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jaquelina-vaci
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ÁMBITO NACIONAL
CONDICION SUBJETIVA
ENUMERACION TAXATIVA
CONDICIONOBJETIVA
CONDICIONES QUE VARIAN DE ACUERDO CON EL SUJETO
QUE SE REALICEN Y/O POSEAN HASTA 3 ACTIVIDADES / UNIDADES DE EXPLOTACION
PEQUEÑO CONTRIBUYENTE
(Art. 2°)
Unidades de ExplotaciónEl DR N° 17 establece representa:
Cada Espacio físico (local, establecimiento, oficina, etc.) donde se desarrolle la actividad.
Cada Rodado, (taxímetros, remises, transporte, etc.)Cada Inmueble.La sociedad de la que forma Parte el Contribuyente
Inicio de Actividades (Art. 12)
Deberá encuadrarse en la categoría de acuerdo a la superficie que tenga afectada a la actividad y, al monto pactado en el contrato de alquiler, caso contrario mediante una estimación razonable.
Impuesto a Ingresar (Art. N°7)
Los pequeños contribuyentes deberán ingresar el impuesto integrado que resultara de la categoría en la que queden encuadrados.
Tiempo (Art. 15)
Efectos de la Adhesión
Desde el primer día del mes calendario inmediato siguiente a aquel en el cual efectuó.
Inicio de actividades: A partir del día que acaezca.
Facturación (Art. 23)
El Pequeño Contribuyente deberá exigir, emitir y entregar las facturas por las operaciones que realice, estando obligado a conservarlas .
No obligación a emitir Comprobantes
Cuando se verifique al mismo tiempo:Operaciones con consumidores finalesImporte de contado y no superior a $10Que no posea controladores fiscalesEl adquirente n exija su comprobante
Resolución N°3337
Quienes encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, en sus locales de venta, locación o prestación de servicios.
Formulario 960/NMEs un formulario “interactivo” que le permite conocer el comportamiento fiscal de un comercio, al consumidor o público en general.
InformaciónSi posee CUIT activaSi su domicilio fiscal esta correctoSu condición frente al IVA o al MonotributoSi adeuda algún pago de MonotributoSi presentó la DD.JJ informativa del
Monotributo
Factura Electrónica RG N°3067
Monotributistas desde la Categoría H Adhesión Voluntaria
Exhibición de la Identificación (Art. 25)
Placa indicativa de su condición y de la categoría en la cual se encuentra adherido.
Comprobante de pago correspondiente al último mes vencido.
Declaración Jurada de Salud
El Decreto N° 300/97 PEN y el Dictamen N° 56108/2014 ANSES. Obliga al pequeño contribuyente a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación.
Efectos
No cumple con la presentación, o si la declaración contiene falsedades o reticencias, la afiliación no producirá efecto.
Si se estableciere que se encuentra incapacitado , la afiliación no producirá efecto alguno.
Declaración Jurada Informativa
Pequeños contribuyentes obligados:
-Encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L
- Revistan la calidad de empleadores.
CUATRIMESTRE MES EN QUE CORREPONDE REALIZAR LAS DDJJ
INFORMATIVAENERO - ABRIL MAYOMAYO - AGOSTO SEPTIEMBRE
SEPTIEMBRE – DICIEMBRE ENERO
Régimen de Información RG N°2888
Información
Datos relacionados con las operaciones realizadas, principales clientes y proveedores, datos referidos al consumo de energía eléctrica y del local/establecimiento en el que se desarrolla la actividad, entre otros.