R.O.F.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO
IES NAZAR
SALOBREA
BORRADOR PARA SU APROBACIN
Junio/2011
I.E.S. Nazar de Salobrea
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CURSO ESCOLAR: 2010-11
NDICE
Pg.
TTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES 006
TTULO I: CAUCES DE PARTICIPACIN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
007
CAPTULO I: Profesorado. 007
CAPTULO II: Familias. 008 SECCIN 1: Participacin en el Centro. 008
SECCIN 2: Participacin en el aula. 009
SECCIN 3: La Asociacin de padres/madres del alumnado. 009
CAPTULO III: Alumnado. 011 SECCIN 1: Participacin en el Centro. 011
SECCIN 2: Participacin en el aula. 014
SECCIN 3: Asociaciones de Alumnos/as y de Antiguos Alumnos/as. 017
SECCIN 4: Derecho de reunin, de discrepancia y de inasistencia del alumnado. 017
CAPTULO IV: Personal de Administracin y Servicios. 018 SECCIN 1. El Personal de limpieza. 018
CAPTULO V: Otras instituciones. 018
TTULO II: INFORMACIN Y GESTIN. 020
CAPTULO I: De carcter general. 020 SECCIN 1: Informacin interna. 020
SECCIN 2: Fuentes externas. 021
SECCIN 3: Canales y medios de informacin. 021
SECCIN 4: El parte diario de clase. 023
SECCIN 5: El parte de incidencias de conducta. 024
SECCIN 6: El libro registro de incidencias de sala de guardia 02
CAPTULO II: Relacin del centro con el entorno. 025 SECCIN 1: Relaciones con el ayuntamiento. 025
SECCIN 2: Relaciones con otros centros. 025
SECCIN 3: Relaciones con otras administraciones o instituciones. 025
CAPTULO III: Consejo Escolar. 026 SECCIN 1: Convocatorias. 026
SECCIN 2: Orden del da. 027
SECCIN 3. Duracin de las sesiones 027
SECCIN 4: Toma de acuerdos. 027
CAPTULO IV: Claustro. 027 SECCIN 1: Convocatorias. 027
SECCIN 2: Orden del da. 028
SECCIN 3. Duracin de las sesiones 028
SECCIN 4: Toma de acuerdos. 028
CAPTULO V: Normas sobre Actas. 028
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CAPTULO VI: Equipo Tcnico de Coordinacin Pedaggica (ETCP). 030 SECCIN 1: Competencias del ETCP. 030
CAPTULO VII: Equipo Directivo. 031 SECCIN 1: Funciones de los rganos unipersonales de gobierno. 031
SECCIN 2: Asesoramiento del director. 033
CAPTULO VIII: Departamentos de Coordinacin Didctica. 033
CAPTULO IX: Otras decisiones: 033 SECCIN 1:Criterios priorizados para la asignacin de grupos al alumnado del Centro 033
SECCIN 2: Criterios pedaggicos para la elaboracin de horarios del Centro. 034
SECCIN 3: Criterios pedaggicos para la asignacin de tutoras. 035
SECCIN 4: Apertura del Centro por las tardes 035
CAPTULO X: Organizacin del trabajo del PAS: 035 SECCIN 1: Funciones de los auxiliares administrativos. 036
SECCIN 2: Funciones de los conserjes. 036
TTULO III: ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO.
038
CAPTULO I: Normas Generales de uso de las instalaciones y recursos
materiales del Centro.
038
SECCIN 1: Los recursos materiales del Centro. 038
SECCIN 2: Las Aulas. 039
CAPTULO II: Espacios y aulas especficas: 040 SECCIN 1: La Biblioteca: 040
SECCIN 2: Aulas de Especficas de Informtica. 042
SECCIN 3: Aulas Ordinarias de Informtica. 045
SECCIN 4: Aulas Ordinarias con dotacin TIC 045
SECCIN 5: Carros con ordenadores porttiles: distribucin y uso. 046
SECCIN 6: Otros recursos TIC de uso comn. Proyectores multimedia 047
SECCIN 7: Uso seguro de Internet. 047
SECCIN 8: Aula-Taller de Tecnologa. 048
SECCIN 9: Sala de Usos Mltiples (SUM) Manuel Calderay. 049
SECCIN 10: Laboratorio de Ciencias Experimentales. 050
SECCIN 11: Aula de Exp. Plstica. 051
SECCIN 12: Aula de Msica. 051
SECCIN 13: Gimnasio cubierto. 052
SECCIN 14: Patios de Recreo y Pistas Deportivas. 053
SECCIN 15. Servicios y Aseos. 054
SECCIN 16: Funcionamiento de la Secretara. 054
SECCIN 17: Funcionamiento de la Conserjera. 055
SECCIN 18: Otros recursos del Centro. 058
SECCIN 19: Otros servicios del Centro. 059
CAPTULO III. Programa de gratuidad de libros de texto. Normas de
utilizacin y conservacin: 060
SECCIN 1: Consideraciones generales. 060
SECCIN 2: Entrega de los libros de texto. 061
SECCIN 3: Recogida de los libros de texto. 061
SECCIN 4: Normas de utilizacin y conservacin. 062
SECCIN 5. Sanciones previstas por mal uso o prdida.
063
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CAPTULO IV. Regulacin del alquiler, cesin o prstamo de las
instalaciones del Centro:
063
SECCIN 1: Para el personal y actividades relacionadas con el Centro. 063
SECCIN 2: Para personas ajenas y/ o actividades no relacionadas directamente con la vida del Centro.
064
SECCIN 3: Regulacin del prstamo de material didctico al profesorado. 066
SECCIN 4: Normas para la comunicacin de desperfectos y averas. 066
TTULO IV: ORGANIZACIN DEL CENTRO. 068
CAPTULO I: Normas Generales de entrada y salida del alumnado al
Centro y al Aula en la jornada escolar. 068
SECCIN 1: Entrada y salida del alumnado al Centro durante la jornada escolar. 068
SECCIN 2: Protocolo de actuacin para el alumnado que se incorpora tarde al Centro
al inicio de la jornada escolar.
068
SECCIN 3. Justificacin de las ausencias y retrasos. 069
SECCIN 4: Prevencin, seguimiento y control del absentismo escolar. 069
SECCIN 5: Protocolo de actuacin en los casos de enfermedad o accidente de un
alumno o alumna en el Centro.
069
CAPTULO II: Organizacin y control del los tiempos de recreo y en los
perodos entre clases. 71
CAPTULO III: Organizacin y control de las actividades en el interior de
las aulas. 72
CAPTULO IV: Uso de los telfonos mviles y otros dispositivos
electrnicos. 72
SECCIN 1: Utilizacin de telfonos mviles y otros aparatos electrnicos. 72
SECCIN 2: Proteccin de datos y de imgenes. 73
SECCIN 3: Regulacin de posibles nuevos usos TIC. 73
CAPTULO V:.Uso del Ascensor del Centro 74
CAPTULO VI: Servicio de Guardia del Profesorado. 74 SECCIN 1: Criterios de asignacin de las Guardias. 74
SECCIN 2: Funciones del Profesorado de Guardia lectiva. 74
SECCIN 3: Funciones del Profesorado de Guardia de recreo. 76
CAPTULO VII: Actividades Complementarias y Extraescolares. 76 SECCIN 1: Actividades Complementarias. 76
SECCIN 2: Actividades Extraescolares. 77
SECCIN 3: Objetivos de las Activ. Complementarias y Extraescolares. 77
SECCIN 4: El Depart. de Actividades Complementarias y Extraescolares (DACE). 78
SECCIN 5: Procedimiento general para la organizacin y desarrollo de una actividad. 79
SECCIN 6: Competencias del Jefe del DACE. 82
SECCIN 7: El VIAJE FIN DE ETAPA. 83
CAPTULO VIII: Organizacin de la atencin a las familias en relacin al
seguimiento educativo del alumnado. 83
CAPTULO IX: Organizacin del rgimen econmico. 85 SECCIN 1: Normas para efectuar compras por parte de los Departamentos. 85
SECCIN 2: Asignacin de dietas. 85
SECCIN 3: Informacin sobre el estado de cuentas del Centro. 86
SECCIN 4: Recaudacin en fotocopiadoras y telfonos del Centro. 86
CAPTULO IX: Planes, Programas y Proyectos Educativos. 87 SECCIN 1: Plan de Ayuda a las Familias Andaluzas. 87
SECCIN 2: Otros Planes, Programas y Proyectos Educativos. 87
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TTULO V: DERECHOS Y DEBERES DEL LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
89
CAPTULO I: Del alumnado. 89 SECCIN 1: Derechos. 89 SECCIN 2: Deberes. 90
CAPTULO II: Del profesorado. 90 SECCIN 1: Derechos. 90
SECCIN 2: Funciones y Deberes. 92
SECCIN 3: Sobre permisos y licencias del profesorado. 93
SECCIN 4: Procedimiento especfico de control de asistencia en los casos de
asistencia al derecho a huelga 95
CAPTULO III: De las familias. 96 SECCIN 1: Derechos. 96
SECCIN 2: Deberes. 97
CAPTULO IV: Del PAS y atencin educativa complementaria. 98 SECCIN 1: Derechos y obligaciones. 98
SECCIN 2: Proteccin de derechos. 98
SECCIN 3: Deberes del PAS. 99
CAPTULO V: Normas de convivencia. 99 SECCIN 1: La Convivencia en general. 99
SECCIN 2: Normas especficas de Convivencia. 99
TTULO VI: LA EVALUACIN DEL CENTRO. 102
CAPTULO I: La Autoevaluacin. 102 CAPTULO II: El Equipo de Evaluacin. 102
TTULO VII: PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES. 104 CAPTULO I: rganos competentes en la prevencin de riesgos laborales. 104
CAPTULO II: Competencias de la Direccin. 104
CAPTULO III: Competencias del Equipo Directivo. 106
CAPTULO IV: Competencias y funciones del coordinador del 1er
Plan
andaluz de salud laboral y prevencin de riesgos laborales del personal
docente.
106
CAPTULO V: Funciones de la comisin permanente del consejo escolar en
materia de salud y prevencin de riesgos laborales del personal docente.
107
CAPTULO VI: Competencias del Consejo Escolar. 108
CAPTULO VII: Protocolo de actuacin respecto a la Autoproteccin. 108
CAPTULO VIII: Protocolo de actuacin respecto a la prevencin de
riesgos laborales. 109
TTULO VII: PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIN DEL PRESENTE REGLAMENTO.
111
CAPTULO I: Modificacin del ROF. 111 CAPTULO II: Entrada en vigor del ROF. 111
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TTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES
GENERALES
CAPTULO 1: INTRODUCCIN
1.- La actividad educativa en el I.E.S. Nazar de Salobrea (Granada) est orientada por
los principios y declaraciones de la Constitucin, y tendr como referencia legal tanto la
LEY ORGNICA DE EDUCACIN (L.O.E) como la LEY DE EDUCACIN DE
ANDALUCA (L.E.A), as como el Proyecto Educativo y el Proyecto de Gestin
contemplados en el Plan de Centro.
2.- Este Reglamento se propone facilitar el logro de los contenidos del Proyecto Educativo
y se define como la norma bsica, consensuada por todos los sectores de la comunidad
escolar y aprobada por el Consejo Escolar del Centro, capaz de ordenar las relaciones de
convivencia entre dichos sectores.
3.- El Reglamento se ordena en torno a los siguientes contenidos fundamentales:
a) Cauces de participacin de los distintos sectores de la comunidad
educativa.
b) Informacin y gestin.
b) Organizacin y funcionamiento de los espacios, instalaciones y recursos
materiales del centro.
d) Organizacin del centro.
e) Derechos y deberes del los miembros de la comunidad educativa.
f) Prevencin de riesgos laborales.
g) Procedimiento para la revisin del presente reglamento.
4.- El presente Reglamento se basa en la normativa vigente al respecto (L.O.E y L.E.A), y
muy especialmente en: Decreto 327/2010 de 13 de julio (por el que se aprueba el
Reglamento Orgnico de los IES) y la Orden de 20 de agosto de 2010 (que regula el
funcionamiento de los IES). Para todo lo no contemplado en este Reglamento se atender a
lo dispuesto en la mencionada legislacin.
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TITULO I: CAUCES DE PARTICIPACIN DE LOS
DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
CAPTULO I. PROFESORADO.
El profesorado tiene regulado sus cauces de participacin a travs de los rganos
Colegiados, Claustro y Consejo Escolar y de otras estructuras educativas ya fijadas como
los Departamentos de Coordinacin Didctica, el ETCP y Equipos Educativos. Todos
estos rganos y estructuras tienen fijadas claramente sus funciones y son los cauces
normales de participacin del profesorado.
Independientemente de estos cauces ordinarios, en el IES NAZAR se establecen los
siguientes mecanismos de participacin:
Reuniones de la Direccin con el profesorado de nueva incorporacin. El profesorado de nueva incorporacin puede aportar experiencias y actividades que
hayan desarrollado en otros centros y que puedan hacerlo en este Centro y, a su
vez, puede tener perspectiva suficiente, por su paso por otros centros, para valorar
el funcionamiento y la organizacin del instituto. Se realizar, como mnimo, una
reunin en el primer trimestre del curso.
Envo de sugerencias al correo de Direccin de las Plataformas Sneca y Helvia. Las posibilidades que nos ofrecen las nuevas tecnologas hacen posible
utilizar este medio para recoger sugerencias e ideas del profesorado.
El profesorado, tambin podr:
Los representantes del Profesorado en el Consejo Escolar pueden convocar asambleas de sus compaeros/as, en el perodo de recreo o en horario de tarde, para
recabar su opinin sobre los asuntos que se van a tratar en el Consejo Escolar o
bien para informarles de los acuerdos adoptados en este rgano colegiado.
Cualquier Equipo de Tutores o Equipos Educativos podr hacer llegar a las reuniones de la ETCP propuestas o sugerencias a travs de los miembros del
Equipo Directivo o del/a Orientador/a.
Cualquier profesor/a puede presentar sugerencias verbalmente o por escrito al Equipo directivo, para que se tengan en cuenta, si ello es posible, o se trasladen a
donde proceda.
Cualquier profesor/a puede comunicar en el Apartado de Ruegos y Preguntas de las sesiones de Claustro aquello que considere de inters para el resto de los
compaeros/as.
Cualquier profesor/a puede aportar informaciones de tipo cultural, sindical, laboral, o profesional, al resto de los compaeros, usando para ello los tablones
informativos dedicados a ello o la mesa de la Sala de profesores.
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Cualquier Equipo de Tutores o Equipo docente podr hacer llegar a las reuniones de la ETCP propuestas o sugerencias a travs de los miembros del Equipo
Directivo o del/a Orientador/a.
CAPTULO II. FAMILIAS.
Esta participacin es fundamental puesto que las familias son las principales responsables
de la educacin de sus hijos e hijas, teniendo el centro una funcin complementaria de esa
funcin educativa.
SECCIN 1. PARTICIPACIN EN EL CENTRO.
La participacin en la vida del Centro, en el Consejo Escolar, en el proceso educativo de
sus hijos e hijas y el apoyo al proceso de enseanza y aprendizaje de estos constituyen
derechos de las familias, complementado con la obligacin de colaborar con el instituto y
con el profesorado, en esta etapa de la educacin secundaria obligatoria.
Esta colaboracin se concreta en:
a. Estimular a sus hijos e hijas en la realizacin de las actividades escolares para la consolidacin de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.
b. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.
c. Respetar las normas de organizacin, convivencia y disciplina del instituto.
d. Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didctico cedido por los institutos de educacin secundaria.
e. Cumplir con las obligaciones contradas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el instituto.
El Centro procurar favorecer la participacin de las familias en el CENTRO con las
siguientes estrategias:
Reuniones informativas para hacerles comprender la importancia de su participacin en el Centro para la mejor educacin de sus hijos/as.
Reuniones informativas para asuntos acadmicos (oferta educativa y matriculacin) o de organizacin del Centro.
Fomentar la participacin en el Consejo Escolar
Informacin detallada sobre normativa, calendario y funciones.
Facilitacin de las sesiones del Consejo Escolar, en horario y tiempo de preparacin.
Los padres y las madres del alumnado participan en el gobierno del Centro con cinco
representantes en el Consejo Escolar, cuatro de ellos democrticamente elegidos, y uno por
designacin directa de la AMPA. Sus funciones vienen delimitadas por las competencias de
este rgano colegiado.
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Los representantes de padres-madres en el Consejo Escolar podrn informar al colectivo de
padres-madres de los acuerdos relevantes alcanzados en este rgano. Tambin podrn
informar a la Asociacin de Padres y Madres que exista en el Centro.
Otras vas de participacin son a travs de la Asociacin de Padres y Madres; la funcin
tutorial y los Padres y Madres Delegados, si los hubiere.
SECCIN 2. PARTICIPACIN EN EL AULA.
Coincidiendo con la reunin de padres y madres de principio de cada curso escolar, el tutor
o tutora podr promover el nombramiento del delegado o delegada de padres y madres, que
ser elegido por ellos mismos, de forma voluntaria, de entre los all presentes.
Este nombramiento tendr carcter anual para cada curso acadmico.
Las tareas o funciones de los delegados de padres y madres son:
- Representar a los padres y madres de alumnos del grupo.
- Tener estrecha relacin con el tutor/a y tener la informacin de la situacin del grupo, problemas, carencias, falta de profesorado etc que tenga el grupo.
- Ser intermediario entre el tutor/a y los padres/madres en los asuntos generales sobre cualquier informacin general, quejas, propuestas, proyectos etc..
- Colaborar con el tutor en la resolucin de posibles conflictos en el grupo en los que estn involucradas alumnos/as y familias (faltas colectivas del alumnado, etc), en la
organizacin de de visitas culturales y, en su caso, en la gestin de contactos con
organismos, instituciones, entidades, asociaciones o empresas de inters para
desarrollar dichas actividades y salidas, conseguir ayudas o subvenciones, etc.
- Participar en el desarrollo de actividades curriculares, a peticin del profesorado, que necesiten de la demostracin de habilidades y/o aportaciones de experiencias
personales o profesionales.
- Elaborar y dar informacin a los padres sobre temas educativos y aspectos relacionados con la vida y organizacin del Instituto (Actividades extraescolares, salidas, programas
que se imparten, servicios, disciplina etc.).
- Animar a los padres y madres a participar en la Escuela de Padres como recurso que sirve para mejorar la atencin a sus hijos en todos los aspectos.
SECCIN 3. LA ASOCIACIN DE PADRES/MADRES DEL ALUMNADO (AMPA).
Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en el centro podrn
asociarse, de acuerdo con la normativa vigente.
Las asociaciones de madres y padres del alumnado se inscribirn en el Censo de Entidades
Colaboradoras de la Enseanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo.
El Equipo Directivo facilitar la colaboracin con las asociaciones de madres y padres del
alumnado y la realizacin de acciones formativas en las que participen las familias y el
profesorado.
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Las citadas asociaciones podrn utilizar los locales del centro para la realizacin de las
actividades que les son propias, a cuyo efecto, se facilitar la integracin de dichas
actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma.
Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrn las finalidades que establezcan
en sus propios estatutos, entre las que se considerarn, al menos, las siguientes:
a) Asistir a los padres, madres o representantes legales del alumnado en todo aquello que concierna a la educacin de sus hijos e hijas o menores bajo su guarda o tutela.
b) Colaborar en las actividades educativas del instituto.
c) Promover la participacin de los padres y madres del alumnado en la gestin del instituto.
La AMPA MELAZA y su Junta Directiva, como nica asociacin reconocida, es el interlocutor oficial de las familias y, por ello, se tendr, al menos, una reunin trimestral en
la que participe la Junta Directiva y la Direccin del Centro, representada especialmente
por la Direccin y la Jefatura de Estudios. Por medio de ella, se podrn desarrollar
proyectos de inters para el Centro y se regular la participacin de las familias en las
actividades complementarias y extraescolares del Centro.
Artculo 1. Atribuciones.
Se reconoce a las asociaciones de padres y madres que se constituyan en el centro las
siguientes atribuciones:
a) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren oportuno.
b) Elevar al Consejo Escolar propuestas, en el mbito de sus competencias, para la elaboracin y/o modificacin del Plan de Centro.
c) Informar a todos los sectores de la comunidad educativa de su actividad.
d) Recibir informacin del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, as como recibir el Orden del Da de dicho Consejo antes de su realizacin, con el objeto
de poder elaborar propuestas.
e) Elaborar informes para el Consejo escolar a iniciativa propia o a peticin de ste.
f) Formular propuestas para la realizacin de actividades complementarias y extraescolares as como colaborar en el desarrollo de las mismas.
g) Conocer los resultados acadmicos globales y la valoracin que de los mismos realice el Consejo Escolar.
h) Recibir informacin de las actividades y rgimen de funcionamiento del centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, as como del Plan de Centro
establecido por el mismo.
i) Recibir informacin sobre los libros de texto y los materiales didcticos adoptados por el centro.
j) Fomentar la colaboracin entre todos los miembros de la comunidad educativa.
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CAPTULO III. ALUMNADO.
SECCIN 1. PARTICIPACIN EN EL CENTRO.
Uno de los principios del sistema educativo andaluz, recogidos en la Ley de Educacin de
Andaluca, es La formacin integral del alumnado en sus dimensiones individual y social
que posibilite el ejercicio de la ciudadana, la comprensin del mundo y de la cultura y la
participacin en el desarrollo de la sociedad del conocimiento.
La citada Ley recoge como objetivos de esa participacin:
Favorecer la democracia, sus valores y procedimientos, de manera que orienten e inspiren las prcticas educativas y el funcionamiento de los centros docentes, as como
las relaciones interpersonales y el clima de convivencia entre todos los miembros de la
comunidad educativa.
Promover la adquisicin por el alumnado de los valores en los que se sustentan la convivencia democrtica, la participacin, la no violencia y la igualdad entre hombres y
mujeres.
Estimular en el alumnado la capacidad crtica ante la realidad que le rodea, promoviendo la adopcin de actitudes que favorezcan la superacin de desigualdades.
La participacin del alumnado es fundamental, ya que son los perceptores de todo el
proceso de enseanza y aprendizaje que se lleva a cabo.
Concebimos la participacin del alumnado como una metodologa de aprendizaje
democrtico, escolar y social.
El aula, y el centro en general, son el marco idneo para el desarrollo del aprendizaje
democrtico. Es amplio el conjunto de actividades que el centro brinda para ello: desde la
gestin compartida de los recursos del aula, hasta el anlisis de los problemas y bsqueda
de alternativas en las reuniones de clase.
La participacin del alumnado no est al servicio exclusivo del aprendizaje de la
democracia y los valores ticos y morales que sustenta nuestro modelo de sociedad. Es
tambin una metodologa de aprendizaje social y escolar que facilita el conocimiento e
interpretacin de las relaciones sociales y del medio en que se vive, para la adaptacin e
integracin del mismo.
Artculo 1. En el Consejo Escolar.
Existirn cinco representantes del alumnado en el Consejo Escolar, elegidos por los
alumnos y alumnas inscritos o matriculados en el centro.
Esta representacin se renovar totalmente cada dos aos.
Sern elegibles aquellos alumnos y alumnas que hayan presentado su candidatura y haya
sido admitida por la Junta electoral.
Las asociaciones del alumnado legalmente constituidas podrn presentar candidaturas
diferenciadas, que quedarn identificadas en la correspondiente papeleta de voto.
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Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar recibirn las convocatorias de
reuniones por escrito, donde se haga constar el orden del da y con tiempo suficiente para
poder preparar las sesiones con antelacin.
Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar debern informar a la Junta de
delegados y delegadas sobre los acuerdos adoptados en el seno de este rgano colegiado.
El centro intentar favorecer la participacin de los alumnos/as con las siguientes
estrategias:
Les transmitir informacin a travs de reuniones informativas con los delegados de grupo.
Informar detalladamente sobre normativa, objetivos y calendario de actuaciones.
Se animar a los representantes en el Consejo Escolar a que informen y transmitan a sus compaeros/as las decisiones y acuerdos adoptados.
Sus funciones vienen establecidas por las propias competencias del Consejo Escolar al que
pertenecen. A saber:
a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias especficas del
Claustro de Profesorado en relacin con la planificacin y la organizacin docente.
b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificacin de la cuenta de
gestin.
c) Conocer las candidaturas a la direccin y los proyectos de direccin presentados por
las personas candidatas.
d) Participar en la seleccin del director o directora del centro y, en su caso, previo
acuerdo de sus miembros, adoptado por mayora de dos tercios, proponer la revocacin
del nombramiento del director o directora. (A excepcin de los representantes del
alumnado de los dos primeros cursos de la educacin secundaria obligatoria).
e) Ser informados del nombramiento y cese de los dems miembros del equipo
directivo.
f) Decidir sobre la admisin del alumnado con sujecin a las disposiciones que la
desarrollen.
g) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en
el instituto, para garantizar su efectividad y proponer la adopcin de medidas e
iniciativas en caso de incumplimiento.
h) Conocer la resolucin de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al
presente Reglamento y dems normativa de aplicacin. Cuando las medidas
disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del
alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del instituto, el Consejo
Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podr
revisar la decisin adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
i) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el instituto, la
igualdad entre hombres y mujeres y la resolucin pacfica de conflictos en todos los
mbitos de la vida personal, familiar y social.
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j) Reprobar a las personas que causen daos, injurias u ofensas al profesorado. En todo
caso, la resolucin de reprobacin se emitir tras la instruccin de un expediente, previa
audiencia al interesado.
k) Promover la conservacin y renovacin de las instalaciones y equipo escolar y
aprobar la obtencin de recursos complementarios.
l) Fijar las directrices para la colaboracin, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
m) Analizar y valorar el funcionamiento general del instituto, la evolucin del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que
participe el centro.
n) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a peticin de la Administracin
competente, sobre el funcionamiento del instituto y la mejora de la calidad de la
gestin, as como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
Artculo 2. Junta de Delegados.
Existir en el centro una Junta de Delegados formada por los representantes del alumnado
en el Consejo Escolar y los delegados de cada grupo.
1. El Delegado/a de Centro.
Se elegir un/a Delegado/a de Centro, como representante e interlocutor de esta Junta. El
delegado/a de Centro se elegir en el seno de la Junta de Delegados, entre los delegados/as
electos/as de cada grupo, en la primera reunin de este rgano, al principio de cada curso.
Las funciones del delegado/a de Centro sern:
- Coordinar la actuacin de la Junta de Delegados.
- Actuar de portavoces de los alumnos/as en las cuestiones de su inters.
- Colaborar en las tareas que se les hayan asignado por los rganos competentes.
2. Normas de funcionamiento de la Junta de Delegados/as.
Las reuniones de la Junta de Delegados sern convocadas y presididas por el Director/a, el Jefe/a de Estudios, por decisin propia o a peticin de un tercio de sus miembros.
Igualmente, en el marco de lo previsto en la Carta de Derechos y Deberes del
alumnado, Decreto 85/99 de 6 de abril, la Junta de Delegados podr celebrar reuniones
consultivas sin la asistencia de los miembros del equipo directivo antes mencionados y
previa solicitud, indicando en ella el orden del da con objeto de proporcionarles el
espacio adecuado y la informacin de la que se disponga.
Las reuniones ordinarias se convocarn por escrito, con 48 horas de antelacin, constando en la convocatoria el orden del da, la hora, el lugar y la fecha.
Las reuniones extraordinarias se convocarn con 24 horas de antelacin, de forma oral, o en el momento en que un asunto urgente lo haga preciso.
El directivo, que convoca y preside la reunin, actuar como moderador de la misma.
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A las reuniones se invitar, cuando el caso lo requiera, al/a orientador/a del centro.
El delegado/a de Centro tomar nota de los asuntos tratados y los acuerdos adoptados, en el cuaderno de reuniones que existir al efecto y que se custodiar en la Jefatura de
Estudios del Centro.
En caso de ausencias justificadas del delegado de grupo, podr asistir a las reuniones de Junta de delegados el subdelegado/a de ese grupo.
Habr siempre una reunin al inicio de la segunda y de la tercera evaluacin para las aportaciones que el alumnado quiera hacer en relacin al funcionamiento y
mantenimiento del Centro.
La Direccin del Centro se reunir, al menos, una vez al trimestre con los representantes del Consejo Escolar y el/la delegado/a de Centro.
Los miembros de la Junta de Delegados, en los trminos que marca la normativa vigente, no podrn ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como portavoces
de los alumnos.
3. Funciones de la Junta de Delegados/as.
a) Informar a los consejeros estudiantiles de la problemtica de cada grupo o curso.
b) Ser informados por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar sobre los
temas tratados en el mismo.
c) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a peticin de este
rgano.
d) Elaborar propuestas de modificacin en el Reglamento de Rgimen Interior.
e) Informar al alumnado de las actividades que programe la Junta.
f) Elaborar propuestas de criterios para la confeccin de los horarios de actividades
docentes y extraescolares.
g) Participar en las Juntas de Evaluacin a travs de los delegados, previa reunin con
el tutor y el grupo correspondiente, y ello con el fin de informar al equipo de evaluacin
de la problemtica del grupo.
SECCIN 2: PARTICIPACIN EN EL AULA.
Artculo 3. Los Delegados/as de grupo.
Durante el primer mes de cada curso escolar, el alumnado de cada grupo elegirn, en
presencia del tutor/a, de forma directa y secreta, por mayora simple, a los delegados/as y
subdelegados/as de cada grupo.
El subdelegado/a sustituir al delegado/a en caso de vacante, ausencia o enfermedad y le
apoyar en sus funciones.
El delegado o delegada de grupo ser el portavoz del grupo de alumnos/as ante el tutor/a,
ser tambin el nexo de unin entre el resto de sus compaeros/as y el profesorado del
centro.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Artculo 4 .Funciones de los Delegados/as de grupo.
Las funciones del delegado o delegada de grupo sern las siguientes:
Colaborar con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase.
Trasladar al tutor o tutora las sugerencias o reclamaciones del grupo al que representan, incluido el calendario de exmenes o pruebas de evaluacin a determinar.
Previo conocimiento del tutor o tutora, exponer a los rganos de gobierno y de coordinacin docente las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representa.
Participar en las sesiones de evaluacin. Para ello se le dar audiencia en el momento que le indique el tutor o tutora del grupo. En ese perodo de tiempo el delegado/a
expresar sus opiniones, quejas y sugerencias como portavoz del grupo, salvaguardando
el respeto y consideracin debido a todo el profesorado presente.
Responsabilizarse de la custodia y conservacin del parte diario de clase, el cual entregar cada hora al profesor/a correspondiente para su firma y depositarlo en la
Conserjera al finalizar la jornada escolar.
Asistir a las reuniones de la Junta de delegados/as y participar en sus deliberaciones.
Fomentar la convivencia entre los alumnos y alumnas de su grupo.
Fomentar la adecuada utilizacin del material y de las instalaciones del Instituto.
Otras funciones son:
Al inicio de la jornada escolar recoger en Conserjera el Parte Semanal de Faltas del alumnado. El Parte lo custodiar durante toda la jornada y, al final de la misma, lo
entregar en Conserjera.
Ser el responsable de informar al/a tutor/a de los desperfectos ocurridos en el aula, para que se lleve el control de los mismos y se proceda a su reparacin. Para ello,
firmarn ambos el parte de desperfectos que rellenern junto con el grupo. una vez
efectuada sta, velar porque no vuelvan a deteriorarse las instalaciones. asimismo, si
observa que no se ha efectuado correctamente la reparacin, lo comunicar en
conserjera.
Para todo lo relacionado con el orden, limpieza, mantenimiento y conservacin de las aulas, debern estar coordinados los delegados/as de los grupos que ocupan la misma
aula. Si hay algn problema, deben reunirse los delegados/as en el recreo, y, si esto no
resolviera la situacin, se implicarn los tutores/as. Para lograr este objetivo es
conveniente una reunin a principios de curso. Si necesitan ms asesoramiento sobre
este asunto, contarn con el apoyo del secretario o miembro del Equipo Directivo que
se decida para ello.
Ser el responsable de que no falten en el aula los materiales necesarios para que el profesor/a pueda impartir su clase (tizas, borradores,...).
En caso de ausencia o retraso de un profesor/a ser el responsable de que el grupo se mantenga en el aula, en silencio y en orden, a la espera de que acuda el profesor de
guardia. Pasados diez minutos, podr avisar de la situacin al profesorado de guardia si
ste no hubiera acudido.
Se responsabilizar de que las mesas y las sillas estn en orden.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Cuando la urgencia del asunto lo requiera, el delegado/a podr informar, sin entrar en debate, a su grupo, previa autorizacin del profesor/a. Si no se obtiene sta, se podr
hacer en los recreos.
El resto del grupo debe colaborar con las funciones de los/as delegados/as y hacerse corresponsables con ellos/as de lo ocurrido en el grupo.
Los delegados o delegadas no podrn ser sancionados por el ejercicio de la funcin
representativa del grupo al que pertenecen.
Artculo 5. Asistencia a las sesiones de evaluacin y de equipos docentes
Los delegados/as y subdelegados/as de grupo podrn asistir a las sesiones de evaluacin y a
las sesiones de equipos docentes, en la forma en que se determina:
Cada grupo tendr dos sesiones de tutora de grupo anteriores a las sesiones de la primera y la segunda evaluacin donde se trabajar en el anlisis de la evaluacin a
partir de los documentos elaborados por la Jefatura de Estudios y Orientacin.
No podrn participar en las sesiones de la evaluacin inicial, ordinaria ni extraordinaria
El tutor/a trasladar esta informacin al resto de los miembros del Equipo Educativo, antes de la sesin de evaluacin, en lo que afecte a cada uno de ellos.
La participacin del delegado/a y subdelegado/a de grupo en dichas sesiones se har al principio de la misma, en la parte dedicada al anlisis general del grupo. Una vez
finalizada esta parte, continuar la sesin de evaluacin sin la presencia de los
representantes de los alumnos/as.
Los delegados/as y subdelegados/as de grupo actuarn en las sesiones de evaluacin como representantes del grupo y en ningn caso a nivel particular.
La participacin de los delegados/as y subdelegados/as de grupo en las sesiones de evaluacin vendr regida por lo acordado con el grupo en las correspondientes sesiones
de tutora y todo ello ser recogido en documento al efecto.
El tutor/a encauzar la recogida de opiniones del grupo de alumnos/as para que stas se expresen de forma sinttica, respetuosa y constructiva.
Los delegados/as y subdelegados/as de grupo no podrn ser sustituidos en su asistencia a las sesiones de evaluacin por otros alumnos/as del grupo.
Artculo 6. Cese de los/as delegados/as de grupo
El delegado o delegada de grupo podr cesar por alguna de las siguientes causas:
Al finalizar el curso.
Dimisin motivada y aceptada por Jefatura de Estudios.
Incumplimiento reiterado de sus obligaciones.
Apertura de expediente disciplinario o acumulacin de tres faltas consideradas como gravemente perjudiciales para la convivencia.
Peticin por mayora absoluta del grupo, previo informe razonado dirigido al/la tutor/a.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Salvo en la primera de las causas, se proceder a la convocatoria de nuevas elecciones a la
mayor brevedad posible.
Artculo 7. Funciones de los/as subdelegados/as de grupo.
Sustituir al delegado/a de grupo en caso de ausencia.
Colaborar con el delegado/a de grupo en las tareas que se le asignen..
SECCIN 3: ASOCIACIONES DE ALUMNOS/AS Y DE ANTIGUOS ALUMNOS/AS.
Los alumnos/as del centro podrn organizarse en Asociacin, bien de Alumnos/as y/o de
antiguos Alumnos/as. Para ello debern seguir los pasos legales inherentes a cualquier
Asociacin tal como aparece en la normativa administrativa vigente.
Las Asociaciones de Alumnos/as y/o de Antiguos Alumnos/as legalmente constituidas
establecer en sus estatutos las finalidades que le son propias, entre las que se
considerarn, al menos, las siguientes:
a. Expresar la opinin del alumnado en todo aquello que afecte a su situacin en el instituto.
b. Colaborar en la labor educativa del centro y en el desarrollo de las actividades complementarias y extraescolares del mismo.
c. Promover la participacin del alumnado en los rganos colegiados del centro.
d. Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la accin cooperativa y del trabajo en equipo.
La asociacin del alumnado tendr derecho a ser informada de las actividades y rgimen de
funcionamiento del instituto, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto el
centro, as como del Plan de Centro establecido por el mismo.
La asociacin del alumnado se inscribir en el Censo de Entidades Colaboradoras de la
Enseanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el
Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseanza.
SECCIN 4: DERECHO DE REUNIN, DE DISCREPANCIA Y DE INASISTENCIA DEL ALUMNADO.
El procedimiento, que permitira el ejercicio de estos derechos, ser el siguiente:
La Junta de Delegados entregar, por escrito, una propuesta razonada (siempre en relacin a decisiones de carcter educativo relacionadas con el Centro) ante la
Direccin del Centro.
La propuesta debe ser entregada, al menos, 72 horas antes de la fecha fijada en la convocatoria de huelga.
La propuesta debe indicar la fecha, la hora y las actividades previstas.
La propuesta debe ir avalada por el 5% del alumnado con derecho a huelga desde 3 de ESO) o por la mayora absoluta de los/as delegados/as del Centro.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Si se cumplen estos requisitos, los/as delegados/as informarn a sus grupos y la propuesta deber ser aprobada en votacin secreta por todo el alumnado con derecho a
ejercerlos.
Hay que aclarar estos derechos en el alumnado de 3 y 4 de ESO, puesto que en este caso est claro que estn enfrentados con el derecho a la educacin. Como este
alumnado es menor de edad, slo podr ejercer estos derechos si son autorizados por
sus familias individualmente, en un documento que debe constar en Direccin al menos
con dos das de antelacin a la fecha de convocatoria.
En caso de que, a pesar de no cumplir los requisitos, se ejercieran estos derechos de manera ilegal, la responsabilidad recaer sobre la Junta de Delegados que es la que
inicia y conduce todo el proceso. Las responsabilidades individuales se determinarn
posteriormente en un proceso informativo y podr acarrear correcciones disciplinarias.
La ausencia del alumnado en estas condiciones slo puede ser justificada con
certificacin mdica.
CAPTULO IV. EL PERSONAL DE ADMINISTRACIN Y
SERVICIOS.
El PAS est formado por el personal administrativo y el personal de conserjera y estar
bajo la supervisin del Secretario del Centro. Tendr un representante en el Consejo
Escolar de Centro.
El horario individual de trabajo se establecer al inicio de cada curso, respetando la
normativa que a cada empleado le es de aplicacin, segn el Convenio Laboral vigente, y
se controlar diariamente mediante la cumplimentacin del parte que para tal fin existe en
la Secretara del Centro.
Podr participar y aportar sus sugerencias y opiniones tanto en reuniones conjuntas de todo
el personal junto con la Direccin del Centro, as como a nivel individual.
SECCIN 1: EL PERSONAL DE LIMPIEZA.
El Personal de Limpieza de este Centro pertenece a una compaa privada que mantiene un
contrato de prestacin de servicios de limpieza de Centros Pblicos con la Consejera de
Educacin y Ciencia de la Junta de Andaluca, y sus funciones y obligaciones estn
contempladas en los contratos que la Administracin Educativa mantiene con la
mencionada compaa de limpieza.
CAPTULO V. OTRAS INSTITUCIONES.
La complejidad de la cotidianidad de un Centro Educativo y la multitud de funciones que se
van asumiendo permite la participacin de instituciones, organismos, empresas y personas
ajenas, en un principio, a la Comunidad Educativa. De esta forma, ONGs, ayuntamientos,
asociaciones de vecinos o culturales, monitores/as, etc., se convierten en actores, cada vez
con ms frecuencia, del Centro y se hace necesario establecer sus mecanismos de
I.E.S. Nazar de Salobrea
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participacin. En todos estos casos, ser la Vicedirecccin del Centro, en su defecto el Jefe
del DACE, quien se encargue de establecer los mecanismos ms adecuados de
participacin en cada tema concreto.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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TTULO II: INFORMACIN Y GESTIN.
En cualquier organizacin educativa se reciben, se producen y se extienden diversas
informaciones y de muy variada ndole. Sin una gestin de la informacin bien delimitada,
los procesos comunicativos no tendran lugar. La informacin se gestiona para mejorar el
funcionamiento de toda la comunidad, transformando la informacin en accin. Del grado
de informacin que se tenga, de su relevancia y de cmo se convierta en elemento
dinamizador entre los implicados en el proceso educativo, se conseguirn ms fcilmente
los objetivos propuestos.
Una informacin gestionada eficazmente aumenta en el individuo el sentimiento de
pertenencia a la comunidad, incrementa la posibilidad de desarrollo de la misma y hace
posible la participacin.
Es por ello que corresponde a la Direccin del centro garantizar la informacin sobre la
vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar y a sus organizaciones ms
representativas.
CAPTULO 1: DE CARCTER GENERAL
SECCIN 1: INFORMACIN INTERNA.
Se considera como tal aquella que afecta directamente a la organizacin, planificacin y
gestin de la actividad docente en el Instituto.
La informacin de carcter general es suministrada por los distintos rganos de Gobierno
Unipersonales y Colegiados del centro.
La informacin de carcter ms especfica es suministrada por los responsables directos del
estamento u rgano que la genera: tutores, jefes de departamento, coordinadores de
proyectos, etc.
Son fuentes de informacin interna, entre otras:
El Proyecto Educativo del centro.
El Proyecto de Gestin.
El Reglamento de Organizacin y Funcionamiento (R.O.F).
La Memoria de Autoevaluacin.
Los planes especficos (experiencias didcticas, programas de insercin laboral,
programas especiales...).
Las disposiciones legales y administrativas de carcter docente (Leyes, Decretos,
rdenes, Resoluciones, Comunicaciones...)
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Las actas de reuniones de los distintos rganos de gestin del centro:
o Actas del Consejo Escolar.
o Actas de las sesiones del Claustro de Profesorado.
o Actas de las reuniones de los departamentos didcticos.
o Actas de las sesiones de evaluacin.
o Actas de reuniones de accin tutorial.
Las disposiciones del Equipo Directivo sobre el funcionamiento diario de la
actividad docente: concesin de permisos; correcciones de conductas; circulares;
etc.
Las convocatorias relacionadas con el perfeccionamiento del Profesorado:
convocatorias de los CEP, becas, programas...
La informacin tutorial: boletines de calificaciones, comunicaciones a los padres...
El parte diario de clase.
El parte de guardia del profesorado.
Relacin de libros de texto y materiales curriculares.
SECCIN 2: FUENTES EXTERNAS.
Son aquellas que no afectan directamente a la organizacin, planificacin o gestin del
centro.
Son fuentes de informacin externa, entre otras:
Informacin sindical.
Informacin procedente de rganos e instituciones no educativas de carcter
local, provincial o estatal: Ayuntamiento, Diputacin, organizaciones culturales,
organizaciones deportivas, empresas.
Informacin procedente de otros centros educativos: Colegios, Institutos,
Universidad.
Informaciones de Prensa.
Informacin bibliogrfica y editorial.
SECCIN 3: CANALES Y MEDIOS DE INFORMACIN.
Resulta imposible sistematizar la forma de informacin y/o comunicacin a utilizar, pues
depender de su tipologa, de la urgencia exigida, de sus destinatarios, etc.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Existen los siguientes:
Interna
hacia
el profesorado
Casilleros unipersonales
Tabln de anuncios
Correo electrnico
Entrega directa de comunicaciones
Claustro de Profesores
Consejo Escolar
E.T.C.P.
el alumnado
Asambleas
Entrega directa al delegado de grupo
Consejo Escolar
Pgina web
el P.A.S.
Entrega directa
Consejo Escolar
Externa
hacia
los padres y madres
Circulares informativas
Consejo Escolar
Reuniones de carcter grupal
Tutoras
Pgina web
la sociedad en
general
Pgina web
Notas de prensa
No obstante, es necesario establecer algunas pautas de actuacin. A saber:
1. Todo el profesorado dispondr de una direccin de correo electrnico, proporcionada por el propio centro, para facilitar la comunicacin interna.
2. Cada profesor tendr asignado un casillero en la Sala de Profesorado como medio alternativo de comunicacin interna, adems de los tablones de anuncios
establecidos en esta dependencia.
3. Sin embargo, el correo electrnico ser el canal prioritario y vlido de comunicacin al profesorado para:
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Las circulares informativas emitidas por el equipo directivo.
Las convocatorias de Claustro de Profesorado, Consejo Escolar y ETCP.
La normativa de inters general.
La documentacin enviada por correo electrnico desde la Administracin
Educativa.
Lo relacionado internamente con la informacin tutorial.
4. Las convocatorias de Claustro de Profesorado, Consejo Escolar y ETCP sern colocadas tambin en los tablones de anuncios de la Sala del Profesorado.
5. A la entrada del Instituto, y en un lugar de paso obligado del profesorado, se ha habilitado un tabln de anuncios para asuntos urgentes.
6. Los tablones de anuncios de la Sala del Profesorado estn organizados en funcin de su contenido de la siguiente forma:
Tabln 1: Comunicaciones del Equipo Directivo
Tabln 2: Actividades formativas
Tabln 3: B.O.J.A
Tabln 4: Actas de Claustro del Profesorado y Consejo Escolar
Tabln 5: Informacin sindical
Tabln 6: Actividades Complementarias y Extraescolares
Tabln 7: Bilingismo
7. Los tablones de anuncios de los pasillos del centro estn organizados en funcin de su contenido, a fin de facilitar la recepcin de la informacin que contienen.
8. Existir un responsable de todos los tablones del centro, encargado de velar porque estos contengan la informacin para la que estn destinados, de retirar anuncios,
notas o carteles inconvenientes o no autorizados y de mantenerlos actualizados por
su vigencia y contenido.
9. Por delegacin de la Direccin, ser el Secretario del centro el encargado de autorizar o no los carteles que provengan del exterior, mediante un sello creado al
efecto para aquellos que estn autorizados.
SECCIN 4: EL PARTE DIARIO DE CLASE.
Es el instrumento de control de la asistencia a clase de los alumnos y alumnas.
El delegado/a de curso es el responsable de la custodia y conservacin del parte de clase,
as como de su correcta y completa cumplimentacin en todos sus casilleros, procurando
mantenerlo en buen estado, entregndolo al profesor/a correspondiente para su firma y
depositndolo en la Conserjera al finalizar la jornada escolar.
En ausencia del delegado/a y subdelegado/a, esa responsabilidad recaer, durante la
jornada, en el alumno/a elegido por el profesor/a que imparta la primera sesin, cuyo
nombre se consignar en el parte para conocimiento de los restantes profesores.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Nadie debe escribir en el parte si no es el profesor/a, el delegado/a de curso o persona
responsabilizada.
En caso de ausencia del profesor/a de clase, ser el profesor/a de guardia, el que registre la
incidencia de que la clase no ha sido impartida por el profesor/a titular.
La firma del profesor o profesora de clase supone la imparticin de docencia en la hora
reflejada.
El control de ausencias y retrasos a clase del alumnado es obligatorio, por lo que el
profesorado deber dejar constancia de ello en el parte diario.
SECCIN 5 PARTE DE INCIDENCIAS DE CONDUCTA (Apercibimiento por escrito)
Es el documento establecido para reflejar las conductas del alumnado que sean contrarias a
las normas de convivencia o gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro,
contempladas en este ROF y/o en el Plan de Convivencia del Centro.
Este Parte consta de tres hojas autocopiativas: una para el profesor/a que cumplimente el
Parte, otra para el tutor/a y otra para Jefatura de Estudios.
Dependiendo de la importancia del hecho acaecido y a tenor de lo establecido en los
documentos mencionados anteriormente, el profesor/a de clase, podr:
1. Corregir l mismo la accin.
2. Ponerlo en conocimiento del tutor/a para su posterior correccin.
3. Enviar al alumno/a, acompaado del delegado/a de grupo, a la Sala de Guardia. En el supuesto de que en la Sala de Guardia no hubiese profesorado disponible, el
delegado de grupo deber volver con el alumno/a a la clase correspondiente.
4. Conducirlo, acompaado del profesorado de guardia, a la Sala de Guardia. (Slo en los casos de conductas consideradas como gravemente perjudiciales para la
convivencia).
5. Conducirlo de manera inmediata a Jefatura de Estudios, o en su ausencia al miembro del Equipo Directivo que permanezca en el Centro, acompaado del
delegado/a de curso o del profesorado de guardia.
En este ltimo caso ser la Jefatura de Estudios o la Direccin del centro los que asuman
las actuaciones posteriores.
SECCIN 6: EL LIBRO REGISTRO DE INCIDENCIAS DE SALA DE GUARDIA.
En la Sala de Guardia existir un Libro Registro de Incidencias en el que el profesorado de
guardia, en cada sesin, anotar el nombre completo del alumnado que es derivado a esta
Sala, el curso y grupo al que pertenece, el profesor/a que lo ha derivado y las acciones que
han motivado la derivacin.
Cuando un alumno/a sea suspendido del derecho de asistencia a una clase, se dirigir a la
Sala de Guardia, acompaado por el delegado/a de grupo o persona designada, y
permanecer en esa Sala bajo la responsabilidad del profesorado de guardia. El profesor/a
I.E.S. Nazar de Salobrea
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que haya impuesto la suspensin deber haber cumplimentado el correspondiente impreso
de Parte de Incidencias de Conducta, en el que tambin anotar la tarea acadmica que debe
realizar el alumno/a en la Sala de Guardia. El profesorado de guardia reflejar en el Libro
de Registro los datos de identidad del alumno sancionado, el cual, una vez acabada esa
sesin lectiva, se reintegrar nuevamente al aula.
En cualquiera de estas situaciones, el Parte de Incidencias de clase ha de ser entregado a
Jefatura de Estudios por el profesor/a que efecta la sancin, de manera que no se produzca
ninguna correccin de conducta que no tenga el respaldo documental del Parte de
Incidencias.
La responsabilidad de comunicacin a los padres o representantes legales sobre la
incidencia habida, y la correccin correspondiente, correr a cargo del tutor del alumno, y
en su defecto, de la Jefatura de Estudios o Direccin.
CAPITULO II: RELACIN DEL CENTRO CON EL ENTORNO
SECCIN 1: RELACIONES CON EL AYUNTAMIENTO.
El Centro debe relacionarse con el Ayuntamiento del municipio donde est radicado. Para
ello se mantendrn contactos con las reas de Educacin y Cultura y se participar en
aquellos Programas y actividades que contribuyan a desarrollar nuestros diseos
curriculares.
SECCIN 2: RELACIONES CON OTROS CENTROS.
El Instituto debe relacionarse tambin con otros Centros, principalmente con Centros de
nuestro municipio. La relacin se har a nivel de Directores, si bien, en ciertas ocasiones es
posible una relacin a otros niveles.
Tambin se fomentar una relacin-coordinacin a nivel de Jefatura de Estudios que tenga
como finalidad facilitar la transicin del alumnado de Primaria a Secundaria
Es de destacar la relacin con aquellos colegios que estn adscritos a nuestro Centro ya que
nuestros alumnos y alumnas provendrn de ellos.
SECCIN 3: RELACIONES CON OTRAS ADMINISTRACIONES O INSTITUCIONES.
Artculo 1. Relaciones con las entidades culturales
El Centro debe relacionarse tambin con las Entidades Culturales de nuestro entorno ms
prximo recabando ayuda para conferencias y charlas. La relacin ser entablada por el
Director/a, Vicedirector/a o por el Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares.
Dentro de estas Entidades Culturales es necesario destacar las relaciones con el rea de
Juventud, ya que ser con la que mantengamos ms contacto. Se le pedir que organice
conferencias sobre drogas, alcoholismo, control de la natalidad, derechos humanos, y todos
los temas que sean de inters para nuestro alumnado, bien por iniciativa del profesorado, o
por iniciativa de los alumnos.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Artculo 2. Relaciones con la Polica Local, Guardia Civil y Cuerpo de Bomberos
El Directivo que se encuentre a cargo del Centro llamar a la Polica Local o a la Guardia
Civil cuando surja algn problema importante. Tanto la Polica Local como la Guardia
Civil y el Cuerpo de Bomberos contarn con una copia de la llave del Centro para casos de
urgencia y con la que puedan acceder al mismo cuando sea necesario y con una copia del Plan de Autoproteccin del Centro. Cuando algn miembro de los cuerpos de seguridad
acuda al centro para consultar algn tema o buscar alguna informacin sobre el alumnado,
slo podr ser atendido por la direccin del centro o, en su defecto, algn miembro del
Equipo Directivo, aunque sean los ordenanzas o el personal administrativo quin los
reciba.
Artculo 3. Relaciones con la Administracin Educativa.
La persona del Centro que debe relacionarse con la Administracin Educativa es el
Director/a quien puede delegar algunas gestiones en otro miembro del Equipo Directivo.
No obstante, el Directivo que en cada momento est como mximo responsable en el
Centro, debe atender las llamadas telefnicas de cualquier persona de la Administracin
Educativa para la Direccin y recibir a quienes se personan en el Centro para asuntos
oficiales. Si este Directivo no posee toda la informacin o no es competente para decidir,
informar del horario en que el Director o el cargo que se ocupa del asunto est en el
Centro, recoger el aviso y le dejar al interesado una nota en su mesa de trabajo. Todo
documento que llega al Centro procedente de la Administracin educativa debe ser
registrado, as como las respuestas o demandas que el Centro le remite.
En determinadas cuestiones de trmite o consulta son aconsejables las relaciones
telefnicas o va E-mail con la Administracin Educativa, por la rapidez, e incluso el
tratamiento directo de los asuntos personndose en las oficinas correspondientes, aunque
los temas importantes deben quedar reflejados por escrito.
Artculo 4. Relaciones con el Centro del Profesorado
El Centro de Profesorado es la institucin encargada de la formacin permanente del
profesorado en activo. Nuestro Centro est adscrito al CEP de Motril. Las actuaciones del
Centro en materia formativa se reflejarn en el Plan de Formacin que se incluye en el
Proyecto Educativo de Centro. Este Plan de Formacin contemplar todo lo referente a este
tema, tanto en forma de Grupos de Trabajo de Autoformacin, como en forma de Cursos,
Jornadas, Encuentros, etc.
CAPITULO III: CONSEJO ESCOLAR.
Para la vlida constitucin del rgano, a efectos de la celebracin de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerir, en primera convocatoria, la presencia del
Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de
sus miembros. En segunda convocatoria no ser preciso el requisito anterior.
SECCIN 1. CONVOCATORIAS.
Consejo Escolar ordinario: Se convocar con una semana de antelacin y junto a
la convocatoria o, al menos, 48 horas antes, deber facilitarse siempre la
informacin necesaria para los temas que vayan a tratarse.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Consejo Escolar extraordinario. Se convocar con 48 horas de antelacin, como
mnimo.
Cuando el Consejo Escolar sea convocado a peticin, al menos, de un tercio de sus
miembros, dicha convocatoria no se demorar ms de 15 das tras la peticin o, si
mediase un periodo vacacional, inmediatamente posterior a ste.
SECCIN 2: ORDEN DEL DA.
En el orden del da debern figurar los puntos a tratar en cada sesin con el mximo detalle
posible y ser comunicado o entregado junto con la convocatoria de cada sesin.
SECCIN 3: DURACIN DE LAS SESIONES
Las sesiones del Consejo Escolar no podrn tener una duracin mayor a las dos horas. En
caso de no poder terminar en este tiempo, se pasar directamente al punto de ruegos y
preguntas y se suspender hasta la semana siguiente.
SECCIN 4: TOMA DE ACUERDOS.
La aprobacin de acuerdos se realizar por mayora simple (ms votos a favor que en
contra), excepto aquellos acuerdos que necesiten una mayora diferente y que queden
especificados en la normativa.
Las reformas de los documentos del Plan de Centro necesitarn la mayora absoluta
de los miembros del Consejo Escolar.
No podr existir voto en blanco o abstencin en aquellos asuntos relacionados con
la organizacin del Centro.
No se permite la delegacin de voto.
En la segunda convocatoria, la mayora se establecer sobre los miembros
presentes.
CAPITULO IV: CLAUSTRO
Para la vlida constitucin del rgano, a efectos de la celebracin de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerir, en primera convocatoria, la presencia del
Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de
sus miembros. En segunda convocatoria no ser preciso el requisito anterior.
SECCIN 1: CONVOCATORIAS.
Claustro ordinario: Se convocar con cuatro das de antelacin y junto a la
convocatoria o, al menos, 48 horas antes, deber facilitarse siempre la informacin
necesaria para los temas que vayan a tratarse.
Claustro extraordinario. Se convocar con 48 horas de antelacin, como mnimo.
I.E.S. Nazar de Salobrea
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Cuando el Claustro sea convocado a peticin, al menos, de un tercio de sus
miembros, dicha convocatoria no se demorar ms de 15 das tras la peticin o, si
mediase un periodo vacacional, inmediatamente posterior a ste.
SECCIN 2: ORDEN DEL DA.
En el orden del da debern figurar los puntos a tratar en cada sesin con el mximo detalle
posible y ser comunicado o entregado junto con la convocatoria de cada sesin.
SECCIN 3: DURACIN DE LAS SESIONES.
Las sesiones del Claustro no podrn tener una duracin mayor a las tres horas. En caso de
no poder terminar en este tiempo, se pasar directamente al punto de ruegos y preguntas y
se suspender hasta la semana siguiente.
SECCIN 4: TOMA DE ACUERDOS.
La aprobacin de acuerdos se realizar por mayora simple (ms votos a favor que
en contra), excepto aquellos acuerdos que necesiten una mayora diferente y que
queden especificados en la normativa.
Las reformas de los documentos del Plan de Centro necesitarn la mayora absoluta
de los miembros del Claustro.
No podr existir voto en blanco o abstencin en aquellos asuntos relacionados con
la organizacin del Centro.
No se permite la delegacin de voto.
CAPITULO V: NORMAS SOBRE ACTAS
El Secretario o en su ausencia el miembro que designe el Director, odos los asistentes,
levantar acta de las reuniones.
En el acta podrn figurar el voto contrario a un acuerdo adoptado, la abstencin o
voto en blanco y los motivos que las justifiquen. Asimismo, cualquier miembro
tiene derecho a solicitar la trascripcin ntegra de su intervencin o propuesta,
siempre que aporte en el acto, o en el plazo de 48 horas, el texto que se corresponda
fielmente con su intervencin, hacindose as constar en el acta o unindose copia a
la misma.
Los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario podrn formular voto
particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, que se incorporar al
texto aprobado. En este caso, los miembros del rgano que voten en contra o se
abstengan, quedarn exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivarse
de los acuerdos. En ningn caso debe entenderse que esta accin exime del
cumplimiento de lo acordado.
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Aprobacin de las actas:
o Las actas del Claustro de Profesores se harn pblicas en los tablones de
anuncios de la Sala de Profesores. A partir de dicha publicacin, se abrir un
plazo de 72 horas para presentar, por parte de cualquier miembro del
Claustro, alegaciones por escrito en el Registro del Centro y dirigidas al
Secretario, el cual deber resolver su inclusin en una nueva redaccin del o
los apartados correspondientes del acta o incluirlas como anexo. Para ello, y
en un periodo mximo de 72 horas, tras la finalizacin del primer plazo,
deber publicarlo en el mismo tabln de anuncios.
o A los miembros del Consejo Escolar pertenecientes al sector padres/madres,
alumnos, Personal de Administracin y Servicios y representante del
Ayuntamiento se les enviar copia de dicha acta. Para los representantes de
los profesores, se pondr en el tabln de anuncios de la Sala de Profesores.
Para presentar alegaciones y su posterior aprobacin, se actuar como con
las actas del Claustro.
Supondr su aprobacin:
o Una vez transcurrido el plazo sin que se haya presentado ninguna alegacin.
o Su publicacin, junto con la resolucin del Secretario, a la alegacin
presentada.
o Ratificacin en la siguiente sesin, apareciendo como primer punto del
orden del da, en las que se leern las alegaciones que no se hubieran
publicado en el tabln con anterioridad.
El Secretario podr realizar certificacin sobre los acuerdos especficos que se
hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobacin del acta. En dichas
certificaciones de acuerdos adoptados emitidas con anterioridad a la aprobacin del
acta se har constar expresamente tal circunstancia.
Libros de actas:
o Existir un libro de actas para el Consejo Escolar y otro para el Claustro.
Cada libro contendr las copias impresas de todas las actas de un curso
escolar, ordenadas cronolgicamente y enumeradas para su encuadernacin,
que incluir una diligencia del Secretario, con el visto bueno del Director, en
la que se indicar el nmero total de pginas.
Aquellas cuestiones de funcionamiento que no estn recogidas en el presente
Reglamento, se regirn por lo dispuesto en el Captulo II, del Ttulo II, de la Ley
30/92 de 26/11 de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y
Procedimiento Administrativo Comn, y dems normativa aplicable.
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CAPITULO VI: EQUIPO TCNICO DE COORDINACIN
PEDAGGICA (ETCP)
El Equipo Tcnico de Coordinacin Pedaggica es el mecanismo fundamental para la
coordinacin pedaggica del profesorado, pues sirve tanto de elemento de transmisin
vertical como horizontal, facilitando la toma de decisiones y los acuerdos pedaggicos
relacionados con el Proyecto Educativo del Centro.
El equipo tcnico de coordinacin pedaggica estar integrado por la persona titular
de la direccin, que ostentar la presidencia, la persona titular de la jefatura de
estudios, las personas titulares de las jefaturas de los departamentos encargados de
la coordinacin de las reas de competencias establecidas en el artculo 84 del ROC,
las personas titulares de las jefaturas de los departamentos de orientacin y de
formacin, evaluacin e innovacin educativa y, en su caso, la persona titular de la
vicedireccin. Ejercer las funciones de secretara la jefatura de departamento que
designe la presidencia de entre los miembros del equipo.
Hay una hora semanal fijada para dicha reunin y en casos excepcionales se podr
ampliar ese espacio de tiempo.
La convocatoria de la reunin se realizar por la Direccin o Jefatura de Estudios de
manera oficial colocando la citacin en el Tabln de la Sala de Profesores y citando
mediante un aviso al correo electrnico con un plazo mnimo de 48 horas.
Los acuerdos y temas tratados en dicha reunin quedarn reflejados en unas Actas
que sern elaboradas y custodiadas por el Jefe de Departamento voluntario o el ms
joven de los de menor antigedad, como Secretario de ETCP. Los acuerdos se
tomarn por mayora absoluta y no se permite el voto en blanco o la abstencin, en
aquellos asuntos relacionados con la organizacin del Centro, ni la delegacin de
voto.
Adems de las funciones que le otorga el ROC, el ETCP funcionar tambin como
rgano de comunicacin sobre asuntos generales del funcionamiento y de
organizacin del centro: principalmente de las actividades complementarias y
extraescolares, de las adquisiciones de material inventariable y de la valoracin de
la situacin econmica.
Ser responsabilidad de los Jefaturas de las reas de Competencia y de las Jefaturas
de los Departamentos, trasladar estas informaciones a los miembros de su
Departamento en la siguiente reunin.
SECCIN 1: COMPETENCIAS DEL ETCP.
El equipo tcnico de coordinacin pedaggica tendr las siguientes competencias:
a) Establecer las directrices generales para la elaboracin de los aspectos educativos del Plan de Centro y sus modificaciones.
b) Fijar las lneas generales de actuacin pedaggica del proyecto educativo.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-d327-2010.t5.html#a84#a84
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c) Asesorar al equipo directivo en la elaboracin del Plan de Centro.
d) Establecer las directrices generales para la elaboracin y revisin de las programaciones didcticas de las enseanzas encomendadas a los departamentos de
coordinacin didctica.
e) Asesorar a los departamentos de coordinacin didctica y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluacin en competencias y velar porque las
programaciones de los departamentos de coordinacin didctica, en las materias que
les estn asignadas, contribuyan al desarrollo de las competencias bsicas, a cuyos
efectos se establecern estrategias de coordinacin.
f) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de atencin a la diversidad del alumnado, incluidos los
programas de diversificacin curricular y los programas cualificacin profesional
inicial.
g) Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.
h) Velar por el cumplimiento y posterior evaluacin de los aspectos educativos del Plan de Centro.
i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del instituto o por Orden de la persona titular de la Consejera competente en materia de educacin.
CAPITULO VII: EQUIPO DIRECTIVO.
El Equipo Directivo est integrado por todos los rganos unipersonales de gobierno
(Director/a, Jefes/as de Estudios, Vicedirector/a y Secretario/a). Se reunir una vez por
semana de forma ordinaria y, cuando algunos asuntos lo requieran, de forma extraordinaria.
Las reuniones extraordinarias las convocar el Director a iniciativa propia o a peticin, al
menos, de dos miembros. Los asuntos que se tratarn en estas reuniones sern la
organizacin del trabajo cotidiano de la direccin, la coordinacin entre los distintos
rganos unipersonales de gobierno y el consenso en la toma de decisiones que le competen
a la Direccin y a los otros rganos colegiados. No se levantar acta de estas reuniones y
los asistentes estn obligados a guardar sigilo acerca de las deliberaciones, especialmente
en lo que concierne a las manifestaciones efectuadas por terceros.
El Equipo Directivo actuar de forma colegiada. Siempre habr un miembro como
responsable del Centro, quien comunicar los temas que le queden pendientes al finalizar su
jornada y sean urgentes a los directivos del turno siguiente, verbalmente o mediante notas
que se dejarn sobre la mesa de trabajo del destinatario. Cuando se produzca algn
incidente, el directivo que se encuentre en el Centro escolar debe comprobar que queda
anotado en las observaciones del parte de guardia del profesorado.
SECCIN 1: FUNCIONES DE LOS RGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO
Cada uno de los rganos unipersonales de gobierno se ocupar de las funciones que el
Reglamento Orgnico de los Institutos de Educacin Secundaria establece, con las
matizaciones siguientes:
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La DIRECCIN del Centro desarrollar fundamentalmente las siguientes
funciones:
- Ejercer el liderazgo pedaggico del Centro.
- Planificar y organizar el trabajo y las actividades del Centro.
- Coordinar al Equipo Directivo, el trabajo planificado y las actividades del centro.
- Apoyar y asesorar a las Jefaturas de Estudios en cuestiones acadmicas y de
convivencia.
- Apoyar y asesorar a la Vicedireccin en las relaciones externas.
- Apoyar y asesorar a la Secretara en las cuestiones presupuestarias, de inversiones
y de mantenimiento.
La JEFATURA DE ESTUDIOS tendr bajo su responsabilidad la Jefatura del
Personal Docente, la coordinacin de las actividades acadmicas y las actividades
de tutora, la disciplina y la convivencia del Centro y la coordinacin de los
programas y proyectos educativos.
La SECRETARA se encargar del rgimen administrativo del centro, del
presupuesto, de las inversiones, del inventario, de la Jefatura del Personal de
Administracin y Servicios, del mantenimiento del centro, de realizar aquellas
compras que no hagan los departamentos y de la matriculacin del alumnado en
coordinacin con la Jefatura de Estudios y la Direccin del Centro.
Asimismo, se tendrn en cuenta los siguientes detalles de carcter administrativo:
El Director/a abrir el correo destinado al Centro, ordenar su distribucin o
tramitacin, seleccionar las disposiciones de inters publicadas en los Boletines
Oficiales y ordenar su divulgacin.
La Jefatura de Estudios recibir las actas de evaluacin de los tutores una vez
firmadas por todos los profesores del Equipo Educativo, antes de que finalice el
periodo de revisin de calificaciones, plazo en el que deben hacerse las diligencias
necesarias. Estas diligencias las firmarn el profesor que modifica la calificacin, el
tutor/a y el Secretario del Centro. A la finalizacin del plazo de revisin de las
calificaciones, las actas sern firmes, la Jefatura de Estudios se las entregar al
director, quien tras firmarlas las depositar en la Secretaria pudiendo los alumnos, a
partir de ese momento, solicitar certificaciones acadmicas o el ttulo, si procede.
Cualquier directivo est obligado a depositar en el Centro para su registro y archivo
los documentos que reciba por va extraordinaria.
La Direccin o el miembro del Equipo Directivo que sta designe, asistir a las
sesiones de evaluacin y de equipos educativos con el objetivo de coordinar las
actuaciones y decisiones de los mismos y de cuidar de la validez y legalidad de las
medidas adoptadas.
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SECCIN 2: ASESORAMIENTO DEL DIRECTOR.
El Director contar con el asesoramiento de diferentes rganos dependiendo de la ndole de
las decisiones que deba adoptar:
En cuestiones pedaggicas puede consultar a los restantes rganos unipersonales de
gobierno, al Equipo Tcnico de Coordinacin Pedaggica y al Claustro.
En cuestiones organizativas puede consultar a los restantes rganos unipersonales
de gobierno, al Claustro y al Consejo Escolar.
En cualquier caso puede efectuar consultas a la Inspeccin u otros servicios de la
Administracin Educativa.
CAPITULO VIII: DEPARTAMENTOS DE COORDINACIN
DIDCTICA
En los departamentos de coordinacin didctica se integrar el profesorado que imparte las
enseanzas que se encomienden a los mismos. Contarn con un jefe o jefa, que ser
nombrado a propuesta del director o directora del centro.
Los departamentos de coordinacin didctica podrn agruparse en las reas de
conocimiento cientfico-tecnolgica, social-lingstica y artstica, de acuerdo con lo que a
tales efectos establezca el proyecto educativo del centro docente. La coordinacin del rea
corresponder a uno de los jefes de los departamentos implicados.
En los departamentos de orientacin se integrarn, al menos, los orientadores y aquellos
profesores y profesoras del centro y otros profesionales no docentes con la debida
cualificacin que se determinen.
Las jefaturas de los departamentos de coordinacin didctica y de orientacin sern
ejercidas, con carcter preferente, por profesorado funcionario de los cuerpos de
catedrticos.
Corresponde a los departamentos de coordinacin didctica y de orientacin la propuesta de
distribucin entre el profesorado de las reas, materias, mdulos o mbitos que tengan
encomendados, de acuerdo con el horario establecido por el equipo directivo.
CAPITULO IX: OTRAS DECISIONES SECCIN 1: CRITERIOS PRIORIZADOS PARA LA ASIGNACIN DE GRUPOS AL ALUMNADO DEL CENTRO
1 ESO: o Alumnado de optativas o refuerzos.
o Informacin recibida de los colegios de procedencia.
o Reparto equitativo de alumnado repetidor.
o Reparto del alumnado con NEE.
o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.
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2 ESO
o Alumnado de optativas o refuerzos.
o Informacin recibida del curso anterior o de los colegios de procedencia.
o Reparto equitativo de alumnado repetidor y de promocin obligada.
o Mantener, en lo posible, los grupos de origen de 1 ESO
o Reparto del alumnado con necesidades educativas especficas.
o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.
3 ESO
o Agrupacin del alumnado del PDC en un grupo de adaptacin curricular
grupal.
o Alumnado de optativas o refuerzos.
o Reparto equitativo de alumnado repetidor y de promocin obligada.
o Mantener, en lo posible, lo grupos de origen de 2 ESO.
o Reparto del alumnado con necesidades educativas especficas.
o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.
4 ESO
o Eleccin de itinerario por el alumnado.
o Agrupacin del alumnado del PDC en un grupo de la opcin de Ciclo
Formativo.
o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.
SECCIN 2: CRITERIOS PEDAGGICOS PARA LA ELABORACIN DE HORARIOS DEL CENTRO
El horario general del Centro se elaborar siguiendo los siguientes pasos:
Fijacin del nmero de grupos y del cupo de profesorado por la administracin
educativa.
Asignacin de enseanzas y tutoras a los Departamentos Didcticos por parte del
Equipo Directivo en funcin de lo anterior.
Reparto de las enseanzas y tutoras entre los miembros de cada departamento
Didctico.
Elaboracin por Jefatura de Estudios del horario general con los datos recogidos de
los Departamentos Didcticos.
Consulta a aquellos Departamentos Didcticos que deban modificar su eleccin
como resultado de la fase previa de elaboracin del horario general.
Prioridad de las cuestiones pedaggicas y de organizacin sobre las preferencias del
profesorado.
Escalonamiento de las materias, es decir, intentar que no figuren siempre en la
misma franja horaria.
Alternancia de las materias, es decir, intentar repartir las horas de la materia a lo
largo de la semana, sin concentrarlas en slo dos das.
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Fijacin del nmero mnimo del profesorado necesario para los servicios de guardia.
Establecer horario de reuniones de departamentos que deban coordinarse por su
afinidad o por algn proyecto concreto en la misma hora (Bilingismo)
Adjudicar espacios segn las peticiones del profesorado para maximizar los
recursos disponibles.
SECCIN 3: CRITERIOS PEDAGGICOS PARA LA ASIGNACIN DE TUTORAS.
Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendr un tutor o tutora que ser nombrado por la direccin del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre
el profesorado que imparta docencia en el mismo. Este nombramiento se efectuar
para un ao acadmico.
Se designar preferentemente al profesor o profesora que tenga mayor horario semanal con el grupo. Se procurar que aquellos profesores y profesoras que,
durante un curso escolar, hayan tenido asignada la tutora de un grupo del primer
curso de la Educacin Secundaria Obligatoria continuar ejerciendo esta funcin en
el segundo curso hasta su finalizacin por parte del grupo de alumnos y alumnas
con que lo inici, siempre que continen prestando servicio en el centro.
En el caso del alumnado que presente caractersticas que hagan previsible el fracaso escolar y social (dificultades de aprendizaje, disrupciones frecuentes en clase,
absentismo escolar...) se podr establecer la figura del segundo tutor tutora.
SECCIN 4: APERTURA DEL CENTRO POR LAS TARDES
El Centro debe permanecer abierto una tarde a la semana para las actividades de tutora,
reuniones de coordinacin, sesiones de formacin y otras actividades que desarrollan los
programas del Centro. La tarde que oficialmente estar abierto el centro ser los lunes, de
16 a 19 horas.
Independientemente de este horario, el centro est adscrito al Plan de Escuelas Deportivas,
al Programa de Acompaamiento Escolar y al Plan de Actividades Extraescolares, por lo
que permanecer abierto todas las tardes para la realizacin de las actividades relacionadas
con dichos planes, programas y proyectos.
CAPITULO X: ORGANIZACIN DEL TRABAJO DEL PAS
El Centro cuenta con el siguiente personal de administracin y servicios: ordenanzas y
auxiliares administrativos/as.
El personal de administracin y servicios tiene los derechos y obligaciones establecidos en
la normativa vigente y reguladas sus funciones por el Convenio Laboral correspondiente.
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SECCIN 1: FUNCIONES DE LOS AUXILIARES ADMINISTRATIVOS
Como norma general, el/la auxiliar administrativo deber conocer y llevar a cabo todas las
actividades propias de su puesto.
Las tareas de las que se ocupar el/la auxiliar administrativo son:
- Tramitar todo tipo de documentos que lleguen al Centro o partan del mismo,
encargndose de llevar puntualmente los registros de entrada, salida y otros especficos.
- Atender al pblico en horario de 10 a 13 horas, .
- Contestar consultas por telfono durante su jornada de trabajo.
- Mecanografiar cuanto escritos se les entreguen por parte del Equipo Directivo.
- Rellenar la documentacin administrativa de los alumnos que no corresponda a los
tutores.
- Archivar ordenadamente todos los documentos, siguiendo las directrices organizativas del
Director y Secretario.
- Realizar todas las tareas administrativas en el proceso de matriculacin.
- Colaborar en todas las tareas administrativas que se realicen en el Centro cuando les
hayan sido encomendadas formalmente.
- Colaborar con los/as ordenanzas del centro cuando las necesidades del servicio lo
requieran, principalmente acudiendo por el correo y atendiendo llamadas telefnicas.
SECCIN 2: FUNCIONES DE LOS CONSERJES
Aunque son los responsables ltimos de abrir y cerrar todas las persianas del Centro, es un
objetivo de nuestro Plan de Gestin el involucra a toda la comunidad educativa en dicho
quehacer de forma que el profesorado lo haga en departamentos y el alumnado, bajo su
supervisin, en las aulas. De esta forma los conserjes debern al menos, y siempre que lo
anterior funcione:
Todas las maanas y antes del comienzo de las clases, debern levantar las
persianas de la sala de profesores. Al final de la jornada, el conserje proceder a la
bajada de estas persianas.
Verificar que se ha actuado de la misma manera en el resto de dependencias del
Centro, y lo comunicar al Sr. Secretario/a para ponerlo en conocimiento de los
implicados.
Velar por el buen uso y conservacin que los alumnos hagan de los aseos.
Recoger y entregar diariamente el correo en la oficina de la localidad, obligndose a
dejar cuantas misivas lleguen al centro inmediatamente en el despacho del
Director/a.
Custodiar la entrada al Centro, atendiendo el portero electrnico o a pie de la misma
puerta general de acceso. Recaer bajo su responsabilidad la entrada indebida de
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cualquier persona ajena al centro o la salida, sin la preceptiva autorizacin por
escrito, de alumnos,
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