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Primer ciclo 2013- I Universidad Nacional de FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ESCUELA ACADÉMICO DE CONTABILIDAD ASIGNATURA: Elementos de Derecho Constitucional Peruano. DOCENTE: Walter Pozo Neyra. INTEGRANTES: Burneo Mendoza Zuleyka. Camacho Preciado Segundo. Cedillo Preciado Keysi. Farfán Zapata Anthony. López Cedillo Sheila. Noblecilla Jiménez Karen. Peña Arméstar Nohelia Saldarriaga Marchán Maryorie. Sosa Dioses Florencia. 1 “AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA” ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA U.N.T.

Estructura organica de la UNT

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Primer ciclo 2013- I

Universidad Nacional de Tumbes

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

ESCUELA ACADÉMICO DE CONTABILIDAD

ASIGNATURA:

Elementos de Derecho Constitucional Peruano.

DOCENTE:

Walter Pozo Neyra.

INTEGRANTES:

Burneo Mendoza Zuleyka.Camacho Preciado Segundo.Cedillo Preciado Keysi.Farfán Zapata Anthony.López Cedillo Sheila.Noblecilla Jiménez Karen.Peña Arméstar NoheliaSaldarriaga Marchán Maryorie.Sosa Dioses Florencia.

TUMBES-PERÚ201

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“ A Ñ O D E L A I N V E R S I Ó N P A R A E L D E S A R R O L L O R U R A L Y L A S E G U R I D A D

ALIMENTARIA”

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA U.N.T.

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PRESENTACIÓN:

Mediante este trabajo queremos darle a conocer la estructura orgánica de la Universidad Nacional de Tumbes, con el propósito de informarle detalladamente la investigación realizada por los alumnos del primer ciclo 2013-I.Esperamos que sea de su agrado, a sí mismo que nos imparta las sugerencias y debidas recomendaciones.

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DEDICATORIA

Este trabajo está elaborado para aquellas personas que demuestren interés por conocer la estructura orgánica de la Universidad Nacional de Tumbes.

Así mismo para nuestro profesor encargado del área.

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ASAMBLEA UNIVERSITARIA

La Asamblea Universitaria está integrada por:

a) El Rector, quien la preside.

b) Los Vicerrectores Académico y Administrativo.

c) Los Decanos de las Facultades.

d) El Director de la Escuela de Postgrado;

e) Los representantes de los profesores de las diversas Facultades en número igual al doble de la suma de las autoridades universitarias a que se refieren los incisos anteriores. La mitad de ellos son profesores principales; los asociados en proporción de tres quintos (3/5) y los auxiliares en la proporción de los dos quintos (2/5) del total de los principales. Su mandato dura tres (03) años.

f) Los representantes de sus estudiantes que constituyen el tercio del número total de los miembros de la Asamblea. Su mandato dura dos (02) años.

g) Dos (02) representantes de sus graduados. Su mandato dura dos (02) años.

Los funcionarios administrativos del más alto nivel asisten a la Asamblea como Asesores cuando son requeridos, sin derecho a voto.

Asimismo, asisten en condición de supernumerarios, con voz pero sin voto, un representante de las organizaciones gremiales de los profesores, estudiantes y personal administrativo, acreditados por sus respectivos gremios.

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ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL

TUMBES

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La Asamblea Universitaria representa a la comunidad universitaria y tiene las siguientes atribuciones:

a) Elegir al Rector, a los Vicerrectores y declarar la vacancia de sus cargos.

b) Ratificar el Plan Anual de Funcionamiento y los Planes de Desarrollo de la

Universidad aprobado por el Consejo Universitario.

c) Reformar el Estatuto de la Universidad o interpretar sus artículos, en vía de consulta.

d) Pronunciarse sobre la memoria anual del Rector y evaluar el funcionamiento de la Universidad.

e) Acordar la creación fusión o supresión de Facultades, Escuelas profesionales, Institutos y Escuela de Postgrado. Por mayoría calificada.

f) Ratificar el Reglamento General de la Universidad Nacional de

g) Cautelar el cumplimiento del presente Estatuto.

h) Elegir anualmente al Comité Electoral Universitario Autónomo.

i) Los demás que la Ley y el presente Estatuto confieren.

La Asamblea Universitaria se reúne en sesión ordinaria una vez al semestre, y extraordinariamente por iniciativa del Rector o de quien haga sus veces o de más de la mitad de los miembros del Consejo Universitario o de más de la mitad de la Asamblea Universitaria.

La citación de la Asamblea Universitaria se hará con quince (15) días útiles de anticipación al día fijado para su sesión, en forma escrita y mediante aviso en el diario local o regional de mayor circulación.

Comité Electoral Universitario Autónomo, elegido anualmente por la

Asamblea Universitaria y constituido por tres (03) profesores principales, dos (02) Asociados y un (01) Auxiliar, todos ellos a dedicación exclusiva o tiempo completo; y por tres (03) estudiantes. Sus fallos son inapelables.

El Comité Electoral Universitario Autónomo tiene las atribuciones siguientes:

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a) Elaborar el Proyecto de Reglamento de Elecciones.

b) Organizar, conducir y controlar los procesos electorales.

c) Pronunciarse sobre los reclamos que se presenten.

CONSEJO UNIVERSITARIO

El Consejo Universitario, es el órgano de dirección superior, de promoción y de ejecución de la universidad. Está integrado por el Rector y los Vicerrectores; los Decanatos en las Facultades y en su caso, el Director de la Escuela de Postgrado; por un (1) representante de los graduados y por representantes de los estudiantes, cuyo número es el de un tercio (1/3) del total de los miembros del Consejo. El mandato de los graduados y de los estudiantes dura dos (2) años.

Los funcionarios administrativos de más alto nivel asisten al Consejo como asesores cuando son requeridos, sin derecho a voto. Así mismo, asisten en condición de supernumerarios con voz pero sin voto, un representante de los gremios de los profesores, estudiantes y personal administrativo reconocidos por la Universidad.

El Consejo Universitario, dentro de su seno, constituirá obligatoriamente sendas

Comisiones Permanentes para el ejercicio de las respectivas competencias académicas y administrativas. Estas darán cuenta al plenario del cumplimiento de sus tareas.

Son atribuciones del Consejo Universitario:

a) Aprobar a propuesta del Rector, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Universidad;

b) Dictar el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de elecciones y otros Reglamentos internos especiales.

c) Aprobar el presupuesto General de la Universidad, autorizar los actos y contratos que atañen a la Universidad y resolver todo lo pertinente a su economía.

d) Proponer a la Asamblea Universitaria la creación, fusión, supresión o reorganización de Facultades, Escuelas o Secciones de Postgrado, Departamentos Académicos, Escuelas e Institutos.

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e) Ratificar los planes de estudio o de trabajo propuestos por las Facultades, Departamentos, Escuelas y demás unidades académicas.

f) Conferir los grados académicos y los títulos profesionales aprobados por las

Facultades, así como otorgar distinciones honoríficas y reconocer y revalidar los estudios, grados y títulos de universidades extranjeras cuando la

Universidad esta autorizarla para hacerlo.

g) Aprobar anualmente el número de vacantes para el concurso de admisión previa propuesta de Facultades y Escuelas, en concordancia con el presupuesto y el Plan de Desarrollo de la Universidad.

h) Nombrar, contratar, remover y ratificar a los profesores y personal administrativo de la Universidad, a propuesta, en su caso, de las respectivas

Facultades.

i) Declarar en receso temporal a la Universidad o cualquiera de sus unidades académicas, cuando las circunstancias lo requieran; con cargo de informar a la Asamblea Universitaria.

j) Ejercer en instancia revisora, el poder disciplinario sobre los docentes, estudiante, personal administrativo y de servicio.

k) Conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados específicamente a otras autoridades universitarias.

l) Designar, a propuesta del Rector, a los Jefes de Oficina Generales, al Secretario General de la Universidad, a los miembros de los Directorios de las Empresas Universitarias y a los Directores de los diferentes Centros.

Modificado con Res. AU Nº 002-98/UNT-AU

m) Aprobar licencia de autoridades, profesores y personal administrativo y de servicio.

n) Aprobar y dar a conocer a la comunidad Universitaria el calendario de actividades académicas antes de iniciarse el periodo correspondiente.

ñ) Aceptar herencias legados y donaciones.

o) Ratificar acuerdos y convenios con otras Universidades o entidades nacionales o extranjeras.

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EL RECTORADORECTOREl Rector o Rector magnificus (de su nombre en latín) es la máxima autoridad académica de una Universidad o Institución Educativa de Educación Superior y ostenta su representación.

1. Naturaleza: - Órgano de la alta dirección de la actividad académica administrativa de la universidad y es elegido por la asamblea universitaria. - Planificación, dirección y formulación de normas técnicas del sistema administrativo educativo de la universidad. - Desarrollar actividades administrativas de mayor complejidad y responsabilidad al más alto nivel. 2. Funciones: a. Cumplir y hacer cumplir la ley universitaria, el estatuto y los reglamentos de la universidad, así como los acuerdos de los órganos de gobierno. b. Convocar y presidir el consejo universitario y la asamblea universitaria y hacer cumplir sus acuerdos. c. Dirigir la actividad académica, administrativa, económica y financiera de la universidad. d. Presentar al consejo universitario para su aprobación, el plan operativo institucional y el plan estratégico institucional de la universidad. e. Presentar a la asamblea universitaria, la memoria anual para su aprobación, en los primeros meses de cada año siguiente al año próximo pasado. f. Velar por la autonomía de la universidad y denunciar los actos de su violación interna y externa. g. Velar por el logro de los fines de la universidad. h. Expedir resoluciones de cesantía, jubilación del personal docente y administrativo de la universidad. i. Promover el diseño, ejecución e implementación de políticas y estrategias de modernización de la universidad en coordinación con las facultades y las unidades académicas y administrativas de la universidad. j. Representar a la Universidad Nacional de Tumbes ante organizaciones nacionales e internacionales con la autorización del consejo universitario en la suscripción de convenios que contribuyan al desarrollo, mejoramiento y credibilidad institucional.

ÓRGANO DE CONTROL

OFICINA GENERAL DE AUDITORÍA8

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1. Funciones:a. Asesorar al rector en la política de control institucional con sujeción a la normatividad del Sistema nacional de control.b. Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo, remitiendo copia a la Contraloría general.c. Planear, organizar y ejecutar auditorias, exámenes especiales, inspecciones e investigaciones en las dependencias de la universidad, sobre la base de las Normas de auditoria gubernamental (NAGU), los principios, criterios de control, lineamientos y del plan operativo debidamente aprobado.d. Realizar las acciones de control no programadas dispuestas por la alta dirección de la universidad, en función del interés institucional.e. Verificar y evaluar la aplicación de las normas legales y administrativas en los sistemas de personal, abastecimiento, contabilidad, presupuesto, tesorería y planificación.f. Realizar el seguimiento para determinar el grado de cumplimiento a las observaciones e implementación de las medidas correctivas recomendadas, informando al rector y, a la Contraloría general.g. Investigar las irregularidades verificadas en el desarrollo de las acciones de control, atender denuncias, quejas, reclamos sobre hechos o actos que afecten los intereses de la Universidad Nacional de Tumbes.h. Informar oportunamente al rectorado respecto de los resultados de las acciones de control realizadas, indicando las medidas correctivas que se proponen para superar lo observado.i. Coadyuvar a la presentación sistematizada de información por parte de la universidad.j. Apoyar a las comisiones de la Contraloría general de la república o a quien ésta designe, para las acciones de control en el ámbito de la universidad.k. Efectuar el seguimiento de medidas correctivas emergentes de las acciones de control realizadas.l. Efectuar el seguimiento y reporte de procesos administrativos e investigatorios de la universidad.m. Efectuar el control de legalidad de la información presupuestaria elaborada por la universidad.n. Efectuar el control de las donaciones provenientes del exterior, de acuerdo a lo normado por la Contraloría general de la república.ñ. Efectuar auditoría a los estados financieros y presupuestarios de la universidad según lo señalado por la Contraloría general de la república.o. Informar al rector y de ser el caso a la Contraloría general de la república, sobre cualquier intromisión en la autonomía del órgano de control o falta de colaboración para ejecutar las acciones de control.p. Asesorar a la alta dirección en asuntos de la especialidad.

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q. Presentar al rector la memoria anual para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.r. Las demás que le asigne el rectorado y la Contraloría general de la república y las que le corresponde por mandato legal.

La Oficina de Coordinación y Gestión Es el órgano de enlace entre la Universidad Nacional de Tumbes y los Organismos Universitarios, gubernamentales y privados para la Coordinación y Gestión de los asuntos académicos, económicos, normativos y administrativos autorizados por los órganos de gobierno de la Universidad. Depende del Rectorado y su sede es la ciudad de Lima.

La Oficina General de Admisión Es la encargada de planificar, coordinar y evaluar los mecanismos de ingreso de estudiantes a la Universidad en Pre-Grado y Post-Grado

La Oficina General de Imagen InstitucionalEs el órgano encargado de organizar y ejecutar la difusión de las actividades de la Universidad y de establecer canales de comunicación interna y externa promoviendo las relaciones interinstitucionales para acrecentar su imagen.

La Oficina General de Informática Es el órgano encargado del procesamiento automático de toda la información académica y administrativa de la Universidad para la oportuna toma de decisiones.

La Secretaria General Es el órgano encargado de centralizar, coordinar y supervisar el trámite documentario; organizar y racionalizar el sistema de archivo; y administrar el Registro de Grados y Títulos. Estará a cargo de un Secretario General que es fedatario de la Universidad

La Oficina General de Planeamiento Es el órgano que asesora la planeación universitaria en lo referente a planes, programas, presupuestos, estudios y proyectos; orienta el proceso de nacionalización administrativa y consolida la evaluación de la gestión institucional.

La Oficina General de Asesoría Jurídica

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La Oficina de Asesoría Jurídica (OGAJ), órgano de asesoramiento de Rectorado referido al aspecto legal o jurídico que pueda tener la institución.Siendo sus funciones:Asesorar al Rectorado y a las demás dependencias en materia Jurídico Legal.Asesorar a la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Dirección Superior y a los Órganos de Gobierno de las Facultades, en asuntos de orden Jurídico Legal.Prestar asesoramiento legal al comité Electoral, Comisión Central de Admisión y a las demás comisiones permanentes y/o especiales de la Universidad.Emitir dictamen legal, para la expedición de Resoluciones Rectorales en los casos que le concierne.Emitir opinión jurídica legal en asuntos patrimoniales contenciosos, así como asumir la defensa legal.Preparar los proyectos de normas legales y administrativas encargadas por la Dirección Superior.Redactar proyectos de contratos, convenios y actos jurídicos de competencia de la Universidad otros actos.Absolver y resolver las consultas que por escrito le sean formuladas por los órganos de gobierno y unidades orgánicas de la Universidad.Sugerir a Dirección Superior las modificaciones de las normas legales y administrativas.

La Oficina General de Cooperación Técnica La Oficina Central de Cooperación Técnica es la oficina encargada de asesorar al Rector en las acciones de Cooperación Técnica Nacional e Internacional, teniendo como objetivo promover, desarrollar y optimizar las relaciones entre la Universidad e Instituciones Nacionales e Internacionales en búsqueda de un mejoramiento académico, científico y tecnológico. Así mismo optimiza las gestiones universitarias en materia de becas, convenios, donaciones, proyectos específicos e intercambio de profesores e investigadores con el fin de lograr el perfeccionamiento de los docentes y alumnos. Visión La Oficina de Cooperación Técnica al 2013 pretende, ostentar el liderazgo en el ramo de la Cooperación Nacional e Internacional, fomentando la participación institucional en acciones de cooperación, ofertando programas de movilidad estudiantil y docente e investigación aplicada, en áreas de interés regional e impulsando proyectos de inversión autosostenible.MisiónLa Oficina Central de Cooperación Técnica es una unidad administrativa de la UNP, que centraliza, coordina y gestiona las relaciones institucionales con las diferentes organizaciones educativas superiores y organismos cooperantes, a

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efecto de propiciar la participación de la UNP en programas y redes de Cooperación Nacional e Internacional a través de la suscripción de convenios.

Nuestros Objetivos

• Impulsar el intercambio científico, tecnológico a través de acciones de Cooperación Técnica Nacional e Internacional con Universidades u Organizaciones de prestigio.•Optimizar las gestiones en materia de financiamiento de becas, convenios, donaciones e intercambio de profesores, investigadores y alumnos con el fin de lograr el perfeccionamiento de los docentes y alumnos.•Contribuir con la formación integral de los estudiantes, articulándola con las necesidades del entorno Regional y Nacional.•Lograr que la enseñanza académica en la Universidad Nacional de Piura alcance un nivel competitivo en los profesionales, con el fin de lograr la acreditación universitaria, acorde a las necesidades del entorno Regional y Nacional.

VICERRECTORADO: Se encuentra dividido en:

VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO:Naturaleza: Órgano de la alta dirección de la actividad administrativa de la universidad y es elegido por la asamblea universitaria. Funciones: a. Asesorar al rector en asuntos de su competencia. b. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de los órganos a su cargo. c. Someter a consideración del rector las políticas, los planes, programas y proyectos relacionados al sistema administrativo. d. Coordinar con los organismos públicos y privados, las actividades propias del sistema administrativo. e. Informar al rector sobre el cumplimiento de la política institucional en el ámbito administrativo. f. Disponer y proponer al rector las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de las dependencias a su cargo. g. Representar a la universidad por delegación del rector. h. Expedir directivas.i. Presidir los consejos, comisiones y comités por encargo del rector o por mandato legal expreso.

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j. Reemplazar al rector en los casos de vacancia, licencia, ausencia o impedimento temporal. k. Presentar al rector la memoria anual para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado. l. Las demás que el rector, el estatuto y el reglamento general de la universidad le otorguen.

Que a su vez está compuesto por:OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN: La Oficina General de Administración es el órgano encargado de organizar, ejecutar y supervisar sistemática y racionalmente la administración de los recursos económicos y financieros en apoyo al logro de los fines de las facultades y demás unidades académicas.

OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO:La Oficina General de Bienestar Universitario es el órgano encargado de coordinar, promover y ejecutar programas de bienestar general de los integrantes de la comunidad universitaria mediante el desarrollo de actividades en el área de su competencia.

OFICINA GENERAL DE PERSONAL Y CAPACITACIÓN:La Oficina General de Personal y Capacitación es el órgano encargado de organizar, dirigir y ejecutar las acciones y procesos técnicos de administración de personal así como planificar y programar las acciones de capacitación del personal administrativo y de servicios.

OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO:La Oficina General de Infraestructura y Mantenimiento es el órgano encargado de coordinar, proyectar y ejecutar el plan de desarrollo físico de la Universidad; así como asegurar la conservación y mantenimiento de sus bienes muebles e inmuebles, y proporcionar los servicios generales.

Encontramos también:

VICERRECTORADO ACADÉMICO:Naturaleza:

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Órgano de la alta dirección de la actividad académica de la universidad y es elegido por la asamblea universitaria. Funciones: a. Asesorar al rector en asuntos de su competencia. b. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de las actividades académicas y los órganos a su cargo. c. Proponer la política institucional en el ámbito académico. d. Someter a consideración del rector los planes, programas y proyectos relacionados al sistema académico. e. Coordinar con los organismos públicos y privados, las actividades propias del sistema académico. f. Informar al rector sobre el cumplimiento de la política institucional en el ámbito académico. g. Disponer y proponer al rector las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de las dependencias a su cargo. h. Representar a la universidad por delegación del rector. i. Presidir los consejos, comisiones y comités por encargo del rector o por mandato legal expreso. j. Reemplazar al rector en los casos de vacancia, licencia, ausencia o impedimento temporal. k. Presentar al rector la memoria anual para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado. l. Las demás que el rector, el estatuto y el Reglamento general de la Universidad le otorguen. Línea de dependencia: Depende directamente del rector. Grado de responsabilidad: Es responsable de la ejecución de sus funciones y por las tareas asignadas por su jefe inmediato.

A su vez se divide en comités y oficinas:

COMITÉ ACADÉMICO: El Comité académico; en materia curricular, está conformado por un profesor Principal o Asociado representante de cada Facultad y un alumno.

COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

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El Comité de investigación; en materias inherentes a esta actividad; está conformado por los Directores de los Institutos de Investigación y un representante de la Escuela de Postgrado.

OFICINA GENERAL DE INVESTIGACIÓN:La Oficina General de Investigación es el órgano encargado de promocionar y apoyar la investigación que ejecutan los profesores en los Departamento Académicos e Institutos. Le compete coordinar la investigación en todas sus modalidades; publicar y difundir los resultados; así como mantener actualizado el registro de investigadores y trabajos realizados.

OFICINA GENERAL DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL:La Oficina General de Extensión y Proyección Social, es el órgano encargado de coordinar y promocionar las actividades sociales, culturales, educativas y económicas de las Facultades con fines de cooperación, asistencia e integración a la comunidad.

OFICINA GENERAL DE CORDINACIÓN Y DESARROLLO ACADÉMICO:La Oficina General de Coordinación y Desarrollo Académico es el órgano que coordina, asesora y presta servicios a las Facultades en lo referente a planeamiento y evaluación curricular; diseño del sistema de evaluación y registro académico; así como el perfeccionamiento e intercambio de profesores y estudiantes a nivel nacional e internacional.

OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECAS Y SERVICIOS INFORMATIVOS:La Oficina General de Bibliotecas y Servicios Informativos, es el órgano encargado de organizar y controlar, en coordinación con las Facultades, la prestación de servicios del sistema de bibliotecas e intercambio informativo a través de la red de comunicaciones.

Dentro del Vicerrectorado Académico encontramos también:

FACULTADES:Las Facultades son unidades fundamentales de organización, que funcionan en forma descentralizada en la formación académico-profesional, la investigación, la extensión universitaria y la proyección social, producción de bienes y prestación de servicios. Están integradas por profesores y estudiantes.

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En cada Facultad se estudian una o más carreras según la afinidad de sus contenidos y objetivos. Las Facultades coordinan e integran las actividades señaladas en el artículo precedente que realizan los Departamentos Académicos y demás unidades específicas. Las Facultades gozan de autonomía normativa, académica y administrativa de acuerdo con la Ley y el Estatuto. Las Facultades son órganos de línea del Vicerrectorado Académico.

En la Universidad Nacional de Tumbes funcionan las Facultades siguientes: Facultad de Agronomía. Facultad de Ingeniería Pesquera. Facultad de Contabilidad. Facultad de Ciencias de la Salud.

Son funciones y atribuciones de la facultad: a) Planificar, diseñar, aprobar y administrar la investigación que se realiza en sus unidades operativas. b) Diseñar, aprobar y administrar los currículos de estudio de Pre-grado y segunda profesionalización. c) Establecer mecanismos de selección para la admisión de sus estudiantes. d) Administrar el sistema de estudios, evaluación y el otorgamiento de grados, títulos y certificaciones específicas. e) Administrar la matrícula, tutoría y consejería. f) Administrar los servicios académicos requeridos `para su funcionamiento. g) Conducir el proceso de ingreso a la docencia y supervisar la evaluación permanente de sus profesores. h) Planificar, aprobar y supervisar la extensión y proyección social que se realiza en sus unidades operativas. i) Planificar, diseñar, ejecutar y evaluar actividades de producción de bienes y prestación de servicios en coordinación con otras Facultades y con las oficinas especializadas respectivas, si así fuera necesario. j) Establecer las relaciones de cooperación con otras Facultades a fin de racionalizar los recursos que posibiliten el logro de los objetivos.

Finalmente, pero no menos importantes, encontramos:

CENTRO DE ESTUDIOS PREUNIVERSITARIO (CEPU)

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El Centro de Estudios Preuniversitarios es un Centro de prestación de Servicios Educativos Interfacultativos, en conformidad con lo dispuesto en las disposiciones pertinentes contenidas en la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional de Tumbes , el Reglamento del CENPROBIS y el presente Reglamento.Son derechos de los estudiantes, los siguientes:

Recibir una formación óptima e integral. Recibir orientación psicopedagógica y consejería vocacional. Utilizar los servicios que brinda el Centro de Estudios Preuniversitarios. Tener igualdad de oportunidades en el trabajo académico. Ser evaluados con estricto criterio académico – Pedagógico. Ser informados oportunamente sobre el resultado de las

Evaluaciones. Acceder directamente a la Universidad Nacional de Tumbes, previo cumplimiento de las exigencias establecidas en el Reglamento de Admisión para Estudios Universitarios. Recibir distinciones y estímulos por méritos académicos.

CENTRO DE IDIOMAS (CIUNT)

Es el centro de idiomas de la Universidad Nacional de Tumbes, que tiene como fines el reforzamiento lingüístico del idioma Inglés.Al finalizar el correspondiente plan de estudios, el Centro de Idiomas otorga un Diploma que acredita la culminación de los correspondientes estudios.

CENTRO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO (CECAPUNT)

Establece las orientaciones generales para el desarrollo de los recursos humanos de la Universidad de Tumbes. Esta política precisa los valores y los principios que servirán de hilos conductores a quienes tendrán responsabilidades en la elaboración de planes de acción y en la gestión diaria de recursos humanos. En consecuencia, implicará la coherencia en las actitudes y los gestos colocados por los responsables de cada unidad del Centro.

El centro de Capacitación y Perfeccionamiento de los recursos humanos tiene por objeto favorecer la realización de la misión de la Universidad Nacional de Tumbes.

CENTRO DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES (CITUNT)

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Coadyuvar a una adecuada formación profesional de los estudiantes, normar la realización de prácticas iniciales, intermedias y finales, así como establecer la naturaleza, funciones, requisitos y coordinación de las prácticas del Centro de Informática y Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Tumbes.

El Reglamento de Prácticas constituye un documento aplicable a todos los alumnos que cursen estudios y que hayan cumplido con los requisitos mínimos exigidos por la Centro de Informática y Telecomunicaciones (CITUNT).

LOS CENTROS DE PRODUCCION

DE BIENES Y PRESTACION DE SERVICIOS (CENPROBIS)

Lo estipulado en el Reglamento, alcanza a todos los Centros Productivos de la Universidad Nacional de Tumbes en actual funcionamiento y a los que se encuentren proyectados.

Coadyuva a una adecuada gestión institucional del proceso autogestionario que

Desarrolla la Universidad Nacional de Tumbes, a través de los Centros Productivos

De Bienes o Prestación de Servicios (CENPROBIS).

Establece las normas y procedimientos para la organización, funcionamiento,

Régimen económico, administrativo y evaluación de las actividades de producción de

Bienes o Prestación de Servicios de la Universidad.

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CONCLUSIONES

Luego de haber explicado detalladamente el tema propuesto, podemos afirmar que es indispensable que nuestra UNT cuente con una estructura que le permite organizarse y desenvolverse de manera ordenada en las diferentes secciones administrativas, asimismo la estructura orgánica de la Universidad Nacional de Tumbes no sólo favorece a las personas que laboran dentro de ella; sino también a los estudiantes, los cuales constantemente necesitan de cierta orientación para sus actividades académicas.

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BIBLIOGRAFÍA:

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