UNIVERSIDAD CATÓLICA
DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
CONTADURÍA PÚBLICA E INGENIERÍA EN CONTABILIDAD Y
AUDITORÍA, CPA
TÍTULO:
EVALUACIÓN DE ESCENARIOS RESPECTO A LA APLICACIÓN DE LOS
INCENTIVOS TRIBUTARIOS PREVISTOS EN LA LEY DE FOMENTO
PRODUCTIVO Y EL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN EN EL
SECTOR INDUSTRIAL DEL GUAYAS
AUTORES:
Carchi Machado, Charlie Xavier
Orozco Crespín, Carla Verónica
Trabajo De Titulación Previo A La Obtención Del Título De Ingenieros En
Contabilidad Y Auditoría, CPA
TUTOR:
CPA. Samaniego Pincay, Pedro José, MBA.
Guayaquil – Ecuador
10 de septiembre del 2019
UNIVERSIDAD CATÓLICA
DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTADURÍA PÚBLICA E INGENIERÍA EN
CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
CERTIFICACIÓN
Certificamos que el presente trabajo fue realizado en su totalidad por: Charlie Xavier
Carchi Machado y Carla Verónica Orozco Crespín, como requerimiento parcial para
la obtención del Título de: Ingenieros en Contabilidad y Auditoría.
TUTOR
f. ______________________
CPA. Samaniego Pincay, Pedro José, MBA.
DIRECTORA DE LA CARRERA
f. ______________________
CPA. Vera Salas, Laura Guadalupe, MSc. Ph. D (c)
Guayaquil, 10 de septiembre del 2019
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DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTADURÍA PÚBLICA E INGENIERÍA EN
CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Nosotros, Carchi Machado, Charlie y Orozco Crespín, Carla
DECLARAMOS QUE:
El Trabajo de Titulación: “Evaluación de escenarios respecto a la aplicación de los
incentivos tributarios previstos en las ley de fomento productivo y el Código Orgánico
de la Producción en el sector industrial de la provincia del Guayas”, previa a la
obtención del Título de: Ingenieros en Contabilidad y Auditoría, ha sido desarrollado
respetando derechos intelectuales de terceros conforme las citas que constan al pie de
las páginas correspondientes, cuyas fuentes se incorporan en la bibliografía.
Consecuentemente este trabajo es de nuestra total autoría.
En virtud de esta declaración, nos responsabilizamos del contenido, veracidad y
alcance científico del Trabajo de Titulación referido.
Guayaquil, 10 de septiembre del 2019
LOS AUTORES
f. _________________________ f. _________________________
Carchi Machado, Charlie Xavier Orozco Crespín, Carla Verónica
UNIVERSIDAD CATÓLICA
DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTADURÍA PÚBLICA E INGENIERÍA EN
CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
AUTORIZACIÓN
Nosotros, Carchi Machado, Charlie y Orozco Crespín, Carla
Autorizamos a la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, la publicación en la
biblioteca de la institución del Trabajo de Titulación “Evaluación de escenarios
respecto a la aplicación de los incentivos tributarios previstos en las ley de fomento
productivo y el Código Orgánico de la Producción en el sector industrial de la
provincia del Guayas”, cuyo contenido, ideas y criterios son de nuestra exclusiva
responsabilidad y total autoría.
Guayaquil, 10 de septiembre del 2019
LOS AUTORES
f. _________________________ f. _________________________
Carchi Machado, Charlie Xavier Orozco Crespín, Carla Verónica
REPORTE URKUND
https://secure.urkund.com/old/view/53894971-751805
331074#DcQ5DoQwEEXBuzh+Qv1t2gtXQQQIAXIACSGauw8V1BuuJ0yzIfT1HVFCI3KUUUEVNSLRGHEyhUpbCE8/7370bb23P
Uw2mDx7cVlNLeWq+PsD
TUTOR
VI
Agradecimiento
Agradezco a Dios, quién ha bendecido mi camino a lo largo de la vida, y por
ser mi apoyo en aquellos momentos dónde más necesitaba de alguien.
Agradezco a mi familia por inculcarme la fe en Dios, por los valores que me
guían por un mejor camino, por demostrarme que un trabajo bien hecho, con ética y
buena voluntad muchas veces no traen grandezas o riquezas materiales, pero sí trae
consigo paz y tranquilidad, por enseñarme que se puede ser feliz con lo que se tiene,
sin tener que aparentar o demostrar al resto algo que no soy, por la presión ejercida
sobre mí para ser una mejor persona y un profesional a carta cabal; y por la confianza
que me han brindado desde siempre, recibiendo su apoyo en cada paso que doy.
Agradezco a los docentes y maestros con los cuales compartí un aula de clases,
por llegar a ser inspiración y por las enseñanzas brindadas, mencionando
especialmente al CPA. Raúl Ortíz, CPA. Alberto Rosado, Econ. Mercedes Baño por
amar lo que practican e impartir ese sentimiento a sus alumnos, además de hacer honor
al código de ética profesional; al CPA. Antonio Rodríguez, Lcda. Isabel Balseca, Ing.
Guillermo Vizcaino, Ing. Jorge Lucio por haber sido apoyo intelectual y emocional en
mi carrera universitaria; al CPA. Milton Pérez por brindarme su apoyo académico,
laboral y moral en el transcurso de mi carrera universitaria.
Agradezco a Anthony Luzuriaga, Anabelén Espinoza, Gema Alcívar; haciendo
mención especial a Elena Pineda, María Intriago, Beatriz Barahona, Néstor Suárez,
Víctor Córdova y a Andrea Perez quienes me brindaron su apoyo total y generaron un
cambio extremo a mi vida, brindándome los mejores momentos que he vivido.
Gracias a Carla Orozco por haber sido apoyo fundamental durante toda mi
carrera y al CPA. Pedro Samaniego, uno de los maestros que más admiro y tutor del
presente Trabajo de Titulación, gracias a ambos por la paciencia y el tiempo brindado
durante este período.
Charlie Xavier Carchi Machado
VII
Agradecimiento
En primer lugar, agradezco a Dios por haber guiado mi camino en toda la etapa
de mi carrera universitaria, otorgándome fortaleza para superar todas las vicisitudes
que se presentaron.
Agradezco a mis padres y demás familiares por motivarme a salir adelante, por
inculcarme valores, como la responsabilidad y perseverancia para lograr cada uno de
mis objetivos propuestos.
Agradezco a los profesores por haber impartido sus conocimientos y sus
experiencias, en especial al CPA. Alberto Rosado, CPA. Raúl Ortiz y al CPA. Jorge
Lucio por hacer amenas las clases impartidas, ser éticos e imparciales durante su labor
como docentes.
Gracias al CPA. Pedro Samaniego, quien fue pilar fundamental en el proceso
del presente Trabajo de Titulación.
Carla Verónica Orozco Crespín
VIII
Dedicatoria
Dedico el presente Trabajo de Titulación a Dios, por darme la fuerza para
seguir ante cualquier adversidad.
A mi familia por haberme apoyado hasta el cansancio y estar en esos momentos
dónde me sentía abrumado.
A mis amigos quiénes me apoyaron en el proceso universitario.
A mis instructores de colegio, Econ. Carlos Espinoza, Lcda. Rebeca Bravo y
al Arq. Jorge Ampuero, quiénes me dotaron de buenas bases para mi ingreso a la
universidad.
Al docente Terry Christiansen, quién en vida me instruyó lo mejor de su
experiencia profesional y compartió siempre sus buenas energías.
Charlie Xavier Carchi Machado
IX
Dedicatoria
Dedico el presente Trabajo de Titulación a Fátima Crespín, Johnny Orozco y a
José Valdiviezo, personas que me brindaron su apoyo incondicional en toda mi carrera
universitaria.
Carla Verónica Orozco Crespín
X
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TRIBUNAL DE SUSTENTACIÓN
f. _____________________________
CPA. Vera Salas, Laura Guadalupe, MSc. Ph. D (c)
DIRECTORA DE CARRERA
f. _____________________________
Ing. Diez Farhat, Said Vicente, Ph. D
COORDINADOR DEL ÁREA
f. _____________________________
CPA. Ortiz Donoso, Raúl Guillermo, Mgs.
OPONENTE
XI
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CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
CALIFICACIÓN
f. _____________________________
CPA. Samaniego Pincay, Pedro José, MBA.
TUTOR
XII
Índice general
Introducción ................................................................................................................. 2
Antecedentes ........................................................................................................... 3
Perspectiva del COPCI.......................................................................................... 3
Perspectiva de la LFP. ........................................................................................... 5
Problemática ............................................................................................................ 6
Justificación ........................................................................................................... 16
Objetivos ............................................................................................................... 17
General. ............................................................................................................... 17
Específicos. ......................................................................................................... 18
Preguntas de Investigación .................................................................................... 18
Alcance .................................................................................................................. 18
Limitación ............................................................................................................. 18
Capítulo 1. Fundamentación Teórica ......................................................................... 20
Marco Teórico ....................................................................................................... 20
Política fiscal. ...................................................................................................... 20
Marco Legal .......................................................................................................... 24
Objeto del COPCI. .............................................................................................. 24
Fines del COPCI. ................................................................................................ 24
Actividad productiva. .......................................................................................... 25
Órgano competente y atribuciones. ..................................................................... 25
Tipos de inversiones............................................................................................ 27
Modalidades de Inversión. .................................................................................. 28
Incentivos tributarios........................................................................................... 28
Industrias básicas. ............................................................................................... 31
Contratos de inversión. ....................................................................................... 33
Beneficios tributarios por contrato de inversión. ................................................ 35
Marco Referencial ................................................................................................. 36
Desarrollo de la IED en América Latina década de los 90s. ............................... 36
IED en América Latina periodo 2000 – 2010. .................................................... 40
La IED en Ecuador. ............................................................................................. 42
XIII
Marco Conceptual ................................................................................................. 47
Inversión.............................................................................................................. 47
Capítulo 2. Metodología de la Investigación ............................................................. 50
Diseño de la Investigación .................................................................................... 51
Tipo de Investigación ............................................................................................ 51
Investigación exploratoria. .................................................................................. 51
Investigación descriptiva..................................................................................... 52
Enfoque de la Investigación .................................................................................. 52
Investigación cualitativa. .................................................................................... 52
Fuentes de Información ......................................................................................... 52
Información primaria. ......................................................................................... 52
Información secundaria. ...................................................................................... 52
Herramientas ......................................................................................................... 53
Entrevista. ........................................................................................................... 53
Investigación bibliográfica. ................................................................................. 53
Muestreo ................................................................................................................ 53
Entrevistas ............................................................................................................. 58
Entrevista a Experto en Economía. ..................................................................... 58
Entrevista a Experto en materia de Impuestos. ................................................... 59
Resultados ............................................................................................................. 59
Entrevista a Experto Económico para Trabajo de Titulación. ............................ 59
Entrevista a Experto Tributario para Trabajo de Titulación. .............................. 61
Entrevista a Experto Tributario para Trabajo de Titulación. .............................. 62
Evaluación impositiva de Inversiones Productivas ............................................... 66
Actividad Operacional. ....................................................................................... 66
Evaluación de Inversiones. ................................................................................. 69
Conclusiones ............................................................................................................ 119
Recomendaciones ..................................................................................................... 121
Referencias ............................................................................................................... 122
XIV
Listado de Tablas
Tabla 1 Incentivos Tributarios según la LFP ............................................................... 5
Tabla 2 Detalle RALFP ................................................................................................ 6
Tabla 3 Tendencia IED por actividad económica 2009 –2013 en Ecuador en millones
de dólares ................................................................................................................... 7
Tabla 4 Tendencia IED por actividad económica 2014 – 2018 en Ecuador en millones
de dólares ................................................................................................................... 8
Tabla 5 Operatividad de la IED en el Ecuador 2009 – 2013 en millones de dólares ... 9
Tabla 6 Operatividad de la IED en el Ecuador 2014 – 2018 en millones de dólares . 10
Tabla 7 IED en Colombia 2009 – 2013 en millones de dólares ................................. 11
Tabla 8 IED en Colombia 2014 – 2018 en millones de dólares ................................. 12
Tabla 9 IED en Perú 2009 - 2018 ............................................................................... 14
Tabla 10 Principales Reformas Tributarias Parte A ................................................... 15
Tabla 11 Principales Reformas Tributarias Parte B ................................................... 16
Tabla 12 IED por actividad económica 2018 ............................................................. 17
Tabla 13 Fines del COPCI ......................................................................................... 25
Tabla 14 Atribuciones del Consejo Sectorial de Producción ..................................... 26
Tabla 15 Modalidades de inversión ........................................................................... 28
Tabla 16 Incentivos tributarios generales ................................................................... 29
Tabla 17 Información que debe contener un contrato de inversión ........................... 33
Tabla 18 Información y documentación que debe tener la solicitud de contrato de
Inversión ................................................................................................................. 35
Tabla 19 Objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir ............................................... 43
Tabla 20 IED en Ecuador 2011 -2014 en miles de dólares ........................................ 54
Tabla 21 IED en Ecuador 2015 - 2018 en miles de dólares ....................................... 55
Tabla 22 Matriz de resultados de entrevistas ............................................................. 65
Tabla 23 Proyectos de inversión a realizar. ................................................................ 70
Tabla 24 Desembolsos para la creación de nueva línea producción de agua embotellada
parte A .............................................................................................................. 71
Tabla 25 Desembolsos para la creación de nueva línea producción de agua embotellada
parte B .............................................................................................................. 72
XV
Tabla 26 Requisitos para la exoneración del IR según Art. 9.1 de LRTI y Art.
Innumerado después del Art. 23 del RLRTI .............................................................. 75
Tabla 27 Botellas de agua producidas ........................................................................ 76
Tabla 28 Botellas de agua vendidas ........................................................................... 76
Tabla 29 Gastos de sueldos personal de ventas, operación y administración 2012 –
2016 ................................................................................................................. 77
Tabla 30 Gastos por beneficios sociales del personal de ventas, operación y
administración 2012 – 2014 ....................................................................................... 77
Tabla 31 Datos para depreciación de maquinaria y equipos ...................................... 78
Tabla 32 Datos para depreciación de activos fijos administrativos ........................... 78
Tabla 33 Depreciación anual de maquinaria y equipo. .............................................. 78
Tabla 34 Depreciación maquinaria y equipo 2012 – 2016 ......................................... 79
Tabla 35 Depreciación de los activos fijos administrativos ....................................... 80
Tabla 36 Base para cálculo del Impuesto Diferido .................................................... 80
Tabla 37 Cálculo de Impuesto Diferido ..................................................................... 80
Tabla 38 Conciliación tributaria por el periodo 2012 – 2016 .................................... 81
Tabla 39 Estado de Resultados Integrales sin aplicación de la exención del Impuesto a
la Renta ................................................................................................................. 82
Tabla 40 Estado de Resultados Integrales con la aplicación el incentivo de exoneración
del Impuesto a la Renta .............................................................................................. 83
Tabla 41 Comparación de la Utilidad Neta 2011 – 2017 con y sin la aplicación del
incentivo tributario ..................................................................................................... 83
Tabla 42 Extracto de consultas vinculantes en relación al Art 9.1 del COPCI .......... 86
Tabla 43 Desembolsos del año 2016 .......................................................................... 88
Tabla 44 Requisitos para la aplicación de la deducción adicional por adquisición de
activos fijos para inversiones nuevas y productivas .................................................. 89
Tabla 45 Cuadro de análisis para la aplicación de la deducción adicional por
depreciación de activos fijos por expansión de planta de elaboración de bebida
energizante ................................................................................................................. 90
Tabla 46 Fecha de uso de la maquinaria .................................................................... 90
Tabla 47 Detalle de la adquisición los activos fijos ................................................... 91
Tabla 48 Depreciación de los activos fijos ................................................................. 92
XVI
Tabla 49 Conciliación Tributaria 2016 ...................................................................... 93
Tabla 50 Estado de Resultados Integrales 2016 ......................................................... 93
Tabla 51 Puntos claves derogados ............................................................................. 95
Tabla 52 Reducción consumo de energía ................................................................... 96
Tabla 53 Desembolsos para la construcción de panel solar ....................................... 97
Tabla 54 Requisitos para la aplicabilidad de la deducción del 100% adicional de
activos que generen energía renovable ...................................................................... 99
Tabla 55 Tabla de depreciación del panel solar ......................................................... 99
Tabla 56 Depreciación adicional por panel solar ..................................................... 100
Tabla 57 Conciliación tributaria 2017 ...................................................................... 100
Tabla 58 Estado de Resultados Integrales 2017 ....................................................... 101
Tabla 59 Venta estimada de unidades del producto ................................................. 101
Tabla 60 Desembolsos para la expansión de la planta de elaboración de cerveza y
malta. ............................................................................................................... 102
Tabla 61 Cuadro de análisis para la aplicación de deducción adicional por depreciación
de activos fijos por expansión de planta de elaboración de cerveza y malta ........... 103
Tabla 62 Condiciones del RLFP según la clasificación de las empresas de acuerdo al
RCOPCI ............................................................................................................ 106
Tabla 63 Variables para aplicación del beneficio de manera proporcional al valor de
las nuevas inversiones productivas (segunda modalidad) ........................................ 108
Tabla 64 Datos para la depreciación de los activos fijos para la expansión de la planta
de cerveza ............................................................................................................... 108
Tabla 65 Depreciación de los activos fijos adquiridos para la expansión de la planta de
cervezas ............................................................................................................... 109
Tabla 66 Fecha de adquisición y uso de los activos fijos ......................................... 109
Tabla 67 Costo y PVP para efecto del Estado de Resultados Integrales .................. 110
Tabla 68 Unidades estimadas de venta .................................................................... 110
Tabla 69 Movimiento de la cuenta Planta y Equipos ............................................... 110
Tabla 70 Cálculo tasa reducida de Impuesto a la Renta ........................................... 111
Tabla 71 Cálculo de la nueva tasa efectiva de Impuesto a la Renta ......................... 111
Tabla 72 Conciliación tributaria comparativa del 2018 ........................................... 111
Tabla 73 Estado de Resultados comparativo 2018 ................................................... 112
XVII
Tabla 74 Desembolsos en el diseño, desarrollo e implementación de nueva tecnología
........................................................................................................... 113
Tabla 75 Requisitos para la aplicación de la tarifa reducida por reinversión de
utilidades ............................................................................................................... 116
Tabla 76 Tabla de descripción de la aplicación de la fórmula para el cálculo del monto
máximo a reinvertir .................................................................................................. 116
Tabla 77 Cálculo Máximo a reinvertir ..................................................................... 116
Tabla 78 Conciliación tributaria comparativa 2019 ................................................. 117
Tabla 79 Estado de Resultados comparativo 2019 ................................................... 117
Tabla 80 Efecto Global de los incentivos ................................................................ 118
XVIII
Listado de Figuras
Figura 1. IED en el Ecuador 2009 – 2018. Adaptado de “Inversión Extranjera
Directa”, por Banco Central del Ecuador (2018). Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-
extranjera-directa.......................................................................................................... 9
Figura 2. IED en Colombia. Tomado de “Inversión Directa”, por Banco Central de
Colombia (2019). Recuperado de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-
directa ......................................................................................................................... 11
Figura 3. IED en Perú. Tomado de “Inversión Extranjera”, por Banco Central de
Reserva del Perú (2018). Recuperado de
http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa ...................................... 13
Figura 4. IED Comparativo. Adaptado de “Inversión Directa”, por Banco Central de
Colombia, 2019. Recuperado de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-
directa, “Inversión Extranjera”, por Banco Central de Reserva del Perú, 2018.
Recuperado de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa e
“Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-
extranjera-directa........................................................................................................ 14
Figura 5. Distribución de la IED 2018 en Ecuador. Tomado de “Inversión Extranjera
Directa" por Banco Central del Ecuador (2018). Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-
extranjera-directa........................................................................................................ 19
Figura 6. Política fiscal contractiva o restrictiva. Tomado de “La Política Fiscal (PF):
Objetivos de la PF y Naturaleza de la PF”, por T. Urenda (2015). Recuperado de
https://slideplayer.es/slide/3896114/ .......................................................................... 21
Figura 7. Incremento de la demanda por inversión. Tomado de “Macroeconomía:
Teoría y Políticas”, por J. De Gregorio (2007) p. 98. Chile, Santiago de Chile: Pearson.
.................................................................................................................................... 22
Figura 8. Equilibrio de la inversión. Tomado de “Macroeconomía”, por J. De Gregorio
(2007) p. 111. Chile, Santiago de Chile: Pearson. ..................................................... 23
XIX
Figura 9. Tipos de inversiones. Tomado del “Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones”, por Asamblea Nacional del Ecuador , 2010, p.2. Ecuador,
Quito: Of. No. SAN-010-2038. .................................................................................. 27
Figura 10. Clasificación de incentivos tributarios según el COPCI Adaptado del
“Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones”, por Asamblea Nacional
del Ecuador (2010) pp.12-13. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038. .................. 29
Figura 11. Sectores prioritarios del Estado. Tomado de "Ley de Régimen Tributario
Interno", por Asamblea Nacional del Ecuador (2004) p. 13. Ecuador, Quito: S.R.O.
206. ............................................................................................................................. 31
Figura 12. Sectores considerados como industrias básicas. Tomado del “Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones” por Asamblea Nacional del
Ecuador (2010) p. 40. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038. .............................. 32
Figura 13. Las mayores 500 empresas década de los 90s. Tomado de “La
competitividad internacional y el desarrollo nacional: implicancias para la política de
Inversión Extranjera Directa (IED) en América Latina”, por M. Mortimore, S. Vergara
y J. Katz, 2001, p. 14. Chile, Santiago de Chile: Naciones Unidas. .......................... 37
Figura 14. Ventas de las empresas manufactureras en la década de los 90s. Tomado
de “La competitividad internacional y el desarrollo nacional: implicancias para la
política de Inversión Extranjera Directa (IED) en América Latina”, por M. Mortimore
et al., 2001, p. 17. Chile, Santiago de Chile: Naciones Unidas. ................................ 38
Figura 15. Estrategias de las empresas internacionales en la década de los 90s. Tomado
de “La competitividad internacional y el desarrollo nacional: implicancias para la
política de Inversión Extranjera Directa (IED) en América Latina”, por M. Mortimore
et al., 2001, p. 23. Chile, Santiago de Chile: Naciones Unidas. ................................ 39
Figura 16. IED en países en desarrollo. Tomado de “Inversión Extranjera Directa en
Colombia: Evolución reciente y marco normativo”, por A. Garavito et al. (2012) p.
15. Colombia: Banco de la República de Colombia .................................................. 40
Figura 17. Comportamiento mundial de la IED. Tomado de “Inversión Extranjera
Directa en Colombia: Evolución reciente y marco normativo”, por A. Garavito et al.
(2012) p. 19. Colombia: Banco de la República de Colombia................................... 41
Figura 18. Comportamiento de la IED en Ecuador 2010 – 2014. Tomado de “Análisis
de los mecanismos de regulación y promoción de la Inversión Extranjera Directa (IED)
XX
en Ecuador”, por V. Gutman et al., (2016) p. 16. Washington D.C.: Banco
Interamericano de Desarrollo. .................................................................................... 42
Figura 19. Indicadores Doing Business 2015. Tomado de “Indicadores económicos”,
por Banco Mundial (2015) p. 51. En V. Gutman et al., (2016) “Análisis de los
mecanismos de regulación y promoción de la Inversión Extranjera Directa (IED) en
Ecuador” Washington D.C.: Banco Interamericano de Desarrollo............................ 46
Figura 20. Sectores priorizados del Ecuador. Adaptado del “Reglamento al Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones”, por Asamblea Nacional del
Ecuador, 2011, p. 6-7. Ecuador, Quito: Oficio No. SAN-2011-450. ......................... 49
Figura 21. Perspectiva de crecimiento del PIB en Ecuador. Tomado de “Cifras
Macroeconómicas del Ecuador”, por Cámara de Comercio de Guayaquil (2019) p. 3.
.................................................................................................................................... 55
Figura 22. Comparación de crecimiento del PIB. Tomado de “Cifras
Macroeconómicas del Ecuador”, por Cámara de Comercio de Guayaquil, 2019, p. 5.
.................................................................................................................................... 56
Figura 23. Relación IED y PIB. Tomado de “Cifras Macroeconómicas del Ecuador”,
por Cámara de Comercio de Guayaquil, 2019, p. 7. .................................................. 57
Figura 24. IED/PIB en Latinoamérica y el Caribe. Tomado de (Cámara de Comercio
de Guayaquil, 2019). .................................................................................................. 57
Figura 25. Recaudación de Tributos 2018. Adaptado de “Conformación de los Grupos
Económicos y su Comportamiento Tributario 2016 – 2017”, por Servicio de Rentas
Internas, 2017, p.1. Recuperado de https://www.sri.gob.ec/web/guest/grupos-
economicos1 ............................................................................................................... 58
Figura 26. Cerveza tradicional. ................................................................................. 66
Figura 27. Proceso de elaboración de malta.............................................................. 68
Figura 28. Proceso de purificación de agua .............................................................. 69
XXI
Listado de Apéndices
Apéndice A ....................................................................................................................
Apéndice B ....................................................................................................................
XXII
Resumen
El presente trabajo de investigación se orientó a la evaluación de los incentivos
tributarios que se establecen en la Ley de Fomento Productivo, Atracción de
Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal, publicada en
agosto del 2018 y en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
(COPCI), que entró en vigencia en el 2010, en el sector industrial de la provincia del
Guayas con relación a las facilidades que se mencionan en estas normativas respecto
a la inversión, tanto nacional como extranjera.
La Ley de Fomento Productivo es una normativa que entró en vigencia el 20
de agosto del 2018, la cual establece una serie de beneficios para la generación de
empleo; el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas; el desarrollo
de viviendas de interés social; el sector turístico, privado y productivo; entre uno de
los principales incentivos se encuentra la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) y
el anticipo correspondiente al IR hasta por 15 años para las nuevas inversiones que
realicen las sociedades, tanto las nuevas como las que ya se encuentran constituidas;
la devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en la adquisición de materia
prima, bienes de capital, insumos y demás bienes extranjeros, es otro de los incentivos
que se decretan en esta Ley, lo cual beneficia directamente al sector productivo.
Otra de las normativas que fomenta las inversiones en Ecuador es el COPCI,
el cual a partir del 29 de diciembre del 2010 disminuyeron los aranceles e impuestos,
lo que facilitó el financiamiento de las micro y medianas empresas del sector
productivo de Ecuador, este código se modificó en el presente año, 2019, por la Ley
mencionada en el párrafo anterior. El COPCI también estableció la creación de la Zona
Económica de Desarrollo Especial (ZEDE), proyecto dirigido a las transferencias
tecnológicas.
Palabras claves. Inversión, Incentivo Tributario, Exoneración de Impuesto a la
Renta, Sectores Prioritarios, Planificación Tributaria.
2
Introducción
El presente trabajo de investigación se orienta a una evaluación de los
principales incentivos tributarios establecidos en el Código de la Producción,
Comercio e Inversiones (COPCI en adelante) publicada en el S.R.O. 351 del 29-Dic-
2010 y la Ley para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de
Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal (LFP en adelante), publicada en el S.R.O. 309
del 21-Ago_2018,aplicables en varios sectores económicos del Ecuador y que se
relacionan principalmente con los requisitos, implementación, ejecución y
seguimiento a las distintas modalidades de inversión, provenientes de capitales
nacionales y extranjeros, atribuibles tanto para el sector industrial como en otros
sectores económicos, que son de índole prioritario para el desarrollo del estado
ecuatoriano.
Dichas normativas fueron establecidas como resultado de una evaluación a la
política fiscal del Ecuador, en el cual incluyó entre sus objetivos principales: (a) la
fabricación nacional, (b) la producción y competencia sistémica, (c) la acumulación
de la compresión científica y tecnológica, (d) la inclusión importante en la economía
mundial y (e) las acciones productoras adicionales en la integración regional, así como
también como respuesta a las atribuciones conferidas conforme al Plan Nacional para
el buen vivir dispuestas por la Secretaria Nacional de Planificación, en cuyos
indicadores de migración, desempleo y pobreza se establecieron medidas que
conduzcan a una reactivación a la producción y generación de empleo, las cuales
confluyeron a una democratización de los sectores de producción, es así que dicho
Código se fundamentó principalmente en definir cuatro clases de incentivos fiscales a
saber (a) generales, (b) sectoriales y para el desarrollo equitativo, (c) para zonas
deprimidas, y (d) para proyectos públicos ejecutadas en asociación público-privada.
En lo que concierne a las disposiciones establecidas en la LFP, dicha Ley surge
como una respuesta a la dinamización de la economía, a fomentar la inversión y el
empleo, así como la sostenibilidad fiscal de largo plazo, a través de un ajuste en el
marco jurídico que determine la actividad económica, financiera y productiva en el
país, a fin de garantizar la certidumbre y seguridad jurídica, es así que dicha normativa
consta de cinco capítulos a saber: (a) Régimen de remisiones y direcciones, (b)
Incentivos específicos para la atracción de inversiones privadas, (c) Viviendas de
3
interés social, (d) Reformas a distintos cuerpos legales y (f) disposiciones
interpretativas. Para ello, el presente trabajo de titulación plantea efectuar una
evaluación de los incentivos tributarios dispuestos en ambas normativas, enfocándose
principalmente en (a) las exenciones tributarias en materia de impuesto a la renta, (b)
impuesto a la salida de divisas y (c) sus impuestos al comercio exterior, que propician
un marco jurídico adecuado para el desarrollo de nuevas inversiones productivas, así
como también la evaluación de escenarios y la cuantificación de sus impactos
financieros en el sector industrial, que es el sector donde se focaliza las mayores
inversiones en el Ecuador
Antecedentes
En la última década, el fomento de inversiones productivas ha tenido como
principal marco jurídico de su aplicación y desarrollo, las disposiciones establecidas
en el COPCI vigente para su aplicación a partir del ejercicio económico 2011, y la
LFP, cuya vigencia se encuentra establecida para un tiempo de ejecución de la
inversión en un término de dos años a partir del 22 de agosto del 2018.
Perspectiva del COPCI.
De conformidad a lo establecido en el Art4. de dicho cuerpo legal vigente a
época, los principales fines que propiciaron su promulgación fueron, entre otros, las
siguientes (a) Transformación de la Matriz Productiva, con mayor valor agregado y
potenciación de servicios, basada en el conocimiento e innovación, (b)
Democratización al acceso a factores de producción con énfasis, a las micro, medianas
y pequeñas empresas y la economía popular y solidaria, (c) Estímulo a la productividad
ecuatoriana, la actividad comercial y consumo de bienes y servicios, (d) Fomento para
crear fuentes de trabajo digno y de calidad, (e) Controlar la inversión productiva en los
sectores importantes de la economía de conformidad al Plan de Desarrollo del Buen
Vivir, (f) Promover el desarrollo productivo del país, (g) Fomentar y diversificar las
exportaciones, (h) Promoción del desarrollo productivo del país mediante un enfoque
de competitividad sistémica, (i) Facilitación de las actividades de comercio exterior,
(COPCI, 2010, p. 9).
El COPCI se fundamenta en seis libros, los cuales se encuentran orientados a
los siguientes contenidos: (a) E el desarrollo productivo, los mecanismos y órganos de
competencia; (b) el desarrollo de la inversión productiva y de sus instrumentos; (c)
4
Del comercio exterior, sus órganos de control e instrumentos, (d) De la competitividad
sistémica y de la Facultad aduanera, (e) facilitar el proceso aduanero y, (f) mantener
la sostenibilidad de la producción y su relación con el ecosistema (COPCI, 2010).
Durante mayo, 2011 se publicó el Reglamento al Título Facilitación Aduanera
del Código de la Producción, donde se mencionaron reglas en lo que respecta al Libro
V del COPCI, referente a la facilitación de los procesos aduaneros, tales como los
medios de pago, las facilidades de pago, la acción coactiva para recaudar valores,
también se mencionan ciertas exenciones, en especial para las personas con capacidad
limitada (RCOPCI, 2011).
Durante enero del 2013, se publicó la Resolución Ministerial dos “Parámetros
en Contratos de Inversión, Ministerio de Coordinación de Producción”, donde se
señaló una serie de parámetros para realizar una inversión, entre las cuales se
establecieron criterios, monto de la inversión, número promedio de empleados de un
sector, el monitoreo y cumplimiento de la inversión y las disposiciones legales a las
cuales debe regirse una inversión (Consejo Sectorial de la Producción, Comercio e
Inversiones, 2013).
El Reglamento a la disposición transitoria 11 del Código de la Producción,
obtuvo su última modificación el 13 de julio del 2018, la cual tiene como objeto regular
disposiciones sobre las mercancías retenidas que se encuentran en el Servicio Nacional
de Aduana del Ecuador (SENAE), indicando el tratamiento que se le dará y las
funciones que tendrán la Junta de Subastas Públicas.
En el período de febrero del 2019, se publicó la Ley Reformatoria al Código
de la Producción y Ley de Solidaridad, en la cual se agregó al Libro Segundo del
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, un Título Quinto,
denominado Polos de Desarrollo. Además, se agregaron artículos que guardan relación
con la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la
Reconstrucción y Reactivación de los sectores afectados por el desastre natural
ocurrido el 16 de abril de 2016.
5
Perspectiva de la LFP.
La LFP presentada en mayo del 2018 por el Presidente de la República
Nacional y aprobada el 21 de agosto del 2018 mediante S.R.O 309, establece varios
considerandos con el propósito de mejorar la economía del país, fomentando las
inversiones donde se indica un beneficio a largo plazo; sin embargo, a raíz de su
presentación hubieron distintos puntos de vistas por diversos analistas económicos,
donde uno de ellos mencionó que no era suficiente incentivar la inversión, también es
importante que los recursos destinados tanto al sector público como privado deben ser
asignados correctamente. Dentro de los temas principales que se mencionan en esta
Ley se los detalla en la tabla 1 de acuerdo con la LFP (2018).
Tabla 1
Incentivos Tributarios según la LFP
Incentivo Propósito
Remisión de intereses, multas
y recargos de obligaciones
tributarias, fiscales y
aduaneras
Exoneración hasta el 100% de multas e
intereses, otras obligaciones pendientes con el
SRI, ANT, los GADs y demás instituciones.
Remisión de intereses, multas
y recargos de mora con el
IESS
Todas las personas que tengan mora con el
IESS pueden acceder a un descuento de la
deuda hasta del 99%.
Incentivos para la atracción de
inversiones privadas
Exoneración del IR hasta por 10 años.
Exoneración del ISD para inversiones nuevas
con contrato de inversión.
Exoneración del IR para inversiones del sector
industrial hasta por 15 años.
Reforma al COPCI Se autorizó el establecimiento de una ZEDE
para fomentar el turismo.
Reforma a la Ley de
Solidaridad
Fomentar la reactivación de las zonas afectadas
por el fenómeno natural del 16 de abril del 2016
Reforma al Código de
Planificación y Finanzas
Públicas
Se busca fomentar el equilibrio fiscal.
Nota. Adaptado de la “Ley de Fomento Productivo”, por Asamblea Nacional del Ecuador, 2018, pp.
11-45. Ecuador, Quito: Oficio No. SAN-2018-1358.
En adición detallado a lo indicado en la Tabla 1, la LFP busca la apertura a
nuevas inversiones, de manera que aumentan los beneficios para las empresas
privadas, lo que genera una mayor oferta laboral a corto, mediano y largo plazo,
6
además de aquello en el largo plazo existen grandes posibilidades de un aumento en el
nivel de consumo y de producción.
Por lo consiguiente se publicó el Reglamento a la LFP (RALFP) con S.R.O
392 el 20-Dic-2018, el cual consta de 14 libros, entre los que se destacan los referentes
a incentivos tributarios para las empresas privadas y los diversos cambios en las Leyes
fiscales. En la tabla 2 se detalla cada uno de los capítulos que constan en dicho
Reglamento.
Tabla 2
Detalle RALFP
Cap. Detalle
1 Incentivos específicos para la atracción de inversiones privadas
2 Criterios de transparencia y sustancia económica
3 Del fondo de garantías para el fomento productivo del sector de la economía
popular y solidaria
4 Reformas al Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario
Interno
5 Reformas al Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de
Divisas
6 Reglamento General para la Aplicación del Impuesto Anual a los Vehículos
Motorizados
7 Reformas al Reglamento General de la Ley de Minería
8 Reformas a la normativa de Estructuras e Institucionalidad de Desarrollo
Productivo.
9 Reformas al Reglamento para la Aplicación de la Ley de Registro Único de
Contribuyentes, RUC
10 Reformas al reglamento de la Ley Orgánica de Movilidad Humana
11 Reformas al Reglamento de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del
Libro V del COPCI.
12 Reformas al Reglamento General de Aplicación de la Ley de Turismo
13 Reforma al Reglamento General de Aplicación de la Ley Orgánica de
Incentivos Públicos-Privados y la Inversión Extranjera
14 Reformas al Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas Nota. Adaptado del “Reglamento a la Ley de Fomento Productivo", por Asamblea Nacional del
Ecuador, 2018, pp. 16-48. Ecuador, Quito: S.R.O. 392.
Problemática
La Inversión Extranjera Directa (IED), es aquella que se realiza con el objetivo
de establecer vínculos duraderos para generar beneficios económicos y empresariales
de largo plazo entre distintos países, en consecuencia se la denomina extranjera porque
7
los recursos provienen de una fuente externa (país inversionista) hacia el destinatario
(país receptor) (Mortimore, Vergara, & Katz, 2001). A su vez puede tener un impacto
positivo indirecto sobre el crecimiento mediante su impacto en el país. Así tenemos
que de acuerdo con lo establecido durante el periodo 2009 – 2018, la IED en el Ecuador
ha manifestado la siguiente tendencia, como se muestra en la siguiente tabla.
Tabla 3
Tendencia IED por actividad económica 2009 –2013 en Ecuador en millones de
dólares
Actividad económica 2009 2010 2011 2012 2013
Agricultura 52 11 0 18 21
Comercio 84 94 78 83 110
Construcción (13) 28 51 32 69
Electricidad 3 (6) (11) 46 29
Explotación 6 178 379 225 253
Manufactura 118 120 122 136 138
Servicios sociales 18 23 28 2 (2)
Servicios prestados (23) 68 45 39 118
Transporte 64 (350) (47) (13) (9)
Total 309 166 644 567 727 Nota. Tomado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
Como se observa en la tabla 3 a partir del 2011 en Ecuador, la IED tuvo un
incremento importante en la economía del país, donde se visualiza un mayor aporte de
recursos en el sector de explotación de minas y canteras, el sector de industria
manufacturera y el sector comercial, de esa misma manera se presentó la distribución
de la IED en los años posteriores hasta el 2013. Los sectores económicos menos
beneficiados por la IED son el de Transporte y Servicios sociales y en el 2013 más
bien hubo una desinversión. Esto indica que la la IED no ingresa a todos los sectores
del país.
En la siguiente tabla se muestra el comportamiento de la IED por el periodo
2014 – 2018, donde se aprecian cambios en lo que respecta al 2016, 2017 y 2018,
puesto que la distribución de la IED en lo que concierne a los sectores de manufactura,
explotación y comercio, hubo variaciones considerables, lo cual se debe a los cambios
originados por la emisión de las distintas reformas que se enlistan en la Tabla 2 del
8
presente documento. Estas reformas que se han presentado han originado variaciones
en el comportamiento de la IED según las publicaciones del Banco Central del Ecuador
(2018).
Tabla 4
Tendencia IED por actividad económica 2014 – 2018 en Ecuador en millones de
dólares
Actividad económica 2014 2015 2016 2017 2018
Agricultura 39 68 42 125 59
Comercio 149 173 122 102 183
Construcción 5 7 30 59 87
Electricidad (5) 62 1 2 3
Explotación 686 560 463 68 742
Manufactura 108 264 38 144 103
Servicios sociales 14 (11) (2) (4) (2)
Servicios prestados 24 244 33 75 187
Transporte (247) (44) 40 47 39
Total 772 1.322 767 618 1.401 Nota. Tomado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
Como se observa en la tabla 4, durante el 2014 y 2015 los sectores que tuvieron
más inversiones provenientes del exterior corresponden al de explotación de
minerales, el de manufactura y el comercial, al igual que el periodo comprendido desde
el 2008 hasta el 2013. En el 2016 disminuyeron las inversiones extranjeras para el
sector manufacturero; sin embargo, durante el 2017, las industrias manufactureras
recibieron más recursos junto al sector agricultor y comercial. En el 2018 fueron cuatro
los sectores que lideraron la lista que publica el BCE año a año en lo que concierne a
IED, los cuales son: (a) explotación de minerales, (b) servicios prestados a empresas,
(c) comercial y (d) manufacturero.
9
Figura 1. IED en el Ecuador 2009 – 2018. Adaptado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco
Central del Ecuador (2018). Recuperado de https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-
inversi%C3%B3n-extranjera-directa.
En la figura 1 se muestra el comportamiento que ha tenido la IED en Ecuador
durante el periodo 2009 - 2018, donde se constata un aumento de la IED en el 2011,
año posterior a la fecha de publicación del COPCI, lo que indica que este estatuto
aceptado por la Asamblea Nacional del Ecuador logró incentivar el ingreso de capital
extranjero al país, luego se puede ver que en el 2018 la IED llegó a su punto más alto,
lo cual se relaciona con la emisión de la LFP, esta normativa se emitió en el mismo
año.
Tabla 5
Operatividad de la IED en el Ecuador 2009 – 2013 en millones de dólares
Transacción 2009 2010 2011 2012 2013
IED En el país 309 166 644 567 727
Acciones y otras participaciones de capital 278 265 252 227 424
Activos frente a inversionistas directos
Pasivos frente a inversionistas directos 278 265 252 227 424
Utilidades reinvertidas 256 213 328 301 310
Otro capital (225) (312) 64 40 (7)
Activos frente a inversionistas directos
Pasivos frente a inversionistas directos (225) (312) 64 40 (7) Nota. Tomado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
En la Tabla 5 se muestra la forma de operación de la IED en Ecuador. Por el
periodo 2009 – 2013 se aprecia que la IED que ingresa al país es por préstamos al
309
166
644
567
727
772
1.322
767
618
1.401
-
200
400
600
800
1.000
1.200
1.400
1.600
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Mil
lones
de
Dó
lare
sIED EN EL ECUADOR
10
exterior y la reinversión de utilidades, mientras que por otro capital existe
desinversión. Por este periodo se observa una IED en crecimiento, tanto por la
participación de acciones como por la reinversión de utilidades, para las cuales en el
2019 se establecen incentivos con el propósito que dicha reinversión incremente
continuamente.
Tabla 6
Operatividad de la IED en el Ecuador 2014 – 2018 en millones de dólares
Transacción 2014 2015 2016 2017 2018
IED En el país 772 1.322 767 618 1.401
Acciones y otras participaciones de capital 848 985 679 521 470
Activos frente a inversionistas directos
Pasivos frente a inversionistas directos 848 985 679 521 470
Utilidades reinvertidas 314 287 200 161 232
Otro capital (390) 51 (112) (63) 699
Activos frente a inversionistas directos
Pasivos frente a inversionistas directos (390) 51 (112) (63) 699 Nota. Tomado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
En la Tabla 6 se indica la forma de operación de la IED en Ecuador por el
periodo 2014 – 2018. En este periodo se visualiza que el ingreso de la IED en su
mayoría es por las participaciones de capital extranjero, aunque en el 2018 hubo un
aumento de la IED en lo que concierne a otro capital internacional, e incluso es mucho
más significativo en comparación a la participación de acciones y la reinversión de
utilidades. Este aumento de IED se lo relaciona con la emisión de la LFP de diciembre
del 2018.
En las últimas tres décadas la IED de Colombia se ha mantenido en constante
crecimiento, la IED entre el periodo 1980 y 1992 tuvo niveles bajos en los sectores de
explotación petrolera y minera, y en el sector industrial, esto tiene relación con la Ley
444 de 1967 hasta el Decreto 1265 de 1988, donde se restringe la entrada del acervo
de capital y en el Decreto Ley 1900 de 1973 impide la inversión a varios sectores de
la economía colombiana (Garavito, Iregui, & Ramírez, 2012).
11
Figura 2. IED en Colombia. Tomado de “Inversión Directa”, por Banco Central de Colombia (2019).
Recuperado de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa
En la Figura 2 se aprecia la tendencia de la IED en Colombia durante el periodo
2009 – 2018, donde se observa que durante el periodo 2011 – 2014 se mantuvo en
constante crecimiento, en el 2010, 2015 y 2018 presentó una caída de los flujos de la
IED, lo que indica que el comportamiento de la inversión extranjera en el país vecino
es variable. En comparación con la IED de Ecuador por el mismo periodo, la IED de
Colombia se encuentra en mayor grado de competitividad.
Tabla 7
IED en Colombia 2009 – 2013 en millones de dólares
Transacción 2009 2010 2011 2012 2013
IED en Colombia 8.034 6.430 14.647 15.039 16.209
Sector Petrolero 2.637 3.080 4.700 5.471 5.112
Agricultura 20 58 156 26 293
Minas y Canteras 3.014 1.838 2.480 2.474 2.977
Manufactureras 1.364 210 1.214 1.985 2.365
Electricidad (991) 43 381 672 394
Construcción 273 302 444 401 358
Comercio, 578 221 2.546 1.339 1.286
Transportes, 340 (356) 1.760 1.245 1.490
Servicios 710 916 1.160 1.077 1.606
Servicios sociales 87 118 (194) 349 329 Nota. Tomado de “Inversión Directa”, por Banco Central de Colombia, 2019. Recuperado de
http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa
8.035
6.430
14.647
15.039
16.209
16.167
11.723
13.850 13.836
11.352
-
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
14.000
16.000
18.000
2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018
Mil
lon
es d
e d
óla
res
IED EN COLOMBIA
12
En la Tabla 7 se observa la distribución de la IED en Colombia por el periodo
2009 – 2013. Los sectores a donde ingresa mayormente la IED es el petrolero, el de
explotación de minas y canteras y el de manufactura. Esta tendencia es similar a lo que
se indicó en la Tabla 3, puesto que en Ecuador el principal sector económico donde
ingresa la IED es el de explotación de minas y canteras, a pesar de ello, coincide el
sector manufacturero tanto en Colombia como en Ecuador ser uno de los más
beneficiados por la IED.
Tabla 8
IED en Colombia 2014 – 2018 en millones de dólares
Actividad económica 2014 2015 2016 2017 2018
Sector Petrolero 4.732 2.502 2.386 3.106 2.537
Agricultura 202 211 299 238 214
Minas y Canteras 1.582 638 (125) 960 1.690
Manufactureras 2.967 2.661 1.839 2.532 1.119
Electricidad 463 274 3.620 470 64
Construcción 648 693 620 293 669
Comercio 807 1.672 903 824 1.264
Transportes 2.112 747 1.495 3.394 1.482
Servicios 2.478 2.096 2.461 1.631 1.947
Servicios sociales 175 229 353 387 366
Total 16.167 11.723 13.850 13.836 11.352 Nota. Tomado de “Inversión Directa”, por Banco Central de Colombia, 2019. Recuperado de
http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa
En la Tabla 8 se observa el comportamiento que tuvo la IED en Colombia por
el periodo 2014 – 2018 en millones de dólares. Los sectores donde más ingresa la IED
son: (a) sector petrolero, (b) sector de servicios prestados a empresas y (c) la industria
manufacturera. En relación con la IED de Ecuador donde uno de los sectores donde
mayormente ingresa la inversión externa es el sector manufacturero, lo cual ocasiona
un aporte significativo al comportamiento económico entre ambos países.
En el último período se ha visto un acelerado desarrollo de los flujos de capital
en el planeta. Desde la década de los 80s, el progreso de la IED fue más significativo
que el crecimiento del producto y el comercio internacional (Araoz, Casas, & Noriega,
2002). Según los autores (2002) señalan que:
13
Poco menos del 30% de los flujos de IED han sido destinados al mundo en
desarrollo. Sin embargo, cabe destacar que si se comparan con los flujos de la
década de los ochenta, las tasas de crecimiento de los flujos de capital hacia
estas naciones han sido significativas: 22.5% en promedio hasta 1997, seguida
luego por un retroceso, a raíz de la crisis asiática, dado que el Asia había estado
captando la mayor parte de los flujos de IED del mundo en desarrollo. (p. 12)
Figura 3. IED en Perú. Tomado de “Inversión Extranjera”, por Banco Central de Reserva del Perú
(2018). Recuperado de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa
Como se muestra en la figura 3, el comportamiento de la IED en Perú a partir
del 2012 ha venido en descenso y en el 2018 tuvo un pequeño aumento, también se
ilustra que el punto más alto fue en el 2011, lo cual indica que los flujos de la IED en
Perú son constantemente decrecientes. A pesar de poseer una mejor economía que
Ecuador, la tendencia de la IED es decreciente, sin embargo, los niveles de inversión
de Perú son más altos que los de Ecuador.
En la Tabla 9 se muestra la IED de Perú en millones de dólares, donde se
aprecia que en el año 2012 hubo un mayor ingreso de la IED, lo cual guarda relación
con la Figura 3, donde se divisa el índice más alto de inversión en el 2012. En los
últimos tres años el ingreso de inversión no ha presentado cambios significativos. En
ese mismo período, conforme a la Tabla 5 y 6, Ecuador presentó un incremento
6.431
8.455
7.665
11.918
9.298 7.885
8.272 6.863
6.100
6.109
-
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
14.000
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
IED en Perú
14
importante para la economía del país, sin embargo, esto no supera los niveles de
inversión de Perú.
Tabla 9
IED en Perú 2009 - 2018
Años IED en Perú
2009 6.431
2010 8.455
2011 7.665
2012 11.918
2013 9.298
2014 7.885
2015 8.272
2016 6.863
2017 6.100
2018 6.109
Nota. Tomado de “Inversión Extranjera”, por Banco Central de Reserva del Perú, 2018. Recuperado
de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa
Figura 4. IED Comparativo. Adaptado de “Inversión Directa”, por Banco Central de Colombia, 2019.
Recuperado de http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa, “Inversión Extranjera”, por
Banco Central de Reserva del Perú, 2018. Recuperado de
http://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/inversion-directa e “Inversión Extranjera Directa”, por Banco
Central del Ecuador, 2018. Recuperado de https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-
inversi%C3%B3n-extranjera-directa.
309 166
644 567 727 772 1.322 767 618 1.401
8.035
6.430
14.647 15.039
16.209
16.167
11.723 13.850
13.836
11.352
6.431
8.455
7.665
11.918
9.298 7.885
8.272 6.863
6.100
6.109
-
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
14.000
16.000
18.000
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
IED COMPARATIVO
IED EN ECUADOR IED EN COLOMBIA IED EN PERÚ
15
Como se puede observar en la Figura 4, Ecuador es un país que, a pesar de
haber demostrado un incremento en la IED en los últimos años. En contraste con países
como Colombia y Perú, dichos países han captado más inversiones a comparación con
Ecuador. Esta tendencia ocasiona que Ecuador sea menos competitivo en el mercado
internacional y por ende genera menos movimiento de la economía y menor ingreso
de la IED.
Por tanto, el COPCI y la LFP al ser disposiciones vigentes en el marco jurídico
aplicable desde el 2010 y siguientes, hemos evidenciado que las mismas no han tenido
el mismo impacto que la de nuestros países vecinos, como lo es Colombia y Perú.
Situación que puede motivarse por dos aspectos importantes: (a) Las continuas
reformas tributarias que se han emitido en los últimos diez años, las cuales implicaron
una serie de modificaciones y cambios en otras normas tributarias ya existentes, por
tanto, es importante un adecuado involucramiento del sector empresarial y sociedad
en general para la correcta toma de decisiones, y (b) Falta de difusión y ejemplificación
de las normativas emitidas por la Asamblea Nacional Constituyente, con la finalidad
que los empresarios y la sociedad en general puedan tener claro los lineamientos a
seguir para la adopción de los distintos incentivos, de tal manera inadecuada aplicación
de las disposiciones y artículos establecidos en la Ley y Códigos antes referidos.
Tabla 10
Principales Reformas Tributarias Parte A
Reforma Tributaria Fecha de publicación
Ley Orgánica para el Equilibrio de las
Finanzas Públicas S.R.O. 744 del 29-Abril-2016
Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos
y a la Ley de Régimen Tributario Interno S.R.O. 244 de 27-Julio-2010
Ley de Fomento Ambiental y Optimización
de los Ingresos del Estado S.R.O. 583 de 24-Noviembre-2011
Ley Orgánica de Incentivos a la Producción
y Prevención del Fraude Fiscal S.R.O. 405 de 29-Diciembre-2014
Ley Orgánica de Incentivos para el Sector
Productivo S.R.O. 56 12-Agosto-2013
Nota. Adaptado de “Normativas Tributarias Ecuador”, por Asamblea Nacional del Ecuador, 2018, p. 1.
16
Tabla 11
Principales Reformas Tributarias Parte B
Reforma Tributaria Fecha de publicación
Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para
Varios Sectores Productivos S.R.O. 860 de 12-Octubre-2016
Ley de Fomento Productivo. S.R.O. 309 del 21-Ago_2018
Reglamento a la Ley de Fomento Productivo. S.R.O 392 de 20-Diciembre-2018
Ley Orgánica de las Personas Adultas
Mayores S.R.O 484 09-Mayo-2019
Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria
en el Ecuador S.R.O 847 10-Diciembre-2012
Nota. Adaptado de “Normativas Tributarias Ecuador”, por Asamblea Nacional del Ecuador, 2018, p. 1.
Cabe recalcar que los efectos antes mencionados, son ratificados en esencia por
la información que ha tabulado, identificado y analizado por el Ministerio de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca - MIPRO (2018) en su informe
anual denominado: Beneficios de la LFP, los cuales son: (a) Los bajos niveles de
investigación, desarrollo e innovación, (b) Baja productividad y competitividad de la
industria, (c) Débil encadenamiento productivo, (d) Baja inversión, rezago en
modernización y limitado acceso a financiamiento adecuado, (e) Débil articulación
pública privada y, (f) Limitado acceso a mercados (MIPRO, 2018).
Justificación
Tanto el COPCI como la LFP, corresponden a dos cuerpos legales que tienen
como finalidad el fomento al desarrollo de inversiones productivas en el Ecuador, por
tanto, el presente Trabajo de Titulación se justifica para aquellos empresarios y
sociedad en general que se encuentren interesados en conocer el ámbito de aplicación,
requisitos e implementación que deben cumplir las sociedades para acogerse a los
distintos incentivos tributarios. Por ende, se plantea diseñar guía de información que
aporte con el debido conocimiento en el cual las sociedades en general puedan conocer
una evaluación de los probables impactos en materia tributaria, al acogerse a las
distintas modalidades de Inversión planteadas para el efecto.
De acuerdo con un informe presentado por el Banco Central del Ecuador
(BCE), el sector industrial de manufactura ocupó el 7.35 % de participación de la
Inversión directa extranjera durante el ejercicio 2018, lo cual lo convierte en un
potencial objeto de estudio que sirve como referencia para el análisis de futuras
17
inversiones de dicho sector. “En el 2021, la producción industrial competitiva se
diversifica, diferencia y se inserta al mundo con bienes y servicios de mayor valor
agregado, promoviendo la asociatividad, inclusión e innovación generando empleo
sostenible y prosperidad” (Ministerio de Industrias y Productividad, 2018, p. 17). La
visión mencionada en dicho informe se evaluó mediante el análisis de escenarios, de
esa manera se mostró los beneficios que la LFP brinda actualmente al sector industrial.
Tabla 12
IED por actividad económica 2018
Rama de actividad económica IED 2018
Agricultura 59
Comercio 183
Construcción 87
Electricidad 3
Explotación 742
Manufactura 103
Servicios sociales (2)
Servicios prestados 187
Transporte 39
TOTAL 1.401 Nota. Adaptado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado
de https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
Este trabajo de titulación pretende aportar una evaluación de escenarios bajo
distintas modalidades de inversión en el sector industrial, que como lo mencionamos
precedentemente, al ocupar un porcentaje de inversiones importante en su aporte al
Producto Nacional Bruto (PNB), se requiere conocer un debido planteamiento de
escenarios y cuantificación de los mismos, por lo que al tratarse de una legislación
actual y vigente, le añade valor a su análisis puesto que, no existe una evidencia
actualizada en este tipo de investigaciones en el Ecuador, en el cual hayan tomado
como referencia, a la LFP .
Objetivos
General.
Evaluar escenarios de incentivos tributarios previstos en las leyes del segmento
productivo aplicados al sector industrial de la provincia del Guayas.
18
Específicos.
Analizar los cambios efectuados a causa de la publicación de la Ley de
Fomento Productivo con las normativas tributarias existentes.
Seleccionar los cambios que más impactan al sector industrial y sustentar por
qué se seleccionaron dichos cambios.
Realizar escenarios que demuestren el impacto causado en la IED producto de
la nueva normativa.
Efectuar escenarios que demuestren el impacto en las industrias por la
aplicación de las nuevas normativas que presente esta ley.
Analizar el impacto fiscal en las industrias manufactureras por la aplicación de
la nueva Ley de Fomento Productivo.
Preguntas de Investigación
¿Cómo beneficia La LFP a las empresas del sector industrial de la provincia
del Guayas?
¿Cuál es el impacto que causa la LFP a las empresas del sector industrial de la
provincia del Guayas?
¿Cuáles son los principales cambios que originó la aprobación de la LFP con
respecto a la inversión en el sector industrial manufacturero?
Alcance
En el presente trabajo se tomó como objeto de estudio el sector industrial
debido a que es uno de los más representativos en lo que respecta a las inversiones
extranjeras directas, también las industrias son una de las principales fuentes de
empleo debido al volumen de producto que fabrican, en consecuencia, se consideró al
sector industrial como un beneficiario directo de los incentivos tributarios que indica
la LFP. Adicional a lo ya referido es importante mencionar que el sector industrial
efectúa inversiones tanto nuevas como productivas, y el COPCI indica que productivo
es la fabricación de bienes y prestación de servicios con valor agregado, por esa razón,
el Trabajo de Titulación se lo realizó en torno al sector industrial manufacturero.
Limitación
Para el Trabajo de Titulación se consideraron las Leyes Tributarias establecidas
desde la fecha de publicación del COPCI, esto es desde el 29 de diciembre del 2010,
y la LFP, las cuales se encuentran vigentes durante el 2019, puesto que se tratan de
19
dos cuerpos legales que ponen de manifiesto el marco jurídico para la atracción de
inversiones en el Ecuador.
En lo que respecta al sector objeto de análisis, se considera al sector industrial
como uno de los sectores prioritarios para el desarrollo en el Ecuador, en razón que su
actividad se encuentra relacionada con la trasformación de materia prima en productos
de alto valor agregado. Es así que de acuerdo a los datos establecidos en el Banco
Central del Ecuador (BCE) la IED en el Ecuador se atribuye un 7 %.
Para efecto del Trabajo de Titulación se consideraron las siguientes
modalidades de inversión señaladas en el RCOPCI (2011), (a) La adquisición de
bienes muebles e inmuebles, (b) La reinversión de utilidades y (c) La inversión
productiva realizada por ecuatorianos domiciliados en el exterior mediante
financiamiento concedido por instituciones financieras extranjeras.
Figura 5. Distribución de la IED 2018 en Ecuador. Tomado de “Inversión Extranjera Directa" por
Banco Central del Ecuador (2018). Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
En la figura 5 se muestra la distribución de la IED en los distintos sectores
económicos de Ecuador por el año correspondiente 2018. Se aprecia que las
actividades productivas son las más representativas después de la explotación de
recursos naturales, como la agricultura, la construcción y la manufactura, obteniendo
en conjunto un 16 %, entre las actividades productivas la que más se destaca es la
industria manufacturera, puesto que del 16 % de la IED del sector industrial, las
industrias manufactureras poseen el 7 %, la constructora el 6 % y la agricultora el 4 %.
Agricultura4% Comercio
13%Construcción
6%
Electricidad0%
Explotación…
Manufactura7%
Servicios sociales0%
Servicios prestados14%
Transporte3%
IED 2018
Agricultura Comercio Construcción
Electricidad Explotación Manufactura
Servicios sociales Servicios prestados Transporte
20
Capítulo 1. Fundamentación Teórica
Marco Teórico
Política fiscal.
La política fiscal es la utilización por parte del gobierno de las variables
económicas como el gasto público y los impuestos con el propósito de influir en el
ámbito productivo, en el empleo y el modificar el nivel de precios de la economía de un
país determinado (De Gregorio, 2007). Según De Gregorio (2007) en su libro
Macroeconomía: Teorías y Políticas indica que el uso de una política fiscal para mejorar
el desempeño de la economía parte desde el año 1930 con la Teoría de Keynes. Urenda
(2015) indica que los objetivos de la política fiscal son: (a) ofrecer servicios, (b)
redistribuir la renta, (c) influir en la actividad económica para mantener un equilibrio
del empleo neto y de los precios.
En concordancia con Mankiw (2006) y De Gregorio (2007) al implementar una
política fiscal, esta puede ser de tipo contractivo o restrictivo y expansivo. A
continuación, se explica brevemente cómo funciona tanto la política fiscal contractiva y
la política fiscal expansiva, adicionalmente se describe el impacto que causa cada una
de las políticas ya mencionadas.
Política fiscal contractiva o restrictiva.
La política fiscal contractiva o restrictiva da como resultado un superávit fiscal,
lo que significa que el gasto público es menor que los ingresos obtenidos por actividades
fiscales; las posibles razones de llevar a cabo una política fiscal restrictiva son: (a)
disminuir el gasto público, de esa manera se reduce la demanda y por ende la
producción, (b) disminuir el gasto privado, para ello se opta por un incremento en los
impuestos, lo que a su vez origina una mayor recaudación de tributos, por ende causa
una reducción del consumo y de la demanda. Este tipo de política es recomendable
ejecutarla cuando se tiene conocimiento que la economía atraviesa una época altamente
expansiva y es indispensable frenarla para evitar un incremento en el nivel de los
precios, lo que se conoce como inflación (Samuelson & Nordhaus, 2001). En la
siguiente figura se expresa la disminución de la demanda agregada (DA) donde DA0 es
punto de inicio y DA1 es el propósito de la política fiscal contractiva.
21
Figura 6. Política fiscal contractiva o restrictiva. Tomado de “La Política Fiscal (PF): Objetivos de la
PF y Naturaleza de la PF”, por T. Urenda (2015). Recuperado de https://slideplayer.es/slide/3896114/
En la figura 6 se ilustra el movimiento de la DA en consecuencia del incremento
de los impuestos, como se puede observar al efectuarse un alza en los tributos, reduce
el consumo y la inversión, lo que a su vez causa una disminución del gasto público, la
curva de la DA se mueve hacia la izquierda lo que ocasiona que el Producto Interno
Bruto (PIB) y la Nueva Gestión Pública (NGP) decremente, al caer el PIB y la NGP,
disminuye el gasto público y por ende el empleo, esta situación permanece hasta que los
precios lleguen a un nuevo equilibrio.
Política fiscal expansiva.
A diferencia de la política fiscal contractiva, la expansiva genera un déficit fiscal,
lo que indica que los ingresos fiscales son menores a el gasto público, por tanto, el
gobierno tiene que buscar financiamiento, lo cual se conoce como deuda pública y/o
deuda externa. En este tipo de políticas por una parte se puede incrementar el nivel de
gasto público para incrementar la producción, lo cual aumenta el empleo, de manera que
el consumo se eleva y por ende la demanda se extiende; por otra parte, se puede ampliar
el gasto privado, esto se da al disminuir los tributos para incrementar los ingresos del
sector privado, lo cual ocasiona un aumento en el consumo de la sociedad y en la
22
inversión privada. El objetivo de aplicar políticas fiscales expansivas es estimular la
economía y generar empleo (Samuelson & Nordhaus, 2001).
Aumento de la demanda por inversión.
Suponiendo que existe un aumento en la inversión debido a proyectos nuevos se
concluyó que “a una misma tasa de interés, hay más proyectos que se desea realizar, por
eso los proyectos compiten por los fondos disponibles, lo que desplaza la inversión de
I1 a I2 y la tasa de interés sube de 𝑟1𝐴a 𝑟2
𝐴” (De Gregorio, 2007, p. 172).
Figura 7. Incremento de la demanda por inversión. Tomado de “Macroeconomía: Teoría y Políticas”,
por J. De Gregorio (2007) p. 98. Chile, Santiago de Chile: Pearson.
Este incremento en la demanda por inversión traslada a la derecha la curva de
inversión (I), en la figura 7 se ve como la curva I1 se convierte en I2, porque a una tasa
de interés (r) constante el aumento de la inversión es mucho mayor debido a que se
realizan más proyectos (De Gregorio, 2007). Si esta teoría se la relaciona con el ámbito
tributario, se comprende el porqué de los incentivos fiscales vigentes en las normativas
tratadas en este trabajo.
Incremento de la producción.
De Gregorio (2007) en su libro Macroeconomía: Política y Teorías menciona lo
siguiente con respecto al efecto que tiene el incremento de la producción en la inversión.
Tal como prevén las teorías de consumo, en respuesta a este aumento transitorio
de la productividad, el ahorro privado subirá, pues los hogares trataran de
23
suavizar el consumo ahorrando parte de este mayor ingreso. El desplazamiento
de la curva de ahorro conducirá a una baja de la tasa de interés de equilibrio, y
consecuentemente, la inversión de equilibrio también subirá. (p. 173)
Esto quiere decir que, si la producción es mayor, también aumenta la inversión,
este efecto puede ser por un lapso o permanente. En el caso de ser un aumento por un
periodo de tiempo el efecto de la inversión no es tan significativo, por tanto, no es
necesario una cantidad importante de capital en la economía. Por otra parte si el
incremento de la producción es permanente, la inversión estará en constante crecimiento
lo que ocasionará un aumento en la tasa de interés (De Gregorio, 2007).
En concordancia con De Gregorio (2007) plantea un modelo de dos periodos,
donde analiza una economía sin producción y una economía con producción e inversión,
esto lo hace con el propósito de justificar el equilibrio que existe entre la producción y
la inversión.
Según De Gregorio (2007).
La economía está compuesta por un individuo, que nace en el periodo 1 y recibe
una cantidad Y1 del único bien que hay en la economía y es perecible. Su último
periodo de vida es el periodo 2, en el cual recibe Y2 del mismo bien. El individuo
consume C1 y C2 en cada periodo (p. 175).
Figura 8. Equilibrio de la inversión. Tomado de “Macroeconomía”, por J. De Gregorio (2007) p. 111.
Chile, Santiago de Chile: Pearson.
24
El eje vertical de la figura 8 corresponde a la etapa 2 y el eje horizontal de la
misma figura, a la etapa 1. En cada una se ilustra el consumo e ingreso de cada etapa.
La persona tiene una fórmula de utilidad que se deriva del consumo C1 y C2, y en la
figura se encuentra representada la isoutilidad (método para tener óptimos resultados en
un análisis) que pasa por (Y1, Y2), el único punto sobre el cual debe pasar la restricción
presupuestaria (De Gregorio, 2007).
Gregorio (2007) indica que:
La tasa de interés de equilibrio debe ser tal que sea tangente a la isoutilidad en
ese punto. Si no fuera así, el individuo podría querer ahorrar o pedir prestado, lo
que en equilibrio no puede ocurrir, ya que habría exceso de demanda u oferta de
los bienes en cada período (p. 175).
Lo que quiere decir que si en la etapa 1, la tasa de interés (r) es alta, las personas
van a querer invertir y gastar menos lo que origina un aumento en la oferta, y si en la
etapa 2 la tasa de interés es más baja que la de la etapa 1, las personas querrán invertir
y consumir más, lo que produce un aumento del ingreso para las entidades y un aumento
en la demanda.
Marco Legal
Objeto del COPCI.
De acuerdo con lo que se establece en el Art. 3 del COPCI (2010) esta normativa
“tiene el propósito de ajustar el desarrollo productivo en las fases de productividad,
repartición, permuta, comercialización, gasto, administración de situaciones externas e
inversiones fructíferas encaminadas a la ejecución del Plan del Buen Vivir” (p. 4).
Además, busca incentivar la producción para la generación de empleo de calidad.
Fines del COPCI.
En lo que concierne al Art. 4 del COPCI se establecen los siguientes fines:
25
Tabla 13
Fines del COPCI
N° Fines
1 Transformar la Matriz Productiva.
2 Democratizar el acceso a los factores de producción.
3 Incentivar la productividad, comercialización y gasto de bienes y servicios.
4 Fomentar la creación de fuente de trabajo digno y de calidad.
5 Crear un sistema completo para innovar y emprender.
6 Garantizar los derechos de las personas, el uso bienes y servicios
7 Fomentar y controlar todos los tipos de inversiones privadas en actividades
de producción y en la prestación servicios.
8 Regular la inversión productiva en sectores estratégicos de la economía.
9 Promocionar el aprendizaje técnico y profesional.
10 Consolidar el control público.
11 Promover el desarrollo productivo del país.
12 Incentivar el progreso en la productividad de las áreas de menor desarrollo.
13 Instituir los compendios y los medios fundamentales de la coyuntura
internacional del manejo comercial de Ecuador.
14 Fomentar la renovación de importaciones estratégicamente.
15 Animar y divergir las exportaciones.
16 Proporcionar facilidades en las actividades de comercio exterior.
17 Impulsar las acciones de la economía popular, solidaria y comunitaria.
18 Acoger el enfoque de género y de inserción de capital.
19 Inducir los elementos que faciliten una comercialización equitativa y
actividades comerciales transparentes
20 Promover y ayudar la exploración técnica y científica Nota. Adaptado del “Código Orgánico de la Producción , Comercio e Inversiones”, por Asamblea
Nacional del Ecuador, 2010, p. 7. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038.
Actividad productiva.
En el Art. 2 del COPCI (2010) “se considera actividad productiva al proceso
mediante el cual la actividad humana transforma insumos en bienes y servicios lícitos,
socialmente necesarios ambientalmente sustentables, incluyendo actividades
comerciales y otras que generen valor agregado” (p. 4).
Órgano competente y atribuciones.
En el Art. 6 del COPCI se establece que el órgano público destinado a establecer
las políticas de desarrollo productivo y el fomento de las inversiones es el Consejo
Sectorial de la Producción, el cual consta con una Secretaría Técnica para lograr el
cumplimiento de las atribuciones que se enlistan en la siguiente tabla de acuerdo con el
COPCI y al Reglamento de Inversiones del Código Orgánico de la Producción.
26
Tabla 14
Atribuciones del Consejo Sectorial de Producción
N° Atribución
1 . Establecer las políticas de desarrollo productivo y fomento de la
inversión productiva a nivel nacional
2 Determinar las políticas de inversión, en concordancia con los objetivos, las
políticas y las estrategias de desarrollo nacional
3 Establecer y diseñar programas y proyectos que permitan fomentar el
desarrollo productivo de la Economía Popular, Solidaria y Comunitaria
4 Aprobar los lineamientos y conformación del registro único de MYPIMES
5
Aprobar la reglamentación necesaria para la conformación y el
funcionamiento del Consejo Consultivo de Desarrollo Productivo y
Comercio Exterior
6 Aprobar la prórroga de los contratos de inversión
7 Aprobar los criterios sobre los cuales se priorizará la migración de las
zonas francas existentes al nuevo esquema previsto en el Código
8 Aprobar el establecimiento de ZEDE, así como la normativa necesaria para
su correcto funcionamiento
9 Formar las medidas que habrán de efectuar las inversiones que requieran
sujetarse a las cláusulas de los contratos de inversión
10 Establecer los lineamientos para la formulación del plan estratégico
plurianual de promoción de inversiones
11 Impulsar los mecanismos necesarios para obtener y canalizar los recursos
financieros nacionales e internacionales
12 Expedir las resoluciones y actos administrativos para la ejecución y
desarrollo de las políticas
13 Solicitar y aprobar los informes técnicos requeridos por el Presidente de la
República
14 Integrar con sus miembros Comisiones Técnicas a las cuales les delegará
las funciones específicas que estime convenientes
15 Aplicar las sanciones a administradores u operadores de la ZEDE en el
ámbito de su competencia
16 Calificar e informar al SRI sobre el eventual caso fortuito o fuerza mayor
en los casos señalados en el artículo 33 del COPCI
17 Diseñar un plan de capacitación técnica que permita fomentar las
actividades de innovación y emprendimiento
18 Monitorear el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de
los inversionistas que hubieren firmado contratos de inversión
19 Conocer y resolver las apelaciones interpuestas por inversionistas
sancionados por la Secretaría Técnica
20 Resolver sobre todos los aspectos no contemplados en el presente
Reglamento que tengan directa relación con el ámbito productivo
21 Las demás determinadas en la Ley Nota. Adaptado del “Reglamento de Inversiones del Código Orgánico de la Producción", Asamblea
Nacional del Ecuador, 2011, p. 15. Ecuador, Quito: Oficio No. SAN-2011-450
27
Tipos de inversiones.
Conforme a lo que establece el Art. 13 del COPCI las inversiones se clasifican
en cuatro tipos, las cuales se detallan en la figura a continuación.
Figura 9. Tipos de inversiones. Tomado del “Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones”, por Asamblea Nacional del Ecuador , 2010, p.2. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038.
• Es la entrada y salidad de recursos previstos para la fabricación debienes y servicios, incrementar la productividad y generar trabajoen la ecnomía ecuatoriana.
Inversión Productiva
• Es el flujo de elementos designados a aumentar el los bienes decapital de la economía, por medio de una inversión eficaz enactivos productivos que permita agrandar la aptitud productivafutura, crear un más grande nivel de producción de bienes yservicios
Inversión Nueva
• Son los recursos que pertenecen o que están controlados porpersonas naturales o empresas extranjeras residentes en elextranjero, o que aporten recursos generados en un páis distinto aEcuador.
Inversión Extranjera
• Son los recursos de propiedad o que están bajo la responsabilidadde personas naturales o empresas ecuatorianas, o por extranjerosresidentes en Ecuador.
Inversión Nacional
28
Modalidades de Inversión.
Relacionado con el sector productivo el Reglamento al COPCI indica ciertas
modalidades de que contribuyen al sector económico ecuatoriano, las cuales se detallan
a continuación.
Tabla 15
Modalidades de inversión
N° Modalidad de inversión
1 La intervención en los fondos de una empresa nueva o existente
2 La compra de, acciones, cuotas sociales, o cualquier otra similar, que
representen remuneraciones sobre el capital de una empresa
3
La compra de acciones en patrimonios exentos compuestos mediante contrato
mercantil, apropiadamente inscrito, como régimen para realizar una acción
económica
4 Los certificados de aportación expuestos a efecto de un procedimiento de
titularización, ya sea público o privado
5 La compra de bienes inmuebles y muebles tangibles
6 Los derechos pactados por contratos
7 Los derechos conferidos por la ley
8 La adquisición de tecnología intangible
9 La reinversión a través de la capitalización de utilidades y reservas
10 La inversión productiva por residentes fiscales ecuatorianos en el extranjero
mediante financiamiento otorgado por instituciones financieras extranjeras Nota. Adaptado del “Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones”, por
Asamblea Nacional del Ecuador, 2011, p. 7. Ecuador, Quito: Oficio No. SAN-2011-450.
Incentivos tributarios
Los incentivos o estímulos son beneficios a los que un contribuyente se acoge
de manera legal con el propósito de reducir el pago de impuestos tributario. Según el
Título III, Capítulo I, Art. 24 del COPCI estos incentivos se dividen en cuatro clases:
(a) Generales, (b) Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo, (c) Para zonas
deprimidas y (d) Para proyectos públicos ejecutados en asociación público-privada
(COPCI, 2011).
29
Figura 10. Clasificación de incentivos tributarios según el COPCI Adaptado del “Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones”, por Asamblea Nacional del Ecuador (2010) pp.12-13. Ecuador,
Quito: Of. No. SAN-010-2038.
Incentivos tributarios generales.
Según el COPCI en el numeral 1 del Art. 24 indica que los incentivos tributarios
generales son los señalados en la tabla a continuación.
Tabla 16
Incentivos tributarios generales
N° Incentivo
1 La disminución gradual de tres puntos porcentuales en el IR
2 Las rebajas agregadas para el cálculo del IR
3 El apoyo para el aporte del patrimonio de las empresas a favor de sus
colaboradores
4 Los términos de liquidación en gravámenes al comercio exterior
5 La dispensa para el cálculo del IR de la obligación relacionada con la
liquidación del salario digno
6 La dispensa del ISD para los convenios de financiamiento externo
7 La concesión del anticipo al IR por cinco años en las inversiones nuevas
8 El cambio al cálculo del anticipo del IR Nota. Tomado del “Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones”, por Asamblea Nacional
del, 2010, p. 13. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038.
Incentivos tributarios sectoriales.
En referencia al numeral 1 del Art. 24 del COPCI (2010). y la Ley Orgánica de
Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal (2014) “el dinamismo
económico que ayude a mejorar la matriz energética, la renovación estratégica de
operaciones de importación y al incentivo de las exportaciones” (COPCI, 2010, p 13)
y de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) en el Art. 9.1, todas las
Ince
nti
vos
trib
uta
rio
s
Generales
Sectoriales
Zonas deprimidas
Público - Privado
30
jurisdicciones urbanas excepto la ciudad de Quito y Guayaquil. “Se reconoce la
exención en su totalidad del IR por cinco años a las inversiones nuevas” (COPCI, p 13,
2010), “la dispensa determinada para industrias básicas y la disminución del 100% en
adición de la disminución anual por depreciación”(LPPFF, 2014).
Incentivos tributarios para zonas deprimidas.
Conforme a lo que se establece en el numeral 3 del Art. 24 del COPCI (2010)
las inversiones que se realicen en estas zonas “podrán beneficiarse de los incentivos en
general y sectoriales ya referidos, donde se les otorga un beneficio tributario a través de
la deducción adicional del 100% de los salarios de los nuevos trabajadores, por cinco
años” (COPCI, 2010, p 13).
Incentivos tributarios para proyectos públicos ejecutados en asociación
público-privada.
El COPCI (2010) en el Art. 24, numeral 4 indica que se “podrán obtener las
exenciones al impuesto a la renta, al impuesto a la salida de divisas y a los tributos al
comercio exterior” (COPCI, 2010, p 13). Además de los beneficios que establece el
COPCI, la LRTI (2004) indica lo siguiente:
Las empresas que se creen a partir de la emisión del COPCI, así como también
las sociedades nuevas que se constituyeren por sociedades existentes, con el
objeto de realizar inversiones nuevas y productivas, gozarán de una exoneración
del pago del IR durante cinco años, considerando desde el año uno que se
obtengan ingresos sólo por medio de la nueva inversión. (p. 13)
Para que el beneficio pueda aplicarse “las inversiones nuevas y productivas
deberán realizarse fuera de las jurisdicciones urbanas del Cantón Quito o del Cantón
Guayaquil, y dentro de los siguientes sectores económicos considerados prioritarios para
el Estado” (LRTI, 2004, p. 13). Dichos sectores económico se muestran en la figura a
continuación.
31
Figura 11. Sectores prioritarios del Estado. Tomado de "Ley de Régimen Tributario Interno", por
Asamblea Nacional del Ecuador (2004) p. 13. Ecuador, Quito: S.R.O. 206.
Por lo consiguiente, para que los proyectos de origen público – privado puedan
acogerse a los incentivos tributarios ya referidos, deben cumplir con ciertos requisitos,
estos se encuentran señalados en el capítulo III, Art. 16 de la Ley Orgánica de Incentivos
para Asociaciones Público – Privada (LOIAP) con S.R.O. 652 de 18-Diciembre-2015.
Dichos requisitos son:
(a) Que consten, total o parcialmente, en el pliego de bases económicas del
proceso de selección del gestor privado, (b) Que se hubiesen previsto total o
parcialmente, en el plan económico-financiero adjudicado, (c) Que se suscriban
en el contrato de gestión delegada a partir de la vigencia de la LOIAP, (d) Que
el proyecto público haya sido registrado en la Secretaría Técnica del Comité
Interinstitucional y (e) Que consten en el contrato de gestión delegada para
asociación público-privada y sean debidamente aprobados por el Comité
Interinstitucional (LOIAP, 2015, p. 10).
Industrias básicas.
Según el Art. Enumerado después del Art. 102 del COPCI (2010) establece lo
siguiente:
32
Sin perjuicio de los incentivos para el desarrollo productivo y fomento a las
exportaciones establecidas en el presente Código, el Estado promocionará las
industrias básicas que aprovechen las materias primas provenientes de los
recursos naturales renovables y no renovables, transformándolos en productos
que luego sean requeridos por otras industrias para la fabricación de productos
intermedios y finales (COPCI, p 40, 2010). Son industrias básicas los siguientes
sectores señalados en la siguiente figura.
Figura 12. Sectores considerados como industrias básicas. Tomado del “Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones” por Asamblea Nacional del Ecuador (2010) p. 40. Ecuador, Quito:
Of. No. SAN-010-2038.
Las industrias básicas que fomenten al desarrollo del país a través de inversiones
productivas tienen derecho al beneficio de estabilidad tributarias durante el plazo del
contrato de inversión contraído, pero siempre y cuando cumpla con los siguientes
requisitos indicados en el Art. Enumerado después del Art. 26 del COPCI, los cuales
son: “(a) El valor total de la inversión sea superior a cien millones de dólares
norteamericanos y (b) Reporte experto hecho por el Ministerio con idoneidades en el
terreno de la inversión, sobre los provechos económicos que obtendrá la inversión para
Ecuador” (COPCI, 2010, p 14). La tasa efectiva de IR que apliquen las industrias básicas
que se acojan al beneficio de estabilidad tributarias, será la misma que aplican las
sociedades (COPCI, 2010).
Fundición y refinación de cobre y/o aluminio
Fundición siderúrgica para la producción de acero plano
Refinación de hidrocarburos
Industria petroquímica
Industria de celulosa
Construcción y reparación de embarcaciones navales
33
Contratos de inversión.
En referencia con el Art. 21 del RCOPCI (2011) “un inversionista podrá suscribir
un contrato de inversión, en el que se establezcan cláusulas sobre el tratamiento
reconocido a la inversión y la estabilidad del régimen impositivo aplicable a la misma”
(p. 14) . Conforme al Art. 22 del mismo reglamento el contrato de inversión debe
contener por lo menos lo siguientes puntos señalados en la siguiente tabla.
Tabla 17
Información que debe contener un contrato de inversión
N° Requisito
1
Descripción del o los inversionistas que lo suscriben, con la especificación
de la información referente al o los inversionistas y el origen de los recursos
invertidos o a ser invertidos
2 Descripción de la empresa receptora de la o las inversiones
3 Modalidad o modalidades de la o las inversiones
4 Descripción del proyecto, con la mención de los montos de cada inversión,
plazos e información relevante
5
Cuando la inversión esté constituida de conformidad con un contrato o
permiso o licencia o concesión o autorización, otorgados en virtud de una ley
sectorial vigente, una descripción sumaria de los términos y condiciones del
respectivo contrato, permiso, licencia, concesión o autorización
6 Garantías y derechos del o los inversionistas y de la empresa receptora de la
inversión, y los compromisos y obligaciones que asumen
7
Precisión de las garantías generales reconocidas por la Constitución, el
Código y su Reglamento, y los convenios internacionales de los que Ecuador
es parte
8 Vigencia del contrato de inversión y el plazo de la estabilidad tributaria y su
alcance
9 El tratamiento específico a manera de incentivo que se le otorga al o a los
inversionistas y/o a la empresa receptora de la inversión y su alcance
10 Sobre el registro de las inversiones
11
Recursos del o los inversionistas y de la empresa receptora en caso de
incumplimiento del Estado a las obligaciones y compromisos asumidos por
este en el contrato de inversión
12 Procedimiento para la solución de conflictos previsto en el artículo 27 del
Código de la Producción
13 Opciones y proceso de revocatoria, suspensión o terminación anticipada en
caso de incumplimiento Nota. Tomado de "Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones", por
Asamblea Nacional del Ecuador, 2011, pp. 14-15. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038.
34
En el enumerado después del Art. 22 del RCOPCI (2011) señala que:
Para la aplicación de los incentivos a las nuevas inversiones productivas,
prevalecerá el lugar (cantón o provincia) en el que se ejecuta efectivamente la
inversión, independientemente de donde se domicilia legalmente la compañía,
de donde tenga registrado su domicilio fiscal en el Registro Único de
Contribuyentes o del domicilio especial fijado por la Administración Tributaria,
de ser el caso (p. 15).
En conformidad con el Art. 23 del RCOPCI (2011) los inversionistas que pueden
suscribir un contrato de inversión de forma opcional y en el momento que ellos requieran
son los siguientes:
(a) Aquellos cuya inversión sea hecha en proyectos que impliquen o involucren
inversiones nuevas, a ser realizadas de manera directa o en asociación con otros
inversionistas que concurran con él, y (b) Aquellos inversionistas que prevean
realizar una inversión mínima equivalente a USD 250.000,0 (DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL CON 00/100), durante el primer año de inversión
planificada; contarse a partir de la firma del contrato de inversión (p. 15).
Suscripción del contrato de inversión.
El Art. 24 del RCOPCI (2011) menciona que “Los contratos recogerán las
condiciones y prerrogativas previstas por el Código y, especialmente, aquellas
disposiciones del marco legal ecuatoriano que sean declaradas y consideradas como
determinantes para la realización de la inversión amparada por el contrato” (p. 15-16).
El contrato de inversión sólo puede ser modificado por mutuo acuerdo escrito de las
partes vinculadas al contrato, dichas modificaciones tienen que ser evidenciadas.
Información y documentación requerida para suscribir el contrato de
inversión.
Según el Art. 25 del RCOPCI (2011) “La persona natural o jurídica inversionista
interesada en suscribir un contrato de inversión, deberá presentar la correspondiente
solicitud a la autoridad nacional competente en materia de inversiones” (p. 16). A
continuación, se detalla la información y documentación que debe contener la solicitud.
35
Tabla 18
Información y documentación que debe tener la solicitud de contrato de Inversión
N° Información y documentación
1
Nombre, objeto social y actividad autorizada de la empresa receptora de
la inversión y del inversionista, de ser aplicable, con indicación de su
capital social. Se deberá adjuntar copia de los documentos de
constitución, domicilio, objeto social y copia del certificado de existencia
legal del país de origen.
2
Nombre del apoderado del inversionista en el Ecuador, de requerir la ley
tal designación, o nombre del representante legal y copia del documento
que acredite tal designación.
3 Breve descripción del proyecto de inversión previsto.
4
Monto estimado y propósito de la inversión proyectada, especificándose
las fuentes de recursos y el plan de inversión proyectado en montos y
plazos estimados o reales, la o las modalidades de la inversión, y datos del
empleo a generarse, asimismo, se deberá señalar la duración estimada de
la inversión. El plazo de vigencia del contrato de inversión estará
vinculado al plazo del proyecto.
5
Cuando la inversión esté constituida de conformidad con un contrato,
permiso, licencia, concesión o autorización, otorgados en virtud de una
ley sectorial vigente, a la solicitud respectiva se acompañará una
descripción sumaria de los términos y condiciones del correspondiente
contrato, permiso, licencia, concesión o autorización. Nota. Tomado de "Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones", por
Asamblea Nacional del Ecuador, 2011, p.16. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038.
En adición a la información detallada en la tabla anterior, dependiendo de la
aplicabilidad del proyecto de inversión, se debe presentar lo siguiente:
(a) Los proyectos que impliquen sustitución de importaciones, se deberá
presentar el detalle general del componente nacional de los nuevos productos y
(b) Los proyectos que requieran el incentivo arancelario, deberán presentar el
listado de los bienes de capital necesarios para el desarrollo del proyecto a
importarse con detalle de la subpartida arancelaria, designación de la mercancía,
unidad física y la cantidad y su valor FOB (RCOPCI, 2011, pp. 16 - 17.
Beneficios tributarios por contrato de inversión.
El Art. 27 de la LFP (2018) indica lo siguiente:
Las nuevas inversiones productivas que suscriban contratos de inversión tendrán
derecho a la deducción del ISD en los pagos contemplados al exterior por criterio
de (a) Importaciones de bienes de capital y materias primas necesarias para el
desarrollo del proyecto, hasta por los montos y plazos establecidos en el referido
36
contrato. Dichos montos serán reajustables en los casos en que hubiere un
incremento en la inversión planificada, proporcionalmente a estos incrementos
y previa autorización de la autoridad nacional en materia de inversiones y (b)
Dividendos distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en
el Ecuador, después del pago del impuesto a la renta, cuando corresponda, a
favor de beneficiarios efectivos que sean personas naturales domiciliadas o
residentes en el Ecuador o en el exterior, accionistas de la sociedad que los
distribuye, hasta el plazo establecido en el referido contrato de inversión,
siempre y cuando los recursos de la inversión provengan del extranjero y el
inversionista demuestre el ingreso de las divisas al país (p. 16).
De acuerdo con el Art. 28 de la LFP (2018) indica que:
Las sociedades que reinviertan en el país desde al menos el 50% de las utilidades,
en nuevos activos productivos, estarán exoneradas del pago del ISD por pagos
al exterior, por concepto de distribución de dividendos a beneficiarios efectivos
residentes en el Ecuador, del correspondiente ejercicio fiscal (p. 17).
Marco Referencial
Desarrollo de la IED en América Latina década de los 90s.
Los ingresos netos de IED a América Latina en las últimas décadas han sido los
gestores de cambios importantes en toda Latinoamérica (Mortimore et al., 2001). En los
años 90s, las subsidiarias de las corporaciones transnacionales son las empresas que han
demostrado un incremento en la IED (Mortimore et al., 2001). De esa manera las
empresas extranjeras aumentaron de 149 a 230 y sus ventas también incrementaron de
27.4% a 43.0%. Por otra parte, las empresas del sector público disminuyeron de 87 a 40
por lo que sus ventas cayeron de 33.1% a 18.7%. A pesar de ello, el sector manufacturero
se ha mantenido con respecto a la participación en ventas, posee el 40% de participación
en referencia a las ventas globales (Mortimore et al., 2001).
37
Figura 13. Las mayores 500 empresas década de los 90s. Tomado de “La competitividad internacional
y el desarrollo nacional: implicancias para la política de Inversión Extranjera Directa (IED) en América
Latina”, por M. Mortimore, S. Vergara y J. Katz, 2001, p. 14. Chile, Santiago de Chile: Naciones Unidas.
Cabe recalcar que en el sector industrial manufacturero se presentaron
importantes variaciones en lo que respecta a las ventas. “Entre 1990 y 1999, las
subsidiarias de empresas transnacionales aumentaron su participación en las ventas de
53.2% a 62.7%, mientras que la participación de las empresas privadas disminuyó de un
42.6% a un 37.3%” (Mortimore et al., p. 14, 2001). Por su lado las empresas públicas
tuvieron una participación alrededor del 1.2% (Mortimore et al., 2001).
De acuerdo a un estudio de la IED realizado por Mortimore et al. (2001) indica
lo siguiente:
Alrededor de la mitad de las ventas de las empresas extranjeras correspondieron
al subsector de vehículos y partes. Esto indica que el impacto de las empresas
transnacionales en el proceso de industrialización de los países de América
Latina se ha concentrado en la actividad automotriz, fundamentalmente en
Brasil, México y Argentina (p. 14).
38
Figura 14. Ventas de las empresas manufactureras en la década de los 90s. Tomado de “La
competitividad internacional y el desarrollo nacional: implicancias para la política de Inversión Extranjera
Directa (IED) en América Latina”, por M. Mortimore et al., 2001, p. 17. Chile, Santiago de Chile:
Naciones Unidas.
Estrategias de las empresas internacionales en Latinoamérica.
La participación de mercado de las empresas extranjeras en América Latina se
ha dado en los distintos sectores económicos, y de una u otra manera esto representa un
crecimiento significativo en las economías nacionales (Mortimore et al., 2001).
Mortimore et al (2001) en su estudio La competitividad internacional y el desarrollo
nacional de la IED en América Latina indica lo siguiente:
En las actividades manufactureras, las tendencias de los mercados
internacionales y los renovados patrones de competencia resultantes de la
apertura comercial y financiera despertaron el interés de nuevos entrantes y
obligaron a las empresas transnacionales ya presentes en la región a redefinir sus
estrategias (p. 17).
De manera que, se reconocen dos estrategias fundamentales en el sector
manufacturero, una de ella es (a) aumentar la eficiencia de los sistemas de producción
internacionalmente integrados de las empresas transnacionales, y (b) buscar acceso a
mercados nacionales y subregionales de manufacturas (Mortimore et al., 2001). En
referencia de la primer estrategia es importante recalcar las inversiones efectuadas en
México y el Caribe en el sector automotriz, informático, electrónico y de prendas de
vestir (Mortimore et al., 2001). Mientras que la segunda estrategia, está destinada a las
inversiones en los subsectores automotrices, de alimentos, en las industrias química y
de maquinaria para proveer mercados locales (Mortimore et al., 2001).
39
Figura 15. Estrategias de las empresas internacionales en la década de los 90s. Tomado de “La
competitividad internacional y el desarrollo nacional: implicancias para la política de Inversión Extranjera
Directa (IED) en América Latina”, por M. Mortimore et al., 2001, p. 23. Chile, Santiago de Chile:
Naciones Unidas.
Principales países receptores de la IED
Un estudio indicó que:
En el grupo de países en desarrollo, los asiáticos fueron los principales receptores
de IED durante toda la década, impulsados principalmente por China, mientras
que América Latina y el Caribe logró aumentar su participación sólo a finales de
los años noventa. Históricamente en América Latina, Brasil es el país que ha
recibido los mayores flujos de IED, seguido de México, Argentina y Chile. Entre
1994 y 2000, Brasil recibió el 33% de la IED dirigida a la región, México el
22%, Argentina el 17% y Chile el 8%. La participación de Colombia en el
contexto mundial fue reducida con algunos incrementos a mitad de la década y
una posterior perdida al finalizar este período. En cuanto a los ingresos por IED,
Colombia representó en promedio para los años noventa el 0.4% a nivel mundial,
el 1.4% dentro de los países en desarrollo y el 5% en América Latina. (Garavito
et al., 2012, p. 13)
40
Figura 16. IED en países en desarrollo. Tomado de “Inversión Extranjera Directa en Colombia:
Evolución reciente y marco normativo”, por A. Garavito et al. (2012) p. 15. Colombia: Banco de la
República de Colombia
IED en América Latina periodo 2000 – 2010.
Durante este período se fortalecieron las directrices de años anteriores y se
revelaron cambios significativos en el comportamiento de la IED a nivel global. Los
cambios más importantes fueron concernientes con la conducta cíclica de la IED, el
incremento de las inversiones en el aprovechamiento de recursos naturales, debido a los
precios elevados de las materias primas, y la manifestación de algunas limitaciones y
medidas a la IED con asignación a lugares importantes para los estados destinatarios.
Por su parte, se conservó e investigó a profundidad la contribución de los países en
desarrollo en el comportamiento de la IED, y la consolidación de la globalización a
través de grandes acuerdos fructíferos y fiscales, además de las reformas para el
incentivo de la IED (Garavito et al., 2012).
La dirección gradual de la IED en el período anterior tuvo origen luego de una
etapa de desarrollo continuo (Garavito et al., 2012). Se presentó una disminución en el
período 2000 – 2003, cuando los flujos de la IED dismuyeron en un 50%. A pesar que
la IED era marcada por concluyentes fuertes y de largo plazo, en relación con la
independencia económica, la competitividad y el avance en la tecnología, al inicio del
período fue impactada negativamente por la debilidad circunstancial de la economía
41
internacional, fundamentalmente de los primordiales países desarrollados en donde se
concentraban gran fragmento de los ingresos y egresos de IED (Garavito et al., 2012).
De hecho, se mostraron diversas variables que desincentivaron la IED tales como el
declive del precio de las acciones, la disminución utilidades y la deflación en la
reestructuración de las empresas (Garavito et al., 2012).
Figura 17. Comportamiento mundial de la IED. Tomado de “Inversión Extranjera Directa en Colombia:
Evolución reciente y marco normativo”, por A. Garavito et al. (2012) p. 19. Colombia: Banco de la
República de Colombia
De 2004 a 2007 se reivindicó la directriz progresiva de la IED, logrando su punto
máximo en la historia hasta el 2007. La reactivación de la IED fue relacionada con
excelente conducta bursátil y las más altas utilidades. En adición, los diminutos intereses
y la fluidez del dinero en la economía internacional proporcionaron la financiación de
estas inversiones con efectivo y deuda (Garavito et al., 2012).
Posteriormente, de 2008 a 2009 la IED tuvo impacto a nivel internacional por
las dificultades financieras mundiales a raíz del último trimestre de 2007 en Estados
Unidos. La IED disminuyó en todas sus variables. La fuerte baja de la entrada a la
financiación, a pesar de las reducidas tasas de interés, afectó las entradas y salidas de la
inversión, estimulando a las empresas relacionadas a dar liquidez a las matrices por
medio de reembolsos de capital y desinversiones (Garavito et al., 2012).
42
La IED en Ecuador.
En referencia a un estudio realizado por Gutman, López, Ramos, y García (2016)
indica que gran parte de la IED en Ecuador estuvo presente en los sectores de
explotación de recursos minerales y en la industria manufacturera, el sector comercial,
la actividad de servicios prestados a empresas y al sector de la construcción, mientras
que una pequeña parte se distribuyó en las actividades de la producción de electricidad,
gas y agua, las actividades de agricultura y servicios sociales y se presentó una
desinversión en los sectores de transporte, comunicaciones y almacenamientos. Lo
indicado se lo puede apreciar en la figura que se muestra a continuación.
Figura 18. Comportamiento de la IED en Ecuador 2010 – 2014. Tomado de “Análisis de los mecanismos
de regulación y promoción de la Inversión Extranjera Directa (IED) en Ecuador”, por V. Gutman et al.,
(2016) p. 16. Washington D.C.: Banco Interamericano de Desarrollo.
De acuerdo con un estudio realizado por Gutman et al (2016) menciona que el
COPCI ayudó a la creación del Comité de Comercio Exterior (COMEX), el cual es el
encargado de regular y formular la política comercial (COPCI, Art. 71). Las
instituciones del estado que trabajan en las labores del COMEX, son los ministerios que
se encuentran a cargo de las políticas de comercio exterior, las finanzas públicas, la
política industrial y la política agrícola, así como el SRI, la Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo (SENPLADES) y la autoridad aduanera. Con el objetivo de
definir las políticas de desarrollo productivo y de fomentar las inversiones, se estableció
el Consejo Consultivo de Desarrollo Productivo y Comercio Exterior (Art. 7), y el
43
Consejo Sectorial de la Producción. De manera paralela se promulgó el primer “Plan
Nacional de Desarrollo Nacional” del período 2007-2010; además, se implementó el
concepto del “Buen Vivir”, el cual se entendía como la búsqueda a la igualdad y a la
justicia social, a la valoración y promoviendo el diálogo entre los pueblos y las distintas
culturas, saberes y modelos de vida. Es entonces cuando surge el “Plan Nacional para
el Buen Vivir” en el período 2009 – 2013.
Basados en la experiencia obtenida de los dos planes mencionados con
anterioridad, se procede a elaborar el “Plan Nacional para el Buen Vivir” para el período
2013 – 2017. El mismo que contiene un total de 12 objetivos, los cuales expresan la
prioridad que tiene la política pública en el Ecuador, la cual se basa en seis pilares:
desarrollo integral, equidad, desarrollo cultural, desarrollo agrario, desarrollo del
conocimiento y desarrollo urbano (Gutman et al., 2016).
Tabla 19
Objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir
Objetivo Detalle
1 Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular
2 Auspiciar la igualdad, la cohesión, la inclusión y la equidad social y
territorial, en la diversidad
3 Mejorar la calidad de vida de la población
4 Fortalecer las capacidades y potencialidades de la ciudadanía
5
Construir espacios de encuentro común y fortalecer la identidad
nacional, las identidades diversas, la plurinacionalidad y la
interculturalidad
6 Consolidar la transformación de la justicia y fortalecer la seguridad
integral, en estricto respeto a los derechos humanos
7 Garantizar los derechos de la naturaleza y promover la sostenibilidad
ambiental territorial y global
8 Consolidar el sistema económico social y solidario, de forma sostenible
9 Garantizar el trabajo digno en todas sus formas
10 Impulsar la transformación de la matriz productiva
11 Asegurar la soberanía y eficiencia de los sectores estratégicos para la
transformación industrial y tecnológica
12 Garantizar la soberanía y la paz, profundizar la inserción estratégica en
el mundo y la integración latinoamericana Nota. Tomado de “Análisis de los mecanismos de regulación y promoción de la Inversión Extranjera
Directa (IED) en Ecuador”, por V. Gutman et al., (2016) p. 45. Washington D.C.: Banco Interamericano
de Desarrollo.
44
Atracción de Inversiones en Ecuador.
Debido a lo expuesto, la regulación y atracción de la IED en Ecuador está basado
en las siguientes normativas:
Constitución de la República del Ecuador de 2008.
Esta reemplazó a la promulgada en el año 1998. La renovada Constitución define
a la inversión extranjera directa como factor complementario a la inversión nacional y
esta es utilizada en las necesidades y prioridades establecidas en los Planes Nacionales
de Desarrollo ecuatorianos (Gutman et al., 2016).
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).
Este Código fue publicado el 29 de Diciembre de 2010 en su Registro Oficial
N°351, y reformado a finales del año 2014 con la Ley Orgánica de Incentivos a la
Producción e Incentivos al Fraude Fiscal (LPFF). El cual conforma el marco legal que
regula en la actualidad la IED en el Ecuador (Gutman et al., 2016).
“Plan Nacional para el Buen Vivir” período 2013-2017.
Es El tercer plan de desarrollo nacional ecuatoriano, en el cual se define a la IED
como instrumento para conformar social nacional y el sistema económico de manera
sostenible y solidaria (Gutman et al., 2016).
Organismos de planificación y regulación de la inversión.
Consejo Sectorial de la Producción, Empleo y Competitividad.
Se encarga de articular, revisar, armonizar, coordinar y aprobar las políticas
públicas de industria a nivel nacional y de producción; dentro de este nuevo mandato,
se encuentran varias competencias que guardan relación con la política de inversiones
en el país (Gutman et al., 2016).
Consejo Consultivo de Desarrollo Productivo y Comercio Exterior.
El consejo está formado por representantes del sector privado, productivo, mixto,
popular y solidario, gobiernos autónomos descentralizados y trabajadores. Este propone
lineamientos técnicos que guían a la elaboración de políticas que deben ser adoptadas
por las entidades responsables de las políticas de inversiones, desarrollo productivo y
de comercio exterior (Gutman et al., 2016).
Banco Central del Ecuador (BCE).
Es el encargado registrar las inversiones provenientes del extranjero,
subregionales o neutras. Las leyes indican que toda inversión proveniente del extranjero
45
debe ser registrada en el BCE, en un período menor de 30 días laborables luego del
registro respectivo en el Registro Mercantil (Gutman et al., 2016).
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Es el organismo público encargado de vigilar y controlar las actividades,
organización, disolución, funcionamiento y liquidación de las compañías establecidas
en el Ecuador. Del mismo modo, ayuda al funcionamiento en el mercado de valores.
En este ámbito, la máxima autoridad del Estado, en relación a la IED, es el
Consejo Sectorial de la Producción, en conjunto con el Ministerio Coordinador de la
Productividad, Empleo y Competitividad (MCPEC) como parte de su secretaría en
términos técnicos. El Ministerio de Comercio Exterior (MCE) ejerce las funciones de
rector sobre los temas de inversión extranjera en el país (Gutman et al., 2016).
Al finalizar el año 2010, se fundó PRO ECUADOR, Instituto de Promoción de
Exportaciones e Inversiones del Ministerio de Comercio Exterior. Por medio de su
departamento de inversiones, otorga asesoría especializada a las empresas privadas o
públicas, extranjeras o nacionales interesadas en invertir en el estado ecuatoriano. Estas
funciones eran desarrolladas por la Corporación de Promoción de Exportaciones e
Inversiones (CORPEI), creada en el año 1998. Esta es una organización privada que
sigue en funcionamiento, pero ahora realiza otras tareas que están atadas al desarrollo
comercial en el país (Gutman et al., 2016).
En adición, los ministerios que cuentan con sus propios organismos de
promoción, planificación de inversiones y políticas son varios, y se encuentra incluido
el Ministerio de Turismo, el Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos, el
Ministerio de Industrias y Productividad, el Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda, y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Por tanto, hay organismos
que cumplen funciones de promover inversiones y de desarrollo productivo en los GAD,
incluyendo ADREG (Guayaquil) y Conquito (Quito), o bien compañías especializadas
en atraer la inversión como Invest (Manabí) o Invec (Cuenca) (Gutman et al., 2016).
Indicadores económicos IED.
La Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal
(2014) pone límites a los pagos realizados por regalías, servicios técnicos y consultorías;
además de las transacciones que se realizan entre partes relacionadas. Al contrario, antes
sólo era requerido que estos sean efectuados en los mismos precios y condiciones como
46
si la transacción fuese realizada con terceros, esta Ley propone que este tipo de gastos
sean deducibles en los límites de manera individual para cada tipo de egreso que se fije
en el Reglamento de dicha ley, sin perjuicio de establecer un límite general para la
sumatoria de los gastos (Gutman et al., 2016).
En relación a las posiciones empleadas para evaluar el “clima de los negocios”
en los distintos países, Ecuador no se encuentra en una buena posición en comparación
con sus países vecinos. En el informe generado por el Banco Mundial, el Doing
Business, el cual muestra al Ecuador en el puesto número 115, en comparación a
Colombia y Perú, los cuáles se encuentran en el puesto número 34 y 35 respectivamente
(Gutman et al., 2016).
Figura 19. Indicadores Doing Business 2015. Tomado de “Indicadores económicos”, por Banco Mundial
(2015) p. 51. En V. Gutman et al., (2016) “Análisis de los mecanismos de regulación y promoción de la
Inversión Extranjera Directa (IED) en Ecuador” Washington D.C.: Banco Interamericano de Desarrollo.
34
85
61
92
42
210
146
93
168
30
35
8987
86
26
12
40
57 55
100
76
115
165
59
120
80
89
117
138
114
88
151
0
20
40
60
80
100
120
140
160
180
Indicadores Doing Business 2015, Banco Mundial
Colombia Perú Ecuador
47
Marco Conceptual
Inversión.
La inversión es una cantidad de recursos monetarios que se pone a disposición
de terceros con el objetivo de obtener beneficios futuros, también se considera inversión
la compra de bienes para la puesta en marcha de un proyecto y a la colocación de capital
ya sea en una actividad comercial o en una actividad civil con el propósito de obtener
un rendimiento (Samuelson & Nordhaus, 2001).
Inversión productiva.
De acuerdo con el Art. 13 del COPCI (2010a) “se entiende por inversión
productiva, independientemente de los distintos tipos de propiedad, a los recursos con
el objetivo de producir bienes y servicios, a incrementar la producción y a crear fuentes
de empleo” (p. 9). Lo que significa que toda inversión que se realice con el propósito de
fabricar un bien o de prestar un servicio y de generar empleo, es considerada inversión
productiva.
Inversión nueva.
El COPCI (2010) indica lo siguiente:
… Es el flujo de recursos destinado a incrementar los bienes de capital de la
economía, mediante una inversión efectiva en activos productivos que permita
ampliar la capacidad productiva futura, generar un mayor nivel de producción
de bienes y servicios, o generar empleo . (p. 9)
Inversión extranjera.
Es la inversión que hacen personas o empresas extranjeras residentes en el
exterior, o que intervengan recursos no generados en el país (COPCI, 2010). Esta
inversión estimula la economía del país puesto que al invertir en el sector privado o en
el sector público del país se crean nuevas fuentes de empleo, lo que produce cambios en
las variables económicas (Mankiw, 2006).
Inversión nacional.
En el COPCI (2010) indica que “son los recursos de propiedad o que están bajo
la responsabilidad de personas naturales o empresas ecuatorianas, o por extranjeros
residentes en Ecuador" (p. 9).
48
Inversión mínima.
Conforme al Art. 1, numeral 13 y el Art. 23 del RCOPCI (2011) se considerará
inversión mínima aquella igual a los 250,000.00 dólares norteamericanos.
Empresa receptora.
Según el Art. 1 del RCOPCI (2011) señala que la entidad establecida con ayuda
de las legislaciones ecuatorianas o a la filial de una empresa compuesta en el exterior y
que ejerza sus actividades en el Ecuador, en la que, o mediante la cual, según sea la
situación, se formaliza la inversión, implicando sus derechohabientes o beneficiarios
(RCOPCI, 2011).
Proyecto.
Se comprenderá como proyecto al conjunto de actividades planteadas y definidas
por el inversionista, cuya realización es la finalidad de la inversión nueva (RCOPCI,
2011). El proyecto podrá basarse en la realización de obras, beneficios por servicios
públicos, como el impulso de nuevos trabajos o el incremento o crecimiento de
proyectos en desarrollo, conexas con el propósito social o acción permitida de la entidad
beneficiaria de la inversión (RCOPCI, 2011).
Sectores estratégicos.
En referencia al Art. 313 de la Constitución de la República (2008) se catalogan
sectores estratégicos a “la energía en todas sus clases, las telecomunicaciones, los
recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la
biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua, y los demás
que determine la ley” (p. 119).
Servicios de desarrollo empresarial.
Actividades que ayuden a mejorar el trabajo de la organización, su senda hacia
los mercados y su cabida en la competitividad. La descripción de "servicios de
desarrollo empresarial" abarca una extensa escala de servicios, tanto en estrategias como
en operaciones a beneficio de empresas de producción o comerciales, tales corno
aprendizaje, cesión de conocimiento tecnológico, ayuda en mercadeo, orientación
corporativa (solvencia, negocios, microfinanzas, gerencia, medidas, fabricación),
asesoramiento destinado a apoyar a las pequeñas y medianas empresas a optimar el
trabajo de las organizaciones (RCOPCI, 2011).
49
Sectores priorizados.
Conforme al Art. 12 del Reglamento al COPCI (2011) los sectores priorizados o
prioritarios son los señalados en la figura 18.
Figura 20. Sectores priorizados del Ecuador. Adaptado del “Reglamento al Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones”, por Asamblea Nacional del Ecuador, 2011, p. 6-7. Ecuador, Quito:
Oficio No. SAN-2011-450.
50
Capítulo 2. Metodología de la Investigación
La investigación es algo que está en la cotidianidad del ser humano en todos los
ámbitos, las personas siempre están en la búsqueda de explicaciones a las distintas
situaciones que suelen presentarse, La investigación parte desde la curiosidad del ser
humano con el propósito de saber o entender cómo funciona algo determinado o el
porqué de alguna situación explícita, por eso los niños preguntan, tocan, juegan con lo
que les parece interesante, para ellos es una manera de explorar, estudiar, averiguar qué
sucede a su alrededor (Niño, 2011).
Por lo consiguiente, el autor señala que la investigación científica interviene de
manera importante al momento de estudiar un hecho en específico, puesto que es la
encargada de ayudar a comprobar, analizar información o situaciones, indagar hechos y
producir conocimiento mediante una serie de procesos, herramientas, técnicas y fases
en todos los ámbitos de la ciencia.
Según el autor ya mencionado con anterioridad, existen varias maneras de llevar
a cabo una investigación, considerando el objeto de la investigación, la finalidad, las
herramientas a utilizar, las limitaciones y demás. El autor en su libro “Metodología de
la investigación: diseño y ejecución” señala las tipologías de investigación más
utilizadas, entre ellas está (a) la exploratoria, (b) la experimental, (c) la descriptiva, (d)
la explicativa (e) la histórica, (f) la etnográfica, (g) la investigación – acción (IA), (h)
los estudios de casos y demás (Niño, 2011)
Además de ello Niño (2011) y (Hernández, Baptista, y Fernández , 2014), dejan
claro los enfoques de la investigación científica, puesto que estos enfoques se
complementan el uno con el otro. Existen casos donde la investigación cualitativa es un
gran complemento en el ámbito matemático, físico y biológico, así como la
investigación cuantitativa es fundamental para ciertos casos de estudio en el ámbito de
las ciencias humanas y se complementa en su totalidad con las ciencias exactas, estos
dos enfoques parecerían opuestos, puesto que uno es usado para medir y el otro para
entender, aún así ambos son complementarios para lograr el éxito en una investigación
(Niño, 2011).
51
Diseño de la Investigación
El diseño de investigación observacional es aquella que no se domina la
distribución de una persona a un rotundo procedimiento o interposición, sino que ésta
se formaliza de acuerdo con la experiencia clínica usual, por ende el analista es un neto
espectador y descriptor de lo que sucede (C. Manterola & T. Otzen, 2014). Por esa razón,
se decidió aplicar la investigación observacional en el Trabajo de Titulación, puesto que
durante el proceso investigativo se observa impacto de la IED y de los incentivos
tributarios en Ecuador.
En referencia a Martins (2018) se señala que:
El diseño de investigación prospectiva es un desarrollo metódico para
pronosticar el porvenir a largo plazo de la ciencia, la tecnología, la economía, el
medio ambiente y la humanidad, identificando las tecnologías genéricas
emergentes y las posibles áreas estratégicas de indagación para el campo
económico y los beneficios sociales (p. 1)
Por tanto, se optó por seleccionar este tipo de investigación debido a que se
analiza el impacto de leyes y normativas con respecto a incentivos tributarios donde se
beneficia directamente la IED a partir de la fecha del presente estudio, hasta que dichas
leyes estén en vigencia, o se emita alguna reforma que afecte al COPCI y LFP.
La investigación transeccional o transversal recoge información en un solo
instante, en un lapso ideal. Su intención es detallar variables, y examinar su
acontecimiento e interrelación en un tiempo determinado (A. Cortese, 2018). Debido a
que el estudio propuesto se lo realizó por un periodo de tiempo establecido se consideró
aplicar la investigación transversal.
Tipo de Investigación
Investigación exploratoria.
Es la investigación que tiene la finalidad de facilitar una perspectiva general
acerca de un hecho real o una parte de este, de una forma de reconocimiento o
aproximación. Este tipo de estudios es obligatorio cuando aún no se poseen las
herramientas o no se tiene acceso para emprender una indagación más seria o más
profundidad. Precisamente, es muy frecuente, realizar una investigación exploratoria
anticipadamente a otra, que está en desarrollo de planeación. Esto puede evitar riesgos
o ayudar a tener mayor eficiencia (Niño, 2011).
52
Investigación descriptiva.
El objetivo es puntualizar mediante evidencia el objeto de estudio, una parte de
ella, sus segmentos, sus variedades, sus niveles o las concordancias que se pueden
determinar entre varias ideas, con el propósito de llegar a la realidad, confirmar un
manifiesto o verificar una suposición. Se interpreta como el hecho de interpretar a través
de frases las peculiaridades de sucesos, vicisitudes, circunstancias, objetos, individuos
y demás seres vivos, de modo que quien observe o analice, los recuerde (Hernández
et al., 2014). Se consideró aplicar este tipo de entrevista debido a que en el presente
documento se describe a través de un ejemplo los cambios en los incentivos tributarios
aplicados a una industria manufacturera.
Enfoque de la Investigación
Investigación cualitativa.
“Utiliza la recolección y análisis de los datos para afinar las preguntas de
investigación o revelar nuevas interrogantes en el proceso de interpretación”
(Hernández Sampieri et al. p. 7, 2014). La investigación cualitativa analiza información
de todas las manera posibles, dejando a un lado la numérica, debido a que este tipo de
investigación interpreta datos a profundidad (Niño, 2011). Se consideró la investigación
cualitativa puesto que para el levantamiento de información del estudio se realizaron
varias entrevistas a distintos expertos tributarios.
Fuentes de Información
Información primaria.
Son fuentes de información de primer plano que poseen información original
que de acuerdo con Maranto Rivera y González Fernández (2015) “son el resultado de
opiniones, juicios, hipótesis y resultados de investigaciones que incluye información
inmediata antes de ser aclarada, o evaluada por otra persona”(p. 3). Por esta razón se
optó por el uso de información primaria en el presente trabajo debido a que se realigzó
una entrevista a un experto en distintas normas, leyes, reglamentos y estudios respecto
la estabilidad tributaria para poder analizar los incentivos tributarios existentes que
benefician a las industrias del Guayas.
Información secundaria.
Guzmán Stein (2017) señala que las fuentes secundarias son las que “aprueban
saber sucesos o situaciones a partir de documentaciones o datos compilados por otros”
53
(p.1), lo que significa, aquella que ya ha sido efectuada o existe en fuentes de
información primaria las cuales han sido la base para obtener una información
secundaria, normalmente se pueden dar por la interpretación, análisis o reorganización
de la información original. Por ello en el presente documento se usaron las leyes
vigentes donde se mencionan los distintos tipos de incentivos tributarios como lo
establecen el COPCI, la LFP y sus reglamentos.
Herramientas
Entrevista.
La entrevista es una técnica, primordialmente de tipo verbal, establecida por
interrogaciones y contestaciones entre investigador y partícipes de la investigación, que
concede reunir los distintos criterios y puntos de vista de las personas que son partícipes
de la investigación o, fortuitamente, según propósitos, intercambiar información con los
participantes en cierto campo determinado (Niño, 2011).
Para el presente Trabajo de Titulación se optó por la aplicación de la entrevista
focalizada, puesto que se orienta en un tema específico y en un contenido determinado,
sin embargo, esta requiere de gran habilidad del entrevistador para orientar al
entrevistado hacia el tema de la investigación, evitando cualquier tipo de incomodidad
al entrevistado
Investigación bibliográfica.
Esta es una de las técnicas más usadas cuando se realiza una investigación, sin
embargo, esta no permite la comprobación de los datos, por lo que siempre es necesario
complementarla con alguna otra técnica de investigación (Hernández et al., 2014). En
el presente documento se hizo uso de esta herramienta, puesto que se revisaron distintas
normativas, leyes, estudios similares al tema de investigación, libros y demás material
bibliográfico que ayude a enriquecer el estudio.
Muestreo
En el presente Trabajo de Titulación se eligió aplicar el muestreo no
probabilístico, puesto que de acuerdo con lo que señala (Salvadó, Espinoza, 2016),
acerca de este tipo de muestreo es que no se encuentra determinada la probabilidad de
los distintitos segmentos de la población donde se levantarán los datos. En adición a lo
ya referido entre las variaciones de muestreo probabilístico que existen se seleccionó en
54
el muestreo no probabilístico por juicio. En su libro “Investigación de Mercados: un
enfoque aplicado” Malhotra (2004) indica que:
En el muestreo por juicio se selecciona con base en el juicio del investigador,
empleando su juicio o experiencia, elige a los elementos que se incluirán en la
muestra porque considera que son representativos de la población de interés o
que son apropiado de alguna u otra forma. (p. 23)
Por lo mencionado en el párrafo anterior se consideró aplicar el tipo de muestro
por juicio para el presente Trabajo de Titulación, debido a que se decidió entrevistar a
expertos con años de experiencia en el ámbito tributario y económico.
Tabla 20
IED en Ecuador 2011 -2014 en miles de dólares
Actividad económica 2011 2012 2013 2014
Agricultura, silvicultura, caza y pesca 0 18 21 39
Comercio 78 83 110 149
Construcción 51 32 69 5
Generación de electricidad, gas y agua potable (11) 46 29 (5)
Explotación de recursos minerales 379 225 253 686
Manufactura 122 136 138 108
Servicios comunales, sociales y personales 28 2 (2) 14
Servicios prestados a las empresas 45 39 118 24
Transporte, almacenamiento y comunicaciones (47) (13) (9) (247)
Total 644 567 727 772
Nota. Tomado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
En la tabla 20 se ilustra la distribución de la IED en Ecuador por rama de
actividad económica por el periodo 2011 – 2014 donde las actividades que más reciben
inversión son las de explotación de recursos, manufactura y comercio, estos sectores
económicos son los que reciben más apoyo extranjero, sin embargo, la cantidad total de
IED recibida está por debajo de Perú y Colombia (véase en la figura 4. IED
comparativa).
55
Tabla 21
IED en Ecuador 2015 - 2018 en miles de dólares
Actividad económica 2015 2016 2017 2018
Agricultura, silvicultura, caza y pesca 68 42 125 59
Comercio 173 122 102 183
Construcción 7 30 59 87
Electricidad, gas y agua 62 1 2 3
Explotación de minas y canteras 560 463 68 742
Industria manufacturera 264 38 144 103
Servicios comunales, sociales y personales (11) (2) (4) (2)
Servicios prestados a las empresas 244 33 75 187
Transporte, almacenamiento y comunicaciones (44) 40 47 39
Total 1.322 767 618 1.401
Nota. Tomado de “Inversión Extranjera Directa”, por Banco Central del Ecuador, 2018. Recuperado de
https://www.bce.fin.ec/index.php/component/k2/item/298-inversi%C3%B3n-extranjera-directa
En la tabla 21 se aprecia que durante el periodo 2015 – 2018 la IED en el país se
encuentra situada principalmente en la explotación de recursos, en la industria de
manufactura y en el sector comercial, aunque en el 2016 la manufactura no recibió tanto
apoyo extranjero, la actividad de explotación de minerales en el 2017 tampoco tuvo
considerables aportes externos, esto puede deberse a la disminución que sufrió la IED
en esos dos años, puesto que en el año 2018 la IED se incrementó.
Figura 21. Perspectiva de crecimiento del PIB en Ecuador. Tomado de “Cifras Macroeconómicas del
Ecuador”, por Cámara de Comercio de Guayaquil (2019) p. 3.
56
En la figura 21 se muestra el crecimiento del PIB en millones de dólares por
actividad económica, donde se ve que la industria manufacturera representa gran parte
del PIB, lo cual permite establecer como objeto de estudio el presente Trabajo de
Titulación, puesto que es uno de los sectores con mayor influencia en el PIB del
Ecuador. Gabriel Rovayo, Presidente de EFQM South América Pacific, opina que se
deberían destinar los préstamos e inversiones al sector primario de producción básica,
el cual está conformado por los sectores de agricultura, ganadería, pesca y minería, y al
sector secundario, el cual consta por los sectores de manufactura y construcción, porque
se quiere recuperar liquidez se debe producir. Es importante que en tiempos de recesión
se inyecte liquidez a la economía.
Figura 22. Comparación de crecimiento del PIB. Tomado de “Cifras Macroeconómicas del Ecuador”,
por Cámara de Comercio de Guayaquil, 2019, p. 5.
En la figura 22 se muestra el crecimiento del PIB de Latinoamérica, donde
evidentemente el porcentaje de crecimiento de los países vecinos Colombia y Perú es
mucho mayor a comparación de Ecuador, puesto que de acuerdo con la figura Ecuador
no tendrá mayor crecimiento para este 2019.
57
Figura 23. Relación IED y PIB. Tomado de “Cifras Macroeconómicas del Ecuador”, por Cámara de
Comercio de Guayaquil, 2019, p. 7.
En la figura 23 de acuerdo a la revista de la Cámara de Comercio de Guayaquil
(2019) indica lo siguiente:
La IED en Ecuador totalizó alrededor de $1,401 millones de dólares en el 2018,
duplicando el valor alcanzado en el 2017. Pese al aumento de este indicador en
relación a años anteriores, solo representó el 1% del PIB. La IED en países
vecinos Perú y Colombia representa alrededor del 4% del PIB (p. 10).
Figura 24. IED/PIB en Latinoamérica y el Caribe. Tomado de (Cámara de Comercio de Guayaquil,
2019).
58
En comparación a los países como Perú y Colombia la IED de Ecuador está por
debajo, esto puede deberse a la inseguridad jurídica por la que atraviesa el país, el
cambio continuo de normas, lo cual hace que Ecuador no sea competitivo frente a los
países latinoamericanos, a esto se le añade la baja confianza internacional que tiene
Ecuador a comparación de otros países extranjeros.
Figura 25. Recaudación de Tributos 2018. Adaptado de “Conformación de los Grupos Económicos y su
Comportamiento Tributario 2016 – 2017”, por Servicio de Rentas Internas, 2017, p.1. Recuperado de
https://www.sri.gob.ec/web/guest/grupos-economicos1
Entrevistas
Entrevista a Experto en Economía.
1. ¿Cuál es la percepción que posee respecto a la IED en el Ecuador, respecto
a los últimos 3 años? ¿Considera que su tendencia ha sido favorable?
2. De acuerdo con su experiencia, ¿Cuál de las dos políticas económicas en
materia macroeconómica fomentan la atracción de inversiones: (1) ¿Política
Fiscal Contractiva o Restrictiva? o (2) ¿Política Fiscal Expansiva? ¿Es
posible que ambas políticas se puedan complementar para la atracción de
inversiones en un País?
3. ¿Considera que la publicación de nuevas leyes que fomentan la inversión
como lo es el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
(COPCI) en el 2010 y la Ley de Fomento Productivo (LFP) en el 2018,
propiciaron esta tendencia favorable?
22%
22%
33%
11%
11%
Tributación 2016 - 2017
Agricultura Comercio Construcción
Electricidad Explotación Manufactura
Servicios sociales Servicios prestados Transporte
59
4. ¿Por qué considera que Ecuador posee una desventaja en materia de IED con
sus países vecinos como Colombia o Perú?
5. ¿Considera que las nuevas políticas impuestas al Ecuador por el FMI
relacionados con los préstamos para financiamiento del Gasto Publico
podrían afectar directamente la IED en los próximos años? ¿Considera que
existe hay una relación directa o indirecta, o podría caber una influencia con
las políticas en la IED?
Entrevista a Experto en materia de Impuestos.
1. ¿Considera que los beneficios tributarios establecidos en el COPCI y la LFP
han originado una tendencia positiva en el incremento de la IED en el
Ecuador?
2. ¿Considera que Ecuador maneja un ambiente propicio para el incremento de
la IED en el Ecuador? ¿En el ámbito laboral? ¿En el ámbito fiscal?
3. ¿Considera que los incentivos tributarios en materia de Impuesto a la Renta
incluidos en la Ley de Fomento Productivo, tiene un alcance a nivel de todos
los sectores en el Ecuador, o considera, que existen sectores que no se pueden
beneficiar de estos incentivos?
4. ¿Considera que los incentivos tributarios para las nuevas empresas que
desarrollen inversiones productivas, benefician de igual manera a las nuevas
inversiones productivas que desarrollen empresas existentes?
5. ¿Considera que el incremento de la fuerza laboral destinada a estas nuevas
inversiones productivas ha disminuido el nivel de desempleo en el Ecuador?
Resultados
Entrevista a Experto Económico para Trabajo de Titulación.
Evaluación De Escenarios Respecto a la Aplicación de los Incentivos
Tributarios Previstos en la Ley De Fomento Productivo y el Código
Orgánico de la Producción en el Sector Industrial del Guayas
1. ¿Cuál es la percepción que posee respecto a la IED en el Ecuador,
respecto a los últimos 3 años? ¿Considera que su tendencia ha sido
favorable?
60
En mi opinión, no ha sido suficiente lo que ha hecho el gobierno en los
últimos tres años para atraer la inversión extranjera; y los resultados que
han sido publicados respaldan lo dicho.
2. De acuerdo con su experiencia, ¿Cuál de las dos políticas económicas
en materia macroeconómica fomentan la atracción de inversiones:
(1) ¿Política Fiscal Contractiva o Restrictiva? o (2) ¿Política Fiscal
Expansiva? ¿Es posible que ambas políticas se puedan
complementar para la atracción de inversiones en un País?
En mi parecer, más que una política expansiva o contractiva, lo que busca
los agentes internacionales (inversionistas), es que exista un equilibrio
fiscal; es decir, que el presupuesto fiscal no se convierta en un obstáculo
para el crecimiento de la economía, debido a generar un mayor nivel de
endeudamiento interno y externo
3. ¿Considera que la publicación de nuevas leyes que fomentan la
inversión como lo es el Código Orgánico de la Producción, Comercio
e Inversiones (COPCI) en el 2010 y la Ley de Fomento Productivo
(LFP) en el 2018, propiciaron esta tendencia favorable?
En mi criterio, sí, las leyes han creado un estímulo para la inversión
extranjera, tanto las del año 2010 (COPCI), como las que promulgó este
gobierno el año anterior; pero como se ha observado en los resultados,
no han sido suficiente.
4. ¿Por qué considera que Ecuador posee una desventaja en materia de
IED con sus países vecinos como Colombia o Perú?
En efecto, estamos en desventaja con nuestros países vecinos como
Colombia y Perú, es por ello que reciben grandes corrientes de inversión
extranjera en comparación a nosotros; uno de los factores que causa esta
desventaja, es nuestro salario, éste es más alto, y los inversionistas
buscan realizar su inversión donde el costo de la mano de obra sea más
bajo; agregando que la moneda que circula en el medio es fuerte, y esto
nos resta competitividad en el comercio exterior
61
5. ¿Considera que las nuevas políticas impuestas al Ecuador por el FMI
relacionados con los préstamos para financiamiento del Gasto
Publico podrían afectar directamente la IED en los próximos años?
¿Considera que existe hay una relación directa o indirecta, o podría
caber una influencia con las políticas en la IED?
Con respecto a las nuevas políticas impuestas por el FMI, estas son
positivas para el Ecuador, debido a que estas comprometen al gobierno a
restaurar los equilibrios macroeconómicos, y esto envía un mensaje
positivo a la inversión privada nacional y extranjero, sin embargo, reitero
que esto no es suficiente para atraer la inversión extranjera.
Entrevista a Experto Tributario para Trabajo de Titulación.
Evaluación De Escenarios Respecto a la Aplicación de los Incentivos
Tributarios Previstos en la Ley De Fomento Productivo y el Código Orgánico de
la Producción en el Sector Industrial del Guayas
1. ¿Considera que los beneficios tributarios establecidos en el COPCI
y la LFP han originado una tendencia positiva en el incremento de
la IED en el Ecuador?
No, no veo que haya generado un incremento porque no hay seguridad
jurídica en el país para que las empresas creen, a tal punto que las
empresas se están yendo del país, más bien se ha aumentado el gasto
público, y el FMI ha pedido que baje este gasto.
2. ¿Considera que Ecuador maneja un ambiente propicio para el
incremento de la IED en el Ecuador? ¿En el ámbito laboral? ¿En el
ámbito fiscal?
No hay un ambiente propicio porque no hay una seguridad jurídica,
puesto que Ecuador es un país donde varía constantemente la normativa.
3. ¿Considera que los incentivos tributarios en materia de Impuesto a
la Renta incluidos en la Ley de Fomento Productivo, tiene un alcance
a nivel de todos los sectores en el Ecuador, o considera, que existen
sectores que no se pueden beneficiar de estos incentivos?
Hay incentivos, pero se debe analizar si se pueden aprovechar o no
dependiendo qué tipo de incentivo tiene, por ejemplo, para poder
62
reinvertir, pienso que toda empresa que tenga una utilidad y vaya a
reinvertir su utilidad en la parte productiva lo puede aprovechar. En mi
opinión considero que el sector productivo tiene un alcance mayor a
comparación de los otros sectores económicos del país.
4. ¿Considera que los incentivos tributarios para las nuevas empresas
que desarrollen inversiones productivas, benefician de igual manera
a las nuevas inversiones productivas que desarrollen empresas
existentes?
A las nuevas empresas les benefician los incentivos indicados tanto en el
COPCI como en la LFP, sin embargo, considero que es complicado que
la IED llegue a Ecuador debido a que no existe seguridad jurídica. Es
necesario que el inversionista tenga un horizonte del comportamiento del
estado.
5. ¿Considera que el incremento de la fuerza laboral destinada a estas
nuevas inversiones productivas ha disminuido el nivel de desempleo
en el Ecuador?
En realidad el empleo se ha visto disminuido porque las empresas se han
achicado debido a una contracción de la economía, por ejemplo el PIB
del 2018 para Colombia fue del 0.6, para Perú del 4,11 y Ecuador
decreció en -0,05, por eso la economía se ve estancada, y cuando no hay
crecimiento se deja de consumir y por ende de producir, por esa razón
varias empresas del sector privado han salido de mercado, a eso se le
añade el personal que ha salido del sector público.
Entrevista a Experto Tributario para Trabajo de Titulación.
Evaluación De Escenarios Respecto a la Aplicación de los Incentivos
Tributarios Previstos en la Ley De Fomento Productivo y el Código Orgánico de
la Producción en el Sector Industrial del Guayas
1. ¿Considera que los beneficios tributarios establecidos en el COPCI
y la LFP han originado una tendencia positiva en el incremento de
la IED en el Ecuador?
El COPCI nació con la intención de atraer inversionistas a través de la
oferta de incentivos tributarios que se sustentaban en dos aspectos
63
fundamentales; los incentivos tributarios, siendo el más relevante la
exoneración por 5 años del pago del IR para el desarrollo de inversiones
nuevas y productivas, y la estabilidad tributaria brindada en los contratos
de inversión firmados entre el Estado y empresas privadas, las cuales
desean realizar nuevas inversiones en el país. La LFP otorga una ventana
temporal para extender en el tiempo estos incentivos tributarios
establecidos en el COPCI y potenciarlos. Según el Informe sobre las
Inversiones en el Mundo 2019 de la UNCTAD, la IED en América Latina
y el Caribe se redujo un 6% en 2018 Sin embargo para Ecuador en el año
2018 la IED creció 41% respeto al 2017 y estos cambios en la política
económica prevén atraer $3.000 millones de IED para el 2019.
2. ¿Considera que Ecuador maneja un ambiente propicio para el
incremento de la IED en el Ecuador? ¿En el ámbito laboral? ¿En el
ámbito fiscal?
Se requieren reformas estructurales para cambiar el modelo económico
que hemos mantenido en los últimos años frente a un modelo que
incentive la inversión privada. En torno al ámbito fiscal, el COPCI y la
LFP ya tienen esta intención otorgando incentivos tributarios y
estabilidad fiscal. En el ámbito laboral la rigidez en las normas laborales
siempre ha afectado la competitividad en el sector privado sin embargo
flexibilización no quiere decir abusos y esto debe primar en la nueva Ley
de Fomento Productivo 2.
3. ¿Considera que los incentivos tributarios en materia de Impuesto a
la Renta incluidos en la Ley de Fomento Productivo, tiene un alcance
a nivel de todos los sectores en el Ecuador, o considera, que existen
sectores que no se pueden beneficiar de estos incentivos?
La Ley de Fomento Productivo busca potenciar la economía del país en
los sectores de agricultura, pesca, turismo y exportación y los incentivos
tributarios en materia de IR van en torno a estos sectores priorizados y
de industrias básicas. Recordemos que la LFP abre una ventana en el
tiempo y maximiza por este periodo limitado los incentivos tributarios
establecidos en el COPCI los cuales se enfocan fundamentalmente en
64
inversiones nuevas y productivas. Sería positivo que el alcance de estos
beneficios sea permanente y abarquen otros sectores no priorizados como
el comercial.
4. ¿Considera que los incentivos tributarios para las nuevas empresas
que desarrollen inversiones productivas, benefician de igual manera
a las nuevas inversiones productivas que desarrollen empresas
existentes?
Con la LFP se amplía el ámbito de aplicación de los incentivos tributarios
para las inversiones nuevas y productivas para que beneficien de igual
manera a empresas existentes que realicen inversiones productivas.
Como por ejemplo la exoneración de impuesto a la renta y su anticipo
aplica para sociedades constituidas previamente a la vigencia de esta ley
y en cuyo caso la exoneración aplica proporcionalmente al valor de las
nuevas inversiones productivas siempre y cuando se genere empleo neto
y considerando el tamaño de la empresa.
5. ¿Considera que el incremento de la fuerza laboral destinada a estas
nuevas inversiones productivas ha disminuido el nivel de desempleo
en el Ecuador?
El nivel de desempleo en Ecuador es evidente, Según el INEC a marzo
de 2019 la tasa de desempleo a nivel nacional fue de 4.6% y el subempleo
fue de 18.7%. a pesar de que en el 2018 la IED incrementó
significativamente aún no es evidente una disminución contundente del
desempleo. Todos los cambios estructurales en las políticas económicas
apuntan a eso, pero aún es muy prematuro para obtener resultados.
65
Tabla 22
Matriz de resultados de entrevistas
Categoría Sujeto
Informante Análisis
Económica Entrevistado 1
La IED de Ecuador en comparación con
Colombia y Perú está en desventaja, lo cual
conlleva a que existan fuertes corrientes de
inversión en los países vecinos ya mencionados.
Las nuevas políticas que se han establecidos no
se consideran suficientes, puesto que como se
puede observar en Ecuador aún no ingresa la IED
como se debe.
Tributaria Entrevistado 1
En Ecuador no se ha visto un incremento de la
IED debido a la inseguridad jurídica que existe
en el país, lo cual hace difícil que la IED llegue a
Ecuador, a pesar que, el Estado busca fomentar
ésta a través de incentivos tributarios, aún no se
ven resultados
Tributaria Entrevistado 2
El COPCI y la LFP tiene la intención de
fomentar la inversión, y a través de ello generar
empleo, sin embargo, esto aún no tiene
resultados positivos para la economía del país,
puesto que los incentivos previstos en las dos
normativas establecen incentivos para las
industrias básicas, se deberían establecer
incentivos para el sector comercial, que es el que
genera mayor fuente de trabajo en Ecuador.
66
Evaluación impositiva de Inversiones Productivas
Actividad Operacional.
Empresa Cervezas del Ecuador S.A. (En adelante CE), es una entidad
domiciliada en la ciudad de Guayaquil dedicada a la elaboración, distribución y venta
de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, entre las que se puede citar a la cerveza, bebidas
de malta sin alcohol y agua embotellada. La empresa fue creada durante el año 1921,
cuyo domicilio principal se encuentra ubicado en el cantón Guayaquil. Cervezas del
Ecuador es subsidiaria directa de una entidad relacionada localizada en Reino Unido
que posee el 94.36% de su capital social, cuyo grupo multinacional se dedica
principalmente a la producción, distribución y venta de bebidas para el consumo
humano a nivel mundial.
CE es una sociedad anónima listada en la Bolsa de Valores de la ciudad de Quito.
CE cuenta con dos plantas ubicadas en las ciudades de Quito y Guayaquil. Como
resultado de un acuerdo suscrito durante septiembre 2007, CE vende la totalidad de su
producción, en sus diferentes marcas y presentaciones, a una compañía relacionada que
se encarga de la distribución y venta en el territorio nacional, esto es a clientes y
distribuidores al por mayor. En ese sentido, CE es la mayor productora y embotelladora
de cervezas en el mercado ecuatoriano y opera con varias marcas reconocidas a nivel
nacional.
Líneas de productos
Entre los principales productos que comercializa CE, se encuentran los
siguientes: (a) Cerveza Tradicional, (b) Malta energizante y (C) Agua embotellada
Cerveza tradicional
Cerveza con un delicado amargor y con un fuerte aroma, producto hecho a base
de cebada con un grado de alcohol del 4.0.
Figura 26. Cerveza tradicional.
67
Malta energizante
Es una bebida energizante no alcohólica realizada con malta; en la actualidad es
un producto de venta libre y es distribuida en los distintos puntos comerciales del país.
Agua
El agua es un componente indispensable para el mantenimiento y desarrollo de
todas las especies, los niveles de agua en el cuerpo del ser humano en su etapa adulta
representan el 60% de su peso corporal.
Proceso de elaboración de cerveza
Obtención del mosto.
Maceración de la malta.
Los ingredientes tamizados se introducen en los grandes recipientes en los que
se introduce agua y se remueve hasta que se forma una pasta consistente. A la mezcla
acuosa se la hace hervir durante unos minutos para favorecer el ataque sobre el almidón
de las enzimas.
En paralelo se calienta una mezcla ligeramente acuosa de malta hasta
aproximadamente 55 °C de temperatura para activar las enzimas y se sube hasta 90 °C;
para luego ser mezcladas las dos en un solo recipiente. La mezcla anterior se somete a
una serie de operaciones destinadas a activar diversas enzimas que reducen las cadenas
largas de azúcares en otras más simples y fermentables. Principalmente, se trata de hacer
pasar la mezcla por diversas etapas más o menos largas de temperatura, cada etapa
siendo óptima para enzimas diferentes. De este proceso de maceración de la malta se
obtiene un líquido claro y azucarado que se denomina "mosto". El proceso completo
dura unas horas.
Proceso de fabricación de malta energizante.
Malta energizante es una bebida elaborada a base de malta, agua, vitaminas,
malta de cebada, azúcar, aromatizantes, acidulantes, colorante natural y emulsificantes;
no posee conservantes, pero realiza el proceso de pasteurización para su conservación.
Su sabor no es similar al de la cerveza a pesar de compartir materiales para su
elaboración. El proceso para la elaboración de esta bebida son los siguientes: (a)
Molienda, (b) Maceración, (c) Filtración, (d) Cocción, (e) Sedimentación, (f)
68
Enfriamiento, (g) Maduración, (h) Filtración final, (i) Pasteurización y (j)
embotellamiento y etiquetado.
Figura 27. Proceso de elaboración de malta
Proceso de purificación de agua.
Agua Clara es un producto comercializado a nivel nacional, de libre venta al
público en general, se la obtiene luego de procesar el agua potable a través de un
procedimiento de purificación, para que esta sea apta para el consumo. El procedimiento
para purificar el agua es el siguiente: (a) Recepción de agua potable, (b) Bombeo a los
equipos de filtración, (c) Filtro de sedimentos, (d) Filtro de carbón activado, (e)
Suavizador, (f) Sistema de osmosis inversa, (g) Captación de agua purificada, (h)
Bombeo final, (i) Esterilizador de luz ultravioleta, (j) Filtro pulidor, (k) y (l)
embotellamiento y etiquetado.
Molienda
• Todos los ingredientes, incluyendo la malta son sometidos a un proceso de limpieza y son triturados en molinos especializados.
Maceración
• Luego de moler los ingredientes, se extraen los componentes de estos en ollas de maceración y son mezclados con agua.
Filtración
• Se filtra el proceso anterior, lo que da como resultado la obtención de un líquido azucarado rico en vitaminas, el cual es llamado mosto.
Cocción
• Se coloca en una paila de cocción el mosto, para hervirlo y eliminar así bacterias que se obtengan de los ingredientes.
Sedimentación
• En este proceso se separan las sustancias que no son solubles que se hayan formado durante la cocción.
Enfriamiento
• Se enfría el producto a una temperatura de ocho a doce grados centígrados.
Maduración
• Se almacena el líquido en tanques especializados.
Filtración final
• Se realiza una última filtración para poder sacar de la producción cualquier residuo que pueda estar en el líquido.
Pasteurización
• Es un proceso que se realiza con el objetivo de eliminar los microorganismos que se encuentren presentes en el líquido.
Embotellamiento y etiquetado
• Se procede a envasar el producto y etiquetarlo, para luego ser almacenado en las bodegas y comercializado.
69
Figura 28. Proceso de purificación de agua
Evaluación de Inversiones.
Empresa Cervezas del Ecuador S.A. ha sido una empresa que ha desarrollado
inversiones nuevas y productivas en el Ecuador durante los últimos 10 años, por tal
motivo se hace necesario que la sociedad haya efectuado un análisis exhaustivo respecto
a las disposiciones establecidas en el (a) Código Orgánico de la Producción, Comercio
e Inversiones (COPCI), (b) Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención
del Fraude Fiscal, y, (c) Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de
Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, así como cada
uno de sus Reglamentos correspondientes, con la finalidad de poder optimizar la carga
fiscal y pueda ser beneficiario de los distintos incentivos que promueven inversiones
Recepción de agua potable
• Se almacena en tanques de polietileno el agua potable proveniente de la red municipal, estos tanques deben ser lavados y desinfectados de manera periódica.
Bombeo a los equipos de filtración
• Con ayuda de una bomba sumergible, el agua almacenada es bombeada a los equipos de filtración.
Filtro de sedimentos
• Este filtro retiene las grandes impurezas que trae consigo el agua.
Filtro de carbón activado
• En este proceso se elimina de manera eficiente los olores, sabores, químicos orgánicos, cloro y otros químicos y compuestos que se encuentran presentes en el agua potable.
Suavizador
• En este proceso se remueven las sales disueltas y los minerales que estaán en exceso a través de un intercambio iónico.
Sistema de osmosis inversa
• Este proceso discierne los componentes inórganicos y orgánicos; y deja de lado los residuos sólidos, de esta manera se obtiene agua pura sin minerales, bacterias y partículas.
Captación de agua purificada
• En este proceso se almacena el agua purificada en otro tanque de polietileno.
Bombeo final
• Este proceso permite que el agua purificada sea bombeada a la luz ultravioleta.
Esterilizador de luz ultravioleta
• La luz ultravioleta cumple con la función de germicida, eliminando los gérmenes, bacterias, virus , entre otros que vienen en el agua.
Filtro pulidor
• En este proceso se detienen las micro impurezas, para de obtener un agua más pura y cristalina.
Embotellamiento y etiquetado
• Se procede a envasar el agua purficada, para que sea almacenada en las bodegas y proceder a su comercialización.
70
productivas en el Ecuador, los cuales han sido previstos por las citadas normativas,
según corresponda.
En base a lo expuesto, durante los ejercicios económicos 2011 al 2019, la
Compañía ha iniciado y desarrollado las siguientes inversiones nuevas y productivas,
las cuales describimos a continuación:
Tabla 23
Proyectos de inversión a realizar.
Descripción del Proyecto de Inversión Monto Ejercicio
Nueva línea de Producción de agua embotellada 2,967,400 2011
Adquisición de activos para ampliación Planta de bebida
energizante a base de malta. 2,000,000 2016
Puesta en marcha de panel solar para la reducción de
energía eléctrica en planta. 2,000,000 2017
Ampliación de planta para la producción de cerveza y
malta. 4,000,000 2018
Diseño, desarrollo e implementación de software de
monitoreo de merma 4,500,000 2019
En base a las inversiones efectuadas por la Empresa Cervezas del Ecuador S.A.
se hace necesario que la administración de la Compañía efectúe una planificación fiscal
que tenga como objetivo el aprovechamiento de cada uno de los incentivos tributarios
establecidos en cada uno de los cuerpos legales antes descritos, como sigue.
Evaluación de un Proyecto de una nueva línea de negocio relacionado con la
producción de agua embotellada.
Antecedentes.
Durante el ejercicio económico 2011, la Empresa Cervezas del Ecuador S.A ha
considerado el desarrollo de una nueva línea de negocio, relacionado con la producción
de agua embotellada. De acuerdo a los nuevos estudios de investigación de mercado que
cuenta CE, se evidencia una tendencia creciente a la demanda de agua embotellada en
la ciudad de Quito y Guayaquil, así como en las zonas cercanas a estas ciudades, por lo
tanto, la administración en conjunto con su casa matriz, han decidido la construcción de
71
una moderna planta para la producción de agua embotellada, la cual cubrirá de manera
eficiente la demanda en ambas ciudades antes mencionadas. La nueva planta será
desarrollada sobre un predio ubicado en el cantón Daule.
La estrategia respecto a la ubicación de la planta en el cantón Daule para la
ejecución del nuevo proyecto le permitirá obtener una logística para la entrega del
producto en los distintos canales de distribución de las compañías mayoristas, lo cual
corresponde a sus principales clientes, los cuales han establecido sus almacenes y
negocios de acopio de inventarios a lo largo del sector industrial ubicado en el cantón
Daule.
Principales desembolsos de la Nueva Inversión.
De conformidad con la evaluación efectuada, se obtiene que la nueva inversión
productiva en la línea de producción de agua embotellada tendrá los siguientes tipos de
desembolsos y monto.
Tabla 24
Desembolsos para la creación de nueva línea producción de agua embotellada parte A
Activo Cant. Costo Costo
Total
Tanques de extracción y almacenamiento 2 109.800 219.600
Equipo hidroneumático 2 56.500 113.000
Filtro de sedimentos 2 36.200 72.400
Filtros de carbón activado 1 59.000 59.000
Equipo suavizador 2 26.500 53.000
Equipo para osmosis inversa 2 36.700 73.400
Equipo esterilizador U.V. 2 83.500 167.000
Filtro pulidor 2 12.500 25.000
Equipo de lavado exterior 2 44.600 89.200
Equipo de lavado interior 2 45.400 90.800
Máquina embotelladora 3 99.900 299.700
Equipo de etiquetado 2 76.500 153.000
Terreno 1 186.800 186.800
Edificio 1 832.000 832.000
Adecuaciones y mejoras 1 533.500 533.500
Total de desembolsos 2,967,400
72
Tabla 25
Desembolsos para la creación de nueva línea producción de agua embotellada parte B
Activo Cant. Costo Costo Total
Equipos de Computación 8 1.105 8.840
Muebles y enseres 10 1.300 13.000
Total 21.840
En la Tabla 24 y 25 se enlistan los activos adquiridos para la creación de la planta
de agua embotellada. En la Tabla 24 se detallan los activos que se relacionan
directamente con la actividad operativa de la empresa, mientras que en la Tabla 25 se
encuentran los demás activos necesarios para que la planta pueda funcionar en su
totalidad, pero que no están relacionados con la actividad de la empresa, la cual es la
producción de bebidas alcohólicas y no alcohólicas.
Evaluación
La nueva línea de producción de agua embotellada podría considerar las
siguientes dos alternativas de tratamiento impositivo y por consiguiente financiero
respecto a la nueva Inversión antes mencionada:
a) Tratamiento de la línea de negocio como parte de una empresa existente
b) Tratamiento de la línea de negocio como nueva entidad legal
De acuerdo con la evaluación del Art.9.1 de la Ley de Régimen Tributario
Interno relacionado con la exoneración de pago del Impuesto a la Renta para el
desarrollo de nuevas inversiones nuevas y productivas, establece lo siguiente:
Las sociedades que se constituyan a partir de la vigencia del Código de la
Producción así como también las sociedades nuevas que se constituyeren por
sociedades existentes, con el objeto de realizar inversiones nuevas y productivas,
gozarán de una exoneración del pago del impuesto a la renta durante cinco años,
contados desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y
únicamente a la nueva inversión. (LRTI, 2004, p. 13)
Asimismo, referido artículo ibídem establece que dichas inversiones del COPCI
establecen que dichos beneficios deben cumplir en forma irrestricta las siguientes
condiciones como son:
73
Las inversiones nuevas y productivas deberán realizarse fuera de las
jurisdicciones urbanas del Cantón Quito o del Cantón Guayaquil, y dentro de los
siguientes sectores económicos considerados prioritarios para el Estado: a)
Sector agrícola; producción de alimentos frescos, congelados e industrializados.
(LRTI, 2004, p. 13)
En ese sentido, el literal a) del Art.17 del Reglamento a la Estructura e
Institucionalidad de desarrollo productivo, de la Inversión y de los mecanismos e
instrumentos de Fomento Productivo, establecidos en el Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones (2011) establece el alcance de cada uno de los
sectores prioritarios, como lo corresponde al del sector de Alimentos frescos,
congelados e industrializados, cuya normativa establece en forma expresa el siguiente
alcance:
“A. Alimentos frescos, congelados e industrializados. - Se incluyen en este
sector a todas las nuevas empresas dedicadas a la maricultura, producción y
obtención de alimentos frescos procesados, congelados y productos elaborados
(incluyendo a los concentrados o balanceados necesarios para la cadena
productiva de alimentos). También se incluye a toda la cadena agrícola,
agroindustrial, pecuaria, pecuaria industrial, acuícola y pesquera, siempre y
cuando genere valor agregado.
Las actividades de este sector incluyen a los cultivos de cereales, frutas,
nueces, hortalizas y legumbres. Así también, la elaboración de aceites y grasas,
almidones, azúcar, bebidas no alcohólicas, confitería; conservas de frutas,
legumbres y hortalizas; macarrones y fideos; alimentos para animales; productos
de molinerías; productos lácteos; conservación de productos de pescado; pesca,
explotación y criaderos; producción de carne y productos cárnicos. Así también
incluye las nuevas actividades de comercialización y logística de valor agregado
que reducen los costos entre los productores y el consumidor final. (p. 12)
Asimismo, el literal a) y b) del Art.13 del Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones establecen la definición de Inversión Nueva y Productiva, la
cual se describe como sigue:
Inversión productiva.- Entiéndase por inversión productiva, independientemente
de los tipos de propiedad, al flujo de recursos destinados a producir bienes y
74
servicios, a ampliar la capacidad productiva y a generar fuentes de trabajo en la
economía nacional.
Inversión Nueva.- Para la aplicación de los incentivos previstos para las
inversiones nuevas, entiéndase como tal al flujo de recursos destinado a
incrementar el acervo de capital de la economía, mediante una inversión efectiva
en activos productivos que permita ampliar la capacidad productiva futura,
generar un mayor nivel de producción de bienes y servicios, o generar nuevas
fuentes de trabajo, en los términos que se prevén en el reglamento. El mero
cambio de propiedad de activos productivos que ya se encuentran en
funcionamiento, así como los créditos para adquirir estos activos, no implica
inversión nueva para efectos de este Código. Para los aspectos no tributarios
previstos en este Código, se considera también inversión nueva toda aquella que
se efectúe para la ejecución de proyectos públicos bajo la modalidad de
asociación público-privada. (COPCI, 2010, p. 9)
Conforme a la evaluación de la nueva inversión que efectuaría la compañía CE
observamos que la inversión de una planta para la producción de agua embotellada
califica como una inversión nueva y productiva conforme a las definiciones establecidas
en el literal a) y b) del Art.13 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones, por cuanto cumple con los requisitos de ampliación de capacidad
productiva futura y la generación de un mayor nivel de producción de bienes y servicios.
Asimismo, dicha inversión nueva y productiva se encuentra enmarcado dentro de los
sectores prioritarios definidos por el Estado, en la cual se puede observar que las
inversiones de plantas de bebidas no alcohólicas se encuentran dentro del sector de
alimentos frescos, congelados e industrializados.
No obstante, conforme a la evaluación de las normas en referencia, para que CE
pueda considerar la exoneración por la inversión nueva y productiva conforme al
COPCI, debe constituirse como una sociedad nueva y no como parte de la sociedad
existente CE, por tanto, el grupo CE puede beneficiarse de la exoneración de impuesto
a la renta de la nueva planta, siempre y cuando, adicionalmente, cumpla con las
siguientes condiciones:
75
Tabla 26
Requisitos para la exoneración del IR según Art. 9.1 de LRTI y Art. Innumerado después
del Art. 23 del RLRTI
N° Detalle
1 La sociedad debe haber sido constituida a partir de la vigencia del COPCI
2 La inversión debe corresponder a inversiones nuevas y productivas conforme a
las definiciones establecidas en el COPCI.
3 La inversión debe efectuarse fuera de las jurisdicciones de Quito y Guayaquil.
4
La inversión debe estar relacionada directamente con uno de los sectores
prioritarios que menciona el Reglamento al Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones.
5 La inversión debe ampliar la capacidad productiva
6 La inversión debe generar mayor nivel de producción de un bien o servicio.
7 La inversión debe generar nuevas fuentes de trabajo
8
Presentar al SRI, los correspondientes Estados de Resultados y en caso de
existir proceso productivo, el Estado de Costos de Producción, en donde se
establezcan claramente los valores de ingresos, costos y gastos y utilidades
atribuibles de manera directa a la inversión nueva y productiva.
9 No se considerarán sociedades recién constituidas aquellas derivadas de
procesos de transformación societaria, tales como fusión o escisión. Nota. Tomado del “Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno” por Asamblea Nacional del
Ecuador, 2010, p. 19. Ecuador, Quito: S.R.O. 206.
Producción y venta de botellas de agua.
Basado en el escenario de inversión propuesto, la administración de CE decide
constituir la nueva compañía durante el 2011, sin embargo, conforme se puede observar
en la Tabla 28, los ingresos generados de la nueva inversión se comenzaron a obtener a
partir del ejercicio económico 2012 y siguientes. En la siguiente tabla se resume las
unidades producidas del 2012 al 2017 donde se muestra el costo para cada periodo.
76
Tabla 27
Botellas de agua producidas
Año Cantidad producida Costo
2012 920.690 0,13
2013 2.350.013 0,12
2014 2.585.015 0,12
2015 2.817.667 0,12
2016 2.704.961 0,12
2017 2.786.110 0,12
2018 2.855.763 0,12
2019 2.941.436 0,12
2020 3.029.680 0,12
A continuación, se muestran las cantidades vendidas y su PVP, para el cual, la
Administración ha considerado un margen de utilidad del 59,80%. Las cantidades
vendidas se muestran por el periodo comprendido del 2012 al 2020.
Tabla 28
Botellas de agua vendidas
Año Cantidad vendida PVP
2012 889.560 0,33
2013 2.298.765 0,31
2014 2.586.287 0,30
2015 2.795.235 0,30
2016 2.698.542 0,31
2017 2.795.862 0,30
2018 2.848.657 0,30
2019 2.995.862 0,30
2020 2.895.862 0,29
Cabe recalcar que los desembolsos para la adquisición de maquinaria, gastos de
salarios y demás desembolsos propios del inicio de operaciones, se incurrieron a partir
del ejercicio económico 2011, en ese sentido los activos nuevos y productivos en su fase
de construcción y previo a su puesta en marcha, fueron clasificados como obras en
curso y clasificados como elementos de Propiedad, Planta y Equipo a partir de su uso,
esto es, a partir del ejercicio económico 2012, año en donde se iniciaron las actividades
productivas de elaboración de agua embotellada.
77
Tabla 29
Gastos de sueldos personal de ventas, operación y administración 2012 – 2016
Área 2012 2013 2014 2015 2016
Operaciones 16.755 24.240 25.452 26.725 28.061
Administración 76.066 79.870 83.863 88.056 92.459
Ventas 17.790 25.418 26.689 28.024 29.425
Total 110.611 129.528 136.004 142.805 149.945
En la Tabla 29 se detallan los gastos por los sueldos y salarios del personal
operativo, administrativo y de ventas por el periodo 2012 – 2016. El periodo
mencionado corresponde a los años en los que la entidad se puede acoger a la
exoneración del Impuesto a la Renta que indican las normas tributarias.
Tabla 30
Gastos por beneficios sociales del personal de ventas, operación y administración 2012
– 2014
Área 2012 2013 2014 2015 2016
Operaciones 2.923 4.526 4.891 5.130 5.375
Administración 13.270 14.913 16.117 16.902 17.709
Ventas 3.104 4.746 5.129 5.379 5.636
Total 19.297 24.185 26.137 27.411 28.720
En la Tabla 30 se muestran los gastos por beneficios sociales (décimo tercer,
décimo cuarto, vacaciones, fondo de reserva) en los que se incurrieron por el personal
de operaciones, administración y ventas por el periodo 2012 – 2016. Se reflejan dichos
gastos por el tiempo que la empresa tiene derecho a la exoneración del Impuesto a la
Renta.
En la Tabla 31 se detallan los costos, el porcentaje de depreciación de los activos,
y el valor residual, para el cual se consideró que sea el 10% del costo de adquisición del
activo fijo. Los activos descritos corresponden a la planta. A continuación, se detallan
los demás activos que se adquirieron para la ejecución de la planta, pero que no están
relacionados con la actividad productiva de la entidad.
78
Tabla 31
Datos para depreciación de maquinaria y equipos
Activo Costo V. Residual Base
Depreciación Factor
Tanques de extracción y
almacenamiento 219.600 21.960 197.640 7,20%
Equipo hidroneumático 113.000 11.300 101.700 8,30%
Filtro de sedimentos 72.400 7.240 65.160 6,20%
Filtros de carbón activado 59.000 5.900 53.100 5,00%
Equipo suavizador 53.000 5.300 47.700 5,50%
Equipo para osmosis 73.400 7.340 66.060 7,20%
Equipo esterilizador U.V. 167.000 16.700 150.300 8,50%
Filtro pulidor 25.000 2.500 22.500 6,00%
Equipo de lavado exterior 89.200 8.920 80.280 6,00%
Equipo de lavado interior 90.800 9.080 81.720 6,50%
Máquina embotelladora 299.700 29.970 269.730 8,50%
Equipo de etiquetado 153.000 15.300 137.700 6,80%
Tabla 32
Datos para depreciación de activos fijos administrativos
Activo Costo V. Residual Base Depreciación Factor
Edificio 1.365.500 136.550 1.228.950 3%
Equipos de Computación 8.840 884 7.956 20%
Muebles y enseres 13.000 1.300 11.700 5%
Tabla 33
Depreciación anual de maquinaria y equipo.
Activo Depreciación anual
Tanques de extracción y almacenamiento 14.230
Equipo hidroneumático 8.441
Filtro de sedimentos 4.040
Filtros de carbón activado 2.655
Equipo suavizador 2.624
Equipo para osmosis 4.756
Equipo esterilizador U.V. 12.776
Filtro pulidor 1.350
Equipo de lavado exterior 4.817
Equipo de lavado interior 5.312
Máquina embotelladora 22.927
Equipo de etiquetado 9.364
Total depreciación 93.291
79
En la Tabla 32 se muestran los datos para realizar el cálculo por depreciación de
los activos de uso administrativo. Se detalla el costo de adquisición, el valor residual,
para el cual se consideró el 10% sobre el valor de adquisición de cada uno de los activos
y el porcentaje de depreciación.
En consideración a los datos que se encuentran en la Tabla 31, se procedió a
realizar el respectivo cálculo para determinar el gasto por depreciación de cada uno de
los activos adquiridos para la construcción de la Planta de agua embotellada. Los
resultados del cálculo de la depreciación se muestran en la Tabla 33. Luego de ello se
procedió a realizar el respectivo cálculo de la depreciación por cada uno de los activos
que corresponden a la Planta de elaboración del producto.
Tabla 34
Depreciación maquinaria y equipo 2012 – 2016
Activo 2012 2013 2014 2015 2016
Tanques de extracción y
almacenamiento 5.575 14.230 14.230 14.230 14.230
Equipo hidroneumático 3.307 8.441 8.441 8.441 8.441
Filtro de sedimentos 1.583 4.040 4.040 4.040 4.040
Filtros de carbón
activado 1.040 2.655 2.655 2.655 2.655
Equipo suavizador 1.028 2.624 2.624 2.624 2.624
Equipo para osmosis 1.863 4.756 4.756 4.756 4.756
Equipo esterilizador
U.V. 5.005 12.776 12.776 12.776 12.776
Filtro pulidor 529 1.350 1.350 1.350 1.350
Equipo de lavado
exterior 1.887 4.817 4.817 4.817 4.817
Equipo de lavado
interior 2.081 5.312 5.312 5.312 5.312
Máquina embotelladora 8.982 22.927 22.927 22.927 22.927
Equipo de etiquetado 3.668 9.364 9.364 9.364 9.364
Total depreciación 36.549 93.291 93.291 93.291 93.291
Con base en la Tabla 31 y 33, se obtuvo la depreciación reflejada en la Tabla 34,
donde se incluye la depreciación por el periodo 2012 – 2016. En el 2011 no se registró
gasto de depreciación por los activos fijos descritos con anterioridad, debido a que no
se hizo uso de los mismos, si no hasta el 10 de agosto del 2012, fecha en la cual la
maquinaria y los equipos empezaron su operatividad.
80
Tabla 35
Depreciación de los activos fijos administrativos
Activo 2012 2013 2014 2015 2016
Edificio 36.869 36.869 36.869 36.869 36.869
Equipos de Computación 1.591 1.591 1.591 1.591 270
Muebles y enseres 585 585 585 585 585
En la Tabla 35 se muestra la depreciación de los activos de uso administrativo
de la Planta de Agua Embotellada por el tiempo que aplica el beneficio de la exoneración
del Impuesto a la Renta. Cabe recalcar que esta depreciación no debe ser considerada
como parte del costo de producción. Luego de ello se procedió a la ejecución del Estado
de Resultados Integrales, el cual se muestra por el periodo 2011 – 2017.
Tabla 36
Base para cálculo del Impuesto Diferido
Años Utilidad 25% Amortización Saldo
Pérdida año 2012 (30.363) (30.363)
Amort. 2013 114.246 28.562 - (30.363)
Amort. 2014 142.454 35.614 - (30.363)
Amort. 2015 164.153 41.038 - (30.363)
Amort. 2016 152.761 38.190 - (30.363)
Amort. 2017 152.467 38.117 30.363 -
En la Tabla 36 se muestran los datos para el cálculo de la amortización por la
pérdida del ejercicio 2012, lo cual dio como resultado un Activo por Impuesto Diferido
por un valor de 6.680 miles de dólares. Este valor se obtuvo aplicando la tasa efectiva
vigente de ese año (22%) a la pérdida obtenida, lo cual se refleja en la Tabla 37 a
continuación.
Tabla 37
Cálculo de Impuesto Diferido
Rubro Importe
Pérdida contable (30.363)
Gastos no deducibles e ingresos excentos -
Base imponible (perdida fiscal) (30.363)
Ir diferido 22% (6.680)
81
Tabla 38
Conciliación tributaria por el periodo 2012 – 2016
Rubro 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Ingresos gravables 296.458 710.254 780.450 837.256 826.525 840.926
Costos y gastos (326.821) (596.008) (637.996) (673.103) (673.764) (688.459)
Utilidad antes de impuestos (30.363) 114.246 142.454 164.153 152.761 152.467
Gastos no deducibles - - - - - -
Ingresos exentos - - - - - -
Amort. Pérdida años anteriores - (28.562) (35.614) (41.038) (6.169) (30.363)
Base imponible (30.363) 85.685 106.841 123.115 146.592 122.104
22% imp. Renta - 18.851 23.505 27.085 32.250 26.863
Impuesto renta corriente
(18.851) (23.505) (27.085) (32.250) (26.863)
Impuesto renta diferido 6.680 (6.284) (7.835) (9.028) (1.357) (6.680)
Utilidad neta (23.683) 89.112 111.114 128.040 119.154 118.924
En la Tabla 38 se muestra la conciliación tributaria por el periodo 2012 – 2017, puesto que, en el caso de no haber hecho uso de la
exoneración del Impuesto a la Renta, sí fue factible realizar la amortización de la pérdida surgida en el 2011
82
Tabla 39
Estado de Resultados Integrales sin aplicación de la exención del Impuesto a la Renta
Rubro 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Ventas netas - 296.458 710.254 780.450 837.256 826.525 840.926
Costo de ventas - 119.176 285.522 313.741 336.577 332.263 338.052
Utilidad bruta en ventas - 177.282 424.732 466.709 500.679 494.262 502.874
Gastos de administración y ventas 111.383 150.055 164.789 171.655 178.241 183.812 190.757
Gastos de operación - 57.590 125.536 127.461 129.316 130.731 132.744
Utilidad operacional (111.383) (30.363) 134.407 167.593 193.122 179.719 179.373
Ingresos no operacionales - - - - - - -
Gastos no operacionales - - - - - - -
Utilidad antes de part. E impuestos (111.383) (30.363) 134.407 167.593 193.122 179.719 179.373
15% part. A trabajadores - - 20.161 25.139 28.968 26.958 26.906
Utilidad antes de impuestos (111.383) (30.363) 114.246 142.454 164.153 152.761 152.467
Impuesto a la renta corriente
- (18.851) (23.505) (27.085) (32.250) (26.863)
Impuesto a la renta diferido 24.504 6.680 (6.284) (7.835) (9.028) (1.357) (6.680)
Impuesto a la renta - - (18.851) (23.505) (27.085) (32.250) (26.863)
Utilidad/pérdida del ejercicio (86.879) (23.683) 89.112 111.114 128.040 119.154 118.924
En la Tabla 39 se muestra el Estado de Resultados Integrales de la compañía en el supuesto caso que no haya hecho uso del
incentivo tributario de la exoneración del Impuesto a la Renta como ya se lo ha mencionado con anterioridad. Se observa que la omisión
del beneficio tributario ocasiona un pago indebido de Impuesto a la Renta por el periodo 2012 – 2016, periodo en el cual pudo acogerse
al derecho de exoneración.
83
Tabla 40
Estado de Resultados Integrales con la aplicación el incentivo de exoneración del Impuesto a la Renta
Rubro 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Ventas netas - 296.458 710.254 780.450 837.256 826.525 840.926
Costo de ventas - 119.176 285.522 313.741 336.577 332.263 338.052
Utilidad bruta en ventas - 177.282 424.732 466.709 500.679 494.262 502.874
Gastos de administración y ventas 111.383 150.055 164.789 171.655 178.241 183.812 190.757
Gastos de operación - 57.590 125.536 127.461 129.316 130.731 132.744
Utilidad operacional (111.383) (30.363) 134.407 167.593 193.122 179.719 179.373
Ingresos no operacionales - - - - - - -
Gastos no operacionales - - - - - - -
Utilidad antes de part. E impuestos (111.383) (30.363) 134.407 167.593 193.122 179.719 179.373
15% part. A trabajadores - - 20.161 25.139 28.968 26.958 26.906
Utilidad antes de impuestos (111.383) (30.363) 114.246 142.454 164.153 152.761 152.467
Impuesto a la renta corriente - - - - - - (26.863)
Impuesto a la renta diferido 26.732 6.680 - - - - (6.680)
Impuesto a la renta - - - - - - (26.863)
Utilidad/pérdida del ejercicio (84.651) (23.683) 114.246 142.454 164.153 152.761 118.924
En el caso que la entidad haya hecho uso del incentivo tributario, la Tabla 40 refleja la exoneración del Impuesto a la Renta por el
periodo 2011 – 2017 y el uso en el 2017 de la amortización en su totalidad por la pérdida del 2012. La Tabla 41 muestra un comparativo
de la Utilidad neta con y sin la aplicación del incentivo tributario.
Tabla 41
Comparación de la Utilidad Neta 2011 – 2017 con y sin la aplicación del incentivo tributario
Utilidad 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Sin la aplicación del incentivo (86.879) (23.683) 89.112 111.114 128.040 119.154 118.924
Con la aplicación del incentivo (84.651) (23.683) 114.246 142.454 164.153 152.761 118.924
84
Aspectos de controversia.
Uno de los aspectos de controversia en el tratamiento impositivo en la aplicación
de este incentivo tributario en materia de impuesto a la renta, es definir si dicho incentivo
se trata de una exoneración del ingreso generado por la nueva inversión o en
consecuencia se trata de la exoneración en el pago del impuesto a la renta calculado
conforme a las definiciones establecidas en la LRTI y su RLRTI
En el primer escenario, la exoneración del ingreso consiste en que las rentas
obtenidas directamente por inversiones nuevas y productivas en sectores prioritarios
como lo es la creación de una nueva empresa donde se construye una planta para la
producción de agua embotellada se encuentran exentas, en dicho caso, los ingresos
obtenidos deben tratarse como una renta exenta, y sus gastos se considerarían no
deducibles en su totalidad vía conciliación tributaria, por el cual no se obtendría una
base imponible para efectos de la determinación del impuesto a la renta
En el segundo escenario, la exoneración al pago del impuesto a la renta
implicaría que los ingresos obtenidos por la inversión nueva se encuentran gravados con
impuesto a la renta y sus gastos se considerarían en su totalidad como deducibles, en tal
caso, se determinaría una base imponible o utilidad fiscal la cual se encontraría sujeta a
la tarifa de impuesto a la renta de sociedades, y en consecuencia, se calcularía un
impuesto a la renta causado, la cual a través de un mecanismo de deducción del 100%
de dicho importe, se exoneraría del pago correspondiente, obteniéndose de esta manera
un impuesto a la renta a pagar de cero.
Con la finalidad de poder definir el escenario más adecuado, podemos evaluar
los siguientes análisis como sigue:
El numeral 2 del Art.24 Clasificación de los Incentivos del COPCI, relacionado
con los incentivos fiscales sectoriales y para el desarrollo regional equitativo donde cabe
los beneficios del COPCI anteriormente señalados, establece expresamente que:
Para los sectores que contribuyan al cambio a la matriz energética, a la
sustitución estratégica de importaciones, al fomento de las exportaciones, así
como para el desarrollo rural de todo el país, y las zonas urbanas según se
especifican en la disposición reformatoria segunda (2.2), se reconoce la
exoneración total del impuesto a la renta por cinco años a las inversiones nuevas
que se desarrollen en estos sectores, la exoneración prevista para industrias
85
básicas y la deducción del 100% adicional del costo o gasto de depreciación
anual, de conformidad con la ley. (COPCI, 2010, p. 13)
Asimismo, la disposición reformatoria 2.2. del COPCI es una reforma que
modifica la Ley de Régimen Tributario Interno, la cual agrega el artículo 9.1 de dicha
Ley, señalando expresamente lo siguiente:
Art. 9.1.- Exoneración de pago del Impuesto a la Renta para el desarrollo de
inversiones nuevas y productivas.- Las sociedades que se constituyan a partir de
la vigencia del Código de la Producción así como también las sociedades nuevas
que se constituyeren por sociedades existentes, con el objeto de realizar
inversiones nuevas y productivas, gozarán de una exoneración del pago del
impuesto a la renta durante cinco años, contados desde el primer año en el que
se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión.
Para efectos de la aplicación de lo dispuesto en este artículo, las inversiones
nuevas y productivas deberán realizarse fuera de las jurisdicciones urbanas del
Cantón Quito o del Cantón Guayaquil, y dentro de los siguientes sectores
económicos considerados prioritarios para el Estado: a. Producción de alimentos
frescos, congelados e industrializados. (LRTI, 2004, p.13)
Como se puede observar, el espíritu de la norma del COPCI fue la de exonerar
el impuesto a la renta a las inversiones en estos sectores priorizados por el Estado, y esto
solo es posible a través de la exoneración de los ingresos generados directamente de
estas inversiones. Asimismo, dicho artículo se encuentra incluido dentro del Capítulo
III de Exenciones de la Ley de Régimen Tributario Interno, la cual tiene como objetivo
exonerar a los ingresos.
No obstante, con la finalidad de apreciar los criterios de la Autoridad Tributaria,
se ha procedido a resumir las consultas vinculantes que contribuyentes han consultado
sobre este tema, y hemos clasificado las opiniones de la Autoridad Tributaria en: (a)
Exoneración del ingreso y (b) Exoneración al pago, obteniendo los siguientes resultados
como sigue:
86
Tabla 42
Extracto de consultas vinculantes en relación al Art 9.1 del COPCI
Contribuyente Año
Considerado
como ingreso
exento
Considerado con
exoneración de
Impuesto
Hidroalto generación
de energía 2016
Surpapelcorp s.a. 2016
Nutrijama s.a. 2014
Elitenergy generación
eléctrica s.a. 2014
Ecogen s.a. 2014
Renovergy s.a. 2014
Gernoc s. A. 2014
Conforme a los resultados obtenidos en la Tabla 42 relacionado con el
levantamiento de la información de las consultas absueltas por el Servicio de Rentas
Internas durante los ejercicios económicos en mención y conforme lo hemos incluido
en nuestro Apéndice, se obtuvo que este incentivo puede aplicarse considerando a las
rentas generadas por las nuevas inversiones como ingreso exento, las cuales
correspondieron a 5 (cinco) consultas absueltas por el Servicio de Rentas Internas de las
7 (siete) identificadas, por tal motivo, se puede inferir que el criterio del Servicio de
Rentas Internas en ese sentido es la de considerar la exoneración a dichas rentas.
No obstante, con la finalidad de revisar el criterio que posee la Autoridad
Tributaria en este tema, el literal h) relacionado con el llenado del casillero 810 de la
“Guía para el llenado del formulario del Impuesto a la Renta de Sociedades” publicado
en la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI)
https://www.sri.gob.ec/web/guest/formularios-e-instructivos, establece que se debe
considerar como una deducción adicional dentro de las diferencias permanentes a los
incentivos tributarios adicionales previstos en el Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones (COPCI). En ese sentido, esta aseveración confirma que la
finalidad es la de considerar estas rentas generadas como diferencias permanentes, es
decir, en ningún motivo se prevé la determinación de una base imponible y por
87
consiguiente un impuesto causado, que origine en un pago de impuesto a la renta, por
el que luego, se deba considerar la exoneración en el pago del tributo a través de una
deducción, como si fuere un crédito tributario de impuesto a la renta.
En ese mismo sentido, si la opción fuere determinar un pago de impuesto a la
renta para luego considerar su no pago, el casillero que debería aplicarse debería ser el
862 “Exoneración y crédito tributario por leyes especiales”, en el cual se interpreta que
dicha deducción debe contemplar dos condiciones: (i) la exoneración y (ii) que sea
crédito tributario, el cual en este caso no corresponde a su esencia a un crédito tributario,
pues la finalidad del incentivo es otorgar la exoneración a las inversiones nuevas y
productivas y no a gravarlas, pues ese no fue el espíritu de la norma a partir de su
promulgación. Asimismo, en la “Guía instructiva para el llenado del formulario del
Impuesto a la Renta de Sociedades” no contempla explicación adicional que pueda
inferirse al respecto.
Por tanto, basado en los argumentos expuestos, se puede concluir que el
escenario conservador en la aplicación de este Incentivo es la de considerar a los
ingresos generados por las nuevas inversiones productivas fuera del cantón Quito y
Guayaquil como un ingreso exento, la cual se encuentra sustentado en las premisas
expuestas precedentemente.
Optimización tributaria respecto a la evaluación de un proyecto de
ampliación Planta de bebida energizante a base de malta.
Antecedentes.
En el 2016 Empresa Cervezas del Ecuador tomó la decisión de expandir su planta
destinada a la elaboración de bebidas energizantes a base de malta. Cabe mencionar que
esta planta fue ejecutada durante el 2007, es decir, antes de la vigencia del Código de la
Producción, Comercio e Inversiones (COPCI). La empresa considera la expansión como
resultado de la innovación que ha experimentado el producto, el cual tiene como
objetivo la adición de nuevos ingredientes sustitutos de la azúcar, así como la adición
de nuevas vitaminas que resultan en procesos adicionales. Adicionalmente, se requiere
la ampliación de la planta con la finalidad de atender la creciente demanda que ha
experimentado el producto, inclusive con fines de exportación.
88
Descripción de los principales desembolsos de la Nueva Inversión.
Empresa Cervecera del Ecuador invirtió un total de $2.000.000 en la expansión
de la planta de elaboración de malta, los cuales se describen en la Tabla 43.
Tabla 43
Desembolsos del año 2016
Desembolso Importe
Molinos para la limpieza y trituración de la malta 1.000.000
Tanques de maceración 330.000
Filtros suavizadores 93.000
Calderas para la cocción del mosto 96.000
Tanques de sedimentación 225.000
Frigoríficos 120.000
Equipo de envase 90.000
Máquina de etiquetado 46.000
Total de desembolsos (inversión) 2.000.000
Evaluación.
De acuerdo con la Disposición Transitoria Segunda de la Ley para la Prevención
y Fraude Fiscal (LPFF), establece que, las compañías creadas antes de la vigencia del
COPCI, que adquieran activos fijos con la intención de realizar una inversión nueva y
productiva, tendrán derecho a la deducción adicional del gasto por depreciación de
dichos activos fijos por cinco años a partir de su uso productivo, como también se lo
menciona en el Reglamento a la LPFF. Para la aplicación del incentivo el sujeto pasivo
debe cumplir con los requisitos que menciona el RLPFF. Cabe recalcar que los activos
deben estar relacionados directamente con la actividad productiva de la empresa.
Conforme lo señala la Disposición Transitoria Décima Quinta del RLPFF, para acogerse
a la deducción adicional por la depreciación de activos fijos destinados a nuevas
inversiones productivas, se debe cumplir los siguientes requisitos señalados a
continuación en la Tabla 44.
89
Tabla 44
Requisitos para la aplicación de la deducción adicional por adquisición de activos fijos
para inversiones nuevas y productivas
Requisito Descripción
1
Se considerará como activo fijo a los bienes tangibles de propiedad del
contribuyente y que sirven para producir bienes o servicios y que duren
más de un ejercicio fiscal completo, adquiridos localmente o
importados.
2
Para las definiciones de activos nuevos y productivos se aplicarán
aquellas señaladas en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones, para las inversiones nuevas y productivas.
3
Los activos fijos deben estar relacionados directamente con la actividad
económica de un sector económico considerado prioritario para el
Estado según el Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones.
4
Los cinco años del incentivo se contarán desde el ejercicio fiscal en que
se inicie el uso productivo del activo, lo cual deberá coincidir con su
registro contable.
5
En el caso de activos fijos adquiridos localmente, el valor del activo
sobre el que se calculará el beneficio de depreciación adicional será el
que conste en el respectivo comprobante de venta, y en el caso de
importaciones, el valor que conste en la declaración aduanera de
importación.
6
El beneficio de depreciación adicional solo corresponderá al costo o
gasto del activo sin incluir rubros adicionales por instalación,
capacitación, puesta en marcha, intereses, combustible, y otros rubros
adicionales de naturaleza independiente a la del activo fijo. Tampoco se
considerarán los repuestos del activo, excepto cuando estos se
contabilicen como activos fijos, cumpliendo los requisitos fijados en
esta norma.
7 El beneficio es solo por depreciación y no por deterioro o pérdida.
8
El límite máximo del beneficio estará establecido en virtud de los
límites de depreciación previstos en este reglamento, sin perjuicio de
que se autorice la depreciación acelerada del activo fijo. Nota. Tomado del “Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno”, por Asamblea Nacional del
Ecuador (2010) p. 183. Ecuador, Quito: S.R.O. 209.
En la Tabla 44 se analizaron las características que mencionan las normativas
tributarias para la aplicación del incentivo de la deducción del 100% adicional por cinco
años de los activos fijos relacionados con inversiones nuevas y productivas.
90
Tabla 45
Cuadro de análisis para la aplicación de la deducción adicional por depreciación de
activos fijos por expansión de planta de elaboración de bebida energizante
Característica Aplica No aplica
Inversión nueva y productiva
Inversión relacionada con los sectores
priorizados
Vida útil mínima de 2 años
Costo del activo fijo
Honorarios por instalación
Mantenimiento
Reparaciones
Transporte
En la Tabla 45 se realizó un análisis de los requisitos mencionados con
anterioridad en la Tabla 44.
Tabla 46
Fecha de uso de la maquinaria
Adquisición de equipo para aumento de producción Fecha de
adquisición
Fecha de
uso
Molinos para la limpieza y trituración de la malta 01/01/2016 12/01/2016
Tanques de maceración 01/01/2016 12/01/2016
Filtros suavizadores 03/01/2016 12/01/2016
Calderas para la cocción del mosto 03/01/2016 12/01/2016
Tanques de sedimentación 03/01/2016 12/01/2016
Frigoríficos 03/01/2016 12/01/2016
Equipo de envase 07/01/2016 12/01/2016
Máquina de etiquetado 08/01/2016 12/01/2016
En la Tabla 46 se detalla la fecha en la que se adquirieron los activos fijos para
la expansión de la planta de bebida energética y la fecha en la que se empezó a hacer
uso de la maquinaria y los equipos.
91
Tabla 47
Detalle de la adquisición los activos fijos
Adquisición de equipo para
aumento de producción Importe
Asistencia
técnica Instalación
Materia prima
usada durante
las pruebas
Transporte Valor total
del activo
Molinos para la limpieza y
trituración de la malta 500.000 2.198,00 1.412,00 2.766,00 1.773,00 505.383
Tanques de maceración 130.000 2.918,00 1.598,00 2.801,00 1.519,00 136.035
Filtros suavizadores 93.000 1.826,00 1.601,00 2.461,00 2.592,00 99.019
Calderas para la cocción del mosto 96.000 2.301,00 1.505,00 1.337,00 2.425,00 102.231
Tanques de sedimentación 125.000 2.679,00 1.825,00 1.921,00 2.478,00 131.982
Frigoríficos 120.000 2.334,00 1.607,00 1.605,00 1.249,00 125.190
Equipo de envase 90.000 2.510,00 2.172,00 2.668,00 2.597,00 97.279
Máquina de etiquetado 46.000 1.872,00 2.626,00 1.673,00 1.505,00 52.003
En la Tabla 47 se detalla el costo de adquisición de los activos adquiridos para la ejecución de la expansión de la planta de
fabricación de malta energizante, adicionalmente se detallan otros rubros como honorarios por asistencia técnica para el correcto uso de
los activos, instalación de las maquinarias y equipos, materia prima usada para realizar pruebas y gasto por transporte del activo. Cabe
recalcar que según los estipulado en la Disposición Transitoria Segunda del Reglamento a la Ley para la Prevención y Fraude Fiscal,
establece que no se aplicará la deducción del 100% por gastos de instalación capacitación, combustible, trasporte, puesta en marcha y
demás rubros similares, por tanto, no se considera para la aplicación del beneficio los desembolsos detallados en las columnas 3, 4, 5 y 6.
92
Tabla 48
Depreciación de los activos fijos
Cuadro de depreciación normal Vida útil Factor Depreciación
normal 2016
Depreciación
adicional
Molinos para la limpieza y trituración de la malta 14 7,14% 31.510 31.174
Tanques de maceración 15 6,67% 7.916 7.565
Filtros suavizadores 14 7,14% 6.174 5.798
Calderas para la cocción del mosto 13 7,69% 6.864 6.446
Tanques de sedimentación 14 7,14% 8.229 7.794
Frigoríficos 13 7,69% 8.406 8.057
Equipo de envase 13 7,69% 6.532 6.043
Máquina de etiquetado 12 8,33% 3.783 3.346
Monto de depreciación como beneficio adicional
79.413 76.223
En la Tabla 48 se detalla la depreciación normal del activo, la cual consta del costo de adquisición de la maquinaria y equipo, los
costos por capacitación, transporte e instalación, en consideración a lo expresado en la columna Depreciación normal 2016, se refleja la
depreciación que se carga al Estado de Resultado del 2016, sin embargo, el monto sujeto a la deducción del 100% adicional por
depreciación es por el valor de adquisición de los activos.
93
Tabla 49
Conciliación Tributaria 2016
Conciliación Tributaria Sin planificación Con planificación
Utilidad antes del impuesto a la renta 2.008.890 2.008.890
Ingresos Exentos - -
Gastos no deducibles - -
Deducción Adicional - (76.223)
Base cálculo 2.008.890 1.932.667
IR 2016 441.956 425.187
En la Tabla 49 se muestra la conciliación tributaria comparativa por el 2016,
donde se muestra el efecto de la aplicación del incentivo por deducción del 100%
adicional de los activos fijos adquiridos relacionados con nuevas inversiones
productivas
Tabla 50
Estado de Resultados Integrales 2016
Rubro Sin
planificación
Con
planificación
Ingresos por ventas 6.000.000 6.000.000
Costo de productos vendidos (2.760.000) (2.760.000)
Utilidad bruta 3.240.000 3.240.000
Gastos administrativos (300.000) (300.000)
Gastos de venta (600.000) (600.000)
Utilidad operacional 2.340.000 2.340.000
Gastos financieros, netos (23.400) (23.400)
Utilidad antes de Participación e Impuestos 2.363.400 2.363.400
Participación a los trabajadores (354.510) (354.510)
Utilidad antes del impuesto a la renta 2.008.890 2.008.890
Impuesto a la renta (441.956) (425.187)
Utilidad neta 1.566.934 1.583.703
En la Tabla 50 se muestra la compasión del Estado de Resultados Integrales al
realizar y al no realizar la planificación tributaria por el proyecto de expansión de la
94
planta de malta energizante, Se observa una reducción del Impuesto a la Renta por la
aplicación del benefició de la deducción del 100% adicional por depreciación de activos
fijos relacionados con inversiones nuevas y productivas. Asimismo, se refleja un
incremento de la Utilidad neta debido a la reducción de dicho Impuesto.
Aspectos de controversia.
Uno de los aspectos de controversia en el tratamiento impositivo en la aplicación
de este incentivo tributario en materia de impuesto a la renta, es definir si el mismo
desde el sentido estricto jurídico – legal, se encuentra vigente para su aplicación en la
determinación del impuesto a la renta del ejercicio económico 2019 y siguientes.
La Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal
publicado en el Suplemento del Registro Oficial No.405 del lunes 29 de diciembre del
2014, incluyo dentro de su Disposición Transitoria Segunda, el siguiente beneficio
tributario:
Las sociedades constituidas antes de la vigencia del Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones que realicen la adquisición de activos fijos
nuevos y productivos, tendrán derecho a la deducción del ciento por ciento
(100%) adicional del costo o gasto de depreciación anual que generen dichas
inversiones durante cinco (5) años contados desde que se produzca el inicio de
su uso productivo.
Para aplicar este beneficio:
a. La inversión producto de la cual se adquieran activos fijos, nuevos y
productivos, deberá efectuarse dentro de uno de los sectores económicos
prioritarios para el Estado, definidos por el Código de la Producción, Comercio
e Inversiones.
b. El mero cambio de propiedad de activos productivos, que ya se encuentran en
funcionamiento u operación, no implica inversión nueva.
c. No será aplicable el beneficio previsto en esta disposición cuando los activos
fijos, nuevos y productivos, han sido adquiridos para tener derecho a otros
beneficios ya previstos en la ley tributaria, tales como la reducción de la tarifa
por reinversión de utilidades o las deducciones adicionales por costos o gastos
de depreciación.
95
Lo establecido en esta Disposición Transitoria será aplicable también para las
sociedades constituidas a partir del 30 de diciembre de 2010 dentro de las
jurisdicciones urbanas de Quito y Guayaquil.
El plazo de vigencia de esta Disposición Transitoria será de diez (10) años
contados desde el año siguiente al de su publicación en el Registro Oficial.” las
normas contenidas en la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y
Prevención del Fraude Fiscal, se encuentra vigente después de la publicación de
la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores publicada en el Suplemento
del Registro Oficial 484 del 9 de mayo del 2019. La Ley Orgánica de Incentivos
a la Producción y Fraude Fiscal publicada en el Suplemento del Registro Oficial
No.405 del 29 de diciembre del 2014.
Tabla 51
Puntos claves derogados
Rubros
derogados Descripción
ICE
Se elevó el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a productos
como los cigarrillos, cervezas, gaseosas, bebidas energizantes, bebidas
azucaradas y jugos artificiales.
Telefonía Se gravó con ICE del 15% a la telefonía móvil y fija de las
sociedades.
Acciones Se eliminó la exoneración del IR a la venta de acciones, inmuebles o
participaciones.
ISD
Se redujo el monto límite de transacciones libres del pago del
impuesto a la salida de divisas (ISD) a USD 5 000. Una persona que
sale del país puede llevar consigo hasta 3 salarios básicos en efectivo
sin tener que pagar el tributo.
Inversiones Exoneración de 10 años del pago del impuesto a la renta (IR) para
nuevas inversiones.
Deducción
Los costos y gastos por promoción y publicidad de bienes y servicios
son deducibles del IR hasta el 4% del total de los ingresos del
contribuyente. Para las MiPymes no hay límites.
Banano
Las actividades relacionadas al sector bananero (producción, cultivo,
exportación y venta local) que se produzcan en el país estarán sujetos
a un impuesto a la renta único. Nota. Tomado de “Por error se eliminaron dos leyes tributarias en la Asamblea Nacional”, por El
comercio, 2019. Recuperado de https://www.elcomercio.com/actualidad/error-eliminaron-leyes-
tributarias-asamblea.html
96
Optimización tributaria respecto a la evaluación de un proyecto de puesta en
marcha de panel solar para la reducción de energía eléctrica en planta.
Antecedentes.
Con la finalidad de disminuir los costos de energía eléctrica existente en las
distintas plantas de producción, la empresa ha evaluado sustituir progresivamente el
consumo de energía eléctrica por la generación de energía a través de paneles
fotovoltaicos, lo cual resulta en la optimización de dicho recurso energético en la
empresa, y adicionalmente disminuye los costos de producción de los distintos
productos que posee la empresa. Por tal motivo, a procedido a la evaluación de este
proyecto de inversión con la finalidad de disminuir el costo de producción.
Para poder instalar este tipo de paneles se debe de tener en consideración varios
desembolsos, para la puesta en marcha de dichos paneles. Es importante mencionar que
este nuevo proyecto de inversión no resulta de un requerimiento por parte del Ministerio
del Medio Ambiente, por tanto, debe considerarse como una iniciativa del sector
privado, en este caso, de Empresas Cervezas en el Ecuador
Conforme a un estudio técnico efectuado por un profesional del sector energético
que mide el consumo de energía utilizado en plantas de producción, se señaló que
existiría una reducción en el consumo de energía eléctrica en un 92,67% en la
implementación de la planta. Para este proyecto es necesario contratar personal
adicional para el manejo e instalación de los equipos a ser desarrollados en la industria.
Tabla 52
Reducción consumo de energía
Procesos donde se requiere el uso de energía eléctrica Antes Después
Trituración de la cebada 126 v 12 v
Cocción de la cebada 452 v 24 v
Filtración del mosto 212 v 16 v
Mezcla y maceración 545 v 29 v
Embotellamiento y etiquetado 234 v 34 v
Consumo Total 1569 v 115 v Nota. Véase detalle en el Apéndice 1
97
Descripción de los principales desembolsos de la Nueva Inversión
Para llevar a cabo el proyecto de reducción de energía eléctrica en la planta de
elaboración de cerveza de la ciudad de Guayaquil, se incurrieron en varios desembolsos,
los cuales se detallan en la tabla a continuación.
Tabla 53
Desembolsos para la construcción de panel solar
Desembolso Detalle Importe
1
Adecuación del lugar donde se vaya a instalar los
paneles solares puesto que, no debe existir ningún
objeto que bloquee los rayos solares.
102.000
2 Instalación de los techos adecuados para los paneles
fotovoltaicos. 209.775
3 Construcción de las estructuras de sujeción de los
módulos 298.765
4 Adquisición e instalación de reguladores de energía 105.577
5 Adquisición e instalación de almacenadores de
energía 320.073
6 Adquisición de placas solares 170.167
7 Instalación de paneles solares 206.664
8 Compra de voltímetros 279.470
Total de desembolsos 2.000.000
Evaluación.
La empresa Cervezas del Ecuador S.A., puede aplicar las normativas tributarias
para acceder a los incentivos tributarios previstos en las referidas normativas con
respecto a inversiones nuevas y productivas que promuevan la generación de energía
renovable.
Conforme al numeral 7 del Art. 10 de la LRTI y al numeral 13 del Art. 46 del
Reglamento de dicha Ley, señala que la depreciación y amortización de mecanismos
que ayuden a la generación de energía renovable, la cual pueden ser solar, eólica o
alguna otra similar, se deducirá el 100% adicional de dicha depreciación, siempre y
cuando este mecanismo no sea requisito ambiental. En adición a esto, esta deducción
adicional por depreciación no podrá exceder el 5% del total de los ingresos, no será
aplicable si existe depreciación acelerada de los activos adquiridos en la nueva
98
inversión, ni tampoco se considerará la depreciación por el revalúo de los activos
relacionados con la inversión (LRTI, 2004).
Del mismo modo es relevante mencionar lo siguiente:
Para efectos de la aplicación de este numeral, se entenderá por "producción
limpia" a la producción y uso de bienes y servicios que responden a las
necesidades básicas y conducen a una calidad de vida mejor, a la vez que se
minimiza el uso de recursos naturales, materiales tóxicos, emisiones y residuos
contaminantes durante el ciclo de vida sin poner en riesgo las necesidades de las
generaciones futuras (RLRTI, 2010, p. 54).
En referencia al inciso G del Art. 17 del RCOPCI, se establece que el proyecto
de reducción de energía eléctrica está dentro de los sectores priorizados que indica el
Reglamento, en consecuencia, que la inversión que realiza Cervezas del Ecuador tiene
el propósito de reducir el consumo de energía eléctrica a través del uso de paneles
solares. En inciso G del Reglamento ya indicado en el presente párrafo dice lo siguiente:
Integra a las actividades asociadas con la energía cuya fuente reside en
fenómenos de la naturaleza, procesos o materiales susceptibles de ser
transformados en energía aprovechable por la humanidad que se regeneran
naturalmente, por lo que se encuentran disponibles de forma continua o
periódica, tales como: Sol (energía solar), Viento (energía eólica), Ríos y
Corrientes de Agua Dulce (energía hidroeléctrica de hasta 50 MW), Mares y
Océanos (energía mareomotriz), Calor de la Tierra (energía geotérmica). Se
incluye producción de biomasa a partir del establecimiento de plantaciones para
producción de energía y el fomento a la producción de biocombustibles. Así
también incluye las nuevas actividades de comercialización y logística de valor
agregado que reducen los costos entre los productores y el consumidor final
(RCOPCI, 2011, p. 11).
99
Tabla 54
Requisitos para la aplicabilidad de la deducción del 100% adicional de activos que
generen energía renovable
Requisito Aplica No Aplica
Inversión nueva y productiva
Inversión relacionada con la actividad operativa
Mecanismos de generación de energía de fuente renovable
La adquisición no debe ser exigida por el Ministerio
Ambiental
Incremento de empleo neto
No debe exceder el 5% de los ingresos
De acuerdo a las normativas tributarias se procedió a realizar el cálculo por la
depreciación adicional del panel solar. Para efecto del cálculo se supuso una vida útil
económica de 20 años, y un valor de salvamento del 10%. Para la presentación de la
depreciación se decidió presentar por 12 años.
Tabla 55
Tabla de depreciación del panel solar
Fecha Período Dep. Anual Dep. Acumulada Valor en libros
15/03/2017 0 2.000.000
31/12/2017 1 72.000 72.000 1.928.000
31/12/2018 2 90.000 162.000 1.838.000
31/12/2019 3 90.000 252.000 1.748.000
31/12/2020 4 90.000 342.000 1.658.000
31/12/2021 5 90.000 432.000 1.568.000
31/12/2022 6 90.000 522.000 1.478.000
31/12/2023 7 90.000 612.000 1.388.000
31/12/2024 8 90.000 702.000 1.298.000
31/12/2025 9 90.000 792.000 1.208.000
31/12/2026 10 90.000 882.000 1.118.000
31/12/2027 11 90.000 972.000 1.028.000
31/12/2028 12 90.000 1.062.000 938.000
100
Tabla 56
Depreciación adicional por panel solar
Fecha Período Deducción adicional
15/03/2017 0
31/12/2017 1 72.000
31/12/2018 2 90.000
31/12/2019 3 90.000
31/12/2020 4 90.000
31/12/2021 5 90.000
31/12/2022 6 90.000
31/12/2023 7 90.000
31/12/2024 8 90.000
31/12/2025 9 90.000
31/12/2026 10 90.000
31/12/2027 11 90.000
31/12/2028 12 90.000
Esta deducción adicional no causa un efecto de impuesto diferido, debido a que
se deben cumplir ciertos requisitos, y en este caso, no los cumple, porque el simple
hecho de tener la incertidumbre de saber si se seguirá teniendo el beneficio en años
posteriores, deja de ser un activo por impuesto diferido.
Tabla 57
Conciliación tributaria 2017
Conciliación tributaria Sin planificación Con planificación
Utilidad antes de Impuesto a la renta 190.208 190.208
Ingresos Exentos - -
Gastos no deducibles - -
Deducción Adicional - (72)
Base imponible 190.208 190.136
Impuesto causado (41.846) (41.830)
En la Tabla 57 se muestra la conciliación tributaria comparativa del 2017, donde
se ve el efecto del incentivo tributario de la deducción del 100% adicional que se
establece en las leyes tributarias, en las filas deducción adicional, base imponible e
Impuesto. El efecto tributario para Cervezas del Ecuador es positivo, debido a la
reducción del Impuesto a la Renta al aplicar dicho incentivo.
101
Tabla 58
Estado de Resultados Integrales 2017
Estado de Resultados Integrales Sin planificación Con planificación
Ingresos por ventas 528.254 528.254
Costo de productos vendidos (135.233) (135.233)
Utilidad bruta 393.021 393.021
Gastos administrativos (69.457) (69.457)
Gastos de venta (92.868) (92.868)
Utilidad operacional 230.695 230.695
Gastos financieros, netos (6.921) (6.921)
Utilidad antes de Participación e Impuestos 223.774 223.774
Participación a los trabajadores (33.566) (33.566)
Utilidad antes de Impuestos 190.208 190.208
Impuesto a la renta (41.846) (41.830)
Utilidad neta 148.362 148.378
En la Tabla 58 se muestra el efecto que tuvo la aplicación de la deducción del
100% adicional de la depreciación de los activos fijos adquiridos relacionados con
inversiones nuevas y productivas. El efecto que tuvo en el Estado de Resultados
Integrales de Cervezas del Ecuador S.A. fue la reducción del Impuesto a la Renta y el
incremento de la Utilidad.
Para la elaboración del Estado de Resultados se consideró lo siguiente:
Tabla 59
Venta estimada de unidades del producto
Unidades 2017 2018 2019 2020
Proy. Vtas estimada de
cerveza (uds.) 422.603.000 487.009.000 470.663.000 526.909.000
En adición a los valores que muestra la Tabla 59, para el 2017 también se
consideró un precio de venta es de 1,25 y un costo de venta 0,32. Los gastos
administrativos representan un 13% con respecto a las ventas y los gastos de ventas un
18% sobre las ventas.
Aspecto de controversia
No se constituye esta exoneración como impuesto diferido porque (a) no está
establecido en ibidem Art. del RLRTI y (b) existe incertidumbre en el cumplimiento de
lo establecido en el Anexo 6 detallado en el Apéndice 1.
102
Optimización tributaria respecto a la evaluación de un proyecto de puesta en
marcha de expansión de la planta de elaboración de cerveza y malta energizante.
Antecedentes
Empresa Cervezas del Ecuador S.A., en el 2018 puso en marcha el proyecto de
expansión de la planta de elaboración de cerveza y malta energizante con el propósito
de mejorar el proceso productivo de la cerveza, puesto que en los últimos dos años se
han presentado varios problemas técnicos en las máquinas que realizan la cocción y
filtración del mosto, lo cual ha generado un incremento en los gastos de reparación y
por ende un incremento en el precio del producto, sin embargo, el PVP de la cerveza se
ha mantenido. Esta planta tuvo lugar en el año 2000, antes de la publicación del COPCI.
La estrategia de la empresa es disminuir los gastos de reparación de maquinaria,
mejorar el proceso de elaboración de cerveza, disminuir los problemas técnicos que se
presentan en la planta y la obtención de un producto de mejor calidad.
Desembolsos.
Para cumplir con la estrategia prevista la entidad adquiere maquinaria y equipos
de mayor tecnología a las que ya se mantenían en la planta, para ello realizó los
siguientes desembolsos detallados en la Tabla 60.
Tabla 60
Desembolsos para la expansión de la planta de elaboración de cerveza y malta.
Activos Importe
Tanques de maceración 420.941
Filtros aclaradores 334.236
Calderas para la cocción del mosto 457.927
Tanques de fermentación 349.374
Filtros suavizadores 393.557
Tanque de maduración y clarificación 307.623
Frigoríficos 386.114
Máquina embotelladora 329.667
Máquina etiquetadora 489.985
Instalación de la maquinaria 530.576
Capacitación para uso de las maquinarias 497.960
Total desembolsos 4.000.000
103
Evaluación.
En el 2018 la empresa Cervezas del Ecuador S.A., puede aplicar el mismo
beneficio utilizado en el 2016. Citando a la Ley para Prevención y Fraude Fiscal (LPFF)
y su Reglamento correspondiente señala la deducción adicional del 100% de la
depreciación de los activos fijos adquiridos relacionados con inversiones nuevas y
productivas y los requisitos que deben tener los activos fijos para que la depreciación
de estos sea considerada como deducción adicional, los cuales se enlistan en la Tabla
39 del presente documento. Adicionalmente el Reglamento de la LRTI establece en su
inciso N lo siguiente:
Dentro del sector industrial se consideran a las actividades que implican la
transformación de materias primas a través de procesos productivos, por lo tanto,
este sector incluye toda actividad de manejo de materia prima para fabricación
de productos secundarios, elaborados o semielaborados de forma masiva,
incluido el ensamblaje y montaje, siempre que genere valor agregado (RLRTI,
2010, p. 13,).
Tabla 61
Cuadro de análisis para la aplicación de deducción adicional por depreciación de
activos fijos por expansión de planta de elaboración de cerveza y malta
Característica Aplica No aplica
Inversión nueva y productiva
Inversión relacionada con los sectores
priorizados
Vida útil mínima de 2 años
Costo del activo fijo
Transporte
En la Tabla 61 se hizo un análisis de las características que deben cumplir los
activos fijos para ser objeto del incentivo de la deducción del 100% adicional de
depreciación que se establece en la LPFF y su reglamento con respecto a los activos
fijos adquiridos en inversiones nuevas y productivas.
104
Adicionalmente, conforme el Art. 26 de la LFP (2018) empresa Cervezas del
Ecuador S.A., puede acogerse al siguiente beneficio en referencia a la Ley ya
mencionada.
Las nuevas inversiones productivas, conforme las definiciones establecidas en
los literales a) y b) del artículo 13 del Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones, que inicien a partir de la vigencia de la presente Ley,
en los sectores priorizados establecidos en el Art. 9.1 de la Ley de Régimen
Tributario Interno, tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta, y
su anticipo, por 12 años, contados desde el primer año en el que se generen
ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión, y que se
encuentren fuera de las jurisdicciones urbanas de los cantones de Quito y
Guayaquil. (p. 16)
En adición a lo mencionado en el Art. 26 de la LFP, es importante indicar que “las
inversiones realizadas en estos sectores en las áreas urbanas de Quito y Guayaquil
podrán acogerse a la misma exoneración por 8 años” (LFP, 2018, p. 16).
De la misma manera el Art. 26 de la Ley ya referida en el párrafo anterior, indica
un requisito importante para aplicar el incentivo tributario. Según la LFP (2018) indica
que:
Para sociedades nuevas, así como para aquellas ya existentes, esta exoneración
aplicará solo en sociedades que generen empleo neto, para lo cual el Reglamento
a esta Ley establecerá las condiciones y procedimientos para la aplicación y
verificación de este requisito, en atención al tamaño de las sociedades que
quieran acceder al mismo. (p. 16)
En concordancia con el Art. 26 de la LFP y el Art. 2 del RLFP (2018) indica
que:
Quienes quieran acogerse a las exoneraciones previstas en los artículos 26 y 29
de la Ley, deberán cumplir los siguientes lineamientos:
Generación de empleo
La condición de generación de empleo neto se deberá cumplir atendiendo al
tamaño de la empresa. Las condiciones de categorización para el tamaño de las
empresas serán aquellas establecidas en el Código Orgánico de la Producción,
105
Comercio e Inversiones y su respectivo Reglamento. Se entenderá por grandes
empresas, a aquellas que superen el límite de ingresos establecido para medianas
empresas.
Para el caso de las empresas nuevas, los montos mínimos exigibles deberán ser
alcanzados en un período equivalente al transcurrido desde la creación de la
nueva empresa hasta la obtención de sus primeros ingresos operacionales,
contados a partir de la generación de dichos ingresos.
Una vez finalizado el período determinado para el cumplimiento de esta
condición, las empresas deberán mantener el nuevo promedio anual de
trabajadores permanentes, durante los ejercicios fiscales que resten para la
aplicación del incentivo. Esta condición se verificará en base al empleo
registrado en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
El Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones podrá regular
mediante resolución, los aspectos operativos que considere necesarios para
procurar el debido cumplimiento y verificación de esta condición. Además,
podrá modificar los parámetros de esta condición atendiendo a la realidad de
sectores o subsectores específicos de la economía en casos debidamente
justificados; y, pudiendo además dictaminar en casos concretos, excepciones a
esta condición, considerando entre otras cosas, estacionalidades, condiciones
económicas, factores exógenos de la inversión, el desarrollo de actividades
tecnológicas y la proporción de la nueva inversión sobre el total de activos de la
empresa. (p. 2)
La Tabla 62 hace una relación entre las condiciones que establece el Art. 2 del
RLFP para la aplicación del incentivo de exoneración de Impuesto a la Renta que
menciona el Art. 26 y 29 del la LFP, y la clasificación de las MIPYMES que establece
el Art. 106 del RCOPCI en referencia a lo que indica el Art. 53 del COPCI. Esta es una
modalidad que pueden aplicar las empresas que se encuentren en esta categorización
siempre que cumpla con lo mencionado estipulado en los cuerpos legales señalados en
el presente párrafo.
106
Tabla 62
Condiciones del RLFP según la clasificación de las empresas de acuerdo al RCOPCI
Tipo de
empresa
Categorización según Art. 106 del
Reglamento al COPCI
Condiciones según Art. 2
del Reglamento a la LFP
Micro
empresa
Es aquella unidad productiva que tiene
entre 1 a 9 trabajadores y un valor de
ventas o ingresos brutos anuales iguales o
menores de trescientos mil $300.000
dólares Las micro, pequeñas y
medianas empresas deberán
incrementar su empleo neto
permanente
durante el período de
ejecución de la inversión
Pequeña
empresa
Es aquella unidad de producción que tiene
de 10 a 49 trabajadores y un valor de
ventas o ingresos brutos anuales entre
$300.001 y $1000.000 de dólares
Mediana
empresa
Es aquella unidad de producción que tiene
de 50 a 199 trabajadores y un valor de
ventas o ingresos brutos anuales entre
$1.000.001 y $5.000.000
Grande
empresa
No se describe en el reglamento, pero se
infiere que es aquella que posee más de
199 trabajadores y que obtenga un valor
de ventas o ingresos brutos anuales
mayores a $5.000.000 de dólares
Deberán incrementar su
empleo neto en mínimo el
3% de su empleo neto
permanente durante el
período de ejecución de la
inversión. Nota. Tomado del “Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones”, por
Asamblea Nacional del Ecuador, 2011, pp. 39-40. Ecuador, Quito: Of. No. SAN-010-2038 y del
“Reglamento para la aplicación de la Ley de Fomento Producción”, por Asamblea Nacional del Ecuador,
2018, p. 2. Ecuador, Quito: S.R.O.: 392
Otra modalidad que establece el RLFP es la Proporcionalidad del Impuesto a la
Renta, El Art. 2 del Reglamento a la Ley de Fomento Productivo (2018) indica lo
siguiente:
Proporcionalidad del Impuesto a la Renta.
Para el caso de empresas existentes, el contribuyente debe aplicar la
exoneración de manera proporcional al valor de las nuevas inversiones
productivas, mediante alguna de las opciones detalladas a continuación:
1. Diferenciar en su contabilidad los valores de activos, pasivos,
ingresos, costos y gastos, utilidades y participación laboral
atribuibles a la inversión nueva y productiva, de acuerdo a las normas
contables aplicables. Los gastos que no se puedan asignar
directamente a la producción y venta de los bienes o servicios
107
relacionados a la nueva inversión, serán asignados en proporción a
los ingresos obtenidos exclusivamente por la nueva inversión. (p. 3)
2. Aplicar el beneficio de manera proporcional al valor de las nuevas
inversiones productivas, calculado de la siguiente forma:
El resultado obtenido de dividir la nueva inversión productiva para el
total de activos fijos brutos revaluados, en los términos señalados en
la fórmula anterior, calculado respecto del último año de ejecución
de la nueva inversión, se mantendrá para los siguientes períodos
fiscales en los que aplique el incentivo. Sin perjuicio de lo señalado,
en aquellos casos en los que la nueva inversión productiva se ejecute
en distintas áreas geográficas que impliquen distintos plazos de
exoneración, no se considerará en el rubro "nueva inversión
productiva" aquellos activos no corrientes, no financieros ubicados
en áreas geográficas sobre las cuales el plazo de exoneración haya
fenecido.
La exoneración estará sujeta a control posterior de la autoridad
tributaria, y no podrá ser mayor al equivalente de 10 puntos
porcentuales de reducción de la tarifa. En los casos que el
contribuyente quiera gozar de una reducción de tarifa superior,
deberá realizar una solicitud previa al Comité Estratégico de
Promoción y Atracción de Inversiones y suscribir el respectivo
contrato de inversión. El Comité determinará las condiciones y
parámetros para otorgar reducciones de tarifa superiores a 10 puntos
porcentuales. (p. 3)
En la Tabla 63 se describen las variables establecidas en el Reglamento a la Ley
de Fomento Productivo para el cálculo de la proporción sujeta al beneficio de
exoneración del Impuesto a la Renta que se indica en el Art. 26 y 29 de la LFP. Estas
variables deben ser consideradas al momento de aplicar el incentivo tributario, de esta
manera se utiliza de manera correcta dicho incentivo. Cabe recalcar que, dentro de las
dos modalidades existentes para el cálculo de proporcionalidad del Impuesto a la Renta,
la entidad sujeta a beneficio puede aplicar la que más se ajuste a sus condiciones.
108
Tabla 63
Variables para aplicación del beneficio de manera proporcional al valor de las nuevas
inversiones productivas (segunda modalidad)
Término (variable) Descripción
Nueva inversión productiva
Corresponde a la inversión acumulada destinada a la
adquisición de propiedad, planta y equipo, activos
intangibles y biológicos a ser utilizados dentro del
proceso productivo de bienes y servicios,
exclusivamente, en los períodos fiscales respecto a
los cuales se realiza la nueva inversión productiva, de
conformidad con la Ley de Fomento Productivo.
Total de activos fijos brutos
revaluados
Corresponde al valor total de activos fijos sin
descontar depreciación y considerando revaluaciones
por efecto de aplicación de NIIF, al cierre del
ejercicio declarado. Este rubro será actualizado
incluyendo los valores acumulados de la nueva
inversión productiva en la medida en la que se vaya
ejecutando.
Tarifa de impuesto a la renta Corresponde a la tarifa de impuesto a la renta
aplicable a la fecha de la declaración. Nota. Tomado del “Reglamento a la Ley de Fomento Productivo” por Asamblea Nacional del Ecuador,
2018, pp. 3. Ecuador, Quito: S.R.O.: 392.
Tabla 64
Datos para la depreciación de los activos fijos para la expansión de la planta de cerveza
Activo Costo Vida útil Factor
Tanques de maceración 420.941 15 6,67%
Filtros aclaradores 334.236 13 7,69%
Calderas para la cocción del mosto 457.927 12 8,33%
Tanques de fermentación 349.374 13 7,69%
Filtros suavizadores 393.557 11 9,09%
Tanque de maduración y clarificación 307.623 16 6,25%
Frigoríficos 386.114 17 5,88%
Máquina embotelladora 329.667 17 5,88%
Máquina etiquetadora 489.985 11 9,09%
Máquina para monitoreo de merma 530.576 12 8,33%
Tanque de clarificación 497.960 14 7,14%
En la Tabla 64 se muestran los años de vida útil de los activos que se adquirieron
para la expansión de la planta de elaboración de cerveza, y también se detalla el
porcentaje de depreciación a aplicar. Cabe recalcar que para el cálculo de la depreciación
se consideró un 10% de valor residual.
109
Tabla 65
Depreciación de los activos fijos adquiridos para la expansión de la planta de cervezas
Activo Dep.
Anual
Dep.
2018
Dep.
2019
Dep.
2020
Tanques de maceración 25.256 17.188 25.256 25.256
Filtros aclaradores 23.139 15.748 23.139 23.139
Calderas para la cocción del mosto 34.345 23.373 34.345 34.345
Tanques de fermentación 24.187 16.461 24.187 24.187
Filtros suavizadores 32.200 21.914 32.200 32.200
Tanque de maduración y
clarificación 17.304 11.776 17.304 17.304
Frigoríficos 20.441 13.911 20.441 20.441
Máquina embotelladora 17.453 11.878 17.453 17.453
Máquina etiquetadora 40.090 27.283 40.090 40.090
Máquina para monitoreo de
merma 39.793 27.081 39.793 39.793
Tanque de clarificación 32.012 21.786 32.012 32.012
Total depreciación 306.221 208.400 306.221 306.221
En la Tabla 65 se muestra la depreciación de CE por los activos adquiridos para
la inversión nueva y productiva por el periodo 2018 – 2020. El valor de depreciación
del 2018 es menor en comparación a los otros años debido a que el uso de los activos se
dio en mayo del 2018. Las fechas de adquisición y uso de cada uno de los activos se
detallan a continuación en la Tabla 66.
Tabla 66
Fecha de adquisición y uso de los activos fijos
Activo Fecha de adquisición Fecha de uso
Tanques de maceración 03/04/2018 01/05/2019
Filtros aclaradores 05/04/2018 01/05/2019
Calderas para la cocción del mosto 11/04/2018 01/05/2019
Tanques de fermentación 12/04/2018 01/05/2019
Filtros suavizadores 13/04/2018 01/05/2019
Tanque de maduración y clarificación 11/04/2018 01/05/2019
Frigoríficos 15/04/2018 01/05/2019
Máquina embotelladora 17/04/2018 01/05/2019
Máquina etiquetadora 18/04/2018 01/05/2019
Máquina para monitoreo de merma 01/05/2019 01/05/2019
Tanque de clarificación 01/05/2019 01/05/2019
110
En base a lo expuesto anteriormente se procedió a realizar la evaluación del
incentivo tributario de la deducción adicional del 100% de la depreciación de activos
fijos relacionados con inversiones nuevas productivas y la exoneración proporcional del
Impuesto a la Renta sobre las inversiones nuevas y productivas. Para aplicación del
incentivo se realizaron los siguientes supuestos presentado en las Tablas 67 y 68.
Tabla 67
Costo y PVP para efecto del Estado de Resultados Integrales
Detalle Precio Observación
Costo del producto 0,38 (SUPUESTO)
Precio del venta del producto 1,25 (SUPUESTO)
Tabla 68 Unidades
estimadas de venta
Detalle 2018 2019 2020
Proy. Vtas estimada de cerveza (uds.) 37.662.200 49.709.052 71.840.356
Tabla 69
Movimiento de la cuenta Planta y Equipos
Supuesto Importe
Valor de los activos fijos 194.500.000
Depreciación acumulada (44.735.000)
Revaluación de activos fijos 5.456.000
Depreciación por revaluaciones (709.280)
Valor en libros de Planta y Equipo 154.511.720
En la Tabla 69 se refleja el movimiento que tuvo la cuenta Planta y Equipos al
2018, donde se encuentra incluida la adquisición de los activos nuevos y productivos.
Para efecto del cálculo de la exoneración proporcional del Impuesto a la Renta según la
Ley y Reglamento para el Fomento Productivo, se toma como base el valor bruto de los
activos y su reevaluación, siempre y cuando estén relacionados con la actividad
productiva de la entidad. La fórmula aplicar es el (valor de inversión) dividida para (el
valor de los activos fijos bruto más su reevaluación), el resultado de esta división se lo
multiplica por la tasa efectiva vigente (en este caso es 25%) la cual da como resultado
la tarifa reducida de Impuesto a la Renta. El cálculo se muestra en la Tabla 70.
111
Tabla 70
Cálculo tasa reducida de Impuesto a la Renta
Detalle Importe Signo
Tasa
efectiva
en %
Signo Resultado
en % Observación
Valor de la
inversión 4.000.000
x 25 = 0,50
Porcentaje
de deducción
a aplicar en
tarifa de IR
Valor de
activos fijos
brutos
199.956.000
Luego de haber determinado la tarifa reducida de Impuesto a la Renta se procede
a realizar el cálculo de la nueva tasa efectiva para el cálculo de Impuesto a la Renta para
los próximos años a los cuales está sujeta la entidad a la exoneración proporcional del
Impuesto ya referido. Este cálculo se lo puede observar en la Tabla 71.
Tabla 71
Cálculo de la nueva tasa efectiva de Impuesto a la Renta
Detalle %
Tarifa IR 25,00
Menos % Deducción 0,50
Nueva Tarifa IR 24,50
De esta manera se procede a presenta la conciliación tributaria comparativa por
el 2018, para ver el efecto económico que tiene la entidad al acogerse al beneficio y
cuando se hace omisión de este.
Tabla 72
Conciliación tributaria comparativa del 2018
Rubro Sin Planificación Con Planificación
Utilidad antes del impuesto a la renta 21.630.296 21.630.296
Ingresos Exentos - -
Gastos no deducibles - -
Deducción Adicional - (208.400)
Base Imponible 21.630.296 21.421.896
IR 2018 5.407.574 5.248.341
Asimismo, se presenta el Estado de Resultados donde se ve el efecto de la
reducción del Impuesto a la Renta e incremento de la Utilidad.
112
Tabla 73
Estado de Resultados comparativo 2018
Rubro Sin planificación Con planificación
Ingresos por ventas 47.077.750 47.077.750
Costo de productos vendidos (14.311.636) (14.311.636)
Utilidad bruta 32.766.114 32.766.114
Gastos administrativos (2.353.888) (3.106.816)
Gastos de venta (4.707.775) (6.213.632)
Utilidad operacional 25.704.452 25.704.452
Gastos financieros, netos (257.045) (257.045)
Utilidad antes de Participación e IR 25.447.407 25.447.407
Participación a los trabajadores (3.817.111) (3.817.111)
Utilidad antes del IR 21.630.296 21.630.296
Impuesto a la renta (5.407.574) (5.248.341)
Utilidad neta 16.222.722 16.381.955
Aspecto de controversia.
Cabe mencionar que, para este proyecto, expansión de planta de elaboración de
malta energizante y cerveza se optó por la aplicación de la segunda modalidad para la
exoneración del Impuesto a la Renta prevista en el Reglamento a la LFP y no se
consideraron los ingresos exentos a diferencia que, en el proyecto del 2011, donde sí se
consideró a los ingresos como exentos de Impuesto a la Renta. Esto fue debido a la
identificabilidad de los Activos, Pasivos, Patrimonio, Gastos e Ingresos de la compañía,
debido a que al ser una empresa existente y al dedicarse a la elaboración de cerveza y
malta no se encuentran segmentados los Activos, Pasivos y Patrimonio, a diferencia de
la creación de la planta embotelladora de agua, en esta sí es factible la identificabilidad
de los préstamos, de la maquinaria adquirida, de los gastos por personal y demás.
Optimización tributaria respecto a la evaluación de un proyecto de
reinversión de utilidades en el desarrollo e implementación de un nuevo software
para monitoreo de merma.
Antecedentes.
En el 2011 Cervezas del Ecuador S.A., dio inicios la apertura de filiales con el
propósito de expandir su negocio y la elaboración de nuevos productos, sin embargo, en
el proceso productivo de las filiales han existido inconvenientes, puesto que el nivel de
merma está por el 25%, cuando el nivel normal es máximo un 10%. En consideración a
lo referido la entidad invierte parte de su utilidad del 2018 en el diseño, desarrollo e
113
implementación de nueva tecnología destinada netamente la regulación del proceso de
elaboración de cerveza. En el 2019 se empezaron a realizar los trabajos de diseño y
desarrollo de la nueva tecnología.
Cabe recalcar que esta nueva tecnología está vinculada directamente con el
proceso productivo de todas las plantas con las que cuenta la entidad y sus filiales, con
la implementación de la nueva tecnología se busca la reducción en un 17% de la merma
por la elaboración de los distintos productos que ofrece la entidad.
Desembolsos.
Durante el diseño, desarrollo e implementación del nuevo software se
incurrieron en varios desembolsos, los cuales se detallan a continuación en la Tabla 63.
Tabla 74
Desembolsos en el diseño, desarrollo e implementación de nueva tecnología
Desembolso Importe
Honorarios equipo de diseño 500.000
Honorarios Ing. en Sistemas 400.000
Capacitación del personal 450.000
Servidores 450.000
CIF por desarrollo 225.000
Instalación de redes 450.000
Honorarios programadores 450.000
Instalación de servidores 450.000
Pruebas realizadas 450.000
Honorarios de analistas 675.000
Total desembolsos 4.500.000
Evaluación tributaria.
Empresa Cervezas del Ecuador S.A., por la reinversión de utilidades en el
diseño, desarrollo e implementación de nueva tecnología podrá aplicar las siguientes
normativas tributarias para acogerse al beneficio de la reducción del 10% del Impuesto
a la Renta por reinversión de utilidades.
Conforme al Art. 37 de la LRTI (2004), indica lo siguiente:
Las sociedades exportadoras habituales, así como las que se dediquen a la
producción de bienes, incluidas las del sector manufacturero, que posean 50% o
más de componente nacional y aquellas sociedades de turismo receptivo,
114
conforme lo determine el Reglamento a esta Ley, que reinviertan sus utilidades
en el país, podrán obtener una reducción de diez (10) puntos porcentuales de la
tarifa del impuesto a la renta sobre el monto reinvertido en activos productivos,
siempre y cuando lo destinen a la adquisición de maquinarias nuevas o equipos
nuevos, activos para riego, material vegetativo, plántulas y todo insumo vegetal
para producción agrícola, acuícola, forestal, ganadera y de floricultura, que se
utilicen para su actividad productiva, así como para la adquisición de bienes
relacionados con investigación y tecnología que mejoren productividad, generen
diversificación productiva e incremento de empleo; para ello deberán efectuar el
correspondiente aumento de capital y cumplir con los requisitos que se
establezcan en el reglamento a la presente Ley. El aumento de capital se
perfeccionará con la inscripción en el respectivo Registro Mercantil hasta el
treinta y uno (31) de diciembre del ejercicio impositivo posterior a aquel en que
se generaron las utilidades materia de la reinversión. (pp. 48-49)
En adición al Art. 37 de la LRTI, el Art. 51 del RLRTI (2010) indica la forma
de cálculo para el monto máximo de reinversión a ser aplicable la reducción de la tarifa
de Impuesto a la Renta, lo cual se detalla a continuación:
El valor máximo que será reconocido por la administración tributaria para
efectos de la reducción de la tarifa impositiva como consecuencia de la
reinversión se calculará a partir de la utilidad contable, a la cual se disminuirá el
monto de la participación a los trabajadores calculado con base en las
disposiciones de este reglamento, pues constituye un desembolso real de
efectivo.
El resultado de la operación anterior será considerado como la Utilidad Efectiva,
la misma que se verá afectada por lo siguiente:
1. La disminución de la tarifa del impuesto a la renta prevista para sociedades
por reinversión de utilidades, pues este ahorro de efectivo puede ser
reinvertido; y,
2. La reserva legal del 0%, 5% o 10% según corresponda, pues es un valor que
no es susceptible de reinversión.
Con esas consideraciones la fórmula que se aplicará para obtener el valor
máximo que será reconocido por la Administración Tributaria para efectos de la
115
reducción de la tarifa impositiva como consecuencia de la reinversión es la
siguiente:
[(1 - %RL) * UE] - ([%IR0 - (%IR0 * %RL)] * BI)
1 - (% IR0 - %IR1) + [(% IR0 - %IR1) * %RL]
%RL: Porcentaje Reserva Legal.
UE: Utilidad Efectiva.
%IR0: Tarifa original de impuesto a la renta.
%IR1: Tarifa reducida de impuesto a la renta.
BI: Base Imponible calculada de conformidad con las disposiciones de la Ley y
este reglamento.
Una vez aplicada dicha fórmula y obtenido el valor máximo que será reconocido
por la administración tributaria para efectos de la reinversión, el contribuyente
calculará el Impuesto a la renta de la siguiente manera:
a) Sobre el valor que efectivamente se reinvierta, aplicarán las tarifas del
impuesto a la renta reducidas correspondientes a la reinversión legalmente
prevista, según sea el caso, siempre que el valor reinvertido no supere el valor
máximo calculado de acuerdo a la fórmula anterior; y,
b) A la diferencia entre la base imponible del impuesto a la renta y el valor
efectivamente reinvertido, se aplicará la tarifa correspondiente para
sociedades.
La suma de los valores detallados en los literales anteriores dará como resultado
el impuesto a la renta causado total. (p. 60)
En la Tabla 75 se muestra el análisis de la aplicabilidad de la tarifa reducida de
Impuesto a la Renta por la reinversión de utilidades en activos nuevos y productivos,
para esto el COPCI y el RLRTI establecen ciertos requisitos, los cuales se detallan en
dicha Tabla. En este caso CE cumple con los requisitos previstos en las normativas
tributarias ya referidas en el presente párrafo.
116
Tabla 75
Requisitos para la aplicación de la tarifa reducida por reinversión de utilidades
Requisito Aplica No Aplica
Inversión nueva y productiva
Inversión relacionada con la actividad productiva
Aumento de capital
Registro mercantil hasta el 31 de Dic. del ejercicio posterior
Generación de empleo
Incremento de empleo neto en un 3%
Con base al Estado de Resultado del 2018 presentado en la Tabla 73, se procedió
a realizar el cálculo del monto máximo de reinversión objeto del beneficio de la
exoneración de Impuesto a la Renta, aplicando la tasa reducida de hasta un 10% indicada
en la LRTI. Para dicho cálculo se procedió a utilizar la fórmula que se describe en el
RLRTI. Los valores presentados en esta página están en miles de dólares.
Tabla 76
Tabla de descripción de la aplicación de la fórmula para el cálculo del monto máximo
a reinvertir
Ref. Descripción Valor o
%
%RL Porcentaje reserva legal 10%
UE Utilidad efectiva (Utilidad contable - 15% participación
trabajadores) 224.252
% IR Tarifa original de impuesto a la renta 24,50%
%
IR1 Tarifa reducida de impuesto a la renta 14,50%
BI Base imponible 223.877
Tabla 77
Cálculo Máximo a reinvertir
Fórmula Monto Nota
[(1- 10%) *224.252] - {[24,50% - (24,50%* 10%)] * 223.877} = 167.540
Máximo a
reinvertir 1- (24,50% - 14,50%) + [(24,50% - 14,50%) * 10%]
Cabe recalcar que el beneficio de la reducción del 10% de la tasa efectiva sólo
aplica para el monto de la inversión realizada la cual fue 4.500 miles de dólares. A
continuación, se refleja el efecto en la Conciliación Tributaria comparativa presentada
en la Tabla 73 y en el Estado de Resultados comparativo presentado en la Tabla 74.
117
En la Tabla 75 se realizó el cálculo máximo a reinvertir, donde conforme al Art.
51 del RLRTI (2010) se consideró lo siguiente:
… En los casos en los que la tarifa de impuesto a la renta correspondiente a
sociedades se reduzca por la aplicación de los incentivos tributarios legalmente
establecidos, aplicará el cálculo previsto en el presente artículo sobre la tarifa reducida.
(p. 57)
Tabla 78
Conciliación tributaria comparativa 2019
Rubro Sin
Planificación Con
Planificación
Utilidad antes del impuesto a la renta 237.086 236.921
(-) Ingresos Exentos - -
(+) Gastos no deducibles - -
(-) Deducción Adicional - -
Base cálculo de IR 2019 237.086 236.921
Base cálculo de IR 2019 (proporcionalidad) 232.421
Base cálculo de IR 2019 (reinversión) - 4.500
Tarifa vigente 25,00%
Deducción Tarifa (proporcionalidad) -0,50%
Deducción Tarifa (reinversión) -10,00%
IR 2019 (proporcionalidad) - 56.943
IR 2019 (reinversión) - 652
IR 2019 59.272 57.595
Tabla 79
Estado de Resultados comparativo 2019
Rubro 2019 2019
Ingresos por ventas 627.980 627.086
Costo de productos vendidos (163.932) (163.576)
Utilidad bruta 464.047 463.510
Gastos administrativos y ventas (58.307) (58.114)
Gastos de operación (119.850) (119.700)
Utilidad operacional 285.890 285.696
Gastos financieros, netos (6.965) (6.965)
Utilidad antes de Participación e Impuestos 278.925 278.731
Participación a los trabajadores (41.839) (41.810)
Utilidad antes de Impuesto a la Renta 237.086 236.921
Impuesto a la renta (59.272) (57.595)
Utilidad neta 177.815 179.326 Nota. En la Tabla 78 y 79 se refleja la disminución del Impuesto a la Renta y aumento de la Utilidad.
118
Tabla 80
Efecto Global de los incentivos
Año Sin
planificación
Con planificación Ahorro /
(pago
adicional)
ir
Ahorro /
(pago
adicional)
pt CN New Co.
2011 23.989 24.012 - -23 -17
2012 25.306 25.312 - -6 -5
2013 26.174 26.149 - 25 -
2014 34.032 34.001 - 31 -
2015 37.363 37.327 - 36 -
2016 30.474 29.391 - 1.083 -
2017 41.094 41.027 27 39 -
2018 56.100 54.850 37 1.213 -
2019 59.272 57.480 41 1.751 -
2020 61.090 60.075 34 981 -
Total 394.892 389.623 140 5.130 -21
En la Tabla 80 se muestra el ahorro que se ha producido por hacer uso de los
beneficios tributarios que ofrecen las distintas normativas tributarias que se encuentran
vigentes en Ecuador, donde principalmente se beneficia la inversión tanto nacional
como extranjera. En la columna “sin planificación” se muestra el Impuesto a la Renta
sin haber hecho uso de los incentivos tributarios, la columna “con planificación”
muestra el Impuesto a la Renta aplicando los beneficios tributarios, es importante decir
que en el 2011, año en el que se creó la filial, incrementó el impuesto debido a que se
traspasó personal de CE a New Co, por tanto, la utilidad de CE aumentó debido a la
disminución de gasto de sueldos y salarios efecto del traspaso. Se procedió a tener
ahorro a partir que la nueva empresa tuvo ingresos y así progresivamente por la
ejecución de los demás proyectos considerados en el presente Trabajo de Titulación.
119
Conclusiones
En base a los ejercicios realizados, se llegaron a las siguientes conclusiones:
Si una compañía A decide aperturar una nueva empresa B para poder
acogerse al beneficio del COPCI, y esta tenía una pérdida en los primeros
años, lo cual es común en el mercado, la compañía A terminará cancelando
un valor mayor de PT e IR durante los años que B obtenga pérdida, debido a
que los gastos que superen los ingresos de la compañía B pudieron haber
disminuido la Utilidad antes de Participación e impuestos de A, lo que le
permitía pagar un valor inferior.
Si una compañía A decidía aperturar una nueva empresa B para poder
acogerse al beneficio del COPCI, y esta comienza a tener utilidades, el
negocio en conjunto obtendrá un ahorro de IR, debido a que la Cía. B tiene
el beneficio de no cancelar IR por los cinco años posteriores a su apertura,
siempre y cuando cumpla con los requisitos que se estipulen en el Código.
Si una compañía A decide aperturar un nuevo segmento de negocio, que
permita la LPFF para acogerse a sus beneficios, esta pagará menos IR,
debido a la deducción adicional que obtendrá por la depreciación de las
maquinarias que se implementarán, lo cual significa un ahorro de dinero para
la compañía por los años de vida útil que tengan las maquinas en cuestión.
Si una compañía A decide invertir en una nueva tecnología que reduzca el
consumo de energía eléctrica por una que sea más amigable con el medio
ambiente, para acogerse al beneficio que otorga el RCOPCI y la LRTI, esta
obtendrá el beneficio de deducción adicional por su depreciación durante los
años que esta se estime sea realmente ecológica, y de esta manera ahorrarse
el valor de IR que cause dicho beneficio por los años mencionados.
Si una compañía A decide ampliar su planta, esta podrá acogerse a dos
beneficios, los cuáles son la deducción adicional por depreciación de la
maquinaria mencionado con anterioridad y el beneficio de proporcionalidad
el cual otorga la LFP por la inversión que ayude al proceso productivo de la
compañía, la proporción se la obtiene a través de una fórmula mencionada
en la misma ley, y se le restará el resultado a la tarifa vigente, de esta manera
120
la compañía puede ahorrarse una parte porcentual de IR durante ocho años y
además el IR que cause la deducción adicional por depreciación.
Si una compañía A decide reinvertir las utilidades en tecnología que ayude a
mejorar el proceso productivo en lugar de repartirlas en su totalidad, para
acogerse al beneficio que otorga la LRTI, estas podrán reducir en diez puntos
porcentuales la tarifa vigente de IR para el valor reinvertido, lo cual
representa un 40% de ahorro de IR sobre dicho monto.
121
Recomendaciones
De acuerdo con las evaluaciones realizadas en base a las normativas tributarias
vigentes en Ecuador y a las conclusiones a las que se llegaron, existen varios beneficios
tributarios a los cuales pueden acogerse las industrias ecuatorianas, por ende, se plantean
las siguientes recomendaciones:
Es recomendable que las distintas entidades realicen una exhaustiva
planificación tributaria para conocer los incentivos a los cuales puede
acogerse, puesto que en varios casos esto puede un adicional de impuestos,
el mismo que puede ser objeto de ahorro en las empresas.
Las industrias que están consideradas como industrias básicas, las cuales
son: “(a) Fundición y refinación de cobre y/o aluminio; (b) Fundición
siderúrgica para la producción de acero plano; (c) Refinación de
hidrocarburos; (d) Industria petroquímica; (e) Industria de celulosa; y, (f)
Construcción y reparación de embarcaciones navales” COPCI, 2010, p. 40)
y que se encuentran dentro de los sectores prioritarios como: “(a) sector
agrícola, (b) cadena agroforestal, (c) metalmecánica, (d) petroquímica, (e)
farmacéutica, (f) turismo, (g) energía renovable, (h) logística, (i)
biotecnología, (j) exportación de servicios, (k) desarrollo y servicio de
software, (l) eficiencia energética, (m) industrias de materiales, y (n) sector
industrial” (RCOPCI, 2011, pp. 9-13), que se establecen en el COPCI y su
Reglamento, deben aprovechar estos incentivos tributarios como parte de su
planificación tributaria.
Se deben suscribir contratos de inversión con la finalidad de que los
beneficios adquiridos se mantenga la estabilidad tributaria durante el periodo
de la inversión efectiva, esto ante posibles cambios en las leyes que puedan
cambiar el escenario de ahorro proyectado al inicio de la inversión.
122
Referencias
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Apéndice A
1.1.1 Razón social de la empresa
1.1.2 Representante legal
1.1.3 RUC
1.1.4 Provincia, cantón, ciudad, parroquia
1.1.5 Dirección
1.1.6 Teléfono, fax, e-mail
1.1.7 Clasificación (PyME, grande empresa)
1.1.8 Número total de empleados
1.1.9 Principal actividad productiva
1.1.10 Cámara a la que está afiliada
1.1.11 Años de funcionamiento
1.1.12 Ventas anuales(USD/año)
1.2.1Dispone de la Licencia o Ficha Ambiental
(adjuntar No. de Licencia)X 23456
1.2.2Cumple con el Plan de Manejo Ambiental
Reporte de monitoreos, adjuntar No.) X 44569
1.3.1 Mecanismos de Producción más Limpia
1.3.2Mecanismo de generación de energía de fuentes
renovablesX Energía solar
1.3.3Reducción de impacto ambiental de la actividad
productiva
1.3.4Reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero
1.4.1La maquinaria, equipo y tecnología posee
Etiqueta Ecológica?
1.4.2 Ha calculado su Huella de Carbono ?
1.4.3La empresa cuenta con la Certificación
Ecuatoriana Ambiental “Punto Verde”?
1. INFORMACIÓN EMPRESA
1.1 INFORMACIÓN GENERAL
1.2 CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA AMBIENTAL - OBLIGATORIO
1.3 SOLICITUD POR
1.4 SELLO AMBIENTAL
Cervezas del Ecuador S.A.
xxxxxxxxxxxx
0952779239001
Guayaquil
xxxxxxxxxxxx
550.000.000
x
xxxxxxxxxxxx
Grande empresa
1500
Elaboración de bebidas alcohólicas y
no alcohólicasCamara de Comercio de Guayaquil
97
2
Nombre Función Breve descripción técnicaProceso productivo dentro
del que se incluye la M,E,T
Implementada
Por implemetar Elaboración de cerveza
Fuente de la tecnología ()
()
(x)Tipo de Tecnología (x)
(x)Año de adquisición de la M, E, T
Nombre Función
no aplica no aplica
2.1 Diagrama de flujo simplificado del proceso productivo de la empresa donde se ha incluído la M,E,T (incluir
entradas y salidas)
INFORMACIÓN PROCESOS EMPRESA
2. PROCESO PRODUCTIVO
3. MAQUINARIA, EQUIPO O TECNOLOGÍA
3.1 Descripción de la tecnología
Descripción de la tecnologÍa anterior a la M,E,T
no aplica
3.2 Descripción de la tecnología anterior a la implementación de la M,E,T (aplica en el caso que se remplace M,E,T)
Paneles solares de 36 células
Tecnología nativa del área
Tecnología relativamente nueva o sin probar (especif icar país de
origen)
Basada en el uso de los recursos naturales
Procesamiento/Fabricación
()
Humidificación de la cebada
germinación de la cebada
trituración de la cebada
1
2
3
Mezcla y maceración
4
Filtración del mosto
5
Cocción
6
Fermentación
Maduración
7
8
Embotellamiento y etiquetado 9
Maduración
10
Ambiente
(local)
Ambiente
(regional)
Salud y
seguridad
humana
Uso de
recursos no
renovables
Medio social
0 NULL
0 NULL
0 NULL
Panel solar bajo x bajo 1
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
0 NULL
1
4. PRESIONES AMBIENTALES
4.1. Listado de materias primas y recursos requeridos por la M,E,T y las presiones asociadas al proceso en donde se la ha incluido
Recurso (llenar
solo casillas que
aplican)
Nombrar el
recurso
involucrado
Nivel de
demanda
del recurso
(alto,
Identificación de presiones significativas (marque con una X
Calificación
cualitativa
Calificació
n
numérica
total:
4.1.
1
Materia
prima
4.1.2Recursos
energéticos
4.1.3Recursos
hídricos
4.1.
4
Espacio
físico
(terrenos)
en m2
4.1.5Otro
(especifique)
TOTAL SUMA NUMERICA
CONCLUSIÓN
A mbiente
( lo cal)
A mbiente
(regio nal)
Salud y
seguridad
humana
Uso de
recurso s no
reno vables
Sistemas
So ciales
C alif icació n
C ualitat iva
(alto , medio ,
bajo )
C alif icació
n numérica
to tal:
Selecció n
alto (3) ,
M edio (2) ,
B ajo (1)
N o . Item
La M ,E,T
requiere este
í tem (si o no )
4.2.1
Caminos
regionales/corred
or principal de
transportación NULL
4.2.2
Caminos
secundario/arteri
as urbanas NULL
4.2.3
Acceso a
aeropuertos NULL
4.2.4
Embarque/acces
o a puerto de
agua profunda NULL
4.2.5
Suministro de
agua NULL
4.2.6 Suministro de gas NULL
4.2.7
Suministro
externo de
potencia y líneas
de potencia
BAJO BAJO x BAJO1
4.2.8
Acceso a
drenajes y/o
tratamiento NULL
4.2.9
Red de
telecomunicacion
es NULL
4.2.10
Servicios a la
comunidad (ej.
escuelas) NULL
4.2.11
Transportación
pública NULL
4.2.12
Vivienda local
para los
trabajadores NULL
1
Ambiente
(local)
Ambiente
(regional)
Salud y
seguridad
humana
Uso de
recursos no
renovables
Sistemas
sociales
Calificación
cualitativa
(alto, medio,
bajo)
Calificació
n
cuantitativ
a total:
Selección
alto (3),
medio (2),
bajo (1)
4.3.
1Panel solar
36 células
fotovoltáicas
160W/165W síx medio
2
4.3.
2 NULL
4.3.
3 NULL
2
CONCLUSIÓN
4.2. Identificación de infraestructura requerida por la M,E,T y las presiones asociadas.
R equerimiento
La
infraestructu
ra actual es
suf iciente
para
sat isfacer la
necesidad
de la M ,E,T ?
Ident if icació n de presio nes signif icat ivas del requerimiento de infraestructura
TOTAL SUMA NUMERICA
4.3 Identificación de tecnologiás de apoyo requeridas por la M,E,T y las presiones asociadas
No.
Nombre de la
tecnología de
apoyo
Descripción
de la
tecnología de
apoyo
¿Está esta
tecnología
disponible
actualment
e en el
país? (si o
no)
Identificación de presiones significativas generadas por la instalación y operación de la
TOTAL SUMA NUMERICA
2
Ambiente
(local)
Ambiente
(regional)
Salud y
seguridad
humana
Uso de
recursos no
renovables
Sistemas
sociales
Calificación
cualitativa
(alto, medio,
bajo)
Calificació
n
cuantitativ
a total:
Selección
alto (3),
medio (2),
bajo (1)
Número de
Personas: 10Habilidad
requerida: InfraestructuraNúmero de
Personas: 15Habilidad
requerida: Insta lación4
Ambiente
(local)
Ambiente
(regional)
Salud y
seguridad
humana
Uso de
recursos
no
renovable
s
Sistemas
sociales
Calificación
cualitativa
(alto, medio,
bajo)
4.5.
1
4.5.
2
4.5.
3
TOTAL SUMA NUMERICA 0
NULL
NULL
NULL
medio 2
TOTAL SUMA NUMERICA
4.5 Identificación de otras presiones ambientales
No.
Características relevantes
de instalación y operación
de la M,E,T que no hayan
sido consideradas
Identificación de presiones significativas
Calificación cuantitativa
total: Selección alto (3),
medio (2), bajo (1)
medio 2
4.4.
2si x
4.4.
1si x
TOTAL SUMA NUMERICA
4.4 Identificación de recursos humanos que se requieren para operación de la M,E,T y las presiones asociadas
No.Mano de obra/Habilidades
requeridas
¿Están la
mano de
obra
calificada
disponible
actualment
e en el
país? (si o
no)
Identificación de presiones significativas
Nombre
subproceso:
Nombre
subproceso:
Nombre
subproceso:
Calidad del
Aire 0
Nivel sonoro 0Calidad de
suelos 0Característic
as físico-
mecánicas 0Geomorfologí
a 0Calidad de
aguas
superficiales 0Aguas
subterráneas
o acuíferos 0
0
0
Medio
perceptual
Vista
panorámicas
y paisaje 0
Accesibilidad 0
Red de
energía
eléctrica
Trituración
de la
cebada
Cocción de
la cebada
Flitración
del mosto
Mezcla y
maceraciónEmbotellamiento
0Sistema de
saneamiento
de la zona 0
Usos del
territorio
Sistema
general de
ordenamient
o territorial 0Calidad de
vida 0Tranqulidad y
Armonía 0Salud y
seguridad 0
Empleo 0Beneficios
económicos
para la
empresa 0Beneficios
económicos
para la
población
local 00
Conclusión:
ABIÓTICO
Aire
Suelo
Agua
BIOTICOFlora
Fauna
ANTROPICO
Infraestructur
a
Humanos
Economía y
población
TOTAL
IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
5. IMPACTOS AMBIENTALESC
OM
PO
NE
NT
E
SU
BC
OM
PO
NE
NT
E
FA
CT
OR
AM
BIE
NT
AL
FASE PRODUCTIVA:
TOTAL
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
126 V 8 gr
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
452 V 500 ml
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
212 V
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
545 V 24 0z 9 0z
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
234 V
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
t ipo
valor indicador (por
unidad de
producción)
t ipo
valor indicador (por
unidad de
producción)
parámetrosegún unidades
indicadas en TULAS parámetro
según unidades
indicadas en TULAS nombre Ton CO2 / anual nombre
valor indicador (por
unidad de
producción)
9% 23 Ton
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
14 gr
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
Trituración de la cebadaEnergía
eléctricaCebada
Indicadores (Salida)
Cocción de la cebadaEnergía
eléctricaAgua
Mezcla y maceraciónEnergía
eléctricaLúpulo
Acetato de
isoamilo
EVALUACIÓN EX ANTE / EX POST
6. VALORACIÓN BONDADES AMBIENTALES M,E,T
6.1. Indicadores de desempeño proceso productivo antes de instalación de la M,E,T
Subproceso
Indicadores (Entrada)
6.1.1 Recursos Energéticos 6.1.2 Materia Prima 6.1.3 Recursos Hídricos 6.1.4 Sustancias Químicas 6.1.5 Ácidos 6.1.6 Otro (especificar)
Embotellamiento y etiquetadoEnergía
eléctrica
Subproceso
6.1.7 Residuos Sólidos no
peligros
6.1.8 Residuos sólidos
peligrosos o especiales 6.1.9 Emisiones gaseosas 6.1.10 Efluentes líquidos
6.1.11 Emisiones de CO2
equivalente6.1.12 Otro
Filtración del mosto
Cocción de la cebada
Filtración del mostoEnergía
eléctrica
OzonoDárserna de
espirulina
Afrecho
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
nombre del recurso
valor indicador (por
unidad de
producción)
12 V 8 gr
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
24 V 500 ml
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
16 V
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
29 V 24 0z 9 0z
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
34 V
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
t ipo
valor indicador (por
unidad de
producción)
t ipo
valor indicador (por
unidad de
producción)
parámetrosegún unidades
indicadas en TULAS parámetro
según unidades
indicadas en TULAS nombre Ton CO2 / anual nombre
valor indicador (por
unidad de
producción)
9% 23 Ton
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad:
14 gr
unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: unidad: Filtración del mosto Afrecho
Cocción de la cebada OzonoDárserna de
espirulina
Indicadores (Salida)
Subproceso
6.2.7 Residuos Sólidos no
peligros
6.2.8 Residuos sólidos
peligrosos o especiales 6.2.9 Emisiones gaseosas 6.2.10 Efluentes líquidos
6.2.11 Emisiones de CO2
equivalente6.2.12 Otro
6.2.4. Sustancias Químicas 6.2.5 Ácido 6.2.6 Otro (especificar)
Trituración de la cebadaEnergía
eléctricaCebada
Mezcla y maceraciónEnergía
eléctrica
Filtración del mostoEnergía
eléctrica
Embotellamiento y etiquetadoEnergía
eléctrica
Agua Cocción de la cebadaEnergía
eléctrica
LúpuloAcetato de
isoamilo
6.2. Indicadores de desempeño proceso productivo posterior a la instalación de la M,E,T
Subproceso
Indicadores (Entrada)
6.2.1 Recursos Energéticos 6.2.2 Materia Prima 6.2.3 Recursos Hídricos
6.3.1.1 Recursos Energéticos6.3.1.2 Materia
Prima6.3.1.3 Recursos Hídricos
6.3.1.4
Sustancias
Químicas
6.3.1.5 Ácidos6.3.1.6 Otro
(especificar)
Trituración de la cebada 126 V 8 gr
Cocción de la cebada 452 V 500 ml
Filtración del mosto 212 V
Mezcla y maceración 545 V Lúpulo Acetato de isoamilo
Embotellamiento y etiquetado 234 V
6.3.1.1 Recursos Energéticos6.3.1.2 Materia
Prima6.3.1.3 Recursos Hídricos
6.3.1.4
Sustancias
Químicas
6.3.1.5 Otro
(especificar)
6.3.1.6 Otro
(especificar)
Trituración de la cebada 12 V 8 gr
Cocción de la cebada 24 V 500 ml
Filtración del mosto 16 V
Mezcla y maceración 29 V Lúpulo Acetato de isoamilo
Embotellamiento y etiquetado 34 V
Indicadores (Salida)
Subproceso
Energía eléctrica Cebada Agua Lúpulo Acetato de isoamilo
Energía eléctrica
6.3 RESULTADOS DE REDUCCION ALCANZADOS EN PORCENTAJES
6.3.1. Indicadores de desempeño proceso productivo antes de instalación de la M,E,T
Subproceso
Indicadores (Entrada)
Cebada Agua Lúpulo Acetato de isoamilo
Nombre M,E,T
similar
Comparación M,E,T
escogida vs. Similar
Aerogeneradores
eólicos
Reducción panel solar
92,67% y reducción
aerogeneradores 45,89%
Firma Representante Legal
* Se deberá comparar la M,E,T escogida con al menos una similar
DECLARO QUE LOS DATOS PROPORCIONADOS EN ESTE DOCUMENTO SON EXACTOS Y VERDADEROS, POR LO QUE ASUMO LA
RESPONSABILIDAD LEGAL QUE DE EL SE DERIVEN.
----------------------------------------------------------------------------------------------------
Un aerogenerador es un
generador eléctrico
movido por una turbina
accionada por el viento,
sus predecesores son los
molinos de viento.
Generadores de energía
renovable
El panel fotovoltaíco produce
energía a través de la radiación
solar, el aerogenerador a
través del viento
COMPARACIÓN TECNOLOGÍAS SIMILARES
7. Breve descripción de M,E,T similares *
7.1. Identificación de M,E,T similares, indicar nombre y rápida descripción de éstas, comparando con opción escogida
Descripción Similitudes Diferencias
Apéndice B
Consultas vinculantes
17 de NOVIEMBRE de 2016
Oficio: 917012016OCON001085
Consultante: SURPAPELCORP S.A.
Referencia: Beneficios tributarios por la suscripción de un contrato de inversión.
Consulta: ¿Al momento que SURPAPELCORP S.A., compañía constituida a partir de la
vigencia del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, y que
goza por mandato legal de los beneficios tributarios establecidos en el artículo
9.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno por haber cumplido con los
presupuestos para el efecto, y haber suscrito además el contrato de inversión
con el Ministerio Coordinador de la Producción; absorbe una compañía a través
de la figura jurídica de la fusión por absorción, subsistiendo y manteniéndose
SURPAPELCORP S.A., mantiene sus beneficios tributarios específicamente el
de la exoneración del pago del Impuesto a la Renta de la empresa por el tiempo
establecido en la ley y en el contrato suscrito con el Ministerio Coordinador de
la Producción, Empleo y Competitividad?
Base Jurídica: Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones: Art. 13
Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 9.1, Art. 20.
Ley de Compañías: Art. 337.
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario
Interno: Artículo innumerado a continuación del artículo 23.
Absolución: El beneficio de la exoneración del pago del Impuesto a la Renta, adquirido en
su momento por haber cumplido con los requisitos expuestos en el artículo 9.1
de la Ley de Régimen Tributario Interno, se mantendría en caso de que
SURPAPELCORP S.A., absorba a la compañía mediante el acto societario de
fusión por absorción, ya que la exoneración es exclusivamente para los ingresos
atribuibles a la inversión nueva y productiva realizada por la consultante. De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 337 literal b) de la Ley de Compañías,
la compañía absorbente continúa subsistiendo, manteniendo por tanto los
mismos derechos y obligaciones adquiridas antes de la fusión; de tal manera
que deberá diferenciar en su contabilidad, aplicando los principios contables,
las rentas provenientes de la inversión nueva y productiva con las rentas que se
generen con la fusión.
24 de SEPTIEMBRE de 2014
Oficio: 917012014OCON001907
Consultante: NUTRIJAMA S.A.
Referencia: Exención del IR por inversión nueva
Consulta: 1. El hecho de que la compañía fue constituida en Quito, sin perjuicio de que nuestra
actividad administrativa y productiva se centra exclusiva e íntegramente fuera de las
jurisdicciones de Quito y Guayaquil, obsta para que pueda acogerse al beneficio
tributario establecido en el Art. 9.1 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno?
2. Al ser el 100% de nuestra actividad nueva y todas las inversiones y operaciones están
destinadas en forma exclusiva a la producción e industrialización de alimentos frescos,
es procedente consultar si: ¿debemos o no presentar al SRI toda nuestra contabilidad
para su revisión o se debe preparar información específica; habida cuenta de que
nuestros estados financieros y el estado de costos de producción en forma íntegra
reflejan todos los ingresos, costos, gastos y utilidades atribuibles a la nueva inversión?
3. ¿La presentación a la Autoridad Tributaria de los respaldos contables establecidos en
el artículo innumerado después del Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno, debe ser previo requerimiento de la Autoridad Tributaria?
Base Jurídica: Código Tributario: Art. 31, Art. 32, Art. 33, Art. 36, Art. 68, Art. 87, Art. 90, Art. 91,
Art. 96.
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones: Art. 13, Art. 14, Art. 24.
Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 9.1, Art. 23.
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno: Art.
innumerado a continuación del Art. 23, Art. 260.
Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión
y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo: Art. 12, Art. 15, Art. 16,
Art. 17.
Resolución No. NAC-DGERCGC12-00670.
Absolución: En atención a su primera inquietud, gozarán de la exoneración del impuesto a la Renta,
aquellas sociedades constituidas a partir de la vigencia del Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones esto es del 29 de diciembre de 2010, en tal virtud,
NUTRIJAMA S.A., constituida el 16 de enero del 2012, según afirma el consultante,
podría acogerse a la exoneración del impuesto a la renta durante cinco años contados
desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles a la nueva inversión,
siempre y cuando tal inversión nueva y productiva se realice fuera de las jurisdicciones
urbanas del cantón Quito o del cantón Guayaquil (independientemente de que se haya
constituido en uno de esos cantones), y dentro de los sectores económicos considerados
prioritarios para el Estado, como es el sector de la producción de alimentos frescos,
congelados e industrializados; y, que además cumpla de manera irrestricta con los
requisitos y condiciones establecidos en la legislación vigente.
Por otro lado, en referencia a sus interrogantes segunda y tercera, en aplicación del
artículo 96 del Código Tributario, en concordancia con el artículo 260 del Reglamento
para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, la Administración
Tributaria podrá requerir por escrito al sujeto pasivo toda la información y
documentación que considere necesaria, incluidos el Estado de Resultados, el Estado
de Costos de Producción y sus respectivos soportes.
Por otro lado, cabe recordar al consultante que de aplicar los incentivos y beneficios
tributarios otorgados por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
específicamente los relacionados con el Impuesto a la Renta, su anticipo y el ISD,
deberá presentar el Anexo de Incentivos y Beneficios Tributarios del COPCI, en los
términos de la Resolución No. NAC-DGERCGC12-00670, previamente citada.
27 de FEBRERO de 2014
Oficio: 917012014OCON000212
Consultante: ELITENERGY GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A.
Referencia: Beneficio tributario IR
Consulta: 1. Para aplicar el beneficio contemplado en el Art. 9.1 de la Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno, la inversión productiva está determinada: ¿Por el
lugar donde se hace la inversión? O ¿por el domicilio principal de la compañía?
2. En caso no consentido de que el criterio de la Autoridad sea de que el
beneficio esté determinado por la jurisdicción del domicilio de la compañía: Si
previamente a realizar las inversiones para las operaciones de generación
eléctrica, la empresa cambiara su domicilio principal fuera de las jurisdicciones
urbanas señaladas en la ley, ¿se beneficiaría del incentivo señalado?
Base Jurídica: Código Tributario: Art. 13, Art. 61.
Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones: Art. 24, numeral 2.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno: Art. 9.1.
Absolución: En base a la normativa citada y exclusivamente desde el ámbito de competencia
tributario se atiende su consulta de la siguiente manera:
Con relación a la situación consultada, para efectos de aplicar la exoneración
contemplada en el Art. 9.1 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno,
las inversiones nuevas y productivas deberán realizarse fuera de las
jurisdicciones urbanas del Cantón Quito o del Cantón Guayaquil,
independientemente de si el domicilio del contribuyente se encuentre o no en
los citados cantones.
Los incentivos fiscales establecidos en el Código de la Producción, Comercio
e Inversiones, y particularmente el referente a la exoneración del pago del
impuesto a la renta, señalado en numeral 2 del artículo 24 del mismo cuerpo
legal, tiene por objetivo impulsar las inversiones nuevas y productivas que
contribuyan a un desarrollo regional equitativo. Es por esta razón que la norma
establece que dicha inversión se realice “fuera de las jurisdicciones urbanas del
cantón Quito o del cantón Guayaquil”. Si la empresa ELITENERGY
GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A. pretende realizar su inversión en la
provincia de Napo, y en cuanto cumpla con los demás requisitos de ley, podrá
acogerse a la exoneración del impuesto a la renta en los términos del artículo
9.1 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
11 de JULIO de 2014
Oficio: 917012014OCON001068
Consultante: ECOGEN S.A.
Referencia: Exenciones en el pago de tributos
Consulta: 1. Al amparo de lo previsto en el artículo 67 de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico,
¿está ECOGEN S.A. exenta del pago de Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a la
Salida de Divisas e Impuesto a los Consumos Especiales al momento de hacer
importaciones de materiales y equipos no producidos en el país, por ser dichos
materiales y equipos utilizados por mi representada para la investigación, producción,
fabricación e instalación de sistemas destinados a la utilización de energía solar,
para la producción de energía eléctrica?
2. Al amparo de lo previsto en el Artículo 9.1 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno introducido por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
¿está ECOGEN S.A. exenta del pago del Impuesto a la Renta durante cinco años
contados a partir del primer año en el que se generen ingresos atribuibles a la inversión
nueva en la producción de energía eléctrica a través del uso de energías renovables
(energía solar)? Para ello se deberá tomar en cuenta que ECOGEN fue constituida
legalmente como compañía en el año 2011 así como que su operación se desarrolla
fuera del cantón Quito o Guayaquil.
Base Jurídica: Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones: Art. 13, Art. 14, Art. 15,
Art. 24, Art. 147.
Código Tributario: Art. 31, Art. 32, Art. 33, Art. 36.
Ley de Régimen del Sector Eléctrico: Art. 9.1, Art. 67.
Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 52, Art. 61, Art. 75, Art. 78.
Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador: Art. 155.
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 23.
Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas: Art. 6
Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión
y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo: Art. 16, Art. 17.
Absolución: En atención a su primera inquietud, en aplicación del artículo 67 de la Ley del Régimen
del Sector Eléctrico, su representada estará exenta del pago de los Impuestos al Valor
Agregado y a los Consumos Especiales en la importación de materiales y equipos, no
producidos en el país, para la investigación, producción, fabricación e instalación de
sistemas destinados a la utilización de energía solar, para la producción de energía
eléctrica, siempre y cuando previamente haya obtenido informe favorable del
CONELEC. Respecto del Impuesto a la Salida de Divisas, ECOGEN S.A. no está
exenta del pago, de conformidad con el artículo 33 del Código Tributario, por tratarse
de un tributo creado con posterioridad a la expedición de la norma que estableció el
beneficio tributario. Por otro lado, en referencia a su segunda pregunta, en aplicación
del artículo 9.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno y del artículo innumerado
agregado a continuación del artículo 23 del Reglamento para la Aplicación de la Ley
de Régimen Tributario Interno, únicamente, gozarán de la exoneración del Impuesto a
la Renta, aquellas sociedades constituidas a partir de la vigencia del Código de la
Producción, Comercio e Inversiones, esto es, del 29 de diciembre de 2010, en tal virtud,
ECOGEN S.A., constituida, según afirma el consultante, en el año 2011, podrá acogerse
a la exoneración del impuesto a la renta durante cinco años contados desde el primer
año en el que se generen ingresos atribuibles a la nueva inversión, siempre y cuando la
totalidad de la inversión sea nueva -en los términos del artículo 13 del Código Orgánico
de la Producción, Comercio e Inversiones-, se la realice fuera de las jurisdicciones
urbanas de los Cantones Quito o Guayaquil, dentro de los sectores económicos
considerados prioritarios para el Estado, como es el sector de ENERGÍAS
RENOVABLES INCLUIDA LA BIOENERGÍA O ENERGÍA A PARTIR DE
BIOMASA, y, que además cumpla de manera irrestricta con los requisitos y
condiciones establecidos en la legislación vigente.
11 de JULIO de 2014 Oficio: 917012014OCON001065
Consultante: RENOVERGY S.A.
Referencia: IVA / ICE / ISD / IR / Ex. / Eltco.
Consulta: 1. “Al amparo de lo previsto en el Artículo 67 de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico,
¿está RENOVERGY S. A. exenta del pago de Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a
la Salida de Divisas e Impuesto a los Consumos Especiales al momento de hacer
importaciones de materiales y equipos no producidos en el país, por ser dichos
materiales y equipos utilizados por mi representada para la investigación, producción,
fabricación e instalación de sistemas destinados a la utilización de energía solar, para la
producción de energía eléctrica?”
2. “Al amparo de lo previsto en el Artículo 9.1 de la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno introducido por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones, ¿está RENOVERGY S. A. exenta del pago del Impuesto a la Renta durante
cinco años contados a partir del primer año en el que se generen ingresos atribuibles a
la inversión nueva en la producción de energía eléctrica a través del uso de energías
renovables (energía solar)? Para ello se deberá tomar en cuenta que RENOVERGY fue
constituida legalmente como compañía en el año 2011 así como que su operación se
desarrolla fuera del Cantón Quito o Guayaquil”.
Base Jurídica: Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones: Art. 13, literal b, Art. 14,
Art. 24.
Código Tributario: Art. 31, Art. 32, Art. 33. Art. 36.
Ley de Régimen del Sector Eléctrico: Art. 9.1, Art. 67.
Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 52, Art. 61, Art. 75, Art. 78.
Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador: Art. 155.
Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión
y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo: Art. 15, Art. 16, Art. 17.
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 6, Art.
innumerado a continuación del Art. 23.
Absolución: En atención a su primera inquietud, en aplicación del artículo 67 de la Ley del Régimen
del Sector Eléctrico, su representada estará exenta del pago de los Impuestos al Valor
Agregado y a los Consumos Especiales en la importación de materiales y equipos, no
producidos en el país, para la investigación, producción, fabricación e instalación de
sistemas destinados a la utilización de energía solar, para la producción de energía
eléctrica, siempre y cuando previamente haya obtenido informe favorable del
CONELEC. Respecto del Impuesto a la Salida de Divisas, RENOVERGY S. A. no está
exenta del pago, de conformidad con el artículo 33 del Código Tributario, por tratarse
de un tributo creado con posterioridad a la expedición de la norma que estableció el
beneficio tributario. Por otro lado, en referencia a su segunda pregunta, en aplicación
del artículo 9.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno y del artículo innumerado
agregado a continuación del artículo 23 del Reglamento para la Aplicación de la Ley
de Régimen Tributario Interno, únicamente gozarán de la exoneración del Impuesto a
la Renta, aquellas sociedades constituidas a partir de la vigencia del Código de la
Producción, Comercio e Inversiones, esto es, del 29 de diciembre de 2010, en tal virtud,
RENOVERGY S. A., constituida, según afirma el consultante, en el año 2011, podrá
acogerse a la exoneración del impuesto a la renta durante cinco años contados desde el
primer año en el que se generen ingresos atribuibles a la nueva inversión, siempre y
cuando la totalidad de la inversión sea nueva -en los términos del artículo 13 del Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión es-, se la realice fuera de las
jurisdicciones urbanas de los Cantones Quito o Guayaquil, dentro de los sectores
económicos considerados prioritarios para el Estado, como es el sector de ENERGÍAS
RENOVABLES INCLUIDA LA BIOENERGÍA O ENERGÍA A PARTIR DE
BIOMASA, y, que además cumpla de manera irrestricta con los requisitos y
condiciones establecidos en la legislación vigente.
16 de JULIO de 2014 Oficio: 917012014OCON001064
Consultante: GERNOC S. A.
Referencia: IVA / ICE / ISD / IR / Ex. / Eltco.
Consulta: 1. Al amparo de lo previsto en el Artículo 67 de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico,
¿está GERNOC S. A. exenta del pago de Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a la
Salida de Divisas e Impuesto a los Consumos Especiales al momento de hacer
importaciones de materiales y equipos no producidos en el país, por ser dichos
materiales y equipos utilizados por mi representada para la investigación, producción,
fabricación e instalación de sistemas destinados a la utilización de energía solar, ¿para
la producción de energía eléctrica?
2. Al amparo de lo previsto en el Artículo 9.1 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno introducido por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
¿está GERNOC S. A. exenta del pago del Impuesto a la Renta durante cinco años
contados a partir del primer año en el que se generen ingresos atribuibles a la inversión
nueva en la producción de energía eléctrica a través del uso de energías renovables
(energía solar)? Para ello se deberá tomar en cuenta que GERNOC fue constituida
legalmente como compañía en el año 2011 así como que su operación se desarrolla
fuera del cantón Quito o Guayaquil”.
Base Jurídica: Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones: Art. 24, Art. 13, literal b,
Art. 14.
Ley de Régimen del Sector Eléctrico: Art. 67.
Ley de Régimen Tributario Interno: Art. 9.1.
Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión
y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo: Art. 15, Art. 16, Art. 17.
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno: Art.
innumerado a continuación del artículo 23.
Absolución: En aplicación del artículo 67 de la Ley del Régimen del Sector Eléctrico, su
representada estará exenta del pago de los Impuestos al Valor Agregado y a los
Consumos Especiales en la importación de materiales y equipos, no producidos en el
país, para la investigación, producción, fabricación e instalación de sistemas destinados
a la utilización de energía solar, para la producción de energía eléctrica, siempre y
cuando previamente haya obtenido informe favorable del CONELEC. Respecto del
Impuesto a la Salida de Divisas, GERNOC S.A. no está exenta del pago, de
conformidad con el artículo 33 del Código Tributario, por tratarse de un tributo creado
con posterioridad a la expedición de la norma que estableció el beneficio tributario.
Por otro lado, en referencia a su segunda pregunta, en aplicación del artículo 9.1 de la
Ley de Régimen Tributario Interno y del artículo innumerado agregado a continuación
del artículo 23 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario
Interno, únicamente gozarán de la exoneración del Impuesto a la Renta, aquellas
sociedades constituidas a partir de la vigencia del Código de la Producción, Comercio
e Inversiones, esto es, del 29 de diciembre de 2010, en tal virtud, GERNOC S. A.,
constituida, según afirma el consultante, en el año 2011, podrá acogerse a la
exoneración del impuesto a la renta durante cinco años contados desde el primer año
en el que se generen ingresos atribuibles a la nueva inversión, siempre y cuando la
totalidad de la inversión sea nueva -en los términos del artículo 13 del Código Orgánico
de la Producción, Comercio e Inversiones-, se la realice fuera de las jurisdicciones
urbanas de los Cantones Quito o Guayaquil, dentro de los sectores económicos
considerados prioritarios para el Estado, como es el sector de ENERGÍAS
RENOVABLES INCLUIDA LA BIOENERGÍA O ENERGÍA A PARTIR DE
BIOMASA, y, que además cumpla de manera irrestricta con los requisitos y
condiciones establecidos en la legislación vigente.
DECLARACIÓN Y AUTORIZACIÓN
Yo, Carchi Machado, Charlie Xavier, con C.C: # 0950633297 autor del trabajo de
titulación: “EVALUACIÓN DE ESCENARIOS RESPECTO A LA APLICACIÓN
DE LOS INCENTIVOS TRIBUTARIOS PREVISTOS EN LA LEY DE
FOMENTO PRODUCTIVO Y EL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA
PRODUCCIÓN EN EL SECTOR INDUSTRIAL DEL GUAYAS”, previo a la
obtención del título de Ingeniero en Contabilidad y Auditoría, en la Universidad
Católica de Santiago de Guayaquil.
1.- Declaro tener pleno conocimiento de la obligación que tienen las instituciones de
educación superior, de conformidad con el Artículo 144 de la Ley Orgánica de
Educación Superior, de entregar a la SENESCYT en formato digital una copia del
referido trabajo de titulación para que sea integrado al Sistema Nacional de Información
de la Educación Superior del Ecuador para su difusión pública respetando los derechos
de autor.
2.- Autorizo a la SENESCYT a tener una copia del referido trabajo de titulación, con el
propósito de generar un repositorio que democratice la información, respetando las
políticas de propiedad intelectual vigentes.
Guayaquil, 10 de septiembre del 2019.
f. ____________________________
Carchi Machado, Charlie Xavier
C.C: 0950633297
DECLARACIÓN Y AUTORIZACIÓN
Yo, Orozco Crespín, Carla Verónica, con C.C: # 0952779239 autor del trabajo de
titulación: “EVALUACIÓN DE ESCENARIOS RESPECTO A LA APLICACIÓN
DE LOS INCENTIVOS TRIBUTARIOS PREVISTOS EN LA LEY DE
FOMENTO PRODUCTIVO Y EL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA
PRODUCCIÓN EN EL SECTOR INDUSTRIAL DEL GUAYAS”, previo a la
obtención del título de Ingeniero en Contabilidad y Auditoría, en la Universidad
Católica de Santiago de Guayaquil.
1.- Declaro tener pleno conocimiento de la obligación que tienen las instituciones de
educación superior, de conformidad con el Artículo 144 de la Ley Orgánica de
Educación Superior, de entregar a la SENESCYT en formato digital una copia del
referido trabajo de titulación para que sea integrado al Sistema Nacional de Información
de la Educación Superior del Ecuador para su difusión pública respetando los derechos
de autor.
2.- Autorizo a la SENESCYT a tener una copia del referido trabajo de titulación, con el
propósito de generar un repositorio que democratice la información, respetando las
políticas de propiedad intelectual vigentes.
Guayaquil, 10 de septiembre del 2019.
f. ____________________________
Orozco Crespín, Carla Verónica
C.C: 0952779239
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FICHA DE REGISTRO DE TESIS/TRABAJO DE TITULACIÓN
TÍTULO Y SUBTÍTULO:
Evaluación de escenarios respecto a la aplicación de los incentivos
tributarios previstos en la ley de fomento productivo y el código
orgánico de la producción en el sector industrial del Guayas.
AUTOR(ES) Carchi Machado Charlie Xavier / Orozco Crespín Carla Verónica
REVISOR(ES)/TUTOR(ES) Pedro José Samaniego Pincay
INSTITUCIÓN: Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
FACULTAD: Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
CARRERA: Contabilidad y Auditoría
TITULO OBTENIDO: Ingeniero en Contabilidad y Auditoría, CPA.
FECHA DE PUBLICACIÓN: 10 de septiembre del 2019 No. DE PÁGINAS: 125 páginas
ÁREAS TEMÁTICAS: Contabilidad, Contabilidad Avanzada, Tributación
PALABRAS CLAVES/
KEYWORDS:
Inversión, Incentivo Tributario, Exoneración de Impuesto a la Renta,
Sectores Prioritarios, Planificación Tributaria.
RESUMEN/ABSTRACT: El presente trabajo de investigación se orientó a la evaluación de los incentivos tributarios que se establecen en la Ley
de Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal, publicada
en agosto del 2018 y en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), que entró en vigencia
en el 2010, en el sector industrial de la provincia del Guayas con relación a las facilidades que se mencionan en estas
normativas respecto a la inversión, tanto nacional como extranjera.
La Ley de Fomento Productivo es una normativa que entró en vigencia el 20 de agosto del 2018, la cual establece una
serie de beneficios para la generación de empleo; el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas; el
desarrollo de viviendas de interés social; el sector turístico, privado y productivo; entre uno de los principales
incentivos se encuentra la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) y el anticipo correspondiente al IR hasta por 15
años para las nuevas inversiones que realicen las sociedades, tanto las nuevas como las que ya se encuentran
constituidas; la devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en la adquisición de materia prima, bienes de
capital, insumos y demás bienes extranjeros, es otro de los incentivos que se decretan en esta Ley, lo cual beneficia
directamente al sector productivo.
ADJUNTO PDF: SI NO
CONTACTO CON AUTOR/ES: Teléfono 1: 0992633100
Teléfono 2: 0981072253
E-mail: [email protected]
E-mail: [email protected]
CONTACTO CON LA
INSTITUCIÓN (COORDINADOR
DEL PROCESO UTE):
Nombre: Bernabé Argandoña, Lorena Carolina
Teléfono: +593-4- 3804600 ext.1635
E-mail: [email protected]
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