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Libro XII De las leyes que forman la libertad política en su relación con el ciudadano El espíritu de las leyes Charles Louis Montesquieu

Montesqueiu - El espíritu de las leyes. Libro XII

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Presentación animada en Power Point para la exposición del libro XII del Espíritu de las Leyes del autor Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y mejor conocido como el Barón de Montesquieu

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Libro XII

De las leyes que forman la libertadpolítica en su relación con el ciudadano

El espíritu de las leyes

Charles Louis Montesquieu

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Capitulo XVICalumnia en el crimen de lesa majestad

• lèse-majesté . 1 attentat à la majesté du souverain | 2 par extension et familièrement atteinte grave à l'honneur d'une personne.

• (Del lat. laesus, part. pas. de laedĕre, dañar, ofender)

• 1. adj. Agraviado, lastimado, ofendido. Se dice principalmente de la cosa que ha recibido el daño o la ofensa. Lesa humanidad. Leso derecho natural | 2. adj. Dicho del juicio, del entendimiento o de la imaginación: Pervertido, turbado, trastornado.

• ~ de lesa majestad. En derecho antiguo, delito que se cometía contra la vida del soberano o sus familiares.

Es necesario hacer justicia a los Césares: no imaginaban ellos las tristes leyes que hacían. Fue Sila el primero en enseñarles que no se debía penar a los calumniadores; no se tardó en hacer más: en recompensarlos.

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Capitulo XVIIDe la revelación de las conspiraciones

• La organización de los conspiradores preveía en el mando a Ignacio Allende como general, Aldama como segundo e Hidalgo al frente del movimiento popular con un levantamiento que se llevaría a cabo el 1 de octubre. Pero la conspiración de Querétaro fue denunciada, el 9 de septiembre, por el empleado de correos José Mariano Galván. Al día siguiente, el propio capitán Joaquín Arias, al creer que todo estaba perdido, se autodenunció.

La ley que ordena en varios Estados, so pena de la vida, revelar todas las conspiraciones, aun aquellas en que no se haya tomado parte, no es menos dura. Si la adopta un Estado monárquico, es muy conveniente restringirla.

Solamente debe aplicarse con severidad cuando se trata del crimen de lesa majestad bien definido, bien calificado. Es muy importante no confundir los diferentes grados de culpabilidad.

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Capitulo XVIIIDe lo peligroso que es, en las repúblicas, el castigar con exceso el

crimen de lesa majestad

• Los griegos no pusieron límites a las venganzas que tomaron contra los tiranos o contra los que sospechaban que lo eran. Mataban a sus hijos y a sus parientes más próximos y expulsaron infinidad de familias.

• Puede leerse en Apiano la fórmula de las proscripciones: esas ventajas de la misma proscripción, de la seguridad que se promete a los ricos, de la tranquilidad que van a tener los pobres, del interés que merecen la vida y sosiego de todos los ciudadanos, de que se quiere apaciguar a la tropa, en una palabra, de que todos van a ser felices.

Cuando una república ha logrado destruir a los que intentaban derribarla, es menester apresurarse a poner término a las venganzas, a los castigos y aún a las recompensas.No es posible imponer grandes castigos y hacer grandes cambios, más vale perdonar mucho que castigar mucho; pues con pretexto de la venganza pública, se extendería demasiado la tiranía de los vengadores.

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Capitulo XIXComo se suspende el uso de la libertad en la república

En los Estados en que más se cuida de la libertad, hay leyes que la violan contra uno solo por conservar la de todos: Privilegios .Confieso que los usos de los pueblos más libres que han existido en la Tierra, me inclinaban a creer que hay casos en que es preciso echar un velo, por un momento sobre la libertad, como se hacía con las estatuas de los dioses.

Capitulo XXDe las leyes favorables a la libertad del ciudadano en la república

 En nuestra Constitución se encuentra tipificado sobre la cuestión de derechos de juicio los siguientes: Artículo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.

Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Artículo 15. No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos.

México

Sucede a menudo en los Estados populares, que sean públicas las acusaciones, pudiendo cualquiera acusar a otro. Por lo mismo se han hecho leyes a propósito para defender la inocencia de los ciudadanos para que no pudiera corromper a los jueces ni a los testigos.

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Capitulo XXIDe la crueldad de las leyes respecto a los deudores en la república

Ya es bastante superioridad la que tiene un ciudadano sobre otro, si le ha prestado dinero, que el segundo tomó por deshacerse de él y por consiguiente no lo tiene ya.

En Atenas y en Roma se permitía en los primeros tiempos que los acusados tomaran por esclavos a sus deudores, o como tales esclavos, los vendieran, si no podían pagar.

Estas leyes, tan duras contra los deudores, pusieron en peligro muchas veces la república romana.

Se salió de la anarquía para caer en la tiranía. E inicia la era de la esclavitud por deudas; pero el mal persistía. Leyesparticulares dieron facilidad de pago a los deudores.

Tal fue el destino de la ciudad, a la que crímenes nuevos le confirmaron la libertad que le habían dado crímenes antiguos. Desde aquel tiempo, más perseguidos fueron los acreedores por quebrantar las leyes contra la usura, que los deudores por no pagar sus deudas.

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Capitulo XXIIDe las cosas que merman la libertad en la monarquía

La cosa más inútil para el príncipe ha mermado muchas veces la libertad en las monarquías: los delegados o comisarios que se nombran a menudo para juzgar a alguien.

Tan poca utilidad saca el príncipe de los comisarios, que no vale la pena de que cambie el orden establecido para tan poca cosa. Es moralmente seguro que el príncipe tiene más espíritu de probidad y de justicia que sus comisarios, los cuales se creen siempre bastante justificados por las órdenes del príncipe o bien por interés del Estado, o por la elección que ha recaído en ellos o por sus temores mismos.Capitulo XXIII

De los espías en las monarquías

El servirse de ellos no es práctica ordinaria de los buenos príncipes. Un príncipe debe conducirse con sus súbditos. Si ve que las leyes, en general, conservan su vigor y son respetadas, puede creerse bien seguro. Prueba de que se le ama es la confianza que se pone en él; si un ministro nos niega lo que solicitamos, creemos que el monarca nos lo hubiera concedido y es testimonio de la confianza que inspira.

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Capitulo XXIVDe las cartas anónimas

Los que no quieren dejar las leyes entre ellos y el acusado, prueban tener alguna razón para temerlas; y la menor pena que se les puede infligir, es no hacerles caso.

Emulando las palabras del emperador Constantino: "No sospechemos del que no ha tenido un acusador, que no le faltaba un enemigo”.

Capitulo XXVDe la manera de gobernar en la monarquía

La autoridad real es un gran resorte que debe moverse con regularidad y sin estrépito, dando ejemplo. Hay casos en que el poder debe actuar en toda su extensión; otros en que debe limitarse.

Lo importante es conocer cuál sea la parte del poder, grande o pequeña, que deba emplearse en cada una de las diversas circunstancias; eso facilita el mando es que el príncipe halague; que las leyes amenacen, y no el príncipe.

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Capitulo XXVIEn la monarquía, el príncipe debe ser accesible

"El zar Pedro I, ha dicho Perry, ha hecho una nueva ordenanza que prohíbe presentarle ninguna solicitud sino después de haberla presentado dos veces a sus oficiales. Si el solicitante es desatendido las dos veces, la tercera solicitud puede presentarse al zar; pero el que pida o reclame sin justificación, debe perder la vida. Y nadie desde entonces ha dirigido súplicas al zar".

Capitulo XXVIIDe las costumbres del monarca

Las costumbres del príncipe contribuyen tanto a la libertad como las leyes; puede hacer con ellas, de los hombres, animales; de los animales, hombres. Si ama las almas libres, tendrá súbditos; si prefiere las almas serviles, tendrá siervos.

Si quiere saber el difícil arte de reinar, que tenga a su lado el honor, la virtud, que llame junto a sí al mérito personal. Es tan poco lo que pide el pueblo, que no debe rehusársele; se contenta con tan escasas consideraciones, que es justo concedérselas. Tan infinita es la distancia que media entre el monarca y el pueblo, que aquel no puede estorbar a éste.

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Capitulo XXVIIIDe las consideraciones que los monarcas deben a sus

súbditos

Es menester que sean muy comedidos en las bromas. Estas lisonjean cuando son discretas y moderadas, porque de un medio de entrar en la familiaridad; pero cuando son picantes o rayan en la burla no están bien ni en el último de los vasallos, mucho menos en el príncipe, que tales chanzas hieren moralmente. Y menos debe hacérsele un insulto a ningún súbdito; la misión del monarca es perdonar o castigar, nunca insultar.

Cuando un monarca ofende con la palabra o el ademán a cualquiera de sus súbditos, le trata peor que a los suyos el déspota de los turcos o el de los moscovitas. Si éstos insultan a sus vasallos, no los deshonran aunque los humillen; en tanto que aquéllos los humillan y los deshonran.

Por nuestra manera de pensar, añadimos al dolor de la afrenta la desesperación de no poder lavarla. Los monarcas deben alegrarse de tener por súbditos a hombres más amantes del honor que de la vida, sentimiento que es un motivo más de fidelidad y de valor.

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Capitulo XXIXDe las leyes civiles adecuadas para poner un poco de

liberalismo en el gobierno despótico

Aunque por su propia índole, el gobierno despótico es lo mismo en todas partes, puede haber circunstancias, costumbres, ejemplos, opiniones que en algo lo modifiquen, introduciendo en él diferencias muy considerables.

Conviene que haya algún libro sagrado que sirva de regla para todos, que preste su autoridad al régimen políticoEl código religioso, que suple al civil, da cierta fijeza a la arbitrariedad, le impone reglas al propio despotismo.

Si el caso merece pena capital, puede ser conveniente que el juez o el gobernador oigan el parecer del sacerdote, aunque resuelva la autoridad política.

Leyes civiles. Orden en el lugar

Artículo 24. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.

México

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Capitulo XXXContinuación del mismo asunto

Cuando uno pierde el favor del príncipe, bueno es que entre éste y el que ha caído en desgracia queden suplicantes que suavicen el enfado del primero, o aplaquen su justicia con sus explicaciones.

Parece que ciertos príncipes hacen todo lo posible por privarse de una gran virtud: de la clemencia.

La costumbre de Persia, que permite salir del reino a quien lo tenga a bien, es una buena costumbre; aunque la contraria se deriva del régimen despótico, en el cual se tiene por esclavos a los súbditos y por esclavos fugitivos a los que se ausentan, así que el temor a que se fuguen o se alejen los contribuyentes modera las persecuciones de los recaudadores.

 Leyes civiles. Orden en el lugarArtículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial.

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Comparativos con la cuestión mexicana

Capítulo IDe los Derechos Humanos y sus Garantías

La Constitución Mexicana promulgada por Carranza en 1917 se convirtió en la primera a nivel mundial que contenía las mayores aportaciones a nivel jurídico de los derechos sociales.

En ella se establece la forma de Gobierno, las garantías individuales y sociales, el sistema económico que adoptaría la nación y sobre el que se gobernaría.

Esta Constitución, que con reformas, es la que nos rige en la actualidad, está compuesta por 136 artículos y 19 artículos transitorios, contenidos en nueve títulos.

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