Presidente
Artículo 188. Constitución Política de Colombia
El Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. El Presidente de la República simboliza la unidad nacional y al jurar el cumplimiento de la Constitución se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos.
Gobernador
El artículo 303 de la Constitución de 1991, establece que el gobernador es el jefe administración seccional y el representante legal del departamento. Los gobernadores son elegidos para períodos de tres años y no podrán ser reelegidos para el período siguiente.
Alcalde
El artículo 314 de la constitución de 1991 establece que un alcalde es el jefe de la administración local y el representante legal de un municipio. Este debe ser elegido popularmente para un periodo de tres años, no reelegible para el periodo siguiente.
• Chía (Natalia, Juan P. Galindo, Juan P. Acevedo, Sofía,Paulina, Daniel Sayad, Juan P. Pérez)
• Fómeque ( Ma. Lucía, Pauline, Juan Andrés, Tikal, Sandra, Nestor. Tatiana.)
• Pacho (Daniel León, Ma. Fernanda, Ana Sofía, Alejandro, Emily, Ma. José)
• Girardot (Silvia, diego, Mariana, Samuel, Sergio, Juan F, Juan Pablo Saénz,
Recommended