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1 2016- legislación

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Formas de subvención (aporte), empleo y/o contratación

• Legislación

• Contrato de aprendizaje

• Becas

• Pasantías

• Prácticas Profesionalizantes

Maria Ramos Bravo - Lic. Em RRLL y Espec. en FP Cátedra Empleo

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Contrato de aprendizaje 1.- Ley N° 26.390, Art. 22 y siguientes. Junio de 2008. El contrato de

aprendizaje persigue la finalidad formativa de carácter teórico-práctica y deberá celebrarse por escrito entre un empleador y un joven sin empleo, de entre dieciséis y veintiocho años.

• Deberá contar con un plan de formación descrito con precisión en un programa adecuado al plazo de duración del contrato.

• A la finalizar el vínculo contractual, el empleador deberá entregar un certificado suscrito por el responsable legal de la empresa, que acredite la experiencia o especialidad adquirida por el aprendiz.

• No podrán ser contratados como aprendices aquellos que hayan tenido una relación laboral previa con el mismo empleador, ni celebrarse nuevo contrato de aprendizaje.

Maria Ramos Bravo - Lic. Espec. en FP Cátedra Empleo

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Contrato de trabajo-aprendizaje

• Articulo 22: Modifícase el artículo 1º de la Ley 25.013 del 2/9/98 , el que quedará redactado de la siguiente manera:

• Artículo 1º: Contrato de trabajo de aprendizaje. El contrato de aprendizaje tendrá finalidad formativa teórico-práctica, la que será descripta con precisión en un programa adecuado al plazo de duración del contrato. Se celebrará por escrito entre un empleador y un joven sin empleo, de entre dieciséis (16) y veintiocho (28) años. VER ART 23, QUE MODIFICA LA EDAD DESDE EL 26 DE MAYO DE 2010 (de 15 años pasa a 16 la edad mínima)

• Duración mínima de tres (3) meses y una máxima de un (1) año.

• A la finalización del contrato el empleador deberá entregar al aprendiz un certificado suscripto por el responsable legal de la empresa, que acredite la experiencia o especialidad adquirida.

• Jornada de trabajo de los aprendices: hasta 40 hs semanales, incluidas las correspondientes a la formación teórica. Para los aprendices entre 16 y 18 años de edad se aplicarán las disposiciones relativas a la jornada de trabajo de los mismos.

• El número total de aprendices contratados no podrá superar el diez por ciento (10%) de los contratados por tiempo indeterminado en el establecimiento de que se trate.

• El empresario que no tuviere personal en relación de dependencia, también podrá contratar un aprendiz.

• El empleador deberá preavisar con treinta (30) días de anticipación la terminación del contrato o abonar una indemnización sustitutiva de medio mes de sueldo.

• El contrato se extinguirá por cumplimiento del plazo pactado; en este supuesto el empleador no estará obligado al pago de indemnización alguna al trabajador sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior. En los demás supuestos regirá el artículo 7º y concordantes de la presente ley.

• Si el empleador incumpliera las obligaciones establecidas en esta ley el contrato se convertirá a todos sus fines en un contrato por tiempo indeterminado.

• Las cooperativas de trabajo y las empresas de servicios eventuales no podrán hacer uso de este contrato.

Maria Ramos Bravo - Lic. Espec. en FP Cátedra Empleo

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Becas Estudiantiles . . . .

de Retención Destinadas a promover la permanencia, promoción y egreso de los alumnos en el sistema educativo.

de Inclusión Destinadas a promover la reincorporación de alumnos que abandonaron sus estudios y la inclusión de aquellos que nunca asistieron a la escuela.

Específicas para la Inclusión y la Retención Se otorgarán con el fin de atender situaciones a las que no pueda darse cobertura a través de los dos tipos de becas antes mencionados.

Para alumnos de Pueblos Originarios La Ley Nacional 20.843/74 (Ley 13154) , Leyes provinciales Destinadas a promover el derecho a la educación de adolescentes, jóvenes y adultos pertenecientes a comunidades indígenas.

Padrinazgo Presidencial La Ley Nacional 20.843/74, establece el otorgamiento de becas de estudio a las personas que hayan sido apadrinadas por el titular del Poder Ejecutivo.

Islas Malvinas y del Atlántico Sur La Ley Nacional Nº 23.490/86 y modificatorias, establece becas de estudio destinadas a los hijos de civiles y militares fallecidos en acción o como consecuencia de heridas, accidentes o enfermedades derivadas del conflicto de Malvinas.

Educación Técnica Profesional La Ley Nacional 26.058/05; inciso I Con el objetivo de implementar acciones específicas para garantizar el acceso, permanencia y finalización de los trayectos formativos en la Educación Técnico Profesional.

Erradicación del Trabajo Infantil Ley 26390 Se otorgarán con el objetivo de contribuir a la erradicación del trabajo infantil, la restitución del derecho a la educación y la inclusión, permanencia y finalización de los estudios.

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Otras becas de formación

• En el exterior Dirección Nacional de Cooperación Internacional

• Universitarias de Grado Programa Nacional de Becas Universitarias Postgrado ProFOR - Programa de Formación y Capacitación para el Sector Educación

• http://www.me.gov.ar/beca_post.html • Buenos Aires, miércoles 1 de junio de 2016

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Legislación - pasantías educación-trabajo

• Régimen de Pasantías… 26.427, Res 825-338/2009

• Un contrato de pasantía es que brinde al pasante experiencia práctica complementaria de la formación teórica elegida, que habilite al pasante para el ejercicio de su profesión y lo forme en aspectos que serán de utilidad en su posterior búsqueda laboral (art. 3 ley 25165). Pasantías.

• El objeto fundamental del sistema de pasantías, según el decreto 340/92 está dado por el aprendizaje por parte de los alumnos y docentes de prácticas que se encuentran relacionadas con su educación y formación, bajo la organización y contralor de la institución educativa a la cual pertenecen.

• Pasantías de nivel terciario y/o universitario (ley 25165) Decreto 340/92 y ley 25165. Ámbito de aplicación. Requisitos. Duración y jornada

• El sistema de la ley 25165 está orientado a estudiantes de educación superior y docentes del Sistema Educativo Nacional (arts. 1 y 22). Para que pueda predicarse que su desarrollo se ajusta a derecho es necesario que estén cumplidas las exigencias que, de modo preciso, fija su preceptiva. En ese orden, debe existir un contrato marco de pasantía, del que el pasante no es parte sino tercero, aunque beneficiario final e interesado … prestara servicios de lunes a viernes en jornadas de seis horas cada una …

• Dirección Nacional de Derechos de Autor (ley 11723) Registro n° 477834. ISSN 1850-4159. Queda autorizada la reproducción total o parcial de los contenidos de la presente publicación con expresa citación de la fuente.

• ISSN 1850-4159 CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO / OFICINA DE JURISPRUDENCIA Dr. Claudio M. Riancho : Prosecr Gral / Dra. Nilda B. Fernández : Prosecr Adminis SEPTIEMBRE 2007 EMail:[email protected]

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Pasantía Educativa Ley 26427

ARTICULO 15. — Los pasantes reciben una suma de dinero en carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, que se calculará sobre el salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa, y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía.…

Para el caso de actividades que no cuenten con convenio colectivo, se aplicará para el cálculo de la asignación estímulo, el salario mínimo, vital y móvil, en forma proporcional a la carga horaria de la pasantía.

Los pasantes reciben, conforme a las características de las actividades que realicen, todos los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal según se especifique en la reglamentación.

Asimismo se debe otorgar al pasante una cobertura de salud cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley 23.660 –L. de Obras Soc.-

Maria Ramos Bravo - Lic. Em RRLL y Espec. en FP Cátedra Empleo

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Legislación - Síntesis

• A nivel nacional existen normas que regulan distinto tipo de pasantías y situaciones similares, pero diferentes.

• * DESDE EL ÁMBITO EDUCATIVO • - Ley de Educación Nacional N º 26.206/06 – disposiciones grales • - Ley de Educación Superior Nº 24.521 • - Ley de Educación Técnico Profesional N º 26.058/ • - Nueva Ley de Educación Provincial Nº 13.688/07 • - Nueva Ley de Pasantías 26.427/09 Pasantes y Becarios (Reemplaza a la Ley 25.165 ) • (Res Conjunta Nº 825/2009 y Nº 338/2009). Convenio Marco. Protocolos • - Prácticas Profesionalizantes “Res. 13255/97 (DGCyE) y decreto presidencial 1374/11.”, • ” (disposición 10/09 y 09/10)” regulan el régimen de pasantías para la educación secundaria.

• • DESDE EL ÁMBITO LABORAL • - Ley 25013 – Art. 2 • - Decreto 1227/2001 • - Resolución 837/2002 – MTESS

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