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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS ESCUELA DE DERECHO DERECHO FINANCIERO Y DERECHO TRIBUTARIO María Casamayor CI; 23 487 623 SAIA-A Derecho Tributario

Derecho tributario Actividad numero II

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Page 1: Derecho tributario Actividad numero II

UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICE RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICASESCUELA DE DERECHO

DERECHO FINANCIERO Y

DERECHO TRIBUTARIO

María CasamayorCI; 23 487 623

SAIA-ADerecho Tributario

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Derecho Financiero

Se ubica en el derecho publico, el mismo persigue fines relacionados con la colectividad, este se refiere específicamente a las finanzas publicas o las actividades financieras relacionadas con el estado.

Exactamente esta hacer referencia a las normas que regulan la actividad financiera de un estado para así tener un mejor control con respecto a los gastos, ingresos, egresos y recursos del estado, siempre por las buenas costumbres y actuando de buena fe .

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Fuentes

Fuentes directas;

Constitución; todos los estados poseen una constitución, la manera contiene las normas por el cual el estado debe regirse, también contiene lineamientos socio-juridico-politico, se le conoce también como carta magna, es la norma suprema en la Republica Bolivariana de Venezuela, siguiente a ella las leyes, ordenamientos, decretos y demás lineamientos, acá se exige el cumplimiento de estas normas, para lograr la buena convivencia en la republica.

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Ley; es todo aquel acto votado por el poder legislativo, y decretado y promulgado por el presidente de la Republica, de esta manera se le indica a los ciudadanos lo que deben y lo que no deben hacer, siguiendo los lineamientos estipulados en la constitución, estas son de disposición general y de estricto cumplimiento.

Decreto Ley; son leyes decretadas de manera extraordinaria, e un momento de urgencia, es una acto jurídico donde se manifiestas la autoridad publica que lo dicta, prohibiendo, modificando o extinguiendo algo.

Reglamentos; son actos administrativos, y normas que aprueba el poder ejecutivo, la misma se encarga de legislar aquellos que no esta previsto en ley. Son manifiestos del ejercicio de la potestad reglamentaria.

Tratados Internacionales; son acuerdos creados para la regulación de negocios entre países, debido a que se carece de un ley que ampare dichos acuerdos, es por esto que se crean estos tratados, para así dejar constancia del hecho.

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Relación

Derecho Constitucional Las diversas ramas del estado, están sometidas al control judicial de la constitucionalidad, la actividad financiera no podría existir si no existe el estado, si de la misma manera las funciones del estado no se llevarían a cabo sino se realizan las actividades financieras.

Derecho Administrativo Su vinculación se debe a que el ente que actúa en ambas disciplinas es la Administración Publica.

Derecho Penal Por la violación de las normas tributarias y la aplicación de las penas a causa de las mismas.

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Derecho Procesal Se vincula en cuanto a lo que se refiere a los recursos que interponen los contribuyentes inconformes los cuales deben regirse por los procedimientos .

Derecho Tributario es aquella parte del derecho financiero que regula y disciplina los tributos. Es la rama que expone los principios y normas relativas del establecimiento y recaudación de tributos, además de analizar las relaciones jurídicas entre los mismos .

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Autonomía El derecho financiero es una parte, un capítulo especializado del derecho administrativo y por consiguiente no tiene autonomía.Pues éstos afirman que el Derecho Financiero forma parte del Derecho Administrativos porque su objeto es una mera función administrativa que se sintetiza en la actividad que despliega el estado para conseguir recurso.

Para estos autores los problemas  jurídicos que surgen de la actividad financiera del Estado se resuelven mediante principios propios de carácter unitario, además, señalan que el derecho financiero tiene importantes ramas jurídicas como el derecho tributario.

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Derecho Tributario

Comprende el conjunto de normas jurídicas las mismas regulan el nacimiento , determinación y aplicación de los tributos, también podría decirse que son los derechos que nacen para el sujeto obligado y para el estado acreedor.

Otros autores definen el derecho tributario como el sistema de normas jurídicas y principios fundamentales constitucionales, que permiten la regulación, discusión, recaudación, control y modificación de los impuestos fiscales derivadas del ejercicio de la actividad tributaria y del estado con el ente particular y viceversa.

Acá se establecen los parámetros que debe seguir tanto el contribuyente como los funcionarios públicos, estas actividades se realizan en base al financiamiento del presupuesto para el estado.

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Autonomía

Tanto el derecho tributario como el financiero no son derechos desgajados o derivados de otro, pues todos conforman un todo pleno que permite la constitución de la misma. Todas deben estar conjuntas porque como afirma D´ Amelio todos necesitan de un todo para vivir, ninguna es autónoma sino que toda se sustancia de cada una para la obtención de objetivos.

Por otra parte otros autores interpretan el derecho tributario como autónomo, pues afirman que el mismo no necesita de otra para sustanciarse o complementarse. La misma no difiere en nada y acuerdan que tienen una obligación directa con el derecho privado.

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Principios Generales

Principio de Legalidad;

También llamado primacía legal, establecido como principio fundamental del derecho publico, el ejercicio del mismo esta a disposición de la voluntad del estado y no de los particulares, esta es una garantía establecida en el estado de derecho. Dentro del derecho tributario es llamado la partida de nacimiento del derecho tributario, es el Nullum Tributum Sine Lege, o principio de la reserva legal y la tributación, dicho principio nace con la finalidad de colocar fin a los abusos hechos hacia los administradores.

Debido a la exigencia de los tributos, se forma un atraso e intromisión en la economía de los particulares.

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Principio de Generalidad;

Este principio fue creado en busca de la contribución de todo el colectivo al sostenimiento de la carga publica. Es decir que todos los ciudadanos deben tributar y ninguno debe estar exento de ellos, todos deben cancelarlos. En el art 133 de la CRBV, establece que todos los ciudadanos tienen el deber de colaborar con el estado.

Principio de Igualdad;

Este se basa en la igualdad entre las partes, establecida en la ley, también se dice que la estabilidad de una persona no puede ser modificada por la decisión del otro, debe haber igualdad, sin distinción, debe haber tratamiento igual para todos. Establecido en el articulo 21 de la CRVB.

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Principio de Progresividad;

También es conocido como el principio de proporcionalidad, el mismo ordena que debe haber una proporción equilibrada dentro de la administración, la cual es exigida para su cumplimiento, es por esto que se fija la contribución de los tributos en base a la ganancia de sus ingresos.

Principio de No Confiscatoriedad;

Nuestra constitución avala el derecho a la propiedad privada, al uso, goce, disfrute y libre disposición de sus bienes, y prohíbe la prohibición de la confiscación, excepto algunas cosas establecidas en la constitución, estableciendo este principio en los artículos 115, 116 y 317.

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Principio de Justicia Tributaria;

Principio consagrado en nuestra constitución en el articulo 316, el mismo establece que el sistema tributario procura la justa distribución de la carga publica, según la capacidad económica del contribuyente.

Principio de No Retroactividad;

Los efectos de los tributos no tienen efecto en el tiempo, se basa en la constitución y en el código civil, la misma aplica una ley a algún tributo antiguo, el articulo 24 establece que ninguna disposición legislativa tiene efecto retroactivo.

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Principio de Prohibición del Pago en Servicios Personales;

Este principio establece que los pago de los tributos siempre se deben hacer en dinero efectivo, nunca se deben ofrecer otro tipo de pago, en servicios, el mismo prohíbe las obligación de hacer y no hacer, tal como establecen los derechos de la persona.

Consagrado en el articulo 317 de la constitución de la republica.

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Ramas del Derecho Tributario

Derecho Tributario Penal;

Esta se encarga de la imposición de reglas y sanciones, es rama del derecho publico interno, cuando se comete algún delito en el delito tributario el derecho penal esta allí para sancionar cualquier irregularidad.

Es decir son normas que regulan las malas actuaciones de los contribuyentes, el mismo impone sanciones o si es el caso da privación de libertad a los mismos.

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Derecho Tributario Constitucional;

Es aquello que estudia los derechos constitucionales del contribuyente, todo estipulado en la carta magna, estos regularan el ejercicio en la actividad tributaria, además de limitar el ámbito correspondiente a cada uno, ya sea municipal, estadal o nacional.

Acá radica lo fundamental del derecho tributario ya que todos sus principios están establecidos en la constitución.

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Derecho Tributario Internacional;

Este derecho estudia los procesos de los tributos a nivel internacional, delimitando la responsabilidad en relación a una situación jurídica, evitando así los problemas que puedan surgir por la mala implementación de los tributos en las afueras del país..

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Derecho Tributario Procesal;

Se encarga de estudiar las formas y maneras de relación jurídica tributaria que surge entre estado y contribuyente por causa de divergencias entre ambas partes. se refiere principalmente al estudio de las distintas relaciones que surgen entre los contribuyentes y el Estado con motivo de divergencias que entre ambos puedan surgir por motivo de la existencia de la obligación tributaria; su monto; la forma en que el contribuyente puede solicitar del Estado la devolución o reintegro de cantidades indebidamente pagadas, los diversos medios de que el Estado puede valerse para obtener de los contribuyentes el pago de las cantidades legalmente debidas, entre otras. .

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Derecho Tributario Material;

Contiene las normas sustan ciales relativas en general a la obligación tributaria. Estudia cómo nace la obligación de pagar tributos mediante la configuración del hecho imponible y cómo se extingue esa obligación; examina también cuáles son sus diferentes elementos.

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Derecho Tributario Formal;

Estudia todo lo concerniente a la aplicación de la norma material al caso concreto en sus diferen tes aspectos; analiza especialmente la determinación del tributo, así como la fiscalización de los contribuyentes y las tareas investigadoras de tipo policial, necesarias en muchos casos para detectar a los evasores ocultos.