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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Barquisimeto, Septiembre de 2016 Autor: Angel Jose Strauss Perera Mapa Mental Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria

Act. nro. 7 mapa mental

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Page 1: Act. nro. 7 mapa mental

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICERRECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO

Barquisimeto, Septiembre de 2016

Autor: Angel Jose Strauss Perera

Mapa Mental Modos de Extinción de la Relación

Jurídica Tributaria

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Código Orgánico Tributario

Venezolano en su artículo 41

Código Orgánico Tributario

Venezolano en su artículo 43

Código Orgánico Tributario

Venezolano en su artículo 44

Tampoco será aplicable en

los casos a que se refieren los

artículos 45, 46 y 47 de este Código”.

Código Orgánico Tributario Venezolano Artículo

45 el Estado a través del Ejecutivo Nacional

Código Orgánico Tributario Venezolano en su

artículo 46 y 47

Código Orgánico Tributario Venezolano en

su artículo 48.

para el pago, previstos en los artículos 45,

46 y 47

Efectos del Pago1. La liberación del deudor.2. La satisfacción del acreedor.3. La extinción de la obligación

El Código Civil venezolano en su

artículo 1331

Código Orgánico Tributario

Venezolano en su artículo 49

Código Orgánico Tributario

Venezolano en su artículo 50 y

51

En el Código Civil de Venezuela en el

Artículo 1326

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• La parte imputable de los tributos no concertados.

• La parte imputable de los ingresos presupuestarios de naturaleza no tributaria.

• La parte imputable del déficit que presenten los presupuestos generales del Estado en la forma que determine la ley.

Se pueden recuperar los

excedentes provenientes de las

retenciones que efectúen los

contribuyentes ordinarios, siempre y

cuando se hayan dado los términos y

condiciones legalmente, a tal efecto

de que sea favorable la decisión

Administrativa, la Administración

Tributaria autorizara la

compensación o la cesión a terceros

de los excedentes por retenciones.

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Facilidades de PAGO

El Ejecutivo Nacional podrá conceder, con carácter general, prórrogas y demás facilidades para el pago deobligaciones no vencidas, así como fraccionamientos y plazos para el pago de deudas atrasadas, cuando elnormal cumplimiento de la obligación tributaria se vea impedido por caso fortuito o fuerza mayor, o envirtud de circunstancias excepcionales que afecten la economía del país.

Plazos de Carácter

Particular

Efectos del PagoNo pueden exceder

de 36 meses

Es la extinción de la obligación y, porconsiguiente, la liberación del deudor, que tienederecho a exigir del acreedor (Estado) elreconocimiento de esta situación y elotorgamiento del recibo correspondiente.

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Los interesados deberán presentar la solicitud al menos

quince (15) días hábiles antes del vencimiento del plazo

para el pago, y sólo podrán ser concedidas cuando a juicio

de la Administración Tributaria se justifiquen las causas

que impiden el cumplimiento normal de la obligación. La

Administración Tributaria deberá responder dentro de los

diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la

solicitud.

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Bibliografía

González (2014) Disponible en líneahttp://conceptodefinicion.de/pago/Consultado 15 de septiembre de 2015

Montoya (2010) Disponible en Líneahttp://jorgeluismontoya.blogspot.com/2010/09/medios-de-extincionde-la-obligacion.html Consultado el 16 de septiembre de 2015

Código Orgánico Tributario (2011)Disponible en líneahttp://www.cnac.gob.ve/wp-content/uploads/2011/05/Codigo-OrganicoTributario.pdf Consultado 16 deseptiembre de 2015

Extinción de la Obligación tributaria (s/f) disponible en líneahttp://www.webquestceys.com/majwq/wq/ver/3898?PHPSESSID=4093af9c8a2bbf83af54919a1eb139be. Consultado 16 de septiembre de 2015

Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial Nro. 6152 del 18/11/2014

Universidad Fermín Toro. (2015). Unidad II. Tema 5. Modos de la Extinción de la Relación JurídicaTributaria. Documento en línea. Disponible: http://saia.uts.edu.ve. (Consulta 06 de Septiembre de 2015).