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CONCEPTO DE DERECHO

ROMANO.

El derecho romano es aquel

reconocido desde 450 A.C. hasta ser

reconocido por las autoridades

bizantinas en donde la llamaron

“Corpus Juris Civili” (El cuerpo del

derecho civil), para entenderlo o

diferenciarlo de “Corpus Juris Canoici”

( El cuerpo del derecho canónico).

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CLASES DE DERECHO

ROMANO.

Según los juristas argentinos

existen dos clases de derecho

romano:

Derecho Romano Originario

Derecho Romano de recepción.

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EL DERECHO ROMANO ORIGINARIO:Es aquel en donde tuvo origen el mismo

derecho romano y también se considera que es aquel donde fue creado y aplicado dentro de la

misma roma.DERECHO ROMANO DE RECEPCIÓN:

Es aquel que tuvo origen fuera de roma, es decir su creación y aplicación sucedió fuera de la misma. En épocas distintas por ejemplo: a

México llego el derecho romano por recepción ya que roma conquisto a España y esta a su vez

al conquistar a México le aplico el derecho romano.

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UBICACIÓN DEL DERECHO ROMANO EN LOS

SISTEMAS JURÍDICOS.

El sistema jurídico romano se aplica en nuestros días en

Alemania, España, Francia, Portugal, Italia y Grecia en

Europa.

Lo que se puede decir que hace a un buen abogado es lo

siguiente:

RATIO LEGIS (Razón legal)

RATIO JURIS (Razón Jurídica)

RATIO HOUNES (Razón Humana)

Roma es de hecho la de mayor aportación jurídica o de

derecho mas que sus filosofías, arquitectura, etc.

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CLASIFICACION DE CONTRATOS

CONTRATOS UNILATERALES

CONTRATOS BILATERALES

PERFECTOS

IMPERFECTOS

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ELEMENTOS DE LOS CONTRATOS

Esenciales

La capacidad

El consentimiento

El objeto

La causa

Naturales

Accidentales

Vicios del consentimiento

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TRES SON LOS VICIOS DE

CONSENTIMIENTO MAS COMUNES

El error.- Es la falsa noción que se tiene de otra

El Dolo.- que tiene lugar cuando una de las partes o un

tercero induce a error a la otra para decidirla a prestar

su consentimiento, mediante el empleo de maniobras

fraudulentas con el propósito de obtener una ventaja a

sus expensas

La Violencia.- que es un acto de fuerza material o moral

ejercida contra una persona para obligarla a prestar su

consentimiento en un contrato.

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EL DOLOLA CULPA

EL CASO FORTUITO O

LA FUERZA PUBLICA

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CONTRATOS CONSENSUALESSon aquellos para cuya validez no se requiere

la observancia de una forma, sino únicamente el consentimiento de las partes, presentes,

ausentes, y ya lo manifiestan de modo expreso o tácito.

Son la compra-venta, el arrendamiento, la sociedad y el mandato de los contratos

consensuales, dominados por el principio de la buena fe, libres de formalidad, accesibles a los extranjeros y nacidos dentro de la corriente ius

gentium.

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•¿QUE ES DIGESTO?

La palabra DIGESTO deriva del

latín digestum, derivado a su vez

de digerere, que significa distribuir,

ordenar.

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1.HISTORIA DEL DIGESTO

Su origen se remonta al 530 d.C., época en

que el emperador bizantino Justiniano I

ordenara la compilación y codificación de

las obras jurídicas de los jurisconsultos

romanos. El primer Digesto, codificado por

Triboniano entre el 530 y 533 d.C. se

conoce con el nombre de Digesta sive

Pandecta iuris, y es considerado como la

recopilación jurídica más importante del

mundo.

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CONCLUSION:Derecho romano es un derecho histórico, o sea, no

vigente, integrado no solo por un conjunto de normas, reglas precisa, sino también por otros

muchos aspectos éticos, sociales, religiosos, políticos, todos los cuales

componen el ordenamiento romano y su importancia reside en constituir uno de los pilares fundamentales

de la civilización.El Digesto (Pandectas en griego, Digesta en latín), es

una obra jurídica publicada en el año 533 dC. por el Emperador Bizantino Justiniano I. Este documento fue tan importante, que cuando los legisladores de la Edad Media, se fijen en el código romano, no lo

harán en el de Octavio Augusto, imperfecto aún, sino que en el de Justiniano.