TALLER DE ACTUALIZACIÓN Y FORMACIÓN PARA LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
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IncorrectoCorrecto
S
N
NORMAS MORALES
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NORMA MORAL
La formación moral es la base del
desarrollo humanista y social de las
personas y su funcionalidad conlleva
una jerarquía de saberes que favorecen:
El conocimiento
y cuidado de sí mismo
El manejo y solución de conflictos
El apego a la legalidad y al sentido de la
justicia
El sentido de pertenencia a la comunidad, a la
nación y a la humanidad
La autorregulación y del ejercicio de la
responsabilidad de la libertad
El respeto y valoración de la diversidad
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El conjunto de comportamientos ynormas que se aceptan como válidas enla vida cotidiana y que son actitudesfavorables al colectivo.
Es el precepto cívico que tienen laspersonas desde su formación familiar yescolar que les ayuda a conducirsecorrectamente y obedecer las normas yreglas de la sociedad.
Son aquellas leyes morales yjurídicas que guían la conducta delas personas.
01 02
03 04
LA MORAL ES:
Es el acto mental que determina siuna conducta o situación es de índoleético o no.
La moral no sólo sirve para actuar en un momento dado,sino también como un juicio moral que orienta la actuaciónracional de las personas en la vida diaria.
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El juicio moral se encuentra clasificado de la siguiente manera:
NORMA MORAL
ESQUEMAS
INTERESES PRIMARIOS
ESQUEMAS
DE MANTENIMIENTO DE NORMAS
ESQUEMAS
POST-CONVENCIONAL
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Cuando su formación ético-moral es endeble, las
personas demuestran actitudes y
comportamientos incorrectos y dañinos hacia
sus similares y su entorno.
NORMA MORAL
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Una vez que las personas se conducen con reglas morales, pueden establecer relaciones
sociales y personales armónicas, por medio de la capacidad de comunicación, de
colaboración, de cooperación y de la toma acertada de decisiones.
NORMA MORAL
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FUNDAMENTO LEGAL DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS: CNMCA, SMCA, CDMCA Y
CLMCA
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ARTÍCULO 123APARTADO A FRACC. XIII
Establece la obligatoriedad de los patrones a
proporcionar Capacitación y Adiestramiento
para el trabajo.
LEYES FEDERALES
ARTÍCULOS 132 FRACC. XV,153-A AL 153 -V Y 159
Regula la figura de la Capacitación y
AdiestramientoLEY FEDERAL DEL TRABAJO
NORMAS INSTITUCIONALES Y
SINDICALES
REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN
Artículo 9.- Establece las principales obligaciones
Técnico Operativas de los Comités.
Capítulo III.- De las funciones de la Comisión Nacional
Mixta de Capacitación y Adiestramiento.
Capítulo IV.- De las funciones de la Subcomisión Mixta
de Capacitación y Adiestramiento.
REGLAS DE OPERACIÓN DE
LOS CDMCADetalla las reglas bajo las cuales sesionarán los Comités
Delegacionales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento.
PROCEDIMIENTOS
OPERATIVOS DE LA CNMCA
Opera el proceso de impartición y actualizaciónde la
capacitación y adiestramiento.
LINEAMIENTOS PARA EL
FUNCIONAMIENTO DE LOS
CLMCA
Lineamientos estratégicos para la creación y
funcionamiento de los Comités Locales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento.
NORMATIVA
IMSS-SNTSS
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CONTRATO COLECTIVO DE
TRABAJO
FUNDAMENTO LEGAL CNMCA, SMCA, CDMCA Y CLMCA
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Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento
Representación Ejecutiva
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Titular de la Coordinación de Relaciones Laborales
Titular de la Coordinación de Gestión de Recursos Humanos
Titular de la Unidad de Administración
Titular de la Coordinación de Educación en Salud
Representante Ejecutivo Institucional ante la CNMCA
Titular de la Coordinación de Capacitación
COMISIÓN
NACIONAL MIXTA
DE CAPACITACIÓN
Y ADIESTRAMIENTO
(5 Representantes)
REPRESENTACIÓN
EJECUTIVA
(1 Representante)
Secretario de Capacitación y Adiestramiento
Director del Centro Nacional de Capacitación y Calidad
Representante Ejecutivo Sindical ante la CNMCA
Secretaria de Acción Femenil
REPRESENTANTES INSTITUCIONALES
REPRESENTANTES SINDICALES
Auxiliar Normativo en la CNMCA
La Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento (CNMCA) es el órgano regulador de la
capacitación y adiestramiento de los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Auxiliar Normativo en la CNMCA
ATRIBUCIONES Acordar el plan y programas de capacitación y adiestramiento, o en su caso
las modificaciones convenidas acerca del plan y programas implementados.
Promover y vigilar la elaboración y difusión de los programas y debido
cumplimiento de la normatividad y en su caso emitir recomendaciones para mejorar
la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.
Determinar los procedimientos de operación de las Subcomisiones Mixtas de
Capacitación y Adiestramiento, así como de los Comités Delegacionales y Locales
de Capacitación y Adiestramiento.
Promover la participación activa de los trabajadores, en los procesos de
capacitación y adiestramiento del Instituto.
Participar en los acuerdos de las partes, que tengan por propósito la creación de
nuevas categorías distintas a las que actualmente se encuentran establecidas en el
tabulador de sueldos, a fin de determinar la naturaleza de la capacitación que
requieran.
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REGLAS DE OPERACIÓN
Se encuentran constituidas de la siguiente manera:
Introducción
Objetivo
Alcance
Fundamento Legal
Reglas
Funciones
Integrantes
Responsabilidades específicas de los representantes
Suplencias o ausencias
Programa de sesiones ordinarias y extraordinarias
Entrega de convocatorias y documentos
Quórum
Orden del día
Reglas de votación
Acuerdos
Actas
Cambios y modificaciones de acuerdos aprobados
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CAMBIOS EN EL AÑO 2020
En el año 2020 se actualizaron los Procedimientos Operativos de la Comisión Nacional Mixta de
Capacitación y Adiestramiento. Los principales cambios y modificaciones fueron los siguientes:
Dentro del Ámbito de Aplicación, se instalaron los Comités Delegacionales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento y se da continuidad a los Comités Locales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento.
En las bases Legales de la Capacitación, se incluye el Reglamento de Selección de
Recursos Humanos para Cambio de Rama.
En las Disposiciones Generales, se incluye la aclaración sobre lenguaje incluyente y no
discriminación, el apego al Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés, así
como las disposiciones de la Ley Federal y General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, respectivamente, y la Ley General de Protección de Datos Personales en
posesión de Sujetos Obligados.
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En las Políticas Generales, se identifican principalmente las siguientes modificaciones:
➢ La Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y
Adiestramiento presentará informes trimestrales a la Comisión Nacional Mixta de
Capacitación y Adiestramiento y elaborará un programa anual de visitas de supervisión y
asesoría a las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento.
➢ Se homologa el término de exámenes y se elimina cuestionario.
En las Políticas de Requisito 51 se incluyeron los siguientes puntos:
❖ En situaciones contingentes, la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de
Capacitación y Adiestramiento podrá elaborar bancos de reactivos.
❖ Únicamente podrán participar en los procesos de calificación de exámenes el personal
adscrito a la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y
Adiestramiento o Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento y sinodales o instructores
designados. Por ningún motivo deberá incluirse a personal ajeno a dichas áreas.
CAMBIOS EN EL AÑO 2020
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En las Políticas de Requisito 21 se incluyeron los siguientes puntos:
▪ Únicamente podrán participar en los procesos de calificación de exámenes el personal adscrito a
la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento o
Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento y sinodales o instructores designados. Por
ningún motivo deberá incluirse a personal ajeno a dichas áreas.
▪ La Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento y
de la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento serán responsables de elaborar los
oficios de asistencia al curso para los trabajadores, de conformidad con el Artículo 25 inciso e) del
Reglamento de Capacitación y Adiestramiento.
En las Políticas de Cambio de Rama se modifica el siguiente punto:
✓ La periodicidad de la entrega de los informes de Cambio de Rama a trimestrales que deben
remitirse a la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento.
Se crea el procedimiento para la Operación del Programa de Capacitación Continua, con el
propósito de normar las acciones de capacitación y adiestramiento en este rubro.
CAMBIOS EN EL AÑO 2020
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ATRIBUCIONES DE LA REPRESENTACIÓN EJECUTIVA DE LA CNMCA
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▪ La instrumentación y cumplimiento del plan y programas de capacitación, adiestramiento yactualización del Instituto.
▪ Que las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento cumplan con susatribuciones de acuerdo a lo establecido en el Reglamento.
▪ A los Representantes de las Subcomisiones, y a los integrantes de los Comités Delegacionalesde Capacitación y Adiestramiento.
Asesorar, vigilary supervisar
Coordinar
▪ Con la Comisión Nacional Mixta de Escalafón, la programación de la capacitaciónpromocional a plazas escalafonarias y comunicarle oportunamente por escrito lascalificaciones obtenidas.
▪ Con la Comisión Nacional Mixta de Selección de Recursos Humanos para las acciones decapacitación para cambio de rama.
Detectar ▪ Necesidades de capacitación y adiestramiento posteriores a la elaboración del Plan deCapacitación y Adiestramiento del IMSS, como consecuencia de la dinámica de operación yelaborar propuestas para satisfacerlas.
ATRIBUCIONES DE LA REPRESENTACIÓN EJECUTIVA DE LA CNMCA
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▪ Convocatorias de los cursos de Capacitación Promocional a Plazas Escalafonarias en el CDMXy Valle de México para plazas vacantes o listados escalafonarios próximos a agotarse.
Emitir y difundir
▪ Las impugnaciones a los dictámenes emitidos por las Subcomisiones Mixtas deCapacitación y Adiestramiento.
▪ Las solicitudes de revisión de exámenes que presenten los trabajadores adscritos a OficinasCentrales.
Resolver
Programar ▪ Los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud, en aquellos casos en que éstosse requieran.
▪ Las constancias de los trabajadores de Oficinas Centrales que hayan acreditado loscontenidos de cualquiera de los 4 tipos de capacitación señalados en el Artículo 3 delReglamento.
Autentificar
▪ A la Comisión Nacional Mixta de Becas la programación sobre capacitación, actualización ypostgrado que se impartirán en el año siguiente, para su difusión y para cuya asistenciarequerirán beca.
Enviar
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TIPOS DE CAPACITACIÓN QUE COORDINA LA REPRESENTACIÓN EJECUTIVA DE LACNMCA
Capacitación Contractual
Capacitación Continua en el
Trabajo
Capacitación y Adiestramiento Promocional a
Plazas Escalafonarias
Capacitación y Adiestramiento
para Cambio de Rama
Capacitación y Adiestramiento
en el PuestoEnseñanza sobre conocimientostécnicos e instrumentales dirigidas acategorías autónomas y de pie de rama.
Enseñanza sobre conocimientos técnicos yadministrativos de las funciones, actividades yresponsabilidades del puesto de conformidad conlos profesiogramas.
Enseñanza sobre conocimientos técnicos einstrumentales aplicable a todas las categoríasescalafonarias. Requisitos 51 y 21.
Enseñanza para que el trabajador reciba,
actualice e incremente los conocimientos,
destrezas y aptitudes que sus actividades
demanden.
PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE LA COMISIÓN NACIONAL MIXTA DE
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
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Establece los lineamientos a seguir para operar el proceso
de impartición de cursos de capacitación, adiestramiento,
actualización y orientación para todos los trabajadores de
base.
Los Procedimientos Operativos de la CNMCA son de
observancia obligatoria para los Órganos Normativos,
Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada,
Órganos Operativos, Comisión Nacional Mixta de
Capacitación y Adiestramiento, Subcomisiones Mixtas de
Capacitación y Adiestramiento, Comités Delegacionales
Mixtos de Capacitación y Adiestramiento y Comités Locales
Mixtos de Capacitación y Adiestramiento del Instituto
Mexicano del Seguro Social.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
OBJETIVO
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PROCEDIMIENTO
SUBCOMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
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ATRIBUCIONES
Promover, vigilar y supervisar el establecimiento y debido cumplimiento de la
programación de capacitación, adiestramiento y actualización en su ámbito de
responsabilidad, así como informar permanentemente a la Comisión Nacional
Mixta de Capacitación y Adiestramiento el comportamiento del programa y
proponer acciones para su mejoramiento;
Coordinar con la Subcomisión Mixta de Escalafón la programación de la
capacitación promocional a plazas escalafonarias en el ámbito de su
responsabilidad y comunicarle oportunamente por escrito las calificaciones;
Promover la participación activa de los trabajadores en los procesos de
capacitación y adiestramiento del Instituto;
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2
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Emitir y difundir las convocatorias para los cursos de capacitación
promocional a plazas escalafonarias en el ámbito de su responsabilidad
cuando existan plazas vacantes o listados escalafonarios próximos a
agotarse;
Programar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitudes en
aquellos casos en que éstos se requieran;
Autentificar las constancias de los trabajadores que hayan acreditado los
contenidos de cualquiera de los tipos de capacitación;
Enviar a la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de
Capacitación y Adiestramiento, el catálogo de instructores, asesores y
tutores del ámbito de su competencia;
ATRIBUCIONES
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Establecer coordinación con la Subcomisión Mixta de Selección de
Recursos Humanos para las acciones de capacitación y adiestramiento
para cambio de rama;
Asesorar a los Representantes de los Comités Locales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento;
Vigilar que los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento,
cumplan con sus funciones.
ATRIBUCIONES
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REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS COMITÉSDELEGACIONALES MIXTOS DE CAPACITACIÓN
Y ADIESTRAMIENTO
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OBJETIVO
Especificar de manera detallada las reglas bajo las cuales
sesionarán los Comités Delegacionales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento, procurando que las
mismas faciliten el funcionamiento y operación del logro
de metas y objetivos bilaterales IMSS-SNTSS.
ALCANCE
Las Reglas de Operación son de
observancia obligatoria para los integrantes
de los Comités Delegacionales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento.
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REGLAS
1Los Comités estarán integrados por5 representantes del InstitutoMexicano del Seguro Social e igualnúmero de representantes porparte del Sindicato Nacional deTrabajadores del Seguro Social.
2Los Comités sesionarán
mensualmente de manera
ordinaria y conforme al
calendario aprobado por los
integrantes del Comité.
3 Las sesiones
extraordinarias se llevarán
a cabo cada vez que se
considere necesario.
4 Se nombrará un Secretario Técnico
que será ratificado o removido por
los integrantes del mismo Comité.
5 Las sesiones del Comité
Delegacional Mixto de
Capacitación y Adiestramiento,
serán coordinadas por los
presidentes, quienes serán
alternados para realizar esta
función cada mes.
6En caso, en que uno de los
Presidentes no asista, se
asignará un suplente para
presidir la sesión, a efecto
de que no se suspenda.
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INTEGRANTES
Presidente
• Titular de la Jefatura de Servicios de Desarrollo de
Personal.
• Secretario de Capacitación y Adiestramiento de las
Secciones Sindicales del Sindicato Nacional de
Trabajadores del Seguro Social.
Representantes Institucionales
• Titular de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas.
• Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos.
• Titular del Departamento de Relaciones Laborales.
• Representante Institucional de la Subcomisión Mixta de
Capacitación y Adiestramiento.
Representantes Sindicales
• Director del Centro de Capacitación y Calidad.
• Representante Sindical de la Subcomisión Mixta de
Capacitación y Adiestramiento.
• Secretario Seccional.
• Secretario Seccional.
Secretario Técnico
• Titular del Departamento de Capacitación y
Transparencia.
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RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS REPRESENTANTES
Presidente
• Preside las sesiones;
• Instruye al Secretario Técnico para que convoque
a invitados internos o externos, para que
manifiesten su opinión sobre asuntos específicos
de su materia;
• Emite su voto sobre los acuerdos expuestos en la
sesión.
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RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS REPRESENTANTES
Representantes Institucionales y
Sindicales
• Participa en las sesiones del Comité
Delegacional Mixto de Capacitación y
Adiestramiento con las facultades y
limitaciones que establecen las Reglas de
Operación;
• Externa su opinión sobre los asuntos
tratados;
• Y en los casos que corresponda, emite su
voto sobre los acuerdos expuestos en la
sesión.
PRESIDENTESNTSS
PRESIDENTE IMSS
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Secretario Técnico
• Convoca a reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Delegacional
Mixto de Capacitación y Adiestramiento, por instrucción del Presidente;
• Integra y distribuye la documentación para la sesión;
• Verifica la existencia de quórum del Comité Delegacional Mixto de Capacitación
y Adiestramiento;
• Elabora las actas de las sesiones y realiza la formalización de las mismas;
• Registra los resultados y colecta las evidencias de los acuerdos tomados en el
Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento, y los notifica a
las personas e instancias que deben tener conocimiento de ello;
• Coordina las actividades necesarias para el cumplimiento de los acuerdos que
se tomaron en el Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento.
RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS REPRESENTANTES
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SUPLENCIAS O PUESTOS VACANTES
Los representantes titulares del Comité Delegacional Mixto
de Capacitación y Adiestramiento podrán nombrar un
suplente que tendrá las mismas facultades del titular, y
serán preferentemente los servidores públicos del nivel
inferior inmediato siguiente.
El nombramiento deberá hacerse por escrito y del
conocimiento del Secretario Técnico del Comité
Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento o de
su suplente antes del inicio de la sesión correspondiente.
Los puestos vacantes del Comité Delegacional Mixto de
Capacitación y Adiestramiento, se suplirán en términos del
Reglamento Interior del Seguro Social y en los términos de
los Estatutos del Sindicato para el caso de los
representantes sindicales, además de asumir las
obligaciones y responsabilidades como representante del
Comité Delegacional Mixto de Capacitación y
Adiestramiento.
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SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
SESIONES ORDINARIAS
as sesiones ordinarias se llevarán a
cabo mensualmente conforme al calendario
anual aprobado por los integrantes del
Comité Delegacional Mixto de Capacitación y
Adiestramiento.
a convocatoria de sesiones
extraordinarias, se llevará a cabo a través del
Secretario Técnico a petición de los
Presidentes.
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ENTREGA DE CONVOCTORIA Y DOCUMENTOS
Para las sesiones ordinarias de los Comités
Delegacionales Mixtos de Capacitación y
Adiestramiento, la convocatoria se deberá hacer
por lo menos con 5 días hábiles de anticipación,
por medio de correo electrónico o por escrito a
través de oficio dirigido a los integrantes,
conteniendo el orden del día, lugar, fecha y hora en
la que se llevará a cabo, así como la carpeta de la
sesión.
En las sesiones extraordinarias de los Comités
Delegacionales Mixtos de Capacitación y
Adiestramiento, la convocatoria se deberá hacer por
lo menos con 24 horas de anticipación, por medio
de correo electrónico o por escrito mediante oficio
dirigido a los integrantes, conteniendo ésta el orden
del día y la carpeta de la sesión.
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QUÓRUM
Las sesiones de los Comités Delegacionales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, se
considerarán debidamente constituidas con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes,
estando presente el Presidente en turno y el Secretario Técnico.
El Secretario Técnico será el encargado de verificar que exista el quórum requerido al momento
de la integración del Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento y de la toma
de los acuerdos correspondientes.
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ORDEN DEL DÍA
Las sesiones del Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento, contendrán
los asuntos que se señalan a continuación:
Lista de asistencia yverificación del quórumlegal.
Lectura y aprobación delorden del día.
Seguimiento de losacuerdos de las sesionesanteriores. Asuntos generales.
Acuerdos.
Cierre de sesión.
1
2
3
4
5
6
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REGLAS DE VOTACIÓN
Los Presidentes y los Representantes de
los Comités Delegacionales Mixtos de
Capacitación y Adiestramiento tendrán
derecho a voz y a voto, a excepción del
Secretario Técnico y los invitados quienes
tendrán derecho a voz, pero no a voto.
Los acuerdos se aprobarán con el voto del
50% más uno.
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ACUERDOS
Los Comités Delegacionales Mixtos de Capacitación y
Adiestramiento decidirán sobre los asuntos
presentados en las diversas sesiones, el Secretario
Técnico plasmará los acuerdos en las actas
correspondientes y dará el seguimiento que
corresponda a los mismos.
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ACTAS
Una vez concluida el acta, el Secretario Técnico la enviará en forma
electrónica a los representantes e invitados para su revisión, sin exceder los 5
días hábiles posteriores a la fecha en que se haya realizado la sesión,
otorgando 5 días hábiles para la emisión de su visto bueno, observaciones
y/o comentarios.
El Secretario Técnico elaborará el acta correspondiente a cada sesión,
asentando el nombre y cargo de los miembros e invitados que asistieron a la
reunión, así como los acuerdos a que hayan llegado en la misma.
En el caso de no hacer comentarios en el plazo establecido, se darán por
aprobados los acuerdos en los términos propuestos.
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ACTAS
Las observaciones y/o comentarios, serán analizados por el Secretario Técnico
y en caso de considerarlas procedentes, se incorporarán al acta de la sesión y
procederá a enviar nuevamente de forma electrónica el acta a los
representantes para obtener su visto bueno.
El acta debidamente firmada y rubricada, quedará bajo resguardo del
Secretario Técnico, quien remitirá vía electrónica o mediante oficio a los
representantes del Comité una copia de la misma.
El Secretario Técnico al momento de contar con el visto bueno de los
representantes del Comité Delegacional Mixto de Capacitación y
Adiestramiento, procederá a la rúbrica y firma de la misma.
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CAMBIOS Y MODIFICACIONES
En caso de que un acuerdo requieramodificaciones de fondo, este deberá serpresentado en una nueva sesión a fin de que seexponga y justifique las causas que motivandicha modificación, a efecto de que losmiembros voten y en su caso se emita unnuevo acuerdo sobre el tema.
Cambios y modificaciones
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Asistir a las sesiones
convocadas por el secretariotécnico.
FUNCIONES
Conocer el avance de los
programas de capacitación yadiestramiento de los tres niveles deatención y de áreas administrativas.
Proponer en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación y
Adiestramiento, acciones de mejora, seguimiento, fortalecimiento que permitandar continuidad en los centros de trabajo a cualquier programa acordado para lacapacitación y el adiestramiento de los trabajadores de base, en las áreasadministrativas, así como los tres niveles de atención médica.
Proponer estrategias
delegacionales que faciliten elcumplimiento de metas.
Realizar las acciones
necesarias para cumplir con losacuerdos emanados en el senodel Comité.
FUNCIONES
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FUNCIONES
Generar acciones necesarias en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación
y Adiestramiento, a fin de que se cuente con los recursos humanos y materiales requeridospara el desarrollo de los cursos de capacitación y adiestramiento.
Informar bimestralmente a través de la
Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento,a la Comisión Nacional Mixta de Capacitación yAdiestramiento, los acuerdos formalizados en lassesiones ordinarias y extraordinarias.
Impulsar acciones de difusión
delegacionales de las actividades decapacitación programadas oextraordinarias.
Sugerir a la Subcomisión Mixta de
Capacitación y Adiestramientoindicadores de medición en lasacciones y/o programas decapacitación.
Coadyuvar de manera conjunta con
la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento en la Detección deNecesidades de Capacitación y en elcumplimiento del Programa Anual deCapacitación, así como los proyectos quela Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento le solicite para su eficientegestión.
FUNCIONES
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LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS LOCALES MIXTOS DE
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
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SNTSSSecretaría de Capacitación y Adiestramientodel Cen del SNTSSCentro Nacional de Capacitación y Calidad
INTRODUCCIÓN
La instrumentación de la capacitación, suvigilancia, análisis, evaluación y supervisión sonresponsabilidades de la Comisión Nacional Mixtade Capacitación y Adiestramiento y de lasSubcomisiones Mixtas de Capacitación yAdiestramiento con el apoyo de los ComitésDelegacionales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento.
Los Comités Locales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento, son la instancia bipartita que actúadirectamente en la operación para el cumplimiento dela obligación institucional de capacitar a lostrabajadores con la participación de los nivelesdirectivos y la representación sindical.
COMITÉ LOCAL
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INTRODUCCIÓN
Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, elaboran la Programación deCapacitación mediante acciones conjuntas entre los representantes institucionales y sindicales.
Los Comités Locales facilitarán la participación dinámica de los trabajadores en la Detección deNecesidades de Capacitación (DNC) en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento, con la finalidad de dar cumplimiento del plan y los programas establecidos.
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Establecer los lineamientos para la constitucióny funcionamiento de los Comités Locales Mixtosde Capacitación y Adiestramiento, quecontribuirán al cumplimiento del Plan y losProgramas de Capacitación y Adiestramiento enel IMSS.
OBJETIVO
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POLÍTICAS
✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento se constituirán en la unidadoperativa donde se considere conveniente, para contribuir al cumplimiento del plan yprograma de capacitación y adiestramiento.
✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, deben establecer una coordinaciónestrecha y participativa con sus integrantes, para dar cumplimiento a las normas, lineamientos yprogramas emitidos por la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento.
✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento promoverán la capacitación comouna actividad estratégica, con base a los tipos de capacitación que establece el artículo 3 delReglamento de Capacitación y Adiestramiento.
✤ Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, serán las responsables de capacitar yasesorar a los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento.
✤ La Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, serán las responsables de vigilar elcumplimiento de las funciones de los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramientopara el mejor desempeño de las mismas.
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POLÍTICAS
✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, estarán integrados por igualnúmero de representantes institucionales y sindicales, quienes serán designados por laSubcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, teniendo como mínimo tresrepresentantes por cada una de las partes, se deberá tomar en cuenta preferentemente todoslos turnos de la unidad operativa.
✤ Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento deberán levantar el ActaConstitutiva de los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, misma queenviarán a la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación yAdiestramiento dentro de los cinco días hábiles posteriores a su constitución.
✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, sesionarán obligatoriamenteuna vez al mes en forma ordinaria, y extraordinaria cada vez que lo acuerden sus integrantes.
✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, deberán nombrar un SecretarioTécnico responsable de elaborar el Acta de la Sesión respectiva; dar seguimiento a los asuntospendientes, así como convocar a las próximas reuniones a los integrantes.
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✤ Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento integrarán los informes trimestrales delos asuntos relevantes de los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, y los enviarána la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento, dentrode los cinco días hábiles posteriores al término de cada trimestre (abril, junio, octubre y enero).
✤ La Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento revisarálos informes trimestrales de los asuntos relevantes y, en su caso, emitirá opinión y dará sugerencias ala Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento correspondiente.
✤ Los casos de desacuerdo entre Representantes de los Comités Locales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento, serán atendidos como primera instancia por la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento; de persistir serán turnados a la Representación Ejecutiva de la Comisión NacionalMixta de Capacitación y Adiestramiento, la cual resolverá en forma definitiva.
POLÍTICAS
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SESIONES DE TRABAJO
Las sesiones de los ComitésLocales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento, serán moderadaspor un Representante Institucionalo Sindical, mismo que pasará a serpara efectos de la sesión elCoordinador Institucional oSindical, quien se alternará estafunción en cada sesión.
Los Comités Locales Mixtos deCapacitación y Adiestramiento,designarán un Secretario Técnico,que con ocho días de anticipaciónconvocará por escrito a losrepresentantes de ambas partes;notificando fecha, lugar y hora dela próxima sesión, así como elOrden del Día y la Acta de laSesión inmediato anterior.
Para que los Comités LocalesMixtos de Capacitación yAdiestramiento sesionenválidamente, deberán contar conla presencia de la mitad más unode sus integrantes, estandopresente el Coordinador en turnoy el Secretario Técnico.
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SESIONES DE TRABAJO
Los Comités Locales Mixtos deCapacitación y Adiestramiento pormedio del Secretario Técnico,elaborarán y firmarán el Acta de laSesión al cierre de la misma, en la seincluyan los asuntos que se trataron ylos acuerdos tomados; de la queturnarán dos copias a la SubcomisiónMixta de Capacitación y Adiestramientodentro de los cinco primeros díasposteriores a la fecha de su realización.
Las Subcomisiones Mixtas deCapacitación y Adiestramiento,integrarán los informes de los ComitésLocales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento y enviarán sólo losasuntos que ameriten la intervención dela Representación Ejecutiva de laComisión Nacional Mixta deCapacitación y Adiestramiento, dentrode los cinco días posteriores al términode cada trimestre para su atenciónprocedente.
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SESIONES DE TRABAJO
Las sesiones de trabajo ordinarias y extraordinarias se desarrollaránconforme al Orden del Día, que se definirá previamente y deberá contener losiguiente:
- Lista de Asistencia;
- Seguimiento de acuerdos de sesiones anteriores;
- Asuntos a tratar;
- Asuntos extraordinarios;
- Aprobación de fecha, lugar y hora de la próximasesión.
- Lectura, discusión y aprobación, en su caso, delActa de sesión anterior;
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FUNCIONES
Entre los los trabajadores la cultura de capacitación yadiestramiento, así como propiciar su participación en laDetección de Necesidades de Capacitación (DNC).
NALIZAR
Entre los los trabajadores las normas institucionales sobrela capacitación y sus programas, emitidos por la ComisiónNacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento.
En la Detección de Necesidades de Capacitación (DNC) desu unidad operativa; en la cual se deberá incluir a todas lascategorías, turnos y horarios con base en su plantillaautorizada.
El Programa Local de Capacitación y la Detección deNecesidades de Capacitación (DNC) identificadas en el ejerciciode la operación, y sugerir en su caso, a la Subcomisión Mixta deCapacitación y Adiestramiento medidas tendientes aperfeccionamiento.
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FUNCIONES
ROMOVERP
IFUNDIR
ARTICIPAR
NVIAR
D
PE
En la integración del Programa de Capacitación de suunidad operativa, con base en los cuatro tipos decapacitación señalados en el artículo 3 del Reglamento deCapacitación y Adiestramiento.
La programación de los cursos de capacitación y adiestramiento,conforme a los resultados de la Detección de Necesidades deCapacitación (DNC) a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento.
Entre los trabajadores de su unidad operativa la programaciónautorizada de capacitación y adiestramiento.
La asistencia del personal en las actividades de capacitación yadiestramiento, en sus diversas modalidades.
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FUNCIONES
A la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, lainasistencia de los trabajadores programados a las actividades decapacitación y adiestramiento, que se realicen en el ámbito de sucompetencia.
Que los programas de capacitación y adiestramiento satisfagan lasnecesidades detectadas en la operación, y sugerir a la SubcomisiónMixta de Capacitación y Adiestramiento, medidas tendientes aperfeccionarlos.
De que se requiera la autorización de cursos no incluidos en la programaciónanual, deberá turnarse a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento para su análisis, con un mínimo de 60 días de anticipación a suinicio; además de la justificación en el que se dé a conocer la necesidadapremiante de la operación o el problema que motivó la programación delcurso extemporáneo.N EL CASO
Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, con 45 días deanticipación a la fecha de inicio del curso solicitado, enviará a laRepresentación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación yAdiestramiento, los documentos mencionados en el párrafo anterior parasu análisis y en su caso, la autorización respectiva.
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FUNCIONES
ERIFICARV
ROMOVER
ROCURAR
DENTIFICAR
P
PI
Que existan los insumos y recursos necesarios para llevar a cabolos eventos de capacitación y adiestramiento en el ámbito de sucompetencia.
Y proponer a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento, para su habilitación, los instructores internospotenciales que demuestren los conocimientos teóricosnecesarios, y el deseo de desarrollar esa función.
La actualización de los instructores internos habilitados, yregistrarlos en el Catálogo respectivo.
Que los trabajadores que aprueben los contenidos de cualquiertipo de capacitación o adiestramiento establecido en el artículo 3del Reglamento de Capacitación y Adiestramiento, recibanoportunamente su constancia respectiva.
Los resultados de los procesos de capacitación y adiestramiento desarrollados en suunidad operativa, y reportarlos a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento, dentro de los últimos cinco días hábiles al cierre del trimestrecorrespondiente (marzo, junio, septiembre y diciembre).
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INTERACCIÓN DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE CAPACITACIÓN Y
ADIESTRAMIENTO
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Comités Delegacionales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento (37)➢Proporcionar acciones de mejora,seguimiento, fortalecimiento yestrategias para la continuidad de losprogramas de capacitación yadiestramiento, así como alcumplimiento de metas.➢Conocer el avance de los programasde capacitación y adiestramiento.➢Generar acciones de difusión en losOOAD de las actividades de capacitación
Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento (1)➢Determinar los procedimiento de operación de las SMCA Y Comités de
Capacitación y Adiestramiento.
➢Acordar el plan y programas de capacitación y adiestramiento.
Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento (907)➢Participar en la detección de necesidades de capacitación de su unidad operativa.➢Difundir entre los trabajadores la programación autorizada de capacitación y adiestramiento.➢Identificar y proponer a la SMCA instructores internos para su habilitación y promover su actualización.➢Procurar que existan los insumos y recursos necesarios para llevar a cabo los eventos de capacitación yadiestramiento.
Subcomisión Mixtas de Capacitación y
Adiestramiento (37)➢Promover, vigilar, supervisar y proponer
acciones de mejora para el cumplimiento de
la programación de capacitación y
adiestramiento.
➢Emitir y difundir las convocatorias para
cursos de capacitación promocional a plazas
escalafonarias.
➢Programar los exámenes de evaluación de
conocimientos y de aptitudes de capacitación
promocional y capacitación continua.
➢Autentificar las constancias de
competencias o de habilidades laborales
acreditadas por los trabajadores.
➢Informar a la CNMCA los avances de los
programas de capacitación y adiestramiento.
CNMCA
SMCACDMCA
CLMCA
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GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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