6
Km. 11.5 Carretera Panamerican Sitio Web: ww CERTIFICADA BAJO LA NORMA IS Dirección General de Aduanas DISPOSICIÓN DIRIGIDO A: Funcionario usuarios ex ASUNTO: Disposicion FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 d letra g) de la Ley Orgánica Código Aduanero Uniform (RECAUCA). I. AMBITO DE APLICACIÓN La presente disposición a pretendan realizar operacio II. DISPOSICIONES GENERA Conforme lo dispuesto en e establece que el mismo e Dirección General de Ad mediante normas administ sobre el cual se emite la pre Se elimina a partir de la v exigencia del NIT de imp importación o exportación Las Aduanas de la Repúbli General de Aduanas, efec momento en que sea solici el NIT ordinario emitido p Ministerio de Hacienda. E reflejado en el Documento registro unificado de los op na, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 22 Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183 ww.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected] SO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTI N ADMINISTRATIVA DE CARÁCTER GENERAL (DACG) No. DGA-XXX-2015 os y empleados de la Dirección General de xternos del Servicio Aduanero. nes especiales relativas al Registro de Impor de la Ley del Registro de Importadores, 3, 4 a de la Dirección General de Aduanas, a me Centroamericano (CAUCA) y 639 de su N aplica a todas las personas naturales o ju ones de importación o exportación de mer ALES el artículo 3 de la Ley del Registro de Impor estará bajo la responsabilidad y administ duanas, se faculta a esta dependencia p trativas, su organización y funcionamiento; esente. vigencia de la presente Disposición Adm portador a las personas que realicen ope y no será exigido en las Aduanas de la Re ica y la Unidad de Atención al Usuario de ctuarán el registro de los importadores y exp itado por los interesados, siendo suficiente q por la Dirección General de Impuestos En caso de no portarlo, se tomará el núm o Único de Identidad, con la finalidad de m peradores de comercio exterior. 244-5000, IFICACIÓN e Aduanas, y rtadores. 4 letra d) y 8 rtículo 92 del Reglamento urídicas, que rcancías. rtadores, que tración de la para regular fundamento ministrativa, la eraciones de epública. e la Dirección portadores al que presente Internos del mero de NIT mantener un

Disposiciones Generales al registro de NIT importadores

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Disposiciones Generales al  registro de NIT importadores

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244

Sitio Web: www.mh.gob.sv

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001

Dirección General de Aduanas

DISPOSICIÓN

DIRIGIDO A: Funcionarios y empleados de la Dirección General de Aduanas, y usuarios externos del Servicio

ASUNTO: Disposiciones especiales

FUNDAMENTO LEGAL:

Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley del Registro de Importadoresletra g) de la Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas,Código Aduanero Uniforme Centroamericano(RECAUCA).

I. AMBITO DE APLICACIÓN

La presente disposición aplica a todas las personas naturales pretendan realizar operaciones

II. DISPOSICIONES GENERALES

Conforme lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley del Registro de Importadores, que establece que el mismo estará bajo la responsabilidad y administración de la Dirección General de Aduanas, se faculta mediante normas administrativas, su organización y funcionamiento; fundamento sobre el cual se emite la presente.

Se elimina a partir de la vigencia de la presente Disposición Administrativa,exigencia del NIT de importador a las personas que realicen operaciones de importación o exportación

Las Aduanas de la República y la Unidad de Atención al Usuario de la Dirección General de Aduanas, efectuarán el registro de los importadores momento en que sea solicitado por los el NIT ordinario emitido por Ministerio de Hacienda. Ereflejado en el Documento Único de Identidadregistro unificado de los operadores de comercio exterior

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183

www.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected]

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA DE CARÁCTER GENERAL (DACG) No. DGA-XXX-2015

Funcionarios y empleados de la Dirección General de Aduanas, y usuarios externos del Servicio Aduanero.

ones especiales relativas al Registro de Importador

de la Ley del Registro de Importadores, 3, 4 letra d) y 8 letra g) de la Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, aCódigo Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y 639 de su Reglamento

AMBITO DE APLICACIÓN

La presente disposición aplica a todas las personas naturales o jurídicasones de importación o exportación de mercancías.

DISPOSICIONES GENERALES

Conforme lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley del Registro de Importadores, que estará bajo la responsabilidad y administración de la

Dirección General de Aduanas, se faculta a esta dependencia para regular mediante normas administrativas, su organización y funcionamiento; fundamento sobre el cual se emite la presente.

a partir de la vigencia de la presente Disposición Administrativa,exigencia del NIT de importador a las personas que realicen operaciones de

y no será exigido en las Aduanas de la República.

Las Aduanas de la República y la Unidad de Atención al Usuario de la Dirección efectuarán el registro de los importadores y exportadores

momento en que sea solicitado por los interesados, siendo suficiente que emitido por la Dirección General de Impuestos Internos d

. En caso de no portarlo, se tomará el número reflejado en el Documento Único de Identidad, con la finalidad de mantener un

operadores de comercio exterior.

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244-5000,

POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

Funcionarios y empleados de la Dirección General de Aduanas, y

de Importadores.

, 3, 4 letra d) y 8 rtículo 92 del

y 639 de su Reglamento

jurídicas, que de mercancías.

Conforme lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley del Registro de Importadores, que estará bajo la responsabilidad y administración de la

a esta dependencia para regular mediante normas administrativas, su organización y funcionamiento; fundamento

a partir de la vigencia de la presente Disposición Administrativa, la exigencia del NIT de importador a las personas que realicen operaciones de

y no será exigido en las Aduanas de la República.

Las Aduanas de la República y la Unidad de Atención al Usuario de la Dirección y exportadores al

que presente la Dirección General de Impuestos Internos del

el número de NIT , con la finalidad de mantener un

Page 2: Disposiciones Generales al  registro de NIT importadores

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244

Sitio Web: www.mh.gob.sv

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001

Dirección General de Aduanas

La Dirección General de Aduanas en el sistema informáticoconforme lo dispuesto en presentando únicamente el NIT emitido a nombre del usuarioreflejado en el Documento Único de Identidad

TRATAMIENTO PARA PERSONAS EXTRANJERAS:

Las personas extranjeras, podrádel documento de identidad de su paíspresente su NIT, en cuyo caso se

TRATAMIENTO PARA VIAJEROS:

Cuando las mercancías objeto de viajero y corresponda el pago de tributos por las mercancías transportadas, se registrará en la Aduana de ingreso el y liquidación en el sistemaaceptará la Declaración de Equipaje con el documento que haya sido declarado por el viajero.

TRATAMIENTO PARA COURIERS:

Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a introducir mercancías al país para la importación definitiva, bajo las modalidades de entrega rápida y similares, conocidos como Couriersproceso descrito en la presente disposición.

Las empresas Couriers podrán realizar las importaciones de mercancías directamente para entregarlas posteriormente a los destinatarios finales, por lo cual, el registro de la Declaración de Mercancías lo podrán realizar de fconsolidada, conforme los lineamientos establecidos por esta Dirección General.

IMPORTACIONES POR LA VIA POSTAL:

Las mercancías ingresadas por la vía postal y que pero se determine que lesla misma, se registrará Declaración de Mercancías correspondiente.exentas del pago de tributos, se registrará con el Doen caso no posea NIT.

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183

www.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected]

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

Aduanas ingresará los datos del importador o exportador informático, sin la necesidad de exigir un nuevo documento,

conforme lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley del Registro de Importadoresel NIT emitido a nombre del usuario o verificar el número

nto Único de Identidad.

TRATAMIENTO PARA PERSONAS EXTRANJERAS:

as personas extranjeras, podrán registrarse utilizando los datos del Pasaporte del documento de identidad de su país, a excepción que ésta persona

, en cuyo caso se registrará con base a este último.

TRATAMIENTO PARA VIAJEROS:

Cuando las mercancías objeto de importación se realice por la modalidad de viajero y corresponda el pago de tributos por las mercancías transportadas, se

en la Aduana de ingreso el NIT correspondiente para efectuar con dicho documento. Si no se determinan tributos se

aceptará la Declaración de Equipaje con el documento que haya sido

TRATAMIENTO PARA COURIERS:

Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a introducir mercancías al país para la importación definitiva, bajo las modalidades de entrega rápida y similares,

Couriers, deberán de inscribirse en el Registro conforme el to en la presente disposición.

Las empresas Couriers podrán realizar las importaciones de mercancías directamente para entregarlas posteriormente a los destinatarios finales, por lo cual, el registro de la Declaración de Mercancías lo podrán realizar de fconsolidada, conforme los lineamientos establecidos por esta Dirección General.

IMPORTACIONES POR LA VIA POSTAL:

Las mercancías ingresadas por la vía postal y que no son para fines comercialescorresponde el pago de tributos por la importación de

registrará el NIT correspondiente para registrar y liquidar Declaración de Mercancías correspondiente. En caso que los bienes estén exentas del pago de tributos, se registrará con el Documento Único de Identidad

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244-5000,

POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

o exportador un nuevo documento,

mportadores, o verificar el número

los datos del Pasaporte o ésta persona posea y

se realice por la modalidad de viajero y corresponda el pago de tributos por las mercancías transportadas, se

NIT correspondiente para efectuar el registro . Si no se determinan tributos se

aceptará la Declaración de Equipaje con el documento que haya sido

Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a introducir mercancías al país para la importación definitiva, bajo las modalidades de entrega rápida y similares,

, deberán de inscribirse en el Registro conforme el

Las empresas Couriers podrán realizar las importaciones de mercancías directamente para entregarlas posteriormente a los destinatarios finales, por lo cual, el registro de la Declaración de Mercancías lo podrán realizar de forma consolidada, conforme los lineamientos establecidos por esta Dirección General.

no son para fines comerciales, corresponde el pago de tributos por la importación de

registrar y liquidar la En caso que los bienes estén

cumento Único de Identidad

Page 3: Disposiciones Generales al  registro de NIT importadores

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244

Sitio Web: www.mh.gob.sv

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001

Dirección General de Aduanas

Si se determina que las mercancías son para fines comerciales, se exigirá el NIT para efectuar el registro del importador en el Sistema Informático de la Dirección General de Aduanas para realizar la y en caso de no poseerlo, se de despacho.

TRATAMIENTO PARA EXPORTADORES:

Las personas naturales o jurídicas que exportación, podrán solicitar que se realizar sus operaciones, seaAduana o a través del intercambio de información que se mantiene con otras entidades involucradas en el comerc

En todos los casos mencionados, desee realizar la importación de las Administraciones de Aduanas de la República o al Usuario, que se le incorpore en el Registro de tales efectos su NIT ordinario solicitud correspondiente (anexo 1)

La Dirección General de Aduanas compinformación del registro regulado en la presente Disposición, legales correspondientes.

EXCEPCIONES:

Conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley del Registro de Importadores, nestarán obligadas a registraCuerpo Diplomático o Consular, o que reciban tratamiento diplomático en virtud de algún Convenio, así como los consignatarios de bienes bajo las siguientes modalidades especiales de importación definitiva:

a) El tráfico de envíos de socorro; b) El tráfico de envíos postales; y,c) La importación del equipaje de viajeros y el menaje de casa.

En los casos mencionados, se les documento que sea presentado, para poder realizar el despacho de sus bienes.

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183

www.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected]

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

que las mercancías son para fines comerciales, se exigirá el NIT para efectuar el registro del importador en el Sistema Informático de la Dirección General de Aduanas para realizar la Declaración de Mercancías correspondiente y en caso de no poseerlo, se exigirá su presentación para completar el proceso

TRATAMIENTO PARA EXPORTADORES:

Las personas naturales o jurídicas que pretendan realizar operaciones de podrán solicitar que se les incorpore en el presente Registro

, sea directamente en los sistemas informáticos de la Aduana o a través del intercambio de información que se mantiene con otras entidades involucradas en el comercio exterior.

los casos mencionados, solamente será necesario que la persona que desee realizar la importación solicite a la Dirección General de Aduanas a través de las Administraciones de Aduanas de la República o en la Unidad de Atención

incorpore en el Registro de Importadores, presentando ordinario o los documentos mencionados anteriormente

solicitud correspondiente (anexo 1).

La Dirección General de Aduanas compartirá con la Administración Tributaria regulado en la presente Disposición, para los efectos

Conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley del Registro de Importadores, nregistrarse, las personas y organismos pertenecientes al

Cuerpo Diplomático o Consular, o que reciban tratamiento diplomático en virtud de algún Convenio, así como los consignatarios de bienes bajo las siguientes

de importación definitiva:

a) El tráfico de envíos de socorro; b) El tráfico de envíos postales; y,c) La importación del equipaje de viajeros y el menaje de casa.

En los casos mencionados, se les podrá incorporar al registro con cualquier que sea presentado, para poder realizar el despacho de sus bienes.

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244-5000,

POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

que las mercancías son para fines comerciales, se exigirá el NIT para efectuar el registro del importador en el Sistema Informático de la Dirección

correspondiente para completar el proceso

realizar operaciones de presente Registro, para

directamente en los sistemas informáticos de la Aduana o a través del intercambio de información que se mantiene con otras

será necesario que la persona que solicite a la Dirección General de Aduanas a través

la Unidad de Atención presentando para anteriormente y la

con la Administración Tributaria la para los efectos

Conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley del Registro de Importadores, no las personas y organismos pertenecientes al

Cuerpo Diplomático o Consular, o que reciban tratamiento diplomático en virtud de algún Convenio, así como los consignatarios de bienes bajo las siguientes

incorporar al registro con cualquier que sea presentado, para poder realizar el despacho de sus bienes.

Page 4: Disposiciones Generales al  registro de NIT importadores

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244

Sitio Web: www.mh.gob.sv

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001

Dirección General de Aduanas

III. DISPOSICIONES FINALES.

Las Administraciones de AduanasUsuario de la Dirección General de Aduanasel sistema informático creado para tal fin por (MANTONIT), en el cual se incluirán Registro, debiendo de ingresarlos

a) Los NIT se registrarán utilizando los 14 dígitos del mismo y será ingresado sin guiones.

b) Los Documentos únicos deberán registrar a través de un código conformado el tipo de documento (“D” para los Documentos únicos nacionales Identidad, “C” para las cédulas y “P” para los pasaportes), código ISO del país correspondiente y su respectivo número, sin incluir puntos, guiones, espacios en blanco o algún tipo de la izquierda de cada número.Ejemplos:

DUI o DNI Hondureño con número Cédula de Guatemala con número 123456: Pasaporte de Estados Unidos con número 123456:

c) Para el caso de los registros caracteres sobrepasen los 14 dígitos, se procederá a ir eliminando los números de la izquierda para ajustar la cantidad de caracteres a 14 dígitos; sin embargo se establece que para el registro a realizar, el completo del documento deberá incluirse en la 4ª. línea del campo que corresponde a la dirección de dicho usuario.

Ejemplo: Cédula Hondureña con número 2465467898746 se ingresará como número CHN65467898746 (en la conformación de dicho registro no sincluye el número 24 inicial, para ajustar el registro a 14 dígitos)

d) El nombre y la dirección del contribuyente se registrará tal y como lo ha solicitado y acorde a la información descrita en el documento presentado, pero sin incluir tildes, diéresis o

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183

www.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected]

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

DISPOSICIONES FINALES.

Las Administraciones de Aduanas de la República y la Unidad de Atención al de la Dirección General de Aduanas quedan autorizadas para registrar en

creado para tal fin por la Dirección General de Aduanascual se incluirán los datos necesarios para la creación del

ingresarlos conforme los lineamientos siguientes

Los NIT se registrarán utilizando los 14 dígitos del mismo y será ingresado sin

únicos nacionales de identidad, Cédulas y Pasaportes, se deberán registrar a través de un código conformado por la letra que indica

de documento (“D” para los Documentos únicos nacionales C” para las cédulas y “P” para los pasaportes),

código ISO del país correspondiente y su respectivo número, sin incluir puntos, guiones, espacios en blanco o algún tipo de símbolo o carácter a la izquierda de cada número.

DUI o DNI Hondureño con número 0123456-7: DHNCédula de Guatemala con número 123456: CGT123456Pasaporte de Estados Unidos con número 123456: PUS123456

Para el caso de los registros que con las 3 letras referidas, la cantidad de caracteres sobrepasen los 14 dígitos, se procederá a ir eliminando los números de la izquierda para ajustar la cantidad de caracteres a 14 dígitos; sin embargo se establece que para el registro a realizar, el completo del documento deberá incluirse en la 4ª. línea del campo que corresponde a la dirección de dicho usuario.

Ejemplo: Cédula Hondureña con número 2465467898746 se ingresará como número CHN65467898746 (en la conformación de dicho registro no sincluye el número 24 inicial, para ajustar el registro a 14 dígitos)

El nombre y la dirección del contribuyente se registrará tal y como lo ha solicitado y acorde a la información descrita en el documento presentado, pero sin incluir tildes, diéresis o apóstrofes.

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244-5000,

POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

y la Unidad de Atención al quedan autorizadas para registrar en

la Dirección General de Aduanaspara la creación del

s:

Los NIT se registrarán utilizando los 14 dígitos del mismo y será ingresado sin

nacionales de identidad, Cédulas y Pasaportes, se por la letra que indica

de documento (“D” para los Documentos únicos nacionales de C” para las cédulas y “P” para los pasaportes), seguido del

código ISO del país correspondiente y su respectivo número, sin incluir símbolo o carácter a

DHN01234567CGT123456PUS123456

que con las 3 letras referidas, la cantidad de caracteres sobrepasen los 14 dígitos, se procederá a ir eliminando los números de la izquierda para ajustar la cantidad de caracteres a 14 dígitos; sin embargo se establece que para el registro a realizar, el número completo del documento deberá incluirse en la 4ª. línea del campo que

Ejemplo: Cédula Hondureña con número 2465467898746 se ingresará como número CHN65467898746 (en la conformación de dicho registro no se

El nombre y la dirección del contribuyente se registrará tal y como lo ha solicitado y acorde a la información descrita en el documento presentado,

Page 5: Disposiciones Generales al  registro de NIT importadores

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244

Sitio Web: www.mh.gob.sv

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001

Dirección General de Aduanas

IV. DEROGATORIA

Se deroga en todas sus partes, las normas establecidas en la Directriz 2007 emitida por esta Dirección General d

V. VIGENCIA

Esta Disposición entrará en vigencia a partir de

HÁGASE SABER, --------C A Cativoy sellada.

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183

www.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected]

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

Se deroga en todas sus partes, las normas establecidas en la Directriz 2007 emitida por esta Dirección General de Aduanas el 5 de octubre de 200

Esta Disposición entrará en vigencia a partir del 19 de enero de 2015.

San Bartolo, Ilopango, 05 de enero de 2015

DIOS UNION LIBERTAD

Cativo, Legible, Director General de Aduanas, Rubricada

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244-5000,

POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

Se deroga en todas sus partes, las normas establecidas en la Directriz número 013-e Aduanas el 5 de octubre de 2007.

enero de 2015.

, Legible, Director General de Aduanas, Rubricada

Page 6: Disposiciones Generales al  registro de NIT importadores

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244

Sitio Web: www.mh.gob.sv

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001

Dirección General de Aduanas

ANEXO 1

DIRECCION GENERAL DE UNIDAD DE ATENCION AL USUARIO

SOLICITUD DE INGRESO DE NIT, DUI O PASAPORTES AL REGISTRO DE IMPORTADORES

Lugar y Fecha:_______________

Yo _____________________________________________

de nacionalidad ______________________________, Identificado con mi Documento de

Número ___________________________

que lleva la Direccion General de

de Identidad ( ), Pasaporte ( ) número ______________________________________________.

Lugar de residencia: _______________

Tel. _______________________Fax ____________________E

Firma:___________________________ Firma:______________________

Tramitador Autorizado, Representante Legal o Propietario.

NOTA.-Presentar NIT y fotocopia de NRC para el caso de las personas jurídicas

Presentar Pasaporte o DUI

(Los originales son para efectos de verificación de datos al momento de la presentación de la Solicitud, luego son devueltos(En caso de se presentado por Tramitador autorizado deberá contar con la autorización escrita del interesado).

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244Tel: (503) 2244-5182 Fax: (503) 2244-5183

www.mh.gob.sv correo electrónico: [email protected]

CERTIFICADA BAJO LA NORMA ISO 9001 POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

DIRECCION GENERAL DE ADUANASUNIDAD DE ATENCION AL USUARIO

SOLICITUD DE INGRESO DE NIT, DUI O PASAPORTES AL REGISTRO DE IMPORTADORES

Fecha:__________________________________________________________________

Yo ____________________________________________________________________________

____________________________, Identificado con mi Documento de

Número ___________________________, solicito ser incorporado en el Registro de Importadores

que lleva la Direccion General de Aduanas con el siguiente documento: NIT ( ), Documento Único

número ______________________________________________.

Lugar de residencia: _______________________________________________________________

_______________________Fax ____________________E-mail____________

Firma:___________________________ Firma:______________________

Tramitador Autorizado, Representante Funcionario aduanero

fotocopia de NRC para el caso de las personas jurídicas.

DUI, en original y fotocopia, para el caso de las persona

para efectos de verificación de datos al momento de la presentación de la Solicitud, luego son devueltos).(En caso de se presentado por Tramitador autorizado deberá contar con la autorización

Km. 11.5 Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango, El Salvador, C.A. Conmutador Tel.: (503) 2244-5000,

POR LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN

UAU-GO-010Rev. 12/12/14

___________________________________________________

_______________________________

____________________________, Identificado con mi Documento de Identidad

en el Registro de Importadores

siguiente documento: NIT ( ), Documento Único

número ______________________________________________.

_______________________________________________

______________

Firma:___________________________ Firma:______________________

Funcionario aduanero autorizado

personas naturales.

para efectos de verificación de datos al momento de la presentación de

(En caso de se presentado por Tramitador autorizado deberá contar con la autorización