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Mecanismos de protección y aplicación de derechos ALBERTO PIEDRA LEIVA

Mecanismos protección de derechos. Colombia

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Mecanismos de protección y aplicación

de derechosALBERTO PIEDRA LEIVA

Dirección General de la serie:

Alberto Piedra

Con la participación de: Lorena Aguilar. Camilo Aristizabal. LucíaBetancur.

Mónica Carbonell. Sonia Carbonell. Jorge Durango. Alexander Fernández. Carla Martínez. Lorena

Osorio. Sandra Ríos. Aura Ruíz. Andrés Saldarriaga. Margarita Saenz. Angélica Serna. Lourdes Sierra.

Florence Thomas. Juan Tisnes. Diana Uribe. Leovigildo Vivanco.

[email protected]

Derechos de 1ª generaciónConsideran la individualidad de la persona

y por tanto se encuentran en esta categoría los derechos civiles y políticos, como la vida, la igualdad,

la libertad, entre otros.

Estos derechos aparecen tras la Revolución Francesa y el Estado está obligado a proteger

y respetar estos derechos de todas las personas de su territorio.

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS

Derechos de 2ª generación

Consideran al Hombre como un ser social, por tanto son los derechos económicos,

sociales y culturales, tales como salud, educación, trabajo.

Aparecieron después del triunfo de la Revolución Socialista que destruye a los zares.

Estos derechos deben ser garantizados por elEstado en la medida de sus capacidades.

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS

Derechos de 3ª generaciónConsideran al individuo como un ser colectivo

y agrupan los derechos colectivos, como el ambiente sano y la paz.

Esta categoría es más reciente y demanda a los Estados

un proceso de institucionalización.

ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

ACCIÓN POPULAR

ACCIÓN DE TUTELA

ACCIÓN DE GRUPO

ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Artículo 86 del Código Contencioso Administrativo,artículo 87 de la Constitución Política y

Ley 393 de 1997 que desarrolla este último artículo.

ARTICULO 87, CP. Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo

el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia

ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido.

ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Los artículos 77 al 82 de la Ley 99 de 1993 describían el procedimiento para efectuar

una acción de cumplimiento, pero dicho procedimiento fue derogado por la Ley 393 de 1997.

La acción de cumplimiento no tiene caducidad.

Es improcedente cuando se realice para proteger derechos que puedan ser garantizados mediante

la acción de tutela o cuando haya otro instrumentojudicial para lograr el efectivo cumplimiento.

Características

Primera instancia. Juez Administrativo.

Segunda instancia. Tribunal Contencioso Administrativo.

Procuraduría, Defensoría, Personería, Contraloría,

organizaciones sociales, ONG´S.

No excluye el ejercicio de la Acción Popular.

El accionante previamente debe

reclamar el cumplimiento.

Contenido de la solicitud

Nombre, identificación y dirección.

Ley o acto administrativo incumplido.

Copia del acto administrativo.

Hechos.

Autoridad o particular incumplido.

Prueba de la renuencia.

Solicitud de pruebas y pretensiones.

Manifestación juramentada.

ACCIÓN DE TUTELA (Art. 86, CP)

Protegen derechos fundamentalesde primera generación.

Afectaciones ambientales. Se aplica acción de tutela por su

conexidad con los derechos fundamentales de primera generación.

Reclamo ante los jueces.

En todo momento y lugar.

Por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

Orden de hacer o no hacer.

Fallo de inmediato cumplimiento.

Se podrá impugnar ante el juez competentey, en todo caso, éste lo remitirá a la

Corte Constitucional para su eventual revisión.

En ningún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.

La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados

de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente

el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de

subordinación o indefensión.

ACCIÓN POPULAR Y ACCIÓN DE GRUPO

Son preventivas.

Protegen derechos colectivos.

El beneficiario es el

medio ambiente.

Se puede aplicar por

una sola persona.

No son preventivas.

No siempre protegen

derechos colectivos.

Los beneficiarios son

los afectados.

Se aplica cuando hay más

de 20 afectados.

ACCIÓN POPULAR

Contemplada en los artículos 1006 y 1007

del Código Civil y el artículo 88 de la

Constitución Política que fue desarrollado por la

Ley 472 de 1998.

Al igual que la acción de tutela, es reparatoria.

LEY 472 DE 1998

Evitar el daño contingente,

hacer cesar el peligro, la amenaza,

la vulneración o agravio

sobre los derechos e intereses colectivos,

o restituir las cosas a su estado anterior

cuando fuere posible.

Derechos e intereses colectivos

Goce de un ambiente sano.

Moral administrativa.

Existencia del equilibrio ecológico y el

manejo y aprovechamiento racional de los

recursos naturales para garantizar su

desarrollo sostenible, su conservación,

restauración, o sustitución.

Derechos e intereses colectivos

La conservación de las especies animales y vegetales,

la protección de áreas de especial importancia ecológica,

de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas,

así como los demás intereses de la comunidad

relacionados con la preservación y restauración

del medio ambiente.

Goce del espacio público y utilización y defensa de los bienes de uso público.

Defensa del patrimonio público.

Defensa del patrimonio cultural de la Nación.

La seguridad y salubridad públicas.

El acceso a una infraestructura de serviciosque garantice la salubridad pública.

La libre competencia económica.

El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna.

La prohibición de la fabricación, importación, posesión, uso de armas químicas, biológicas y nucleares,

así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o tóxicos.

El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente.

La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones

jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.

Los derechos de los consumidores y usuarios.

Cuando se ejerce la Acción Popular

ACCIÓN OMISIÓN

AUTORIDADES PÚBLICAS O PARTICULARES

VIOLADO

AMENACEN VIOLAR

DERECHOS E INTERESES

COLECTIVOS

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO JUZGADO

ORDINARIO CIVIL

Quiénes pueden ejercitar las Acciones Populares

PERSONA NATURAL O JURÍDICA

ONG´S, ORGANIZACIONES POPULARES, CÍVICAS

ENTIDADES PÚBLICAS DE CONTROL, INTERVENCIÓN O VIGILANCIA

PROCURADURÍA DEFENSORÍA, PERSONERÍA,

ALCALDÍAS

Requisitos de la demanda o petición

Derecho o interés colectivo amenazado.

Hechos, actos, acciones u omisiones.

Pretensiones.

Responsable.

Pruebas.

Direcciones para notificaciones.

Nombre e identificación de quien ejerce la acción.

Proceso

ADMISIÓN(3 DÍAS

HÁBILES)

CORRECCIONES (3 DÍAS)

NOTIFICACIÓN(demanda y medidas

cautelares)

DEMANDADO (10 DÍAS DEMANDA Y 5

DÍAS RECURSOS)DEMANDANTE

MINISTERIO PÚBLICOENTIDAD ADMINISTRATIVA

(3 DÍAS)PACTO DE

CUMPLIMIENTO (5 DÍAS)

PRUEBAS(20 DÍAS)

ALEGATOS (5 DÍAS)

SENTENCIA(20 DÍAS)

RECURSOS(20 DÍAS, PARA

APELACIÓN)

Medidas cautelares

Antes de ser notificada, o

en cualquier etapa del proceso.

CESE INMEDIATO DE ACTIVIDADES

EJECUCIÓN DE ACTOS

NECESARIOS

ORDENAR ESTUDIOSPARA TOMAR MEDIDAS

URGENTES

Pacto de cumplimiento

DEMANDANTEDEMANDANDO

MINISTERIO PÚBLICOENTIDAD ADMINISTRATIVA

INICIATIVA DEL JUEZFORMA DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

RESTABLECIMIENTO DE LAS COSAS A SU ESTADO ANTERIOR

AUDIENCIA FALLIDA

AUSENCIA DE ALGUNA DE LAS PARTES

NO HAY PACTO

NO HAY CONSENTIMIENTO EN LAS CORRECCIONES

Sentencia

Orden de hacer o no hacer.

Pago de perjuicios a la entidad administrativa.

Conductas necesarias para volver las cosas a su estado anterior.

Monto del incentivo para el actor popular (10-150 s.m.m.l.v.).

ACCIONES DE GRUPO

Acciones interpuestas por un número plural

o conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes

respecto de una misma causa que originó

perjuicios individuales para dichas personas.

Se ejerce únicamente para obtener

el reconocimiento y pago de la indemnización

de los perjuicios.

Caducidad. Dos (2) años.

Requisitos de la demanda

Nombre del apoderado(s), anexando el poder.

Identificación de los poderdantes.

Valor estimado de los perjuicios.

Identificación del demandado.

Justificación de la procedencia.

Hechos y pruebas.

Contenido de la sentencia

Pago de la indemnización colectiva.

Requisitos de las personas externas que

quieran adherirse a la indemnización.

Publicación de un extracto de la sentencia.

Liquidación de las costas.

Liquidación de los honorarios del abogado coordinador.

10% de la indemnización total.

ORGANIZACIONES CÍVICAS Y POPULARES

Art. 81. Las autoridades estarán obligadas

a colaborar y facilitar la creación y funcionamiento

de las organizaciones cívicas, populares y similares

que se establezcan por iniciativa de la comunidad

para la defensa de los derechos e intereses colectivos.

De igual modo se colaborará con las demás

organizaciones que se funden con la misma finalidad.

FIN