SABBATH SPA
SOCIOS
LEIDY BERMUDEZ
JACQUELINE HIDALGO
SIANY QUESADA
GRETTEL REYES
MARIA RODRIGUEZ
INTRODUCCION
A) INDICE GENERAL
Contenido
INTRODUCCION 1
A) INDICE GENERAL 1
RESUMEN EJECUTIVO 16
B) JUSTIFICACIÓN: 17
C) METODOLOGÍA: 19
D) PROBLEMA: 21
E) OBJETIVO GENERAL: 21
F) OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 21
CAPITULO I 22
1.1 LA EMPRESA 22
1.2 ZONA GEOGRAFICA DE LA EMPRESA 22
1.3 ANÁLISIS DE LAS VARIABLES MACROECONÓMICAS 22
1.4 ANALISIS DEL MACROAMBIENTE 25
CAPITULO II 32
ESTUDIO DE MERCADO 32
2.1 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 32
CALIDAD DEL SERVICIO 34
2.2 ANALISIS DE LA DEMANDA 36
2.3 ANALISIS DE LA OFERTA 40
2.4 ANALISIS DE LAS 5 FUERZAS DE PORTER 46
CAPACIDAD INSTALADA Y UTILIZADA 48
PLANES DE EXPANSIÓN 50
2.5 CANAL DE COMERCIALIZACION 2
2.6 PLAN DE MERCADOCTENIA 2
PROYECCION DE FACTURACION 33
CAPITULO III 33
ESTUDIO TECNICO 33
3.1 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 33
3.2 PROCESO DE PRODUCCIÓN Y TRANSFORMACIÓN. 34
3.3 DETERMINACIÓN DEL TAMAÑO DE LA PLANTA 40
3.4 SELECCIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO 46
3.5 LOCALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA PLANTA 48
3.6 REQUERIMIENTOS DE MANO DE OBRA 49
SALUD OCUPACIONAL DE SABBATH SPA S.A. 52
3.7 DESPERDICIOS 55
3.8 ESTIMACIÓN DEL COSTO DE INVERSIÓN Y DE PRODUCCIÓN DE LA
PLANTA. 56
PROYECCION DE LAS VENTAS DE LOS PRÓXIMOS 5 AÑOS 63
CAPITULO IV 66
ESTUDIO ADMINISTRATIVO 66
4.1 TIPO DE EMPRESA 66
4.2 SOCIOS 66
4.3 PLANEACIÓN ESTRATÉGICA 70
4.4 ORGANIGRAMA EMPRESARIAL 73
4.5 PUESTOS Y FUNCIONES 75
CAPITULO V 76
ESTUDIO LEGAL 76
5.1 OPORTUNIDADES Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS 76
5.2 LEYES REGULADORAS DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL 82
5.3 INSTRUMENTOS LEGALES PARA ORDENAR LOS ACTOS COMERCIALES
84
Leyes y normas más importantes para el desarrollo del proyecto: 84
5.4 NORMATIVA DE RIESGOS Y SEGUROS 84
CAPITULO VI 86
ESTUDIO AMBIENTAL 86
6.1 INSTRUMENTOS PARA MEDIR COSTOS Y BENEFICIOS: 86
6.2 SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL – SETENA 88
6.2.1 VIABILIDAD AMBIENTAL 88
6.2.2 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES SETENA 92
CAPITULO VII 98
FINANCIERO 98
7.1 INVERSIÓN TOTAL 98
7.2 ORIGEN Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO 100
7.4 FLUJO DE CAJA PROYECTADO 105
7.5 VALOR PRESENTE NETO O VALOR ACTUAL (VAN) 107
7.6 TASA BENEFICIO- COSTO Y PERIODO DE RECUPERACIÓN DE LA
INVERSIÓN. 110
CAPITULO VIII 163
ECONOMICO 163
8.1 Contribución Económica del Proyecto 163
8.2 EVA 164
ANEXOS 1167
BIBLIOGRAFIA 260
RESUMEN EJECUTIVO
El desarrollo de este proyecto pretende investigar si es factible económica y
técnicamente la creación de un SPA en el distrito central de Desamparados, San
José. En base a ello se desarrollan los estudios correspondientes a fin de realizar
la determinación.
Basado en ese objetivo se acordó que el establecimiento Sabbath SPA estará
ubicado en el centro comercial Multicentro y será una empresa creada como una
sociedad anónima, la cual tiene como objetivo satisfacer las necesidades y deseos
de los clientes, buscando la diferenciación a través de su ubicación, atmósfera y
servicio personalizado.
La estrategia que utilizará Sabbath SPA para alcanzar sus metas es aprovechar la
nula competencia existente dentro del centro comercial, posicionarse en la mente
de los clientes, obteniendo su predilección y confianza, adicionado a la optima
utilización de sus recursos a fin de innovar en tratamientos que satisfagan los
diferentes gustos y preferencias, y así posteriormente ampliar sus instalaciones y
la oferta en aparatología que le permitan estar a la vanguardia.
Se realiza un análisis de la competencia del cantón y los servicios sustitutos
existentes en el mercado, como los salones de belleza cercanos al Multicentro,
donde se ubicará el SPA. Adicionalmente el plan de negocios describe los
servicios que se ofrecerán y los diferentes paquetes promocionales, así como las
estrategias parciales tales como publicidad y fuerza de ventas a utilizar.
Según estadísticas obtenidas a través de las encuestas se determina las
características que buscan los consumidores así como la demanda potencial para
la proyección de la organización, fuente de información para la creación de la
planta de trabajo y la obtención de los equipos y productos necesarios para
brindar los servicios ofrecidos.
Se muestra la forma de operar, en cuanto a la inversión inicial, proyección de
ventas a 5 años y planes de expansión, así como inventario y personal a
necesitar. Al realizar el estudio financiero y el económico, mediante el Flujo de
caja proyectado, el VAN, TIR B/C, PR y EVA, se determina que la apertura del
proyecto Sabbath SPA es rentable y que otorga valor a la economía nacional.
TEMA: Apertura del centro Sabbath SPA ubicado en el distrito central de
Desamparados, enfocado a la población femenina en el rango de edad de entre 25
y 55 años. A partir de enero del año 2012.
B) JUSTIFICACIÓN:
Un Spa es un establecimiento de salud que ofrece tratamientos, terapias o
sistemas de relajación, utilizando como base principal el agua. No hay un origen
cierto de la palabra “spa”. Algunos lo atribuyen al pueblo belga de Spa, que era
conocido en la época romana por sus baños de aguas termales, mientras que
otros especulan que viene del acrónimo en latín de la frase “salutem per aquam”, o
sea, “salud a través del agua”.
Mundialmente y en Costa Rica no es la excepción los niveles de estrés llegan a
índices muy altos, el cuál es una reacción fisiológica del organismo en el que
entran en juego diversos mecanismos de defensa para afrontar una situación que
se percibe como amenazante o de demanda incrementada. Cuando esta
respuesta natural se da en exceso se produce una sobrecarga de tensión que
repercute en el organismo y provoca la aparición de enfermedades y anomalías
patológicas que impiden el normal desarrollo y funcionamiento del cuerpo humano.
El estrés crónico está relacionado con los trastornos de ansiedad, que es una
reacción normal frente a diversas situaciones de la vida, pero cuando se presenta
en forma excesiva o crónica constituye una enfermedad que puede alterar la vida
de las personas, siendo aconsejable en este caso consultar a un especialista.
A medio plazo, este estado de alerta sostenido desgasta las reservas del
organismo y puede producir diversas patologías como trombosis, ansiedad,
depresión, inmunodeficiencia, dolores musculares, insomnio, trastornos de
atención, diabetes, etc.
Para ello expertos recomiendan un sin fin de métodos que pueden relajar y
enseñarle a combatir el estrés a las personas, entre ellas:
* Realizar ejercicios físicos.
* Mantener una dieta saludable.
* Tener al menos dos ataques de risas.
* Mantener un clima agradable durante el almuerzo, evitando preocupaciones.
* Tomarse un tiempo para la relajación mediante los juegos de mesas,
* Tomarse un tiempo para la relajación mediante masajes y terapias especiales
que relajen cuerpo y mente.
El proyecto de Sabbath SPA se desarrolla en el distrito central de Desamparados,
se elige este punto pues en la actualidad solo existe un centro de estos servicios
en el cantón, no así en el distrito central elegido como localidad del SPA, por lo
que la facilidad y la variedad de obtención del servicio dentro de este cantón está
limita para las mujeres, nuestro mercado meta, con el objetivo de lograr en ellas la
liberación por este medio del estrés diario que producen sus variadas vivencias y
mejorar además su calidad de vida, a través de una opción de tratamientos
estéticos y relajantes en un ambiente cálido y personalizado.
Desamparados, el cantón que albergará el proyecto es uno de los cantones más
poblados del Gran Área Metropolitana, se ubica a unos 5km del centro de San
José y es prácticamente una ciudad dentro de una ciudad, contando con servicios
básicos y toda clase de comercios. Es el cantón número 3 de la Provincia de San
José, ha recibido un volumen considerable de inmigración desde el campo y otros
países en años recientes.
La Población actual del cantón es alrededor de 292.883 habitantes y su densidad
es de 2.476,6 hab/km²
Desamparados está formado por 13 distritos, todos ellos con acceso rápido en
transporte público y privado al centro del cantón, lo que facilita la interacción entre
sus habitantes y los comercios existentes, estos distritos son:
* Desamparados
* San Miguel
* San Juan de Dios
* San Rafael Arriba
* San Antonio
* Frailes
* Patarrá
* San Cristóbal
* Rosario
* Damas
* San Rafael Abajo
* Gravilias
* Los Guidos
Actualmente el comercio está en auge y prueba de ello es el sin número de
empresas que han abierto sus operaciones en la zona, entre los más destacados:
El Lagar, Banco Nacional, Banco Costa Rica, Centro Comercial Decosure,
Multicentro, Clínica del INS, Clínica Santa Catalina, Gimnasio Musculo Y Forma,
Maximercado, Megasuper, Clínica Marcial Fallas, Colegio Vocacional Monseñor
Sanabria, Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, Hotel De Montaña Casa Blanca,
Centro Sport Casa Del Deporte, Academia De Baile Mi Gente Latina, Centro
Educativo San Miguel Arcángel, Centro Médico Familiar Desamparados, Kínder
Bilingüe Montessori Juan Silvestre, Escuela Misionera Católica Reina De La Paz.
C) METODOLOGÍA:
Para el desarrollo de este proyecto se utilizarán las siguientes técnicas de
investigación:
TIPO DE INVESTIGACIÓN
a) Investigación Descriptiva: También conocida como la investigación estadística.
Su meta no se limita a la recolección de datos, sino a la predicción e identificación
de las relaciones que existen entre dos o más variables. Comprende la
descripción, registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual, y la
composición o procesos de los fenómenos. El enfoque se hace sobre
conclusiones dominantes o sobre cómo una persona, grupo o cosa se conduce o
funciona en el presente.
b) Investigación de Campo: Este tipo de investigación es también conocida como
investigación in situ ya que se realiza en el propio sitio donde se encuentra el
objeto de estudio. Ello permite el conocimiento más a fondo del investigador,
puede manejar los datos con más seguridad y podrá soportarse en diseños
exploratorios, descriptivos y experimentales, creando una situación de control en
la cual manipula sobre una o más variables dependientes.
Este tipo de modalidad de investigación en las Ciencias sociales, puede insertarse
en el enfoque cualitativo, y por ende, va a tener una perspectiva descriptiva –
interpretativa que va en concordancia con la concepción epistemológica del
paradigma constructivista.
Se utilizarán estos tipos de investigación ya que este proyecto va dirigido a la
población femenina del distrito central de desamparados en el rango de edad de
entre 25 y 55 años, a fin de entender mediante este estudio las necesidades y
expectativas de la población, así como la demanda potencial, para brindarles un
centro de tratamiento integral que facilite el equilibrio psicofísico, alejados de toda
contaminación sonora y ambiental.
SUJETOS Y FUENTES DE LA INFORMACIÓN
* Sujeto: Mujeres del distrito central de desamparados, de entre 25 y 55 años de
edad.
* Fuentes de información:
Primarias: La obtenida mediante la recolección de datos (encuestas y entrevistas),
referentes a lo que la población busca en un SPA, los servicios que desea se le
brinde, el precio que está dispuesto a pagar, entre otros.
Secundarias: Información de diferentes Spa existentes, su percepción de lo que el
cliente busca y necesita, así como su propia manera de trabajar en materia de
costos y calidad ofrecida. Así como revistas donde ofrezcan sus servicios.
INSTRUMENTOS:
a) Encuesta: Sobre una o más variables, con preguntas cerradas, con opciones
para marcar; o bien, pueden ser abiertas en las que el encuestado es libre de
contestar, pero no se cuenta con información acerca de las posibles respuestas.
b) Entrevistas: La entrevista corresponde a una técnica de carácter periodístico,
mediante la cual tratamos de recoger información acerca de personas.
D) PROBLEMA:
¿Es factible económica y técnicamente la apertura de Sabbath SPA, en el distrito
central de desamparados, específicamente en el Centro Comercial, Multicentro, en
enero 2012?
E) OBJETIVO GENERAL:
Analizar la factibilidad financiera y técnica de la apertura de Sabbath SPA en el
distrito central de Desamparados a partir de enero 2012.
F) OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Según el estudio de mercadeo, elaboraremos una estrategia donde
examinaremos los competidores para un adecuado desarrollo del plan de
marketing para con ello satisfacer las necesidades de los consumidores y de esta
manera lograr el posicionamiento en la mente de cada uno de ellos.
2. Según el estudio de técnico, pretendemos planificar la tecnología y los insumos
necesarios para el desarrollo del proyecto y su óptima utilización, así como la
inversión en recursos humanos y la adecuada distribución de las instalaciones
para el desarrollo del servicio.
3. Según el estudio administrativo, definir la estructura organizacional de la
compañía, así como los procedimientos administrativos, y sus consecuencias
económicas en los resultados.
4. Según el estudio legal, indagar las leyes, normativas y aspectos fiscales
costarricenses que regulan la actividad comercial del proyecto para estar acorde
con lo estipulado en las mismas.
5. Según el estudio ambiental, identificar el impacto del proyecto sobre el medio
ambiente en su entorno y posibles contaminantes implementando un plan donde
se elimine o reduzca este impacto y servir como ejemplo en la comunidad.
6. Según el estudio financiero, demostrar la rentabilidad del proyecto
estableciendo el monto de los recursos económicos como lo son los costos de
inversión, depreciación y ventas del proyecto.
7. Según el estudio económico, analizaremos el valor económico agregado y la
contribución económica del proyecto. Donde se determinara la factibilidad del
proyecto.
CAPITULO I
1.1 LA EMPRESA
Sabbath SPA es una empresa fundada para brindar a sus clientes el confort y
relajación que necesita la población actual, por el ritmo acelerado que se vive,
será un day spa, servicio de spa de un día.
1.2 ZONA GEOGRAFICA DE LA EMPRESA
Sabbath SPA estará localizado en el distrito central de Desamparados, en el
Centro Comercial Multicentro.
1.3 ANÁLISIS DE LAS VARIABLES MACROECONÓMICAS
La estabilidad macroeconómica es un requisito indispensable para el crecimiento
económico, el desarrollo del sector privado, la atracción de la inversión nacional y
extranjera, el control de la inflación, la eficiencia de las políticas sociales y la
disminución de la pobreza.
El Estado tiene un imprescindible papel que implica asumir plena y eficientemente
su responsabilidad, en particular en materia del Desarrollo Sostenible que
contextualiza el crecimiento económico, la equidad social, la gobernabilidad y el
desarrollo institucional, e indudablemente lo que significa la transformación
productiva hacia un mejor desarrollo tecnológico.
Es aquí donde una institución políticamente independiente, como es el Banco
Central de Costa Rica (BCCR), aplica estrategias para alcanzar con éxito sus
funciones y macroobjetivos específicos, y por consiguiente un equilibrio económico
interno y externo.
La aplicación de diferentes metodologías para lograr lo anteriormente citado,
implica una serie de acciones y consecuencias económicas, políticas y sociales,
con lo que las acciones a tomar deben estar bien analizadas y consensuadas,
para que de una manera equilibrada estén acordes con el panorama del país.
Acciones como las políticas monetarias, fiscales y cambiarias, vienen a ser un
instrumento para alcanzar este equilibrio.
VARIABLES MACROECONÓMICAS:
1.3.1 Producto Interno Bruto
Es una medida agregada que expresa el valor monetario de la producción de
bienes y servicios finales de un país durante un período, es usado como medida
del bienestar material de una sociedad.
El PIB real es cuando se ajusta según los cambios de valor de las unidades
monetarias, PIB Nominal es cuando se mide una variable a lo largo del tiempo sin
hacer ajustes según los cambios en el valor de la unidad monetaria. El PIB mide la
renta total de los miembros de la economía y el gasto total en la producción de
bienes y servicios.
En Costa Rica durante el primer trimestre del 2011 el Producto Interno Bruto (PIB)
real, medido en su tendencia ciclo, creció un 3,3% respecto a igual periodo del año
anterior. En este lapso destaca la expansión de la demanda interna (9,2%), donde
el principal determinante fue la formación bruta de capital y en menor medida, el
consumo de los hogares que mantuvo el dinamismo observado en los trimestres
previos. La tasa de variación anualizada del PIB respecto al trimestre previo, se
ubicó en 2,7%.
En el trimestre en comentario la economía mundial se expandió a una tasa
anualizada de 4,3% según el Fondo Monetario Internacional (FMI).
1.3.2 Inflación
Es el incremento generalizado de los precios de bienes y servicios en relación a
una moneda durante un período de tiempo determinado. Cuando el nivel general
de precios sube, cada unidad de moneda alcanza para comprar menos bienes y
servicios. Es decir que la inflación refleja la disminución del poder de compra de la
moneda.
El programa macroeconómico de Costa Rica 2011-12 establece como objetivo
reducir la inflación anual de 5,8% en diciembre del 2010 a 5% en diciembre del
2011 y a 4% en diciembre del 2012, en ambos casos con un rango de más/menos
un punto porcentual.
Actualmente, la inflación de Costa Rica es la quinta más alta de América Latina, lo
cual obedece al exceso en la oferta de colones que hay en el mercado, según el
Banco Central (BCCR).
1.3.3 Tipo De Cambio
El tipo o tasa de cambio entre dos divisas es la tasa o relación de proporción que
existe entre el valor de una y la otra. Dicha tasa es un indicador que expresa
cuántas unidades de una divisa se necesitan para obtener una unidad de la otra.
La historia cambiaria costarricense ha mostrado una tendencia hacia una mayor
flexibilidad: tipos de cambio fijo hasta fines de los años setenta seguido por un
sistema de minidevaluaciones y actualmente se utilizada el sistema de bandas
cambiarias.
Este sistema puede considerarse como un híbrido entre el régimen de tipo de
cambio fijo y el flotante, pues el banco central determina un valor para el tipo de
cambio nominal, basado en algún criterio (por ejemplo, la paridad del poder de
compra) y fija límites, inferior y superior, dentro de los cuales puede oscilar el tipo
de cambio observado de acuerdo con las condiciones del mercado. La autoridad
monetaria intervendría en dicho mercado cada vez que el tipo de cambio se
acerque a alguno de los límites, tratando de mantenerlo dentro de la banda
preestablecida.
1.3.4 Desempleo
Es la situación del trabajador que carece de empleo y, por tanto, de salario, es la
parte de la población que estando en edad, condiciones y disposición de trabajar,
población activa, carece de un puesto de trabajo.
Para referirse al número de desempleados de la población se utiliza la tasa de
desempleo por país u otro territorio. La situación contraria al desempleo es
el pleno empleo.
Encuesta Nacional de Hogares del Instituto Nacional de Estadística y Censos,
donde se aplicó una nueva metodología muestra que la tasa de desempleo
disminuyó entre julio del 2009 y julio del 2010 de 8,4% a 7,3%.
1.4 ANALISIS DEL MACROAMBIENTE
Los factores Macroambientales son aquellos que influyen de manera importante
en el sistema de marketing de cualquier empresa, son fuerzas que no pueden ser
controladas por los directivos de éstas; pero no son del todo incontrolables. Están
interrelacionados ya que un cambio en uno de ellos, ocasionará cambios en uno o
más de los otros. Otra cosa que tienen en común, es que se trata de Fuerzas
dinámicas, y esto quiere decir que están sujetas al cambio y a un ritmo creciente.
Hasta cierto punto, una compañía podrá influir en el ambiente externo. Así, en el
marketing internacional una empresa podrá mejorar su posición competitiva
recurriendo a una empresa conjunta con una firma extranjera que vende un
producto complementario.
Está compuesto por las fuerzas que dan forma a las oportunidades o presentan
una amenaza para la empresa. Estas fuerzas incluyen las políticas, económicas,
sociales, tecnológicas, y las culturales.
1.4.1 Político
Comprende todas la variables que dependen directamente del accionar de las
instituciones gubernamentales y de las corporaciones gremiales, incluidas, claro
está, las agrupaciones empresariales, regionales, obreras, religiosas, militares,
étnicas y de todo tipo que influyen sobre el sistema.
Los sucesos que tienen lugar en el entono político afectan marcadamente las
decisiones tomadas dentro de una organización. Este consiste en leyes,
dependencias del gobierno, y grupos de presión que influyen en diversas
organizaciones e individuos de una sociedad determinada y los limitan.
La existencia de leyes y regulaciones cumple al menos tres propósitos:
* Fomentar la competencia, protegiendo a las empresas unas de otras.
* Asegurar mercados justos para los bienes y servicios, resguardando a los
consumidores.
* Salvaguardar los intereses de la sociedad como un todo, y a otras empresas de
negocios contra las prácticas poco éticas que perjudican a los consumidores
individuales y a la sociedad.
Estas leyes siguen desarrollándose, con lo cual las empresas deberán estar
atentas a este desarrollo con el fin de acoplar sus programas de marketing a las
legislaciones actuales y futuras.
En el plano político, la República de Costa Rica escenario del proyecto disfruta de
un sistema democrático y republicano desde la guerra civil de 1948, que dio paso
entre otras muchas cosas a la nacionalización de la banca, la abolición del ejército
y la promulgación de la constitución política del 7 de noviembre de 1949, por la
cual está regida y en la cual se establece un sistema presidencialista y un estado
unitario.
Con un Estado tradicionalmente intervencionista, Costa Rica ha logrado alcanzar a
lo largo de su historia reciente parámetros de equidad social y desarrollo inusuales
en sus vecinos centroamericanos. La aplicación de políticas de ajuste estructural a
partir de mediados de los años ochenta ha permitido que estos niveles de equidad
y desarrollo no se deterioren
1.4.2 Tecnológico
Es la fuerza que está moldeando más drásticamente nuestro destino. La
tecnología ha producido maravillas tales como antibióticos, trasplantes de
órganos, aparatos electrónicos en miniatura, computadoras portátiles, e internet;
pero también ha creado artefactos como proyectiles nucleares, armas químicas y
rifles de asalto.
Es uno de los agentes que más destacan en el macro ambiente de una empresa,
el ambiente de las organizaciones presenta día con día nuevas tecnologías que
reemplazan las anteriores; a la vez que crean nuevos mercados y oportunidades
de comercialización. Los cambios en la tecnología pueden afectar seriamente las
clases de productos disponibles en una industria y las clases de procesos
empleados para producir esos productos.
Nuestro país como parte de su desarrollo como nación se ha visto influenciado por
las tecnologías provenientes de las grandes potencias para así poder competir en
un mercado constantemente en cambio.
Un ejemplo de cómo el país invierte en lo que es Ciencia y Tecnología es el
análisis realizado por la Red Iberoamericana de Ciencia y Tecnología (RICYT)
mostrado a continuación en diferentes períodos:
Nota: Las estimaciones en dólares fueron obtenidas aplicando los datos de Tipo
de Cambio del Fondo Monetario Internacional sobre la información en moneda
local, provista por el país. ACT: Actividades en Ciencia y Tecnología, I + D:
Investigación y desarrollo
Se puede observar como en períodos de 4 ó 5 años el gasto del país en ciencia y
tecnología se incrementó considerablemente, desde 5 veces el monto reportado
en 1990 hasta casi 100 veces más 19 años después. Lo que sugiere el esfuerzo
del país por aumentar lo relacionado a ciencia y tecnología en todas las áreas
para que el costarricense no se mantenga al margen de la misma.
Otra comparación importante respecto a la tecnología es el análisis mostrado a
continuación que ejemplifica el gasto en ciencia y tecnología en relación al
Producto Interno Bruto:
ACT: Actividades en Ciencia y Tecnología, I + D: Investigación y desarrollo
El gasto en relación al Producto Interno Bruto aumentó poco más de un 200% en
un período de aproximadamente dos décadas lo que igual refleja lo importante que
se ha tornado la inversión en tecnología en los últimos años.
En Costa Rica según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos del total
de viviendas en Costa Rica al mes de Julio 2009 un 66% de las viviendas cuentan
con teléfono residencial, un 96% cuenta con televisor a color, un 38% cuenta con
televisión por cable, el 38% de los hogares cuenta con una computadora y un 19%
dispone de servicio de internet en la vivienda; lo que sugiere un buen nivel de
acceso a sistemas de comunicación y tecnología de la información por parte de los
costarricenses.
En el campo de la tecnología gracias a la planta ensambladora de Intel Costa Rica
se ha convertido en importante exportador de microprocesadores para
computadora, ya que el 20% de las exportaciones nacionales corresponde a estos
microprocesadores y un 4.9% del PIB del país.
Otro aporte importante de Costa Rica al mundo en cuanto a ciencia y tecnología
es el Instituto de Investigación Clodomiro Picado, encargado de la investigación
sobre serpientes y venenos además de la producción de Sueros Antiofídicos.
1.4.3 Social
Consiste en instituciones y otras fuerzas que influyen en los valores básicos de la
sociedad, percepciones y comportamientos.
Creencias y valores primarios son permanentes y delegados por nuestros padres.
Aparte, enseñados en las escuelas, iglesias, empresas y gobierno.
Creencias y valores secundarios son más abiertos e incluyen la visión de ellos,
otros, las organizaciones, la sociedad, la naturaleza y el universo
El ambiente social se compone de actitudes, formas de ser, expectativas, grados
de inteligencia y educación, creencias y costumbres de las personas de un grupo
o sociedad determinados. El concepto de la responsabilidad social requiere que
las organizaciones consideren las repercusiones de sus acciones sobre la
sociedad.
Este macro ambiente permite obtener un análisis descriptivo para comprender los
valores y comportamientos de potenciales clientes, proveedores, competidores, y
trabajadores. Para ello es importante analizar las tradiciones, valores y principios
éticos, creencias, normas preferencias, gustos y actitudes frente al consumo. Los
valores que tienen las personas influyen en la forma en que viven, en definir que
está bien o mal, en la forma en que van de compras, en lo que es importante para
ellos como el placer, la honestidad, seguridad financiera, o la ambición. Estas
fuerzas vitales producen preferencias relacionadas con el color, el empaque,
conveniencia, horario de compras, etc.
Son muchos los aspectos que definen la forma en que vivimos, nos comportamos,
compramos y consumimos en una sociedad. Las influencias externas, como la
cultura, la etnia y la clase social afectan la forma en que los consumidores
individuales compran y utilizan los productos y ayuda a explicar la forma en que se
comportan los grupos de consumidores.
Una tendencia importante generacional que marca la cultura actual del
costarricense es la inclinación por lo saludable, ello lo reflejan las ventas de
productos light, productos de nutrición, salud y belleza, gimnasios etc. El deporte y
la armonía mental son una prioridad para el consumidor, fruto de ello se dan
productos como: galletas integrales, gaseosas con pocas calorías y cervezas light
por ejemplo, el interés de la gente por mantener una buena salud y una buena
figura, ha llevado a incrementar el consumo de éstos productos.
Los productos light, de reducido valor calórico, marcan la tendencia y son aquellos
a los que se les ha reducido o eliminando alguno de sus componentes, afectando
tal disminución los poderes calóricos. La falta de tiempo de las amas de casa ha
permitido el crecimiento de los negocios de comida rápida, pero debido a una
amenaza en el medio, el rechazo a la grasa y a los altos contenidos de proteínas
atentan contra el crecimiento de estos negocios.
Entre las variables a considerar para el análisis del macroentorno social tenemos:
educación, empleo, salud, seguridad, entre otras.
- Los cambios demográficos.
Nombre | 2010 |
Cantón de Desamparados | 301,324.00 |
Desamparados | 34,614.00 |
* Características demográficas
Tasa de natalidad | 27.61 |
Tasa de fecundación general | 85.88 |
Tasa de mortalidad general | 5.94 |
Tasa de mortalidad infantil | 10.45 |
* Niveles de educación
PROVINCIA, CANTON Y DISTRITO | PORCENTAJE DE ANALFABETIS-MO |
ESCOLARIDAD PROMEDIO | PORCENTAJE DE ASISTENCIA A EDUCACION
REGULAR | PORCENTAJE DE ASISTENCIA BASICA | PORCENTAJE DE
POBLACION CON SECUNDARIA Y MAS | TASA DE DISCAPACIDAD |
PORCENTAJE DE POBLACION NO ASEGURADA |
| | | | | | | |
| | | | | | | |
Desamparados | 1.7 | 9.1 | 72.7 | 91.1 | 66.3 | 4.8 | 18.1 |
* Niveles de ingresos
PROVINCIA, CANTON Y DISTRITO | | TASA NETA DE PARTICIPACION | TASA
DE OCUPACION | TASA DE DESEMPLEO ABIERTO | PORCENTAJE
POBLACION OCUPADA EN SECTOR PRIMARIO | PORCENTAJE POBLACION
OCUPADA EN SECTOR TERCIARIO |
| POBLACION DE 12 AÑOS Y MAS | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
Desamparados | 28,829 | 52.8 | 51.1 | 3.4 | 0.7 | 77.2 |
1.4.4 Económico
Los mercados requieren poder de compra además de gente. Este apartado
consiste en los factores que afectan el poder de compra y los patrones de gasto
de los consumidores. Las naciones varían considerablemente en sus niveles y
distribución del ingreso. Algunos países tienen economías de subsistencia,
consumen casi toda su producción agrícola e industrial. Estos países ofrecen
pocas oportunidades de mercado. En el otro extremo están las economías
industriales que constituyen mercados prósperos para muchos tipos de bienes.
Las condiciones económicas son de fundamental importancia para el
planeamiento estratégico dado que inciden no sólo en el tamaño y atractivo de los
mercados que la empresa atiende, sino en la capacidad de ésta para atenderlos
rentablemente. Es posible que éstas limiten el nivel de recursos que las empresas
pueden usar para intentar satisfacer la demanda. La escasez de materias primas,
los costos de la energía y los del crédito pueden imponer importantes limitaciones
en la capacidad de una empresa para desarrollar nuevos productos, para
mantener inventarios o para invertir en instalaciones para nueva producción.
Las personas no constituyen por sí mismas un mercado; es preciso que dispongan
de dinero para gastarlo y estén dispuestas a hacerlo. Por lo tanto, es esencial que
las empresas observen el ambiente económico y traten de identificar las probables
direcciones de la inflación, las tasas de interés, el crecimiento económico, los
costos y la disponibilidad de las materias primas; los patrones cambiantes en la
forma de gastar del consumidor entre la gran variedad de factores que afectan el
poder adquisitivo del consumidor y sus patrones de gastos, debido a que los
consumidores en diferentes niveles de ingresos tienen también patrones de gasto
y preferencias diversas.
1.4.5 Cultural
Se compone de instituciones y otras fuerzas que afectan valores, percepciones,
preferencias, y comportamientos básicos de una sociedad.
La gente crece en una sociedad determinada que moldea sus creencias y valores
básicos, y absorbe una visión del mundo que define sus relaciones con los demás.
Algunas características culturales que pueden afectar a la toma de decisiones son:
la persistencia de valores culturales, desplazamientos en los valores culturales
secundarios, perspectiva de la gente sobre sí misma, perspectiva por los demás,
perspectiva de la gente sobre las organizaciones, perspectiva sobre la sociedad, y
perspectiva sobre la naturaleza.
La cultura del pueblo de Desamparados se constituye por las personas que se
encuentran en él, su situación histórica determinada y la relación con el entorno
económico, político y social que les maca y limita.
El origen de la comunidad se remonta al siglo XVIII, cuando se pobló de
habitantes que buscaban un lugar que les proporcionara leña, agua, pastos y
tierras fértiles para sus cultivos. Sus influencias inicialmente son de cultura
indígena y europea, posteriormente de cultura afro caribeña y asiática en menor
medida. Con un promedio de ingresos que se puede clasificar en clase media.
En la actualidad el cantón posee una gran variedad cultural, ya que existe
inmigración tanto de las zonas rurales y de fuera del país hacia la zona.
Las migraciones internacionales en general de nicaragüenses a Costa Rica en las
últimas décadas sus comportamientos sociales, culturales y demográficos, así
como la interacción con las comunidades receptoras, sus incidencias en los
índices de pobreza y en los servicios sociales públicos, han ocasionado un gran
impacto social cultural.
Gran parte de ellas han terminado de asentarse en el cantón, generando
diferentes problemáticas, como pobreza, delincuencia y desempleo.
CAPITULO II
ESTUDIO DE MERCADO
Se realiza este estudio con la finalidad de tener una noción clara de la cantidad de
consumidores que habrán de adquirir nuestro servicio, dentro del espacio definido
y a qué precio están dispuestos a obtenerlo. Adicionalmente, el estudio de
mercado indicará si las características y especificaciones del servicio
corresponden a las que desea obtener el cliente. Brindará también la información
de qué tipo de clientes son los interesados en nuestro servicio, lo cual servirá para
orientar la producción del negocio. Finalmente, el estudio de mercado nos dará la
información acerca del precio apropiado para colocar nuestro servicio y competir
en el mercado.
2.1 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Sabbath SPA es un sitio donde se aplican diversos tratamientos, terapias o
sistemas de relajación, todo ello enfocado al bienestar físico, mental y espiritual de
las personas.
* Hace unos años acudir a un Spa era considerado un lujo y que además solo se
lo podían dar algunas personas hoy en día se considera como elemento de ayuda
a fin de contrarrestar los efectos de un estilo de vida estresante y el de los
amantes de la salud.
*
* Para la compañía nuestro mercado meta son las mujeres de entre los 25 y los 55
años de edad, habitantes del distrito central de Desamparados, con un ingreso
promedio de trescientos mil colones, se toma este rango de edad porque en él se
encuentra la mayor cantidad de mujeres que por sus obligaciones mantienen una
vida categorizada como estresada, además, de poseer una mayor concientización
de lo importante de realizarse tratamientos físicos, faciales y corporales para el
cuidado personal y el rejuvenecimiento.
Dentro de este mercado existen tres tipos, Sabbath SPA se enfocará en ser un
day-Spa, este tipo de servicio se proporciona el mismo día, y es generalmente una
modalidad concentrada en las zonas urbanas.
Se ofrecerá al cliente las garantías de un trabajo profesional, en condiciones
ambientales adecuadas y seguras así como la utilización de productos de primera
calidad, lo cual le proporcionará la tranquilidad de poner su salud en nuestras
manos.
Una parte muy importante para Sabbath SPA es obtener y mantener el
posicionamiento en la mente de los clientes se trabajará a través de la imagen
pública de la empresa para lograrlo, reflejando por medio de esta como funciona
internamente, esto incluye estar ubicados en un área agradable y segura, letreros
que se distingan claramente, tarjetas profesionales, fácil acceso al área
administrativa para la entrega de sugerencias y quejas y un horario adecuado que
facilite la entrega del servicio a los clientes.
El Spa contará con tres tipos de servicios:
1. Terapias Corporales: Entre estas terapias estarían los masajes relajantes,
reafirmantes, anti celulíticos y reductores.
2. Terapias Faciales: En este tipo de terapias el cliente tiene la opción de decidir si
tomarlas por paquete el cual incluye 8 terapias de dos horas cada una, 1 vez por
semana o cada una por individual en la cual el precio si tiene un pequeño aumento
en relación con las terapias que se toman en paquete.
3. Depilaciones: Este procedimiento se realiza por aéreas, ya sea bigote, axila,
área del bikini, media pierna, entre otras.
Se tendrá a disposición servicios adicionales de apoyo a los clientes, apoyados en
las facilidades que nos brindan los proveedores, de venta de productos por
consignación, entre los que podemos destacar:
* Diversidad de aceites esenciales para uso tópico o consumo según sea el
tratamiento a desarrollar: Árbol de Té, Mandarina, Azahar , Menta, Canela,
Naranja, Cedro, Romero, Ciprés, Enebro
* Línea de cremas faciales para piel grasas, Mixtas y Secas.
* Línea de cremas faciales de Colágeno
* Línea de cremas faciales ADN + Vitamina C.
* Línea regenerante y anti arrugas
* Mascarillas
* Cremas post Depilación
* Línea de baño
* Línea Solar
* Tratamiento corporal.
* Maquillaje dermatológico
CALIDAD DEL SERVICIO
En Sabbath SPA se buscará la calidad aportando valor al cliente, esto es,
ofreciendo las condiciones del servicio superiores a las que el cliente espera
recibir y a un precio accesible; entregando al cliente no lo que desea, sino lo que
nunca se había imaginado obtendría y que una vez que lo reciba, se dé cuenta
que era lo que siempre había querido.
Para ello el local en general presentará elegancia, confort y prestigio a nuestros
visitantes, así como un servicio entregado por parte de manos de expertos que
garanticen su satisfacción final.
De igual manera se tomará en cuenta aspectos como los siguientes para brindar
una excelente calidad en el servicio:
* Dimensión humana: Cuidando las buenas relaciones entre clientes y la
empresa.
* Dimensión económica: Minimizar los costos para la empresa a fin de trasladar
los beneficios a nuestros clientes y accionistas.
Principales necesidades básicas del cliente:
* Ser comprendido.
* Sentirse bienvenido.
* Sentirse importante.
* Sentir comodidad.
* Sentir confianza.
* Sentirse escuchado.
* Sentirse seguro
* Sentirse satisfecho.
La cadena de servicio-utilidad muestra que la lealtad del cliente es la clave para el
rendimiento y se inicia con la satisfacción de los empleados, cara de la
organización.
2.2 ANALISIS DE LA DEMANDA
La población de Costa Rica es de 4.608.426 habitantes a junio de 2011, para el
2009 se tiene la estadística por sexo de la población el cuál asciende a 2.117.699
de hombres y 2.078.215 mujeres por lo que las mujeres obtienen un 49.3% de la
población costarricense.
Desde las últimas décadas, la mujer está gozando de un papel más activo en la
vida social, política y económica, en Costa Rica cada vez es mayor el número de
mujeres profesionales que salen de sus casas cada día a trabajar, algunas de
ellas jefas de hogar que llevan sobre sus hombros la obligación de la manutención
de sus hijos e hijas.
El proyecto Sabbath SPA está destinado a las mujeres de entre los 25 y los 55
años de edad del distrito central de desamparados, con la finalidad de apoyarles y
brindarles un área de confort para relajar, eliminar el estrés y lograr la renovación
del cuerpo, mente y espíritu. La población del cantón central es de 42.395
habitantes por lo que aproximadamente de ellos 20.901 personas son mujeres y
un total de 7.500 pertenecientes a nuestro mercado meta, edades entre los 25 y
los 55 años de edad.
* Donde:
Q = Potencial del mercado total
n = Número de compradores en el mercado según hipótesis
q = Cantidad adquirida por un comprador promedio
p = Precio de la unidad promedio= cantidad comprada por el comprador promedio
al año.
Demanda Potencial:
Q = n x q x p
Q = 7500 * 12 * 12000
Q= 1.080.000.000
Según la encuesta realizada, con una muestra para la población de 7.500 mujeres,
la mayoría de los encuestados se inclinó por una frecuencia de visita una vez al
mes, por consiguiente la moda es 12, determinada como cantidad para medir
nuestra demanda potencial anual.
Según la investigación de mercado realizada 1.080.000.000 de colones sería la
demanda potencial para la localidad de Desamparados Distrito Central. Teniendo
en cuenta el tamaño de la inversión de Sabbath SPA, el capital de trabajo, la
capacidad de producción, la capacidad de abastecimiento, y la inversión en
marketing; además de otros aspectos como la información que hemos recopilado
de la competencia; hemos decidido que trabajaremos para captar el 30% de la
demanda potencial, por lo que podríamos afirmar que el pronóstico de nuestra
demanda, sería de 324.000.000 de colones.
Demanda anual Potencial de producto | 324.000.000 |
Crecimiento Poblacional | 2.5% |
Participación del mercado | 5% |
Incremento: | 324.000.000* 2.5% = 8.100.000 |
Demanda del Año Siguiente | 324.000.000+8.100.000= 332.100.000 |
Ventas del Año Siguiente Potencial | 332.100.000* 5% = 16.605.000 |
Demanda Insatisfecha:
Con el análisis de la encuesta se tiene como resultado que un 86% de la población
que actualmente frecuenta los servicios de un SPA, se encuentran insatisfechos
por algún factor, y ello los impulsa a valorar la posibilidad de visitar nuevos centros
que le mejoren las condiciones, por lo que la posibilidad de Sabbath SPA de
colocarse en el mercado es muy alta pues la competencia ha creado una
disconformidad entre su clientela.
Es importante considerar que existen una serie de factores determinantes de la
cantidad que los consumidores desean adquirir de cada servicio, tales como sus
preferencias, los ingresos en el período, los precios de los demás bienes y, sobre
todo, el precio del propio bien en cuestión.
ELASTICIDAD PRECIO DE LA DEMANDA
Bajo el entendido los tratamientos de un SPA se pueden considerar como un bien
de lujo y sabiendo que estos bienes tienen una demanda elástica, se determina su
comportamiento, como se demuestra existe una relación inversa entre el precio y
la cantidad de la demanda por una unidad de tiempo determinada al ser una
demanda elástica.
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2.3 ANALISIS DE LA OFERTA
En Costa Rica durante las últimas décadas, el franco incremento de los turistas al
país ha estimulado la creación de cadenas de Hoteles y agencias de viajes, entre
otros establecimientos que ofrecen sus productos y servicios a nacionales y
extranjeros.
Este aumento creo la necesidad en el país de abrir los SPA tanto dentro como
fuera de los Hoteles para brindar a los turistas el confort y relajación que buscaban
en nuestro país, luego de este auge muchos se han direccionado a los clientes
nacionales dando paquetes especiales y tarifas al alcance de una mayor cantidad
de personas, por lo que su mercado meta se ha expandido y hoy en día se ven
centros de esta índole en diferentes zonas urbanas y rurales del país.
Costa Rica no cuenta estudios que muestren por industrias la cantidad existente
de un determinado tipo de empresa ni los estados de resultados de las mismas
para evaluar sus utilidades y parámetros, por lo que no es preciso determinar la
cantidad de oferta que tienen hoy en día el costarricense en servicios de estética y
relajación.
Actualmente en el Centro Comercial Multicentro, Desamparados, donde será
ubicado Sabbath SPA no existe un establecimiento dirigido a este tipo de servicio,
pero si se localiza uno en el distrito de Paso Ancho, por lo que contamos con
competidores directos y aunque no se localizan dentro del centro comercial se
debe tener presente que se está construyendo una segunda etapa, lo cual
ampliará en 23.500 metros cuadrados dicha construcción y según los
desarrolladores será inaugurada el 1 de noviembre de 2011, con una inversión
que ronda los $20 millones, y según asegura el Sr. Eduardo Feoli, de Corporación
Raventós dueña del desarrollo, se incluirán 60 nuevos locales comerciales,
tiendas de departamentos, food courts y kioscos, entre otros.
Debido a esta ampliación y el rotundo éxito del centro comercial existen muchas
empresas interesadas en estar presentes en la nueva etapa del centro, por lo que
el estudio del mercado es imprescindible para posicionarnos entre el mercado
meta seleccionado, brindarles el servicio que estos buscan e ir más allá con
precios accesibles para mantenernos fuertes ante los posibles competidores.
Oferentes:
Dentro del cantón de Desamparado se localiza un oferentes del servicio de SPA,
el cual cuenta con años en el mercado y un buen posicionamiento.
1. Brigettis Brown Belleza Corporal S.A :
Servicios: Masaje Reductor, Masaje Relajante, Gimnasia Pasiva, Ultrasonido,
Tratamientos Faciales y rejuvenecedores.
Esta Sala cuenta con página de Internet y muy buenos comentarios en páginas de
opinión al cliente, además de precios competitivos en el mercado.
Se determinan como factores que pueden producir cambios en nuestra oferta:
* El valor de los insumos:
Si el precio de los insumos necesarios para brindar los servicios aumenta se
produciría un incremento en el precio del servicio o una reducción en las
utilidades, por lo que se debe establecer la política de control de gastos y el
método de pasarlos al cliente.
* El desarrollo de la tecnología:
Puede significar una disminución en los costos, pero también nos puede significar
ventaja o desventaja frente a la competencia, por lo que el estudio y la adecuada
rotación de inventarios para impedir se vuelvan obsoletos será fundamental al
incursionar en esta industria.
* El valor de los bienes relacionados o sustitutos:
La existencia de estos bienes nos podrá significar una disminución en la cantidad
ofrecida de uno con respecto a otro, pues por la economía las personas pueden
optar por productos más económicos que aunque no le brinden el mismo confort
satisfagan su necesidad inmediata.
El estudio de la competencia es fundamental, porque, se puede lograr conocer las
estrategias que siguen para aprovechar sus ventajas y desventajas; al mismo
tiempo, se constituye en una buena fuente de información para el cálculo de las
posibilidades de captar el mercado y de los costos probables involucrados.
La determinación de la oferta suele ser compleja, por cuanto no siempre es
posible visualizar todas las alternativas que se pueden derivar del producto del
proyecto o la potencialidad real de la ampliación de la oferta, al desconocer la
capacidad instalada ociosa de la competencia o sus planes de expansión o los
nuevos proyectos en curso.
LA CURVA Y LA FUNCIÓN DE OFERTA
La oferta no puede considerarse como una cantidad fija, sino como una relación
entre cantidad ofrecida y el precio al cual dicha cantidad se ofrece en el mercado.
En este sentido, la curva de la empresa es la representación gráfica de la tabla de
oferta respectiva, y muestra las cantidades del bien que se ofrecerán a la venta
durante el período de tiempo específico a diversos precios de mercado. Esta curva
suele tener pendiente positiva.
La curva de oferta muestra la relación entre el precio y cantidad ofrecida, bajo la
función:
QA=O (PA, PB, r, z, H)
A cada precio PA le corresponde una cantidad ofrecida QA, y uniendo los distintos
puntos (PA, QA) se obtiene la curva de oferta, esta curva es la expresión gráfica
de la relación existente entre la cantidad ofrecida de un bien en un período de
tiempo y el precio de dicho bien, es decir, de la función de oferta. Esta función
establece que la cantidad ofrecida de un bien en un período de tiempo concreto
(QA) depende del precio de ese bien (PA), de los precios de otros bienes (PB), de
los precios de los factores productivos (R), de la tecnología (Z) y de los gustos o
preferencias de los productores (H).
Aplicando la teoría anterior al desarrollo del proyecto “Apertura de Sabbath SPA
en el Centro Comercial Multicentro, enfocado a la población femenina entre los 25
años y 55 años; podemos determinar que la utilización de la investigación
descriptiva y la investigación de campo, así como la aplicación del instrumento,
llamado “encuestas”, nos dio una visión más clara del cuál es el posicionamiento
de los servicios que ofrece un Spa, en la mente de los consumidores, aunque el
análisis de la oferta va estrechamente relacionado con el análisis de la
competencia y al no haber un Spa en el centro comercial, el grupo se vio en la
obligación de ampliar mas su campo de estudio para así analizar la competencia
más próxima, que resulto ser un establecimiento que ofrecen los servicios de Spa
y que se ubican en el distrito de Paso Ancho.
EL EQUILIBRIO DE MERCADO
En el contacto a consumidores y productores con sus respectivos planes de
consumo y producción, esto es, con sus respectivas curvas de demanda y oferta
en un mercado particular, se puede analizar cómo se lleva a cabo la coordinación
de ambos tipos de agentes y observar en general, un precio arbitrario no logra que
los planes de demanda y de oferta coincidan. Sólo en el punto de corte de ambas
curvas se dará esta coincidencia y sólo un precio podrá producirlas. A este precio
lo denominamos precio de equilibrio y a la cantidad ofrecida y demandada,
comprada y vendida a ese precio, cantidad de equilibrio.
El precio de equilibrio es aquel para el que la cantidad demandada es igual a la
ofrecida. Esa cantidad es la cantidad de equilibrio.
Para analizar la determinación del precio de equilibrio de un mercado se dibuja en
un mismo gráfico las curvas de oferta y de demanda.
ELASTICIDAD DE LA OFERTA
La elasticidad de la oferta mide la capacidad de reacción de los productos ante
alteraciones en el precio, y se mide como la variación porcentual de la cantidad
ofrecida en respuesta a la variación porcentual de precio.
La oferta del gráfico 1 es muy elástica, representa que una pequeña bajada de
precios provoca una gran disminución en la cantidad ofrecida y el la oferta del
gráfico 2 es muy inelástica, por lo que grandes variaciones de precio provocarán
pequeñas variaciones en la cantidad ofrecida.
EL MERCADO DEL PROYECTO
A) Mercado Proveedor:
Constituye un factor tanto o más crítico que el mercado consumidor, pues tenemos
una dependencia extrema de la calidad, cantidad y costo de los materiales, es por
ello que estudiaremos las alternativas de obtención de materias primas, sus
costos, condiciones de compra, sustitutos, necesidad de infraestructura especial
para su almacenaje, disponibilidad, seguridad en la recepción, etc. Para ello se
realizarán en el estudio técnico los inventarios por departamento a fin de
computarizar los elementos requeridos y los proveedores que ofrecen mejor precio
y calidad.
A) Mercado Competidor:
Competidor Directo: El proyecto no tiene un competidor directo dentro del centro
comercial pero si uno en el cantón, pues en el distrito de Paso Ancho se localizado
un SPA.
Competidores Indirectos: Tiendas departamentales, farmacias dermatológicas,
farmacias y otro tipo de tiendas donde se puedan adquirir productos para el
cuidado de la piel y que pueda ser aplicado directamente por la persona.
Igualmente podría ser un competidor indirecto otro tipo de entidades tales como
gimnasios, cirujanos plásticos y otros prestadores de servicios relacionados.
B) Mercado Consumidor:
El mercado consumidor meta de Sabbath SPA es el individual, en particular las
mujeres en edad productiva de entre los 25 y los 55 años, que se encuentran
consientes de la necesidad del cuidado personal y del bienestar general del
cuerpo y mente.
C) Mercado Externo:
Un factor muy importante es la adecuada venta de la necesidad en los clientes
pues al ser un servicio no básico la economía y factores relacionados podrían
afectar la demanda de nuestro servicio si estos sufren abruptos cambios.
2.4 ANALISIS DE LAS 5 FUERZAS DE PORTER
* Competidores Existentes:
Son los que venden productos y servicios similares a los de la empresa, en
nuestro caso se encuentran un competidor directo actual, aunque no localizado
dentro del mismo centro comercial ni en el mismo distrito:
Brigettis Brown Belleza Corporal S.A
La principal amenaza de nuevos competidores la constituyen aquellos Centros de
Estética que además tengan servicios enfocados a la Relajación y que sean de
gran tamaño, cuyo mercado objetivo sea llegar a personas de nivel
socioeconómico medio-alto. Por otro, lado se establecerá Sabbath Spa mediante
anuncios publicitarios, páginas web la cual tendrá registro de todos los clientes,
quienes a través de ésta podrán reservar su atención y ver promociones. Todo
esto complementado con una atención de calidad y personalizada que garantizará
una lealtad a Sabbath Spa.
* Competidores Potenciales:
Las empresas potencialmente competidoras podrán detectar según sus ventajas o
facilidades competitivas la opción de entrar en el mercado, punto importante para
Sabbath SPA pues la zona está en franco crecimiento y en poco tiempo se podría
incorporar un nuevo competidor. A continuación se presentan los componentes
principales a analizar:
Crecimiento de la Industria de la Relajación: Se presenta un leve pero
considerable crecimiento, si esta demanda aumenta da lugar a una alta
competitividad entre los contendores que existen y es aliciente a nuevos
empresarios.
Porcentaje de Costo Fijo respecto al Valor Agregado Total del Negocio: El
proyecto consta de costos fijos como salarios de los empleados, además del
mantenimiento periódico de la maquinaria y muebles. Adicionalmente a estos el
gasto por la disposición del lugar, que inicialmente sería el alquiler, sin dejar de
lado los gastos públicos como agua, luz, etc.
Sobrecapacidad Intermitente de la industria de relajación: Tiene demandas que
dependen de variados factores, los cuales aunque no afectan la continuidad del
negocio, disminuyen una porción de los beneficios, como por ejemplo: Ingresos
laborales, ubicación, seguridad, etc. La demanda se mantiene en un nivel alto en
periodos donde los gastos no son elevados, es decir, para este mercado hay una
demanda elástica, ya que debido a la mentalidad del país se opta por bienes
necesarios, aún cuando se percibe una transformación en la concepción del
rubro.
Identidad de la Marca: Desamparados carece de lugares específicos de
Relajación, es decir, se encuentra un mínimo número de locales donde se
proporcionan estos servicios y su marca no está posicionada con firmeza, con
nuestra incursión se pretenderá lograr esta presencia de marca y se forme un
obstáculo para los competidores.
Costos de Cambio: La rivalidad se incrementa cuando a los consumidores no les
ocasiona un problema o molestia cambiarse de Spa. En el rubro de la relajación, el
costo de cambio es alto, ya que en la atención se crea un vínculo de confianza,
amistad entre el funcionario y el cliente, por lo que es muy difícil atraer clientes de
la competencia si es que estos están satisfechos con la atención. Lo trascendental
es aprovechar cuando los clientes están inconformes con los servicios de la
competencia.
Barreras de Salida: Los principales inconvenientes de retirarse del negocio serían
la liquidación de los empleados y las maquinarias adquiridas para los variados
tratamientos.
* Amenazas de posibles productos o servicios sustitutos:
Son aquellos que cumplen la misma función para el mismo grupo de compradores,
aunque se originen en una tecnología diferente. En nuestro caso la amenaza es
por parte de las farmacias, gimnasios y otras tiendas que venden productos de
cuidado personal como tratamientos y cremas para el uso directo de los clientes.
* La fuerza negociadora de clientes o compradores:
Los compradores mantienen un determinado poder de negociación frente a los
fabricantes, esto nos puede afectar en los precios ofrecidos al mercado y la
calidad del servicio, entre otros.
* El poder de negociación de proveedores:
El poder de los proveedores ante las empresas radica en el hecho de que puede
resultarles posible aumentar los precios de sus productos, reducir la calidad,
limitar la cantidad vendida, etc
CAPACIDAD INSTALADA Y UTILIZADA
Para Sabbath SPA la capacidad instalada se refiere al volumen de producción que
se puede obtener con los recursos disponibles en determinado momento, recursos
tales como dinero, equipos, personal, instalaciones, etc.
Sabbath SPA cuenta con dos personas profesionales en el campo, dos áreas de
tratamientos y el equipo necesario, por lo que se realiza la siguiente estimación de
capacidad instalada en su sala.
TRATAMIENTO | CAPACIDAD INSTALADA |
MASAJES( TIEMPO MAXIMO 60 MINUTOS) | 6*8h = 48 horas/60= 48 masajes
por semana |
TRATAMIENTO | CAPACIDAD INSTALADA |
DEPILACIONES(TIEMPO MAXIMO 30 MINUTOS) | 6*8h= 48 horas /30 min = 96
depilaciones por semana |
TRATAMIENTO | CAPACIDAD INSTALADA |
FACIALES( TIEMPO MAXIMO 60 MINUTOS) | 6*8h = 48 horas/60= 48 faciales
por semana |
Masajes: Se estima un tiempo máximo de 80 minutos por masaje, se trabaja seis
días a la semana, ocho horas diarias, por lo que la capacidad instalada es de: 48
masajes por semana
Depilaciones: Se estima un tiempo máximo de 30 minutos por depilación, se
trabaja seis días a la semana, ocho horas diarias, por lo que la capacidad
instalada es de: 96 depilaciones por semana.
Faciales: Se estima un tiempo máximo de 60 minutos por depilación, se trabaja
seis días a la semana, ocho horas diarias, por lo que la capacidad instalada es de:
48 faciales por semana.
No se realiza estimación de capacidad utilizada pues Sabbath SPA no ha abierto
sus operaciones, sino hasta enero 2012.
PLANES DE EXPANSIÓN
La intención consiste en establecer un sitio de salud que ofrezca tratamientos,
terapias o sistemas de relajación, para mejorar la belleza y armonía del cuerpo
con sesiones que pueden durar de una a cuatro horas e incluso un día,
dependiendo la elección del cliente. Son diseñados especialmente para relajar y
eliminar el estrés y lograr la renovación del cuerpo, mente y espíritu.
Sabbath SPA desea surgir he ubicarse al nivel de los grandes SPA costarricenses
ofreciendo diferentes alternativas con el fin de obtener éxito.
Espera poder ofrecer a sus clientes en un lapso de 2 años innovadoras terapias a
base de aparatología de la más reciente tecnología. Se planea ampliar y
remodelar las instalaciones con el fin de otorgarles a nuestros clientes un lugar
cada vez más novedoso y espacioso, lo cual lo haría más atractivo para ellos.
NUMERO DE TRABAJADORES
Inicialmente Sabbath será un Spa que brindará su servicio en el local comercial
Multicentro, en Desamparados, el mismo tiene una medida total de 250 m2, por lo
cual se estima conveniente y de acuerdo a los servicios que serán ofrecidos, dos
personas de planta, fisioterapeuta y esteticista, más el servicio de una
recepcionista, un misceláneo y un administrador:
1. Una Esteticista: Persona certificada profesionalmente de sus estudios y
experiencia en el área del confort, relajación y tratamientos estéticos tanto faciales
como corporales.
2. Recepcionista: Persona encargada de recibir y brindar información a aquellas
personas que consulten sobre los servicios y precios brindados, así como de la
programación de citas y cobro a los clientes.
3. Una Fioterapeuta: Profesional con experiencia que realiza el tratamiento
mediante masaje en sus diferentes modalidades, y la cinesiterapia pasiva.
4. Un Administrador: Será la persona encargada de planificar, dirigir, organizar y
controlar el personal y el adecuado uso de los insumos y equipos del SPA.
5. Un Contador: Persona que según la regulación costarricense llevará a cabo las
actividades contables y presentará informe mensual de la situación a la junta
directiva. No será personal de planta sino bajo contrato de servicios profesionales.
6. Gerente General: Representante legal de Sabbath SPA, encargado de la toma
de decisiones, designar todas las posiciones gerenciales, realizar evaluaciones
periódicas acerca del cumplimiento de las funciones de los diferentes
departamentos. Planear y desarrollar metas a corto y largo plazo junto con
objetivos anuales, coordinar con las oficinas administrativas para asegurar que los
registros y sus análisis se están ejecutando correctamente así como crear y
mantener buenas relaciones con los clientes, gerentes corporativos y proveedores
para mantener el buen funcionamiento de la empresa.
2.5 CANAL DE COMERCIALIZACION
Los canales de distribución son un diseño de los arreglos necesarios para
transferir la propiedad de un producto y transportarlo de donde se elabora a donde
finalmente se consume.
En el caso de Sabbath SPA por ser una empresa de servicio realiza un único
canal el cual es Productor – Consumidor, es directo sin intermediarios pues
nuestra naturaleza es propiamente de intangibles y requiere de un contacto
personal con el cliente para el adecuado asesoramiento del servicio que
ofrecemos, además la misma organización será la encargada del área de
mercadotecnia.
Una situaciones muy importante a considerar es que cuanto más corto es el canal
y menores los pasos entre el fabricante y el consumidor tanto mayor es la carga
económica sobre el fabricante.
Las estrategias de distribución de los servicios, constituyen la respuesta práctica
de Sabbath SPA, a las diferentes necesidades y expectativas de los segmentos de
su mercado. La finalidad de la estrategia de distribución, es que el Sabbath SPA
ofrezca los servicios que cada segmento del mercado requiere en las mejores
condiciones competitivas.
2.6 PLAN DE MERCADOCTENIA
Es la herramienta que sirve de base para los planes de la empresa, asigna
responsabilidades, permite revisiones y controles periódicos para resolver los
problemas con anticipación, es un poderoso instrumento de gestión para la
empresa.
2.6.1 Grupo Objetivo:
Mercado Meta: Para Sabbath Spa S.A, es la población femenina de edades entres
los 25 y 55 años de edad, en el distrito central de Desamparados, cuyos ingresos
sean superiores a los trescientos mil colones.
2.6.2 Determinación de la muestra:
Es la elección del número de sujetos que componen la muestra extraída de
una población, necesarios para que los datos obtenidos sean representativos de la
población.
n es el tamaño de la muestra;
Z es el nivel de confianza;
p es la variabilidad positiva;
q es la variabilidad negativa;
N es el tamaño de la población;
E es la precisión o el error. |
N= (1.96)2 (0.50) (0.50) (7500) = 7.203/7.501,21 = 0.96
(7500) (0.50)2 + (1.96)2 (0.50) (0.50)
Total muestra: 96
2.6.3 Encuesta
Encuesta: No.
Dirigido al consumidor de los Servicios de Spa
Buenos días/ buenas tardes, yo soy estudiante de la Universidad Metropolitana
Castro Carazo (UMCA) de la carrera de Administración, estamos haciendo un
estudio para conocer su opinión sobre la calidad de los servicios que usted ha
recibido en un SPA. Por lo tanto se solicita contestar las preguntas marcando con
una x las opciones que considere adecuada(s).
Cabe destacar que la información obtenida mediante este instrumento es
confidencial y para fines académicos únicamente.
Fecha: ____________________________
1. ¿Frecuenta usted los servicios de un centro de estética, de tratamientos,
terapias o sistemas de relajación (SPA), actualmente?
Si ( ) No ( )
2. Su edad está entre los siguientes rangos
25 a 30 ( ) 31 a 35 ( ) 36 a 40 ( )
41 a 45 ( ) 46 a 50 ( ) 51 a 55 ( )
3. ¿Con qué regularidad frecuenta los servicios del Spa?
Una vez a la semana ( ) Dos veces al mes ( )
Una vez al mes ( ) Otra cantidad ( )
4. ¿Qué condiciones considera usted debe tener un buen Spa?
Ubicado en un lugar accesible ( )
Precios accesibles ( )
Ubicado en un lugar seguro ( )
Servicios personalizados ( )
Utilización de productos amigables con el ambiente ( )
Variedad de tratamientos ( )
Todas las anteriores ( )
5. ¿Le ofrecen promociones atractivas en el Spa que frecuenta?
SI ( ) No ( )
6. ¿Cuáles son los servicios que componen esas promociones atractivas que
recuerda?
________________________________________________________
7. Indique cuales de los siguientes elementos NO le agradan del Spa que visita
actualmente
Precio ( ) Ubicación ( )
Infraestructura ( ) Servicio ( )
Promociones ( ) Productos ( )
Otros ( )
8. ¿Estaría dispuesto a adquirirlos servicios de un nuevo Spa que le ofrezca
satisfacer sus necesidades y expectativas?
Si ( ) No ( )
9. ¿Cuánto estaría dispuesto a pagar por un servicio regular (Masaje relajante-
corporal) en un nuevo SPA?
8.000 a 12.000 ( ) 13.000 a 17.000 ( ) 18.000 a 22.000 ( )
10. Su ingreso promedio está entre los siguientes rangos:
250.000 a 350.000 ( ) 350.000 a 450.00 ( )
450.000 a 550.000 ( ) 550.000 a más ( )
ANÁLISIS Y RESULTADOS DE LA ENCUESTA:
Se detalla el análisis de los resultados obtenidos de la encuesta que fue aplicada a
las consumidoras de los servicios de Spa, la cual fue realizado el día 8/10/11 en
los siguientes lugares: Multicentro Comercial de Desamparados; con el propósito
de poder elaborar las conclusiones y recomendaciones necesarias para el objetivo
desarrollado en este proyecto.
Tabla 1
¿Frecuenta usted los servicios de un Centro de Estética, de tratamientos, terapias
o sistemas de relajación (SPA), actualmente?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
SI | 100% | 100 |
NO | 0% | 0 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 1 y el gráfico 1, sobre el indicador del servicio, se
determina que el 100% de las encuestadas han consumido los servicios que
ofrecen los Spa.
Tabla 2
¿Su edad está entre los siguientes rangos?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
25 a 30 | 23% | 23 |
31 a 35 | 24% | 24 |
36 a 40 | 18% | 18 |
41 a 45 | 13% | 13 |
46 a 50 | 10% | 10 |
51 a 55 | 12% | 12 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 2 y el gráfico 2, sobre el indicador de rangos, se determina
que el 23% de las clientes encuestadas van del rango de los 25 a 30 años, el 24%
de 31 a 35 años, el 18% de 35 a 40 años, el 13% de 41 a 45 años, el 10% de 46 a
50 años y el 12% de 51 a 55 años. Esta información es muy importante porque
nos da un panorama más claro de cuál es el cliente que más consume este tipo de
servicios.
Tabla 3
¿Con qué regularidad frecuenta los servicios del Spa?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Una vez a la semana | 32% | 32 |
Una vez al mes | 36% | 36 |
Dos veces al mes | 17% | 17 |
Otra cantidad | 15% | 15 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 3 y el gráfico 3, sobre el indicador de consumo de los
servicios que ofrecen los Spa, por día, se determina que el 32% de las
encuestadas lo consume una vez a la semana, el 36% una vez al mes, el 17% dos
veces al mes y el 15% otra cantidad.
Tabla 4
¿Qué condiciones considera usted que debe tener un buen Spa?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Ubicado en un lugar accesible | 0% | 0 |
Precios accesibles | 0% | 0 |
Ubicado en un lugar seguro | 0% | 0 |
Servicios personalizados | 0% | 0 |
Utilización de productos amigables con el ambiente | 0% | 0 |
Variedad de tratamientos | 0% | 0 |
Todas las anteriores | 100% | 100 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 4 y el gráfico 4, sobre los indicadores de atributos vs
calidad, se determina que el 100% consideran que todos los atributos
mencionados anteriormente deberían estar presentes en un buen
establecimiento.
Tabla 5
¿Le ofrecen promociones atractivas en el Spa que frecuenta?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
SI | 88% | 88 |
NO | 12% | 12 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 5 y el gráfico 5, sobre el indicador de las promociones, se
determina que el 88% de las encuestadas si les han ofrecido paquetes
promocionales en el Spa que frecuenta y el 12% de las encuestas no les han
ofrecido paquetes.
Tabla 6
¿Cuáles son los servicios que componen esas promociones atractivas que
recuerda?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Limpieza faciales | 33% | 33 |
Masajes anti estrés y reductivos | 20% | 20 |
Depilaciones | 10% | 10 |
Sauna | 5% | 5 |
Faciales (mascarillas y exfoliantes) | 20% | 20 |
Ninguno | 12% | 12 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 6 y el gráfico 6, sobre el indicador de promociones, se
determina que el 33% de las encuestadas le han ofrecido los paquetes de limpieza
facial, el 20% paquetes de masajes anti estrés y reductivos, el 10% paquetes de
depilaciones, el 5% paquetes de sauna, el 20% paquetes de faciales (mascarillas
y exfoliantes) y el 12% no les han ofrecido ninguna promoción de ningún paquete.
Tabla 7
¿Indique cuales de los siguientes elementos NO le agradan del Spa que visita
actualmente?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
El precio | 60% | 60 |
Infraestructura | 10% | 10 |
Promociones | 10% | 10 |
La ubicación | 2% | 2 |
El servicio | 8% | 8 |
Los productos | 5% | 5 |
Otros (limpieza y seguridad) | 5% | 5 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 7 y el gráfico 7, sobre el indicador de todos los
componentes que determinaran el éxito del proyecto, se determina que los
elementos que no les agrada del Spa que visitan, el 60% de las encuestadas
encuentra que es el precio, el 10% la infraestructura, el 10% las promociones, el
2% la ubicación, el 8% el servicio, el 5% los productos y el 5% otros (de los cuales
destacaron que la seguridad y la limpieza. Esta información expresa la importancia
del precio en la mente de los consumidores de este tipo de servicios.
Tabla 8
¿Estaría dispuesto a adquirir los servicios de un Spa que le ofrezca satisfacer sus
necesidades y expectativas?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
SI | 86% | 86 |
NO | 14% | 14 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 8 y el gráfico 8, sobre el indicador de plaza, se determina
que el 86% de las encuestadas si estarían dispuestas a adquirir los servicios de un
nuevo Spa y el 14% no estarían dispuestos a cambiar de Spa. Esta información es
muy valiosa para el desarrollo del proyecto ya que nos da un porcentaje del
mercado que podemos captar.
Tabla 09
¿Cuánto estaría dispuesto a pagar por un servicio regular (Masaje relajante-
corporal) en un nuevo SPA?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
8.000 a 12.000 | 60% | 60 |
13.000 a 17.000 | 32% | 32 |
18.000 a 22.000 | 8% | 8 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Tabla 10
¿Su ingreso promedio está entre los siguientes rangos?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
250000 a 350000 | 45% | 45 |
350000 a 450000 | 36% | 36 |
450000 a 550000 | 12% | 12 |
550000 a mas | 7% | 7 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Multicentro Comercial.
Interpretación
En relación con la tabla 9 y el gráfico 9, sobre el indicador de presupuesto, se
determina que el 45% de los encuestadas ganan de 250000 a 350000, el 36% de
350000 a 450000, el 12% de 450000 a 550000 y el 7% de 550000 a más. Esta
información demuestra una clara relación entre el rango de ingreso y la
adquisición del servicio.
2.6.4 Entrevista
* Entrevista No.
Dirigido a las empresas que ofrecen los Servicios de Spa
Buenos días/ buenas tardes, yo soy estudiante de la Universidad Metropolitana
Castro Carazo (UMCA) de la carrera de Administración, estamos haciendo un
estudio para conocer su opinión sobre el servicio que ustedes ofrecen al público.
Por lo tanto se solicita contestar las preguntas marcando con una x las opciones
que considere adecuada(s).
Cabe destacar que la información obtenida mediante este instrumento es
confidencial y para fines académicos únicamente.
Nombre del establecimiento: ___________________________________ Fecha:
_________________
1. ¿Cuántos años tienen de ofrecer los servicios de Spa al público?
1 a 2 años ( ) 3 a 4 años ( ) 5 a 6 años ( )
2. ¿Existen otras sucursales de este Spa?
Una ( ) Dos ( ) más de dos ( )
3. ¿Cuál es el mercado meta a quien está dirigido su empresa?
Mujeres ( ) Hombre ( ) Ambas ( )
4. ¿Cuál es el horario de atención al público?
L a S ( ) L a D ( )
5. ¿Indique cuáles de los siguientes servicios, son los que ofrece su empresa?
Limpieza faciales ( ) Masajes anti estrés y reductivos ( )
Depilaciones ( ) Sauna ( )
Faciales ( ) Todas las anteriores ( )
6. ¿Indique cuáles de los siguientes servicios, su empresa ha ofrecido
promociones al público?
Limpieza faciales ( ) Masajes anti estrés y reductivos ( )
Depilaciones ( ) Sauna ( )
Faciales ( ) Todas las anteriores ( )
7. ¿Ofrece algún trato especial a sus clientes regulares?
Si ( ) No ( )
INTRODUCCIÓN
Seguidamente se detalla el análisis de los resultados obtenidos de la entrevista
que fue aplicada a los comercios que ofrecen los servicios de Spa, la cual fue
realizada el día 8/10/11 en los siguientes lugares: Belleza Spa Center, Brigettis
Brown Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza;
con el propósito de poder elaborar las conclusiones y recomendaciones
necesarias para el objetivo desarrollado en este proyecto.
Tabla 1
¿Cuántos años tienen de ofrecer los servicios de Spa al público?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
1 a 2 años | 40% | 2 |
3 a 4 años | 60% | 3 |
5 a 6 años | 0% | 0 |
TOTAL | 100% | 5 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 1 y el gráfico 1, sobre el indicador de antigüedad, se
determina que el 40% de las empresas entrevistadas van del rango de 1 a 2 años
y el 60% de 3 a 4años.
Tabla 2
¿Existen otras sucursales de este Spa, Cuántas?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Una | 80% | 4 |
Dos | 20% | 1 |
Más de dos | 0% | 0 |
TOTAL | 100% | 100 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 2 y el gráfico 2, sobre el indicador de la magnitud de la
competencia, se determina que el 80% de las empresas entrevistadas tienen una
sucursal y el 20% tiene dos sucursales.
Tabla 3
¿Cuál es el mercado meta a quien está dirigido su empresa?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Mujeres | 2 0% | 1 |
Hombres | 0% | 0 |
Ambas | 80% | 4 |
TOTAL | 100% | 5 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 3 y el gráfico 3, sobre el indicador del mercado meta,
determina que el 80% de las empresas entrevistadas ofrecen sus servicios a
hombre y mujeres y el 20% únicamente ofrecen sus servicios a las mujeres.
Tabla 4
¿Cuál es el horario de atención al público?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Lunes a Sábados | 60% | 3 |
Lunes a Domingos | 40% | 2 |
TOTAL | 100% | 5 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 4 y el gráfico 4, sobre el indicador de horarios, se
determina que el 60% de las empresas entrevistadas atienden al público de lunes
a sábados y el 40% atienden al público de lunes a domingo.
Tabla 5
¿Indique cuáles de los siguientes servicios, son los que ofrece su empresa?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Limpieza faciales | 0% | 0 |
Masajes anti estrés y reductivos | 0% | 0 |
Depilaciones | 0% | 0 |
Sauna | 0% | 0 |
Faciales (mascarillas y exfoliantes) | 0% | 0 |
Todos los anteriores | 100% | 5 |
TOTAL | 100% | 5 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 5 y el gráfico 5, sobre el indicador de servicios, se
determina que el 100% de las empresas entrevistadas ofrecen todos los servicios
mencionados (limpieza facial, masajes anti estrés y reductivos, depilaciones,
sauna, faciales (mascarillas y exfoliantes).
Tabla 6
¿Indique cuáles de los siguientes servicios, su empresa ha ofrecido promociones
al público?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
Limpieza faciales | 0% | 0 |
Masajes anti estrés y reductivos | 60% | 3 |
Depilaciones | 0% | 0 |
Sauna | 0% | 0 |
Faciales (mascarillas y exfoliantes) | 40% | 2 |
Todos los anteriores | 100% | |
TOTAL | 100% | 5 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 6 y el gráfico 6, sobre el indicador de promociones, se
determina que el 60% de las empresas entrevistadas ofrecen promociones en el
servicio de masajes y el 40% en faciales. Esta información es de suma
importancia para el análisis de la competencia.
Tabla 7
¿Ofrece algún trato especial a sus clientes regulares?
Opciones | Valor relativo | Valor absoluto |
SI | 60% | 3 |
NO | 40% | 2 |
TOTAL | 100% | 5 |
A continuación se expresa los resultados del gráfico
Fuente: Cuestionario aplicado el 8/10/11 en el Belleza Spa Center, Brigettis Brown
Belleza Corporal S.A., Stetic Spa Salón, Nova Salón y Mía Spa Belleza.
Interpretación
En relación con la tabla 7 y el gráfico 7, sobre el indicador de incentivos, se
determina que el 60% de las empresas entrevistadas si ofrecen a sus clientes
regulares y el 40% no ofrecen a sus clientes ningún trato especial. Esta
información es muy valiosa para el desarrollo del proyecto ya que nos da un
porcentaje del mercado que podemos captar.
Plataforma de Texto:
El slogan de Sabbath Spa será: “Confort y descanso a tu alcance”
Mezcla de marketing para Sabbath SPA:
* PRODUCTO:
Sabbath SPA será destinado al ofrecimiento del servicio donde se aplican diversos
tratamientos, terapias o sistemas de relajación, todo ello enfocado al bienestar
físico, mental y espiritual de las personas. Además de brindar la venta de
productos especiales para este cuidado obtenidos por consignación con nuestros
principales proveedores. El detalle de los servicios y paquetes ha sido
previamente determinado en el presente estudio de mercadeo.
* PRECIO:
Es un aspecto muy importante para los clientes, según lo mostró la encuesta de
opinión aplicada para realizar el análisis de mercado, por lo que la fijación de
precios se llevará a cabo en base a la competencia, manteniendo sus precios
ofrecidos, considerados competitivos y atractivos para el mercado ya que es una
excelente fuente de información pues tienen un tiempo considerable en el
mercado.
Adicionalmente no nos es posible superar los precios de la competencia más
cercana porque causaríamos una perdida en la demanda de nuestro servicio. Se
observará que hemos hecho una valoración del tiempo necesario para llevar a
cabo cada uno de ellos.
| SERVICIOS Y TARIFAS | | |
| | | |
| FACIAL | | |
Ítem | Descripción | Precio | Tiempo |
Limpieza Facial: | Individual | ₡12,000.00 | 1 horas |
Paquete Facial | Incluye: | | |
| Producto, limpieza, masaje, mascarilla, penetrante y producto para llevar a la
casa. | ₡285,000.00 | 2 meses |
| CORPORAL | | |
Ítem | Descripción | Precio | Tiempo |
Masaje drenaje linfático | Terapia individual c/u | ₡12,000.00 | 1 hora |
Masaje Relajante | Incluye | ₡12,000.00 | 1 hora |
Masaje Anti celulítico | Producto y Masaje | ₡12,000.00 | 1 hora |
Masaje Reafirmante | Manual realizado por | ₡12,000.00 | 1 hora |
Masaje Reductor | el esteticista | ₡12,000.00 | 1 hora |
| | | |
| | | |
| PAQUETES | | |
| | | |
Ítem | Descripción | Precio | Tiempo |
Reductor Reafirmante Anti celulítico | 12 terapias Incluye: Aparatología, ducha,
sauna producto y masaje manual realizado por el esteticista. | ₡285,000.00 | 2
horas cada una 3 veces por semana |
| DEPILACIONES | | |
Ítem | Descripción | Precio | Tiempo |
Axilas | | ₡6,000.00 | 20 minutos |
Bikini | Normal | ₡6,000.00 | 30 minutos |
| Brasileño | ₡6,000.00 | 1 hora |
Piernas o brazos | Media | ₡6,000.00 | 40minutos |
| Completa | ₡12,000.00 | 1 hora |
Labio Superior | | ₡2,000.00 | 20 minutos |
Espalda | | ₡12,000.00 | 1 hora |
Cejas | | ₡3,000.00 | 30 minutos |
| | | |
| | | |
* PROMOCIÓN:
La estrategia para promocionar este establecimiento, es dar a conocer las
características particulares, resaltando sus beneficios y al mismo precio de lo
ofrecido por la competencia, ya que gracias a las respuestas obtenidas, se
descubrió que a pesar de que las personas encuestadas tienen un SPA al que
concurren por su preferencia estarían dispuestas a visitar un nuevo centro a fin de
valorar sus opciones, paquetes y precios. Por medio de la comunicación y sus
estrategias parciales.
La comunicación nos va a permitir:
* Captar la preferencia del consumidor.
* Que se conozca nuestro servicio.
* Instalar y consolidar la marca Sabbath.
* Establecer un puente entre la empresa y el mercado.
* Destacar características positivas y neutralizar las negativas.
Estrategias Parciales:
PUBLICIDAD
El objetivo de nuestra publicidad será brindar información a los consumidores con
el fin de crear demanda para nuestro servicio en segmento de mercado
seleccionado.
Se utilizará el medio escrito, para realizar la publicidad. Además de la realización
de una página de internet para facilitar la obtención de la información a nuestros
clientes y potenciales consumidores.
Después de la apertura y durante los años siguientes se repartirán volantes 100 al
mes, a fin de mantener a la población informada de nuestros servicios y
promociones especiales.
Medios Publicitarios
* Periódico: La Nación
Tamaño de impresión: Media Página
Publicación: Una vez a la semana el día domingo.
DOMINGO | IMPUESTO DE VENTA INCLUIDO |
5X5 (MEDIA PÁGINA) BLANCO Y NEGRO | ¢1.606.830 (COLONES) |
5X5 (MEDIA PÁGINA) FULL COLOR | ¢2.603.190 (COLONES) |
* Televisión: Canal 7
Publicación: Transmisión de las noticias, edición 7:00 Pm
Duración de la intervención: 3 minutos.
LUNES A VIERNES NOTICIERO 7:00 PM | IMPUESTO DE VENTA INCLUIDO |
CUÑA 60`` | ¢1.488.000 |
TARIFA 30`` | ¢744.000 |
CUÑA 20`` | ¢520.800 |
* Internet: Web site
WWW.SABBATHSPA.COM
Diseño de página, texto e imágenes en dos idiomas | ¢390.000 |
Mantenimiento
Registro de Dominios .com, .net, .edu .com. es..... | ¢25.000 |
Registro de Dominios .es | ¢145.000 |
Hosting o Alojamiento | ¢25.000 |
Mantenimiento anual de Website-pago mensual (hasta 20%) | ¢30.500 |
IMPRENTA POWER PRINT
Teléfonos: 2510-4000, 2270-1886
Fax: 2254-8944.
E-mail [email protected]
Cotización 200 Volantes:TAMAÑO 8 ½ X 5 ½, FULL COLOR, PAPEL BOND 20
POR UN LADO. (ANEXO 36) | ¢ 50,850,00 |
PROMOCIÓN DE VENTAS
La promoción de ventas tiene como finalidad tomar contacto en forma personal
con el mercado objetivo para comunicar sobre el producto o servicio de la
empresa. El propósito de la promoción es lograr una respuesta más sólida y rápida
del consumidor y además integrar el esfuerzo publicitario con la acción concreta
de la venta. Es importante destacar que la promoción no reemplaza la publicidad
sino que se complementan y a través de ella se trata de demostrar que el producto
existe.
Para nuestro fin utilizaremos las siguientes herramientas de promoción:
* Exhibidores en puntos de venta: Exhibición de productos y volantes de
información de servicios y productos.
* Descuentos Especiales: Descuento sobre los precios regulares por paquetes
preestablecidos o terapias de más de 3 sesiones.
* Bonificaciones: Productos que se ofrecerán de manera gratuita a cambio de una
compra mayor en servicios o productos, para ello se solicitará apoyo de las
empresas que nos brinden sus productos en consignación.
* Especialidades Publicitarias: Utilizaremos paños faciales, cremas corporales y
jabones en presentación pequeña grabados con el nombre del SPA y número de
teléfono.
RELACIONES PÚBLICAS
* Relaciones de Prensa: Se llevará a cabo mediante la colocación de noticias
informativas en los medios noticiosos, previamente establecidos para atraer la
atención hacia el servicio.
* Propaganda del Producto: Se participará en eventos especiales, tales como expo
novias y ferias cantonales para dar a conocer la marca y la ubicación del centro.
VENTA PERSONAL
La venta personal será utilizada únicamente dentro del establecimiento o bien en
eventos especiales predefinidos, ya que por la calidad del servicio y por lo nuevo
en el mercado no se cuenta con el recurso económico necesario para pagar por el
servicio de promoción directa donde una persona se encargue de visitar
potenciales consumidores y por sus ventas revisa comisiones además de los
salarios y viáticos de ley.
* PLAZA:
El Sabbath SPA proveerá sus servicios inicialmente en un solo centro, ubicado en
el Multicentro, centro comercial de desamparados. En este local se brindarán los
servicios establecidos además de tener una importante zona de relajación que
inicia con el área de la recepción a fin de recibir y mantener a los clientes en el
máximo grado de confort y relajación ayudados de plantas, agua y colores que
favorezcan esta situación.
* POSVENTA:
Sabbath SPA utilizará una serie de métodos para supervisar el rendimiento de los
servicios ofrecidos:
Promocionales
Estarán relacionados a la promoción de ventas, por ejemplo, descuentos
especiales a nuestros clientes frecuentes y participación en concursos o sorteos.
Psicológicos
Por estar ligados con la motivación del cliente, enviaremos una tarjeta virtual de
saludos por su cumpleaños y por navidad.
Además les llamaremos a nuestros clientes para preguntarles qué tal se han
sentido después de sus terapias y tratamientos de ese modo, no sólo le haríamos
sentir al cliente que nos preocupamos por él, sino que también podríamos conocer
sus impresiones del servicio y que aspectos debemos mejorar.
De seguridad
Se brindará mediante el otorgamiento de garantía al cliente, esto se obtiene con la
entrega de un servicio de calidad, con personal altamente calificado, pero es
imprescindible que el cliente sepa en qué condiciones puede optar por una
garantía si el servicio o el producto que recibió no cumplió su pretensión o
necesidad expuesta al personal.
* PERSONAL:
El adecuado análisis de los puestos por parte de la Gerencia será fundamental
para lograr la correcta selección y reclutamiento del personal idóneo para la
empresa, además ello el entrenamiento, capacitación y motivación que se ofrece a
los funcionarios si es el adecuado logrará que estos sean capaces de cumplir con
la misión y visión de la empresa, dando siempre un servicio de calidad a los
clientes, pues está comprobado que cuando el personal esta desmotivado o
molesto transfiere su malestar a los clientes y baja su producción.
Se seleccionará y reclutará a dos personas que cumplan con las siguientes
características:
1. Esteticista graduada con excelente presentación personal.
2. Experiencia en el servicio de SPA y estética.
3. Destrezas interpersonales, esto le permitirá llevarse bien con los demás,
capacidad de solicitar ayuda y colaboración de los demás.
4. Excelente administrador del tiempo
5. Capacidad de trabajar bajo presión, esto porque en temporada alta y fechas
especiales existirá un nivel más alto de trabajo y debe ser capaz de mantenerse
tranquila para brindar el confort y relajamiento a las clientes.
En cuanto a los procesos y actividades al momento de llevar a cabo los
tratamientos, cada cosmetóloga o terapeuta será responsable de preparar su
cabina, con los blancos, la ambientación, los productos y el equipo necesario para
realizar el tratamiento, además de que una vez concluido debe dejar el área limpia
y esterilizando el equipo, para que estén listos para el siguiente servicio.
* PROVEEDORES:
En cuanto a los proveedores de los productos de Sabbath SPA a utilizar se
encuentra la marca Pecosa S.A, para los tratamientos faciales y corporales como
principal proveedor, además de otras compañías que nos visitarán para
asesoramiento de nuevas tendencias y nuevas tecnologías en la industria. El trato
y los pedidos se llevarán a cabo directamente con la compañía proveedora,
entregados directamente en la sala y tal y como se mencionó con trámite de
contado. Se establece entrega de producto según necesidad y máximo tres veces
por semana.
* PROTECCIÓN:
Sabbath SPA garantiza la más absoluta confidencialidad de los datos personales
de nuestros clientes, así como de los servicios que requieren y su historial clínico,
en caso de que asista a nuestros servicios como complemento a un tratamiento
médico.
Esta información será archivada se manera segura y no será nunca expuesta.
PROYECCION DE FACTURACION
Estimación de Ventas Enero - Diciembre 2012 | |
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Capacidad Instalada Mensual: A 75% de la capacidad máxima | Masajes 270,
Costo Promedio: | ₡3.240.000,00 |
| Depilaciones 134, Costo Promedio: | ₡1.608.000,00 |
| Faciales 136, Costo Promedio: | ₡1.632.000,00 |
| Total Capacidad Instalada Mensual: | ₡6.480.000,00 |
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CAPITULO III
ESTUDIO TECNICO
Se realiza el estudio Técnico a fin de verificar la posibilidad técnica de la
fabricación del servicio que se busca ofrecer, además de analizar el tamaño
optimo, la localización óptima, los equipos e instalaciones y la organización
necesaria para proveer el servicio de Sabbath SPA.
3.1 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Consistirá en brindar multiservicios de belleza y bienestar, ofreciendo asistencias
tanto de estética como depilación, tratamientos faciales, y corporales entre los que
se incluyen, tenso terapia, drenajes linfáticos, masajes descontracturantes y de
relajación, entre otros. Brindando lo mejor en placer y tratamientos estéticos, con
aparatología de última generación y profesionales altamente capacitados.
EL servicio está destinado para aquellas personas que necesitan un día de
relajación, empleando distintas técnicas y combinando perfectamente el tiempo, el
placer y la belleza.
El proyecto está dirigido a mujeres entre los 25 y 55 años de edad. Para saber los
requerimientos personales de nuestros clientes, se creará un sistema de
almacenamiento de toda la información personal, como fecha de cumpleaños,
tratamientos utilizados anteriormente, fecha de su última visita, y programación de
posteriores tratamientos, además se contará con una página web, donde el cliente
contará con su cuenta de usuario, y podrá acceder a información acerca de
nuevas promociones, su programación en Sabbath SPA y una comunicación
rápida con el personal que desee, entre otras. Lo anterior nos ayudará a entregar
un servicio totalmente personalizado.
Se está consciente de la falta del tiempo que manejan las personas hoy en día por
el alto grado de compromisos, por ello se brindará flexibilidad en los horarios
además de diferentes promociones para mantener la innovación y la atención de
los clientes.
Los beneficios de los servicios que se pretenden ofrecer, estarán enfocados a
fortalecer y mantener la juventud y bienestar de la mente y el cuerpo, por medio de
un ambiente relajado y cómodo, con personal especializado y productos de la
mejor calidad. Además de que se pretende ofrecer tratamientos que no están
presentes en la oferta actual de la competencia y productos a la venta como
complemento de los tratamientos.
3.2 PROCESO DE PRODUCCIÓN Y TRANSFORMACIÓN.
Un proceso de producción es un sistema de acciones que se encuentran
interrelacionadas de forma dinámica y que se orientan a la transformación de
ciertos elementos. De esta manera, los elementos de entrada, conocidos
como factores, pasan a ser elementos de salida, productos o servicios, tras un
proceso en el que se incrementa su valor.
Las acciones productivas son las actividades que se desarrollan en el marco
del proceso. Pueden ser acciones inmediatas, que generan servicios que son
consumidos por el producto final, cualquiera sea su estado de transformación,
o acciones mediatas que generan servicios que son consumidos por otras
acciones o actividades del proceso.
Sabbath SPA deberá realizar una serie de pasos para lograr el proceso de
transformación y así brindar el servicio a cada cliente cumpliendo con la
satisfacción de sus necesidades y expectativas; para ello se detalla el proceso de
los insumos para llegar al servicio que se desea brindar.
Estado Inicial:
* Insumos Principales: Dentro de los insumos principales tenemos como recurso
humano la esteticista y la fisioterapeuta, que son las personas encargadas de
brindar el servicio.
* Insumos Secundarios: En esta categoría destacan el mobiliario, equipo y los
productos necesarios para poder brindar los servicios.
A continuación detallamos nuestro mobiliario y equipo:
Mobiliario y Equipo |
Cama Relax | Film osmótico | (Wide Pads) |
Ducha (Cabina) | Batas | Bandó para cabello |
Lavatorio | Bowls | Gorros para cabello |
Armario | Tacitas | Paquetes de Algodón (redondo) |
Mesitas Auxiliares | Espátulas | Paquetes de aplicadores |
Juegos de Sabanas | Esponjas Grandes | Cajas de Kleenex |
Cobertores | Taburete | Caja de Lancetas |
Cobija | Vapor Ozono | Toallitas Húmedas |
Almohada | Lupa-Lámpara | Calentador de Ceras en bote |
Paños Grandes | Alta Frecuencia | Calentador dual para cera |
Paños Medianos | Saca comedones | Rollo de Bandas para depilar |
Paños Faciales | Film Osmótico | Paletas de Madera |
Velas | Pinceles Faciales | Pinzas |
Calentador de Esencias | Paquetes Lienzos | Tijeras |
Entre nuestros productos tenemos los siguientes:
PRODUCTOS |
Leche limpiadora | Protector Solar |
Tónico Piel Normal-Seca | Desmaquillante para contorno de Ojos |
Crema Hidratante | Tónico para depilar |
Mascarilla Aterciopelante | Aceite post depilatorio |
Mousse Limpiador Piel Grasa | Gel de Sábila |
Gel Hidrante Acneica | Espuma post Depilatoria |
Tónico Piel Acneica | Ampolla retardadora del bello |
Exfoliante Suave | Ceras en roll-on |
Exfoliante Scrub | Cera en bote |
Transformación:
Para cualquier tipo de terapia se dispone al cliente en una posición cómoda tanto
para ella, como para el profesional que llevara a cabo la sesión, nos basaremos en
los tres tipos de tratamientos que ofrecerá Sabbath SPA.
* Terapias Corporales:
Las terapias corporales son realizadas por el fisioterapeuta, ya sean masajes
relajantes, reafirmantes, reductores o anti celulíticos, su proceso es muy similar:
1. Se recibe a la persona y se le explica el proceso a seguir
2. Se le solicita el cambio de ropa, en los casos necesarios.
3. Se procede a pedir a la persona que se acueste en la camilla en la posición que
necesite el profesional.
4. Se determina el tipo de producto o productos a utilizar.
5. Seguidamente se procede a realizar el masaje solicitado.
* Terapias Faciales:
Estas terapias son realizadas por la esteticista que es la profesional en este
campo. Los pasos a seguir son:
1. Se recibe a la persona y se le explica el proceso a seguir
2. Se le solicita el cambio de ropa, en los casos necesarios.
3. Se procede a pedir a la persona que se acueste en la camilla en la posición que
necesite el profesional.
4. Se realiza un diagnostico sobre el tipo de piel con el objetivo de elegir los
productos específicos requeridos, de esta forma, se toman las precauciones
esenciales en caso de pieles reactivas y sensibles.
5. Posteriormente según el tipo de terapia facial elegida se limpia, tonifica, o se
efectúa la microdermoabrasión que regenera las células.
6. Se utiliza el desincrustante para dilatar los poros, vaporizar, extraer los puntos
negros, hidratar o se finaliza con un masaje.
* Depilaciones:
Las depilaciones son realizadas por la esteticista por aéreas, ya sea bigote, axila,
área del bikini, media pierna, entre otras.
1. Se recibe a la persona y se le explica el proceso a seguir
2. Se le solicita el cambio de ropa, en los casos necesarios.
3. Se procede a pedir a la persona que se acueste en la camilla en la posición que
necesite el profesional.
4. Determinación del área deseada para la depilación
5. Se limpia la zona a depilar con agua y jabón, o con alcohol.
6. Aplica el producto deseado para la depilación, y posteriormente se retira el
producto mediante las bandas que extraerán los vellos.
7. Se aplicará un aceite post-depilatorio y, luego, una crema humectante.
Estado Final:
Una vez que es realizado este proceso de transformación de los insumos
principales y secundarios lo que se ofrece al cliente es un bien intangible, es decir,
un servicio que surge para satisfacer las necesidades de sus demandantes y es
consumido de manera inmediata, en tratamientos corporales, faciales o en
depilaciones, y así es logra el deseo de los fundadores de Sabbath SPA, la
satisfacción del cliente.
3.3 DETERMINACIÓN DEL TAMAÑO DE LA PLANTA
Sabbath SPA contará con un capital pequeño por lo tanto la inversión en
infraestructura no se realizará, si no que se trabajara alquilando un local en el
Centro Comercial de Desamparados.
Para iniciar adaptaremos el edificio con dos cabinas, una recepción y una oficina
en común donde estará ubicado el área administrativa y financiera, además de un
espacio para el área de aseo, en total 250 metros cuadrados ubicado en el
Multicentro. Para ello se consideraron los requerimientos de espacio de las
máquinas y del personal a fin de trabajar de manera organizada y eficiente. Se
elige está localidad porque el proyecto está dirigido a las mujeres del distrito
central de desamparados y con ello se tendrá acceso directo al mercado meta.
Factores que determinaron el tamaño de la planta:
* La demanda
Con la encuesta realizada de determinó que entre otros factores el mercado meta
frecuentaría el SPA en un promedio de una vez al mes y que su principal atrayente
para cambiar de Spa sería el precio, por lo que se determinó iniciar con una planta
no muy amplia por el costo financiero que amerita pero si cómoda y espaciosa
para brindar el servicio de forma excelente, con la proyección de ampliar la sala
cuando la publicidad y otros agentes la hagan posicionarse en la mente del
consumidor y sea rentable la adquisición de la misma.
* Disponibilidad de Materias Primas
En la sala, ubicación del Sabbath SPA se tendrá facilidad para el ingreso de los
materiales necesarios para el funcionamiento, adicionado a la facilidad física, la
poca cantidad y el tamaño de los mismo facilitan está función haciendo factible su
funcionamiento en este punto. Los materiales requeridos serán dispuestos en la
sala por la empresa avaluada y asignada como proveedora de Sabbath SPA.
* Tecnología y Equipo
En la industria de los SPA, la tecnología no es estacionaria sino por el contrario se
encuentra en franco desarrollo y cada día la aparatología evoluciona, por ello
Sabbath SPA contará con el equipo mínimo necesario a la apertura del lugar pero
mantendrá como prioridad la inversión de ganancias y nuevos aportes de socios
en la obtención de maquinaria de última que le permita estar a nivel de las
grandes empresas del campo y brindar el servicio deseado.
* El Financiamiento:
La empresa cuenta con un total de siete millones quinientos mil colones de capital
social brindado por los cinco socios, dicho monto es insuficiente para los gastos
iniciales de apertura de Sabbath SPA por lo que se solicitará un financiamiento,
mediante el siguiente estudio se determinará la mejor alternativa para Sabbath
SPA en cuanto al financiamiento necesario.
La literatura disponible sobre crédito y pymes en Costa Rica parece sugerir la
existencia aún de obstáculos importantes para que las empresas de este sector
puedan tener acceso al crédito y otros servicios bancarios dentro del sistema
financiero formal costarricense. De hecho, existe evidencia de que el sistema
financiero formal costarricense no es la principal fuente de financiamiento de las
pymes de este país, sino el autofinanciamiento y los créditos de las empresas
comerciales.
BAC SAN JOSE
Autocred Corporativo: Líneas de crédito respaldadas con la facturación o ventas
procesadas por medio de Credomatic.
Requisitos:
* Tener una cuenta con el BAC San José
* Garantía fiduciaria o la que se defina para el monto de aprobación
* Corte de estados financieros recientes
* Información legal de la empresa (copia del acta constitutiva, cedula jurídica, y
personería jurídica vigente)
* Información general de la empresa (nombre de socios y participación, principales
clientes y proveedores términos de pago y crédito a clientes)
Beneficios:
* Líneas de más de ¢50,000,000
* Garantía fiduciaria
* Plazo máximo de 12 meses, con un 36% anual
* Pago por medio de retención de la facturación de ventas con tarjeta de crédito
procesadas por Credomatic
* Cuotas niveladas
BANCO DE COSTA RICA
El BCR, asigna las tasas de interés según el riesgo de la operación. Dicho riesgo
es determinado con base a la información financiera del cliente y de acuerdo a
otros parámetros como la naturaleza de la garantía, el riesgo comercial de la
empresa, etc.
Las tasas en dólares parten de la Tasa Prime Rate (TPR) y en colones parten
de la Tasa Básica Pasiva (TBP) que establece la División Económica del BCCR.
De acuerdo a estos conceptos, a continuación las tablas de rangos de tasa según
niveles de riesgo.
Tipo de crédito | Tasas vigentes |
Colones | Desde TBP más 4.00% |
Dólares (generadores) | Desde Tasa Prime Rate |
Dólares (no generadores) | Desde TPR más 1.00% |
*Se denomina "Generadores" a las personas que reciben ingresos en dólares |
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Libor | = | Tasa Libor 6 meses | 0.7341 | (a partir del 25-11-2011) |
PR | = | Tasa Prime | 3.2500 | (a partir del 17-12-2008) |
TBP | = | Tasa Basica Pasiva | 8.0000 | (a partir del 17-11-2011) |
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BANCO NACIONAL
El Banco Nacional cuenta con financiamiento para Pymes para:
* Capital de trabajo
* Inversión
* Crédito especial para Inventarios
* Crédito agropecuario.
Dentro de las modalidades crediticias ofrecidas para Pymes están:
* Crédito Hipotecario: Es un préstamo a mediano o largo plazo que se otorga para
la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, o bien sobre
una vivienda ya cancelada para la obtención de efectivo para otros fines.
La propiedad adquirida queda en garantía o "hipotecada" a favor del Banco para
asegurar el cumplimiento del crédito. Los plazos a los cuales se otorgan estos
créditos son de varios años, lo cual debe ser informado dentro de las
características del crédito, debido a que hacen variar los costos y tasas de interés
* Línea Fiduciaria: Es una línea de crédito personal con garantía fiduciaria, es
decir requiere de fiadores para la obtención del crédito, permite utilizarla para
diversos propósitos.
Tasas de Crédito
(Anuales)
Crédito | Tasa VigentePYMES |
Crédito Consumo Colones | - Fiduciaria: 13,50 %- Hipotecaria/Hip. Abierta: 12,50
%Comisión Bancaria 1% anual |
BANCO POPULAR:
Las opciones ofrecidas por el Banco Popular a nivel empresarial son:
Garantías recibidas | Plazo en Meses |
Prendaria | 60 |
Fiduciaria | 72 |
Hipotecaria | 180 |
Certificados de Ahorro del BPDC | 180 |
AVAL | Según garantía complementaria |
El Banco Popular brinda crédito Pymes con una tasa del 13,75% anual.
Se elige como mejor alternativa el Banco Nacional, pues ofrece a Sabbath SPA la
mejor opción de financiamiento, al ser una empresa Pymes, la tasa especial
ofrecida por esta entidad favorece el crecimiento y la rentabilidad de nuestra
representada.
3.4 SELECCIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO
Equipo Necesario
A) Sala o Cabina de Belleza:
Deberá ser seria y altamente especializada a fin de ofrecer un aspecto alegre,
cómodo y acogedor a los clientes, pues será la primera impresión que recibirán y
esto condiciona su actitud y opinión hacia el servicio, será la imagen pública de la
empresa.
Destacando el color que predomina en las paredes, a fin de transmitir
determinadas sensaciones influyentes en el estado de ánimo de las personas. De
la misma manera se debe cuidar con esmero la iluminación eléctrica que se utilice
en este centro estético. Esta luz, deberá parecerse en lo posible a la luz diurna. En
ningún caso la luz debe ser escasa.
B) Mobiliario:
* Una computadora
* Una impresora
* Teléfono – Fax
* Escritorio y silla ejecutiva
* Mesa de Centro
* Archivero
* Sofás de Recepción
* Dos camas relax cómodas
* Una silla para hacer el masaje facial sentada
* Una lámpara de pie
* Una lupa
* Un vaporizador de ozono (grande)
* Un aparato ducha y aspiración
* Un aparato alta frecuencia (ultravioleta)
* Un fundidor de cera.
* Sol artificial
* Un cubo de apertura a pedal
* Dos mesitas auxiliares de ruedas, para tener siempre a mano el material que va
a emplearse.
* Lavabo con agua caliente y fría.
La cama relax es el principal mobiliario de la sala a fin de lograr que el cliente esté
confortablemente instalado, además de tener en la estancia una temperatura
agradable y aislada del ruido.
C) Mobiliario Complementario:
* Tocador
* Un perchero, para colgar la ropa del cliente.
* Cuatro mesitas auxiliares
CONDICIONES DE ADQUISICIÓN:
* Por ser Sabbath SPA una nueva empresa no es posible la obtención de crédito
por lo que se negoció el mobiliario pesado de la siguiente manera: 50% con orden
de compra y 50% contra entrega. El equipo de oficina será adquirido en Mugui S.A
y entregado en la sala, el equipo especializado será comprado en
Electromedicarin también será entregado en la sala.
* El equipo contará con 2 años de garantía y en caso de falla la compañía
garantiza revisión en el lugar.
* El tiempo estimado para la entrega de los equipos es de 15 días.
* Los insumos de masaje y depilación (ceras, cremas, aceites, etc) serán
cancelados de contado y entregados por la empresa comercializadora, PECOSA,
en las instalaciones de Sabbath SPA, ofrece entrega tres veces por semana
además de la apertura de crédito tras 2 meses de compras efectivas.
MECÁNICA DE DISPOSICIÓN:
Por contarse con un espacio limitado se comprará únicamente el equipo y
materiales necesarios, que serán entregados directamente en la sala y serán
ubicados estratégicamente para la excelencia del servicio.
3.5 LOCALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA PLANTA
La sala, lugar de entrega del servicio del SPA, estará localizada en el Centro
Comercial Multicentro en el cantón central de Desamparados, al sur de la ciudad,
y limita con San José, Curridabat, La Unión, El Guarco, Cartago, Aserrí y
Alajuelita, León Cortés y Dota. Se localiza de la Rotonda de la Y Griega, 1
Kilómetro Carretera Principal a Desamparados.
Por lo que la accesibilidad a este distrito es inmejorable y se encuentra en franco
crecimiento.
El objetivo del proyecto es ubicar el Spa en el Mall Multicentro en uno de los
locales disponibles en la segunda etapa o en sus alrededores, la ubicación del
mismo es de la Rotonda de la Y griega, 1 kilómetro carretera principal a
Desamparados.
3.6 REQUERIMIENTOS DE MANO DE OBRA
La operación de un Spa requiere de mano de obra especializada, empezando el
proyecto se necesitará de los servicios de los siguientes profesionales:
* Recepcionista:
Profesional que recibirá y atenderá a los clientes proporcionándoles todo tipo de
información y asistencia, por lo que debe tener conocimientos de los tratamientos
que se brindan. El departamento de salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social en su lista de salarios mínimos para el segundo semestre del 2011 estipula
un salario mínimo para recepcionistas de ¢ 245,660.64
* Esteticistas:
Persona con estudios y experiencia en cuidar y mejorar el aspecto del cuerpo
humano, especialmente el del rostro y con conocimientos en tratamientos
corporales, tratamientos faciales, maquillaje, drenaje linfático manual, quiromasaje
y depilación eléctrica. El salario mínimo para el segundo semestre del 2011 para
estos profesionales está estipulado por jornada ordinaria, por el monto de ¢
10,163.83.
* Misceláneo:
Será la persona encargada de las labores de aseo del recinto, además de apoyar
en otras situaciones relacionadas a trabajos de un grado no tan elevado de
especialización. El departamento de salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social estipula un salario mínimo para misceláneo de ¢ 228,057.56
A fin de reforzar el proyecto se deberá de contar con el apoyo de otros
profesionales tales como:
* Administrador:
Profesional que tiene la responsabilidad de ejecutar el proyecto, mantener, operar
el negocio y llevar un orden para que se dé la buena marcha del negocio, se
estipula el salario mínimo en ¢ 498.616,6
* Fisioterapeuta:
Profesional universitario con experiencia que realiza el tratamiento mediante
masaje en sus diferentes modalidades, y la cinesiterapia pasiva. El Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social estipula que el monto por jornada ordinaria para un
fisioterapeuta en ¢ 8,480.5. Entre los servicios brindados están:
* Mecánicos: En referencia a como las fuerzas mecánicas relacionadas con cada
maniobra afectan a los tejidos.
* Fisiológicos-Higiénicos: Cuando se efectúa el masaje en una persona sana para
proporcionar mayor vigor al organismo o para aliviar el cansancio, se asocia a la
práctica de ejercicio gimnasias suaves y/ o baños termales.
* Preventivos: Estos se cumplen cuando se localiza por palpación una zona tensa
o con posible lesión, cuando se delimita, y al comunicárselo al sujeto que recibe el
masaje y al tratar. Así se cumplen dos de las funciones del terapeuta: Educar, y
promover la salud aconsejando que el masaje este unido a la práctica de ejercicio
moderado, para mejorar el bienestar general, y conseguir además que el
tratamiento perdure.
* Terapéuticos: Cuando se utiliza el masaje para mejorar la función circulatoria,
recuperar la movilidad restringida entre los tejidos dañados, aliviar o reducir el
dolor, o para optimizar la conciencia sensorial. Por otro lado, en el momento en
que el masaje proporciona relajación y bienestar, ayudando en la recuperación y el
mantenimiento de la salud se convierte, aun sin pretenderlo, en un acto
terapéutico.
* Estéticos-Higiénicos: Cuando tiene por finalidad mejorar el aspecto externo de la
persona, eliminando los depósitos de grasa, devolviendo al músculo su tono y
relajando el cansancio. Igualmente tiene resultados higiénicos puesto que eliminar
el cansancio en una persona sana produce un resultado estético.
* Deportivos: Cuando se efectúa para preparar a un deportista con finalidad
competitiva antes, durante y después de la práctica del mismo.
* Psicológicos-anímicos, o para la relajación: El contacto de la mano
experimentada proporciona seguridad y confort, a la vez que regula y alivia la
tensión Psico-física.
* Contador: Será contratado por servicios profesionales y su trabajo se estipula por
un monto de ¢ 60.000 mensuales.
* Gerente General: Representante legal de Sabbath SPA, encargado de la toma
de decisiones, designar todas las posiciones gerenciales, posición ocupada por
una socia, con participación en dividendos y no con salario regular.
Condiciones laborales de la organización
1. Para la contratación de personal se cumplirá con el proceso de reclutamiento
selección de personal, una vez cumplidos los requisitos y tramites del cargo al que
se aspira. Igualmente se exigirán los conocimientos y/o habilidades del puesto de
trabajo.
2. Se exigen puntualidad en la hora de llegada. Los atrasos deberán ser
justificados ante el encargado.
3. Las condiciones laborales estarán garantizadas por el respeto a las normas
laborales de seguridad e higiene establecidas en la reglamento de seguridad
ocupacional. Se acataran las demás disposiciones legales que sean establecidas
por los órganos juridiciales correspondientes.
4. Al trabajador se le bridara un trato justo y respetoso. No se lesionara ni física ni
verbalmente, ni psicológicamente.
5. El programa de beneficios a los empleados estará conforme con las exigencias
legales y comprenderán un jornada laboral de ocho horas diarias salario justo y
competitivo, con base a la ley, con aumentos progresivos semestrales disfrute da
vacaciones anuales basadas en el marco legal.
6. Mediante los controles implementados y los informes de rendimiento mensual
se implementara la figura del colaborador del mes. Otorgándole como incentivo el
disfrute de los servicios del Spa con un acompañante.
7. Se ofrecerá estabilidad laboral.
8. El horario de trabajo está comprendido desde las 10:00 a.m. hasta las 7:00
p.m.
9. Nuestra organización ofrece un ambiente de trabajo cómodo y seguro
10. Disponibilidad de un espacio físico, para guardar sus pertenencias y equipado
con horno microondas, agua potable fregadero, mesa y silla.
SALUD OCUPACIONAL DE SABBATH SPA S.A.
Sabbath Spa S.A. es una empresa comprometida hacia la conservación del medio
ambiente, y a proporcionar a sus colaboradores y clientes un lugar de trabajo
seguro y libre de accidentes.
En Sabbath Spa S.A nos comprometemos a:
* Conservar nuestros recursos naturales a través de procesos innovadores y
productos amigables con el ambiente. Reducimos, reutilizamos y reciclamos para
minimizar nuestro impacto sobre el planeta y somos miembros responsables de
las comunidades en las que trabajamos.
* Promover un estilo saludable en nuestros empleados y los motivamos a que
cuiden su salud proactivamente.
* Proporcionar un ambiente libre de lesiones, integrando la seguridad en nuestro
negocio, procesos y toma de decisiones. Somos responsables por nuestra
seguridad y la seguridad de aquellos que nos rodean.
Los objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales son los siguientes:
a. Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las
condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, y clientes
protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que
puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como
los riesgos físicos, químicos, mecánicos, eléctricos, arquitectónicos, ergonómicos,
psicosociales, de saneamiento y de seguridad.
b. Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de
trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos
ocupacionales.
1. Principales Normas que Rigen la Salud Ocupacional en Sabbath Spa S. A.
La normatividad de la Salud Ocupacional en Sabbath Spa S. A. Tiene como
sustento los Convenios Internacionales del Trabajo, que son tratados
internacionales adoptados por la mayoría de los delegados de los países a las
conferencias internacionales de la OIT.
1.2. Principios de Salud Ocupacional de Sabbath Spa SA.
* Mejorar las condiciones de trabajo y salud, por medio de la educación,
comunicación, compromiso y participación del personal.
* Planificar Los planes y acciones orientados a la promoción y prevención de los
Riesgos ocupacionales en el trabajo.
* Proyectar. El Programa de Salud Ocupacional pretende ser un modelo, que
Cumpliendo con la Legislación nacional se haga visible a nivel local.
* Gestionar. Para su cumplimiento, Sabbath Spa S.A. desarrollará, aplicará y
mantendrá un modelo de gestión orientada a la promoción y prevención de los
riesgos ocupacionales, destinado al mejoramiento continuo de las condiciones de
trabajo y salud; dicho modelo se integrará al sistema general de la gestión de
Sabbath Spa S. A. de manera que la promoción y la prevención se incorpore en
todas las actividades que se desarrollen en las instalaciones del Spa
2. EL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL SABBATH SPA S.A.
a. El programa será de carácter permanente;
b. El programa estará constituido por cuatro elementos básicos:
1. Actividades de medicina preventiva
2. Actividades de medicina del trabajo
3. Actividades de higiene y seguridad en las instalaciones
c. Las actividades de higiene y seguridad de las instalaciones, serán programadas
y desarrolladas de forma integrada.
d. Su contenido y recursos deberán estar en directa relación con el riesgo
potencial y con todos nuestros colaboradores en los lugares de trabajo.
b.1. Actividades de Medicina Preventiva:
Diseña y ejecuta programas para la prevención y control de enfermedades
generadas por el estilo de vida, el ciclo vital individual y el entorno laboral.
b.2. Actividades de Medicina del trabajo:
Tiene como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud de los
colaboradores, protegiéndolo de los factores de riesgo ocupacionales; ubicándolo
en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones Psico-fisiológicas y
manteniéndolo en aptitud de producción de trabajo.
Estas actividades son las siguientes:
* Recolectar y mantener actualizadas la información de los accidentes de trabajo,
las cuales estarán a disposición de las autoridades competentes.
* Recomendar a las Secciones de Mantenimiento y Obras y Seguridad y Vigilancia
de las instalaciones la delimitación o demarcación las áreas de trabajo, zonas de
almacenamiento, vías de circulación, señalización de salidas, salidas de
emergencia, zonas de resguardos y zonas peligrosas de las máquinas e
instalaciones, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
* Organizar y desarrollar un plan de emergencia institucional, coordinadamente
con el Comité Central del Multicentro, teniendo en cuenta las siguientes ramas:
a. Rama Preventiva: Aplicación de las normas legales y técnicas sobre
combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas propias
de la actividad económica de la empresa.
b. Rama Pasiva o Estructural: Diseño y construcción de edificaciones con
materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas para la evacuación,
de acuerdo con los riesgos existentes y el número de trabajadores.
c. Rama Activa o Control de las Emergencias: Conformación y organización de
una brigada (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación),
sistema de detección, alarma comunicación, selección y distribución de equipos de
controles fijos o portátiles (Manuales o automáticos), inspección, señalización y
mantenimiento de los sistemas de control.
* Promover, elaborar, desarrollar y evaluar programas de inducción, entrenamiento
y educación continua, encaminados a la prevención de riesgos en el trabajo.
* Asesorar y promover conjuntamente con los subprogramas de Medicina
Preventiva y del trabajo, sobre las normas internas de Salud Ocupacional y el
Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.
* Listados de materias primas y sustancias implicadas en la empresa: Se recoge la
información a través del censo de sustancias químicas que son utilizadas en las
diferentes áreas de trabajo.
* Resultados de Inspecciones Internas de Salud Ocupacional: Los resultados de
las inspecciones periódicas internas por salud ocupacional son analizados por el
equipo de la sección y son la fuente de información del cumplimiento por parte de
la institución de las recomendaciones dadas por Salud Ocupacional.
3.7 DESPERDICIOS
Sabbath SPA es una empresa que generará una cantidad significante de residuos
cada mes. Esto presenta un problema potencialmente serio y complejo si no se
maneja correctamente, el adecuado manejo de desperdicios comienza con el
reconocimiento de las responsabilidades individuales de los generadores de
residuos.
RESPONSABILIDADES GENERALES
* Desarrollar y actualizar el procedimiento a tenor con los requisitos de la
Reglamentación Ambiental aplicable.
* Ofrecer y coordinar los adiestramientos requeridos por la Reglamentación
Ambiental al personal implicado en este procedimiento.
* Coordinar la disposición de los desperdicios universales con las compañías
externas que cumplan con los requisitos incluidos en la reglamentación.
* Proveer el apoyo técnico al personal de Recursos Físicos en la implantación de
este procedimiento
Productos a reciclar:
* Papel y Cartón
* Baterías
* Plásticos
* Vidrios
* Materia Orgánica
Los materiales tales como jeringas serán destruidos y ubicados bajo un sistema se
sumo cuidado, donde sean alejados del contacto de nuevas personas y evite el
contagio de enfermedades virales.
3.8 ESTIMACIÓN DEL COSTO DE INVERSIÓN Y DE PRODUCCIÓN DE LA
PLANTA.
ESTIMACION DE SALARIOS POR MANO DE OBRA REQUERIDA MENSUAL
PUESTO | CANTIDAD | SALARIO |
Gerente General | 1 | 0 |
Administrador | 1 | ¢ 498.616,60 |
Esteticista | 1 | ¢ 304.915.00 |
Fisioterapeuta | 1 | ¢ 254.415.00 |
Recepcionista | 1 | ¢ 245,660.64 |
Misceláneo | 1 | ¢ 228,057.56 |
TOTAL PLANILLA MENSUAL | | ¢ 1.531.664,80 |
CONTRATOS A TERCEROS MENSUAL |
Contratos a Terceros Mensual | ¢ 60.000,00 |
ESTIMACION DE SALARIOS POR MANO DE OBRA REQUERIDA ANUAL
PUESTO | CANTIDAD | SALARIO |
Recepcionista | ¢ 245.660,64 | ¢ 2.947.927,68 |
Esteticista | ¢ 304.915,00 | ¢ 3.658.980,00 |
Fisioterapeuta | ¢ 254.415,00 | ¢ 3.052.980,00 |
Misceláneo | ¢ 228.057,56 | ¢ 2.736.690,72 |
Administrador | ¢498.616,60 | ¢ 5.983.399,20 |
| TOTAL ANUAL: | ¢ 18.379.977,60 |
CONTRATOS A TERCEROS MENSUAL |
Contratos a Terceros Mensual | ¢ 60.000,00 |
Primer Año | ¢ 600.000,00 |
Inventario # 1
Detalle: RECEPCIÓN Y SALA DE ESPERA |
Detalle | Cantidad | Precio |
Escritorio | 2 | ¢360.000 |
Silla Ejecutiva | 1 | ¢122.000 |
Sofá | 2 | ¢275.000 |
Computadora | 2 | ¢600.000 |
Teléfono-Fax | 1 | ¢60.000 |
Archivero | 2 | ¢150.000 |
Mesa de Centro | 1 | ¢85.000 |
Revistero | 2 | ¢80.000 |
Equipo de Sonido | 1 | ¢180.000 |
Impresora | 1 | ¢75.000 |
Calculadora | 1 | ¢15.000 |
Suministros de Oficina | 1 | ¢332.421 |
Inventario #2
Detalle: CABINA DE MASAJES – FACIALES Y CORPORALES |
Detalles | Cantidad | Precio |
Cama Relax | 1 | ¢200.000 |
Ducha (Cabina) | 1 | ¢407.490 |
Lavatorio | 1 | ¢21.000 |
Armario | 1 | ¢85.215 |
Mesitas Auxiliares | 1 | ¢27.230 |
Juegos de Sabanas | 3 | ¢35.000 |
Cobertores | 2 | ¢13.397 |
Cobija | 2 | ¢30.000 |
Almohada | 1 | ¢15.000 |
Paños Grandes | 15 | ¢5.800 |
Paños Medianos | 20 | ¢4.500 |
Paños Faciales | 10 | ¢2.600 |
Velas | 10 | ¢5.000 |
Calentador de Esencias | 1 | ¢8.000 |
Film osmótico | 1 | ¢18.188 |
Batas | 4 | ¢6.500 |
Bowls | 2 | ¢2.400 |
Tacitas | 8 | ¢4.000 |
Espátulas | 3 | ¢2.400 |
Esponjas Grandes | 8 | ¢14.000 |
Taburete | 1 | ¢150.000 |
Vapor Ozono | 1 | ¢239.880 |
Lupa-Lámpara | 1 | 113.500 |
Alta Frecuencia | 1 | ¢290.880 |
Saca comedones | 2 | ¢20.000 |
Film Osmótico | 6 | ¢2.400 |
Brochas | 4 | ¢8.000 |
Pinceles Faciales | 4 | ¢10.000 |
Paquetes Lienzos (Wide Pads) | 2 | ¢7.000 |
Bandó para cabello | 8 | ¢1.400 |
Gorros para cabello | 8 | ¢24.680 |
Paquetes de Algodón (redondo) | 10 | ¢6.000 |
Paquetes de aplicadores | 10 | ¢2.000 |
Cajas de Kleenex | 10 | ¢5.000 |
Caja de Lancetas | 2 | ¢5.600 |
Toallitas Húmedas | 10 | ¢14.000 |
Leche limpiadora | 3 | ¢47.595 |
Tónico Piel Normal-Seca | 3 | ¢47.595 |
Crema Hidratante | 3 | ¢55.866 |
Mascarilla Aterciopelante | 3 | ¢48.627 |
Mousse Limpiador Piel Grasa | 2 | ¢31.809 |
Gel Hidrante Acneica | 3 | ¢48.627 |
Tónico Piel Acneica | 3 | ¢47.595 |
Exfoliante Suave | 3 | ¢47.595 |
Exfoliante Scrub | 3 | ¢47.595 |
Protector Solar | 2 | ¢30.300 |
Desmaquillante para contorno de Ojos | 3 | ¢58.395 |
Inventario # 3
Detalle: DEPILACION |
Detalle | Cantidad | Precio |
Calentador de Ceras en bote | 2 | ¢101.000 |
Calentador dual para cera | 2 | ¢65.088 |
Rollo de Bandas para depilar | 5 | ¢88.815 |
Paletas de Madera | 6 | ¢1.500 |
Pinzas | 2 | ¢700 |
Tijeras | 2 | ¢3.000 |
Tónico para depilar | 3 | ¢22.272 |
Aceite post depilatorio | 3 | ¢22.272 |
Gel de Sábila | 3 | ¢32.560 |
Espuma post Depilatoria | 3 | ¢32.560 |
Ampolla retardadora del bello | 3 | ¢63.310 |
Ceras en roll-on | 24 | ¢54.511 |
Cera en bote | 10 | ¢63.675 |
TOTAL INVERSIÓN | ¢ 5.205.343 |
ESTIMACION DEL COSTO DE INVERSION TOTAL SABBATH SPA
Estimación realizada, mensual, bimensual (Capital de Trabajo), Totalizada al
primer y segundo año.
PLANILLA | SALARIOS |
Gerente | 0,00 |
Administrador | ¢ 498.616,60 |
Recepcionista | ¢ 245.660,85 |
Esteticista | ¢ 304.915,00 |
Fisioterapeuta | ¢ 254.415,00 |
Misceláneo | ¢ 228.056,56 |
Total Mensual | ¢ 1.531.664,01 |
Total De Planilla a dos Meses | ¢ 3.063.329,60 |
Total De Planilla 1er Año | ¢ 15.316.648,00 |
Total De Planilla 2do Año | ¢ 18.379.968,12 |
Cargas Sociales | ¢ 5.989.180.34 |
CONTRATOS A TERCEROS MENSUAL |
Contratos a Terceros Mensual | ¢ 60.000,00 |
Primer Año | ¢ 600.000,00 |
Segundo Año | ¢ 720.000,00 |
| |
PATENTES |
Municipal mensual | ¢ 63.557,00 |
Patente primer año | ¢ 635.570,00 |
Patente segundo año | ¢ 762.684,00 |
| |
POLIZA RIESGO |
Mensual | ¢40.000,00 |
Primer año | ¢400.000,00 |
Segundo año | ¢480.000,00 |
ARQUILER Y ARENDAMIENTO |
Mensual | ¢800.000,00 |
Primer año | ¢8.000.000,00 |
Segundo año | ¢9.600.000,00 |
GASTOS ADMINISTRATIVOS MENSUALES |
|
Luz | ¢80.000,00 |
Teléfono | ¢35.000,00 |
Software, mantenimiento y soporte técnico | ¢579.323,50 |
Suministros de oficina | ¢61.229,67 |
Materiales de limpieza | ¢37.937,16 |
Total Mensual | ¢793.490,33 |
Total Primer Año | ¢7.934.903,30 |
Total Segundo Año | ¢9.521.883,96 |
GASTOS LEGALES |
Constitución | ¢154.500,00 |
Asesorías | ¢75.000,00 |
Formalización de Crédito | ¢360.000,00 |
TOTAL | ¢589.500,00 |
GASTOS DE PUBLICIDAD MENSUAL |
|
Mantenimiento Web-Site | ¢220.802,20 |
Promoción(100 volantes) | ¢25.425,00 |
Total Mensual | ¢246.227,20 |
Primer Año | ¢2.462.272,00 |
Segundo Año | ¢3.087.689,09 |
3.9 DESARROLLO DEL PROYECTO A 5 AÑOS
Las socias de SABBATH SPA, tiene una visión muy clara sobre el impacto que
tendrá la apertura de SABBATH SPA en el Multicentro Comercial de
Desamparados, por lo cual se ha proyectado a largo plazo las siguientes metas:
* Ofrecer a nuestros clientes en un lapso de 2 años innovadoras terapias a base
de aparatologia de la más reciente tecnología. Se planea ampliar y remodelar las
instalaciones con el fin de otorgarles a nuestros clientes un lugar cada vez más
novedoso y espacioso, lo cual lo haría más atractivo para ellos.
* Ampliación del personal administrativo como del personal especializado en
ciertas áreas, esta ampliación se proyecta después de dos años.
* Los primeros 3 años se utilizaran varias estrategias para consolidar nuestro
mercado meta y así ganar la fidelidad de la misma, mediante publicidad agresiva y
constante.
* En el quinto año, SABBATH SPA tiene proyectado incursionar y aliarse con las
Asociaciones Solidaristas, las cuales actualmente ofrecen una serie de ventajas a
sus socias para adquirir estos tipos de servicios, facilitando su adquisición y
posterior pago en cuotas pequeñas a largos plazos, esta herramienta seria de
gran utilidad, ya que solo una Asociación puede tener 2.500 socios.
PROYECCION DE LAS VENTAS DE LOS PRÓXIMOS 5 AÑOS | |
Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
¢77.760.000,00 | ¢84.913.920,00 | ¢92.284.448,26 | ¢100.294.738,36 |
¢109.000.321,65 |
También es de vital importancia analizar ciertos factores que serán determinantes
para el éxito del Proyecto.
Cuadro de Depreciación de Equipo
Sabbath Spa
ARTICULO | ACTIVO | VALOR DE COMPRA | CANTIDAD | VIDA UTIL |
DEPRECIACIÓN ANUAL | DEPRECIACIÓN ACUMULADA AÑO 5 | VALOR EN
LIBROS AÑO 5 |
Escritorio y Paquete de Trabajo | Escritorios( toda clase ) | 360.000,00 | 1 | 10 |
36.000,00 | 180.000,00 | 180.000,00 |
Silla Ejecutiva | Mobiliario y equipo de oficina | 122.000,00 | 1 | 10 | 12.200,00 |
61.000,00 | 61.000,00 |
Sofá | Mobiliario y equipo de oficina | 275.000,00 | 2 | 10 | 55.000,00 | 137.500,00 |
137.500,00 |
Computadora | Equipo de computación | 250.000,00 | 1 | 5 | 50.000,00 |
250.000,00 | 0,00 |
Teléfono-Fax | Aparatos telefónicos | 60.000,00 | 1 | 10 | 6.000,00 | 30.000,00 |
30.000,00 |
Archivero | Archivadores( todo tipo ) | 150.000,00 | 1 | 10 | 15.000,00 | 75.000,00 |
75.000,00 |
Mesa de Centro | Mobiliario y equipo de oficina | 85.000,00 | 1 | 10 | 8.500,00 |
42.500,00 | 42.500,00 |
Revistero | Mobiliario y equipo de oficina | 80.000,00 | 2 | 10 | 16.000,00 |
40.000,00 | 40.000,00 |
Equipo de Sonido | Equipo de sonido | 180.000,00 | 1 | 10 | 18.000,00 | 90.000,00 |
90.000,00 |
Impresora | Equipo de computación | 75.000,00 | 1 | 5 | 15.000,00 | 75.000,00 |
0,00 |
Calculadora | Calculadoras( todo tipo ) | 15.000,00 | 1 | 10 | 1.500,00 | 7.500,00 |
7.500,00 |
Cama Relax | Camas | 200.000,00 | 1 | 10 | 20.000,00 | 100.000,00 | 100.000,00 |
Ducha (Cabina) | Equipo para baño Sauna y turco | 407.490,00 | 1 | 10 | 40.749,00
| 203.745,00 | 203.745,00 |
Lavatorio | Equipo para baño Sauna y turco | 21.000,00 | 1 | 10 | 2.100,00 |
10.500,00 | 10.500,00 |
Armario | Estantería | 85.215,00 | 1 | 10 | 8.521,50 | 42.607,50 | 42.607,50 |
Mesitas Auxiliares | Estantería | 7.230,00 | 1 | 10 | 2.723,00 | 13.615,00 | 13.615,00
|
Juegos de Sabanas | Ropa de cama | 105.000,00 | 3 | 5 | 21.000,00 | 105.000,00 |
0,00 |
Cobertores | Ropa de cama | 26.794,00 | 2 | 5 | 5.358,80 | 26.794,00 | 0,00 |
ARTICULO | ACTIVO | VALOR DE COMPRA | CANTIDAD | VIDA UTIL |
DEPRECIACIÓN ANUAL | DEPRECIACIÓN ACUMULADA AÑO 5 | VALOR EN
LIBROS AÑO 5 |
Cobija | Ropa de cama | 60.000,00 | 2 | 5 | 12.000,00 | 60.000,00 | 0,00 |
Almohada | Ropa de cama | 15.000,00 | 1 | 5 | 3.000,00 | 15.000,00 | 0,00 |
Esponjas Grandes | Salones de belleza( equipo ) | 112.000,00 | 8 | 5 | 22.400,00 |
112.000,00 | 0,00 |
Taburete | Salones de belleza( equipo ) | 150.000,00 | 1 | 5 | 30.000,00 |
150.000,00 | 0,00 |
Vapor Ozono | Salones de belleza( equipo ) | 239.880,00 | 1 | 5 | 47.976,00 |
239.880,00 | 0,00 |
Lupa-Lámpara | Salones de belleza( equipo ) | 113.500,00 | 1 | 5 | 22.700,00 |
113.500,00 | 0,00 |
Alta Frecuencia | Salones de belleza( equipo ) | 290.880,00 | 1 | 5 | 58.176,00 |
290.880,00 | 0,00 |
Calentador de Ceras en bote | Salones de belleza( equipo ) | 50.500,00 | 1 | 5 |
10.100,00 | 50.500,00 | 0,00 |
Calentador dual para cera | Salones de belleza( equipo ) | 32.544,00 | 1 | 5 |
6.508,80 | 32.544,00 | 0,00 |
Total depreciación Anual: ¢ 546.513,10
Fuente: Reglamento a la Ley de Impuesto sobre la Renta
Decreto Ejecutivo No. 18445-H de 9 de setiembre de 1988. Publicado en el
Alcance No. 29 a La Gaceta No. 181 de 23 de Septiembre de 1988.
CAPITULO IV
ESTUDIO ADMINISTRATIVO
Se realiza este estudio con el fin de determinar la capacidad ejecutora de las
entidades responsables del proyecto, analizar el ambiente donde se pretende
realizar el proyecto. Identificar necesidades administrativas, como personal,
licitaciones, adquisiciones, permisos de funcionamiento, finanzas y otras
necesidades.
Para decidir cómo será la figura con la cual funcionará el proyecto se realizará un
estudio de qué tipo de asociación es la más conveniente desde el punto jurídico y
comercial para Sabbath SPA.
4.1 TIPO DE EMPRESA
De acuerdo con las opciones de organización existentes en nuestro país se eligió
la formación de la empresa bajo Sociedad Anónima, dicha sociedad estará
conformada por cinco miembros los cuales son los agentes que aportan el capital
con el cual iniciará sus actividades Sabbath Spa.
4.2 SOCIOS
Miembros de la Sociedad y Junta Directiva con respectivos números de cédula:
Siany Quesada Díaz, 1-1250-866
Leidy Bermúdez Santamaría, 11257-0152
Jacqueline Hidalgo Pérez, 1-910-338
Grettel Reyes Avilés, 5-303-276
María Fernanda Rodríguez Picado, 3-444-088
Los anteriores, de profesión Administradores Públicos, los cuales se ha
establecido aporten un capital individual de ¢ 1.500.000 netos, conformando un
capital social de ¢7.500.000, conformado por veintiocho acciones comunes y
nominativas de doscientos cincuenta mil colones cada una y dos acciones
preferenciales de doscientos cincuenta mil colones cada una.
Se establece, al haber un aporte económico igualitario de los miembros,
distribución de dividendos y responsabilidades por partes iguales.
LESLIE CHING WILSTON – NOTARIO PUBLICO CON OFICINA EN SAN JOSE –
CERTIFICA: Que con vista en la Sección Mercantil del Registro Público, al TOMO
mil ciento ochenta y cuatro, FOLIO doscientos doce, ASIENTO doscientos treinta y
cuatro, aparece debidamente inscrita “SABBATH S.A.”, cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-mil ciento ochenta y cuatro; Que la señora SIANY QUESADA
DIAZ, mayor, soltera, administradora, vecina de Desamparados, San José,
portador de la cédula de identidad número uno- mil ciento veinte cinco ochocientos
sesenta y seis, es su PRESIDENTE con la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad y con facultades independientes de Apoderado Generalísimo sin
límite de suma. ES CONFORME. Expido la presente certificación en lo
conducente, advirtiendo que lo omitido no modifica, altera, condiciona o restringe,
ni desvirtúa lo transcrito, todo de conformidad con lo establecido en los artículos
setenta y siete y ciento diez del Código Notarial. Certificación número dieciséis dos
mil once. Se extiende la presente certificación a solicitud de la señora SIANY
QUESADA DIAZ, PRESIDENTE DE SABBATH S.A. y firmo en la ciudad de San
José, al ser las once horas del 10 de Octubre del dos mil once. Se agregan y
cancelan los timbres de ley. ES TODO.
4.3 PLANEACIÓN ESTRATÉGICA
Análisis F.O.D.A.
En el proceso de planificación estratégica, se utilizan diversas herramientas de
análisis para obtener información que permita tomar decisiones acertadas al trazar
la trayectoria futura de este proyecto. Una de las herramientas más utilizadas, por
su sencillez y gran utilidad, es el análisis FODA. Los criterios para ubicar un dato o
hecho en una de estas cuatro categorías son básicamente dos:
1. Si son internos o externos a la nueva empresa.
2. Si son convenientes o inconvenientes para ella.
Las oportunidades y las amenazas son elementos externos a la empresa, que esta
no puede controlar ni modificar pero sí aprovechar o manejar. Las fortalezas y las
debilidades son factores internos que la empresa sí controla, que dependen de
esta.
Es fácil derivar que las oportunidades y las fortalezas son factores favorables para
la empresa, y las debilidades y las amenazas son desfavorables. Dado lo anterior,
se pueden plantear las siguientes definiciones:
Fortalezas:
* Excelente potencial tanto en el área tecnológica como profesional.
* Aceptación por personas desde los veinticinco hasta los cincuenta y cinco años.
* Imagen innovadora.
* Precios al alcance del cliente.
* Salarios acorde a lo fijado por el ministerio de trabajo.
* Servicio al cliente eficiente y de calidad.
* Cuenta con página Web.
* Personal bilingüe, facilitando la comunicación con la clientela.
* Capacitación y formación en los profesionales.
* Local con parqueo para comodidad de los clientes.
* Atención a clientes nacionales y extranjeros.
Oportunidades:
* No tiene competencia en sus alrededores.
* Avances tecnológicos en la diversa aparatologia.
* Anunciarse en medios de comunicación en un futuro cercano.
Debilidades:
* Es una empresa nueva en el mercado, por lo tanto los clientes desconocen de
ella.
* Escases de recursos económicos que permitan contratar abundante personal de
calidad.
* Poca publicidad.
* Personal con estudios universitarios muy recientes, los cuales cuentan con poca
experiencia.
* Crecimiento a largo plazo.
Amenazas:
* Aparición constante de nuevos lugares con la misma finalidad (relajación y
embellecimiento.
* Desconfianza de los consumidores.
* Dificultad de adaptación rápida a los cambios que se presenten en el mercado
por empresas superiores.
* Intrusismo en el sector (profesionales sin título que los acrediten).
* Competencia desleal por parte de otras empresas a nivel nacional.
* Crisis económica mundial (afectando la economía local).
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
* Optimizar la eficiencia y la productividad en el quehacer permanente de la
organización.
* Desarrollar la posición competitiva de la empresa.
* Promover el desarrollo personal y profesional de los empleados, su motivación y
adhesión hacia los fines de la organización.
* Brindar una excelente atención de los clientes, con bajos tiempos de espera en
la tramitación y otorgamiento de beneficios.
* Alcanzar niveles de excelencia en la calidad y prontitud con que se atiende al
usuario
POLÍTICAS EMPRESARIALES:
* Sabbath S.A se compromete a respetar la legislación local, además de las
tradiciones culturales y prácticas religiosas de sus colaboradores.
* Sabbath S.A no es partidaria de obtener beneficios a corto plazo a expensas de
sacrificar la prosperidad del desarrollo empresarial a largo plazo; sin embargo,
reconoce la necesidad de generar saludables beneficios cada año que le permitan
asegurar el apoyo de los accionistas y los mercados financieros así como financiar
sus inversiones.
* Sabbath S.A es consciente que el éxito de una empresa es el reflejo de la
profesionalidad, el comportamiento y la actitud responsable de las personas que la
componen. Por lo tanto, la contratación de las personas adecuadas, su formación
continua y un buen desarrollo profesional son factores primordiales.
* Sabbath S.A rechaza cualquier forma de explotación infantil.
* Sabbath S.A exige a su dirección y sus empleados que eviten cualquier acto
impropio, incluso aparente, cuando lleven a cabo negociaciones en nombre de la
empresa.
* Sabbath S.A tiene por norma tratar únicamente con proveedores de confianza
que estén dispuestos a aplicar las normas de calidad. Los acuerdos comerciales
con los proveedores se someten a comparación y se evalúan periódicamente, con
el objetivo de buscar una mejora continua en las áreas de calidad, servicio, etc.
* Sabbath S.A es partidaria de la economía de mercado y, por consiguiente,
compite en el mercado de manera leal y reconoce que otras empresas tienen el
mismo derecho a obrar de igual forma.
* Sabbath S.A integra políticas, programas y prácticas respetuosas con el medio
ambiente en todas las áreas de gestión correspondientes a cada una de sus
actividades.
* Misión
Proveer a los clientes de una experiencia relajante y rejuvenecedora, ofreciendo
una amplia variedad de tratamientos tanto clásicos como innovadores utilizando
productos de alta calidad y un personal ampliamente capacitado, todo dentro de
una atmósfera confortable y acogedora.
* Visión
Convertirse en una empresa líder en el ramo, que logre satisfacer las necesidades
de sus clientes por medio del trabajo en equipo tanto con su personal como con
sus proveedores así como por medio de la actualización constante de sus
servicios, de manera que tenga un desarrollo sustentable y rentable.
4.4 ORGANIGRAMA EMPRESARIAL
El organigrama de la empresa se compone de un administrador, un contador, un
recepcionista, dos esteticistas y un misceláneo.
4.5 PUESTOS Y FUNCIONES
A continuación se muestra una breve descripción de los puestos:
* ADMINISTRADOR
Es responsable de la organización técnica y del buen funcionamiento de la
dependencia a su cargo, le corresponde planear, coordinar, dirigir y supervisar
actividades de gran dificultad, tanto sustantivas como de apoyo administrativo de
la institución. Su función principal es el manejo adecuado de los recursos así como
supervisar el trabajo de los demás empleados. También es la persona encargada
de hacer las requisiciones a los proveedores y manejar las relaciones públicas,
además del pago de la planilla. Por último es la persona responsable del negocio
ante cualquier problema que se presente con los clientes.
* CONTADOR
Es responsable de llegar la contabilidad y los libros contables que exige la
regulación nacional, además de ello deberá brindar mensualmente al
administrador reporte para presentación a la C.C.S.S y al Instituto Nacional de
Seguros, según reglamento para los empleados de la organización, así como
reporte de impuestos sobre las ventas a cancelar, pagos Municipales, Parciales y
Totales de Renta según sea el periodo.
* ESTETICISTA
Atención y asesoramiento al cliente, determinación del mejor tratamiento y
producto a utilizar, encargada del proceso de esterilizar el equipo después de cada
tratamiento, así como cambiar los blancos y dejar lista la cabina para el siguiente
tratamiento.
También está encargada de comunicar el estado del inventario para hacer futuras
requisiciones y de mantener en orden las cabinas.
Entre las habilidades con las que debe de contar están el mostrar empatía con el
cliente, ser amable, paciente, respetuosa y comprometida con su trabajo, además
de ser una persona organizada que respeta las reglas y capaz de comunicarse
eficientemente.
* RECEPCIONISTA
Su jefe inmediato es el administrador, debe ser una persona de preferencia con
experiencia en el ramo, o con conocimientos secretariales, con excelente
presentación y disponibilidad de horarios.
Entre sus principales actividades se encuentra la recepción de llamadas, toma de
reservaciones para los tratamientos, control de citas, registro de quejas y
sugerencias de los clientes, mantener actualizado el control de inventarios de los
productos a la venta, manejo de la caja chica.
En cuanto a las habilidades con las que debe contar se encuentran tener
conocimientos en computación, ser una persona tranquila y hábil para resolver
problemas y contestar el teléfono, debe ser amable y conocer a cerca de las
prácticas y principios del SPA, debe saber trabajar en equipo y comunicarse de
manera eficaz, además de poseer habilidades de venta.
* MISCELÁNEO
Encargado de la coordinación y ejecución de tareas operativas y rutinarias que
exigen un esfuerzo físico, la utilización de herramientas y equipo manual, así como
experiencia, tendientes a la provisión de servicios básicos de apoyo como limpieza
y ornato de instalaciones, alcantarillas y zonas verdes.
Su labor es supervisada de manera directa por parte del Administrador. Se le
evalúa por medio de la apreciación de la calidad y oportunidad del trabajo
realizado y los resultados obtenidos.
CAPITULO V
ESTUDIO LEGAL
Se realiza este estudio con el fin de indagar sobre los lineamientos, regulaciones,
normativas y demás aspectos fiscales, que afectan de manera directa o indirecta
el establecimiento de Sabbath Spa.
6.1 OPORTUNIDADES Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS
Toda empresa que desee iniciar su funcionamiento en Costa Rica, se verá
obligada a cumplir con una serie de trámites y disposiciones legales, para los
cuales se cuenta como apoyo y guía un sin número de leyes que marcan la ruta
correcta en el establecimiento y desarrollo de la Sociedad, entre las cuales:
* Regulaciones del Código de Comercio Art. 234 (Ver Anexo No.1)
* Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresa ( Ver Anexo
No.2 )
* Ley de Promoción de Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ver
Anexo No.3)
* Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ver Anexo No. 4)
* Código de Trabajo (Ver Anexo No. 5)
Regulaciones importantes para el Patrono:
Sabbath SPA deberá cumplir con los siguientes requisitos estipulados en la ley a
beneficio de sus empleados.
1. Seguro del empleado:
Se debe ofrecer al trabajador seguro social, por medio de la Caja Costarricense
del Seguro Social y póliza de riesgos de seguros laborales con el Instituto
Nacional de Seguros (INS).
El Seguro de Riesgos Laborales es el promedio de las tasas de todos los
empleados de la empresa, por lo que varía en función de la nómina de la empresa.
El rango va del 1,9% al 5%.
La incorporación de la empresa como empleadora y el registro de sus empleados
se deberán hacer dentro de los primeros ocho días después de contratarlos.
Según la ley costarricense, el patrono debe contribuir al régimen de seguridad
social de sus empleados con un porcentaje fijo del sueldo de los empleados. El
empleado también debe contribuir con un porcentaje fijo de su salario. Por lo tanto,
la empresa debe ser primero incorporada como tal en la CCSS.
En la siguiente tabla se muestra un detalle de la composición del aporte que hacen
el empleador y el empleado a la CCSS:
Prestaciones Obligatorias
Cargas Sociales
Contribución del
Empleador
Contribución
del Empleado
Porcentajes Mensuales %
Prestaciones de Salud y Maternidad
9.25
5.50
Prestaciones de enfermedad, vejez y muerte
4.92
2.67
Asignaciones Familiares (Prestaciones Sociales)
5.00
-
Instituto nacional de Aprendizaje (INA)
1.50
-
Banco de ahorro obligatorio por accidentes del trabajo
0.50
1.00
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)
0.50
-
Fondo de Capitalización de los trabajadores
3.00
-
Pensiones complementarias obligatorias
1.50
-
Total Obligatorio
26.67
9.17
Total Cargas Sociales Aportadas por el Patrono: 41,16%
Desglose: 26,67 % Caja Costarricense del Seguro Social8,33% Previsión de
Aguinaldo4,16% Previsión Vacaciones2% (Aprox) Instituto Nacional de Seguros |
2. Prestaciones:
En caso de un despido, y que no sea por justa causa Sabbath SPA deberá asumir
ciertas responsabilidades exigidas por ley para con el empleado que se despide;
entre las cuales se tienen el preaviso, el auxilio de cesantía que el código de
trabajo en sus artículos 28, 29 y 30 detalla:
Artículo 28.- En el contrato por tiempo indefinido cada una de las partes puede
ponerle término, sin justa causa, dando aviso previo a la otra, de acuerdo con las
siguientes reglas:
a. Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, con
un mínimo de una semana de anticipación;
b. Después de un trabajo continuo que exceda de seis meses y no sea mayor de
un año, con un mínimo de quince días de anticipación, y
c. Después de un año de trabajo continuo con un mínimo de un mes de
anticipación.
Dichos avisos se darán siempre por escrito, pero si el contrato fuere verbal, el
trabajador podrá darlo en igual forma en caso de que lo hiciere ante dos testigos; y
pueden omitirse, sin perjuicio del auxilio de cesantía, por cualquiera de las dos
partes, pagando a la otra una cantidad igual al salario correspondiente a los plazos
anteriores.
Durante el término del aviso el patrono estará obligado a conceder un día de
asueto al trabajador, cada semana, para que busque colocación.
Artículo 29.- Si el contrato de trabajo por tiempo indeterminado concluye por
despido injustificado, o algunas de las causas previstas en el artículo 83 u otra
ajena a la voluntad del trabajador, el patrono deberá pagarle un auxilio de cesantía
de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, un
importe igual a siete días de salario.
2. Después de un trabajo continuo mayor de seis meses pero menor de un año, un
importe igual a catorce días de salario.
3. Después de un trabajo continuo mayor de un año, con el importe de días de
salario indicado en la siguiente tabla:
a) AÑO 1 19,5 días por año laborado.
b) AÑO 2 20 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
c) AÑO 3 20,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
d) AÑO 4 21 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
e) AÑO 5 21,24 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
f) AÑO 6 21,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
g) AÑO 7 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
h) AÑO 8 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
i) AÑO 9 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
j) AÑO 10 21,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
k) AÑO 11 21 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
l) AÑO 12 20,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
m) AÑO 13 y siguientes 20 días por año laborado o fracción superior a seis
meses.
4. En ningún caso podrá indemnizar dicho auxilio de cesantía más que los últimos
ocho años de relación laboral.
5. El auxilio de cesantía deberá pagarse aunque el trabajador pase
inmediatamente a servir a las órdenes de otro patrono.
(Así reformado por el artículo 88 de la Ley de Protección al Trabajador N° 7983 del
16 de febrero del 2000)
Artículo 30.- El preaviso y el auxilio de cesantía se regirán por las siguientes reglas
comunes:
a. El importe de los mismos no podrá ser objeto de compensación, venta o cesión,
ni podrá ser embargado, salvo en la mitad por concepto de pensiones
alimenticias;
b. La indemnización que corresponda se calculará tomando como base el
promedio de salarios devengados por el trabajador durante los últimos seis meses
que tenga de vigencia el contrato, o fracción de tiempo menor si no se hubiere
ajustado dicho término;
c. La continuidad del trabajo no se interrumpe por enfermedad, vacaciones, huelga
legal y otras causas análogas que, según este Código, no rompen el contrato de
trabajo, y
d. Será absolutamente nula la cláusula del contrato que tienda a interrumpir la
continuidad de los servicios prestados o por prestarse.
3. Vacaciones
Por otro lado existen otros beneficios de los cuales el trabajador goza aún sin
haber dado por terminada su relación laboral, los cuales son el aguinaldo y las
vacaciones.
El código de trabajo en sus artículos 153 al 156 detalla lo siguiente respecto a las
vacaciones:
Artículo 153.- Todo trabajador tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas,
cuyo mínimo se fija en dos semanas por cada cincuenta semanas de labores
continuas, al servicio de un mismo patrono.
En caso de terminación del contrato antes de cumplir el período de las cincuenta
semanas, el trabajador tendrá derecho, como mínimo, a un día de vacaciones por
cada mes trabajado, que se le pagará en el momento del retiro de su trabajo.
No interrumpirán la continuidad del trabajo, las licencias sin goce de salario, los
descansos otorgados por el presente Código, sus reglamentos y sus leyes
conexas, las enfermedades justificadas, la prórroga o renovación inmediata del
contrato de trabajo, ni ninguna otra causa análoga que no termine con éste.
http://www.pgr.go.cr/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?
param1=NRA&nValor1=1&nValor2=8045&nValor3=69422&nValor5=47180&nValor
6=27/08/1943&strTipM=FA
Artículo 154.- El trabajador tendrá derecho a vacaciones aun cuando su contrato
no le exija trabajar todas las horas de la jornada ordinaria ni todos los días de la
semana.
Artículo 155.- El patrono señalará la época en que el trabajador gozará de sus
vacaciones, pero deberá hacerlo dentro de las quince semanas posteriores al día
en que se cumplan las cincuenta de servicio continuo, tratando de que no se altere
la buena marcha de su empresa, industria o negocio, ni la efectividad del
descanso.
Artículo 156.- Las vacaciones serán absolutamente incompensables, salvo las
siguientes excepciones:
a. Cuando el trabajador cese en su trabajo por cualquier causa, tendrá derecho a
recibir en dinero el importe correspondiente por las vacaciones no disfrutadas.
b. Cuando el trabajo sea ocasional o a destajo.
c. Cuando por alguna circunstancia justificada el trabajador no haya disfrutado de
sus vacaciones, podrá convenir con el patrono el pago del exceso del mínimo de
dos semanas de vacaciones por cada cincuenta semanas, siempre que no supere
el equivalente a tres períodos acumulados. Esta compensación no podrá
otorgarse, si el trabajador ha recibido este beneficio en los dos años anteriores.
Sin perjuicio de lo establecido en los incisos anteriores, el patrono velará porque
sus empleados gocen de las vacaciones a las cuales tengan derecho anualmente.
En todo caso, se respetarán los derechos adquiridos en materia de vacaciones.
4. Aguinaldo
Mediante Decreto Ejecutivo No. 20236-MTSS. Se establece Reglamento de pago
del decimo tercer mes, llamado aguinaldo, dentro de los primeros veinte días de
diciembre de cada año. El trabajador debe recibir un salario promedio mensual
completo, que se obtiene de sumar todos los salarios ordinarios y extraordinarios,
devengados por el trabajador durante los doce meses que van de diciembre del
año anterior a noviembre del año que se trate, dividido entre doce.
Para calcular el aguinaldo se deben incluir las "horas ordinarias" y "las horas
extraordinarias", así como cualquier otro pago salarial que se haya realizado en el
periodo. También debe tomarse en cuenta el "salario en especie"; el cual tendrá el
valor que le hayan dado las partes y, si estas no han determinado ese valor, el
salario en especie se estimara equivalente al cincuenta por ciento de lo que reciba
en dinero efectivo el trabajador
6.2 LEYES REGULADORAS DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL
Derecho comercial es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el
ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como
tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos.
A nivel de Comercio Internacional en Costa Rica el Ministerio de Comercio Exterior
tiene como misión general promover, facilitar y consolidar la inserción de Costa
Rica en la economía internacional, a fin de propiciar el crecimiento de la economía
del país y, con ello mejorar las condiciones de vida de todos los costarricenses.
Sabbath SPA se enfocará en el comercio nacional por lo que las leyes a estudiar
serán las competentes al área local.
* Ley General de Salud (Ver Anexo No. 6 )
* Reglamento General para el otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del
Ministerio de Salud (Ver Anexo No. 7)
* Regulaciones Establecimientos de Sociedades Anónimas, Código de Comercio
( Ver anexo No. 8)
* Ley de Patentes Municipales ( Ver Anexo No. 9)
* Permisos de Patente Municipal y Ministerio de Salud.
Se procedió a solicitar a la Municipalidad de Desamparados la emisión de la
patente y permiso de operar, este permiso se debe tramitar simultáneamente con
el del Ministerio de Salud.
Requisitos para la Emisión de Patente:
* Formulario de Solicitud de Patente Comercial
* Original y copia o copia certificada, del recibo de luz del negocio
* Original y copia o copia certificada, de la Cédula de Identidad del solicitante, y
del dueño de la propiedad, o del representante legal y Certificación de Personería
Jurídica
* Original y Copia del Certificado de Uso de Suelo y copia del plano catastrado
vigente
* Timbres: fiscales por 125 colones y de Abogado por 250 colones
* Original y copia o copia certificada del Contrato de Arrendamiento: suscrito entre
el solicitante de la patente y el dueño de la propiedad
* Original y copia o copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo del
Instituto Nacional de Seguros (INS)
* Original y copia o copia certificada del Permiso del Ministerio de Salud
Requisitos para Permiso del Ministerio de Salud:
* Formulario unificado de solicitud de Permiso Sanitario de funcionamiento
* Declaración Jurada donde acepta que conoce la legislación actual pertinente a la
actividad que va a realizar.
* Cancelar en el Banco Nacional la cantidad correspondiente según Decreto
32181-S publicado en Gaceta #255 DEL 29 DE Diciembre del 2004. Presentar 3
comprobantes de pago.
* Copia de la cédula de identidad. En caso de personería jurídica debe aportar
certificación registral o notarial de la personería, cédula jurídica y cédula de
identidad del representante legal vigentes.
* Donde exista Sistema de Alcantarillado Sanitario, debe presentar el Reporte
Operacional de Aguas Residuales, según decreto # 33601-MINAE Alcance # 55
del Lunes 19 de Marzo del 2007.
* Certificación de la Caja Costarricense del Seguro Social de cuotas al día
(Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la C.C.S.S.
* Presentar copia del último Permiso Sanitario de Funcionamiento que se le haya
entregado al establecimiento.
6.3 INSTRUMENTOS LEGALES PARA ORDENAR LOS ACTOS COMERCIALES
Leyes y normas más importantes para el desarrollo del proyecto:
* Ley General de Arrendamiento Urbano y Suburbano (Ver Anexo No. 10)
* Regulaciones sobre los Contratos Código de Comercio (Ver Anexo No. 11)
* Regulaciones del Código de Trabajo sobre contratos (Ver Anexo No. 12)
6.4 NORMATIVA DE RIESGOS Y SEGUROS
* Reglamento General de Seguridad e Higiene de Trabajo (Ver Anexo No. 13)
* Reglamento del Seguro de Salud (Ver Anexo No. 14)
* Formulario del Póliza de Riesgos del Trabajo (Ver Anexo No. 15)
* Formulario de Aviso de Accidente o Atención Medica (Ver Anexo No. 16)
* Formularios de Inscripción Patronal ante la CCSS (Ver Anexo No. 17)
* Solicitud de Inscripción Patronal ante la CCSS (Ver Anexo No. 18)
6.5 NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO Y APERTURA DE NEGOCIOS
En nuestro país se cuenta con un Sistema Nacional de Información Jurídica, el
cual sirve de consulta sobre la información normativa y jurisprudencia en forma
integrada, contiene la legislación promulgada desde 1.821 y servirá de base para
nuestro estudio a fin de identificar lo que el Ministerio de Hacienda exige en
ámbitos tan importantes como las normas y procedimientos tributarios entre otros
muchos aspectos.
* Regulaciones Establecimiento de Sociedades Anónimas Código de Comercio
(Ver Anexo No. 8)
* Escritura para la Inscripción de Sociedades Anónimas (Ver Anexo No. 19)
* Formularios de Inscripción de Marca en el Registro Nacional (Ver Anexo No. 20)
* Formularios de Inscripción de Nombre Comercial (Ver Anexo No. 21)
* Formularios y Requisitos Ministerio de Salud (Ver Anexo No. 22)
* Ley de Patentes Municipales (Ver Anexo No. 9)
* Formato Patentes Municipalidad Desamparados (Ver Anexo No. 23)
* Formulario de Inscripción como Contribuyente (Ver Anexo No. 24)
* Requisitos de Inscripción como Contribuyente (Ver Anexo No. 25)
* Requisitos para Legalización de Libros (Ver Anexo No. 26)
* Ley Orgánica del Ambiente (Ver Anexo 27)
* Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ver Anexo 4)
* Ley del Impuesto sobre la Renta (Ver Anexo No. 28)
* Formulario Impuesto sobre la Renta (Ver Anexo No. 29)
* Formulario Impuestos sobre las Ventas (Ver Anexo No. 30)
* Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (Ver Anexo No. 31)
* Ley Reguladora de Exoneraciones Vigentes (Ver Anexo No.32
* Formato Uso de Suelo (Ver Anexo No. 33)
* Requisito para uso de suelos (Ver Anexo No. 34)
CAPITULO VI
ESTUDIO AMBIENTAL
El estudio de impacto ambiental como parte de la evaluación de un proyecto se
observa como un elemento cada vez más necesario, tanto para el cambio en la
cultura ambientalista de la sociedad como el efecto directo sobre los costos o
beneficios que una determinada iniciativa de inversión pudiera tener.
7.1 INSTRUMENTOS PARA MEDIR COSTOS Y BENEFICIOS:
* Método cualitativo: Identifican, analizan y explican los impactos positivos y
negativos que podrían ocasionarse en el ambiente con la implementación del
proyecto. Tanto la jerarquización como la valorización de estos efectos se basan
comúnmente en criterios subjetivos, por lo que su uso está asociado con estudios
de viabilidad que se realizan en nivel de perfil.
* Métodos cualitativo-numéricos: Relacionan factores de ponderación en escalas
de valores numéricos a las variables ambientales. Uno de estos métodos, el de
Brown y Gibson, señala que para determinar la localización de un proyecto es
necesario considerar la combinación de factores posibles de cuantificar (el costo
de un sistema de control de emanaciones toxicas, por ejemplo) con factores de
carácter subjetivo (como la satisfacción de un paisaje limpio), asignándoles una
calificación relativa a cada una de estas variables.
* Método cuantitativo: Determinan tanto los costos asociados a las medidas de
mitigación total o parcial como los beneficios de los daños evitados, incluyendo
ambos efectos dentro de los flujos de caja del proyecto que se evalúa. Según
estos métodos, las medidas de mitigación de daños ambientales se adelantan
hasta el punto en que el valor marginal del daño evitado se iguala con el costo
marginal del control de los daños. De acuerdo con un criterio económico, estos
métodos buscan minimizar el costo total del proyecto, para lo cual es permisible un
cierto nivel de daño ambiental residual, el cual en muchos caso no tiene un
carácter permanente.
El estudio económico del impacto ambiental adquiere especial importancia en la
evaluación social de proyectos por las externalidades que se le pueden asociar.
Entre los principales métodos para valorizar estas externalidades están el de
valoración contingente, el del costo evitado y el de los precios hedónicos.
En la evaluación privada del proyecto, las restricciones para el control de daños
ambientales obliga al evaluador a incluir los costos de prevención o los necesarios
para subsanar el daño que pudiera ocasionar el proyecto.
El estudio ambiental realizado propiamente a Sabbath Spa, tiene como propósito
fundamental brindar información a la Junta Directiva sobre los requisitos que
deberá ejecutar para la implementación de un plan de manejo ambiental, de
acuerdo a la legislación de la República de Costa Rica y las entidades
competentes en materia de medio ambiente, así como las estrategias a
implementar para cumplir con las políticas vigentes.
Su objetivo es involucrar al personal de la empresa y crear una cultura
ambientalista que logre influenciar a nuestros clientes y contribuir con la mejora
del ambiente.
En los últimos tiempos en Costa Rica más negocios vienen tomando sus
decisiones en base al cuidado del ambiente y los impactos de cada acción. Lograr
la sostenibilidad ambiental es un objetivo que la mayoría de empresas andan
buscando, pero no todos saben que tan grande debe de ser el cambio en el
pensamiento para poder alcanzar dicha meta. El cambio debe de ser enfocado a
alcanzar los objetivos siempre creando conciencia, utilizando menos recursos,
menos materia prima, menos energía, menos basura y menos contaminación.
Sabbath Spa cree que las influencias referente a políticas ambientales que ejercen
los legisladores, consumidores, inversionistas, vecinos y empleados van a hacer
que los mercados sean más competitivos y tendrán ventaja, aquellas empresas
que incorporen la responsabilidad ambiental a su estrategia corporativa, tanto en
el manejo de propiedades existentes como las que vendrán en el futuro.
7.2 SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL – SETENA
Es el órgano responsable de realizar la administración del proceso de evaluación
de impacto ambiental en el país. Toda actividad humana que altere o destruya
elementos del ambiente o genere residuo de materiales tóxicos o peligrosos,
requerirá una evaluación de impacto ambiental por parte de la SETENA.
7.3.1 VIABILIDAD AMBIENTAL
La “viabilidad ambiental” de parte de este organismo será requisito indispensable
para iniciar actividades, obras y proyectos en territorio costarricense.
Todo proyecto o actividad que genere un impacto ambiental negativo requiere de
una evaluación ambiental inicial y la posterior viabilidad (licencia) ambiental que
emite la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
Dependiendo del tamaño, magnitud o ubicación del proyecto o actividad, debe
presentarse el Formulario D1 (impacto moderado a alto) o Formulario D2 (bajo
impacto). Con base en esta información, la SETENA concederá o no la viabilidad
ambiental.
En el caso de Sabbath Spa, el formulario a utilizar será el Formulario D2 (bajo
impacto) (Ver Anexo 35)
Introduciendo y desarrollando la cultura medioambientalista en Sabbath Spa.
Sabbath Spa creará estrategias para involucrar a los participantes, Junta Directiva,
empleados, proveedores y clientes, dentro del programa de desarrollo ambiental,
con el objetivo de incrementar la efectividad de nuestro trabajo, mediante el
mínimo impacto en contaminación posible.
Una de las estrategias es crear sensibilidad e influenciar a un gran número de
personas que tienen contacto directo con nuestros servicios. En esta medida
Sabbath Spa se convertirá en una fuerza para el cambio de pensamiento que
repercutirá en nuestra competencia, lo cual será de gran beneficio para la
comunidad de Desamparados.
* Personal:
Es el componente esencial del buen funcionamiento del programa, debemos de
mantener al personal motivado y participativo, ya que son los que están operando
el programa. Para mantener esta participación y motivación las gerencias deben
de mantener activa la filosofía ambientalista y estar comunicando constantemente
a los empleados el sentimiento.
Para implementar el programa Sabbath Spa deberá de crear una comisión
voluntaria de manejo ambiental, cuyo trabajo será informar, comunicar y motivar al
personal en general. Tendrá como objetivo incrementar la conciencia ambiental en
varios aspectos de nuestro negocio, tales como: producto, gente y tácticas.
El concepto primario será:
* Reflexionar
* Reutilizar
* Reducir
* Reciclar
* Recuperar
Sabbath Spa establece las siguientes metas para alcanzar los objetivos
propuestos:
Corto plazo: Identificar y separar aquellos materiales que son reciclables o
reutilizables que se encuentran catalogados como desecho.
a) Separar vidrios dependiendo de su color
b) Separar los desechos de cartón.
c) Rehusar los papeles de fotocopias y las impresiones.
d) Utilizar los desechos orgánicos
Mediano plazo: Identificar las empresas que manejan los desechos y establecer
contratos con cada uno de ellos.
a) Identificar compañías que se encarguen de los vidrios, papel, cartón para
reciclar.
b) Localizar escuelas y otras instituciones de la comunidad que puedan dar uso a
material reutilizables.
c) Contactar empresas de caridad para dar los fondos recolectados.
d) Entregar revistas viejas, periódicos y libros a asilos de ancianos para
entretenimiento.
Largo plazo: Establecer conversaciones con proveedores de cambiar recipientes
plásticos, vidrio y cartón por materiales alternativos amigables con el ambiente.
Para que el proyecto a implementar de acuerdo al estudio ambiental sea efectivo
se deberán de tomar en cuenta los siguientes pasos:
* Incremento de la conciencia:
Entrenar al personal e informar a los clientes de los problemas globales tales
como el calentamiento global.
* Cimentar compromiso:
Verificar las actitudes de los clientes y personal con respecto al programa, por
medio de encuestas. Una respuesta positiva significara que el programa está
siendo efectivo y estará siendo bien acogido.
* Reconocimiento de esfuerzos:
Cartas de la gerencia para reconocer esfuerzos y remuneraciones para los
empleados comprometidos con el programa.
* Pasos prácticos:
Establecer sentido individual de responsabilidad dentro de los empleados.
Establecer la conciencia ambiental como parte de la cultura, tanto en el trabajo
como en casa. Promocionar el slogan de prevención ambiental y conciencia dentro
del spa.
* Compañeros de negocio:
Entendemos que el rango de bienes usados por la industria de los spa es basto,
desde materiales de trabajo, hasta muebles y acabados.
Los spa también utilizamos la mayoría de los servicios profesionales que se
ofrecen en el mercado, desde publicidad, bancos hasta diversos medios de
comunicación. Esta interdependencia con tantos grupos de negocios, le da al spa
una única oportunidad de intercambiar ideas para mejorar el manejo ambiental y a
la vez influenciar para llevar el cambio y crear la conciencia ambientalista.
* Que se espera:
Que todo el personal se involucre y participe activamente. Que el personal se
convierta en un agente activo que promueva cambios dentro de la empresa y sean
extendidos a sus hogares. Que se brinde capacitación y educación en aspectos
relacionados con sostenibilidad.
* Estrategias recomendadas:
Implementar un programa de comunicación e información dirigido a los
empleados, con murales, boletines, recordatorios y otros. Crear un programa de
reuniones con los empleados para discutir y enterar sobre las políticas del spa.
Crear cursos y charlas de capacitación para los empleados concerniente a los
problemas ambientales y como solucionarlos.
* Plan de acción comunal:
El spa debe de estar activo dentro de los planes de desarrollo de la comunidad.
Debemos de promover los planes ambientales ya que serán de gran beneficio
tanto para la comunidad como para el negocio logrando promover la imagen
conservacionista. Por ejemplo creando campañas para embellecer las áreas que
están cerca del spa, plantar flores y árboles, campañas de recolección de
desechos por parte de los empleados con el objetivo de crear un ambiente positivo
de Sabbath Spa en la mente de los clientes y locales circunvecinos.
* Manejo de los desechos y basuras.
“Los residuos sólidos deben disponerse y tratarse adecuadamente, sean éstos
residuos domésticos de recolección municipal, residuos sólidos de proyectos o
desechos industriales. Los botaderos de basura a cielo abierto serán clausurados
por el Ministerio de Salud y sancionados por el Tribunal Ambiental, lo mismo que
serán perseguidos y sancionados los botaderos improvisados en lotes baldíos o
en áreas de proyectos, industrias o cultivos”
7.3.2 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES SETENA
¿Por qué manejar desechos? Crear un programa de manejo de desechos va a
ayudar al spa a reducir el monto total de desechos producidos, salvar recursos,
energía y dinero. Para iniciar el programa se deberá de realizar una auditoría de
producción de basura, donde se deberán cuantificar el tipo y la cantidad de basura
producida. Planteando al mismo tiempo soluciones de cómo reducir, reutilizar o
reciclar la basura producida.
Programa de reciclaje: Se debe realizar ya que los desechos sólidos representan
una forma de contaminación que se debe evitar o ser disminuida. En cualquier
parte del país tiende a ser un problema que se agudiza día con día. Con el
programa de reciclaje podremos alcanzar los siguientes objetivos:
* Reducir basura producida
* Reducir costos de recolección
* Salva materiales y protege los recursos naturales
* Reduce la contaminación
* La mayoría de los productos reciclados tienen un valor monetario.
El programa de reciclaje deberá iniciar con la recolección y separación de los
desechos dentro de cada servicio que brindará el spa.
Productos reciclables:
* Aluminio
* Papel
* Alimentos y materiales orgánicos
* Vidrio
* Plástico
Plan de manejo de desechos:
* Conocer la producción y composición actual
* Registrar datos obtenidos, creando un breve historial
* Crear un plan de reducción de desechos
* Divulgar el plan para todos los empleados
Estrategias recomendadas:
* Reforzar la convicción del cliente y el personal sobre la importancia del
programa
* Crear un cuarto especial para la separación y almacenamiento de los desechos
antes de que sean recogidos para su distribución.
* Utilizar basureros adecuados, resistentes, con tapa, fáciles de lavar.
* Utilizar desechos orgánicos para producción de energía o abonos.
Energía y conservación de agua:
“Toda obra, proyecto o actividad debe contar con un plan de uso racional de
energía, promoviendo el ahorro energético, aprovechando al máximo la luz natural
y manteniendo los equipos de trabajo y las instalaciones eléctricas en buen
estado. Se debe procurar el uso de fuentes de energía renovable”
Con el propósito de incrementar las ganancias del spa se deberá crear un
programa eficiente de ahorro de agua y electricidad. La energía debe de utilizarse
eficientemente para evitar desperdicios y contribuir adecuadamente con el manejo
de recursos naturales.
Con el programa se espera que el spa maximice la eficiencia y evite el desperdicio
de energía. Promoviendo la utilización de nuevas energías para el ahorro y el
desarrollo de nuevas ideas para el ahorro energético.
Estrategias recomendadas:
* Crear un ambiente confortable
* Aumentar la eficiencia entendiendo como funciona el equipo del spa y
brindándole un buen mantenimiento. Creando un manual de cómo utilizar
eficientemente las principales máquinas del spa.
* Crear un plan eficiente de recompensa para los departamentos que logran
ahorrar energía.
* Entrenar al personal, y mantenerlo enterado de las nuevas tecnologías y
mejoras.
* Utilizar letreros explicando el plan de ahorro y como los clientes pueden
contribuir con el objetivo del spa.
* Mantener una estricta limpieza de cristales, vidrios, paredes y todo aquello que
obstaculice la iluminación natural.
* Realizar constantes mantenimientos preventivos sobre el equipo eléctrico.
Realizar revisiones periódicas del cableado eléctrico.
* Realizar campaña dirigida a empleados y clientes, para promover el apagado de
las luces cuando no se estén utilizando. Utilizando murales, folletos,
recordatorios.
* Comparar los montos totales del gasto del spa con los estándares de la
industria.
* Utilizar al máximo la ventilación natural.
Calidad del agua:
“Toda actividad, obra o proyecto debe elaborar su Plan Integral de Manejo de
Aguas Residuales, para corregir o prevenir cualquier contaminación que éstas
puedan generar. La contaminación de ríos con aguas domésticas, industriales o
de actividades agrícolas es uno de los problemas más serios del país, tanto en el
área urbana como en la rural” Los residuos líquidos producidos por proyectos o
industrias no podrán ser vertidos sin previo tratamiento a los cuerpos de agua, por
ninguna razón. Antes de descargar los residuos líquidos en el sistema de
alcantarillado o en cuerpos de agua, éstos deben cumplir con los estándares
mínimos señalados por la Ley de Residuos Sólidos y el Reglamento de Re Uso y
Vertido de Aguas Residuales vigente en Costa Rica.
El agua es un recurso fundamental para el desarrollo y por lo tanto su ahorro se
considera en nuestro spa como un elemento fundamental en la parte operativa.
Con este plan se espera disminuir el consumo del agua, fomentando el ahorro de
este preciado material como una estrategia y como parte de la cultura del spa.
También buscamos lograr a largo plazo, reducir el volumen de aguas residuales.
Plan de acción para el mejoramiento de las aguas:
* El plan de conservación de aguas empieza reconociendo los estándares
necesarios que necesitamos para distribuir el preciado líquido y ofrecerlo como
potable en nuestro spa. Seguiremos en todo momento lo que las leyes de la
República de Costa Rica nos pide para cumplir con este requisito.
* Realizar constantes pruebas de potabilidad, para asegurar la calidad de nuestras
aguas.
* Eliminar las fugas de agua, realizando revisiones periódicas del sistema
completo.
* Utilizar dispositivos para el ahorro de agua.
Algunos de estos son:
* Cabezales de bajo consumo para duchas
* Aireadores para grifos
* Tanques para inodoros de menor galonaje
* Utilizar válvulas para el control de desagüe.
* Compra de productos
Los siguientes pasos describen como mejorar la calidad del agua.
* Plan de conservación de aguas
* Demostrar con pruebas la potabilidad de nuestras aguas.
* Proteger el ciclo del agua de sustancias tóxicas
Principios de una compra responsable:
Toda compra tiene un impacto ambiental. Como resultado no se puede crear una
lista de todos los productos que benefician o dañan el ambiente, y para esto es
importante aplicar los siguientes principios de compra.
* Comprar siempre lo que realmente se necesita, tratando siempre de disminuir el
consumo.
* Comprar calidad para ahorrar costos a largo plazo.
* Comprar localmente para ahorrar costos de transportación.
* Comprar en cantidades grandes para ahorrar energía y reducir costos de
envíos.
* Comprar productos reciclados o que se puedan reciclar.
* Comprar productos que a largo plazo contribuyan con el ahorro de energía. .
* Ser crítico con respecto a los productos adquiridos. Comparando calidad y
verificando el buen uso de cada producto.
* Preferir productos que sean amigables con el ambiente.
Implementar una campaña de compra de productos amigables con el ambiente:
* Auditar los productos comprados y medir su impacto ambiental.
* Auditar los servicios brindados y medir su impacto ambiental.
* Determinar la existencia de productos alternativos que sean amigables con el
ambiente.
Estrategias recomendadas:
* Crear un manual de políticas de compras y divulgarlo. Que incluya normas
sociales y ambientales.
* Analizar a los proveedores, estos deben de cumplir al máximo con las políticas
de compra.
* No utilizar ni vender productos que sean contradictorios con el ambiente, tales
como aerosoles.
* Utilizar papel reciclado y blanqueado sin cloro. Para reforzar la imagen de la
empresa.
* Utilizar productos frescos en lugar de los enlatados o conservados.
* Utilizar productos orgánicos.
* Preferir productos en envases grandes de material reciclable o de vidrio.
* Reutilizar envases.
* Utilizar envases rellenables
* Utilizar detergentes biodegradables o que no contengan fosfato o sustancias
blanqueadoras. Igual los jabones cosméticos.
* Utilizar dosificadores o dispensadores para el suministro de jabón, champú y
otros productos. El uso de estos disminuye la cantidad de desechos de empaques
y residuos de productos.
Se espera que el spa utilice bienes y servicios producidos bajo normas de
sostenibilidad. Promover el uso eficiente de los recursos disminuyendo al máximo
la producción de desechos asociados con el consumo de productos y la reducción
de impactos no deseados sobre el medio social y ambiental.
Denuncia Ambiental
Si un proyecto, actividad, persona física o persona jurídica se aleja de las buenas
estrategias ambientales, lesionando el ambiente y violando la legislación
ambiental, los habitantes de Costa Rica (nacionales y extranjeros) pueden
plantear una denuncia ambiental.
Pocos países en el mundo tienen un Tribunal Ambiental y Costa Rica ostenta este
privilegio. Se puede presentar una o varias denuncias sobre violaciones o daños al
ambiente, haciendo una carta al Tribunal Ambiental que indique:
* Oficina a la que se dirige: Tribunal Ambiental Administrativo.
* Nombre y domicilio del denunciante (persona o institución).
* Nombre y domicilio del denunciado (si se conoce).
* Descripción de los hechos o los actos contra el ambiente.
* Lugar y dirección exacta de estos hechos contra el ambiente
* Pruebas de los hechos o daños contra el ambiente (si existen), como
documentos, video o fotografías.
* Indicación de daños y perjuicios que se reclaman (si procede).
* Nombre y lugar para notificaciones (persona, teléfono, dirección, fax si se tiene).
Este dato es obligatorio.
* Fecha y firma.
Una vez recibida su denuncia, el Tribunal Ambiental recabará la prueba necesaria
para averiguar la verdad real de los hechos denunciados, siguiendo el orden de
denuncias que tiene. En nuestro caso, el denunciado es el que tiene que probar
que no es culpable por el principio de reversión del cargo de la prueba indicado en
el Art. 109 de la Ley de Biodiversidad. El TAA está facultado para solicitar informes
técnicos o administrativos a los distintos entes de la administración pública.
También realiza inspecciones en campo para constatar y recabar más prueba.
Para ello el TAA cuenta con jueces, abogados, biólogos, ingenieros forestales y
técnicos. Con base en esto, el TAA decide si desestima o continúa el caso, y
ordena la valoración económica del daño.
Con base en la prueba recabada y los informes técnicos, el TAA puede emitir
medidas cautelares u otro tipo de resoluciones respecto al caso. Luego se cita a
las partes a una audiencia oral y privada en que los jueces escuchan las pruebas y
descargos de las partes para luego emitir su veredicto. Las partes pueden acordar
una conciliación y presentarla a consideración de los jueces, quienes decidirán si
la homologan o no.
Finalmente, con base en las pruebas recabadas, la audiencia oral realizada y la
conciliación acordada (si procede), los jueces dictan la resolución o acto final del
caso y lo comunican a las partes.
CAPITULO VII
FINANCIERO
El estudio financiero se realiza a fin de ordenar y sistematizar la información de
carácter monetario que proporcionan las etapas anteriores, el estudio técnico y el
de Mercadeo; y elaborar los cuadros analíticos que sirven de base para la
evaluación económica.
8.1 INVERSIÓN TOTAL
Una inversión, en el sentido económico, es una colocación de capital para obtener
una ganancia futura. Esta colocación supone una elección que resigna un
beneficio inmediato por uno futuro y, por lo general, improbable.
Una inversión contempla tres variables: el rendimiento esperado (cuánto se espera
ganar), el riesgo aceptado (qué probabilidad hay de obtener la ganancia esperada)
y el horizonte temporal (cuándo se obtendrá la ganancia).
Dicho lo anterior la inversión total se puede definir como aquella inversión que se
necesita para poner en marcha un negocio, adquisición de activos fijos y diferidos.
SABBATH SPA necesita activos tangibles e intangibles, como lo son: el mobiliario
y equipo tanto para el área de servicio como en administración y ventas.
Determinación de inversión fija
Se define como aquellos activos tangibles que necesita una empresa para poner
en marcha su negocio, como se mencionó anteriormente. A continuación se
presentan los activos fijos que necesita la empresa SABBATH SPA.
|
SABBATH SPA |
INVERSION FIJA TANGIBLE |
CONCEPTO | TOTAL |
Maquinaria y Equipo | ¢3.808.218,00 |
Muebles y Enseres | ¢1.257.215,00 |
Accesorios | ¢139.910,00 |
Otros (Suministros de Oficina) | ¢1.067.177,00 |
TOTAL INVERSION FIJA | ¢6.272.520,00 |
|
SABBATH SPA |
INVERSION FIJA INTANGIBLE |
CONCEPTO | TOTAL |
Estudio Ambiental | ¢ 101.600,00 |
*Gastos Legales | ¢ 589.500,00 |
Patente y Permiso de Salud | ¢ 127.114,00 |
Promoción | ¢ 2.480.284,40 |
**Otros ( Software, Mantenimiento y Soporte Técnico) | ¢ 1.586.980,00 |
TOTAL INVERSION FIJA | ¢ 4.885.478,40 |
Fuentes:
*Abogada Lic. Alejandra Gamboa Achi
**Sintec Costa Rica
Municipalidad de Desamparados.
INVERSION INICIAL |
|
Inversión Fija Tangible | ¢6.272.520,00 |
Inversión Fija Intangible | ¢4.885.478,40 |
Costo Capital de Trabajo | ¢7.092.001,60 |
INVERSIÓN TOTAL | ₡ 18.250.000 |
8.2 ORIGEN Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO
Financiar es el acto de dotar de dinero y de crédito a una empresa, organización o
individuo, es decir, conseguir recursos y medios de pago para destinarlos a la
adquisición de bienes y servicios, necesarios para el desarrollo de las
correspondientes funciones.
Según su plazo de vencimiento
* Financiación a corto plazo: Es aquella cuyo vencimiento (el plazo de devolución)
es inferior a un año. Algunos ejemplos son el crédito bancario, el Línea de
descuento, financiación espontánea, etc.
* Financiación a largo plazo: Es aquella cuyo vencimiento (el plazo de devolución)
es superior a un año, o no existe obligación de devolución (fondos propios).
Algunos ejemplos son las ampliaciones de capital, autofinanciación, fondos de
amortización, préstamos bancarios, emisión de obligaciones, etc.
ORIGEN DE FONDOS |
|
Inversión Socios | ¢ 7.500.000,00 |
Financiamiento | ¢ 10.750.000,00 |
TOTAL INVERSION REQUERIDA | ¢ 18.250.000,00 |
MATRIZ DE FINANCIAMIENTO | |
BANCO | TASA ANUAL | PLAZO |
BANCO DE COSTA RICA | 13.75% | Anual |
BAC SAN JOSE | 36,00% | Anual |
BANCO NACIONAL | 13,50% | Anual |
BANCO POPULAR | 13.75 | Anual |
CALCULO DE AMORTIZACION FINANCIAMIENTO A 5 AÑOS.
Entidad Bancaria | Banco Nacional |
Proyecto Total | ₡18.250.000,00 |
Porcentaje a financiar | 58.34% |
Monto a Financiar | ₡10.750.000,00 |
Plazo Meses | 60 |
Tasa Mensual | 0,0109 |
Tasa | 0,1305 |
COMISIÓN BANCARIA: 1% |
Proyecto Total | 18.250.000 |
Porcentaje a financiar | 58.34% |
Monto a Financiar | 10.750.000 |
Comisión bancaria, 1% | 1% |
Monto total | 107.500,00 |
Tabla Amortización Anual:
Año | Capital | Intereses | Total Cuota | Saldo |
1 | 1.630.833 | 1.307.616 | 2.938.449 | 9.119.167 |
2 | 1.856.859 | 1.081.590 | 2.938.449 | 7.262.307 |
3 | 2.114.212 | 824.238 | 2.938.449 | 5.148.096 |
4 | 2.407.232 | 531.217 | 2.938.449 | 2.740.864 |
5 | 2.740.864 | 197.586 | 2.938.449 | |
Tabla Amortización Mensual, Primer Año:
Mes | Capital | Intereses | Cuota | Balance |
1 | 127.965 | 116.906 | 244.871 | 10.622.035 |
2 | 129.356 | 115.515 | 244.871 | 10.492.679 |
3 | 130.763 | 114.108 | 244.871 | 10.361.916 |
4 | 132.185 | 112.686 | 244.871 | 10.229.732 |
5 | 133.622 | 111.248 | 244.871 | 10.096.109 |
6 | 135.076 | 109.795 | 244.871 | 9.961.033 |
7 | 136.545 | 108.326 | 244.871 | 9.824.489 |
8 | 138.029 | 106.841 | 244.871 | 9.686.459 |
9 | 139.531 | 105.340 | 244.871 | 9.546.929 |
10 | 141.048 | 103.823 | 244.871 | 9.405.881 |
11 | 142.582 | 102.289 | 244.871 | 9.263.299 |
12 | 144.132 | 100.738 | 244.871 | 9.119.167 |
8.3 INVERSIONES EN ACTIVOS CIRCULANTES O CAPITAL DE TRABAJO
Total Suministros de Oficina: ¢1.067.177
MANO DE OBRA:
PUESTO | CANTIDAD |
Recepcionista | ¢ 245.660,64 |
Esteticista | ¢ 304.915,00 |
Fisioterapeuta | ¢ 254.415,00 |
Misceláneo | ¢ 228.057,56 |
Administrador | ¢498.616,60 |
| Planilla Mensual: ¢ 1.531.664,01Capital de Trabajo a 2 meses: ¢3.063.329,60 |
*En este rubro no se contempla las cargas sociales correspondientes al Contador,
pues se contrata bajo la modalidad de Servicios Profesionales.
*Fuente: Administración Multicentro, Desamparados
CAPITAL DE TRABAJO |
PLANILLA | 3.063.329,60 |
CARGAS SOCIALES | 1.260.866,46 |
CONTRATOS A TERCEROS | 120.000,00 |
PATENTES | 127.114,00 |
SEGURO Y POLIZA DE RIESGO | 80.000,00 |
ARQUILER | 1.600.000,00 |
ARENDAMIENTO | 800.000,00 |
GASTOS ADMINISTRATIVOS | 1.586.980,00 |
GASTOS DE PUBLICIDAD | 2.480.284,40 |
ESTUDIO AMBIENTAL | 101.600,00 |
GASTOS LEGALES | 589.500,00 |
EQUIPO Y MATERIALES | 5.205.343,00 |
SUMINISTROS DE OFICINA | 1.067.177,00 |
CAJA CHICA | 167.805,54 |
TOTAL | ¢18.250.000,00 |
COSTO PROMEDIO PONDERADO DEL CAPITAL | |
| |
Costo promedio ponderado del capital (Ko) |
CPPC = kd*(1-t)*(D/D+E) + ke * (E/D+E) |
Capital | Valor (¢) | Proporción | Ke | Ponderado |
Capital propio | 7.500.000,00 | 41,10% | 17,00% | 6,99% |
Deuda | 10.750.000,00 | 58,90% | 13,50% | 0,079520548 |
Capital total | 18.250.000,00 | 100% | | 14,94% |
Impuestos | 30% | | | |
| |
| |
Fuente:
*Riesgo País: 3.50 (Clasificada como situación Tolerable)
Estudio Latinoamericano,
http://www.economiasur.com/publicaciones/OtroRiesgoPais
*Banco de Costa Rica, Banco con el que se realizará el financiamiento.
*Ministerio de Hacienda, Costa Rica.
El costo de capital es el rendimiento requerido sobre los distintos tipos de
financiamiento. Este costo puede ser explícito o implícito y puede ser expresado
como el costo de oportunidad para una alternativa equivalente de inversión.
La determinación del costo de capital implica la necesidad de estimar el riesgo del
emprendimiento, analizando los componentes que conformarán el capital, como la
emisión de acciones o la deuda.
En el caso de Sabbath Spa se determina que el costo del aporte de los socios es
decir el costo de su inversión en el proyecto implica un 14,94% de riesgo. Por lo
que se debe brindar este porcentaje como mínimo de utilidad a los socios.
8.4
8.5 FLUJO DE CAJA PROYECTADO
Indicadores para Proyecciones |
Variable | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
Ingreso | 77.760.000,00 | 84.913.920,00 | 92.284.448,26 | 100.294.738,36 |
109.000.321,65 |
Precio | 12.000,00 | 12.600,00 | 13.104,00 | 13.628,16 | 14.173,29 |
Cantidad | 6480 | 6739,2 | 7042,5 | 7359,4 | 7690,5 |
IPC | 5% | 4% | 4% | 4% | 4% |
PIB | 4,00% | 4,50% | 4,50% | 4,50% | 4,50% |
Salarios | 5% | 4% | 4% | 4% | 4% |
Flujo de Caja Proyectado |
Concepto | Expresado en Colones |
| Año 0 | Año 1 (10 MESES) | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
1. INGRESOS OPERATIVOS | | 77.760.000,00 | 84.913.920,00 | 92.284.448,26 |
100.294.738,36 | 109.000.321,65 |
(+) | Ingreso por ventas | | 77.760.000,00 | 84.913.920,00 | 92.284.448,26 |
100.294.738,36 | 109.000.321,65 |
(+) | Cuentas por cobrar | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Ingresos financieros | | | | | | |
(+) | Otros ingresos | | | | | | |
| | | | | | | |
2. EGRESOS OPERATIVOS | | 65.528.238,72 | 78.254.447,04 | 82.676.799,15 |
87.385.010,51 | 92.399.744,47 |
(+) | Bienes directos (materia prima) | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Equipo | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Personal | | 15.316.648,00 | 19.207.066,69 | 19.975.349,35 | 20.774.363,33 |
21.605.337,86 |
(+) | Cargas sociales | | 6.304.332,32 | 7.905.628,65 | 8.221.853,79 |
8.550.727,95 | 8.892.757,06 |
(+) | Contratos por Servicios de 3ros | | 600.000,00 | 752.400,00 | 782.496,00 |
813.795,84 | 846.347,67 |
(+) | Patentes y seguros | | 635.570,00 | 797.004,78 | 832.870,00 | 870.349,14 |
909.514,86 |
(+) | Seguro póliza de riesgo | | 400.000,00 | 501.600,00 | 524.172,00 |
547.759,74 | 572.408,93 |
(+) | Gastos alquiler y Arrendamiento | | 8.000.000,00 | 10.032.000,00 |
10.483.440,00 | 10.955.194,80 | 11.448.178,57 |
(+) | Gastos administrativos | | 7.934.903,30 | 9.950.368,74 | 10.398.135,33 |
10.866.051,42 | 11.355.023,74 |
(+) | Gastos por publicidad | | 2.462.272,00 | 3.087.689,09 | 3.226.635,10 |
3.371.833,68 | 3.523.566,19 |
(+) | Gastos por depreciación | | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 |
546.513,10 | 546.513,10 |
(+) | Impuesto a la renta | 0.30 | 23.328.000,00 | 25.474.176,00 | 27.685.334,48 |
30.088.421,51 | 32.700.096,50 |
| (sin intereses préstamo) | | | | | | |
3. SALDO OPERATIVO | | 12.231.761,28 | 6.659.472,96 | 9.607.649,11 |
12.909.727,86 | 16.600.577,18 |
4. GASTOS DE CAPITAL | 18.250.000,00 | | | | | |
(+) | Formación de capital | 18.250.000,00 | | | | | |
| (inversión - caja banco) | | | | | | |
5. FLUJO ECONÓMICO | (18.250.000,00) | 12.231.761,28 | 6.659.472,96 |
9.607.649,11 | 12.909.727,86 | 16.600.577,18 |
(+) | Préstamos | ₡10.750.000,00 | | | | | |
(-) | Amortización préstamo | | 1.630.833,18 | 1.856.859,36 | 2.114.211,76 |
2.407.232,05 | 2.740.863,65 |
(-) | Intereses préstamo | | 1.307.616,12 | 1.081.589,94 | 824.237,54 | 531.217,24
| 197.585,65 |
(+) | Dev. Impuesto a la renta | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Depreciación | | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 |
546.513,10 |
6. FLUJO FINANCIERO | (7.500.000,00) | 9.839.825,09 | 4.267.536,76 |
7.215.712,91 | 10.517.791,66 | 14.208.640,98 |
(+) | Aportes de capital | ₡7.500.000,00 | | | | | |
(-) | Dividendos | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
7. SALDO NETO DE CAJA | - | 9.839.825,09 | 4.267.536,76 | 7.215.712,91 |
10.517.791,66 | 14.208.640,98 |
(+) | Saldo inicial de caja | | 0,00 | 9.839.825,09 | 14.107.361,85 | 21.323.074,76 |
31.840.866,42 |
8. SALDO FINAL DE CAJA | - | 9.839.825,09 | 14.107.361,85 | 21.323.074,76 |
31.840.866,42 | 46.049.507,40 |
*
* FLUJO DE CAJA PROYECTADO DESDE ESCENARIO OPTIMISTA:
Indicadores para Proyecciones |
Variable | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
Ingreso | 77.760.000,00 | 84.913.920,00 | 92.271.711,17 | 100.267.054,94 |
108.955.195,25 |
Precio | 12.000,00 | 12.480,00 | 12.854,40 | 13.240,03 | 13.637,23 |
Cantidad | 6480 | 6804 | 7178,2 | 7573,0 | 7989,5 |
IPC | 4% | 3% | 3% | 3% | 3% |
PIB | 5,00% | 5,50% | 5,50% | 5,50% | 5,50% |
Salarios | 6% | 5% | 5% | 5% | 5% |
Flujo de Caja Proyectado |
Concepto | Expresado en Colones |
| Año 0 | Año 1 (10 MESES) | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
1. INGRESOS OPERATIVOS | | 77.760.000,00 | 84.913.920,00 | 92.271.711,17 |
100.267.054,94 | 108.955.195,25 |
(+) | Ingreso por ventas | | 77.760.000,00 | 84.913.920,00 | 92.271.711,17 |
100.267.054,94 | 108.955.195,25 |
(+) | Cuentas por cobrar | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Ingresos financieros | | | | | | |
(+) | Otros ingresos | | | | | | |
| | | | | | | |
2. EGRESOS OPERATIVOS | | 65.528.238,72 | 78.724.744,35 | 83.690.146,01 |
88.991.474,04 | 94.652.906,32 |
(+) | Bienes directos (materia prima) | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Equipo | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Personal | | 15.316.648,00 | 19.390.866,37 | 20.360.409,68 | 21.378.430,17 |
22.447.351,68 |
(+) | Cargas sociales | | 6.304.332,32 | 7.981.280,60 | 8.380.344,63 |
8.799.361,86 | 9.239.329,95 |
(+) | Contratos por Servicios de 3ros | | 600.000,00 | 759.600,00 | 797.580,00 |
837.459,00 | 879.331,95 |
(+) | Patentes y seguros | | 635.570,00 | 804.631,62 | 848.886,36 | 895.575,11 |
944.831,74 |
(+) | Seguro póliza de riesgo | | 400.000,00 | 506.400,00 | 534.252,00 |
563.635,86 | 594.635,83 |
(+) | Gastos alquiler y Arrendamiento | | 8.000.000,00 | 10.128.000,00 |
10.685.040,00 | 11.272.717,20 | 11.892.716,65 |
(+) | Gastos administrativos | | 7.934.903,30 | 10.045.587,58 | 10.598.094,89 |
11.180.990,11 | 11.795.944,57 |
(+) | Gastos por publicidad | | 2.462.272,00 | 3.087.689,09 | 3.257.511,99 |
3.436.675,15 | 3.625.692,28 |
(+) | Gastos por depreciación | | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 |
546.513,10 | 546.513,10 |
(+) | Impuesto a la renta | 0.30 | 23.328.000,00 | 25.474.176,00 | 27.681.513,35 |
30.080.116,48 | 32.686.558,58 |
| (sin intereses préstamo) | | | | | | |
3. SALDO OPERATIVO | | 12.231.761,28 | 6.189.175,65 | 8.581.565,16 |
11.275.580,90 | 14.302.288,93 |
4. GASTOS DE CAPITAL | 18.250.000,00 | | | | | |
(+) | Formación de capital | 18.250.000,00 | | | | | |
| (inversión - caja banco) | | | | | | |
5. FLUJO ECONÓMICO | (18.250.000,00) | 12.231.761,28 | 6.189.175,65 |
8.581.565,16 | 11.275.580,90 | 14.302.288,93 |
(+) | Préstamos | ₡10.750.000,00 | | | | | |
(-) | Amortización préstamo | | 1.630.833,18 | 1.856.859,36 | 2.114.211,76 |
2.407.232,05 | 2.740.863,65 |
(-) | Intereses préstamo | | 1.307.616,12 | 1.081.589,94 | 824.237,54 | 531.217,24
| 197.585,65 |
(+) | Dev. Impuesto a la renta | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Depreciación | | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 |
546.513,10 |
6. FLUJO FINANCIERO | (7.500.000,00) | 9.839.825,09 | 3.797.239,45 |
6.189.628,96 | 8.883.644,70 | 11.910.352,73 |
(+) | Aportes de capital | ₡7.500.000,00 | | | | | |
(-) | Dividendos | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
7. SALDO NETO DE CAJA | - | 9.839.825,09 | 3.797.239,45 | 6.189.628,96 |
8.883.644,70 | 11.910.352,73 |
(+) | Saldo inicial de caja | | 0,00 | 9.839.825,09 | 13.637.064,54 | 19.826.693,50 |
28.710.338,20 |
8. SALDO FINAL DE CAJA | - | 9.839.825,09 | 13.637.064,54 | 19.826.693,50 |
28.710.338,20 | 40.620.690,93 |
* FLUJO DE CAJA PROYECTADO DESDE ESCENARIO PESIMISTA:
Indicadores para Proyecciones |
Variable | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
Ingreso | 77.760.000,00 | 84.898.368,00 | 92.263.301,42 | 100.267.142,82 |
108.965.317,46 |
Precio | 12.000,00 | 12.720,00 | 13.356,00 | 14.023,80 | 14.724,99 |
Cantidad | 6480 | 6674,4 | 6908,0 | 7149,8 | 7400,0 |
IPC | 6% | 5% | 5% | 5% | 5% |
PIB | 3,00% | 3,50% | 3,50% | 3,50% | 3,50% |
Salarios | 4% | 3% | 3% | 3% | 3% |
Flujo de Caja Proyectado |
Concepto | Expresado en Colones |
| Año 0 | Año 1 (10 MESES) | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
1. INGRESOS OPERATIVOS | | 77.760.000,00 | 84.898.368,00 | 92.263.301,42 |
100.267.142,82 | 108.965.317,46 |
(+) | Ingreso por ventas | | 77.760.000,00 | 84.898.368,00 | 92.263.301,42 |
100.267.142,82 | 108.965.317,46 |
(+) | Cuentas por cobrar | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Ingresos financieros | | | | | | |
(+) | Otros ingresos | | | | | | |
| | | | | | | |
2. EGRESOS OPERATIVOS | | 65.528.238,72 | 77.779.484,13 | 81.662.693,06 |
85.792.015,13 | 90.185.859,15 |
(+) | Bienes directos (materia prima) | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Equipo | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Personal | | 15.316.648,00 | 19.023.267,00 | 19.593.965,01 | 20.181.783,96 |
20.787.237,48 |
(+) | Cargas sociales | | 6.304.332,32 | 7.829.976,70 | 8.064.876,00 |
8.306.822,28 | 8.556.026,95 |
(+) | Contratos por Servicios de 3ros | | 600.000,00 | 745.200,00 | 767.556,00 |
790.582,68 | 814.300,16 |
(+) | Patentes y seguros | | 635.570,00 | 789.377,94 | 817.006,17 | 845.601,38 |
875.197,43 |
(+) | Seguro póliza de riesgo | | 400.000,00 | 496.800,00 | 514.188,00 |
532.184,58 | 550.811,04 |
(+) | Gastos alquiler y Arrendamiento | | 8.000.000,00 | 9.936.000,00 |
10.283.760,00 | 10.643.691,60 | 11.016.220,81 |
(+) | Gastos administrativos | | 7.934.903,30 | 9.855.149,90 | 10.200.080,15 |
10.557.082,95 | 10.926.580,85 |
(+) | Gastos por publicidad | | 2.462.272,00 | 3.087.689,09 | 3.195.758,21 |
3.307.609,75 | 3.423.376,09 |
(+) | Gastos por depreciación | | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 |
546.513,10 | 546.513,10 |
(+) | Impuesto a la renta | 0.30 | 23.328.000,00 | 25.469.510,40 | 27.678.990,43 |
30.080.142,85 | 32.689.595,24 |
| (sin intereses préstamo) | | | | | | |
3. SALDO OPERATIVO | | 12.231.761,28 | 7.118.883,87 | 10.600.608,36 |
14.475.127,69 | 18.779.458,31 |
4. GASTOS DE CAPITAL | 18.250.000,00 | | | | | |
(+) | Formación de capital | 18.250.000,00 | | | | | |
| (inversión - caja banco) | | | | | | |
5. FLUJO ECONÓMICO | (18.250.000,00) | 12.231.761,28 | 7.118.883,87 |
10.600.608,36 | 14.475.127,69 | 18.779.458,31 |
(+) | Préstamos | ₡10.750.000,00 | | | | | |
(-) | Amortización préstamo | | 1.630.833,18 | 1.856.859,36 | 2.114.211,76 |
2.407.232,05 | 2.740.863,65 |
(-) | Intereses préstamo | | 1.307.616,12 | 1.081.589,94 | 824.237,54 | 531.217,24
| 197.585,65 |
(+) | Dev. Impuesto a la renta | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
(+) | Depreciación | | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 | 546.513,10 |
546.513,10 |
6. FLUJO FINANCIERO | (7.500.000,00) | 9.839.825,09 | 4.726.947,67 |
8.208.672,16 | 12.083.191,49 | 16.387.522,12 |
(+) | Aportes de capital | ₡7.500.000,00 | | | | | |
(-) | Dividendos | | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
7. SALDO NETO DE CAJA | - | 9.839.825,09 | 4.726.947,67 | 8.208.672,16 |
12.083.191,49 | 16.387.522,12 |
(+) | Saldo inicial de caja | | 0,00 | 9.839.825,09 | 14.566.772,76 | 22.775.444,92 |
34.858.636,41 |
8. SALDO FINAL DE CAJA | - | 9.839.825,09 | 14.566.772,76 | 22.775.444,92 |
34.858.636,41 | 51.246.158,53 |
El flujo de caja, año a año, de un producto o servicio como el que se da en un
SPA, corresponde a la suma de la utilidad neta después del pago del impuesto
sobre la renta, más el pago del préstamo, más la adquisición del activo, más el
pago de leasing, todo esto menos el pago del capital o principal que se tomó de
los aportes de las socias.
Este flujo de caja para cada año se debe descontar a valor presente con una tasa
de descuento igual al costo de oportunidad del dinero. Este flujo de caja
descontado, se debe comparar con la inversión patrimonial a los fines de saber si
se puede obtener un valor actualizado neto (VAN) o bien una tasa de rendimiento
(TIR) adecuada a la naturaleza del negocio y a los riesgos e incertidumbres
posibles.
En el caso de Sabbath SPA, y con el estudio de mercadeo que nos brinda la
demanda potencial de nuestros servicios se puede determinar que desde el primer
año tanto económico como financieramente el proyecto es rentable y brinda un
valor actualizado positivo haciendo de Sabbath SPA un proyecto factible y
recomendable para invertir.
8.6 VALOR PRESENTE NETO O VALOR ACTUAL (VAN)
El Valor actual neto es un procedimiento que nos permite como inversionistas
calcular el valor presente de un determinado número de flujos de caja futuros,
originados por una inversión.
La metodología consiste en descontar al momento actual, es decir, actualizar
mediante una tasa, todos los flujos de caja futuros del proyecto. A este valor se le
resta la inversión inicial, de tal modo que el valor obtenido es el valor actual neto
del proyecto.
El método de valor presente es uno de los criterios económicos más ampliamente
utilizados en la evaluación de proyectos de inversión. Consiste en determinar la
equivalencia en el tiempo de los flujos de efectivo futuros que genera un proyecto
y comparar esta equivalencia con el desembolso inicial. Cuando dicha
equivalencia es mayor que el desembolso inicial, entonces, es recomendable que
el proyecto sea aceptado.
VALOR | SIGNIFICADO | DECISIÓN A TOMAR |
VAN > 0 | La inversión produciría ganancias por encima de la rentabilidad exigida.
| El proyecto puede aceptarse |
VAN < 0 | La inversión produciría ganancias por debajo de la rentabilidad exigida. |
El proyecto debería rechazarse |
VAN = 0 | La inversión no produciría ni ganancias ni pérdidas | Dado que el
proyecto no agrega valor monetario por encima de la rentabilidad exigida (r), la
decisión debería basarse en otros criterios, como la obtención de un mejor
posicionamiento en el mercado u otros factores. |
Por ende si su valor es mayor a cero, el proyecto es rentable, considerándose el
valor mínimo de rendimiento para la inversión.
Puede considerarse también la interpretación del VAN, en función de la Creación
de Valor para la Empresa:
* Si el VAN de un proyecto es Positivo, el proyecto Crea Valor.
* Si el VAN de un proyecto es Negativo, el proyecto Destruye Valor.
* Si el VAN de un proyecto es Cero, el Proyecto No Crea ni Destruye Valor.
| | K acc = | 0,17 | | | CPPC = | 0,15 |
Valor actual neto económico - VANE | | Valor actual neto financiero - VANF |
Año | Costos y beneficios | Factor de descuento | Flujo actualizado | | Año | Costos
y beneficios | Factor de descuento | Flujo actualizado |
0 | -18250000,0 | 1,00 | -18.250.000,00 | | 0 | (7.500.000,00) | 1 | (7.499.999,00) |
1 | 12231761,3 | 0,85 | 10.454.496,82 | | 1 | 9.839.825,09 | 0,87 | 9.839.825,96 |
2 | 6659473,0 | 0,73 | 4.864.835,24 | | 2 | 4.267.536,76 | 0,76 | 4.267.537,52 |
3 | 9607649,1 | 0,62 | 5.998.733,22 | | 3 | 7.215.712,91 | 0,66 | 7.215.713,57 |
4 | 12909727,9 | 0,53 | 6.889.276,89 | | 4 | 10.517.791,66 | 0,57 | 10.517.792,23 |
5 | 16600577,2 | 0,46 | 7.571.708,39 | | 5 | 14.208.640,98 | 0,50 | 14.208.641,48 |
Valor residual | - | 0,46 | 0,00 | | Valor residual | - | 0,00 | - |
VANE | | | 17.529.050,56 | | VANF | | | 38.549.511,76 |
Resultados de la evaluación empresarial |
Indicador | Evaluación económica | Evaluación financiera | | Valor recomendado |
VAN | 17.529.050,56 | 38.549.511,76 | VAN > 0 |
* ESCENARIO OPTIMISTA:
| | K acc = | 0,17 | | | CPPC = | 0,15 |
Valor actual neto económico - VANE | | Valor actual neto financiero - VANF |
Año | Costos y beneficios | Factor de descuento | Flujo actualizado | | Año | Costos
y beneficios | Factor de descuento | Flujo actualizado |
0 | -18250000,0 | 1,00 | -18.250.000,00 | | 0 | (7.500.000,00) | 1 | (7.499.999,00) |
1 | 12231761,3 | 0,85 | 10.454.496,82 | | 1 | 9.839.825,09 | 0,87 | 9.839.825,96 |
2 | 6189175,6 | 0,73 | 4.521.276,68 | | 2 | 3.797.239,45 | 0,76 | 3.797.240,21 |
3 | 8581565,2 | 0,62 | 5.358.076,62 | | 3 | 6.189.628,96 | 0,66 | 6.189.629,62 |
4 | 11275580,9 | 0,53 | 6.017.214,29 | | 4 | 8.883.644,70 | 0,57 | 8.883.645,27 |
5 | 14302288,9 | 0,46 | 6.523.433,48 | | 5 | 11.910.352,73 | 0,50 | 11.910.353,23 |
Valor residual | - | 0,46 | 0,00 | | Valor residual | - | 0,00 | - |
VANE | | | 14.624.497,89 | | VANF | | | 33.120.695,29 |
* ESCENARIO PESIMISTA:
| | K acc = | 0,17 | | | CPPC = | 0,15 |
Valor actual neto económico - VANE | | Valor actual neto financiero - VANF |
Año | Costos y beneficios | Factor de descuento | Flujo actualizado | | Año | Costos
y beneficios | Factor de descuento | Flujo actualizado |
0 | -18250000,0 | 1,00 | -18.250.000,00 | | 0 | (7.500.000,00) | 1 | (7.499.999,00) |
1 | 12231761,3 | 0,85 | 10.454.496,82 | | 1 | 9.839.825,09 | 0,87 | 9.839.825,96 |
2 | 7118883,9 | 0,73 | 5.200.441,13 | | 2 | 4.726.947,67 | 0,76 | 4.726.948,43 |
3 | 10600608,4 | 0,62 | 6.618.707,74 | | 3 | 8.208.672,16 | 0,66 | 8.208.672,82 |
4 | 14475127,7 | 0,53 | 7.724.652,59 | | 4 | 12.083.191,49 | 0,57 | 12.083.192,07 |
5 | 18779458,3 | 0,46 | 8.565.520,37 | | 5 | 16.387.522,12 | 0,50 | 16.387.522,61 |
Valor residual | - | 0,46 | 0,00 | | Valor residual | - | 0,00 | - |
VANE | | | 20.313.818,66 | | VANF | | | 43.746.162,89 |
En el caso de Sabbath SPA, el VAN es positivo, pues en la evaluación económica
el resultado es 0.6380 en promedio para los 5 años proyectados, es importante la
observación de que aunque durante los 5 años tiene la tendencia a la baja nunca
llega a ser igual o menor a cero, por lo que económicamente el proyecto crea
valor. En la evaluación financiera el proyecto tiene un promedio de 0.6720, por ser
mayor a cero en también financieramente rentable, por lo que el proyecto es
rentable y crea valor.
8.7 TASA BENEFICIO- COSTO Y PERIODO DE RECUPERACIÓN DE LA
INVERSIÓN.
En el análisis Beneficio/Costo se deben tener en cuenta tanto los beneficios como
las desventajas de aceptar o no el proyecto Sabbath Spa.
Este es un método complementario, utilizado generalmente cuando se hace un
análisis de valor actual y valor anual.
La relación Beneficio/costo está representada por la relación: En donde los
ingresos y los egresos deben ser calculados utilizando el VAN, de acuerdo al flujo
de caja, o en su defecto, una tasa un poco más baja, llamada, tasa social.
Los valores obtenidos con la Tasa Beneficio - Costo se interpretan de acuerdo a la
siguiente tabla:
-------------------------------------------------
B/C > 1 Los ingresos son mayores que los egresos, entonces el proyecto es
aconsejable.
-------------------------------------------------
B/C = 1 Los ingresos son iguales que los egresos, entonces el proyecto es
indiferente.
-------------------------------------------------
B/C < 1 Los ingresos son menores que los egresos, entonces el proyecto no es
aconsejable.
La relación B/C sólo entrega un índice de relación y no un valor concreto, además
no permite decidir entre proyectos alternativos.
Periodo de Recuperación Económico - PRE | | Periodo de Recuperación
Financiero - PRF |
Año | Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Costos actualizados | | Año |
Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Costos actualizados |
0 | -18250000,0 | -18.250.000,00 | -18.250.000,00 | | 0 | -7.500.000,00 | -
7.500.000,00 | -7.500.000,00 |
1 | 12231761,3 | 10.454.496,82 | 10.454.496,82 | | 1 | 9.839.825,09 | 9.839.825,96
| 9.839.825,96 |
2 | 6659473,0 | 4.864.835,24 | 4.864.835,24 | | 2 | 4.267.536,76 | | 4.267.537,52 |
3 | 9607649,1 | 5.998.733,22 | 5.998.733,22 | | 3 | 7.215.712,91 | | |
4 | 12909727,9 | | | | 4 | 10.517.791,66 | | |
5 | 16600577,2 | | | | 5 | 14.208.640,98 | | |
Valor residual | 0,0 | | | | Valor residual | 0,00 | | |
PRE | | 3.068.065,28 | 3.068.065,28 | | PRF | | 2.339.825,96 | 6.607.363,47 |
| | r = | 0,17 | | | | r = | 15% |
Coeficiente de Beneficio Costo Económico - BCE | | Coeficiente de Beneficio
Costo Financiero - BCF |
Año | Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Flujo actualizado | | Año |
Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Flujo actualizado |
0 | -18250000,0 | -18.250.000,00 | 18.250.000,00 | | 0 | -7.500.000,00 | -
7.500.000,00 | 7.500.000,00 |
1 | 12231761,3 | 10.454.496,82 | | | 1 | 9.839.825,09 | 9.839.825,96 | |
2 | 6659473,0 | 4.864.835,24 | | | 2 | 4.267.536,76 | 4.267.537,52 | |
3 | 9607649,1 | 5.998.733,22 | | | 3 | 7.215.712,91 | 7.215.713,57 | |
4 | 12909727,9 | 6.889.276,89 | | | 4 | 10.517.791,66 | 10.517.792,23 | |
5 | 16600577,2 | 7.571.708,39 | | | 5 | 14.208.640,98 | 14.208.641,48 | |
Valor residual | 0,0 | 0,00 | | | Valor residual | 0,00 | 0,00 | |
BCE | | 35.779.050,56 | 18.250.000,00 | | BDF | | 38.549.510,76 | 7.500.000,00 |
| | | | | B/C = | 38.549.510,76 | = 5,14 | 514% |
B/C = | 35.779.050,56 | 1,96 | 1,96 | | | 7.500.000,00 | | |
| 18.250.000,00 | | | | | | | |
* ESCENARIO OPTIMISTA:
Periodo de recuperación económico - PRE | | Periodo de recuperación financiero -
PRF |
Año | Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Costos actualizados | | Año |
Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Costos actualizados |
0 | -18250000,0 | -18.250.000,00 | -18.250.000,00 | | 0 | -7.500.000,00 | -
7.500.000,00 | -7.500.000,00 |
1 | 12231761,3 | 10.454.496,82 | 10.454.496,82 | | 1 | 9.839.825,09 | 9.839.825,96
| 9.839.825,96 |
2 | 6189175,6 | 4.521.276,68 | 4.521.276,68 | | 2 | 3.797.239,45 | | 3.797.240,21 |
3 | 8581565,2 | 5.358.076,62 | 5.358.076,62 | | 3 | 6.189.628,96 | | |
4 | 11275580,9 | | | | 4 | 8.883.644,70 | | |
5 | 14302288,9 | | | | 5 | 11.910.352,73 | | |
Valor residual | 0,0 | | | | Valor residual | 0,00 | | |
PRE | | 2.083.850,12 | 2.083.850,12 | | PRF | | 2.339.825,96 | 6.137.066,16 |
| | r = | 0,17 | | | | r = | 15% |
Coeficiente de benefico costo económico - BCE | | Coeficiente de benefico costo
financiero - BCF |
Año | Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Flujo actualizado | | Año |
Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Flujo actualizado |
0 | -18250000,0 | -18.250.000,00 | 18.250.000,00 | | 0 | -7.500.000,00 | -
7.500.000,00 | 7.500.000,00 |
1 | 12231761,3 | 10.454.496,82 | | | 1 | 9.839.825,09 | 9.839.825,96 | |
2 | 6189175,6 | 4.521.276,68 | | | 2 | 3.797.239,45 | 3.797.240,21 | |
3 | 8581565,2 | 5.358.076,62 | | | 3 | 6.189.628,96 | 6.189.629,62 | |
4 | 11275580,9 | 6.017.214,29 | | | 4 | 8.883.644,70 | 8.883.645,27 | |
5 | 14302288,9 | 6.523.433,48 | | | 5 | 11.910.352,73 | 11.910.353,23 | |
Valor residual | 0,0 | 0,00 | | | Valor residual | 0,00 | 0,00 | |
BCE | | 32.874.497,89 | 18.250.000,00 | | BDF | | 33.120.694,29 | 7.500.000,00 |
| | | | | B/C = | 33.120.694,29 | = 4,42 | 442% |
B/C = | 32.874.497,89 | 1,80 | 1,80 | | | 7.500.000,00 | | |
| 18.250.000,00 | | | | | | | |
* ESCENARIO PESIMISTA:
Periodo de recuperación económico - PRE | | Periodo de recuperación financiero -
PRF |
Año | Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Costos actualizados | | Año |
Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Costos actualizados |
0 | -18250000,0 | -18.250.000,00 | -18.250.000,00 | | 0 | -7.500.000,00 | -
7.500.000,00 | -7.500.000,00 |
1 | 12231761,3 | 10.454.496,82 | 10.454.496,82 | | 1 | 9.839.825,09 | 9.839.825,96
| 9.839.825,96 |
2 | 7118883,9 | 5.200.441,13 | 5.200.441,13 | | 2 | 4.726.947,67 | | 4.726.948,43 |
3 | 10600608,4 | 6.618.707,74 | 6.618.707,74 | | 3 | 8.208.672,16 | | |
4 | 14475127,7 | | | | 4 | 12.083.191,49 | | |
5 | 18779458,3 | | | | 5 | 16.387.522,12 | | |
Valor residual | 0,0 | | | | Valor residual | 0,00 | | |
PRE | | 4.023.645,70 | 4.023.645,70 | | PRF | | 2.339.825,96 | 7.066.774,38 |
| | r = | 0,17 | | | | r = | 15% |
Coeficiente de benefico costo económico - BCE | | Coeficiente de benefico costo
financiero - BCF |
Año | Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Flujo actualizado | | Año |
Costos y beneficios | Beneficios actualizados | Flujo actualizado |
0 | -18250000,0 | -18.250.000,00 | 18.250.000,00 | | 0 | -7.500.000,00 | -
7.500.000,00 | 7.500.000,00 |
1 | 12231761,3 | 10.454.496,82 | | | 1 | 9.839.825,09 | 9.839.825,96 | |
2 | 7118883,9 | 5.200.441,13 | | | 2 | 4.726.947,67 | 4.726.948,43 | |
3 | 10600608,4 | 6.618.707,74 | | | 3 | 8.208.672,16 | 8.208.672,82 | |
4 | 14475127,7 | 7.724.652,59 | | | 4 | 12.083.191,49 | 12.083.192,07 | |
5 | 18779458,3 | 8.565.520,37 | | | 5 | 16.387.522,12 | 16.387.522,61 | |
Valor residual | 0,0 | 0,00 | | | Valor residual | 0,00 | 0,00 | |
BCE | | 38.563.818,66 | 18.250.000,00 | | BDF | | 43.746.161,89 | 7.500.000,00 |
| | | | | B/C = | 43.746.161,89 | = 5,83 | 583% |
B/C = | 38.563.818,66 | 2,11 | 2,11 | | | 7.500.000,00 | | |
| 18.250.000,00 | | | | | | | |
En el caso de Sabbat Spa, proyecto en estudio, la relación beneficio costo es de
1,96 en la evaluación económica por lo que se puede determinar que los ingresos
si son mayores a los egresos por lo que una vez más se demuestra la rentabilidad
del negocio, en la evaluación financiera la relación es de 5,14, aún más rentable
financieramente.
Para el periodo de recuperación el tiempo estimado es de 1,46 años, lo cual indica
que el proyecto es viable y además es de recuperación pronta de la inversión
inicial.
Seguidamente presentación de cuadro resumen sobre los resultados obtenidos.
Resultados de la evaluación empresarial |
Indicador | Evaluación económica | Evaluación financiera | | Valor recomendado |
VAN | 17.529.050,56 | 38.549.511,76 | | VAN > 0 |
TIR | 56% | 1,07 | | TIR > Ko |
BC | 196% | 5,14 | | BC > 1 |
PR | 1,46 | 1,28 | | PR < 5 |
Valor residual | - | 0,00 | | |
* ESCENARIO OPTIMISTA
Resultados de la evaluación empresarial |
Indicador | Evaluación económica | Evaluación financiera | | Valor recomendado |
VAN | 14.624.497,89 | 33.120.695,29 | | VAN > 0 |
TIR | 56% | 1,01 | | TIR > Ko |
BC | 180% | 4,42 | | BC > 1 |
PR | 1,46 | 1,32 | | PR < 5 |
Valor residual | - | 0,00 | | |
* ESCENARIO PESIMISTA
Resultados de la evaluación empresarial |
Indicador | Evaluación económica | Evaluación financiera | | Valor recomendado |
VAN | 20.313.818,66 | 43.746.162,89 | | VAN > 0 |
TIR | 56% | 1,13 | | TIR > Ko |
BC | 211% | 5,83 | | BC > 1 |
PR | 1,46 | 1,23 | | PR < 5 |
Valor residual | - | 0,00 | | |
CAPITULO VIII
ECONOMICO
8.1 Contribución Económica del Proyecto
El objetivo del presente estudio es ordenar y sistematizar la información de
carácter monetario que proporcionan los estudios anteriores y elaborar con ello el
Eva a fin de medir su contribución económica.
8.2 EVA
El valor económico agregado o utilidad económica es el producto obtenido por la
diferencia entre la rentabilidad de sus activos y el costo de financiación o de
capital requerido para poseer dichos activos.
EVA es una herramienta que nos permite tomar decisiones en la empresa a fin de
colocarse en una posición que permita delinear estrategias y objetivos
encaminados fundamentalmente a la creación de valor.
Por lo tanto, en esta medida se considera la productividad de todos los factores
utilizados para desarrollar la actividad empresarial.
Factores que intervienen en EVA
* Retorno sobre capital: Es la rentabilidad que se le otorga al inversionista.
* Margen operacional: Eficiencia en el manejo de costos y gastos.
* Rotación del capital: Eficiencia en el manejo de capital. Explica cuánto se genera
en ventas por cada colón invertido en capital.
* Costo de ventas y gastos operacionales: El incremento afecta significativamente
la eficiencia en las operaciones.
* Capital de trabajo, propiedad, planta y equipo: Cuánto menos requiera la
empresa de estos para generar el mismo nivel de ventas mayor es la eficiencia en
la rotación.
* Costos de los recursos propios: La rentabilidad mínima que exige el accionista.
Se fija en relación con las alternativas de inversión de riesgo similar. Para su
cálculo se tiene en cuenta el riesgo país, la tasa libre de riesgo, la rentabilidad
promedio del mercado y un indicador del grado de respuesta de la rentabilidad
esperada a cambios en el mercado.
* Costo del capital: Lo que cuesta financiar las actividades de la empresa, lo
constituye el costo ponderado de la deuda y los recursos propios.
* Costo de la deuda: Es el interés que se debe pagar por la deuda.
Uso del método de Eva:
El Eva fue desarrollado para ayudar a los gerentes a incorporar dos principios
básicos de las finanzas en la tomas de decisiones:
1. El objetivo financiero primario de cualquier compañía debe ser maximizar las
riquezas de sus accionistas.
2. El valor de una compañía depende del grado en el cual los inversionistas crean
que los beneficios futuros difieran del costo de capital.
Fórmula para obtener Eva:
Valor económico Agregado (EVA) |
EVA = Utilidad operativa después del impuesto (flujo económico) menos el cargo
por el uso del capital (el costo del capital) |
Aplicación de la fórmula:
EVA DE LOS 5 AÑOS |
AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 | AÑO 4 | AÑO 5 |
9,505,511.28 | 3,933,222.96 | 6,881,399.11 | 10,183,477.86 | 16,600,577.18 |
Panorama Optimista:
EVA |
AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 | AÑO 4 | AÑO 5 |
9,505,511.28 | 3,462,925.65 | 5,855,315.16 | 8,549,330.90 | 11,576,038.93 |
Panorama Pesimista:
EVA |
AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 | AÑO 4 | AÑO 5 |
9,505,511.28 | 4,392,633.87 | 7,874,358.36 | 11,748,877.69 | 16,053,208.31 |
En el caso de Sabbat Spa y según los resultados obtenidos anteriormente en la
proyección de los 5 años, así como en el panorama optimista y pesimista,
podemos determinar que con el Eva positivo, las inversiones aumentan el valor
para los accionistas, por lo tanto, es aceptable. Todo esto repercute en el análisis
de las metas fijadas por la empresa, medición del desempeño, valoración
corporativa, así como las expectativas que tienen los accionistas.
IX CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Para este proyecto, Sabbath SPA, El principal objetivo fue: Analizar la factibilidad
financiera y técnica de la apertura de Sabbath SPA en el distrito central de
Desamparados a partir de enero 2012, se realizó el estudio mediante tres
escenarios el proyectado para el 2012, uno pesimista y uno optimista.
Una vez planteado este objetivo y los específicos considerados de vital
importancia para el correcto análisis se determino:
* El mercado meta seleccionado, mujeres de entre los 25 y los 55 años de edad,
es un mercado dispuesto a utilizar nuestros servicios y no cuentan con la oferta de
los servicios que requieren, por lo que la elección del mercado meta es correcta y
ofrece una ventaja mercadológica.
* En cuanto a la selección del centro del SPA, su equipo y personal, se
recomienda reevaluar el proyecto a un plazo estimado de dos a tres años, para
valorar la creación de nuevos centros.
* Mediante el análisis ambiental se determina que el proyecto es de bajo impacto,
sin embargo se recomienda mantener políticas de reciclaje y cuidado del
ambiente.
* Es un proyecto que aporta beneficios de una forma rápida
* En cuanto al estudio financiero se determina que el proyecto de mantenerse las
condiciones del macroentorno estimadas, es rentable y brinda un periodo de
recuperación de la inversión de 1,46 años por lo que se recomienda sea
implantado.
* Se recomienda la precaución y estudio necesario sobre los acontecimientos
económicos del país, principalmente sobre aspectos puntuales como la
aprobación o rechazo del nuevo plan fiscal, el cuál variaría las condiciones del
proyecto.
ANEXOS
ANEXO No. 1
Código de Comercio
ASAMBLEA LEGISLATIVA
N° 3284, Decreta:
El siguiente:
CODIGO DE COMERCIO
Artículo 234 |
Versión del artículo: 1 de 1 | |
TITULO IICAPITULO IDe las Obligaciones Comunes a los que Ejercen el
ComercioARTÍCULO 234.-Los que ejercen el comercio contraen las siguientes
obligaciones:a) Inscribir en el Registro Mercantil los documentos que se indican en
el capítulo siguiente;b) Distinguir su establecimiento con su nombre, que puede
ser, si se tratare de una sociedad, su razón social o denominación, debidamente
registrada;c) Llevar la contabilidad del negocio en orden y de conformidad con las
siguientes disposiciones de este Código; yd) Conservar los libros de contabilidad
desde que se inician hasta cuatro años después del cierre del negocio, y
conservar igualmente la correspondencia, las facturas y los demás comprobantes,
por un período no menor de cuatro años contados a partir de sus respectivas
fechas, salvo que hubiere juicio pendiente en que esos documentos se hubieren
ofrecido como prueba. | |
ANEXO No. 2
Publicado el 17 de mayo del 2002
Nº 8262
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
CAPÍTULO III
Financiamiento para las PYMES
Artículo 7º—Los bancos del Estado y el Banco Popular y de Desarrollo Comunal
podrán promover y fomentar programas de crédito diferenciados dirigidos al sector
de las micro, pequeñas y medianas empresas. La definición de los programas
específicos deberá ser comunicada al MEIC para la debida coordinación.
Anualmente los bancos elaborarán y remitirán al MEIC un informe con los
resultados de la gestión de crédito realizada en beneficio de las micro, pequeñas y
medianas empresas.
Artículo 8º—Créase, en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, el Fondo
Especial para el Desarrollo de las Micros, Pequeñas y Medianas Empresas
(FODEMIPYME), que tendrá como fin contribuir al logro de los propósitos
establecidos en los artículos 2 y 34 de la Ley Orgánica del Banco.
El objetivo de este Fondo será fomentar y fortalecer el desarrollo de la micro,
pequeña y mediana empresa, y de las empresas de la economía social
económicamente viables y generadoras de puestos de trabajo; podrá ejercer todas
las funciones, las facultades y los deberes que le corresponden de acuerdo con
esta Ley, la naturaleza de su finalidad y sus objetivos, incluso las actividades de
banca de inversión.
Los recursos del FODEMIPYME se destinarán a:
a) Conceder avales o garantías a las micros, pequeñas y medianas empresas, en
condiciones y proporciones especialmente favorables al adecuado desarrollo de
sus actividades, cuando estas no puedan ser sujetos de los servicios de crédito de
los bancos públicos, conforme a los criterios y las disposiciones de la
Superintendencia General de Entidades Financieras.
b) Conceder créditos a las micro, pequeñas y medianas empresas con el propósito
de financiar proyectos o programas que, a solicitud de estas, requieran para
capacitación o asistencia técnica, desarrollo tecnológico, transferencia tecnológica,
conocimiento, investigación, desarrollo de potencial humano, formación técnica
profesional, y procesos de innovación y cambio tecnológico. Dichos créditos se
concederán en condiciones adecuadas a los requerimientos de cada proyecto
para consolidarse. La viabilidad de estos proyectos deberá documentarse en un
estudio técnico que satisfaga al FODEMIPYME.
c) Transferir recursos a entidades públicas, como contrapartida, para apoyar el
desarrollo de programas o proyectos financiados por el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, tendientes a fortalecer y desarrollar las micro, pequeñas y
medianas empresas, en áreas tales como capacitación, asistencia técnica,
innovación, investigación y transferencia tecnológica; asimismo, promover y
facilitar la formación de micro, pequeñas y medianas empresas, y realizar
investigaciones en diferentes actividades productivas y sociales tendientes a
diseñar un sector empresarial eficiente y competitivo.
Para la transferencia de recursos a entidades públicas se requerirá el voto de al
menos cinco miembros de la Junta Directiva Nacional; al menos tres de ellos
deberán ser representantes de los trabajadores.
Artículo 9º—El FODEMIPYME contará con dos fondos, uno de garantías y otro de
financiamiento.
El Fondo de Garantías tendrá las siguientes fuentes de recursos:
a) Un aporte de nueve mil millones de colones (¢ 9.000.000.000,00) constituido
por recursos provenientes del cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del aporte
patronal al Banco Popular, establecido en el artículo 5º de la Ley Orgánica del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Nº 4351, de 11 de julio de 1969. Estos
recursos se trasladarán mensualmente después del ingreso efectivo al Banco de
dicho aporte.
b) Para tal efecto, se autoriza al Banco Popular y de Desarrollo Comunal a realizar
este aporte hasta por el monto indicado.
c) Los aportes que los bancos del Estado destinen, de sus utilidades netas, para lo
cual quedan autorizados.
d) Las donaciones de personas, entidades públicas o privadas, nacionales o
internacionales, las cuales podrá recibir el Fondo.
e) Cuando, a criterio de la SUGEF, el indicador de suficiencia patrimonial del
Banco alcance el nivel mínimo que ella defina, el Banco no realizará las
transferencias indicadas en el inciso a) anterior, las cuales serán incorporadas al
patrimonio del Banco. Una vez normalizado dicho indicador, el Banco deberá
continuar realizando las transferencias de esos recursos al Fondo, hasta
completar la suma de nueve mil millones de colones (¢9.000.000.000,00).
El Fondo de Financiamiento se conformará con un porcentaje de las utilidades
netas del Banco Popular, siempre que el rendimiento sobre el capital supere el
nivel de inflación del período, fijado anualmente por la Junta Directiva Nacional
para el crédito, la promoción o la transferencia de recursos, según el artículo 8 de
esta Ley, el cual no podrá ser inferior a un cinco por ciento (5%) del total de
utilidades netas después de impuestos y reservas. El porcentaje del total de las
utilidades netas que se le transfieran anualmente al FODEMIPYME, será
determinado por el voto de al menos cinco miembros de la Junta Directiva
Nacional; al menos tres de ellos deberán ser representantes de los trabajadores.
Artículo 10. —Además de las disposiciones establecidas por ley y de las que
señale la Junta Directiva Nacional del Banco Popular, el FODEMIPYME cumplirá
las siguientes condiciones:
a) Determinar los criterios de selección de las micro, pequeñas y medianas
empresas sujetas a los servicios que él prestará para cumplir los objetivos de esta
Ley.
b) Determinar los requisitos y las condiciones que deberán satisfacer las
operaciones de avales o garantías del fondo, para cumplir los objetivos de esta
Ley y salvaguardar su patrimonio.
c) Establecer las comisiones que se cobrarán por las garantías. Para diferenciar
estas comisiones, se tomarán en cuenta los riesgos y los costos en relación con
los requerimientos de cada proyecto para consolidarse.
d) Fijar el monto máximo de las garantías otorgadas en función de sus recursos.
e) Estipular los requisitos mínimos para la evaluación de los avales o las
garantías, así como las políticas para el seguimiento y cobro de esas
operaciones.
f) Determinar los porcentajes máximos de garantía o avales. En ningún caso, el
porcentaje podrá ser mayor que el cincuenta por ciento (50%) de las operaciones.
El saldo garantizado a cada MIPYME por los bancos públicos, no podrá ser
superior a treinta millones de colones (¢ 30.000.000,00), cifra que se actualizará
según la evolución del índice de precios al consumidor, calculado por el Instituto
Nacional de Estadística y Censos.
g) Velar por el buen uso de los recursos y el cumplimiento de sus objetivos.
h) Aprobar y promover el ingreso de recursos de diversas fuentes, nacionales e
internacionales, sin perjuicio de los requisitos legales establecidos al efecto.
i) Contratar una auditoría anual externa que le permita evaluar su situación
financiera.
j) Establecer convenios con organismos nacionales e internacionales para
incrementar su tamaño.
k) Fijar los requisitos mínimos de sistema de información de riesgo y la
contabilidad del Fondo.
l) Cualquier otra necesaria para su buen funcionamiento.
Artículo 11. —Además de lo dispuesto en el artículo anterior y en el resto de esta
Ley, así como de lo estipulado por la Junta Directiva Nacional del Banco Popular,
los recursos del FODEMIPYME destinados a crédito, deberán cumplir, las
siguientes condiciones:
a) Establecer los requisitos mínimos para la evaluación de los créditos, así como
las políticas para el seguimiento y cobro de esas operaciones.
b) Determinar los montos máximos de las líneas de crédito.
Artículo 12. —La administración del FODEMIPYME estará a cargo de una unidad
técnica del Banco Popular encabezada por el director ejecutivo del Fondo, quien
será nombrado por la Junta Directiva Nacional. El nombramiento del personal
requerido para la operación del Fondo, se efectuará de conformidad con los
perfiles, los requisitos y las competencias definidos en el manual de puestos del
Banco y mediante procedimientos que garanticen la idoneidad profesional. EL
FODEMIPYME será supervisado estrictamente por el Banco Popular, mediante los
controles que establezca su administración, los cuales deberá aprobar la Junta
Directiva Nacional, y por medio de la auditoría interna; el Fondo no estará sujeto a
las regulaciones emanadas de la SUGEF o del órgano que la llegue a sustituir,
toda vez que sus recursos no provienen del proceso de intermediación financiera.
El FODEMIPYME se registrará contablemente como una cuenta de orden en el
balance financiero del Banco Popular; en consecuencia, la calificación del riesgo
de cartera del Fondo, será independiente de la calificación de cartera del Banco
que se efectúe según los criterios de la SUGEF. Las utilidades que genere el
FODEMIPYME serán reinvertidas en él y no estarán sujetas al impuesto sobre la
renta.
ANEXO No. 3
No. 7472
Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor
ARTÍCULO 34.- Obligaciones del comerciante. Son obligaciones del comerciante y
el productor, con el consumidor, las siguientes:
a) Respetar las condiciones de la contratación. Los elementos que incidan en
forma directa sobre su decisión de consumo. Debe enterarlo de la naturaleza, la
composición, el contenido, el peso, cuando corresponda, las características de los
bienes y servicios, el precio de contado en el empaque, el recipiente, el envase o
la etiqueta del producto y la góndola o el anaquel del establecimiento comercial,
así como de cualquier otro dato determinante. Si se trata de productos orgánicos,
esta condición deberá indicarse en un lugar visible. Además, la etiqueta del
producto deberá indicar cuál es el ente certificador.
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley, cuando el
producto que se vende o el servicio que se presta se pague al crédito, deben
indicarse, siempre en forma visible, el plazo, la tasa de interés anual sobre saldos,
la base, las comisiones y la persona, física o jurídica, que brinda el financiamiento,
si es un tercero. (Así reformado el inciso anterior mediante el artículo 40 de la ley
N° 8591 del 28 de junio del 2007).
c) Ofrecer, promocionar o publicitar los bienes y servicios de acuerdo con lo
establecido en el artículo 34 de esta Ley.
d) Suministrar, a los consumidores, las instrucciones para utilizar adecuadamente
los artículos e informar sobre los riesgos que entrañe el uso al que se destinan o el
normalmente previsible para su salud, su seguridad y el medio ambiente.
e) Informar al consumidor si las partes o los repuestos utilizados en reparaciones
son usados. Si no existe advertencia sobre el particular, tales bienes se
consideran nuevos.
f) Informar cuando no existan en el país servicios técnicos de reparación o
repuestos para un bien determinado.
g) Garantizar todo bien o servicio que se ofrezca al consumidor, de conformidad
con el artículo 40 de esta Ley.
h) Abstenerse de acaparar, especular, condicionar la venta y discriminar el
consumo.
i) Resolver el contrato bajo su responsabilidad, cuando tenga la obligación de
reparar el bien y no la satisfaga en un tiempo razonable.
j) Fijar plazos prudenciales para formular reclamos.
k) Establecer, en las ventas a plazos, garantías de pago proporcionales a las
condiciones de la transacción.
l) Cumplir con los artículos 35(*), 36(*), 38(*), 39(*), 40(*), 41(*) y 41 bis de esta
ley. (Así reformado por el artículo 1º, inciso a), de la ley No.7854 de 14 de
diciembre de 1998). (Actualmente corresponden a los artículos 38, 39, 41, 42, 43 y
44 respectivamente)
m) Cumplir con lo dispuesto en las normas de calidad y las reglamentaciones
técnicas de acatamiento obligatorio.
n) Mantener en buenas condiciones de funcionamiento y debidamente calibradas
las pesas, las medidas, las registradoras, las básculas y los demás instrumentos
de medición, que utilicen en sus negocios.
ñ) Extender la factura o el comprobante de compra, donde conste, en forma clara,
la identificación de los bienes o servicios, así como el precio efectivamente
cobrado. En los casos de ventas masivas, se faculta al Ministerio de Economía,
Industria y Comercio para autorizar el establecimiento de otros sistemas mediante
los cuales se compruebe la compra.
o) Apegarse a la equidad, los buenos usos mercantiles y a la ley, en su trato con
los consumidores.
Toda información, publicidad u oferta al público de bienes ofrecidos o servicios por
prestar, transmitida por cualquier medio o forma de comunicación, vincula al
productor que la transmite, la utiliza o la ordena y forma parte del contrato.
El incumplimiento de alguna de las obligaciones enumeradas en este artículo,
faculta al interesado para acudir a la Comisión nacional del consumidor creada en
esta Ley, o a los órganos jurisdiccionales competentes y para hacer valer sus
derechos, en los términos que señala el artículo 43(*)de la presente Ley. (Así
modificada su numeración por el artículo 80 de la ley N° 8343 de 27 de diciembre
del 2002, Ley de Contingencia Fiscal, que lo pasó del 31 al 34) (*)(Actualmente
corresponde al artículo 46).
ARTÍCULO 35.- Régimen de responsabilidad. El productor, el proveedor y el
comerciante deben responder concurrente e independientemente de la existencia
de culpa, si el consumidor resulta perjudicado por razón del bien o el servicio, de
informaciones inadecuadas o insuficientes sobre ellos o de su utilización y riesgos.
Sólo se libera quien demuestre que ha sido ajeno al daño.
Los representantes legales de los establecimientos mercantiles o, en su caso, los
encargados del negocio son responsables por los actos o los hechos propios o por
los de sus dependientes o auxiliares. Los técnicos, los encargados de la
elaboración y el control responden solidariamente, cuando así corresponda, por
las violaciones a esta Ley en perjuicio del consumidor. (Así modificada su
numeración por el artículo 80 de la ley N° 8343 de 27 de diciembre del 2002, Ley
de Contingencia Fiscal, que lo pasó del 32 al 35)
ARTÍCULO 36.- Prohibiciones. Se prohíben todas las acciones orientadas a
restringir la oferta (abastecimiento), la circulación o la distribución de bienes y
servicios.
La Comisión nacional del consumidor debe sancionar tales acciones sin perjuicio
de las potestades que también tenga la Comisión para promover la competencia,
de conformidad con el artículo 24(*), inciso d) de esta Ley, para conocer y resolver
sobre ellas cuando: (Actualmente corresponde al artículo 27) consumo interno,
superiores a los necesarios para el giro normal de la actividad, con el fin de
provocar escasez o alza en el precio, salvo que se trate de insumos requeridos
para satisfacer necesidades propias de la empresa o que, por causa ajena al
interesado, no se puedan transar (acaparamiento).
b) Se condicione el perfeccionamiento de una venta o la prestación de servicios a
la adquisición de otro producto o a la contratación de otro servicio, a menos que
así se haya ofrecido, públicamente y de manera inequívoca, a los consumidores
(ventas atadas o condicionadas).
c) Se ofrezcan o se vendan bienes o servicios, en los diversos niveles de la
comercialización, a precios superiores a los regulados u ofrecidos de conformidad
con los artículos 5; 31(*), inciso b); 34(*) y 38(*) de esta Ley (especulación).
(Actualmente corresponden a los artículos 34, 37 y 41 respectivamente)
d) Se niegue a proveer un producto o prestar un servicio, o cuando lo ofrezca o lo
preste en forma irregular o dilatoria, salvo que medie justa causa, debidamente
comprobada por el comerciante o el productor (discriminación al consumo).
e) Cualquier otra forma de restricción o manipulación injustificada de la oferta de
bienes y servicios. (Así modificada su numeración por el artículo 80 de la ley N°
8343 de 27 de diciembre del 2002, Ley de Contingencia Fiscal, que lo pasó del 33
al 36)
ARTÍCULO 37.- Oferta, promoción y publicidad. La oferta, la promoción o la
publicidad de los bienes y servicios debe realizarse de acuerdo con la naturaleza
de ellos, sus características, condiciones, contenido, peso cuando corresponda,
utilidad o finalidad, de modo que no induzca a error o engaño al consumidor. No
pueden omitirse tales informaciones, si de ello puede derivarse daño o peligro
para la salud o la seguridad del consumidor.
Deben prevalecer las cláusulas estipuladas en los contratos, si son más
beneficiosas que el contenido de la oferta, la promoción o la publicidad de los
bienes y servicios.
El empleo de términos comparativos en la oferta, la promoción o la publicidad de
los bienes y servicios, sólo se admite respecto a datos esenciales, afines y
objetivamente demostrables, siempre que se comparen con otros similares,
conocidos o de participación significativa en el mercado. La comparación no es
admisible cuando se limite a la proclamación, general e indiscriminada, de la
superioridad de los productos propios; se tiene por engañosa la que omita
cualquier elemento necesario para determinar el valor real de los productos.
Al productor o al comerciante que, en la oferta, la promoción, la publicidad o la
información, incumpla con las exigencias previstas en este artículo, se le debe
obligar a rectificar la publicidad, costearla y divulgar la información veraz u omitida,
por el mismo medio y forma antes empleados. (Así modificada su numeración por
el artículo 80 de la ley N° 8343 de 27 de diciembre del 2002, Ley de Contingencia
Fiscal, que lo pasó del 34 al 37).
ANEXO No. 4
Código de Normas y Procedimientos Tributarios / Ley 4755 de 29 de abril de
1971 / Versión actualizada al 3 de enero de 2011
TITULO II OBLIGACION TRIBUTARIA
CAPITULO I: Disposiciones Generales
Artículo 11.- Concepto. La obligación tributaria surge entre el Estado u otros entes
públicos y los sujetos pasivos en cuanto ocurre el hecho generador previsto en la
ley; y constituye un vínculo de carácter personal, aunque su cumplimiento se
asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.
Artículo 12.- Convenios entre particulares. Los convenios referentes a la materia
tributaria celebrados entre particulares no son inducibles en contra del Fisco.
Artículo 13.- No afectación de la obligación tributaria. La obligación tributaria no se
afecta por circunstancias relativas a la validez de los actos o a la naturaleza del
objeto perseguido por las partes, ni por los efectos que los hechos o actos
gravados tengan en otras ramas del Derecho Positivo costarricense.
CAPITULO II: Sujeto Activo
Artículo 14.- Concepto. Es sujeto activo de la relación jurídica el ente acreedor del
tributo.
CAPITULO III: Sujeto Pasivo
Sección Primera: Disposiciones Generales
Artículo 15.- Concepto. Es sujeto pasivo la persona obligada al cumplimiento de
las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable.
Artículo 16.- Solidaridad. Están solidariamente obligadas aquellas personas
respecto de las cuales se verifique un mismo hecho generador de la obligación
tributaria.
En los demás casos la solidaridad debe ser expresamente establecida por la ley.
Los efectos de la solidaridad son:
a) La obligación puede ser exigida total o parcialmente a cualquiera de los
deudores, a elección del sujeto activo;
b) El pago efectuado por uno de los deudores libera a los demás;
c) El cumplimiento de un deber formal por parte de uno de los obligados no libera
a los demás cuando sea de utilidad para el sujeto activo que los otros obligados lo
cumplan;
d) La exención o remisión de la obligación libera a todos los deudores, salvo que
el beneficio haya sido concedido a determinada persona. En este caso el sujeto
activo puede exigir el cumplimiento a los demás con deducción de la parte
proporcional del beneficiado;
e) Cualquier interrupción de la prescripción, en favor o en contra de uno de los
deudores, favorece o perjudica a los demás; y
f) En las relaciones privadas entre contribuyentes y responsables, la obligación se
divide entre ellos; y quien haya efectuado el pago puede reclamar de los demás el
total o una parte proporcional, según corresponda.
Si alguno fuere insolvente, su porción se debe distribuir a prorrata entre los otros.
Sección Segunda: Contribuyentes
Artículo 17.- Obligados por deuda propia (contribuyentes).
Son contribuyentes las personas respecto de las cuales se verifica el hecho
generador de la obligación tributaria.
Dicha condición puede recaer:
a) En las personas naturales, prescindiendo de su capacidad, según el Derecho
Civil o Comercial;
b) En las personas jurídicas, en los fideicomisos y en los demás entes colectivos a
los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho; y
c) En las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica,
dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional.
Artículo 18.- Obligaciones. Los contribuyentes están obligados al pago de los
tributos y al cumplimiento de los deberes formales establecidos por el presente
Código o por normas especiales.
Artículo 19.- Sucesores. Los derechos y obligaciones del contribuyente fallecido
deben ser ejercitados o, en su caso, cumplidos por su sucesión, o sus sucesores,
entendiéndose que la responsabilidad pecuniaria de estos últimos se encuentra
limitada al monto de la porción hereditaria recibida.
Sección Tercera: Responsables
Artículo 20.- Obligados por deuda ajena (responsables). Son responsables las
personas obligadas por deuda tributaria ajena, o sea, que sin tener el carácter de
contribuyentes deben, por disposición expresa de la ley, cumplir con las
obligaciones correspondientes a éstos.
Artículo 21.- Obligaciones. Están obligados a pagar los tributos al Fisco, con los
recursos que administren o de que dispongan, como responsables del
cumplimiento de la deuda tributaria inherente a los contribuyentes, en la forma y
oportunidad que rijan para éstos o que especialmente se fijen para tales
responsables, las personas que a continuación se enumeran:
a) Los padres, lo tutores y los curadores de los incapaces;
b) Los representantes legales de las personas jurídicas y demás entes colectivos
con personalidad reconocida;
c) Los fiduciarios de los fideicomisos y los que dirijan, administren o tengan la
disponibilidad de los bienes de los entes colectivos que carecen de personalidad
jurídica;
d) Los mandatarios, respecto de los bienes que administren y dispongan; y
e) Los curadores de quiebras o concursos, los representantes de las sociedades
en liquidación y los albaceas de las sucesiones.
Las personas mencionadas en los incisos precedentes están además obligadas a
cumplir, a nombre de sus representados y de los titulares de los bienes que
administren o liquiden, los deberes que este Código y las leyes tributarias imponen
a los contribuyentes, para los fines de la determinación, administración y
fiscalización de los tributos.
Artículo 22.- Responsabilidad por adquisición. Son responsables solidarios en
calidad de adquirientes:
a) Los donatarios y los legatarios por el tributo correspondiente a la operación
gravada.
b) Los adquirientes de establecimientos mercantiles y los demás sucesores del
activo, del pasivo o de ambos, de empresas o de entes colectivos, con
personalidad jurídica o sin ella. Para estos efectos, los socios o los accionistas de
las sociedades liquidadas también deben considerarse sucesores. (Ref. por Ley
7900 de 3 de agosto de 1999)
Artículo 23.- Agentes de retención y de percepción. Son agentes de retención o de
percepción, las personas designadas por la ley, que por sus funciones públicas o
por razón de su actividad, oficio o profesión, intervengan en actos u operaciones
en los cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo
correspondiente.
Artículo 24.- Responsabilidad del agente de retención o de percepción. Efectuada
la retención o percepción del tributo, el agente es el único responsable ante el
Fisco por el importe retenido o percibido; y si no realiza la retención o percepción,
responde solidariamente, salvo que pruebe ante la Administración Tributaria que el
contribuyente ha pagado el tributo. Si el agente, en cumplimiento de esta
solidaridad, satisface el tributo, puede repetir del contribuyente el monto pagado al
Fisco.
El agente es responsable ante el contribuyente por las retenciones efectuadas sin
normas legales o reglamentarias que las autoricen; y en tal caso el contribuyente
puede repetir del agente las sumas retenidas indebidamente.
Artículo 25.- Responsabilidad del propietario de la empresa individual de
responsabilidad limitada. No obstante el régimen especial establecido en el Código
de Comercio y únicamente para los efectos de la responsabilidad en el
cumplimiento de todas las obligaciones concernientes a los tributos reglados por
este Código, el patrimonio de la empresa individual de responsabilidad limitada y
el de su propietario se consideran uno solo.
Sección Cuarta: Domicilio Fiscal
Artículo 26.- Personas naturales. Para todos los efectos tributarios, se presume
que el domicilio en el país de las personas naturales es:
a) El lugar de su residencia habitual, la cual se presume cuando permanezca en
ella más de seis meses en el período fiscal;
b) El lugar donde desarrollen sus actividades civiles o comerciales o tengan bienes
que den lugar a obligaciones fiscales, en caso de no conocerse la residencia o de
existir dificultad para determinarla;
c) El lugar donde ocurra el hecho generador de la obligación tributaria, a falta de
los anteriores; y
d) El que elija la Administración Tributaria, en caso de existir más de un domicilio
de los contemplados en este artículo.
Artículo 27.- Personas jurídicas. Para todos los efectos tributarios, se presume que
el domicilio en el país de las personas jurídicas es:
a) El lugar donde se encuentre su dirección o su administración central;
b) El lugar donde se halle el centro principal de su actividad en Costa Rica,
c) El lugar donde ocurra el hecho generador de la obligación tributaria, a falta de
los anteriores; y
d) El que elija la Administración Tributaria, en caso de existir más de un domicilio
de los contemplados en este artículo.
Las disposiciones de este artículo se aplican también a las sociedades de hecho,
fideicomisos, sucesiones y entidades análogas que no sean personas naturales.
Artículo 30.- Obligación de comunicar el domicilio. Los contribuyentes y los
responsables tienen la obligación de comunicar a la Administración Tributaria su
domicilio fiscal, dando las referencias necesarias para su fácil y correcta
localización. Dicho domicilio se considera legal en tanto no fuere comunicado su
cambio.
En caso de incumplimiento de la obligación que establece el presente artículo, el
domicilio se debe determinar aplicando las presunciones a que se refieren los
artículos precedentes, sin perjuicio de la sanción que corresponda de acuerdo con
las disposiciones de este Código.
CAPITULO IV
Hecho Generador
Artículo 31.- Concepto. El hecho generador de la obligación tributaria es el
presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina
el nacimiento de la obligación.
Artículo 32.- Momento en que ocurre el hecho generador. Se considera ocurrido el
hecho generador de las obligaciones tributarias y existentes sus resultados:
a) En las situaciones de hecho, desde el momento en que se hayan realizado las
circunstancias materiales necesarias para que produzca los efectos que
normalmente le corresponden; y
b) En las situaciones jurídicas, desde el momento en que estén definitivamente
constituidas de conformidad con el derecho aplicable.
Artículo 33.- Actos jurídicos condicionados. Si el hecho generador de la obligación
tributaria es un acto jurídico condicionado, se le debe considerar perfeccionado:
a) En el momento de su celebración, si la condición es resolutoria; y
b) Al producirse la condición, si ésta es suspensiva.
En caso de duda se debe entender que la condición es resolutoria.
Artículo 34.- Hecho generador condicionado. Si el hecho generador de la
obligación tributaria está condicionado por la ley, se debe considerar
perfeccionado en el momento de su acaecimiento y no en el del cumplimiento de
la condición.
ANEXO No. 5
Código de Trabajo
Ley N° 2
(27 de agosto de 1943)
(Esta ley es reformada por el Artículo 2° de la Ley N° 5089 del 18 de octubre de
1972, el cual modifica el Nombre del Ministerio)
TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO QUINTO
De las obligaciones de los patronos y de los trabajadores
ARTICULO 69.- Fuera de las contenidas en otros artículos de este Código, en sus
Reglamentos y en sus leyes supletorias o conexas, son obligaciones de los
patronos:
* Preferir, en igualdad de circunstancias, a los costarricenses sobre quienes no lo
son, y a los que les hayan servido bien con anterioridad respecto de quienes no
estén en ese caso;
* Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de maltrato
de palabra o de obra;
* Dar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales
necesarios para ejecutar el trabajo convenido, debiendo suministrarlos de buena
calidad y reponerles tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que el
patrono haya consentido en que aquéllos no usen herramienta propia;
* Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles del
trabajador, cuando éstos necesariamente deban permanecer en el lugar donde se
presten los servicios. En tal caso, el registro de herramientas deberá hacerse
siempre que el trabajador lo solicite;
* Permitir la inspección y vigilancia que las autoridades de trabajo practiquen en su
empresa para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones del presente
Código, de sus Reglamentos y de sus leyes conexas, y darles los informes
indispensables que con ese objeto soliciten. Los patronos podrán exigir a estas
autoridades que les muestren sus respectivas credenciales;
* Pagar al trabajador el salario correspondiente al tiempo que éste pierda cuando
se vea imposibilitado para trabajar por culpa del patrono;
* En los lugares donde existen enfermedades tropicales o endémicas,
proporcionar a los trabajadores no protegidos con el seguro correspondiente de la
Caja Costarricense de Seguro Social, los medicamentos que determine la
autoridad sanitaria respectiva;
* Proporcionar a los trabajadores campesinos que tengan tres o más meses de
trabajo continuo, la leña indispensable para su consumo doméstico, siempre que
la finca de que se trate la produzca en cantidad superior a la que el patrono
necesite para la atención normal de su respectiva empresa; y permitir que todos
los trabajadores tomen de las presas, estanques, fuentes u ojos de agua, la que
necesiten para sus usos domésticos y los de sus animales, si los tuvieren. A
efecto de cumplir la primera obligación quedará a elección del patrono dar la leña
cortada o indicar a los trabajadores campesinos dónde pueden cortarla y con qué
cuidados deben hacerlo, a fin de evitar daños en las personas, cultivos o árboles.
Estos suministros serán gratuitos y no podrán ser deducidos del salario ni tomados
en cuenta para la fijación del salario mínimo.
* Deducir del salario del trabajador, las cuotas que éste se haya comprometido a
pagar a la Cooperativa o al Sindicato, en concepto de aceptación y durante el
tiempo que a aquélla o a éste pertenezca y con el consentimiento del interesado,
siempre que lo solicite la respectiva organización social, legalmente constituida.
Deducir asimismo, las cuotas que el trabajador se haya comprometido a pagar a
las instituciones de crédito, legalmente constituidas, que se rijan por los mismos
principios de las cooperativas, en concepto de préstamos o contratos de ahorro y
crédito para la adquisición de vivienda propia, con la debida autorización del
interesado y a solicitud de la institución respectiva (Así reformado este inciso por
el artículo 2º de la ley No. 4418 de 22 de setiembre de 1969).
La Cooperativa, Sindicato o institución de crédito que demande la retención
respectiva, deberá comprobar su personería y que las cuotas cuyo descuento
pide, son las autorizadas por los estatutos o contratos respectivos. (Así reformado
por el Artículo 1° de la Ley N° 1757 del 18 de junio de 1954)
ARTICULO 70.- Queda absolutamente prohibido a los patronos:
* Inducir o exigir a sus trabajadores a que compren sus artículos de consumo a
determinados establecimientos o personas;
* Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificación para que se les
admita en el trabajo o por cualquier otra concesión o privilegio que se relacione
con las condiciones de trabajo en general;
* Obligar a los trabajadores, cualquiera que sea el medio que se adopte, a
retirarse de los sindicatos o grupos legales a que pertenezcan, o influir en sus
decisiones políticas o convicciones religiosas;
* Retener por su sola voluntad las herramientas u objetos del trabajador, sea a
título de indemnización, garantía o de cualquier otro no traslativo de propiedad;
* Hacer colectas o suscripciones obligatorias en los establecimientos de trabajo;
* Portar armas en los lugares de trabajo, excepto en los casos especiales
autorizados debidamente por la ley. La sanción en este caso será la que
determina el artículo 154 del Código de Policía;
* Dirigir los trabajos en estado de embriaguez o bajo cualquier otra condición
análoga;
* Omitir, en tratándose de fincas rurales, el plazo de que habla el artículo 691,
párrafo final, del Código de Procedimientos Civiles, en caso de desalojamiento por
cesación del contrato de trabajo u otro motivo, e
* Ejecutar cualquier acto que restrinja los derechos que el trabajador tiene
conforme a la ley.
ARTICULO 71.- Fuera de las contenidas en otros artículos de este Código, en sus
Reglamentos y en sus leyes supletorias o conexas, son obligaciones de los
trabajadores:
* Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su
representante, a cuya autoridad estarán sujetos en todo lo concerniente al trabajo;
* Ejecutar éste con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, y en la forma,
tiempo y lugar convenidos;
* Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los
instrumentos y útiles que se les faciliten para el trabajo; es entendido que no serán
responsables por deterioro normal ni del que ocasione por caso fortuito, fuerza
mayor, mala calidad o defectuosa construcción;
* Observar buenas costumbres durante sus horas de trabajo;
* Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las
personas o intereses del patrono, o de algún compañero de trabajo estén en
peligro, nada de lo cual le dará derecho a remuneración adicional;
* Someterse a reconocimiento médico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o
durante éste, a solicitud del patrono, para comprobar que no padecen alguna
incapacidad permanente o alguna enfermedad profesional, contagiosa o incurable;
o a petición de un organismo oficial de Salubridad Pública o de Seguridad Social,
con cualquier motivo.
* Guardar rigurosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los
productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales
tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecutan; así como de los asuntos
administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios al patrono, y
* Observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades
competentes y las que indiquen los patronos, para seguridad y protección personal
de ellos o de sus compañeros de labores, o de los lugares donde trabajan.
ARTICULO 72.- Queda absolutamente prohibido a los trabajadores:
* Abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada o sin licencia del
patrono;
* Hacer durante el trabajo propaganda político- electoral o contrario a las
instituciones democráticas del país, o ejecutar cualquier acto que signifique
coacción de la libertad religiosa que establece la Constitución en vigor;
* Trabajar en estado de embriaguez o bajo cualquier otra condición análoga;
* Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrono, para objeto distinto
de aquél a que están normalmente destinados, y
* Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, excepto en los casos
especiales autorizados debidamente por las leyes, o cuando se tratare de
instrumentos punzantes, cortantes o punzo- cortantes que formaren parte de las
herramientas o útiles propios del trabajo. La infracción de estas prohibiciones se
sancionará únicamente en la forma prevista por el inciso i) del artículo 81, salvo el
último caso en que también se impondrá la pena a que se refiere el artículo 154
del Código de Policía.
ANEXO No. 6
LEY GENERAL DE SALUD: DISPOSICIONES GENERALES
PARRAFO V
De los deberes y restricciones relativas a productos de higiene, cosméticos no
médicos y otros
ARTICULO 138.- Toda persona natural o jurídica necesita permiso previo del
Ministerio para la importación y elaboración de sustancias o productos para la
higiene y aseo personal, de perfumería y cosméticos que no contengan
medicamentos y que se destinen sólo a la modificación y embellecimiento de la
apariencia personal, debiendo sujetarse a las disposiciones reglamentarias
pertinentes para este tipo de operaciones y en caso de los cosméticos, también a
lo estipulado en el artículo 97 de esta ley. Tales personas responderán, en todo
caso de que las sustancias o productos, sus condiciones de elaboración, envases
y suministro y la forma de administración indicada no constituyan un riesgo para la
salud de las personas.
ARTICULO 139.- Que prohibida la elaboración, comercio, distribución y suministro
al público de productos para el aseo o higiene personal, perfumes y cosméticos
que contengan elementos radioactivos artificiales, sustancias venenosas,
peligrosas, de uso prohibido o en proporción superior a los límites permitidos por
el Ministerio. Queda prohibido asimismo, la venta y distribución al público de los
productos a que se alude en el párrafo anterior en envases inadecuados o
peligrosos o que no contengan información suficiente sobre la administración y
uso del producto y los riesgos que envuelve.
ANEXO No. 7
Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del
Ministerio de Salud
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO
DE PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO DE SALUD
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1º.- Objeto, alcance y ámbito de aplicación. El presente reglamento tiene
como objeto regular y controlar el otorgamiento de permisos sanitarios de
funcionamiento de toda actividad o establecimiento agrícola, industrial, comercial o
de servicios; y de aquellas actividades que por disposición de la ley, requieren de
estos permisos sanitarios para operar en el territorio nacional, así como establecer
los requisitos para el trámite de los mismos.
En lo que respecta a establecimientos de salud y afines, este permiso es
equivalente a una certificación de la habilitación y se concede a todos los
establecimientos donde se brinden servicios que puedan afectar positiva o
negativamente la salud de las personas, que incluyan o no la prescripción o
utilización de fármacos, productos químicos o dispositivos biomédicos, con
propiedades medicamentosas o la realización de procedimientos invasivos, sean
públicos, privados o mixtos.
Artículo 9º.- Requisitos para la solicitud del trámite: La persona interesada en el
trámite de un P.S.F. por primera vez, independientemente del grupo de riesgo al
que su actividad o establecimiento pertenezca, debe presentar los siguientes
documentos ante el ARS correspondiente o mediante el sistema informático o
digital que se habilite para tales efectos:
Formulario unificado de solicitud de P.S.F.
1. Declaración Jurada, según Anexo Nº 4.
2. Copia del comprobante de pago de servicios de conformidad con el artículo 11
de este reglamento.
3. Copia de la cédula de identidad. En caso de persona jurídica debe aportar
certificación registral o notarial de la personería y cédula jurídicas vigentes.
4. Si se trata de un trámite de un establecimiento de salud y afín se deberá aportar
además un listado del personal profesional y técnico en ciencias de la salud y
afines a la salud que laboran o están autorizadas para laborar en el
establecimiento, detallando nombre completo, cédula y profesión.
Artículo 10º. – Actividades de alta tecnología: En el caso de los establecimientos
en los que se desarrollarán actividades nuevas catalogadas como “innovaciones
tecnológicas” que no se encuentren dentro de la clasificación Código CIIU o en la
Lista del Anexo N° 3, deberán aportar la información que corresponda, según el
caso, de los aspectos indicados en el artículo 4° para realizar la clasificación
correspondiente y otorgar el PSF.
Artículo 12º.- Reglamentación específica: Los establecimientos o actividades que
cuenten con reglamentación específica, adicionalmente a las condiciones y
requisitos establecidos en el presente Reglamento, deberán cumplir con los
requisitos sanitarios específicos allí señalados. Sin embargo, para efectos de
aprobación y renovación del P.S.F se regirán por lo indicado en el presente
Reglamento.
Artículo 14º.- Plazo de resolución: La autoridad de salud deberá resolver la
solicitud de P.S.F dentro del plazo de siete días naturales contados a partir de la
fecha en que se recibió la solicitud debidamente completada.
En el caso de los establecimientos con categoría de riesgo C que cumplan
satisfactoriamente con la presentación de los documentos indicados en el Artículo
9° del presente Reglamento, y considerando que no deben presentar otros
requisitos y que sus actividades son de bajo riesgo sanitario y ambiental, por
disposición del presente Decreto, se les otorga el PSF, con la presentación de
tales documentos, sin necesidad de la entrega del certificado correspondiente.
En cualquiera de los casos, una vez otorgado el P.S.F, la autoridad de salud
programará la inspección pertinente a fin de verificar “in situ” el cumplimiento de
los requisitos.
Artículo 16º.- Vigencia del permiso: El P.S.F. otorgado a los establecimientos o
actividades clasificadas en los grupos A, B y C tendrá una vigencia de 5 años; a
excepción de aquellos casos indicados en el Transitorio I de este Reglamento.
CAPÍTULO III
De los Planes de Atención de Emergencias,
Manejo de Desechos y el Programa de Salud Ocupacional
Elaboración, diseño, plazos, revisión e inspección de implementación de los
Planes
Artículo 18.- Implementación de los planes. Todos los permisionarios, según
corresponda de acuerdo a la categorización estipulada en el Anexo 5, deberán
tener implementados los Planes de Atención de Emergencias, de Manejo de
Desechos, y los Programas de Salud Ocupacional, en un plazo de 4 meses
contados a partir del día siguiente del otorgamiento del P.S.F. por primera vez.
Los establecimientos o actividades que no se señalan en el Anexo No. 5, quedan
exonerados de la presentación del Plan de Atención de Emergencia y el Programa
de Salud Ocupacional. No obstante con base en criterio técnico el Ministerio de
Salud podrá solicitarlos independientemente del riesgo sanitario y ambiental y el
número de trabajadores u ocupantes, cuando determine que se requieren para
mejorar las condiciones de trabajo y seguridad que puedan afectar la salud y el
ambiente. También en los casos en que el Reglamento específico así lo requiera.
Artículo 20.-Verificación de la Implementación de los Planes. Durante la
inspección que se realizará al establecimiento, la autoridad de salud procederá a
verificar que cuenta con los planes señalados en el artículo 19 del presente
Reglamento, y que se encuentren debidamente implementados. El resultado de
esa evaluación será notificado en el informe técnico correspondiente, además se
verificará en visita posterior.
La inspección será realizada por personal técnico o profesional del A.R.S. la cual
solicitará el apoyo técnico de la R.R.S y de una unidad organizativa del nivel
central del Ministerio, en caso necesario.
Sección IV
Del procedimiento cuando exista traslado de establecimiento con permiso
sanitario otorgado por el Ministerio
Artículo 42º.- Traslado de establecimiento o actividad: En el caso que un
permisionario cuyo establecimiento esté funcionando debidamente y traslada su
establecimiento o actividad a otro sitio, deberá cumplir con lo establecido para el
trámite de P.S.F por primera vez, tal y como lo señalan los artículos 8 y 9 de este
Reglamento.
ANEXO No. 8
Código de Comercio
No. 3284
Artículo 18 La escritura constitutiva de toda sociedad mercantil deberá contener:
1. Lugar y fecha en que se celebra el contrato.
2. Nombre y apellidos, nacionalidad, profesión, estado civil y domicilio de las
personas físicas que la constituyan;
3. Nombre o razón social de las personas jurídicas que intervengan en la
fundación.
4. Clase de sociedad que se constituye.
5. Objeto que persigue.
6. Razón social o denominación.
7. Duración y posibles prórrogas.
8. Monto del capital social y forma y plazo en que deba pagarse.
9. Expresión del aporte de cada socio en dinero, en bienes o en otros valores.
Cuando se aporten valores que no sean dinero, deberá dárseles y consignarse la
estimación correspondiente. Si por culpa o dolo se fijare un avalúo superior al
verdadero, los socios responderán solidariamente a favor de terceros por el
exceso de valor asignado y por los daños y perjuicios que resultaren.
Igual responsabilidad cabrá a los socios por cuya culpa o dolo no se hicieren
reales las aportaciones consignadas como hechas en efectivo.
10. Domicilio de la sociedad; deberá ser una dirección actual y cierta dentro del
territorio costarricense, en la que podrán entregarse validamente notificaciones.
11. Forma de administración y facultades de los administradores.
12. Nombramiento de los administradores, con indicación de los que hayan de
tener la representación de la sociedad con su aceptación, si fuere del caso.
13. Nombramiento de un agente residente, que cumpla con los siguientes
requisitos: ser abogado, tener oficina abierta en el territorio nacional, poseer
facultades suficientes para atender notificaciones judiciales y administrativas a
nombre de la sociedad, cuando ninguno de sus representantes tenga su domicilio
en el país.
El Registro no inscribirá ningún documento relativo a la sociedad, si en los casos
en que sea necesario, el nombramiento no se encontrara vigente.
14. Modo de elaborar los balances y de distribuir las utilidades o pérdidas entre los
socios.
15. Estipulaciones sobre la reserva legal, cuando proceda.
16. Casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente.
17. Bases para practicar la liquidación de la sociedad.
18. Modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido
designados anticipadamente y facultades que se les confieren.
19. Cualquier otra convención en que hubieren consentido los fundadores.
[2] Requisito establecido en el Artículo 104 inciso a) del Código de Comercio.
[3] Constituye la información pública sobre el acto notarial que se realiza.
[4] Los timbres son una décima parte del salario base definido en la Ley N° 7337
del 5 de mayo de 1993, que para inicio del año 2001, es de ¢73.950,00. El pago
de los demás timbres se realiza de acuerdo al monto del capital social y debe
cancelarse la suma de ¢2.000,00 por concepto de expedición de la cédula jurídica.
Todos estos pagos se realizan mediante entero emitido en las cajas del Banco de
Costa Rica. Si existe aporte de bienes muebles o inmuebles (sujetos a inscripción)
a la sociedad, deberá adicionalmente cancelarse el respectivo impuesto de
traspaso y los derechos y timbres de acuerdo con el valor fiscal de los bienes. En
caso de los bienes inmuebles el impuesto de traspaso es de 1.51% sobre el valor
fiscal; si se tratare de bienes muebles, el porcentaje a pagar es de 2.51% de su
valor. Para el pago del impuesto de traspaso se debe comprar la fórmula
respectiva (F. 151 con un valor de ¢90.00) y completarla para proceder a su
cancelación. Adicionalmente deben cancelarse los honorarios del notario público.
Capítulo 7. De las sociedades anónimas.
Sec.1. Disposiciones generales.
Artículo 102.- En la sociedad anónima, el capital social estará dividido en acciones
y los socios sólo se obligan al pago de sus aportaciones. (Así reformado por Ley
No. 6962 de 26 de julio de 1984). (Reformado por ley 7732 del 17 de diciembre de
1997 )
Artículo 103.- La denominación se formará libremente, pero deberá ser distinta de
la de cualquier sociedad preexistente, de manera que no se preste a confusión; es
propiedad exclusiva de la sociedad e irá precedida o seguida de las palabras "
Sociedad Anónima " o de su abreviatura " S. A. ", y podrá expresarse en cualquier
idioma, siempre que en el pacto social se haga constar su traducción al castellano.
Para que goce de la protección que da la Oficina de Marcas de Comercio, deberá
inscribirse conforme lo indica el artículo 245.
Artículo 104.- La formación de una sociedad anónima requerirá:
a) Que haya dos socios como mínimo y que cada uno de ellos suscriba por lo
menos una acción;
b) Que el valor de cada una de las acciones suscritas a cubrir en efectivo, quede
pagado cuando menos el veinticinco por ciento en el acto de la constitución; y
c) Que en el acto de la constitución quede pagado íntegramente el valor de cada
acción suscrita que haya de satisfacerse, en todo o en parte, con bienes distintos
del numerario.
Artículo 105.- La sociedad anónima se constituirá en escritura pública, por
fundación simultánea, o bien por suscripción pública.
Artículo 106.- La escritura social deberá expresar, además de los requisitos
necesarios según el artículo 18, el número, el valor nominal, la naturaleza y la
clase de acciones en que se divide el capital social. Sólo la sociedad anónima
podrá emitir obligaciones. En la escritura podrá autorizarse a la Junta Directiva
para que, por una o más veces, aumente el capital hasta el límite que se
establezca, y para que determine las características de las acciones
correspondientes. Asimismo, podrá autorizarse a la Junta Directiva para que
disminuya el capital social, cuando la disminución fuere por cancelación de
acciones rescatadas. (Reformado por Ley Reguladora del Mercado de Valores No.
7201 de 10 de octubre de 1990).
Artículo 107.- Las aportaciones en numerario se depositarán en un banco del
Sistema Bancario Nacional, a nombre de la sociedad en formación, de lo que el
notario deberá dar fe. El dinero depositado será entregado únicamente a quien
ostente la representación legal de la sociedad una vez inscrita ésta, o a los
depositantes, si comprueban con escritura pública haber desistido de la
constitución de común acuerdo. (Reformado por Ley Reguladora del Mercado de
Valores No. 7201 de 10 de octubre de 1990).
Artículo 108.- Cuando la sociedad anónima haya de constituirse por suscripción
pública, los fundadores redactarán un programa que deberá contener el proyecto
de escritura social, con los requisitos mencionados en el artículo 106, excepto
aquellos que por la propia naturaleza de la fundación sucesiva, no puedan
consignarse en el programa.
Artículo 109.- Las suscripciones se recogerán por duplicado en ejemplares del
programa y contendrán:
a) Nombre, nacionalidad y domicilio del suscriptor;
b) Número, expresado con letras; naturaleza, categoría y valor de las acciones
suscritas;
c) Forma y términos en que el suscriptor se obligue a verificar el primer pago;
d) Determinación de los bienes distintos del numerario, cuando así hayan de
pagarse las acciones;
e) Manera en que se hará la convocatoria para la asamblea general constitutiva y
reglas conforme a las cuales se celebrará;
f) Fecha de la suscripción; y
g) Declaración de que el suscriptor conoce y acepta el proyecto de la escritura
social y de los estatutos, en su caso.
Los fundadores conservarán en su poder un ejemplar de la suscripción y
entregarán el duplicado al suscriptor.
Artículo 110.- Los suscriptores depositarán en la persona designada al efecto por
los fundadores, las sumas que se hubieren obligado a pagar en dinero efectivo, de
acuerdo con el inciso c) del artículo anterior, para que sean recogidas por los
representantes de la sociedad una vez inscrita ésta.
Artículo 111.- Las aportaciones que no sean en numerario se formalizarán al
protocolizarse el acta de la asamblea constitutiva.
Artículo 112.- Si un suscriptor no pagare oportunamente su aporte, los fundadores
podrán exigirle judicialmente el cumplimiento o tener por no suscritas las acciones
y, en ambos casos, tendrán derecho al cobro de daños y perjuicios. El documento
de suscripción servirá de título ejecutivo para los efectos de este artículo.
Artículo 113.- El programa se fijará el plazo dentro del cual deberá quedar suscrito
el capital social.
Artículo 114.- Si vencido el plazo fijado en el programa, el capital social no fuere
íntegramente suscrito, o por cualquier motivo no se llegare a constituir la sociedad,
los suscriptores quedarán desligados de su compromiso y podrán retirar las
cantidades que hubieren depositado.
Artículo 115.- Suscrito el capital social y hechos los pagos legales, los fundadores,
dentro de un plazo de quince días, harán la convocatoria para la reunión de la
asamblea general constitutiva, de la manera prevista en el programa.
Artículo 116.- La asamblea general constitutiva conocerá de los siguientes
asuntos:
a) Aprobación del proyecto de escritura constitutiva, de acuerdo con el programa.
En caso de que sea modificado, los suscriptores disidentes podrán retirar sus
aportes;
b) Comprobación de la existencia de los pagos previstos en el respectivo
proyecto;
c) Examen, y en su caso aprobación del avalúo de los bienes distintos del
numerario que los socios se hubiesen obligado a aportar. Los suscriptores no
tendrán derecho a voto con relación a sus propias aportaciones en especie;
d) Aprobación de la participación que los fundadores se hubiesen reservado en las
utilidades; y e) Nombramiento de los administradores, con designación de quiénes
han de usar la firma social.
Artículo 117.- Aprobada por la asamblea general la constitución de la sociedad, se
procederá a la protocolización del pacto social para su inscripción en el Registro
Mercantil.
Artículo 118.- Será nulo cualquier pacto en que los fundadores estipulen a su
favor, en el acto de la constitución de la sociedad o posteriormente, beneficios que
menoscaben el capital social.
Artículo 119.- La participación que se conceda a los fundadores de una sociedad
anónima en sus utilidades anuales, no podrá exceder del diez por ciento de las
mismas, ni extenderse por un período mayor de diez años. Para acreditar la
participación correspondiente a cada fundador, podrán expedirse " bonos de
fundador".
ANEXO No. 9
ANEXO No. 10
LEY GENERAL DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS
Ley No. 7527 de 7 de julio de 1995
Artículo 11.- Contenido del contrato En los contratos de arrendamiento escritos, el
documento deberá contener, por lo menos, las siguientes estipulaciones:
a) Nombres, calidades y personerías del arrendador y del arrendatario.
b) Cita de inscripción, en el Registro Público, del inmueble objeto del contrato. Si
el bien no está inscrito, el contrato mencionará el documento fehaciente donde
conste el derecho de propiedad o de posesión. Además, se indicará la ubicación
exacta del inmueble.
c) Descripción detallada del inmueble arrendado y sus instalaciones, servicios,
accesorios y espacios sin construir incorporados al arrendamiento, el estado de
conservación de los bienes y, en su caso, los vicios o defectos que acompañan la
cosa.
d) Descripción individualizada de otros muebles no fungibles que las partes
convengan incluir en la contratación, con sus características, numeración, estado
de conservación y cualquier otro signo útil para identificarlos.
e) Mención expresa del destino específico al que se dedicará el inmueble
arrendado.
f) Monto del precio del arrendamiento o alquiler, lugar donde se pagará y forma de
pago.
g) Plazo del arrendamiento.
h) Domicilios que las partes señalan para las notificaciones.
i) Otras cláusulas convenientes para los contratantes, en concordancia con lo
dispuesto en esta ley.
j) Fecha del contrato.
Artículo 12.- Destino doble De concurrir la doble finalidad de habitación y otro
destino, las disposiciones de esta ley se aplicarán atendiendo lo principal, según la
naturaleza de la cosa arrendada. En caso de duda, se tendrá por destino principal
el de habitación.
Artículo 13.- Consentimiento El contrato de arrendamiento es perfecto entre las
partes desde que convienen en cosa y precio. El consentimiento de las partes
debe ser libre y manifestarse claramente ya sea por escrito, de palabra o por
hechos de los que, necesariamente, se deduzca su voluntad.
Artículo 14.- Vicios del consentimiento Es nulo el contrato en que se consiente por
error, fuerza, intimidación o dolo. El que contrata por vicio del consentimiento tiene
derecho a indemnización por daños y perjuicios. Será indemnizado solidariamente,
tanto por quien lo indujo a contratar como por quien obtuvo beneficio de la
contratación.
Artículo 15.- Vicios redhibitorios En lo referido a vicios redhibitorios, se estará a lo
dispuesto en los artículos 1 133 y 1134 del Código Civil.
Artículo 16.- Convenio verbal y comprobante de pago En ausencia de contrato
escrito, el convenio verbal y las características propias de la relación arrendaticia
se podrán demostrar por todos los medios de prueba de la legislación civil. El
comprobante de pago o el recibo del precio, extendido por el arrendador servirá
para demostrar la existencia del contrato de arrendamiento y el precio del arriendo
cuando así se desprenda claramente de ese documento.
Artículo 17.- Exoneración fiscal Los contratos de arrendamiento para vivienda, de
cualquier cuantía, que consten en instrumento público o en documento privado,
así como los documentos resultantes de la ejecución o de la extinción del contrato,
están exonerados de toda clase de derechos, especies fiscales y timbres.
Artículo 18.- Fecha cierta Las autoridades judiciales en materia civil del lugar
donde se encuentra el inmueble arrendado, sin perjuicio de las otras formas
autorizadas por ley, procederán a poner fecha cierta en todo contrato, nota o
documento relacionado con los arrendamientos regidos por esta ley. La actuación
judicial se realizará a solicitud verbal de cualquier persona, sin resolución ni
trámite alguno y sin causar derechos ni pagar especies fiscales o timbres. Bastará
que la autoridad judicial exprese una razón breve en el libro de entradas de juicios,
o de la manera que señale la Corte Plena.
Artículo 19.- Notificación Una parte de la relación arrendaticia puede notificar a la
otra, mediante acta notarial o por simple entrega del documento en la casa de
habitación o en el domicilio señalado en el contrato. Cuando el destinatario no
quiera o no pueda firmar el recibo del documento o no se encuentre en los lugares
indicados, la notificación se entregará a cualquier persona que aparente ser mayor
de quince años que se halle en la casa de habitación o en el domicilio señalado.
En tales casos, a falta de notario, la notificación se practicará ante dos testigos o
ante la autoridad de policía del lugar, quienes deberán anotar la fecha de entrega
y firmar tanto el original como la copia del documento.
Artículo 20.- EL bien arrendado La cosa arrendada debe ser el total de un
inmueble edificado o una parte de él con sus instalaciones, servicios, accesorios y
espacios sin construir incorporados al arrendamiento. Debe estar en buenas
condiciones de seguridad y salubridad y ser adecuada para su destino.
Artículo 21.- Bienes muebles no fungibles. También pueden formar parte del
arrendamiento los muebles no fungibles que las partes convengan incluir. Estos
bienes deben ser individualizados en el contrato según sus identificarlos. Los
bienes fungibles que se consumen por el uso no pueden ser materia de
arrendamiento.
Artículo 22.- Servicios básicos y excusión de pagar No pueden arrendarse
edificaciones para vivienda o cualquier otro destino, sin servicios básicos de
acueducto, instalaciones sanitarias y electricidad, excepto los inmuebles ubicados
en zonas rurales donde no existan esos servicios. En tales casos, el arrendador
proveerá al inquilino de medios alternativos adecuados, tanto en lo referente a
servicios sanitarios como de acueducto y desaguadero. Toda vivienda o local debe
ajustarse a las normas técnicas establecidas en la Ley General de Salud, la Ley
de Construcciones y los reglamentos respectivos, en cuanto a las especificaciones
técnicas y los estándares mínimos de calidad, vigentes a la fecha de la
construcción de la vivienda. La falta de servicios básicos y adecuados en una
vivienda o local, a juicio de las autoridades sanitarias, sobrevinientes a la
celebración del contrato, faculta al arrendatario para pagar mediante depósito a la
orden de la autoridad judicial competente, sin que el arrendador pueda invocar la
resolución del contrato. En estos casos, le corresponderá al interesado acudir al
procedimiento establecido en el artículo 124 de esta ley.
Artículo 23.- Usufructo El usufructuario puede arrendar el bien, en todo o en parte,
de acuerdo con las condiciones y el plazo de su propio derecho. Al celebrarse el
contrato de arrendamiento, el arrendatario queda sujeto a los términos y las
condiciones del derecho de usufructo que constan en el Registro Público, los
cuales deben ser advertidos por el usufructuario al formalizar el contrato. Si el
usufructuario no cumple con la advertencia mencionada en el párrafo segundo de
este artículo, el arrendatario tendrá derecho a indemnización por daños y
perjuicios. El contrato de arrendamiento contrario a estas normas es nulo.
Artículo 24.- Fideicomiso El fiduciario puede arrendar el bien inscrito a su nombre
en propiedad fiduciaria, en el Registro Público. Al celebrarse el contrato, el
fiduciario deberá advertir las limitaciones y las condiciones estipuladas en el
fideicomiso, que puedan afectar los derechos del arrendatario. Si el fiduciario no
cumple con lo anterior y por esa causa el contrato se anula, el arrendatario tendrá
derecho a indemnización por daños y perjuicios. El contrato de arrendamiento
contrario a las cláusulas del fideicomiso inscrito en el Registro Público es nulo.
Artículo 25.- Condominio El piso, el apartamento o el local de un inmueble en
condominio puede ser arrendado. El arrendatario debe ejercer su derecho al uso y
goce de la cosa con estricta sujeción a las facultades y las obligaciones
establecidas en la Ley de Propiedad Horizontal, No. 3670, del 22 de marzo de
1966, y en el Reglamento del condominio; además, debe acatar los acuerdos
generales de la asamblea de propietarios que el arrendador le comunique al
celebrarse el contrato. Las partes podrán pactar que los gastos correspondientes a
la vivienda arrendada o sus accesorios corran por cuenta del arrendatario y se
asimilen al pago de la renta. El arrendatario tiene derecho a participar, sin voto, en
las deliberaciones de la asamblea de propietarios del condominio. En ausencia del
arrendador, este podrá autorizar, por escrito, al la vivienda o el local que ocupa y
los servicios que utiliza.
Artículo 26.- Obligaciones del arrendador Aunque no exista pacto expreso, son
obligaciones del arrendador:
a) Garantizar la legitimidad de su derecho y el uso y goce pacífico de la cosa por
todo el tiempo del contrato.
b) Entregar, al arrendatario, el bien objeto del arrendamiento con sus
instalaciones, servicios, accesorios, espacios sin construir y muebles no fungibles
convenidos, en buen estado de servicio, seguridad y salubridad, según el contrato,
el destino del bien y la naturaleza de las cosas excepto si, en el contrato, el
arrendatario asume la obligación de restaurar las cosas en mal estado.
c) Conservar la cosa en buen estado, conforme a las disposiciones de esta ley y el
contrato de arrendamiento.
d) No perturbar, de hecho ni de derecho, al arrendatario; tampoco estorbar ni
embarazar, de manera alguna, el uso y goce de la cosa arrendada, de no ser por
reparaciones urgentes o necesarias.
e) Las demás obligaciones indicadas en esta ley o en el contrato de
arrendamiento.
Artículo 27.- Evicción y saneamiento Cuando, por causa de evicción, el
arrendatario resulta privado del uso o goce de la cosa arrendada, el contrato se
extingue y el arrendador está obligado al saneamiento. El arrendatario tendrá
derecho a ser indemnizado por el arrendador, por daños y perjuicios, de acuerdo
con el contrato, el destino de la cosa y las consecuencias de su privación.
Artículo 28.- Evicción parcial Si el arrendador fuera vencido en juicio sobre una
parte de la cosa arrendada, el arrendatario podrá reclamar una disminución del
precio o la extinción del contrato si resulta privado de una parte principal de la
cosa y reclamar los daños y perjuicios sufridos.
Artículo 29.- Causa conocida de evicción En los casos de los artículos anteriores,
el derecho del arrendatario para demandar daños y perjuicios, no tendrá lugar si,
al celebrar el contrato, conocía el peligro de evicción y ese
conocimiento conste por escrito.
Artículo 30.- Defectos graves El arrendador responde por los defectos graves de la
cosa arrendada cuando le impidan o disminuyan notablemente al arrendatario el
uso y goce de ella, aunque sobrevengan en el curso del arrendamiento. El
arrendatario puede invocar la rescisión del contrato o pedir una disminución
proporcional del precio, además, reclamar indemnización por daños y perjuicios,
salvo que haya conocido los defectos al tiempo de celebrarse el contrato y ese
conocimiento conste en forma escrita.
Artículo 31.- Actuaciones prohibidas al arrendador El arrendador no puede:
a) suprimir ni reducir los servicios de acueducto, alcantarillado, electricidad ni otros
servicios necesarios para el uso y goce de la cosa;
b) impedir ni restringir el acceso, la luz o la ventilación de la edificación;
c) realizar cualquier otra acción que menoscabe, altere o amenace el derecho del
arrendatario al disfrute pacífico de la cosa.
Si por acción u omisión de un tercero se afecta el pleno uso y goce de la cosa
arrendada, en perjuicio de los servicios básicos citados, el arrendador deberá
remover los obstáculos o las limitaciones que afectan el derecho del arrendatario.
Si no lo hace, infringirá las prohibiciones prescritas en este artículo. El arrendatario
tendrá derecho a reclamar indemnización por daños y perjuicios debidos a
acciones u omisiones tanto del arrendador como de sus representantes.
Artículo 32.- Hechos de terceros El arrendador no está obligado a garantizar, al
arrendatario, vías de hecho de terceros, que no pretendan la propiedad, una
servidumbre o el uso y goce de la cosa. El arrendatario sólo tiene acción contra los
autores de los hechos.
Artículo 33.-Obligación de mantener el bien La obligación del arrendador de
mantener el bien en buen estado, consiste en efectuar las reparaciones que exija
el deterioro de la cosa, causado por la calidad, el vicio o el defecto de ella o el que
suceda por culpa del arrendador, sus representantes o sus dependientes. Las
partes podrán convenir a cuál le corresponderá reparar los deterioros originados
por el uso de la cosa o el paso del tiempo. A falta de estipulación expresa en
contrario, esa obligación recaerá sobre el arrendador, salvo lo dispuesto en el
artículo 49 de esta ley.
Artículo 34.- Reparaciones necesarias Sin derecho a elevar por ello la renta, el
arrendador está obligado a reparar cuanto sea necesario, a fin de conservar la
cosa en buen estado para el uso al que ha sido destinada, a menos que el
deterioro sea imputable al arrendatario o que, por esta ley o convenio, le
corresponda repararlo al arrendatario. El arrendatario deberá comunicar de
inmediato al arrendador, la urgencia de efectuar las reparaciones necesarias para
evitar daños mayores al bien.
Artículo 35.-Reparaciones urgentes y excusión de pagar Cuando el arrendador,
notificado por el arrendatario de la urgencia de efectuar las reparaciones que le
corresponden, no inicia la obra dentro del plazo de diez días hábiles, salvo que el
retraso sea motivado por caso fortuito o fuerza mayor, el arrendatario está
autorizado para efectuarlas por cuenta del arrendador. Además, puede retener la
parte del alquiler correspondiente al costo de las reparaciones, más el cargo por
intereses, de acuerdo con la tasa básica pasiva establecida por el Banco Central
de Costa Rica, vigente en ese momento, o bien, invocar la resolución del contrato
y pedir indemnización por daños y perjuicios. Lo anterior procede siempre y
cuando el arrendatario no haya conocido la urgencia de las reparaciones al
celebrar el contrato, excepto si en este las ha acordado. Cuando el arrendatario ha
iniciado las reparaciones, el arrendador podrá asumirlas en el estado en que se
encuentren. En este caso, pagará al arrendatario los costos en los que haya
incurrido, de conformidad con lo establecido en este artículo.
Artículo 36.- Inconformidad del arrendador Cuando el arrendador no esté conforme
con las reparaciones solicitadas por el arrendatario o con el monto de ellas, podrá
recurrir a la autoridad judicial competente, mediante el proceso abreviado
establecido en el Código Procesal Civil, sin que por ello se suspendan las
reparaciones en la cosa arrendada.
Artículo 37.- Mejoras y reparaciones del arrendatario El arrendador debe pagar las
mejoras y las reparaciones efectuadas por el arrendatario sólo si en el contrato o,
posteriormente, lo autorizó por escrito a realizarlas y se obligó a pagarlas o en el
caso del artículo 35 de esta ley. Las mejoras y las reparaciones realizadas por el
arrendatario quedarán en beneficio del bien, salvo pacto expreso en contrario, o
de mejoras que puedan ser retiradas sin menoscabo de la edificación.
Artículo 38.- Molestias por reparaciones El arrendatario debe soportar las
molestias que le ocasionen las reparaciones a cargo del arrendador. Cuando
interrumpan el uso y goce de la cosa, en todo o en parte, o sean racionalmente
imposibles de soportar, el arrendatario puede, según las circunstancias, invocar la
rescisión del contrato o exigir una rebaja de la renta, proporcional al tiempo que
duren las reparaciones.
Artículo 39.- Paredes divisorias El arrendatario tendrá los derechos expresados en
el artículo anterior cuando el arrendador fuera obligado a tolerar trabajos del
propietario vecino, en las paredes divisorias, por los cuales se inutilice, durante
algún tiempo, parte de la cosa arrendada.
Artículo 40.- Cambios en la forma del bien El arrendador no puede cambiar la
forma de la cosa arrendada sin consentimiento del arrendatario, aunque los
cambios que pretenda no le causen daño o perjuicio aparente.
Artículo 41.- Obras sin autorización del arrendatario Si el arrendador pretende
realizar, en la cosa arrendada, innovaciones u obras que no sean reparaciones o
si las ha efectuado contra la voluntad del arrendatario, este puede, según el caso,
oponerse a que las haga, o demandar la demolición y la restitución de la cosa a su
estado original, o bien, invocar la rescisión del contrato y pedir indemnización por
daños y perjuicios.
Artículo 42.- Caso fortuito o fuerza mayor Si, durante la vigencia del contrato de
arrendamiento, la cosa arrendada se pierde o es destruida en su totalidad o en su
parte principal por caso fortuito o por fuerza mayor, el contrato se extinguirá. Si la
destrucción es parcial, pero la cosa se encuentra en condiciones apropiadas para
su destino, el arrendatario podrá exigir reparar el bien y disminuir el precio durante
el tiempo de la reparación, según sea la importancia de la parte destruida. Si la
reparación implica una evidente mejora de las condiciones anteriores de las
construcciones e instalaciones, igualmente podrá pedirse un incremento en el
alquiler. Si la cosa solamente está deteriorada, el contrato subsistirá; pero el
arrendador estará obligado a reparar, inmediatamente, el deterioro hasta dejarla
en buen estado.
Artículo 43.- Excusión de pagar Si, por caso fortuito o fuerza mayor, la cosa
arrendada no está en condiciones de ser usada por el arrendatario, la renta no se
causará mientras dure el impedimento o se reducirá proporcionalmente a la
disminución del uso.
Artículo 44.- Obligaciones del arrendatario Son obligaciones del arrendatario:
a) Pagar el precio del arrendamiento, en la fecha convenida, sin perjuicio de lo
establecido en el párrafo tercero del artículo 58 de esta ley.
b) Servirse de la cosa exclusivamente para el destino convenido.
c) Conservar la cosa arrendada en buen estado.
d) Restituir la cosa al arrendador al final del contrato.
e) Acatar las disposiciones legales o reglamentarias aplicables al uso de la cosa o
la actividad a la que se destina.
f) Las demás que se indican en esta ley o el contrato de arrendamiento.
Artículo 45.- Destino del bien Según el contrato de arrendamiento, el arrendatario
no puede cambiar la actividad para la que se destina la cosa. El arrendatario debe
limitarse al uso y al goce estipulado, salvo autorización escrita del arrendador. A
falta de estipulación expresa en el contrato, el destino de la cosa será el mismo
para el cual ha servido antes o el que le corresponda, según su propia naturaleza.
El cambio de destino de la cosa arrendada, que el arrendador no haya autorizado,
en forma escrita, aunque a él no le traiga perjuicio, lo faculta para presentar el
desahucio o invocar la resolución del contrato. No se considerará cambio del
destino para vivienda, la instalación, en el inmueble arrendado, de una pequeña
industria doméstica o artesanal o el ejercicio de una profesión liberal o técnica,
siempre que el arrendatario y su familia, habiten la edificación, cuando las
actividades cumplan con las disposiciones sanitarias y municipales respectivas y
no representen inconvenientes para el vecindario, por emanaciones, vibraciones o
ruidos molestos, ni le causen deterioros al bien. La valoración de estos extremos
quedará a juicio del Tribunal competente. En todo caso, dentro de los ocho días
siguientes, el arrendatario está obligado a comunicar por escrito, al arrendador, la
concurrencia de uso. Si la comunicación oportuna no se realiza en esa forma, eso
dará derecho al arrendante para resolver el contrato y pedir el desahucio.
Artículo 46.- Recibo del bien A falta de descripción sobre el estado de
conservación del bien al inicio del arrendamiento, la ley presume que el
arrendatario lo recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.
Artículo 47.- Deber de conservar el bien El arrendatario debe conservar la cosa en
buen estado y responder por todo daño o deterioro que se cause por su falta,
culpa, negligencia o por la acción u omisión de las personas que habitan con él,
sus familiares, trabajadores, clientes, huéspedes y visitantes.
Artículo 48.- Conservación del bien en buen estado El arrendatario no conservará
la cosa en buen estado cuando:
a) El daño o deterioro de la cosa sea por su falta, culpa o negligencia o por la de
las personas designadas en el artículo anterior o cuando la abandone sin dejar a
una persona que la cuide.
b) Realice obras nocivas a la cosa arrendada o que alteren su forma o su destino,
sin la autorización expresa del arrendador.
c) Deje de efectuar las reparaciones a las que se comprometió en el contrato o las
que le corresponda realizar de acuerdo con esta ley.
Artículo 49.- Obligación del arrendatario de reparar En los casos señalados en el
artículo anterior, el arrendador puede exigir al arrendatario efectuar las
reparaciones, realizarlas por cuenta del arrendatario y cargar su costo a la renta,
obligarlo a destruir las obras hechas sin su autorización, o bien, invocar la
resolución del contrato y reclamar darlos y perjuicios.
Artículo 50.- Daños y deterioros El arrendatario debe reparar los daños y los
deterioros causados por las personas que habitan o visitan el edificio.
Artículo 51.- Inspección del bien El arrendatario tiene el deber de permitir al
arrendador la inspección de la cosa arrendada, conforme a las siguientes reglas:
a) El arrendador podrá visitar el bien, una vez por mes o cuando las circunstancias
lo ameriten, en horas del día o en las horas que el establecimiento se encuentre
abierto. Lo inspeccionará en presencia del arrendatario o, en su defecto, ante
cualquier otra persona mayor de edad que se encuentre en la casa o local.
b) El arrendador podrá hacerse acompañar por un ingeniero civil o un arquitecto y
por otro técnico, al inspeccionar las instalaciones o los accesorios del bien.
Durante la inspección, podrán trazarse planos, tomarse fotografías y anotarse los
daños y los deterioros existentes.
c) Cuando el arrendatario no permita inspeccionar el bien, después de ser
requerido en dos ocasiones mediante notificación, el arrendador podrá invocar la
resolución del contrato.
Artículo 52.- Deber del arrendatario de avisar: Si, durante el período del
arrendamiento, aparece un vicio o defecto grave en la cosa arrendada, o si urgen
medidas de protección para el bien contra un peligro o un daño previsible, el
arrendatario debe avisar, de inmediato, al arrendador. El arrendatario está
obligado a poner en conocimiento del arrendador, en el más breve tiempo posible,
toda usurpación o novedad dañosa por parte de terceros.
Si, en alguno de los casos previstos en este artículo, el arrendatario no avisa
inmediata u oportunamente al arrendador y se produce o se agrava el daño o la
acción sobre la cosa, el arrendador podrá invocar la resolución del contrato y
demandar indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 55.- Devolución del bien
Al concluir el arriendo, el arrendatario debe devolver la cosa en buen estado, salvo
lo que haya perecido o se haya menoscabado por el tiempo, por caso fortuito o por
fuerza mayor. El arrendatario no es responsable de los deterioros originados en la
propia calidad, el vicio o el defecto de la cosa.
Artículo 56.- Precio cierto y determinado La renta o precio del arrendamiento
puede consistir en una suma de dinero o en cualquier otro valor equivalente, con
tal que sea cierto y determinado. El arrendatario tiene el derecho irrenunciable de
exigir la entrega del recibo o comprobante de pago mencionado en el artículo 16
de esta ley, del cual el arrendador conservará una copia. De no entregar el
arrendador ese documento, el arrendatario gozará plenamente de los derechos
que le confiere la presente ley.
Artículo 58.- Precio y pago La renta será la que libremente estipulen las partes. El
pago de la renta será por períodos de un mes, salvo pacto en contrario. El
arrendatario puede efectuar el pago dentro de los siete días naturales siguientes al
vencimiento del respectivo período de pago. El arrendador queda obligado a
entregar al arrendatario recibo de pago, salvo que se haya pactado utilizar otros
procedimientos para acreditar, de forma fehaciente, el cumplimiento efectivo de la
obligación de pago del arrendatario.
En el arrendamiento para vivienda, el arrendador no puede exigir el pago
anticipado de más de una mensualidad de renta.
Artículo 59.- Garantías Las garantías que acompañan el contrato de
arrendamiento, cualquiera sea su naturaleza, responderán por el pago de los
alquileres y por todas las demás obligaciones derivadas de la ley o del contrato,
salvo pacto expreso en contrario.
Artículo 60.- Vigencia de la obligación de pago El arrendatario está obligado a
pagar el alquiler desde el día en que recibe el bien y debe seguir pagándolo hasta
el día en que lo entregue al arrendador. La presentación de un proceso de
extinción del arrendamiento, por cualquier causa, no exime al arrendatario de
pagar la renta en la forma convenida. El incumplimiento del arrendatario facultará
al arrendador para invocar, en el mismo proceso, la resolución del contrato, con
base en la falta de pago del precio, mientras no se haya dictado sentencia firme.
Artículo 61.- Realidad del pago El pago debe corresponder al precio convenido. Si
se paga mediante cheque o cualquier título valor o por cualquier otra modalidad de
pago, el descargo de la obligación queda sujeto al recibo en dinero efectivo del
precio convenido.
Artículo 62.- Pago en fecha posterior La aceptación del pago por el arrendador, en
una fecha posterior a la acordada, no significa modificación del convenio sobre el
día o el período de pago, salvo pacto escrito en contrario. El arrendador
comunicará al arrendatario, por cualquier medio escrito, su decisión de poner fin a
la tolerancia. Para emprender acciones judiciales por este concepto, el arrendador
debe haber cumplido con este requisito.
Artículo 63.- Lugar de pago El precio será pagado en el lugar convenido. A falta de
convenio, el pago debe efectuarse en el inmueble arrendado.
Artículo 64.- Pago de servicios públicos Las partes convendrán a cuál de ellas
corresponderá el pago de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado
sanitario, electricidad u otros servicios originados en el uso de la cosa. A falta de
convenio, al arrendatario le corresponde pagar esos servicios, excepto la cuota
básica del agua. Los recibos por los servicios públicos correspondientes deberán
ser entregados en el inmueble arrendado. El pago de cuotas de servicios públicos
que correspondan al arrendatario se asimilará al pago del precio del
arrendamiento e integrará con éste una obligación única e indivisible. El
arrendatario está facultado para pagar el monto de los servicios públicos que
utilice y que por convenio correspondan al arrendador, y para deducir de la renta
el importe respectivo.
De igual forma podrán deducirse los costos de reconexión de los servicios
públicos en cuestión. Si la entidad que suministra un servicio público lo suspende
por falta de pago del arrendador, el servicio.
ANEXO No. 11
Código de Comercio
ASAMBLEA LEGISLATIVA
N° 3284
Decreta: CODIGO DE COMERCIO
LIBRO SEGUNDO
TITULO I
Obligaciones y Contratos
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 411.- Los contratos de comercio no están sujetos, para su validez, a
formalidades especiales, cualesquiera que sean la forma, el lenguaje o idioma en
que se celebren, las partes quedarán obligadas de manera y en los términos que
aparezca que quisieron obligarse. Se exceptúan de esta disposición los contratos
que, de acuerdo con este Código o con leyes especiales, deban otorgarse en
escritura pública o requieran forma o solemnidades necesarias para su eficacia.
(Así reformado por el artículo 68 de la Ley sobre Igualdad de Oportunidades para
las Personas con Discapacidad Nº 7600 de 2 de mayo de 1996)
ARTÍCULO 412.- Cuando la ley exija consignar por escrito un contrato, esta
disposición incluirá también el braille y se aplicará igualmente a todas las
modificaciones del contrato. (Así reformado por el artículo 68 de la Ley sobre
Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, Nº 7600 de 2 de
mayo de 1996)
ARTÍCULO 413.- Los contratos que por disposición de la ley deban consignarse
por escrito, llevarán las firmas originales de los contratantes. Si alguno de ellos no
puede firmar, lo hará a su ruego otra persona, con la asistencia de dos testigos a
su libre elección. La persona ciega o con deficiencias visuales que lo requiera
firmará por sí misma en presencia de dos testigos a su libre elección. Las cartas,
telegramas o facsímiles equivaldrán a la forma escrita, siempre que la carta o el
original del telegrama o facsímil estén firmados por el remitente, o se pruebe que
han sido debidamente autorizados por este. (Así reformado por el artículo 68 de la
Ley sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad Nº
7600 de 2 de mayo de 1996)
ARTÍCULO 414.- La firma reproducida por algún medio mecánico no se
considerará eficaz, salvo los negocios, actos o contratos en que la ley o el uso lo
admitan, especialmente cuando se trate de suscribir valores emitidos en número
considerable.
ARTÍCULO 415.- DEROGADO.- (Derogado por el artículo 81, inciso a), de la Ley
sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad Nº 7600 de
2 de mayo de 1996)
ARTÍCULO 416.- Las disposiciones del derecho civil referentes a la capacidad de
los contratantes, a las excepciones y a las causas que rescinden o invalidan los
contratos, por razón de capacidad, serán aplicables a los actos y contratos
mercantiles, con las modificaciones y restricciones de este Código.
Artículo 417. —En los contratos mercantiles no se reconocerán términos de gracia
o de cortesía, y en los cómputos de días, meses y años, se entenderán: el día
hábil, de veinticuatro horas; los meses, según están designados en el calendario
gregoriano, y el año, podrá establecerse de trescientos sesenta y cinco días o de
trescientos sesenta días, según lo acuerden las partes. (Así reformado por el
artículo 1° sub-artículo 25 de la Ley N° 8507 del 28 de abril de 2006)
ARTÍCULO 418.- Las obligaciones mercantiles pagaderas el día indicado en el
contrato, y a falta de estipulación sobre el particular, serán exigibles
inmediatamente, salvo que por la naturaleza del negocio, o por la costumbre
establecida, se requiera de un plazo.
ARTÍCULO 419.- Las obligaciones mercantiles se cumplirán en el lugar
determinado en el contrato. A falta de indicación sobre el particular, el
cumplimiento tendrá si se verificara según la naturaleza del negocio, o cuando la
ley o la costumbre, lo determinen. Tratándose en las obligaciones pagaderas en
dinero, efectos de comercio u otros valores, en que no se hubiere señalado
domicilio para la entrega, ésta se hará en el establecimiento comercial u oficina del
deudor, y en su defecto en la residencia de éste.
ARTÍCULO 420.- Cuando se haya estipulado que la obligación ha de ser pagada
por tractos sucesivos, salvo convenio en contrario, la falta de un pago dará por
vencida y hará exigible toda la obligación.
ARTÍCULO 421.- Si en el contrato no se determinare con toda precisión la especie
y calidad de mercaderías que han de entregarse, el acreedor no podrá exigir la
mejor, ni el deudor podrá cumplir entregando la peor. En este caso deberá
conformarse el acreedor con la de especie y calidad media. Si no hubiere
entendimiento, la cuestión será resuelta por la autoridad judicial competente,
siguiendo los trámites establecidos para los actos de jurisdicción voluntaria.
ARTÍCULO 422.- Cuando una obligación deba cumplirse o algún acto jurídico
verificarse a la terminación de un plazo, el vencimiento se regulará de acuerdo con
las normas establecidas.
ARTÍCULO 423.- Las obligaciones mercantiles no serán exigibles sino durante las
horas habituales de trabajo. Si la obligación vence un día domingo, un feriado, un
día de asueto o en otro día que por fuerza mayor el establecimiento donde deba
efectuarse el pago esté cerrado, será satisfecha al siguiente día hábil.
ARTÍCULO 424.- Si el plazo fijado fuere prorrogado, el nuevo plazo, salvo pacto
en contrario, correrá desde el día siguiente inclusive a aquél en que debía expirar.
ARTÍCULO 425.- En los contratos bilaterales sólo podrá exigir cumplimiento aquél
que hubiere satisfecho lo que le concierne, salvo en los casos en que gozare de
plazo legal o convencional, o que la naturaleza del contrato así lo exija.
ARTÍCULO 426.- Cuando se hubiere sujetado a pena la no ejecución o ejecución
imperfecta de un contrato, salvo dolo del deudor o pacto en contrario, el acreedor
sólo podrá exigir el cumplimiento de lo estipulado o la pena pactada; pero si la
pena se hubiere estipulado solamente en previsión del incumplimiento en tiempo o
lugar determinado, el acreedor podrá exigir a la vez la pena y la ejecución del
contrato.
ARTÍCULO 427.- La cláusula penal deberá cumplirse aunque el acreedor no haya
sufrido daño. Si los daños excedieran al importe de la pena, podrá el acreedor
reclamar una mayor indemnización, solamente si probare dolo del deudor.
ANEXO No. 12
Código de Trabajo
Ley N° 2 ( 27 de agosto de 1943)
(Esta ley es reformada por el Artículo 2° de la Ley N° 5089 del 18 de octubre de
1972, el cual modifica el Nombre del Ministerio)
TITULO SEGUNDO
DE LOS CONTRATOS Y DE LAS CONVENCIONES DE TRABAJO
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales y del contrato individual de trabajo
ARTICULO 18.- Contrato individual de trabajo, sea cual fuere su denominación, es
todo aquél en que una persona se obliga a prestar a otra sus servicios o a
ejecutarle una obra, bajo la dependencia permanente y dirección inmediata o
delegada en ésta, y por una remuneración de cualquier clase o forma. Se presume
la existencia de este contrato entre el trabajador que presta sus servicios y la
persona que los recibe.
ARTÍCULO 19.- El contrato de trabajo obliga tanto a lo que se expresa en él, como
a las consecuencias que del mismo se deriven según la buena fe, la equidad, el
uso, la costumbre o la ley. En los contratos de trabajos agrícolas, por precio diario,
el patrono, en las épocas de recolección de cosechas, está autorizado a dedicar al
trabajador a las tareas de recolección, retribuyéndole su esfuerzo a destajo con el
precio corriente que se pago por esa labor. En tal caso, corren para el trabajador
todos los términos que le favorecen, pues el contrato de trabajo no se interrumpe.
ARTICULO 20.- Si en el contrato no se determina el servicio que debe prestarse,
el trabajador estará obligado a desempeñar solamente el que sea compatible con
sus fuerzas, aptitudes, estado o condición, y que sea del mismo género de los que
formen el objeto del negocio, actividad o industria a que se dedique su patrono.
ARTÍCULO 21.- En todo contrato de trabajo deben entenderse incluidos, por lo
menos, las garantías y derechos que otorgan a los trabajadores el presente
Código y sus leyes supletorias o conexas.
ARTÍCULO 22.- El contrato de trabajo podrá ser verbal cuando se refiera: A las
labores propiamente agrícolas o ganaderas. Esta excepción no comprende a las
labores industriales que se realicen en el campo.
ARTICULO 23.- En los demás casos el contrato de trabajo deberá extenderse por
escrito, en tres tantos: uno para cada parte y otro que el patrono hará llegar a la
Oficina de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, directamente o
por medio de la autoridad de trabajo o política respectiva, dentro de los quince
días posteriores a su celebración, modificación o novación.
ARTÍCULO 24.- El contrato escrito de trabajo contendrá:
* Los nombres y apellidos, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio de los
contratantes;
* El número de sus cédulas de identidad, si estuvieren obligados a portarlas;
* La designación precisa de la residencia del trabajador cuando se le contratare
para prestar sus servicios o ejecutar una obra en lugar distinto al de la que tiene
habitualmente;
* La duración del contrato o la expresión de ser por tiempo indefinido, para obra
determinada o a precio alzado;
* El tiempo de la jornada de trabajo y las horas en que debe prestarse éste;
* El sueldo, salario, jornal o participación que habrá de percibir el trabajador; si se
debe calcular por unidad de tiempo, por unidad de obra o de alguna otra manera, y
la forma, período y lugar del pago.
En los contratos en que se estipule que el salario se pagará por unidad de obra,
además de especificarse la naturaleza de ésta, se hará constar la cantidad y
calidad de material, el estado de la herramienta y útiles que el patrono, en su caso,
proporcione para ejecutar la obra, y el tiempo por el que los pondrá a disposición
del trabajador, así como la retribución correspondiente, sin que el patrono pueda
exigir del mismo cantidad alguna por concepto del desgaste natural que sufra la
herramienta, como consecuencia del trabajo; El lugar o lugares donde deberá
prestarse el servicio o ejecutarse la obra; Las demás estipulaciones en que
convengan las partes; El lugar y fecha de la celebración del contrato, y Las firmas
de los contratantes, en el entendido de que dos testigos podrán sustituir
válidamente la de quien no sepa o no pueda hacerlo. El Ministerio de Trabajo y de
Seguridad Social podrá imprimir modelos de contrato para cada una de las
categorías de trabajo, a fin de facilitar el cumplimiento de esta disposición.
Artículo 29.- Si el contrato de trabajo por tiempo indeterminado concluye por
despido injustificado, o algunas de las causas previstas en el artículo 83 u otra
ajena a la voluntad del trabajador, el patrono deberá pagarle un auxilio de cesantía
de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, un
importe igual a siete días de salario.
2. Después de un trabajo continuo mayor de seis meses pero menor de un año, un
importe igual a catorce días de salario.
3. Después de un trabajo continuo mayor de un año, con el importe de días de
salario indicado en la siguiente tabla:
a) AÑO 1 19,5 días por año laborado.
b) AÑO 2 20 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
c) AÑO 3 20,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
d) AÑO 4 21 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
e) AÑO 5 21,24 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
f) AÑO 6 21,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
g) AÑO 7 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
h) AÑO 8 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
i) AÑO 9 22 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
j) AÑO 10 21,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
k) AÑO 11 21 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
l) AÑO 12 20,5 días por año laborado o fracción superior a seis meses.
m) AÑO 13 y siguientes 20 días por año laborado o fracción superior a seis
meses.
4. En ningún caso podrá indemnizar dicho auxilio de cesantía más que los últimos
ocho años de relación laboral.
5. El auxilio de cesantía deberá pagarse aunque el trabajador pase
inmediatamente a servir a las órdenes de otro patrono.
ARTÍCULO 30.- El preaviso y el auxilio de cesantía se regirán por las siguientes
reglas comunes: El importe de los mismos no podrá ser objeto de compensación,
venta o cesión, ni podrá ser embargado, salvo en la mitad por concepto de
pensiones alimenticias; La indemnización que corresponda se calculará tomando
como base el promedio de salarios devengados por el trabajador durante los
últimos seis meses que tenga de vigencia el contrato, o fracción de tiempo menor
si no se hubiere ajustado dicho término; La continuidad del trabajo no se
interrumpe por enfermedad, vacaciones, huelga legal y otras causas análogas
que, según este Código, no rompen el contrato de trabajo, y Será absolutamente
nula la cláusula del contrato que tienda a interrumpir la continuidad de los servicios
prestados o por prestarse.
CAPITULO SEGUNDO
De los contratos colectivos de trabajo
ARTICULO 49.-Contrato colectivo es el que se celebra entre uno o varios
sindicatos de trabajadores y uno o varios patronos, o uno o varios sindicatos de
patronos, por virtud del cual el sindicato o sindicatos de trabajadores se
comprometen, bajo su responsabilidad, a que algunos o todos sus miembros
ejecuten labores determinadas, mediante una remuneración que debe ser
ajustada individualmente para cada uno de éstos y percibida en la misma forma.
ARTÍCULO 50.- El contrato colectivo se celebrará siempre por escrito, en tres
ejemplares: uno para cada parte y otro que el patrono hará llegar a la Inspección
General de Trabajo, directamente o por medio de la autoridad de trabajo o política
respectiva, dentro de los cinco días posteriores a su celebración, modificación o
novación. Si el patrono no cumpliere con dicha obligación, se presumirá la
existencia del contrato colectivo de trabajo, en los términos del artículo 18, párrafo
segundo, y sus estipulaciones podrán probarse de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 25 para el contrato verbal.
ARTICULO 51.- Los representantes del sindicato o sindicatos justificarán su
personería para celebrar el contrato colectivo por medio de sus estatutos
legalmente inscritos y por el acta de la asamblea o asambleas que así lo hayan
acordado. La parte de los patronos no sindicalizados justificará su representación
conforme al derecho común.
ARTICULO 52.- En el contrato colectivo se especificarán:
* La intensidad y calidad del trabajo que en cada caso deba prestarse;
* La duración del contrato o la expresión de ser por tiempo indefinido, para obra
determinada o a precio alzado;
* El tiempo de la jornada de trabajo y las horas en que deba ejecutarse éste;
* Los sueldos, salarios, jornales o participación que habrán de percibir
individualmente los trabajadores y si deben ser calculados por unidad de tiempo,
por unidad de obra o de alguna otra manera;
* La forma, período y lugar de pago;
* El lugar o lugares donde deberán prestarse los servicios o ejecutarse la obra;
* Las demás estipulaciones en que convengan las partes, y
* El lugar y fecha de la celebración del contrato y las firmas de las partes o de los
representantes de éstas.
ARTICULO 53.- La disolución del sindicato no afecta las obligaciones y derechos
emanados del contrato colectivo que correspondan a sus miembros.
ANEXO No. 13
REGLAMENTO GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE DE TRABAJO
TITULO 1
CAPITULO 1
De las Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1°- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones
generales de seguridad e higiene en que obligatoriamente deben realizarse las
labores en todos los centros de trabajo, con el fin de proteger eficazmente la vida,
la salud, la integridad corporal y la moralidad de los trabajadores.
ARTICULO 2°- Para los efectos de este Reglamento se entiende por Centro de
Trabajo, todo aquél en que se efectúen labores industriales, agrícolas, comerciales
o de cualquier otra índole; por Oficina, la Oficina de Seguridad e Higiene de
Trabajo; por Consejo, el Consejo de Seguridad e Higiene de Trabajo; por
Inspectores, a los funcionarios dependientes de la Inspección General de Trabajo.
CAPITULO II
De las Obligaciones de los Patronos
ARTICULO 3° Todo patrono o su representante, intermediario o contratista, debe
adoptar y poner en práctica en los centros de trabajo, por su exclusiva cuenta,
medidas de seguridad e higiene adecuadas para proteger la vida, la salud, la
integridad corporal y moral de los trabajadores, especialmente en lo relativo a:
a) Edificaciones, instalaciones y condiciones ambientales;
b) Operaciones y procesos de trabajos;
c) Suministro, uso y mantenimiento de los equipos de protección personal;
d) Colocación y mantenimiento de resguardos y protecciones de las máquinas y
todo género de instalaciones;
e) La reducción, por medio de medidas técnicas adecuadas, del impacto del ruido
y de las vibraciones que puedan perjudicar a los trabajadores.
(Así adicionado mediante Decreto Ejecutivo N' 11429 de 30 de abril de 1980)
ARTICULO 4°- Son también obligaciones del patrono:
a) Mantener en buen estado de conservación, funcionamiento y uso, la
maquinaria, las instalaciones y las herramientas de trabajo;
b) Promover la capacitación de su personal en materia de seguridad e higiene en
el trabajo; y
c) Permitir a las autoridades competentes la colocación, en los centros de trabajo,
de textos legales, avisos, carteles y anuncios similares, atinentes a la seguridad e
higiene en el trabajo.
ARTICULO 5°- Queda absolutamente prohibido a los patronos poner o mantener
en funcionamiento maquinaria que no esté debidamente protegida en los puntos
de transmisión de energía, en las partes móviles y en los puntos de operación que
ofrezcan peligro, así como mantener en uso herramientas en mal estado.
CAPITULO III
De las Obligaciones de los Trabajadores.
ARTICULO 6°- Todo trabajador está obligado a cumplir con las normas jurídicas,
así como con las reglas internas y las indicaciones e instrucciones emanadas de la
empresa o de las autoridades competentes, tendientes a la protección de la vida,
salud, integridad corporal y moralidad de los trabajadores. Especialmente están
obligados a cumplir con las recomendaciones que 'se les den:
a) Para el uso y conservación del equipo de protección personal que les sea
suministrado;
b) Para la ejecución del trabajo;
c) Para el uso y mantenimiento del equipo que, para protección del trabajador,
tiene la maquinaria.
ARTICULO 7°- Queda absolutamente prohibido a los trabajadores:
a) Impedir o entorpecer el cumplimiento de las medidas de seguridad en las
operaciones del trabajo;
b) Remover de su sitio los resguardos y protecciones de máquinas e instalaciones,
sin autorización y sin tomar las debidas precauciones;
c) Dañar o destruir los equipos de protección personal, o negarse a usarlos sin
motivo justificado;
d) Alterar, dañar, destruir o remover avisos o advertencias sobre condiciones
peligrosas;
e) Entregarse a juegos o darse bromas que pongan en peligro la vida, salud o
integridad corporal de los trabajadores;
f) Lubricar, limpiar o reparar máquinas en movimiento, a menos que sea
absolutamente necesario, guardando en este caso todas las precauciones
indicadas por la persona designada por el patrono al efecto; y
g) Manejar, operar o hacer uso de equipo y herramientas para las que no ten- ga
expresa autorización.
ARTICULO 8°- En todo centro de trabajo en que se ocupen diez o más
trabajadores habrá una Comisión de Seguridad, de integración obrero patronal.
Podrán constituirse subcomisiones o comités para el estudio de situaciones
especiales o transitorias, según la importancia, necesidades y circunstancias del
respectivo centro de trabajo, a juicio de la Oficina.
ARTICULO 9°- Las actividades de las comisiones, subcomisiones y comités, se
regirán por los reglamentos respectivos y, en su defecto, por las disposiciones que
dicte el Consejo.
ARTÍCULO 10°- Los locales de trabajo deberán llenar, en lo relativo a ubicación,
construcción y acondicionamiento, los requisitos de seguridad e higiene que
demanden la seguridad, integridad, salud, moral y comodidad de los trabajadores
y cumplir, en especial, lo que establecen el presente Reglamento y cualesquiera
otras disposiciones reglamentarias sobre la materia.
ARTICULO 11°- Todo proyecto de construcción, reforma o ampliación de edificios
destinados a locales de trabajo, se ajustará a las disposiciones de este
Reglamento. Los organismos públicos que deben extender los permisos de
construcción, velarán por la cabal aplicación de¡ mismo.
ARTICULO 12°- La licencia de construcción, reforma o ampliación de un edificio
destinado a local de trabajo, además de los otros organismos públicos a que por
ley o reglamento corresponda, deberá también solicitarse por escrito a la Oficina.
Al escrito, que deberá presentarlo a la Oficina personalmente el interesado, salvo
que su firma vaya autenticada por la de un abogado, se acompañarán los
siguientes planos, junto con una copia de cada uno de ellos:
a) Plano catastrado del terreno destinado a la obra, con indicación de la ubicación
exacta del mismo;
b) Plano de ubicación debidamente acotado, con indicación de la posición exacta
de las construcciones e instalaciones en el lote;
e) Plano de la planta general de distribución, elevación, secciones y detalles; y
h) Plano de las instalaciones mecánicas, eléctricas y sanitarias.
La Oficina, por resolución contra la cual cabrá el recurso de apelación que
establece el artículo 133 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Bienestar
Social, concederá o denegará el permiso. En el primer caso firmará y sellará los
planos. El sello contendrá el nombre completo de la Oficina, la palabra "Aprobado"
y el número y fecha de la respectiva resolución; los planos originales se
entregarán al interesado y las copias quedarán en los archivos de la Oficina, así
como el escrito de solicitud junto con la respectiva resolución. La Oficina o, en su
caso, el Ministro, para mejor resolver la solicitud de permiso, podrá consultar al
Consejo.
ARTICULO 13°- Todo edificio que conste de más de una planta, deberá estar
provisto de una o más escaleras de emergencia, conforme a las siguientes
prescripciones:
a) Su construcción será de material de alta resistencia al fuego;
b) Debe estar provista de barandillas y pasamanos de noventa centímetros de
altura;
c) El borde de los escalones de las mismas, deberá protegerse con material
antideslizante;
d) La escalera tendrá un ancho no menor de sesenta centímetros; y
d) número de escaleras de emergencia será tal que, conjugado con el ancho de
las mismas, permita un rápido desalojo de todos los trabajadores en caso de
emergencia.
ARTICULO 14°- Los locales de trabajo deben tener las dimensiones adecuadas en
cuanto a área y volumen de acuerdo con el clima, las necesidades de la industria y
el número de trabajadores que laboren en aquéllos. La superficie de¡ piso de los
locales no será inferior a dos metros cuadrados libres para cada trabajador, ni la
altura será inferior a dos metros y medio. En casos especiales podrá admitirse una
altura de dos metros como mínimo, siempre que a juicio de la Oficina quede
compensada la falta de altura por medios artificiales de ventilación e iluminación.
De los Pisos y Paredes
ARTICULO 15°- Los pisos deberán ser de material resistente, parejos y no
resbaladizos, fáciles de asear; con declives y desagües apropiados, caso de que
el método de limpieza sea el lavado y los cuales deberán mantenerse en buen
estado de conservación. En las inmediaciones de hornos, hogueras y, en general,
toda clase de fuegos, el piso, en un radio razonable, deberá ser adecua- do, de
material aislante de calor y, cuando fuere necesario, no conductor de cambios
térmicos.
ARTICULO 16°- Deberá procurarse que toda la superficie de trabajo o piso de los
diferentes departamentos esté al mismo nivel. De no ser así, se utilizarán
únicamente rampas de pendientes no mayores de quince grados para salvar las
diferencias de nivel en la misma planta. Las paredes y pisos deberán ser de fácil
limpieza, encontrarse en buen estado de conservación, reparándose tan pronto
como se produzcan grietas, agujeros o cualquier otra clase de desperfectos y
habrán de construirse de tal modo que se reduzcan en lo posible la percepción de
los ruidos producidos por talleres, ascensores, cintas de transporte o provenientes
de las vías públicas.
(Así adicionado mediante Decreto Ejecutivo N' 11429 de 30 de abril de 1980)
ARTICULO 17°- Los corredores o galerías que sirvan de unión entre dos locales,
escaleras u otras partes de los edificios y los pasillos interiores, tanto los
principales que conduzcan a las puertas de salida como los de otro orden,
deberán tener una anchura adecuada de acuerdo con el número de trabajadores
que deban circular por ellos, considerando incluso el desalojo de emergencia.
La separación entre máquinas, instalaciones y puestos de trabajo deberá ser
suficiente para que el trabajador pueda realizar su trabajo sin incomodidad y para
que quede a cubierto de posibles accidentes por falta de espacio, a juicio del
Consejo, previo informe de la Oficina.
ARTICULO 18°- Los locales de trabajo deberán tener el número necesario de
puertas. Aquellas que se abran hacia una escalera lo serán directamente al
descanso de la misma. Deberán existir en número suficiente escaleras que sirvan
de comunicación entre las distintas plantas del edificio, con las debidas garantías
de solidez, estabilidad, claridad y seguridad. El número y anchura de puertas y
escaleras deberán permitir la evacuación total del personal, en el tiempo mínimo y
de manera segura en caso de emergencia.
ARTICULO 19°- Cada local deberá tener un número suficiente de salidas
convenientemente dispuestas para caso de incendio u otro peligro, con indicación,
mediante señales, de la dirección para llegar a ellas y avisos cerca de las mismas
y en sitios visibles con leyendas que digan: "Salida de Emergencia". Estas
leyendas tendrán iluminación adecuada en caso de que en el local se labore de
noche, y, en previsión de emergencias, tendrán una fuente de iluminación
independiente y confortable. Las puertas de las salidas de emergencia no estarán
cerradas con llave u otro mecanismo que dificulte abrirlas fácilmente y estarán
libres de obstáculos de cualquier clase.
ARTICULO 20°- Las trampas, pozos y aberturas en general, que existan en el
suelo, deberán estar cerrados o tapados, siempre que lo permita la índole
de¡ trabajo. Si ésta no lo permitiera, aquéllos deberán estar provistos de sólidas
barandillas y de rodapiés adecuados que los cerquen de la manera más eficaz,
supliéndose la insuficiencia de protección cuando el trabajo lo exija, con señales
indicadoras de peligro, colocadas en sus inmediaciones, en los lugares más
visibles.
En las aberturas o zanjas deberán colocarse tablones o pasarelas sólidas, de
suficiente anchura y provistas de barandillas y rodapiés adecuados.
ARTICULO 21°- En los locales cerrados, el aire deberá renovarse de acuerdo con
el número de trabajadores, la naturaleza de la industria o trabajo y con las causas
generales o particulares que contribuyan, en cada caso, a vaciar el ambiente o
hacerlo incómodo.
El aire de los centros de trabajo deberá mantenerse en condiciones que no resulte
nocivo para la salud de¡ personal. Cuando se requiera, se instalará un dispositivo
que advierta al personal la presencia o desprendimiento de cantidades peligrosas
de sustancias tóxicas.
La renovación del aire podrá hacerse mediante ventilación natural o artificial,
debiendo tenerse en cuenta la velocidad, forma de entrada, cantidad por hora y
persona y condiciones de pureza, temperatura y humedad, con el objeto de que no
resulte molesta o perjudicial para la salud de los trabajadores.
ARTICULO 22°- La temperatura y el grado de humedad del ambiente en los
centros de trabajo cerrados, deberán ser mantenidos, siempre que lo permita la
índole de la industria, entre los límites tales que no resulten desagradables o
perjudiciales para la salud. Su determinación estará a cargo del Consejo, el cual
deberá observar las normas que sobre el particular señale la Organización
Internacional del Trabajo.
Cuando en ellos existan focos de calor o elementos que ejerzan influencia sobre la
temperatura ambiente o la humedad, deberá procurarse eliminar o reducir en lo
posible tal acción por los procedimientos más adecuados, protegiendo en debida
forma a los trabajadores que laboren en ellos o en sus proximidades.
ARTICULO 23°- Cuando por las necesidades del trabajo éste deba realizarse en
locales a cielo abierto o semi abierto, tales como cobertizos, galeras, hangares y
similares, deberán suavizarse, en lo posible, las temperaturas externas,
protegiendo a los trabajadores contra las inclemencias en general, y
proporcionándoles los equipos adecuados que necesiten; en ambos casos, deberá
protegerse al trabajador contra la lluvia y el polvo.
ARTICULO 24°- Los centros de trabajo deberán contar con iluminación adecuada
para la seguridad y conservación de la salud de los trabajadores.
Cuando la iluminación natural no sea factible o suficiente, se proveerá luz artificial
en cualquiera de sus formas, siempre que ofrezca garantías de seguridad, no
vacíe la atmósfera del local, ni ofrezca peligro de incendio o para la salud del
trabajador. El número de fuentes de luz, su distribución e intensidad, deben estar
en relación con la altura, superficie del local y trabajo que se realice. Los lugares
que ofrezcan peligro de accidente deberán estar especialmente iluminados.
La iluminación natural, directa o refleja, no deberá ser tan intensa que ex- ponga a
los trabajadores a sufrir accidentes o daños en su salud.
ARTICULO 25°- Todos los locales de trabajo deberán mantenerse siempre en
condiciones normales de limpieza. Cuando el barrido o cualquiera otra operación
relativa a la limpieza del suelo, paredes y techo puedan producir polvo,
forzosamente se aplicará la limpieza húmeda, practicada en cualquiera de sus
formas, o la limpieza por aspiración.
La limpieza deberá hacerse fuera de las horas de trabajo, preferiblemente
después de terminar la jornada. Pero si se realizara antes del comienzo de ésta,
deberá serio con la antelación necesaria para que los locales sean ventila- dos
durante media hora, por lo menos, antes de la entrada de los trabajadores a sus
labores. En caso de excepción y a juicio del Consejo, por la índole de la
producción, se podrán ejecutar labores de limpieza en horas de trabajo ordinario.
ARTICULO 26°- Cuando el trabajo sea continuo, deberán elegirse, para realizar la
limpieza, las horas en que se encuentre presente en los locales el menor número
de trabajadores, extremándose, en tal caso, las medidas y precauciones para
evitar los efectos desagradables o nocivos de la operación.
Cuando las operaciones de limpieza del suelo, paredes, techo o instalaciones,
ofrezcan peligro para la salud de los trabajadores encargados de realizarla, deberá
proveérselas del equipo protector adecuado.
ARTICULO 27°- Las operaciones de limpieza deberán realizarse con el mayor
esmero en las inmediaciones de los lugares ocupados por máquinas, aparatos o
dispositivos que, por el movimiento de que están animados, por las operaciones
que en ellos tengan lugar o por cualquier otra causa, ofrezcan mayor riesgo.
Deberá cuidarse, especialmente, que el pavimento no esté encharcado y que se
mantenga limpio de aceite, grasas u otros cuerpos que lo hagan resbaladizo.
ARTICULO 28°- En los centros de trabajo deberá evitarse la existencia de
materias que puedan resultar nocivas o peligrosas para la salud de los
trabajadores. Los residuos de materias primas o de fabricación y las aguas
residuales deberán almacenarse, evacuarse o eliminarse por procedimientos
adecua- dos, y el polvo, gases, vapores o materias nocivas o peligrosas, deberán
ser captados conforme lo dispone este Reglamento.
ARTICULO 29°- Los aparatos, maquinaria e instalaciones en general, deberán
mantenerse siempre en buen estado de limpieza.
Los instrumentos y demás materiales de limpieza deberán conservarse en lugares
apropiados.
ARTICULO 30°- En los locales especialmente peligrosos por sus condiciones
favorables al fuego, no deberán existir hornos ni hogueras, ni efectuarse en ellos
ninguna operación que requiera el empleo de un dispositivo de fuego libre.
El alumbrado ha de ser eléctrico, las lámparas a prueba de chispa, protegidas por
un envolvente de vidrio de cierre hermético y por una rejilla metálica y su
instalación deberá quedar a nivel de los techos o paredes. Las instalaciones
eléctricas, interruptores y fusibles han de reunir las condiciones especiales de
seguridad que en este Reglamento se indican.
Todos los depósitos, tuberías y canalizaciones metálicos deberán conectar- se
adecuadamente a tierra.
ARTICULO 31°- Únicamente podrán realizarse trabajos que requieran el empleo
de maquinarias o cualesquiera otros instrumentos que puedan dar lugar a la
producción de chispas, cuando los mismos se encuentren debidamente protegidos
a juicio del Consejo.
ARTICULO 32°- Los materiales, como trapos y algodones entre otros,
impregnados de aceite, grasa o sustancias fácilmente inflamables, así como los
residuos de material o productos peligrosos, deberán depositarse en recipientes
incombustibles provistos de cierre hermético y distribuido adecuadamente en el
local de trabajo.
ARTICULO 33°- Los productos o materias peligrosas deberán mantenerse en
depósitos incombustibles fuera de los locales de trabajo y en lugares
convenientemente aislados; se tendrán en el taller solo las cantidades necesarias
para mantener la continuidad de¡ trabajo, no se permitirá el almacenamiento
conjunto de materias que, al reaccionar entre sí, puedan dar lugar a grave peligro.
ARTICULO 34°- Las operaciones peligrosas, o aquellas que conjunta- mente con
otras ofrecieren peligro, deberán efectuarse en locales separados, salvo
necesidades ineludibles de fabricación a juicio de la. Oficina, caso en el cual podrá
realizarse dentro de un mismo local con el menor número posible de trabajadores
y tomando las precauciones necesarias.
ARTICULO 35°- Queda terminantemente prohibido fumar o introducir fósforos,
encendedores o cualquier objeto susceptible de provocar fuego libre en los locales
de trabajo en que haya peligro de explosión o incendio. Esta medida de seguridad
deberá ser recordada mediante leyendas suficientemente visibles.
ARTICULO 36°- El trabajo en lugares subterráneos o semisubterráneos solo podrá
efectuarse cuando concurran particulares exigencias técnicas. En tales casos,
deberá proveerse a estos lugares de las necesarias condiciones de ventilación,
iluminación y protección contra la humedad. Es prohibido el trabajo en pozos,
fosas, galerías y, en general, en ambientes subterráneos o semisubterráneos, sin
determinar de previo la no existencia de gases o sustancias nocivas o de
condiciones tales, que pudieran exponer al peligro la vida o la seguridad de los
trabajadores, si no se ha saneado la atmósfera mediante la conveniente
ventilación. Cuando pueda existir alguna duda sobre la peligrosidad de la
atmósfera, los trabajadores deberán estar provistos de equipos de seguridad o
aparatos de protección y ser vigilados durante toda la duración del trabajo.
ARTICULO 37°- Las calderas de vapor y los recipientes destinados a contener
fluidos a presión, deberán reunir las condiciones de seguridad fijadas por
reglamentos especiales.
ARTICULO 38°- Deberá procurarse que los motores estén en locales aislados de
los lugares de trabajo y, de no ser así, de acuerdo con la potencia de los mismos,
deberá rodeárselas de barreras y otros dispositivos y no se permitirá al personal
extraño al servicio de aquéllos, la entrada a estos locales. Esta prohibición deberá
indicarse por medio de leyendas adecuadas.
Los motores acoplados directamente a las máquinas, deberán estar protegidos, si
fuere necesario.
Las barreras y demás dispositivos arriba mencionados serán diseñados y
construidos de tal forma que reduzcan ruidos y vibraciones tanto como sea
posible.
ARTICULO 39°- Tanto el arranque como la parada y demás operaciones para el
funcionamiento de los motores deberá hacerse en forma y mediante dispositivos
tales, que no ofrezcan riesgos para los trabajadores encargados de los mismos.
Los motores, transmisiones, y máquinas - herramientas, deberán esta pro- vistos
de desembragues u otros dispositivos similares que permitan pararlos
rápidamente y de tal fortuna que resulte imposible todo embrague accidental.
El arranque y parada de los motores o unidades básicas deberán ser previamente
convenidos y generalmente conocidos por los operarios, utilizándose para ello
dispositivos eléctricos o mecánicos efectivos.
Cuando ocurra suspensión involuntario de energía eléctrica, estos dispositivos
mantendrán desconectadas las máquinas y motores hasta tanto no se ordene la
reanudación de¡ trabajo. Deberá contarse con dispositivos especiales capaces de
poder obtener una parada de los motores principales o de cualquiera de las
máquinas accionadas, en caso de emergencia.
ARTICULO 40°- Las unidades móviles, piezas salientes y demás partes de los
motores, transmisiones y máquinas que ofrezcan peligro para los trabajadores,
deberán estar provistas de coberturas adecuadas o de cualquier otra protección
conveniente que evite condiciones de peligro para los mismos.
ARTICULO 41°- Los árboles o ejes de transmisiones horizontales a baja altura,
menor de dos metros, y los verticales hasta dos metros, estarán debidamente
protegidos.
ARTÍCULO 47°- Los trabajos especiales de reparación y mantenimiento, hasta
donde sea posible por su propia naturaleza, deberán efectuarse cuando las
máquinas hayan parado y el operario encargado de esta labor, esté absoluta-
mente seguro de contar con las medidas de seguridad pertinentes.
ARTICULO 48°- Será obligación de los patronos o de sus representantes, instalar
coberturas adecuadas en todo sitio en que fueran requeridas. Si por motivo de
operaciones especiales hubiere que remover una cobertura, luego de haberse
terminado el trabajo que diere motivo a tal remoción, aquélla deberá ser restituida
a su lugar inmediatamente.
ARTICULO 49°- La persona responsable del mantenimiento y funcionamiento de
la maquinaria, no permitirá que trabajador o persona alguna, sin la debida
autorización, remueva ninguna cobertura o artefacto de protección.
ARTICULO 50°- Todos los trabajadores encargados del manejo de motores,
transmisiones y maquinas en general y sobre todo aquellas que, por la índole de
sus labores, estén expuestos a mayores riesgos, deberán llevar el equipo de
protección personal que les suministrará, en todo caso, el patrono, de acuerdo con
las disposiciones especiales existentes sobre la materia.
ARTICULO 51°- Las máquinas, aparatos e instalaciones eléctricas deberán
satisfacer las medidas de seguridad fijadas por los reglamentos específicos
existentes o que al efecto se dicten.
ANEXO No. 14
REGLAMENTO DEL SEGURO DE SALUD
CAPITULO I
PRINCIPIOS GENERALES Y CAMPO DE APLICACION
Artículo 1° De la universalidad del Seguro de Salud. De conformidad con lo que
ordena el artículo 177 de la Constitución Política, el Seguro de
Salud es universal y cubre a todos los habitantes del país, con sujeción a las
disposiciones de este Reglamento y las que específicamente dictare en el futuro la
Junta Directiva. La afiliación de quienes califiquen para ser asegurados
voluntarios, se fomenta para lograr la concreción del principio de universalidad.
Artículo 2° Del principio de igualdad. Todo asegurado es igual ante la Ley y ante
este Reglamento. No podrá hacerse discriminación alguna por razones
económicas, étnicas, religiosas, ideológicas, y de ninguna otra naturaleza que
ofenda la dignidad humana. Sólo se harán las diferencias que procedieren en
relación con el tipo de padecimiento o enfermedad.
Artículo 3° De la subsidiariedad estatal. Según lo dispuesto en el artículo 177 de la
Constitución Política, en relación con el artículo 73 ibidem, el Estado es
responsable subsidiario en la atención integral de la salud.
Artículo 4° De la integralidad y suficiencia. El Seguro de Salud tiende a la
integralidad y suficiencia, entendiendo por ello el propósito de que las prestaciones
respondan a las necesidades efectivas de la población, y que, además, sean
suficientes para superar el estado que las origina.
Artículo 5° De la eficiencia. La eficiencia se considerará como la mejor utilización
social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros
disponibles para que los beneficios a que da derecho el Seguro de Salud sean
prestados en forma adecuada, oportuna y eficaz.
Artículo 6° De la participación social. Como seguro universal, el Seguro de Salud
procura, para su mejor desarrollo, la acción solidaria de la comunidad con su
gestión y con la distribución de su patrimonio social.
Artículo 7º De la Obligatoriedad. La afiliación al Seguro de Salud es obligatoria
para todos los trabajadores asalariados, los trabajadores independientes y para
los pensionados de los regímenes nacionales de pensión, en el territorio nacional,
sin perjuicio de lo que dispone el artículo Nº 4 de la Ley Constitutiva de la Caja.
Artículo 8° Territorialidad del Seguro de Salud. Las prestaciones para los
asegurados directos y familiares proceden dentro del territorio nacional,
independientemente que los asegurados directos laboren en forma temporal,
periódica o permanente en el exterior y que los patronos tengan el domicilio fuera
de Costa Rica.
Artículo 9° Del aseguramiento voluntario. Las personas no sujetas a la afiliación
obligatoria, tienen el derecho de acogerse al régimen de Seguro Voluntario
establecido en el Reglamento especial dictado al efecto. Si estas personas
hicieren uso de la facultad de acogerse a este Seguro, se entiende que su
aseguramiento adquiere el carácter de irrenunciable, convirtiéndose en
obligatorio.
CAPITULO III
COBERTURA Y PRESTACIONES
Artículo 11º De la cobertura según modalidad de aseguramiento. Son asegurados
según su respectiva modalidad de cotización y aseguramiento las siguientes
personas:
1. Los trabajadores asalariados.
2. Los pensionados y jubilados de cualquiera de los sistemas estatales.
3. Las personas jefes de familia aseguradas por cuenta del Estado.
4. Las personas que individual o colectivamente se acojan al Seguro bajo la
modalidad de
Seguro Voluntario.
5.- Los trabajadores independientes, que coticen al Seguro en forma individual o
colectiva.
6.- Los familiares de los asegurados directos a quienes se les haya otorgado el
Beneficio Familiar.
7.- Población en condición de pobreza (Así reformado en el artículo 36º de la
sesión número 8061 del 30 de mayo del año 2006).
Artículo 12º De la protección del beneficio familiar. Son asegurados familiares: el o
la cónyuge, la compañera o el compañero, hijos, hermanos, padre, madre y otros
menores, que dependan económicamente del asegurado directo
Artículo 13° Del beneficio en caso de separación conyugal o de ruptura de la unión
de hecho. En los casos de separación judicial o de hecho, cuando el cónyuge
separado no tenga otra fuente de ingresos que la pensión alimenticia que le
suministre el responsable, el esposo o esposa tiene el derecho a ser considerado
como asegurado familiar. Igual derecho, en las mismas circunstancias, le
corresponde al compañero o compañera.
ANEXO No. 15
ANEXO No. 16
ANEXO No. 17
ANEXO No. 18
ANEXO No. 19
ANEXO No. 20
ANEXO NO. 21
ANEXO No. 22
DECLARACIÓN JURADA PARA TRAMITES DE
SOLICITUD DE PERMISOS SANITARIOS DE FUNCIONAMIENTO POR
PRIMERA VEZ O RENOVACIONES
Yo: ______________________________________con domicilio
en Distrito________Cantón_______________Provincia________________
Otras señas: ______________________________________________________
Cédula Identidad, de pasaporte o de Residencia No.
____________________________
En mi carácter de:
( ) Representante legal o Apoderado ( ) Interesado
del establecimiento denominado: _______________________________.
Dirección del establecimiento:
______________________________________________
cuya razón social es
_____________________________________________________
Con Cédula Jurídica
Nº _______________________________________________
Solicito me sea otorgado el PERMISO que señala la Ley General de Salud, a mi
representada, para lo cual declaro bajo fe de juramento que conociendo que de
no decir la verdad incurro en perjurio sancionado con pena de prisión según el
Código Penal y con conocimiento de la importancia de mis manifestaciones
declaro lo siguiente:
PRIMERO: Que la actividad aquí señalada que se realizará en el
establecimiento denominado ______________________________ cumple con
toda la normativa correspondiente para el caso en concreto.
SEGUNDO: La información que contiene el formulario unificado que adjunto a esta
declaración es verdadera.
TERCERO: Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la Ley
Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social declaro estar al día en el
pago de mis obligaciones con esa institución.
CUARTO: Que de conformidad con lo establecido en el Reglamento General
para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del Ministerio de Salud en
su Artículo 8, Condiciones previas, mi representada cumple con lo ahí solicitado
y para ello suministro la siguiente información según corresponda: (Aplica solo
para trámites de permisos sanitarios de funcionamiento por primera vez, a menos
que se opere algún cambio durante la vigencia del permiso por lo que deberá
actualizarse al momento de la renovación) :
1. Resolución Municipal de Ubicación No. _________otorgada por la
Municipalidad de ______________, emitida el día ___ del mes de
_________del año_____
2- Viabilidad (licencia) Ambiental No. ____________ emitida por la SETENA, el
día _____del mes de ___________ del año____.
3- Certificación No._______ emitida por el Administrador del Sistema de
Alcantarillado Sanitario donde certifica la conexión a dicho sistema, otorgada el
día _______ del mes de_________del año _______o Permiso de vertido
No.____________ emitido por el MINAE que permita descargar aguas residuales
al cuerpo de agua _______________, otorgado el día ________ del mes de _____
del año ______.
5-. Código de Incorporación al Colegio Profesional correspondiente del
responsable técnico: ______________________
6-. Certificado de regencia profesional vigente otorgada por el Colegio Profesional
correspondiente: ________________
7-. Certificado de operación del establecimiento extendida por el Colegio
Profesional correspondiente: ______________
8-. Permiso de funcionamiento para calderas extendida por el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social: _____________
Además de conformidad con la actividad que realizo, cumplo con los requisitos
señalados para la solicitud del trámite por primera vez o para renovación del
Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del
Ministerio de Salud, manteniendo las mismas condiciones en que fue otorgado el
PSF para lo cual declaro y aporto lo siguiente:
QUINTO: Asimismo, me comprometo a mantener las condiciones debidas por el
tiempo de vigencia del permiso y cumplir con los términos de la normativa antes
indicada, por ser requisito indispensable para la operación de mi establecimiento,
de igual forma me comprometo que todos los servicios brindados y los productos,
equipos y materiales que se comercialicen o utilicen dentro del establecimiento
que represento, cuando proceda, estarán debidamente autorizados por el
Ministerio de Salud y a no ampliar o cambiar de actividad sin la autorización previa
de este Ministerio.
SEXTO: Por lo anterior, quedo apercibido de las consecuencias legales y
judiciales, con que la legislación castiga el delito de perjurio. Asimismo, exonero
de toda responsabilidad a las autoridades del Ministerio de Salud por el
otorgamiento del PSF con base en la presente declaración, y soy conocedor de
que si la autoridad de salud llegase a corroborar alguna falsedad en la presente
declaración, errores u omisiones en los documentos aportados, o que los servicios
prestados y/o los productos comercializados dentro de mi establecimiento no
cuentan con la debida autorización sanitaria, suspenderá o cancelará el PSF. Es
todo.
Firmo en_______a las____horas del día__ __ del mes de ________del
año___________.
Firma:______________________________________________________
Es auténtica:______________________________________________
INSTRUCCIONES
a) Cuando se trate de personas jurídicas debe adjuntar:
Certificación vigente de personería jurídica, notarial o registral.
Copia de la cédula jurídica, certificada o simple junto con su original para
confrontación.
b) Si es persona física se debe adjuntar copia de la cédula certificada o simple
junto con su original para confrontación.
c) Si el trámite es realizado personalmente por el interesado, se prescinde de la
autentificación de su firma.
d) Solamente podrá efectuar la declaración jurada quien tenga potestad legal sin
límite de suma para hacerlo.
Requerimiento de Planes
Tipo de establecimiento según riesgo sanitario y ambiental | Cantidad de
personas | Plan de Emergencia | Programa de Salud Ocupacional |
Todos los establecimientos o actividades de Grupo A, B y C | 20 a 49 empleados u
ocupantes | Debe esta implementado a los 4 meses contados a partir del día
siguiente al otorgamiento del PSF por primera vez y tenerlos disponibles en el
momento de la inspección. | ……… |
Todos los establecimiento o actividades de Grupo A, B y C | 50 o más empleados
| | Debe esta implementado a los 4 meses contados a partir del día siguiente al
otorgamiento del PSF por primera vez y tenerlos disponibles en el momento de la
inspección. |
El Plan de Manejo de desechos sólidos y líquidos, actividades de riesgo A, B y
C, deberán ser presentados para su aprobación y posterior control de su
implementación, por parte de las autoridades de salud, únicamente cuando por la
naturaleza de los residuos o la cantidad de éstos no fuere sanitariamente
aceptable el uso del sistema público de recolección; o cuando no existe dicho
sistema en la localidad donde se ubica el establecimiento o la actividad; así como
en aquellos casos donde se generen residuos de carácter infecto-contagiosos,
peligrosos o insalubres, o exista normativa específica que así lo ordene. |
PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO DE SALUD
No.____________________ |
| REGION RECTORA DE
SALUD: __________________________________________________ | |
| | |
| AREA RECTORA DE
SALUD: ___________________________________________________ | |
| | |
| No._________________ | |
En cumplimiento a lo que establece la Ley General de Salud y el Reglamento
General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento por parte del
Ministerio de Salud, así como demás normativa vigente, se extiende el presente
permiso sanitario de funcionamiento a: |
________________________________________________________NOMBRE
DEL ESTABLECIMIENTO |
RAZON SOCIAL:
__________________________________________________________________
_____ |
REPRESENTANTE LEGAL:
______________________________________________________________ |
CEDULA
JURIDICA:___________________________________ CEDULA DE
IDENTIDAD:______________________________ |
TIPO DE ACTIVIDAD:
__________________________________________________________________
______________________ |
DIRECCION:
__________________________________________________________________
______________________ |
PROVINCIA:
___________________ CANTON:_______________________ DISTRITO:_____
________________ |
OTRAS
SEÑAS:___________________________________________________________
_____________________ |
CLASIFICACION CIIU TIPO DE
RIESGO |
DADO EN LA CIUDAD DE__________________________ A LOS ________
DIAS DEL MES DE ___________________DE_____________ |
El presente permiso es válido exclusivamente para la actividad y lugar arriba
indicado por el período correspondiente, salvo que las condiciones de este o de su
funcionamiento, o las infracciones que cometan a la legislación ameriten la
suspensión o cancelación anticipada del mismo o la clausura del establecimiento
para garantizar la salud de los trabajadores, de la población y del ambiente en
general. |
Tiene validez de: ________________ años. |
DEBE SER RENOVADO
EL ____________ DE ______________________________ DE
____________________ |
Los alcances y condiciones bajo las cuales se otorga este permiso se establecen
en la Resolución No.___________________________ |
SELLO |
NOMBRE
FIRMA DIRECTOR (A) AREA RECTORA DE
SALUD DIRECTOR (A) AREA RECTORA
DE SALUD o del funcionario
designado o del funcionario
designado |
Original: Interesado Cc: Expediente del
|
COLÓQUESE EN UN LUGAR VISIBLE |
SOLICITUD DE PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO( FORMULARIO
UNIFICADO ) | (CÒDIGO ………………) | |
A: INFORMACION RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO Y ACTIVIDAD PARA LA
CUAL SOLICITA PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO: ( No dejar
espacios en blanco, escribir claro de preferencia letra imprenta o de molde. libre
de tachaduras ). | |
1 | MOTIVO DE PRESENTACIÓN: | 2 | GRUPO DE RIESGO:
| 3 | CÓDIGO CIIU | 4 | TIPO DE ACTIVIDAD O SERVICIO
PRINCIPAL : ACCESORIA (S) | |
| 1 ERA VEZ | | | A | B | C | | | | | |
| RENOVACION | | | | | | | | | | |
5 | NOMBRE COMERCIAL DEL ESTABLECIMIENTO, EMPRESA O NEGOCIO
QUE SOLICITA PSF: | |
6 | PROVINCIA: | 7 | CANTON: | 8 | DISTRITO: | |
9 | DIRECCIÓN EXACTA DEL ESTABLECIMIENTO (OTRAS SEÑAS
ESPECIFICAS): | |
10 | TELÉFONO: | 11 | Nº DE FAX PARA NOTIFICACIONES: | 12 | APDO.
POSTAL: | 13 | CORREO ELECTRÓNICO: | |
14 | NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O JURÍDICA PROPIETARIA DE LA
ACTIVIDAD O ESTABLECIMIENTO: | 15 | CÉDULA DE IDENTIDAD O
JURÍDICA: | |
16 | LUGAR DE NOTIFICACIÓN PERSONA FÍSICA O JURÍDICA PROPIETARIA
DEL ESTABLECIMIENTO EMPRESA O NEGOCIO : | |
17 | TELÉFONO | 18 | Nº DE FAX PARA NOTIFICACIONES: | 19 | APDO.
POSTAL: | 20 | CORREO ELECTRÓNICO: | |
21 | RAZÒN SOCIAL DE LA ACTIVIDAD OESTABLECIMIENTO | 22 | CÈDULA
JURÌDICA |
23 | NOMBRE DEL PROPIETARIO DEL INMUEBLE, O SU RERESENTANTE
LEGAL EN CASO DE PERSONA JURÍDICA: | 24 | CEDULA DE IDENTIDAD | |
25 | LUGAR DE NOTIFICACIÓN DEL PROPIETARIO DEL INNUEBLE O SU
REPRESENTANTE LEGAN EN CASO DE PERSONA JURIDICA: | |
26 | TELÉFONO | 27 | Nº DE FAX PARA NOTIFICACIONES: | 28 | APDO.
POSTAL: | 29 | CORREO ELECTRÓNICO: | |
30 | Nº TOTAL DE EMPLEADOS: | 31 | N° HOMBRES: | N°MUJERES: | 32 | No
.TOTAL DE CLIENTES U OCUPANTES: |
33 | HORARIO DE TRABAJO (APERTURA Y CIERRE): | 34 | HORARIO DE
ATENCIÓN DE USUARIOS: |
35 | AREA DE TRABAJO EN METROS CUADRADOS : |
36 | DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS OFERTADOS : ( Ver instrucciones al
dorso usar hojas adicionales si es necesario) |
37 | GENERA DESECHOS PELIGROSOS: ( ) SI ( )
NO CANTIDAD POR MES : |
B: INFORMACIÓN ESPECÍFICA PARA ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Y
AFINES: |
38 | NOMBRE DEL RESPONSABLE TÉCNICO (EN CASO DE SERVICIOS DE
SALUD O AFINES): | 39 | No. CEDULA: |
40 | LUGAR DE NOTIFICACION RESPONSABLE TÉCNICO: |
41 | TELÉFONO: | 42 | N° FAX PARA NOTIFICACIONES: | 43 | APDO. POSTAL: |
44 | CORREO ELECTRÓNICO: |
45 | PROFESIÓN DEL RESPONSABLE TÉCNICO: | 46 | ESPECIALIDAD DEL
RESPONSABLE TÉCNICO: | 47 | REGISTRO DEL COLEGIO PROFESIONAL: |
48 | N° PERSONAL PROFESIONAL: | 49 | N° PERSONAL TÉCNICO |
50 | FIRMA DEL RESPONSABLE TÉCNICO (EN CASO DE
ESTABLECIMIENTOS DE SALUD O AFINES): |
51 | FIRMA DEL PROPIETARIO DE LA
ACTIVIDAD O ESTABLECIMIENTO:
AUTENTICACION: |
C: LOS SIGUIENTES ESPACIOS SON DE USO EXCLUSIVO DEL
MINISTERIO DE SALUD ( Deben llenarse conforme lo señala el instructivo ). |
52 | FECHA DE RECIBIDODE SOLICITUD: | 53 | NOMBRE DEL FUNCIONARIO
QUE RECIBE LA SOLICITUD |
54 | SELLO | 55 | Nº DE SOLICITUD |
D. REQUERIMIENTOS DE LA SOLICITUD |
1. DECLARACIÓN JURADA
( ) 2. COPIA COMPROBANTE DE PAGO DE
SERVICIOS ( ) 3. COPIA DE LA CÉDULA
DE IDENTIDAD ( ) 4. CERTIFICACIÓN REGISTRAL
O NOTARIAL DE LA PERSONERÍA Y CÉDULA JURÍDICAS
VIGENTES ( )5. LISTADO DEL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO EN
CIENCIAS DE LA SALUD Y AFINES A LA SALUD ( ) |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
ANEXO No. 23
ANEXO No. 24
ANEXO No. 25
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN
Usted tiene la obligación de inscribirse en el registro de contribuyentes que lleva la
Administración Tributaria, desde el momento en que inicia actividades comerciales
(vende mercancías o presta servicios), situación que lo convierte en un
contribuyente afecto a los impuestos sobre la renta, general sobre las ventas,
selectivo de consumo, etc., según su actividad económica.
Requisito general, tanto para personas físicas como jurídicas (sociedades y otros):
Complete el formulario D-140 Declaración de Inscripción en el Registro de
Contribuyentes (color CELESTE).
Requisitos Específicos:
1. Si usted es costarricense:
Presente original de su cédula de identidad.
Nota: Si usted no realiza el trámite personalmente, un abogado o un notario debe
autenticarle la firma en el formulario D-140 a presentar, en cuyo caso no es
necesario que envíe su cédula ni fotocopia, pero se recomienda que la persona
que usted autorice porte identificación.
2. Si usted es extranjero (a):
Presente el original de su documento de identificación vigente.
Nota: Si usted no realiza el trámite personalmente, un abogado o un notario debe
autenticarle su firma en el formulario D-140 a presentar. En este caso sí es
necesario que envíe su identificación original o fotocopia, ya que con base en ella
se le asigna un número de identificación tributaria especial.
3. Si es una persona jurídica (sociedad) y el trámite lo realiza el representante
legal:
Original de la cédula de identidad del representante legal.
Original de certificación de personería jurídica con un máximo de tres meses de
emitida. La misma debe indicar si la representación es individual o conjunta y el
poder de actuación o en su defecto, original de la escritura de constitución de la
sociedad con un máximo de tres meses de emitida por el Registro Público. Si no
presenta el original aporte copia certificada.
Nota: Si el representante legal no realiza el trámite personalmente, un abogado o
notario debe autenticarle la firma en el formulario D-140 a presentar, en cuyo caso
no es necesario que envíe cédula de identidad ni fotocopia, pero se recomienda
que la persona que usted autorice porte identificación.
Situaciones particulares
Cuando se requiera inscribir más de un representante legal, más de una actividad
económica o un negocio con sucursales, debe presentar:
- Hoja de detalle: Información de Representante Legal y otros
- Hoja de detalle: Información de Sucursales y otros.
Para los siguientes casos consulte los requisitos adicionales que debe presentar:
Sociedades de hecho, Salas de juego o casinos, Fideicomisos y Fondos de
Inversión, Traspaso de negocio, Condominios y Centros comerciales, Patronatos o
Comedores escolares, Juntas de educación, Menores de edad o herederos,
Personas discapacitadas, Asociaciones o Fundaciones sin fines de lucro,
Sucesiones. Registro de imprentas, Proveedores de cajas registradoras,
Comercializadores de vehículos.
Presentación
Presente el formulario D-140 junto con los requisitos que le correspondan en el
Área de Registro de Contribuyentes de la Administración Tributaria de su
localidad.
Sanciones
Si usted omite inscribirse en el plazo establecido, se hará acreedor a una sanción
de medio salario base por mes o fracción de mes hasta un máximo de tres salarios
base. El salario base varía todos los años, consúltelo en la administración
tributaria o en nuestra página: http://dgt.hacienda.go.cr.
Recuerde
Una vez inscrito, usted tiene la obligación de actualizar sus datos cuando estos
sufran alguna variación y si cesa actividades tiene la obligación de des inscribir su
negocio.
La inscripción también la puede realizar electrónicamente en la siguiente dirección:
https://www.haciendadigital.go.cr
ANEXO No. 26
LEGALIZACIÓN DE LIBROS
Todo contribuyente de los impuestos administrados por la Dirección General de
Tributación debe solicitar la legalización de los libros y cualesquiera otros registros
de su actividad comercial ante la Administración Tributaria que le corresponda.
1. Fundamento legal Artículos 251 y 252 del Código de Comercio, 51 y 77 de la
Ley del Impuesto sobre la Renta y 53 de su reglamento, el artículo 128 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios; 35 de la Ley del Impuesto General sobre
las Ventas y Decreto No. 25514-H del 24 de setiembre de 1996 y sus reformas.
Asimismo, el artículo 35 de la Ley de Sociedades Anónimas Laborales y los
artículos 6 y 21 de la Ley para garantizar al país mayor seguridad y orden, así
como la resolución N° DGT-09-2010 del 13 de mayo del 2010, publicada en La
Gaceta N° 116 del 16 de junio del 2010, la resolución N° DGT-12-2010 del 12 de
agosto del 2010, publicada en La Gaceta N° 170 del 1° de setiembre del 2010 y la
resolución DGT-21-2010 del 03 de noviembre del 2010 publicada en La Gaceta N°
238 del 8 de diciembre del 2010.
2. Requisitos generales El trámite de legalización de libros debe efectuarse en la
Administración Tributaria del lugar del domicilio del contribuyente, mediante el
formulario D-406 “Solicitud de legalización de libros”. Si en el espacio del
formulario no se pudieren consignar todos los representantes legales de una
persona jurídica (representación conjunta), solicite en la Administración Tributaria
el formulario “D-406 Anexo de Representantes Legales”.
Los siguientes requisitos deben cumplirse en todos los trámites de legalización:
* Presentar debidamente lleno el formulario D-406 “Solicitud de legalización de
libros”, el cual es gratuito y se obtiene en las administraciones tributarias.
* Aportar los libros por legalizar con la información requerida en la razón de
legalización pre impresa en el primer folio de cada libro, sin tachones ni borrones y
con letra legible. Con excepción de los libros de actas en hojas sueltas, para
efectos de conservación y seguridad y con el fin de garantizar la no sustitución de
los folios, todo libro debe ser presentado en pasta dura y debidamente cosido y
engomado.
* Si es persona física debe presentar la cédula de identidad.
* Si es una persona jurídica debe presentar la cédula de identidad del
representante legal acreditado en nuestros registros; si no está acreditado debe
presentar además una personería jurídica vigente, con una fecha de emisión no
mayor a tres meses.
* Si el trámite lo realiza un tercero, la firma del contribuyente o representante legal,
deberá estar debidamente autenticada por un abogado o un notario en el espacio
de autorización establecido en el formulario D-406 y en el anexo, si corresponde.
Si la autenticación la efectúa un abogado, puede usar el “sello blanco” o “sello de
hule”, pero si la realiza un notario, debe estamparse el “sello blanco”. En ambos
casos, debe adherirse a la solicitud la suma de ¢250.00 colones del timbre del
Colegio de Abogados. En todo trámite de legalización se deben aportar los
siguientes timbres: ¢125 en timbres fiscales, por cada libro de contabilidad y libro
de registro de compras por legalizar. ¢25 en timbres del Colegio de Contadores
Privados por cada libro de contabilidad, de actas, registro de socios (accionistas) y
el libro de registro de compras (si corresponde) por legalizar.
3. Tipos de libros por legalizar
a.- Libros generales: Las personas jurídicas, las personas físicas con actividades
lucrativas y otros contribuyentes del impuesto sobre la renta como los
fideicomisos, las sucesiones, sucursales o agencias de empresas extranjeras,
cuentas en participación, encargos de confianza, sociedades de hecho, entes
dedicados a la prestación privada de servicios de educación universitaria,
empresas públicas organizadas bajo la forma de sociedades anónimas, bancos
estatales y privados y todos aquellos contribuyentes que no estén expresamente
indicados dentro de los anteriores, deberán legalizar los libros de Diario, Mayor e
Inventarios y Balances, con las siguientes excepciones:
i. Técnicos y profesionales liberales que únicamente se dediquen al ejercicio
liberal de su profesión, así como las personas físicas que presten servicios no
gravados con el impuesto general sobre las ventas, sin perjuicio de los que
laboren también en relación de dependencia, deberán llevar un libro especial de
ingresos y egresos y un Registro auxiliar en el que desglosarán los activos
necesarios para el ejercicio de su profesión, los cuales no requieren ser
legalizados.
ii. Personas físicas inscritas en el Régimen de Tributación Simplificada.
b.- Libros adicionales:
Además de los libros generales indicados en el inciso anterior, las sociedades
deberán llevar los libros que a continuación se detallan:
1.- Libros por legalizar según tipo de sociedad:
i. Sociedades anónimas: Actas de Asamblea de Socios (Asamblea General), Actas
de Consejo de Administración (Junta Directiva), Registro de Socios (Registro de
Accionistas) y el Registro de Obligaciones, si las hubieren emitido, conforme lo
establece el artículo 252 del Código de Comercio..
ii. Sociedades de responsabilidad limitada: Actas de Asamblea de Socios y
Registro de Socios.
iii. Sociedades de Actividades Profesionales y Sociedades Anónimas Laborales:
Actas de Asamblea de Socios.
2.- Libros por legalizar según el tipo de actividad que realice:
Además de los libros que deben legalizar según el tipo de persona, deberán
legalizar los que se indican a continuación.
i. Casas de empeño y compra-venta de artículos usados: Registro de compra-
venta (solo para personas físicas e instituciones del Estado).
ii. Establecimientos de desarme de vehículos: Registro de desarme de vehículos.
iii. Régimen de Tributación Simplificada: Registro de compras.
c.- Libros específicos:
i. Personas físicas inscritas en el Régimen de Tributación Simplificada: legalizarán
únicamente el libro de “Registro de compras”, donde registrarán tanto las compras
como el detalle de los activos. Tratándose del transporte remunerado de personas
en modalidad de taxi, igualmente legalizará este libro, en el que registrará en lugar
de las compras, el kilometraje recorrido, así como el detalle de los activos.
ii. En el caso de personas jurídicas inscritas en este régimen, legalizarán los libros
generales indicados en el inciso a), así como el libro de registro de compras con el
detalle señalado en el punto i) anterior.
iii. Fundaciones que realicen actividades lucrativas: aparte de los libros indicados
en el inciso a), pueden legalizar, si lo requieren, el libro de actas de asamblea.
4. Requisitos según el tipo de trámite
Según el tipo de trámite de que se trate, se deberá cumplir con los requisitos que
se describen a continuación:
a. Renovación de libros terminados por libros nuevos: aportar los libros por cerrar
así como los libros nuevos por legalizar. Los libros por cerrar, deben traer la
etiqueta de cierre adherida en el folio siguiente al último utilizado. La
Administración Tributaria le suministrará la etiqueta.
b. Transformación (cuando tratándose de sociedades, se modifica la razón o
denominación social): aportar los libros por transformar, los cuales deben traer
adherida la etiqueta con la razón de legalización en el folio siguiente al último
utilizado con el nombre anterior. Para este trámite no se requiere aportar timbres.
Los solicitantes de este trámite deben realizar de previo, el cambio de la razón o
denominación social en el Registro de Contribuyentes mediante el formulario D-
140.
c. Reposición (por pérdida, daño o sustracción):
* Personas físicas con actividades lucrativas:
Deben aportar la respectiva solicitud de reposición junto con la copia de la cédula
de identidad del contribuyente. Además deberá observar el procedimiento que en
cuanto a edictos y recursos administrativos se establece en el sub inciso ii)
siguiente.
* Personas jurídicas
i. Deben aportar la solicitud de reposición y la certificación del acta notarial en la
que conste que comparecieron los socios que representan la totalidad o mayoría
del capital social y que autorizan la reposición del (los) libro(s).
ii. Posterior a la presentación de la solicitud de reposición, se debe publicar un
edicto durante tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y además un
aviso en uno de los diarios nacionales de mayor circulación, con los siguientes
datos: nombre del interesado, número de cédula, nombre y número del libro por
reponer y la leyenda de que por ocho días hábiles se escuchan oposiciones en la
Administración Tributaria donde se está llevando a cabo el trámite de reposición.
Para las publicaciones se sugiere la siguiente redacción:
“AVISO POR REPOSICIÓN DE LIBROS
XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica xxxxxxxx, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (NOMBRE
Y NÚMERO DEL LIBRO POR REPONER). Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
de la Administración Tributaria de xxxxxxxxxxxx, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.
Lic.(da) ………………”
Si la persona jurídica que solicita la reposición ha efectuado transformación
(cambio de razón o denominación social), tanto en los edictos como en el aviso
debe indicar el nombre y el número de cédula jurídica anterior. El texto que se
recomienda utilizar, sin excluir el uso de otros en el mismo sentido, es el
siguiente:
“AVISO POR REPOSICIÓN DE LIBROS
XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica xxxxxxxx, anteriormente
denominada XXXXXXXXXX SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica
xxxxxxxxxxxxxx, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de
los siguientes libros: (NOMBRE Y NÚMERO DEL LIBRO POR REPONER). Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de xxxxxxxxxxxx,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.
Lic.(da) ………………”
La publicación de los citados edictos debe hacerse en un período de treinta días
naturales, contados a partir de la presentación de la solicitud de reposición.
Efectuadas las publicaciones, el interesado tiene un plazo de diez días naturales
para presentar en la Administración Tributaria donde solicitó el trámite de
reposición, el original o copia certificada de las hojas completas de los diarios que
contengan las publicaciones.
Si alguno de estos plazos vence y el interesado no ha cumplido con tales
requisitos de publicación o presentación, deberá iniciar un nuevo trámite de
reposición si no hubiere oposiciones a la reposición de los libros, la legalización se
efectuará dentro de los ocho días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para
escuchar oposiciones en la Administración.
Si hubiere oposición, quien se oponga deberá presentar las pruebas
correspondientes ante la Administración Tributaria indicada en las publicaciones,
en un plazo máximo de ocho días hábiles, contados a partir de la última
publicación en La Gaceta.
* Procedimiento alterno de reposición del libro de actas
En caso de que una persona jurídica tenga vencido el nombramiento de su Junta
Directiva y no cuente con los libros respectivos; al no tener un representante
legitimado para la reposición, requiere legalizar el libro de actas de asamblea, para
poder asentar el nombramiento de la respectiva Junta Directiva. Por tal razón,
debe seguir el siguiente procedimiento:
i) Los interesados deberán aportar la solicitud de reposición del libro de actas,
firmada por alguno de los socios, así como la certificación del acta notarial en la
que conste que comparecieron los socios que representan la totalidad o mayoría
del capital social y que autorizan la reposición del libro citado.
ii) El resto del trámite para la reposición del “Libro de Actas de Asamblea”, se hará
según lo dispuesto en los puntos ii) y siguientes del apartado “personas jurídicas”
de este inciso c).
* Caso de muerte del Representante Legal
En caso de muerte del representante legal y no habiendo más representantes, la
reposición de los libros deberá solicitarla el albacea nombrado ante un Juez de la
República o ante un Notario (caso de sucesión notarial), aportando la certificación
de albaceazgo debidamente inscrita en el Registro Nacional.
d. Cierre de libros: los libros por cerrar deben traer adherida la etiqueta con la
razón de cierre en el folio siguiente al último utilizado. Si quedara espacio y folios
en blanco, el interesado deberá trazar en cada uno de ellos una línea diagonal con
tinta de un extremo al otro.
e. Libros de actas en hojas sueltas:
Se autoriza el uso de hojas sueltas en la legalización de los libros de actas de
asamblea de socios (Asamblea General) y actas de consejo de administración
(Junta Directiva).
Las hojas deben presentarse debidamente foliadas con la numeración consecutiva
impresa La cantidad máxima de folios por legalizar para cada libro de actas es de
quinientos, debiendo iniciar cada libro con el folio número uno.
Las hojas de los libros deben tener la razón social y el respectivo número de
cédula jurídica impresos. Al igual que en los libros empastados, en los libros de
hojas sueltas la razón de legalización deberá ir en el folio N° 1. Cuando el trámite
solicitado es el cierre del libro, las hojas que lo componen deben presentarse en
estricto orden de numeración, debidamente empastadas y con la etiqueta de la
razón de cierre en el folio siguiente al último utilizado.
5. Procedimiento
a. Recepción de solicitudes: Para cada tipo de trámite debe presentarse un
formulario D-406 “Solicitud de legalización de libros” junto con los requisitos
correspondientes, en la Administración Tributaria de la jurisdicción del
contribuyente. Todos los libros deben presentarse con la razón de legalización pre
impresa debidamente llena y los timbres adheridos en el espacio creado para tal
efecto. El dato del número de asiento, corresponde al número de documento que
lleva pre impreso el formulario D-406 en la casilla N° 1. Con el fin de garantizar el
servicio a todos los solicitantes, la Administración recibirá un máximo de tres
solicitudes de legalización por interesado o autorizado, por turno.
b. Retiro de libros: Los libros pueden ser retirados en un plazo de ocho días
hábiles a partir de su recibo por parte de la Administración. En el caso de
reposición, la entrega se determinará por el cumplimiento de los plazos indicados
en el inciso c. del punto 4 anterior. Los libros serán entregados al contribuyente,
representante legal o autorizado en el D-406, previa presentación de su
identificación. Si son retirados por una persona diferente a las indicadas. , ésta
debe aportar su cédula de identidad y además una autorización del representante
legal, debidamente autenticada por un abogado según las formalidades señaladas
en la quinta viñeta del punto número 2 anterior, “Requisitos generales”. La
Administración Tributaria mantendrá los libros a despacho durante tres meses
después de la fecha de recibo. Si no se retiran en ese plazo, procederá a su
destrucción o dispondrá conforme considere conveniente.
6. Sanción Si un contribuyente no tiene, no exhibe o mantiene atrasados los libros
de contabilidad por más de tres meses, será sancionado con una multa de un
salario base. El salario base varía todos los años, consúltelo en la administración
tributaria o en nuestra página: http://dgt.hacienda.go.cr
ANEXO No. 27
7554
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
DECRETA: LEY ORGANICA DEL AMBIENTE
ARTÍCULO 6.- Participación de los habitantes El Estado y las municipalidades,
fomentarán la participación activa y organizada de los habitantes de la República,
en la toma de decisiones y acciones tendientes a proteger y mejorar el ambiente.
ARTÍCULO 7.- Creación de los Consejos Regionales Ambientales Se crean los
Consejos
Regionales Ambientales, adscritos al Ministerio del Ambiente y Energía; como
máxima instancia regional desconcentrada, con participación de la sociedad civil,
para el análisis, la discusión, la denuncia y el control de las actividades, los
programas y los proyectos en materia ambiental.
ARTÍCULO 8.- Funciones Las funciones de los Consejos Regionales Ambientales,
son las siguientes:
a) Promover, mediante actividades, programas y proyectos, la mayor participación
ciudadana en el análisis y la discusión de las políticas ambientales que afecten la
región.
b) Analizar, discutir y pronunciarse sobre la conveniencia y la viabilidad de las
actividades, los programas y los proyectos que en materia ambiental, promueva el
Ministerio del Ambiente y Energía o cualquier otro ente del Estado.
c) Atender denuncias en materia ambiental y gestionar, ante los órganos
pertinentes, las acciones respectivas.
d) Proponer actividades, programas y proyectos que fomenten el desarrollo
sostenible y la conservación del ambiente en la región.
e) Desarrollar y poner en práctica actividades, programas y proyectos de
educación, que fomenten las bases de una nueva actitud hacia los problemas del
ambiente y sienten los fundamentos para consolidar una cultura ambiental.
(NOTA: el artículo 12 de la Ley Forestal No.7575 del 13 de febrero de 1996 amplía
las funciones de los Consejos Regionales Ambientales al disponer que:
"Los Consejos Regionales Ambientales, creados por Ley No. 7554, del 4 de
octubre de 1995, se reunirán por lo menos una vez cada dos meses y tendrán,
además, las siguientes funciones:
a) Conocer y analizar los problemas forestales de la región donde están
constituidos y coadyuvar al control y la protección forestales.
b) Participar activamente en la concepción y formulación de las políticas
regionales de incentivo a la reforestación.
c) Prevenir y combatir plagas, enfermedades e incendios forestales en los terrenos
del patrimonio natural del Estado; además, colaborar en la prevención de plagas,
enfermedades e incendios forestales en plantaciones y bosques privados.
d) Dar seguimiento al avance y cumplimiento de las políticas regionales de
desarrollo forestal y pronunciarse sobre ellos.
e) Recomendar, a la Administración Forestal del Estado el orden de prioridad de
las áreas por incentivar.
f) Autorizar la corta de árboles indicada en el artículo 27 de esta ley.
g) Cualquier otra función que le asigne específicamente la Administración Forestal
del Estado.")
ARTÍCULO 9.- Integración Los Consejos Regionales Ambientales, estarán
integrados de la siguiente manera:
a) Uno de los gobernadores provinciales que atienden la región, quien lo
presidirá.
b) Un representante de la Liga de Municipalidades.
c) Un representante de las organizaciones ecológicas.
d) Un representante de cada uno de los Consejos Regionales relacionados con el
ambiente que operen en la región.
e) Un representante de los gobiernos estudiantiles de centros de enseñanza
secundaria ubicados en la región.
f) Un representante de las cámaras empresariales que operen o estén
representadas en la región.
ARTICULO 10.- Sesiones de los Consejos Los Consejos Regionales Ambientales
se reunirán, en forma ordinaria, una vez al mes y, en forma extraordinaria, cuando
sean convocados. Los miembros no percibirán ningún tipo de remuneración, su
labor en el Consejo será ad honórem, durarán en sus cargos dos años y podrán
ser reelegidos. (Tácitamente reformado por el artículo 12 de la Ley Forestal Nº
7575 de 13 de febrero de 1996, en lo referente a reuniones. Ver nota del artículo 8
de la presente ley).
ARTÍCULO 11.- Nombramiento de miembros Los miembros de este Consejo serán
escogidos por el Ministerio del Ambiente y Energía, de una terna que presentarán
los sectores mencionados en el artículo 9 de esta ley.
ARTICULO 17.- Evaluación de impacto ambiental Las actividades humanas que
alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales
tóxicos o peligrosos, requerirán una evaluación de impacto ambiental por parte de
la Secretaría Técnica Nacional Ambiental creada en esta ley. Su aprobación
previa, de parte de este organismo, será requisito indispensable para iniciar las
actividades, obras o proyectos. Las leyes y los reglamentos indicarán cuáles
actividades, obras o proyectos requerirán la evaluación de impacto ambiental.
ARTICULO 18.- Aprobación y costo de las evaluaciones La aprobación de las
evaluaciones de impacto ambiental, deberá gestionarse ante la Secretaría Técnica
Nacional Ambiental; estas evaluaciones deberán ser realizadas por un equipo
interdisciplinario de profesionales, inscritos y autorizados por la Secretaría Técnica
Nacional Ambiental, de conformidad con las guías elaboradas por ella. El costo de
las evaluaciones de impacto ambiental correrá por cuenta del interesado.
ARTICULO 19.- Resoluciones Las resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional
Ambiental deberán ser fundadas y razonadas. Serán obligatorias tanto para los
particulares, como para los entes y organismos públicos.
ARTÍCULO 20.- Cumplimiento de las resoluciones La Secretaría Técnica Nacional
Ambiental establecerá instrumentos y medios para dar seguimiento al
cumplimiento de las resoluciones de la evaluación de impacto ambiental. En los
casos de violación de su contenido, podrá ordenar la paralización de las obras. El
interesado, el autor del estudio y quienes lo aprueben serán, directa y
solidariamente, responsables por los daños que se causen.
ARTÍCULO 21.- Garantía de cumplimiento En todos los casos de actividades,
obras o proyectos sujetos a la evaluación de impacto ambiental, el organismo
evaluador fijará el monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones
ambientales que deberá rendir el interesado. Esta garantía será hasta del uno por
ciento (1%) del monto de la inversión. Cuando la actividad no requiera construir
infraestructura, el porcentaje se fijará sobre el valor del terreno involucrado en el
proyecto. La garantía debe ser de dos tipos:
a) De cumplimiento durante el diseño y la ejecución del proyecto.
b) De funcionamiento para el período, que puede oscilar de cinco a diez años,
dependiendo de impacto del proyecto y del riesgo de la población de sus
alrededores.
La garantía de cumplimiento se mantendrá vigente durante la ejecución o la
operación de la obra, la actividad o el proyecto y se revisará anualmente para
ajustarla a los requerimientos de la protección ambiental.
ARTICULO 22.- Expediente de la evaluación Las personas, físicas o jurídicas,
públicas o privadas, tendrán el derecho a ser escuchadas por la Secretaría
Técnica Nacional Ambiental, en cualquier etapa del proceso de evaluación y en la
fase operativa de la obra o el proyecto. Las observaciones de los interesados
serán incluidas en el expediente y valoradas para el informe final.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo de una evaluación de impacto
ambiental, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental remitirá un extracto de ella a
las municipalidades en cuya jurisdicción se realizará la obra, la actividad o el
proyecto. Asimismo, le dará profusa divulgación, por los medios de comunicación
colectiva, a la lista de estudios sometidos a su consideración.
ARTÍCULO 23.- Publicidad de la información La información contenida en el
expediente de la evaluación de impacto ambiental será de carácter público y
estará disponible para ser consultada por cualquier persona u organización.
No obstante, los interesados podrán solicitar que se mantenga en reserva
información integrada al estudio, si de publicarse afectare derechos de propiedad
industrial.
ARTÍCULO 24.- Consulta de expedientes Los criterios técnicos y los porcentajes
de ponderación para analizar los estudios de impacto ambiental por parte de la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental, deben ser de conocimiento público.
ARTÍCULO 49.- Utilización El aire es patrimonio común y debe utilizarse sin
lesionar el interés general de los habitantes de la Nación. Para tal fin,
a) La calidad del aire, en todo el territorio nacional, debe satisfacer, por lo menos,
los niveles permisibles de contaminación fijados por las normas correspondientes.
b) Las emisiones directas o indirectas, visibles o invisibles, de contaminantes
atmosféricos, particularmente los gases de efecto invernadero y los que afecten la
capa de ozono, deben reducirse y controlarse, de manera que se asegure la
buena calidad del aire.
ARTICULO 50.- Dominio público del agua El agua es de dominio público, su
conservación y uso sostenible son de interés social.
ARTÍCULO 51.- Criterios Para la conservación y el uso sostenible del agua, deben
aplicarse, entre otros, los siguientes criterios:
a) Proteger, conservar y, en lo posible, recuperar los ecosistemas acuáticos y los
elementos que intervienen en el ciclo hidrológico.
b) Proteger los ecosistemas que permiten regular el régimen hídrico.
c) Mantener el equilibrio del sistema agua, protegiendo cada uno de los
componentes de las cuencas hidrográficas.
ANEXO No. 28
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 1o. Impuesto que comprende la ley, hecho generador y materia imponible.
Se establece un impuesto sobre las utilidades de las empresas y de las personas
físicas que desarrollen actividades lucrativas. El hecho generador del impuesto
sobre las utilidades referidas en el párrafo anterior, es la percepción de rentas en
dinero o en especie, continuas u ocasionales, provenientes de cualquier fuente
costarricense. También este impuesto grava los ingresos, continuos o eventuales,
de fuente costarricense, percibidos o devengados por personas físicas
domiciliadas en el país, y cualquier otro ingreso o beneficio de fuente
costarricense no exceptuadas en esta ley. La condición de domiciliado en el país
se determinará conforme se disponga en el reglamento. Para los efectos de lo
dispuesto en los párrafos anteriores, se entenderá por rentas, ingresos o
beneficios de fuente costarricense, los provenientes de servicios prestados, bienes
situados o capitales utilizados en el territorio nacional, que se obtengan durante el
periodo fiscal de acuerdo con las disposiciones de esta ley. (*) *Ley 7097 Alcance
25 Gaceta 166, 1o. Set. 1988
Artículo 2o. Contribuyentes. Independientemente de la nacionalidad, del domicilio
y del lugar de la constitución de las personas jurídicas o de la reunión de sus
juntas directivas o de la celebración de los contratos, son contribuyentes todas las
empresas públicas o privadas que realicen actividades o negocios de carácter
lucrativo en el país:
* Las personas jurídicas legalmente constituidas, las sociedades de hecho, las
sociedades de actividades profesionales, las empresas del Estado y las cuentas
en participación que haya en el país.
* Las sucursales, agencias y otros establecimientos permanentes que operen en
Costa Rica, de personas no domiciliadas en el país que haya en él. Para estos
efectos, se entiende por establecimiento permanente de personas no domiciliadas
en el país, toda oficina, fábrica, edificio u otro bien raíz, plantación, negocio o
explotación minera, forestal, agropecuaria o de otra índole, almacén u otro local
fijo de negocios-incluido el uso temporal de facilidades de almacenamiento-, así
como el destinado a la compraventa de mercancías y productos dentro del país, y
cualquier otra empresa propiedad de personas no domiciliadas que realice
actividades lucrativas en Costa Rica.
* Los fideicomisos y encargos de confianza constituidos conforme con la
legislación costarricense.
* Las sucesiones, mientras permanezcan indivisas.
* Las empresas individuales de responsabilidad limitada y las empresas
individuales que actúen en el país.
* Las personas físicas domiciliadas en Costa Rica, independientemente de la
nacionalidad y del lugar de celebración de los contratos.
* Los profesionales que presten sus servicios en forma liberal.
* Todas aquellas personas físicas o jurídicas que no estén expresamente incluidas
en los incisos anteriores, pero que desarrollen actividades lucrativas en el país.
"Art. 25.- El Banco Popular y de Desarrollo Comunal pagará, por concepto del
impuesto sobre la renta, un quince por ciento (15%) sobre la renta neta del
Banco.
Se autoriza al Poder Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Hacienda,
pueda compensar las deudas recíprocas entre el Banco Popular y de Desarrollo
Comunal y el Gobierno Central, por concepto del impuesto sobre la renta y de la
cuota patronal.
Artículo 4o. Período del impuesto. El periodo del impuesto es de un año, contado a
partir del primero de octubre de cada año. Con las salvedades que se establezcan
en la presente ley, cada periodo del impuesto se deberá liquidar de manera
independiente de los ejercicios anteriores y posteriores. No obstante lo anterior, la
Administración Tributaria podrá establecer-cuando se justifique, con carácter
general-periodos del impuesto con fechas de inicio y de cierre distintos, por rama
de actividad y sin que ello perjudique los intereses fiscales. (*) *Ley 7097 Alcance
25 Gaceta 166, 1o. Set. 1988
Artículo 5o. Renta bruta. La renta bruta es el conjunto de los ingresos o beneficios
percibidos en el periodo del impuesto por el sujeto pasivo, en virtud de las
actividades a que se refiere el párrafo tercero del artículo 1o. La renta bruta de las
personas domiciliadas en el país está formada por el total de los ingresos o
beneficios percibidos o devengados durante el periodo fiscal, provenientes de
cualquier fuente costarricense, de la explotación o negocio de bienes inmuebles,
de la colocación de capitales- sean depósitos, valores u otros o de las actividades
empresariales. También forma parte de la renta bruta cualquier incremento del
patrimonio que no tenga su justificación en ingresos debidamente registrados y
declarados, a partir del periodo fiscal siguiente a la vigencia de esta ley. Para
estos fines, el contribuyente está obligado a demostrar el origen de tal incremento
y, además, que ha tributado de conformidad con las disposiciones legales
aplicables al caso, o que está exento por ley; de lo contrario, dicho incremento del
patrimonio se computará como renta bruta, en el momento que la Administración
Tributaria lo determine, y afectará el periodo que corresponda, dentro del plazo de
prescripción que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Para estos efectos no se considera como incremento del patrimonio la repatriación
de capitales. Para la verificación de estos antecedentes, todo contribuyente
obligado a declarar el impuesto sobre la renta deberá acompañar a su declaración
anual un estado patrimonial de sus bienes, incluidos sus activos y pasivos, de
acuerdo con lo que se disponga en el reglamento de esta ley.
Artículo 7o.- Renta Neta. La renta neta es el resultado de deducir de la renta bruta
los costos y gastos útiles, necesarios y pertinentes para producir la utilidad o
beneficio, y las otras erogaciones expresamente autorizadas por esta ley,
debidamente respaldadas por comprobantes y registradas en la contabilidad. En el
reglamento de esta ley se fijarán las condiciones en que se deben presentar estos
documentos. Cuando los costos, gastos o erogaciones autorizados se efectúen
para producir indistintamente rentas gravadas o exentas, se deberán deducir
solamente la producción que corresponda a las rentas gravadas.
Artículo 10. - Renta neta presuntiva de préstamos y financiamientos. Se presume,
salvo prueba en contrario, que todo contrato de préstamo de financiamiento,
cualquiera que sea su naturaleza o denominación, si existe documento escrito,
devenga un interés no menor a la tasa activa de interés anual más alto que fije el
Banco Central de Costa Rica, o, a falta de ésta, al promedio de las tazas activas
de interés anual de los bancos del Sistema Bancario Nacional. En los casos en
que no exista documento escrito, ante la presunción no se aceptará prueba en
contrario. La Administración Tributaria podrá aplicar esta presunción en otras
situaciones aunque no exista contrato de préstamo, pero sí financiamiento,
conforme se establezca en el reglamento de esta ley.
Artículo 11 Renta neta presuntiva de empresas no domiciliadas
Articulo12 Renta neta presuntiva de explotaciones agropecuaria (derogado por
Ley No. 7535 del 31 de julio de 1995)
Artículo 13 Otras rentas presuntivas Para los contribuyentes que sean personas
físicas independientemente de la nacionalidad y el lugar de celebración de los
contratos, así como para las empresas individuales de responsabilidad limitada y
las empresas individuales que actúen en el país, se presumirá que, salvo prueba
directa o indirecta en contrario, obtienen una renta mínima
Artículo 14.-. Renta imponible La renta imponible es la renta neta de los
contribuyentes que se mencionan en el artículo 2o. de esta ley.
Artículo 15.- Tarifa del impuesto. A la renta imponible se le aplicarán las tarifas que
a continuación se establecen. El producto así obtenido constituirá el impuesto a
cargo de las personas a que se refiere el artículo 2o. de esta ley.
a) Personas jurídicas: Treinta por ciento (30%).
b) Pequeñas empresas: se consideran pequeñas empresas aquellas personas
jurídicas cuyo ingreso bruto en el periodo fiscal no exceda de ¢26.553.000,00 y a
las cuales se les aplicará sobre la renta neta, la siguiente tarifa única, según
corresponda:
i) Hasta ¢13.200.000,00 de ingresos brutos: el 10%
ii) Hasta ¢26.553.000.00 de ingresos brutos: el 20%
c) A las personas físicas con actividades lucrativas se les aplicará la siguiente
escala de tarifas sobre la renta imponible:
i) Las rentas de hasta ¢881.000,00 anuales, no estarán sujetas al impuesto.
ii) Sobre el exceso de ¢881.000,00 anuales y hasta ¢1.317.000.00 anuales, se
pagará el diez por ciento (10%). iii) Sobre el exceso de ¢1.317.000.00 anuales y
hasta ¢2.197.000.00 anuales, se pagará el quince por ciento (15%).
iv) Sobre el exceso de ¢2.197.000.00 anuales y hasta ¢4.402.000.00 anuales, se
pagará el veinte por ciento (20%). v) Sobre el exceso de ¢4.402.000.00 anuales,
se pagará el veinticinco por ciento (25%).
Modificado por Decreto No. 27337-H, La Gaceta No. 193, del 5 de Oct. de 1998.
(Rige a partir del 1o. de Octubre de 1998). Una vez calculado el impuesto, las
personas físicas que realicen actividades lucrativas tendrán derecho a los
siguientes créditos del impuesto:
i) Por cada hijo, la suma de un mil ochocientos colones (1.800,00) anuales,
siempre que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones:
* Menor de edad.
* Imposibilidad para proveerse su propio sustento, debido a incapacidad física o
mental.
* Que esté realizando estudios superiores, siempre que no fuere mayor de
veinticinco años.
En el caso de que ambos cónyuges sean contribuyentes, el crédito por cada hijo
sólo podrá ser deducido en su totalidad por uno de ellos.
ii) Por el cónyuge, la suma de dos mil cuatrocientos colones (¢2.400,00) anuales,
siempre que no exista separación legal. Si los cónyuges estuvieran separados
judicialmente, sólo se permitirá esta deducción a que a cuyo cargo esté la
manutención del otro, según disposición legal.En el caso de que ambos cónyuges
sean contribuyentes, este crédito podrá ser deducido, en su totalidad, solamente
por uno de ellos. Mediante los procedimientos que se establezcan en el
reglamento, la Administración Tributaria comprobará el monto del ingreso bruto, y,
cuando el contribuyente se incorpore al sistema, revisará periódicamente ese
monto para mantener estas tarifas.( Ley 7097 Alcance 25 Gaceta 166, 1 set.
1988)
ANEXO No. 29
ANEXO No. 30
ANEXO No. 31
LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA
BANCARIO NACIONAL
LEY N°1644
Artículo 61. Los bancos comerciales podrán efectuar operaciones de crédito y
hacer inversiones para los siguientes fines:
1) Para financiar operaciones relacionadas con la producción agrícola, ganadera e
industrial.
2) Para financiar empresas nacionales de servicios de turismo, transporte y
medios de información, cuando éstas prueben que la propiedad mayoritaria es de
costarricenses.
3) Para la financiación de operaciones originadas en la importación exportación,
compra, venta o transporte de productos y mercadería de fácil realización.
4) Para financiar el almacenamiento de productos agrícolas, ganaderos o
industriales, o de mercadería de importación o exportación, siempre que dichos
productos o mercaderías estén asegurados a satisfacción del banco y que no sean
bienes suntuarios.
5) Para la ejecución de las operaciones normales basadas en las necesidades
financieras del Estado y de las demás instituciones de derecho público hasta por
un monto que no podrá exceder, en conjunto, por cada banco del Estado, el seis
por ciento ( 6 % ) de su capital y sus reservas, y del veinticinco por ciento ( 25 % )
para cada banco privado, siempre y cuando su capital y sus reservas no superen
el monto correspondiente al departamento comercial del menor de los bancos
estatales, en cuyo casos los bancos privados se regirán por lo establecido para los
bancos del Estado. Se exceptúan de esta disposición los préstamos que se hagan
a las instituciones oficiales encargadas de la regulación de los precios de los
Artículos de primera necesidad. Se exceptúan, también, los créditos que se
concedan al Instituto Costarricense de Electricidad, y las garantías sobre créditos
que se otorguen en el exterior a dicha institución. Para el crédito interno, el
Instituto Costarricense de Electricidad quedará sujeto a lo establecido en el inciso
1) del Artículo 85 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica.
6) Para otorgar préstamos a sus propios funcionarios administrativos, a los
ascendientes,
descendientes, cónyuges y demás parientes por consanguinidad o afinidad de
dichos funcionarios hasta el segundo grado inclusive, y a los demás empleados de
la institución a corto, mediano o largo plazo, con garantía hipotecaria u otras
garantías de acuerdo al respectivo reglamento.
7) Para comprar, vender o conservar como inversión, valores mobiliarios de
primera clase, de absoluta seguridad y liquidez.
8) Para realizar operaciones de crédito que fueren compatibles con la naturaleza
técnica de los Bancos Comerciales y que no estén expresamente prohibidas por
las Leyes.
9) Para adquirir los bienes muebles e inmuebles que fueren necesarios para su
propio uso.
10) Para financiar empresas que contraten con el Estado o con particulares,
cuando éstas necesiten apoyo crediticio para competir con empresas extranjeras,
siempre que demuestren que su capital social es propiedad de nacionales.
Artículo 64. Los bancos comerciales del Estado deben conceder sus créditos
solamente por los montos y con los vencimientos, indispensables para realizar las
operaciones a cuya financiación se destinen. Los fondos respectivos podrán ser
entregados al deudor en forma que resulte adecuada para la finalidad del crédito.
Los planes de inversión de los créditos se consignarán en declaraciones
especiales de los solicitantes, que se incorporarán abreviadamente en los
documentos correspondientes y podrán ser objeto de control por parte de los
bancos. Cuando éstos comprobaren que los fondos han sido destinados a fines
distintos de los especificados sin que hubiere mediado previo acuerdo del banco
acreedor, podrán tener por vencido el plazo y su saldo pendiente será
inmediatamente exigible, sin perjuicio de las demás responsabilidades en que el
deudor pudiere haber incurrido.
Lo anterior sin perjuicio de la potestad de cada banco para operar y reglamentar
las hipotecas que garanticen créditos abiertos, conforme a lo estipulado en el
Artículo 414 del Código Civil.
Artículo 66. Los créditos que concedan los bancos comerciales deberán ser
asegurados con garantías que a juicio suyo sean satisfactorias. En el caso de
prenda común de valores mobiliarios o de crédito, éstos se considerarán como
dados en garantía del banco por el solo hecho de su entrega. El Gobierno de la
República por medio del Ministerio de Hacienda queda autorizado para otorgar la
fianza solidaria del Estado, a favor de los bancos comerciales nacionales y del
Banco Central de Costa Rica, en la operaciones que estos realizaren con el
Consejo Nacional de Producción dentro del exclusivo fin de llevar adelante su
política de regulación de precios de primera necesidad. Si el Consejo Nacional de
Producción tuviere pérdidas en la realización de los productos o bien si los
recursos destinados a la regulación de precios fueren insuficientes, el Poder
Ejecutivo, por medio del Ministerio de Hacienda, aportará las sumas necesarias
para cubrir dichas pérdidas o insuficiencias, todo de acuerdo con el informe que en
los primeros días del mes de setiembre deberá rendir el Consejo al citado
Ministerio. Este informe que habrá de contener una relación detallada de los
motivos que causaron la pérdida o la insuficiencia de recursos, deberá ser puesto
en conocimiento de la Asamblea Legislativa al presentar el Ministerio indicado la
solicitud de autorización de pago. El proyecto de presupuesto correspondiente
deberá ser sometido a consideración de la Asamblea Legislativa para su
aprobación o improbación a más tardar en el curso de los ocho meses siguientes
al recibo del informe, con la indicación de los recursos que se usarán para tal
objeto.
Artículo 69. Antes de otorgar cualquier crédito, los bancos harán valorar los bienes
ofrecidos en garantía, o calcular el valor de la cosecha cuya atención se destinará
al préstamo.
Artículo 70. Todos los créditos que concedan los bancos comerciales deberán ser
pagados por los prestatarios en la fecha de su vencimiento, sin perjuicio de que el
pago pueda efectuarse, total o parcialmente, con anterioridad a esa fecha. En este
caso, según la índole de la operación, los bancos deberán devolver los intereses
cobrados por anticipado y no devengados a la fecha de pago. La cancelación o
amortización del crédito deberá adaptarse a la naturaleza de la inversión y a la
capacidad de pago de los deudores. El pago del principal y de los intereses de
cualquier crédito concedido por los bancos comerciales podrá pactarse por cuotas
periódicas, pagaderas en plazos no mayores de un año. Los bancos comerciales
quedan facultados para establecer tasas de interés variable y ajustable
periódicamente en todos sus departamentos, conforme con las políticas del Banco
Central de Costa Rica. En los créditos a un plazo mayor de tres años, deberán
estipularse abonos periódicos adecuados para su normal amortización, salvo en
los casos en que la inversión no comience a producir sino hasta después de cierto
lapso, durante el cual el pago de las amortizaciones podrá ser pospuesto. Toda
deuda constituida a favor de un banco comercial, pagadera por partes en cuotas
periódicas, o cuyos intereses se paguen en períodos distintos al plazo final del
crédito, llevará implícita la condición de que el total de la deuda podrá
considerarse vencido y judicialmente exigible, con sólo la falta de pago de un
período de intereses, o de una de las cuotas o partes del principal si hubieren
convenido. Ello sin perjuicio de que el banco cargue intereses moratorios sobre el
monto del abono atrasado al capital, a tasas que podrían ser superiores hasta en
dos puntos porcentuales sobre la tasa corriente pactada para la obligación. No
podrá efectuarse ningún pago, parcial o total, sin que hayan sido cancelados
previamente los intereses devengados hasta la fecha de dicho pago. En los juicios
ejecutivos promovidos por un banco comercial bastará para despachar la
ejecución, la presentación de una fotocopia del documento original en el que
conste la obligación, debidamente certificada por la Gerencia, la cual será título
ejecutivo para esos efectos. El banco sólo estará obligado a presentar el
documento original cuando la fotocopia sea impugnada por quien figure con
interés o cuando la autoridad judicial lo exija. Tampoco estará obligado a
comprobar la personería de su representante legal en cada juicio; bastará que lo
haga por una sola vez. Para ello, cada oficina judicial en donde se itigue el
representante legal llevará un registro de personerías. En la certificación en las
que conste la personería se deberá indicar el plazo de vigencia de esta última.
ANEXO No. 32
N° 7293
LEY REGULADORA DE TODAS LAS EXONERACIONES VIGENTES,
SU DEROGATORIA Y SUS EXCEPCIONES
Artículo 1°.- Derogatoria General. Se derogan todas las exenciones tributarias
objetivas y subjetivas previstas en las diferentes leyes, decretos y normas legales
referentes, entre otros impuestos, a los derechos arancelarios, a las ventas, a la
renta, al consumo, al territorial, a la propiedad de vehículos, con las excepciones
que indique la presente Ley. En virtud de lo dispuesto, únicamente quedarán
vigentes las exenciones tributarias que se mencionan en el artículo siguiente.
Artículo 6°.- Exonerase a las instituciones universitarias estatales de educación
superior del pago de todo tributo y sobretasas para la adquisición de mercancías y
servicios necesarios para la realización de sus fines. Las instituciones para
universitarias continuarán gozando de los beneficios otorgados en el artículo 12 de
la Ley Nº 6541 del 19 de noviembre de 1980. Los bienes adquiridos al amparo de
esta disposición podrán ser vendidos en cualquier momento, previo pago de los
impuestos y tributos de los que se exoneren.
Artículo 7°.- Exonerase el sesenta por ciento (60%) del monto total resultante de
aplicar los impuestos vigentes que afecten la importación de vehículos destinados
al transporte remunerado de personas, en la modalidad taxi.
El valor máximo permitido de los vehículos por importar se fijará conforme a las
disposiciones que, a los efectos, dicte el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes de común acuerdo con el Ministerio de Hacienda.
Artículo 8°.- Exonerase de todo tributo y sobretasas las ambulancias, los vehículos
que se convertirán en ambulancias, los coches bombas, los equipos y las
refacciones que utilicen las ambulancias, que requieran el Instituto Nacional de
Seguros, la Cruz Roja Costarricense(*) y la Caja Costarricense de Seguro Social.
Artículo 9°.- Exonerase a la Asociación Cruzada Nacional de Protección al
Anciano de los impuestos de ventas y consumo.
Artículo 10.- Exonérense de todo tributo y sobretasas la maquinaria y el equipo
que sean importados por el Instituto de Desarrollo Agrario para el Proyecto
Agroindustrial de Coto Sur, financiado con recursos del préstamo 196 IC/C-R,
suscrito entre el Gobierno de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo
y aprobado por Ley No. 7062 de 2 de abril de 1987.
Artículo 11.- No estará sujeta a ningún tipo de tributos y sobretasas excepto a los
derechos arancelarios cuya tarifa se fija en un cinco por ciento (5%), la
importación de autobuses o chasis con motor o sin él para ellos, requeridos para el
transporte colectivo de personas..
Artículo 12.- De los Equipos de Cómputo. No estarán sujetos a ningún tipo de
tributo y sobretasas, excepto a los derechos arancelarios y de ventas, las
máquinas automáticas para el tratamiento de información y sus unidades,
comprendidas en la partida arancelaria 84530000, las piezas sueltas y los
accesorios de las citadas mercancías comprendidas en la partida arancelaria
84550200, los soportes para programas de ordenadores "impresionados" o no de
la partida 92120500, las cintas entintadas para las máquinas que se citaron
anteriormente, comprendidas en la partida 98080100 y "las fuentes
ininterrumpidas de poder" (UPS) de la partida 90288001.
Artículo 13.- Refórmense los artículos 3 y 7 de la Ley Nº 6990 del 15 de julio de
1985 y sus reformas para que digan:
Artículo 14.- Derogase el artículo 11 de la Ley Nº 6990 y sus reformas.
Artículo 37.- De la eficacia de la exención. En cuanto a su eficacia, las exenciones
tributarias que se mencionan como vigentes en la presente Ley y las demás que
se incorporen al ordenamiento jurídico, están condicionadas, de manera
resolutoria, al pleno acatamiento de los preceptos, requisitos y fines que regulan el
otorgamiento, así como al correcto uso y destino previsto, de los bienes y servicios
sobre los que haya recaído la exención que disfruta determinado sujeto.
Artículo 38.- Del procedimiento para resolver la ineficacia de la exención. En virtud
de lo anterior, cuando por razón de incumplimiento imputable al beneficiario, se
deba resolver la ineficacia sobreviniente de los actos administrativos declaratorios
del derecho a la exención, la Dirección General de Hacienda, como órgano
superior de la Administración Tributaria o el órgano administrativo en el que esta
delegue estas funciones, deberá impulsar y seguir el procedimiento administrativo
ordinario establecido
Artículo 40.- De la resolución determinativa. En la resolución en que se establezca
la ineficacia, total o parcial, de una nota de exención tributaria legalmente emitida
por la Dirección General de Hacienda o por los funcionarios delegados para tal
efecto, también se podrá determinar la obligación tributaria, inicialmente
dispensada y ahora emergente y así notificarse al contribuyente afectado. Contra
esta resolución determinativa cabrá, dentro de los quince días siguientes a aquel
en que fue notificada, recurso de revocatoria con apelación subsidiaria ante el
Tribunal Fiscal Administrativo. La apelación deberá ser resuelta por el órgano
competente dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que fuera
interpuesto el recurso.
ANEXO No. 33
ANEXO No. 34
ANEXO No. 35
D-2
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA
SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL
(Sólo para uso de SETENA)
Documento de Evaluación Ambiental D-2
Información general de la actividad, obra o proyecto |
1 | NOMBRE DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTOSabbath Spa | 2 |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPIETARIO (PERSONA FÍSICA O
JURÍDICA) Sabbath Sociedad Anónima | 3 | DOCUMENTO DE IDENTIDAD tres-
ciento uno-mil ciento ochenta y cuatro |
4 | DOMICILIO FISCAL CALLE AVENIDA NOMBRE O NÚMERO | 5 | OTRAS
SEÑASCentro Comercial Multicentro |
6 | TELEFONO. Nº | 7 | FAX Nº (obligatorio) | 8 | APARTADO Y CODIGO OF.
POSTAL | 9 | CORREO ELECTRÓNICO(cuando cuente con uno) |
Sobre la localización administrativa y geográfica de la actividad, obra o proyecto |
10 | PROVINCIASan José | 11 | CANTON | 12 | DISTRITO | 13 | OTRAS SEÑAS
(N° Plano / coordenadas/N° finca folio real) Centro Comercial Multicentro |
| | | Desamparados | | Central | | |
Información y calidades del representante legal |
14 | APELLIDOS Y NOMBRE REPRESENTANTE LEGALQUESADA DIAZ SIANY
| 15 | ESTADO CIVILSoltera | 16 | Mayor de edad |
17 | PROFESIÓN / OFICIOAdministradora | 18 | DOMICILIODesamparados | 19 |
DOCUMENTO DE IDENTIDADuno- mil ciento veinte cinco ochocientos sesenta y
seis |
20 | TELEFONO Nº | 21 | FAX Nº (obligatorio) | 22 | APARTADO Y CODIGO OF.
POSTAL | 23 | CORREO ELECTRÓNICO (cuando cuente con uno) |
Información sobre la actividad, obra o proyecto |
24 | Número CIIU | 25 | Clasificación según IAP | 26 | Descripción del proyecto,
obra o actividad (Use hojas adicionales si es necesario) Brindará multiservicios de
belleza y bienestar corporal |
Caracterización ambiental básica actual del área de influencia de la actividad, obra
o proyecto |
27 | Si incluye construcción/ indique los m2.N/A | 28 | Área total del proyecto
(Apt) /m2N/A | 29 | Área neta del proyecto (Apt) /m2 250 |
30 | ¿Cuenta su proyecto con agua? Sí No | 31 | ¿Cuenta su proyecto con
electricidad? Sí No | 32 | ¿Cuenta su proyecto con recolección de desechos ó
relleno sanitario autorizado? Sí No |
33 | ¿Existen en 500 metros alrededor (en el AID) una actividad similar?Sí No | 34
| ¿Existen vías de acceso? Sí x No | 35 | Las vías de acceso son de: Lastre
Pavimento Otro (especifique) |
Sobre la ubicación de la actividad obra o proyecto |
36 | ¿El uso de suelo propuesto es conforme con el establecido con el plan
regulador vigente? Si No |
Sobre las regulaciones específicas de la actividad obra o proyecto |
37 | ¿Existen regulaciones ambientales o sanitarias específicas para su actividad?
Sí No |
Aspectos ambientales relevantes |
38 | Aspecto | Componentes | Efectos | Si | No | NA |
| Consumo | Fuente de agua | ¿Su proyecto se abastecerá de un acueducto? | x | |
|
| | | ¿Su proyecto se abastecerá de un pozo? | | x | |
| | | ¿Su proyecto se abastecerá de un río, lago, manantial o naciente? | | | |
| | | ¿El consumo de agua estimado es superior a 50 m3/mes (consumo típico de
una casa)? | x | | |
| | Suelo | ¿Su proyecto provocará un cambio en el uso del suelo? | | x | |
| | Energía | ¿Necesita para el desarrollo de la actividad energía eléctrica? | x | | |
| | | ¿Utilizará una fuente propia de energía (auto generación)? Especifique: | | x | |
| | | ¿El consumo estimado de energía es superior a 240 MW h/año (consumo
típico de una casa). | x | | |
| | Cobertura vegetal | ¿Para el desarrollo del proyecto necesita talar (cortar)
árboles? Cuántos: | | | x |
| Impacto | Aire | ¿Su actividad, obra o proyecto emite al aire: gases, humo, ceniza,
hollín por uso de hornos, chimeneas, motores fijos o quema de desechos
agrícolas? | | x | |
| | | ¿Su actividad, obra o proyecto emite gases o partículas, por el uso de
vehículos, tractores, montacargas u otra maquinaria? | | x | |
| | | ¿Su actividad, obra o proyecto producirá inmisiones (olores fuertes) por el uso
de solventes, pinturas, basura orgánica y otros como consecuencia de su proceso
productivo? | | x | |
| | | ¿Su actividad, obra o proyecto producirá ruidos molestos a los vecinos
inmediatos o colindantes? | | x | |
| | Aguas | ¿Las aguas servidas (que son las provenientes de los baños, lavatorios,
fregaderos, pilas, lavadoras, inodoros, orinales) de la actividad, obra o proyecto se
tratarán mediante un tanque séptico, según regulación específica? | x | | |
| | | ¿Las aguas servidas (que son las provenientes de los baños, lavatorios,
fregaderos, pilas, lavadoras, inodoros, orinales) de la actividad, obra o proyecto se
tratarán en una planta de tratamiento propia, según regulación específica? | x | | |
| | | ¿Las aguas servidas (que son las provenientes de los baños, lavatorios,
fregaderos, pilas, lavadoras, inodoros, orinales) de la actividad, obra o proyecto se
dispondrán en un sistema de alcantarillado sanitario autorizado? | x | | |
| | | ¿Las aguas residuales de la actividad, obra o proyecto (no incluye aguas
negras) se tratarán en una planta de tratamiento propia, según regulación
específica? | | x | |
| | | ¿Las aguas pluviales de la actividad, obra o proyecto serán encauzadas al
alcantarillado pluvial público? | | | |
| | | ¿Las aguas pluviales de la actividad, obra o proyecto serán encauzadas a un
cauce de dominio público colindante? | | | |
| | | ¿Las aguas pluviales de la actividad, obra o proyecto serán encauzadas a una
servidumbre de descarga existente? | x | | |
| | Suelo | ¿La basura ordinaria producida durante la construcción y operación de
la actividad, obra o proyecto se dispondrán en un relleno sanitario autorizado? | x |
| |
| | | ¿Durante la construcción y operación de la actividad, obra o proyecto se
producen desechos especiales (tales como: formaletas, varillas, bolsas de
cemento, cables, latas de pintura, solventes y otros similares) y se cumplirá con la
regulación específica? | | | x |
| | | En caso que el proyecto implique demolición de edificación se debe dar
acarreo, transporte y disposición final de escombros hasta una cantidad de 100
m3. | | | x |
| | | El proyecto contempla movimientos de tierra de hasta 200 m3 y relleno con
acarreo fuera del área del proyecto. | | | x |
| | | El proyecto contempla movimientos de tierra de hasta 200 m3 y relleno sin
movilización fuera del área del proyecto. | | | x |
| | | En el caso de que el proyecto implique el desarrollo de cortes del terreno, en la
cercanías de la colindancia (hasta 5 metros), el mismo contemplará el desarrollo
de obras de estabilización de ingeniería, bajo la responsabilidad de un profesional.
| | | x |
| | Cultural | La actividad, obra o proyecto afectará el patrimonio científico o el
cultural o el arquitectónico o el arqueológico. | | | x |
39 | Otros riesgos | Durante la operación de la actividad, obra o proyecto se
almacenará y consumirá hidrocarburos como: gasolina, canfín, diesel, gas LPG,
gas natural en una cantidad mínima de 1000 litros al mes. | | | x |
| | Durante la operación de la actividad, obra o proyecto se almacenará y
consumirán agroquímicos hasta 1000 litros al mes. ¿Cuánto? Especifique
¿cuáles? (puede utilizar hojas adicionales) | | x | |
| | Durante la operación de la actividad, obra o proyecto se almacenará y
consumirán algún tipo de productos peligrosos, tales como: oxígeno, gases
explosivos, hidrógeno, biogas, disolventes o cualquier otro. ¿Cuánto? Especifique
¿cuáles? (puede utilizar hojas adicionales) | | x | |
Declaración jurada de veracidad de la información |
40 | Manifiesto que estoy enterado de las sanciones con que la ley castiga el falso
testimonio y declaro que toda la información suministrada en este formulario es
cierta y veraz. | Firma |
Documentos adicionales a presentar | PARA USO DE OFICINA |
41 | En el caso de que el desarrollador sea una persona jurídica. - Certificación de
la personería jurídica, máximo con tres meses de expedida, con sus respectivos
timbres.- Copia para confrontar con su original o bien certificada y legible de la
cédula jurídica vigente.- Copia para confrontar con su original o bien certificada y
legible de la cédula de identidad del representante legal. En el caso de que el
desarrollador sea una persona física. - Copia para confrontar con su original o bien
certificada de la cédula de identidad, pasaporte u otro documento de identidad
vigentes. Otros documentos a presentar.- Certificación registral o notarial de la
propiedad con vigencia máxima de tres meses, con sus respectivos timbres. - En
caso de que el inmueble donde se desarrollará la actividad, obra o proyecto, no
pertenezca al desarrollador, requiere de autorización del propietario para el uso
del inmueble, las firmas deben venir autenticadas por un abogado. No requiere de
la autenticación si los firmantes se apersonen a la SETENA, con sus respectivas
identificaciones).- Copia para confrontar con su original o bien certificada del plano
catastrado, (tamaño carta, si es posible). - Diseño de sitio (sólo aplica para
proyectos de construcción). - Copia del depósito, transferencia electrónica u otro
mecanismo de pago por concepto de adquisición del Código de Buenas Prácticas
Ambientales (art. 12.2 DE 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC). | | 42 | SELLO Y
FECHA DE RECIBO | SOLO PARA USO DE SETENA |
| | | | | 43 | VIABILIDAD AM-BIENTAL: APROBADA RE-CHAZADA |
| | | | AUTORIDAD AMBIENTAL QUE RECIBE | 44 | Nº Viabilidad (licen-cia)
ambiental |
| | | | NOMBRE DEL FUNCIONARIO | | |
Nota: En caso de usar hojas adicionales éstas deben venir también firmadas
ANEXO No. 36
|
| | | | | | | |
| | | | Proventas S.A. | | |
| | | | [email protected] | | |
| | | | Tel:2510-4000/2270-1886 | | |
| | | | Fax: 2270-6104 | | |
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| imp de venta. | ¢ 5,850,00 | |
| | | | | TOTAL | ¢ 50,850,00 | |
| | | | | | | |
Forma de pago 50% anticipo y 50% contra entrega. | | | |
| | | | | | | |
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6. www.inec.go.cr
7. www.cemestetica.com
8. www.deguate.com
9. www.mejormarketing.blogspot.com
10. www.infomipyme.com
11. http://training.itcilo.it/actrav_cdrom2/es/osh/iloconv/c161.htm
12. http://www.foh.dhhs.gov/library/factsheets/BOHCS.pdf
13. Primary health care and basic occupational health services challenges and
opportunities. Report of an intercountry workshop Sharm el-sheikh, Egypt, 12-14
July 2005. World health organization.
14. www.spaequip.com/es/Sitio-SpaEquip.html
15. Fundamentos De Marketing octava edición (Philip Kotier, Gary Armstrong)
16. Principios de Microeconomía (2008, Case Kari, Fair Ray)
17. www.pgr.go.cr
18. www.tramites.go.cr
19. reglatec.go.cr
20. http://www.cesdepu.com/nbdp/cotri.htm
21. http://www.fiap.cl
22. www.registronacional.go.cr
23. www.munidesamp.go.cr
24. portal.ins-cr.com
25. http://www.setena.go.cr/
26. http://www.minae.go.cr/
27.
http://www.amcham.co.cr/archivos/committee/378_manual_buenas_practicas_amb
ientales.pdf
28. Preparación y evaluación de proyectos, cuarta edición, Nassir Spag Chain,
Reinaldo Spag Chain
29. www.abogados.or.cr
30. www.economiasur.com
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