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Módulo 1. DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN INFANTIL AUXILIAR EN ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA DE MENORES Legislación y normativa sobre la infancia

Legislación y normativa sobre la infancia

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Módulo 1. DIDÁCTICA DE LA

EDUCACIÓN INFANTIL

AUXILIAR EN ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA DE

MENORES

Legislación y normativa sobre la infancia

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DERECHOS DEL NIÑO Y NIÑA

• A la vida.• A la salud.• Al descanso, el esparcimiento, el juego, la creatividad y las actividades

recreativas.• A la libertad de expresión y a compartir sus puntos de vista con otros.• A un nombre y una nacionalidad.• A una familia.• A la protección durante los conflictos armados.• A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.• A la protección contra el descuido o trato negligente.• A la protección contra el trabajo infantil y contra la explotación económica en

general.• A la educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas

elementales.• A la protección contra toda clase de explotación y/o abuso sexual.

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Terminología legal

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Convenio: como los acuerdos internacionales promovidos por la Organización Internacional del trabajo (OIT). La OIT es un organismo de la Naciones unidas especializado en los derechos y las condiciones laborales, en la que participan representaciones de los gobiernos, de los empresarios y de los trabajadores.

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Protocolo: es el documento o texto internacional en el que se recogen un conjunto de postulados, planes de actuación, procedimientos, etc. Así como las reglas de intervención y seguimiento, que de forma precisa y detallada se deben observar, regular y aplicar mediante las proposiciones legislativas respectivas, por parte de los estados firmantes del dicho protocolo.

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Ratificación o la adhesión: son dos términos sinónimos y constituyen la aprobación de un tratado o convención por parte de los organismos competentes.

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Convención: trata de un acuerdo entre estados, por lo que tiene fuerza jurídica y es de obligado cumplimiento por parte de los estados que lo han ratificado. Pacto o tratado son dos términos sinónimos de convención en el sentido que se tratan de acuerdos vinculantes entre estados.

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Declaración: aquel documento que detalla una serie de derechos pero que no implica ningún compromiso por parte de los estados, es decir que no es un documento jurídicamente vinculante.

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Recomendaciones: son textos internacionales que están desprovistos de obligación, mientras que las resoluciones son textos votados por un organismo internacional.

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DECLARACIÓN DE SUS DERECHOS

El 16 de septiembre de 1924, la Liga de las Naciones aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (también llamada la Declaración de Ginebra), el primer tratado internacional sobre los Derechos de los Niños, basado en el trabajo del médico polaco Janusz Korczak.

La Declaración de los Derechos del niño elaboradas por Save theChildren, fundada por Eglantyne Jebb en 1925. El documento original, en los archivos de la ciudad de Ginebra, lleva la firma de varios delegados internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb, Janusz Korczak, y GustaveAdor, ex presidente de la Confederación Suiza. ] adoptó una versión ligeramente enmendada en 1946 y la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una versión expandida como su propia Declaración de los Derechos del Niño, el 20 de noviembre de 1959.

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LA DECLARACION DE GINEBRA (1924)

Se fundamenta en cinco principios:

1. El derecho al desarrollo moral, físico y mental.2. El principio referido a la alimentación de los niños

hambrientos.3. El principio referido al cuidado de niños que sufren

enfermedades.4. El principio referido al cuidado de niños que han sido

marginados y5. El principio referido al cuidado de niños abandonados o

huérfanos.

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LA DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO (1959)

Esta declaración, cuyo objetivo principal era la consecución del bienestar del niño, desarrollaba el contenido de la anterior en 10 principios:1. La igualdad.2. El superior interés del niño.3. La identidad y la nacionalidad.4. La salud y la seguridad social.5. El tratamiento especial a los impedidos o a los disminuidos.6. El desarrollo del ámbito familiar.7. La educación.8. La preferencia en caso de desastre.9. La prohibición de la explotación.10. La protección contra la discriminación.

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Los artículos de la declaración de los derechos del niño son:Artículo 1: el niño disfrutara de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones.Artículo 2: el niño gozara de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.Artículo 3: el niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.Artículo 4: el niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena saludArtículo 5: el niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y cuidado especial que requiere su caso particular.

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Artículo 6: el niño para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad necesita amor y comprensión.Artículo 7: el niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.Artículo 8: el niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.Artículo 9: el niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.Artículo 10: el niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.

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Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña

La Convención sobre los Derechos del Niño(CIDN) es un tratado internacional de las Naciones Unidas por el que los estados parte acatan los derechos del niño. La convención está compuesta por 54 artículos que consagran el derecho a la protección de la sociedad y el gobierno, el derecho de los menores de 18 años a desarrollarse en medios seguros y a participar activamente en la sociedad. La CDN reconoce a los niños como sujetos de derecho, pero convierte a los adultos en sujetos de responsabilidades. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.

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Convención sobre los Derechos del NiñoAdoptada y abierta a la firma y

ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25,

de 20 de noviembre de 1989Entrada en vigor: 2 de septiembre de

1990, de conformidad con el artículo 49

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¿Sabes que dos estados son los únicos que no han firmado la CDN?

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¿Sabes que dos estados son los únicos que no han firmado la CDN?

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Pese a todo, millones de niños y niñas son víctimas de violaciones de los Derechos Humanos en general y de los Derechos del Niño en particular, como reflejan las cifras de las Naciones Unidas:

• Más de 1 millón de niños y niñas en conflicto con la ley se encuentran en centros de detención. En algunos países (como Pakistán, Yemen, Arabia Saudí, Irán, Nigeria, Sudán, Filipinas, China, República Democrática del Congo), se aplica la pena de muerte a los menores de edad.• 1,2 millones de niños y niñas todos los años son víctimas del tráfico de seres humanos con destino a la explotación laboral y sexual.• 300.000 niños y niñas han sido reclutados por grupos armados y fuerzas gubernamentales en 20 conflictos en todo el mundo.• Cada año, alrededor de 2 millones de niñas corren el riesgo de sufrir mutilación genital en diferentes países del mundo. Hasta la fecha, entre 100 y 130 millones de mujeres y niñas han sufrido mutilación genital.

(Fuente: Amnistía Internacional)

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Organismos internacionales relacionados con la infancia:

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UNESCO: (United Nations EducationalScientific and Cultural Organization). La UNESCO tiene como objetivo último la contribución a la paz y a la seguridad, promoviendo la colaboración entre naciones, mediante la educación, la ciencia y la cultura.

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UNICEF (United Nations International Children’s Emergency Fund). Se creó mediante una resolución de la asamblea de la Organización de las Naciones Unidas en 1946 para atender a los niños europeos. En 1953 adquiere carácter permanente y cambia de nombre a fondo de las naciones unidas.

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La OMEP (Organisation Mondiale pour l`Education Prescolaire). Esta organización se creó en Praga en 1948 después de la Segunda Guerra Mundial a partir de la UNESCO. Asimismo coopera y mantiene contactos con otras organizaciones tales como: la UNICEF, en temas relacionados con la salud infantil y con otras asociaciones como la ACEI (Association forChilhood Internacional), la ECOSOC (Consejo Económico Social de las naciones Unidas), etc. En temas relacionadas con la defensa del bienestar del niño. La OMEP trabaja en todo lo concerniente a la problemática de la primera infancia.Existen otros organismos que recogen en parte los derechos del niño. Uno de ellos es la OMS (Organización Mundial de la Salud), que defiende la salud como bienestar físico, psíquico y social. La OCDE también se ha interesado por algunas cuestiones vinculadas a la infancia.

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Y también…

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MARCO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA EN ESPAÑA

La actuación del gobierno y las administraciones respecto a la atención a la infancia, está sujeto a dos grandes ejes:

•Por una parte como estado que ha ratificado la convención y está sujeto a una serie de principios.

•Por otra parte, cualquier actuación deberá circunscribirse en el marco de la constitución y desplegado a través de la pertinentes actuaciones legislativas.

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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

La constitución española publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de diciembre de 1978, define los parámetros que actualmente han de ser observados como garantía de libertad, justicia y bienestar.

Título 1: derechos y deberes fundamentales.

Capítulo 2: discriminados por razón de raza, sexo, nacimiento, religión, opinión o cualquier otra condición.

Artículo 27: derechos a la educación y se reconoce la libertad de enseñanza.Artículo 39: instaura la protección a la familia, protección social, económica y jurídica.Artículo 49: poderes públicos, prevención, rehabilitación e integración.De la constitución española leyes: la protección jurídica del menor, la responsabilidad penal de los menores, la ordenación del sistema educativo y el sistema sanitario.

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PROTECCIÓN JURIDICA DEL MENOR

Patria potestad o potestad. Es la obligación que tiene el padre y la madre de dotar de protección y asistencia a sus hijos mientras sean menores.

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PROTECCIÓN JURIDICA DEL MENOR

Emancipado: cuando el joven se desprende de la patria potestad, esto se produce con la mayoría de la edad. El derecho español permite al menor emanciparse a través de los siguientes mecanismos: por matrimonio o si en mayor de dieciséis años por concesión paterna o por decisión judicial.

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PROTECCIÓN JURIDICA DEL MENOR

Tutela: es el poder otorgado por la ley a personas determinadas, que tiene como objetivo la protección y defensa de los menores de edad, huérfanos, incapacitados y de su matrimonio.

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PROTECCIÓN JURIDICA DEL MENOR

Guarda: es una situación temporal de acogimiento de un menor desamparado. En estos casos el menor puede ser atendido a través de acogimiento simple en una familia o una institución. La guarda la ejercen las personas que forman la familia o el director del centro residencial.

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PROTECCIÓN JURIDICA DEL MENOR

Acogimiento familiar: es la figura que otorga la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar con carácter temporal. Su finalidad es integrar al menor en una vida familiar que complemente temporalmente a la suya natural.

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En el ámbito de la protección

Ley orgánica 11/1999, de 30 de abril. Referente a la regulación de los delitos en materia sexual.Ley orgánica 14/1999, de 9 de junio, en materia de protección a las víctimas de malos tratos.

Responsabilidad penal de los menoresLey orgánica 4/1992, del 5 de junio Reguladora de la competencia y el procedimiento de los juzgados de menores. En 1995 se aprobó un código penal adulto.Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero Reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

PROTECCIÓN JURIDICA DEL MENOR

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Atención socioeducativa de menores

Taller de EmpleoGines (Sevilla)

2013

@gorkafm

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