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FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE AULA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 1. FUNCIONES DEL “DOCENTE DE AREA” QUE EMPLEAN LAS TIC EN LAS SESIONES DE APRENDIZAJE. Cuando los alumnos ingresan al AIP/CRT, el docente de área debe realizar el desarrollo de su sesión de aprendizaje en cumplimiento de sus funciones. La ausencia del docente de área durante la aplicación de las TIC en el aula de innovación pedagógica se considera inasistencia, por lo que el Director de la II. EE, debe realizar los procedimientos conforme a las normas del caso. Al asistir al AIP/CRT, el software a emplear ya debe estar instalado con anticipación, en coordinación con el DAIP. Cuando se emplea Internet, las direcciones URL, deben ser precisas, esto implica que el docente de área debe haber revisado con anticipación los contenidos con la finalidad de realizar avance de su programación curricular. El acceso a Internet no debe ser producto de la improvisación. La hora de acceso al AIP/CRT, no es para desarrollar cursos de informática (Office, diseño gráfico, u otros.), sino que deben desarrollarse actividades académicas de acuerdo a la programación curricular del docente de área. Urb. Andrés Araujo Moran Telefax.Nº523043 CETPRO N° 007 - Tumbes PERÚ Ministerio de Educación Dirección Regional de Educación Tumbes Unidad de Gestión Educativa Local Tumbes

Funciones docente de aula

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FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE AULA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

1. FUNCIONES DEL “DOCENTE DE AREA” QUE EMPLEAN LAS TIC EN LAS SESIONES DE APRENDIZAJE.

• Cuando los alumnos ingresan al AIP/CRT, el docente de área debe realizar el desarrollo de su sesión de aprendizaje en cumplimiento de sus funciones. La ausencia del docente de área durante la aplicación de las TIC en el aula de innovación pedagógica se considera inasistencia, por lo que el Director de la II. EE, debe realizar los procedimientos conforme a las normas del caso.

• Al asistir al AIP/CRT, el software a emplear ya debe estar instalado con anticipación, en coordinación con el DAIP. Cuando se emplea Internet, las direcciones URL, deben ser precisas, esto implica que el docente de área debe haber revisado con anticipación los contenidos con la finalidad de realizar avance de su programación curricular. El acceso a Internet no debe ser producto de la improvisación.

• La hora de acceso al AIP/CRT, no es para desarrollar cursos de informática (Office, diseño gráfico, u otros.), sino que deben desarrollarse actividades académicas de acuerdo a la programación curricular del docente de área.

Urb. Andrés Araujo Moran Telefax.Nº523043CETPRO N° 007 - Tumbes

PERÚ Ministeriode Educación

Dirección Regional de Educación Tumbes

Unidad de Gestión Educativa Local Tumbes