“Seminario para precandidatos y activistas sobre el procedimiento
de recolección de firmas, de respaldo a precandidatos de Libre
Postulación”
ELECCIONES PARA ELEGIR A REPRESENTANTE (Principal y suplente) DEL
CORREGIMIENTO DE PEDREGAL DEL DISTRITO DE BOQUERÓN
DECRETO 8 DE 8 DE JUNIO DE 2015
Elecciones que se celebrarán el 6 de septiembre de 2015
Del 27 de junio al 31 de julio de 2015
POSTULACIONES
PERIODO PARA PRESENTAR LAS POSTULACIONES
En las oficinas distritales de Boquerón y la Oficina Regional de David en el horario de 7:30 am a
3:30pm Se habilitan todos los días sábados, domingos, feriados. ( del jueves 18 de junio al domingo 6 de
septiembre de 2015). 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Del 1 al 10 de julio de 2015
PERIODO PARA RECOGER LAS FIRMAS DE ADHERENTES
Para efecto de esta elección los aspirantes a candidatos de libre postulación deben reunir un mínimo de 56 ciudadanos que
representa el 4% de los 1,414 votos válidos emitidos el 4 de mayo de 2014.
Objetivo: Al finalizar la jornada los
precandidatos y activistas estarán en capacidad de :
demostrar los conocimientos adquiridos
sobre el procedimiento de recolección de firmas de respaldo a los cargos de libre postulación.
El procedimiento de recolección de firmas, de respaldo a pre candidatos de Libre Postulación se divide en tres fases las que señalamos a continuación:
Inscripción de la precandidatura.
Procedimiento para recoger las firmas.
Pre revisión de las firmas.
1-Presentar un memorial, diseñado por
el Tribunal Electoral.
2- Contar con un diez por
ciento (10%) de
firmas de los adherentes necesarios para la pre
candidatura.
3- La autenticidad de las firmas
será respaldada
con una declaración jurada del
precandidato.
4-El memorial es
presentado ante la
Dirección Regional de
Organización Electoral,
respectiva.
CONTENIDO DEL
MEMORIAL 1- Nombre y
cédula del precandidato y su suplente si lo
tuviera.
2- Dirección residencial,
laboral, números telefónicos, y
correo electrónico de ambos.
3- Cargo de elección popular y circunscripción
por la que aspiran postularse.
4- Los requisitos aplicables al cargo que aspiran.
5- Generales del apoderado o apoderados.
6- Lista inicial de activistas, la que
puede ser cambiada.
7- Fecha y firma de los solicitantes
Membrete del Candidato Nombre: ________________________Cédula_________________
La adhesión del abajo firmante, constituye su renuncia tácita a cualquier partido político en el que estuviere previamente inscrito. Esta renuncia será efectiva cuando las adhesiones sean registradas en la base de datos del Tribunal Electoral.
Cargo al que aspira:_______________Provincia/Comarca_________________Circuito:_____Distrito:______________ Corregimiento:_____________
No. Cédula Nombres Apellidos Firma
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20
Yo ___________________________, declaro bajo la gravedad del juramento que las firmas de respaldoson auténticas y los datos registrados en el presente listado son ciertos. _________________Firma del Precandidato o Activista Nombre y cédula de Activista Fecha
Trámite del memorial una vez
entregado.
Recibido el memorial, los
directores tendrán tres días para su revisión.
Vencido el término sin que
exista pronunciamiento,
se entenderá autorizada la
petición.
Las decisiones de las respectivas
direcciones podrán ser
apeladas ante la Sala de Acuerdos
del Tribunal Electoral, dos días
siguientes a la notificación.
Trámite del
memorial una vez entregad
o al Tribunal Electoral
Verificado el memorial se emitirá una resolución
autorizando el inicio de la
recolección de firmas.
Se publica por una vez en el
Boletín del Tribunal
Electoral, para los efectos de
las impugnaciones.
Verificado el memorial y de no encontrarse en
orden se devolverá a los solicitantes,
para su corrección, para lo cual
tendrán cinco (5) días hábiles.
JUNTO A LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN, SE
ENTREGARÁN LOS FORMATOS DE
RECOLECCIÓN DE FIRMAS
1- Estos formatos podrán ser
reproducidos por los precandidatos.
2- Para firmar los formatos de respaldo de inscripción los activistas deben verificar que la cédula del ciudadano
está vigente.
3- Que el ciudadano está inscrito en el registro o
padrón electoral preliminar de la circunscripción del precandidato que va a
apoyar.
4- Se le preguntará al ciudadano si no ha
firmado otras precandidaturas de libre
postulación para el mismo cargo.
5- Un ciudadano solo podrá
respaldar a uno y solo un candidato.
6- Cada persona que apoye a un candidato deberá escribir con su
puño y letra su nombre, numero de cedula y firma
7- El ciudadano deberá firmar tal como firmó en su
cédula.
8- Si el ciudadano no sabe firmar, estampará su huella dactilar y el activista procederá a firmar a ruego.
9- Si el ciudadano que apoya con su firma una precandidatura de libre postulación se encuentra inscrito en un partido político, al firmar renuncia al partido.
1Que los
nombres y firmas
coinciden con lo datos que
aparecen en la cédula.
2Estar en el Registro o
Padrón Preliminar de la
respectiva circunscripción.
3Que no hayan
respaldado otras
precandidaturas por libre
postulación para el mismo
cargo.
4Que no hay
firmas repetidas.
5Que el
ciudadano esté en pleno goce de sus
derechos políticos.
RECIBIDAS LAS FIRMAS POR EL
TRIBUNAL ELECTORAL, SE
PROCEDERÁ A LO SIGUIENTE
RECONOCIMIENTO DE LAS FIRMAS
Las firmas que hayan sido aprobadas en la pre-revisión se calificarán .
FIRMAS REPETIDAS EN DIFERENTES
PRECANDIDATURAS PARA EL
MISMO CARGOUna vez el ciudadano ha firmado una precandidatura
de libre postulación no podrá firmar otra para el
mismo cargo.
En caso de hacerlo la segunda es nula.
PAPEL DE LOS ACTIVISTASEstar acreditados por el precandidato.Capacitados previamente en la Dirección de Organización Electoral respectiva.Responsables de la autenticidad de las firmas que recojan. (Artículo 386 Código Electoral)
POSTULACIONES
LUNES 27 al viernes 31 de julio de 2015 Postulación de los Partidos y Candidatos de Libre Postulación.de 7:30 a.m. a 3:30 pm.En la Dirección Regional de Organización Electoral y Distrital de Boquerón.
Sorteo entre Candidatos de Libre Postulacion
El lunes 17 de agosto a las 10:30 a.m. se hará el sorteo de colores para los candidatos de Libre Postulación si los hubiera, en la Dirección Regional de Organización Electoral de Chiriquí.