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REYES HUAMÁN BRENDA
COMPUTACIÓN I
ENFERMERÍA
FILIAL LIMA NORTE
Universidad César Vallejo Centro de informática y Sistemas
Exámen Final Reyes Huamán Brenda
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TABLA DE CONTENIDOS
El matrimonio entre personas del mismo sexo
Características: ubicación sistemática
Derecho civil como Derecho privado
Derecho civil como Derecho común
Derecho civil como Derecho general
DERECHO CIVIL
El derecho está inspirado en principios de justicia y permite desarrollar las leyes que regulan el
funcionamiento de una sociedad. Civil, por su parte, se refiere a lo relativo a los ciudadanos o a las ciudades.
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Se conoce como derecho civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas
establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o
personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas). La finalidad del derecho civil es
preservar los intereses del sujeto a nivel patrimonial y moral.
● Esta rama del derecho acepta a cada ser humano como sujeto de derecho, independientemente
de sus actividades particulares. Por lo general, está compuesto por las normas que forman
parte del código civil.
● En el derecho anglosajón, se reconoce como derecho civil al derecho continental (o civil law) y
al derecho positivo (en oposición al derecho natural).
A. El derecho civil, por lo tanto, comprende el derecho de las personas (regulando su capacidad
jurídica), el derecho de familia, el derecho de bienes, el derecho de las obligaciones y los contratos,
el derecho de sucesiones y las normas de responsabilidad civil, por ejemplo.
B. Para entender la rama del derecho civil, es necesario conocer la noción de derecho natural, que
es la agrupación de los principios, inspirados en la naturaleza, de aquello que se considera como
justo o injusto. Estos derechos (inalienables y universales) se concretan mediante el derecho
positivo o efectivo.
El derecho positivo, a su vez, puede dividirse en derecho privado y derecho público.
En su sentido más amplio, el derecho civil se emplea como sinónimo de derecho
privado, ya que comprende las reglas vinculadas al Estado y a la capacidad de los
individuos.
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El matrimonio entre personas del mismo sexo
★ La importancia del matrimonio homosexual, también denominado gay o
igualitario, es que valida legalmente la unión entre dos personas del mismo
género, contemplando tanto la relación como la convivencia, y ofreciendo los
mismos derechos de los cuales gozan las parejas heterosexuales. Asimismo, se
imponen las mismas obligaciones y requisitos.
★ Si bien hay evidencias de matrimonios de este tipo que datan de siglos atrás,
el aparentemente necesario retroceso cultural que caracteriza a la especie
humana ha conseguido que esto se convirtiera en un problema, y sus primeras
soluciones aparecieron en los últimos años. El primer sitio en el mundo en que
esta institución fue reconocida fue los Países Bajos, en el año 2001, al cual
siguieron once países y regiones de otros tres. Pero esto no es simplemente
una cuestión de tiempo; en muchas sociedades, es impensable siquiera el hecho
de ser abiertamente homosexual, ya que en más de un caso puede ser
condenado con la muerte.
Las instituciones civiles llamadas parejas de hecho o uniones civiles son otras opciones de legalización de la
convivencia entre dos personas del mismo sexo, que en algunos países coexisten con la posibilidad del
matrimonio, y en otros, o en ciertas comunidades, es la única que se ofrece actualmente a dichos enlaces. Si
bien se trata una realidad más justa que la negación absoluta, muchos las consideran etiquetas para ciudadanos
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de segunda clase. Y es que, en primer lugar, resulta absurdo intentar arreglar algo que no está roto y, peor aún,
perder tiempo y energías en fabricar una solución poco satisfactoria, cuando conocemos la más adecuada.
El punto fundamental no reside en darle importancia al matrimonio, ya que el amor no requiere de papeles ni
leyes, sino en reconocer que todos los seres humanos somos iguales y que la única razón para despreciar a
alguien debería ser un comportamiento que atentara contra la libertad de otro ser vivo. De esta forma, no debería
importar la religión, ni la sexualidad ni la raza de nadie, sino sus actos, su relación con la naturaleza.
Características: ubicación sistemática
El Derecho civil suele constituir el Derecho privado,
común y general de los países.
Derecho civil como Derecho privado
El Derecho civil ha sido desde la época del Derecho
romano el conjunto de normas que constituyen el
Derecho privado, entendiendo por tal a aquel que regula
las relaciones entre las personas. Se oponía, por tanto, al Derecho público, que regula las
relaciones de las personas con los poderes del estado y de los poderes públicos entre sí.
En realidad, por un lado, el Derecho público que contenía la compilación justinianea cayó en
progresivo desuso (por la evolución de las organizaciones políticas), aplicándose sólo el Derecho
privado de tal compendio, de modo que lo que se había denominado Derecho civil quedó reducido
en la práctica al Derecho privado; por otro lado, el advenimiento de los Derechos nacionales
surgieron denominaciones como Derecho civil francés, italiano, etcétera, para referirse a los
respectivos Derechos privados.
Por ello, actualmente el Derecho Civil es el llamado a juzgar de todos los actos o hechos de la vida
privada social y privadamente privada.
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Derecho civil como Derecho común
Las normas del Derecho civil se aplican a todas las materias de Derecho privado que no tengan
una regulación especial de carácter legal. La evolución del Derecho, y su especialización, hicieron
nacer ramas específicas del Derecho privado como el Derecho mercantil o el Derecho laboral.
Estas ramas tienen en común el hecho de mantener como Derecho supletorio al Derecho civil, que
se instituye así como Derecho común.
Desde la perspectiva territorial (de aplicación en el territorio), el Derecho civil puede no ser uno
solo para todo el territorio nacional, sino que varios sistemas civiles pueden coexistir. De ellos,
uno llamado común, nacional o federal, es aplicable directamente en unos casos y
supletoriamente en otros a todo el país; y otros llamados provinciales, autonómicos o forales lo
son solo a determinados estados, regiones o territorios.
Derecho civil como Derecho general
Desde la perspectiva subjetiva (de aplicación a la persona), el Derecho civil contiene normas que
regulan las relaciones jurídicas privadas aplicables a todos los individuos, independientemente
de factores como nacionalidad, profesión, religión, etc. Se aplica a todos los que se hallan en la
misma situación jurídica.