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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Gómez Sugehyls CI 16532454 SAIA B PROF EMILY RAMIREZ

Sucesiones derecho internacional

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Page 1: Sucesiones derecho internacional

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICERRECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Gómez Sugehyls CI 16532454SAIA BPROF EMILY RAMIREZ

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SUCESIONES TESTAMENTARIAS Y AB-INTESTATO

• Es aquella que se origina cuando el causante, en previsión de su muerte próxima o remota, dispone voluntariamente de sus bienes señalando a quienes y en que forma deben transferirseLAS SUCESIONES

TESTAMENTARIAS

• Es la que se defiere de acuerdo la ley, cuando no existe testamento; cuando habiendo testamento el testador no ha dispuesto de todos sus bienes.

AB-INTESTATO

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REGULACION EN MATERIA SUCESORAL EN VENEZUELA

En materia sucesoral está regulada en Venezuela en el título II del Código Civil (Artículos 807-1132) y en la Ley de Impuesto Sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos (Incluyendo la reforma a esta Ley de 1999, GO 5.39).

EN LA LDIP

En el caso especifico y expuesto en el artículo 34 de la Ley de Derecho Internacional Privado, las sucesiones se regulan por el principio del domicilio del causante, lo que permite la aplicación del derecho extranjero a bienes ubicados en Venezuela y la aplicación del derecho venezolano a bienes ubicados en el exterior. Se toma el último domicilio del causante

EN EL CODIGO CIVIL

El Código Civil dispone a venezolanos o extranjeros a la posibilidad de otorgar testamentos en el extranjero, válidos y reconocidos por el derecho venezolano, cuando cumplan determinadas formalidades.

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El Derecho Internacional Privado en lo concerniente a las Sucesiones, en Venezuela está establecido en La

Ley del Derecho Internacional Privado y el Código Bustamante. Código Civil Derecho Hereditario Título II « De las

Sucesiones "Artículos 807 al 1132. Del Código Civil Vigente. Ley de Impuestos sobre Sucesiones,

Donaciones y demás Ramos Conexos Ley del derecho Internacional Privados Del Domicilio arts. 11 al 15 Sucesiones: 34 al 36.

Código Bustamante: Capítulo IV de Los Testamentos. Art. 146 al 151. De las Sucesiones.

Capítulo VII. Arts. 144 y 145 Capítulo V. La Herencia Arts. 152 al 163 Capítulo IV de Los

Testamentos. Art. 146 al 151. De las Sucesiones. Capítulo VII. Arts. 144 y 145 Capítulo V. La

Herencia Arts. 152 al 163

Clasificación de las sucesiones a) Sucesiones a Título Particular y b) Sucesiones a Título Universal

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Derechos de Sucesiones en la Ley de Derecho Internacional Privado

Son las que Permite la Aplicación extraterritorial del derecho extranjero a los bienes ubicados en Venezuela y

del derecho Venezolano a los bienes situados en el Exterior

Normas para las cuales se rige la Sucesión Internacional: Las normas de conflicto, también

denominadas de colisión, de conexión o de Derecho Internacional Privado, se encuentran principalmente en los tratados de derecho internacional aplicables al caso

concreto, de haberlos, y en su defecto, en la Ley del Derecho Internacional Privado

La Persona a quien sucede se denomina Causante, se le conoce con el término

DE CUJUS, La persona que sucede se denomina Causahabiente: Sucesor: Persona llamada a la Sucesión

Universal Heredero: persona llamada Sucesión Universal que ya la

ha aceptado Legatario: Se refiere al beneficiario de una Sucesión a

Título Particular. Denominaciones al Causante

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Las Sucesiones Testamentarias en el DIP La determinación de herederos, el orden de suceder y la

distribución del activo hereditario, el lugar y la oportunidad de la apertura de la sucesión, el contenido

del testamento, las prohibiciones sucesorales y las causas de indignidad. La Exclusión La capacidad para suceder, la

capacidad del concebido para recibir por herencia, las presunciones de premoriencia y comoriencia y la forma

del testamento que se rige por el Artículo 37. LDIP.

La Institución de la Legítima en el LDIP Se define como una porción de la sucesión intestada que

corresponde de pleno derecho a ciertos herederos legítimos y de la cual, por consiguiente, no puede

disponer el causante por testamento.

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La Institución La Bona Vacantia Esta se da en el caso de que los bienes de la sucesión

correspondan al Estado, o cuando no existan o se ignoren los herederos, los bienes situados en la República pasarán al

patrimonio de la Nación venezolana; esta disposición refleja la tradición de la legislación patria.

La Sucesión Testamentaria En la Ley del D.I.P. Art.34 Las Sucesiones se rigen por la ley del domicilio del

causante . En cuanto a los bienes que conforman la masa hereditaria, interesa su ubicación, la Ley acoge, el Sistema de la Unidad de las Sucesiones que permite la aplicación

extraterritorial del derecho extranjero a los bienes ubicados en Venezuela y del derecho venezolano a los

bienes situados en el exterior. Derecho Procesal Civil Internacional Se regula en los

Capítulos 9, 10 y 11 Arts. 39,52, 53 al 55, y 56 al 62 de la Ley del derecho Internacional Privado. Determinan las

reglas sobre: Jurisdicción, Competencia y Eficacia de las Sentencias

Extranjera. La forma de los actos procesales, la Cooperación Judicial

Internacional, la aplicación del Derecho Extranjero y los Recursos Procesales

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LAS JURISDICCIÓN EL DIP La Jurisdicción el D.I.P. tiene como fin crear derecho con valor internacional concentrado

en la competencia Legislativas, en la Judicial y en la Competencia Ejecutiva de un Estado cuando un Tribunal

debe resolver un proceso que pertenece al ámbito del derecho Internacional

DE LAS SITUACIONES JURÍDICAS Cuestiones procesal Cuestión del derecho Aplicada: (En ambos casos se deben resolver en idénticas sucesión.) En otros casos: LEX FORI

art. 56 LDIP: para la regulación de lo relativo a la competencia y al procedimiento, y aún cuando no lo expresa también abarca la jurisdicción Se encuentra delimitada por

la legislación a que pertenece, la cual determina su alcance , y puede prohibir el conocimiento de los litigios

que surjan en el extranjero, provocando lo que se designa conflicto de competencia negativa Delimitación de la

jurisdicción del DIP La Competencia Internacional de los Tribunales Es el Derecho que tiene un Juez o un Tribunal para conocer de un determinado asunto atribuido por el

derecho Internacional de un Estado. Para el caso especifico de la Sucesión lo determina el domicilio del causante.