SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE SOACHA CUNDINAMARCA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA COMPARTIR Aprobada por la Secretaria de Educación para jornada diurna: Resolución # 000593 del 29 de junio de 2001,
jornada nocturna educación de adultos: Resolución # 000579 del 29 de junio de 2001 y Jornada Sabatina educación de adultos: Resolución #1587 del 30 de junio de 2016.
DANE: # 125754003267 NIT: # 800.154.104-0
PEI : “CONSTRUYENDO CALI DAD CON EFICIENCIA”
SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL 2017
“La evaluación debe tener única y exclusivamente propósitos formativos, es decir, de aprendizaje para todos los sujetos que intervienen en ella”
El presente Sistema Institucional de Evaluación (SIE), reglamenta la evaluación del
aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de Preescolar, Educación
Básica, Educación Media y Educación de adultos por ciclos. Aprobado por el
Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 001 del 02 febrero de 2017.
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PEI : “CONSTRUYENDO CALI DAD CON EFICIENCIA”
CONTENIDO
CAPITULO I PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
COMPARTIR. CAPITULO II CRITERIOS, ESTRATEGIAS Y EVALUACION EN COMPARTIR
CAPITULO III.
COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION CAPITULO IV.
CRITERIOS DE PROMOCION Y REPROBACION
CAPITULO V. INFORMES ACADEMICOS
CAPITULO VI.
GRADUACIÓN DE BACHILLERES.
CAPITULO VII
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
CAPITULO VIII
DEBERES Y DERECHOS
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El Consejo Directivo de acuerdo a las normas legales vigentes, a la ley 115
de 1994, a su decreto reglamentario 1860 de 1994, y el decreto 1290 de 2009 emanados por el Ministerio de Educación Nacional, determina disposiciones internas sobre la Evaluación y Promoción en la institución.
CONSIDERANDO
1. Que la ley 115 de 1994 en sus artículos 78 y 79 determina que los
establecimientos educativos al conformar su plan de estudios deben definir entre
otros aspectos los criterios de evaluación del educando.
2. Que la ley 115 de 1994 y el artículo 15 del decreto reglamentario 1860 de 1994
concede a las instituciones autonomía para construir su Proyecto Educativo
Institucional (Decreto 2082).
3. Que el decreto 2082 de 1996 reglamenta condiciones para la evaluación de los
estudiantes con necesidades educativas.
4. Que el decreto 1290 de 2009 da plena autonomía a que las instituciones
educativas en materia de currículo, Evaluación y Promoción. Así como
responsabiliza de generar un sistema institucional de evaluación para los
estudiantes a través de una dinámica colectiva y cualitativa, implementando
estrategias pedagógicas que respondan a las debilidades y desempeños
superiores en el proceso formativo.
5. Que el decreto 2247 de 1997 reglamenta la Educación Preescolar.
6. Que la resolución 188 de 2007 define política pública frente a la educación inicial
( preescolar)
7. Que la evaluación es un proceso transformador que posibilita la generación de
cambios positivos en los miembros de la comunidad a partir del reconocimiento
de las fortalezas y dificultades de cada uno.
8. Que de acuerdo con nuestro PEI la institución tiene como áreas integradora la
tecnología e informática y lenguaje siendo una institución reconocida ante el
Ministerio de Educación Nacional como COLEGIO 10TIC
9. Que teniendo en cuenta el MEN y los lineamientos municipales la evaluación
debe ser un proceso, continuo, integral, flexible y concertado acorde a las
expectativas, necesidades, ritmo y estilo de aprendizaje, así como de las
competencias de los estudiantes.
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10. Que el Consejo Académico y Consejo Directivo, a partir de los aportes de la
comunidad educativa, realizaron el análisis con el fin de definir y adoptar el Sistema
Institucional de Evaluación de los estudiantes para su posterior divulgación.
RESUELVE:
CAPITULO I
PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA COMPARTIR.
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilo
de aprendizaje de los estudiantes para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos
educativos relacionados con el desarrollo integral de los estudiantes.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para
apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores
en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de los estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento
institucional.
CAPITULO II
CRITERIOS, ESTRATEGIAS Y EVALUACION EN COMPARTIR
ARTICULO 1. CRITERIOS DE EVALUACION
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A. Teniendo como sustento la concepción del proceso evaluación de la
institución, para su aplicación se tienen en cuenta cinco ejes: cognitivo, procedimental, actitudinal, prueba institucional periódica y autoevaluación:
COGNITIVO: Referente al conocimiento que ha alcanzado o adoptado el
estudiante, lo que sabe y lo aplica, es decir, “la capacidad de saber”. PROCEDIMENTAL: Referente a la parte manual, habilidades y destrezas, lo que
hace, “capacidad de saber hacer”. ACTITUDINAL: Referente a la parte axiológica del estudiante en el salón de
clase y fuera de él, su comportamiento, su actitud frente a diversas situaciones
y/o circunstancias, “capacidad de Ser”. AUTOEVALUACION: Proceso formativo que permite al estudiante darle una
significación a sus propias experiencias de vida, enriqueciendo sus prácticas
cotidianas, académicas, actitudinales y procedimentales; haciendo posible el
autoconocimiento y la construcción constante en lo personal para la toma de
decisiones asertivas.
PRUEBA INSTITUCIONAL PERIODICA: Se concibe como una prueba que tiene
como objetivo evaluar el afianzamiento de competencias al finalizar un periodo
académico, preparando al estudiante para las pruebas de estado y/o externas.
B. Para la valoración, de acuerdo a los ejes planteados, se establece que:
- Para el cognitivo, el procedimental y el actitudinal, los docentes podrán
establecer los porcentajes según las necesidades de la asignatura.
- Para la autoevaluación se asigna un porcentaje del 10%.
- Para la prueba institucional periódica se asigna un porcentaje del 25%.
C. Los tres periodos académicos tendrán un porcentaje de 33.33%
Parágrafo
1. El decreto de 2247 del 11 de septiembre 1997 en sus artículos 10 y 14, establece el proceso de evaluación para el Nivel Preescolar. Así:
Artículo 14. “La evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral,
sistemático, permanente,
participativo y cualitativo que tiene, entre otros propósitos:
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a) Conocer el estado del desarrollo integral del educando y de sus
avances;
b) Estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos;
c) Generar en el maestro, en los padres de familia y en el educando, espacios de
reflexión que les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar las medidas
necesarias para superar las circunstancias que interfieran en el aprendizaje”.
Artículo 10. “En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni
actividades. Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus
capacidades y aptitudes personales.
Para tal efecto, las instituciones educativas diseñarán mecanismos de evaluación
cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos que les permitan a
los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la formación integral del
educando, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las
acciones necesarias para superarlas”.
ARTICULO 2. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL. Se establece la siguiente escala de valoración para la evaluación de estudiantes en
cada una de las asignaturas y su equivalencia con la escala nacional:
NACIONAL CALIFICACION DESCRIPCION
DESEMPEÑO SUPERIOR
4.5 a 5.0 Supera exitosamente la totalidad de los logros, competencias (desempeños), conocimientos y compromisos planteados, además que
evidencia el cumplimiento de normas y actitudes que permiten una sana convivencia e
interacción social. DESEMPEÑO
ALTO
4.0 a 4.49 Alcanza satisfactoriamente los logros y
competencias propuestos en su proceso de aprendizaje, mantiene una actitud positiva y un
comportamiento sobresaliente acorde con los valores y la filosofía de la Institución.
DESEMPEÑO
BÁSICO
3.0 a 3.99 Cumple con el mínimo de logros, competencias, (desempeños) conocimientos, compromisos; pero mantiene algunas
dificultades en el desarrollo de habilidades, en la apropiación del conocimiento y/o de actitud y
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compromiso, que no han sido superadas.
DESEMPEÑO
BAJO
1.0 a 2.99 Presenta una actitud de desinterés ante los
valores, la filosofía de la Institución y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en la
asignatura.
El consejo Académico y directivo analizará finalizado el año escolar si a partir del
año 2018 la escala valorativa aumentará a 3.5 como mínimo de nota para el
DESEMPEÑO BÁSICO de acuerdo con las exigencias de calidad establecidas por
la Institución Educativa en su P.E.I.
ARTICULO 3: AREAS DEL PLAN DE ESTUDIOS DEFINIDAS PARA EL SISTEMA DE EVALUACIÓN EN LA INSTITUCION EDUCATIVA COMPARTIR
El SIE hace parte del Proyecto Educativo Institucional y se rige por los criterios
establecidos en su Horizonte Institucional y las normas estipuladas en la ley 115 de 1994, Art. 23 y Art. 31 en los que se determinan las áreas obligatorias y fundamentales las cuales son las que el colegio San José de Castilla adopta y tiene
en cuenta para la promoción de los estudiantes:
En los grados que pertenecen a Preescolar, la evaluación debe reconocer, en primer lugar, que el aprendizaje se extiende más allá de la situación inmediata, y que afecta el desarrollo integral del niño.
Al respecto, el Decreto 2247 de 1997 establece en su Artículo 10 que en el nivel de
educación preescolar no se reprueban grados ni actividades. Los educandos avanzarán en el proceso educativo integral, según sus capacidades y aptitudes personales.
Para tal efecto, las instituciones educativas diseñarán mecanismos de evaluación cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos que les permitan a los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la formación integral
del educando, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.
Y en el Artículo 14 que la evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral, sistemático, permanente, participativo y cualitativo que tiene, entre otros propósitos:
a) Conocer el estado del desarrollo integral del educando y de sus avances;
b) Estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos; c) Generar en el maestro, en los padres de la familia y en el educando, espacios
de reflexión que les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar
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las medidas necesarias para superar las circunstancias que
interfieran en el aprendizaje. La evaluación del aprendizaje en preescolar tiene dos escenarios: El primero está
en relación con los desarrollos, habilidades, actitudes, conocimientos previos y actuales de los niños. Esta identificación, por parte de los maestros, permite diseñar
estrategias de mediación que respeten los ritmos y estilos de aprendizaje; las necesidades de aquellos menores con deficiencias, en condición de discapacidad, con capacidades o talentos excepcionales, así como las características étnicas,
culturales, lingüísticas y ambientales de cada región y comunidad. (Artículo 12 decreto 2247).
El segundo escenario, está relacionado con las dificultades que presentan los niños en el momento de desarrollar una tarea, sea cognitiva, valorativa o expresiva. En este sentido será el docente, el responsable de diseñar situaciones de aprendizaje,
que le permitan dominar, interiorizar, apropiarse y aplicar un determinado conocimiento.
El docente en el grado prescolar como acompañante, dinamizador y guía del proceso, emplea diferentes medios de evaluación en cada una de las dimensiones del desarrollo, entendidas como eventos que permiten detectar el avance progresivo
de los estudiantes en el proceso de aprendizaje con el fin de propiciar y apoyar su mejoramiento continuo
En el caso del preescolar los procesos curriculares se desarrollan mediante la ejecución de proyectos lúdico-pedagógicos y actividades que tengan en cuenta la integración de las dimensiones del desarrollo humano según artículo 12 decreto
2247: 1. Corporal
2. Cognitiva
3. Afectiva
4. Comunicativa
5. Ética
6. Estética
7. Actitudinal y Valorativa
8. Comportamiento y Convivencia
Para el caso de los demás niveles las áreas que se promueven en la institución son las establecidas en la Ley General de Educación 115 y algunas que atienden a
políticas públicas requeridas por el ministerio de educación. a) PARA LA EDUCACION BÁSICA PRIMARIA
1. Ciencias Naturales y Educación Ambiental (Biología, Química, Física) 2. Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia
3. Educación Artística y Cultural (Música, Danzas, Artes) 4. Educación Ética y en Valores Humanos
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5. Educación Física, Recreación y Deportes
6. Educación Religiosa 7. Humanidades: Lengua Castellana e Idioma Extranjero (Inglés) 8. Matemáticas
9. Tecnología e Informática b) PARA LA EDUCACION BÁSICA SECUNDARIA
1. Ciencias Naturales y Educación Ambiental 2. Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia
3. Educación Artística y Cultural 4. Educación Ética y en Valores Humanos
5. Educación Física, Recreación y Deportes 6. Educación Religiosa 7. Humanidades: Lengua Castellana e Idioma Extranjero (Inglés).
8. Matemáticas 9. Tecnología e Informática
10. Emprendimiento c) PARA LA EDUCACION MEDIA
Además de las anteriores mencionadas que aplican para la Educación Básica Secundaria, se implementarán como parte del plan de estudios de la Educación
Media las siguientes: 10. Ciencias Económicas y Políticas
11. Filosofía 12. Electricidad
d) PARA LA EDUCACION MEDIA
En el marco del buscar garantizar que estudiantes de grados DÉCIMO y ONCE se vinculen a acceder a la formación de educación superior la institución a través de la
secretaria de Educación y el convenio 30 como parte del Proyecto Educativo Institucional plantea para los estudiantes de Educación Media dentro de su plan de estudios cursar algunos programas de formación técnica los cuales estarán
certificados por el SENA, según sus lineamientos y exigencias institucionales. Para que éstos sean válidos deben demostrar que dentro de su plan de estudios de la
jornada cursaron y aprobaron ética e Inglés como requisito para finalizado el proceso y la cantidad de horas requeridas acreditar el título de técnicos.
Por lo anterior, es responsabilidad del estudiante y padre de familia comprender que
el proceso de formación con el SENA es un valor agregado a la institución y a la
formación académica de los estudiantes por ello cualquier proceso realizado dentro
del convenio es directa responsabilidad del SENA y los participantes.
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PARÁGRAFO Para los estudiantes en condición de discapacidad (PcD) y
programas de aceleración se establece el mismo Plan de Estudios con sus correspondientes intensidades horarias, solamente que en cada una de ellas se realizará flexibilización curricular, valorando el esfuerzo, compromiso y superación
personal del estudiante. Dicho proceso será supervisado por la Profesional de Apoyo Especializado y los docentes, quienes estarán en constante comunicación con la
familia, esperando de la misma y del estudiante el mayor compromiso y cumplimiento de las actividades propuestas. ARTÍCULO 4. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.
Dentro de las estrategias más representativas se desarrollan aquellas que están
enmarcadas dentro del MODELO PEDAGOGICO COGNITIVO DESDE LO SOCIAL
Y LO CONSTRUCTIVISTA, por lo cual se denota la necesidad de entregar
al estudiante herramientas que le permitan crear sus propios procedimientos para
resolver una situación problemática, lo cual implica que sus ideas se modifiquen y
siga aprendiendo.
El constructivismo educativo propone un paradigma en donde el proceso de
enseñanza se percibe y se lleva a cabo como un proceso dinámico, participativo e
interactivo del sujeto, de modo que el conocimiento sea una auténtica construcción
operada por la persona que aprende. El constructivismo, en pedagogía, se aplica
como concepto didáctico en la enseñanza orientada a la acción. Por lo anterior las
prácticas pedagógicas deben estar enriquecidas desde diferentes postulados
metodológicos que le permitan al estudiante acercarse a crear su propio
conocimiento.
Por lo anterior cada Docente al iniciar el año y periodo escolar tendrá que entregar
a los estudiantes un listado de las temáticas y competencias a desarrollar en cada
una de las asignaturas, con el fin que el estudiante posea la información de las
mallas curriculares y los planes de clase, definidos en forma clara y precisa, así
como las formas mediante las cuales será evaluado durante el proceso y los
porcentajes dados para las mismas. Lo anterior, con el objetivo de garantizar
transparencia y motivación por el conocimiento.
En todas las evaluaciones parciales o totales que se haga a los estudiantes se
tienen en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:
1. Se definen las competencias, desempeños logros e indicadores de cada
asignatura en el respectivo grado, teniendo en cuenta los Fines del Sistema
Educativo, los Objetivos por niveles, la visión y misión del P.E.I., los Estándares
Básicos de Competencias, los Lineamientos Curriculares y los Derechos Básicos
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de Aprendizaje planteados por el Ministerio de Educación Nacional. Para los
estudiantes en situación de discapacidad el Banco de logros y desempeños
mínimos institucionales.
2. Evaluación diagnóstica: observación de diversidad de habilidades para
determinar niveles, ritmos de aprendizaje, intereses, fortalezas, dificultades y/o
cambios pertinentes.
2. Se plantean las distintas actividades y formas de evaluar a los estudiantes a lo largo del desarrollo de la asignatura de tal forma que tenga correspondencia con
los indicadores, los logros y las competencias fijadas en el plan de área para el año escolar
3. En todas las asignaturas los estudiantes tendrán el derecho y la posibilidad de
recibir al iniciar el año escolar o en cada periodo el listado de temáticas y
competencias a desarrollar, así como las pautas de evaluación y valoración
durante cada periodo con sus correspondientes porcentajes, y juicios valorativos
acordes a cada desempeño con el fin de tener las reglas académicas claras y
no presentar dificultades de desconocimiento de las mismas, facilitando así el
compromiso con los procesos.
4. Elaboración de desempeños en cada área con el fin de identificar fortalezas y
debilidades en los procesos de aprendizaje de los estudiantes.
5. Cada docente, al inicio del período, dará a conocer a los estudiantes los
momentos y formas en que se efectúa la evaluación de la asignatura, teniendo
en cuenta la autoevaluación, coevaluación, y heteroevaluación, así como al final
del periodo el estudiante deberá tener claro los resultados de las mismas.
FORMAS DE EVALUACIÓN
DESCRIPCION ESTRATEGIA
HETERO-EVALUACION
Evaluación realizada
solo por el docente.
Escrita, Oral, grupal,
individual, consultiva, participativa,
Experiencial, Cognitiva, Actitudinal, Procedimental,
Aptitudinal. Entre otras y las acordes entre
docentes y estudiantes.
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CO-EVALUACION
Evaluación que realiza entre estudiantes.
Consulta, Exposiciones, Trabajo colaborativo y
solidario.
AUTO-EVALUACION
Evaluación realizada por el estudiante.
Formato Institucional con criterios mínimos concertados.
6. Seguimiento al trabajo de los estudiantes en el desarrollo de las actividades,
tareas, ensayos, labor en equipo y grupal o exámenes, comportamientos,
actitudes, aptitudes, valores, desempeño personal y social; y otros que incidan
en su formación personal, manteniendo comunicación constante y efectiva con
Acudientes y/o Padres de familia.
7. Para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales la Institución
elabora un banco de logros acordes con las adaptaciones curriculares que se
efectúen según el tipo de discapacidad del niño y sus necesidades. Con el fin de
evaluar su proceso de aprendizaje y sus avances escolares
8. Comprometer a los padres de familia y/o acudientes en el acompañamiento
obligatorio en los procesos de formación integral de los estudiantes.
Parágrafo. Los padres de familia o acudientes que incumplan al llamado de la
institución en 3 ocasiones, serán reportados ante el Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar.
9. En todas las asignaturas dentro del periodo se realizarán pruebas en forma oral
y escrita y al final de cada semestre se realizarán pruebas Saber Tipo ICFES,
las cuales tendrán un juicio valorativo de tipo cuantitativo dentro del periodo en
que se aplica.
10. Para los estudiantes de grado 11º que superen las pruebas SABER ONCE con
resultados iguales o superiores a 65 puntos, en las asignaturas evaluadas por
éste, se darán igualmente aprobadas en la institución, asignándoles como
valoración su equivalente en la escala establecida por el ICFES. Las asignaturas
se distribuirán entre los núcleos evaluados en la prueba SABER ONCE de la
siguiente manera:
NUCLEOS PRUEBA SABER ONCE ASIGNATURAS
LECTURA CRITICA Español y Filosofía
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MATEMATICAS Cálculo
CIENCIAS NATURALES Y COMPONENTE TECNOLOGICO
Química, Física, Biología, Tecnología e Informática.
INGLES Ingles
SOCIALES Y CIUDADANAS Ciencias Económicas, Ciencias
Políticas, Ciencias Sociales, Ética y Valores
ARTÍCULO 5. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
Las acciones de acompañamiento y seguimiento son responsabilidad compartida
por el estudiante, los docentes y los padres de familia o acudiente. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15).
Los periodos académicos están proporcionalmente organizados según la cantidad
de días hábiles de clase, por ello a mitad de cada periodo se realizará un corte
académico con dirección de curso, en la cual se revisa el rendimiento académico,
con el fin de identificar debilidades de los estudiantes, según resultados observados
y registrados en la rejilla de cada curso, enviando reporte a los padres de familia y
a coordinación para determinar acciones de acompañamiento. Así mismo se
organizarán reuniones de Nivel donde se citarán a los padres de familia de los
estudiantes que se considere necesarios para proponer planes de mejoramiento y
superación de las dificultades.
1. Los tres mejores estudiantes que obtengan desempeños altos y superiores en cada uno de los periodos, serán reconocidos públicamente, entregando mención de honor.
2. Dentro de las acciones programadas en el trabajo de aula, se plantean compromisos de mejoramiento de los estudiantes teniendo en cuenta su nivel
de desempeño. Presentando planes de profundización aquellos estudiantes que evidencien un nivel superior o alto y planes de apoyo para estudiantes con desempeños básicos o bajos con el fin de superar dificultades o avanzar en los
procesos, antes de finalizar cada periodo académico.
3. Reuniones periódicas de las Comisiones de Evaluación y Promoción para buscar alternativas de solución y/o mejoramiento.
4. Se propicia los procesos de autoevaluación de los estudiantes permitiendo una construcción constante en lo personal.
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5. Para los casos particulares de aquellos estudiantes que presenten
factores que afecten los procesos de enseñanza – aprendizaje (inclusión), la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado analizará la situación del estudiante para determinar estrategias de mejoramiento.
6. Al inicio del año escolar se entrega a padres de familia o acudiente el horario de
atención del año lectivo, con el fin de establecer canales de comunicación eficaces entre el hogar y la institución educativa. A este horario se accede a través de tres maneras:
Citación por parte del docente. Cada docente, teniendo en cuenta la situación
académica del estudiante debe enviar citación al padre de familia, a través del
estudiante, para atención en los horarios destinados para tal fin. En caso de no
asistencia consecutiva a dos citaciones se procede a remitir a las
coordinaciones, rectoría o instancias competentes. De lo anterior, se debe dejar
constancia en el correspondiente observador del estudiante como evidencia de
acompañamiento al proceso.
Solicitud de cita por parte del padre de familia. El padre de familia o acudiente
puede solicitar al docente mediante comunicación escrita en la agenda, la
posibilidad de reunirse en los horarios destinados, según disponibilidad del
docente.
Asistencia en los horarios asignados sin cita previa. El padre de familia o
acudiente puede acercarse a dialogar con el docente en los horarios
establecidos por la institución para tal fin, la posibilidad de hablar con el maestro
depende de la disponibilidad del mismo.
7. En los casos que lo amerite, la institución realizará las remisiones pertinentes a
las entidades prestadoras de salud y otras para determinar los factores asociados al aprendizaje, con el fin de propiciar un apoyo profesional e integral que le permita a los estudiantes superar las dificultades. Dicho proceso debe
contar con el acompañamiento permanente por parte de los padres de familia y/o acudientes quienes a su vez deberán presentar los soportes
correspondientes a la institución.
8. Para los estudiantes de Básica Primaria, la institución ofrece el programa de
Aceleración acorde a las políticas de la Secretaría de Educación Municipal, el cual está dirigido a estudiantes en extraedad y que cumplan con los requisitos
establecidos, con el fin de facilitar su promoción al nivel de Básica Secundaria.
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA COMPARTIR Aprobada por la Secretaria de Educación para jornada diurna: Resolución # 000593 del 29 de junio de 2001,
jornada nocturna educación de adultos: Resolución # 000579 del 29 de junio de 2001 y Jornada Sabatina educación de adultos: Resolución #1587 del 30 de junio de 2016.
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9. Para los casos de Educación de adultos la institución ofrece programa de
flexibilización y validación en el caso en que lo requiera para nivelar los desempeños de los estudiantes.
ARTÍCULO 6. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
En todas las asignaturas en cada período académico, se favorecerá la auto
evaluación de los estudiantes con una intención formativa que beneficie la toma de
conciencia del proceso de aprendizaje, ayudándoles a establecer sus avances y
dificultades en sus desempeños. Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 artículo 4
numeral 5.
La autoevaluación tiene como objetivo conseguir que los estudiantes sean capaces de construir sus propios parámetros de autorregulación del aprendizaje y de su comportamiento, que logra cuando identifica los motivos y objetivos de éstos,
anticipa, representa y planifica las operaciones necesarias para su buen desempeño académico y convivencial, mediante la selección de procedimientos,
estrategias, órdenes de ejecución y resultados esperados. Para tal proceso se tiene en cuenta:
1. Orientar en los estudiantes la importancia de saber emitir juicios de valor con
responsabilidad y honestidad sobre sus destrezas y limitaciones que generen a
su vez la auto reflexión, análisis e interpretación.
2. Cada docente orienta la autoevaluación individual con los estudiantes basados
en la responsabilidad e interés en las actividades académicas de clase y extra
clase; la adquisición de competencias y desempeños, y la actitud frente al trabajo
individual y en equipo de las tareas desarrolladas.
3. Este proceso de autoevaluación tendrá una valoración del 10% en la definitiva de cada asignatura y periodo.
ARTÍCULO 7. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
1. Planes de Mejoramiento: Para aquellos estudiantes que presenten un nivel bajo
en su desempeño durante el período académico, se realizarán planes de mejoramiento de apoyo y refuerzo a través de la investigación, consulta,
proyectos, prácticas, ensayos, guías, talleres, entre otras. Programados y elaborados por cada docente en su asignatura, los cuales deberán ser desarrollados y sustentados por el estudiante.
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2. Semanas de Nivelación: Adicional a los planes de mejoramiento, durante las 2 últimas semanas de cada periodo los docentes establecerán actividades que le permitan mejorar su desempeño antes de la valoración final.
En el tercer trimestre se tomará una semana de nivelación para estudiantes con pérdida de asignaturas del último trimestre y la otra semana para estudiantes
con pérdida de dos asignaturas en definitiva.
3. Cortes académicos: se realizará un corte en la mitad de cada trimestre para dar
un informe parcial del desempeño académico en cada asignatura, con su respectivo registro en el observador del estudiante, a través de una dirección de
curso en la que se presentará dicho informe con copia a los padres de familia , quienes lo regresarán con firma de notificado.
4. Los estudiantes que ingresen a la institución durante el año escolar y no presenten reporte de notas, serán evaluados de acuerdo con los resultados en
la aplicación de las pruebas institucionales de los periodos transcurridos y los planes de mejoramiento correspondientes.
5. Para apoyar las actividades de evaluación y de promoción, el Consejo Académico, reglamentará la Comisión de Evaluación y Promoción de cada
grado.
Parágrafo.
1. La Básica Primaria destina un día para la aplicación y sustentación de los planes de mejoramiento de los estudiantes con bajo desempeño en la última semana de cada período.
2. Para quienes presenten planes de mejoramiento de apoyo con un desempeño
satisfactorio se le asignará como nota máxima 3.0 y para quienes deseen mejorar su valoración a través de los planes de profundización se aumentará máximo una unidad en su nota final del periodo.
CAPITULO III. COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION
A. DEFINICIÓN.
Es el órgano que formaliza los criterios de evaluación y promoción ante el Consejo Académico. Para tal fin se organiza así:
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1. Tres reuniones de la Comisión de Evaluación y Promoción por grados,
donde asisten los directores de curso y todos los docentes que orienten en éstos, la orientadora, la docente de apoyo y los directivos del plantel; las cuales se desarrollan al finalizar cada periodo académico. Respetando las fechas
establecidas en el cronograma.
2. Las comisiones son presididas por el Rector de la Institución o su delegado. Las decisiones y recomendaciones de cada comisión se consignan en actas que sirven de control para verificar el cumplimiento de los compromisos del periodo
anterior.
B. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
1. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos en asignaturas o grados
donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
2. Proponer estrategias o actividades de mejoramiento y apoyo a docentes, estudiantes y padres de familia.
3. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los
estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación y recomienda la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
4. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada de estudiantes que evidencien un nivel superior de su desempeño en todas las
asignaturas. C. REMISIÓN DE ESTUDIANTES ANTE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN.
Antes de remitir un estudiante ante la Comisión de Evaluación y Promoción el Director de Curso debe haber verificado que al estudiante:
1. Se le haya asignado y evaluado actividades de refuerzo y planes de mejoramiento por cada docente titular de la asignatura con desempeño bajo,
presentando el acta con la valoración obtenida y debidamente firmada. 2. Haber citado e informado a padres familia sobre la falencia académica de su hijo
y el plan de mejoramiento en las asignaturas con desempeño bajo, dejando constancia de la citación en el observador del estudiante.
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3. Remisión ante la Comisión de Evaluación y Promoción por parte del
Director de Curso, mediante formato establecido, de estudiantes que hayan obtenido desempeño bajo en tres o más asignaturas.
CAPITULO IV.
CRITERIOS DE PROMOCION Y REPROBACION
A. CRITERIOS DE PROMOCION
En el nivel de preescolar el criterio para la promoción aplicado es el planteado en el
Decreto 2247 de 1997, por lo cual todo estudiante tendrá promoción automática. Sin embargo a aquellos estudiantes que lo requieran se les realizará compromiso académico y convivencial para iniciar su periodo escolar. En los casos donde la
maduración, cognitiva, psicosocial, motora y de lenguaje no coincida con las necesidades propias de la básica primaria, se sugerirá al padre de familia desde la
Comisión de Promoción y Evaluación determinar la prolongación de la educación inicial y en común acuerdo se fijarán en actas las razones y motivos para darle continuidad o no al proceso del estudiante.
De conformidad con la Ley 115 de 1994 y el decreto 1290 de 2009 artículo 6, se establece la APROBACIÓN DEL GRADO CURSADO en en la Institución
Educativa Compartir cuando al finalizar el año escolar la Comisión de Evaluación y
Promoción tiene en cuenta los siguientes criterios: 1. El estudiante es promovido al grado siguiente cuando haya superado los logros
e indicadores y desempeños requeridos en todas las asignaturas establecidas en
el plan de estudios, teniendo en cuenta los Estándares Básicos, Lineamientos
establecidos, Derechos Básicos de Aprendizaje y compromisos adquiridos
durante el trabajo escolar, obteniendo un NIVEL DE DESEMPEÑO BASICO, es
decir, que hayan obtenido una valoración de 3.0. como mínimo.
2. Los estudiantes que hacen parte del programa de Aceleración, que hayan
culminado su proceso de nivelación de manera satisfactoria serán promovidos al
grado sexto, con asignación de notas para los periodos transcurridos, las
obtenidas como valoraciones finales de dicho curso, que corresponderán también
a la certificación del grado Quinto de Básica Primaria.
3. Para casos de estudiantes con situaciones particulares que afecten su
desempeño académico la Comisión de Evaluación determina las acciones a
seguir para garantizar la continuidad y promoción del educando.
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Parágrafo 1. Excepcionalmente la Comisión de Evaluación y Promoción se reunirá
para definir la situación académica de los estudiantes cuando considere:
Que por razones de salud, licencia de maternidad, incapacidad o calamidad
doméstica, certificada por la EPS o instancia correspondiente, el estudiante no alcanzó a culminar su año escolar.
Casos donde existan estudiantes con problemas de aprendizaje y/o limitaciones
debidamente comprobadas por especialistas.
Casos de presunta amenaza y/o por seguridad personal - familiar, reportados
previamente a la comisión.
4. Los estudiantes con necesidades educativas especiales que alcancen los
logros plateados según sus características particulares y adaptaciones curriculares
serán promovidos al grado siguiente. B. CRITERIOS DE NO PROMOCION El estudiante no es promovido cuando:
1. Obtenga en tres o más asignaturas un DESEMPEÑO BAJO en su valoración
definitiva final. Estos estudiantes deberán matricularse a reiniciar su año por una
sola vez en la institución.
2. Presente DESEMPEÑO BAJO en una o dos asignaturas en su definitiva final y no las apruebe en su totalidad durante la semana de nivelación.
3. Presente un total del 20% de inasistencias injustificadas en el año escolar, de acuerdo a la intensidad horaria establecida para cada asignatura y lo estipulado
en el Manual de Convivencia de la Institución.
4. Los estudiantes con necesidades educativas especiales que no alcancen los
logros plateados según sus características particulares y adaptaciones curriculares.
5. El estudiante que ingresó extemporáneamente y nunca presentó los soportes
académicos correspondientes a otras instituciones o que no haya realizado
actividades de nivelación, en los tiempos establecidos.
6. El estudiante o persona que haya presentado prueba de validación y haya
perdido dos o más asignaturas.
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7. El estudiante que haya justificado sus ausencias, pero al regreso no
haya presentado planes de nivelación, mejoramiento y superación, en los
tiempos establecidos o no pueda ser valorado.
Parágrafo 1: En caso de ausencia es requisito indispensable informar de inmediato
a la Institución. El Padre de Familia o acudiente debe presentarse ante Coordinación
de Convivencia con los soportes necesarios atendiendo a lo dispuesto en el Manual
de Convivencia.
Parágrafo 2. Es responsabilidad del estudiante informar al docente de cada
asignatura y presentar formato de excusa avalado por Coordinación de
Convivencia. Además, si la incapacidad o licencia es mayor a tres días (protección
ICBF, incapacidades extensas y licencias de maternidad) se deben presentar ante
Coordinación Académica para recibir formato de boletín auxiliar, que permitirá
determinar fechas y actividades académicas a realizar para nivelar los tiempos de
inasistencia a la Institución. El cumplimiento del anterior proceso habilitará al
estudiante para la presentación de trabajos y actividades de nivelación,
mejoramiento y superación que le permitan obtener los aprendizajes y sus
correspondientes juicios valorativos.
Parágrafo 3. Ningún estudiante se podrá matricular en el grado siguiente si no ha aprobado TODAS las asignaturas del plan de estudios. Por lo tanto, es
responsabilidad de los docentes de asignaturas, áreas y directores de grupo, definir la situación del estudiante a través de la Comisión de Promoción y Evaluación, antes de concluir el año escolar sin dejar pendientes decisiones de promoción para
el año siguiente.
Parágrafo 4. Si el estudiante al finalizar el año escolar persiste en su bajo desempeño y no cumplimiento de compromisos adquiridos se remitirá por conducto regular a las instancias competentes para definir su permanencia en la institución.
Parágrafo 5. En el caso de los estudiantes en condición de discapacidad (PcD) la
diferencia entre la edad cronológica y la edad escolar no debe exceder los tres años.
Para la promoción se tendrán en cuenta los planteamientos establecidos en el
Proyecto Educativo Institucional atendiendo a las características individuales. De
igual manera, si el estudiante requiere de algún tipo de formación vocacional ó laboral,
será remitido a través de las Profesionales de Apoyo de la institución a las instituciones
o entidades especializadas a partir de la promoción de grado NOVENO una vez
recibida la certificación de Bachiller Básico.
C.CRITERIOS PARA LA PROMOCION ANTICIPADA
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Atendiendo el Artículo 7 del Decreto 1290 y a la directiva ministerial número 29 de noviembre 16 de 2010 la institución Educativa Compartir determina la promoción anticipada, para:
El/La estudiante con DESEMPEÑO SUPERIOR como valoración final en el primer
periodo en su desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias
básicas del grado que cursa. Además, debe presentar prueba de suficiencia de todas
las asignaturas del grado que esté cursando y obtener como valoración final
Desempeño ALTO en todas las asignaturas así como en Convivencia.
PROCEDIMIENTO:
1. Presentar solicitud escrita dirigida al Consejo Académico durante la primera semana del mes de abril. Dicha solicitud debe estar firmada por el estudiante
y los padres de familia.
2. Una vez que el estudiante ha presentado la prueba de suficiencia, debe
obtener una valoración igual o superior a 3.8 en cada una de las asignaturas. Los resultados se entregarán a la comisión de promoción y Evaluación.
3. La Comisión de Evaluación y Promoción recomienda ante el Consejo
Académico, la promoción anticipada de grado a grado de los estudiantes que
durante el primer corte del primer trimestre del año lectivo, demostró persistentemente un desempeño superior: 4.5 a 5.0, y reunió condiciones
excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental. El Consejo Académico quien emitirá un concepto de promoción o no promoción y luego se remitirá al Consejo Directivo, quien avalará y consignará en el acta
respectiva para emitir el registro escolar del grado respectivo en caso de ser promovido.
4. Estudiantes reprobados con una o dos asignaturas en el año anterior, que
durante el primer corte del primer trimestre del año siguiente, obtengan
valoraciones de 4.5 a 5.0 en todas las asignaturas. Para el caso del grado once serán graduados por ventanilla.
5. Estudiantes de grado 11º que se presenten a las pruebas de las universidades públicas y sean admitidos son promovidos anticipadamente.
1. Cualquier docente podrá postular ante la Comisión la promoción de grado de
manera anticipada de aquellos estudiantes con las características descritas
anteriormente con consentimiento de los padres y/o acudientes.
CAPITULO V.
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INFORMES ACADEMICOS
En cumplimiento del Artículo 11, numerales 4 y 6 del Decreto 1290, La institución
establece que:
1. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia
a cuatro períodos académicos. Al finalizar cada uno, los padres de familia o
acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la
valoración obtenida en cada una de las asignaturas, así como los criterios de
evaluación que describen el desempeño, las competencias, las debilidades y las
recomendaciones.
Para el caso de Preescolar y para los niños con necesidades educativas
especiales, el boletín contendrá un informe descriptivo de su desempeño y avances en el proceso de aprendizaje.
Durante el año lectivo se entrega a los padres de familia o acudientes tres informes al finalizar cada período académico, con los juicios valorativos y/o la
asignación numérica correspondiente al nivel de desempeño del estudiante establecido en la escala institucional y su correspondencia con la escala
nacional.
Los estudiantes que ingresen en el transcurso del año escolar, deben presentar
a Coordinación Académica los boletines correspondientes a los periodos cursados, para sumarlos y promediarlos con las valoraciones obtenidas en esta
institución con el fin de dar la promoción correspondiente, de lo contrario el estudiante se registrará como No Promovido hasta tanto entregue sus informes.
Los estudiantes que ingresen sin haber cursado asignaturas establecidas en nuestro plan de estudios deberán presentar actividades de nivelación y
superación, las cuales serán asignadas por los Docentes titulares y Coordinación Académica para dar la valoración del periodo o periodos correspondientes. Dichas actividades deberán ser desarrolladas durante el
periodo en el que ingresa.
Para el caso de estudiantes que por situación de incapacidad médica, maternidad o estado en protección le impida presentarse en la institución, cuando este finalice dicha novedad y a su reingreso, deberá presentar planes
de mejoramiento extemporáneo, por lo tanto, se realizarán los informes académicos en boletines auxiliares con Coordinación Académica que evidencien
el proceso llevado a cabo en la institución. Si una estudiante se encuentra en licencia de maternidad durante el último periodo y no regresa a finalizar el año
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escolar, se tendrá en cuenta el porcentaje de asistencia, rendimiento
académico y convivencial demostrado durante su permanencia y se remitirá a Consejo Académico para su correspondiente análisis y definición de promoción o plan de superación.
Parágrafo1 : Los casos no contemplados en este documento se remitirán a Consejo
Académico para ser analizados y tomar las decisiones correspondientes.
Los Informes Bimestrales y el Informe Final de Evaluación mostrarán el
rendimiento en cada asignatura mediante la escala enunciada en el Artículo
5 del decreto 1290 de 2009. Al final de cada periodo el estudiante y sus
acudientes recibirán el consolidado de ausencias, observaciones generales
de la asignatura con fortalezas, dificultades y recomendaciones y los juicios
valorativos numéricos según la escala de valoración con los desempeños
correspondientes. De ésta forma el Padre de Familia tendrá la información
en los tiempos señalados para revisarla y acompañar al estudiante en planes
de mejoramiento para el periodo siguiente. Al finalizar el año escolar el
Informe Final presentará los consolidados y promedios de las diferentes
asignaturas y áreas según los porcentajes otorgados en el presente SIE.
A mitad de cada Periodo Académico los estudiantes y padres de familia o
acudientes recibirán un informe parcial del rendimiento del periodo,
denominado CORTE ACADÉMICO, con el fin de informar anticipadamente
sobre las asignaturas en que presenta dificultades, para aplicar planes de
mejoramiento individual, grupal y familiar antes del juicio valorativo final del
cierre de periodo, que le permitan al estudiante superar las debilidades.
Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un
informe como resultado de la evaluación integral. Éste tercer informe incluye
una columna donde se registra la situación final del estudiante en cada
asignatura.
Para el caso de las personas que accedan a pruebas de validación por
decreto 3011 para educación de adultos se otorgarán los certificados
correspondientes con las áreas presentadas dentro de la prueba de
validación acorde a la resolución, en los tiempos y fechas establecidas por la
Institución, las cuales siempre deberán ser antes de iniciar el ciclo académico
al que vaya a ingresar, de tal forma que al finalizar el proceso de formación
tenga sus certificaciones completas para graduarse.
CAPITULO VI.
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GRADUACIÓN DE BACHILLERES.
1. La Institución realiza solamente ceremonia de graduación al culminar los niveles
de Preescolar y Educación Media. En los demás niveles se efectúa ceremonia de clausura.
2. Los estudiantes que culminen la Educación Media obtienen el título de Bachiller
Académico cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción
adoptados por la Institución en su Proyecto Educativo Institucional y el SIE, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias, teniendo en cuenta que:
El título de bachiller se otorga a los estudiantes de grado undécimo que hayan
aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo once.
No se puede obtener el título de bachiller con asignaturas perdidas en ningún
grado de la Educación Básica y Media, salvo en los casos de las asignaturas pendientes y no recuperadas en la vigencia del decreto 230 de 2002, ya que quedan definitivamente reprobadas y por lo tanto se puede graduar.
Los estudiantes de grado undécimo deben acreditar la prestación del Servicio
Social como requisito para ser graduados. Parágrafo. Como acuerdo institucional, los estudiantes que presenten algunas de
las siguientes situaciones no podrán asistir a la ceremonia de graduación y recibirán su título de Bachiller por ventanilla:
1. El estudiante que no se presente a la prueba de estado SABER ONCE
habiéndose inscrito.
2. El estudiante que haya evidenciado problemas de convivencia durante el año escolar y se encuentre con proceso disciplinario vigente.
3. El estudiante que no cumpla con las horas de servicio social estipulados en el PEI.
CAPITULO VII.
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
1. DEBIDO PROCESO:
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Para el estudio de circunstancias académicas es necesario establecer
unos canales y unos procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones. Se requiere en todos los casos que haya una comunicación permanente y respetuosa entre la institución y la familia del estudiante con el
fin de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento de la situación presentada. De igual forma, que se entregue una evidencia escrita de la
reclamación para poder dar respuesta a las inquietudes desde la dependencia que corresponda.
CONDUCTO REGULAR REGULAR
Los estudiantes, padres de familia y/o acudientes que consideren, se hayan
cometido algún error o violación al debido proceso, presentan por escrito solicitud
respetuosa a las siguientes instancias del plantel, atendiendo el siguiente conducto regular:
1. Docente titular de la asignatura. 2. Director de curso.
3. Coordinación Convivencial y Académica. 4. Comisión de Evaluación y Promoción. 5. Consejo Académico.
6. Rectora. 6. Consejo Directivo.
Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de 10 días hábiles para
resolver y dar respuesta a las reclamaciones por escrito con los debidos soportes.
CAPITULO VIII DEBERES Y DERECHOS
A. DERECHOS DEL ESTUDIANTE.
Para el mejor desarrollo de su proceso formativo, el estudiante tiene derecho a:
1. Ser evaluado de manera Integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.
2. Conocer el sistema Institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
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3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir
oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respectos a estas.
4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.
5. Conocer los criterios, metodologías y tiempos de evaluación de cada asignatura
al iniciar el periodo.
B. DEBERES DEL ESTUDIANTE.
El estudiante para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:
1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo.
2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.
3. Justificar junto con el padre de familia y/o acudiente oportunamente, máximo dos
días después de la ausencia, y por escrito sus inasistencias para evitar su afectación en las notas.
C. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:
1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año
escolar.
2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. 3. Recibir los informes periódicos de evaluación.
4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas
sobre el proceso de evaluación de sus hijos. D. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.
De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:
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PEI : “CONSTRUYENDO CALI DAD CON EFICIENCIA”
1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición
de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes
y promoción escolar.
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
3. Analizar los informes periódicos de evaluación
4. Dotar a su hijo de los elementos mínimos para el desarrollo de las actividades
académicas.
La Rectoría compromete a los docentes de la institución para que se aplique el
Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes; la Coordinación Académica y el Consejo Académico hacen seguimiento de la aplicación del mismo.
En la construcción del sistema de evaluación 2017 y de conformidad al decreto 1290 de 2009, se establece la participación de la comunidad educativa como
elemento primordial del diseño de los criterios que establece la norma; por ello, se contó con la participación de estudiantes, padres de familia, docentes y directivos
docentes en la consolidación de este Sistema. Rige a partir de su expedición, derogando el Sistema Institucional de Evaluación
anterior. 02 de Febrero de 2017 ,REVISADO Y APROBADO POR CONSEJO
ACADEMICO Y CONSEJO DIRECTIVO AÑO 2016 para que se PUBLIQUE Y SE CUMPLA!!