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LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 1 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES BARRANCABERMEJA PRESENTACION El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES, es el producto de un proceso de construcción democrático institucional desde las aulas con el proyecto de los pactos de aula, entre alumnos y docentes avalados por los padres de familia, contando con la asesoría del Ministerio de Educación Nacional (MEN) desde su visión de Democratización de la Institución Educativa (1999), actualizado y fortalecido por la Ley 1098 de 2006 (ley de Infancia y adolescencia), ley 1620 de 2013 ("por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"), decreto reglamentario 1965 de 2013 y ley 115 de 1994. El Manual de Convivencia, es un documento institucional y de ley que rige las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa presentando de una manera sistemática los principios y valores que guían la formación integral de los estudiantes. Es un instrumento de conciliación y orientación para la solución de problemas académicos y de comportamiento con todos los miembros de la comunidad educativa a la vez una guía que orienta el ejercicio de las libertades, derechos y responsabilidades de los mismos. ADOPCION RECTORAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA El presente Manual se adopta como único, para hacerse cumplir en la INSTITUCION EDUCATIVA LOS LAURELES y en todas las sedes, creadas mediante la resolución 295 del 10 de septiembre de 2003 y la resolución 0591 de mayo 30 de 2007 a saber: 1. SEDE LOS LAURELES 2. SEDE CAMPO45 3. SEDECAMPO 38 4. SEDE TIERRADENTRO 5. SEDE CAMPO 5 6. SEDE CAMPO 6 7. SEDE LA FOREST 8. SEDE VARASANTA

Manual de convivencia laureles comunitario

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES

BARRANCABERMEJA

PRESENTACION

El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES, es el producto de un proceso de construcción democrático

institucional desde las aulas con el proyecto de los pactos de aula, entre alumnos

y docentes avalados por los padres de familia, contando con la asesoría del Ministerio de Educación Nacional (MEN) desde su visión de Democratización de

la Institución Educativa (1999), actualizado y fortalecido por la Ley 1098 de 2006 (ley de Infancia y adolescencia), ley 1620 de 2013 ("por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos

humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"), decreto reglamentario 1965 de 2013 y ley 115 de 1994.

El Manual de Convivencia, es un documento institucional y de ley que rige las

relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa presentando de una

manera sistemática los principios y valores que guían la formación integral de los estudiantes. Es un instrumento de conciliación y orientación para la solución de

problemas académicos y de comportamiento con todos los miembros de la comunidad educativa a la vez una guía que orienta el ejercicio de las libertades, derechos y responsabilidades de los mismos.

ADOPCION RECTORAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

El presente Manual se adopta como único, para hacerse cumplir en la INSTITUCION EDUCATIVA LOS LAURELES y en todas las sedes, creadas

mediante la resolución 295 del 10 de septiembre de 2003 y la resolución 0591 de mayo 30 de 2007 a saber:

1. SEDE LOS LAURELES 2. SEDE CAMPO45 3. SEDECAMPO 38

4. SEDE TIERRADENTRO 5. SEDE CAMPO 5

6. SEDE CAMPO 6 7. SEDE LA FOREST 8. SEDE VARASANTA

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1. Hacer los ajustes pertinentes con la participación de toda la comunidad

educativa al manual de convivencia de la Institución Educativa Los Laureles–

Barrancabermeja.

2. Adoptar los ajustes del presente manual de convivencia como mediador que

regirá las relaciones de todos los miembros de nuestra comunidad educativa.

3. Dar a conocer las modificaciones hechas al manual de convivencia a todos los

miembros de la comunidad educativa para su apropiación y cumplimiento.

4. Derogar el anterior manual de convivencia y sus modificaciones, vigentes hasta

la fecha.

5. Consignar en un cuadernillo el manual de convivencia con las modificaciones

acordadas y entregarlo a la comunidad Educativa.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Barrancabermeja, a los 17 días de enero de 2018

La rectora,

__________________________

Rectora

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SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

EL ESCUDO

Figura heráldicas: Virtud y ciencia y el otro de azul

Símbolos: Estrellas, círculos, machin, libros, divisiones

Colores: El azul simboliza los humedales y nacimientos del medio ambiente, amarillo y negro: bandera de bca.

LA BANDERA SIGNIFICADO

Foto

La bandera de la Institución Educativa Los Laureles es de color verde

símbolo de la naturaleza y la esperanza; las estrellas simbolizan cada una de las sedes de la institución.

Carné: es el documento oficial que identifica a los estudiantes y al personal de la Institución Educativa Los Laureles, como miembros activos y

participativos de la comunidad educativa. Se recibe al iniciar el año lectivo y se debe portar permanentemente para poder utilizar los diferentes servicios

que presta la institución y/o beneficios del estado. El carné se constituye en la carta de identidad para cada uno de sus miembros.

UNIFORMES:

Fotos diario, educación física y gala: El uniforme es signo de respeto, orden

y elegancia, se debe portar con dignidad, pulcritud y sencillez.

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1. MARCO LEGAL

Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 del 2006, modificada por el art. 36, Decreto Nacional 126 de 2010, tiene por finalidad garantizar a los niños, a las

niñas y a los adolescentes (NNA) pleno y armonioso desarrollo para que crezcan

en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana,

sin discriminación alguna, tiene como objetivo establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los

instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será

obligación de la familia, la sociedad y el Estado. Así mismo la ley 1620 del 15 de marzo del 2013, tiene por objeto contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa,

pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación-Ley 115 de 1994- mediante la creación del sistema

nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la Prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos

humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media. Con esta ley el gobierno logra crear mecanismos

de prevención, protección, detención temprana y de denuncia de aquellas conductas que atentan contra la convivencia como lo son la violencia, la deserción escolar, el embarazo en la adolescencia, entre otros.

En este contexto, el sistema nacional de convivencia escolar promueve principios

como la participación, la corresponsabilidad, la autonomía, la diversidad y la integralidad; reconoce los NNA como sujetos de derechos y a la comunidad

educativa como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos. 2. MARCO CONCEPTUAL

2.1. Violencia escolar: se define como una acción u omisión intencional, en forma

física, verbal, escrita, social o psicológica, o a través de algún medio tecnológico o

cibernético en contra de cualquier integrante de la Institución Educativa. Esta puede ir dirigida hacia estudiantes, profesores, o a la planta física. Estos actos

tienen lugar en instalaciones escolares (aula, patio, baños, pasillos, cambios de clase, etc.), en los alrededores de la institución y en las actividades extraescolares.

2.1.1. Tipos de violencia escolar

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La violencia tiene diversas formas de manifestarse que dependerán en gran medida de la situación en que se presente:

Física: Incluye patadas, empujones, golpes con las manos, escupir, mordiscos y

cualquier agresión que atente contra la integridad corporal de la persona así como

acciones humillantes como bajar los pantalones, jalar la ropa, tirarlos a los botes de basura, entre otros. Es el tipo de violencia más conocida y es fácil de detectar.

Verbal: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto

físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad

del habla o de la conducta.

Social: Es una forma de discriminación grupal fomentada por el agresor hacia la

víctima. Se puede manifestar ignorando al NNA acosado, negándole el saludo, aislándolo o generando rumores que afecten su imagen.

Psicológico: Se refiere al acecho, a los gestos de desagrado, desprecios o

agresividad dirigidos a la víctima”.

Escrita: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto

físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad del habla o de la conducta por medio escrito a través de las redes sociales o cartas.

2.2. Artículo 39 (decreto 1965). Definiciones. Para efectos del presente decreto

se entiende por:

1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una

incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los

conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que

afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de

cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la

comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión

escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

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a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al

cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar,

humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas

y amenazas.

c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar,

humillar, atemorizar o descalificar a otros.

d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las

relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen

que tiene la persona frente a otros.

e. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a

otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos

sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la

identidad de quien los envía.

3. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013,

es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento

deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un NNA por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder

asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su

entorno.

3.1. Factores de riesgo.

a. Conflictos familiares: se refieren a todos los conflictos dentro del sistema

familiar: entre padres, entre progenitor e hijo y entre hermanos.

b. La disciplina parental: Relación que existe entre una disciplina dura, punitiva e

incoherente y el comportamiento infantil agresivo y violento.

c. El bullying no sólo tiene consecuencias negativas para las víctimas sino para

todos los participantes en general.

Entre los efectos que el acoso produce en las víctimas se encuentra el deterioro de la autoestima, ansiedad, depresión, fobia escolar e intentos de suicidio, con

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repercusiones negativas en el desarrollo de la personalidad, la socialización y la

salud mental en general.

Es para quien puede tener consecuencias más drásticas, dado que, su situación, puede terminar en: FRACASO ESCOLAR (inclusive en los buenos estudiantes)

3.2. Consecuencias más notables para el agredido:

a) Sentimiento de desprotección y humillación.

b) Fobias al colegio, y a todo el entorno escolar.

c) Actitud de aislamiento.

d) Altísimos estados de ansiedad.

e) Cuadros depresivos, facilitadores de la inhibición escolar.

f) Aparición de neurosis e histerias.

g) Imágenes negativas de sí mismos.

h) Reacciones agresivas, que pueden adoptar la forma de intentos de suicidio

3.3. Entornos directos

Los participantes de toda situación de Acoso Escolar son básicamente tres: los acosadores, la víctima y los espectadores. Se trata del denominado "Triángulo del

Bullying".

4. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley

1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos

online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

5. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146

de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes (NNA) todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre una NNA,

utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

6. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda

situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los NNA

7. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el

conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan

para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de

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su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido

vulnerados.

8. Competencia Ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define

como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actué de

manera constructiva en una sociedad democrática.

9. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: E s aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse

como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con

la cual desarrollaran competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin

de alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la

transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables.

10. Formación Integral: Es la manera de educar en la cual se actúa con la

finalidad de formar a la persona en todas sus dimensiones y conforme a todas las

necesidades que tiene como ser humano.

11. Honestidad: Obrar con autenticidad y sinceridad en todo momento y

circunstancia. Ser verídico y transparente en todas las acciones que realiza.

12. Moral: Conjunto de costumbres, creencias, valores y normas de una persona

o grupo social determinado que ofician de guía para el obrar.

13. Maltrato infantil: Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o

psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación, incluidos los actos sexuales abusivos y el abuso sexual y en general toda forma de

violencia o agresión sobre el NNA por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona (Ley 1098/06).

14. Corresponsabilidad: Para los efectos del código de infancia y adolescencia,

se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones

conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los NNA. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección.

15. Responsabilidad parental: Complemento de la patria potestad establecida en

la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado,

acompañamiento y crianza de los NNA durante su proceso de formación.

16. Sistema de responsabilidad penal para adolescentes: La Ley 1098 de

2006, o “Código de la Infancia y la Adolescencia”, consagra en su Libro Segundo el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) como el conjunto

de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y

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entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de

delitos cometidos por personas que tengan entre 14 años y 18 años al momento de cometer el hecho punible. La finalidad del SRPA en el desarrollo del proceso y

en las decisiones sancionatorias adoptadas es de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos, garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño causado a la víctima. Así mismo,

contempla la Protección Integral como principio para el tratamiento de los NNA con el fin de direccionar la acción y gestión Estatal (Ley 1098 de 2006).

17. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia,

de la sociedad y del Estado, formar a los Presencia de señales de riesgo en NNA

en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido

pedagógico. 18. Niño o niña o adolescente: Para efectos de la ley de Infancia y Adolescencia

se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y 12 años y por adolescente la persona entre 12 y 18 años de edad.

19. Justicia restaurativa: Plantea la importancia de la reconciliación entre la

persona ofendida y la ofensora como una necesidad social. Se caracteriza por

centrarse en el futuro más que en el pasado , la garantía de la no repetición, y la implementación de estrategias de participación de la comunidad como el diálogo

directo, la cultura del perdón y la reparación del daño causado (Uprimny & Saffón, 2005) citados en la Guía No.49, pág. 54)

19. Delito: Es toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal

colombiana. Para que ésta se considere tal, debe contener una norma y una sanción. (Código Penal Colombiano). Toda aquella conducta (acción u omisión)

contraria al ordenamiento jurídico que tiene asignada una sanción, la misma que debe ser típica, antijurídica y culpable.

3. MISION

Formar seres integrales, emprendedores, competentes y autónomos con capacidad de liderar procesos de cambio basados en la espiritualidad y el

conocimiento de valores éticos y morales que potencialicen el desarrollo personal, familiar y social.

4. VISION

En el 2026 la institución será reconocida a nivel local como el mejor

establecimiento formador con énfasis agroindustrial apoyado en avances tecnológicos e innovadores acordes a las necesidades del entorno, con un

recurso humano comprometido en generar humano comprometido en generar ciudadanos, críticos y visionarios.

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5. FILOSOFIA

Fundamentada en una concepción humanística, cristiana con valores éticos,

morales y espirituales basado en el respeto de los derechos humanos.

6. OBJETIVO GENERAL

Lograr la convivencia armónica y equitativa entre los miembros de la comunidad educativa, el cumplimiento de los planes, programas, horario y demás actividades

curriculares de la Institución Educativa.

6.1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Promover, garantizar y defender los Derechos Humanos, sexuales y

reproductivos de los estudiantes. Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes

pactadas por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que lo conforman.

Fortalecer los procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.

Establecer un marco legal de derechos y deberes, estímulos, acciones formativas y protocolos de atención.

Fijar criterios de respeto, valoración y compromiso de los estamentos fuera y

dentro de la institución. Conocer con claridad los deberes, derechos, acciones formativas y protocolos

de atención de la comunidad educativa. Rescatar el sentido de pertenencia de las sedes que conforman la Institución

Educativa Los Laureles.

7. PERFILES LAURELINOS

7.1. El Directivo

El Directivo Docente debe caracterizarse así:

a. Su integridad, espiritualidad, cumplimiento y responsabilidad como modelo ejemplar ante la comunidad.

b. Capacidad de liderazgo y competitividad para hacer cumplir normas, principios

y deberes del proyecto educativo institucional. c. Capacidad de escucha, orientación, dirección y administración del proceso

educativo. 7.2. EL DOCENTE:

El Docente debe caracterizarse por:

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a. Defender y ser promotor de los derechos humanos, sexuales y reproductivos

de los NNA. b. Ser persona idónea con gran sentido de pertenecía y responsabilidad.

c. Poseer sensibilidad en su labor con los estudiantes y la comunidad donde se desempeñe.

d. Su formación en valores cristianos, éticos y morales.

e. Ser creativo, critico, investigativo y comunicativo. f. Mantener interés por los avances científicos y tecnológicos.

g. Descubrir, motivar y cultivar el talento de sus estudiantes. h. Generar ambiente de respeto, armonía y tranquilidad con todos los miembros

de la comunidad educativa.

i. Construir el presente, visionando el futuro del nuevo milenio.

7.3. PERFIL DEL ESTUDIANTE

Nuestra Institución Educativa forma estudiantes responsables, respetuosos y tolerantes, basados en valores cristianos, de sanas costumbres y

comportamientos éticos, para desempeñarse como personas de bien en el ambiente familiar, educativo, social y cultural de la comunidad. Se desarrolla en el estudiante su capacidad investigativa, analítica, critica y reflexiva que le permita

crear, innovar y transformar su entorno.

7.4. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS (Cafetería, vigilancia,

aseo, restaurante)

Son las personas que hacen parte de la Institución Educativa nombradas por agentes externos del sector educativo, para el desarrollo de funciones específicas en un área o servicio, con el fin de prestar un excelente servicio a la Institución.

Deben caracterizarse por:

a. Tener excelentes relaciones interpersonales, enmarcadas en la cordialidad y el respeto por el otro, utilizar un lenguaje prudente, respetuoso y honesto.

b. Poseer sensibilidad en su labor con los estudiantes y la comunidad donde se desempeñe.

c. Generar ambiente de respeto, armonía y tranquilidad con todos los miembros

de la comunidad educativa.

8. FINES DE LA EDUCACIÓN

a. El desarrollo libre de la personalidad.

b. La formación, el respeto a la vida y a los derechos humanos. c. Formación para participar en la toma de decisiones. d. Formación en el respeto a la ley, a la patria y a la cultura nacional.

e. La adquisición de conocimientos científicos, técnicos y humanísticos. f. Comprensión de la diversidad étnica y cultural, nacional y local.

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g. Acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica la cultura y la investigación.

h. Fomento al respeto de la soberanía. i. Desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica.

j. Conciencia de conservación del medio ambiente. k. Formar para el trabajo. l. Formar para conservar la salud e higiene.

m. Formar personas para la sociedad, autónomas, creativas e investigativas dispuestas al cambio.

9. DISPOSICIONES GENERALES

9.1. PROCESO DE ADMISIONES ESTUDIANTES

a. Para obtener la orden de matrícula estudiantes nuevos y antiguos: el padre,

madre de familia o en su defecto acudiente debe entregar autorización

autenticada por notaria del padre o madre a cargo del estudiante, quien será el acudiente del estudiante, debe presentarse con el niño en la fecha señalada

y en horarios de oficina de la institución, para asumir formalmente la responsabilidad que como padres o acudiente le compete la educación de sus hijos.

b. Los estudiantes para grado preescolar debe cumplir con el rango mínimo de edad de 5 años.

c. Todo estudiante de nuevo ingreso debe tener entrevista con el coordinador académico y de disciplina y/o rectora acompañado de su acudiente, para evaluar aspecto académicos y/o disciplinarios y ser inducido a la institución.

d. Aprobada la admisión académica y/o disciplinaria se procederá a entrevista con Orientación escolar.

9.2. REQUISITOS DE MATRICULA

9.2.1. Alumnos nuevo ingreso

Registro civil Legible

Fotocopia de la tarjeta identidad (a partir de los 7 años) y/o cédula para mayores de 18 años.

Fotocopia del carné de vacunas (Hasta los 7 años)

Presentar paz y salvo de libros, bienes escolares del colegio anterior

Certificado de estudio original del año anterior para primaria y bachillerato desde 5º de primaria.

Copia con firma original de observador académico del alumno.

Informe y/o diagnóstico previo de alguna condición especial del estudiante, (comportamental, salud o cognitiva).

Presentar la documentación requerida legible, en una carpeta con gancho

legajado.

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Los estudiantes procedentes de una de las sedes de la Institución Educativa

Los Laureles, deben presentar su carpeta con cada uno de los documentos.

Fotocopia del SISBEN actualizado

Certificado de la EPS vigente

Tres fotografías para documento

Los estudiantes desplazados deben informar, fecha y lugar de desplazamiento.

Haber sido oficialmente admitidos. 9.3. RENOVACIÓN DE MATRÍCULA

a. Se procederá a la verificación de los compromisos de acompañamiento

familiar, académicos, normativos y de convivencia del año que finaliza para la ubicación del grado respectivo y/o negación de dicha renovación.

b. Actualización de datos y/o documentos. c. Fotocopia del SISBEN actualizado d. Certificado de la EPS vigente

e. Boletín del último periodo a la fecha de la matricula f. Copia de la Tarjeta de identidad si cumplió los 7 años y/o cédula si cumplió los

18 años de edad.

Nota: Al matricularse el estudiante, padre de familia, o acudiente se compromete

mediante firma de acta de matrícula, a respetar y cumplir con las normas y disposiciones establecidas en el manual de convivencia escolar, y responder por los daños ocasionadas tanto en la institución como en los bienes de la misma.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Derechos de los Estudiantes

1. Recibir educación basada en valores y principios. 2. Ser tratado con respeto, sin discriminación de raza, religión, idioma, sexo o

edad. 3. Ser partícipes de los diferentes cambios y avances tecnológicos así como de

las diversas metodologías e innovaciones pedagógicas que intervienen en el

proceso educativo. 4. Conocer oportunamente los resultados de logros y dificultades mediante

observaciones, anotaciones de comportamiento y valoraciones registradas en el boletín informativo.

5. Convivir en un ambiente escolar sano y agradable en el cual se le permita

desarrollar capacidades. 6. Ser estimulado en los aciertos y orientados en las dificultades.

7. Participar en las actividades conducentes al conocimiento, respeto, conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

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8. A ser orientado en las normas y principios (Manual de Convivencia)

establecidos por la institución para facilitar la adecuada convivencia.

Deberes de los Estudiantes

1. Asumir los compromisos adquiridos al firmar la matrícula.

2. Presentarse puntualmente en forma debida a las clases y a todas las actividades académicas y extracurriculares programadas por la Institución.

3. Llevar el uniforme exclusivamente dentro de la jornada escolar y abstenerse de usarlo fuera de ella.

4. Portar adecuadamente el uniforme de forma sencilla, pulcra, ordenada dentro y

fuera de la institución educativa. 5. Portar el carné que lo identifica como miembro activo de la institución y

utilizarlo para los servicios que lo requiera. 6. Asumir el perfil LAURELINO, en la vivencia de la filosofía y en la participación

activa de la vida Institucional.

7. Respetar y valorar los símbolos patrios como expresión de pertenencia, identidad y amor a la patria.

8. Participar con alegría y entusiasmo en los eventos deportivos y culturales, evitando la violencia física y verbal.

9. Evitar portar elementos que distraigan o interrumpan las actividades educativas

dentro de la institución. 10. Evitar portar armas u otros materiales que atenten contra la integridad

personal y de sus compañeros. 11. Abstenerse de demostraciones de relaciones amorosas dentro de la institución

educativa.

12. Valorar y cuidar las pertenencias y bienes de los compañeros, del personal y de la Institución en general.

13. Entregar al director de grupo o coordinador los objetos, pertenencias y dinero extraviado; y en circunstancias especiales, permitir el control del contenido del bolso o morral.

14. Presentar la autorización por escrito de los padres o acudiente, para hacer parte de un grupo deportivo, cultural, o lúdico, y para retirarse, hacer lo mismo.

15. Seguir el conducto regular para la solución de dificultades e inquietudes personales o grupales tanto académicas como de comportamientos sociales.

16. Corregir las actitudes según las observaciones y sugerencias que se le hagan

en el observador y personalmente. 17. Respetar y tolerar la opinión del otro. Aceptar y respetar el consenso en la

toma de las decisiones. 18. Presentar a tiempo excusas, autorizaciones, permisos, y solicitudes por escrito

de manera pulcra y respetuosa y debidamente firmada por los padres.

19. Diligenciar el debido permiso, con la autorización por escrito por parte de los padres o acudientes, en coordinación, para ausentarse de la Institución antes

de finalizar la jornada escolar.

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20. Respetar su integridad y la de sus compañeros, asumiendo comportamientos

que defienda la vida y la dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

21. Dar uso adecuado a parlantes, tablets, celulares, MP3, Ipod, Smartphone, computador, y otros elementos, cumpliendo la norma con relación a lugares y tiempos que señala la Institución.

22. Responder por los daños ocasionados voluntaria e involuntariamente a los bienes del colegio, de sus compañeros, docentes o personal de la Institución.

23. Representar dignamente a la Institución en encuentros deportivos, culturales y académicos, usando adecuadamente sus uniformes y distintivos propios.

24. Conocer y cumplir en forma responsable las normas contenidas en el manual

de convivencia escolar. 25. Colaborar con el orden y limpieza del salón de clase y de la Institución en

general. 26. Actuar con honestidad y rectitud evitando el fraude, la compra de trabajos,

alteraciones y suplantaciones de firmas, notas, excusa, permisos, talleres e

informes. 27. Justificar debidamente la ausencia a clase estando en la institución.

28. Asistir con regularidad y puntualidad a las actividades diarias de índole escolar y extraescolar.

29. Cumplir con la totalidad de sus tareas e interesarse por obtener los logros

académicos y superar las dificultades. 30. Comportarse debidamente dentro y fuera del plantel y cuidar de su

presentación personal. 31. Dar un trato respetuoso a sus compañeros y superiores y especial a los más

pequeños, sin emplear malas palabras, apodos u ofender de palabras o

acción, utilizando el diálogo en la solución de problemas presentados. 32. Cumplir y colaborar con las actividades asignadas en la escuela en pro del

bienestar general.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Los padres de familia o acudientes de los estudiantes, mediante la firma personal

del contrato de matrícula, adquieren un compromiso con la Institución, razón por la cual los Padres de Familia están sujetos a derechos y deberes.

Como padres de familia, son parte fundamental en el proceso de formación de sus hijos. Son quienes libremente escogen la Institución que les ayudará a complementar la formación que iniciaron en el hogar; por ello, la comunicación

debe ser permanente para que entre unos y otros se logren los resultados que se buscan de una manera eficaz.

Nota: En el caso de padres separados, el padre de familia que tiene la custodia del estudiante, prevalece ante la persona que matriculo al estudiante. Es necesaria la

tenencia del documento actualizado para poder apelar a sus derechos.

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Así mismo en el caso que sea el ICBF o Comisaria de familia, quien tenga al

estudiante por restitución de derechos, prevalece ante la persona que matriculo al estudiante. Es necesaria que dicha institución o persona sustituta a cargo presente

la tenencia del documento actualizado para entregarle la documentación e información del estudiante.

Derechos de los Padres de Familia

1. Conocer y cumplir las normas establecidas en el manual de convivencia escolar.

2. Recibir un trato digno sin discriminación de raza, sexo, religión, o condición

social. 3. Ser escuchados y expresar opiniones frente a los diferentes proyectos

programas que se desarrollen en el plantel, así como manifestar sus inconformidades en forma respetuosa y siguiendo los conductos regulares.

4. Recibir información oportuna sobre los procesos y los resultados en logros,

dificultades y comportamiento de sus hijos. 5. Participar y vincularse activamente en todas las actividades programadas

en el plantel. 6. Tener acceso a la Orientación Escolar. 7. Aportar a la solución de problemas y dificultades en el proceso formativo

de sus hijos, acorde al Manual de Convivencia. 8. Recibir apoyo en los procesos formativos de sus hijos, mediante asesorías

y talleres dados en los diferentes programas implementados en la Institución.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

1. Desarrollar oportunamente el proceso de matrícula según los requisitos y normas estipuladas.

2. Leer y analizar el manual de convivencia escolar. 3. Apropiarse de manera responsable en los proyectos participando

activamente en las actividades aprobadas con anterioridad.

4. Responsabilizarse de la buena presentación de sus hijos, la llegada puntual, la asistencia y cumplimiento de sus obligaciones.

5. Asistir puntual y obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la Institución educativa y, atender a las citaciones que realicen los diferentes estamentos, de lo contrario, justificar oportunamente y por escrito, las

causas que le impida su asistencia. 6. Brindar aportes, sugerencias y acciones que permitan el mejoramiento y

buen desarrollo de la institución. 7. Acompañar adecuadamente el proceso de formación integral y velar por el

cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, dentro y fuera de

la Institución, como primeros educadores, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

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8. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades de la

Institución Educativa, las irregularidades de que tenga conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, conducta suicida,

tráfico o consumo de sustancias psicoactivas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

9. Responder por los daños que su hijo(a) haya ocasionado contra algún bien

de la institución. 10. Informar por escrito el retiro o ausencia de su hijo(a) durante la jornada

escolar. 11. Dirigirse de manera cordial y respetuosa a cualquier miembro de la

Institución Educativa, sea de forma verbal o escrita y respetar siempre el

conducto regular. 12. Hacer llegar a la Institución las incapacidades – certificaciones médicas o

carta explicativa de la calamidad domestica con el soporte respectivo en caso de inasistencia de su hijo.

13. Proveer a sus hijos de los uniformes, útiles y materiales necesarios para el

proceso académico. Teniendo presente los recursos de familias en acción para su sustento.

14. Autorizar a la Institución educativa Los Laureles la posibilidad de utilizar fotografías o imágenes de sus hijos, para los diferentes medios de comunicación, preservando el respeto y el buen nombre de ellos.

15. Vigilar el aseo personal de los estudiantes, para prevenir enfermedades: Se recomienda que duerma por lo menos 8 horas diarias, baño diario,

cepillado de dientes tres veces al día, corta las uñas, cabello y revisarles para la prevención de la pediculosis.

16. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen

confianza, escucha, ternura, cuidado y protección de si y de su entorno físico, social y ambiental.

17. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de

vida saludable. 18. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las

instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional. 19. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de

convencía y responder cuando su hijo incumpla en alguna de las normas

allí definidas. 20. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso

de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia.

21. Acudir a la Institución con buena presentación personal. (No se permite la entrada en chanclas, chores o minifaldas).

Proceso a los Padres de Familia que incumplan con los Deberes:

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1. Llamado de atención dos veces (2).

2. En caso de incumplimiento de dichos deberes los padres de familia serán reportados al ICBF, comisaria de familia o Personería, quienes son los encargados de tomar estos casos y ejecutar los correctivos.

DERECHOS DE LOS DOCENTES

1. Ser respetado sin discriminación de religión, raza o política que atente en

contra de su honra y dignidad. 2. Recibir la oportuna capacitación que le permita poner en práctica los diferentes

avances y metodologías pedagógicas que contribuyan al mejoramiento de su calidad profesional.

3. Ser autónomo en el desarrollo de los procesos pedagógicos acordes con la

filosofía, misión y visión del plantel. 4. Disponer de las mismas condiciones de higiene y aseo, así como las

utilizaciones de recursos didácticos muebles y enseres, que se encuentren en la institución.

5. Gozar de un trato cordial, amable y agradable, por parte de los padres,

estudiantes y demás integrantes de la comunidad. 6. Expresar opiniones y ser escuchados mediante la vinculación y participación

en consejos y organizaciones institucionales.

DEBERES DE LOS DOCENTES

1. Conocer y dar cumplimiento a las normas establecidas en el manual de convivencia escolar.

2. Fomentar valores morales, éticos, cívicos, religiosos y culturales que conlleven a la convivencia pacífica de la comunidad.

3. Procura la capacitación y actualización constante que le permitan mejorar su desempeño profesional.

4. Cumplir responsablemente con su jornada laboral y los diferentes compromisos

y actividades desarrolladas en la institución. 5. Brindar información oportuna a los padres de familia, sobre el rendimiento

académico y comportamiento de los estudiantes. 6. Informar periódicamente a los estudiantes de sus logros, dificultades y

resultados de las evaluaciones desarrolladas por los estudiantes.

7. Brindar un trato respetuoso, justo y cortes a los estudiantes, padres de familia y demás personas de la institución, atender a los padres de familia en los

horarios establecidos. 8. Dar un trato cortes a sus compañeros y compartir sus tareas con espíritu de

solidaridad y unidad de propósito.

9. Exigir puntualidad, uso correcto del uniforme, buena presentación personal, orden y respeto en alas clases y demás a actividades que estén a su cargo.

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10. Velar por el bienestar emocional de los estudiantes e informar oportunamente cuando tenga conocimiento de algún tipo Maltrato: físico, verbal, psicológico, negligencia, descuido, abandono físico, abuso, agresión o explotación

sexual. Conducta suicida, tráfico o consumo de sustancias psicoactivas.

11. Abstenerse de entablar cualquier tipo de relación afectiva o comercial con los estudiantes y los padres de familia.

12. En el Sistema de Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para sexualidad y la prevención y la

mitigación de la violencia escolar, tendrán las siguientes responsabilidades: 13. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar,

violencia e escolar y vulneración de los derechos sexuales y reproductivos que

afecte a los estudiantes de la institución, acorde a los artículos 11 y 12 dela ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de

convencía y con los protocolos definidos en la ruta de atención integral para la convencía escolar. Si la situación de intimidación de la que tiene conocimiento se hace a través de los medios electrónicos igualmente se deberá reportar al

comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 14. Evitar el uso del celular en horas de clase, actos cívicos, culturales, religiosos

y formativos que se desarrollen en la Institución.

DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE

SERVICIOS

1. Ser escuchado oportunamente por los directivos de la IE en las dificultades presentadas por alguna persona de la comunidad educativa.

2. Recibir y brindar un trato justo, respetuoso y cordial por parte de toda la

comunidad educativa. 3. Escuchar sugerencias e inquietudes de la comunidad educativa.

4. Informa oportunamente cuando tenga conocimiento de cualquier situación que atente contra algún miembro de la comunidad educativa.

5. Abstenerse de entablar cualquier tipo de relación afectiva, comercial o en

redes sociales con los estudiantes y/o padres de familia.

ESTIMULACIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

1. ESTIMULOS

Los estudiantes recibirán estímulos y reconocimientos especiales, por su buen

rendimiento y superación académica, espíritu de investigación, compañerismo, buen comportamiento, aportar a la sana convivencia, participación en actividades

escolares y por representar digna y respetuosamente a la institución en eventos deportivos, sociales y culturales.

Izar el pabellón nacional.

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Representar a la institución en eventos deportivos y culturales a nivel local,

regional, departamental o nacional.

Condecoraciones, estímulos verbales, diplomas, menciones de honor y

registros en cuadernos, observador y boletines.

Distinciones ante la comunidad educativa.

PRINCIPIOS RECTORES

Conducto Regular

Con el fin de favorecer la comunicación y la solución pertinente de las dificultades encontradas es necesario que docentes, padres de familia y estudiantes sigan

estrictamente el conducto regular propuesto, fortaleciendo el dialogo como medio para construir una Convivencia Escolar compartida.

a) Estudiante – Docente b) Estudiante – Docente - Director de grupo

c) Coordinador – Padre de familia d) Coordinador – Consejo de convivencia- consejo académico e) Rectora

f) Consejo directivo

2. SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Se constituye el comité de convivencia escolar avalado por el Consejo Directivo de

la Institución Educativa mediante acta del día 20 marzo de 2014 así:

Presidente, Coordinador, Docente Orientador, Representante de consejo de madres de familia, Representantes consejo de Docentes, Representante consejo de Estudiantes y Personero.

Debido Proceso: De acuerdo con las situaciones presentadas se llevara a cabo

el debido proceso de la siguiente manera: a) Llamado de atención Verbal formativo en privado.

b) Apertura de acta comportamental. c) Acción formativa.

d) Reserva del derecho admisión y perdida de cupo. ( Ley general de educación, articulo 96).

e) Cancelación Matricula. ( Ley general de educación, articulo 96).

f) No proclamación en el acto de graduación para los estudiantes de grado once

Parágrafo: Todo estudiante tiene derecho a ser escuchado y presentar explicaciones.

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Acción Formativa

1. Amonestación en privado

2. Realizar una consulta relacionada con la falta cometida y socializar en el grupo.

3. Asistir a la jornada de acción formativa, en uno de los días programados por la

Institución. ( El día programado no asistirá al aula de clase, trabajara con el coordinador y orientador escolar, sus actividades escolares se suspenden y

no habrá reprogramación de evaluaciones y/o actividades). 4. Recibir atención psicopedagógica, psicológica o especializada externa si lo

amerita, presentar la constancia del mismo ante coordinación.

5. Retener los elementos que afecten el normal comportamiento, estos serán devueltos a sus padres en entrega de boletines.

6. No participar con el grupo en el desarrollo de una actividad programada 7. Reflexionar en familia sobre la falta y presentarlo al grupo con base a la

estrategia formativa propuesta de común acuerdo con coordinación.

8. Presentar excusas públicas cuando la falta lo amerite.

Nota: Las sanciones deben entenderse como la consecuencia lógica de un comportamiento que la comunidad educativa Laurelina y el estado han determinado como negativo para las personas y para la sana convivencia.

FALTAS LEVES

1. Falta leve: Es todo tipo de comportamiento o conducta que se produce por no

cumplir con las normas básicas de convivencia, responsabilidad y

comportamiento, aunque no atentan gravemente contra los valores que la

institución propicia y no ocasionan graves traumatismos en el proceso educativo,

deben ser corregidas para favorecer el desarrollo integral y bienestar del

Estudiante.

a) Llegar tarde al colegio o ingreso tarde al aula de clase.

b) Inasistencia a clases sin justificación escrita.

c) Presentarse a la institución con el uniforme que no corresponde.

d) Utilización de vocabulario soez y modales inadecuados. Se entiende como

tales aquellos que no sean acordes con la dignidad, decencia y rectitud del

estudiante Laurelino o que ofendan ultrajen en alguna manera la institución o a

cualquier persona con la que establezca relación.

e) Interrupción de las actividades académicas mediante actuaciones que impidan

su normal desarrollo, como indisciplina, ausencia injustificada y no autorizada o

realización de actividades inadecuadas con el proceso de enseñanza –

aprendizaje tales como realización de lecturas ajenas al área o ejecución de

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actividades reservados para el tiempo de descanso (uso del celular, ipod,

cámaras fotográficas, cama de video, entre otros.)

f) Usar los uniformes inadecuadamente en los días que no corresponde según el

horario.

g) Utilizar elemento de adorno como tintes, piercings, narigueras, tatuajes,

maquillajes, tono de esmalte, accesorios y prendas que no corresponden o

desmejoran el uniforme y los distintivos de la Institución.

h) Desacato a las instrucciones e indicaciones de los educadores o cualquier

autoridad de la Institución.

i) No esperar al profesor en el aula de clase, guardando el respectivo orden.

j) No presentar trabajo y tareas en el tiempo estipulado.

k) Manifestar comportamientos inadecuados (gritar, empujar, irrespetar el turno)

en el momento de comprar en la cafetería, al almorzar en el restaurante

escolar o al recibir la ración industrializada.

l) Incumplir con los compromisos adquiridos en actividades artísticas, culturales y

deportivas que representen a la Institución en actos públicos.

m) Hacer negocios o actividades comerciales con cualquiera de los miembros de

la comunidad educativa.

n) No acogerse al reglamento propio de la cafetería, sala de informática, sala de

profesores y restaurante escolar.

o) Masticar chicle y/o ingerir alimentos o bebidas o golosinas en clase o durante

la realización de eventos en la institución.

p) Llegar hasta tres (3) veces tarde a la institución al iniciar la Jornada Escolar, en

cualquier época del año.

PARAGRAFO 1: La existencia de tres amonestaciones escritas en el proceso

formativo, por faltas leves iguales o diferentes, constituye una falta grave

PARAGRAFO 2: Si la falta leve la detecta un miembro de la comunidad diferente

al docente, la reporta directamente al coordinador quien inicia el procedimiento a

faltas leves.

Debido Proceso para Faltas Leves. Las faltas leves cometidas en las actividades

de la Institución serán tratadas directamente por el profesor conocedor de la falta

o por el director de grupo (en su orden). Estas se registran en el Diario Campo, en

el cual se deja constancia de la falta cometida y de la fecha. El estudiante debe

leer, presentar sus descargos si fuera pertinente, y firmar como constancia.

Cuando es observada por otro miembro de la Comunidad Educativa, el

procedimiento a seguir es el mismo y el director de grupo lee el reporte al

estudiante para que presente sus descargos si es necesario, firme y quede la

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constancia. Las faltas leves deberán ser resueltas dentro de los 5 días hábiles

siguientes a la fecha en que se inicia el proceso. Las decisiones tomadas por el

director de grupo podrán ser apeladas en segunda instancia ante el coordinador.

Acciones formativas para las Faltas Leves. Las acciones formativas para las

faltas leves, dependiendo de la gravedad de la conducta, de las consecuencias

generadas por la misma y a juicio de quien conozca el caso, entre otras, son:

a) Reflexión sobre la situación del impase e invitación a la modificación actitudinal

del estudiante. Llamado de atención verbal con intención formativa e invitación

a la reflexión y el cambio positivo en la conducta. Registro en el diario de

campo.

b) Dialogo con el director de grupo y búsqueda de la solución o resarcimiento de

la situación presentada cuando involucre a otra persona o grupo de personas.

c) Llamado de atención por escrito en el observador implicaciones en el

comportamiento escolar, e informe a los padres de familia o acudientes

correspondientes.

d) Asignación de labores de carácter pedagógico como elaboración de escritos o

carteleras que refuercen la conducta positiva que debe ser observada o refleje

la ejecución de una reflexión sobre el comportamiento equivocado que debe

ser corregido.

e) Realización de actividades o campañas educativas dirigidas a los compañeros

de clase, relacionadas con el valor que debe cultivarse para corregir el

comportamiento equivocado que debe ser corregido.

f) Realización de trabajos en asocio con los padres de familia, que evidencien la

reflexión en torno a la falta cometida y la conducta que hacia futuro debe

asumirse.

Faltas Graves: Es todo tipo de comportamiento o conducta que atenta contra los

valores fundamentales propiciados por la Institución, ocasionan un daño a la

armonía institucional, lesionando los principios del Manual de Convivencia y

buena marcha de las labores formativas.

1. Que se representen de manera repetida o sistemática.

2. Que causen daños al cuerpo a o la salud sin generar incapacidad alguna para

el involucrado.

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a) Reiteración de faltas leves

b) Desacato al manual de convivencia y a las directrices y orientaciones dadas

por las distintas instancias de la Institución.

c) Irrespeto de palabra o de obra por acción o por omisión a los símbolos patrios,

a los símbolos religiosos y los símbolos del colegio.

d) Agresión física, verbal y/o amenaza contra cualquier persona, empleados o

compañeros dentro de la Institución o fuera de él de manera personal o a

través de cualquier medio de comunicación directo a masivo, de forma directa

o indirecta, e incluso interpuestas por otra persona.

e) Cualquier falta de honradez y/o complicidad en actos contra la misma.

f) Denigrar o agredir física y/o moralmente a las personas que conforman la

comunidad educativa: pasquines, dibujos, palabras soeces, faltarles al respeto,

tener actitudes de burla o asignar cualquier tipo de apodo. Cualquier conducta

intimidatoria, forma de matonea o bullying que busque mantener control o

someter a otro estudiante. (Situacion tipo II).

g) Sabotear gravemente las clases y las actividades de la comunidad educativa

(gritos, puños, manoteo, puntapiés, apodos).

h) Observar un mal comportamiento en la calle y lugares públicos que desdigas

de la dignidad y buenas maneras que debe observar todo estudiante Laurelino

dentro y fuera de la institución.

i) Falsificar la firma de los padres cuando se les envía una nota o evaluación.

j) Vestir el uniforme inapropiadamente en sitios públicos diferentes del Colegio y

en horas extra clase, salvo en ocasiones que se asista a actividades

programadas por la institución.

k) Manifestar caricias (besos, abrazos y actitudes propias de noviazgo), dentro

de la institución.

l) El manejo inadecuando de las redes sociales.

m) Crear falsas alarmas tendientes a provocar desorden o pánico colectivo.

n) Protagonizar y/o participar en desordenes y saboteos a las clases u otras

actividades que programe le colegio.

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o) Entorpecer o impedir la comunicación entre la educación educativa, los padres

de familia y/o el acudiente del estudiante.

p) Ausentarse del aula de clase sin la debida autorización del docente estando

dentro de la institución.

q) Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la

comunidad educativa.

r) Atentar contra el patrimonio, cultural y ecológico de la institución, y el uso

racional de los servicios públicos.

s) Rayar o dañar carteleras, paredes, tableros, techos, silletería, lanzar objetos a

los ventiladores, Lanzar patadas a las puertas, rayar o pararse en los

pupitres y espacios en general de la institución.

t) Mentir para encubrir faltas ajenas y/o propias.

u) Salir para el colegio y no llegar a él o ausentarse de la institución sin la debida

autorización de sus acudientes.

v) Dar información falsa a los docentes y directivos.

w) Presentar un comportamiento inadecuado durante las actividades deportivas,

Convivencias, salidas pedagógicas, salidas de proyección social, entre otras,

deteriorando el buen nombre de la institución.

x) Hurtar, esconder y/o destruir los, bolsos, morrales, loncheras, cuadernos,

trabajos y objetos personales de los compañeros y personal de la institución.

y) Bromas pesadas que perjudiquen a cualquier persona de la comunidad

educativa.

z) Mostrar rebeldía o desacato persistente a las normas de convivencia o ante los

llamados de atención.

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aa) Ocultar las faltas graves de los compañeros, o tratar de entorpecer una

investigación que se adelante por parte de cualquier superior

bb) Actuar con violencia o altanería en los eventos deportivos y culturales,

incluso en las barras.

cc) Reclamar en forma descortés y agresiva, por fuera de los principios de la

adecuada convivencia, a cualquier otro integrante de la Comunidad Educativa

dd) Hacer uso inadecuado de los muebles y equipos y planta física de la

institución.

ee) Usar los medios masivos de comunicación para denigrar a la institución y a

cualquier miembro de la comunidad educativa

ff) Disponer del dinero q no le pertenece o que sea del curso

gg) Incumplimiento con los compromisos académicos o de convivencia.

hh) Llegar cuatro (4) veces tarde a la institución al iniciar la jornada escolar, en

cualquier época del año.

ii) Después de (4) llegadas tarde a la institución el estudiante se de presentar con

su acudiente.

jj) Participar en actos relacionados con: amenazas o agresiones (orales,

telefónicas, escritas o electrónicas), a cualquier miembro de la comunidad

educativa, especialmente a los compañeros de curso.

kk) Tener actitudes desafiantes, amenazantes, burlonas y de desacato frente a las

observaciones de docentes, directivos, o cualquier otro miembro de la

comunidad educativa.

ll) Falsificar firmas, alterar las notas y planillas, certificaciones de estudio, fichas

del observador, libros de calificaciones, excusas, autorizaciones y permisos.

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PARAGRAFO 1: Todas estas faltas graves deben consignarse con el observador

del estudiante y darse a conocer a la familia.

PARAGRAFO 2: La utilización de los objetos electrónicos en momentos

inadecuados, da como sanción el decomiso del aparato y este será devuelto al

padre de familia o acudiente autorizado en la entrega de boletines por el

coordinador.

PARAGRAFO 3: La Institución Educativa, no se hará responsable por la pérdida o

daño de ningún objeto de valor traído a la institución. La responsabilidad recae

directamente en quien los porte o su propietario.

PARAGRAFO 4: Uso del teléfono celular y/u otros dispositivos digitales.

Las siguientes disposiciones aplican para aquellos estudiantes que traen celular a

la Institución.

A. No se permiten el uso del teléfono celular y/u otros dispositivos digitales al

interior de las aulas. Estos deben permanecer apagados y guardados

durante las clases y en los espacios de reuniones.

B. Solo se podrán utilizar durante el tiempo de los descansos.

C. No se autoriza el porte de dichos dispositivos en las convivencias,

encuentros formativos programados por la Institución. La persona

responsable de la actividad será la encargada de reportar alguna

eventualidad que se presente..

D. Solo en casos urgentes o situaciones especiales, con previa autorización de

rectoría o coordinación el estudiante podrá hacer uso del teléfono en

momentos diferentes a los descansos.

E. Si el estudiante no acata a este reglamento incurre en falta grave (según

clasificación de faltas en el manual de convivencia) y se la aplica el

procedimiento para dichas faltas. Además se le decomisara el dispositivo y

será entregado a sus padres o acudiente a finalizar periodo.

F. La reincidencia en el mal uso del celular puede ocasionar la perdida de este

derecho.

G. Para los estudiantes de preescolar y primaria no está permitido el porte y

uso de ningún dispositivo electrónico y digital.

H. El estudiante que después de haberle decomisado el celular reincide

nuevamente, pierde el derecho al uso del celular dentro de la institución.

I. El grado que no acate las normas del uso del celular dentro del aula de

clase, les queda prohibido traerlo a la institución.

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El colegio asume la responsabilidad de comunicación con las familias en los

casos que ameriten comunicación inmediata (coordinación, administración,

rectoría).

Debido proceso para las faltas graves. Las faltas graves serán tratadas de la

siguiente manera:

1. El profesor que tenga conocimiento de una falta grave debe abordar y

confrontar directamente al estudiante implicado para aclarar todos los

detalles antes de diligenciar el registro de la falta en el observador; luego

debe presentarle su versión y solicitar al estudiante que igualmente exprese

su punto de vista sobre lo ocurrido y su respectivo descargo y firme; este a

su vez informara verbalmente al respectivo director de grupo. Cuando la

falta es informada por alguien distinto a un profesor, este debe informa a

coordinación de disciplina, quien comunica al director de grupo para la

confrontación y el registro de la misma. La situación debe quedar

completamente aclarada antes de pasar a la siguiente instancia:

coordinación de disciplina.

2. Tan pronto como se inicie un proceso por falta grave a un estudiante, este

será conocido por coordinación de disciplina, quien revisa el proceso y

asigna la sanción de acuerdo con las acciones formativas para estas faltas.

3. Finalmente el coordinador de disciplina notifica al acudiente la decisión

tomada y queda constancia escrita en el observador.

4. La instancia de apelación en caso de faltas graves, será el comité de

convivencia.

PARÁGRAFO: Las faltas graves deberán ser resueltas dentro de los 10 días

hábiles siguientes a la fecha en que se inicie el proceso.

Acciones formativas para las faltas graves. Las acciones formativas para las

faltas graves son:

a. Realizar una consulta relacionada con la falta cometida y socializarla ante sus

compañeros.

9. Asistir a la jornada de acción formativa, en uno de los días programados por la Institución. ( El día programado no asistirá al aula de clase, trabajara con el

coordinador y orientador escolar, sus actividades escolares se suspenden y no habrá reprogramación de evaluaciones y/o actividades).

b. Recibir tratamiento psicológico (o lo recomendado para el caso) y presentar la

constancia del mismo a rectoría.

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c. Suspensión del estudiante de sus actividades académicas por un día, a través

de resolución rectoral. El estudiante asistirá al colegio a realizar las actividades

propuestas.

d. Desarrollar un taller sobre el cuidado del entorno y reparar o pagar si hubo

daño a muebles y enseres.

e. Ser suspendido de una actividad programada por el colegio: cultural, deportiva,

social, salida pedagógica, entre otras.

f. Firmar acta comportamental para el mejoramiento de la normatividad para ser

cumplida durante el resto del año escolar, después de cometida falta. En caso

de renovación de la matrícula para el año lectivo siguiente, se podrá prologar el

compromiso de permanencia de acuerdo con la decisión de la comisión de

evaluación y promoción. Este compromiso debe ser firmado por el estudiante y

sus padres, por el director de grupo y el coordinador.

g. Presentar excusa y resarcir los efectos de su conducta con la persona

afectada.

h. Para estudiante de grado undécimo, la no proclamación en ceremonia de

graduación de los bachilleres.

Faltas de especial gravedad:

1. Falta de especial gravedad: Es todo tipo de comportamiento, conducta o

actitud que perturba gravemente la armonía institucional y supone el

desconocimiento de los valores éticos y morales que rigen nuestra sociedad y

los que sustentan el manual de convivencia, y/o son considerados delitos en la

legislación colombiana.

a. Ser reincidente en falta grave

b. Llegar tarde 10 veces a la institución al iniciar la jornada escolar en cualquier

época del año.

c. Portar, exhibir o guardar armas o explosivos u objetos con los que se pueda

atentar contra la integridad física de los demás.

d. Ingresar, ingerir, inducir, consumir, usar o vender sustancias psicoactivas

(como cocaína, marihuana, éxtasis ente otras) o bebidas alcohólicas dentro y

fuera de la institución.

e. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas.

f. Agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa, o a la misma

institución a través de los medios virtuales (redes sociales, blogs, páginas de

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internet, chat entre otros) alterando, cambiando o manipulando fotos, videos,

nombres o información.

g. Planear, liderar, estimular apoyar o participar en actos de vandalismo u otro

tipo de conductas violentas dentro de la institución, que afecte la integridad

física, social y psicológica de las personas.

h. Participar en daños o escritos que causen deterioro a la planta física de la

institución.

i. Sustraer o apropiarse indebidamente de dinero u objetos pertenecientes a

compañeros del colegio o a los otros miembros de la comunidad educativa.

j. Acosar, provocar, abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

k. Cometer cualquier acto que de una u otra forma atente contra el derecho

fundamental de la vida.

l. Falsificar firmas, alterar libros y registros de calificaciones y documentos de

cualquier tipo.

m. Suplantar a compañeros o hacerse suplantar para evadir responsabilidades

disciplinarias o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico.

n. Elaborar, exhibir o distribuir a cualquier título material de contenido inmoral

ofensivo o pornográfico.

o. Inducir premeditadamente a otros miembros de la comunidad educativa a

cometer faltas de especial gravedad.

p. Participar o inducir al estudio o experimentación de fenómenos

parapsicológicos, satanismo, prácticas de magia, espiritismo y otros análogos

q. Cometer acoso escolar, bullying (amenazas, chantaje, soborno, venganza,

boleteo, burla, abuso, atropello, intimidación) contra los compañeros o algún

miembro de la comunidad educativa.

r. Hacer bromas pesadas y/o juegos bruscos que atenten contra la salud o la

integridad física de cualquier persona de la comunidad educativa.

s. Hurtar, esconder, alterar o destruir material de apoyo pedagógico de los

docentes.

t. Violar la intimidad personal mediante actos, conductas, acciones o

circunstancias arbitrarias que afecten su dignidad o la de los otros (se

sustentan en el art. 33 ley 1098 de 2006).

u. Grabar, filmar, fotografiar a docentes de la comunidad educativa con el fin de

evidenciar situaciones particulares.

v. Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o cualquier miembro

de la institución.

w. Indisciplina permanente y reiterativa.

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x. Falta de comedimiento para atender las observaciones. Tener actitudes

desafiante, burlonas o de autosuficiencia frente a las amonestaciones de los

profesores.

y. Cuando llegue a la Institución y sale de el en forma fraudulenta saltando muros

y rejas.

z. Suplantar la firma de los padres, docente o compañeros en las excusas,

permisos, circulares y registro normativos.

aa. Hacer fraude, plagio, y/o copia en la presentación de evaluaciones, prueba,

exámenes, trabajos y demás responsabilidades individuales que merecen

rectitud, transparencia y honestidad.

bb. Comprometer al colegio con su mal comportamiento social dentro o fuera de él.

cc. Todos aquellos actos graves a juicio del comité de convivencia.

dd. Utilizar inadecuadamente el servicio de los computadores e internet.

PARÁGRAFO 1. La reiteración en la comisión de una falta grave, o la comisión de

varias faltas graves que den lugar a un único proceso disciplinario, será

considerada falta gravísima.

PARÁGRAFO 2. Pueden considerarse como falta gravísima a juicio del rector o de

la comisión de convivencia, la comisión de una falta grave enmarcada por

circunstancias agravantes.

PARÁGRAFO 3. En el presente manual no podrán estar dirimidas todas las faltas

que se presentan en la institución. Las situaciones y la clasificación de estas se

determinarán desde la institución teniendo en cuenta las circunstancias y

consecuencias de la acción.

Debido proceso para faltas de especial gravedad: El debido proceso para faltas

de especial gravedad es el siguiente:

a. Las faltas de especial gravedad serán tratadas de igual manera que las

faltas graves en el momento en que se confirma la falta y coordinación de

disciplina revisa el proceso.

b. Coordinación cita al acudiente del estudiante implicado para informar sobre

el hecho ocurrido y el proceso que se debe seguir.

c. Posteriormente se convoca el comité de convivencia para analizar el caso y

sugerir la sanción. Una vez determinada la sanción Coordinación informa a los

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acudientes la respectiva sanción y se deja constancia en el observador. Si se

considera que la estrategia debe ser la cancelación de la matrícula, se remite el

caso a rectoría quien determinara con resolución rectoral la sanción.

PARÁGRAFO 1. La instancia de apelación será la rectoría o el consejo directivo

de la institución en el caso de las decisiones tomadas por faltas de especial

gravedad.

PARÁGRAFO 2. Las faltas de especial gravedad deberán ser resueltas dentro de

los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso.

Sanciones para las faltas de especial gravedad: Cuando la falta es

especialmente grave y no tiene causales de atenuación se podrá elegir entre estas

opciones:

a. Compromiso del estudiante que se firma cuando se considere que la falta

permite una última oportunidad sin deteriorar en él el sentido de la norma ni se

convierta en un mensaje nocivo para la comunidad educativa. El cumplimiento de

alguna de las cláusulas del compromiso será motivo para considerar su exclusión

de la Institución.

b. Exclusión del colegio: El análisis de la falta también puede ocasionar las

exclusión del estudiante de la Institución en cualquier época del año escolar,

decisión que corresponde a la rectoría, la cual se notificara mediante resolución al

estudiante y a sus padres o acudientes. Es responsabilidad de la Institución para

toda falta que amerite la exclusión inmediata, a la cual se le haya hecho el debido

proceso, dejar constancia en el observador.

c. La renovación del cupo para el año siguiente: Esta decisión se notificará por

escrito al estudiante y a sus padres o acudientes a través de coordinación.

d. Desescolarización. Para aquellos estudiantes que cometen una falta de

especial gravedad, la rectora podrá concederles el beneficio de la

desescolarización, para que concluyan las actividades académicas y terminadas

estas, no se les renovará el cupo.

e. La no proclamación como bachiller. Para los estuantes de undécimo grado

que cometan faltas de especial gravedad se les podrá sancionar con la no

proclamación como bachilleres (acto protocolario) y el diploma se entregara en la

administración.

PARÁGRAFO 1. Se deja claramente establecido que en fallo de tutela la corte

constitucional aclaro que la falta de rendimiento académico, la indisciplina

reiterada, la ausencia y falta de compromiso en la Institución, el atentado grave

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contra la honra y bienes de la institución o integrantes de la comunidad educativa,

entre otros factores que se vulneran la buena marcha institucional o la convivencia

armónica pueden ser razones suficientes para que un estudiante sea retirado o

rechazado en el establecimiento educativo (Sentencias C-386 de 1994, T-493 de

1992 y SC-555 de 1994).

PARÁGRAFO 2: En caso de retiro del estudiante de la Institución, cualquiera que

sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente entregar paz y salvo firmar

en la secretaria la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el

carnet estudiantil.

PARÁGRAFO 3: La institución educativa a través del representante legal de la

Institución dará traslado a las autoridades competentes de las conductas en que

incurra cualquiera de los estudiantes de la institución que puedan configurar la

transgresión a cualquier norma jurídica vigente del orden Municipal,

Departamental o Nacional, en especial aquellas que violen los códigos de Policía o

el código penal Colombiano. De la misma manera hará conocer de las instancias

competentes aquellas conductas donde estén involucrados o afectados varios

estudiantes que aparezcan descritas en el código de la infancia y adolescencia.

Circunstancias atenuantes o agravantes. Se consideran como circunstancia

que atenúan o eximen la responsabilidad el estudiante, de una falta o infracción

las siguientes:

ATENUANTES

a. Su edad, desarrollo psicoactivo y evolutivo.

b. Haber obrado por motivos nobles o altruistas.

c. Confesar la falta oportunamente.

d. Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el

estudiante se comprometan con un proceso de intervención profesional fuera de la

institución.

e. Haber sido inducido a cometer la falta por un mayor de edad.

f. Cometer la falta en estado de alteración motivado por circunstancia que le

causan dolor psíquico o físico.

g. Procurar a iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio

causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.

AGRAVANTES

a. Reincidencia en las faltas

b. Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.

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c. Haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la

falta.

d. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una

falta.

e. Cometer una falta a nivel individual o con la complicidad de otras personas

y, con pleno conocimiento de sus efectos dañosos.

f.No admitir la responsabilidad o atribuírselas a otras personas.

g. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.

h. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso pueda resultar

peligro común.

i. Omitir información relevante.

j. Cuando comprometa el buen nombre de la institución.

k. Involucrar a otras personas que no tuvieron nada que ver con el hecho.

En los casos en que la falta no se encuentre expresa dentro de los artículos

anteriores será calificada de acuerdo a los criterios de coordinación y del comité

de convivencia.

SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA PADRES DE FAMILIA

Faltas y sanciones para los padres de familia y/o acudientes. Los padres de

familia incurrirán en faltas por el incumplimiento de cualquiera de los deberes de

este manual de convivencia y será calificado conforme a los criterios que el

presenta. Las sanciones serán las que utiliza el código de infancia y adolescencia

en su texto con miras a la protección de los estudiantes de la institución. También

podrán tenerse como sanciones para los padres de familia que incumplan sus

obligaciones las siguientes:

1. Amonestación verbal en privado o escrito.

2. La ausencia del padre de familia o acudiente en el proceso formativo del

estudiante por tres veces consecutivas conlleva a intervención del

bienestar familiar.

3. La inasistencia a las citas que la institución programe (reuniones, situación

de cualquier estamento) ocasiona, si es reincidente, cancelación del cupo

para el año siguiente.

4. La falta de respeto (verbal o física) del padre de familia con algún miembro

de la institución ocasiona la no renovación del cupo del estudiante para el

año siguiente

5. La falsedad en las escusas será sancionada por el colegio, con posibilidad

de cancelación de la matrícula, una vez se haya agotado una etapa de

averiguación y comprobación de la misma.

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PARÁGRAFO: El instituto Colombiano de Bienestar familiar – ICBF vigila y

garantiza el Sistema Nacional de Bienestar; su tarea es garantizar que se

cumplan los derechos de los niños, niñas y adolescente, para ello emite

lineamientos, desarrolla programas y proyectos para la protección de la

infancia en caso de vulneración de los derechos de los niños; puede ejercer

medidas de protección que solo la entidad está en capacidad de decidir hacerlo

en situaciones del maltrato físico, psicológico, negligencia, abandono,

sospecha de abuso sexual, indicadores de trabajo infantil, maltrato familiar,

desnutrición, inasistencia de los padres, problemas de alcoholismo, consumo

detectada en la familia del menor. Las instituciones deben contar con a la

comisaria de Familia en caso de actitudes de abandono o maltrato familiar

hacia los escolares, con debida comunicación a la orientadora del colegio, a la

secretaria de Educación y llamados previos a los padre para concertar sobre la

responsabilidad y cuidado de los menores. No es permisible que los casos a

intervenir no sean atendidos por las entidades. Es obligación de la institución

reportar y hacer seguimiento; es responsabilidad del ICBF dar respuestas a la

institución con acompañamiento del caso.

Debido proceso para los padres de familia. Una vez calificada la falta, será

llamados los padres a rendir cargos, para lo cual se les concederá los recursos

de reposición y apelación. Dados los recursos y resueltos de manera justa, en

los términos del Manual, conforme a la gravedad de la falta serán tomadas las

medidas correctivas correspondientes.

SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PERSONAL DE LA INSTITUCION

Faltas y sanciones para el personal institucional

Debido proceso para el personal

CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES

RUTAS Y PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES

Artículo 40. (DECRETO 1965) Clasificación de las situaciones. Las situaciones

que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

1. Protocolo Situaciones Tipo l.

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Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas

situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

Es una situación esporádica que no generó daño psicológico o físico. Incluyen las

agresiones verbales, físicas, gestuales y relacionales esporádicas, con o sin contenido sexual.

Hay agresión verbal, gestual o virtual con contenido sexual que hace referencia a

las características del cuerpo, al comportamiento de género, a comentarios inapropiados sobre la orientación sexual, o al comportamiento erótico o romántico de las personas involucradas.

Artículo 42. (Decreto 1965) De los protocolos para la atención de Situaciones

Tipo l.

1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa debe estar en disposición de atender una Situación de Tipo I de manera inmediata, si es el caso solicitará

ayuda al Docente de Aula y/o coordinador, quien actuará de forma inmediata con las partes involucradas en el conflicto.

2. Facilitará la expresión de cada persona involucrada para exponer sus argumentos frente a lo sucedido, escuchando activamente el punto de vista y

los intereses de la otra parte.

3. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la

reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado establecimiento educativo.

4. Mediar de manera pedagógica y fijar la forma de solución imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de

relaciones constructivas en el grupo involucrado en el establecimiento educativo.

5. Se establecerán compromisos entre las partes. 6. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la

solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en

los artículos 43 y 44 del presente Decreto. 7. De esta actuación se dejará constancia en el observador del estudiante se

socializará la situación presentada con el Director de Grupo. 8. Citar a los padres o acudientes para informar la situación presentada. Se

notificara mediante un acta firmada por los padres, estudiantes y docentes que

será anexada al observador del alumno. 9. Generar el rechazo púbico a este tipo de acciones de manera pedagógica.

10. El Director de Grupo hará seguimiento constructivo del proceso, lo cual quiere decir: que llevará un registro interno de su grupo, con el objetivo de contribuir a

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la vigilancia del fenómeno y la reincidencia del mismo, dirigido a generar

estrategias de intervención posterior, (se podrá apoyar del coordinador) de ninguna manera se utilizará, este proceso para decisiones que impliquen

afectar la nota de comportamiento, dado que la mediación1 debe a una posibilidad a la cual puede acceder cualquier estudiante en las situación Tipo I.

11. Si la situación de un estudiante se presenta en escalada esta será tratada

según corresponda con los protocolos de actuación en las situaciones Tipo II y Tipo III.

Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o

conciliadores escolares (Patrulleros por la Paz), podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia escolar.

2. Protocolo Situaciones Tipo II.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar

(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a. Se presenten de manera repetida o sistemática.

b. Es una situación de agresión física con contenido sexual, así sea la primera vez que se presenta.

c. Es una situación de agresión, así sea la primera vez que se presenta, que ocasionó daños al cuerpo o a la salud física o mental de los afectados, pero no

generó incapacidad de ningún tipo.

d. La situación no reviste las características de un delito.

Artículo 43. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II.

1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que identifique la necesidad de atención médica o psicológica inmediata se comunicará con el Rector o

Coordinador de la institución para activar ruta de referencia al sector salud. En casos en los que no es posible contactarlos, la persona que identifique la

situación, activará la ruta de referencia a salud bien sea (Rector, Coordinador, Orientador Escolar, Docente de aula).

1 Entendiendo que la mediación es una estrategia pedagógica que busca gestionar el conflicto donde una persona neutral

ayuda a las partes a enfrentarlos constructivamente, por lo tanto el Establecimiento educativo debe facilitar y no limitar el

acceso del estudiantado al desarrollo de habilidades sociales

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2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en

salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

4. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

5. Coordinador de disciplina, docente que identifica la situación, Orientador, son quienes reunirán toda la información, realizando entrevistas individuales, primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas

implicadas. 6. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los

estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 7. Generar espacios en los que las partes involucradas2 y los padres, madres o

acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido.

preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y garantizando el debido proceso.

8. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las

consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

9. Generar acciones restaurativas on line, para los casos de Ciberacoso, se deben retirar por ejemplo, las publicaciones intimidatorias, humillantes o difamadoras etc.

10. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas

adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

11. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e

intervinientes. 12. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del

caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de

Información Unificado de Convivencia Escolar. 13. El funcionario responsable del manejo del caso deberá remitir por escrito a

Orientación Escolar con el propósito de reducir la afectación personal, los factores de riesgo asociados y la posibilidad de que se vuelva a presentar.

2 Los espacios generados para las personas involucradas, merecen una atención especial, evitando el escalonamiento del conflicto. Se sugiere: “Conversaciones

individuales con Víctimas, agresores, testigos, Comunicar a familias individualmente Evitar comunicación directa entre famili as.”(Chaux, E., Bustamante, A.,

Castellanos, M., Chaparro, M.P. & Jiménez, M. (2009).

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Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o

medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la

atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto.

Nota: Las anteriores acciones reparadoras no exoneran de las sanciones

disciplinarias contempladas en el Manual de Convivencia Escolar, previendo en los protocolos de atención la proporcionalidad entre falta, la sanción aplicada y la acción reparadora. (Guía 49, pag.118).

3. Protocolo Situaciones Tipo III.

Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean

constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen

cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente: homicidio, violación (acceso carnal en cualquiera de sus modalidades), acoso sexual, pornografía con personas menores de 18 años, extorsión, secuestro y otras donde

se vean vulnerados los derechos fundamentales del NNA, establecidas en la Constitución y Ley de Infancia y Adolescencia (1098 de 2006).

Requieren que la atención sea brindada por entidades externas al establecimiento educativo como Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF, comisaria de familia, Sector Salud, entre otros.

Nota: en situaciones tipo III la Institución Educativa no debe adelantar ningún proceso de levantamiento de testimonios o pruebas. Con la sola existencia de una evidencia que suponga la presunción de comisión de un delito, se debe informar

inmediatamente a la autoridad competente. (Guía 49, pag.113)

Artículo 44. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III.

1. La persona que identifica la Situación como Tipo III, informará de manera verbal e inmediata a Rectoría o coordinación.

2. En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

4. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

5. Una vez llegan los funcionarios de Policía de Infancia y Adolescencia y/o Sector Salud, el o los estudiantes involucrados se ponen a disposición y se

deja constancia por escrito mediante formato institucional poniendo en

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conocimiento la situación y registrando los datos de identificación de los

responsables de esta actuación. 6. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del

comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en

el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y

confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

8. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades

competentes, el comité escolar de convivencia adoptará de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger

dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de

Información Unificado de Convivencia Escolar. 10. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte

del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento

y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el

hecho.

PROTOCOLO SITUACIONES DE EMBRAZO PARA ADOLESCENTES

Embarazo adolescente:

La OMS define como adolescencia al "período de la vida en el cual el individuo

adquiere la capacidad reproductiva, transita los patrones psicológicos de la niñez a la adultez y consolida la independencia socio – económica" y fija sus límites entre los 10 y 19 años de edad.

Signos De Alarma

-Pautas familiares recurrentes de embarazo a temprana edad. -Validación social del embarazo en adolescentes.

-Presión de grupo. -Falta de acompañamiento familiar frente al tema.

-Falta de aplicación en pautas de crianza. -Influencia en los medios de comunicación. -Abandono y carencias afectivas familiares.

-Influencia del contexto sociocultural.

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RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE EMBARAZOS EN ADOLESCENTES EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1. Todo integrante de la Comunidad Educativa, que tenga conocimiento de una situación de embarazo adolescente tiene el deber de informar por escrito

(guardándose la reserva de la identidad) al Orientador Escolar, sobre los hechos de que tiene conocimiento, con el fin de garantizar la protección de la

menor que se encuentre en esta situación. 2. El Orientador Escolar, solo podrá actuar con reporte escrito de la situación por

escrito establecerá entrevista con la menor, buscando obtener información sobre el estado de embarazo. Cuando se confirme sospecha o gestación,

informará a la estudiante sobre sus derechos, el proceso a seguir con la familia y dentro de la IE, además recomendara atención en salud.

3. El Orientador Escolar citará a la familia de la estudiante, con el fin de encaminar el proceso de comprensión, apoyo y atención en salud de la menor.

Además en este espacio confirmará posibles condiciones de riesgo y tomara las decisiones del caso, tanto en el caso de que se trate de una estudiante menor o mayor de 14 años, se buscará restablecer derechos y protección

remitiendo el caso a ICBF. Dejando constancia por escrito de este hecho. El reporte deberá ser respaldado por el Rector/Coordinador de la IE.

4. El Orientador Escolar reportará por escrito, el evento al Comité de Convivencia

Escolar, buscando siempre la reserva y manejo adecuado de la información.

5. El Comité Escolar de Convivencia, orientará la toma de decisiones

institucionales en los temas académicos y de convivencia que garanticen a la estudiante la reserva, intimidad, protección, fomento del respeto de los derechos.

6. El Comité de Convivencia Escolar, deberá gestionar las acciones para

garantizar la continuidad de la adolescente en el sistema educativo; para lo cual citará a Coordinación Académica y disciplina para solicitar las respectivas adaptaciones administrativas, curriculares y garantizar el proceso de la

flexibilidad curricular.

Nota: si el caso reviste vulneración de derechos y/o violencia sexual, se activará los Protocolos de Violencia Sexual según se trate de Situación Tipo I, II o III.

PROTOCOLO SITUACIÓNES DE MALTRATO INFANTIL

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Maltrato Infantil: Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o

psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación. En general, toda forma

de violencia o agresión sobre el NNA por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona (artículo 18 Ley 1098 del 2006).

Signos de alarma:

• Lesiones físicas observables.

Aspecto físico descuidado. • Expresiones de dolor o malestar físico de parte del NNA.

Pérdida de peso.

Síntomas físicos y dermatológicos desatendidos (brotes, heridas, infecciones, etc.).

• Bajo rendimiento escolar.

Extremo cansancio o somnolencia durante la jornada escolar.

• Actitud de retraimiento e inseguridad. • Inasistencias injustificadas.

• Desmotivación por el estudio.

Falta de compromiso en el proceso educativo de los hijos por parte de la madre y el padre de familia.

RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE MALTRATO INFANTIL EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1. Todo integrante de la Comunidad Educativa, que tenga conocimiento de una situación de Maltrato Infantil tiene el deber de informar por escrito al

coordinador y/o Orientador Escolar, sobre los hechos de que tiene conocimiento, con el fin de garantizar la protección del menor.

2. Presencia de señales de riesgo en NNA: Es importante tener presente que las

señales de riesgo son indicios que aumentan la probabilidad de que la

situación de maltrato se esté presentando, pero no indican por sí mismos una situación de vulneración. No obstante, la presencia de dichas señales casi

siempre implica la existencia de una dificultad en los contextos de desarrollo de los NNA, razón por lo cual es primordial que el Coordinador y/o Orientador Escolar profundice sobre la situación a fin de asegurar el desarrollo saludable

de estos. 3. Hablar con el NNA o una persona cercana a él, en los casos de vulneración de

derechos, probable o efectiva, siempre se debe tener cuidado en re victimizar los NNA y guardar confidencialidad.

4. El fin de este diálogo es confirmar si las señales de riesgo identificadas están

relacionadas con un posible maltrato. Por ejemplo, el Coordinador y/o Orientador puede identificar golpes, brote dermatológico, cansancio o

agotamiento de un NNA. En ese caso debe preguntarle por las razones de

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dichos signos, para establecer si están relacionados con una situación de

maltrato.

5. Establecer la gravedad de la situación, algunas situaciones son manejables desde Coordinación y/o Orientación Escolar, mientras otras requieren una atención de urgencia por parte de las entidades correspondientes. En los casos

en que la vida o la integridad del NNA están en grave riesgo, es necesario comunicarse con Policía de Infancia y Adolescencia a fin de que traslade la

NNA a la entidad encargada del proceso de restablecimiento inmediato de derechos. En caso contrario, es necesario establecer contacto inmediato con el familiar responsable del NNA y dar continuidad a la ruta establecida.

6. Contactar inmediatamente con el acudiente responsable del NNA y realizar acuerdos que aseguren su bienestar.

7. También es importante que el Coordinador y/o orientador realice una sensibilización empática con el familiar, mediante la cual le informe de la importancia de un desarrollo sano del NNA y de su obligación de ofrecer

condiciones materiales y afectivas suficientes para la garantía de los derechos. 8. Es posible que durante este contacto, el familiar requiera asesoría o

información para el acceso a recursos materiales, legales o de apoyo emocional (acuerdos para la cuota alimentaria, asesoría psicológica, etc.). En estos casos es importante que el Coordinador y/o Orientador cuente con la

información pertinente para facilitar el acceso a dichos recursos. 9. Se dejará constancia por escrito de la actuación en archivos correspondientes

bien sea en coordinación y/o Orientación Escolar y/o Comité de Convivencia Escolar.

10. En el seguimiento se verifica que el familiar responsable cumple con los

acuerdos establecidos, se debe monitorear la apariencia física, la conducta, la asistencia y el rendimiento académico del NNA con el fin de descartar la

continuidad en la amenaza o vulneración de derechos. 11. En los casos remitidos a ICBF, verificar que dicha entidad está realizando la

atención y remitir a las autoridades correspondientes en caso contrario.

12. Establecer contacto periódico con el NNA y su familia para evaluar la continuidad de condiciones.

13. Reportar cualquier novedad a la entidad que se está haciendo cargo del caso.

PROTOCOLO SITUACIÓNES DE VIOLENCIA SEXUAL

VIOLENCIA SEXUAL:

Todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados o las acciones para comercializar o utilizar de

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cualquier otro modo la sexualidad de una persona (OMS Y OPS, 2003, en

Ministerio de salud y Protección Social y OMS, 2013.p14).

Tipos de Violencia Sexual: - Violencia sexual.

- Abuso sexual. - Violación.

- Acoso sexual. - Trata de personas. - Explotación sexual.

- Comportamientos sexuales abusivos. - Agresión sexual sin y con contacto.

- Comentarios sexualizados. - Acto sexual abusivo con menor de 14 años.

Ruta para la atención de Violencia Sexual en la Institución Educativa

En los casos de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos, la atención

depende del tipo de situación que se haya presentado en la IE tratándose de Situaciones Tipo I, II y III). En todos los casos es importante realizar un manejo respetuoso y diligente que restablezca la dignidad afectada.

Como pautas generales se deben tener en cuenta en los tres tipos de situaciones

(I,II yIII): 1. La situación puede ser detectada por cualquier miembro del E.

2. Quien identifica debe entregar reporte por escrito a Coordinación y/o Orientación Escolar, de cualquier situaciones presentada sea Tipo I, II y III.

SITUACIÓNES DE VIOLENCIA SEXUAL TIPO I

Algunos ejemplos de Situaciones Tipo I relacionadas con la afectación de los DHSR son:

- Gestos o actos irrespetuosos con connotación sexual. - Situaciones en las que se excluye o señala por razones de género u orientación

sexual. - Agresiones verbales con las que se hace sentir mal a otras personas por medio

de insultos, apodos ofensivos, burlas, amenazas de agresión y expresiones morbosas. - Agresiones físicas e interacciones con las que se hostiga o se invade el espacio

íntimo de otra persona y que pueden tener o no contenido sexual: manoseo, halar o desacomodar la ropa.

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- Agresión relacional con la que se afecta negativamente el estatus o imagen que

tiene la persona frente a otras personas. Ejemplos de ello son: difundir el rumor de que una persona está dispuesta a tener relaciones con alguien por dinero;

discriminar a alguien por su identidad sexual o a una compañera de clase por estar embarazada, y comportamientos y eventos que de no detenerse oportunamente pueden suceder de forma reiterativa y derivar en situaciones tipo II

o III. Ruta para la atención de Violencia Sexual tipo I:

1. Generar contención (evitar más agresiones).

2. Propiciar la reflexión (identificación de prejuicios y emociones presentes). 3. Reconocer los límites que no deben ser traspasados

4. Establecer acuerdos de convivencia. 5. Definir acciones restauradoras (asumir la responsabilidad, reparar los daños y

asegurar el restablecimiento de vínculos y derechos).

6. Realizar seguimiento a los acuerdos definidos para apoyar el proceso. SITUACIÓNES DE VIOLENCIA SEXUAL TIPO II

Consideraciones

Corresponden a este tipo de situaciones eventos que no revisten la comisión de

un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes características: a) se presenta de forma repetitiva y sistemática, b) que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas

involucradas.

Algunos ejemplos de situaciones Tipo II relacionadas con la afectación de los DHSR son las siguientes:

- Amenazas, maltrato físico, verbal y emocional que ocurre de manera repetitiva y sistemática.

- Agresiones reiterativas con contenido sexual, como el ciberbullying y la agresión sexual por homofobia y transfobia. - Apodos y comentarios homofóbicos o sexistas reiterados.

- Piropos y tocamientos sexuales no consentidos que ocurren de forma repetitiva. - Mensajes sexuales ofensivos escritos en espacios públicos como baños,

paredes, tablero y pupitres, ya que pueden ser considerados como acoso escolar Ruta para la atención de Violencia Sexual en situaciones tipo II:

1. Les corresponde actuar al docente que detecta la situación, al Orientador y/o

coordinación, al Comité Escolar de Convivencia y al presidente de dicho comité.

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2. Le corresponde actuar a cualquier miembro de la comunidad educativa que

detecta la situación, quien deberá informar de la misma a la o las personas responsables de atender las situaciones de acuerdo con el protocolo de

atención particular de cada establecimiento educativo y esta o estas deberán actuar según dicho protocolo.

3. De acuerdo con el artículo 43 del Decreto 1965 de 2013, estas situaciones, así

como las medidas adoptadas deben ser informadas por el presidente del comité escolar de convivencia a los demás integrantes de este comité. El

comité hará el análisis y seguimiento para verificar la efectividad de las acciones y determinará si es necesario acudir al protocolo para la atención de las situaciones Tipo III.

4. Activar el compromiso de confidencialidad y respeto a la intimidad para dar un manejo ético y cuidadoso de la situación. Esto se debe hacer explícito en el

contacto o conversación con los distintos actores involucrados. 5. Verificar las condiciones físicas y emocionales de las personas involucradas. 6. Si la situación lo requiere, debe realizarse la remisión al servicio de salud más

cercano para solicitar la debida atención (realizar el registro del evento). 7. Informar a acudientes o familiares, bajo la consideración de que esto no

representa un mayor riesgo para las personas afectadas. 8. Tomar las medidas necesarias para evitar agresiones sucesivas entre las

personas involucradas.

9. Crear las condiciones necesarias para que las personas involucradas, de manera directa e indirecta en la situación, participen en su comprensión,

atención y reparación. 10. Registrar los acuerdos definidos, así como las consecuencias aplicadas a

quienes han participado en la situación.

11. Realizar un acompañamiento que apoye alcanzar lo propuesto. 12. Reportar el caso al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

SITUACIONES DE VIOLENCIA SEXUAL TIPO III

Consideraciones

Dentro de este tipo de situaciones se encuentran aquellas que son constitutivas de presuntos delitos. Por ejemplo, aquellos delitos contra la libertad, la integridad, la identidad de género y la orientación sexual.

Se debe tener en cuenta que este tipo de casos pueden suceder tanto en la IE

como fuera de este. Algunos ejemplos de Situaciones Tipo III relacionadas con la afectación de los

DHSR son las siguientes:

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Casos en los que existan indicios de que un niño o niña ha sido víctima de

violación (acceso carnal violento), sea por parte de una persona adulta o de un menor de edad.

Niñas, niños y adolescentes que son abusados sexualmente por un miembro de la familia.

Situación en la que una NNA ha sido víctima de caricias o manoseos, y en la que la agresora se ha valido de la fuerza física, el engaño o la intimidación.

Situaciones en las que la víctima ha sido abusada sexualmente luego de haber ingerido cualquier sustancia que la haya puesto en incapacidad de

resistir u oponerse a la actividad sexual.

Actividad sexual con NNA en situación de discapacidad cognitiva, en donde

la persona agresora se sirve de su limitación para consentir o comprender la naturaleza de la actividad.

Cualquier situación de actividad sexual que involucre a una persona adulta

y a un menor de 14 años.

Niñas, niños y adolescente que, obligados por un tercero, permiten que sus

compañeras o compañeros de toquen partes de su cuerpo a cambio de dinero.

Niñas, niños y adolescente que son ofrecidos con fines sexuales a una persona adulta a cambio de dinero.

Niñas, niños y adolescente que son hostigados o asediados con fines

sexuales por una persona adulta.

Niñas, niños y adolescente que han sido contactados por personas adultas

a través de redes sociales para en actividades sexuales.

Niñas, niños y adolescente que prestan servicios sexuales a través de una

red de tráfico de personas.

Niñas, niños y adolescente que son forzados por actores armados a

mantener relaciones sexuales. Lineamentos para la detección en los casos de violencia sexual en situación

tipo III

Considerando la obligación de las y los docentes de identificar y denunciar situaciones de presunta violencia sexual contra NNA, es importante tener en cuenta algunas señales e indicios que pueden presentar las NNA que están

viviendo situaciones de violencia sexual:

- Marcas en el cuerpo como rasguños, moretones, pellizcos, mordeduras, cortaduras, etc. - Dificultades y dolor al orinar o defecar.

- Molestia al caminar o al sentarse. - Dolor, picazón o molestia en la zona genital o anal.

- Olor fuerte o extraño en la zona genital.

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- Pérdida de apetito.

- Orinarse en la cama después de haber controlado esfínteres. - Aseo compulsivo y repetido.

- Sentimientos de culpa o vergüenza. - Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). - Embarazo o aborto.

- Temor hacia una persona o frente a algunas situaciones como hacer mandados, quedarse solo, a la oscuridad, fiestas o celebraciones asociadas al consumo de

licor u otras sustancias, entre otras. - Fugarse de la casa. - No querer asistir a la institución

- Cambios en el comportamiento con expresiones de agresividad, ansiedad, angustia, tristeza, inseguridad, irritabilidad, timidez, temor sin aparente causa, etc.

- Expresiones sexuales en juegos, dibujos o conversaciones no apropiadas para su edad. - Tendencia a tocar o a acceder sexualmente otras personas de manera abusiva.

- Referencia directa y explicita sobre experiencias de abuso en las que fue víctima o espectador.

- Si se encuentra que alguna NNA presenta alguna de las situaciones anteriormente mencionadas, es importante conversar con él o ella, con el propósito de confirmar una posible situación de violencia sexual

Se deben evitar expresiones como:

• “Te lo buscaste”. • “Te lo mereces”.

• “Es culpa tuya”. • “Eso te pasa por…”.

Es mejor decir:

• “Te escucho”. • “¿Cómo te sientes?”.

• “¿Cómo te encuentras?”. • “Puedes contarme lo que sucedió”. • “¿Cómo te puedo ayudar?”.

• “Puedes estar tranquila (o tranquilo). No es culpa tuya”.

• “Vamos a buscar ayuda para que estés bien” Ruta para la atención de Violencia Sexual en situaciones tipo III:

1. Ante un evento Tipo III es importante considerar que, al ser presuntos delitos,

son calificados como de suma gravedad y deben ser puestos en conocimiento de las autoridades de protección y de justicia.

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2. Adicionalmente, por el daño físico y el sufrimiento emocional y mental,

requieren ser atendidos por servicios especializados en salud integral. 3. Hacer efectivo el compromiso de confidencialidad y respeto a la intimidad y a la

dignidad para dar un manejo ético y cuidadoso de la situación. Esto se debe hacer explícito en el contacto o conversación con las distintas personas involucradas.

4. Realizar la remisión al servicio de salud más cercano para atender los daños al cuerpo o salud física y psicológica, y solicitar la debida atención a las personas

involucradas. En cualquier procedimiento debe primar la integridad de la persona.

5. Informar a padres, madres o acudientes de las personas involucradas, siempre

y cuando ello no represente un mayor riesgo para los afectados y no existan víctimas o victimarios potenciales que pertenezcan al núcleo familiar.

6. Tomar las medidas necesarias para proteger tanto a la víctima, como la persona agresora y demás personas involucradas, incluidas aquellas que hayan informado de la situación.

7. Reportar el caso a la secretaría de educación y al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

8. Reportar el caso ante la Policía de Infancia y Adolescencia o CAIVAS según el agresor sea un menor o un mayor de edad.

9. Es imperativo que frente a una presunta situación de violencia sexual, todas las

personas que conforman la comunidad educativa conozcan y apliquen las siguientes directrices:

No enfrente a la víctima con la persona agresora, esto aumenta la

vulnerabilidad de la víctima.

No intente ningún tipo de mediación. La violencia no es negociable.

No haga entrevistas ni trate de recoger pruebas o adelantar investigaciones

sobre el caso, esto puede revictimizar a la niña o al niño y alterar los elementos materiales de prueba del caso.

No niegue su apoyo a la víctima frente al proceso de restablecimiento de los DDHH.

Nota: En el caso de que el agresor sea funcionario de la Institución Educativa el

Rector(a)/ coordinador(a) reportará a Secretaría de Educación para el Respectivo

proceso disciplinario y a su vez a Padres de familia y/o acudientes, Salud, ICBF.

PROTOCOLO SITUACIONES CONDUCTA SUICIDA

CONDUCTA SUICIDA:

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La OMS define la conducta suicida como la acción mediante la cual el individuo se

causa una lesión con la intensión real o aparente de morir, independientemente de la letalidad del método empleado y del resultado obtenido: se produzca o no la

muerte. TIPOS DE CONDUCTAS SUICIDA:

Ideación suicida: pensamiento de autodestrucción y auto laceración, anclada en

problemas emocionales y afectivos de los diferentes miembros de la comunidad educativa especialmente las NNA; ante situaciones de aparente gravedad o difícil solución en sus vidas, por lo general, estas situaciones pueden ser abordadas

inicialmente desde Orientación Escolar.

Las alertas se deben activar inmediatamente cuando la ideación es verbalizada a un tercero y la persona ha establecido un plan de suicidio estructurado.

Amenaza suicida: situación en la cual un sujeto amenaza con quitarse la vida, ante un familiar o una persona cercana, en estos casos se requiere intervención

siquiátrica inmediata. Intento de suicidio: se subdivide en:

Tentativa de suicidio: Conducta para suicida, donde no existe la voluntad real

de morir. La tentativa es utilizada por la persona como mecanismo de solicitar

ayuda ante sus problemas o modificar situaciones para lograr un beneficio secundario.

Suicidio fallido: Es aquel acto suicida que no conllevo la muerte del sujeto por

circunstancias fortuitas, casuales, imprevistas, que si no se hubieran

presentado, se hubiera producido necesariamente el desenlace fatal.

Suicidio consumado: todo caso de muerte que resulte directa o

indirectamente, de un acto, realizado por la víctima misma, sabiendo este que debía producir este resultado

DESCRIPCIÓN:

Es importante reconocer que la idea suicida está presenten los jóvenes, especialmente en los adolescentes. Entre los factores de riesgo que están

asociados conducta suicida en cualquiera de sus manifestaciones se encuentran: ideación suicida, previos intentos de suicidio, trastornos psiquiátricos, trastornos

del estado de ánimo y trastornos relacionados con el consumo de sustancias psicoactivas, antecedentes familiares de conducta suicida, conflictos familiares, maltrato intrafamiliar, falta de acompañamiento familiar y social, acoso y/o abuso

sexual, acoso escolar, actitudes desafiantes y negación del peligro, desempleo,

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entre otros. (Adaptados de Delgado Andrea, Insuasty, Diana y Villalobos, Fredy

,2004 y Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá 2014).

CUTTING:

La automutilación o la autolesión es cualquier daño realizado por una persona sobre su propio cuerpo sin la intención de suicidarse. La automutilación es un acto

compulsivo que se puede llevar a cabo para liberarse de dolor emocional, furia o ansiedad, para revelarse

en contra de la autoridad, para jugar con comportamientos arriesgados o para sentirse en control. En algunos casos, el comportamiento no tiene relación con el control emocional sino con un trastorno neurológico o metabólico.

Los síntomas más comunes son: Cortarse la piel con objetos filosos, escarbarse

quemarse la piel, rascarse o auto-golpearse, picarse con agujas, golpearse la cabeza, presionarse los ojos, morderse el dedo, los labios o el brazo, jalarse los cabellos, picarse la piel.

Signos de alarma

- Dificultades de salud mental en la familia. - Abuso de alcohol y otras sustancias psicoactivas.

- Antecedentes familiares de suicidios e intentos de suicidio. - Familia violenta (incluyendo abusos físicos y sexuales del niño).

- Escaso cuidado de los padres o cuidadores y poca comunicación. - Divorcio, separación o muerte de los padres o cuidadores. - Mudanzas frecuentes a áreas residenciales diferentes.

- Expectativas demasiado altas o demasiado bajas por parte de los padres. - Padres o cuidadores con autoridad excesiva o inadecuada.

- Falta de tiempo de los padres para observar y tratar los problemas de aflicción emocional de los jóvenes y un ambiente emocional negativo con rasgos de rechazo o descuido.

ASPECTOS A CONSIDERAR PARA DESMITIFICAR EL SUICIDIO

MITO REALIDAD

1. Las personas que hablan de suicidio no

cometen suicidio

1. La mayoría de los suicidas han advertido intenciones.

2. Los suicidas tienen toda la intención de morir.

2. La mayoría de ellos es ambivalente

3. El suicidio sucede sin advertencias.

3. Los suicidas a menudo dan amplias

indicaciones.

4. La mejoría después de una crisis 4. Muchos suicidios ocurren en el periodo

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significa que el riesgo de suicidio se ha

superado.

de mejoría, cuando la persona tiene toda la

energía y la voluntad para convertir los pensamientos de

Desesperación en actos destructivos.

5. No todos los suicidios pueden

prevenirse.

5. Esto es verdadero, pero la mayoría es

prevenible.

6. Una vez que una persona es suicida, lo es para siempre.

6. Los pensamientos suicidas pueden regresar, pero no son permanentes y en

algunas personas pueden no hacerlo jamás.

RUTAS PARA ATENDER LA IDEACIÓN SUICIDA EN LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA

1. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de los hechos deberá comunicar por escrito al coordinador y/o Orientador Escolar de la IE, para garantizar la atención del caso.

2. El Coordinador y/o Orientador Escolar, entrevistará al NNA. 3. Si se identifican factores de riesgo, se ofrece apoyo emocional y estrategias de

contención del suicidio (Hablar abiertamente de los sentimientos suicidas, centrase en las fortalezas del NNA, centrarse en la ambivalencia, explorar alternativas al suicidio, pactar un contrato de responsabilidad con la vida).

4. Se Informará de manera inmediata a familia o acudientes, el coordinador y/o Orientador Escolar le informara el nivel de riesgo y buscará la comprensión la familiar del caso, asesorará y apoyo.

5. En cualquier caso, se remitirá a medicina general a la EPS correspondiente, para que este a su vez encamine por el servicio de Psicología, lo cual quedará

consignado en el contenido de la remisión. 6. El coordinador y/o Orientador Escolar realizara seguimiento, con estudiante y

familia para verificar el cumplimiento de la atención en salud mental.

7. Si no se identifican factores de riesgo se realiza seguimiento. 5 1 RUTAS PARA ATENDER AMENAZA SUICIDA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que tenga conocimiento de los hechos deberá comunicar por escrito al Orientador Escolar del EE, para

garantizar la atención del caso. 2. Se entrevista al NNA en coordinación y/o Orientación Escolar. 3. Se ofrece apoyo emocional y estrategias de contención del suicidio (Hablar

abiertamente de los sentimientos suicidas, centrase en las fortalezas del NNA, centrarse en la ambivalencia, explorar alternativas al suicidio, pactar un

contrato de responsabilidad con la vida).

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4. Se Informará a padres de familia o acudientes.

5. Se remite inmediatamente por urgencias a la Eps. 6. Si se confirman factores de riesgo o plan estructurado, se reporta al Centro

Regulador de Urgencias (CRU), de la Secretaria Local de Salud. OJO revisar oficio SLS.

7. El Coordinador y/o Orientador Escolar realizara seguimiento, con estudiante y

familia para verificar el cumplimiento de la atención en salud mental. 8. Si no se identifica amenaza suicida, se realiza seguimiento.

RUTAS PARA ATENDER EL INTENTO DE SUICIDIO EN LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA

1. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de los

hechos deberá comunicar por escrito al Orientador Escolar del EE, para garantizar la atención del caso.

2. El Coordinador y/o Orientador Escolar brindará acompañamiento, realizando intervención en crisis. informa inmediatamente a los padres de familia o acudientes, permanecerá con el estudiante hasta que reciba atención, ya sea

por servicio de ambulancia o EPS, si es necesario solicitar apoyo de funcionario de la IE para contener situación, garantizar la atención en salud,

realizara reporte al CRU y realizar seguimiento. 3. Coordinación y/o orientador Escolar, solicitará ambulancia, anotando los datos

de identificación del conductor, placas del vehículo, y/o funcionarios médicos,

Se dejará constancia por escrito de la actuación en archivos correspondientes bien sea Orientación Escolar y/o Comité Escolar de Convivencia.

Nota: En todo caso se dejará constancia escrita de las diferentes acciones realizadas mediante formatos institucionales.

PROTOCOLO CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS (SPA)

Sustancias psicoactivas (spa):

Las sustancias psicoactivas pueden ser de origen natural o sintético y cuando se consumen por cualquier vía (oral-nasal-intramuscular-intravenosa) tienen la

capacidad de generar un efecto directo sobre el sistema nervioso central,

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ocasionando cambios específicos a sus funciones; que está compuesto por el

cerebro y la médula espinal, de los organismos vivos. Estas sustancias son capaces de inhibir el dolor, modificar el estado anímico o alterar las percepciones.

(Observatorio de drogas en Colombia). Las sustancias psicoactivas son aquellas cuyo consumo puede alterar los estados

de conciencia, de ánimo y de pensamiento. Son sustancias psicoactivas, por ejemplo, el tabaco, el alcohol, el cannabis, las anfetaminas, el éxtasis, la cocaína y

la heroína. Las sustancias psicoactivas, también llamadas comúnmente “drogas”, interactúan

con el sistema nervioso central (SNC) y afectan los procesos mentales, el comportamiento, la percepción de la realidad ,el nivel de atención/alerta, el tiempo

de respuesta y la percepción del entorno. (Ley 30 de 1.986 Estatuto Nacional de Estupefacientes).

Signos de alarma:

- Aislamiento del círculo social habitual. - Abandono de actividades vitales. - Transgresión de normas.

- Cambios en la salud o estado físico. - Deterioro de las relaciones interpersonales y familiares.

- Cambios en el estado de ánimo. - Ausentismo escolar. - Asociación con pares de riesgo.

- Irritabilidad constante. PASOS PARA ATENDER CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS (SPA)

EN LA IE

1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa, identifica la situación de probable consumo de SPA.

2. Informará al Coordinador y/o Orientador Escolar para que en caso de presentarse afectación de la salud, se remita a las entidades competentes.

3. El Coordinador y/o el Orientador Escolar, en caso que se presente vulneración

de derechos, realizará remisión a entidades encargadas de Establecimiento de derechos y dejará constancia por escrito en coordinación, asegurándose que el

manejo de la información sea confidencial. 4. Simultáneamente, el Coordinador quien luego se encargará de informar a

padres de familia o acudientes del estudiante involucrado.

5. El Coordinador y/o Orientador Escolar, ampliará información respecto a la situación de consumo y brindará la debida información sobre la Ley 1566 de

2012 de atención integral al consumo de SPA. Promover en el grupo familiar la identificación y control de factores asociados a consumo, proceso que será

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consignado en el formato de Historia Escolar y se mantendrá reserva de la

información. 6. El Coordinador y/o Orientador Escolar, realizará seguimiento para verificar si el

estudiante y la familia cumplen los compromisos, los cuales se debieron consignar en documento o acta de compromiso institucional.

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PASOS PARA ATENDER CONSUMO

ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS CON OTRAS ENTIDADES

DIRECTORIO INSTITUCIONAL

ENTIDADES TELEFONO

Policía Nacional 123

Policía de Infancia y Adolescencia 3108695060

Policía Cuadrante 3107718388

Policía del Aeropuerto 3506641856

Centro Regulador de Urgencias-

Secretaria Local de Salud

6030135

Comisaría de Familia

Centros de Atención a Violencia

Intrafamiliar(CAVIF)

141

Personería 6223330 - 6213765- 143

Defensoría del pueblo

ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- Denuncia Anónima

6200786- 6200787

018000918080

Centro Salud del Corregimiento el Centro 6109355

Bomberos 119- 6020748 - 6020749

Cruz Roja 132 - 3208313766

Defensa Civil 3144728097 - 6102625

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Comité Municipal de Convivencia Escolar

Institución Educativa Los Laureles

Comité de Convivencia Escolar

3209640458

Seguro Estudiantil: NOMBRE

ENTIDADES DE SALUD:

Salud Total 6026443

Sanitas 6222494

Nueva Eps 6114144

Coomeva 6203989

Policlínica

Sanidad Policia

Medimas 6000008

Emdisalud 6203719

Famisanar 6201833

Comparta 3154257678

Asmet Salud 6203719

Padres de familia o acudientes de los NNA matriculados en el establecimiento educativo.

Este Manual de Convivencia fue aprobado en Acta del Consejo Directivo,

del 15 enero de 2018

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