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Hª españa decretos nueva planta

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Historia de España 2º de Bachillerato Temas y conceptos PAU

LOS DECRETOS DE NUEVA PLANTA

Hoy en día, la historiografía tiende a definir como Decretos de Nueva Planta todo el

conjunto de decretos reales emitidos por Felipe V entre los años 1707 y 1714 que derogan

las instituciones privativas de los Reinos de Aragón y Valencia y del Principado de

Cataluña e introducen las instituciones y el régimen legislativo y administrativo castellano

en los territorios de la Corona de Aragón.

Procediendo a contextualizar este conjunto de decisiones oficiales de Felipe V,

sucesor legal de Carlos II en la monarquía hispánica, los Decretos de Nueva constituyen

una de las consecuencias a nivel nacional de la Guerra de Sucesión que decide la lucha que

se realiza por el trono español entre los pretendientes el legítimo heredero del último rey de

los Austrias, Felipe de Borbón, y el archiduque Carlos de Austria, futuro emperador Carlos

VI. Ante el temor de una posible hegemonía borbónica europea que podría simbolizar la

alianza de España y Francia, gobernadas por reyes de la dinastía borbónica, Inglaterra,

Austria, Portugal y Holanda se rebelan ante el testamento de Carlos II y deciden apoyar al

archiduque Carlos, hijo del emperador alemán Leopoldo y pariente en mismo grado que

Felipe V del difunto monarca hispano Carlos II. Esto motivará que se desarrolle una guerra

a nivel internacional y, en función de los acontecimientos, también otra nacional. Felipe V

será reconocido por los castellanos y también por los aragoneses y catalanes tras jurar los

respectivos fueros de dichos territorios en Zaragoza y Barcelona respectivamente. Por lo

tanto, en un principio Felipe V, procedente de una familia que gobernaba Francia con un

régimen absolutista, tiende a respetar los distintos sistemas políticos existentes en su

monarquía desde la época de Carlos I, el absolutista vigente en Castilla y el pactista

característico y tradicional de la Corona de Aragón, basado en su régimen foral.

Sin embargo, la situación comenzará a cambiar cuando Cataluña se rebele ante

Felipe V en 1705 y proclame a Carlos de Austria como Carlos III de Cataluña. Valencia

también se unirá y Carlos será jurado también rey en dicha ciudad cabeza del reino

homónimo. Felipe V reacciona a estos hechos ocurridos en octubre y noviembre de 1705

respectivamente con un ofensiva militar a inicios de 1706 que fracasa, siéndole imposible

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recuperar Cataluña. Las tropas del archiduque Carlos siguen avanzando y conquistan

Madrid, lo que provoca al mismo tiempo que el Reino de Aragón le considere su rey

oficialmente desde el 29 de junio de 1706.

Los reveses del ejército borbónico no suponen la victoria de los aliados alemanes,

austriacos, ingleses, holandeses, catalanes, valencianos y aragoneses partidarios de Carlos

III. Al año siguiente, y recuperada Madrid, en mayo de 1707 Felipe V vence en la batalla

de Almansa y recupera los Reinos de Valencia y de Aragón. A continuación, el rey

promulga una serie de decretos en los que elimina el régimen foral aragonés y valenciano

como represalia por el apoyo de estos reinos al archiduque Carlos. El curso de la guerra

vuelve a cambiar y Carlos III se impone sobre Felipe V primero en Lérida y luego en

Zaragoza en el verano de 1710, reconquistando con ello el Reino de Aragón y manteniendo

Cataluña bajo su mando.

Las tropas de Felipe V reaccionan nuevamente y en diciembre de 1711 vencen al

ejército de Carlos III en las batallas de Brihuega y Villaviciosa, en donde el nuevo monarca

legítimo hispánico se hace con el control definitivo del Reino de Aragón. Además, los

acontecimientos ocurridos a nivel internacional favorecen los intereses de Felipe V en su

afianzamiento como rey español. El archiduque Carlos se acaba convirtiendo en el mismo

año en emperador, lo que suscita un miedo entre Inglaterra y Holanda a que vuelva de

nuevo a activarse la hegemonía de los Habsburgo en el conjunto de Europa conforme

ocurrió en los siglos XVI y XVII finalizada en la Paz de Westfalia. Fruto de las alianzas y

los acuerdos diplomáticos, todas las potencias inmersas en el conflicto deciden finalizar el

mismo firmando las paces, que se materializan en los Tratados de Utrecht y Rastatt en los

años 1713 y 1714. En ellos se reconoce a Felipe V como rey de la monarquía hispánica, la

cual ha de renunciar a sus territorios europeos y a la isla de Menorca y a Gibraltar.

Asimismo, en 1712 se había alcanzado una tregua con Portugal que se refrenda en una paz

en 1715.

En virtud de todos los acontecimientos internacionales, el conflicto por la sucesión

se halla completamente resuelto y tan sólo le resta a Felipe V hacerse con Cataluña. El 11

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de septiembre de 1714 las tropas borbónicas culminan la conquista del Principado, iniciada

ya en 1713, con la entrada en Barcelona. En esta se fecha se cierra definitivamente el

conflicto sucesorio por la monarquía hispánica.

Se puede concluir que si en un principio no hubo resistencia generalizada a Felipe

V, en el curso de la guerra Castilla siempre se posicionó a favor de Felipe, mientras que

Cataluña y Valencia lo hicieron por Carlos III. En Aragón no hubo un apoyo unánime hacia

uno de los dos candidatos, de manera que hubo dos claros bandos, aunque la mayoría de

los nobles y ciudades de Aragón se mostraron partidarios de Felipe V. Así, y centrándonos

en el territorio de nuestro IES Benjamín Jarnés, el arzobispo de Zaragoza, señor de

Mediana y Rodén, o el marqués de Lazán, señor de Letux, apoyaron fielmente desde un

primer momento a Felipe V. En cambio, el conde de Sástago, el conde de Fuentes, el duque

de Híjar (que era también duque de Lécera y conde de Belchite) y la comunidad de Daroca,

a cuya jurisdicción pertenecían Azuara, Moyuela y Plenas, siguieron al archiduque Carlos

de Austria.

Como ganador de un conflicto bélico que le permitió consolidarse en el trono

hispánico, Felipe V decidió castigar, utilizando el derecho de guerra, a aquellos territorios

que no le fueron siempre fieles, es decir, a los de la Corona de Aragón. Para ello promulgó

una serie de decretos para cada uno de los territorios entre 1707 y 1714 según se ha dicho

anteriormente. Por lo tanto, en un primer momento explicaremos a nivel general que

implican esos decretos para el conjunto de la Corona de Aragón, mientras que

posteriormente nos centraremos en el Reino de Aragón.

Todos los decretos de Felipe V, publicados en 1707, 1711 y 1714, establecen la

derogación del régimen foral existente en los Reinos de Aragón y Valencia y el Principado

de Cataluña y su reducción a las leyes castellanas. Esto implicó de forma concreta cambios

en la administración central, regional y local de las tres entidades estatales citadas. En lo

que se refiere a la administración central, el Consejo de Aragón fue suprimido trasladando

sus funciones ejecutivas de gobierno y judiciales al Consejo de Castilla, de manera que el

rey gobernaría los mencionados territorios a través de esta última institución. A nivel local,

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se suprimió la relativa autonomía de los municipios aragoneses, valencianos y catalanes.

Según la nueva situación, el rey pasó a controlar directamente los ayuntamientos a través

del la instrucción del cargo de corregidor, que nombraba directamente o a través del

Consejo de Castilla, y que tenía funciones de gobierno, de juez en lo civil y criminal y de

orden público o policía en el término municipal. Por último en la administración regional,

las Cortes de Aragón, Cataluña y Valencia se eliminaron pasando a formar parte de la

jurisdicción de las Cortes de Castilla, en donde algunas ciudades de la Corona de Aragón

tuvieron derecho de asistencia. Se creó el cargo de Capital General en lugar del Virrey, el

cual poseía el mando político y militar en nombre del rey. Al mismo tiempo se

establecieron las Reales Audiencias, presididas por el Capital General e integradas por

letrados para la administración de justicia en Aragón, Cataluña y Valencia y el Real

Acuerdo, el órgano en el que el Capitán General y los letrados de la Real Audiencia

tomaban las decisiones de gobierno en cada uno de los territorios. Las antiguas

circunscripciones civiles, judiciales y administrativas se sustituyeron por los

corregimientos, los nuevos distritos en los que se ejercían de modo uniforme todos los

poderes. En lo que atañe a la cuestión económica, se implantó un nuevo sistema fiscal

propio para cada uno de los territorios, que era distinto al existente en Castilla.

En el caso del antiguo Reino de Aragón, ese sistema fiscal se llamó Única

Contribución. Consistía en un monto global que debía de pagar Aragón en materia de

impuestos, el cual se debía de distribuir, en función de la normativa jurídica, entre los

vecinos del territorio, algo que significa una parte de la población del mismo, no toda. Para

ello se realizan periódicamente catastros o censos a fin de realizar un reparto equilibrado.

Otra de las peculiaridades de los decretos relativos a Aragón, promulgados en 1707 y 1711,

fue la supresión del Justicia de Aragón, el juez que interpretaba los fueros y juzgaba los

asuntos entre el rey y los nobles. Uno de los decretos de 1707 reconocía a los partidarios de

Felipe V el mantenimiento de sus privilegios conforme los tenían antes de su llegada al

trono y al margen de la derogación general de las instituciones aragonesas. Asimismo, tras

la segunda conquista de Aragón, y con objeto de premiar a la mayoría de aragoneses que le

apoyaban, en 1711 Felipe V restaura y permite mantener los fueros de Aragón en aquellos

asuntos que afectaran a los particulares, lo que equivale a decir que no anula el derecho

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civil aragonés, todavía hoy vigente.

En conclusión, los llamados Decretos de Nueva Planta suponen la creación por vez

primera en el actual territorio español de una unidad política, jurídica y administrativa bajo

las leyes del antiguo Reino de Castilla, haciendo posible con ello la implantación del

sistema absolutista en la antigua Corona de Aragón. A nivel más particular, estos

documentos significan también el fin de Aragón como territorio independiente gobernado

con unas leyes distintas a la de los otros territorios de los que el rey aragonés también era

monarca.

BIBLIOGRAFÍA

Calvo Poyato, J., La Guerra de Sucesión, Madrid, Anaya, 1988.

Corral Lafuente, J. L. (coordinador), ¿Qué fue la Corona de Aragón?, Zaragoza,

Cortes de Aragón-El Periódico de Aragón, 2010.

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