11
¿Cuándo es Nulo un Matrimonio? 7. Violencia y miedo; Condición Mg. María Mercedes van der Ree Licenciatura en Derecho Canónico

E7. violencia, miedo y condicion

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

7. Violencia y miedo; Condición

Mg. María Mercedes van der Ree

Licenciatura en Derecho Canónico

Page 2: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Libertad Interna

• Toda persona debe casarse libremente: libertad al momento de manifestar consentimiento

• Violencia/Temor: suponen una falta de libertad provocada por una amenaza externa• Diferencia con Grave defecto discreción de juicio en que puede haber falta

libertad interna pero originada por el mismo sujeto internamente• En violencia/temor la amenaza proviene del exterior

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 3: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Violencia y Miedo (vis et metus) c. 1103c. 1103: “Es inválido el matrimonio contraído por violencia o por miedo grave proveniente de una causa externa, incluso el no inferido con miras al matrimonio, para librarse del cual alguien se vea obligado a casarse”.• Violencia (vis): incide sobre el cuerpo, exterior. Es física • Miedo (metus): incide sobre el ánimo, interior. Violencia moral

• Diferencia está en el ámbito del sujeto en donde se ejecuta la acción• Violencia es absoluta. Miedo es relativo• Tiene que ver con la libertad interior para contraer matrimonio (libertad

interna)• Como en la simulación, para que opere la nulidad, la falta de libertad interna

debe prevalecer sobre lo externamente manifestado.

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 4: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

• Ejemplos de violencia moral en materia matrimonial:• Males físicos: golpes, expulsión de casa• Males morales: difamación, pérdida de la relación de afecto y confianza con el

amenazado (en el temor reverencial); abuso de autoridad. Casos de embarazo no previsto

• Diferencia entre:• Casarse por temor (ob metu): Inválido• Casarse con temor (cum metu): Válido

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 5: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Requisitos del Temor1. Gravedad Subjetiva: debe tratarse de una circunstancia que para el sujeto suponga algo

muy grave. • Es una circunstancia subjetiva, pero real• Depende de las circunstancias de cada persona• No se exige una gravedad objetiva, algo que para todas las personas supongan una amenaza

2. Carácter Externo: debe ser provocado desde fuera• El temor se produce por la trepidación de la mente provocada en forma externa• No obedece a los escrúpulos de conciencia • No es un temor ab intrinseco sino ab extriseco• No se trata de mis carencias afectivas o psicológicas. Esto apunta al grave defecto de

discreción de juicio y no al temor3. Indeclinabilidad: el sujeto escoge el matrimonio para evitar amenzada o daño.

• Es la única salida • El miedo que priva la libertad es distinto a los condicionamientos que pueda hacerse el sujeto:

casarse con miedo a casarse por miedo

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 6: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Sujetos• Incutiens: el que provoca el daño• Patiens: el que sufre el daño

• Patiens experimenta la mentis trepidatio, optando por el matrimonio para evitar el daño

Elementos de la prueba del Temor1. Aversión o rechazo

• Al otro como cónyuge• Hacia el matrimonio

• La aversión debe existir, y es muy importante probarla. De lo contrario la jurisprudencia señala que no hay nulidad por temor

2. Probar acción externa que el sujeto ha entendido como coacción y ha tomado el matrimonio como última salida

• La acción externa debe ser real

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 7: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Temor Reverencial• Es una subespecie de temor• Es igual al temor en que:

• Existe una amenaza externa• El patiens sufre la amenaza• El patiens elige el matrimonio

• Carácterística particular: existe entre el incutiens y el patiens una relación de subordinación. Ej. padres-hijos; superiores-inferiores en servicio militar• Existe una relación afectiva o efectiva entre e incutiens y el patiens• La gravedad de la coacción se manifiesta tomando en cuenta esa relación

• El daño temido es el enojo del incutiens• Este daño no le afectaría si viniera de otra persona

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 8: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Condición

c. 1103 “§ 1. No puede contraerse válidamente matrimonio bajo condición de futuro.§ 2. El matrimonio contraído bajo condición de pasado o de presente es válido o no, según que se verifique o no aquello que es objeto de la condición.§ 3. Sin embargo, la condición que trata el § 2 no puede ponerse lícitamente sin licencia escrita del Ordinario del lugar.

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 9: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Condición

• Contraer matrimonio haciendo depender la eficacia de la voluntad matrimonial de la verificación de un evento o circunstancia: “Condición es la subordinación del consentimiento a un hecho futuro e

incierto del que se hace depender la eficacia del consentimiento, ya sea suspendiendo su eficacia jurídica hasta que se cumpla la condición, o

intentando que cese su eficacia desde su verificación” P. Bianchi, Cuando es Nulo el Matrimonio, Cap. XII

• Nexo entre el objeto (lo que se quiere o no se quiere) y la eficacia del consentimiento

• La condición de futuro invalida el matrimonio: Condición en sentido propio• La condición de pasado o presente invalide sólo en la medida en que se

verifique o no la condición: Condiciones impropias

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 10: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

Prueba de la Condición

• Via Directa: la existencia de la condición• Via Indirecta: a través de indicios

• Interés del sujeto• Motivaciones• Criterium reactionis: actitud/reacción del sujeto cuando se percató que no se

producido la condiciónEjemplos:• Casarse con condición que el hijo sea aceptado en el colegio• Condición que herede una suma de dinero

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree

Page 11: E7. violencia, miedo y condicion

¿Cuándo es Nulo un Matrimonio?

FIN

Licenciatura en Derecho Canónico

Mg. María Mercedes van der Ree