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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGOGICO DE BARQUISIMETO
“DR. LUIS BELTRAN PRIETO FIGUEROA.
SUBDIRECCION DE INVESTIGACION Y POSTGRADO
MODULO:
MEDIOS Y RECURSOS DIDÁCTICOS
FACILITADOR:
TOMAS PEREZ
INTEGRANTES:
LUIS ENRIQUE PORRAS
BARQUISIMETO, MAYO DE 2014
Es necesario, como paso
inicial del P.S.S.T. desarrollar un
proceso de información y
motivación dirigida a los
trabajadores, a los delegados de
prevención, a los miembros del
C.S.S.L, así como a los
miembros del sindicato.
En primer lugar para brindarle
el bagaje teórico que les
permitirá tener una participación
real, eficaz y plena; en segundo
lugar, incentivar a la masa
laboral a participar de forma
protagónica en todo lo referente
a la prevención.
La empleadora o el empleador,
como paso inicial para la
elaboración de un P.S.S.T, por
medio del S.S.S.T deberá efectuar la
identificación de los procesos
peligrosos existentes, así como el
diagnóstico de las necesidades del
centro de trabajo.
Garantizando la participación
eficaz, de las trabajadoras y los
trabajadores
El Proyecto de Política deberá ser
elaborado por el S.S.S.T, con la
participación y consulta previa al
C.S.S.L, donde el S.S.S.T presentará
el proyecto a consideración del
C.S.S.L para su aprobación o
negativa. De ser aprobado deberá
ser presentarlo a consideración del
Instituto Nacional de Prevención,
Salud y Seguridad Laborales
(INPSASEL) para su aprobación o
negativa.
El S.S.S.T, es el responsable de
diseñar y elaborar los planes de
trabajo que conforman el
Programa de Seguridad y Salud
en el Trabajo, estos deben
responder estrictamente a los
procesos peligrosos
identificados en la etapa
anterior, así como ser sometido
a revisión y aprobación del
C.S.S.L, las Delegadas y los
Delegados de Prevención.
El artículo 82 del Reglamento Parcial de la Lopcymat, así como la
Norma Técnica NT-01-2008 en su Titulo IV, establece los planes de
trabajo mínimos deben ser:
Información y Educación Permanente
Inducción a nuevos ingresos y cambios
o modificación de tareas/puestos de
trabajo.Monitoreo y vigilancia epidemiológica
de los riesgos y procesos peligrosos.
Monitoreo y vigilancia epidemiológica
de la salud de las trabajadoras y los
trabajadores.
Monitoreo y vigilancia de la utilización
del tiempo libre de las trabajadoras y
los trabajadores.Reglas, normas y procedimientos de
trabajo seguro y saludable
Dotación de equipos de protección
personal y colectiva.Atención preventiva en salud de las
trabajadoras y trabajadores
Planes de contingencia y atención de
emergencias.
Procesos de inspección
La empleadora o empleador,
suscribirá una carta compromiso
(anexo I), dirigida al C.S.S.L, una
vez concluido el proceso de
construcción y validación del
Programa de Seguridad y Salud en
el Trabajo, así como al INPSASEL
para su aprobación, según los
criterios señalados en el título VI de
la Norma Técnica para la
elaboración del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo.