Representación de FAO en Bolivia
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
Pliego de especificaciones para presentar propuestas en el marco de cooperación técnica FAO al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
Proyecto: TCP/BOL/3403 “PROGRAMA NACIONAL DE APOYO A LA AGRICULTURA FAMILIAR COMUNITARIA SUSTENTABLE (Ley 338)”
Fecha límite de presentación: hasta 5 de agosto de 2013
La Paz, Julio 2013
Índice
Resumen ........................................................................................................................................ 3
1. Introducción .......................................................................................................................... 4
1.1. Antecedentes .................................................................................................................... 4
1.1.1. Contexto general ....................................................................................................... 4
1.1.2. Contexto sectorial ..................................................................................................... 4
1.1.2.1. Prioridades relativas al desarrollo, Marco estratégico de la FAO ......................... 4
1.1.2.2. Políticas y legislación sectoriales ........................................................................... 6
2. Objetivo de la Consultoría ..................................................................................................... 6
2.1. Evaluación de los proponentes ......................................................................................... 6
2.1.1. Conformación del comité evaluador ............................................................................. 6
2.1.2. Proceso de evaluación ................................................................................................... 6
3. Proyecto ................................................................................................................................ 7
3.1. Productos a entregar ......................................................................................................... 7
3.2. Plan de Acción ................................................................................................................... 8
4. Entidades Elegibles ................................................................................................................ 8
5. Presentación de Propuestas .................................................................................................. 8
5.1. Sobre A, Identificación de la entidad proponente y propuesta técnica. .......................... 9
5.1.1. Identificación de la entidad ............................................................................................. 9
5.1.2 Propuesta Técnica ......................................................................................................... 10
5.2. Sobre B, conteniendo la propuesta económica .............................................................. 12
5.2.1. FORMULARIO No. 1 ................................................................................................. 13
5.2.2. FORMULARIO No. 2 ................................................................................................. 15
6. Administración del contrato ............................................................................................... 16
6.1. Garantía ........................................................................................................................... 16
ANEXOS ....................................................................................................................................... 17
ANEXO A – DESCRIPCIÓN DE LOS PRODUCTOS ....................................................................... 17
ANEXO B – NORMATIVAS DE REFERENCIA .............................................................................. 20
ANEXO C – MODALIDAD CONTRACTUAL ................................................................................ 22
Resumen
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) es una Organización intergubernamental con más de 180 países miembros. Desde su creación, la FAO ha trabajado para aliviar la pobreza y el hambre promoviendo el desarrollo agrícola, mejorando la nutrición y buscando la seguridad alimentaria – definida como el acceso de todas las personas, en todo momento a los alimentos que necesitan para llevar una vida activa y sana.
Para lograr estas metas, la FAO coopera con miles de socios alrededor del mundo, desde grupos de agricultores hasta comerciantes, organizaciones no gubernamentales, otras Agencias de Naciones Unidas, bancos para el desarrollo y empresas agroindustriales (mayor información sobre la FAO se encuentra disponible en la siguiente página web: http://www.fao.org).
El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia ha firmado con la FAO el Marco de Programación de País (MPP), en el cual se establece que una de las prioridades será el apoyo y fortalecimiento de la agricultura familiar sustentable como una estrategia para lograr la seguridad alimentaria con soberanía.
El Gobierno ha promulgado también la Ley de Organizaciones Económicas Campesinas (Ley 338) que declara a la agricultura familiar sustentable de interés público y nacional y establece las normas para su reconocimiento. La agricultura familiar es realizada por tres sujetos: i) las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS), ii) las Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) y iii) familias no agrupadas en todo el territorio, especialmente rural. La ley está dirigida al reconocimiento y fortalecimiento de la agricultura familiar, a la integración de la agricultura familiar y de las actividades diversificadas con el desarrollo integral, a la ejecución de políticas que orienten la agricultura familiar sustentable y las actividades diversificadas para la contribución al desarrollo productivo del país.
La ley 338 establece que el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT) implemente el Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable (PRONAGRIFS) en 180 días a partir de su publicación (realizada el 26 de Enero de 2013). Por consiguiente se espera que el MDRyT disponga, en el más breve plazo, de una propuesta del PRONAGRIFS, concertada con los principales actores gubernamentales y sociales, para ser implementada a partir de 2014.
La FAO, a través del Programa de Cooperación Técnica TCP/BOL/3403, apoyará al MDRyT en la elaboración del PRONAGRIFS. La FAO habilitará a organizaciones públicas, privadas y organizaciones gubernamentales sin fines de lucro y seleccionará, entre las habilitadas, la propuesta técnica que mejor atienda los criterios establecidos para la contratación de la consultoría.
El objetivo de la consultoría es elaborar la Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable (PNAACS) que deberá contener los siguientes productos: Producto 1, Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable: Producto 2: Normativa jurídica (Decreto Supremo) de Creación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable. Los productos deberán ser entregados en un lapso total de 4 meses.
1. Introducción
1.1. Antecedentes
1.1.1. Contexto general El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y los movimientos sociales y sindicales que trabajan en el tema de la seguridad alimentaria con soberanía realizaron profundos cambios en los marcos constitucionales y legales del país a partir de 2006. Tales cambios pusieron en marcha un proceso de construcción de políticas y sistemas públicos que deben concretarse en oferta de bienes y servicios de apoyo a la agricultura familiar sustentable, a través de los sujetos sociales, es decir, las Organizaciones Económicas Campesinas (OECAS), las Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) y las familias productoras1. Estas decisiones implican una atención preferente al productor y al consumidor internos.
La FAO colabora en este proceso que incluye el desarrollo de capacidades institucionales en los Ministerios que tienen la tarea de crear los mecanismos para concretar los principios y directrices legales vigentes en Bolivia. El MPP 2013‐2017 compromete el aporte de FAO con su conocimiento y asesoría en la implementación de los instrumentos creados por la Ley 144, bajo responsabilidad del MDRyT y el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural (MDPyEP).
La elaboración del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable, que dará cumplimiento a la Ley 338 y el MPP, se constituirá en un mecanismo efectivo para que el Estado Plurinacional de Bolivia pueda concretar sus obligaciones en todos sus niveles de organización territorial hacia los sujetos de la agricultura familiar, entregándoles bienes (como semillas, fertilizantes, herramientas, otros insumos), servicios financieros (como crédito, y microcrédito en diferentes modalidades), servicios no financieros (como capacitación y asistencia técnica, tanto para la producción como para la gerencia del emprendimiento familiar); conocimiento (principalmente como resultados de investigación); información (de precios, de oportunidades, de mercados, etc) y un buen mecanismo de compras estatales.
1.1.2. Contexto sectorial
1.1.2.1. Prioridades relativas al desarrollo, Marco estratégico de la FAO
El Plan Nacional de Desarrollo (PND), la Ley 144 y la Agenda Patriótica priorizan la erradicación de la extrema pobreza así como la soberanía comunitaria, productiva y alimentaria.
1 Cf. “Ley de Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena originarias – OECAS y de Organizaciones Económicas Comunitarias – OECOM para la integración de la agricultura familiar sustentable y la soberanía alimentaria” (en adelante: Ley 338) Art. 10.
Los Pilares de la Agenda Patriótica que se relacionan con el apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sostenible son: Pilar 1: Erradicación de la Extrema Pobreza; Pilar 5: Soberanía Comunitaria Financiera; Pilar 6: Soberanía Productiva con diversificación y desarrollo integral y el Pilar 8: Soberanía Alimentaria a través de la construcción del saber alimentarse para Vivir Bien.
El apoyo a la Agricultura familiar, en el marco de la Ley 338, se relaciona fuertemente con los cinco objetivos estratégicos de la FAO2 y el objetivo 1 de los Objetivos del Milenio (ODM ) de erradicar la extrema pobreza y el hambre hasta 2015.
El Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo MANUD (en Bolivia) ha puesto en relieve el tema de la seguridad alimentaria. Dentro del área prioritaria 2. Derechos Sociales y Culturales se ha propuesto lograr “Avances significativos en el acceso universal a la educación y salud de calidad, en la garantía del derecho a la alimentación, a la nutrición y al agua potable”, y más específicamente se ha propuesto como Resultado 2.3 lograr que en 2017 “Bolivia garantizará la seguridad alimentaria nutricional mediante el cumplimiento del derecho a la alimentación y a la nutrición, así como el acceso al agua potable y al saneamiento básico”. El producto 2.3.2 propone incrementar la disponibilidad y acceso a alimentos, elevando el indicador de hogares que cubren sus requerimientos de energía de 37% a 58%, es decir, lo que equivale a un incremento de 65% en cinco años.
El Marco de Programación del Pais (MPP, 2013‐2017), firmado entre la FAO y el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, plantea muy claramente que el Resultado 1 será: Alimentos estratégicos de Bolivia (…) con producción y productividad fortalecidas, siendo el Producto 1.1.: “El Gobierno de Bolivia tiene capacidades fortalecidas para formular planes dirigidos a incrementar la producción y productividad de alimentos estratégicos”.
Asimismo, el MPP se ha fijado también un resultado específico para la agricultura familiar, el R1: “La Agricultura familiar campesina, de regiones seleccionadas, tiene acceso regular a bienes y servicios públicos de calidad para la producción, comercialización y transformación de su producción”. Siendo el Producto 1: “El Ministerio del área tiene herramientas y acciones fortalecidas para formular el Programa y estrategia Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar”, y el Producto 1.2.: “El Ministerio del área cuenta con una diseño de Estrategia para movilizar recursos de inversión pública”.
Por consiguiente, la presente propuesta deberá estar en línea con los cuatro marcos de planificación mencionados. Contribuirá a elevar la producción, rendimientos y calidad de los agricultores familiares, a mejorar la disponibilidad de alimentos, a elevar su consumo y a reforzar un vínculo importante entre productor pobre y consumidor pobre a través del Estado. Contribuirá directamente al SO3 de la FAO (“reducir la pobreza rural”)
2 Se refiere a los cinco nuevos objetivos estratégicos de la FAO 2014‐2017: OE1Erradicar el hambre, la
inseguridad alimentaria y la malnutrición; OE 2: Aumentar y mejorar el suministro de bienes y servicios procedentes de la agricultura, la actividad forestal y la pesca de una manera sostenible; OE 3: Reducir la pobreza rural; OE 4: Crear un entorno propicio para el establecimiento de sistemas agrícolas y alimentarios más integradores y eficientes a nivel local, nacional e internacional; OE 5: Incrementar la resiliencia de los medios de vida ante las amenazas y crisis.
1.1.2.2. Políticas y legislación sectoriales
Como se ha señalado, el Gobierno de Bolivia está realizando significativos cambios en el tema de las políticas públicas de seguridad y soberanía alimentaria. Se destacan los siguientes marcos legales, entre otros: a) Constitución Política del Estado: El Art 16 (parágrafos I y II) establece el derecho al
agua y a la alimentación, y reconoce que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria a través de una alimentación adecuada y suficiente para toda la población.
b) Ley de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria (Ley 144/2010). Es un instrumento muy centrado en la seguridad y soberanía alimentarias.
c) Ley de Organizaciones Económicas Campesinas (Ley 338/2013). Esta ley se dirige al reconocimiento y fortalecimiento de la agricultura familiar, a la integración de la agricultura familiar y de las actividades diversificadas con el desarrollo integral, a la ejecución de políticas que orienten la agricultura familiar sustentable y las actividades diversificadas para la contribución al desarrollo productivo del país.
2. Objetivo de la Consultoría
Elaborar la Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable (PRONAGRIFS), consultada, discutida y lista para aprobación por parte de las autoridades.
2.1. Evaluación de los proponentes
2.1.1. Conformación del comité evaluador
El Comité evaluador responsable para analizar y seleccionar las propuestas estará
conformado por 4 miembros:
1. Un(a) delegado(a) por parte del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
2. Un(a) delegado(a) por parte de la Coordinadora de Integración de de Organizaciones
Económicas Campesinas, Indígenas y Originarias de Bolivia (CIOEC)
3. Un delegado por parte de la Representación de FAO en Bolivia (Coordinador)
4. El Oficial Técnico Líder la Oficina Regional de la FAO o su delegado.
2.1.2. Proceso de evaluación
2.1.2.1. Requisitos para la calificación de los proponentes
El proponente debe enviar toda la documentación y formularios indicados en los
puntos 5 y 6 de este documento y cumplir las instrucciones en su totalidad, caso
contrario, no se aceptará la oferta.
2.1.2.2. Criterios de evaluación:
a) Conocimiento
i) Manejo de proyectos de largo plazo desarrollados con entidades de
cooperación internacional de acuerdo a estándares del donante.
ii) Haber implementado por lo menos un proyecto en el marco de un
acuerdo similar al de FAO o alguna otra Agencia del Sistema de
Naciones Unidas (añadir informe ejecutivo del mismo).
iii) Incorporación de enfoque de género en la propuesta.
iv) Conocimiento del Marco Jurídico y Legislación Nacional relevante
b) Experiencia
v) La Organización ha implementado y tiene experiencia en proyectos de
desarrollo rural, seguridad alimentaria y agricultura familiar en Bolivia.
vi) La Organización ha coordinado con más de 2 instancias para llevar
adelante un proyecto con donantes internacionales.
c) Capacidad de ejecución
vii) Organización, gestión y monitoreo de proyectos y programas que
involucren planificación estratégica participativa con organizaciones
sociales rurales, sistema de información corporativos o gerenciales,
planificación de operaciones y manejo financiero.
viii) Capacidad de análisis y coordinación de la legislación nacional,
estudios y otros en el marco jurídico del Estado Plurinacional de Bolivia
para la formulación de actividades encaminadas a la obtención de los
objetivos del proyecto.
ix) Comunicación y sensibilidad política para la gestión con los actores
involucrados con el proyecto con el fin de establecer alianzas y
gestionar el conocimiento.
x) Capacidad técnica respaldada por su cartera de proyectos ejecutados
en Bolivia durante 5 años, así como su cuadro de personal técnico
permanente y colaboradores eventuales.
xi) Capacidad económica / financiera respaldada con un registro bancario
y estados financieros auditados.
3. Proyecto
3.1. Productos a entregar
Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable (PRONAGRIFS) lista para aprobación por autoridades, conteniendo lo siguientes productos desarrollados en un tiempo total de 4 meses:
1. Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable,
2. Normativa Jurídica de Creación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable.
La propuesta a presentar tiene por objeto apoyar al Gobierno de Bolivia, a través del MDRyT, a dar cumplimiento al mandato de la Ley 338/2013, generando productos claves para la promoción del desarrollo de la agricultura familiar comunitaria sustentable y la soberanía alimentaria.
Cronograma de entrega de los Productos: a contar a partir de la fecha de firma de la Carta Acuerdo:
Productos Días tras la firma
Producto 1) 90 días
Producto 2) 120 días
3.2. Plan de Acción
El licitante seleccionado deberá presentar un Plan de Acción a la FAO en un lapso de 5 días después de la firma de la Carta Acuerdo, el Plan debe contener los recursos metodológicos necesarios y un cronograma de actividades semanales y mensuales.
4. Entidades Elegibles Son entidades elegibles las organizaciones públicas, privadas y organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro que estén legalmente inscritas en el país, se encuentren en cumplimiento con las normas y regulaciones nacionales y que conozcan el contenido de las Leyes 144/2012; 338/2013; 3525/2010; 300/2013 Ley 309 y su aplicación al ámbito nacional.
La empresa proponente deberá contar con una experiencia general de 8 años en desarrollo rural y experiencia especifica mínima de 6 trabajos o proyectos en el diseño y elaboración de planes, programas y proyectos de seguridad alimentaria con enfoque en desarrollo de la Agricultura Familiar y economía campesina.
5. Presentación de Propuestas Las propuestas deberán ser entregadas hasta las 15 horas del día lunes 5 de agosto en la
Representación de la FAO en Bolivia: Calle 14 de Calacoto número 8008. La Paz, con el
siguiente rótulo:
Las organizaciones interesadas podrán solicitar información adicional o aclaraciones
sobre el presente Pliego por medio de consulta virtual a la dirección fao‐[email protected]
anotar en el asunto: “Pliego TCP Agricultura Familiar Comunitaria”: Estas consultas se
recibirán hasta tres días antes del plazo fijado para el término de la presentación de
propuestas.
Las entidades que deseen participar de este concurso deberán enviar sus propuestas en
dos sobres, de acuerdo a las especificaciones detalladas a continuación:
5.1. Sobre A, Identificación de la entidad proponente y
propuesta técnica.
5.1.1. Identificación de la entidad Denominación de la Entidad
Sigla
Tipo de Organización
Personería Jurídica
Registro en el VIPFE (ONGs y
Fundaciones)
Testimonio de Constitución Legal
Registro en FUNDEMPRESA (Si
corresponde)
Año de Fundación
Número de Identificación Tributaria
Dirección
Teléfonos
Casilla
CONFIDENCIAL
LICITACION EN PLIEGO CERRADO DE FAO
FAO – 038/2013 A la atención de
Sr. Crispim Moreira
Repesentación de la FAO en Bolivia
FECHA DE CIERRE: 5 de Agosto, hrs. 15.00
NOMBRE DE LA ENTIDAD REMITENTE:
Correo Electrónico
Representante legal
Teléfonos
Dirección
Correo Electrónico
Coordinador Principal
Lugar y fecha…………………………………………
Firma y Sello
Nombre: Representante Legal
Aclaración de firma del Proponente
5.1.2 Propuesta Técnica La propuesta técnica deberá responder a los términos de referencia detallados en el anexo A y contemplar al menos los siguientes aspectos:
1. Enfoque
2. Alcance
3. Metodología
4. Plan de trabajo
5. Cronograma de ejecución 6. Cuadro de Personal Técnico
La Organización proponente describirá el equipo profesional con el que realizará el trabajo. La FAO considera indispensable el siguiente personal:
PERSONAL PROPUESTO PERFIL PROFESIONAL
Consultor coordinador Educación: Agrónomo, Sociólogo, Economista o Administrador
de empresas con nivel de licenciatura. Maestría deseable en
temas relacionadas a políticas públicas de desarrollo rural,
desarrollo territorial, agricultura familiar o economía
campesina. Conocimientos indispensables: Ciclo de programas
o proyectos, normas de inversión pública bolivianas,
planificación y gestión de políticas públicas. Experiencia: Por
lo menos ocho años de ejercicio profesional, de los cuales por
lo menos cinco en temas relacionados a agricultura familiar o
economía campesina. Habilidades: Capacidad de dirigir un
equipo hacia resultados, capacidad de trabajar con personas
de contextos culturales diferentes; capacidad de comunicarse
en forma efectiva; redacción clara y concisa. Dominio de
Microsoft Office.
Consultor en Agricultura
Familiar comunitaria,
organizaciones económicas
campesinas, organizaciones
comunitarias indígenas
originarias campesinas
Educación: Formación en Sociología, Antropología, Geografíao ramas afines a nivel de licenciatura. Conocimientos indispensables: Agricultura familiar, economía campesina, diversidad socio territorial y ecológica boliviana. Familiaridad con la sistematización de datos cualitativos. Conocimientos de indicadores de seguridad alimentaria. Experiencia: Por lo menos cinco años de ejercicio profesional, de los cuales por lo menos dos en temas relacionados con agricultura familiar o economía campesina. Es deseable que el profesional conozca ampliamente el medio y contexto rural boliviano. Habilidades: Capacidad de trabajar en equipo con personas de diferentes disciplinas, habilidad de resumir información; capacidad analítica avanzada y formulación de instrumentos de políticas publicas de apoyo a la agricultura familiar comunitaria.
Consultor en Economía
Familiar Campesina
Educación: Formación en Agronomía o Economía a nivel de licenciatura. Maestría deseable en áreas relacionada a desarrollo de proyectos, economía socio comunitaria productiva y/o afines Conocimientos indispensables: Agricultura familiar, economía campesina. Cálculo de costos de programas, proyectos, planes. Conocimiento de la administración pública en especial del área de inversión pública y de finanzas del Estado. Conocimiento de la Ley financial, ley de Organizaciones campesinas, indígena, originarias, ley de autonomías, ley de la revolución productiva comunitaria agropecuaria, ley SAFCO. Experiencia: Por lo menos cinco años de ejercicio profesional, de los cuales por lo menos tres en gestión pública, dos en temas relacionados con agricultura familiar o economía campesina y uno con inversiones públicas rurales. Es altamente deseable que el titular haya viajado abundantemente por el medio rural boliviano. Habilidades: Capacidad de trabajar en equipo con personas de diferentes disciplinas, habilidad de resumir información; facilidad para el cálculo, capacidad analítica avanzada
Consultor en Administración
Pública
Educación: Formación en Administración a nivel de licenciatura. Maestría en administración pública muy deseable. Conocimientos indispensables: Agricultura familiar, economía campesina. Conocimiento de la administración pública en especial del área de inversión pública y de finanzas del Estado. Conocimiento de la Ley financial, ley de Organizaciones campesinas, indígena originarias, Ley de autonomías, Ley 144, ley SAFCO. Experiencia: Por lo menos cinco años de ejercicio profesional, de los cuales por lo menos tres en gestión pública, dos en inversiones públicas rurales. Habilidades: Capacidad de trabajar en equipo con personas de diferentes disciplinas, habilidad de resumir información;
facilidad para el cálculo, capacidad analítica avanzada.
Consultor Abogado (derecho
público)
Educación: Abogado con estudios a nivel de maestría o doctorado. Especialidad en derecho público. Experiencia: Por lo menos cinco años de ejercicio profesional,. Familiaridad con preparación de proyectos de ley y normativas legales en políticas públicas de desarrollo rural. Habilidades: Comunicación concisa, buena redacción, habilidad para negociar, capacidad para trabajar con personas de otras formaciones profesionales y culturas, disponibilidad a viajar.
5.2. Sobre B, conteniendo la propuesta económica
a) La propuesta económica deberá contener un cálculo detallado, considerando los siguientes ítems: personal fijo de la Organización Beneficiaria (OB) empleada para realizar las actividades/ prestar los servicios convenidos;
b) personal supernumerario o servicios contratados por la OB (si corresponde);
c) transporte (billetes, combustible para vehículos y otros en detalle);
d) costos por misión;
e) utilización de instalaciones/ equipos existentes de la OB;
f) contratación de instalaciones/ equipo localmente disponibles (ajenos a la OB);
g) compra de suministros y materiales esenciales.
La propuesta económica debe ser presentada en moneda nacional y detallada de la siguiente manera:
a) Un cuadro conteniendo el Presupuesto por objeto de gasto, de acuerdo al siguiente formato:
Item Unidad Cantidad Costo unitario Costo total
PERSONAL
Puesto 1
Puesto 2
Etc.
EQUIPO FUNGIBLE
A
B
EQUIPO NO FUNGIBLE
A
B
CAPACITACION
A
B
VIAJES Y VIATICOS
A
B
COMUNICACION
A
B
GASTOS GENERALES DE OPERACIÓN
A
B
Presupuesto por objeto de gasto (en Bolivianos)
b) Un cuadro con el Presupuesto por Resultado y Actividad y Plan de Gasto mensual (en Bolivianos), de acuerdo al siguiente formato:
Costo total Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4
Resultado 1
Actividad 1.1.
Actividad 1.2.
Actividad 1.X.
Resultado 2
Actividad 2.1.
Actividad 2.2.
Actividad 2.X
Resultado 3
Actividad 3.1.
Presupuesto por Resultado y Actividad y Plan de Gasto mensual (en Bolivianos)
Los totales de los dos cuadros deben coincidir.
Nombre de la Entidad Proponente: ……………………………………………………………………..
(Nombre y Firma del Representante Legal)
La propuesta económica deberá expresar el monto ofertado en numeral y literal. En caso de discrepancia entre el numeral y literal, el último se tomará como monto ofertado.
El precio ofertado deberá incluir todos los costos relacionados al presente proyecto y se mantendrá fijo durante el contrato.
La propuesta económica deberá incluir impuestos. El pago de los impuestos derivados por sus ganancias por la prestación de los servicios es de total responsabilidad del proponente adjudicado y deberá ser realizado de acuerdo a la normativa impositiva establecida en Bolivia.
5.2.1. FORMULARIO No. 1
INFORMACION SOLICITADA A INSTITUCIONES
1. Experiencia de la institución (máximo una hoja)
2. Relaciones institucionales y actividades de cooperación técnica mantenidas con organizaciones sujetos de la agricultura familiar sustentable definidas por el Articulo 10 de la Ley 338/2013. (máximo una hoja)
3. Breve descripción de la infraestructura, personal y equipos
Infraestructura:
Personal:
Equipos:
4. Lista de proyectos ejecutados , instituciones donantes o financiadoras, monto, años
Periodo Fuente financiamiento
Nombre del proyecto/programa
Monto en Bs.
SUMA TOTAL
5. Fotocopia del Acta de Fundación
6. Fotocopia del Reglamento
7. Fotocopia del RUC o NIT
8. Fotocopia del último impuesto pagado
9. Ejecutivo que firmaría el Contrato.
Nombre:
Cargo:
Dirección:
Carnet de Identidad:
Dirección de la institución:
Teléfono:
10. Banco donde se realizarán los depósitos.
Banco:
Tipo de Cuenta:
Moneda:
Cuenta Nº:
11. Si la cuenta donde se manejará el dinero será exclusiva para el proyecto o si en ella ingresarán también otros fondos;
12. Qué firmas se requieren para que la emisión de cheques.
Nombre(s):
C.I.(s):
13. Nombres, teléfonos y direcciones electrónicas de los funcionarios (de las últimas 5 instituciones donantes) que les han financiado proyectos:
Nombre Agencia Nombre persona de contacto
Dirección electrónica Teléfonos
1.
2.
3.
4.
5.
5.2.2. FORMULARIO No. 2 CURRICULUM VITAE DEL PROFESIONAL
1. Curriculum vitae de cada profesional que formará parte del equipo tomando en cuenta el cuadro de personal del punto 5.1.2
2. Fotocopias de los certificados y/o documentos que acrediten la veracidad de la información contenida en los Curriculum Vitae. La información curricular que carezca de respaldo documental, no será tomada en cuenta.
La FAO puede verificar la exactitud de la información suministrada sin previo aviso a las entidades proponentes o a los profesionales que sean postulados.
6. Administración del contrato
La entidad que se adjudique el presente concurso firmará un contrato con la FAO bajo la modalidad de Carta de Acuerdo (anexo C) de contratación.
La FAO cumplirá con las siguientes funciones en el marco de la Carta de Acuerdo a ser suscrita con la Organización seleccionada:
a) Contrata los servicios de la institución ejecutora.
b) Conduce el diálogo político con el Gobierno Central a través del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT); la FAO podrá delegar otras funciones de diálogo político a la institución ejecutora del Proyecto previo análisis y consenso con el MDRyT;
c) Asume las funciones de supervisión como miembro del Comité Directivo del Proyecto.
6.1 . Formas de Pago
El pago será dividido en cuatro partidas, de acuerdo a un plan de progreso que se establecerá conjuntamente tomando en cuenta la entrega y aprobación de los productos por el Comité Directivo del TCP/BOL/3401. El Comité Directivo es presidido por el VDRA/MDRyT y conformado por el Consultor Coordinador FAO, el Coordinador Nacional del TCP representante del MDRyT, el representante de la CIOEC y los dos representantes de las organizaciones comunitarias indígenas originarias campesinas.
La entidad deberá ser capaz de demostrar en todo momento la autenticidad de la información que provee y la exactitud y solidez de los resultados que presenta.
6.2. Garantía
La entidad que se adjudique el presente concurso deberá entregar una boleta de garantía por el monto del primer desembolso y por toda la duración del contrato.
ANEXOS
ANEXO A – DESCRIPCIÓN DE LOS PRODUCTOS
A.1. Descripción de los contenidos de los Productos.
PRODUCTO 1: Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable ‐ PRONAGRIFS
El Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable debe presentar el siguiente contenido mínimo:
1. Introducción.
Breve descripción relacionada a la temática, el por qué de la construcción de este programa con FAO asociada al Marco de Programación de País, las metodologías adoptadas al contenido del documento. Mínimo 2, máximo de 5 hojas.
2. Marcos conceptuales y normativo‐institucionales Debe contener las principales definiciones conceptuales y la base legal que sustentan el PRONAGRIFS. Mínimo 2, máximo de 5 hojas
3. Principios del PRONAGRIFS Debe contener el listado de los principios programáticos coherentes del marco conceptual y legal según la las leyes 300, 3525 y la Ley No 338 ya establecidos: Asociatividad, Autogestión, Diversificación Productiva, Educación para la Buena Alimentación, Economía Solidaria, Genero y Generacional, Integración de la Juventud Rural, Preservación de Saberes, prácticas y Tecnologías Propias, Reconocimiento del Aporte Productivo de la Mujer Rural, Reconocimiento del Aporte de la Agricultura Familiar Sustentable a la Conservación de la Biodiversidad Nativa, Progresividad, Sustentabilidad, Unión y Complementariedad Orgánica. Adicionalmente deberá considerar los principios coherentes del marco conceptual y legal según la Ley No 144 ya establecidos: Armonía y equilibrio con la madre tierra, complementariedad, corresponsabilidad, transparencia, vivir bien, reciprocidad y solidaridad, alimentación adecuada y soberanía alimentaria. Debe considerar la diversidad de las cinco ecoregiones bolivianas: amazonia, trópico, llanos, valles y altiplano, como principio para la gestión (planificación, ejecución, monitoreo y evaluación del PRONAGRIFS) Debe considerar la contribución al logro de seguridad alimentaria con soberanía para el Vivir Bien, a través de la Agricultura Familiar Sustentable, siendo el Derecho a la Alimentación un Derecho Humano. Mínimo 3, máximo de 6 hojas.
4. Caracterización de los Sujetos del PRONAGRIFS
Basado en los Artículos 10 y 11 de la Ley Nº 338 debe incorporar la propuesta de caracterización de los sujetos del PRONAGRIFS, considerando las normativas del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras MDRyT. Se espera una propuesta de tipología considerando la diversidad productiva de las cinco ecoregiones adoptadas por el MDRyT y expresadas en el Compendio Agropecuario. Deben ser presentados datos cuantificados de las tipologías de los sujetos del PRONAGRIFS y representación cartográfica en las unidades territoriales de planificación del Programa. La propuesta de tipología de los sujetos debe basarse en elementos/criterios como tamaño de la unidad productiva, actividades predominantes dentro la diversificación productiva y distribución del trabajo dentro de la unidad familiar (con atención especial en aspectos de género y generacional), aspectos organizativos, de transformación y comercialización, fuentes de ingresos, control sobre los medios de vida y los ingresos, decisiones sobre la producción, prácticas comerciales, destino de la producción; problemas y potencialidades. Mínimo 10, máximo 20 hojas
5. Definición y diseño de los servicios y bienes públicos del Estado a los sujetos de la agricultura familiar sustentable AFS Obligaciones y deberes del Estado a los sujetos de la Agricultura Familiar Sustentable, en el marco de la Ley Nº 338, Ley Nº 3525. Debe abordar las áreas temáticas de: Desarrollo Productivo Primario, Desarrollo de Mercados, Innovación, Consumo, Desarrollo Organizativo para Autogestión Campesina, Indígena y Originaria; Diseño de Financiamiento para la AFS Los siguientes servicios deben ser detallados:
a. Asistencia Técnica para el desarrollo de la AFS b. Comercialización de la producción de la AFS en circuitos cortos (comercialización
directa productor‐consumidor) c. Industrialización asociativa d. Acopio de la producción de la AFS e. Consolidación de mercados f. Compras Estatales de la producción de los sujetos de la AFS g. Sistemas alternativos de garantía y sistemas participativos de garantía ecológica h. Formación y capacitación para la vida y la producción de los sujetos AFS. i. Fortalecimiento de las Capacidades de prevención, gestión y recuperación de
medios de vida de desastres naturales j. Gestión de información para la producción, comercialización y industrialización de
la AFS k. Desarrollo e innovación tecnológica adecuada para la producción, desde la
investigación aplicada y compartida. l. Comunicación para el Desarrollo m. Créditos subsidiados para la producción, acopio y transformación n. Seguro integral de los sujetos de la AFS
o. Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria p. Educación para el consumo, consumo responsable para la Soberanía Alimentaria
Cada uno de los servicios públicos presentados debe contener las siguientes especificaciones: definición concisa; órgano del Estado responsable por la oferta del servicio; definición de criterios de elegibilidad de municipios, OECAS Y OECOMS prioritarios; los instrumentos y mecanismos que el Estado deberá usar para ofrecerlos; y los costos unitarios por beneficiario directo. Los siguientes bienes públicos deben ser detallados: a. Semilla Certificada. b. Tecnologías para colecta y acopio de agua potable para la AFS c. Tecnologías simplificadas para producción de alimentos para el autoconsumo y el
incremento de ingresos familiares
Cada uno de los bienes arriba descritos deben contener las mismas especificaciones de los servicios con las debidas adecuaciones.
Se espera la presentación de cuadros, gráficos y matrices lógicas y otros recursos cartográficos que relacionen los servicios y bienes detallados. Mínimo 25, máximo 50 hojas.
6. Modelo de Gestión y Estructura Organizacional Debe contener alternativas de modelo de gestión (planificación, ejecución, monitoreo y evaluación) del PRONAGRIFS considerando instancias de controles social basado en la Ley 144 y Ley 338. Mínimo 5, máximo 10 hojas.
7. Plan Quinquenal de Metas Físicas y Financieras Basado en los subproductos del punto 5, presentar un cuadro de metas físicas y financieras tomando en cuenta el avance progresivo de la oferta de los servicios y bienes a los sujetos de la AFS de forma anual. Considerar en las metas el número de familias organizadas, OECAS, OECOMS, municipios y departamentos considerados en la planificación territorial del PRONAGRIFS. El Plan Quinquenal tiene como referencia el 2014 como el año I. Mínimo 5, máximo 10 hojas.
8. Anexos Debe reunir todos los estudios técnicos que sustentarán los contenidos del presente Documento Técnico y otros documentos considerados importantes para el análisis y evaluación de la propuesta. Máximo 20 hojas.
PRODUCTO 2: Normativa Jurídica (Decreto Supremo) de creación del Programa Nacional de
Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable (PRONAGRIFS).
En base al Producto 1 y a la base legal referida en el Anexo B, la Normativa Jurídica de Creación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable deberá considerar los siguientes aspectos: Exposición de motivos (teniendo en cuenta los antecedentes y una introducción para la creación de la norma jurídica pertinente. Asimismo debe hacer referencia a los artículos de la Constitución Política del Estado que se tomaron en cuenta); Propuesta de Decreto Supremo elaborada en el marco de las técnicas legislativas bolivianas desde el Documento técnico (PRODUCTO 1) .
A.2. Descripción de los padrones y formatos aceptables de presentación de los Productos:
Los Productos deberán ser presentados en medio digital e impreso. El documento en medio
digital en extensión Word y PDF, letra Arial 12, espacio simple. Debe observar los demás
términos pertinentes al asunto expresos en la documentación que componen el presente
pliego.
ANEXO B – NORMATIVAS DE REFERENCIA
1. Ley de Producción Agroecológica (3525). Tiene por objeto fomentar el desarrollo de los
sistemas de producción agroecológica u orgánica. Está dirigida a productoras y
productores que de forma individual u organizadamente, implementan o tienen
interés de desarrollar sistemas de producción agroecológica u orgánica, mediante la
realización de buenas prácticas productivas.
2. Ley de Fomento de la Lactancia Materna. Referida al fomento a la lactancia materna y
comercialización de sucedáneos. Sus objetivos son: a) coadyuvar al bienestar físico‐
mental del binomio madre‐niño mediante la promoción, apoyo, fomento y protección
de la lactancia natural y la regulación de la comercialización de sucedáneos de la leche
materna y otros productos relacionados; y b) Normar y controlar la información,
promoción, distribución, publicidad, venta y otros aspectos inherentes a la
comercialización de sustitutos de la leche materna.
3. Decreto Supremo 28899 “Bono Juancito Pinto” (2006). Establece un subsidio de
incentivo a la permanencia escolar. La medida se inscribe en el marco de la Política de
Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario del Plan Nacional de Desarrollo, y
es definida en consideración a que “las tasas de inasistencia y abandono escolar no se
han reducido de manera significativa, afectando la permanencia escolar y el
cumplimiento de los Objetivos del Milenio”. El monto del bono alcanza a 200
Bolivianos anuales, siendo los beneficiarios niños y niñas del nivel primario hasta 6°
grado, así como alumnos de educación especial y de educación juvenil alternativa.
4. Decreto Supremo 0066 “Bono Juana Azurduy”. Acompaña las acciones de salud, para
lo cual, se ha iniciado un programa de transferencias condicionadas como incentivo
para el uso de los servicios de salud por parte de la madre durante el periodo del
embarazo y el parto y niñas y niños desde su nacimiento hasta que cumplan dos años
de edad. En 33 meses los beneficiarios reciben hasta 1.820 bolivianos. Esta iniciativa
ha permitido incrementar la cobertura del PMDC, contar con una base de datos de
menores de dos años y mejorar la seguridad alimentaria en el hogar.
5. Ley de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques (337). Establece
un tratamiento excepcional para predios que hubieran realizado desmontes sin
autorización, para que produzcan alimentos y restablezcan la cobertura forestal.
6. Ley de Organizaciones Económicas Campesinas (338). Norma la agricultura familiar
sustentable y las actividades familiares diversificadas, realizadas por las Organizaciones
Económicas Campesinas, Indígena Originarias – OECAS, las Organizaciones Económicas
Comunitarias –OECOM, y las familias productoras indígena originario campesinas,
interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar. Su finalidad es
contribuir al logro de la soberanía y seguridad alimentarias. Comprende el
reconocimiento y fortalecimiento de la agricultura familiar, la integración de la
agricultura familiar y de las actividades diversificadas al desarrollo integral, y políticas
que orienten la agricultura familiar sustentable y las actividades diversificadas para la
contribución al desarrollo productivo del país. Declara la agricultura familiar
sustentable de interés público y nacional.
7. Decreto Supremo Nº 28667. Modifica el CONAN con la finalidad de impulsar la nueva
Política Nacional de Seguridad Alimentaría y Nutricional.
8. Decreto Supremo N° 1254. El CONAN tiene por objeto impulsar y coordinar la
participación de las instituciones del sector público y de la sociedad civil en la
elaboración de la Política de Alimentación y Nutrición, así como la difusión,
seguimiento e implementación de programas de alimentación y nutrición
culturalmente apropiados para todo el ciclo de vida, orientadas a la realización del
derecho a la alimentación adecuada.
9. Decreto Supremo Nº 1312. Crea el Consejo Plurinacional Económico Productivo
(COPEP), y los Consejos Económicos Productivos Departamentales, Regionales,
Provinciales y Municipales y dispone la organización interna de los mismos.
10. Documentos recomendados disponibles en web para consulta:
1. Política de la FAO sobre Pueblos Indígenas y Tribales: www.fao.org/docrep/013/i1857s/i1857s.pdf
ANEXO C – MODALIDAD CONTRACTUAL
CARTA DE ACUERDO
Entre
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) en el marco del proyecto TCP/BOL/3403 “PROGRAMA NACIONAL DE APOYO A LA AGRICULTURA FAMILIAR
COMUNITARIA SUSTENTABLE (Ley 338)”
y
“ORGANIZACIÓN SIN FINES DE LUCRO SELECCIONADA”
Para la Elaboración de la Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable (PRONAGRIFS) lista para aprobación por autoridades.
1. Introducción
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (en adelante, la “FAO”) y la “Organización Sin Fines de Lucro Seleccionada” (en adelante, el Proveedor de servicios), (ambos en adelante, las “Partes”) han acordado que en adelante, el Proveedor de servicios prestará determinados servicios definidos detalladamente en el anexo adjunto (los “Servicios”), que forman parte integrante de la presente carta de Acuerdo (en adelante, el “Acuerdo”) en apoyo al Proyecto TCP/BOL/3403 “Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable (Ley 338)”. Para que el Proveedor de servicios pueda prestar los Servicios, la FAO le abonará una suma total que no supere los Bs. XXXXXXXX.‐ (Monto literal 00/100 bolivianos).
2. Finalidad
a) Las actividades para las cuales se utilizarán los fondos suministrados por la FAO en virtud del presente Acuerdo son las siguientes:
i) Objetivo. Elaborar la Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable (PRONAGRIFS), consultada, discutida y lista para aprobación de las autoridades.
ii) Objetivos Específicos.
Contar con un Plan de Acción con instrumentos técnico metodológicos y cronograma de actividades semanales y mensuales asi como informes periódicos de progreso del acuerdo.
Contar con un Documento Técnico de la Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable
Contar con una Normativa Jurídica (Decreto Supremo) de Creación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable.
iii) Productos y resultados. El Proveedor de servicios producirá, alcanzará o proporcionará los siguientes productos y resultados:
P1). Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable.
P2). Normativa Jurídica (Decreto Supremo) de Creación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable.
iv) Actividades. El Proveedor emprenderá las actividades siguientes:
(Insertar la descripción de las actividades presentadas en la Propuesta Técnica seleccionada y en el Plan de Acción a ser presentado a la FAO tras la adjudicación del Pliego)
b) En el anexo A se describen detalladamente los Servicios, incluidos los requisitos técnicos y operacionales, el presupuesto, el plan de trabajo y el plazo, los indicadores de rendimiento y los medios de verificación, así como los insumos que el Proveedor de servicios y la FAO ofrecerán gratuitamente, si los hubiere.
3. Condiciones generales
a) El Proveedor de servicios deberá utilizar los fondos aportados por la FAO en virtud del presente Acuerdo únicamente para prestar los Servicios de conformidad con el presupuesto especificado en el Anexo. Ni el Proveedor de servicios ni su personal o cualquier otra persona que preste los Servicios en su nombre podrá contraer otros compromisos o causar otros gastos en nombre de la FAO.
b) (Esta cláusula sobre la distribución de los insumos deberá incluirse si es pertinente para el Acuerdo). La FAO conservará la titularidad de los insumos que suministre al Proveedor de servicios hasta el momento en que se transmitan a los beneficiarios. El Proveedor de servicios tomará todas las medidas razonables para garantizar que los insumos suministrados por la FAO lleguen a sus destinatarios sin demora y en el estado en que se hayan recibido. El Proveedor de servicios asumirá plena responsabilidad por el almacenamiento, el manejo y la administración de los insumos suministrados por la FAO, y responderá por los daños y perjuicios ocasionados una vez que los insumos estén bajo su control físico o custodia u obren en su poder.
c) (Esta cláusula sobre la distribución de los insumos deberá incluirse si es pertinente para el Acuerdo). La FAO garantiza que todos los insumos entregados al Proveedor de servicios sean aptos para el uso al que se destinen. El Proveedor de servicios deberá informar y consultar a la FAO en caso de duda sobre el estado de cualesquiera de los insumos que ésta le haya suministrado o si estima que existe un riesgo de deterioro de los insumos derivado de su aceptación en los puntos de entrega. En tales casos, la FAO y el Proveedor de servicios determinarán de común
acuerdo las medidas operacionales apropiadas para hacer frente a tal riesgo. Todos los gastos de almacenamiento, recuperación, muestreo o fumigación aprobados por la FAO correrán por cuenta de ésta.
d) El Proveedor de servicios será responsable de todas las actividades relacionadas con la prestación de los Servicios y de los actos y omisiones de todos los empleados, agentes u otros representantes, así como de los subcontratistas autorizados que presten los Servicios en su nombre. En virtud del presente Acuerdo, la FAO no se hará responsable de los accidentes, enfermedades, pérdidas y daños que puedan producirse durante la prestación de los Servicios ni de las reclamaciones, demandas, pleitos y juicios derivados, incluidas las lesiones causadas a los empleados del Proveedor de servicios o a terceros; la pérdida o destrucción de bienes de terceros, o el daño a los mismos, derivados de la labor o el rendimiento del Proveedor o relacionados con ellos.
e) El Proveedor de servicios no utilizará los fondos recibidos en virtud del presente Acuerdo para subcontratar servicios o adquirir bienes a excepción de los asignados específicamente en el Anexo o aprobados específicamente por la FAO por escrito. En ningún caso un acuerdo de subcontratación eximirá al Proveedor de servicios de la responsabilidad sobre la provisión y la prestación de los Servicios exigidos en el Acuerdo. La subcontratación o la adquisición de los bienes que figuran en el Anexo se realizarán conforme a las normas y los procedimientos de adquisición del Proveedor de servicios. El Proveedor de servicios confirma que sus normas y procedimientos de adquisición, así como su aplicación, garantizan que el proceso de adquisición sea transparente y coherente con los principios generalmente aceptados que regulan las adquisiciones en el sector público con miras a obtener la mejor relación calidad‐precio. El Proveedor de servicios velará porque sus acuerdos con los subcontratistas prevean la obligación de mantener registros adecuados durante un período de cinco años y el derecho de la FAO de acceder a toda la documentación y los emplazamientos relacionados con las actividades relacionadas con el presente Acuerdo y a examinarlos y auditarlos.
f) De conformidad con la legislación nacional, el Proveedor de servicios deberá contratar y posteriormente mantener un seguro adecuado para cubrir riesgos como los daños materiales o las lesiones personales, así como los siniestros de los que se derive responsabilidad frente a terceros.
g) El personal designado por el Proveedor para ofrecer los Servicios no se considerará bajo ningún concepto empleado o agente de la FAO. Ni el presente Acuerdo ni ningún documento o disposición conexos se interpretarán como la concesión de privilegios o inmunidades de que disfruta la FAO al Proveedor de servicios, su personal o cualquier otra persona que preste los Servicios en su nombre.
h) Ni el presente Acuerdo ni cualquier documento conexo se entenderán como una renuncia a los privilegios e inmunidades de que disfruta la FAO o como su aceptación de la jurisdicción de cualquier país sobre conflictos derivados del presente Acuerdo.
i) El presente Acuerdo se regirá por los Principios Generales del Derecho, con exclusión de cualquier sistema jurídico nacional particular. Se considerará que los
Principios Generales del Derecho comprenden los principios de 2010 del UNIDROIT para los contratos comerciales internacionales.
j) Al ofrecer los Servicios, el Proveedor de servicios actuará de conformidad con todas las leyes nacionales aplicables a sus actividades y sus relaciones con terceros, incluidos los empleados. El Proveedor de servicios corregirá con prontitud toda violación de las normas e informará a la FAO de cualquier conflicto o problema surgido en relación con las autoridades nacionales.
k) El Proveedor de servicios confirma que no ha participado y no participará en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas al formalizar o aplicar el presente Acuerdo y conviene en respetar el Código de Conducta de los proveedores de las Naciones Unidas, que puede consultarse en http://www.un.org/depts/ptd/pdf/conduct_spanish.pdf. Al efecto del presente Acuerdo, los términos que figuran a continuación tendrán los significados siguientes:
i) La “práctica fraudulenta” es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación, que deliberada o imprudentemente, induce a error o trata de inducir a error a una parte para obtener un beneficio económico o de otra índole, o para eludir una obligación.
ii) La “práctica coercitiva” consiste en perjudicar o causar daño, o bien amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes con objeto de influenciar en forma indebida las acciones de una parte.
iii) La “práctica colusoria” es un acuerdo entre dos o más partes para obtener un propósito indebido, como la influencia indebida en las acciones de otra parte.
iv) La “práctica corrupta” consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor tangible o intangible para influenciar de forma indebida en las acciones de otra parte.
l) El Proveedor de servicios deberá tomar todas las precauciones razonables para evitar cualquier conflicto de intereses en la aplicación de los Servicios e informará sin demora a la FAO sobre cualquier situación que constituya o pueda suponer un conflicto de intereses, incluido el hecho de que el personal de la FAO tenga un interés de cualquier índole en las actividades del Proveedor de servicios.
m) A menos que la FAO lo autorice por escrito, el Proveedor de servicios no anunciará ni hará público de otra forma que mantiene una relación contractual con la FAO. Asimismo, el Proveedor de servicios no utilizará bajo ningún concepto el nombre o el emblema de la FAO ni cualquier abreviación del nombre de la Organización.
n) Todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos los derechos de autor, en los productos generados en virtud del presente Acuerdo se confieren a la FAO, incluso, sin limitaciones, el derecho a utilizar, publicar, traducir, vender o distribuir, de forma pública o privada, cualquier producto o parte del mismo. Ni el
Proveedor de servicios ni su personal podrán comunicar a otras personas o entidades información confidencial de la que tengan conocimiento a través de la FAO y no podrán utilizar dicha información para el beneficio privado o institucional. Esta disposición seguirá siendo de aplicación con posterioridad a la expiración o la resolución del presente Acuerdo.
o) Con miras a cumplir los requisitos de divulgación y fomentar la transparencia, la FAO podrá divulgar o publicar la información siguiente sobre el presente Acuerdo: i) el nombre y la nacionalidad del Proveedor de servicios; ii) una breve descripción de los Servicios ofrecidos y su localización; iii) la cuantía del presente Acuerdo. El Proveedor de servicios autoriza específicamente la divulgación o publicación de dicha información. La FAO no divulgará o publicará la información que pudiera considerarse razonablemente confidencial o privada.
p) El Proveedor de servicios deberá devolver a la FAO los fondos no gastados que la Organización hubiera presupuestado y abonado en virtud del presente Acuerdo.
q) El presente Acuerdo no está sujeto en ningún caso al pago por parte de la FAO de gravámenes, tasas, derechos de registro o cualquier otro derecho o impuesto. El Proveedor de servicios deberá pagar debidamente las tasas, los derechos y otros cargos de conformidad con las leyes y regulaciones vigentes aplicables al Proveedor de servicios.
r) El Proveedor de servicios conviene en realizar todos los esfuerzos razonables por garantizar que ninguno de los fondos recibidos de la FAO en virtud del presente Acuerdo se utilicen para brindar apoyo a personas o entidades relacionadas con el terrorismo, que figuran en la lista confeccionada por el Comité del Consejo de Seguridad establecida en cumplimiento de la resolución 1267 (1999), que puede consultarse en http://www.un.org/spanish/sc/committees/1267/. Esta disposición deberá incluirse en todos los subcontratos o subacuerdos suscritos en virtud del presente Acuerdo.
4. Requisitos de notificación y mantenimiento de registros
a) El Proveedor de servicios deberá presentar al Funcionario responsable que se cita en el párrafo 9 infra, los informes enumerados en el anexo en las fechas establecidas en él, incluido un informe final que comprende un informe descriptivo y uno financiero en un plazo de 30 días tras la finalización de los Servicios. El informe final deberá ser suficientemente detallado para permitir la certificación de las prestaciones y los gastos. El informe financiero será firmado y certificado en cuanto a su exactitud por un representante del Proveedor de servicios debidamente designado a tal efecto (p. ej., un Oficial ejecutivo, Director de finanzas, Director de contabilidad o similar).
b) El Proveedor de servicios mantendrá registros financieros precisos y documentación complementaria en que se muestre la utilización de los insumos y los fondos establecidos en el presente Acuerdo, así como cualquier otro tipo de información relacionada con los Servicios, durante los cinco años posteriores a la resolución o el vencimiento del Acuerdo. Durante este período, la FAO, una persona designada por la Organización o la autoridad encargada de la auditoría (p. ej., la Oficina Nacional de Auditoría) tendrán el derecho de examinar o auditar,
en cualquier momento, cualquier aspecto del presente Acuerdo. El Proveedor de servicios ofrecerá su cooperación plena y oportuna en todo examen o auditoría. La cooperación plena y oportuna podrá comprender la disponibilidad de los empleados y los agentes y la garantía de que la FAO u otra persona designada o autoridad competente puedan acceder en momentos y en condiciones razonables a las instalaciones del Proveedor de servicios u otros emplazamientos donde se guarde la documentación relacionada con el presente Acuerdo o se lleven a cabo las actividades relacionadas con el mismo.
5. Retrasos y resolución
a) El Acuerdo entrará en vigor una vez lo hayan firmado ambas Partes y seguirá vigente hasta que se hayan prestado los Servicios de forma satisfactoria o hasta su resolución, de conformidad con las disposiciones del Acuerdo.
b) El Proveedor prestará los Servicios según lo establecido en el plan de trabajo y en el plazo determinado en el anexo, y notificará a la FAO cualquier retraso que impida la prestación de los Servicios según lo establecido en el plan de trabajo y en el plazo determinado en el Anexo.
c) La FAO podrá suspender o cancelar el Acuerdo, total o parcialmente, obtener los Servicios en otro lugar y hacer los ajustes correspondientes a los pagos que pueden deberse al Proveedor de servicios si éste no ofrece los Servicios o lo hace con una calidad que la FAO considera inaceptable. Previa consulta con el Proveedor de servicios, la determinación de la FAO en relación con esta disposición será vinculante.
d) Si en cualquier momento durante la vigencia del presente Acuerdo las partes no pueden cumplir con alguna de sus obligaciones por razones de fuerza mayor, la parte en cuestión deberá informar por escrito con prontitud a la otra de la existencia de tal fuerza mayor. De este modo, la parte informante quedará liberada de tales obligaciones mientras persista la fuerza mayor. Al efecto del presente Acuerdo, el término “fuerza mayor” significará cualquier situación o acontecimiento excepcional e impredecible ajeno a la voluntad de las Partes que impida a una de ellas cumplir con alguna de sus obligaciones previstas en el presente Acuerdo, que no sea atribuible a error o negligencia por su parte (o por parte de su personal, sus agentes u otros representantes o subcontratistas autorizados) y se demuestre insalvable pese a la debida diligencia.
e) La FAO tendrá el derecho de rescindir el presente Acuerdo, por escrito, si considera que es imposible o impráctico proseguir con su aplicación:
i) por causas imprevistas ajenas a la voluntad de la FAO;
ii) en el caso de incumplimiento o retraso por parte del Proveedor de servicios después de la notificación por escrito de la FAO que establezca un período de tiempo razonable para remediar el incumplimiento o el retraso.
f) En caso de rescisión expuesto en el párrafo 5 e), se aplicarán las disposiciones siguientes:
i) Rescisión por causas imprevistas ajenas a su voluntad: la FAO completará los pagos de los gastos realizados por el Proveedor de servicios hasta la fecha efectiva de la rescisión.
ii) Rescisión debida al incumplimiento o retraso del Proveedor de servicios: el Proveedor de servicios reembolsará a la FAO los pagos recibidos en concepto de servicios que no se hayan realizado con la calidad que la FAO considere aceptable.
g) La FAO tendrá el derecho de rescindir el presente Acuerdo, por escrito, si establece, de conformidad con sus procedimientos administrativos:
i) irregularidades, fraude o corrupción por parte del Proveedor de servicios en relación con el presente Acuerdo;
ii) el incumplimiento de la disposición sobre el conflicto de intereses mencionada en el párrafo 3 l) supra;
iii) el incumplimiento de los requisitos de notificación mencionados en el párrafo 4 supra.
h) En caso de rescisión debida a lo expuesto en el párrafo g) supra, el Proveedor de servicios reembolsará a la FAO todos los pagos realizados sobre la base de la irregularidad, el fraude o la corrupción, o de la forma de la FAO determine para ser equitativo y emprender otras medidas que la Organización considere oportunas.
6. Retrasos y resolución
a) Tras el examen exhaustivo de los Servicios prestados por el Proveedor de servicios, la FAO pagará o reembolsará al Proveedor de servicios hasta una cantidad total que representa la responsabilidad financiera máxima de la FAO, que no deberá superar:
Bs. XXXXXXXXX
Monto en literal 00/100
b) Los pagos se realizarán con posterioridad a la certificación, por parte del Funcionario responsable de FAO, de las solicitudes de pago como se indica a continuación:
i) Bs. XXXXXXX.‐ (monto literal, 00/100 bolivianos) una vez se haya firmado el presente Acuerdo;
ii) Bs. XXXXXXX.‐ (monto literal, 00/100 bolivianos) una vez que la FAO haya aceptado las prestaciones o en la fecha indicada en el plan de trabajo y el plazo especificados en el Anexo.;
iii) Bs. XXXXXXX.‐ (monto literal, 00/100 bolivianos) una vez que la FAO haya aceptado las prestaciones o en la fecha indicada en el plan de trabajo y el plazo especificados en el Anexo.;
iv) Bs. XXXXXXX.‐ (monto literal 00/100 bolivianos) una vez la FAO haya
aceptado el informe final mencionado en el párrafo 4 a).
c) La suma establecida en el párrafo 6 a) se pagará en la divisa mencionada, de conformidad con las instrucciones bancarias detalladas aportadas por el Proveedor de servicios en el párrafo 6 d).
d) Instrucciones bancarias detalladas
Cuenta Nro. (debe ser institucional) XXXXXXXXXXXXX
Moneda: Bolivianos
Nombre de la cuenta: XXXXXXXXXXXX
Titular: XXXXXXXXXXXXXX
Banco: XXXXXXXXXXXXXX
Ciudad
Departamento – Bolivia
e) El Proveedor de servicios presentará cada solicitud de pago en la siguiente
dirección :
Sr. Crispim Moreira
Representante de la FAO en Bolivia
Calle 14 de Calacoto No. 8008, entre Sánchez Bustamante y Julio Patiño
La Paz, Bolivia
f) La FAO cuenta con ciertos privilegios e inmunidades, como la exención del pago
del impuesto sobre el valor añadido (IVA), el derecho de aduana o las
restricciones a la importación.
g) Si el Proveedor de servicios no presenta el informe final mencionado en el párrafo 4 a), durante los 30 días posteriores a la rescisión, vencimiento o conclusión del presente Acuerdo, la FAO podrá rescindir este Acuerdo sin efectuar el pago final, tras haber informado debidamente del incumplimiento.
7. Resolución de conflictos
a) Todo conflicto entre las partes surgido de la interpretación o la ejecución del presente Acuerdo que no se resuelva mediante la negociación entre las partes u otra forma de resolución acordada, se presentará, a petición de cualquiera de ellas, a un único conciliador. Si las partes no llegaran a un acuerdo sobre la designación de un conciliador único, cada una de ellas podrá designar un conciliador. La conciliación se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) actualmente en vigor.
b) Todo conflicto no resuelto mediante conciliación se resolverá, a petición de cualquiera de las partes, por medio de arbitraje, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Mercantil Internacional (CNUDMI) actualmente en vigor. El Tribunal arbitral no tendrá autoridad para imponer ningún tipo de indemnización punitiva por daños y perjuicios. La FAO y el Proveedor de servicios aceptan someterse al laudo arbitral dictado de acuerdo con este artículo como solución definitiva de cualquier conflicto.
c) Las partes podrán solicitar la conciliación durante la ejecución del Acuerdo y en un período que no exceda los 12 meses tras la resolución, vencimiento o rescisión del presente Acuerdo. Las partes podrán solicitar el arbitraje a más tardar 90 días después de la terminación del procedimiento de conciliación. Todos los procedimientos de resolución de conflictos se llevarán a cabo en el idioma en que se haya redactado el acuerdo, siempre que sea uno de los seis idiomas oficiales de la FAO (árabe, chino, español, francés, inglés y ruso). En el caso de que el idioma del acuerdo no sea uno de los idiomas oficinales de la FAO, los procedimientos de la conciliación o el arbitraje se llevarán a cabo en inglés.
8. Modificaciones. Toda modificación o enmienda del presente Acuerdo se realizará por escrito y sobre la base del consentimiento mutuo de los firmantes del mismo.
9. Nombramiento del Funcionario responsable de la FAO. El Sr. Sergio Laguna, Asociado en
Programas, con dirección en la Calle 14 de Calacoto No 8008 entre Sanchez Bustamante y
Julio Patiño, teléfono 2114455, [email protected], ha sido nombrado funcionario
responsable de la administración del presente Acuerdo (“Funcionario responsable”) en
nombre de la FAO.
Asimismo se contará con la supervisión del Oficial Técnico Líder (LTO) de la Oficina
Regional de FAO, Sr. Salomón Salcedo, Senior Policy Officer, [email protected].
10. Entrada en vigor y período de validez. El Acuerdo entrará en vigor una vez lo hayan
firmado el Proveedor de servicios y la FAO y concluirá el 30 de noviembre de 2013
Firmado en nombre de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y
la Agricultura:
Firma: _________________________________
Fecha: ________________________
Crispim Moreira
Representante de FAO en Bolivia
Firmado en nombre de [nombre completo de la Organización Seleccionada]:
Firma: __________________________________
Fecha: ________________________
[nombre y cargo del oficial del Proveedor de servicios]
El Proveedor de servicios firmará dos copias del presente Acuerdo y devolverá una de ellas al
Funcionario responsable.
ANEXO 1
CONDICIONES DEL ACUERDO
1. Antecedentes
El objetivo de la presente Carta de Acuerdo es concretar la participación de la Organización XXXXXXXXXXXXXX, para brindar servicios en el marco del proyecto TCP/BOL/3403 “Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable (Ley 338)”, para la elaboración de la Propuesta del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable (PRONAGRIFS) lista para aprobación por parte de las autoridades.
2. Mandato
2.1 Definición de los productos y los resultados
Las familias y comunidades indígenas, originarias, campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas, las OECOM y las OECAS gozan del acceso a bienes y servicios públicos que les permiten elevar su producción, transformación y comercialización de alimentos para la erradicación de la pobreza, la promoción del desarrollo para el Vivir Bien, y la seguridad y soberanía alimentaria en todos los pisos ecológicos del país.
P1). Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable.
(Propuesta de documento final de acuerdo a los requerimientos del Anexo A
P2). Normativa Jurídica de Creación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Comunitaria Sustentable.
(Propuesta de documento final de acuerdo a los requerimientos del Anexo A
2.2 Descripción de los Servicios
(Insertar la descripciones de las actividades presentadas en la Propuesta Técnica seleccionada y en el Plan de Accion a ser presentado a la FAO tras la adjudicación del Pliego)
2.3 Plan de trabajo y calendario (duración)
La presente carta de acuerdo tendrá una duración máxima de cuatro (4)
meses a partir de la firma del presente documento y de acuerdo al siguiente
cronograma:
(Propuesta de cronograma de trabajo de la Organización seleccionada)
Actividades Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4
Producto 1 Actividad 1
Producto 1 Actividad X
Producto 2 Actividad 1
Producto 2 Actividad X
2.4 Mecanismos de supervisión y requisitos de notificación
La supervisión se realizará a través de los siguientes mecanismos:
Plan de trabajo revisado y aprobado por el Comité Directivo.
Un informe intermedio presentado a los 45 días de avance programático y financiero, presentado al presidente del Comité VDRA y los secretarios MDRyT, FAO, el mismo debe ser evaluado y aprobado o no por el comité directivo.
Un informe final programático y financiero, que se presentará al concluir las actividades en el plazo establecido en el presente acuerdo.
Documento Técnico del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar Sustentable, Presentado al Presidente del Comité con copia a la FAO.
3. Insumos suministrados gratuitamente por el Proveedor de servicios.
3.1 Lista de insumos
No procede
3.2 Calendario de los insumos
No procede
4. Los insumos que la FAO deberá suministrar en especie.
4.1 Lista de insumos
No procede
4.2 Calendario de los insumos
No procede
5. Funcionario responsable
El funcionario responsable citado en el Acuerdo ha sido designado por el Responsable del presupuesto para gestionar y supervisar la correcta aplicación del Acuerdo en nombre de la
FAO y para certificar al responsable del presupuesto que las condiciones del Acuerdo se han cumplido satisfactoriamente y que pueden realizarse los pagos correspondientes.
6. Reembolsos
Se estipulará el reembolso por parte del Proveedor de servicios de los pagos excesivos que se hayan podido realizar o de los fondos excedentes, que podrán mantenerse después de la conclusión de los servicios.
7. Presupuesto detallado
La FAO pagará al Proveedor de servicios hasta el límite de Bs. XXXXXXXXXX Monto literal 00/100 bolivianos), los cuales serán ejecutados de acuerdo al siguiente presupuesto (expresado en bolivianos):
(Propuesta de presupuesto detallado de la Organización seleccionada, debe coincidir con el monto total expresado en la propuesta económica)
Cuentas Descripción del insumo Unidad Cantidad Monto (Bs.)
5013 Consultores
5543 Consultores – Nacionales mes
Consultor coordinador mes
Consultor en Agricultura Familiar comunitaria, organizaciones económicas campesinas, organizaciones comunitarias indígenas originarias campesinas
mes
Consultor en Economía Familiar Campesina mes
Consultor en Administración Pública mes
Consultor Abogado (derecho público) mes
5021 Viajes
Pasajes aéreos pasaje
Pasajes terrestres pasaje
Viáticos día
5023 Capacitación
Talleres nacionales evento
5024 Material fungible
5028 Gastos generales de operación mes
Total parcial XXXXX
5029 Gastos de apoyo administrativo
Total general XXXXX