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Universidad Bicentenaria De Aragua Facultad De Ciencia Juridica Escuela De Derecho Informática III Alumno : Jesus O. Ledezma M. C. I. V - 20.107.150

Jesus ledezma

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Universidad Bicentenaria De Aragua

Facultad De Ciencia JuridicaEscuela De Derecho

Informática III

Alumno:Jesus O. Ledezma M.C. I. V- 20.107.150

Jurisprudencia Medica

Es una ciencia basada en la

evidencia, enseña y aplica el

método galileico, utiliza el

método cartesiano,

conformando el llamado

método pericial,

recomendando: no admitir

como verdad lo que no sea

evidenciar o probado,

ordenándose de lo sencillo a lo

complejo, y enumerar no

omitiendo nada. Todo con

independencia respecto al

problema sometido a su estudio

y análisis.

También se conoce como

Medicina Legal

La medicina forense, también llamada medicina

legal, jurisprudencia médica o medicina judicial,

es una rama de la medicina que determina el

origen de las lesiones sufridas por un herido o,

especialmente, la causa de la muerte mediante el

examen de un cadáver. Estudia los aspectos

médicos derivados de la práctica diaria de los

tribunales de justicia, donde actúan como peritos.

Los Medicos legistas

Funciones y obligaciones

•Determinar que realmente la persona está muerta, para luego poder

certificar o legalizar el fallecimiento.

•Tratar de identificar a la persona: verificar si tiene documentos de

identificación personal y buscar registro de sus huellas

•Dar fe de la fecha y hora de ocurrida la tragedia.

•Ponderar las causas de la muerte: lesiones que la provocaron,

reconocimiento de las condiciones y las armas (en caso de asesinato o

suicidio) que se utilizaron para cometer el hecho.

•Investigar, certificar y legalizar la forma jurídica de la muerte, si fue

un asesinato-suicidio o si es muerte natural, indagar e informar sobre

la enfermedad que en realidad provocó el deceso.

•Interés legal. El médico legista tiene bajo su responsabilidad, la

recomendación de autopsia para que las autoridades competentes

puedan rendir un informe jurídico-judicial acabado y completo.

•Luego de llenar todos estos requisitos, tiene la obligación de

participar en todo lo que concierne a la autopsia, ya que es el único

galeno que entra en la escena, describe el escenario, la posición y

condición del o de los cuerpos y es, al fin de cuentas, el que autoriza y

ordena el levantamiento del cadáver.

Requisitos para el Ejercicio Legal de

la Medicina

De acuerdo al Artículo 2 de la ley del ejercicio

de la medicina, se entiende por ejercicio de la

medicina la prestación, por parte de

profesionales médicos, de servicios

encaminados a la conservación, fomento,

restitución de la salud y rehabilitación física o

psico- social de los individuos y de la

colectividad; la prevención, diagnóstico y

tratamiento de las enfermedades; la determinar

las causas de muerte; el peritaje y asesoramiento

médico forense así como la investigación y

docencia clínicas en seres humanos.

ElInstrusismo

Intrusismo es la incursión o

interferencia en el desarrollo del

ejercicio profesional médico

legalmente consagrado. Todo médico

tiene la obligación de combatir el

intrusismo en todos los aspectos,

denunciando ante el respectivo

Colegio de Médicos cualquier acto

destinado a explotar la credulidad y la

buena fe del público.

Cabe destacar que, para que un acto médico sea

lícito, ha de reunir tres requisitos:

1. Que sea realizado por un médico debidamente titulado (Si falta este

requisito, se produce el delito de intrusismo.

2. Que se haya obtenido el consentimiento informado del enfermo (Si

falta este requisito, puede existir un delito de coacciones o de detención

ilegal, es decir, un delito contra la libertad, y/o un delito lesiones o de

homicidio imprudente, pues considero que el consentimiento informado

y libremente formado, es un elemento delimitador del riesgo permitido

en la actividad médica.

3. Han de observarse las reglas propias de la profesión, con arreglo a las

circunstancias específicas del caso y, particularmente, a la situación

concreta en que se encuentre el profesional (De no realizarse una

actuación médica de acuerdo a la lex artis ad-hoc y de producirse por

ello un determinado resultado en contra de la salud o la vida del

paciente, estaríamos ante conductas dolosas eventual o imprudentes de

lesiones u homicidio).

Responsabilidad medica

El concepto de responsabilidad médica aparece

ya en los años 2392 a.c., cuando el código del

Rey Hamurabi dedicaba al menos nueve

artículos de los 282 de que constaba, a las faltas

y castigos para los médicos. Y así entre otros

preceptos establecía: "si un médico abre a

alguien una gran herida con el cuchillo de bronce

y lo mata, o si vacía a alguien una cavidad con el

cuchillo de bronce y le deja sin ojo, se le deberán

cortar las manos". También en este código se

encuentra el concepto más primitivo de contrato

o pacto entre médico y enfermo, donde a cambio

de la prestación del servicio de uno, el otro

quedaba obligado a pagar en monedas o

especies.

El Peritaje Medico Legal

Persona que, poseyendo

determinados conocimientos

científicos, artísticos, técnicos o

prácticos, informa, bajo

juramento, al juzgador sobre

puntos litigiosos en cuanto se

relacionan con su especial saber

o experiencia.

Perito:Es toda persona a

quien se atribuye

capacidad técnico-

científica, o practica

en una capacidad o

arte.

Peritaje:

Es la operación del especialista,

traducida en puntos concretos,

en inducciones razonadas y

operaciones emitidas, como

generalmente se dice, de acuerdo

con su “leal saber y entender”, y

en donde se llega a conclusiones

concretas.

Naturaleza Juridica:

1.No es un medio de prueba propiamente

dicho; el peritaje no es un medio de

prueba en un orden estricto, es una

operación o procedimiento utilizado

frecuentemente para complementar

algunos medios de prueba, inspección

judicial, reconocimiento, etc., y para su

valoración: declaraciones de testigos, del

ofendido y del procesado.

2.Manzini niega el carácter jurídico de la

pericia, como también se le denomina sea

un medio de prueba; considera que es un

elemento subsidiario para la valoración de

una prueba o la resolución de una duda

Clasificación perital

La peritación se clasifica por su especialidad y por la procedencia

de designación del perito.

Por su especialidad: podríandarse tantas clasificaciones de peritos,como materias fueren necesarias en elprocedimiento, por lo tanto mencionaresolo algunas como la médica,grafoscopia, dactiloscopia, pericialtécnica en medicina, grafometria,documentoscopia, etc.

Condiciones para ejercer el cargo de

perito:

El Código Orgánico Procesal

Penal en el Artículo 238,

encabezamiento lo siguiente: Los

peritos deberán poseer título en la

materia relativa al asunto sobre el

cual dictaminarán, siempre que la

ciencia, el arte u oficio estén

reglamentados. En caso contrario,

deberán designarse a personas de

reconocida experiencia en la

materia

Informe Pericial

El Código Orgánico Procesal Penal, en

su artículo 239, establece en cuanto al

informe o dictamen pericial, lo siguiente:

El dictamen pericial deberá contener, de

manera clara y precisa:

1.- el motivo por el cual se práctica.

2.-la descripción de la persona o cosa que sea objeto del

mismo, en el estado o del modo en que se halle.

3.- la relación detallada de los exámenes practicados.

4.- los resultados obtenidos y las conclusiones que se

formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los

principios o reglas de su ciencia o arte.