7
CODIGO DE COMERCIO GABINETE CONTABLE

Codigo de comercio

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Codigo de comercio

CODIGO DE COMERCIO

GABINETE CONTABLE

Page 2: Codigo de comercio

Contabilidad

Art. 36. - Obligaciones de llevar Contabilidad. Arts. 36 a 65 del Código de Comercio Art. 419 del Código de Comercio

Art. 37.- Clases de LibrosLibro Diario, Libro MayorLibro de Inventario y Balances, Otros que por ley se exijan

específicamente.Arts. 55, 64 del Código de Comercio

Page 3: Codigo de comercio

Contabilidad

Art. 38.- Comerciantes por Menor.

Art. 39.- Personas autorizadas para llevar la Contabilidad

Art. 40.- Forma de Presentación de los LibrosEncuadernados y foliados, Notario de FE PUBLICA

Art. 41.- Idioma y MonedaArts. 404, 795 del Código de Comercio

Page 4: Codigo de comercio

Contabilidad

Art. 42.- Prohibiciones

1) Alterar el orden progresivo de fechas de las operaciones;

2) Dejar espacios en blanco;3) Hacer interlineaciones o superposiciones;4) Efectuar raspaduras, tachaduras o

enmiendas en todo o parte de los asientos;

5) Arrancar hojas, alterar el orden de foliación o mutilar las hojas de los libros.

Arts. 36 a 65, 418 del Código de Comercio.

Page 5: Codigo de comercio

Contabilidad

Art. 43.- SancionesArts. 34, 62, 64 del Código de Comercio

Art. 44.- Registro en los libres Diario y Mayor

Art. 45.- Concentración y Anotación por Periodos

Art. 46.- Inventario y Balances Arts. 369, 62 del Código de Comercio)

Art. 47.- Valoración de partidas del Balance

Page 6: Codigo de comercio

Contabilidad

Art. 48.- Balances de Bancos y Entidades Financieras y de Seguros.

Art. 50.- Plazo de elaboración y revisión de

balances. Arts. 62, 190, 46, 47, 369 C. de Comercio

Art. 51.- Archivo de CorrespondenciaArt. 65, 815 del Código de Comercio

Art. 52.- Conservación de Libros y Papeles de Comercio

Arts. 51, 65, 369 del Código de Comercio

Page 7: Codigo de comercio

Contabilidad

Art. 53.- Obligación de Mantener Libros y papeles aun en caso de cese de actividades o muerte del comerciante

(Arts. 52, 397 C. Comercio.)