política y, consecuentemente la paz social..
4.EVOLUCION DE LA SEGURI- DAD SOCIAL Paul Duran nos dice que la
seguridad Social ha pasado por tres etapas : Los procedimiento
indeferenciados (técnicas primaria de protección),Los Seguros
Sociales y la seguridad Social Ricardo Nugent nos dice ;La seguri-
dad social es el resultado de un largo proceso histórico derivado
del estado de inseguridad en que vive el hombre, desde los albores
de la humanidad. Para la leyenda judeo-cristiana ese es- tado de
inseguridad se inició cuando fue expulsado del paraíso terrenal, en
ejecución de la primera sentencia de que se tiene noticia:
Maldita sea la tierra por tu culpa. Con fatiga sacarás de ella tu
alimento por todos los días de tu vida. Espinas y cardos te dará, y
comerás la hierba del campo. Con el sudor de tu frente comerás el
pan hasta que vuelvas a la tierra, pues de ella fuiste sacado.
Porque eres polvo y al polvo volverás (Génesis,3:18-19).
4.1.LAS TECNICAS PRIMARIAS DE PROTECCION 4.1.1.EL AHORRO INDIVIDUAL
Como un medio de solventar necesi- dades futuras nace el ahorro
particu- lar;cuando una persona reserva parte de sus ingresos
ordinarios y renuncia a determinadas satisfacciones inme- diatas.
Que viene a sr sino la actitud del hombre por la cual pospone sus
necesidadedes presentes para prever un poco lo que ha de ser en el
futuro ,
el ahorro es en realidad,la caracterís- tica fundamental de sentido
común,de todo ho,mbre,toda persona cuando tie- ne dinero, lo
primero que dice tanto gano y tanto gasto,,tanto guardo casi es
diríamos una a posibilidad innata del ser humano, lo que pasa es
que el ahorro ,no nos cubre ni nos protege ,como nosotros
quisiéramos,el aho- rro tiene percance,en primer lugar ,el ahorro
se devalúa ,no podemos mante- ner el mismo valor de las cantidades
que se ahorran,por el costo de vida, que por lo general sube más
acelera- damente, y al final el ahorro pierde su sentido,pero de
todos maneras está está ahí, como un intento de lo que para
protegerse contra las contingen- cias. Sociales Dos obstáculos se
daban contra el ahorro individual : a) La exigüidad de los ingresos
,de la
mayor parte de la población,los tra- bajadores carecían totralmente
de capacidad de ahorro.
b) La inflación disminuía la capacidad de compras reservada en
forma de ahorro hasta hacerla desaparcere casi siempre .
Los salarios deprimidos de los trabajadoeres,los procesos infla-
cionarios e hiperinflacionarios pul- verizan el ahorro por el
deterioro inevitable de la moneda después viene
4.1.2.EL MUTUALISMO . El mutualismo fue otro de los sis- temas de
ayuda mutua, mediante la creación de asociaciones entre miem- bros
de determinadas colectividades, para asumir ciertos riesgos y
contin- gencias sociales, como la vejez, inva- lidez, enfermedad y
muerte, a través de las aportaciones de sus miembros. Eran
asociaciones típicamente previ- sionales. Funcionaron inicialmente
en forma oculta y subrepticia en los albo- res del siglo XIX,
cuando el derecho de asociación no existía y, al contrario, estaba
poscrito por la ley, hasta que a mediados de esa misma centuria
desa- parece la prohibición y pudieron tener existencia legal y
personería jurídica.
12 ENDÓN VÁSQUEZ ,Jorge,Derecho de la Seguridad Socia,ob cit,28 13
NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus fuentes ,en el
Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerrsidad Nacional
Autónoma de Mexico 1997,p,609.610 14 GARCIA MALDONADO
Octavio,Teoría y práctica de la Seguridad Social,Universidad de
Guadalajara,Mexico,2003,p,29 15 RODRIGUEZ MESA ,Rafael,Estudios
sobre seguridad social,segunda edición,Universidad del
Norte,colombia,2011p,18 16 RODRIGUEZ MESA ,Rafael,Estudios sobre
seguridad social,segunda edición,Universidad del
Norte,colombia,2011p,21
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Tales asociaciones organizadas, algu- nas de las cuales todavía
subsisten, agrupan a profesionales, magistrados, comerciantes,
artesanos y profesores. En el mutualismo está ausente el propósito
de lucro, inspirándose en el principio de la solidaridad, el cual
serviría de base y antecedentes de lo que hoy conocemos como
seguridad social.
Con el correr del tiempo y en el cur- so del siglo XIX, la
multiplicación de los riesgos y necesidades para la po- blación
trabajadora, condujo a que el Estado fijara su atención en ese mo-
vimiento y se delinearon los primeros planes de coordinación
pública, para superar los esquemas por demás li- mitados de la
mutualidad meramente individual y espontánea con la cual se alineó
la ruta de la seguridad social.8 No obstante, preciso es convenir
que el mutualismo tuvo un radio de acción limitado. Los aportantes
eran personas de escasos recursos económicos y, por consiguiente,
la cobertura de los ries- gos y contingencias, dada la parvedad de
las contribuciones, tenía que ser re- ducida. Además, las
asociaciones que se constituyeron eran de carácter vo- luntario, lo
que, obviamente, concre- taban, la ayuda a un reducido número de
afiliados .
Se conoce por mutualismo el movi- miento de cooperación social que
tien- de a la creación y fomento de las so- ciedades de ayuda o
socorro recíproco en lo profesional,en a industria,la agri-
cultura,los seguros y cuantas activida- des son objeto de
explotación lucrati- va por otros individuos o sociedades :pero no
consentido de competencia ,sino para suprimir o aminorar los gastos
o obtener un ahorro al prescin- dir de intermediarios y
comisionistas o colaborando desinteresadamente en la gestión.
El maestro Jorge Rendón Vásquez nos dice : “la mutualidad logró
abrir- se paso en las primeras décadas del
Siglo XIX,en su mayor parte clan- destinamente por la prohibicióna
los trabajadores de formar asociaciones ,impusta por la ley le
Chapelier de 1791 y generalizada en toda Europa .Las sociedades de
de socorros mu- tuos o mutuales organizadas por obre- ros y
artesanos para la prevención y la cobertura de los riesgos de
enefer- medad y muerte principalmente,se desarrollaron hacia
mediasdos de ese siglo cuando pudieron ganar cierta legalidad.Pero
esta técnica tropezaba con algunas dificultades: a) En primer
término,siendo los adhe-
rentes de las mutuales personas de recursos económicos pequeños,-
sus aportes individuales sólo al- canzaban para cubrir prestaciones
muy limitadas.
b) Es segundo término,la afiliación voluntaria reducía su radio de
ac- ción,sólo se integraban los trabaja- dores con mayor conciencia
social y los expuestos a los riesgos más frecuentes
c) Finalmente,por sr las mutuales so- ciedades aisladas,no podían
rease- gurar los riesgos,lo que aumentaba relativanmente la
magnitud de la cargas económica por prestación.
4.1.3. EL SEGURO PRIVADO El seguro privado se desarrollo sin ningún
obstáculo legal,pero sólo entre las personas de recursos económico
relativamente elevados.Está técnica permitía que las compañías
privadas de seguros abarcasen a una multitud de personas de
diferentes profesiones ,actividades económicas y lugares,- con la
posibilidad de cubrir más ries- gos que la mutualidad y de
practicar el reaseguro.Los procedimientos téc- nicos del seguro
Privado fueron utili- zados por los seguros sociales .
El seguro privado hace su aparición a fines del siglo XIX, como un
contra- to de derecho privado, con objeto de cubrir ciertos riesgos
y contingencias sociales, mediante el convenio de su propósito,
aleatorio y por consiguiente
de naturaleza mercantil, en virtud del cual, mediante el pago de
una prima estimada en función del riesgo asumi- do por la
aseguradora, ésta se obligaba al pago del capital del seguro, al
pro- ducirse el evento incierto y futuro ma- teria de la
convención.
El seguro privado, en el cual está au- sente el principio de la
solidaridad, tuvo su explicación en la insuficiencia de las
asociaciones de socorros mu- tuos, que por las razones que
anterior- mente se han relacionado, se encon- traron en la
imposibilidad de atender con la amplitud debida, los Riesgos y
contingencias sociales. El seguro pri- vado hizo posible incluir
dentro de sus alcances a numerosos grupos de per- sonas de
distintas actividades y cum- plir cabalmente con su cometido, uti-
lizando el reaseguro. Incluso muchas empresas recurrieron a este
contrato para asegurar a sus trabajadores contra los riesgos de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Aun cuando el
seguro privado estuvo y está muy lejos de solucionar los pro-
blemas derivados de los infortunios laborales y que, actualmente,
sólo re- curren a él personas que están en capa- cidad económica de
abonar las primas, es innegable que en su momento cons- tituyó un
antecedente de los se seguros sociales, los cuales asimilaron sus
téc- nicas y procedimientos.
4.1.4. LA ASISTENCIA PUBLICA asistencia social, orientada a
solucio- nar el problema de la indigencia,nació a consecuencia del
sistema del asala- riado, al producirse la primera Revo- lución
Industrial. Tuvo inicialmente su fundamento en la caridad y en la
bene- ficencia, con prestaciones que consti- tuían en esencia actos
de liberalidad,y, por consiguiente, no exigibles por los
beneficiarios. Fue la Iglesia católica la que, recogiendo la
enseñanza evangé- lica, propició entre sus miembros la llamada
caridad cristiana, inspirada en el mandamiento nuevo que impu- so
el rabí de Galilea: ‘‘Ámense unos
17 NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus,ob cit
,p,613.614 18 RODRIGUEZ MESA ,Rafael,Estudios sobre seguridad
social,,ob cit,p,31,32 19 PLA RODRIGUEZ, Américo,Ob cit,p 33 20 PLA
RODRIGUEZ,Américo, Ob cit,p,34 21 DE LA CUEVA, El Nuevo Derecho
Mexicano del Trabajo, cit., T. II, p. 506
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a otros, como los amo a Uds.’’ (Juan, 15:12), concordante con la
adverten- cia contenida en la frase lapidaria: ‘‘Es más fácil para
un camello pasar por el ojo de una aguja, que para un rico en- trar
en el Reino de los Cielos’’ (Mar- cos, 10:25). No fue ajena a la
caridad cristiana el valioso concurso de las órdenes religiosas,
que utilizaron su cuantioso patrimonio para solventar la asistencia
social privada.
En realidad, la asistencia social puede ser privada, cuando la
asumen institu- ciones de ese carácter; pública, si está a cargo
del Estado, y mixta, cuando las entidades filantrópicas son apoya-
das por el Estado.
En el curso del siglo pasado se exten- dieron en muchos países las
institucio- nes de asistencia pública, como hos- pitales, hospicios
y asilos de ancianos a cargo del Estado, para atender a los
menesterosos. El Estado asume esa responsabilidad no a título
gracioso o de caridad, sino como una obligación con los carentes de
medios económi- cos, como integrantes de la colectivi- dad.
A pesar de la importancia de la asis- tencia pública su gratuidad o
bajo costo para el beneficiario, daba lugar a una prestación
mínima, insuficien- te muchas veces para hacer frente a la
necesidad, y creaba un sentimien- to de dependencia y humillación
en quien acudía a ella. Para los médicos, la asistencia pública fue
un medio de poner en práctica sus conocimientos o de ensayar las
nuevas técnicas, que luego, ya comprobada su eficacia, aplicaban a
sus pacientes particulares. Durante todo el Siglo XIX se dieron
disposiciones sobre asistencia públi-
ca en numerosos Estados,que se ma- terializaron en hospitales de
cridad y en asilos de ancianos y de alienados mentales.su gartuidad
o o bajo costo para el beneficiario daba lugar a una prestación
mínimainsuficiente muchas veces para hacer frente a la necesida,y
creaba un sentimiento de dependencia y humillación en quien acudía
en ella .Para los médicos, la asistencia públi- ca en la que
prestaba servicios por la mañanas .casi siempre gratuitamente,- fue
un medio de poner en práctica sus conocimientos o de ansayar las
nuevas técnicas que luego,ya comprobada su eficacia,aplicada a us
pacientes parti- culares en sus consultorios
4.1.5. LA RESPONSABILIDA CI- VIL La responsabilidad de los riesgos
pro- fesionales. Hasta la aparición de la teoría del riesgo
profesional, el tra- bajador se encontraba completamente
desamparado frente a los infortunios laborales. En caso de un
accidente ocurrido en el trabajo o con ocasión directa a él, el
empleador se acogía a la teoría civilística de la culpa, exo-
nerándose de toda responsabilidad en tanto la víctima no acreditara
que el evento dañoso se había producido por culpa del empresario.
En tales cir- cunstancias, el trabajador, aparte de estar
imposibilitado en la mayoría de los casos de acreditar la culpa de
su principal, no estaba en condiciones económicas de seguir un
largo pro- ceso en la jurisdicción ordinaria.No varió la situación,
cuando evolucio- nando ese criterio, se estimó que era el empleador
quien debía probar que no tuvo culpa en el accidente; es decir, que
cuando se produjo el hecho sus- ceptible de ser indemnizado no
actuó con imprudencia o negligencia.
Ante esa realidad, se formula la teo- ría del riesgo, defendida en
Francia por Salleilles y Josserand (1897), a los que denominaron
sus adversarios ‘‘síndicos de la quiebra de la culpa’’, con el
propósito de amparar a los tra- bajadores víctimas de accidentes de
trabajo. Esta teoría constituyó un no- table avance para su época,
porque en lo sucesivo el empresario, que se be- neficiaba con los
resultados de la ne- gociación, debía asumir el riesgo del daño que
sufrían quienes estaban a su servicio, aun cuando no existiera cul-
pa del empresario.
Esta teoría fue el sustento de las leyes sobre accidentes de
trabajo, que se di- fundieron en el mundo entero. Los ordenamientos
legales sobre la materia demostraron que la teoría resultó
incompleta para amparar al trabajador porque sólo consideraba
dentro de su ámbito de aplicación personal a los laborantes de los
esta- blecimientos industriales en que se utilizaban máquinas que
potencial- mente pudieran crear un riesgo para el trabajador.
Estas carencias permitieron desarro- llar la teoría del riesgo de
autoridad, propiciada por Rouast y Givord, quie- nes consideraron
que el trabajador está colocado bajo la autoridad del patrón y que
en consecuencia, el accidente que sufre en esas condiciones, no
debe dejarse a cargo del obrero, por tratar- se de un accidente
sobrevenido en un servicio dirigido. La responsabilidad debe recaer
en aquel que ha dado la orden y no en el que la ha ejecutado,
concluyendo que la autoridad entraña la responsabilidad y en
consecuencia, la autoridad es la fuente del riesgo.
22 LASTRA LASTRA, José Manuel, Fundamentos de Derecho, Mc
Graw-Hill, México, 1994, p. 234. 23 APARICIO TOVAR,Joaquín,artículo
“ La Seguridad Social ,pieza esencial de la Democracia” en el Libro
“ la Seguridad Social a la luz de sus reformas” libro homenaje al
profesor Jose Vida Soria con motivo de su jubilación,Ob
cit,p,131,132 24 GORGI,Alicia Haydee,Manual de Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social,Parte I,ob cit,p,29 25 ETALA, Juan José,
Derecho de la Seguridad Social, Buenos Aires, 1966, p. 53. 26
ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO / CABANELLAS, Tratado de Política Laboral
y Social, cit., T. III, p. 401. 27 LASTRA LASTRA, Fundamentos de
Derecho, cit., pp. 234, 23 28 MARTÍ BUFILL, Carlos, Derecho de la
Seguridad Social, Madrid, 1964, p. 215. 29 ETALA, Derecho de la
Seguridad Social, cit., p. 50. 30 ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO /
CABANELLAS, Tratado de Política Laboral y Social, cit., T. III, p.
403. 31 LASTRA LASTRA, Fundamentos de Derecho, cit., p. 235 32
ETALA, Derecho de la Seguridad Social, cit., p. 53 33 RENDÓN
VÁSQUEZ, Derecho de la Seguridad Social, cit., p. 94. 34 FAJARDO,
Martín, Derecho de la Seguridad Social, cit., p.30
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8
Se trataba de una teoría mucho más amplia que la del riesgo
profesional, por cuanto la responsabilidad del em- presario se
extendía a todos los acci- dentes de trabajo, sin considerar que el
daño fue causado a consecuencia del uso de las máquinas. Se produce
el tránsito de la culpa por negligencia, imprudencia o impericia, a
la culpa in vigilando del empresario y, en todo caso, a la culpa in
eligiendo, para ha- cer recaer en él la responsabilidad por el
infortunio laboral. Aparece los Abogados saben aparece esta lucha
en Francia , en la doctrina Francesa del derecho Civil,cuando se
comienza hablar de las teorías de la responsabilidad extra
contractual,- cuando se quiere hacer reposar la responsabilidad de
una contingencia, en el autor que ha originado contin-
gencia,aparentemente esto parece una solución al problema, pero lo
que no se tuvo en cuenta ,que ha veces el que origina la
contingencia ha veces no tiene capacidad económica para responder
frente a esa contingencia ,entonces ahí encuentra una limita-
ción,pero obviamente dentro del cam- po de los trabajadores, si
floreció un concepto , del riesgo social que es una de las teoría
de responsabilidad civil ,que es lo que establece en realidad el
riesgo social,la responsabilidad de los empleadores en su centro de
tra- bajo,por el hecho de haber creado un elemento riesgoso,como es
el centro de trabajo,en estas circunstancias el ttrabajador no
tiene que areditar como se hizo el accidente dentro del centro de
trabajo,le bastará que el accidente haya sido producido dentro del
centro de trabajo para que el empleador res- ponda.Porque? Porque
es el dueño de un elemento centro riesgoso,como es el centro de
trabajo. De amanera que frente a esto el derecho Civil encontró una
solucion al tema de los accidentes de trabajo..
Pero definitivamente como ustedes comprenderán,estas normas,estos
me- canismos primarios de protección,no sirivieron para engranar Un
sistema de seguridad social adecuado
4.2.SEGURO SOCIAL A. Los seguros sociales se establecie- ron para
resolver los problemas que los sistemas iniciales de previsión
dejaron pendientes de solución. Correspondió a Alemania iniciar la
segunda etapa de la evolución histórica de la seguridad social. Fue
obra de Bismark, quien presentó al Parlamento un proyecto de seguro
obligatorio contra acciden- tes y enfermedades, que alcanzó con-
sagración legislativa el 15 de julio de 1883, para proteger a los
trabajadores de la industria en forma obligatoria, contra el riesgo
de enfermedad y la contingencia de la maternidad; con prestaciones
por un máximo de trece semanas, mediante el pago de cotiza- ciones
abonadas en la proporción de dos terceras partes por los trabajado-
res y una tercera por los empresarios. Este sistema se hizo
extensivo a los trabajadores de la agricultura y de los transportes
por las leyes de 5 de mayo de 1886 y de 10 de abril de 1892, res-
pectivamente.
El proyecto del Canciller de hierro, sobre seguro contra accidentes
de tra- bajo, fue impugnado en su momento por el Reichtag, por
considerar que no era posible su financiación parcial por los
trabajadores, dado que el riesgo lo producían los empleadores y que
por consiguiente ellos debían aportar las cotizaciones
correspondientes, sin el concurso de los trabajadores, cuyos
salarios se verían afectados por esos desembolsos. Finalmente, en
1884 se aprueba el seguro contra accidentes de trabajo,
disponiéndose que su finan- ciación sería a cargo exclusivo de los
empresarios.
A estos antecedentes legislativos si- guió la Ley del Seguro de
Vejez e In- validez (1889), hasta que en 1901 se promulga el Código
de Seguros Socia- les, único en su género.
Debemos señalar que el avance legis- lativo alemán se inició con la
finalidad de apaciguar al agitación reinante en el movimiento
obrero, hasta entonces totalmente abandonado por el Estado en
cuanto a normas de previsión so-
cial. La administración del seguro de salud y maternidad estuvo a
cargo de las cajas de ayuda mutua; la de acci- dentes de trabajo, a
las asociaciones de empleadores y la de seguro de pen- siones, a
las autoridades provinciales, en las cuales estaban representados
tanto el Estado, como los empleadores y los trabajadores.
Los seguros sociales establecidos en Alemania constituyeron la
fuente ins- piradora de los seguros sociales que se implantarían a
fines del siglo XIX y principios del XX, hasta la aparición de la
seguridad social Octavio García Maldonado sobre el Seguro social de
Bismarck”,el mariscal de hierro” Otto von Bismark,ministro del Rey
de Pru- sia,fue el creador de la estrategia del control
proletario,expidiendo leyes de excepción social.todo esto a raiz de
la miseria del proletariado surgida por el desarrollo
industrial.
Expide leyes de cuestiones de traba- jo,las cuales tienen relación
con la se- guridad social: - En 1883 decreta el régimen de
del
seguro de enfermedades para todos los obreros industriales.2/3 de
la Cotización a cargo del empresario y 1/3 del
trabajador.Prestaciones asistenciales médicas y subsidio del 50%
del salario.Basicamente esta ley cubrió los reisgos de ECM(en-
fermedad común y maternidad).
- 1884 decreta un régimen del seguro de accidentes del Trabajo.en
esta ley se consagra por primera vez en en forma coherente la
teoría de la responsabilidad objetiva patronal en la ocurrencia de
los accidentes de trabajo.La cotización quedó íntegra- mente a
cargo de las empresas.
- En 1889,regula el seguro de regula el seguro de vejez e
invalidez
En 1850 Francia,promulgó la `prime- ra ley de Seguro de
Enfermedades
En 1907 Inglaterra promulgó na lñey de accidentes de trabajo,en
1911 se promulgó el código federal de seguri- dad social.
35 AMEGLIO,Eduardo J ,El Derecho de la Seguridad Social función
publica o privada? Profesor de la Facultad de Derecho de la
Universidad de la República Oriental delUruguay.
R E V I S T A J U R I D I C A R E V I S T A J U R I D I C A
9
Los seguros alemanes tuvieron las siguientes características : -
Cubrieron a los trabajadores asala-
riados de menores ingresos ,quienes fueron incorporados `por grupo
pro- fesio0nales.
Estuvieron a cargo de cajas adn¡mi- nistradas por representantes de
los empleadores, trabajadores y el Esta- do.
- La afiliación fue obligatoria - Sólo protegían contra algunos
ries-
gos - El finaciamiento se basaba en apor-
taciones equivalentes, a Porcentajes - Las técnicas empleadas
tenían su su
origen en las técnicas primerias de protección,particularmente las
de seguro privado y de mutualismo.
4.3.SEGURIDAD SOCIAL 4.3.1.SISTEMA SOVIETICO DE SEGURIDAD SOCIAL La
seguridad social fue conceptuada como un sistema de protección
inte- gral de toda la población contra los riesgos sociales. En
Noviembre de 1917,inmediatamente después de la revolución rusa se
dieron los prime- ros decretos instituyendo un conjunto des egusros
sociales para toda la po- blación,contra los riesgos de enferme-
dad,maternidad,invalidez,vejez,viu- dez,orfandad ,desempleo.
4.3.2. LEY DE SEGURIDAD SO- CIAL DE LOS ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA
Fue en estados Unidos donde se uti- lizó por primera vez la
expresión •se- guridad social” en un sentido moderno del término,
Como consecuencia de la gran depresión de 1929,el presidente
Roosvelt emprendió una abierta polí- tica intervencionista en
materia eco- nómica social,dándole por ejemplo,. cobertura al
riesgo de desempleo. La social security act del 14 de Agosto de
1935 fue promulgada durante el pri- mer gobierno del presidente
Franklin Delano Roosvelt.Guillermo Caba- nellas sintetiza así sus
principales lí- nea,ientos ; 1º) Requerimientos a los diversos es-
tados federados para que incluyan en las legislaciones respectivas
un siste- ma de asistencia y de retiros o pensio- nes a la vejez,
,con otorgamientos de subsidios para
contribuir a tal finalidad; 2º Ayuda a las familias numerosas,con
institución de subsidios; 3º Protección para las madres viudas que
trabajen y cuyos hijos sean meno- res 4º) Protección a los ciegos
En 1939,se modificó la social security act,y se estableció el
seguro de muer- te. En 1950 se amplió la cobertura de la Ley de los
trabajadores rurales,los independientes y los del servicio do-
méstico .
4.3.3. LA LEY DE NUEVA ZELAN- DA La Ley del 14 de Setiembre de 1938
instauró en Nueva Zelanda en sistema de seguridad social muy
novedosos y sin mucha relación con el resto de los sistemas de
Seguridad Social que existían en ese momento sus principa- les
características son : a) Los seguros sociales no se fina-
cian por medio de las cotizaciones obrero-patronales sino mediante
impuestos,que posteriormente fu- reon modificados en la gestión del
sistema fiscal.
b) Comptrende un una cobertura ge- neral de riesgos,incluída la
repara- ción de daños de guerra causados al personal civil.Bajo el
concepto de “Emergency” quedan cobijados to- dos los riesgos que no
estén expre- samente contemplados en la ley.” Jorge Rendon Vásquez
refiriéndose a la Ley de Nueva Zelanda de 1938, nos dice :“Este
sistema se basa en dos ideas básicas 1) Traslada el ob- jetivo de
la protección,del trabaja- dor a toda la sociedad,ampliando para
ello el concepto de asistencia pública; y 2) presupone que toda la
colectividad goza de un crédito ali- mentario que cada persona
puede invocar cuando sus ingresos bajan de cierto límite,es decir
cuando hay una condición de indigencia
4.3.4. El PLAN BEVERIDGE EN GRAN BRETAÑA El 10 de Junio de 1941,el
Ministro sin cartera encargado de los problemas de la
reconstrucción,Arthur Greenwood anunció en la Cámara de los Comu-
nes el nombramiento de un CVomite Interministerial,cuya presidencia
fue confiada a sir Willian Beveridge opara
emprender un estudio de los esquemas nacionales existentes de
seguro social y servicios afines y formular recomen- daciones.Pero
en Junio de 1942,el Go- bierno hizo saber a Willian Beveridge que
había topmado la decisión que el informe fuera hecho exclusivamen-
te por él.Para no comprometer a los ministerios en los puntos de
vista y recomendaciones sobre cuestiones de política que
necesaiamente debían tra- tarse. Willian Beveridge presnetó su
informe el 20 de Noviembre de 1942 bajo el titulo de 2Social
insurance and allied services2(seguro social y servi- cios afines)
haciéndolo público al mis- mo tiempo.En tres horas se vendieron
70,000 ejemplares.Sabía que si no apelaba al interés de la
población su informe sería tal vez minimizado y encarpetado por el
partido conserva- dor a la sazon en el gobierno.
Wilian presento su informe el 20 de noviembre de de 1942 ,titulado
:social insurance an allied services(seguro social y servicios
afines) y en 1944 ,emplyment in a free society(pleno empleo en una
sociedad libre) El primer informe determinó la reor- denación del
sistema buscando dar seguridad al individuo” desde la cuna hasta la
muerte lo que se conseguiría a través de la lucha contra los cionco
gigantes causantes de los males socia- les : -La indigencia -las
enfermedades -la ignorancia -la suciedad -La ociosidad Para
remediar el problema Beveridge propuso : . Unificación de los
seguros sociales con cotización uniforme para todos los asegurados
y amplio erspaldo a los presupuestos generales para asegurar el
finaciamiento.A su vez el manejo de fondos y el control de los
mismos estaría asegurado por un agestión cen- tralizada dependiente
de un ministerio especial. Universalización de la protección so-
cial a todos los ciudadanos y en al- gunos modelos más avanzados a
todos los habitantes . -Protección igualitaria sin tener en cuenta
si el infortunio fue profesional o no,o el nivel de ingreso del
traba-
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10
jador, al contrario de los modelos an- teriores que en muchos casos
otorga- ban prestaciones según el nivel de los aportes efectuados
prev iamente . Dice Ricardo Nuggent También con- tribuyó a la
difusión de la expresión ‘‘seguridad social’’ y a estructurar un
sistema mucho más avanzado sobre sus alcances y conte- nido, el
economista inglés sir William Beveridge, en su famoso informe
Social Insurance and Allied Service, hecho público el 20 de
noviembre de 1942, que señalaba aquí se utiliza el término
seguridad social para indicar la seguridad de que unos ingresos
reemplazarán a las ganancias cuando éstas hayan sido interrumpidas
por el desempleo, la enfermedad o el accidente, proveerán para el
retiro ocasionado por la edad, proveerán contra la pérdida de
sostén material debido a la muerte de otra persona y harán fren- te
a los gastos excepcionales, como los que están relacionados con el
na- cimiento, la muerte o el matrimonio. Seguridad social significa
primordial- mente la seguridad de los ingresos hasta un mínimo,
pero la provisión de unos ingresos debe estar asociada con el
tratamiento destinado a hacer que la interrupción de las ganancias
tenga el final más rápidoposible.
Agrega Beveridge en el referido infor- me, que no se puede plantear
ningún sistema de seguridad social satisfac- torio sin los tres
supuestos siguientes: a) asignaciones por hijos hasta la edad de 15
años o hasta los 16 si están en una educación a tiempo completo; b)
servicio de salud y rehabilitación universales, la cura de la
enferme- dad y la restauración de la capacidad de trabajo,
disponibles para todos los miembros de la comunidad; c) mante-
nimiento del empleo y evitar el des- empleo masivo. Basándose en
esos supuestos combina tres métodos distintos: seguro social para
necesidades básicas; asistencia nacional para los casos especiales
y seguro voluntario para las adiciones a las provisiones básicas. Y
como prin- cipios del seguro social señala los si- guientes: a)
tipo fijo de prestación de subsistencia; b) tipo fijo de
cotización; c) unificación de la responsabilidad
administrativa, y d) clasificación, tér- mino que utiliza para
indicar el ajuste del seguro a las distintas circunstancias de cada
una de las clases de personas, según sus in- gresos y
ocupaciones.
Beveridge elaboró un plan para com- batir la indigencia, la
enfermedad, la ignorancia, la suciedad y la ociosidad, que son los
cinco gigantes que impi- den la reconstrucción de los Estados, que
resultó el más completo de los hasta entonces formulados, señalan-
do que se proponía llevar a la práctica los principios proclamados
en la Car- ta del Atlántico. Para este efecto hizo un estudio
minucioso de los distintos seguros y organismos existentes en
Inglaterra, integrando un sistema que estaría formado por: a) el
seguro na- cional, de amparo a la enfermedad, maternidad,
invalidez, vejez y muerte; b) los seguros de accidentes de traba-
jo y enfermedades profesionales; c) el Servicio Nacional de Salud;
d) el régimen de asignaciones familiares, y e) régimen de
asistencia nacional para personas menesterosas que no están
aseguradas y por consiguiente no aportan suma alguna. Las
recomendaciones del informe, dadas las circunstancias que vivía el
país, fueron acogidas por el gobierno, y desde el 15 de junio de
1945 se em- pezaron a promulgar las leyes protec- toras que en el
mencionado informe se sugerían. El informe tuvo favorable
repercusión, no obstante que para entonces, tanto a nivel
constitucional como legislativo, se habían establecido regímenes de
seguros sociales y de seguridad social. Lo cierto es que el ejemplo
se exten- dió rápidamente, mediante la difusión de planes y
programas de los diversos organismos internacionales.
4.3.5 LA DECLARACION DE FI- LADELFIA E. No menos importante en
orden a la evolución de la seguridad social fue la Declaración de
Filadelfia, aprobada por la Conferencia Internacional del Trabajo
en la reunión de 10 de mayo de 1944, que convocó a los Estados
miembros, para adecuar los planes y programas de la organización a
las nuevas exigencias sociales que se ha-
bían producido en el mundo, y a se- ñalar los principios
informadores de la acción política de sus integrantes. En la
declaración se proclama que es obligación suprema de la de la Or-
ganización Internacional del Trabajo (OIT) crear programas que
permitan lograr la plenitud de empleo y la ele- vación de los
niveles de vida; asegurar un salario mínimo para todos los que
trabajen y necesiten de tal protección; -la extensión de medidasde
seguridad social, inclusive la asistencia médica completa; la
protección de la infancia y de la maternidad, y un nivel adecua- do
de alimentación,de vivienda y de medios de recreación y cultura
.
4.3.6. DECLARACION UNIVER- SAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Sobre la
base de los antecedentes ci- tados y dando satisfacción al clamor
libertario despertado en todo el mundo y luego de la victoria sobre
el facismo y Nacismo,la Asamblea General de la Naciones Unidas
aprobó y procla- mó,el 10 de Diciembre de 1948,la de- claración
Universal de Derechos Hu- manos ,en la cual se consagraron,entre
otros,el Derecho a l Seguridad Social en los términos siguientes :
Artículo 22º.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene
derecho a la seguridad social y a obtener me- diante el esfuerzo
nacional y la coope- ración internacional, habida cuenta de la
organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales,in- dispensables a su
dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 25 . 1.Toda persona tiene de- recho a un nivel de vida
adecuado, que le asegure a sí como a su familia, la salud y el
bienestar y, en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda,
la asistencia médica y los servicios so- ciales necesarios; tiene
asimismo, de- recho a los seguros en caso de desem- pleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de
los medios de subsistencia, por circunstancias independientes de su
voluntad, 2 la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados
de asistencia espe-
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ciales. Todos los niños nacidos en ma- trimonio o fuera de él,
tienen derecho a igual protección social.
4.3.7 NORMA MINIMA DE LA OIT La 35ª Conferencia General de la OIT
celebrada en Ginebra en Junio de 1952,expidió el convenio 102 so-
bre Norma Mínima de Seguridad So- cial a ser aplicada tanto en los
países desarrollados industrialmente como en los países en vías de
desarrollo. El convenio 102 establece que el Estado que lo
ratifique se obligan a cumplir por lo menos tres riesgos
considerados importantes Rafael Rodriguez Mesa El convenio en
análisis establece las siguientes prestaciones
1º) Asistencia médica de carácter pre- ventivo y curativo,que
deberá com- prender todo estado mórbido cualquie- ra que fuese su
causa,el embarazo, el parto y sus consecuencias.En caso de estado
mórbido,las prestacioens con- sagradas por el convenio son: - La
asistencia médica general - La asistencia por especialidades - El
suministro de productos farma- céuticos esenciales - La
hospitalización En caso de ambarazo ,parto y sus con- secuencias :
.La asistencia prenatal,la asistencia durante el parto y la
asistencia puerpe- ral. la hospitalización 2º) Prestaciones
monetarias de enfer- medad.La contingencia cubiert deberá
comprender la incapacidad para traba- jar ,resultante de un estado
mórbido,- que entrañe la suspensi´on de ganan- cias . 3º)
Prestaciones por desempleo. La contingencia cubierta deberá com-
prender la suspensión de ganancias,o- casionadas por la
imposibilidad de una persona apta para trabajar y dis- ponib le
para el trabajo,de obtener un empleo conveniente . 4º) Prestaciones
de vejez. La contin- gencia cubierta será la superviven- cia más
allá de una edad prescrita.La prestación consistirá en un pago pe-
riódico. 5º) Prestaciones en caso de accidentes de trabajo y de
enfermedad profesio- nal Las contingencias cubiertas deberán
comprender las siguientes ; . Estado mórbido . Incapacidad para
trabajar que resulte de un estdo mórbido y entrañe la sus- pensión
de ganacias . .Pérdida total de la capacidad para ga- nar o pérdida
parcial que exceda de un grado prescrito,cuando sea probable que
dicha pérdida total o parcial sea permanente o disminución
correspon- diente da las facultades físicas. .Pérdida de medios de
existencia su- frida por la viuda o los hijos como consecuencias de
la muerte del sostén de la familia . 6º) Prestaciones familiares.La
contin- gencia cubierta será la de tener hijos a cargo en las
condiciones que prescri- ban por la legislación nacional corres-
pondiente. 7º Prestaciones de Invalidez. La con- tingencia cubierta
deberá comprender la ineptitud para ejercer una actividad
profesional,en un grado prescrito,- cuando sea probable que esta
ineptitud sea permanente o cuando la misma subsista después de
cesar las presta- ciones monetarias de enfermedad.. La prestación
deberá consistir enn un pago periódico. 8º) Prestaciones de
Sobrevivientes .La contingencia cubierta deberá com- prender la
pérdida de medios de exis- tencia sufrida por la viuda o los hijos
como consecuencia de la muerte del sostén de la familia .
5.PRINCIPIOS DE LA SEGURI- DAD SOCIAL DEFINICION El maestro Américo
Plá Rodriguez nos dice : “ los principios pueden de- finirse como
las líneas directrices que informan algunas normas e inspiran
directa o indirectamente una serie de soluciones por lo que pueden
servir para promover y encausar la aproba- ción de nuevas
normas,orientar la in- terpretación de las existentes y resol- ver
los casos no previstos” Los principios del Derecho cumplen una
triple función a) Informadora : inspiran al legislador sirviendo
como fundamento del orde- namiento jurídico b) Normativa ; actúan
como fuente supletoria en caso de ausencia de la ley.Son medios de
integrar el derecho. c) Interpretadora: operan como crite-
rio orientador del juez o del interprete. o;normativa o
integrativa,al actuar como fuente supletoria ante el vacío o la
laguna legal;e interpretativa,al ope- rar como criterio orientador
del juez o del intérprete.
5.1. PRINCIPIO DE UNIVERSA- LIDAD Por este principio se considera
el ac- ceso de la Seguridad Social de todos los miembros de la
comunidad, sin distingos ni limitaciones que excluyan a
determinados integrantes del grupo social, por el contrario, le
hizo frente a la necesidad con la pretensión de “cu- brir o amparar
a todos los hombres, sin hacer distingos.” ) Debe existir un
tratamiento igual a to- dos los sujetos protegidos por la Segu-
ridad Social. Dentro del Principio de Universalidad podemos
destacar :
5.1.1.Principio de Universalidad Subjetiva. Consiste en el
postulado de que todos los individuos, sin distinción alguna, deben
integrar el sistema, contribu- yendo a su sostenimiento y quedan-
do amparados para el caso de que les sobrevenga cualquiera de las
contin- gencias previstas. Define el ámbito subjetivo de cobertura
de la seguri- dad social de la manera más amplia: la totalidad del
universo considerado queda comprendido en su órbita de influencia.
Generalmente ese universo es toda la población del país. El
principio puede admitir suspensio- nes transitorias o topes máximos
en el goce de determinados beneficios pero no la exclusión del
sistema. Se ha planteado la discusión sobre si las prestaciones
deben cumplirse tam- bién frente a aquellas personas que tienen
medios de subsistencia sufi- cientes, y aún altos, o si deben limi-
tarse a quienes no pueden soportar por sí mismos la contingencia
predomi- nando la tendencia a la universalidad. (Grzetich, 1998,
11). Paul Durand explica las causas que llevan a la consolidación
de este prin- cipio: • De orden social: no solo los traba-
jadores asalariados pueden carecer de recursos en determinados mo-
mentos, sino cualquier persona, in-
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12
dependientemente de su posición económica o social;
• De orden económico: la inflación y las guerras han demostrado que
per- sonas con grandes fortunas pueden caer en la indigencia;
• De orden técnico: es difícil aislar conjuntos de individuos
homogé- neos (dentro de los trabajadores in- dependientes pueden
haber personas de altos ingresos junto a otros con ingresos apenas
de subsistencia) y la migración de la calidad de indepen- diente a
la de asalariado o la inversa, plantearía el problema de los dere-
chos adquiridos anteriormente
• El espíritu que inspira la política de seguridad social hace
necesaria su generalización.
La universalidad no impide que dentro del sistema se planteen sub-
sistemas o estatutos especiales en función de que diferentes
núcleos de personas tienen una vinculación directa con algunos
riesgos que son particulares. Todas las personas es- tán expuestas
a la enfermedad o la vejez en cambio es diferente la vin- culación
de cada núcleo frente al desempleo y a determinadas enfer- medades
o accidentes.
Pero estas particularidades si bien pueden derivar en estatutos
especia- les no deberían configurar subsiste- mas aislados dentro
del conjunto ya que de lo contrario habría subsiste- mas que
podrían financiarse sin difi- cultades y otros que no subsistirían.
Puede observarse claramente la vin- culación entre los principios
de Uni- versalidad y Solidaridad. (Grzetich, 1998, 13).
5.1.2.Principio de Universalidad Objetiva o Totalidad. Implica que
la seguridad social debe cubrir todas las contingencias que en-
frentan al ser humano a desequilibrios en sus ingresos o en sus
gastos.
Es decir, el objeto de la seguridad so- cial es la eliminación de
eventuales daños, de alteraciones desfavorables para el equilibrio
entre las necesida- des de una persona o su familia y los medios
para satisfacerlas, determina- da por la verificación de una
contin- gencia.
5.2.PRINCIPIO DE SOLIDARI- DAD La solidaridad impone sacrificios a
los jóvenes respecto a los viejos; a los sa- nos, ante los
enfermos; a los ocupados frente a los que carecen de empleo; a los
vivientes con relación de la familia de los fallecidos. La
solidaridad implica postulados fun- damentales, como son la
libertad del individuo y la dignidad del hombre, y debe practicarse
como “adhesión per- sonal y responsable a las necesidades ajenas.”
Por este principio, frente a las con- tingencias sociales, existe
solidaridad de la comunidad; unos responden por otros, existe la
colaboración. Joaquín Aparicio Tovar respecto a la Solidaridad
sostiene : “ La solidaridad no es una proclama- ción demagógica o
propagandística. Es ante todo “ la expresión de un eje fundamental
de la convivencia políti- ca basada en un gran pacto social cuyo
cumplimento desde luego, solo puede ser garantizado por el Estado “
Ese gran pacto social se formaliza en el texto constitucional y se
expresa, entre otras formulas, en la adopción de la forma del
Estado Social y Democrá- tico de derecho y en la opción a favor de
la Seguridad Social, como ya se ha dicho, Es también una forma de
legiti- mación del Estado en una comunidad determinada, porque la
pertenencia de los individuos a esa organización polí- tica regida
por el Estado no es volun- taria, por lo que la vinculación forzada
necesita alguna clase de justificación, que en importante medida se
consigue al alcanzar un cierto grado de paz so- cial, solo dado
cuando se compensan a través de la Seguridad Social algunas de las
desigualdades producidas por la libertad económica, Es por esto que
la Seguridad Social tiene que operar sa- cando del mercado la
satisfacción de algunas necesidades vitales para los individuos.
Por otro lado los vínculos solidarios que se ponen en marcha con el
sistema de Seguridad Social refuer- zan en el sentido de
pertenencia y de identidad de esa misma comunidad política, de ahí
que la Seguridad So- cial sea coextensa con el ámbito sobre el que
el Estado ejerce la soberanía.
Alicia Haydee Giorgi nos indica res-
pecto a la Solidaridad: “tiene varios aspectos,por una parte el
ánimo de concurrir a paliar la actuación de indi- gencia que puede
afectar a cualquiera de los integrantes del grupo, pero no
solamente es un rasgo de generosidad, debe existir además; un
riesgo común o la posibilidad de ocurrencia del he- cho dañoso
previsto, confianza en los medios utilizados y contribución eco-
nómica obligatoria consecuente. La formación del fondo necesario
para atender a las contingencias,puede es- tablecerse con un
sistema de cotiza- ción, individualizando el monto y des- tino de
la retención,cargas sociales, o en forma anónima y generalizada,
aportes de rentas generales. En ambos casos deben seguirse los
principios de justicia en la tributación y de justicia social en la
distribución. La solidari- dad, fue el fundamento de las mutua- les
y lo es también de la Seguridad Social, el apoyo mancomunado de un
sujeto ampliado, todo el cuerpo social nacional.
5.3. PRINCIPIO DE SUBSIDIA- RIEDAD En mayor o en menor medida, los
integrantes de la sociedad somos be- neficiarios de la cooperación
ajena. Cada cual debe tomar por sí las pro- videncias necesarias
para solucionar sus problemas; y únicamente cuando no pueda
resolverlos por sí sólo, recu- rrirá a los beneficios que le otorga
la seguridad social, sin dejar de cumplir obligatoriamente con los
aportes.
Así pues, ante la imposibilidad o insu- ficiencia surge la
necesidad de que los demás colaboren; a esto le denomina- mos
subsidiariedad.
La subsidiariedad se desintegra en tres funciones: a) Subsidiaridad
estricta, que se con- creta en que lo factible por una entidad
menor no debe efectuarlo una mayor, por deber reservarse ésta para
circuns- tancias de mayor amplitud y gravedad; b) La supletoria, en
virtud de la cual las agrupaciones mayores han de auxi- liar a las
menores, para un mejor des- empeño y para aportar lo que no esté al
alcance de éstas últimas; c) La coordinadora, que asigna a los
núcleos sociales mayores la planifica-
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ción general de sectores más reduci- dos y la conciliación de las
acciones respectivas, para evitar superposicio- nes o
abandonos.
5.4. PRINCIPIO DE IGUALDAD Según este principio, la idea de la Se-
guridad Social consiste en que: “don- de se presente la misma
necesidad cualquiera que sea la causa que la ori- gine, deben
otorgarse las mismas pres- taciones para cubrirla, o con mayor
brevedad, identidad de prestaciones, en efectivo y en especie, para
necesi- dades iguales”.
Para no caer en el equívoco de una igualdad indiscriminada, según
Ma- rio de la Cueva, conviene considerar algunas cuestiones: a)
todos los hom- bres en estado de necesidad deberán recibir el mismo
tratamiento hospita- lario y médico, porque ante el proble- ma de
una enfermedad y la muerte, la igualdad no admite reflexiones; b)
las prestaciones en efectivo tendrán que darse a cada quién de
acuerdo con el nivel de vida que conducía; c) debe preverse la
fijación de un límite para no confundir la necesidad con ambi- ción
de lujo. (26)
Por este principio, debe existir trata- miento igual en iguales
circunstancias de los sujetos protegidos. Este princi- pio se
conecta con el principio de uni- versalidad para no dejar a nadie
en el desamparo.
5.5. PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD Para Carlos Martí Bufill, el
principio de integralidad es aquel “por el cual se debe a las
personas protegidas por los seguros sociales todo lo necesario para
lograr la cobertura de los infor- tunios y necesidades sociales. (
Para Etala consiste en la orientación hacia el amparo de todas las
contingencias sociales.
En su dimensión mayor, la integrali- dad, en tanto que principio de
asegu- ramiento social, se dirige a todos los sectores de la
población, por la tota- lidad de los riesgos, aflicciones o difi-
cultades y con vigencia sobre todo el territorio del país.
5.6. PRINCIPIO DE UNIDAD La multiplicidad de organismos, más o
menos autónomos que intervienen contra los diversos riesgos, tiene
la in- conveniencia de implicar una comple- ja y costosa
administración, limitada eficacia y, en muchos casos, duplici- dad
de funciones y mal empleo de re- cursos. Por ello, estos
inconvenientes deben evitarse unificando los servicios de la
seguridad social.
Juan José Etala al respecto indica: “Todos los sistemas exigen
cierta uni- dad o armonía en la organización le- gislativa,
administrativa y financiera del sistema, evitando contradicciones,
desigualdades, injusticias y compleji- dades.”
El Principio de Unidad presupone que todas las prestaciones de la
seguridad social deben ser suministradas por una sola entidad o por
un sistema de entidades entrelazadas orgánicamente y vinculadas a
un sistema único de fi- nanciamiento .
5.7. PRINCIPIO DE INTERNACIONALIDAD Para Martín Fajardo, este
principio consiste en la garantía que tiene toda persona de que los
derechos adquiri- dos o en curso de adquisición le sean reconocidos
en el país en que se en- cuentre ya sea prestando actividad la-
boral o de tránsito.
6. CONCLUSIONES - La Seguridad Social tiene que ver con la
protección universal de las per- sonas La seguridad social es hoy
un derecho humano fundamental, consagrado en las Constituciones,
tratados y decla- raciones universales, los cuales han suscrito y
se han adherido a ellos casi todos los países del mundo. - La
discusión que a nuestro juicio importa no está en decidir si la
segu- ridad social sigue siendo una función exclusivamente pública
o debe pasar a manos de organizaciones reguladas por el derecho
privado. El problema es más complejo. La esencia de la discusión es
deter- minar qué instrumentos o mecanismos son los más aptos para
administrar en forma eficiente las distintas prestacio-
nes que sirve hoy la seguridad social. Si estos instrumentos o
mecanismos actúan desde el ámbito público o pri- vado, no es el
punto central. En términos generales, lo que impor- ta debatir es
cómo puede gestionarse en forma eficiente la seguridad social.
Desde una perspectiva lati-noameri- cana, el Estado debería
perfeccionar el rol de supervisor y controlador del sistema
-En el Perú la Seguridad Social es admninistrada por : Salud
Ministerio de Salud ESSALUD Sanidad de los hospitales Militares y
Policiales Empresas Prestadoras de salud (EPS) Pensiones .Oficina
de Normalización Previsio- nal (ONP)- que administra Sistema
Nacional de Pensiones D.L. N° 19990 y D.L. N° 20530(por delegación
lo paga las entidades públicas donde la- boró el pensionista)
.Ministerio de Defensa Y Ministe- rio del Interior a cargo de la
Ley N° 19846 pensiones de los policías y mi- litares.
.Administradoras de Fondo de Pensio- nes (AFP) a cargo del seguro
Privado de Pensiones
- La administración tripartita de estos sistemas (trabajadores,
empleadores, Estado) aparece como la solución más
recomendable.
R E V I S T A J U R I D I C A
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ALEJANDRO LAMADRID UBILLUS Magíster en ciencias penales y
Criminología por la UNPRG-UNMSM, Magíster en derecho Constitucional
y Gobernabilidad por la UNPRG-UNMSM Doctor en Derecho y Ciencias
Políticas por la UNMSM-UNPRG; Doctorando en Derecho (Universidad de
Alicante- España).
DESERTIFICACION: LOS BOSQUES SECOS SE VAN EN CARBON
Una reciente noticia en un diario lo- cal de Chiclayo me llamo
mucho la atención y quiero compartirlo en este ensayo; según la
división de turismo y medio ambiente de la policía nacional el 70 %
de los bosques en la región son depredados, principalmente en los
distritos de Olmos, Mórrope y pacora. Incontrolable se ha vuelto en
las úl- timas fechas la tala ilegal de árboles en la región
Lambayeque. De acuerdo a las estadísticas de la división de tu-
rismo y medio ambiente de la policía nacional del Perú, durante la
reciente intervención a un terreno ubicado en el caserío de “Laucha
Grande” del dis- trito de olmos, se detectó que 80 árbo- les
milenarios habían sido depredados y donde además se contaba con 45
huayronas que son hornos artesanales para convertir lo talado en
carbón.
La policía manifestó que muchas ve- ces esas intervenciones les
cuestan agresiones, existen casos en los que la policía de turismo
es secuestrada por los pobladores cuando realizan su labor,
manifestaron también que son 12 policías frente a la presión de mil
pobladores que impiden la incautación del ilegal producto.
A nivel local otro punto en contra que tiene la policía es la falta
de logísti- ca para realizar las intervenciones, ya que no cuentan
con unidades adecua- das. Normalmente donde intervienen para
incautar la leña y el carbón son zonas arenosas, y las unidades se
que- dan además no cuentan con equipos de comunicación apropiados
para es- tas intervenciones, lo que restringe un poco su
trabajo.
Asimismo el día sábado 10 de Julio del año 2010 apareció en la
página 22
en el diario la República la siguiente noticia: “pollos a la brasa
versus bos- ques secos” donde se daba a conocer que el Poder
Ejecutivo ha decretado para el cuarto domingo del mes de Ju- nio de
cada año, la celebración del “día del pollo a la brasa” sin
advertir que dicho dispositivo legal es una abierta amenaza y una
clara contradicción con la política ambiental proclamada; para la
depredación de los bosques se- cos, en especial, en la zona norte
del país ya que dicha celebración multi- plicará la demanda de
carbón vegetal por parte de las pollerías; provenientes de los
bosques secos de la costa norte del Perú y por ende su depredación
lo que origina la salinización y deserti- ficación.
La desertificación es uno de los ma- yores problemas ambientales en
la actualidad en el mundo, afectando a 1000 millones de habitantes,
pertene- cientes a más de 110 países, con pér- didas estimadas en
aproximadamente 42 mil millones de dólares al año. En este contexto
se suscribió, en el año 1994 la “Convención de las naciones unidas
de lucha contra la desertifica- ción de los países afectados por
sequía grave o desertificación, en particular en África” que sirve
de marco para las acciones de más de 50 países del mun- do incluido
el Perú.
Los ecosistemas áridos, semiáridos y subhúmedos abarcan el 38% del
terri- torio nacional. En ellos se asienta el 90% del total de la
población peruana. Por estas características ecológicas, el Perú es
un país propenso a sufrir pro- cesos de desertificación. Para el
país, la desertificación constituye, pues uno de sus problemas
fundamenta- les, razón por la cual ha sido uno de
los primeros cinco países en firmar la Convención.
En la franja costera del Perú, de apro- ximadamente 3,080 Km. Los
bosques secos constituyen la principal forma- ción vegetal natural.
De ellos la casi totalidad se encuentra en la costa norte del Perú
abarcando solo entre Piura y Lambayeque, aproximadamente 2,7
millones de Has. (INRENA-Proyecto Algarrobo 1997).
En la franja costera del Perú, de apro- ximadamente 3,080 Km. Los
bosques secos constituyen la principal forma- ción vegetal natural.
De ellos la casi totalidad se encuentra en la costa norte del Perú
abarcando solo entre Piura y Lambayeque, aproximadamente 2,7
millones de Has. (INRENA-Proyecto Algarrobo 1997).
En efecto la costa norte del Perú se caracteriza por contar con un
poten- cial de recursos naturales renovables sumamente frágil,
debido a las condi- ciones ecológicas de aridez, que hacen que la
dinámica de producción y res- titución de la biomasa sea muy lenta.
Este estado natural del medio, se en- frenta a un rápido
crecimiento de la población, cuya tasa promedio supera el 3%; muy
superior a la tasa prome- dio nacional que es de 2.6%. En los úl-
timos 20 años la Región Lambayeque, ha pasado de 500,000 habitantes
a un millón y en los próximos 16 años ésta volverá a duplicarse, de
no mediar una política coherente de población. Ambos aspectos
generan entre otros daños ecológicos, una creciente tala del
algarrobo, acelerando el proceso de desertificación en perjuicio de
toda la población.
1Diario “el correo” - Lambayeque del día 04 de Mayo 2013 página
12-13, bajo el título: “Tala indiscriminada crece sin control en
Lambayeque”
R E V I S T A J U R I D I C A R E V I S T A J U R I D I C A
15
2 Se denomina bosque seco a la vegetación arbórea del norte del
Perú formada por la especies forestales: algarrobo, faique, charán
o “pay pay” overo, zapote, palo blanco, palo santo, guayacán, oreja
de león, etc. (bosque seco tipo sabana) especies arbustivas como el
vichayo, el aramo, el suyo, el cun cun, chope, hualtaco, huarapo,
huasimo, pasallo, angolo etc. ( bosque seco denso); el bosque tipo
chaparral: cactáceas, zapote, algarrobo en estado de regeneración,
etc, y el Manglar que es un tipo de bosque que se halla ubicado
exclusivamente en el departamento de Tumbes, zona del litoral,
desarrollándose sobre las zonas pantanosas que se forman en la
unión entre el agua salada del mar y agua dulce del rio (ecotono).;
para diferenciarlo de los bosques húmedos de las alturas y de la
montaña; pero en realidad de secos tienen poco. En el norte llueve
en promedio cada cinco o siete años, sin embargo los bosques secos
cuando se los conserva en forma de bosques comprenden una gran
cantidad de plantas que se conservan vivas y verdes a través de
largos períodos de sequía; éstos bosques y entre los árboles que lo
conforman destaca el algarrobo por excelencia, son asombrosamente
beneficiosos en relación con el medio y el clima donde crecen: en
zonas que de otro modo serían desérticas y estériles manteniendo
una combinación de vegetación, humedad y temperatura que hacen
posible la supervivencia de animales y personas como lo demuestra
la existencia de poblaciones humanas que habitaron en sus
inmediaciones desde tiempos inmemoriales.
3 La política pública que viene a ser el conjunto de iniciativas,
decisiones y acciones del régimen político frente a situaciones
socialmente problemáticas y que buscan la resolución de las mismas
o llevarlos a niveles manejables, Los Bienes públicos se denomina a
aquellos cuyos consumos por una persona no reduce la cantidad
disponible para las otras personas.
4 La política ambiental es el conjunto de los esfuerzos políticos
para conservar las bases naturales de la vida humana y conse- guir
un desarrollo sostenible. Desde los años 70, con la conciencia
ambiental creciente, se ha convertido en un sector político
autónomo cada vez más importante tanto a nivel regional y nacional
como internacional. En los gobiernos de muchos países hay un
ministerio encargado de temas ambientales. Podemos decir entonces
que tanto el termino política ambiental y política pública hay una
semejanza ya que ambos implican esfuerzos políticos para lograr una
solución, prevención o sostenibilidad frente a un problema en este
caso el problema del medio ambiente y la contaminación y frente a
esta las medidas políticas. La política ambiental tiene como
objetivo el “Promover la mejora continua en materia de Medio
Ambiente, adoptando prácticas sostenibles y contribuyendo a la
mejora de la responsabilidad social de la Entidad”, un gran deber
para todos y cada uno de nosotros, ya que la naturaleza nos brinda
cosas maravillosas y nosotros como hijos tenemos el deber y
responsabilidad de protegerla, devolver todo lo que nos brinda
ayudándola a sostenerla en este mundo. Para tal propósito se
requiere la estrecha coordinación del tema ambiental con los
sectores productivos, los sectores sociales: educación, salud y
desarrollo humano. Asimismo, una adecuada gestión se deberá apoyar
necesariamente en el desarrollo de conciencia ambiental, el manejo
de información y el fortalecimiento de capacidades en la población,
tanto a escala escolar como familiar, esenciales para la formación
de una ciudadanía ambiental y la participación ciudadana y de las
organizaciones privadas, como ejes básicos. La Política Ambiental
Nacional, constituye el conjunto de lineamientos, objetivos,
estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público,
que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las
entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, y del sector
privado y sociedad civil, en materia ambiental. Está formulada a
partir de los lineamientos de Política de Estado sobre Desarrollo
Sostenible y Gestión Ambiental y los establecidos en la Ley General
del Ambiente y la consideración de la situación ambiental del
país.
Dentro de este contexto surge un gran problema que pese a las
políticas pú- blicas y políticas ambientales de los diferentes
gobiernos de turno plasma- das en el Plan Nacional de acción Fo-
restal 1998-2000 y el Plan Nacional de acción ambiental
Peru-2011-2021 aprobado por DS. Nro.014-2011- MINAM publicado el 09
JUL 2011 y pese a las marchas y contramarchas en los dispositivos
legales de la veda forestal (desde el a año 1965 a la fe- cha se
han dado más de 14 normas que prohíben y regulan la veda forestal
en los departamentos de Piura, Tumbes y Lambayeque) sin embargo
pese a la veda forestal, se estima que entre 7,000 Has. Al año se
deforesta en el ámbito del departamento de Lambaye- que y 14,000
Hàs, en el departamento de Piura y Tumbes, cuyos factores o causas
por las cuales la veda forestal en la costa norte del Perú no ha
dado resultados para la conservación del
bosque seco que se debate entre la vida y la muerte, con grave
perjuicio, económico, educativo, social, ambien- tal; son las
siguientes: La corrupción de algunos malos funcionarios poli-
ciales y del INRENA, la dispersión y superposición de normas
legales, la falta de implementación logísticas a los encargados de
hacer cumplir la Ley: INRENA, Policía Forestal (ahora policía
ecológica), y la falta de Fiscales Especializados en materia
ambiental; las “presiones” políticas de grupos económicos para
“quebrar” la ley de veda forestal como la asocia- ción de
productores de frutas y cítri- cos de Olmos, Chulucanas y Sullana,
pseudos campesinos de la comunidad campesina Santo Domingo de Olmos
( en realidad traficantes de carbón); la renuencia de los
productores de frutas y cítricos a cultivar su propio bosque o
buscar sucedáneos o reemplazos a los envases, para sus productos
agro-
pecuarios; la indiferencia de la pobla- ción de la costa norte del
Perú sobre la sobreexplotación de sus recursos natu rales; la falta
de una adecuada con- ciencia y sensibilización ambiental; la falta
de una educación ambiental sobre la importancia del bosque seco
sobre los beneficios directos e indi- rectos que reciben del
bosque, la ca- rencia de personal idóneo del Instituto Nacional de
Recursos Naturales y de la, de la Gerencia Regional de recur- sos
naturales de Lambayeque y Falta de Capacitación e implementación
lo- gística de la policía ecológica para el mejor cumplimiento de
su misión y funciones.
Dentro de este escenario queda enun- ciado nuestro problema en el
presente ensayo: ¿en qué medida la política ambiental en la
conservación de los bosques secos de la costa norte del Perú por
parte de los diversos go-
R E V I S T A J U R I D I C A
16
5 Del mismo modo, los artículos 66° al 69°, de la carta fundamental
del Estado de 1993 disponen que el Estado deba determi- nar la
Política Nacional del Ambiente, y que los recursos naturales,
renovables y no renovables, sean patrimonio de la Nación. Precisa
que el Estado está obligado a promover la conservación de la
diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, en el
territorio nacional, así como el desarrollo sostenible de la
Amazonía. El Ministerio del Ambiente es el ente rector del Sector
Ambiente y la autoridad competente para formular la Política
Nacional del Ambiente aplicable a los tres niveles de gobierno,
conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013 que
aprueba la Ley de creación, organización y funciones de este
organismo. La Política Nacional del Ambiente se estructura en base
a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, que por su
jerarquía y su promulgación posterior a la Ley General del
Ambiente, Ley Nº 28611Teniendo en cuenta que las políticas de
Estado deben integrar las política ambientales con las demás
políticas públicas, la Política Nacional del Ambiente se elabora en
concordancia con lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y
otras normas, tales como la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales; Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipali- dades, la Ley
Nº 26821, Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los
Recursos Naturales; así como con los tratados internacionales
suscritos por el país.
6 Es directo cuando el hombre aprovecha los productos forestales
obteniendo una ganancia económica o, cuando aprovecha otros
beneficios que el bosque brinda por lo que puede obtener además de
la ganancia económica un servicio. ejemplo: Ma- dera, madera para
pulpa y papel, otros productos diferentes a la madera, mejoramiento
del medio ambiente, protección y recuperación de suelos, protección
de poblados, protección de infraestructura vial.
7 El beneficio es indirecto cuando el hombre aprovecha las
influencias benéficas del bosque sobre otros recursos, tales como
la agricultura, ganadería, recursos hídricos, etc. Y actividades
sobre la recreación, el turismo y otras. Ejemplo: Protección de
cuencas, protección e incremento de la producción agrícola y
pecuaria, protección y conservación de fauna silvestre, recreación,
sanidad, turismo, actividad deportiva.
biernos de turno desde el año 1965 a la fecha ha resultado eficaz,
para la protección del ecosistema del bosque seco?
Con anterioridad a la Constitución política del Perú de 1979, se
carecía de una base jurídica fundamental en relación con el medio
ambiente y los recursos naturales, no obstante que desde tiempo
atrás el país estaba com- prometido con diversos instrumentos
jurídicos internacionales que direc- ta o indirectamente concernían
a los asuntos ambientales y de los recursos naturales (tal es el
caso de la conven- ción para la protección de la flora, de la fauna
y de las bellezas escénicas de los países de américa celebrado en
Washington en 1940) o la conven- ción sobre comercio internacional
de especies amenazadas de fauna y flora silvestre, CITES (
Washington, 1973). Sin embargo, desde inicios del siglo XX en la
normativa nacional se había desarrollado una vasta gama de dis-
positivos legales de los más variados, dispersos e inorgánicos,
contradic- torios con muchas lagunas y vacíos, que dejaba abierta
las puertas para la corrupción de los funcionarios encar- gados de
investigar, denunciar y san- cionar a los infractores ambientales,
debido a una falta de Política ambien- tal definida por parte del
Estado Pe-
ruano y a una falta de Institucionali- dad y Gestión ambiental
adecuada.
Este es el caso de la veda forestal en los departamento de
Lambayeque y Piura, donde la normatividad adminis- trativa
ambiental, ha sido inoperante, ineficaz, contradictoria y
asistemáti- ca, dando lugar a que por una clara y eficaz política
ambiental por parte de los gobiernos de turno; así como por una
débil Gestión e Institucionalidad ambiental; ya que los creadores
de las normas e intérpretes jurídicos, mu- cho de ellos, ingenieros
agrónomos, o abogados sin especialidad; interpreten y apliquen
equivocadamente la legis- lación administrativa sobre el manejo y
conservación de los bosques secos de la costa norte del Perú, de
acuerdo a los intereses econ&oacut