7/24/2019 Trabajo Completo Fase de Conciliacion
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LA CONCILIACIN
Proviene del verbo conciliare que signifca concertar, poner deacuerdo, componer o conormar a dos partes que se debaten en una
controversia de intereses. s un mecanismo mediante el cual las
partes entre quienes e!iste un con"icto tratan de superar la controversia
e!istente, con la colaboraci#n de un tercero e!perto, ob$etivo e imparcial.
La conciliaci#n debe instituirse como obligatoria, previa al proceso
$udicial, estableciendo un procedimiento que promueva la comunicaci#n
directa entre las partes para la soluci#n e!tra$udicial de la controversia,
debiendo ser las actuaciones confdenciales.
La creaci#n de una instancia conciliadora constituir%a una efca&
a'uda para lograr que la $usticia se administre pronta ' cumplida
con lo cual se reuer&a la democracia, la pa& ' la convivenciasocial. l uso de los medios alternos de soluci#n de con"ictos es
la me$or #rmula para luc(ar contra el ormalismo, la lentitud en los
procesos $udiciales, los gastos en que se incurre en el proceso.
)A* + CONCILIACION
s una etapa del proceso que resuelve el con"icto colectivo de
carcter econ#mico social, cu'o conocimiento est delegado a
un tribunal mi!to, -un epresentante de los traba$adores, un
epresentante patronal, quienes no son partes dentro del
con"icto, seg/n el listado de la Corte *uprema de 0usticia, el $ue& ' el
secretario del 0u&gado de 1raba$o ' Previsi#n *ocial2 pudiendo suscribir ante
ellos un convenio o un Pacto Colectivo ' en caso contrario el tribunal
emite sus recomendaciones del con"icto planteado.
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s aquel sistema de substanciaci#n de con"ictos de traba$o -individual
' colectivo2, por virtud del cual las partes del mismo, ante un tercero
que ni propone ni decide, contrastan sus respectivas proposiciones,
tratando de llevar a un acuerdo, que elimine la posible contienda $udicial.
sta ase debe durar quince d%as a partir de plantear el
empla&amiento al tribunal, ante el cual se delegan tres delegados
de las partes, que cono&can mu' bien las causas que provocan el
con"icto, seg/n establece el art%culo 344 del C#digo de 1raba$o.
5 Ante 0ue& de 1raba$o ' Previsi#n *ocial se plantean los con"ictos cuando
en un lugar de traba$o se produ&ca una cuesti#n susceptible de provocar
una (uelga o paro.
67I*I1O* + LA +8AN+A
COLC1I9A O PLI:O +P1ICION*.
l pliego de peticiones (a de e!poner claramente en qu;
consisten ;stas, ' a qui;n o qui;nes se dirigen, cules son las
que$as, el n/mero de patronos o de traba$adores que las apo'an,
la situaci#n e!acta de los lugares de traba$o en donde (a surgido lacontroversia, la cantidad de traba$adores que en ;stos prestan
sus servicios ' el nombre ' apellidos de los delegados ' la ec(a.
La solicitud debe contener< el 0ue& al que se dirige, los
nombres, apellidos ' dems generales de los delegados, lugar para recibir
notifcaciones, que debe establecerse en la poblaci#n en donde
tenga su asiento el 0u&gado, el nombre de la parte empla&ada, direcci#n
en donde deba ser notifcada ;sta, la indicaci#n de que se ad$unta por
duplicado el pliego de peticiones ' la petici#n de trmite conorme a las
reglas de los art%culos que preceden.
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*i la solicitud presentada no llena los requisitos legales, el tribunal, de
ofcio, la corregir mediante acta. Inmediatamente, dar trmite a la
solicitud.
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