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Ensayo sobre el estado Ensayo escrito a finales del 2006 para la materia "Fundamentos de Teoría Política" Introducción ¿Cuál es el fundamento político del estado moderno? ¿Cuál es la función que tiene? Para aproximar una respuesta a estos interrogantes, el siguiente ensayo intenta abordar cuál es la concepción del estado moderno que hay en distintos autores modernos del pensamiento político. No pretendo ser exhaustivo en el análisis y en la exposición del planteo de los autores; más bien intentaré mostrar cómo se conecta, en cada autor, la concepción de estado (su “ser”) con lo que se pide de él en términos políticos (su “deber ser”). A tal fin, presentaré en primer lugar las visiones de Hobbes, Locke y Rousseau agrupadas bajo el rótulo de “contractualismo”; luego el planteo de Hegel y, por último, la mirada marxista del estado. El estado como producto de un contrato o el estado contractualista Una primera explicación, en torno a cómo surge el estado moderno, es la que sostiene que éste nace a través de un contrato. Al igual que en toda relación contractual, la explicación contractualista del estado, supone que las partes contratantes que dan vida al estado (los hombres) son libres, iguales e independientes entre sí. El contrato queda así definido a partir de un acuerdo mutuo entre voluntades libres (en el sentido de que no mantienen con quien pactan ninguna relación de esclavitud o servidumbre) que acuerdan el

Ensayo sobre el Estado

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Ensayo sobre el estado

Ensayo escrito a finales del 2006 para la materia "Fundamentos de

Teoría Política"

Introducción

¿Cuál es el fundamento político del estado moderno? ¿Cuál es la función

que tiene? Para aproximar una respuesta a estos interrogantes, el

siguiente ensayo intenta abordar cuál es la concepción del estado

moderno que hay en distintos autores modernos del pensamiento

político. No pretendo ser exhaustivo en el análisis y en la exposición del

planteo de los autores; más bien intentaré mostrar cómo se conecta, en

cada autor, la concepción de estado (su “ser”) con lo que se pide de él

en términos políticos (su “deber ser”). A tal fin, presentaré en primer

lugar las visiones de Hobbes, Locke y Rousseau agrupadas bajo el rótulo

de “contractualismo”; luego el planteo de Hegel y, por último, la mirada

marxista del estado.

El estado como producto de un contrato o el estado contractualista

Una primera explicación, en torno a cómo surge el estado moderno, es

la que sostiene que éste nace a través de un contrato. Al igual que en

toda relación contractual, la explicación contractualista del estado,

supone que las partes contratantes que dan vida al estado (los hombres)

son libres, iguales e independientes entre sí. El contrato queda así

definido a partir de un acuerdo mutuo entre voluntades libres (en el

sentido de que no mantienen con quien pactan ninguna relación de

esclavitud o servidumbre) que acuerdan el establecimiento del contrato.

En la visión contractualista, que se presenta a continuación, esta

“libertad humana” es naturalizada y ahistorizada es decir, es concebida

como intrínseca al hombre o, lo que es lo mismo, como constitutiva de

su propia naturaleza. De este modo, es como los contractualistas

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pueden plantear la vida del hombre en un estadio anterior, previo a la

conformación del estado, denominado “estado natural” o “estado de

naturaleza”, donde los individuos son libres, para hacer lo que deseen;

iguales, ante una misma “ley natural”, “mandato natural” o

simplemente “virtud natural” e independientes entre sí es decir, no hay,

entre los hombres que pactan, relaciones de esclavitud o servidumbre.

En un momento determinado estos individuos libres, iguales e

independientes entre sí deciden, de manera voluntaria, dar vida al

estado por medio del contrato. Ahora bien, ¿por qué se verían obligados

los hombres a renunciar a su “libertad natural” para formar el estado?

Aquí es donde aparecen las diferencias en los enfoques contractualistas

del estado moderno. En primer término tenemos a Hobbes, quien

plantea que lo que impulsa a los hombres a pactar, y crear el estado, es

la necesidad, por parte de estos, de tener paz y de conservar la vida. El

estado natural hobbesiano es susceptible de derivar pronto en el

“estado de guerra” debido a que no existe un poder instituido (y exterior

al individuo) que establezca la ley, delimite la propiedad y ejecute la

justicia. Ocurre, en la visión de Hobbes que, como todos los hombres son

iguales, todos quieren lo mismo al mismo tiempo y, al no haber una

autoridad capaz de fijar a quien pertenece cada cosa ni tampoco de

mediar los conflictos, pueden pelearse indefinidamente entre sí por

conseguirlo y (en caso de obtenerlo) por conservarlo o, mejor dicho, por

detentar la “exclusividad” de la cosa obtenida. Así, en el estado natural

hobbesiano, el orden no está garantizado por lo que las disputas entre

los individuos pueden (fácilmente) expandirse (espacial y

temporalmente) produciendo un “estado de guerra” que impida, o haga

difícil, la conservación de la vida. La solución al “estado de guerra”, que

los hombres tienen a mano, para alcanzar la paz y proteger sus vidas es

la de pactar para formar el estado (o “Leviatán”). La condición que

impone tal acuerdo es la renuncia de todos los derechos (menos el de la

propia vida), que tenían los hombres en el estado natural, para cederlos

a una autoridad central, suprema y absoluta capaz de garantizar el

orden y, por esa vía, la paz y la vida.

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En segundo término tenemos a Locke, quien considera que el pasaje del

“estado natural” al estado, no es tan directo como en el caso anterior. El

estado de naturaleza lockeano, a diferencia del hobbesiano, es

inherentemente pacífico y el individuo que lo habita es, por

consiguiente, pacífico también o, en otros términos, mas racional y

menos pasional (de lo que supone Hobbes). Esta cuestión no es menor

ya que, como se verá mas adelante, tiene repercusión sobre el tipo de

estado y lo que este puede y debe hacer (su “deber ser”) en el que

piensa cada uno de ellos. Volviendo a Locke, en el estado natural, los

hombres se guían bajo una “ley natural” que indica a estos la

autoconservación de la especie. A este fin, el hombre dispone de la

propiedad la cual, en el sentido amplio del término (tal como la define el

autor), designa vida, propiedad y bienes. En el planteo de Locke, los

hombres no sólo pueden optar entre acatar o no la “ley natural” (ya que

disponen de libre albedrío) sino además, interpretarla de acuerdo a sus

propias creencias o conveniencias es decir, de una manera “subjetiva”.

Así como hay muchos individuos que viven tranquilamente y cumpliendo

con el mandato natural; hay otros pocos que eligen no cumplirlo y dañan

la propiedad de los otros: atentan contra su vida, roban sus bienes o

intentan quitar su libertad. Quienes resultan agraviados pueden (y

deben) hacer respetar la “ley natural” sancionando, a quienes no la

cumplen, mediante un castigo o un ajusticiamiento. Sin embargo, el

castigo o ajusticiamiento, por propia mano, puede resultar excesivo o

desproporcionado debido a la interpretación subjetiva de la “ley

natural”. Tal situación, puede dar origen a una respuesta por parte de

los “castigados”, por el uso excesivo de la fuerza por parte de los

“castigadores”, que resulte en una nueva agresión. Así, en el

razonamiento de Locke, el estado de naturaleza puede desembocar en

una suerte de espiral o escalada de violencia que culmine en el “estado

de guerra” tan temido por Hobbes. Para evitar la llegada de tal

escenario, se configura el estado cuyo fin último es el de preservar la

propiedad de los hombres. La interpretación “subjetiva” de la “ley

natural”, propia del “estado natural”, es reemplazada así por una

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interpretación “objetiva” por parte del estado que emana de la facultad

de este para, por un lado, crear leyes (poder legislativo) y, por otro lado,

hacerlas cumplir (poder ejecutivo). No obstante, en este contrato que da

origen al estado, siguiendo la exposición de Locke, lo que los hombres

ganan en seguridad y tranquilidad (preservación de la propiedad y no

sólo de la vida como en Hobbes) lo resignan (al igual que el planteo de

hobbesiano) en “libertad natural”.

Una tercera perspectiva contractualista, que nos explica el origen (o el

“ser”) del estado moderno, es la que aporta Rousseau. Este pensador, al

igual que los dos mencionados mas arriba, sostiene que el hombre es

por naturaleza libre, independiente e igual a los demás. La diferencia

fundamental, introducida por Rousseau, es la de que no hay necesidad

de que el hombre se asocie voluntariamente con otros para pactar y

conformar el estado. En la visión rousseauniana del estado, éste no

viene a solucionar ningún inconveniente del “estado natural” o a evitar

el “estado de guerra” sino que, mas bien, surge como una consecuencia

fortuita o casual (no planeada). En otras palabras: el estado, para

Rousseau, nace de manera contingente y no hay ningún elemento, en el

estado natural, que permita dar cuenta de su necesidad histórica o

social. El hombre del “estado de naturaleza”, en el planteo de Rousseau,

actúa, no a partir de alguna ley o mandato natural o divino sino, guiado

por la única virtud que posee (en el “estado natural”) que es la piedad y

que sirve a la conservación de la especie. No hay así en Rousseau (como

sí en Hobbes o en Locke) una racionalidad humana en el “estado

natural” que de origen, por medio del contrato, al estado moderno. El

advenimiento del estado, en la perspectiva de Rousseau, no sólo quita

“libertad natural” al hombre sino que además (y a diferencia de Hobbes

y Locke) no ofrece al individuo nada a cambio, como podría ser la

preservación de la vida, la garantía de la paz o el resguardo de la

propiedad. Por el contrario, Rousseau concibe al estado moderno como

la principal fuente de las desigualdades y las injusticias sociales. La

solución a tal situación (y sobre esto volveré mas adelante) reside en un

pacto o “contrato social” que de a los hombres un nuevo estado que

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devuelva y asegure la “libertad natural” perdida en el devenir de la

civilización.

En la cuestión del “deber ser” del estado moderno es donde aparece la

mayor diferencia entre los tres autores; diferencia que emerge del fin

para el cual conciben que fuera creado el estado y de la concepción de

hombre en “estado natural” que tienen. Hobbes nos dice que el estado

debe ser el aval y el guardián de la paz y la vida y (lo que es

prácticamente lo mismo) evitar el “estado de guerra” o, más

directamente, la guerra civil a la cual se llega en definitiva, por el

desenfreno de las pasiones humanas. Para que esto sea posible el

estado hobbesiano se erige como un poder soberano, irrevocable,

absoluto e indivisible que tiene, a su cargo, la tarea de ser, por así

decirlo, el “gran decididor político” en torno a que es lo justo y lo injusto,

lo bueno y lo malo y hasta, inclusive, en que pueden creer y en que no

los hombres. El medio del cual dispone el estado (aunque no el único),

para llevar a cabo su tarea es el establecimiento de las leyes civiles y el

ejercicio del poder coercitivo, para garantizar su cumplimiento. De este

modo, el estado se muestra y actúa como un poder absoluto,

irrefrenable e incuestionable que, en representación de la voluntad de

los contratantes o pactantes, debe garantizar la vida y la paz. La

consecución de estos fines, siguiendo el enfoque de Hobbes, justifica

cualquier medio ya que el estado puede gobernar tanto por las leyes

como por su propia voluntad; el estado debe frenar la llegada del

“estado de guerra” con el respeto de las leyes o (en caso de ser

necesario) por encima de estas.

En Locke el estado debe preservar la propiedad por medio del

establecimiento de la ley y la aplicación de sanciones por su

incumplimiento. El estado se impone así como un juez, cuyo poder

principal reside el órgano “creador” de leyes (parlamento), que debe

establecer cual es el castigo que corresponde a las diferentes

controversias y conflictos entre los hombres. Este poder (a diferencia de

Hobbes) tiene límites. Recordémoslo: el hombre de naturaleza lockeano

es un ser racional y pacífico por lo que, en consecuencia, necesita un

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poder soberano acorde a lo que él es: un estado con límites claros y

precisos, de manera tal que no actúe en contra de la propiedad. El límite

último, para el poder del estado, es la confianza que deposita en él el

pueblo ya que este, de acuerdo a Locke, tiene derecho a resistir en caso

de que quienes representan al estado se rebelen. Tal situación se

produce cuando los representantes del pueblo en el poder del estado o,

mas bien el gobierno, se excede en las funciones que le competen y, por

ejemplo, atenta (con sus acciones u omisiones) contra la vida, los bienes

o la libertad de los individuos. Si esto llegara a ocurrir, los ciudadanos

del estado tienen derecho a sustituir un gobierno por otro es decir,

reencauzar al estado para que vuelva a su origen y su fin: la

preservación de la propiedad.

Rousseau sin dudas ofrece la propuesta más audaz o, si se quiere, más

“a la izquierda” dentro de la breve y escueta presentación (e

interpretación) del contractualismo que he expuesto. Básicamente, en el

planteo de Rousseau, el hombre y el estado, tal cual como los

conocemos, no responden a ninguna necesidad sino que, por el contrario

son el producto de la pura contingencia, del propio devenir de la historia.

Razón por la cual, no cuentan con ninguna legitimidad de origen. Esto

lleva a pensar que el estado actual de las cosas en la modernidad (con

sus injusticias y desigualdades sociales) no sólo puede sino además,

debe cambiarse. La forma de avanzar en tal cambio político es, según

Rousseau, que todos los hombres pacten y den vida así, a un estado que

permita fijar las condiciones (a través de las leyes) que aseguren la

“libertad natural”, perdida con la modernidad y la civilización, y (en

consecuencia) la felicidad para los hombres.

El Estado como el espíritu objetivo o la concepción hegeliana del estado

Una segunda explicación, sobre la naturaleza del estado moderno, la

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podemos hallar en el desarrollo teórico de Hegel. En este pensador

encontramos una concepción del estado bastante distinta a la de los

autores comentados anteriormente. Por empezar, el estado hegeliano no

surge por medio del acuerdo entre particulares (contrato o pacto) sino

como la realización de la universalidad o la realidad de la idea ética. El

estado moderno, en Hegel, representa lo universal de la sociedad

concretizado y, por tanto, la superación dialéctica de lo particular

(individuo o familia) y lo universal (sociedad civil). Por otra parte, Hegel

no ve en el surgimiento del estado moderno una restricción o

disminución de la “libertad natural” de los individuos (como se

desprende del planteo contractualista). Por el contrario, el estado

moderno hegeliano no ahoga al individuo, ya que no es el universal

abstracto, sino que éste se realiza, alcanza toda su potencialidad

individual en él. El estado hegeliano, en tanto universal concreto, sirve

entonces como ámbito para la plena realización o actualidad (en el

sentido de hacerse acto) de la libertad universal humana. Vemos aquí

una similitud con el planteo de Rosseau: la libertad humana no se ve

reducida por el estado; mas bien, la libertad del hombre puede ser

alcanzada dentro de él y sólo dentro de él. Esto es históricamente

posible, en Hegel, en la medida en que el estado moderno es la

superación de formas de estado precedentes (la oriental y la griega).

En Hegel la libertad del hombre no se piensa fuera del estado. Por este

motivo, el estado debe servir de ámbito para que el particular (libertad

subjetiva o individual) se despliegue como momento del universal

(libertad objetiva). Así, la voluntad del estado no resulta algo que se

impone externamente por sobre las voluntades individuales de los

hombres; antes que eso, la voluntad objetiva del estado es el producto

de la intersubjetividad o del mutuo reconocimiento pleno de la totalidad

de los sujetos que lo componen. En síntesis: el estado moderno

hegeliano (o “estado ético”) es y debe ser el espacio o el momento para

el desarrollo acabado de la libertad humana. Dicho en otros términos: el

estado moderno tiene como fin el despliegue de la “libertad universal”

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de los hombres.

¿El estado burgués o el estado capitalista?

Una primera visión del estado moderno, desde el enfoque marxista, es la

que lo concibe, no como el “universal concreto” del planteo hegeliano,

sino como el particular en la medida que representa los intereses de una

parte de la sociedad (clase burguesa o capitalista) y no del conjunto de

esta. Por consiguiente, el estado moderno es el representante político de

la clase social propietaria de los medios de producción que garantiza a

esta la conservación de su propiedad mediante el aparato coercitivo del

estado. Este se presenta siempre como el “universal” es decir, como el

representante de los intereses de la sociedad toda pero en realidad,

desde el punto de vista marxista, oculta que representa los intereses de

la clase propietaria que asegura y legitima, por esa vía, su dominación

política. Sin embargo, esto no implica (o al menos, no en la Europa de

mediados del siglo XIX que miraba Marx) que la burguesía detente el

poder político del estado de manera directa; puede ocurrir (como de

hecho ocurre en Francia en ese momento) que la clase capitalista deba

ceder el ejercicio del poder del estado (gobierno) a una figura

monárquica. Lo importante en definitiva, es que el estado marxista

supone que se mantiene la dominación de una clase sobre otra sobre la

base de la propiedad privada de los medios de producción y, por esta

vía, de la apropiación del producto del trabajo ajeno impago (o plusvalía)

de la clase no propietaria que vive de la venta de su fuerza de trabajo

(proletariado o clase obrera). Esta dominación de clase, se produce y

reproduce combinando, en términos gramscianos, la fuerza y el

consenso (hegemonía). Se puede apreciar aquí, un punto de similitud

con Rousseau en el sentido de que, al igual que éste, en la perspectiva

marxista el estado moderno o burgués no tiene legitimidad alguna y, por

tanto, puede y debe ser superado.

El estado burgués y, en términos mas generales, la sociedad burguesa,

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encierran las condiciones materiales concretas para su superación. En

los intereses del proletariado se encuentran los intereses universales en

la medida en que, de acuerdo a Marx y Engels, la emancipación social

de éste significa la emancipación de la sociedad en su conjunto. Para el

logro de tal objetivo, los proletarios deben, por medio de la vía

revolucionaria, tomar el poder del estado para abolir la propiedad

privada de los medios de producción (es decir socializarlos) para de este

modo, terminar con la sociedad de clases. Una vez llegada esta instancia

el estado desaparece porque no tiene razón de ser, ya no debe cumplir

el fin para el cual surge históricamente: producir y reproducir la

dominación de una clase sobre otra.

Una segunda forma de entender el estado marxista o de interpretar la

concepción marxista del estado, es la de ver en el estado moderno, no al

representante político de una u otra clase sino, y desde una perspectiva

mas materialista, al representante político del capital total de la

sociedad. Esto supone pensar que el estado moderno fija y establece

las condiciones políticas generales que garantizan la acumulación de

capital o, en palabras de Engels, se ocupa de “defender las condiciones

exteriores generales del modo de producción capitalista” . Desde este

punto de vista, el estado se presenta como algo exterior tanto a la clase

obrera como también, aunque quizás no del mismo modo, a la clase

capitalista. Esto es: el estado se presenta como una forma de voluntad

exterior y objetiva al capitalista individual y al obrero individual, así

como también a la clase capitalista y a la clase obrera, cuyo contenido

consiste en asegurar que la acumulación de capital no se detenga. El

garantizar las condiciones políticas para la acumulación de capital, lleva

a que muchas veces el estado, se presente también con una

“neutralidad” u “objetividad” en la contradicción u antagonismo entre la

clase propietaria y la no propietaria.

El estado capitalista no es la forma última o el “universal” en la

expansión de las fuerzas productivas sociales. Por el contrario,

pertenece a las relaciones sociales de producción que corresponden a

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una etapa histórica, a un momento en el grado de desarrollo de tales

fuerzas productivas sociales. La superación del estado capitalista (y en

términos más generales, del modo de producción capitalista) trae

consigo la organización consciente del trabajo social es decir, del trabajo

humano libremente asociado (socialismo o comunismo) y, por

consiguiente, no mediado por la producción mercantil. Esto implica,

como condición necesaria, no sólo superar la explotación del hombre por

el hombre, cuya forma política es la dominación social de una clase

sobre otra, sino además (como condición suficiente) la superación del

trabajo humano alienado en el capital.

A modo de conclusión

¿Cuál es la verdadera concepción del ser y el deber ser del estado

moderno? O mejor dicho, ¿cuál es la concepción teórica que mejor nos

explica la naturaleza del estado moderno y su función histórico-social?

La respuesta a esta pregunta no es, a mi parecer, una cuestión menor

debido a que requiere adoptar un posicionamiento no solamente en el

plano teórico y conceptual (o del ser), sino también en el plano político.

Con esto quiero señalar que de acuerdo a la concepción de estado que

tengamos, resultará lo que demandemos de él, a la hora de pensar

nuestra acción política concreta.

Bibliografía

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• Hegel, G. W. F. Fundamentos de la filosofía del derecho. Buenos Aires:

Ediciones Siglo Veinte

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• Marx, K. Las luchas de clases en Francia, de 1848 a 1850. Buenos

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• Rousseau, J. J. Discurso sobre el origen de la desigualdad de los

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• Rousseau, J. J. El contrato social. México: Editores unidos mexicanos,

1992