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NOV 2014 CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA Ing. William Valverde Valverde Dirección de Catastro Minero – INGEMMET [email protected]

Catastro de Áreas Restringidas

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NOV2014

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

Ing. William Valverde ValverdeDirección de Catastro Minero – INGEMMET

[email protected]

El Catastro de Áreas Restringidas a la

Actividad Minera, es una base de datos

gráfica y alfanumérica georeferenciada,

constituida por aquellas áreas restringidas a

actividad minera declaradas por el Estado

mediante una norma legal específica. Así,

por ejemplo, podemos citar a: las Áreas

Naturales Protegidas, las Áreas integrantes

del Patrimonio Cultural de la Nación, las

Áreas Urbanas y Expansión Urbana, etc.

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

El Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera,

constituye una fuente valiosa de información durante el

proceso ordinario minero, conducido por el INGEMMET y

los Gobiernos Regionales. Así mismo, es utilizada por los

usuarios mineros internos y externos, empresas privadas,

entidades públicas, MINEM, etc.

Contribuye al desarrollo sostenible del país.

Coadyuva a evitar los conflictos ambientales y sociales

asociados a la actividad minera.

OBJETIVOS

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, a finde cumplir de manera eficiente y eficaz lasfunciones asignadas por el Estado y enconcordancia con el desarrollo sostenible delpaís, implementa en el año 1998, dentro de laDirección de Catastro Minero , la “Unidad deCatastro de Áreas Restringidas a la ActividadMinera”.

Desde entonces, la referida Unidad se encarga degestionar el Catastro de Áreas Restringidas a laActividad Minera.

ANTECEDENTES

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

Las principales entidades que brindan

información oficial al INGEMMET respecto a

las áreas restringidas a la actividad minera

son:

• Ministerio Cultura

• Ministerio de Ambiente

• Ministerio de Defensa

• Ministerio de Agricultura

• Ministerio de Transportes y C.

• Municipalidades

• Gobiernos Regionales

ENTIDADES COMPETENTES QUE PROVEEN INFORMACIÓN

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

1. Áreas Naturales Protegidas

2. Zonas Urbanas: AU / EU

3. Zonas Arqueológicas

4. Proyectos Especiales

5. Puertos y Aeropuertos

6. Áreas de Defensa Nacional

7. Áreas de No Admisión de Petitorios Mineros

8. Otras Áreas Restringidas

COMPONENTES DEL CARAM

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

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ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

Normas aplicables:

Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley Nº 26834).

Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas (D.S. Nº038-2001-AG).

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La creación de las Áreas Naturales Protegidas, Zonas Reservadas y Áreas deConservación Regional, se realiza por Decreto Supremo.Y por Resolución Ministerial se reconocen las Áreas de Conservación Privada.

ÁREA NATURAL PROTEGIDA:

Espacios continentales y/o marinos delterritorio nacional, expresamentereconocidos y declarados como tales,incluyendo sus categorías y zonificaciones,para conservar la diversidad biológica ydemás valores asociados de interés cultural,paisajístico y científico, así como por sucontribución al desarrollo sostenible del país.

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Zonas adyacentes a las ANP, que por su naturaleza y ubicación requieren untratamiento especial para garantizar la conservación del área natural protegida.(Art. 25 de la Ley)

Su extensión se define vía Plan Maestro.

ZONAS DE AMORTIGUAMIENTO

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Según la naturaleza y objetivos del ANP, se asigna una categoría que determine sucondición legal, finalidad y usos permitidos.

CATEGORIAS Y USOS DE LAS AREAS NATURALES PROTEGIDAS

ÁREAS DE USO INDIRECTO.- Permiten la investigación científica no manipulativa,la recreación y el turismo. No se permite la extracción de recursos naturales, asícomo modificaciones y transformaciones del ambiente natural.

ÁREAS DE USO DIRECTO.- Permiten elaprovechamiento o extracción de recursos,prioritariamente por las poblaciones locales.Otros usos y actividades que se desarrollendeberán ser compatibles con los objetivos delárea.

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CATEGORIAS DE LAS AREAS NATURALES PROTEGIDAS

Uso Indirecto:1. Parques Nacionales,2. Santuarios Nacionales,3. Santuarios Históricos.

Uso Directo:4. Reservas paisajísticas,5. Refugios de vida Silvestre,6. Reservas Nacionales,7. Reservas Comunales,8. Bosques de Protección,9. Cotos de Caza.

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ÁREAS URBANAS Y EXPANSIÓN URBANA

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• Ley 27015.- Regula las concesiones mineras en AU y EU. Modificado por la Ley 27560.

• D.S. 008-2002-EM.- Reglamento de la Ley 27015.

•D.S. 041-2007-EM.- Sustituyen el Art.2 del D.S. 008-2002-EM.

•D.S. 004-2011-VIVIENDA.- Reglamento de Acond. Territorial y Desarrollo Urbano.

ÁREAS URBANAS Y EXPANSIÓN URBANA, MARCO LEGAL :

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Áreas Urbanas.- No se otorgaran títulos deconcesión minera, ni se admitirán solicitudes depetitorios mineros en áreas urbanas que hayan sidocalificadas como tales por Ordenanza MunicipalProvincial, de acuerdo con los procedimientos yparámetros dispuestos por el Reglamento deAcondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano yMedio Ambiente.

Áreas de Expansión Urbana.- El otorgamiento del título de concesiones minerasen áreas de expansión urbana, calificadas como tales por Ordenanza MunicipalProvincial, deberá ser autorizado mediante Resolución Ministerial del MINEM,previo Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial correspondiente.

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• Datum (PSAD56 ó WGS84).

• Coordenadas UTM, en número mínimo de cuatro.

• Zona UTM (17, 18 ó 19).

• Delimitación diferenciada del área urbana y expansión urbana.

• La versión impresa a escala apropiada (1/2,000 hasta 1/10,000).

• La versión digital debe ser de tipo Vectorial (SHP, DWG).

• La publicación debe incluir el plano y la identificación como mínimo de 4 puntos

de su perímetro, con coordenadas UTM.

• Las Orden. que definan AU y EU deben adecuarse al Regl. Acon. Terr. y Des. Urb.

ÁREAS URBANAS Y EXPANSIÓN URBANA: D.S. 041-2007-EM

Conforme al DS 041-2007-EM, las Ordenanza Munic. Prov. que definan AU y EU, debenser publicados en el D.O. El Peruano, aprobando el Plano con las sgtes características:

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PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

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Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación , Ley Nº 28296.

Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, Resol. Sup. 003-2014-MC).

Reglam. Ley Gral. Patrimonio Cultural de la Nación, D. S. 011-2006-ED).

Ley que declara de necesidad publica y de interés nacional el inventario, laelaboración del catastro, investigación, conservación, protección y difusiónde los monumentos arqueológicos prehispánicos. (Ley Nº 27721).

PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, MARCO LEGAL

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Toda manifestación del quehacer humano –material/inmaterial- que porsu importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico,arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico,tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, seaexpresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunciónlegal de serlo.

La protección de los bienes inmuebles integrantes del PatrimonioCultural de la Nación, comprende el suelo y subsuelo en el que seencuentran o asientan, los aires y el marco circundante, en la extensióntécnicamente necesaria para cada caso.

PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

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Clasificación de los Bienes Materiales con valor arqueologico integrantes delPatrimonio Cultural de la Nación

Bienes Arqueológicos Prehispánicos.- Son los vestigios, muebles o inmuebles, deactividad humana de época prehispánica que subsisten en el suelo, subsuelo, sobresuelo y en medio sub acuático.

Bienes Arqueológicos Históricos.- Son los vestigios, muebles o inmuebles, deactividad humana posterior a la época prehispánica, conocidos como de épocavirreinal y republicana, que subsisten en el suelo, subsuelo, sobre suelo y en mediosub acuático.

Bienes Arqueológicos Mixtos.- Son los vestigios, muebles o inmuebles, donde secombinan elementos que corresponden tanto a la época prehispánica e histórica,que subsisten en el suelo, sub suelo, sobre suelo y en medio sub acuático.

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Clasificación de Monumentos Arqueológicos Prehispánicos

Los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, con fines de registro,delimitación, investigación, conservación, protección y gestión, seclasifican en:

a) Sitio Arqueológico

b) Zona Arqueológica Monumental

c) Paisaje Arqueológico

CATASTRO DE ÁREAS RESTRINGIDAS A LA ACTIVIDAD MINERA

1. Acopio de Información Técnica y Documental de cada

una de las ARAM.

2. Procesamiento cartográfico de la información.

3. Evaluación técnica y legal de la información.

4. Ingreso, mantenimiento y administración de la BD del

CARAM.

5. Formación y mantenimiento de los expedientes de las

ARAM.

PROCESOS DEL CARAM

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Evaluación Legal:Dispositivo legal expedido por la Autoridad competenteque declare y defina el Área Restringida a la ActividadMinera.

Evaluación Técnica• Instrumentos Técnicos (Expediente Técnico, Memoria

Descriptiva, Plano, Ficha técnica, etc. ).

• Datum

• Coordenadas

• Zona UTM

• Escala: Apropiada.

PROCESO DE EVALUACIÓN

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PROCESAMIENTO DIGITAL DE LA INFORMACIÓN

La información del Área Restringida, proveniente de la entidadcompetente y/o de la publicación en el DOP, es procesada ygeneralmente involucra los siguientes operaciones:

Transformación de datum

Proyección UTM

Georeferenciacion

Corrección Geométrica

Conversión de formatos

Vectorización

Digitación

Edición

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

INFORMEQue sustenta el Ingreso y Mantenimiento de las Áreas Restringidas a la actividad Minera del CARAM

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INSTRUCTIVO - ISOIngreso de Áreas Restringidas a la Actividad Minera al CARAM

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