SEGUROS DE
AVIACION
Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC
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DEFINICION DE AERONAVE
Es un vehículo provisto de los medios y maquinarias que le permitan la
navegación aérea. Puede estar dedicado al transporte de pasajeros,
mercadería u otros usos industriales.
El seguro de aviación, comprende la estructura de la nave o fuselaje,
motores, turbinas, hélices, rotores, instrumentos, equipos e instalaciones
exceptuando todo aquello que no forme parte integrante de la misma pero
que se puede encontrar dentro.
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TIPOS DE AERONAVES USO DE LAS AERONAVES
o Aviones o Comercial
o Avionetas o Aerotaxi
o Hidroaviones o Ayuda Industrial
o Helicópteros o Particular
o Otras naves o Fumigación
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LA SOLICITUD DE SEGURO.
La información que se debe proporcionar el contratante es la siguiente:
Solicitante
Aeronave
Usos
Aeropuertos
Pilotos
Límites Geográficos
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LA POLIZA DE AVIACION
El valor asegurado
El seguro de aviación puede tomarse bajo la modalidad denominada a
valor asegurado es decir, en caso de siniestro la Compañía tiene la
opción de indemnizar el monto asegurado, reparar el daño o reponer la
aeronave por otra de similares características.
Igualmente puede emitirse bajo la modalidad de Valor Convenido, es
decir en caso de pérdida la Compañía únicamente Indemnizará la suma
asegurada.
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Coberturas Mínimas Obligatorias
Son aquellas coberturas mínimas a contratar para obtener el respectivo
permiso de operaciones ante las autoridades de los países donde se
desea operar.
En el Perú ninguna aeronave nacional o extranjera puede realizar
operaciones aéreas dentro del territorio nacional sino está provista de los
certificados de matrícula y aeronavegabilidad y seguros vigentes.
Para los vuelos nacionales estas coberturas están establecidas en
nuestra legislación, mientras que para los internacionales esta forma
parte de convenios que regulan la aeronavegación entre los distintos
países del mundo.
* DEG: Derechos Especiales por Giro
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En el Perú, los limites que se requiere cumplir, de acuerdo a lo establecido
en la Ley N° 27261 (Ley de Aeronáutica Civil) y su Reglamento D.S 050-
2001-MTC, son los siguientes:
• Por muerte / lesiones corporales de pasajeros: 45,000 DEG
• Por muerte / Lesiones corporales de la tripulación: 45,000 DEG
• Por pérdida / daño a equipajes: 17 DEG por kilo
• Por pérdida / efectos personales: 300 DEG
• Por pérdida / daño a la carga: 17 DEG por kilo
• Por daños a terceros: Aeronaves hasta 30,000 kilos de peso máximo de
despegue 30 DEG por kilo
• Aeronaves de 30,001 o más de peso máximo de despegue 9000,000 DEG más
40 DEG por kilo adicional
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COBERTURAS ASEGURADAS
Pérdidas a la Aeronave
Esta cobertura es conocida como Seguro de Casco. Es una cobertura a
Todo Riesgo para cubrir todo daño accidental ya sea pérdida total o
pérdidas parciales.
Bajo esta cobertura la Compañía indemnizará los daños físicos a la
aeronave, su pérdida total o su desaparición, en el caso de que no se
reciban noticias de la misma después de 60 días de la fecha en que se
inició el vuelo.
Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC
EXCLUSIONES
• Uso, desgaste, roturas, defectos o fallas provenientes del propio uso de
la aeronave
• Mientras la aeronave sea utilizada para cualquier propósito ilegal o
cualquier otro propósito que no sean los establecidos en la Póliza.
• Mientras la aeronave se encuentre fuera de los límites geográficos
establecidos en la póliza.
• Mientras la aeronave este siendo piloteada por cualquier otra persona
que no sean los pilotos indicados en la póliza.
• Otras
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2. Responsabilidad Civil frente a Terceros (Excluyendo Pasajeros)
Cubre todo pago que el asegurado realice, por Responsabilidad Civil, por
lesiones o daños corporales a terceras personas o por su muerte y
daños accidentales a la propiedad de terceros, causados por la aeronave
o por cualquier persona u objetos caídos de la misma
EXCLUSIONES
• Pasajeros mientras se encuentren abordando, dentro o descendiendo
de la aeronave.
• Directores socios o empleados del Asegurado.
• Pilotos o miembros de la tripulación, mientras se encuentren en sus
labores habituales a bordo de la aeronave.
• Otros.
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3. Responsabilidad Civil frente a Pasajeros
Cubre todo pago que el asegurado se vea obligado a realizar, derivado de
la Responsabilidad Civil por la propiedad, mantenimiento o uso de la
aeronave, por las lesiones corporales accidentales, muerte, pérdida o
daño al equipaje y/o artículos personales causados a los pasajeros.
EXCLUSIONES
• Directores, socios o empleados del Asegurado.
• Pilotos o miembros de la tripulación, mientras se encuentre habituales a
bordo de la aeronave.
Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC
4. Accidentes Personales a la Tripulación
Cubre los accidentes que sufra la tripulación y que puedan causarles la
muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal.
Se otorgan mediante 2 sistemas:
• Por número de asiento de tripulantes en cada avión.
• En forma nominativa, es decir detallando el nombre del personal que se
desea cubrir
o En este caso la cobertura puede ser:
En vuelo.
Las 24 horas.
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EXCLUSIONES
• Enfermedades y lesiones derivadas de ellas.
• Infartos apoplejía, epilepsia o síncopes.
• Aneurisma, hernias, várices y sus consecuencias.
• Lesiones a consecuencia de intervenciones quirúrgicas.
• Estado de embriaguez o estando bajo el efecto de una droga
• Otras.
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Coberturas adicionales
1. Cobertura de casco de guerra
Se incluyen aquellos riesgos excluidos en la póliza de cascos
relacionados con Guerra, Guerra civil, insurrección, rebelión, revolución,
conmoción civil o cualquier otro riesgo político.
2. Seguro de Pérdida de Beneficio por Paralización.
Cubre la pérdida de ingresos del asegurado como consecuencias de
daños a la aeronave causados por un accidente cubierto por la póliza de
casco.
En esta cobertura se excluyen las pérdidas totales, El periodo máximo de
cobertura es de 6 meses.
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3. Seguro de Pérdida de Licencia para Tripulación
Para cubrir la pérdida de ingresos de la tripulación provenientes de la
suspensión temporal o definitiva, por parte de las autoridades
competentes, de su licencia, lo que les impide continuar volando.
4. Seguro de Responsabilidad Civil de Propietarios y Operadores
de Aeropuertos.
Cubre la Responsabilidad Civil que pueda derivarse de la utilización y
mantenimiento del terreno de vuelo, pistas de aterrizaje y otras,
instalaciones fijas, surtidores de combustible, etc.
Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC
MUCHAS
GRACIAS
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