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Derecho.- conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad. JULIEN BONNECASE El derecho es el conjunto de reglas de conducta exterior que, consagradas o no expresamente por la ley en el sentido genérico del termino, aseguran efectivamente en un medio y época dados, la realización de la armonía social , fundado por un aporte, en las aspiraciones colectivas o individuales, y , por otra en una concepción aunque sea poco precisa, de la noción de derecho.

FILOSOFIA DEL DERECHO

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Derecho.- conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad.

JULIEN BONNECASEEl derecho es el conjunto de reglas de conducta exterior que, consagradas o no expresamente por la ley en el sentido genérico del termino, aseguran efectivamente en un medio y época dados, la realización de la armonía social , fundado por un aporte, en las aspiraciones colectivas o individuales, y , por otra en una concepción aunque sea poco precisa, de la noción de derecho.

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Entendido como una doctrina filosófica que funda la verdad solamente en método experimental de las ciencias llamadas positivas y que rechaza o niega cualquier interpretación teológica, metafísica, los términos universales y absolutos que estén fundados en la naturaleza, así como todo principio de vida que oriente a esta evolución puesto que dichas cosas no pueden ser comprobables experimentalmente, solo toma en cuenta los hechos que tengan validez en el terreno del conocimiento, los objetos que sean perceptibles al nivel de los sentidos, comprobables y reducibles a leyes.

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Teoría de F. GENYEn la elaboración del DP se pueden distinguir dos partes: A- La parte Científica; y B- La parte Técnica.A- La parte Científica: Se concreta al estudio de 4 elementos, "datos" o "donées": -El dato Real: son los datos de la naturaleza tanto física como humana, las condiciones de hecho en las que se encuentra esa parte de la humanidad que el DP va a regir. -El dato Histórico: Se refiere a la historia de ese pueblo al que va dirigido el DP, se refiere a lo vivido por esa gente en un tiempo determinado. -El dato Racional: Representa la idea del Derecho Positivo, los parámetros de la justicia, la equitatividad, el bien. -El dato Ideal: Este obra sobre los anteriores en el sentido que los orienta, los moldea hacia las aspiraciones humanas mas sentidas, con el fin de obtener su progreso, su avance y a la vez la evolución del DP.B- La parte Técnica: Es lo que sigue cronologicamente al estudio de los anteriores elementos. Es la "parte menuda", si se nos permite el término. La labor de confeccionar, redactar, estructurar y en fin de expedir las normas jurídicas. Aquí intervienen diversos factores de la técnica legislativa. Esta parte encierra todos esos elementos de los que se vale el legislador para la confección de las normas: Términos, palabras, presunciones, ficciones, solemnidades, procedimientos, exposición de motivos, etc.

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Derecho Natural: Expresión que se aplica al conjunto de leyes morales naturales cuyo origen es la sola naturaleza en cuanto se refiere al ámbito de la libertad humana, dentro del supuesto, no universalmente reconocido, de que el orden legal forma parte del orden moral. En cuanto se funda en la naturaleza, el derecho natural se refiere a valores universales e inmutables.“Es el conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razón natural y se imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza”“Es una doctrina que pretende establecer principios ideales de justicia como parámetros permanentes, fuente de inspiración y guía del derecho positivo”"El Derecho natural vale por sí mismo, en cuanto intrínsecamente justo. ...son normas cuyo valor no depende de elementos extrínsecos. Por ello se dice que el natural es el único autentico". 

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“Es el conjunto de principios de justicia con validez universal que pueden ser deducidos racionalmente, pero que, además, confirman que el derecho positivo que no cumpla con tales principios no puede calificarse derecho”"El Iusnaturalismo, con esta palabra se designa un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que tiene como denominador común la creencia de que el Derecho "positivo" debe ser objeto de una valoración con arreglo a un sistema superior de normas o principios que se denominan precisamente: Derecho natural". Esto indica que es una postura que afirma la supremacía y preexistencia del Derecho Natural ante el Positivo, y que el derecho positivo debe ser fiel reflejo del derecho natural.

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Para esta escuela de derecho tiene por objeto el estudio de las normas o derecho positivo vigente, sin que se hagan consideraciones éticas o metafísicas. Cabe objetársele sí , que el jurista se puede convertir en un instrumento del poder del estado . lo que significa que puede llegar a convertirse en servidor de la tiranía y en defensor de de la leyes injustas, No se puede desconocer la diferencia entre las normas jurídicas , las normas morales y la realidad social , pero hay que darles importancia a factores extrajudiciales como pueden ser los valores , respeto a la dignidad de la persona humana, la adaptación de la norma a las condiciones sociales de cada pueblo, etc.