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ADMINISTRACIÓN II Maira Lizeth Puente Lina Yureidit Coronado Fernanda Paramo Geraldine Real Andrés Palacio

Administracion Portafolio

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ADMINISTRACIÓN IIMaira Lizeth Puente

Lina Yureidit CoronadoFernanda Paramo

Geraldine RealAndrés Palacio

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PRIMER CORTE

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PLANEACIÓN En el proceso administrativo, se tiene como etapa inicial la Planeación, la cual consiste en la formulación del estado futuro deseado para una organización y con base en éste plantear cursos alternativos de acción, evaluarlos y así definir los mecanismos adecuados a seguir para alcanzar los objetivos propuestos, además de la determinación de la asignación de los recursos humanos y físicos necesarios para una eficiente utilización.

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IMPORTANCIAse centra en el hecho de que permite a la persona o responsable proyectar a mediano o largo plazo la actividad a realizar, acercándose de ese modo más fácilmente a las metas y teniéndolas vistas de manera clara y concisa. Muchas veces la planeación puede tener que ser alterada debido a circunstancias ajenas o inesperadas y en ese caso deberá ser reacondicionada de acuerdo a las necesidades y posibilidades que la situación permita. De todos modos, seguirá permitiendo conocer cuál será el plan de trabajo aún en una situación de excepción.

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PRINCIPIOS DE LA PLANEACIÓNUn principio se concibe como todo aquello que se acepta o se acoge en esencia sin que haya entera conformidad en la forma o en los detalles. También puede entenderse como fuente, origen y causa inicial.Entre los principios que se le atribuyen a la planeación pueden mencionarse los siguientes: PRINCIPIO DE LA UNIVERSALIDADLa planeación debe comprender suficiente cantidad de factores como tiempo, personal, materia, presupuesto etc. de tal manera que al desarrollar el plan sea suficiente. PRINCIPIO DE RACIONALIDADTodos y cada uno de los planes deben estar fundamentados lógicamente, deben contener unos objetivos que puedan lograrse y también los recursos necesarios para lograrlos.

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PRINCIPIO DEL COMPROMISOEl tiempo es un factor de crucial importancia cuando se está definiendo un plan, por eso debe determinarse con mucha precisión, sin que ello indique que en las empresas haya un tiempo estándar para planear. Solo se deben comprometer fondos para planeación cuando se pueda anticipar en el futuro próximo un rendimiento sobre los gastos de planeación, como resultado del análisis de planeación a largo plazo. PRINCIPIO DE LA PREVISIÓNCuando un plan se basa en estudios y experiencias anteriores. Este adquiere tal consistencia que intenta reducir al máximo sus errores. Con este principio se despeja la proyección hacia el futuro.

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PRINCIPIO DE FLEXIBILIDADLos planes deben caracterizarse por ser flexibles y no ser estructuras rígidas, deben caracterizarse por ser susceptibles al cambio respondiendo a imprevistos y circunstancias de carácter exógeno que puedan presentarse. Debido a que virtualmente es imposible conocer lo que sucederá después de formulado un plan, se requieren jefes creativos e innovadores que puedan hacer cambios en los planes cuando ello sea necesario. PRINCIPIO DE CONTINUIDADLos planes deben formularse teniendo en cuenta el anterior, de manera que se eviten recesos por alteraciones en el plan. Esto debe hacerse para cumplir con las metas globales de la organización.

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PRINCIPIO DE PRECISIÓNLos planes que se realicen deben ser precisos, carentes de afirmaciones vagas, inconclusas, pues debe tenerse en cuenta que van a regir acciones específicas, concretas y definidas. PRINCIPIO DE UNIDADLos componentes de un plan deben ser independientes entre ellos encaminados a un mismo fin. Los planes deben considerarse jerárquicamente hasta formar uno solo.

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PRINCIPIO DE FACTOR LIMITANTEEn la planeación se hace necesario que los administradores sean lo suficientemente habilitados para detectar los factores que puedan llegar a limitar o a frenar el alcance de los objetivos perseguidos por la empresa. En este principio se resalta la importancia de la objetividad en el momento de tener que escoger entre diferentes cursos de acción o diversas alternativas para llegar a un fin. PRINCIPIO DE INHERENCIALa programación es necesaria en cualquier organización humana y es propia de la administración. El estado debe planificar la forma de alcanzar sus objetivos, fijando siempre metas mediatas o inmediatas. Planificar conduce a la eficiencia y otorga la posibilidad de ofrecer respuestas oportunas a los cambios sociales.

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IDEA DE NEGOCIO

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SEGUNDO CORTE

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DETALLE CANTIDAD VALOR UNITARIO

VALOR TOTAL

EQUIPO DE COMPUTACION Computador de escritorio PC Smart Celeron Windows 8 PDK-CS1901W 

2 $ 999.000 $ 1’998.000

TELEFONO Teléfono PANASONIC Inalámbrico Dect 2 

1 $219.900 $219.900

TELEVISOR TV 55" 139cm LED KALLEY K-LED55FHDX 

2 $1’599.000 $3’198.000

VIDEO CÁMARA DE SEGURIDAD vta. kit de seguridad 8 cámaras y grabador 500gb

1 $1’099.000 $1’099.000

SALA DE ESPERA Sofá Esquinero Alcalá Blanco 

1 $1’099.000 $1’099.000

SILLAS (BAR) 10 $99.000 $990.000SILLAS (SALON DE BELLEZA) 6 $100.000 $600.000MESAS (SALON DE BELLEZA) 

6 $150.000 $900.000

MESAS (BAR) 5 $120.000 $600.000SILLAS DE OFICINAS SILLA DE ESCRITORIO NEGRA CROMADA ASENTI

1 $189.000 $189.000

ESPEJOS 6 $480.000 $2’880.000IMPLEMENTOS DEL BAR 1 $4’000.000 $2’000.000IMPLEMENTOS GENERALES (SALON DE BELLEZA) 1 $12’000.000 $12’000.000ARRIENDO DEL LOCAL   $5’000.000 $5’000.000Subtotal  

  $18’609.276 $23’329.236

IVA 16%   $3’554.624 $4’443.664Total   $22’153.900 $27’772.900

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DEBILIDADES OPORTUNIDADES

FOTALEZAS MENAZAS

Horario laboral muy extenso

Un amplio mercado

Precios competitivos

Fuerte representación de la competencia directiva e indirecta

Poco conocimiento administrativo

Mejorar el poder adquisitivo de nuestros clientes

Excelente servicio al cliente

La inseguridad

Poco reconocimiento en el sector

Creación de diseños en toda el área de belleza integral

Competencia desleal

Recurso humano calificado y competente

TALLER DE MATRICES

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DEBILIDADES OPORTUNIDADES

FOTALEZAS MENAZAS

Horario laboral muy extenso

Un amplio mercado

Precios competitivos

Fuerte representación de la competencia directiva e indirecta

Poco conocimiento administrativo

Mejorar el poder adquisitivo de nuestros clientes

Excelente servicio al cliente

La inseguridad

Poco reconocimiento en el sector

Creación de diseños en toda el área de belleza integral

Competencia desleal

Recurso humano calificado y competente

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FACTORES

PINDERACION

CALIFICACION

PONDERACION

ACUMULABLE

Fechas especiales del año

20% 4 0,8

Nuevos productos

15% 3 0,45

Redes sociales

20% 4 0,8

Gasto del consumidor a otro servicio

15% 3 0,45

Competencia

15% 3 0,45

Solicitud de negocio

15% 2 0,3

TOTAL     3,25

FACTORES PINDERACION

CALIFICACION

PONDERACION ACUMULABLE

Conocimiento del mercado

20% 4 0,8

Mano de obra calificada

15% 3 0,45

Tendencias 10% 3 0,3

Barman 20% 3 0,6

Manejo de datos de los clientes

10% 1 0,1

Unificación de servicios

10% 1 0,1

Bajo reconocimiento

10% 4 0,1

Bajo reconocimiento

5% 5 0,15

TOTAL     2,9

MATRIZ EFE MATRIZ EFI

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FACTORES PONDERACION

WELCOME QEEN

MAGNÍFICOS

MARTIN VIDAL

Fechas especiales del año

30% 3 0,9 4 1,2 4 1,2

Redes sociales

25% 4 1 3 0,75 4 1

Gasto del consumidor

25% 3 0,75 4 1 3 0,75

Competencia 20% 2 0,4 4 0,8 4 0,8TOTAL   3,05 3,75 3,75

FACTORES PONDERACION WELCOME QEEN

MAGNÍFICOS

MARTIN VIDAL

Conocimiento de mercado

25% 3 0,75 4 1 4 1

Mano de obra calificada

15% 3 0,45 4 0,6 3 0,45

Barman 20% 4 0,8 1 0,2 1 0,2BC 20% 3 0,6 3 0,6 3 0,6tendencias 15% 3 0,45 4 0,6 4 0,6TOTAL   3,05 3 2,85

MATRIZ MEFE

MATRIZ MEFI

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- Conocimiento del mercado-Mano de obra calificada- Barman Tendencias

- Bajo reconocimiento

- Fechas especiales del año Uso de redes sociales

FO- Desarrollar mercado- Innovación

DO- Hacernos conocer por medio de redes sociales- Descuentos en fechas especiales

- CompetenciaGasto del consumidor

FA- Desarrollar mercado- Innovación- Renovación

DA- Desarrollar mercado- Alianza estratégica

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TERCER CORTE

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TRABAJO FINAL

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MISION WELCOME QUEEN es una empresa de maquillaje, peluquería y embellecimiento, orientados en la belleza integrar de la mujer con el fin de satisfacer todas las necesidades y expectativas de nuestras clientas, ofreciendo servicios de alta calidad, con tecnología de punta y moderna, respaldados con recurso humano calificado y comprometido con el desarrollo de la industria de la belleza.  VISION En el 2021 seremos líderes y reconocidas a nivel regional como una empresa resaltada en sus diseños estáticos y grandes meritos laborales, proyectados en todas las posibilidades de mejoramiento, desarrollo y exclusividad en maquillaje, peluquería y embellecimiento integral de la mujer.

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OBJETIVO GENERAL Ofrecer un servicio de calidad por medio de un equipo especializado en belleza integral OBJETIVOS ESPECIFICOS 1) Ofrecer un servicio con calidad y una amplia información 2) Capacitamos contantemente a través de los diferentes

eventos nacionales 3) Analizar las nuevas tendencias en cuanto a gustos

necesidades y preferencias de los clientes 4) Generar y mantener un buen servicio al cliente 5) Posicionarnos en la mente del cliente y crear una experiencia

diferente 6) Aumentar la utilidad, haciendo balances de cada 3 meses

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VALORES

SERVICIO AL CLIENTE: Estamos comprometidos a satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros clientes, dándole un trato amables y respetuoso con el fin de crear un lazo importante y hacerlos sentir parte de nuestra empresa.

CALIDAD: Garantizamos que nuestros servicios y/o productos estén libres de daños y que ponemos a disposición de nuestros clientes toda nuestra capacidad, conocimientos y esfuerzos para brindarles un servicio que optima calidad

RESPONSABILIDAD: manifestamos nuestros clientes a garantizarles la calidad. Cantidad e integridad de los productos y/o servicios que solicitan

EFICIENCIA: es nuestra intención y propósito de que nuestros productos y /o servicios sean realizadas con rapidez y efectividad, respetando el tiempo de nuestros clientes

CREATIVIDAD: ideamos respuestas creativas a la demanda de servicios de embellecimiento, tratando de estar actualizados en todos los términos de belleza y buscamos diseñar y crear modas adecuadas para cada ocasión que se presente en nuestro diario vivir.

 

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POLITICAS Los empleado deben tener debidamente esterilizados todos los

implementos de trabajo Cada uno de los empleados debe contar con sus implementos

necesarios para realizar sus labores Mejorar día a día el servicio al cliente

 REGLAS Portar el uniforme requerido por la empresa Hora de llegada 8:00 Am , hora de salida 8:00 Pm Tener el implemento adecuado para cada departamento de la empresa Capacitarse cada 6 meses en las últimas tendencias de tintura,

maquillaje, productos y uñas Dentro del horario laboral no permitir ningún consumo de licor a los

trabajadores  

PROPOSITO

Hacer que las mujeres se sientan cada día más bellas de lo que son. “amate más allá de lo que te puedas imaginar“

 

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Misión y Visión Objetivos CorporativosRelacionar los ítems de la misión con los objetivos corporativos. Ejemplo.

Relación del Objetivo al cumplimiento de la misión y Visión. Ejemplo

Ítem de Misión ofreciendo servicios de alta calidad

Objetivo 1Ofrecer un servicio con calidad y una amplia información

 

Ítem de Visión En el 2021 seremos líderes y reconocidas a nivel regional

Objetivo 1 Posicionarnos en la mente del cliente y crear una experiencia diferente

 

Ítem de Misióntecnología de punta y moderna

Objetivo 2Analizar las nuevas tendencias en cuanto a gustos necesidades y preferencias de los clientes

 

Ítem de Misiónrecurso humano calificado

Objetivo 3Capacitarnos contantemente a través de los diferentes eventos nacionales

 

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PORTAFOLIO DE SERVICIO

DEPILACION CON CERA.

data:image/jpeg;base64 Esta se puede aplicar mediante bandas, con espátula o con un aplicador roll-on. La cera de las bandas es habitualmente cera fría. La cera fría pueden ser polímeros químicos o bien derivados de resinas vegetales.

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MASAJES RELAJANTES

https://encrypted-tbn3.gstatic.com , https://encrypted-tbn2.gstatic.comEsta técnica tiene muchos beneficios como: •Relajación. El masaje en los pies y manos crea un poderoso efecto de relajación en el cuerpo, el cual es percibido de manera prácticamente instantánea.•Control de la ansiedad. Unido al beneficio anterior, un buen masaje en los pies y manos que ayuda a controlar la ansiedad y ponerla en un estado que te permita manejarla.•Alivio del dolor por estar de pie, exceso de ejercicio, etc. Los pies son unas de las partes del cuerpo que realizan más actividad física y, obviamente, la parte que soporta más peso. Es común que tus pies te indiquen, mediante el dolor, que necesitas cuidarlos más. Un buen masaje es una gran manera de darle cariño a esos tejidos adoloridos.•Mejora la presión arterial. El masaje relajante controla la presión de la sangre y el ritmo cardiaco en el momento en que es realizado.

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APLICACIÓN DE UÑAS ACRILICAShttps://encrypted-tbn0.gstatic.comEstas se utilizan para embellecer las manos, alargar las uñas naturales y corregir los malos hábitos. Indicando en casos de onicofagia, el cual es un tratamiento que se utiliza para embellecer y corregir las uñas naturales.

APLICACIÓN DE PESTAÑAS POSTIZAS

https://encrypted-tbn2.gstatic.comSe colocan pestañas postizas para que la mirada sea más expresiva.

Tenemos varios tipos de pestañas: - Individuales: Son pestañas sueltas de distintas longitudes y grosores. Tienen un aspecto más natural que las tiras o los mechones pero son complicadas de usar ya que están diseñadas para que no se note que se llevan puestas.- Grupos: Son grupos de pestañas de diferentes longitudes y unidas por la base. Es una manera sencilla de conseguir que las pestañas parezcan más largas y voluminosas. - Tiras: Son pestañas postizas generalmente de distintas longitudes, pegadas a una tira larga (pueden cortarse en fragmentos más pequeños). 

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MAQUILLAJE PROFESIONAL

https://encrypted-tbn1.gstatic.comPara tener un buen maquillaje perfecto es importante que en los momentos en que tienes que verte espléndida, recurras a un profesional para lograrlo.PASO 1: Desmaquillar y limpiar bien la pielAunque la cara parezca recién lavada.PASÓ 2: Hidratación de la pielPASO 3: Corrección de ojeras y defectos de la pielCon la piel hidratada y antes de aplicar la base, es necesario disimular las ojeras. PASO 4: Aplicar la base de maquillajeLa elección de la base depende del tipo de piel.PASO 5: Más correcciónPASO 6: Fijar y mitificar con polvos sueltos PASO 7: Aplicar sombra base en todo el párpadoPara uniformizar el tono de fondo de la sombra, se aplica un tono claro en todo el párpadoPASO 8: Delineado del ojoPASO 9: Aplicar la sombraPASO 11: Relleno del párpado móvil y superiorPASO 12: Peinar las cejasPASO 13: Aplicar el rimmelPASO 14: BlushingPASO 15: Los labiosPASO 16: Iluminar o Matificar el rostroPASO 17: Fijador

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SERVICIO DE BARMAN

https://encrypted-tbn0.gstatic.comSon los más innovadores servicios para que disfrutes de la mejor barra en vivo y donde tú quieras, con los más exquisitos tragos y cócteles llevados de la mano de nuestro experto equipo de Bartenders.

Nuestra Calidad está determinada por tres grandes factores: 

1. Servicio especializado y profesional de Bartender.2. Carta de cocteles acoplada a tu evento. 3. Solo utilizamos productos Premium de excelente calidad y reconocimiento en el mercado, gracias a nuestras marcas aliadas.

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JUNTA DIRECTIVA

GERENTE

SERVICIO FINANCIERA MARKETING  BARMAN

UÑAS 

CABELLO

DEPILACION

AUXILIAR CONTABLE 

PUBLICIDAD 

T.V 

RADIO 

PRENSA

EXPERTO EN UN EQUIPO DE BARTENDERS

ORGANIGRAMA

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DOFA Debilidades: Horario laboral muy extenso Poco conocimiento administrativo Poco reconocimiento en el sector Oportunidades Un amplio mercado Mejorar el poder adquisitivo de nuestros clientes Fortalezas Precios competitivos Excelente servicio al cliente Creación de diseños en toda el área de belleza integralRecurso humano calificado y competente Amenazas Fuerte representación de la competencia directiva e indirecta La inseguridad Competencia desleal

  

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DEBILIDADES OPORTUNIDADES

FOTALEZAS MENAZAS

Horario laboral muy extenso

Un amplio mercado

Precios competitivos

Fuerte representación de la competencia directiva e indirecta

Poco conocimiento administrativo

Mejorar el poder adquisitivo de nuestros clientes

Excelente servicio al cliente

La inseguridad

Poco reconocimiento en el sector

Creación de diseños en toda el área de belleza integral

Competencia desleal

Recurso humano calificado y competente

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DEBILIDADES OPORTUNIDADES

FOTALEZAS MENAZAS

Horario laboral muy extenso

Un amplio mercado

Precios competitivos

Fuerte representación de la competencia directiva e indirecta

Poco conocimiento administrativo

Mejorar el poder adquisitivo de nuestros clientes

Excelente servicio al cliente

La inseguridad

Poco reconocimiento en el sector

Creación de diseños en toda el área de belleza integral

Competencia desleal

Recurso humano calificado y competente

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FACTORES

PINDERACION

CALIFICACION

PONDERACION

ACUMULABLE

Fechas especiales del año

20% 4 0,8

Nuevos productos

15% 3 0,45

Redes sociales

20% 4 0,8

Gasto del consumidor a otro servicio

15% 3 0,45

Competencia

15% 3 0,45

Solicitud de negocio

15% 2 0,3

TOTAL     3,25

FACTORES

PINDERACION

CALIFICACION

PONDERACION

ACUMULABLE

Fechas especiales del año

20% 4 0,8

Nuevos productos

15% 3 0,45

Redes sociales

20% 4 0,8

Gasto del consumidor a otro servicio

15% 3 0,45

Competencia

15% 3 0,45

Solicitud de negocio

15% 2 0,3

TOTAL     3,25

MATRIZ EFE MATRIZ EFI

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FACTORES PONDERACION

WELCOME QEEN

MAGNÍFICOS

MARTIN VIDAL

Fechas especiales del año

30% 3 0,9 4 1,2 4 1,2

Redes sociales

25% 4 1 3 0,75 4 1

Gasto del consumidor

25% 3 0,75 4 1 3 0,75

Competencia 20% 2 0,4 4 0,8 4 0,8TOTAL   3,05 3,75 3,75

FACTORES PONDERACION WELCOME QEEN

MAGNÍFICOS

MARTIN VIDAL

Conocimiento de mercado

25% 3 0,75 4 1 4 1

Mano de obra calificada

15% 3 0,45 4 0,6 3 0,45

Barman 20% 4 0,8 1 0,2 1 0,2BC 20% 3 0,6 3 0,6 3 0,6tendencias 15% 3 0,45 4 0,6 4 0,6TOTAL   3,05 3 2,85

MATRIZ MEFE

MATRIZ MEFI

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- Conocimiento del mercado-Mano de obra calificada- Barman Tendencias

- Bajo reconocimiento

- Fechas especiales del año Uso de redes sociales

FO- Desarrollar mercado- Innovación

DO- Hacernos conocer por medio de redes sociales- Descuentos en fechas especiales

- CompetenciaGasto del consumidor

FA- Desarrollar mercado- Innovación- Renovación

DA- Desarrollar mercado- Alianza estratégica

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POLITICAS DE CADA CARGO

 PEINADOS Y MAQUILLAJE 

Tener las tinturas y tratamientos con el cello de invima. 

Excelente presentación personal.

Un lenguaje especializado 

 

MANICURE Y PEDICURE 

Implementos esterilizados  Guantes, tapabocas

 

MASOTERAPIA 

Mantener las manos limpias y uñas arregladas al momento de cada masaje  Utilizar tapabocas  Un lenguaje especializado   Mantener el uniforme limpio  y adecuado 

 

BARMAN

Tener  los licores especiales.

 Utilizar sus utensilios requeridos, organizados y limpios.

Excelente presentación personal 

          

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DIAGRAMA DE GANTT

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WELCOME QUEEN SAS

Acto constitutivo

MAIRA PUENTE VILLAR, de nacionalidad COLOMBIANA, identificado con tarjeta de identidad número 97080102899, domiciliado en la ciudad de VILLAVICENCIO, declara  -previamente al establecimiento y a la firma de los presentes estatutos-, haber decidido constituir una sociedad por acciones simplificada denominada WELCOME QUEEN, para realizar cualquier actividad civil o comercial lícita, por término indefinido de duración, con un capital suscrito de ($50.000.000), dividido en (5) acciones ordinarias de valor nominal  de ($10.000.000) cada una, que han sido liberadas en el (porcentaje correspondiente), previa entrega del monto correspondiente a la suscripción al representante legal designado y que cuenta con un único órgano de administración y representación, que será el representante legal designado mediante este documento.

 Una vez formulada la declaración que antecede, el suscrito ha establecido, así mismo, los estatutos de la sociedad por acciones simplificada que por el presente acto se crea.

Estatutos

Capítulo IDisposiciones generales

 Artículo 1º. Forma.- La compañía que por este documento se constituye es una sociedad por acciones simplificada, de naturaleza comercial, que se denominará WELCOME QUEEN SAS, regida por las cláusulas contenidas en estos estatutos, en la Ley 1258 de 2008 y en las demás disposiciones legales relevantes.

 En todos los actos y documentos que emanen de la sociedad, destinados a terceros, la denominación estará siempre seguida de las palabras: “sociedad por acciones simplificada” o de las iniciales “SAS”.

 Artículo 2º. Objeto social.- La sociedad tendrá como objeto principal (PRESTARUN SERVICIO INTEGRAL EN BELLEZA FEMENINA). Así mismo, podrá realizar cualquier otra actividad económica lícita tanto en Colombia como en el extranjero.

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La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad.

 Artículo 3º. Domicilio.- El domicilio principal de la sociedad será la ciudad de (VILLAVICENCIO - META) y su dirección para notificaciones judiciales será la (Carrera 27 N85-23A). La sociedad podrá crear sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior, por disposición de la asamblea general de accionistas. Artículo 4º. Término de duración.- El término de duración será indefinido. 

Capítulo II

Reglas sobre capital y acciones

 Artículo 5º. Capital Autorizado.- El capital autorizado de la sociedad es de (50.000.000), dividido en cien acciones de valor nominal de (900.000) cada una.

 Artículo 6º. Capital Suscrito.- El capital suscrito inicial de la sociedad es de (50.000.000), dividido en (CINCO) acciones ordinarias de valor nominal de (10.000.000) cada una.

 Artículo 7º. Capital Pagado.- El capital pagado de la sociedad es de (30.000.000), dividido en (5) acciones ordinarias de valor nominal de (6.000.000) cada una.

 Parágrafo. Forma y Términos en que se pagará el capital.- El monto de capital suscrito se pagará, en dinero efectivo, dentro de los 24 meses siguientes a la fecha de la inscripción en el registro mercantil del presente documento.

 Artículo 8º. Derechos que confieren las acciones.- En el momento de la constitución de la sociedad, todos los títulos de capital emitidos pertenecen a la misma clase de acciones ordinarias. A cada acción le corresponde un voto en las decisiones de la asamblea general de accionistas.

 

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Los derechos y obligaciones que le confiere cada acción a su titular les serán transferidos a quien las adquiriere, luego de efectuarse su cesión a cualquier título.

 La propiedad de una acción implica la adhesión a los estatutos y a las decisiones colectivas de los accionistas.

 Artículo 9º. Naturaleza de las acciones.- Las acciones serán nominativas y deberán ser inscritas en el libro que la sociedad lleve conforme a la ley. Mientras que subsista el derecho de preferencia y las demás restricciones para su enajenación, las acciones no podrán negociarse sino con arreglo a lo previsto sobre el particular en los presentes estatutos.

 Artículo 10º. Aumento del capital suscrito.- El capital suscrito podrá ser aumentado sucesivamente por todos los medios y en las condiciones previstas en estos estatutos y en la ley. Las acciones ordinarias no suscritas en el acto de constitución podrán ser emitidas mediante decisión del representante legal, quien aprobará el reglamento respectivo y formulará la oferta en los términos que se prevean reglamento.

 Artículo 11º. Derecho de preferencia.- Salvo decisión de la asamblea general de accionistas, aprobada mediante votación de uno o varios accionistas que representen cuando menos el setenta por ciento de las acciones presentes en la respectiva reunión, el reglamento de colocación preverá que las acciones se coloquen con sujeción al derecho de preferencia, de manera que cada accionista pueda suscribir un número de acciones proporcional a las que tenga en la fecha del aviso de oferta. El derecho de preferencia también será aplicable respecto de la emisión de cualquier otra clase títulos, incluidos los bonos, los bonos obligatoriamente convertibles en acciones, las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, las acciones con dividendo fijo anual y las acciones privilegiadas.

 Parágrafo Primero.- El derecho de preferencia a que se refiere este artículo, se aplicará también en hipótesis de transferencia universal de patrimonio, tales como liquidación, fusión y escisión en cualquiera de sus modalidades. Así mismo, existirá derecho de preferencia para la cesión de fracciones en el momento de la suscripción y para la cesión del derecho de suscripción preferente.

 Parágrafo Segundo.- No existirá derecho de retracto a favor de la sociedad.

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Artículo 12º. Clases y Series de Acciones.- Por decisión de la asamblea general de accionistas, adoptada por uno o varios accionistas que representen la totalidad de las acciones suscritas, podrá ordenarse la emisión de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, con dividendo fijo anual, de pago o cualesquiera otras que los accionistas decidieren, siempre que fueren compatibles con las normas legales vigentes. Una vez autorizada la emisión por la asamblea general de accionistas, el representante legal aprobará el reglamento correspondiente, en el que se establezcan los derechos que confieren las acciones emitidas, los términos y condiciones en que podrán ser suscritas y si los accionistas dispondrán del derecho de preferencia para su suscripción.

 Parágrafo.- Para emitir acciones privilegiadas, será necesario que los privilegios respectivos sean aprobados en la asamblea general con el voto favorable de un número de accionistas que represente por lo menos el 75% de las acciones suscritas. En el reglamento de colocación de acciones privilegiadas, que será aprobado por la asamblea general de accionistas, se regulará el derecho de preferencia a favor de todos los accionistas, con el fin de que puedan suscribirlas en proporción al número de acciones que cada uno posea en la fecha del aviso de oferta.

 Artículo 13º. Voto múltiple.- Salvo decisión de la asamblea general de accionistas aprobada por el 100% de las acciones suscritas, no se emitirán acciones con voto múltiple. En caso de emitirse acciones con voto múltiple, la asamblea aprobará, además de su emisión, la reforma a las disposiciones sobre quórum y mayorías decisorias que sean necesarias para darle efectividad al voto múltiple que se establezca.

 Artículo 14º. Acciones de pago.- En caso de emitirse acciones de pago, el valor que representen las acciones emitidas respecto de los empleados de la sociedad, no podrá exceder de los porcentajes previstos en las normas laborales vigentes.

 Las acciones de pago podrán emitirse sin sujeción al derecho de preferencia, siempre que así lo determine la asamblea general de accionistas.

 Artículo 15º. Transferencia de acciones a una fiducia mercantil.- Los accionistas podrán transferir sus acciones a favor de una fiducia mercantil, siempre que en el libro de registro de accionistas se identifique a la compañía fiduciaria, así como a los beneficiarios del patrimonio autónomo junto con sus correspondientes porcentajes en la fiducia.

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Artículo 16º. Restricciones a la negociación de acciones.- Durante un término de cinco años, contado a partir de la fecha de inscripción en el registro mercantil de este documento, las acciones no podrán ser transferidas a terceros, salvo que medie autorización expresa, adoptada en la asamblea general por accionistas representantes del 100% de las acciones suscritas. Esta restricción quedará sin efecto en caso de realizarse una transformación, fusión, escisión o cualquier otra operación por virtud de la cual la sociedad se transforme o, de cualquier manera, migre hacia otra especie asociativa.

 La transferencia de acciones podrá efectuarse con sujeción a las restricciones que en estos estatutos se prevén, cuya estipulación obedeció al deseo de los fundadores de mantener la cohesión entre los accionistas de la sociedad.

 Artículo 17º. Cambio de control.- Respecto de todos aquellos accionistas que en el momento de la constitución de la sociedad o con posterioridad fueren o llegaren a ser una sociedad, se aplicarán las normas relativas a cambio de control previstas en el artículo 16 de la Ley 1258 de 2008.

 

Capítulo III

 Órganos sociales

 Artículo 18º. Órganos de la sociedad.- La sociedad tendrá un órgano de dirección, denominado asamblea general de accionistas y un representante legal. La revisoría fiscal solo será provista en la medida en que lo exijan las normas legales vigentes.

 Artículo 19º. Sociedad devenida unipersonal.- La sociedad podrá ser pluripersonal o unipersonal. Mientras que la sociedad sea unipersonal, el accionista único ejercerá todas las atribuciones que en la ley y los estatutos se le confieren a los diversos órganos sociales, incluidas las de representación legal, a menos que designe para el efecto a una persona que ejerza este último cargo.

 Las determinaciones correspondientes al órgano de dirección que fueren adoptadas por el accionista único, deberán constar en actas debidamente asentadas en el libro correspondiente de la sociedad.

 Artículo 20º. Asamblea general de accionistas.- La asamblea general de accionistas la integran el o los accionistas de la sociedad, reunidos con

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arreglo a las disposiciones sobre convocatoria, quórum, mayorías y demás condiciones previstas en estos estatutos y en la ley.

 Cada año, dentro de los tres meses siguientes a la clausura del ejercicio, el 31 de diciembre del respectivo año calendario, el representante legal convocará a la reunión ordinaria de la asamblea general de accionistas, con el propósito de someter a su consideración las cuentas de fin de ejercicio, así como el informe de gestión y demás documentos exigidos por la ley.

 La asamblea general de accionistas tendrá, además de las funciones previstas en el artículo 420 del Código de Comercio, las contenidas en los presentes estatutos y en cualquier otra norma legal vigente.

 La asamblea será presidida por el representante legal y en caso de ausencia de éste, por la persona designada por el o los accionistas que asistan.

 Los accionistas podrán participar en las reuniones de la asamblea, directamente o por medio de un poder conferido a favor de cualquier persona natural o jurídica, incluido el representante legal o cualquier otro individuo, aunque ostente la calidad de empleado o administrador de la sociedad.

 Los accionistas deliberarán con arreglo al orden del día previsto en la convocatoria. Con todo, los accionistas podrán proponer modificaciones a las resoluciones sometidas a su aprobación y, en cualquier momento, proponer la revocatoria del representante legal.

 Artículo 21º. Convocatoria a la asamblea general de accionistas.- La asamblea general de accionistas podrá ser convocada a cualquier reunión por ella misma o por el representante legal de la sociedad, mediante comunicación escrita dirigida a cada accionista con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles.

 En la primera convocatoria podrá incluirse igualmente la fecha en que habrá de realizarse una reunión de segunda convocatoria, en caso de no poderse llevar a cabo la primera reunión por falta de quórum.

 Uno o varios accionistas que representen por lo menos el 20% de las acciones suscritas podrán solicitarle al representante legal que convoque a una reunión de la asamblea general de accionistas, cuando lo estimen conveniente.

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Artículo 22º. Renuncia a la convocatoria.- Los accionistas podrán renunciar a su derecho a ser convocados a una reunión determinada de la asamblea, mediante comunicación escrita enviada al representante legal de la sociedad antes, durante o después de la sesión correspondiente. Los accionistas también podrán renunciar a su derecho de inspección por medio del mismo procedimiento indicado.

 Aunque no hubieren sido convocados a la asamblea, se entenderá que los accionistas que asistan a la reunión correspondiente han renunciado al derecho a ser convocados, a menos que manifiesten su inconformidad con la falta de convocatoria antes que la reunión se lleve a cabo.

 Artículo 23º. Derecho de inspección.- El derecho de inspección podrá ser ejercido por los accionistas durante todo el año. En particular, los accionistas tendrán acceso a la totalidad de la información de naturaleza financiera, contable, legal y comercial relacionada con el funcionamiento de la sociedad, así como a las cifras correspondientes a la remuneración de los administradores sociales. En desarrollo de esta prerrogativa, los accionistas podrán solicitar toda la información que consideren relevante para pronunciarse, con conocimiento de causa, acerca de las determinaciones sometidas a consideración del máximo órgano social, así como para el adecuado ejercicio de los derechos inherentes a las acciones de que son titulares.

 Los administradores deberán suministrarles a los accionistas, en forma inmediata, la totalidad de la información solicitada para el ejercicio de su derecho de inspección.

 La asamblea podrá reglamentar los términos, condiciones y horarios en que dicho derecho podrá ser ejercido.

 Artículo 24º. Reuniones no presenciales.- Se podrán realizar reuniones por comunicación simultánea o sucesiva y por consentimiento escrito, en los términos previstos en la ley. En ningún caso se requerirá de delegado de la Superintendencia de Sociedades para este efecto.

 Artículo 25º. Régimen de quórum y mayorías decisorias: La asamblea deliberará con un número singular o plural de accionistas que representen cuando menos la mitad más uno de las acciones suscritas con derecho a voto. Las decisiones se adoptarán con los votos favorables de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más uno de las acciones con derecho a voto presentes en la respectiva reunión.

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Cualquier reforma de los estatutos sociales requerirá el voto favorable del 100% de las acciones suscritas, incluidas las siguientes modificaciones estatutarias:

 i. La modificación de lo previsto en el artículo 16 de los estatutos sociales, respecto de las restricciones en la

enajenación de acciones.ii. La realización de procesos de transformación, fusión o escisión. iii. La inserción en los estatutos sociales de causales de exclusión de los accionistas o la modificación de lo previsto en

ellos sobre el particular;iv. La modificación de la cláusula compromisoria;v. La inclusión o exclusión de la posibilidad de emitir acciones con voto múltiple; yvi. La inclusión o exclusión de nuevas restricciones a la negociación de acciones. Parágrafo.- Así mismo, requerirá determinación unánime del 100% de las acciones suscritas, la determinación relativa a la cesión global de activos en los términos del artículo 32 de la Ley 1258 de 2008

 Artículo 26º. Fraccionamiento del voto: Cuando se trate de la elección de comités u otros cuerpos colegiados, los accionistas podrán fraccionar su voto. En caso de crearse junta directiva, la totalidad de sus miembros serán designados por mayoría simple de los votos emitidos en la correspondiente elección. Para el efecto, quienes tengan intención de postularse confeccionarán planchas completas que contengan el número total de miembros de la junta directiva. Aquella plancha que obtenga el mayor número de votos será elegida en su totalidad.

 Artículo 27º. Actas.- Las decisiones de la asamblea general de accionistas se harán constar en actas aprobadas por ella misma, por las personas individualmente delegadas para el efecto o por una comisión designada por la asamblea general de accionistas. En caso de delegarse la aprobación de las actas en una comisión, los accionistas podrán fijar libremente las condiciones de funcionamiento de este órgano colegiado.

 En las actas deberá incluirse información acerca de la fecha, hora y lugar de la reunión, el orden del día, las personas designadas como presidente y secretario de la asamblea, la identidad de los accionistas presentes o de sus representantes o apoderados, los documentos e informes sometidos a consideración de los accionistas, la síntesis de las deliberaciones llevadas a cabo, la transcripción de las propuestas presentadas ante la asamblea y el número de votos emitidos a favor, en contra y en blanco respecto de cada una de tales propuestas.

 

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Las actas deberán ser firmadas por el presidente y el secretario de la asamblea.  La copia de estas actas, autorizada por el secretario o por algún representante de la sociedad, será prueba suficiente de los hechos que consten en ellas, mientras no se demuestre la falsedad de la copia o de las actas.

 Artículo 28º. Representación Legal.- La representación legal de la sociedad por acciones simplificada estará a cargo de una persona natural o jurídica, accionista o no, quien no tendrá suplentes, designado para un término de un año por la asamblea general de accionistas.

 Las funciones del representante legal terminarán en caso de dimisión o revocación por parte de la asamblea general de accionistas, de deceso o de incapacidad en aquellos casos en que el representante legal sea una persona natural y en caso de liquidación privada o judicial, cuando el representante legal sea una persona jurídica.

 La cesación de las funciones del representante legal, por cualquier causa, no da lugar a ninguna indemnización de cualquier naturaleza, diferente de aquellas que le correspondieren conforme a la ley laboral, si fuere el caso.

 La revocación por parte de la asamblea general de accionistas no tendrá que estar motivada y podrá realizarse en cualquier tiempo.

 En aquellos casos en que el representante legal sea una persona jurídica, las funciones quedarán a cargo del representante legal de ésta.

 Toda remuneración a que tuviere derecho el representante legal de la sociedad, deberá ser aprobada por la asamblea general de accionistas.

 Artículo 29º. Facultades del representante legal.- La sociedad será gerenciada, administrada y representada legalmente ante terceros por el representante legal, quien no tendrá restricciones de contratación por razón de la naturaleza ni de la cuantía de los actos que celebre. Por lo tanto, se entenderá que el representante legal podrá celebrar o ejecutar todos los actos y contratos comprendidos en el objeto social o que se relacionen directamente con la existencia y el funcionamiento de la sociedad.

 El representante legal se entenderá investido de los más amplios poderes para actuar en todas las circunstancias en nombre de la sociedad, con excepción de aquellas facultades que, de acuerdo con los estatutos, se hubieren reservado los accionistas. En las relaciones frente a terceros, la

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sociedad quedará obligada por los actos y contratos celebrados por el representante legal.

 Le está prohibido al representante legal y a los demás administradores de la sociedad, por sí o por interpuesta persona, obtener bajo cualquier forma o modalidad jurídica préstamos por parte de la sociedad u obtener de parte de la sociedad aval, fianza o cualquier otro tipo de garantía de sus obligaciones personales.

 Capítulo IV

Disposiciones Varias

 Artículo 30º. Enajenación global de activos.- Se entenderá que existe enajenación global de activos cuando la sociedad se proponga enajenar activos y pasivos que representen el cincuenta por ciento o más del patrimonio líquido de la compañía en la fecha de enajenación. La enajenación global requerirá aprobación de la asamblea, impartida con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones presentes en la respectiva reunión. Esta operación dará lugar al derecho de retiro a favor de los accionistas ausentes y disidentes en caso de desmejora patrimonial.

 Artículo 31º. Ejercicio social.- Cada ejercicio social tiene una duración de un año, que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. En todo caso, el primer ejercicio social se contará a partir de la fecha en la cual se produzca el registro mercantil de la escritura de constitución de la sociedad.

 Artículo 32º. Cuentas anuales.- Luego del corte de cuentas del fin de año calendario, el representante legal de la sociedad someterá a consideración de la asamblea general de accionistas los estados financieros de fin de ejercicio, debidamente dictaminados por un contador independiente, en los términos del artículo 28 de la Ley 1258 de 2008. En caso de proveerse el cargo de revisor fiscal, el dictamen será realizado por quien ocupe el cargo.

 Artículo 33º. Reserva Legal.- la sociedad constituirá una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento del capital suscrito, formado con el diez por ciento de las utilidades líquidas de cada ejercicio. Cuando esta reserva llegue al cincuenta por ciento mencionado, la sociedad no tendrá obligación de continuar llevando a esta cuenta el diez por ciento de las utilidades líquidas. Pero si disminuyere, volverá a apropiarse el mismo diez por ciento de tales utilidades, hasta cuando la reserva llegue nuevamente al límite fijado.

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Artículo 34º. Utilidades.- Las utilidades se repartirán con base en los estados financieros de fin de ejercicio, previa determinación adoptada por la asamblea general de accionistas. Las utilidades se repartirán en proporción al número de acciones suscritas de que cada uno de los accionistas sea titular.

 Artículo 35º. Resolución de conflictos.- Todos los conflictos que surjan entre los accionistas por razón del contrato social, salvo las excepciones legales, serán dirimidos por la Superintendencia de Sociedades, con excepción de las acciones de impugnación de decisiones de la asamblea general de accionistas, cuya resolución será sometida a arbitraje, en los términos previstos en la Cláusula 35 de estos estatutos.

 Artículo 36º. Cláusula Compromisoria.- La impugnación de las determinaciones adoptadas por la asamblea general de accionistas deberá adelantarse ante un Tribunal de Arbitramento conformado por un árbitro, el cual será designado por acuerdo de las partes, o en su defecto, por el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de ( ). El árbitro designado será abogado inscrito, fallará en derecho y se sujetará a las tarifas previstas por el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de ( ). El Tribunal de Arbitramento tendrá como sede el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de ( ), se regirá por las leyes colombianas y de acuerdo con el reglamento del aludido Centro de Conciliación y Arbitraje.

 Artículo 37º. Ley aplicable.- La interpretación y aplicación de estos estatutos está sujeta a las disposiciones contenidas en la Ley 1258 de 2008 y a las demás normas que resulten aplicables.

 

Capítulo IV

Disolución y Liquidación

 Artículo 38º. Disolución.- La sociedad se disolverá:

1° Por vencimiento del término previsto en los estatutos, si lo hubiere, a menos que fuere prorrogado mediante documento inscrito en el Registro mercantil antes de su expiración;

2º  Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas en su objeto

Social;

3º  Por la iniciación del trámite de liquidación judicial;

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4º  Por voluntad de los accionistas adoptada en la asamblea o por decisión del accionista único;

5° Por orden de autoridad competente, y

6º Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la sociedad por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito.

 Parágrafo primero.- En el caso previsto en el ordinal primero anterior, la disolución se producirá de pleno derecho a partir de la fecha de expiración del término de duración, sin necesidad de formalidades especiales. En los demás casos, la disolución ocurrirá a partir de la fecha de registro del documento privado concerniente o de la ejecutoria del acto que contenga la decisión de autoridad competente.

 Artículo 39º. Enervamiento de las causales de disolución.- Podrá evitarse la disolución de la sociedad mediante la adopción de las medidas a que hubiere lugar, según la causal ocurrida, siempre que el enervamiento de la causal ocurra durante los seis meses siguientes a la fecha en que la asamblea reconozca su acaecimiento. Sin embargo, este plazo será de dieciocho meses en el caso de la causal prevista en el ordinal 6° del artículo anterior.

 Artículo 40º. Liquidación.- La liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada. Actuará como liquidador el representante legal o la persona que designe la asamblea de accionistas.

 Durante el período de liquidación, los accionistas serán convocados a la asamblea general de accionistas en los términos y condiciones previstos en los estatutos y en la ley. Los accionistas tomarán todas las decisiones que le corresponden a la asamblea general de accionistas, en las condiciones de quórum y mayorías decisorias vigentes antes de producirse la disolución.

Determinaciones relativas a la constitución de la sociedad

 1. Representación legal.- Los accionistas constituyentes de la sociedad han designado en este acto constitutivo, a

(GERALDINE REAL), identificado con el documento de identidad No. 121 930 216, como representante legal de WELCOME QUEEN SAS, por el término de 1 año.

 GERALDINE REAL participa en el presente acto constitutivo a fin de dejar constancia acerca de su aceptación del cargo para el cual ha sido designado, así como para manifestar que no existen

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incompatibilidades ni restricciones que pudieran afectar su designación como representante legal de WELCOME QUEEN SAS.

 2. Actos realizados por cuenta de la sociedad en formación.- A partir de la inscripción del

presente documento en el Registro Mercantil, Acme SAS asume la totalidad de los derechos y obligaciones derivados de los siguientes actos y negocios jurídicos, realizados por cuenta de la sociedad durante su proceso de formación:

 (INCLUIR LISTA DE ACTOS Y CONTRATOS RELEVANTES)

 3. Personificación jurídica de la sociedad.- Luego de la inscripción del presente documento en

el Registro Mercantil, Acme SAS formará una persona jurídica distinta de sus accionistas, conforme se dispone en el artículo 2º de la Ley 1258 de 2008.

  

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Nombre del Empleado Luis López Suárez   Nombre del Cargo Barman    Área Bartend

erCargo Jefe Inmediato

Andrés Darío Palacio 

 

Objetivo del Cargo Adquirir la competencia necesaria para servir correctamente toda clase de bebidas, y para atender adecuadamente las exigencias y gustos del cliente, manteniendo un alto grado de la calidad e higiene en el servicio.  

Resumen del Cargo  1. servicio de bar efectivo  2.  gestión del bar  3.  control de costos  4. aprovisionamiento y almacenaje del bar  5. coordinar a los meseros  6. atender a los clientes  Funciones del Cargo Es la persona encargada de efectuar todos los despachos de pedidos en el bar, sus funciones son de gran responsabilidad pues de sus conocimientos, técnica y rapidez dependen el buen servicio del bar. El barman deberá tener profundo conocimiento sobre bebidas en cuánto a marcas, origen, procesos de producción, clases de acompañantes, formas ideales de beberlas etc. Además dominará perfectamente la mezcla de bebidas o cocteles. Es un superior de su sección pues estará pendiente de la atención que se preste a los asistentes, también es responsable de las bebidas que se encuentran en la sección como también de todos los materiales y demás elementos dejados a su cargo. Supervisa también la organización y el aseo del sitio de trabajo.

 

FUNCIONES DE CARGOS

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Nombre del Empleado

 Margarita Ruiz

Nombre del Cargo Estilista profesional  

Área Peluquería Cargo Jefe Inmediato Fernanda Paramo  

Objetivo del Cargo El objetivo del estilista  es buscar qué accesorios, qué peinados, qué maquillajes, etc. es el que mejor sienta a cada persona para lograr obtener el mejor partido de la imagen y de la estética.

Resumen del Cargo1.corte de cabello 2.aplicacion tintura de cabello 3.realizacion peinados 4. aplicación de tratamientos 5. Acoger y asesorar a la clientela sobre los serviciosFunciones del Cargo

Las estilistas deben tener capacidad creativa, así como buena capacidad de escuchar y comunicarse. Requieren destreza para poder utilizar las herramientas correspondientes y mucha energía, porque el horario puede ser largo y arduo. No deberían tener alergia a ningún producto químico, ya que deberán trabajar con distintas soluciones, decolorantes y tintes. Deben tener una visión cromática normal y buena percepción de profundidad.

Estilistas

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Nombre del Empleado

Alejandra Pérez  

Nombre del Cargo Estilista profesional  

Área Peluquería Cargo Jefe Inmediato Fernanda Paramo  

Objetivo del Cargo El objetivo del estilista  es buscar qué accesorios, qué peinados, qué maquillajes, etc. es el que mejor sienta a cada persona para lograr obtener el mejor partido de la imagen y de la estética.

Resumen del Cargo1.corte de cabello 2.aplicacion tintura de cabello 3.realizacion peinados4. aplicación de tratamientos5. Acoger y asesorar a la clientela sobre los serviciosFunciones del Cargo

Las estilistas deben tener capacidad creativa, así como buena capacidad de escuchar y comunicarse. Requieren destreza para poder utilizar las herramientas correspondientes y mucha energía, porque el horario puede ser largo y arduo. No deberían tener alergia a ningún producto químico, ya que deberán trabajar con distintas soluciones, decolorantes y tintes. Deben tener una visión cromática normal y buena percepción de profundidad.

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Nombre del Empleado Luisa Alvarado  

Nombre del Cargo Pedicura y Manicure  

Área  Manicure y Pedicura Cargo Jefe Inmediato Geraldine Real, Maira Puente  

Objetivo del Cargo Tiene por objeto conservar las manos y uñas en el mejor estado posible. También Ayuda a que las manos y uñas luzcan más bonitas y elegantes con la aplicación de cremas y color en las uñas

Resumen del Cargo

1. corte

2. limpieza

3.  pulido de las uñas de los clientes

Funciones del Cargo

Buscar el embellecimiento de las uñas de los clientes, con el mejor servicio al cliente y la mejor calidad de arreglo.

MANICURE Y PEDICURE 

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Nombre del Empleado

Camila Madrid  

Nombre del Cargo Pedicura y Manicure 

Área Pedicura y Manicure   Cargo Jefe Inmediato Geraldine Real, Maira Puente 

Objetivo del Cargo Tiene por objeto conservar las manos y uñas en el mejor estado posible. También Ayuda a que las manos y uñas luzcan más bonitas y elegantes con la aplicación de cremas y color en las uñas.

Resumen del Cargo

1. corte

2. limpieza

3.  pulido de las uñas de los clientes

Funciones del Cargo

 Buscar el embellecimiento de las uñas de los clientes, con el mejor servicio al cliente y la mejor calidad de arreglo.

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Nombre del Empleado

 Leidy Cortes

Nombre del Cargo Masoterapia  

Área  Manos y pies Cargo Jefe Inmediato Lina Coronado  

Objetivo del Cargo La masoterapia tiene como objetivo la conservación de la Salud, y la Calidad de Vida y el bienestar y el confort del individuo y de la Sociedad

Resumen del Cargo

 

Funciones del Cargo

El terapeuta hará manipulaciones variadas, basadas esencialmente en movimiento y presión sobre manos y pies, aplicando aceites con aroma para una mayor relajación.

MASOTERAPIA

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INGRESOS 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO

VENTAS (SIN IVA) $191700000

$205000000

$220000000

TOTAL INGRESOS $222372000

$237800000

$255200000

COSTOS 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO

COMPRAS MP (SIN IVA)COMPRAS SERVICIO (SIN IVA)COMPRAS INSUMO (SIN IVA) $20000

00$25000

00$30500

00DESCUENTOSVALOR NETO COMPRASVALLOR TOTAL IVA $32000

0$40000

0$45800

0VALOR DE CUENTAS X PAGAR $23200

00$29000

00$35080

00

ESTRUCTURA FINANCIERA

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Gastos 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO

GASTOS DE FABRICACION

Mantenimiento y reparación

Envase y empaque

Herramientas $9000000 $9600000 $1000000

GASTOS ADMINISTRATIVOS $20040000 $20040000 $20040000

arriendo $10800000 $10800000 $10800000

Seguros generales

Capacitaciones $2300000 $2100000 $2350000

Gastos de aseo y vigilancia $15840000 $15840000 $15840000

Gastos de comunicación

GASTOS DE VENTAS

Comisiones de ventas

Fletes y acarreos

Propagandas y promoción

TOTAL DE GASTOS $57980000 $58380000 $50030000