EDUCACIÓN PÚBLICA
SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE: PERFILES, PARÁMETROS E INDICADORES
MTRO. ADOLFO NAPOLEÓN FLORES MTZ.
El 11 de septiembre de 2013 se publicó la Ley General del Servicio Profesional Docente
(LGSPD) que establece un sistema para asegurar la calidad del desempeño docente con
miras a fortalecer la calidad y equidad de la educación básica y media superior; un sistema
que integra diferentes mecanismos, estrategias y oportunidades para el desarrollo
profesional docente. Asimismo, esta ley define los procesos de evaluación de carácter
obligatorio para que el personal docente, directivo y de supervisión, por sus propios méritos,
pueda ingresar o permanecer en el servicio educativo o lograr promociones y
reconocimientos con base en sus conocimientos, capacidades y calidad de desempeño.
Al respecto, y con base en la reforma del 3º Constitucional y la promulgación de la Ley del
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (LINEE), este instituto (INEE) publicó el
15 de enero del presente año en el Diario Oficial de la Federación los “Lineamientos Iniciales
Generales para llevar a cabo la Evaluación del Ingreso al Servicio Profesional Docente
(SPD) en Educación Básica y Educación Media Superior y Lineamientos Iniciales Generales
para llevar a cabo la Evaluación para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección
(Directores) en Educación Media Superior, para el ciclo escolar 2014-2015”.
Este documento, que entró en vigor al día siguiente, el día 16 de enero, tiene como objetivo
establecer los principios rectores de la evaluación del ingreso al Servicio Profesional Docente
en educación básica y media superior, mediante concursos de oposición que garanticen la
idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. También establece que la
Secretaría de Educación Pública determinará los perfiles correspondientes al personal
docente y técnico docente en educación básica, considerando las propuestas de las
autoridades educativas locales.
Estos lineamientos señalan, también, que se someterán a concurso la totalidad de las plazas
de nueva creación y de las vacantes definitivas y temporales, de origen estatal y federal,
correspondientes a funciones docentes y técnico docentes que no hayan sido ocupadas al
31 de mayo de 2014, así como las que se generen a partir del 1 de junio siguiente y hasta el
31 de mayo de 2015. El concurso para el ingreso al SPD en educación básica se realizará de
manera simultánea en todas las entidades federativas el 12 de julio de 2014.
El Servicio Profesional Docente tiene como propósitos mejorar la calidad de la educación y el
cumplimiento de sus fines para el desarrollo integral de los educandos y el progreso del país
en un marco de inclusión y diversidad; mejorar la práctica profesional mediante la evaluación
en las escuelas, el intercambio de las experiencias y los apoyos que sean necesarios;
asegurar la idoneidad de los conocimientos y las capacidades del personal docente y del
personal con funciones de dirección y de supervisión, con base a la evaluación; estimular el
reconocimiento de la labor docente mediante opciones de desarrollo profesional.
Asimismo, asegurar un nivel suficiente de desempeño en quienes realizan funciones de
docencia, de dirección y supervisión; otorgar los apoyos necesarios para que el personal del
servicio profesional docente pueda, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus
debilidades; garantizar la formación, capacitación y actualización continua a través de
políticas, programas y acciones específicas, y desarrollar un programa de estímulos e
incentivos que favorezca el desempeño eficiente del servicio educativo y contribuya al
reconocimiento escolar y social de la dignidad magisterial.
Por ello, es indispensable que docentes, docentes con funciones de asesoría técnica
pedagógica, directivos y supervisores conozcan e identifiquen con claridad los Perfiles,
Parámetros e Indicadores que servirán como referentes para participar en los Concursos de
Oposición para el Ingreso al Servicio o para examinar sus conocimientos y habilidades a
través de instrumentos de medición como lo señala la Ley General del Servicio Profesional
Docente. La finalidad principal es asegurar que los candidatos mejor evaluados puedan
ingresar al servicio docente y promover a puestos de mejor nivel y remuneración a los
docentes, directivos y supervisores que obtengan los más altos resultados.
La Ley General del Servicio Profesional Docente en su Artículo 1, define al Perfil como un
conjunto de características, requisitos, cualidades o aptitudes que deberá tener el aspirante a
desempeñar un puesto o función descrito específicamente; al Parámetro como un valor de
referencia que permite medir avances y resultados alcanzados en el cumplimiento de
objetivos, metas y demás características del ejercicio de una función o actividad; y al
Indicador como un instrumento utilizado para determinar, por medio de unidades de medida,
el grado de cumplimiento de una característica, cualidad, conocimiento, capacidad, objetivo o
meta, empleado para valorar factores que se desean medir. Los perfiles, parámetros e
indicadores que señala la LGSPD deberán definir los siguientes aspectos:
a) Las funciones de docencia, dirección y supervisión, respectivamente, incluyendo en el
caso de la función docente la planificación, el conocimiento de los contenidos, el ambiente en
el aula, las practicas didácticas, la evaluación de los alumnos, el logro de aprendizaje de los
alumnos, la colaboración de la escuela y el dialogo con los padres de familia o tutores;
b) Las características del desempeño del personal del servicio profesional docente en
contexto sociales y culturales diversos, para lograr resultados adecuados de aprendizaje y
desarrollo de todos en un marco de inclusión;
c) La observancia de los calendarios y el debido aprovechamiento del tiempo escolar, y
d) los niveles de desempeño en cada una de las dimensiones que lo integran.
Todo ello, con el miras a lograr que la educación básica esté en condiciones de contribuir de
manera eficaz y eficiente al logro de los objetivos, los procesos y los resultados del sistema
educativo nacional.
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