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PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR EL QUE SE INTIMA AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS A CONCURRIR A LA CÁMARA DE DIPUTADOS EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 101 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. MOCIÓN DE CENSURA La Cámara de Diputados de la Nación RESUELVE: Intimar al señor Jefe de Gabinete de Ministros, Dr. Aníbal Domingo Fernández, a concurrir en forma perentoria al recinto de esta Cámara, conforme lo dispone el artículo 101 de la Constitución Nacional, visto que desde noviembre de 2009 no se presenta ante este Congreso, incumpliendo su deber constitucional de asistir todos los meses en forma alternativa a cada una de las Cámaras para informar, en sesión pública, de la marcha del gobierno. La concurrencia del señor Jefe de Gabinete de Ministros se requiere a efectos de su interpelación en mérito de una moción de censura según lo autorizan los artículos 71 y 101 de la Constitución Nacional y el artículo 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a fin de responder por el incumplimiento de su obligación de concurrencia mensual a este Congreso y por distintas cuestiones que hacen a la gestión del gobierno. 1

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PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR EL QUE SE INTIMA AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS A CONCURRIR A LA CÁMARA DE DIPUTADOS EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 101 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. MOCIÓN DE CENSURA

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Intimar al señor Jefe de Gabinete de Ministros, Dr. Aníbal Domingo Fernández, a

concurrir en forma perentoria al recinto de esta Cámara, conforme lo dispone el artículo

101 de la Constitución Nacional, visto que desde noviembre de 2009 no se presenta ante

este Congreso, incumpliendo su deber constitucional de asistir todos los meses en forma

alternativa a cada una de las Cámaras para informar, en sesión pública, de la marcha del

gobierno.

La concurrencia del señor Jefe de Gabinete de Ministros se requiere a efectos de su

interpelación en mérito de una moción de censura según lo autorizan los artículos 71 y 101

de la Constitución Nacional y el artículo 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de

Diputados de la Nación, a fin de responder por el incumplimiento de su obligación de

concurrencia mensual a este Congreso y por distintas cuestiones que hacen a la gestión del

gobierno.

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FUNDAMENTOS

Señor presidente:

A través de esta iniciativa requerimos la presencia en esta Cámara del señor Jefe de Gabinete de Ministros en cumplimiento de su obligación constitucional de concurrir alternativamente una vez por mes a cada Cámara (art. 101 Constitución Nacional).

El Dr. Aníbal Fernández asistió por última vez al recinto de Diputados en noviembre de 2009. No se trata de una prerrogativa de este funcionario presentarse o no ante el Congreso, se trata de una obligación expresa que establece la Constitución Nacional cuando dice en el artículo 101 que ... "debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus Cámaras, para informar de la marcha del gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71", norma que además le da potestad a cada una de las Cámaras a hacerlo comparecer para recibir las explicaciones e informes que estime conveniente.

Ello es así dado que Jefe de Gabinete de Ministros... “tiene responsabilidad política ante el Congreso de la Nación", que podría someterlo a una moción de censura para removerlo.

La actitud del actual Jefe de Gabinete de Ministros refleja una vez más el bajo compromiso del Poder Ejecutivo con la calidad institucional, la transparencia, la información pública y el respeto a la Constitución.

Asimismo, este proyecto comunica al Dr. Aníbal Fernández la intención de esta Cámara de interpelarlo a los efectos del tratamiento de una moción de censura (artículos 71 y 101 de la Constitución Nacional).

Según el convencional Paixao1 “…como una señal de la función de puente entre el presidente y el Congreso de la Nación, … la reforma que ponemos a consideración de este cuerpo incluye la posibilidad de que el Congreso remueva al jefe de gabinete, quien tendrá responsabilidad política ante el Poder Legislativo. Si bien se trata de un arbitrio excepcional, apto para servir de referencia al sistema y sujeto a exigencias que han de hacer a esa remoción infrecuente, queda en manos del Congreso un instrumento apto para resolver institucionalmente situaciones de profunda crisis políticas.”

A diferencia del juicio político, tal como señala Daniel Sabsay. "La moción no exige causales, no hay una acusación ni una instancia de descargo o defensa, ni hay que probar la comisión de un delito, como sí ocurre en el juicio político. "Es una decisión política sujeta a un juego de mayorías en función de la confianza".

Además, la potestad de interpelar corresponde a la Cámara y no a su presidente.

1 en la CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE, 18ª Reunión - 3ª Sesión Ordinaria 27 de julio de 1994)

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Fundamentan este pedido la doctrina de distintos y prestigiosos constitucionalistas que ha sido prolijamente detallada en el proyecto de resolución del senador Rodríguez Saa (expediente S-0705/09) y que reproducimos a continuación:

1.-Germán Bidart Campos entiende que los informes requeridos en virtud del artículo 101 de la Constitución Nacional son vinculantes y susceptibles no sólo de la moción de censura sino, incluso, de la remoción del Jefe de Gabinete de Ministros (Cfr. su obra Manual de la Constitución Reformada, 2ª reimpresión, p. 89). La inobservancia reiterada a este deber es de suma importancia para resguardar el sistema constitucional.

2.- Humberto Quiroga Lavié ha expresado que “la presencia del Jefe de Gabinete en las Cámaras es para informar sobre la marcha del gobierno, es decir que allí podrá ser requerido sobre los pedidos de informes pendientes de respuesta que le haya formulado cada Cámara, así como sobre los temas que los legisladores estimaren convenientes” (Quiroga Lavié, Humberto, Constitución de la Nación Argentina Comentada, 3ª edición, Zavalía, Bs. As., 2000, p. 689).

3.- Miguel Angel Ekmekdjian sostiene que el objetivo de la asistencia del Jefe de Gabinete es informar sobre la marcha de los asuntos en trámite del gobierno, con un criterio propio del sistema parlamentario, siendo esta asistencia obligatoria (Cfr. Ekmekdjian, Miguel Ángel, 4.-Tratado de Derecho Constitucional, Depalma, Bs. As., 1999, p. 180).

4.- María Angélica Gelli, respecto del voto de censura, afirma que es un procedimiento complejo, cuyo “mecanismo debe iniciarse con la interpelación que decida formularle cualesquiera de los dos Cámaras y la censura decidirse por la mayoría absoluta de la totalidad de sus miembros. El voto de censura es discrecional de la Cámara respectiva, por tanto no puede impedirse mediante acción judicial. Sólo el Poder Ejecutivo podría bloquearla por medio del pedido de renuncia del jefe de gabinete, pero si ello ocurre, el efecto político de la censura se materializa de modo indirecto. Si se produce la censura, queda expedito el camino de la remoción que requerirá también la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la otra Cámara” (Gelli, María Angélica, Constitución de la Nación Argentina Comentada y Concordada, 3ª edición ampliada y actualizada, La Ley, Bs. As., 2008).

Por último, y a fines simplemente ejemplificativos, mencionamos como válidos antecedentes de este proyecto los pedidos de informes ingresados en esta Cámara desde noviembre de 2009, los que no han recibido tratamiento alguno por sus comisiones y tampoco han sido informados por el señor Jefe de Gabinete de Ministros dada su no concurrencia al Congreso:

1.- Pedido de informes verbales en merito a una moción de censura al Jefe de Gabinete de Ministros, doctor Aníbal Fernández, sobre diversas cuestiones relacionadas con las órdenes impartidas para incumplir una orden judicial. Firmantes Giubergia, Miguel Angel - Rioboo, Sandra Adriana - Costa, Eduardo Raul - Cusinato, Gustavo - Urlich, Carlos -

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Martinez Oddone, Heriberto Agustin - Tunessi, Juan Pedro - Fiad, Mario Raymundo - Storani, Maria Luisa - Hotton, Cynthia Liliana.( 6102-D-2009 del 22/12/2009).

2.- Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional y del Plan de Inversiones Públicas y la Cuenta de Inversión. Concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros y Ministros a sesiones plenarias de la H. Cámara, a fin de exponer el programa de gobierno y ejecucion del presupuesto vigente (reproducción del expediente 1052-D-08). Firmante: Pinedo. (0618-D-2010 del 08/03/2010) 3.- Promover juicio político al señor Jefe de Gabinete de Ministros, Dr. Anibal Domingo Fernández, por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones y delitos en el ejercicio de la función pública, de conformidad con el artículo 53 y concordantes de la Constitución nacional. Firmantes: Carrio, Elisa Maria Avelina, Bullrich, Patricia, Sola, Felipe Carlos, Pinedo, Federico, Amadeo, Eduardo Pablo, Moran, Juan Carlos, Carca, Elisa Beatriz , Giudici, Silvana Myriam, De Prat Gay, Alfonso, Piemonte, Hector Horacio, Terada, Alicia, Rossi, Cipriana Lorena, Comi, Carlos Marcelo, Mouilleron, Roberto Mario. (0402-D-2010del 03/03/2010)

4.- Pedido de informes verbales al señor Jefe de Gabinete de Ministros, Doctor Aníbal Fernández, sobre el dictado de la Decisión Administrativa 41/2010 donde reasigna partidas para atender el "Programa Futbol Para Todos". Firmantes: Bullrich, Patricia, Reyes, Maria Fernanda, Piemonte, Hector Horacio, Iglesias, Fernando Adolfo, Baldata, Griselda Angela, Giudici, Silvana Myriam. (6332-D-2009 del 21/02/2010)

5.- Pedido de informes verbales al Jefe de Gabinete de Ministros, doctor Aníbal Fernández, sobre diversas cuestiones relacionadas a la orden impartida a la Policía Federal Argentina, de desconocer una orden judicial ordenada en los autos " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación C/ Asociación Argentina de Aeronavegantes s/ ley de asociaciones sindicales" en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 54. Firmantes: Bullrich, Patricia; Iglesias, Fernando Adolfo (6115- D-2009 del 22/12/2009)

6. 7.- Pedido de informes verbales al señor Jefe de Gabinete de Ministros Doctor Aníbal Fernández, sobre la presencia de Antonini Wilson en la casa de Gobierno. Firmantes: Bullrich, Patricia. (5758-D-2009 Trámite Parlamentario nº 165 23/11/2009) Firmante: Azcoiti, Pedro José. (5755-D-2009 del 20/11/2009)

8.- Interpelación al Jefe de Gabinete de Ministros, doctor Aníbal Fernández, sobre diversas cuestiones relacionadas con el clima de enfrentamiento y crispación social. Firmante: Galvalisi Luis Alberto. (5727-D-2009 del 19/11/2009)

Sin más solicitamos a nuestros pares la pronta aprobación de esta iniciativa en atención a la urgencia y gravedad institucional del tema.

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